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REMUNERACIONES DEL ESTADO. CARACTERÍSTICAS

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Page 1: Remuneraciones Del Estado Ppt

REMUNERACIONES DEL ESTADO.

CARACTERÍSTICAS

Page 2: Remuneraciones Del Estado Ppt

INTEGRANTESCASTELLANOS, RODOLFO SANTA MARÍA, JULIO

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INTRODUCCIÓN Las remuneraciones del sector público

dependen del tipo de régimen laboral en que se encuentre el servidor, se ha considerado pertinente desarrollar los tres regímenes laborales existentes en este sector (regulados por los Decretos Legislativos 276, 728 y 1057).Regímenes Laborales Régimen

Decreto Legislativo N°276 Régimen Público

Decreto Legislativo N° 728 Régimen Privado

Decreto Legislativo N° 1057 Régimen CAS

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A MODO DE EXPLICACIÓN ¿QUÉ SE ENTIENDE POR REMUNERACIÓN?Es la retribución otorgada en el contrato de trabajo, y

que en nuestro ordenamiento se considera como tal al íntegro de lo que el trabajador recibe por sus servicios, en dinero o en especie, siempre que sea de libre disposición. Percepción de un trabajador o retribución monetaria que se da en pago por un servicio prestado o actividad desarrollada.

La remuneración es un tema fundamental en cualquier tipo de relación laboral, pues es el fin último por el cual los trabajadores ponen a disposición de la patronal su fuerza de trabajo.Ya era hora

jefecito

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De esta definición, deben resaltarse los siguientes aspectos:

a) La remuneración es contraprestativa.b) Es de libre disposición del trabajador.c) Se puede pagar en dinero o en especie.d) La ley no le debe haber sustraído el atributo remuneratorio.

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BREVE DESCRIPCIÓN DE LA HISTORIA RELATIVA AL TEMA ELEGIDO

La Constitución Política del Perú del 1979 consignaba un sistema único que homologaba las remuneraciones, bonificaciones y pensiones de los servidores del Estado.

Durante su vigencia, diríase que en teoría existía el sistema único; sin embargo, dicha norma no se plasmó realmente. Luego, con la entrada en vigencia de la Constitución de 1993, la norma homologatoria fue eliminada, lo que generó dispersión no solo en la legislación laboral, sino en la estructuración remunerativa.

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BREVE DESCRIPCIÓN DE LA HISTORIA RELATIVA AL TEMA ELEGIDO

A partir de los noventa los servidores públicos empezaron a ser contratados bajo dos tipos de regímenes laborales distintos: el regulado por el Decreto Legislativo N° 276 o por el Decreto Legislativo N° 728.

Luego, se aprueba un nuevo régimen laboral, regulado por el Decreto Legislativo N.° 1057, denominado Contratación Administrativa de Servicios (CAS).

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SITUACIÓN ACTUAL DEL TEMA

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), entre enero de 2005 y junio de 2013, las remuneraciones promedio del Gobierno General -que incluye a los empleados de los ministerios y gobiernos regionales y locales- han caído 3.1% en términos reales. Asimismo, en el sector privado -durante el mismo período- los ingresos promedio de trabajadores en Lima Metropolitana se incrementaron 32% en términos reales.

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SITUACIÓN ACTUAL DEL TEMAEl pasado 08 de febrero mediante el Decreto Supremo

023-2014 EF, el Consejo de Ministros en pleno y presidido por el presidente Ollanta Humala, aprobó el aumento de sueldos de los altos funcionarios del Estado; justificando la medida como el inicio de una política salarial del Estado, basada en la tecnocracia y meritocracia que vienen trabajando desde inicios del gobierno nacionalista.

Según la norma, el monto de la compensación económica “se pagará a razón de 12 veces por año, más dos por concepto de aguinaldo, uno por Fiestas Patrias y uno por Navidad”. Incrementándose el sueldo de los ministros de 15 mil 600 a 30 mil soles. Además, los viceministros pasarán a ganar 28 mil soles al mes y los secretarios generales de los ministerios, 25 mil soles al mes.

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SITUACIÓN ACTUAL DEL TEMAEl aumento ubica al país en el tercer puesto del

ranking de los mejor pagados de Sudamérica.El incremento de sueldos no guarda coherencia.

Especialistas estiman que este año Perú crecerá solo 4%.

Con los nuevos aumentos, los ministros peruanos pasan a estar en el cuarto lugar de los mejor pagados del mundo, si comparamos lo que ganarán versus el producto per cápita del país, después de Kenia, Singapur e Indonesia, y muy similar a los ministros chilenos. Pero los chilenos tiene 2,5 veces más ingresos per cápita que nuestro país y el doble de sueldo mínimo vital que el Perú.

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SITUACIÓN ACTUAL DEL TEMAAsí, la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector

Público para el año fiscal 2010, ha prohibido expresamente, salvo excepciones, que las entidades de los tres niveles de gobierno realicen algún reajuste o incremento de remuneraciones, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones, incentivos, beneficios de toda índole, cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad, mecanismo y fuente de financiamiento; así como la aprobación de nuevas bonificaciones, asignaciones, incentivos y cualquier otro beneficio (incluyendo aquellos incrementos que puedan fijarse dentro del rango o tope fijado para cada cargo en las escalas remunerativas respectivas).

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Funcionario o Autoridad del Estado

Remuneración máxima (URPS)

Remuneración máxima

(URPS 2014 = 2600.00) (en soles)

Presidente de la República 10 URPS S/. 26, 000.00

Congresista de la República 6 URPS S/. 15, 600.00

Presidente de Gobierno Regional 5 y media URPS S/. 14, 300.00

Alcalde de la Municipalidad de Lima 5 y media URPS S/. 14, 300.00

Alcaldes provinciales y distritales 4 y un cuarto URPS S/. 11, 050.00

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En resumen, actualmente existen tres tipos de regímenes laborales en el sector público, que el siguiente cuadro presenta:  

Regímenes Laborales Régimen

Decreto Legislativo N°276

Régimen Público

Decreto Legislativo N° 728

Régimen Privado

Decreto Legislativo N° 1057

Régimen CAS

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Decreto Legislativo N.° 276Ley de Bases de la Carrera

Administrativay de Remuneraciones del

Sector Público

Decreto Legislativo N.° 728Ley de Fomento del Empleo

Decreto Legislativo N.° 1057Contratación de Administración

de Servicios

Promulgada el 6 de marzo de 1984

Ámbito de aplicación es el sector público

Señala a los trabajadores que pertenecen a la Carrera Administrativa.

Se encamina a adoptar un Sistema Único de Remuneraciones para la Administración Pública.

Estructura la Carrera Administrativa por grupos ocupacionales (3) y por niveles (14).

Establece el Sistema Único de Remuneraciones definiendo su estructura.

El máximo nivel lo comprende el Presidente de la República.

Señala aspectos importantes como: Prohibición de pactos laborales. Contratados no Reciben beneficios ni bonificaciones.

Dietas no tienen naturaleza remunerativa.

• Promulgada el 12 de noviembre de 1991.

• Ámbito de aplicación es el sector público y privado, pero en esencia es el régimen laboral de la actividad privada.

• Define legalmente a la Remuneración en su más amplio concepto.

• Presenta formas de capacitación para el trabajo.

• Establece las modalidades de contratación vigentes.

• Establece la RMV como el indicador mínimo de retribución económica tanto en las formas de capacitación como en las modalidades de contrato.

• Promulgada el 27 de junio de 2008.

• Ámbito de aplicación es solo en el sector público.

• Reemplaza la modalidad de SNP.

• Señala exclusivamente las características de esta modalidad de contratación:

-Duración. -Período de descanso. -Afiliación a ESSALUD y a régimen de pensiones. -No se puede contratar por menos de una RMV. -Se señala al órgano encargado de estos contrato

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PERSPECTIVASLos antecedentes y la metamorfosis que sufre la

regulación laboral peruana indicarían que está encaminada hacia la homologación o consecución de un Sistema Único; no obstante, para conseguir esta anhelada homologación es imprescindible conocer las perspectivas que tuvieron algunos partidos políticos:

Alianza Electoral Alianza por el Gran Cambio (Pedro Kuczynski Godard)

Alianza Electoral Alianza Solidaridad Nacional (Luis Castañeda Lossio)

Alianza Electoral Perú Posible (Alejandro Toledo Manrique)

Partido Político Fuerza 2011 (Keiko Fujimori Higushi)

Partido Político Gana Perú (Ollanta Humala Tasso)

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CONCLUSIONESUnificar los regímenes laborales y remunerativos del sector

público es un problema que se ha intentado solucionar desde hace más de tres décadas. Se inicia con la Constitución Política de 1979, y una serie de normas entre las que destacan el Decreto Legislativo N.° 276 de 1984 (Público), el Decreto Legislativo N.° 728 de 1991 (Privado) y el Decreto Legislativo N.° 1057 del 2008 (CAS-Público), encontrándose además, actualmente, dos proyectos de ley en Agenda del Congreso de la República que tienen como objetivo el mismo fin.

Las propuestas de reformas remunerativas de las organizaciones políticas, en el marco de las próximas elecciones generales, se dirigen a aumentos salariales de personal del Estado sujetos a regímenes laborales especiales (policías, militares, maestros y otros). No se plantea una reforma general de los regímenes existentes en la Administración Pública.

En este año se hizo una reforma de los salarios para los funcionarios del sector público, mediante el Decreto Supremo 023-2014 EF, en la cual se incrementaron a los ministros, viceministros, ect.

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BIEN!!!!

Para los profesores

de San Marcos les

haré un aumento.