reordenamiento funcional de la oficina de servicios

194
Universidad de La Salle Universidad de La Salle Ciencia Unisalle Ciencia Unisalle Ingeniería Ambiental y Sanitaria Facultad de Ingeniería 1-1-2000 Reordenamiento funcional de la oficina de servicios públicos de Reordenamiento funcional de la oficina de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, y análisis y evaluación de costos acueducto, alcantarillado y aseo, y análisis y evaluación de costos y tarifas del municipio de Cachipay (Cundinamarca) y tarifas del municipio de Cachipay (Cundinamarca) Wilson Ernesto Godoy Alfonso Universidad de La Salle, Bogotá Jorge Alberto Dussan López Universidad de La Salle, Bogotá Follow this and additional works at: https://ciencia.lasalle.edu.co/ing_ambiental_sanitaria Citación recomendada Citación recomendada Godoy Alfonso, W. E., & Dussan López, J. A. (2000). Reordenamiento funcional de la oficina de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, y análisis y evaluación de costos y tarifas del municipio de Cachipay (Cundinamarca). Retrieved from https://ciencia.lasalle.edu.co/ing_ambiental_sanitaria/1363 This Trabajo de grado - Pregrado is brought to you for free and open access by the Facultad de Ingeniería at Ciencia Unisalle. It has been accepted for inclusion in Ingeniería Ambiental y Sanitaria by an authorized administrator of Ciencia Unisalle. For more information, please contact [email protected].

Upload: others

Post on 27-Jul-2022

6 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

Universidad de La Salle Universidad de La Salle

Ciencia Unisalle Ciencia Unisalle

Ingeniería Ambiental y Sanitaria Facultad de Ingeniería

1-1-2000

Reordenamiento funcional de la oficina de servicios públicos de Reordenamiento funcional de la oficina de servicios públicos de

acueducto, alcantarillado y aseo, y análisis y evaluación de costos acueducto, alcantarillado y aseo, y análisis y evaluación de costos

y tarifas del municipio de Cachipay (Cundinamarca) y tarifas del municipio de Cachipay (Cundinamarca)

Wilson Ernesto Godoy Alfonso Universidad de La Salle, Bogotá

Jorge Alberto Dussan López Universidad de La Salle, Bogotá

Follow this and additional works at: https://ciencia.lasalle.edu.co/ing_ambiental_sanitaria

Citación recomendada Citación recomendada Godoy Alfonso, W. E., & Dussan López, J. A. (2000). Reordenamiento funcional de la oficina de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, y análisis y evaluación de costos y tarifas del municipio de Cachipay (Cundinamarca). Retrieved from https://ciencia.lasalle.edu.co/ing_ambiental_sanitaria/1363

This Trabajo de grado - Pregrado is brought to you for free and open access by the Facultad de Ingeniería at Ciencia Unisalle. It has been accepted for inclusion in Ingeniería Ambiental y Sanitaria by an authorized administrator of Ciencia Unisalle. For more information, please contact [email protected].

Page 2: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

REORDENAMIENTO FUNCIONAL DE LA OFICINA DE SERVICIOSPUBLICOS DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO, Y

ANALISIS Y EVALUACION DE COSTOS Y TARIFAS DELMUNICIPIO DE CACHIPAY (CUNDINAMARCA).

WILSON ERNESTO GODOY A.

JORGE ALBERTO DUSSAN L.

UNIVERSIDAD DE LA SALLE

SANTAFE DE BOGOTÁ D. C.

2.000

Page 3: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

REORDENAMIENTO FUNCIONAL DE LA OFICINA DE SERVICIOSPUBLICOS DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO, Y

ANALISIS Y EVALUACION DE COSTOS Y TARIFAS DELMUNICIPIO DE CACHIPAY (CUNDINAMARCA).

WILSON ERNESTO GODOY A.

JORGE ALBERTO DUSSAN L.

Monografía para optar al título de

Ingeniero Ambiental y Sanitario

UNIVERSIDAD DE LA SALLE

SANTAFE DE BOGOTÁ D. C.

2.000

Page 4: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

1

A Dios por darme la vida y todas las

cosas bellas que ella tiene, especialmente

la fuerza y constancia para salir adelante

y ser mejor cada día.

A mis padres por su gran apoyo y

comprensión.

A mi esposa por su amor, apoyo

incondicional e infinita colaboración para

alcanzar metas tan importantes como

esta.

Jorge Alberto Dussán López.

Page 5: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

2

A mis padres Gladys y Ernesto quienes

son la razón de mi vida y quienes me han

brindado todo su amor, su cariño y

constante apoyo, lo cual es un motivo

muy importante para seguir adelante y

ser mejor persona cada día.

A mi hermana Sandra Liliana en quien

encuentro un valioso y constante apoyo.

Wilson Ernesto Godoy Alfonso

Page 6: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

3

AGRADECIMIENTOS

Los autores expresan sus agradecimientos a:

Geovanis Arrieta Bernate, Ingeniero Sanitario e Intendente Técnico Operativo

para Acueducto, Alcantarillado y Aseo de la Superintendencia de Servicios

Públicos, por el constante apoyo técnico para con el proyecto.

Humberto Díaz Cubillos, Ingeniero Ambiental y Sanitario, Director de Tesis, por su

constante motivación y sus valiosas orientaciones.

Camilo Guaqueta Rodriguez, Ingeniero Sanitario y Decano de la Facultad de

Ingeniería Ambiental y Sanitaria, por su valiosa colaboración.

Y a todas aquellas personas que de una u otra forma intervinieron en la

elaboración de este trabajo.

Page 7: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

4

CONTENIDO

Pág.

GLOSARIO 16

INTRODUCCION 20

OBJETIVOS 24

1. GENERALIDADES 26

1.1. Características Fisiográficas 26

1.1.1. Localización 26

1.1.2. Clima 26

1.1.2.1. Parámetros Climáticos 27

1.1.3. Vegetación 28

1.1.4. Hidrografía 28

1.1.5. Suelos 29

1.1.6. Geología 29

1.2. Características Socioeconómicas 30

1.2.1. Población 30

1.2.2. Educación 31

1.2.3. Servicios Básicos 32

1.2.4. Economía y Producción 33

Page 8: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

5

2. SITUACION ACTUAL Y ANÁLISIS DIAGNÓSTICO DE LOSSISTEMAS DE ACUEDUCTO ALCANTARILLADO Y ASEO

34

2.1. Sistema de Acueducto 34

2.1.1. Fuentes de Captación 34

2.1.2. Captación 35

2.1.3. Desarenador 35

2.1.4. Línea de Conducción de Agua Cruda 36

2.1.5. Planta de Tratamiento 36

2.1.6. Desinfección 37

2.1.7. Tanque de Almacenamiento 38

2.1.8. Redes de Distribución 38

2.1.9. Conexiones Domiciliarias 39

2.2. Sistema de Alcantarillado 39

2.3. Sistema de Aseo 40

3. ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS 42

3.1. Organigrama Oficina de Servicios Públicos 43

3.2. Evaluación y Análisis de la Admón. de los servicios 45

3.2.1. Análisis y problemática sobre el Funcionamiento de laOficina de Servicios Públicos

46

3.2.1.1. Aspectos Administrativos 46

3.2.1.2. Aspectos Comerciales y Financieros 48

3.2.1.3. Aspectos Operativos 51

Page 9: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

6

4. ASPECTOS DE JUSTIFICACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LALEY 142 DE 1.994 PARA ENTES PRESTADORES DESERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS

52

4.1. Transformación Empresarial 54

4.2. Viabilidad Empresarial 55

4.3. Reestructuración Tarifaria 56

4.4. Plan de Gestión y Resultados 57

4.5. Auditoria Externa De Gestión 58

4.6. Sistema General De Contabilidad y Costos 58

4.7. Control Interno 59

4.8. Puesta en marcha de las oficinas y procedimientos deQuejas y Reclamos

59

4.9. Participación de los Usuarios en la Gestión yFiscalización de las E.S.P.

60

5. PROPUESTA PARA EL REORDENAMIENTO FUNCIONALDE LA OFICINA DE SERVICIOS PÚBLICOS

63

5.1. Area de Dirección y Planeación 63

5.2. Area Financiera 71

5.3. Area Administrativa – Operativa 75

5.3.1. Administrativas 76

5.3.2. Operativas 79

5.4. Area Comercial 85

6. ESTUDIOS DE COSTOS Y TARIFAS PARA LOSSERVICIOS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO EN ELMUNICIPIO DE CACHIPAY

90

6.1. Introducción 90

Page 10: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

7

6.2. Conceptos Básicos para la Elaboración de los Estudiosde Costos y Tarifas

92

6.2.1. Criterios para Definir el Régimen Tarifario 92

6.2.2. Regulación y Libertad de Tarifas 96

6.2.3. Elementos de las Fórmulas Tarifarias 96

6.2.4. Otros Cobros tarifarios 97

6.3. Metodología Utilizada para el Cálculo de Costos 98

6.3.1. Cálculo de Costos 98

6.3.1.1. Costos de Inversión 99

6.3.1.2. Costos de Operación y Mantenimiento 100

6.3.1.3. Costo Medio de Largo Plazo 101

6.3.1.4. Cálculo del Costo Medio de Administración 102

6.3.2. Plan de Ajuste Tarifario 104

6.4. Resultados Obtenidos y Componentes de la Estructura deCostos de la Situación Actual

104

6.4.1. Demanda 104

6.4.2. Gastos Administrativos 106

6.4.3. Gastos de Operación y Mantenimiento 107

6.4.4. Costo Medio de Inversión 112

6.4.5. Costo Medio de Largo Plazo 114

6.4.6. Subsidios Aplicados a la Tarifa Meta 115

6.4.7. Tarifas Meta 115

6.5. Servicio de Alcantarillado 116

Page 11: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

8

6.6. Procedimientos para la Aplicación de las Tarifas 117

6.7. Modelo de Acto Administrativo para la aplicación deTarifas

119

7. ESTUDIO DE COSTOS Y TARIFAS PARA EL SERVICIO DEASEO EN EL MUNICIPIO DE CACHIPAY

124

7.1. Conceptos Básicos para la elaboración del Estudio deCostos y Tarifas

124

7.1.1. Criterios para Definir el Régimen Tarifario 124

7.1.2. Definiciones para las Fórmulas Tarifarias 125

7.1.3. Otros Cobros Tarifarios 128

7.2. Metodología Utilizada para el Cálculo de los Costos 129

7.2.1. Cálculo de Costos 129

7.2.1.1. Cálculo del Costo Medio de Operación, Mantenimiento yAdministración del Componente Domiciliario

130

7.2.1.2. Cálculo del Costo Medio de Operación, Mantenimiento yAdministración de Barrido y limpieza

131

7.3. Resultados Obtenidos y Componentes de la Estructura deCostos de la Situación Actual

131

7.3.1. Producción 132

7.3.2. Costo Medio de Operación, Mantenimiento y Admón. delComponente Domiciliario

132

7.3.3. Costo Medio de Operación, Mantenimiento y Admón. delComponente de barrido y Limpieza

134

7.3.4. Subsidios Aplicados a la Tarifa Meta 134

7.3.5. Tarifas Meta 136

7.4. Procedimientos para la Aplicación de las Tarifas 137

7.5. Modelo de Acto Administrativo para la aplicación detarifas

139

Page 12: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

9

8. RECOMENDACIONES Y CONCLUSIONES 143

BIBLIOGRAFIA 145

ANEXOS 148

Page 13: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

10

LISTA DE ANEXOS

ANEXO No. 1. Procedimiento para la constitución del Comité de Desarrollo

y Control Social.

ANEXO No. 2. Cuadros y Modelo de Cálculos de la Estructura tarifaria para

el servicio de Acueducto.

ANEXO No. 3. Gradualización de las Tarifas Meta del servicio de Acueducto

ANEXO No. 4. Cuadros y Modelo de Cálculos de la Estructura tarifaria para

el servicio de Aseo.

Page 14: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

11

GLOSARIO

Factor de Sobreprecio: Es el excedente que paga un usuario o suscriptor sobre

el valor del servicio, para un servicio público domiciliario.

Factor de subsidio: Es el descuento que se le hace a un usuario o suscriptor

sobre el valor del servicio en el rango de consumo básico, para un servicio público

domiciliario.

Valor del servicio: Es el costo medio administrativo para el cargo fijo, y el costo

medio de largo plazo por el consumo, resultante de aplicar los criterios y

metodologías que define la Comisión de Regulación de Agua Potable y

Saneamiento Básico en las resoluciones 08 y 09 de 1995, de acuerdo con las

disposiciones de la ley 142 de 1994.

Usuario: Persona natural o jurídica que se beneficia con la prestación de un

servicio público, bien como propietario del inmueble donde éste se presta, o como

receptor directo del servicio, cuando es sujeto de facturación.

Suscriptor: Persona natural o jurídica con la cual se ha celebrado un contrato de

condiciones uniformes de los servicios públicos.

Consumo básico: Es aquel que se destina a satisfacer las necesidades básicas

de las familias, cuyo nivel máximo es definido por la Comisión de Regulación de

Agua Potable y Saneamiento Básico.

Page 15: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

12

Cargo fijo: Valor unitario por suscriptor o usuario, que refleja los costos

económicos involucrados en garantizar la disponibilidad permanente del servicio,

independientemente del nivel de uso.

Cargo por unidad de consumo: Valor unitario por metro cúbico que refleja

siempre tanto el nivel y la estructura de los costos económicos, como la demanda

por el servicio.

Estratos subsidiables: Para efectos de la aplicación de los descuentos en las

tarifas del consumo básico por efecto de los factores de sobreprecio, se

consideran subsidiables los usuarios pertenecientes a los estratos 1, 2 y 3.

Costo Medio de Inversión de Largo Plazo (CMI): Es el precio por metro cúbico

($/m3) que aplicado a la proyección de demanda en un horizonte de largo plazo

permite reponer el sistema actual, realizar un plan óptimo de inversiones para

atender esa demanda y remunerar el capital invertido.

Costo Medio Operacional (CMO): Es el precio por metro cúbico ($/m3) calculado a

partir de los gastos de operación en un año base asociados con el volumen de

demanda de ese año.

Costo medio de largo plazo (CMLP): Es la sumatoria del costo medio de inversión

de largo plazo y el costo medio operacional.

Consumo básico (QB): Es aquel que satisface las necesidades esenciales de una

familia, el cual se ha fijado en 20 m3 mensuales de agua potable por suscriptor o

usuario facturado.

Consumo complementario (QC): Es el consumo ubicado en la franja entre 20 m3 y

40 m3. mensuales.

Page 16: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

13

Consumo suntuario (QS): Es el consumo mayor a 40 m3 mensuales.

Bienes aportados bajo condición: Son los aportes al capital que realizan los

municipios, departamentos, la Nación o las entidades descentralizadas a las

empresas de servicios públicos (y los derechos que dichos aportes confieren

sobre el resto del patrimonio), con la condición de que los rendimientos que

normalmente habría producido, no se incluyan en el cálculo de las tarifas que se

hayan de cobrar a los usuarios subsidiables en sus consumos básicos.

Rendimientos de los bienes aportados bajo condición: Son los resultantes de

multiplicar el valor de los bienes aportados bajo condición por el costo de capital.

Estratos subsidiables: Para efectos de la aplicación de los descuentos en las

tarifas del consumo básico de que trata esta resolución, se consideran

subsidiables los usuarios pertenecientes a los estratos 1 y 2. Se podrá asignar

subsidios al estrato 3, en caso de cobertura efectiva del servicio mayor al 95% en

la localidad para la cual se hace el aporte, a la fecha en la cual éste se realiza.

Componente Domiciliario del Servicio Ordinario: Es la parte del servicio

ordinario de aseo conformada por las actividades de recolección, transporte,

transferencia y disposición final de residuos sólidos.

Componente de Barrido y Limpieza del Servicio Ordinario: Componente del

servicio ordinario de aseo asociado con las actividades de barrido y limpieza de

áreas públicas, con el objeto de dejarlas libres de todo residuo sólido diseminado o

acumulado.

Costo Medio de operación, mantenimiento y administración del Componente

Domiciliario (CMD): Es el valor mensual por usuario facturado ($/usuario

Page 17: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

14

facturado), asociado con los gastos de operación, mantenimiento y administración

propios de las actividades que conforman el componente domiciliario del servicio de

aseo.

Costo Medio de operación, mantenimiento y administración del Componente

de Barrido y Limpieza (CMB): Es el valor mensual por usuario facturado ($/usuario

facturado), asociado con los gastos de operación, mantenimiento y administración

propios del barrido y limpieza de vías, aceras, parques y plazas públicas.

Grandes Productores: Usuarios no residenciales que generan y presentan para

la recolección de residuos sólidos, un volumen superior a un metro cúbico

mensual.

Pequeños Productores: Usuarios no residenciales que generan residuos sólidos

en volumen menor o igual a un metro cúbico mensual.

Servicio Ordinario. Es la modalidad de prestación del servicio de aseo para

residuos de origen residencial y para otros residuos que por su naturaleza,

composición, tamaño y volumen, pueden ser manejados de acuerdo con la

capacidad de la entidad prestadora del servicio de aseo, y que no corresponden a

ninguno de los tipos de servicio definido como especial.

Servicio Especial. Modalidad de prestación del servicio de aseo relacionada con

las siguientes clases de residuos:

☯ Residuos Peligrosos.

☯ Residuos Hospitalarios e Infecciosos.

Page 18: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

15

INTRODUCCIÓN

Los servicios públicos están indisolublemente ligados al desarrollo humano. La

solidaridad, el respeto por la dignidad humana y el trabajo, son elementos

fundamentales en la búsqueda de los propósitos relacionados con el bienestar de

las personas, la democratización de la sociedad y de la economía, así como de las

oportunidades de acceso a los beneficios del desarrollo mismo. Podemos decir, sin

lugar a dudas, que la provisión y prestación adecuadas de los servicios públicos es

un problema de interés público, en razón, bien sea del objeto o destino de los

mismos, o del origen de su producción en cuanto a la oferta ambiental.

Le corresponde al Estado cumplir a cabalidad con el servicio público bajo

condiciones de solidaridad, eficiencia, igualdad, transparencia, oportunidad y

economía; todo ello bajo el principio según el cual el Estado está al servicio de la

sociedad.

La concepción de Estado, reconocida en la Constitución Política de 1991, como

social de derecho plantea un cambio de las costumbres y de la cultura política del

Page 19: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

16

país, que como se indica, define un nuevo estatuto de relaciones del estado y la

sociedad, legitimado en la soberanía popular.

La Constitución de 1991 le definió a la ley que se ocupara de la reglamentación de

los Servicios Públicos Domiciliarios, en el marco preciso que le fija el Estado Social

de Derecho:

1. Prevalencia de los derechos fundamentales de la persona, así como de los

derechos colectivos y del medio ambiente.

2. El bienestar social y el mejoramiento de la calidad de vida de la población como

finalidades sociales de Estado.

3. Descentralización y autonomía de las Entidades Territoriales.

4. Participación ciudadana y comunitaria, referidas tanto a la capacidad de decidir y

de controlar, como a la de gestionar los servicios públicos.

5. El Estado es responsable, en todo caso, de la regulación, el control y la vigilancia

de los servicios públicos.

Hay que resaltar que por primera vez en la historia republicana del país, el Congreso

de la República, por mandato del Constituyente, aboca la reglamentación de un

régimen integral de los servicios públicos domiciliarios, contenido en la Ley 142 de

Page 20: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

17

1994, para los servicios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía eléctrica,

distribución de gas combustible, telefonía fija pública básica conmutada y la telefonía

local móvil en el sector rural.

La ley 142 de 1994, surge dentro y para un área de la realidad social y en un

sector de la actividad del Estado, de suyo delicado, pues influye y determina

contundentemente el bienestar y las condiciones de vida de la población

Colombiana. De ahí que se reconociera como deber del Estado “Asegurar la

prestación eficiente de los servicios públicos a todos los habitantes del territorio

Nacional”.

En este contexto hay que tener en cuenta que las entidades prestadoras de los

servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo para darle

cumplimiento a la Ley 142 de 1994 y a las diferentes disposiciones de la Comisión

Reguladora de Agua Potable y Saneamiento Básico, Ministerio de Desarrollo

Económico, así como a las diferentes circulares de la Superintendencia de

Servicios Públicos Domiciliarios, tienen que cumplir con los plazos y

procedimientos en cuanto a:

ê Transformación empresarial

ê Viabilidad empresarial

ê Reestructuración tarifária (costos y tarifas)

ê Plan de gestión y resultados - PGR

ê Auditoría externa de gestión

ê Sistema general de contabilidad y costos

ê Control interno

ê Puesta en marcha de las oficinas y procedimientos de quejas y recursos.

Page 21: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

18

ê Participación de los usuarios en la gestión y fiscalización de las E.S.P.

La Alcaldía del Municipio del Cachipay - Cundinamarca, se mostró interesada en

llevar a cabo el estudio de COSTOS Y TARIFAS requerido para ser presentado

ante la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS (SSP) Y LA COMISIÓN

DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO (CRA), con

el fin de cumplir con lo establecido en el Nuevo Régimen de los Servicios Públicos

Domiciliarios y dar cumplimiento a la Ley 142 de 1994 en lo que refiere a los

Servicios Públicos Domiciliarios y en especial a lo que se establece en las

Resoluciones de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento

Básico, 03 de 1996 y 15/96, en lo concerniente a la aplicabilidad de la metodología y

procedimientos para los costos y tarifas de los sistemas de Acueducto y

Alcantarillado para entidades prestadoras de servicios públicos con menos de 8.000

usuarios.

La Constitución Nacional y la Ley de Servicios Públicos Domiciliarios No. 142 de

1994, obligan a las empresas de servicios públicos a redefinir la naturaleza jurídica

y efectuar profundos cambios en la organización con el fin de prepararla para

enfrentar los retos de la competencia.

Page 22: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

19

OBJETIVOS

OBJETIVO GENERAL

Realizar el reordenamiento funcional de la oficina de servicios públicos de

acueducto, alcantarillado y aseo, y elaborar el estudio de costos y tarifas del

municipio de Cachipay (Cundinamarca).

OBJETIVOS ESPECIFICOS

ð Analizar de una manera profunda, los problemas de la oficina de servicios

públicos del municipio para realizar el reordenamiento funcional y mejorar la

prestación de los servicios a la población.

ð Evaluar los costos y tarifas de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo,

para emitir un diagnostico y evaluar la oficina de servicios públicos del

municipio.

ð Plantear recomendaciones que contribuyan en el mejoramiento de la

prestación de los servicios de Alcantarillado, Acueducto y Servicio de Aseo, por

parte de la oficina de servicios públicos del municipio.

Page 23: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

26

1. GENERALIDADES

1.1. CARACTERÍSTICAS FISIOGRÁFICAS

1.1.1. LOCALIZACIÓN

El municipio de Cachipay se halla ubicado en la parte occidental del departamento

de Cundinamarca, en la región del Tequendama, y en la cuenca del río Bogotá y

subcuenca del río Apulo.

Sus limites son:

Norte: Municipio de Anolaima.

Sur: Municipio de la Mesa.

Oriente: Municipio de Zipacón.

Occidente: Municipio de Quipile.

1.1.2. CLIMA

Para dar a conocer las características climáticas del Municipio, se tomaron datos

básicos de las estaciones La Florida y Mesitas de Santa Inés.

Page 24: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

27

La estación de La Florida se ubica en la latitud de 4°40’ N, longitud 74°26’ W y una

elevación de 1915 m.s.n.m.

La estación Mesitas de Santa Inés se ubica en la latitud de 4°40’ N, longitud 74°28’

W y una elevación de 1250 m.s.n.m., ésta estación aporta datos como

precipitación, brillo solar y velocidad del viento.

1.1.2.1. PARAMETROS CLIMATICOS

PRECIPITACION

La precipitación promedio anual de la zona, es de 1472,1 mm. con dos periodos

secos en los meses de Enero y Julio, y dos periodos de alta precipitación en los

meses de Abril y Octubre.

De acuerdo con los registros pluviométricos de las estaciones meteorológicas de

la Florida y Mesitas de Santa Inés, la precipitación media anual de Cachipay es de

1492 mm.

TEMPERATURA

La temperatura promedio del Municipio de Cachipay es de 16.8°C.

VELOCIDAD DEL VIENTO

Las velocidades máximas alcanzadas en el año son de 2.00 m/seg., lo cual no

representa ningún peligro para la zona, además las barreras orográficas que esta

Page 25: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

28

presenta no permiten velocidades catastróficas ni admiten vientos foráneos de alto

impacto.

1.1.3. VEGETACIÓN

BOSQUE SECO TROPICAL

La vegetación característica de este bosque, se localiza al sur del Municipio sobre

superficies topográficas onduladas; aquí la vegetación natural es dispersa, debido

a que ha sido reemplazada por pastos, caña y frutales.

BOSQUE HUMEDO PREMONTANO

De éste tipo de vegetación se encuentra muy poca, ubicada en las márgenes de

las quebradas y ríos.

Entre las especies arbóreas más comunes, tenemos: Nogal, Gaque, Caucho,

Laurel, Cámbulo y Guamo.

El bosque ha sido reemplazado por Café, Pasto y Frutales.

1.1.4. HIDROGRAFÍA

La ubicación del Municipio sobre la cordillera oriental, determina la configuración

hidrológica del Municipio, caracterizada por cadenas montañosas separadas por

profundos cañones de ríos y quebradas.

Page 26: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

29

El eje hidrográfico lo constituyen: la zona de la cuenca baja del río Bogotá, la

subcuenca del río Apulo a la que pertenecen las microcuencas de los ríos

Bajamón, Curi y quebrada Doña Juana.

La hidrología de este Municipio esta representada principalmente por el río

Bajamón, río Curi, la quebrada Doña Juana, quebrada San Miguel, El Progreso y

Agua Regada.

1.1.5. SUELOS

Las fuertes presiones y la acción del agua, el aire y los cambios de temperatura

desarrollados en el tiempo geológico, originaron cambios en la litosfera, dando

paso a la formación de rocas ígneas, sedimentarias y metamórficas. Al occidente

del Municipio se encuentran estructuras geológicas, originadas en procesos

tectónicos o fuerzas que actúan desde el interior de la tierra, conocidas como

fallas o plegamientos.

1.1.6. GEOLOGÍA

Se encuentran en la región y en el Municipio de Cachipay, las formas

sedimentarias del cretáceo, la formación Villeta que corresponde al cretáceo

inferior y la formación Guadalupe que corresponde al cretáceo superior (más

reciente); además se encuentra la formación correspondiente al cuaternario, aún

Page 27: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

30

mas reciente que las dos anteriores y que esta constituida por aluviones, siendo

ésta la formación dominante en el área de estudio.

1.2. CARACTERÍSTICAS SOCIECONÓMICAS

1.2.1. POBLACIÓN

La evolución del numero de habitantes se estimo utilizando el método Geométrico,

el cual presenta la siguiente fórmula:

Siendo

Pn la población en el año n,

P0 la población inicial,

i la tasa de crecimiento (X),

n el numero de años.

Se considera el balance migratorio como nulo.

X La tasa de crecimiento intercensal para los siguientes 30 años, a partir del año1.999, se obtuvo de los censos de 1.985 y 1.993 aplicando el método decrecimiento Geométrico.

n

niPP )1(

0+=

Page 28: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

31

Entonces la poblacíon de la cabecera Municipal será:

Datos de Población

Año PoblaciónUrbana

Hombres Mujeres

1985 4.050 2.126 1.924

1993 4.371 2.295 2.076

1999 4.628 2.430 2.198

2014 5.340 2.804 2.536

2029 6.162 3.235 2.927

Fuente: Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Cachipay, 1997.

Es de esperarse que dadas las condiciones de desarrollo regional y turístico, la

tendencia de crecimiento en el municipio, tiende a ser superior en el futuro.

1.2.2. EDUCACIÓN

El servicio preescolar se presta mediante dos establecimientos oficiales en el área

rural y tres en el área urbana de los cuales uno es oficial y dos son privados. Se

atienden en total cerca de 146 niños por 7 docentes. El rango de edades oscila

entre los 4 y 6 años.

Page 29: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

32

La educación básica primaria, en el área rural se atiende en doce centros

educativos, de los cuales once son establecimientos oficiales y uno es privado,

que cubren el servicio en todas las veredas y se atienden en total 646 alumnos

con 26 docentes; mientras que en el sector urbano existen tres establecimientos

de los cuales uno es oficial y dos son privados y se atienden 656 alumnos con 28

docentes.

La educación secundaria cuenta con tres establecimientos educativos que cuentan

con 59 docentes tanto para la zona rural como para la zona urbana.

1.2.3. SERVICIOS BÁSICOS

El Municipio mediante la Oficina Municipal de Servicios Públicos atiende lo

relacionado con el suministro básico que comprende el agua potable de la

Cabecera Municipal y el sector El Progreso así como los servicios de alcantarillado

y aseo en la cabecera Municipal e inspección de Peña Negra. Los acueductos

veredales y regionales son administrados por diferentes juntas prestadoras de

este servicio. El servicio de energía eléctrica lo atiende en la Zona urbana

CODENSA y en la Zona rural la Empresa de Energía Eléctrica de Bogotá; el

servicio telefónico lo atiende un particular intermediario de TELECOM; el servicio

del gas domiciliario es prestado por carros particulares que transportan los

cilindros y tienen una cobertura del 90% de las casas urbanas.

Page 30: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

33

1.2.4. ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN

Las principales actividades económicas del municipio corresponden

principalmente al sector primario de la economía; sobresalen en el sector Agrícola:

Café, floricultura, horticultura, frutales, cítricos y en el sector Pecuario: Ganado,

piscicultura y porcicultura. El estudio de estas actividades y de otras posibles y

recomendables para hacer más eficiente y sostenibles la economía municipal,

hace parte del proceso de planeación y ordenamiento territorial del municipio.

El sistema de producción se realiza de las veredas del municipio hacia la plaza de

mercado y en algunos casos como las frutas son compradas por intermediarios

para ser posteriormente llevadas a corabastos o a otras plazas de Bogotá y

municipios vecinos. El café es comprado por la cooperativa de Caficultores del

Tequendama o a particulares. Las frutas y verduras cubren la demanda Municipal

y el excedente es comprado por comerciantes para luego ser llevados a

corabastos. La principal oferta pertenece al café con un equivalente al 41%,

naranja y mandarina 10%, guayaba 8%, mango 7%, mora 3%, plátano 4%, arveja

4%, maíz 2%, flores 8%.

Las deficiencias en la comercialización del Municipio ha favorecido a unos pocos,

que a veces no son productores, quienes sujetan los precios en algunas ocasiones

por debajo de los costos de producción.

Page 31: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

34

2. SITUACION ACTUAL Y ANALISIS DIAGNOSTICO DE LOS SISTEMAS

DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO.

2.1. SISTEMA DE ACUEDUCTO

El sistema de acueducto tiene una cobertura aproximadamente del 100% en la

población urbana, su sistema de funcionamiento es por gravedad y consta de

los siguientes componentes:

2.1.1. FUENTES DE CAPTACIÓN

El municipio se abastece de dos fuentes superficiales desde donde se conduce

el agua por gravedad:

La fuente de la Quebrada San Miguel esta aproximadamente a 2 Km del límite

del casco urbano, sobre la vía que conduce al Municipio de Zipacón y la

Quebrada Agua Regada se encuentra a 1.5 Kms. de distancia de la fuente

anterior.

Page 32: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

35

2.1.2. CAPTACIÓN

Existen dos captaciones de fondo. Una sobre la Quebrada San Miguel y la otra

sobre la Quebrada Agua Regada, ambas son estructuras de concreto, las

cuales ofrecen caudales medios de 16 lps. y 7 lps. respectivamente.

En época de verano el caudal disponible para el acueducto se disminuye

sustancialmente, a niveles hasta el 50%.

Actualmente las captaciones funcionan normalmente y su estructura no

presenta alteraciones ni taponamientos, de acuerdo a visitas realizadas y a

información suministrada por el personal operativo. A dichas captaciones, se

les hace mantenimiento cada mes.

2.1.3. DESARENADOR

Las dos captaciones existentes tienen su respectivo desarenador. Estructuras

en concreto de aproximadamente 30 m3 de capacidad.

El estado de estas estructuras es bueno, no presentan agrietamientos ni

fisuras, se les hace mantenimiento cada mes, debido a los altos contenidos de

arenas y finos en el agua.

Page 33: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

36

2.1.4. LÍNEA DE CONDUCCIÓN DE AGUA CRUDA

Existen dos líneas de conducción para cada una de las captaciones. Para la

Quebrada San Miguel de aproximadamente 1 Km. de longitud en dos líneas

paralelas de tubería de PVC de 3” de diámetro. Para la Quebrada Agua

Regada la conducción tiene 100 mts. de longitud en tubería de PVC de 3” de

diámetro. Distancias éstas hasta el sitio donde está ubicado la Planta de

Tratamiento y el tanque de almacenamiento.

2.1.5. PLANTA DE TRATAMIENTO

La planta de tratamiento, para el agua proveniente de la quebrada San Miguel,

es de tipo compacta, tiene una capacidad de 15 lps, y consta de las siguientes

unidades:

k Mezcla rápida: se realiza por medio de paletas mecánicas.

k Floculación.

k Sedimentación rápida.

k Filtración rápida.

Page 34: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

37

La planta de tratamiento para el agua proveniente de la quebrada Agua

Regada, es de tipo Convencional, tiene una capacidad de 6 lps y consta de las

siguientes unidades:

k Mezcla rápida.

k Floculación

k Sedimentación.

k Filtración.

El estado actual de las plantas es bueno, todas sus unidades funcionan

normalmente y en cuanto a su estructura no presentan agrietamientos ni

fisuras. Se cuenta con personal capacitado para su mantenimiento y operación.

Las dos plantas de tratamiento, en la actualidad, están trabajando a capacidad

máxima.

2.1.6. DESINFECCIÓN

Al agua, después de pasar por la planta de tratamiento, se le hace la

desinfección, mediante la aplicación de Cloro gaseoso.

Page 35: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

38

2.1.7. TANQUE DE ALMACENAMIENTO

Existe un tanque de almacenamiento en concreto, para cada una de las

plantas de tratamiento, con capacidades de 280 m3 y 120 m3 respectivamente,

los cuales se encuentran en buen estado. Están ubicados sobre una parte alta,

con el fin de garantizar una distribución y presión por gravedad. El

mantenimiento se hace mensual.

2.1.8. REDES DE DISTRIBUCIÓN

La longitud total de la red de distribución es de aproximadamente de 10 km., de

las cuales aproximadamente 6 km. corresponden a diámetros de 2” a 3” en

tuberías de AC y PVC, las restantes corresponden a principales entre 4” en

tuberías de AC y PVC. Cuenta con válvulas de control en una zonificación

arbitraria, de regular estado, para el abastecimiento de agua por sectores. Su

antigüedad esta entre los 20 y 40 años. El mantenimiento de la red se realiza

contra las fallas que se presenten en el funcionamiento y no es de carácter

preventivo.

Page 36: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

39

2.1.9. CONEXIONES DOMICILIARIAS

Hasta el mes de Diciembre de 1999 se tenían 1,092 conexiones domiciliarias,

de las cuales las 1,092 contaban con medidor y están funcionando.

Cabe resaltar que no existen procedimientos de revisión de conexiones

clandestinas por falta de instrumentos y recursos.

Es preocupante la carencia de información técnica sobre los diferentes

componentes del sistema en cuanto a topografía, planos estudios y memorias.

El conocimiento que se tiene es el de los operadores y fontaneros que han

desarrollado la memoria institucional del sistema a través de sus actividades

operativas, pero que no reposa en ningún documento escrito como manual o

catastro de redes.

2.2. SISTEMA DE ALCANTARILLADO

El sistema de alcantarillado, que presenta una cobertura del 80%, es de tipo

combinado en algunos sectores y sanitario en otros, construido hace 25 años,

aproximadamente y solamente un 25% hace unos 10 años. Cuenta con

conexiones domiciliarias, caja domiciliar, redes colectoras, cámaras de

inspección o pozos, sumideros y emisario final cuyas descargas de aguas

residuales son dispuestas en las Quebradas La Ocota y El Hueso.

Page 37: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

40

La longitud de redes de alcantarillado, debido a que no existe catastro de redes,

se desconoce. Por información secundaria de los fontaneros los diámetros que

prevalecen son entre 8” y 16” con una longitud aproximada de 6 km.

Las aguas residuales provenientes del sistema de alcantarillado no tienen

ningún tipo de tratamiento, generando una contaminación directa sobre la

descarga en las Quebradas Ocota y El Hueso, lo que origina el deterioro

gradual de estas fuentes hídricas.

De igual forma es preocupante la no existencia de información técnica sobre los

diferentes componentes del sistema de alcantarillado en cuanto a planos

estudios topográficos y memorias. El conocimiento que se tiene es el de los

operadores y fontaneros que han desarrollado la memoria institucional del

sistema a través de sus actividades operativas, pero que no reposa en ningún

documento escrito como manual o castro de redes.

2.3. SISTEMA DE ASEO

El municipio de Cachipay, realiza la disposición final de sus residuos sólidos en

el botadero de Mondoñedo, ubicado a 40 kilómetros sobre el costado izquierdo

de la vía que conduce a la Capital de la República.

Page 38: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

41

El servicio de aseo se presta a través de un carro recolector (Volqueta) de 5

toneladas, con una frecuencia semanal de 2 a 3 veces. De igual forma el

barrido de calles pavimentadas y parques se realiza en forma manual, con

escobas y palas.

Page 39: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

42

3. ADMINISTRACION DE LOS SERVICIOS

Los sistemas de acueducto, alcantarillado y aseo en el municipio de Cachipay

se encuentran a cargo de la Oficina de Servicios Públicos, dependencia de la

Administración Municipal, creada según acuerdo 027 de Diciembre 7 de 1995, y

reformada con el acuerdo 013 de Julio 5 de 2.000, en cumplimiento de lo

previsto por la ley 142/94 en su artículo 6º, en cuanto a la prestación directa de

los servicios públicos por parte del municipio.

3.1. ORGANIGRAMA OFICINA DE SERVICIOS PÚBLICOS

El organigrama actual que presenta la oficina de servicios públicos (Diagrama

No. 1), esta adscrito a la dependencia municipal de servicios públicos

correspondiente a una prestación directa por parte del municipio acogiendo a

los lineamientos establecidos en la Ley 142 de 1994.

La Oficina de Servicios Públicos es la encargada de atender la prestación de los

servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo

Page 40: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

43

Page 41: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

44

fundamentada en el acuerdo 013 de Julio 5 de 2.000, en donde el Concejo

Municipal estableció su creación así:

k Junta Municipal de Servicios Públicos con participación de la comunidad

y con funciones de dirección y control.

k Caja Especial para manejar en forma independiente los ingresos y egresos

de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo.

k Organización interna para garantizar a los usuarios la prestación eficiente,

continua y económica de los servicios.

La Junta Municipal de Servicios es la encargada de la dirección, control,

políticas y normatividad para garantizar a la comunidad una eficaz y adecuada

prestación de los servicios. Esta Junta esta conformada por:

1. El Alcalde Municipal, quien la preside con voz y voto.

2. El Secretario de Planeación Municipal con voz y voto.

3. Un (1) Representante de los Usuarios con voz y voto.

También forman parte de la Junta Municipal, con voz pero sin voto:

1. El Personero Municipal, como veedor y defensor de la comunidad.

Page 42: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

45

2. El Jefe de Servicios Públicos, quien a su vez ejerce el cargo de Secretario de

la Junta ad-honorem.

3. El Tesorero Municipal.

4. Representante de la Administración Municipal que brinda asistencia técnica.

3.2. EVALUACIÓN Y ANALISIS DE LA ADMINISTRACION DE LOS

SERVICIOS.

A pesar de que existe Junta Municipal, el Alcalde Municipal es autónomo en la

toma de decisiones de la administración, operación y mantenimiento de los

sistemas. Se han concentrado esfuerzos en optimizar los sistemas y hay un

interés especial del gobierno municipal en solucionar los problemas de la

comunidad desde una perspectiva participativa, donde la búsqueda de

soluciones se realice conjuntamente.

Actualmente, en la Junta Municipal no hay representación de los usuarios, a

pesar de que la conformación de la Junta así lo estipula, ya que no se ha

conformado el Comité de Desarrollo y Control Social, en el cual se elige un

vocal de control para que represente a la comunidad en dicha Junta con voz y

voto, conformando la tercera parte de la Junta.

A pesar de que existen los estatutos de la Oficina de Servicios Públicos,

después de haber realizado una evaluación y análisis de los mismos, se

Page 43: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

46

concluye que estos en varios de sus artículos no obedece a la realidad local y

que por lo tanto es necesario efectuar una reestructuración de los mismos con

el fin de garantizar una prestación exitosa para los servicios de acueducto,

alcantarillado y aseo.

3.2.1 ANÁLISIS Y PROBLEMÁTICA SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DE LA

OFICINA DE SERVICIOS PÚBLICOS

3.2.1.1. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

k La Dirección de la Oficina de Servicios Públicos la ejerce directamente el

Jefe de Servicios Públicos.

k Los recaudos del cobro de los servicios se realizan a través del Banco

Agrario.

k Los usuarios no tienen representación en la administración y

funcionamiento de los sistemas.

k El Jefe de la Oficina de Servicios Públicos atiende las quejas y reclamos de

los usuarios.

Page 44: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

47

k La operación y mantenimiento del sistema de acueducto y alcantarillado se

realiza con Dos (2) fontaneros y Tres (3) Operadores de Planta, que se

reparten las actividades entre los diferentes componentes de los sistemas.

k La jornada laboral es 8:00 a.m. a 12:00 m y de 1:00 p.m. a 5:00 p.m. de

martes a domingo.

k La infraestructura administrativa consta de una oficina y es bastante

deficiente a nivel locativo, ya que en una misma área de funcionamiento se

realizan las actividades propias de la administración de los servicios, se

atienden a los usuarios, y en general, se crea un ambiente inadecuado para

el funcionamiento óptimo de los funcionarios de esta dependencia.

k Existen registros del control de funcionamiento de la planta de tratamiento,

manuales de funciones de los operarios, inventarios y capacitación al

personal para optimizar el funcionamiento del sistema.

k El Jefe de Servicios Públicos no tiene autonomía presupuestal, y no es

consultado sobre las decisiones importantes en cuanto a inversiones y

requerimientos de recursos y materiales para la optimización de los

sistemas, a pesar de que según los estatutos actúa como secretario de la

Junta Municipal.

Page 45: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

48

k La junta Municipal que tiene como obligación, planteada en los estatutos de

reunirse una vez al mes, a la fecha no se ha reunido en forma ordinaria ni

extraordinaria.

k No existen manuales de operación y mantenimiento de los componentes de

los sistemas, ni de funciones administrativas.

k El plan de gestión y resultados, PGR, en proceso de aprobación por parte

del Ministerio de Desarrollo Económico, no fue formulado en forma

participativa con la administración del servicio, sino como resultado de la

labor de un consultor contratado para el efecto.

3.2.1.2. ASPECTOS COMERCIALES Y FINANCIEROS

k Para el año de 1999 el municipio contaba con 1,092 usuarios registrados en

el servicio de acueducto, los cuales se encuentran ubicados en los estratos

1, 2, 3, 4 y Comercial.

k El servicio de alcantarillado contaba con 874 usuarios registrados en los

diferentes estratos.

Page 46: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

49

k En el servicio de aseo se contaba con 818 usuarios inscritos en la

prestación del mismo.

k Las tarifas se encuentran desagregadas en el servicio de acueducto, el

Municipio presenta Tarifas Únicas, las cuales abarcan, el consumo básico

de 0 a 20 m3, consumo complementario de 20m3 a 40 m3, consumo

suntuario mayores de 40 m3, y tarifas de conexión de acueducto.

k Las tarifas del servicio de alcantarillado corresponden al 40% de la tarifa de

acueducto y tarifa de conexión de alcantarillado.

k Las tarifas de aseo no se encuentran estipuladas para cada uno de los

estratos, sin especificación alguna sobre grandes o pequeños productores.

k No hay estructura tarifaria definida para el sector Comercial e Industrial,

para acueducto, alcantarillado y aseo.

k La estructura tarifaria vigente para los diferentes servicios no esta ajustada

a la metodología de la Comisión de Regulación de Agua Potable y

Saneamiento Básico, resolución 19 de 1996, para empresas prestadoras de

Servicios con menos de 8,000 usuarios.

Page 47: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

50

k La facturación y cobranza es realizada por la Oficina de Servicios Públicos,

y el pago es cancelado en el Banco Agrario.

k El municipio cuenta con estudio de estratificación el cual es revisado

periódicamente por el Comité de Estratificación Municipal.

k El municipio cuenta con censo de usuarios para la prestación de los

servicios de acueducto, alcantarillado y aseo.

k La frecuencia del cobro de los servicios se realiza de manera bimestral y el

porcentaje de morosos es relativamente bajo.

k Los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo no cuentan con

contabilidades separadas por cada servicio y la revisoría fiscal la ejerce

directamente la Contraloría Departamental.

k La caja Especial de Servicios Públicos no esta conformada como tal y

debería funcionar contabilizando cuentas separadas de ingresos y egresos

para cada uno de los servicios.

k No existe macromedición y la medición efectiva por micromedición es del

100%. No se hace mantenimiento preventivo de medidores.

Page 48: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

51

3.2.1.3. ASPECTOS OPERATIVOS

k No se verifica el cumplimiento a los indicadores técnico – operativos

planteados en el Plan de Gestión y Resultados – PGR.

k Se cuenta con herramientas para la ejecución de labores de los fontaneros

y operarios en las actividades de acueducto, alcantarillado y aseo.

k Existe desinfección del agua suministrada a la población y de igual forma se

presupuestan insumos químicos para realizarla.

k Por falta de planos y un catastro de redes de acueducto y alcantarillado, en

algunas ocasiones las actividades operativas de los componentes de los

sistemas se dificulta.

k Las actividades del Area Operativa no obedecen a una planeación

sistemática para el desarrollo de las mismas.

k Se evidencia la falta de dotación del personal (uniformes, gorras, ponchos

de aguas, etc.) para realizar las actividades operativas.

X El anterior diagnóstico se obtuvo directamente de las visitas de campo realizadas almunicipio de Cachipay, así como de la información suministrada por el Jefe de laOficina de Servicios Públicos y personal operativo.

Page 49: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

52

4. ASPECTOS DE JUSTIFICACION Y CUMPLIMIENTO DE LA LEY 142 DE 1994

PARA ENTES PRESTADORES DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS

Como se comentaba en los Antecedentes, el Congreso de la República, por

mandato del Constituyente, aboca la reglamentación de un régimen integral de

los servicios públicos domiciliarios, y por consiguiente, hay que tener en cuenta

que con este nuevo régimen se establecen algunos cambios en la gestión de los

mismos:

I. Obligación de contar con un tipo de organización empresarial para la

prestación de los servicios públicos domiciliarios.

II. Separación total entre el manejo político del municipio y la prestación de los

servicios públicos, es decir Prevalencia de decisiones de carácter técnico y

empresarial.

III. Institucionalización de un estatuto de obligaciones y derechos de los

usuarios, así como de los prestadores de servicios públicos.

Page 50: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

53

IV. Los servicios públicos deben ser autofinanciables y garantizar tanto la buena

prestación de los mismos, como su expansión.

V. La tarifa es la expresión del costo integral de prestación del servicio de

manera tal que sea posible cumplir con su autofinanciamiento.

VI. Cada servicio se maneja por separado y requiere de una contabilidad precisa

del mismo, ya que esta es la base para la fijación de la tarifa.

VII. Los usuarios participan en el control social de los servicios públicos. Además

actúan ante la empresa, comunidad o persona prestadora de los servicios en

calidad de clientes.

VIII. El municipio por intermedio del Personero, ejerce funciones de control y

vigilancia de los servicios públicos y goza de capacidad sancionatoria.

IX. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) y las

comisiones de regulación son instancias nacionales de control, vigilancia y

regulación, ejerciendo responsabilidades por delegación legal del Presidente

de la República.

X. El Superintendente tiene la facultad de remover de sus cargos, destituir o

reemplazar a los gerentes y/o funcionarios al servicio de las empresas o

Page 51: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

54

personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios., que incumplan

la Ley o violen el estatuto de derechos y obligaciones con el usuario del

servicio.

XI. El Estado por intermedio de la Superintendencia de Servicios Públicos

Domiciliarios, llevará el registro de las entidades, empresas o personas que

presten servicios públicos domiciliarios.

XII. El acceso a los servicios públicos domiciliarios se define por la capacidad que

tenga el usuario de pagar la tarifa. Corresponde al Estado el subsidio a los

pobres y/o personas de bajos ingresos.

Las entidades prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto,

alcantarillado y aseo para dar cumplimiento a la Ley 142 de 1994, a las

Resoluciones de la Comisión Reguladora de Agua Potable y Saneamiento

Básico (C.R.A.), al Ministerio de Desarrollo Económico, así como a las

diferentes circulares de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios

(S.S.P.), tienen que cumplir con los plazos y procedimientos en cuanto a:

4.1. TRANSFORMACIÓN EMPRESARIAL

La Transformación Empresarial es un concepto integral que implica un cambio

global en los diferentes asuntos institucionales, jurídicos, técnicos,

administrativos, financieros y comerciales, en los que se requiere poner en

Page 52: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

55

práctica la Planeación Estratégica y el tratamiento del usuario como cliente,

dentro del contexto de modernización del aparato productivo y la libertad de

competencia con el concepto de empresa productiva y autosuficiente.

La Ley 142 de 1994 abre la posibilidad para que los servicios públicos

domiciliarios sean prestados por diversas entidades tanto públicas como

privadas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15.

De acuerdo con el artículo 17 de la Ley 142/94, las empresas de servicios

públicos domiciliarios son sociedades por acciones cuyo objeto es la prestación

de los servicios públicos domiciliarios. Según sea la composición accionaria,

estas sociedades pueden ser públicas, privadas o mixtas, sin embargo las

entidades descentralizadas de cualquier orden territorial o nacional, cuyos

propietarios no deseen que su capital esté representado en acciones, deberán

adoptar la forma de empresa industrial y comercial del estado.

4.2. VIABILIDAD EMPRESARIAL

Con la viabilidad empresarial se debe demostrar la validez actual y futura de la

actividad productiva desde el punto de vista financiero y la autocosteabilidad de la

operación del servicio por parte de cada E.S.P.

Page 53: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

56

Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 181 de la Ley 142

de 1994 en lo que se refiere a los Servicios Públicos Domiciliarios, los entes

prestadores deben llevar a cabo la Evaluación de su Viabilidad Empresarial,

acorde a la metodología definida en la Resolución 05 de 1996 expedida por la

Comisión Reguladora de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA).

4.3. REESTRUCTURACION TARIFARIA (COSTOS Y TARIFAS)

Sobre la base del estudio de los costos económicos mínimos de administración,

operación, mantenimiento y expansión del servicio, de acuerdo con las

metodologías establecidas por la CRA, se determinó para el sector de agua potable

y saneamiento básico, mediante resolución 22 del 16 de julio de 1996, los plazos

máximos de transición para alcanzar los límites en materia de tarifas y factores

subsidios y sobreprecios, acorde a lo establecido en la Ley 286 de 1996. Este

período de transición se da hasta diciembre 31 del 2001, fecha en la cual se deben

haber alcanzado las tarifas metas y los niveles de subsidio y sobreprecios.

La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA, definió

mediante resolución 03 del 25 de enero de 1996 en sus artículos 3,4 y 5, el

procedimiento previo a la aplicación efectiva de las nuevas tarifas, definidas estas

como la modificación en los niveles tarifarios que resulta de la aplicación de la

Metodología de Costos y Tarifas establecida por la CRA, con el objeto de llevar las

tarifas al costo económico de prestación del servicio de acuerdo a la Ley 142/94,

Page 54: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

57

una vez éstas hayan sido aprobadas por la Junta Directiva de la respectiva entidad o

de quién haga sus veces.

Las metodologías y plazos de aplicación fueron determinados así:

• Resoluciones 08/95, 09/95, para Acueducto, Alcantarillado en lo concerniente a

la aplicabilidad de la metodología y procedimientos para los costos y tarifas de los

sistemas de Acueducto, Alcantarillado para mayores de 8.000 usuarios.

• Resolución 15/96, para Acueducto y Alcantarillado en lo concerniente a la

aplicabilidad de la metodología y procedimientos para los costos y tarifas de los

sistemas de Acueducto, Alcantarillado para menores de 8.000 usuarios.

• Resoluciones 19/96 y 15/97, para Aseo en lo concerniente a la aplicabilidad de la

metodología y procedimientos para los costos y tarifas del sistema de Aseo para

menores y mayores de 8.000 usuarios respectivamente.

4.4. PLAN DE GESTIÓN Y RESULTADOS - PGR

Busca posibilitar la planeación estratégica de las actividades de las E.S.P. de

acuerdo con los indicadores técnicos, administrativos, financieros, comerciales e

Page 55: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

58

institucionales, definidos por las Comisiones de Regulación y las metas

propuestas por cada empresa.

El Plan de Gestión y Resultados debe elaborarse conforme a la metodología

definida en la Resolución 12 de 1995.

4.5. AUDITORÍA EXTERNA DE GESTIÓN

Todas las Empresas de Servicios Públicos (E.S.P.) están obligadas a contratar

firmas particulares y especializadas en el seguimiento de la gestión operativa,

administrativa, financiera, comercial e institucional, con excepción de las

comunidades organizadas (juntas comunales, veredales, etc.), de tal forma

que obren en función de la empresa y sus socios, pero además del beneficio

que reciban los usuarios y en consecuencia están obligadas a informar a la

Superintendencia las situaciones financieras graves, las fallas con el control

interno y las evaluaciones sobre el manejo de la empresa. Este proceso se

debió iniciar desde la expedición misma de la ley 142 de 1994.

4.6. SISTEMA GENERAL DE CONTABILIDAD Y COSTOS

Permitirá identificar y separar las cuentas de las E.S.P. por cada uno de los

servicios para poder medir y comparar su eficiencia y productividad, así como

Page 56: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

59

determinar los costos productivos en que incurre la empresa en las actividades

fundamentales para prestar el servicio y no los costos por dependencias que

disfrazan la ineficiencia, burocracia e inoperancia de algunas actividades, las

cuales muchas veces no corresponde al objeto social de una E.S.P.

4.7. CONTROL INTERNO

Define que cada E.S.P. establezca un mecanismo de auto-control que le

permita evaluar el avance en los objetivos, indicadores y metas en la gestión

de los servicios públicos domiciliarios. El responsable de este proceso es la

Gerencia.

4.8. PUESTA EN MARCHA DE LAS OFICINAS Y PROCEDIMIENTOS DE

QUEJAS Y RECURSOS

Pretende garantizar la aplicación de los derechos constitucionales y legales de

los usuarios e impedir el abuso de la posición dominante de las E.S.P., dentro

del contexto, de dar tratamiento comercial al usuario como cliente y no como

evasor de las obligaciones contractuales, según lo planteado en los artículos

152 a 159 de la Ley 142/94.

Page 57: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

60

4.9. PARTICIPACIÓN DE LOS USUARIOS EN LA GESTIÓN Y FISCALIZACIÓN

DE LAS E.S.P.

Se pretende garantizar a los usuarios a través de los comités de vigilancia y

control social y sus respectivos vocales, la participación en los planes y

programas de expansión y mantenimiento del servicio, las modificaciones a la

estratificación, la determinación de tarifas y subsidios, y la participación en las

juntas directivas en las E.S.P. oficiales así como de la garantía de los derechos

y deberes de los usuarios de los servicios públicos domiciliarios. Esta tarea es

responsabilidad de los alcaldes y gerentes desde el momento mismo de la ley.

En cuanto a sanciones por el incumplimiento de las obligaciones anteriormente

mencionadas por parte de las entidades prestadoras de los servicios públicos

domiciliarios dará lugar a la imposición de las mismas por parte de la

Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, según lo dispuesto en el

artículo 81 de la Ley 142 de 1994, de acuerdo a la naturaleza y gravedad de la

falta.

Las sanciones pueden ser:

& Amonestación.

Page 58: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

61

& Multas hasta por el equivalente a 2.000 salarios mínimos mensuales. El

monto de la multa se graduará atendiendo el impacto de la infracción sobre la

buena marcha del servicio público, y al factor de reincidencia.

& Orden de suspender de inmediato todas o algunas de las actividades del

infractor, y cierre de los inmuebles utilizados para desarrollarlas.

& Orden de separar a los administradores o empleados de una empresa de

servicios públicos de los cargos que ocupan, y prohibición a los infractores de

trabajar en empresas similares, hasta por diez (10) años.

& Solicitud a las autoridades para que decreten la caducidad de los contratos

que haya celebrado el infractor, cuando el régimen de tales contratos lo

permita, o la cancelación de licencias así como la aplicación de las sanciones

y multas previstas pertinentes.

& Prohibición al infractor de prestar directa o indirectamente servicios públicos,

hasta por diez (10) años.

& Toma de posesión de una Empresa de Servicios Públicos, o la suspensión

temporal o definitiva de sus autorizaciones y licencias, cuando las sanciones

previstas atrás no sean efectivas o perjudiquen indebidamente a terceros.

Page 59: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

62

& Las sanciones que se impongan a personas naturales se harán previo el

análisis de la culpa del eventual responsable y no podrán fundarse en

criterios de responsabilidad objetiva.

Page 60: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

63

5 . PROPUESTA PARA EL REORDENAMIENTO FUNCIONAL DE LA

OFICINA DE SERVICIOS PUBLICOS

Con el fin de mejorar y asegurar la prestación eficiente de los servicios públicos

de acueducto, alcantarillado y aseo en el Municipio de Cachipay, contribuyendo

a mejorar la calidad de vida, los autores de este proyecto presentan esta

propuesta de Reordenamiento Funcional de La Oficina de Servicios Públicos,

en el cual se establece un listado de funciones o actividades por áreas que

debe emprender la Administración de los Servicios, las cuales deben ser

distribuidas y ajustadas entre los diferentes cargos que se adopten para atender

la prestación de los servicios, de acuerdo al organigrama presentado en la

Diagrama No. 2.

5.1. AREA DE DIRECCION Y PLANEACION

Estas funciones deberán ser responsabilidad exclusiva de la Junta Municipal,

que estará conformada por el Alcalde, Secretario de Planeación y el

Representante de los Usuarios o Vocal de Control.

Page 61: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

64

Page 62: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

65

La Junta Municipal estará integrada de la siguiente forma:

1. El Alcalde Municipal, quien la presidirá con voz y voto.

2. El Secretario de Planeación Municipal, con voz y voto.

3. Un (1) Representante de los Usuarios, con voz y voto.

También formarán parte de la Junta Municipal, con voz pero sin voto:

I. El Personero Municipal, como veedor y defensor de la comunidad.

II. El jefe de Servicios Públicos, quien a su vez ejercerá – Ad-honorem - el

cargo de secretario de la Junta.

III. El tesorero Municipal.

La Dirección y Planeación debe darse al interior de cada área funcional y

globalmente para toda la Oficina de Servicios Públicos, en aras de que se

definan y cumplan, los objetivos y políticas de la empresa, las estrategias para

alcanzar las metas, y los mecanismos para hacer el seguimiento y evaluar los

planes y programas.

Page 63: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

66

Se debe tener en cuenta por parte del Area de Dirección y Planeación, la

conformación del Comité de Desarrollo y Control Social, para elegir el Vocal de

Control que forme parte de la Junta Municipal y de esta forma se garantice la

participación de los usuarios en la prestación y gestión de los servicios públicos,

de acuerdo a lo referido en el Anexo 1, el cual establece el Procedimiento para

la Constitución de Los Comités de Desarrollo y Control Social

A las funciones de Dirección y Planeación corresponden:

C A cargo de la Dirección deberá estar el formular las políticas, planes y

programas para la ampliación y mejoramiento de la prestación de los

servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, con el apoyo de entidades y

organismos especializados que deben proponerse para su incorporación

el plan y programa de inversión. De igual forma la Dirección debe analizar

las alternativas potenciales de financiación para los proyectos de inversión

prioritarios.

C La Dirección también deberá coordinar con otras instituciones y

dependencias municipales la ejecución de programas para la

conservación del medio ambiente a través de la implantación de las

medidas de mitigación de impactos ambientales que ocasione la

prestación de los servicios.

Page 64: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

67

C Organizar y administrar técnica y económicamente los servicios públicos

municipales de acueducto, alcantarillado y aseo.

C Planear, dirigir y coordinar la política municipal relacionada con los

servicios públicos.

C Analizar, estructurar y cuantificar el proyecto anual de presupuesto de los

servicios de acueducto, alcantarillado y aseo.

C Evaluar los estudios para la fijación de tarifas o propuesta para la

modificación de las existentes de acuerdo con las metodologías

establecidas por la Comisión de Regulación de Agua potable y

Saneamiento Básico. Las mismas que se someterán al control y vigilancia

de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios bajo el régimen

de libertad regulada.

C Recomendar y asesorar a la Administración Municipal en materia de

consecución de empréstitos para el desarrollo de programas de servicios

públicos.

C Gestionar la inclusión de programas de acueducto, alcantarillado y aseo,

en los planes de desarrollo del Municipio y del Departamento.

Page 65: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

68

C Establecer la forma de utilización de los dineros provenientes del pago

realizado por los usuarios de los servicios públicos y manejarlos a través

de la Caja Especial.

C Adoptar y adaptar el reglamento para la prestación de los servicios

promulgado por el Gobierno Nacional y velar para que se cumplan.

C Estudiar y recomendar la organización interna de las dependencias

encargadas de los servicios, su estructura de personal y su escala

salarial.

C Aprobar el manual de funciones y requisitos de los cargos aprobados.

C Estudiar los procedimientos y programas para el manejo eficiente de todas

las áreas que conforman su organización.

C Estudiar y aprobar, en primera instancia, el perímetro sanitario de la zona

urbana.

C Estudiar y aprobar el proyecto anual de presupuesto de la Caja Especial de

Servicios Públicos.

Page 66: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

69

C Verificar la correcta ejecución de los proyectos de inversión en el servicio de

acueducto, alcantarillado y aseo, incorporados en el programa de

inversión.

C Concebir y planear las medidas necesarias para corregir los fenómenos o

acciones que afecten la prestación adecuada de los servicios.

C Coordinar con otras instituciones y dependencias municipales la ejecución

de programas de conservación del medio ambiente.

C Auspiciar campañas educativas y de promoción para uso racional del agua

y protección de las cuencas hidrográficas.

C Auspiciar y promover campañas de educación ambiental y sanitaria para el

manejo adecuado de los residuos sólidos.

C Verificar que el servicio de acueducto, alcantarillado y aseo se administre y

preste en forma eficiente y eficaz.

C Propender porque el agua que se suministre sea de buena calidad.

C Estudiar y decidir sobre la contratación de labores de reparación y

mantenimiento de equipos, cuando su magnitud y complejidad lo justifiquen.

Page 67: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

70

C Estudiar y decidir sobre los procedimientos y programas necesarios para el

manejo eficiente del área que comprende la administración de los servicios.

C Estudiar los informe periódicos sobre facturación y cobranza de los

servicios y tomas decisiones al respecto.

C Estudiar y aprobar en primera instancia el acuerdo mensual de gastos de

los servicios y tomar decisiones al respecto.

C Evaluar la prestación de los servicios con base en la información de tipo

operativo, comercial, financiero y administrativo, organizada a nivel de

indicadores, y decidir sobre el plan a adoptar para subsanar los problemas

que se presentan y fortalecer la atención de los mismos.

Otras funciones inherentes al Area de Dirección y Planeación por parte del Jefe

de Servicios Públicos, como Secretario de la Junta Municipal son:

l Redactar las actas de reunión de la Junta y colaborar con las diferentes

actividades asignadas por la Junta.

l Mantener al día el libro de Actas de Junta, organizar, conservar y mantener

al día el archivo y tramitar la correspondencia de la Junta.

Page 68: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

71

l Cumplir y hacer cumplir las decisiones de la Junta y el presente reglamento.

l Asistir a las sesiones de la Junta con derecho a voz.

5.2. AREA FINANCIERA

La responsabilidad del área financiera en este esquema de administración

directa de la prestación de los servicios por parte del municipio deberá estar a

cargo de: la Tesorería Municipal, Junta Municipal, Jefe de Servicios

Públicos.

Tiene a su cargo la gestión, y el manejo de los recursos financieros, incluyendo

el análisis y registro de los mismos, por lo que su labor se orienta al

presupuesto, contabilidad y control fiscal, recaudación y análisis financiero.

Los responsables y las funciones financieras con relación a los servicios son:

l Manejar la Caja Especial de Servicios Públicos. Los bienes y rentas

constituidos por: Responsable: Tesorería Municipal

1. Ingresos recaudados por las tarifas de los servicios públicos de acueducto,

alcantarillado y aseo.

2. Activos que componen los sistemas de acueducto, alcantarillado y aseo.

Page 69: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

72

3. Tasas, derechos y contribuciones que se establezcan de conformidad con las

leyes vigentes.

4. Transferencias provenientes de la Nación, el Departamento y el Municipio con

destino a los servicios públicos.

5. Recursos de créditos destinados para el mejoramiento de los servicios.

6. Donaciones o auxilios y aportes.

l Elaborar en coordinación con el jefe de Servicios Públicos el proyecto

anual de presupuesto de ingresos y egresos de los servicios de

acueducto, alcantarillado y aseo. Responsable: Junta Municipal.

l Estimar los ingresos del mes siguiente y preparar el programa de egresos,

que constituye el acuerdo mensual de gastos. Responsable: jefe de oficina

de Servicios Públicos.

l Recaudar los ingresos provenientes de la prestación de los servicios de

acueducto, alcantarillado y aseo y ejercer el control sobre los mismos.

Responsable: Tesorería Municipal – Jefe de Servicios Públicos

Page 70: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

73

l Ordenar el giro de los gastos correspondientes a las cuentas de los

servicios ordenados y debidamente tramitados. Responsable: Junta

Municipal

l Diligenciar y efectuar los pagos ordenados por Junta Municipal,

correspondientes a gastos ocasionados por los servicios de acueducto,

alcantarillado y aseo. Responsable: Jefe de Servicios.

l Llevar los registros presupuestales y contables de los servicios de

acueducto, alcantarillado y aseo. Responsable: Tesorería Municipal

l Informar sobre la contabilidad de la Oficina de Servicios Públicos por

intermedio de la Tesorería Municipal, la cual constará de los libros

necesarios, que como mínimo deben ser los siguientes: (Responsable:

Jefe de Servicios Públicos)

1. Kardex o tarjetas de Suscriptores.

2. Libro de Caja (Diario)

3. Libro de Bancos

4. Libro de Inventarios

5. Presupuesto Anual

6. Libro de Caja Menor

Page 71: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

74

l Organizar y manejar una caja menor en cuantía hasta por el valor que

determine la Junta Municipal de Servicios Públicos. Responsable: Jefe de

Servicios.

l Evaluar los costos de administración, operación y mantenimiento de los

servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, determinar el nivel de

cubrimiento en los ingresos percibidos por concepto de su prestación,

identificar los problemas si es el caso y presentar a la Junta Municipal

alternativas para la racionalización de costos e incremento de ingresos.

Responsable: Jefe de Servicios Públicos.

l Visar los comprobantes de pago de acuerdo a la ordenación de gastos

autorizado por Junta Municipal. Responsable: Jefe de Servicios Públicos.

l Presentar los informes contables en cuentas separadas para cada

servicio, de acuerdo al Plan General de Contabilidad y Sistema Unificado

de Costos y Gastos. Responsable: Tesorería Municipal.

l Rendir informes periódicos sobre el estado de ingresos y egresos, estados

de funcionamiento de los sistemas y en general sobre aquellos que

determine la Junta Municipal. Responsable: Jefe de Servicios Públicos

Page 72: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

75

l Constituir fianza para responder por los dineros y bienes que se le han

encomendado. Responsable: Jefe de Servicios Públicos

l Otras inherentes al área financiera.

5.3. AREA ADMINISTRATIVA – OPERATIVA

La responsabilidad del área administrativa – operativa en este esquema de

administración directa de la prestación de los servicios por parte del municipio

deberá estar a cargo de: El jefe de la oficina de servicios públicos,

secretaria y los operarios del sistema de acueducto, alcantarillado y aseo.

Esta Area tiene a su cargo el manejo de los recursos humanos y materiales, así

como los de procedimiento e información, organización y métodos para

establecer todas las normas y trámites administrativos de la empresa.

El Jefe de la Oficina de Servicios Públicos debe organizar y manejar una caja

menor en cuantía hasta por el valor que determine la Junta Municipal de

Servicios Públicos y recaudar, vigilar y responder por todos los fondos y bienes

de la Oficina, entregados bajo su custodia.

Page 73: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

76

5.3.1. ADMINISTRATIVAS

Las funciones administrativas son de exclusivo cumplimiento y responsabilidad

del Jefe de la Oficina de Servicios Públicos con el apoyo de la Secretaria.

Las funciones con relación al personal son:

l Garantizar que los cargos de los servicios de acueducto, alcantarillado y

aseo, se provean, previo proceso de selección de personal, adelantando

directamente o con asesoría de otra entidad, en el que se evalúe el

cumplimiento de requisitos y capacidades para el desempeño del mismo.

l Dirigir y supervisar el trabajo del personal de la Oficina de Servicios

Públicos.

l Identificar las necesidades de capacitación de los funcionarios y proponer a

la Junta Municipal la participación de los mismos en cursos que programen

instituciones idóneas en la materia, coordinando su asistencia.

Como funciones de apoyo de la Secretaria de la Oficina de Servicios Públicos

se tienen a saber las siguientes:

l Recibir y radicar la correspondencia y transcribir las comunicaciones

dirigidas a otras entidades, dependencias o usuarios.

Page 74: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

77

l Atender llamadas telefónicas y al público.

l Apoyar a las demás dependencias de la Oficina de Servicios Públicos.

l Las demás funciones que le sean asignadas por la Junta Directiva.

l Tramitar las novedades del personal (infracciones al régimen disciplinario,

permisos, etc.).

l Verificar los registros diarios de control de asistencia y velar por el

cumplimiento de los horarios establecidos.

l Liquidar la nómina y manejar los registros correspondientes en el archivo

de personal con el visto bueno del Jefe de la Oficina de Servicios Públicos.

Con relación al manejo de recursos materiales, será de responsabilidad

exclusiva del Jefe de la oficina de Servicios Públicos:

l Elaborar el programa anual de compras, sobre los requerimientos para el

normal funcionamiento y administración de los servicios de acueducto,

alcantarillado y aseo, para su incorporación en el correspondiente

proyecto anual de presupuesto.

Page 75: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

78

l Propender por el cumplimiento del anterior programa solicitando

oportunamente la adquisición de los suministros y elementos requeridos.

l Manejar en forma adecuada los sistemas de registro y control de los

elementos de consumo y devolutivos para la operación y mantenimiento

de los servicios.

l Mantener actualizados los inventarios de los elementos devolutivos y en

uso.

Las funciones en cuanto a información y procedimientos son:

l Brindar apoyo para el procesamiento de la información que produce y

maneja cada una de las áreas que corresponde a los servicios de

acueducto, alcantarillado y aseo.

l Propender por la aplicación y actualización permanente de los manuales

de procedimiento existentes para la administración, operación y

mantenimiento de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo.

l Otras funciones inherentes al área administrativa.

Page 76: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

79

5.3.2. OPERATIVAS

Las funciones en relación con la operación y el mantenimiento del sistema de

acueducto, alcantarillado y aseo son:

l Inspeccionar las áreas de las fuentes de agua utilizadas por el acueducto.

Responsable: Fontanero 1

l Inspeccionar el área de disposición final de los residuos sólidos.

Responsable: Operarios de Recolección

l Inspeccionar los sitios de descarga de los vertimientos líquidos del sistema

de alcantarillado. Responsable: Fontanero 3

l Realizar consultas y presentar informes a la Junta Municipal en relación

con los fenómenos y acciones que signifiquen peligro para la conservación

del agua y sus fuentes, para que se tomen los correctivos necesarios.

Responsable: Jefe de la Oficina de Servicios Públicos

l Operar las instalaciones de captación y derivación del agua cruda que

utilice el acueducto, tales como bocatoma, desarenadores, canales, etc.,

así como las de conducción, inspeccionar su estado y realizar las labores

Page 77: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

80

de limpieza y reparaciones menores para su correcto funcionamiento y

conservación. Responsable: Fontanero 1

l Coordinar las actividades de barrido, recolección y disposición final de los

residuos sólidos. Responsable: Jefe de la Oficina de Servicios Públicos

l Medir los caudales captados por el acueducto y los niveles de agua en las

fuentes de abastecimiento, cada vez que se visiten los sitios de captación.

Responsable: Fontanero 1

l Denunciar ante la Junta Municipal y/o Jefe de Servicios Públicos y

suspender las conexiones no autorizadas de las líneas de conducción.

Responsable: Fontanero 1

l Inspeccionar y verificar el estado y condiciones de funcionamiento de las

instalaciones y tuberías de la red de distribución de acueducto, con el fin

de efectuar las labores de limpieza y de reparaciones menores pera su

correcto funcionamiento y conservación. Responsable: Fontanero 2

l Notificar oportunamente a los suscriptores cualquier cambio o alteración

en los servicios, cuando las circunstancias lo requieran. Responsable:

Jefe de la Oficina de Servicios Públicos

Page 78: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

81

l Inspeccionar el estado y condiciones de funcionamiento de las estructuras

de vertimiento, pozos de inspección y de los sumideros existentes en el

sistema de alcantarillado y realizar las funciones de limpieza y

conservación que estén al alcance para garantizar su funcionamiento

adecuado. Responsable: Fontanero 3

l Denunciar ante la Junta Municipal y/o Jefe de Servicios Públicos, las

conexiones clandestinas que se detecten en las redes e instalaciones del

sistema de distribución de agua y de los vertimientos de residuos líquidos.

Responsable: Fontanero 2

l Mantener actualizadas permanentemente las copias de los planos de

redes de acueducto y alcantarillado, así como los de operación del

sistema de aseo en cuanto a las rutas de recolección y barrido.

Responsable: Jefe de la Oficina de Servicios Públicos y Operarios de los

Servicios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo

l Informar a la Junta Municipal y/o Jefe de Servicios públicos sobre las

anomalías encontradas en el funcionamiento de los sistemas de

acueducto, alcantarillado y aseo que requieran acciones complementarias

y que deban ser contratadas, por su magnitud y complejidad.

Responsable: Operarios de los Servicios de Acueducto, Alcantarillado y

Aseo

Page 79: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

82

l Mantener ordenados y en buen estado para facilitar su consulta, copias de

los catálogos, de los manuales de procedimientos y funciones que

competen al área operativa. Responsable: Jefe de la Oficina de Servicios

Públicos

l Dar al Fontanero, las órdenes para nuevas conexiones, suspensiones de

servicios, reconexiones, reparaciones, con el visto bueno del presidente

de la Junta e su calidad del ordenador. Responsable: Jefe de la Oficina de

Servicios Públicos

l Coordinar la adquisición de suministros básicos para operar y mantener en

buen estado los sistemas, así como los demás suministros generales para

la administración contable, de oficina, de facturación de servicios y demás,

necesarios para la prestación eficiente del servicio, previa orden del

Presidente de la Junta. Responsable: Jefe de la Oficina de Servicios

Públicos

l Otras funciones inherentes a la operación y mantenimiento de los

componentes de los sistemas de acueducto, alcantarillado y aseo.

Las funciones en relación con la operación de la planta de tratamiento son de

exclusiva responsabilidad del Operario de la Planta.

Page 80: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

83

l Efectuar diariamente, de acuerdo a las características del agua, prueba de

jarras, turbiedad, Ph, color, temperatura sobre el agua tratada y en

proceso de tratamiento.

l Ajustar los equipos dosificadores de materia prima de acuerdo a los

resultados de las pruebas de laboratorio.

l Efectuar las operaciones mecánicas de la planta que permitan un control en

el tratamiento y suministro de aguas, tales como:

⌦ Maniobrar las válvulas de suministro de agua.

⌦ Operar mecanismos de descarga de arenas y lodos.

l Llevar un control estricto sobre la existencia de sustancias químicas de uso

en el tratamiento de agua y comunicar oportunamente al jefe de servicios

públicos sobre las necesidades al respecto.

l Registrar la información obtenida sobre los procesos de control del

tratamiento de agua y consumo de materiales, e informar las novedades

por turnos.

l Efectuar la liquidación de los cuadros diarios de operación y gráficos de

suministros de agua y control de los procesos.

Page 81: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

84

l Lavar filtros y llevar el control de la operación de los filtros.

l Controlar el volúmen y la concentración de lodos en posibles unidades de

floculación y sedimentación.

l Medir el caudal para determinar la cantidad de agua que entra a la planta

en lps para lo cual se debe utilizar un aforador o regla.

l Inspeccionar permanentemente los equipos y elementos utilizados en el

proceso de tratamiento.

l Efectuar las labores del proceso de tratamiento del agua.

l Mantener en bodega y acomodar las materias primas utilizadas en el

tratamiento del agua, de tal forma que se evite el deterioro.

l Ejecutar labores de vigilancia, controlando el acceso de gente a la planta,

entrada y salida de elementos, de acuerdo a normas establecidas.

l Otras funciones inherentes a la operación de la planta de tratamiento.

Page 82: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

85

5.4. AREA COMERCIAL

La responsabilidad del área comercial en este esquema de administración

directa de la prestación de los servicios por parte del municipio deberá estar a

cargo de: el jefe de la oficina de servicios públicos quien actuará como

coordinador de cada una de las actividades que se realicen pero serán de

responsabilidad exclusiva de un tecnólogo en servicios públicos o en sistemas,

apoyado con un auxiliar instrumentista - analista.

El área se encarga del mercadeo o comercialización, de tal manera que logre la

costeabilidad con criterios de concertación y equidad. Es decir maneja todo lo

concerniente a tarifas y kardex de usuarios, facturación y cobranza.

Algunas funciones son:

☯ Recibir, estudiar y aprobar solicitudes para la prestación de los servicios

de acueducto, alcantarillado y aseo con justificación técnica. Responsable:

Jefe de la Oficina de Servicios Públicos

☯ Notificar a los usuarios sobre la aprobación de las solicitudes de

prestación de los servicios dadas por la Junta Municipal y/o Jefe de

Oficina de Servicios Públicos. Responsable: Jefe de la Oficina de

Servicios Públicos

Page 83: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

86

☯ Mantenerse informado sobre el estado de la cuenta de cada uno de los

suscriptores y el movimiento de los fondos de tesorería, a fin de vigilar el

buen recaudo y manejo de éstos. Responsable: Jefe de la Oficina de

Servicios Públicos.

☯ Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales relacionadas con la

prestación de servicios públicos domiciliarios y las que le corresponden de

acuerdo con la naturaleza de su cargo. Responsable: Jefe de la Oficina de

Servicios Públicos.

☯ Liquidar el valor correspondiente a la conexión, acometida y medidor que

debe pagar un usuario nuevo en el servicio de acueducto, y de conexión y

acometida en el servicio de alcantarillado. Responsable: Tecnólogo

☯ Incorporar a los nuevos usuarios en el registro correspondiente de los

servicios, de acueducto alcantarillado y aseo. Responsable: Tecnólogo

☯ Coordinar, organizar y mantener el catastro de usuarios de los servicios y

diligenciar las novedades sobre liquidación y facturación de los servicios.

Responsable: Tecnólogo

☯ Llevar y mantener actualizado el registro de suscriptores. Responsable:

Tecnólogo

Page 84: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

87

☯ Notificar sobre los cortes y reconexiones que se deban de hacer a la Junta

y/o Jefe de la Oficina de Servicios Públicos, en cumplimiento del

reglamento de los servicios. Responsable: Tecnólogo

☯ Dar al Fontanero, las órdenes para nuevas conexiones, suspensiones de

servicios, reconexiones, reparaciones, con el visto bueno del presidente

de la Junta en su calidad de ordenador. Responsable: Jefe de la Oficina

de Servicios Públicos

☯ Atender las peticiones, quejas y reclamos efectuados por los usuarios de

los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, y coordinar con el jefe de

la Oficina de servicios Públicos para que se efectúen las visitas de

investigación y arreglos a que haya lugar. Responsable: Jefe de la Oficina

de Servicios Públicos – Tecnólogo

☯ Notificar sobre el retiro, cambio, y mantenimiento de los medidores, y/o

proponer la contratación de la prestación de estos servicios al Jefe de la

Oficina de Servicios Públicos. Responsable: Tecnólogo – Instrumentista

analista.

Page 85: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

88

☯ Efectuar la lectura de medidores, de acuerdo con las rutas establecidas y

calendario efectuados para el efecto, la cual debe ser registrada en los

correspondientes listados. Responsable: Instrumentista – analista

☯ Anotar e informar a la Junta Municipal y/o Jefe de la Oficina de Servicios

Públicos las anomalías encontradas en las conexiones o viviendas. Ej.:

conexiones clandestinas, ausencia de medidores, fugas, etc.

Responsable: Instrumentista – analista

☯ Revisar el listado de lectura de medidores y efectuar nuevamente la lectura

cuando se detecten consumos anormales. Responsable: Tecnólogo –

Instrumentista analista.

☯ Elaborar la facturación de los servicios, según listado de lecturas e

información sobre pagos pendientes, o enviar los datos correspondientes

cuando esta actividad haya sido contratada. Responsable: Tecnólogo

☯ Informar a cada suscriptor el valor de las tarifas a pagar, las fecha y el lugar

donde deben cancelarse. Responsable: Tecnólogo – Instrumentista

analista.

Page 86: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

89

☯ Elaborar informes periódicos sobre facturación y cobranza y presentarlos a

la Junta Municipal y/o Jefe de la Oficina de Servicios Públicos quien los

analizará y decidirá. Responsable: Tecnólogo

☯ Elaborar listados sobre deudores morosos para presentar a la Junta

Municipal y/o Jefe de Oficina de Servicios Públicos, quién decidirá sobre

las acciones a seguir según el reglamento de los servicios. Responsable:

Tecnólogo

☯ Coordinar la elaboración sobre propuesta de modificación de las tarifas o

fijación de las mismas, la cual debe ser sometida a consideración de la

Junta Municipal para su aprobación, de acuerdo a la metodología de la

Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico.

Responsable: Jefe de la Oficina de Servicios Públicos

☯ Coordinar con las autoridades competentes la aplicación en su jurisdicción

de las normas legales sobre el control y protección de las fuentes, la

calidad del agua de consumo y la adecuada disposición de las aguas

residuales. Responsable: Tecnólogo.

Page 87: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

90

6. ESTUDIO DE COSTOS Y TARIFAS PARA LOS SERVICIOS DE

ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO EN EL MUNICIPIO DE CACHIPAY

El presente estudio fue desarrollado y presentado en términos de cooperación y

promoción al desarrollo municipal, así como la autocosteabilidad y sostenibilidad

de los servicios, bajo la supervisión de la S.S.P., con el fin de contribuir al

mejoramiento funcional de la Oficina de Servicios Públicos de Acueducto,

Alcantarillado y Aseo en el Municipio de Cachipay.

6.1. INTRODUCCIÓN

Todos los cambios contenidos en La Constitución Nacional y la Ley de Servicios

Públicos Domiciliarios No. 142 de 1994, en lo concerniente a la naturaleza

Jurídica de las empresas de servicios públicos, están fundamentados por las

macromediciones en el ámbito mundial que han obligado a las empresas del

sector público a cambiar su naturaleza. Entre las tendencias se encuentran:

k La bonanza mundial de los años 90 (globalización y libre comercio).

Page 88: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

91

k La revolución tecnológica.

k El manejo del medio ambiente.

k La vigencia del individuo.

k El auge de la democracia participativa.

k La privatización del Estado benefactor y el nuevo rol del Estado.

La Ley 142/94 igualmente le da la gran participación al usuario; es así, como

ordena que las entidades de servicios públicos suscriban contratos de

condiciones uniformes con los usuarios, se creen Comités de Desarrollo y

Control Social para que los suscriptores y los usuarios puedan participar de la

gestión y fiscalización de las empresas; se implemente la estratificación para

todos los municipios, crear Fondos de Solidaridad y Redistribución de Ingresos

y otorgar subsidios a las familias de menores ingresos.

Por las atribuciones y las funciones que le fueron asignadas por la Ley 142/94

compete a la Comisión definir la metodología y fórmulas tarifarías que permitan

estimar los costos de referencia y los valores que deben ser cobrados al usuario

final del servicio, de acuerdo con los lineamientos consignados en la ley.

Page 89: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

92

6.2. CONCEPTOS BASICOS PARA LA ELABORACION DE LOS ESTUDIOS

DE COSTOS Y TARIFAS

6.2.1. CRITERIOS PARA DEFINIR EL REGIMEN TARIFARIO

El régimen tarifario esta orientado por los criterios de eficiencia económica,

neutralidad, solidaridad, redistribución, suficiencia financiera, simplicidad,

transparencia e integralidad, definiéndose cada uno de ellos así:

k EFICIENCIA ECONÓMICA; Se entiende que el régimen de tarifas

procurará que éstas se aproximen a lo que serían los precios de un mercado

competitivo, que las formulas tarifarías deben tener en cuenta no solo los costos

sino los aumentos de productividad esperados, y que estos deben distribuirse

entre la empresa y los usuarios, tal como ocurriría en un mercado competitivo; y

que las fórmulas tarifarías no pueden trasladar a los usuarios los costos de una

gestión ineficiente, ni permitir que las empresas se apropien de las utilidades

provenientes de las prácticas restrictivas de la competencia. En el caso de

servicios públicos sujetos a las fórmulas tarifarías, las tarifas deben reflejar

siempre tanto el nivel y la estructura de los costos económicos de prestar el

servicio, como la demanda por éste.

Page 90: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

93

k NEUTRALIDAD; Cada consumidor tendrá el derecho a tener el mismo

tratamiento que cualquier otro si las características de los costos que ocasiona

a las empresas de servicios públicos son iguales. El ejercicio de este derecho

no impiden que las empresas de servicios públicos ofrezcan opciones tarifarias

y que el consumidor escoja la que convenga a sus necesidades.

k SOLIDARIDAD Y REDISTRIBUCIÓN; Al poner en práctica el régimen

tarifario ha de adoptarse medidas para asignar recursos a “fondos de

solidaridad y redistribución” en donde los usuarios de estratos altos y los

usuarios comerciales e industriales, ayuden a los usuarios de los estratos bajos

a pagar las tarifas de los servicios que cubran sus necesidades básicas.

k SIMPLICIDAD; Las fórmulas se elaborarán de tal modo que faciliten su

comprensión por parte del usuario y su aplicación y control por parte de las

entidades pertinentes.

k TRANSPARENCIA; De manera que el régimen tarifario, sea explícito y

completamente público.

k SUFICIENCIA FINANCIERA; Garantizando la recuperación de los costos

de operación, mantenimiento y expansión de los sistemas y la recuperación

adecuada del patrimonio de la entidad; y permitirán utilizar las tecnologías y

Page 91: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

94

sistemas administrativos que garanticen la mejor calidad, continuidad y

seguridad a sus usuarios.

k INTEGRALIDAD; En el sentido de que la tarifa deberá estar asociada a un

nivel y grado de cobertura del servicio.

Los anteriores principios, se encuentran consignados en la reglamentación que

al respecto ha adoptado la Comisión de Regulación de Agua Potable y

Saneamiento Básico, en particular en la Resolución 15 de 1996, en las cuales

se desarrolla la metodología para determinar los costos económicos de

prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado para empresas

prestadoras de servicios públicos con menos de 8,000 usuarios, la cual es

aplicable a la Oficina de Servicios Públicos del Municipio de Cachipay.

Según la Resolución CRA-03 de 1996, “los costos económicos del servicio

incluyen los costos de reposición o de expansión del sistema, correspondientes

a un plan mínimo de costos, y que éstos sean económicamente eficientes tanto

administrativa, como operativamente”.

La teoría económica permite varias aproximaciones para la determinación del

costo de provisión de un bien o servicio. En términos generales, las diferentes

metodologías de estimación y asignación de costos pretenden determinar un

valor equivalente a aquel precio que aplicado a la demanda proyectada genere

Page 92: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

95

los ingresos requeridos para cubrir los costos de explotación eficiente y de la

inversión de un proyecto de expansión optimizado. Las aproximaciones más

utilizadas en el campo de los servicios públicos, se refieren a los costos

marginales y a los costos medios.

Para el caso especifico de los servicios de acueducto y alcantarillado, la

Comisión decidió adoptar como referente de costos, la aproximación de Costo

Medio de Largo Plazo (CMLP), el cual se define como el valor unitario del

servicio calculado, considerando tanto los activos existentes, las inversiones y

gastos totales como la demanda total esperada en un horizonte de largo plazo.

Por definición, en teoría económica se entiende como precio óptimo aquel que

iguala los ingresos con los egresos en el largo plazo. Un costo medio de largo

plazo, es entonces aquel que aplicado al volumen total suministrado, genera los

ingresos suficientes para cubrir las inversiones y gastos en que se incurra

durante el periodo de análisis, incluida la recuperación de la infraestructura

actualmente en uso y que, adicionalmente permita obtener determinada

rentabilidad.

Page 93: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

96

6.2.2. REGULACIÓN Y LIBERTAD DE TARIFAS

Al fijar sus tarifas, las entidades prestadoras de servicios públicos se someterán

al régimen de regulación, el cual podrá incluir las modalidades de libertad

regulada y libertad vigilada, o un régimen de libertad, de acuerdo con las

siguientes reglas:

Las entidades prestadoras de servicios públicos deberán ceñirse a las fórmulas

que defina periódicamente la respectiva comisión para fijar sus tarifas. De

acuerdo con los estudios de costos, la comisión reguladora podrá establecer los

topes máximos y mínimos tarifarios, de obligatorio cumplimiento por parte de las

entidades prestadoras; igualmente podrá definir las metodologías para

determinación de tarifas si conviene en aplicar el régimen de libertad regulada o

vigilada.

6.2.3. ELEMENTOS DE LAS FORMULAS TARIFARIAS

Sin perjuicio de otras alternativas que puedan definir las comisiones de

regulación, podrán incluirse los siguientes cargos:

1. Un cargo por unidad de consumo, que refleje siempre tanto el nivel y la

estructura de los costos económicos que varíen con el nivel de consumo como

la demanda por el servicio.

Page 94: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

97

2. Un cargo fijo, que refleje los costos económicos involucrados en garantizar la

disponibilidad permanente del servicio para el usuario, independientemente del

nivel del uso.

3. Un cargo por aportes de conexión el cual podrá cubrir los costos involucrados

en la conexión del usuario al servicio.

El cobro de estos cargos en ningún caso podrá contradecir el principio de la

eficiencia, ni trasladar al usuario los costos de una gestión ineficiente o extraer

beneficios de posiciones dominantes o de monopolio.

6.2.4. OTROS COBROS TARIFARIOS

Quienes presten servicios públicos domiciliarios podrán cobrar un cargo por

concepto de reconexión y reinstalación, para la recuperación de los costos en

que incurran.

En caso de mora de los usuarios en el pago de los servicios podrán aplicarse

intereses de mora sobre los saldos insolutos, capitalizando los intereses

bimestralmente, conforme a lo dispuesto en la ley 40 de 1990.

Page 95: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

98

6.3. METODOLOGIA UTILIZADA PARA EL CALCULO DE LOS COSTOS

La metodología utilizada es la planteada en la Resolución 15 de 1996 para

empresas prestadoras de servicios públicos con menos de 8000 usuarios de la

Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico – CRA.

Después de haber obtenido la información necesaria y de haberla analizado, se

procedió a través de herramientas de computación y programas acordes a la

metodología definida por la CRA, a determinar los costos de referencia, para

establecer las tarifas meta a precios constantes del 2001 con el fin de definir el

plan de ajuste tarifario que más se ajustara al equilibrio entre la Oficina de

Servicios Públicos del Municipio de Cachipay y los usuarios beneficiados.

6.3.1. CÁLCULO DE COSTOS

Los autores del presente estudio, realizaron el cálculo de los costos con base en

lo definido en la resolución de la CRA, número 15 de 1996 para empresas

prestadoras de servicios públicos con menos de 8000 usuarios.

Los costos asociados con la prestación de los servicios de acueducto y

alcantarillado están referidos a los Costos de Inversión, Costos Operacionales del

Sistema y Costos de Administración.

Page 96: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

99

6.3.1.1. COSTOS DE INVERSIÓN

Se calcula el Costo Medio de Inversión de largo plazo (CMI), con la siguiente

fórmula:

donde:

VRA: Estimación del valor del sistema de acueducto y/o alcantarillado, a

precios de hoy. Se deben considerar los diferentes activos

involucrados en los distintos procesos.

VPI: Valor presente del plan de inversiones de mínimo costo (VPI),

debidamente justificado con estudios de factibilidad. Debe incluir los

proyectos requeridos para aumentar la capacidad de producción y

evacuación de los sistemas, con el fin de atender la demanda

incremental y maximizar la utilización de la capacidad actual.

VPD Es la demanda presente de acueducto y alcantarillado, expresada en

m3, calculada con base en la proyección de la producción del agua

(VPP) en un horizonte de largo plazo, corregida por un nivel aceptable

( )VPD

VPIVRAmPesosCMI

+=3/

Page 97: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

100

de agua no contabilizada (P), definido por la Comisión de Regulación

de Agua Potable y Saneamiento Básico.

6.3.1.2. COSTOS DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO

Los cálculos del Costo Medio de Operación y Mantenimiento, se realizaron con la

siguiente fórmula:

Donde:

ΣΣ Gastos de Operación : Se incluyeron todos los gastos de operación en que

incurre la entidad en los diferentes procesos en el año base, corregidos con

parámetros de eficiencia definidos por la Comisión de Regulación de Agua

Potable y Saneamiento Básico.

Los gastos de Operación y Mantenimiento se presentaron para el año base

(año típico de comportamiento 1999), desagregándolos de la siguiente manera:

)1( PVPPVPD −=

)1(Pr)/(

33

Poducidosm

OperacióndeGastosmPesosCMO

−Σ

=

Page 98: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

101

k Personal de operación y mantenimiento (sueldos, horas extras y

prestaciones).

k Energía.

k Químicos.

k Equipos, herramientas menores, equipos de oficina (muebles, computadores,

máquinas). Se valoran a precios de hoy y se calcula la anualidad

correspondiente.

k Almacén de repuestos (no incluye inventarios).

k Valor de compra del agua cruda y tasas ambientales.

k Contratos de operación y mantenimiento con terceros.

k Otros.

6.3.1.3. COSTO MEDIO DE LARGO PLAZO

El Costo Medio de Largo Plazo (CMLP), se calcula como la suma del Costo

Medio Operacional y el Costo Medio de Inversión a Largo Plazo.

Page 99: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

102

6.3.1.4. CÁLCULO DEL COSTO MEDIO DE ADMINISTRACIÓN O DE

CLIENTELA

Se calculó el costo medio de administración o clientela con la siguiente fórmula:

donde:

ΣΣ Gastos de Administración : Se incluyeron los gastos administrativos, los

gastos asociados a la comercialización, y a los demás servicios permanentes

para garantizar que el usuario pueda disponer del servicio sin solución de

continuidad, corregidos por parámetros de eficiencia definidos por la Comisión de

Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico.

Los gastos de administración fueron presentados para el año base (1999),

desagregándolos de la siguiente manera:

CMICMOCMPL +=

FacturadosUsuariosdeNo

ciónAdministradeGastosCMA

.

Σ=

Page 100: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

103

☯ Personal administrativo (sueldos, horas extras y prestaciones).

☯ Porción corriente de los pasivos pensionales.

☯ Personal (sueldos, horas extras y prestaciones) y demás costos imputables

al desempeño de las siguiente funciones:

è Medición.

è Facturación.

è Reclamos.

☯ Seguros e impuestos.

☯ Contribuciones a la Comisión y a la Superintendencia.

☯ Gastos generales.

☯ Otros.

Page 101: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

104

6.3.2. PLAN DE AJUSTE TARIFARIO

El estudio presenta la tarifa que se tiene en el año base actual, y la información

del plan de ajuste tarifario para el año 2001. Se muestra en detalle, como se

lleva a cabo el plan de transición tarifario para cada bimestre por parte de la

Oficina de los Servicios Públicos de Acueducto y alcantarillado y Aseo del

Municipio de Cachipay, de acuerdo con lo establecido por la C.R.A.

6.4. RESULTADOS OBTENIDOS Y COMPONENTES DE LA ESTRUCTURA

DE COSTOS DE LA SITUACION ACTUAL

En el Anexo No. 2 se presentan los Cuadros con los resultados obtenidos de la

aplicación de la metodología de la Resolución 15 de 1996 CRA.

6.4.1. DEMANDA

Los autores de este estudio realizaron una optimización de las proyecciones de

población y demanda de agua, con respecto a lo que establece la Ley 373 de

1997 sobre el “Uso Eficiente y Racional del Agua”. Esta información se registra

en el Cuadro No. 2.

Con el computacional diseñado por el Ministerio de Desarrollo Económico, de

acuerdo con la metodología de la resolución 15 de 1996 por la Comisión de

Page 102: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

105

Agua Potable y Saneamiento Básico, se obtuvo la demanda futura y se realizó

la proyección del número de usuarios, volúmenes facturados y producción total

del sistema durante el período de análisis considerado (1999 – 2029),

desagregando dicha información por sectores de consumo y por estratos

socioeconómicos establecidos en la población.

El valor presente neto de la producción total del sistema, ajustado para

considerar un factor de pérdidas de eficiencia, determina el denominador a ser

utilizado en la fórmula del costo medio de inversión. El factor de pérdidas de

eficiencia se determinó en el 30.69% (X).

Para calcular el valor presente de la demanda se utilizó la siguiente ecuación:

n = Demanda de cada año.

I = Número de años (30 años).

Con una tasa de descuento es del 9%, lo que arrojó un valor presente de

5,648,000 m3.

X El factor de pérdidas de eficiencia de la empresa, se obtuvo, hallando elporcentaje de agua que deja de facturarse, conociendo de antemano lacantidad de agua producida y la cantidad de agua facturada.

( )∑= +

n

ii

i

DescuentoTasa

n

1 1

Page 103: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

106

6.4.2. GASTOS ADMINISTRATIVOS

En el trabajo realizado se evidenció que durante el año 1999, se presentaron

gastos de $16.191,200 para el servicio de acueducto, lo que arrojó un costo

medio administrativo CMA de $1,236 / usuario- mes. Cuadro No. 4

Para el cálculo de los gastos administrativos se consideraron:

• En cuanto a gastos de personal los que se presentan en el Cuadro No. 3

Nómina. Para el cálculo de las Prestaciones Sociales, las primas legales, las

primas extralegales, pasivos pensionales y seguridad social, se asumió el 51%

del valor de la nómina administrativa.

• Gastos de facturación.

• Contribuciones especiales (efectuadas a la Superintendencia de Servicios

Públicos).

• Instalaciones y equipos administrativos.

• Servicios públicos.

• Otros gastos administrativos.

Page 104: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

107

6.4.3. GASTOS DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO

Los gastos operativos para mantenimiento del sistema de acueducto arrojaron

un monto de $64,996,033 anuales, determinando un costo medio de operación

(CMO) de $140.20 / m3, como se muestra en el Cuadro No. 5.

Para el cálculo de los gastos operativos se consideraron:

• En cuanto a gastos de personal los que se presentan en el Cuadro No. 3

Nómina. Para el cálculo de las Prestaciones Sociales, las primas legales,

pasivos pensionales y seguridad social, se asumió el 51% del valor de la

nómina operativa.

• Químicos. Valor anual de los reactivos utilizados en las pruebas de laboratorio

realizadas en la planta de tratamiento (Clorimetría, Turbiedad, etc.), así como

el Sulfato de aluminio suministrado a ésta, para efectuar el proceso de

floculación y el Cloro gaseoso utilizado para la desinfección del agua tratada.

• El valor anual de los Combustibles y lubricantes suministrados a los vehículos

que transportan al personal operativo (dos motocicletas), así como grasas y

otros lubricantes utilizados en los sistemas de engranajes para efectuar la

mezcla rápida en las dos plantas de tratamiento de agua.

Page 105: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

108

• Mantenimiento y reparaciones al sistema de acueducto, con el fin de minimizar

las conexiones erradas y por ende las pérdidas de eficiencia en el sistema

actual.

• Contratación con terceros.

• Gastos generales operativos.

• Otros gastos operativos.

Page 106: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

109

Page 107: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

110

Page 108: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

111

Page 109: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

112

6.4.4. COSTO MEDIO DE INVERSION

Para determinar el costo medio de inversión CMI, se utilizó la metodología

dada por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico,

en su Resolución 15 /1996 Artículo 9º, la cual dice:

Aproximación de los Costos de Inversión. Si las entidades prestadoras de

servicios públicos de acueducto, a las cuales aplica esta resolución, tienen

dificultad en la valoración de activos o la elaboración del plan de inversión,

podrán aproximar el valor del costo medio de inversión de la tabla 1, según la

tasa de crecimiento esperada de su demanda y el consumo promedio de sus

usuarios.

Se calcula la Demanda total, la cual es la sumatoria de las demandas anuales

de cada estrato. En éste caso equivale a 463.579 m3 por año. Este valor se

divide por el número de usuarios que tiene la Empresa prestadora del servicio

de acueducto (1.092 usuarios), y por 12 para que quede expresada en años.

Obteniendo de esta forma una Demanda de 35.37 m3 / usuario /mes.

Como de antemano se conoce la Tasa de Crecimiento, la cual es del 0.956%

anual, con estos datos se entra a la tabla, y se obtiene el Valor del Costo Medio

de Inversión para el año 1.996, el cual es de $180.05/m3.

Page 110: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

113

Tabla 1. Aproximación de Costos de Inversión

DEMANDA M3/USUARIO/MES

Tasa decrecimiento

15-19 20-24 25-29 30-34 35-39 40-...

0%-1% 420.12 315.09 252.07 210.06 180.05 157.55

>> 1%-2% 389.28 291.96 233.57 194.64 166.84 145.98

>> 2%-3% 358.99 269.24 215.39 179.50 153.85 134.62

>> 3%-4% 329.40 247.05 197.64 164.70 141.17 123.53

>> 4%-5% 300.68 225.51 180.41 150.34 128.86 112.76

>> 5%-6% 272.99 204.75 163.80 136.50 117.00 102.37

>> 6%-7% 246.50 184.87 147.90 123.25 105.64 92.44

>> 7%-8% 221.33 166.00 132.80 110.87 94.86 83.00

>> 8%-9% 197.62 148.22 118.57 98.81 84.70 74.11

>> 9%-10% 175.47 131.60 105.28 87.73 75.20 65.80

>> 10% 154.94 116.20 92.96 77.47 66.40 58.10

A éste valor se le debe sumar el costo que conlleva la elaboración del Catastro

de redes del Municipio, ya que como se mencionaba anteriormente éste no lo

presenta.

Page 111: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

114

Entonces,

Valor de la elaboración del Catastro de Redes: $20’000.000.

Valor presente de la Demanda: 5,648,000 m3.

Costo por m3 del Catastro de redes: $3.54/m3.

De éste modo, el Costo Medio de Inversión (CMI) = $183.59/m3.

Pero como nuestro año base es 1.999, entonces debemos actualizar dicho valor

así:

$183.59/m3 x 1.2156 x 1.1768 x 1.16 x 1.0923 = $332.77/m3.

Donde los valores 1.2156, 1.1768, 1.16 y 1.0923, corresponden a las tasas de

inflación, dadas por la Comisión Reguladora de Agua Potable y Saneamiento

Básico C.R.A., para los años comprendidos, entre 1.996 y 1.999.

6.4.5. COSTO MEDIO DE LARGO PLAZO

Este costo se obtuvo como la sumatoria del costo medio de operación más el

costo medio de inversión. Así:

CMLP = CMO + CMI = $140.20 / m3 + $332.77/m3 = $472.97/m3.

Page 112: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

115

6.4.6. SUBSIDIOS APLICADOS A LA TARIFA META

De acuerdo con el estudio realizado (Ver Anexo No. 2), los subsidios sobre las

tarifas planteadas son los siguientes:

Tabla No. 2 Subsidios Aplicados a la Tarifa Meta.

ESTRATOS CARGO FIJO (%) CONSUMO BASICO (%)Estrato 1 18 18Estrato 2 15 15Estrato 3 6 6

6.4.7. TARIFAS META

De acuerdo con los cálculos efectuados (Anexo No. 2), las tarifas metas a

pesos de Diciembre de 1.999 son los siguientes:

Tabla No.3 Tarifas Meta a Diciembre de 1.999

Estrato C. Fijo. C. Básico C. Complementario C. SuntuarioE1 1008 386 473 473.0E2 1053 403 473 473.0E3 1167 447 473 473.0E4 1236 473 473 473.0E5E6Ind-Comerc 1483 568 568 567.6Ofic-Espec

Page 113: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

116

Para el año 2.001, las Tarifas Meta serán:

Tabla No. 4 Tarifas Meta para el año 2.001

Estrato C. Fijo. C. Básico C. Complementario C. SuntuarioE1 1108 424 520 520E2 1158 443 520 520E3 1284 491 520 520E4 1359 520 520 520E5E6Ind-Comerc 1631 624 624 624Ofic-Espec

Debido a problemas de carácter social, las Tarifas no pueden implantarse

desde el primer periodo del año 2.001, obligándose a incrementarlas cada

periodo, hasta alcanzar las Tarifas Meta para éste año. (Ver Anexo 3).

6.5. SERVICIO DE ALCANTARILLADO

Para el servicio de alcantarillado se cobrará el 40% de la factura del servicio de

acueducto, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 16 de la resolución 15 de

1996 expedida por la Comisión de Regulación de Agua potable y Saneamiento

Básico - CRA.

Page 114: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

117

6.6. PROCEDIMIENTOS DE PRESENTACION PARA LA APLICACIÓN DE

LAS TARIFAS

Dentro de régimen de libertad regulada, las tarifas del municipio de Cachipay

deben ser aprobadas mediante un acto administrativo por la Junta Municipal de la

Oficina de Servicios Públicos.

Una vez fijadas las tarifas, serán comunicadas a la Superintendencia de Servicios

Públicos Domiciliarios y a la Comisión de Regulación de Agua Potable y

Saneamiento Básico, en un lapso no mayor a veinte (20) días calendario a partir

de la aprobación de la Junta Municipal de la Oficina de Servicios Públicos. Se

exceptúan de esta obligación las variaciones por actualización.

Cabe anotar que el municipio deberá tener a disposición de los entes de control y

vigilancia los documentos y estudios de costos que sirvieron de base para el

cálculo de las tarifas.

El municipio deberá comunicar a los usuarios las nuevas tarifas y realizar una

audiencia con los vocales de los Comités de Desarrollo y Control Social, inscritos

ante las autoridades municipales, para explicar la determinación, en un lapso

máximo de (15) quince días calendario a partir de la aprobación por parte de la

junta Municipal de la Oficina de Servicios Públicos. Las tarifas deberán publicarse

Page 115: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

118

en un periódico que circule en el municipio o uno de circulación regional o

nacional.

Las nuevas tarifas no podrán ser aplicadas por el municipio antes de quince (15)

días hábiles después de haber cumplido con el último de los siguientes eventos:1)

Comunicar a los usuarios; y, 2) Enviar a la Superintendencia de Servicios Públicos

Domiciliarios y a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento

Básico, la información correspondiente de que trata el artículo 3o. de la resolución

3 de 1996 descritos anteriormente.

En los meses de Enero y Julio de cada año, el municipio deberá informar a sus

usuarios, utilizando medios escritos de amplia circulación local o en las facturas

de cobro de los servicios, las tarifas bimestrales que se aplicarán para el año en

curso respecto de los servicios de acueducto y alcantarillado. Para estos efectos,

el municipio podrá aproximar las tarifas a dos decimales.

Page 116: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

119

6.7. MODELO DE ACTO ADMINISTRATIVO PARA LA APLICACIÓN DE LAS

TARIFAS

JUNTA MUNICIPAL DE LA OFICINA DE SERVICIOS PUBLICOS

DEL MUNICIPIO DE CACHIPAY - CUNDINAMARCA

ACTO ADMINISTRATIVO No. _____ de (mm-dd-aa)

Por el cual se establecen las tarifas de prestación de Servicios Públicos

Domiciliarios de Acueducto y Alcantarillado en la Cabecera Municipal del

Municipio de Cachipay – Cundinamarca.

La JUNTA MUNICIPAL de la Oficina de Servicios Públicos, en uso de sus

facultades legales y,

CONSIDERANDO:

1. Que la Oficina de Servicios Públicos presta los Servicios de Acueducto,

Alcantarillado y Aseo en la Cabecera del Municipio de Cachipay.

2. Que mediante Acuerdo No. 027 de Diciembre 7 de 1.995, el Honorable

Concejo Municipal creó la Oficina de Servicios Públicos de Acueducto y

Alcantarillado y Aseo e integró una Junta Municipal a fin de dirigir todo lo

relacionado con los Servicios Públicos Domiciliarios.

Page 117: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

120

3. Que mediante Decreto No. 065 del 25 de septiembre de 1997, se expidieron

los estatutos de la Oficina de Servicios Públicos para Acueducto, Alcantarillado

y Aseo.

4. Que mediante Resolución No. 03 del 25 de Enero de 1996 emitida por la

Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico en su Artículo

2º. Parágrafo, faculta a la Junta Municipal para fijar las tarifas cuando los

servicios sean prestados directamente por la Administración Municipal, que

para el caso es procedente.

5. Que corresponde al Municipio fijar la estructura general de tarifas para los

servicios de acueducto y alcantarillado, mediante Acto Administrativo, con el fin

de dar cumplimiento a lo establecido por la Comisión de Agua Potable y

Saneamiento Básico en la resolución 03 de 1996.

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO : Establécese la siguiente estructura de tarifas meta y

Plan de Ajuste Tarifario para la prestación de los

Servicios de Acueducto y Alcantarillado para los

usuarios del casco Urbano del Municipio de Cachipay -

Cundinamarca, según lo establecido en el estudio

Page 118: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

121

costos de referencia, el cual forma parte integral del

presente Acto Administrativo.

TARIFAS META (Pesos constantes a Diciembre de 2.001)

Estrato C. Fijo. C. Básico C. Complementario C. Suntuario

Estrato 1 1008 386 473 473.0

Estrato 2 1053 403 473 473.0

Estrato 3 1167 447 473 473.0

Estrato 4 1236 473 473 473.0

Estrato 5

Estrato 6

Ind-Comerc 1483 568 568 567.6

Ofic-Espec

ARTICULO SEGUNDO: Para el servicio de alcantarillado se cobrará el 40% de

la factura del servicio de acueducto, de acuerdo a lo

estipulado en el artículo 16 de la resolución 15 de 1996

expedida por la Comisión de Regulación de Agua

Potable y Saneamiento Básico - CRA.

ARTICULO TERCERO: Las tarifas se indexarán anualmente de acuerdo con el

porcentaje de actualización anual, fijado mediante

resolución por la Comisión. de Regulación de Agua

Potable y Saneamiento Básico.

Page 119: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

122

PARAGRÁFO: En caso de mora de los Usuarios, el Municipio podrá

aplicar Intereses de mora sobre los saldos,

capitalizando los intereses conforme a las leyes

vigentes.

ARTICULO CUARTO: Para aplicar el presente Acto Administrativo se definen

los siguientes términos:

ESTRATIFICACIÓN SOCIOECONOMICA: Clasificación

de las viviendas de acuerdo con las características

físicas y su entorno y demás parámetros establecidos

en la metodología del Departamento Nacional de

Planeación.

RECONEXIÓN: Restablecimiento del servicio de

Acueducto a un inmueble al cual se le había

suspendido por los causales contempladas en el

contrato Uniforme de prestación de Servicios Públicos.

CORTE DEL SERVICIO DE ACUEDUCTO: Perdida del

derecho al servicio que implica el retiro de la acometida

y del medidor.

Page 120: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

123

SERVICIO ESPECIAL: Es el que se presta a los lotes

que aún no tiene construcción y de servicios sociales.

SERVICIO SOCIAL: Es el que se presta a los

establecimientos oficiales de orden Nacional,

Departamental y Municipal de todos los niveles.

SERVICIOS RESIDENCIAL: Es el destinado a

satisfacer las necesidades de los hogares y núcleos

familiares, incluyendo áreas comunes de conjuntos

habitacionales.

USUARIO: Persona Natural o Jurídica que ocupa el

inmueble y que hace uso del servicio de Acueducto y

Alcantarillado.

SUSCRIPTOR: Persona Natural o Jurídica con la cual

se ha celebrado un contrato de condiciones Uniformes

de los Servicios Públicos.

ARTICULO QUINTO : El presente Acto Administrativo rige a partir de la fecha

de su Publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE.

Page 121: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

124

7. ESTUDIO DE COSTOS Y TARIFAS PARA EL SERVICIO DE ASEO EN EL

MUNICIPIO DE CACHIPAY

7.1. CONCEPTOS BASICOS PARA LA ELABORACION DEL ESTUDIO DE

COSTOS Y TARIFAS

7.1.1. CRITERIOS PARA DEFINIR EL REGIMEN TARIFARIO

El régimen tarifario esta orientado por los criterios de eficiencia económica,

neutralidad, solidaridad, redistribución, suficiencia financiera, simplicidad,

transparencia e integralidad, ya definidos en la sección 6.2.1 del presente

documento:

Estos criterios, se encuentran consignados en la reglamentación que al respecto

ha adoptado la Comisión, en particular en la Resolución CRA-19 de 1996, en las

cuales se desarrolla la metodología con arreglo a los cuales las empresas

prestadoras del servicio público domiciliario de aseo deben determinar las tarifas

Page 122: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

125

de prestación del servicio de aseo. Aplicable a entidades prestadoras del servicio

de aseo con menos de 8.000 usuarios.

Los costos asociados a la prestación del servicio de aseo están referidos al Costo

Medio de Operación, Mantenimiento y administración para el componente

domiciliario, CMD ($/usuario), y al Costo Medio de Operación, Mantenimiento y

Administración para el componente de Barrido y Limpieza, CMB ($/usuario).

7.1.2. DEFINICIONES PARA LAS FORMULAS TARIFARIAS

Componente Domiciliario del Servicio Ordinario: Es la parte del servicio

ordinario de aseo conformada por las actividades de recolección, transporte,

transferencia y disposición final de residuos sólidos.

Componente de Barrido y Limpieza del Servicio Ordinario: Componente del

servicio ordinario de aseo asociado con las actividades de barrido y limpieza de

áreas públicas, con el objeto de dejarlas libres de todo residuo sólido diseminado o

acumulado.

Costo Medio de operación, mantenimiento y administración del Componente

Domiciliario (CMD): Es el valor mensual por usuario facturado ($/usuario

facturado), asociado con los gastos de operación, mantenimiento y administración

Page 123: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

126

propios de las actividades que conforman el componente domiciliario del servicio de

aseo.

Costo Medio de operación, mantenimiento y administración del Componente

de Barrido y Limpieza (CMB): Es el valor mensual por usuario facturado ($/usuario

facturado), asociado con los gastos de operación, mantenimiento y administración

propios del barrido y limpieza de vías, aceras, parques y plazas públicas.

Grandes Productores: Usuarios no residenciales que generan y presentan para

la recolección de residuos sólidos, un volumen superior a un metro cúbico

mensual.

Pequeños Productores: Usuarios no residenciales que generan residuos sólidos

en volumen menor o igual a un metro cúbico mensual.

Servicio Ordinario: Es la modalidad de prestación del servicio de aseo para

residuos de origen residencial y para otros residuos que por su naturaleza,

composición, tamaño y volumen, pueden ser manejados de acuerdo con la

capacidad de la entidad prestadora del servicio de aseo, y que no corresponden a

ninguno de los tipos de servicio definido como especial.

Servicio Especial: Modalidad de prestación del servicio de aseo relacionada con

las siguientes clases de residuos:

Page 124: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

127

Residuos que por su naturaleza, composición, tamaño, volumen y peso no

puedan ser recolectados, manejados, tratados o dispuestos normalmente a

juicio de la entidad prestadora del servicio, de acuerdo con lo establecido en la

reglamentación vigente y en las normas que la complementen.

Residuos que por su ubicación presenten dificultades en su manejo, como por

ejemplo la inaccesibilidad de los vehículos recolectores.

Residuos Peligrosos. El servicio especial para residuos peligrosos tiene como

objetivo la prestación del servicio para los residuos peligrosos y los recipientes,

envases y empaques que los hayan contenido. La identificación y clasificación

de los residuos peligrosos se efectuará de conformidad con la reglamentación

sanitaria y ambiental vigente.

Residuos Hospitalarios e Infecciosos. El servicio para residuos hospitalarios e

infecciosos tiene como objetivo el manejo de residuos infecciosos previamente

tratados por la empresa generadora, con su respectivo empaque de

presentación.

Usuario Residencial: Persona natural o jurídica que produce residuos sólidos

derivados de la actividad residencial privada o familiar, y se beneficia con la

prestación del servicio de aseo. Se considera como servicio de aseo residencial el

Page 125: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

128

prestado a aquellos locales anexos a las viviendas, que ocupen menos de veinte

metros cuadrados (20 m2) de área, exceptuando los que produzcan un metro

cúbico (1 m3) o más de residuos sólidos al mes.

El componente de barrido y limpieza del servicio ordinario de aseo prestado en

plazas, parques, avenidas o vías principales, se considera como un bien público

que beneficia a toda la comunidad. En consecuencia, todos los usuarios deben

contribuir al cubrimiento de los costos asociados con esta actividad.

El cobro en ningún caso podrá contradecir el principio de la eficiencia, ni trasladar

al usuario los costos de una gestión ineficiente o extraer beneficios de posiciones

dominantes o de monopolio.

7.1.3. OTROS COBROS TARIFARIOS

En caso de mora de los usuarios en el pago de los servicios podrán aplicarse

intereses de mora sobre los saldos insolutos, capitalizando los intereses, conforme

a lo dispuesto en la ley 40 de 1990.

Page 126: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

129

7.2. METODOLOGIA UTILIZADA PARA EL CALCULO DE LOS COSTOS

La metodología utilizada es la planteada en la Resolución 19 de 1996 para

menores de 8000 usuarios, de la Comisión de Regulación de Agua Potable y

Saneamiento Básico – CRA.

Después de haber analizado la información general del Municipio, obtenida en las

visitas realizadas a Cachipay, así como la consulta de diversos documentos de

carácter informativo suministrados por el Jefe de la Oficina de Servicios Públicos,

se procedió a través de herramientas de computación y programas acordes a la

metodología definida por la CRA, a determinar los costos de referencia, para

establecer las tarifas meta a precios constantes de 1999 con el fin de definir el

plan de ajuste tarifario que más se ajustara al equilibrio entre la Oficina de

Servicios Públicos del Municipio de Cachipay y los usuarios beneficiados.

7.2.1. CÁLCULO DE COSTOS

Se realizó el cálculo de los costos con base en lo definido en la resolución número

19 de 1996 de la C.R.A. para entidades prestadoras del Servicio de Aseo con

menos de 8.000 usuarios.

Page 127: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

130

7.2.1.1. CÁLCULO DEL COSTO MEDIO DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y

ADMINISTRACIÓN DEL COMPONENTE DOMICILIARIO (CMD)

Para efectos del cálculo del costo medio mensual de operación, mantenimiento y

administración del componente domiciliario (CMD), se utilizó la siguiente fórmula:

donde:

COr Costo Anual de Operación, Mantenimiento y Administración de la

actividad de recolección, transporte y transferencia. Este costo incluye el

valor anual de depreciación de las inversiones en bienes muebles e

inmuebles con vida útil superior a un año

COd Costo Medio de Operación, Mantenimiento y Administración de la

actividad de disposición final. Este costo incluye el valor anual de

depreciación de los equipos, terrenos, infraestructura y otros activos

propios de esta actividad.

12

1

.)/( x

FacturadosUsuariosdeNo

COCOUsuarioPesosCMD dr +

=

Page 128: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

131

7.2.1.2. CÁLCULO DEL COSTO MEDIO DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y

ADMINISTRACIÓN DEL COMPONENTE DE BARRIDO Y LIMPIEZA,

(CMB)

Para efectos del cálculo del Costo Medio mensual de Operación, Mantenimiento y

Administración del Componente de Barrido y Limpieza (CMB), se utilizó la siguiente

fórmula:

donde:

COb Costo Anual de Operación, Mantenimiento y Administración de la actividad

de barrido y limpieza de vías y áreas públicas. Este costo incluye el valor

anual de depreciación de las inversiones en bienes muebles e inmuebles

con vida útil superior a un año

7.3. RESULTADOS OBTENIDOS Y COMPONENTES DE LA ESTRUCTURA

DE COSTOS DE LA SITUACION ACTUAL

En el Anexo No. 4 se presentan los Cuadros con los resultados obtenidos al

aplicar la metodología de la Resolución número 19 de 1996 (C.R.A.).

12

1

.)/( x

FacturadosUsuariosdeNo

COUsuaroPesosCMB b=

Page 129: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

132

7.3.1. PRODUCCION

Según los datos suministrados por la Oficina de Servicios Públicos del Municipio

de Cachipay, la producción promedio de Residuos Sólidos, es de 120 Ton/mes, y

conociendo la población del Municipio, se obtiene una Producción Percápita de

0.85 Kg./hab/día.

Con el programa computacional diseñado por la Intendencia Administrativa y

Financiera de la Superintendencia de Servicios Públicos, de acuerdo con la

metodología de la resolución 19 de 1996 por la Comisión Reguladora de Agua

Potable y Saneamiento Básico, se calculan los costos referentes al servicio de

aseo para todos los estratos y el total de producción de basura, determinando así

el Plan de Ajuste Tarifario.

7.3.2. COSTO MEDIO DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y

ADMINISTRACION DEL COMPONENTE DOMICILIARIO (CMD)

En el trabajo realizado se evidenció que durante el año 1999, el CMD ($/usuario)

fue de $3,245.8 para el servicio de aseo. Cuadro No. 6.

Para el cálculo de los gastos administrativos y operativos se consideraron, en

cuanto a gastos de personal, los que se presentan en el Cuadro No. 3.

Page 130: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

133

7.3.3. COSTO MEDIO DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y

ADMINISTRACION DEL COMPONENTE BARRIDO Y LIMPIEZA (CMB)

Page 131: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

134

En el trabajo realizado se evidenció que durante el año 1999, el CMB ($/usuario)

fue de $808.5 para el servicio de aseo. Cuadro No. 7.

Para el cálculo de los gastos administrativos y operativos se consideraron, en

cuanto a gastos de personal, los que se presentan en el Cuadro No. 3.

7.3.4. SUBSIDIOS APLICADOS A LA TARIFA META

De acuerdo con el estudio realizado (Anexo No. 4), los subsidios sobre las tarifas

planteadas son los siguientes:

Tabla No. 5 Subsidios Aplicados a la Tarifa Meta

ESTRATOS CMD (%) CMB (%)Estrato 1 50 50Estrato 2 40 40Estrato 3 15 15

Page 132: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

135

7.3.5. TARIFAS META

Page 133: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

136

De acuerdo con los cálculos efectuados las tarifas metas a pesos de Diciembre de

1999 son los siguientes:

Tabla No. 6 Tarifas Meta a Diciembre de 1.999

Estrato C. Fijo.Estrato 1 1702.6Estrato 2 2296.3Estrato 3 3446.2Estrato 4 4703.5Estrato 5Estrato 6Industrial y Comercial 15849.6Oficial y Especial

Para el año 2.001, las Tarifas Meta serán:

Tabla No. 7 Tarifas Meta para el año 2.001

Estrato Cargo FijoEstrato 1 1872.86Estrato 2 2525.93Estrato 3 3790.82Estrato 4 5173.85Estrato 5Estrato 6Industrial y Comercial 17434.56Oficial y Especial

Page 134: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

137

7.4. PROCEDIMIENTOS DE PRESENTACION PARA LA APLICACIÓN DE

LAS TARIFAS

Dentro de régimen de libertad regulada, las tarifas del municipio de Cachipay, deben

ser aprobadas mediante un acto administrativo por el señor Junta Municipal de la

Oficina de Servicios Públicos.

Una vez fijadas las tarifas, serán comunicadas a la Superintendencia de Servicios

Públicos Domiciliarios y a la Comisión de Regulación de Agua Potable y

Saneamiento Básico, en un lapso no mayor a veinte (20) días calendario a partir de

la aprobación de la Junta Municipal de la Oficina de Servicios Públicos. Se

exceptúan de esta obligación las variaciones por actualización.

Cabe anotar que el municipio deberá tener a disposición de los entes de control y

vigilancia los documentos y estudios de costos que sirvieron de base para el cálculo

de las tarifas.

El municipio deberá comunicar a los usuarios las nuevas tarifas y realizar una

audiencia con los vocales de los Comités de Desarrollo y Control Social, inscritos

ante las autoridades municipales, para explicar la determinación, en un lapso

máximo de (15) quince días calendario a partir de la aprobación por parte de la junta

Municipal de la Oficina de Servicios Públicos. Las tarifas deberán publicarse en un

periódico que circule en el municipio o uno de circulación regional o nacional.

Page 135: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

138

Las nuevas tarifas no podrán ser aplicadas por el municipio antes de quince (15)

días hábiles después de haber cumplido con el último de los siguientes eventos:1)

Comunicar a los usuarios; y, 2) Enviar a la Superintendencia de Servicios Públicos

Domiciliarios y a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico,

la información correspondiente de que trata el artículo 3o. de la resolución 3 de 1996

descritos anteriormente.

En los meses de Enero y Julio de cada año, el municipio deberá informar a sus

usuarios, utilizando medios escritos de amplia circulación local o en las facturas de

cobro de los servicios, las tarifas bimensuales que se aplicarán para el año en curso

respecto al servicio de aseo. Para estos efectos, el municipio podrá aproximar las

tarifas a dos decimales.

Page 136: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

139

7.5. MODELO DE ACTO ADMINISTRATIVO PARA LA APLICACIÓN DE LAS

TARIFAS

JUNTA MUNICIPAL DE LA OFICINA DE SERVICIOS PUBLICOS

DEL MUNICIPIO DE CACHIPAY - CUNDINAMARCA

ACTO ADMINISTRATIVO No. _____ de (mm-dd-aa)

Por el cual se establecen las tarifas de prestación del Servicio Público Domiciliario

de Aseo en la Cabecera Municipal del Municipio de Cachipay - Cundinamarca.

La JUNTA MUNICIPAL de la Oficina de Servicios Públicos, en uso de sus

facultades legales y,

CONSIDERANDO:

1. Que la Oficina de Servicios Públicos presta los Servicios de Acueducto,

Alcantarillado y Aseo en la Cabecera del Municipio de Cachipay.

2. Que mediante Acuerdo No. 027 de Diciembre 7 de 1995, el Honorable Concejo

Municipal creó la Oficina de Servicios Públicos de Acueducto y Alcantarillado y

Page 137: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

140

Aseo e integro una Junta Municipal a fin de dirigir todo lo relacionado con los

Servicios Públicos Domiciliarios.

3. Que mediante Decreto No. 065 del 25 de septiembre de 1997, se expidieron

los estatutos de la Oficina de Servicios Públicos para Acueducto, Alcantarillado

y Aseo.

4. Que mediante Resolución No. 03 del 25 de Enero de 1996 emitida por la

Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico en su Artículo

2º. Parágrafo, faculta a la Junta Municipal para fijar las tarifas cuando los

servicios sean prestados directamente por la Administración Municipal, que

para el caso es procedente.

5. Que corresponde al Municipio fijar la estructura general de tarifas para el

servicio de aseo, mediante Acto Administrativo, con el fin de dar cumplimiento

a lo establecido por la Comisión de Agua Potable y Saneamiento Básico en la

resolución 03 de 1996.

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO : Establécese la siguiente estructura de tarifas meta y

Plan de Ajuste Tarifario para la prestación del Servicio

Page 138: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

141

de Aseo para los usuarios del casco Urbano del

Municipio del Cachipay - Cundinamarca, según lo

establecido en el estudio costos de referencia, el cual

forma parte integral del presente Acto Administrativo.

TARIFAS META (Pesos constantes a Enero de 2.001)

Estrato C. Fijo.Estrato 1 1872.86Estrato 2 2525.93Estrato 3 3790.82Estrato 4 5173.85Estrato 5Estrato 6Industrial y Comercial 17434.56Oficial y Especial

ARTICULO SEGUNDO: Las tarifas se indexarán anualmente de acuerdo con el

porcentaje de actualización anual, fijado mediante

resolución por la Comisión. De Regulación de Agua

Potable y Saneamiento Básico.

PARAGRÁFO: En caso de mora de los Usuarios, el Municipio podrá

aplicar Intereses de mora sobre los saldos,

capitalizando los intereses conforme a las leyes

Page 139: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

142

vigentes.

ARTICULO TERCERO: El presente Acto Administrativo rige a partir de la fecha

de su Publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE.

Page 140: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

143

8. RECOMENDACIONES Y CONCLUSIONES

Para que el Municipio pueda implementar el reordenamiento funcional de la

Oficina de Servicios Públicos, es necesario tener en cuenta las siguientes

recomendaciones acompañadas de algunas actividades prioritarias para su

funcionamiento:

Conformar el Comité de Desarrollo y Control Social, de acuerdo a lo previsto en el

artículo 62 de la Ley 142 con el fin de garantizar la participación de los usuarios en

la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y

aseo.

Modificar los estatutos de la Oficina de Servicios públicos de acuerdo a la

propuesta de reordenamiento presentada en este estudio, garantizando la

funcionalidad por las Areas de Dirección y Planeación, Financiera, Administrativa y

Operativa, y Comercial con el fin de garantizar un servicio eficiente y sostenible.

Gestionar recursos para el financiamiento de dicho proyecto con las diferentes

entidades que conforman el sistema general de financiación, para las obras de

infraestructura y saneamiento básico.

Page 141: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

144

Tramitar ante el Concejo Municipal la creación del Fondo de Solidaridad y

Redistribución de Ingresos, para que en el presupuesto del Municipio se

incorporen las transferencias que a dichos fondos deberá hacer la entidad

prestadora del servicio público para el servicio de acueducto, alcantarillado y aseo,

de acuerdo con lo establecido en el artículo 89.2 de la Ley 142 de 1994. Los

recursos de dichos fondos serán destinados a dar subsidios a los usuarios de los

estratos 1, 2 y 3 como inversión social, en los términos de la anterior Ley

mencionada.

Implementar el resultado del Estudio de Costos y Tarifas (Plan de Ajuste Tarifario)

presentado en éste proyecto, con el ánimo de garantizar un costo económico en la

prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, y con el objeto de

dar cumplimiento a la Ley 142/94 y a los requisitos de proceso establecidos por la

Comisión Reguladora de Agua Potable y Saneamiento Básico (C.R.A.), en lo que

compete a la Resolución 15 del 29 de mayo de 1996 a fin de que la

Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios ejecute las labores de

seguimiento, control y vigilancia.

Establecer el reordenamiento funcional, para garantizar la funcionalidad y

eficiencia en la prestación de los servicios en la Oficina de Servicios Públicos

Domiciliarios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo.

Page 142: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

145

BIBLIOGRAFIA

• Régimen de los Servicios Públicos Domiciliarios, Superintendencia de

Servicios Públicos Domiciliarios.

• Ley 142 de 1994.

• Ley 286 de 1996.

• Decreto 548 de 1996.

• Resolución 15 de 1.995, expedida por la Comisión Reguladora de Agua

Potable y Saneamiento Básico (C.R.A.).

• Resolución 16 de 1.995, expedida por la Comisión Reguladora de Agua

Potable y Saneamiento Básico (C.R.A.).

• Resolución 03 de 1.996, expedida por la Comisión Reguladora de Agua

Potable y Saneamiento Básico (C.R.A.).

Page 143: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

• Resolución 15 de 1.996, expedida por la Comisión Reguladora de Agua

Potable y Saneamiento Básico (C.R.A.).

• Resolución 16 de 1.996, expedida por la Comisión Reguladora de Agua

Potable y Saneamiento Básico (C.R.A.).

• Resolución 19 de 1.996, expedida por la Comisión Reguladora de Agua

Potable y Saneamiento Básico (C.R.A.).

• Alternativas de Administración de los Servicios de Acueducto y Alcantarillado

en Municipios Menores y Básicos, FINDETER, 1993.

• Referencia de Costos de Inversión en Tuberías de Acueducto y Alcantarillado,

FINDETER, 1996.

• Estudio de Costo Eficiencia para Sistemas de Acueducto y Alcantarillado,

FINDETER, 1998.

• Organicemos Nuestra Empresa de Acueducto y Alcantarillado, Ministerio de

Desarrollo, 1996.

Page 144: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

• Manual de Constitución de los Comités de Desarrollo y Control Social,

Superintendencia de Servicios Públicos, 1996.

• Documentos Varios Municipio de Cachipay.

Page 145: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

ANEXO No. 1

PROCEDIMIENTO PARA LA CONSTITUCION DEL COMITE DE DESARROLLO

Y CONTROL SOCIAL

Page 146: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

ANEXO No. 1

1. PROCEDIMIENTO PARA LA CONSTITUCION DEL COMITÉ

DE DESARROLLO Y CONTROL SOCIAL

1.1. CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA CONSTITUTIVA

Por iniciativa de un número plural de usuarios, suscriptores o suscriptores

potenciales, se deberá convocar una asamblea constitutiva, en las siguientes

condiciones :

I. La convocatoria se debe hacer con el fin de constituir el Comité de Desarrollo y

Control Social (CDCS) de Servicios Públicos Domiciliarios (SPDs), a través de los

medios de comunicación locales o a través de organismos de participación u

organizaciones no gubernamentales existentes en el municipio.

II. La convocatoria deberá hacerse con una antelación de diez (10) días hábiles,

determinando la fecha, hora y lugar de la reunión.

Page 147: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

III. La asamblea deberá reunirse estrictamente en la fecha, hora y lugar

determinados en la convocatoria.

IV. Para poder sesionar, la asamblea constitutiva deberá contar con un número

mínimo de asistentes, que prueben su calidad de usuarios o suscriptores con la(s)

última(s) factura(s) de cobro del (de los) respectivo(s) servicio(s) o su calidad de

suscriptor potencial con la(s) solicitud(es) debidamente radicada(s) ante la(s)

respectiva(s) empresa(s) del (de los) servicio(s) público(s) de que se trate o con

constancia de residencia.

NOTA : a la Asamblea Constitutiva, en nombre de las personas jurídicas asistirán

los representantes legales.

1.2. REALIZACIÓN DE LA ASAMBLEA CONSTITUTIVA

Una vez reunidos los usuarios, suscriptores o suscriptores potenciales, se

deberá :

I. Levantar un registro de usuarios, que debe contener como mínimo la

siguiente información :

1. Nombre del departamento y el municipio donde funcionará el Comité.

Page 148: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

2. Nombres y apellidos completos de los asistentes.

3. Documentos de identificación de los asistentes.

4. Direcciones de los asistentes.

5. Número de la(s) última(s) factura(s) de cobro de (de los) respectivo(s)

servicio(s) o documento que acredite su calidad de suscriptor potencial, tal

como la(s) solicitud(es) debidamente radicada(s) ante la(s) respectiva(s)

ESP(s) del (de los) servicio(s) público(s) de que se trate o con constancia de

residencia expedida por autoridad competente.

NOTA : la participación del usuario, suscriptor o suscriptor potencial en la

asamblea constitutiva, en el Comité de Desarrollo y Control Social y como Vocal

de Control es personal e indelegable.

II. Elegir al Presidente y al Secretario de la Asamblea, por mayoría simple ;

es decir, por cualquier número superior de votos al de los demás

aspirantes.

III. Verificar, por parte del Presidente y el Secretario, que el número de

asistentes acreditados como suscriptores, usuarios o suscriptores

potenciales sea el mínimo con que debe contar la Asamblea Constitutiva

para sesionar.

Page 149: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

NOTA : el número mínimo de asistentes será de cincuenta (50) para los

municipios con población inferior a 509.999 habitantes, o el número que resulte

de dividir la población de la localidad por 10.000, según el último censo oficial

vigente, para municipios con población igual o superior a 510.000 habitantes.

Para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá, el número mínimo será de

doscientos (200).

IV. El(La) Presidente(a) instalará la Asamblea Constitutiva y definirá un orden

del día para la sesión, donde se incluya prioritaria y necesariamente la

elección de los miembros del Comité de Desarrollo y Control Social.

V. La Asamblea Constitutiva elegirá los miembros del Comité de Desarrollo y

Control Social, para períodos de dos (2) años, contados a partir de la

fecha de su elección, los cuales seguirán ejerciendo sus funciones

mientras se realiza una nueva elección, según los siguientes parámetros :

NOTA : no podrán ser miembros del Comité los funcionarios de las (ESPs)

prestadoras del servicio objeto de su fiscalización, los de la Superintendencia de

Servicios Públicos Domiciliarios, los usuarios que obtengan el servicio en forma

fraudulenta o los que soliciten conexión en zonas de condiciones deficitarias de

orden sanitario, ambiental o de riesgo, conceptuadas por la oficina de planeación

municipal o la que haga sus veces.

Page 150: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

1) El número de miembros será el que resulte de aplicar la misma fórmula de la

nota del ítem III anterior.

2) La elección se hará por planchas ; o sea que los asistentes deberán

conformarlas y presentarlas al Presidente y Secretario de la Asamblea

Constitutiva.

3) Para la elección de los miembros del Comité se empleará el sistema del

cociente electoral, es decir, se dividirá el número total de votos válidos por el

número total de puestos por proveer del numeral I inmediatamente anterior ;

se procederá a verificar en la votación obtenida por las planchas las veces que

este cociente quepa y así se le asignarán en orden descendente los

respectivos cupos a cada una de ellas, una vez asignados todos los cupos a

las planchas cuya votación se asignará en orden descendente uno a cada una

de las listas con mayor residuo, hasta alcanzar el número total de miembros

del Comité.

4) De igual manera, se elegirá un número de miembros suplentes en la misma

plancha de los principales, equivalentes al diez por ciento (10%) de los

principales ; serán suplentes numéricos.

NOTA : una vez vencido el período del Comité de Desarrollo y Control Social,

deberá efectuarse por parte de la Asamblea de Usuarios, una nueva elección

dentro de los seis (6) meses siguientes.

Page 151: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

VI. El (la) Secretario(a) deberá levantar el acta de la Asamblea Constitutiva,

que contemplará como mínimo :

1. Lugar, fecha y hora en que se realizó la Asamblea.

2. Determinación del servicio o servicios objeto de fiscalización por parte del

Comité.

3. Nombres, apellidos e identificación de los asistentes, tratándose de personas

naturales ; o nombre, naturaleza jurídica y representación legal cuando se trate

de personas jurídicas.

4. Elección de los miembros del Comité.

5. Firmas del presidente y el Secretario de la Asamblea.

VII. El Presidente y Secretario deberán entregar el registro de asistentes y el

acta de la Asamblea al Vocal de Control, si ya fue elegido, o al Comité de

Desarrollo y Control Social para su posterior entrega al Vocal de Control.

VIII. El Comité deberá instalarse el mismo día de su elección ; si ello no fuere

posible, la Asamblea señalará la fecha para el efecto dentro de los ocho (8)

días siguientes.

Page 152: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

1.3. TRÁMITES POSTERIORES A LA ASAMBLEA CONSTITUTIVA

a) Instalación del Comité de Desarrollo y Control Social.

b) Elección del Vocal de Control por parte del Comité de Desarrollo y Control

Social, en la reunión de instalación.

c) Realización de los trámites de inscripción y reconocimiento del CDCS y su

Vocal de Control ante la Alcaldía del municipio respectivo y la(s) ESP(s)

correspondiente(s) e inscripción ante la Superintendencia de Servicios

Públicos Domiciliarios.

NOTA : a la alcaldía y a la(s) empresa(s) de servicios públicos deberán enviar

copia de los documentos generados en la Asamblea Constitutiva y a la

Superintendencia, del acto de inscripción y reconocimiento emitido por la alcaldía

y la(s) ESP(s) correspondiente(s).

Page 153: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

2. ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE DESARROLLO Y

CONTROL SOCIAL

2.1. INSTALACIÓN

I. El Comité de Desarrollo y Control Social deberá instalarse el mismo día de

su elección ; si ello no fuere posible, la Asamblea señalará la fecha para el

efecto dentro de los ocho (8) días siguientes.

NOTA : se recomienda hacerlo el mismo día de su elección.

II. En la sesión de instalación, el Comité elegirá de entre sus miembros al

Vocal de Control.

NOTA : será causal de mala conducta para cualquier servidor público y en

general para cualquier funcionario de Empresas de Servicios Públicos

Domiciliarios (ESPDs), entorpecer o dilatar la elección de los Vocales de Control,

así como coartar la libertad de los electores e intervenir de cualquier forma en

favor o en contra de los candidatos.

III. En la sesión de instalación, el Comité elegirá y conformará de entre sus

miembros la Junta Directiva.

Page 154: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

1. Con excepción del Vocal de Control, la elección de los integrantes se hará por

el sistema de cuociente electoral a través de planchas en las cuales deberán

aparecer los candidatos en el siguiente orden : Secretario, Tesorero, Fiscal y

el número impar de miembros que corresponda.

2. La Junta Directiva estará conformada por el Vocal de Control, quien la

presidirá, un tesorero, un Secretario, un Fiscal y un número de miembros

adicionales no mayor de cinco (5), según lo establezca su reglamento.

3. La Junta Directiva tomará posesión ante el Comité el día de su elección, se

debe procurar levantar un acta de posesión.

4. El período de la Junta Directiva será el mismo del Comité de Desarrollo y

Control Social.

5. La Junta Directiva podrá asumir, por delegación de éste, algunas de las

funciones del Comité de Desarrollo y Control Social, tales como las

consignadas en los literales del h al r del Artículo 8vo. Del Decreto 1429 de

1.995.

6. La Junta Directiva cumplirá el reglamento que le expida el Comité, para cuya

elaboración podrá diseñar propuestas y someterlas a la aprobación de éste.

Page 155: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

2.2. FUNCIONES

Además de las ya consignadas, referidas a la elección del Vocal de Control y su

Junta Directiva, el Comité de Desarrollo y Control Social tendrá las siguientes :

I. Dictar su propio reglamento, el cual contendrá como mínimo disposiciones

sobre los siguientes aspectos :

• Determinación del servicio o servicios objeto de fiscalización por parte

del Comité.

• Mecanismos para acreditar la calidad de los miembros del Comité.

• Derechos, deberes y prohibiciones de sus miembros.

• Estructura y funciones de su Junta Directiva.

• Clases de reuniones, su convocatoria y quórum.

• Procedimientos para modificar el reglamento.

• Período de elección y causales de remoción del Vocal de Control.

• Causales de disolución del Comité.

NOTA : el ejercicio de las funciones de los miembros del Comité no causa

honorarios a su favor.

II. Remover, en cualquier tiempo, al Vocal de Control por decisión tomada

por la mayoría absoluta de sus miembros y según las causales que

establezca el reglamento.

Page 156: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

III. Reglamentar la destinación de los fondos que sean adjudicados al Comité

de Desarrollo y Control Social, procurando que dichos recursos contribuyan

a la solución de los problemas de servicios públicos domiciliarios del

municipio correspondiente, cumpliendo con el Artículo 11o. de la ley 142 de

1.994 y con la reglamentación que sobre el particular expida la

Superintendencia de SPDs.

IV. Establecer las formas que el Comité deba utilizar para la consecución de

recursos destinados al cubrimiento de los gastos de funcionamiento del

mismo.

V. Proponer ante las ESPDs los planes y programas que considere necesarios

para resolver las deficiencias en la prestación de las SPDs.

VI. Procurar que la comunidad, dentro de sus posibilidades, aporte los

recursos logísticos o de cualquier otro orden, para que mediante la acción

concertada de ésta con los municipios y las entidades, promuevan la

expansión o el mejoramiento de las SPDs.

VII. Solicitar la modificación o reforma, en primera instancia ante los Comités

de Estratificación y en segunda instancia ante la Superintendencia de

Servicios Públicos Domiciliarios, de las decisiones que se adopten en

materia de estratificación.

Page 157: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

NOTA : no procede la solicitud ante la Superintendencia, hasta tanto no se

agote la que se debe elevar ante el Comité de Estratificación Municipal.

VIII. Estudiar y analizar el monto de los subsidios que debe conceder el

municipio con arreglo a la ley ; examinar los criterios y mecanismos de

reparto de estos subsidios ; y proponer las medidas que sean pertinentes

para tal efecto.

IX. Solicitar al Personero Municipal la imposición de multas hasta de diez

salarios mínimos mensuales, a las entidades que presten servicios

públicos domiciliarios en el territorio de su competencia, por las violaciones

a la Ley 142 de 1.994 o por violación a las normas especiales a las que

deben estar sujetas, cuando de ellas se deriven perjuicios para los

usuarios.

X. Colaborar con las ESPDs, con las autoridades del Gobierno nacional y las

demás organizaciones cívicas y comunitarias de la entidad territorial, en la

realización de programas y campañas de racionalización del uso de los

servicios.

XI. Colaborar con los organismos de control, en sus actuaciones de forma tal

que se represente a la comunidad, se cumpla con el principio de celeridad

y economía de la función administrativa y se coadyuve a las ESPDs a

Page 158: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

mejorar aquellos aspectos en la prestación del servicio en los que existan

deficiencias.

XII. Velar porque los mecanismos creados para una adecuada información a los

usuarios, sobre las actividades y funcionamiento de las ESPDs, así como

de los derechos y obligaciones que les asisten, sean efectivos y cumplan

su cometido.

XIII. Recibir y evaluar el informe trimestral que de su gestión presente el Vocal

de Control.

XIV. Rendir un informe anual a la asamblea de usuarios.

XV. Las demás que le sean asignadas por la Ley.

XVI. Organizarse en Asociaciones Departamentales de Comités.

NOTA : el Comité de Desarrollo y Control Social sólo podrá delegar las funciones

del ítem IV en adelante en su Junta Directiva, su Vocal de Control o comisiones

de su seno.

Page 159: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

2.3. DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS.

i. Elegir y ser elegido Vocal de Control o miembro de la Junta Directiva del

Comité.

ii. Asistir con voz y voto a las sesiones del Comité.

iii. Participar activamente en el desempeño de las funciones del Comité.

iv. Actuar dentro del marco de los principios jurídicos democráticos y

participativos, mediante la presentación de peticiones respetuosas ante las

autoridades y ESPDs, conforme a la ley, y a obtener respuestas a las

mismas por parte de las autoridades competentes.

v. Apoyar al Vocal de Control en el ejercicio de sus funciones,

vi. Exigir en las reuniones del Comité la rendición de los informes

correspondientes por parte del Vocal de Control, Secretario, Tesorero,

Fiscal y demás miembros de la Junta Directiva.

vii. Procurar participar en los procesos de capacitación que adelanten las ESPDs,

las autoridades municipales y departamentales y la Superintendencia de

Servicios Públicos Domiciliarios.

Page 160: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

3. DEBERES, DERECHOS Y FUNCIONES DEL VOCAL DE CONTROL

Se podría afirmar que la Ley 142 de 1.994 creó la figura del Vocal de Control con

el propósito de que éste sea un gerente social en la relación comunidad-EPSDs-

autoridades, definió que debe ser elegido por el Comité de Desarrollo y Control

Social en su sesión de instalación, junto con los restantes integrantes de la Junta

Directiva, y que de igual manera debe tomar posesión en esta reunión. Se busca

un perfil de liderazgo, compromiso comunitario, vocación de servicio,

competencia técnica, administrativa y jurídica.

3.1. IMPUGNACIÓN DE LA ELECCIÓN DEL VOCAL DE CONTROL

I. La elección del Vocal de Control podrá ser impugnada.

II. La impugnación deberá entablarse ante el Personero Municipal.

III. Las decisiones del personero sobre dicha impugnación, serán apelables

ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

IV. La impugnación podrá ser intentada máximo dentro de los dos (2) meses

siguientes a su elección.

Page 161: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

V. La impugnación se entablará con sujeción a las reglas previstas en el

Código Contencioso Administrativo (C.C.A.) para el ejercicio del derecho de

petición en interés general (Capítulos II y VIII del Título Y).

VI. El Personero Municipal tendrá un plazo máximo de quince (15) días hábiles

para resolver o contestar la impugnación, plazo que podrá ampliarse previa

información escrita al interesado, indicando el nuevo plazo.

VII. El interesado podrá desistir en cualquier tiempo de su impugnación.

VIII. Si el Personero resuelve desfavorablemente la impugnación, el interesado

podrá apelar ante la Superintendencia de Servicios Públicos

Domiciliarios.

IX. La Superintendencia de Servicios Públicos tendrá un plazo de dos (2)

meses (Código Contencioso Administrativo, Artículo 60), contados a partir

de la interposición del recurso de apelación, para resolverlo.

NOTA : el procedimiento interno para el trámite del recurso de apelación en la

Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, será el siguiente :

1. Una vez recibido el escrito, la Oficina de Correspondencia enviará los recursos

presentados, dentro de las ocho horas siguientes a la Intendencia de Control

Social, donde se realizará el reparto en forma inmediata.

Page 162: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

2. El funcionario comisionado contará con cinco (5) días hábiles, para realizar el

estudio correspondiente y deberá proyectar para la firma del Intendente de

Control Social o el Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, el

fallo del recurso de apelación.

3. Una vez se dicte el fallo se procederá a notificar al interesado, al Comité de

Desarrollo y Control Social y su Vocal de Control y a la Personería Municipal

correspondientes, en la forma establecida en las disposiciones del Código

Contencioso Administrativo, indicándole a aquel que con tal decisión queda

agotada la vía gubernativa.

ALTERNATIVA 1. La Superintendencia de Servicios Públicos resuelve

favorablemente al interesado el recurso de apelación ; entonces, procederá a

notificar en la forma anotada a éste, al Comité de Desarrollo y Control Social y su

Vocal de Control, a la Personería Municipal y al Alcalde correspondiente.

NOTA El Comité de Desarrollo y Control Social deberá, una vez notificado, citar

a reunión extraordinaria con el objeto de proceder a elegir al nuevo Vocal de

Control. El Alcaide del municipio deberá velar por que la convocatoria se haga y

se realice la reunión.

ALTERNATIVA 2. La Superintendencia de Servicios Públicos no resuelve

dentro del término de tres (3) meses el recurso de apelación elevado por el

Page 163: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

usuario (Artículo 40o. del CCA), se aplicará entonces el silencio administrativo

negativo ; es decir, que se entenderá negada la petición del usuario. En tales

condiciones éste podrá recurrir a la vía jurisdiccional. Se agota aquí la vía

gubernativa.

ALTERNATIVA 3. La Superintendencia de Servicios Públicos resuelve

desfavorablemente el recurso de apelación, entonces procederá a notificar de la

misma forma al interesado, al Comité de Desarrollo y Control Social y su Vocal de

Control y a la Personería Municipal correspondientes, indicándole a aquel que con

tal decisión queda agotada la vía gubernativa ; por tanto, éste podrá recurrir a la

vía jurisdiccional. La elección del Vocal de Control queda en firme.

3.2. FUNCIONES DEL VOCAL DE CONTROL

a) Solicitar la inscripción del Comité de Desarrollo y Control Social ante el

Alcalde, anexando copia del acta de la respectiva asamblea constitutiva,

junto con el registro de asistentes.

b) Solicitar su inscripción ante el Alcalde, anexando copia del acta de la reunión

de instalación del Comité de Desarrollo y Control Social, en la cual se le

eligió.

Page 164: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

NOTA : la Alcaldía dispondrá de un término de ocho (8) días hábiles para

reconocer a los comités que soliciten su inscripción, previo el lleno de los

requisitos de constitución. Si la solicitud no reúne todos los requisitos, el Alcalde

concederá un plazo de cinco (5) días hábiles para que los interesados los

completen. Contra el acto emitido,. Procede el recurso o de reposición en los

términos del Código Contencioso Administrativo.

c) Solicitar el reconocimiento e inscripción del Comité ante la(s) respectiva(s)

ESPD(s), anexando el Acta de la Asamblea Constitutiva y el acto de

inscripción de la Alcaldía.

d) Solicitar su reconocimiento e inscripción ante la(s) respectiva(s) ESPD(s).

e) Informar a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, de la

conformación del Comité de Desarrollo y Control Social y de su elección

como Vocal de Control, anexando copia del Acta de la Asamblea

Constitutiva y del acto de inscripción de la Alcaldía.

f) Informar a la comunidad acerca de sus derechos y deberes en materia de

servicios públicos domiciliarios y ayudarla a defender aquellos y cumplir

éstos.

Page 165: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

g) Recibir informes de los usuarios, suscriptores y suscriptores potenciales del

respectivo servicio, hacer de las ESPDs objeto de su fiscalización,

evaluarlos y promover ante éstas y frente a las autoridades municipales,

departamentales y nacionales las medidas correctivas que sean de

competencia de cada una de ellas.

h) Rendir informe trimestral de actividades al Comité y captar las observaciones

que éste le haga.

i) Custodiar y llevar el registro de los usuarios, suscriptores y suscriptores

potenciales que cumplan con los requisitos de ley y que hayan asistido a la

asamblea constitutiva, o que con posterioridad hayan participado en

asambleas de usuarios.

j) Presidir las Asambleas de Usuarios y la Junta Directiva del Comité.

k) Ser miembro de las Juntas Directivas de las ESPDs oficiales del orden

municipal o del Comité de Estratificación Local, cuando sea designado por el

Alcalde.

l) Ejercer las funciones que le delegue el Comité en pleno.

m) Someter a la vigilancia del Fiscal los libros de cuentas del Comité.

Page 166: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

n) Las demás que le asigne la Ley.

3.3. PROHIBICIONES, INCOMPATIBILIDADES E INHABILIDADES DEL

VOCAL DE CONTROL

1. Durante el período de desempeño de sus funciones y dos (2) años más, las

personas que cumplan las funciones de Vocales de Control de los Comités de

Desarrollo y Control Social de los Servicios Públicos Domiciliarios, sus

cónyuges y compañeros permanentes y sus parientes dentro del tercer grado

de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, así como quienes

sean sus socios en sociedades de personas, no podrán ser socios ni participar

en la administración de los ESPDs que desarrollen sus actividades en el

respectivo municipio, ni contratar con ellas, con las Comisiones de

Regulación, ni con la Superintendencia de Servicios Públicos.

NOTA : los contratos de servicios públicos o, en general, los que se celebren en

igualdad de condiciones con quien los solicite, no dan lugar a aplicar estas

incompatibilidades e inhabilidades.

2. El Vocal de Control no podrá invocar su calidad de tal para obtener beneficio

personal, ni actuar motivado por intereses políticos o ajenos a sus funciones,

ni efectuar cobros a sus representados por realizar gestiones ante las ESPDs.

Page 167: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

La contravención a esta prohibición dará lugar a las correspondientes

sanciones de carácter legal y será causal de su remoción por parte del Comité.

Page 168: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

ANEXO No. 2

CUADROS Y MODELO DE CALCULOS DE LA ESTRUCTURA TARIFARIA

PARA EL SERVICIO DE ACUEDUCTO

Page 169: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

CUADROS Y MODELO DE CALCULOS DE LA ESTRUCTURA

TARIFARIA PARA EL SERVICIO DE ACUEDUCTO

Para realizar el cálculo de las Tarifas Meta para el año 2.001 se procedió de la

siguiente manera:

1. Recolección de información general del Municipio de Cachipay, tomando

como año base para el cálculo 1.999, como se muestra en el Cuadro No. 8.

(Datos suministrados por el Jefe de la Oficina de Servicios Públicos del

Municipio de Cachipay).

2. Se calculó la Demanda para los siguientes 30 años, partiendo del año base,

y tomando como parámetros, los datos suministrados por el Jefe de la

Oficina de Servicios Públicos, en lo referente a Número de Usuarios (en

miles) por estrato y Consumo (en miles de m3) de cada estrato, como se

muestra en el Cuadro No. 2.

En éste cuadro también se obtiene el Consumo total, que corresponde a la

sumatória de los consumos (en miles de m3) de todos los estratos que

presenta el Municipio, es decir, 458.990 (miles de m3). A éste valor, se le

Page 170: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios
Page 171: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios
Page 172: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios
Page 173: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

deben sumar las pérdidas de agua, las cuales están reflejadas, por el índice

de pérdidas de la Empresa, y que corresponden al 30.69% del total de la

Demanda, es decir 203.27 (miles de m3).

De ésta forma se obtiene el Total de la Demanda, que esta representada por

662.256 (miles de m3).

Para hallar la Demanda Corregida, se debe descontar del Total de la

Demanda, el Indice de Pérdidas de Eficiencia (30%), para obtener una

Demanda corregida de 463.579 (miles de m3).

3. Se calcula el Consumo por Sector y Rangos de la siguiente forma:

Existen tres Rangos: Básico, Complementario y Suntuario.

El Consumo básico, es aquel que satisface las necesidades esenciales

de una familia, el cual se ha fijado en 20 m3/mes, es decir 240 m3/año.

El Consumo Complementario, es el consumo ubicado en la franja entre 21

m3/mes y 40 m3/mes.

El Consumo Suntuario, es el consumo mayor a 40 m3/mes.

Page 174: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

Entonces, para calcular el consumo para el rango 1 del estrato 1 (bajo-bajo),

se multiplican los 240 m3/año por el número de usuarios que tiene éste

estrato (36 usuarios), arrojando un valor de 8640 m3/año. Si éste valor

calculado es mayor que el Consumo Total del estrato, entonces, el Consumo

para el Rango 1, es igual al Consumo Total del estrato. Si el valor calculado

es menor que el Consumo Total del estrato, entonces, se adopta para éste

Rango el valor calculado.

Para hallar el consumo para el rango 2 del estrato 1, se procede de igual

forma (240 m3/mes x No. Usuarios). Si éste valor calculado es menor que la

diferencia entre Consumo Total del estrato y Consumo del Rango 1,

entonces, se adopta para el Rango 2, el valor calculado. Pero si el valor

calculado es mayor que la diferencia entre Consumo Total del estrato y

consumo del Rango 1, entonces, se debe adoptar el valor de dicha

diferencia, como se muestra en el Cuadro No. 9.

4. Se calcula el Costo Medio de Administración (CMA), dividiendo el Total de los

Gastos Administrativos, por el número de usuarios, como se muestra en el

Cuadro No. 4.

De ésta forma se obtiene:

Page 175: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios
Page 176: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

COSTO MEDIO DE ADMINISTRACION ($/Usuario-Año)= 14827,1.

COSTO MEDIO DE ADMINISTRACION ($/Usuario-Mes)= 1235.6.

5. Se calcula el Costo Medio de Operación (CMO), dividiendo el Total de

Gastos de Operación y Mantenimiento, por la Demanda Corregida, como se

muestra en el Cuadro No. 5.

De ésta forma se obtiene:

COSTO MEDIO DE OPERACION ($/m3)= 140.20.

6. Para determinar el Costo Medio de Inversión (CMI), se utilizó la metodología

dada por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico,

en su artículo 9º de la Resolución No. 15 de 1.996, con la cual se obtuvo:

COSTO MEDIO DE INVERSION ($/m3) = 332.77.

7. Se calcula el Costo Medio de Largo Plazo (CMLP), que es igual, al CMI y

CMO.

CMLP ($/m3) = 472.97.

8. Se calculan los Subsidios por Aportes Solidarios, como se muestra en el

Cuadro No. 10 así:

Page 177: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios
Page 178: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

Para el Estrato Industrial y Comercial en lo referente a Cargo Fijo.

CMA x 20% x No. de usuarios de éste estrato

1235.59 x 0.20 x 88 = 21746.38.

Para el Estrato Industrial y Comercial en lo referente a Cargo Básico.

CMLP X 20% X Consumo de éste estrato en el Rango 1

472.975 x 0.20 x 21120 = 1997846.4.

.

Para el Estrato Industrial y Comercial en lo referente a Cargo

Complementario.

CMLP X 20% X Consumo de éste estrato en el Rango 2

472.975 x 0.20 x 21120 = 1997846.4.

.

Para el Estrato Industrial y Comercial en lo referente a Cargo Suntuario.

CMLP X 20% X Consumo de éste estrato en el Rango 3

472.975 x 0.20 x 55300 = 5231103.5.

Se hallan los Fondos Recaudados por factores aplicados al Costo Medio

Administrativo (FF) = 21746.38.

Se hallan los Fondos Recaudados por factores aplicados al Costo Medio de

Largo Plazo (FC) = 9226796.3.

Page 179: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

Se hallan los Fondos para Subsidios Solidarios (FSS), que corresponden a la

suma de FF y FC.

FSS = $9248539.

9. Se halla el Factor de Subsidio para los estrato 1,2 y 3, como se muestra en el

Cuadro No. 11, mediante la siguiente fórmula:

Donde:

E1 = Número de Usuarios del Estrato 1.

E2 = Número de Usuarios del Estrato 2.

E3 = Número de Usuarios del Estrato 3.

A = Consumo del Estrato 1, en el Rango 1.

B = Consumo del Estrato 2, en el Rango 1.

C = Consumo del Estrato 3, en el Rango 1.

F1 = 0.1845

( )( ) ( )( )3.08.03.038.0211 CxBxACMLPxxCMAxExEE

FSSF

+++++=

( )( ) ( )( )3.01778408.0535208640975.47259.12353.07418.022336

92485391 xxxx

F+++++

=

Page 180: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios
Page 181: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

Para hallar el Factor de Subsidio para el Estrato 2, basta con multiplicar el

Factor de Subsidio del Estrato 1 por 0.80. de ésta forma se tiene:

F2 = F1 x 0.80 = 0.1845 x 0.80 = 0.1476.

Para hallar el Factor de Subsidio para el Estrato 3, basta con multiplicar el

Factor de Subsidio del Estrato 1 por 0.30. de ésta forma se tiene:

F3 = F1 x 0.30 = 0.1845 x 0.30 = 0.0553.

10. Se hallan los Gastos en Subsidios (Cuadro No. 10) de cada Estrato (1,2 y 3)

así:

Para el Estrato 1 en lo referente a Cargo Fijo.

CMA x F1 x No usuarios del Estrato 1

1235.59 x 0.1845 x 36 = 8208.53.

Para el Estrato 1 en lo referente a Cargo Básico.

CMLP x F1 x Consumo de éste estrato en el Rango 1

472.975 x 0.1845 x 8640 = 754207.

Se procede de igual forma para los Estratos 2 y 3.

Page 182: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

11. Se halla el Gasto por Subsidios Solidarios (GSS).

Para hallar éste Gasto, es necesario conocer el Gasto en Subsidios al Cargo

Fijo (GSF) y el Gasto en Subsidios al Cargo Básico (GSC).

(GSF) = 8208.53 + 40682.6 + 50693.7 = 99584.8

(GSC) = 754207.3 + 3737516.0 + 4657229.9 = 9148953.2

(GSS) = (GSF) + (GSC)

(GSS) = 99584.8 + 9148953.2

(GSS) = 92485385

(GSS) ≤≤ (FSS)

12. Para hallar las Tarifas Meta se procede así:

Para el Estrato 1, en lo concerniente al Cargo Fijo:

CMA x (1 - F1) = 1235.59 x (1 – 0.1845) = 1007.58.

Page 183: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

Para el Estrato 1, en lo concerniente al Cargo Básico:

CMLP x (1 - F1) = 472.975 x (1 – 0.1845) = 385.7.

Para el Estrato 1, en lo concerniente al Cargo Complementario:

CMLP x ( 1 ) = 472.975 x ( 1 ) = 473.

Para el Estrato 1, en lo concerniente al Cargo Suntuario:

CMLP x ( 1 ) = 472.975 x ( 1 ) = 473.

Para el Estrato Comercial, en lo concerniente al Cargo Fijo:

CMA x ( 1.20 ) = 1235.59 x ( 1.20 ) = 1482.71.

Para el Estrato Comercial, en lo concerniente al Cargo Básico:

CMLP x (1.20) = 472.975 x (1.20) = 567.6.

Para el Estrato Comercial, en lo concerniente al Cargo Complementario:

CMLP x (1.20) = 472.975 x (1.20) = 567.6.

Para el Estrato Comercial, en lo concerniente al Cargo Suntuario:

CMLP x (1.20) = 472.975 x (1.20) = 567.6.

Page 184: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

ANEXO No. 3

GRADUALIZACION DE LAS TARIFAS META DEL SERVICIO DEACUEDUCTO

Page 185: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios
Page 186: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios
Page 187: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

ANEXO No. 4

CUADROS Y MODELO DE CALCULOS DE LA ESTRUCTURATARIFARIA PARA EL SERVICIO DE ASEO

Page 188: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

CUADROS Y MODELO DE CALCULOS DE LA ESTRUCTURA

TARIFARIA PARA EL SERVICIO DE ASEO

Para realizar el cálculo de las Tarifas Meta para el año 2.001 se procedió de la

siguiente manera:

1. Recolección de Información General del Municipio de Cachipay, tomando

como año base para el cálculo 1.999, como muestra el Cuadro No. 12.

(Datos suministrados por el Jefe de la Oficina de Servicios Públicos del

Municipio de Cachipay).

2. Se calcula el Costo Medio de Operación, Mantenimiento y Administración del

Componente Domiciliario (CMD), dividiendo el Costo Total Mensual de

operación, mantenimiento y administración entre el Número de Usuarios

Facturados (818), como se muestra en el Cuadro No. 6.

CMD = $2655100 / 818 usuarios

CMD = $3245.8/Usuario.

Page 189: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios
Page 190: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

3. Se calcula el Costo Medio de Operación, Mantenimiento y Administración del

Componente de Barrido y Limpieza (CMB), dividiendo el Costo Total de

Operación, Mantenimiento y Administración, entre el Número de Usuarios

Facturados, como se muestra en el Cuadro No. 7.

CMB = $661400 / 818 usuarios

CMB = $808.5 / Usuario.

4. Se calcula la Tarifa del Componente Domiciliario para los usuarios

residenciales. ($/usuario, TDR). Para el TDR del estrato 1, se Multiplica el

Costo Medio de Operación, mantenimiento, y administración del Componente

Domiciliario, tanto, por el Factor de producción de residuos sólidos para éste

estrato (Resolución No. 19 de 1996, Art. 10), como por el Factor de subsidio

o sobre precio para dicho estrato (Artículo 16 de la Resolución 19 de 1996).

Como se ilustra en el Cuadro No. 13.

De ésta forma se obtiene:

TDR = CMD x 0.8 x (1 – 0.50)

TDR = 32245.8 x 0.8 x (1-0.50)

TDR = 1298.3$/usuario

Page 191: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios
Page 192: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

5. Para determinar la Tarifa del Componente de Barrido y limpieza para los

usuarios residenciales, ($/usuarios, TBR) se multiplica el Costo Medio de

Barrido(CMB) por el factor de subsidio o sobre precio según estrato (artículo

9 de la Resolución 19 de 1996) de la siguiente manera:

TBR = CMB x (1-0.50)

TBR = 808.5 x (1-0.50)

TBR=404.27$/usuario

6. Se calcula el Valor Factura para usuarios residenciales (FUR). Para el estrato

1, se suma la Tarifa del Componente Domiciliario para usuarios residenciales

(TDR) y la Tarifa del Componente de Barrido y Limpieza para usuarios

residenciales (TBR) de dicho estrato, así:

FUR = TDR + TBR

FUR = 1298.3 + 404.270

FUR = 1702.6 $/usuario

7. Se calcula la Tarifa del Componente Domiciliario para los Pequeños

Productores (TDP, $/m3) de la siguiente manera: Se multiplica el Costo Medio

Page 193: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

de operación, Mantenimiento y administración del componente Domiciliario

(CMD) por el número equivalente de usuarios (d) así como por el Factor de

sobre precio al pequeño productor (Artículo 14 de la Resolución19 de 1996).

Se toma d = 3.82 usuarios/m3 como Número equivalente de usuarios para

una producción mensual de 1 m3.

TDP = CMD x d X (1+0.20)

TDP = 3245.8 X 3.82 X (1+0.20)

TDP = 14878.8 $/m3

8. Se calcula la Tarifa del componente de Barrido y Limpieza para los

Pequeños productores (TBP) de la siguiente manera:

Se multiplica el Costo Medio de Operación, Mantenimiento y Administración

(CMB) por el Factor de sobreprecio al pequeño productor. (Artículo 15 de la

resolución 19 de 1996.)

TBP = CMB X (1+0.20)

TBP = 808.5 X (1+0.20)

TBP = 970.25 $/m3

9. Para el cálculo del valor de la Factura para Usuarios No Residenciales

(Pequeños Productores, FPP) se calcula con base en la sumatoria del costo

Page 194: Reordenamiento funcional de la oficina de servicios

del servicio de aseo para los componentes Domiciliario y de Barrido y

limpieza, así:

FPP = TDP+TBP

FPP = 14878.8 + 970.25

FPP = 15849 $/m3

NOTA: Los factores máximos de los valores de subsidio son:

Para el estrato 1, el 50’%, para el estrato 2, el 40% y para el estrato 3, el 15%.

Los factores de sobre precio aplicables a los estratos 5 y 6 así como también a

Pequeños y Grandes consumidores será máximo del 20.