reglamento interno final nuevo 2015

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REGLAMENTO INTERNO 2015

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Page 1: Reglamento interno final nuevo 2015

REGLAMENTO INTERNO

2015

Page 2: Reglamento interno final nuevo 2015

C O N T E N I D OS

PRESENTACIÓN TITULO I

DE LAS GENERALIDADES Y PRINCIPIOS CONSTITUTIVOS

CAPÍTULO I LAS DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO Nº

1.- Concepto

2.- Línea axiológica 3.- Alcances

4.- Base legal

TITULO II

DE LA FINALIDAD Y OBJETIVOS

CAPÍTULO II DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

ARTICULO Nº

5.-Del funcionamiento 6.-Ubicación

7.-Ámbito geográfico

8.-Objetivos

1. Generales

2. Específicos

TITULO III

DE LAS ESTRUCTURAS ORGANICAS Y DE LA FUNCIONES

ESPECIFICAS DE SUS MIEMBROS

CAPÍTULO III DE LAS ESTRUCTURA ORGANICA

ARTICULO Nº:

9 Del Diseño organizacional

10. Funciones Generales 11. Funciones específicas

TITULO IV

DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y ACADEMICA

CAPÍTULO IV DE LO ACADEMICO

ARTICULO Nº : 12. Planificación

13. Programación

14. Calendarización

15. Periodos vacacionales

16. Supervisión educativa 1.-Concepto

2.- De los Asesores

3.- De las acciones y sus fases

CAPITULO V ADMINISTRATIVA

Page 3: Reglamento interno final nuevo 2015

ARTICULO Nº

17. Régimen interno

18. Régimen económico

19. Régimen de seguridad social de los

trabajadores TITULO V

DEL PROCESO DE MATRICULA, EVALUACIÓN ,

PROMOCION, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN

CAPITULO VI MATRICULA ARTICULO Nº

20. Responsables

21. Requisitos generales

22. Requisitos específicos

23. Del retiro y trasado 24. Traslados

CAPITULO VII DE EVALUACIÓN

ARTICULO Nº

25. Planificación

26. Medios y materiales CAPITULO VIII DE LA PROMOCIÓN – REPITENCIA

ARTICULO Nº

27 Promoción

1.- Primaria 2.- Secundaria

28 Repitencia

1.- Primaria

2.- Secundaria

CAPITULO IX DE LA CERTIFICACIÓN ARTICULO Nº

29. Del nivel

30. De los Talleres

TITULO VI

REGISTRO ESCALAFONARIO

CAPITULO X ORGANIZACION

ARTICULO Nº

31. Organización del escalafón Docente

y administrativo

32. Su uso y obligatoriedad de su registro

TITULO VII

DE LOS DERECHOS Y ATRIBUCIONES , PROHIBICIONES, ESTIMULOS FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL

DOCENTE Y ADMINISTRATIVO

CAPITULO XI DE LOS DERECHOS

ARTICULO Nº 33. Concepto

Page 4: Reglamento interno final nuevo 2015

34. Reglamentación

CAPITULO XII DE LOS DEBERES

ARTICULO Nº

35. Concepto

36. Reglamentación CAPITULO XIII DE LOS ESTÍMULOS

ARTICULO Nº

37. Concepto

38. Reglamentación CAPITULO XIV DE LAS SANCIONES

ARTICULO Nº

39. Concepto

40. Reglamentación

TITULO VIII

DE LOS DERECHOS, PROHIBICIONES, ESTIMULOS, FALTAS

Y SANCIONES DE LOS EDUCANDOS

CAPITULO XV DE LOS DERECHOS

ARTICULO Nº 41. Concepto

42. Reglamentación

CAPITULO XVI DE LOS DEBERES

ARTICULO Nº 43. Concepto

44. Reglamentación

CAPITULO XVII DE LAS OBLIGACIONES

ARTICULO Nº

45. Concepto 46. Reglamentación

CAPITULO XVIII DEL COMPORTAMIENTO

ARTICULO Nº 47. Concepto

48. Reglamentación

TITULO IX

DE LA ADMINISTRACION DE LOS BIENES PATRMONIALES

CAPITULO XX DEL PATRIMONIO E INVENTARIO

ARTICULO Nº

49. Del patrimonio

50. Del inventario CAPITULO XXI DEL INCREMENTO, ALTAS, BAJAS Y RETIROS

ARTICULO Nº

50. Del incremento y altas de bienes

51. De las bajas y retiros

CAPITULO XXII DE LAS DONACIONES

ARTICULO Nº

52. La donación

CAPITULO XXIII DE LOS RELEVOS DEL CARGO

ARTICULO Nº

Page 5: Reglamento interno final nuevo 2015

53. Relevo de un directivo ,docente o

administrativo.

CAPITULO XXIV DE LAS PERDIDAS , ROBOS Y HURTOS

ARTICULO Nº

54. Del caso de perdidas , robos o hurtos en la I.E.

CAPITULO XXV DEL AUDITORIO

ARTICULO Nº

55. Del uso del auditorio

TITULO X

RELACIONES Y COORDINACIONES

CAPITULO XXVI RELACIONES Y COORDINACIONES

ARTICULO Nº

60. De las relaciones con la APAFA.

TITULO XI

DEL PROGRAMA DE RECUPERACION PEDAGÓGICA CAPITULO XXVII DE LA ORGANIZACION DEL PROGRAMA DE

RECUPERACION PEDAGOGICA

ARTICULO Nº

63. De la organización y ejecución del

programa de recuperación pedagógica.

TITULO XII

DISPOSICIONES FINALES

CAPITULO XXVIII VIGENCIA DEL PRESENTE REGLAMENTO

ARTICULO Nº

62. Vigencia 63. Casos no previstos.

Page 6: Reglamento interno final nuevo 2015

PRESENTACIÓN

El presente Reglamento Interno de nuestra Institución Educativa

Estatal N° 7069-“CÉSAR VALLEJO” , norma la política educativa que

contiene los aspectos generales vinculados a la administración ,

organización y actividades pedagógicas . Asimismo, norma los deberes y

derechos del personal que labora en la Institución, la de los educandos

y Padres de Familia.

Su finalidad es lograr alcanzar las metas planificadas en nuestros

documentos de gestión como el PEI, PCI, EL PATMA que plasman los

objetivos educativos trascendentes de esta Institución mediante una

organización horizontal, en la cual la participación de todos en su

elaboración , nos permitirá cumplirla con conocimiento, unidad de

trabajo y excelente disposición..

Atendiendo a los cambios educativos que se están

implementando en estos años con la finalidad de obtener logros de

aprendizajes cada vez más elevados en nuestros estudiantes de

Primaria y Secundaria con la participación de toda la comunidad

educativa, es pertinente entonces presentar este documento normativo

de nuestra institución que dirija el actuar de cada estamento que

conforma la comunidad vallejiana.

Que Dios bendiga este documento y todos los que derivan de el.

LA COMISIÓN DE ELABORACIÓN DEL DE REGLAMENTO INTERNO 2015

JUANA MARTINO

LINO GUZMAN SALCEDO

ZENAIDA OSPINA

PAULA AUDANTE

PILAR HERRERA

SOCORRO ESPINOZA

OSVALDO VALENCIA

Page 7: Reglamento interno final nuevo 2015

TITULO I DE LAS GENERALIDADES Y PRINCIPIOS CONSTITUTIVOS

CAPÍTULO I LAS DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO Nº 1.- Concepto

2.- Línea axiológica

3.- Alcances

4.- Base legal

Artículo 1o LA Institución Educativa N| 70 69 “CÉSAR VALLEJO”

es una institución estatal que presta servicios

educativos a la niñez y juventud estudiantil del distrito de San Juan de Miraflores.

Artículo 2o Otorgar los mejores estímulos cognitivos, que nos

permitan lograr aprendizajes significativos y alto nivel ,

dentro del margen educativo basado en una educación en valores.

Articulo 3º Atiende a los niveles de educación PRIMARIA Y

SECUNDARIA DE MENORES.

Articulo 4º De las Bases Legales

1.-DISPOSITIVOS LEGALES DEL SECTOR EDUCACION

Normatividad Vigente para garantizar el Normal Desarrollo de

las Labores Educativa – 2015. LEYES

Ley Nº 28628 - Ley que regula la participación de las

Asociaciones de Padres de Familia en las Instituciones

Educativas Públicas. Publicado el 24 Nov. 2005.

Ley Nº 28332 - Ley del Fondo Nacional de Desarrollo de la

Educación Peruana - FONDEP. Publicado el 20 Jul. 2004.

Ley Nº 28086 - Ley de Democratización del Libro y de

Fomento de la Lectura. Publicado el 10 Oct. 2003

Ley Nº 28044 - Ley General de Educación. Publicado el 28

Jul. 2003.

Ley Nº 27927 - Ley que modifica la Ley Nº 27806 "Ley de

Transparencia y Acceso a la Información Publica".

Publicado el 03 Feb. 2003.

Ley Nº 27815 - Ley del código de ética de la función pública Publicado el 12 Ago. 2002.

Page 8: Reglamento interno final nuevo 2015

Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la

información publica, Publicado el 02 Ago. 2002

Ley Nº 27665.- Ley de protección a la economía familiar

respecto al pago de pensiones en centros y programas educativos privados. Publicado el 09 Feb. 2002.

Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin

violencia en las instituciones educativas.

Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial.

Decreto Legislativo N° 882 Ley de Promoción de la Inversión

en la Educación.

Ley N° 29988, Ley que establece medidas extraordinarias

para el personal docente y administrativo de instituciones

educativas públicas y privadas, implicado en delitos de

terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de

la libertad sexual y delitos de tráfico ilícito de drogas; crea el registro de personas condenadas o procesadas por delito

de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación

de la libertad sexual y tráfico ilícito de drogas y modifica los

artículos 36 y 38 del Código Penal.

Ley N° 30061, Ley que declara de prioritario interés

nacional la atención integral de la salud de los estudiantes

de educación básica regular y especial de las instituciones

educativas públicas del ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma y los incorpora como

asegurados del Seguro Integral de Salud (SIS)

RESOLUCIONES

R.M. Nº 0386-2006-ED - Aprueban Directiva sobre Normas

para la Organización y Aplicación del Plan Lector en las

Instituciones Educativas de Educación Básica Regular.

] R.M. Nº 0112-2006-ED - Aprueban Directiva “Normas para

orientar las acciones de reflexión y análisis del Proyecto

Educativo Nacional y el Plan Nacional de Educación para

Todos”. Publicado el 06 Mar. 2006

R.M. Nº 0105-2006-ED - Autorizan desarrollo de la

Campaña de Sensibilización y Promoción “Tengo Derecho

al Buen Trato”. Publicado el 28 Feb. 2006

R.M. Nº 0054-2006-ED - Aprueban Directiva “Normas para

la matrícula de estudiantes con necesidades educativas

especiales en Instituciones Educativas Inclusivas y en

Page 9: Reglamento interno final nuevo 2015

Centros y Programas de Educación Básica Especial”.

Publicado el 26 Ene. 2006.

Resolución Ministerial N° 0369-2012-ED, que aprueba

prioridades de la Política Educativa Nacional 2012 – 2016

Resolución Ministerial N° 0518-2012-ED, que aprueba el

Plan Estratégico Sectorial Multianual de Educación

(PESEM) 2012-2016 .

Resolución Ministerial N° 0519-2012-ED, que aprueba la

Directiva N° 019-2012MINEDU/VMGI-OET, Lineamientos

para la prevención y protección de las y los estudiantes

contra la violencia ejercida por personal de las instituciones educativas.

Resolución Ministerial N° 274-2014-MINEDU que crea el

“Modelo de servicio educativo para la atención de

estudiantes de alto desempeño”.

Resolución de Secretaría General N˚ 602-2014-MINEDU,

que aprueba la Norma Técnica para la cogestión del

servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma.

Resolución de Secretaría General N° 613-2014-MINEDU

que aprueba “Normas y Orientaciones para la organización

y funcionamiento de la forma de atención a distancia en el ciclo avanzado de los Centros de Educación Básica

Alternativa públicos y privados”.

Resolución de Secretaría General N° 364-2014-MINEDU, que aprueba “Lineamientos para la implementación de la

Estrategia Nacional contra la Violencia Escolar,

denominada “Paz Escolar”, en las instancias de gestión

educativa descentralizada.

Resolución Ministerial N° 0547 - 2012 ED mediante la cual

se aprueban los Lineamientos denominados "Marco de

Buen Desempeño Docente para Docentes de Educación

Básica Regular", documento que contiene los criterios de buen desempeño docente, descrito en la Ley de Reforma

Magisterial.

DECRETOS -

Decreto Supremo Nº 014-2006-ED - Institucionalizan la Movilización Nacional por la Educación. Publicado el 04 jul.

2006.

Page 10: Reglamento interno final nuevo 2015

Decreto Supremo Nº 008-2006-ED - Aprueban los

“Lineamientos para el Seguimiento y Control de la Labor

Efectiva de Trabajo Docente en las Instituciones Educativas

Públicas”. Publicado el 20 Abr. 2006

Decreto Supremo Nº 004-2006-ED - Aprueban Reglamento

de la Ley que regula la participación de las asociaciones de

padres de familia en las instituciones educativas públicas.

Publicado el 16 Feb. 2006.

Decreto Supremo Nº 003-2006-ED - Amplían plazo para culminar el

Proceso de Conversión Progresiva de Centros de Educación Ocupacional y Programas de Educación Ocupacional a Centros de Educación Técnico-Productiva (CETPRO). Publicado el 08 Feb. 2006.

Decreto Supremo Nº 020-2005-ED - Modifican Primera

Disposición Complementaria y Transitoria del Reglamento

de la Ley del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación

Peruana - Ley Nº 28332. Publicado el 17 Nov. 2005.

Decreto Supremo Nº 013-2005-ED - Aprueban Reglamento

de Educación Comunitaria. Publicado el 24 Jun. 2005.

Decreto Supremo Nº 009-2005-ED - Aprueban Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo. Publicado el 09 May.

2005.

Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM - Aprueba Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función Pública.

Publicado el 19 Abr. 2005.

Decreto Supremo Nº 002-2005-ED - Aprueban el

Reglamento de Educación Básica Especial. Publicado el 11 Ene. 2005.

Decreto Supremo N° 010-2012-ED, que aprueba el

Reglamento de la Ley N° 29719, Ley que promueve la

convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas. Decreto Supremo N° 015-2012-ED, que aprueba el

Reglamento de la Ley N° 29694, Ley que protege a los

consumidores de las prácticas abusivas en la selección o

adquisición de textos escolares.

Decreto Supremo N° 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación.

Decreto Supremo N° 017-2012-ED, que aprueba la Política

Nacional de Educación Ambiental.

Decreto Supremo N° 004-2013-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma

Magisterial, modificado por el Decreto Supremo N° 002-

2014-MINEDU.

Page 11: Reglamento interno final nuevo 2015

Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, que aprueba el

Reglamento de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona

con Discapacidad.

Decreto Supremo Nº 008-2014-Minedu Gobierno promulga

la Reglamentación que regula la situación laboral y jurídica de los auxiliares de Educación .

Directivas

Directiva Nº 174-2006-/DM/SPE "Responsabilidades de la instancias de gestión educativa descentralizada, en la

evaluación censal de los alumnos del segundo grado de

primaria y docentes de los niveles de inicial, primaria y

secundaria de Educación Básica Regular" Publicado el 18

Nov. 2006.

Directiva Nº 001-2006-VMGP/DITOE, Normas para el

desarrollo de la campaña de sensibilización y promoción

“tengo derecho al buen trato” que incluye a la convivencia

escolar democrática. Publicado el 19 abr. 2006.

Directiva Nº 001-2006-VMGP/OTUPI - Normas para el

desarrollo de las acciones de tutoría y orientación

educativa en las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones

Educativas. Publicado el Ene. 2006.

Directiva Nº 018 - 2014-ME. Orientaciones para la

finalización del año escolar 2014 e inicio 2015

Directiva N° 005-2009/SBN del Buen Inicio del Año

Escolar 2015 y los compromisos de Desempeño 2015.

TITULO II DE LA FINALIDAD Y OBJETIVOS

CAPÍTULO II DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

ARTICULO Nº

5.-Del funcionamiento 6.-Ubicación

7.-Ámbito geográfico

8.-Objetivos

1. Generales

2. Específicos

Page 12: Reglamento interno final nuevo 2015

Artículo 5o La finalidad funcional de la I.E. 7069 CESAR VALLEJO es

buscar la formación integral del educando de Primaria y

Secundaria mediante el desarrollo armónico de todas sus

facultades físicas, cognitivas y morales en un marco de

respeto y servicio a su atención educativa. Articulo 6º La I.E. 7069 CESAR VALLEJO está ubicada en la

jurisdicción de la UGEL Nº 01 en el Distrito de San Juan

de Miraflores

Del Centro Poblado de CIUDAD DE DIOS , en la avenida Gabriel Torres N° 200.

Artículo 7º Ámbito jurisdiccional geográfico abarca el Distrito de San

Juan de Miraflores y sus centros poblados de

Pamplona Alta

Ciudad de Dios

Pamplona Baja

Artículo 8.o- De los objetivos

Inciso 1.-Generales:

Brindar una educación de carácter permanente,

procesal, comunitaria, humanitaria, moderna, regionalizada y liberadora

Buscar una vinculación orgánica de la educación con la

realidad social, los avances de la ciencia y los

problemas fundamentales que la aquejan y adecuar las soluciones.

Conseguir que la educación adquiera un compromiso

más efectivo con la sociedad. concientizando la

población para su cambio y desarrollo permanente.

Inciso 2.-Específicos:

Realizar la detección gruesa y específica de los alumnos en

los primeros grados del Nivel Primario

Dar un tratamiento individual y diferenciado, transitorio

con técnicas de aprestamiento cordial y reeducación en la lecto-escritura, matemática, dándole mayor operatividad

articulada con la realidad

Rescatar la pérdida de los valores morales y el respecto por

la integridad moral, física y social a base de valores reales

y hincapié al desarrollo cognitivo y emocional.

Brindar apoyo permanente de orientación al padre de

familia en su difícil tarea de educar en apoyo directo al

trabajo de los diferentes niveles que se desarrollan en el

centro educativo.

Orientar supervisar y asesorar al personal Docente y

administrativo con las nuevas reformas en el campo

educativo y permanecer al ritmo de la cibernética.

Page 13: Reglamento interno final nuevo 2015

TITULO III DE LAS ESTRUCTURAS ORGANICAS Y DE LA FUNCIONES

ESPECIFICAS DE SUS MIEMBROS

CAPÍTULO III DE LAS ESTRUCTURA ORGANICA

ARTICULO Nº

9 Del Diseño organizacional

10. Funciones Generales 11. Funciones específicas

12. Del órgano de apoyo administrativo

13. De los organismos de colaboración.

Articulo Nº 9 Del Diseño organizacional

El presente reglamento alcanza a:

- Director General

- Personal Jerárquico - Personal Docente y administrativo

- Alumnado de Primaria y Secundaria

- Padres de Familia

- Comunidad de apoyo educativo

La I.E. 7069 CESAR VALLEJO cuenta con los siguientes

órganos

Órgano Directivo

1. Director 2. Sub-Director de Formación General

3. Sub-Director de Primaria

Órgano Técnico Pedagógico

1. Jefatura de Laboratorio

2. Coordinadores de áreas y grados 3. Docentes de Primaria

4. Docentes de Secundaria

5. Auxiliares de educación

Órgano de Apoyo Administrativo

1. Subdirector Administrativo 2. Técnico Administrativo

3. Oficinista

4. Auxiliar de laboratorio

5. Auxiliar de biblioteca 6. Personal de Mantenimiento y servicio

Órgano de Apoyo ( profesionales de salud)

1. Psicólogo

2. Asistenta social

Órganos de Participación

1. Consejo Educativo Institucional (CONEI)

2. Defensoría del niño y adolescente

Page 14: Reglamento interno final nuevo 2015

3. Municipio escolar

4. APAFA

Articulo 10.-Funciones Generales

Inciso 1.- Del Director El director es la primera autoridad de la I.E., conduce sus

actividades, representa legalmente y lidera la participación de

la comunidad escolar.

Inciso 2.-: De los Sub-Directores Los subdirectores de Educación Básica Regular de los niveles

de Primaria y Secundaria de la I.E., por delegación cumplen

las funciones pedagógicas y administrativas que lle

corresponden al director.

Articulo 11.- Funciones Específicas

Inciso 1. Del Director

En lo Pedagógico

a) Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y

evaluar el servicio educativo. b) Promover y presidir el Consejo Educativo Institucional.

c) Conducir la elaboración, ejecución y evaluación del

Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de

Trabajo y Reglamento Interno de manera participativa. d) Establecer en coordinación con el CONEI, antes del

comienzo del año electivo, la Calendarización del año

escolar, garantizando el cumplimento efectivo del

tiempo de aprendizaje, en el marco de las

orientaciones y normas nacionales dictadas por el Ministerio de Educación para el inicio de clases.

e) Optimizar la calidad de los aprendizajes y el

desempeño docente, desarrollando estrategias de

estimulación de talentos; promoviendo y estimulando permanentemente la innovación pedagógica.

f) Monitorear, supervisar, asesorar y evaluar el servicio

educativo.

g) Autorizar y promover visitas de estudio, excursiones y

demás actividades pedagógicas en diversos lugares de la comunidad.

h) Estimular y organizar la participación de los

estudiantes de la I.E. en eventos de carácter

deportico, cultural y de prevención convocados por el Ministerio de Educación y otros órganos, de acuerdo a

las presentes normas.

i) Impulsar jornadas pedagógicas que promuevan

espacios de interaprendizaje y reflexión, así como

actividades dirigidas a mejorar la calidad de los aprendizajes y el servicio educativo en el marco del

PEI.

j) Apoyar la práctica docente de los estudiantes de los

Institutos Superiores Pedagógicos y facultades de

Page 15: Reglamento interno final nuevo 2015

Educación, supervisando y asegurando la

permanencia del docente responsable del aula,

garantizando el asesoramiento al practicante y

posibilitando las innovaciones pedagógicas.

En los recursos y servicios de la I.E.

a) Planificar, organizar y administrar la captación de

recursos por venta de bienes y servicios prestados por

la I.E., en aplicación a la normatividad respectiva, con la finalidad de satisfacer las necesidades básicas y

prioritarias previstas en el PEI.

b) Formular el presupuesto de la I.E. y velar por la

correcta administración de todos los recursos

recaudados directamente. c) Autorizar el uso y alquiler de ambientes y/o equipos

de la I.E., de acuerdo a la normatividad vigente

asegurando la conservación del medio ambiente, de

las instalaciones y equipos y un tipo de utilización

que no distorsione los fines educativos. d) Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el

uso de sus fondos, de conformidad con lo establecido

en el Reglamento General de APAFA.

En lo Administrativo a) Aprobar por Resolución Directoral, los instrumentos

de Gestión de la I.E.

b) Supervisar y evaluar las actividades administrativas

en coordinación del personal directivo y jerárquico de

la I.E. c) Suscribir convenios y/o contratos con fines

educativos, desarrollando acciones de capacitación

y/o actualización para el personal docente y

administrativo. d) Vincular la oferta educativa con las demandas del

ámbito laboral y de la comunidad.

e) Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados

de matrícula y expedir certificados de estudio dentro

de lo normado, aprobar las nóminas de matrícula y actas de evaluación, rectificar nombres y apellidos de

los estudiantes de documentos oficiales, exonerar de

áreas (Educación Religiosa y Educación Física según

el caso), autorizar convalidaciones, pruebas de revalidación y de ubicación, según la legislación

vigente.

f) Presidir el comité de evaluación para el ingreso,

ascenso y permanencia del personal docente y

administrativo, que reúna los requisitos legales, en función de las plazas que correspondan a la I.E.

g) Estimular el buen desempeño del personal a su cargo,

estableciendo en la I.E. prácticas y estrategias de

reconocimiento público a las innovaciones educativas,

Page 16: Reglamento interno final nuevo 2015

así como a las experiencias exitosas en el ámbito

profesional y laboral. En caso del servidor con una

evaluación negativa, adoptar medidas correctivas

según lo dispuesto por las normas vigentes.

h) Otorgar licencias de acuerdo a la normatividad vigente proponiendo al Órgano Intermedio de Gestión, el

contrato de servidor reemplazante seleccionado por el

Comité de Evaluación por el tiempo que dure la

ausencia del titular. i) Informar de manera pública y transparente a la

comunidad educativa del manejo de recursos y bienes

de la I.E.

En las relaciones con la comunidad educativa

a) Coordinar con los padres de familia y el Órgano Intermedio del Ministerio de Educación asuntos de

interés común.

b) Prevenir y mediar en situaciones de conflicto, creando

condiciones que favorezcan relaciones humanas

positivas al interior de la comunidad educativa.

En relación a niños y adolescentes con necesidades

especiales, en centros educativos públicos.

a) Disponer de oficio la matrícula del menor abandonado

o en riesgo de abandono y coordinar acciones de ayuda con diversas instituciones.

b) Garantizar la integración del estudiante al centro

educativo público o privado y al aula con necesidades

educativas especiales.

Delegar funciones a los subdirectores y a otros

miembros de su comunidad educativa

Otras que se le asigne por norma específica del sector

Inciso 2. Del Subdirector Administrativo

Depende del director. Es miembro del CONEI. Son funciones

del Subdirector Administrativo:

a) Como miembro del CONEI participa en la aprobación de los

documentos de gestión PEI, PAT, PCI, REI, MOF. b) Programar, organizar, coordinar, supervisar la previsión de

los recursos que sean necesarios.

c) Efectuar el control diario de asistencia, puntualidad y

permanencia del personal e informar a la instancia correspondiente sobre las inasistencias injustificadas y

publicar la copia remitida a la UGEL.

d) Publicar por el lapso de dos (02) días (48) días las

inasistencias del personal, el primer día útil del mes

siguiente. e) Coordinar la labor de secretaría, trámite documentario y

archivo (publicaciones e informaciones) de esta área con el

visto bueno del Director.

Page 17: Reglamento interno final nuevo 2015

f) Administrar la documentación especialmente lo relacionado

con la matrícula y certificación de los estudiantes en

coordinación con la Subdirección de Formación General

(secundaria) y Subdirección de Primaria.

g) Administrar la plana física de la I.E. velando por su mantenimiento y conservación, así mismo de los

mobiliarios, responsabilizando por la pérdida de los bienes

al personal de servicio y/o guardianía del colegio.

h) Formular cada año el cuadro de necesidades de la I.E. atendiendo en forma oportuna el requerimiento de las

diferentes áreas.

i) Mantener actualizado el inventario general de los bienes de

la I.E., ingresando obligatoriamente los productos

adquiridos con los recursos directamente recaudados por la I.E., APAFA, así como por las donaciones por entes

gubernamentales, privados, etc. De este hecho remitirá

una copia a la dirección.

j) Distribuir racionalmente los materiales a las diferentes

áreas de la institución en forma oportuna. k) Promover capacitaciones y actualizaciones del personal

administrativo y garantizar la implementación de los

Manuales de Función.

l) Formular el Manual de Funciones para los servidores del área administrativa.

m) Brindar facilidades en actividades de promociones que se

realicen en la I.E.

n) Administrar y actualizar la biblioteca, los equipos y

materiales educativos en coordinación con la comisión designada.

o) Velar por el buen servicio de los concesionarios de los

quioscos escolares.

p) Informar periódicamente al Director sobre la situación del área administrativa.

q) Remitir a fin de año al Director, un informe sobre la gestión

realizada.

r) En caso de ausencia eventual, el Director designará al

personal que asuma sus funciones. s) Toma la representatividad de la dirección ante la ausencia

del Director.

Inciso 3. De la Subdirección de Formación General Depende del Director de la I.E. y coordina con los otros

Sudirectores sus funciones son:

a) Participar en la formulación del Plan Anual de Trabajo.

b) Organizar, planificar y controlar la matrícula, la

elaboración de actas y certificado, así como la relación y difusión estadística en forma trimestral y anual.

c) Establecer los horarios y turnos de trabajo del personal en

coordinación mutua.

Page 18: Reglamento interno final nuevo 2015

d) Planificar, organizar, supervisar y evaluar las actividades

técnico-pedagógicos.

e) Supervisar las actividades de orientación y bienestar del

educando y las de tutoría, debiendo realizarse una jornada

el término de cada trimestre. f) Orientar, supervisar y evaluar permanentemente las

funciones específicas del personal de su nivel.

g) Participar en las reuniones del comité de coordinación

interna. h) Asesorar al docente del área en la aplicación, manejo y

desarrollo de métodos, técnicas e instrumentos del proceso

enseñanza aprendizaje.

i) Supervisar la correcta aplicación del proceso de evaluación.

j) Convoca y dirige las reuniones técnico-pedagógicas para coordinar y evaluar el trabajo educativo.

k) Promueve, organiza y ejecuta eventos de capacitación y

actualización docente así como en la realización de

estudios de investigación para mejorar métodos y

materiales educativos. l) Supervisa, evalúa y controla las acciones educativas y el

proceso de enseñanza aprendizaje.

m) Representa por delegación al director.

n) Asesora al Director en lo referente al aspecto técnico de su nivel.

Inciso 4. De la Subdirección del Nivel Primaria

Depende del Director. Es responsable de la planificación,

organización, dirección, supervisión y control del desarrollo de la actividad educativa del nivel de educación primaria. Sus

funciones son:

a) Orientar, supervisar y evaluar permanentemente las

funciones del personal del nivel. b) Organizar, planificar y controlar la matrícula, la

elaboración de actas y certificados, así como la relación y

difusión estadística en forma trimestral y anual.

c) Convoca y dirige reuniones técnico-pedagógicas.

d) Promueve la preparación del material educativo. e) Elabora el horario de su personal.

f) Coordina con el director asuntos técnicos de su nivel.

g) Representa por delegación al director.

Inciso 5. De la Jefatura de Laboratorio

Docente con capacitación y/o experiencia en la

administración y uso del laboratorio, depende de la

Subdirección de Formación General. Sus funciones son: a) Programar, organizar, coordinar, supervisar y evaluar el

proceso de enseñanza en el laboratorio.

b) Organizar y administrar racionalmente el uso del ambiente,

equipos e insumos de laboratorio.

Page 19: Reglamento interno final nuevo 2015

c) Programar y controlar el uso del laboratorio para los

estudiantes de la I.E., teniendo al día el registro

correspondiente.

d) Promueve la vídeoteca especializada del laboratorio, así

como el desarrollo de métodos y técnicas de enseñanza-aprendizaje.

e) Formula y difunde normas e instrucciones sobre el

comportamiento de los estudiantes en el laboratorio y las

medidas preventivas y de seguridad. f) Presenta informe trimestral sobre el funcionamiento de

laboratorio.

g) Participa en la elaboración del Plan Anual de Trabajo, así

como en las reuniones de la I.E.

h) Otras funciones que le asigne el Subdirector de Formación General de acuerdo a su cargo.

Inciso 6. Del consejo Educativo Institucional CONEI

Es el órgano de participación, concertación y vigilancia

ciudadana de la I.E., que colabora con la promoción y ejercicio de su gestión eficaz, transparente, ética y

democrática, que promueve el respeto a los principios de

equidad, inclusión e interculturalidad en la institución. Es

presidido por el director y está conformado por los Subdirectores, representantes del personal docente y

administrativo, de los estudiantes, de los exalumnos y padres

de familia, pudiendo ser integrado por otros representantes de

situaciones de la comunidad local, por acuerdo del consejo.

Sus funciones son: a) Participar en la formulación del PEI.

b) Participar en el Comité de Evaluación para el ingreso,

ascenso y permanencia del personal administrativo de

nuestra institución, de acuerdo a la normatividad específica que emita el Ministerio de Educación.

c) Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los

estudiantes en la I.E.

d) Cautelar el incumplimiento de los derechos y principios de

universalidad, gratitud, equidad y calidad de la I.E. e) Vigilar el adecuado destino de los recursos de la I.E. y

aquellos que, de acuerdo con lo establecido en el

Reglamento General de APAFA, que estén comprometidos

con las actividades previstas en el PAT y las necesidades de la I.E.

f) Colaborar con el director en el cumplimiento de las horas

efectivas de aprendizaje, el número de semanas lectivas y

la jornada del personal docente y administrativo para

alcanzar el tiempo del aprendizaje requerido. g) Propiciar la solución de conflictos que se suscitan en esta,

priorizando soluciones concertadas frente a quejas o

denuncias que no implican delito.

Page 20: Reglamento interno final nuevo 2015

h) Opinar sobre los criterios de autoevaluación de la I.E. y los

indicadores de desempeño laboral.

Inciso 7. Del docente coordinador del aula de Innovación

Pedagógica-Tecnológica Educativa Son funciones del docente responsable del aula de Innovación

Pedagógica-Tecnológica Educativa:

a) Organizar y planificar las actividades del aula en mención.

b) Elaborar los documentos vinculados con el funcionamiento del A.I.T.E. (Plan de Trabajo Anual, Reglamento, Catálogo de

Recursos, Horarios entre otros)

c) Organizar actividades de capacitación para el

aprovechamiento pedagógico de las TIC.

d) Velar por la provisión y mantenimiento de los recursos educativos, equipamiento e infraestructura y por la

ambientación pedagógica del A.I.T.E.

e) Promover la participación de la comunidad educativa y la

comunidad local en el proceso de la integración de las TIC en

la I.E. f) Promover el aprovechamiento educativo de los recuso TIC, la

implementación de bibliotecas digitales y virtuales de la I.E.,

el desarrollo de materiales educativos por docentes y

estudiantes y el trabajo colaborativo en el plantel y con sus pares de otras I.E.

Inciso 8. De la defensoría del niño y del adolescente

Es un servicio al sistema de atención integral que funciona en

los gobiernos locales, en las instituciones públicas y privadas y en organizaciones de la sociedad civil, cuya finalidad es

promover y proteger los derechos de la legislación, reconoce a

los niños y adolescentes. Este servicio es de carácter gratuito.

Instancia Administrativa Esta Defensoría actuará en las instancias administrativas de

las instituciones públicas y privadas de atención a los niños y

adolescentes.

Integrantes

La Defensoría está integrada por profesionales de diferentes disciplinas de reconocida solvencia moral con el apoyo de

personas capacitadas para desempeñar las funciones propias

del servicio, quienes actuarán como promotores-defensores.

La Defensoría que no cuenta con profesionales podrá estar integrada por personas de la comunidad debidamente

capacitadas y acreditadas para el servicio de su función.

Funciones específicas

Son funciones de la Defensoría:

a) Conocer la situación de los niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas.

b) Intervenir cuando se encuentren amenazados o vulnerados

sus derechos para hacer prevalecer el principio de interés

superior.

Page 21: Reglamento interno final nuevo 2015

c) Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. Para ello

puede efectuar conciliaciones extrajudiciales entre cónyuges,

padres y familiares sobre alimentos, tenencias y régimen de

visitas, siempre y cuando no existan procesos judiciales sobre

esta materia. d) Fomentar el reconocimiento voluntario de la filiación.

e) Coordinar programas de atención en beneficio de los niños y

adolescentes que trabajan.

f) Brindar orientación multidisciplinaria a la familia para prevenir situaciones críticas, siempre que no existan procesos

judiciales.

g) Denunciar ante las autoridades competentes las faltas y

delitos cometidos en agravio de los niños y adolescentes.

Inciso 9. Del Personal Docente

Es el agente fundamental de la educación que contribuye

conjuntamente con la familia, la comunidad y el estado al

desarrollo integral del educando, depende del Subdirector y del

Director. Sus funciones son: a) Participar en la formulación, ejecución y evaluación del Plan

Anual de Trabajo y en las reuniones de coordinación

académica a la que son convocados.

b) Cumple sus funciones con dignidad y eficacia, lealtad a la constitución, a las leyes del estado y a los fines de la I.E.

c) Programar, desarrollar y evaluar el proceso de enseñanza

aprendizaje y las actividades curriculares inherentes a la

asignatura o grado a su cargo.

d) Orienta al estudiante respetando su libertad en el compromiso de sus derechos y deberes establecidos por la

Constitución, las leyes vigentes y los convenios

internacionales.

e) Preparar y emplear material didáctico, métodos y técnicas para el adecuado desarrollo del programa curricular del área

o grado a su cargo.

f) Elaborar y aplicar separatas, guías de práctica, asignaciones,

cuestionario, esquemas y otros fines del proceso enseñanza

aprendizaje de su especialidad. g) Integra comisiones de trabajo y participa de las acciones que

permitan el mejor logro de las actividades programadas.

h) Participa en el desarrollo cultural, cívico y patriótico de la

comunidad respetando sus valores éticos y sociales. i) Realiza acciones de recuperación pedagógica.

j) El docente de tuno debe cumplir con sus responsabilidades

durante la semana.

k) Participa de las actividades culturales, artísticas en

cumplimiento del Calendario Cívico Escolar y otras que contribuyan a la formación integral del estudiante,

incluyendo a los profesores de Educación Física.

Page 22: Reglamento interno final nuevo 2015

l) Coordina y mantiene comunicación permanente con los

padres de familia sobre asuntos relacionados con el

rendimiento académico y comportamiento de sus hijos.

m) Colabora en las acciones de mantenimiento y conservación

de la infraestructura y bienes de la I.E. n) Realizaciones de tutoría de los docentes a su cargo. Se

recomienda a los docentes tutores realizar actividades de fin

de año, culminando las clases lectivas.

o) Participa de las actividades culturales, artísticas en cumplimiento del Calendario Cívico Escolar y otras que

contribuyen a la formación integral del estudiante.

p) Coordina y mantiene comunicación permanente con los

padres de familia sobre asuntos relacionados con el

rendimiento académico y comportamiento de sus hijos. q) Colabora en las acciones de mantenimiento y conservación

de la infraestructura y bienes de la I.E.

r) Presenta al Coordinador o Subdirector de Formación

General, los instrumentos de evaluación y documentos

técnicos-pedagógicos referidos al desarrollo de su labor docente.

s) Coordina con el tutor sobre los problemas de conducta y

rendimiento académico.

t) Participa en acciones de investigación y experimentación de métodos y técnicas de trabajo, así como los eventos de

capacitación y actualización programadas y organizadas por

la I.E.

u) Los docentes ejercen la función de tutoría, que viene a ser

un servicio de acompañamiento permanente y orientación a los estudiantes para contribuir a su desarrollo afectivo,

cognitivo y al mejoramiento de su desempeño escolar.

Inciso 10. De los Auxiliares de Educación Son los responsables del control de asistencia y disciplina del

Estudiantado. Sus funciones son:

a) Promueve el cultivo de los valores de respeto y fraternal

relación con sus pares, docentes y autoridades.

b) Fomentar en el estudiantado el amor y respeto a los emblemas patrios.

c) Promover el fortalecimiento de la disciplina y el buen

comportamiento de los educandos en coordinación.

d) Fomentar hábitos de buenas costumbres, puntualidad, higiene y estudio entre los educandos, así como el correcto y

adecuado uso del uniforme escolar.

e) Atiende en primera instancia a los padres de familia

informando sobre asuntos relacionados con la conducta ,

disciplina y asistencia de sus menores hijos. f) Controla al estudiantado en caso de ausencia del profesor, en

las aulas funcionales donde permanecen.

g) Mantiene actualizado por grados y o secciones a su cargo el

registro de asistencia y justificaciones del educando.

Page 23: Reglamento interno final nuevo 2015

h) Colabora con la entrega y recojo de las libretas de nota,

citaciones, comunicados, directivas, etc.

i) Cuida en todo momento la integridad física y el bienestar de

los estudiantes.

j) Controlar que los alumnos, no estén fuera del salón en horas de clase y que no lleguen tarde al aula funcional .uncional

k) Efectúa rondas permanentes por los diferentes ambientes de

la institución educativa, velando por el estricto cumplimiento

de las normas disciplinarias. l) Realiza la formación del estudiantado en el patio durante las

los días de formación general y durante las actuaciones

cívicas.

m) Controla la asistencia del profesor en el aula e informa a la

Subdirección de formación general en caso de ausencia para su reemplazo.

Inciso 11. Del psicólogo

Sus funciones son :

a) Ayuda a buscar soluciones a los problemas tanto emocionales

como conductuales que surgen en los estudiantes.

b) Busca soluciones junto a la parte directiva y tutores sobre

problemas de disciplina, respeto y tolerancia entre el estudiantado.

c) Procura dar una formación permanente y colectiva (talleres,

diálogos) relacionados con la formación conductual a todos

los agentes educativos, incluyendo a los padres de familia.

d) Conduce la implementación de la orientación educativa a los padres de familia organizando las reuniones de escuela de

padres del nivel secundaria.

e) Coordina las acciones y planes de tutoría con los docentes

tutores del nivel secundario.

Inciso 12. De la Asistenta Social

Sus funciones son :

a) Realiza estudios de investigación de problemas socio

familiares del educando con el fin de orientar soluciones pertinentes y alcanzables.

b) Organiza y ejecuta el programa de Bienestar y Servicio Social

movilizando a la comunidad educativa en apoyo al

estudiantado y trabajadores de la institución educativa que lo necesiten.

c) Realiza un pre diagnostico social y aplica el tratamiento al

estudiantado que lo necesite de acuerdo a los recursos

disponibles.

d) Organiza el directorio familiar de los educandos para coordinar con los padres o apoderados en casos de

emergencia.

Page 24: Reglamento interno final nuevo 2015

e) Realiza visitas de emergencia a las casas de los educandos en

situación difícil para informar a los padres o apoderados y

luego informar a las autoridades educativas.

f) Realiza otras funciones inherentes a su cargo.

Inciso 13. Del Técnico Administrativo

Depende del Director y Subdirector Administrativo. Sus

funciones son :

a) Preparar la agenda y el despacho de la Dirección. b) Velar por la seguridad e integridad de los documentos

reservados y confidenciales.

c) Supervisar las acciones relacionadas con el movimiento de

tramite documentario, la matrícula, certificación, evaluación

y otros afines. d) Proyectar resoluciones y decretos sobre procedimientos que

se dan a nivel de la institución educativa.

e) Mantener actualizado el escalafón interno de la institución

educativa.

f) Ejecutar asientos diarios de compromisos contables. g) Recepcionar y registrar comprobantes de pago con visto

bueno del director.

h) Llevar ordenadamente el archivo de los documentos

sustenta torios de ingresos y egresos. i) Recaudar y hacer los empoces de los fondos por concepto de

ingresos propios o por producción.

j) Confrontar y chequear planillas de pagos , recibos, cheques,

comprobantes y otros documentos contables.

k) Preparar documentos contables para los balances correspondientes.

l) Otras que sean asignados por el Director según la necesidad

del servicio.

Inciso 14. Del Secretario Depende del Director y Subdirector administrativo. Sus

funciones son :

a) Recepcionar , clasificar, registrar, distribuir y archivar la

documentación que corresponde a la Dirección.

b) Redactar, revisar y preparar la documentación para la firma del director.

c) Mantener en reserva, orden y bajo extrema seguridad la

documentación confidencial y oficial de la institución

educativa. d) Velar por el mantenimiento, seguridad y conservación de

los documentos a su cargo.

e) Realizar el control y seguimiento del trámite de la

correspondencia de la institución educativa.

f) Otros que le asigne el director según la necesidad del servicio.

Inciso 15 De la Oficinista

Page 25: Reglamento interno final nuevo 2015

Depende del Director y Subdirector administrativo. Sus

funciones son :

a) Elaborar certificados y constancias de estudio, asi como el

de comportamiento.

b) Registrar y llevar el control de los estudiantes que no han ratificado su matrícula y de los estudiantes retirados por

diversos motivos.

c) Elaborar las actas promocionales, de recuperación y de

subsanación para proporcionar a los docentes. d) Registrar las notas de las actas promocionales, de

recuperación y de subsanación en la ficha única de

matrícula.

e) Velar por el orden y la conservación de los archivos de las

actas de registro de notas, nóminas, fichas de matrícula y otros documentos que estén a su cargo.

f) Elaborar trimestralmente los cuadros de méritos por grados

para ser publicados en un lugar visible.

g) Informar por escrito a la dirección de la institución

educativa sobre los errores detectados en los registros, actas, nóminas y fichas de evaluación para su rectificación

y acciones correctivas.

h) Otras que le asigne el Director según la necesidad del

servicio. Inciso 16 Del Auxiliar de Biblioteca

Depende del director y subdirector administrativo. Sus

funciones son:

a) Formular, ejecutar, y controlar el plan de trabajo de la

biblioteca. b) Elaborar y actualizar permanentemente el inventario de

bienes de la biblioteca.

c) Confeccionar fichas bibliográficas, catálogos, y ordenar los

libros, revistas, folletos, etc. De acuerdo a las codificaciones establecidas.

d) Orienta a los lectores en el uso adecuado del material

bibliográfico, libros y otros documentos promoviendo su

uso y conservación.

e) Hacer cumplir las normas de uso, préstamo del material de lectura.

f) Entregar material bibliográfico a los interesados, previa

presentación de su carne u otro documento de indentidad,

para su control y garantizar la devolución. g) Mantener actualizado el material bibliográfico depurado o

en desuso.

h) Recomendar a los usuarios el comportamiento en la sala de

lectura asi como el trato adecuado de los documentos de

consulta. i) Velar por el mantenimiento y conservación del material

bibliográfico( empastes, encuadernación, etc.).

j) Promover campañas para el incremento del material

bibliográfico y del banco del libro.

Page 26: Reglamento interno final nuevo 2015

k) Elabora un horario para la aplicación del Plan lector.

l) Propicia acciones que incentiven el enriquecimiento de la

biblioteca.

m) Canaliza a través de la dirección los requerimientos para el

apoyo de la asociación de padres de familia en la implementación de la biblioteca.

n) Otras funciones que le asigne el director de acuerdo a la

necesidad del servicio.

Inciso 17 Del auxiliar de Laboratorio Es el responsable de la conservación, mantenimiento y

seguridad del laboratorio, depende del jefe de laboratorio y del

subdirector administrativo. Sus funciones son :

a) Colabora en la organización e inventario de los equipos y

materiales del laboratorio. b) Proporciona y distribuye oportunamente los materiales

para las prácticas de acuerdo a lo solicitado.

c) Limpia y esteriliza según sea el caso, materiales e

instrumentos y ambientes del laboratorio.

d) Participa en el plan anual de trabajo y cronograma de prácticas del laboratorio.

e) Lleva al día el registro de prácticas de laboratorio.

f) Elabora el cuadro de requerimiento de materiales,

instrumentos e insumos que se requieren en el laboratorio. g) Apoya en las prácticas con la preparación de muestras,

registro de análisis y otros afines.

h) Otros que se designe de acuerdo a la naturaleza de sus

funciones.

Inciso 18 Del Personal de Servicio II Depende del director y subdirector administrativo. Sus

acciones permanentes son:

a) Realiza el mantenimiento y reparación, conservación y

limpieza de los ambientes, aulas, servicios higiénicos, patios, techos, ventanas, puertas y mobiliario en general

de la I.E., de acuerdo a la racionalización y distribución del

trabajo.

b) Realiza labores de conserjería.

c) Realiza labores de seguridad, vigilancia y portería de la i.e. d) Controla el ingreso y salida del estudiantado de acuerdo al

horario establecidos con el apoyo de los auxiliares de

educación en horas de clases portando la autorización

correspondiente. e) Controla que los muebles y enseres que salen de la i.e.

cuenten con la respectiva autorización de la dirección.

f) Elabora los informes de las ocurrencias durante su jornada

de trabajo presentándolo a la subdirección administrativa

y archiva la copia de la misma. g) Vela por la seguridad, conservación y mantenimiento del

material, herramientas y o implementos de trabajo a su

cargo.

h) Realiza el traslado de muebles y enseres.

Page 27: Reglamento interno final nuevo 2015

i) Es responsable de la perdida de bienes, útiles y enseres de

la i.e. ocurridos dentro del turno que cumpla.

j) Contribuye y participa en la organización del inventario de

útiles, enseres y bienes de la i.e. los mismos que deben

estar bajo su control en el turno que cumpla. k) Realiza otras funciones afines a su cargo que le asigne el

director o subdirector administrativo.

Inciso 19 Del Personal de Servicio III

Depende del director y subdirector administrativo. Sus acciones permanentes son:

a) Realiza el mantenimiento y reparación, conservación y

limpieza de los ambientes, aulas, servicios higiénicos,

patios, techos, ventanas, puertas y mobiliario en general

de la i.e., de acuerdo a la racionalización y distribución del trabajo.

b) Realiza custodia a través de rondas permanentes de los

ambientes de todo el local escolar durante su jornada de

trabajo.

c) Los que tuviesen vivienda dentro del local institucional serán responsables por la seguridad de los bienes y

enseres así como de la infraestructura los días sábados ,

domingos y feriados.

d) Cumplir con los turnos programados, registrando las incidencias y casos en el cuaderno de de registros,

comunicando en forma inmediata a la dirección o

subdirección administrativa.

e) Realiza otras funciones afines a su cargo que le asigne el

director o subdirector administrativo.

TITULO IV DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y ACADEMICA

CAPÍTULO IV DE LO ACADEMICO

ARTICULO Nº

12. Planificación y Gestión 13. Programación

14. Calendarización

15. Periodos vacacionales

16. Supervisión educativa

1.-Concepto 2.- De los Asesores

3.- De las acciones y sus fases

Artículo 12º De la Planificación y Gestión

Los Proyectos de Planificación son los instrumentos que

fijan las metas para el logro de aprendizajes exitosos , que

Page 28: Reglamento interno final nuevo 2015

serán alcanzadas en corto, mediano y largo plazo por la

institución educativa

En su elaboración debe considerarse que :

- El Director es el responsable directo de la coordinación

general en el proceso de la elaboración y quien en coordinación con los Sub-Directores Pedagógicos, las

comisiones de docentes y el CONEI los aprueba mediante

decreto.

Comprende: - Proyecto de Educativo Institucional (PEI) :

- Plan de trabajo anual ( PATMA)

- Proyecto Curricular ( PCI)

- Reglamento Interno ( RI)

Artículo 13o De la Programación Y Diversificación curriculares Las Programaciones curriculares se elaboran en armonía

con los Planes y programas emitidos por el Ministerio de

Educación, se realizan desde el mes de diciembre del año

anterior en equipos de trabajo docentes por áreas

curriculares, a fin de propiciar una correcta retro-alimentación de las acciones a mejorar en el año inmediato.

En función al tiempo, duración o intensidad de la

programación, el docente dosificará su trabajo en :

- Programación CURRICULAR ANUAL - Programación de mediano plazos como Unidad de

aprendizaje, Proyecto de aprendizaje, Módulos de

aprendizaje.

- Programación didácticas de RUTAS DE APRENDIZAJE

- Programación de las SESIONES DE APRENDIZAJES

Articulo 14o De La Calendarización

El año lectivo se inicia en la Primera semana del mes de

Marzo y termina la Cuarta semana del mes de diciembre.

CALENDARIZACIÓN 2015

INICIO

1 DE MARZO

TERMINO

22 DE DICIEMBRE

MESES INICIO TÉRMINO DIAS SEMANAS

Marzo 1 31 20 4

Abril 2 30 21 4

Mayo 2 31 22 4

Junio 1 30 20 4

Julio 2 27 20 4

Agosto 6 31 20 4

Septiembre 3 28 20 4

Octubre 1 31 23 4

Noviembre 5 30 20 4

Diciembre 3 21 15 3

VACACIONES

Page 29: Reglamento interno final nuevo 2015

1º Del 28 de Mayo Al 1 de Junio

2º Del 30 de Julio Al 3 de Agosto

3º Del 29 de Octubre Al 2 de Noviembre

TRIMESTRES

Afianzamiento Del 1 de Marzo Al 30 de Marzo

I Del 2 de Abril Al 26 de Mayo

II Del 4de Junio Al 27 de Julio

III Del 6 de Agosto Al 29 de Septiembre

Artículo 15o DEL PERIODO DE VACACIONES

El periodo vacacional que corresponde al personal que labora

en la institución educativa es como sigue:

Los profesores del área de la docencia tienen derecho a sesenta días anuales al termino del año escolar.

El director y los subdirectores tienen derecho a

treinta días anuales ( D.S. 199-ED,art. 47)

Los auxiliares de educación tienen sesenta días de

vacaciones anuales al termino del año escolar, antes del inicio del periodo vacacional están obligados a

concluir y entregar la documentación inherente a sus

funciones ( art. 22- D.S. 19-90-ED)

El personal administrativo, profesionales de la salud, técnicos y auxiliares administrativos tienen derecho a

vacaciones anuales y remuneradas establecidas en la

ley 276 y su reglamento.

La dirección de la I.E. aprobara en el mes de

noviembre de cada año el rol de vacaciones para el año siguiente.

No procede el derecho de vacaciones si el servidor ha

dejado de concurrir treinta días ( 30) de sus labores

al finalizar cada año de servicio, salvo por enfermedad comprobada. Las ausencias e

inasistencias serán descontadas del periodo

vacacional siempre y cuando el servidor lo solicite.

Al vencimiento del periodo vacacional es necesario la

reincorporación del trabajador. No procederá la licencia por motivos particulares, salvo que estén

debidamente justificadas y acreditadas.

Artículo 16o DE LA SUPERVISION Inciso 1.-Concepto

La supervisión entendida como acompañamiento y

monitoreo está destinada a asegurar un efectivo Servicio

Educativo, es decir, apoyar al docente y fortalecer sus

competencias pedagógicas en bien de los aprendizajes del educando.

El Director es el supervisor por excelencia, responsable del

Cumplimiento efectivo del servicio educativo.

Page 30: Reglamento interno final nuevo 2015

Inciso 2.- Los Subdirectores pedagógicos

Ejercerán la supervisión técnico pedagógica de Primaria y

Secundaria a su cargo, en tal sentido deberán elaborar un

Plan General de supervisión y planes específicos de

supervisión. Inciso 3.-Las acciones de supervisión

La supervisión se realizarán en forma permanente

teniendo en cuenta las siguientes fases:

- 1ra fase de Capacitación e implementación en la primera semana de Marzo.

- 2da fase de acompañamiento y monitoreo que se realizará en

todos los trimestres y quehaceres educativos

- 3ra fase de Análisis y reajustes educativos que se realizará

en al término de cada semestre en las jornadas pedagógicas planificadas por la calendarización.

- 4ta Fase de Consolidación de resultados que se realizará en

diciembre y concluirá con el informe de fin de año.

CAPITULO V DE LO ADMINISTRATIVO ARTICULO Nº

17. Régimen interno

18. Régimen económico

19. Régimen de seguridad social de los trabajadores

Articulo 17º Del Régimen Interno ( JORNADA DE TRABAJO Y

HORARIOS)

La jornada de trabajo se realizará :

- El director, los Subdirectores tendrán una permanencia de 40 horas cronológicas semanales distribuida en los

turnos de funcionamiento de la institución.

- La Jefatura de Laboratorio tendrán una permanencia de

40 horas pedagógicas semanales distribuida en los turnos de funcionamiento de la institución.

- Los profesores cumplen su jornada de la manera siguiente:

NIVEL PRIMARIA : 30 horas pedagógicas

NIVEL SECUNDARIA: 24 horas pedagógicas

que pueden extenderse hasta un máximo de 30 horas conforme al Reglamento de la Ley de

Reforma Magisterial.

- El personal de administración y de servicio cumplirán una

jornada de 7 horas y 45 minutos cronológicas diarias durante los meses de enero a diciembre y de lunes a

viernes. Además se considerara el tiempo necesario para el

refrigerio ( D.L. N° 800-95-PCM).

- Los Horarios de clase serán elaborados por los Asesores en

el mes de Febrero, dando prioridad a las necesidades e intereses del educando y teniendo en cuenta

- Los auxiliares de educación cumplen una jornada laboral

de lunes a viernes de seis 6 horas cronológicas debiendo

ingresar 25 minutos antes y después de la hora de ingreso

Page 31: Reglamento interno final nuevo 2015

y salida correspondiente. Tienen vacaciones de sesenta (60)

días anuales al termino de cada año escolar.

- Los profesionales de la salud cumplieran la jornada laboral

de 36 horas cronológicas semanal mensual siendo de 7,12

horas diarias de lunes a viernes, sin incluir refrigerio. - Los horarios de ingreso y salida de los estudiantes son

como se indica:

- del Nivel Primaria :

Turno mañana : de 7,50 a.m. a 12,55 p.m. Turno Tarde : de 12,55 p.m. a 06,00 p.m.

Del nivel Secundaria :

Turno mañana : de 7,30 a.m. a 01,00 p.m.

Turno Tarde : de 01,00 p.m. a 06,35 p.m.

El horario de de atención a los padres de familia es como sigue:

PRIMARIA : conforme a la disposición de la Dirección

y Subdirección del nivel.

SECUNDARIA : conforme a la disponibilidad del

docente tutor y de área según su carga horaria que será publicada.

El horario de atención del personal administrativo al publico usuario

será dentro del horario de oficina de las entidades publicas.

Articulo 18º Del Régimen Económico Inciso 1.- los ingresos financiados por el estado

Son ingresos generados por el Ministerio de Educación con la

finalidad de realizar reparaciones y preparar la i.e. para un

buen desarrollo educativo.

Inciso 2.- los ingresos autogenerados Son ingresos generados por los pagos de documentos

internos como certificados de estudios y alquileres de local

para fotocopias, asi como las donaciones que aportan los

kioskos administrados por la APAFA.

Articulo 19º Del Régimen De Seguridad Social De Los

Trabajadores

Dada la modalidad de ser sector Publico, el empleador ( UGEL

01 Y MINEDU) esta obligado a otorgar los beneficios de la Seguridad Social del Trabajador, según los porcentaje y

dispositivos de Ley.

TITULO V

DEL PROCESO DE MATRICULA, EVALUACIÓN ,

PROMOCION, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN

CAPITULO VI MATRICULA

ARTICULO Nº

20. Responsables

21. Requisitos generales

Page 32: Reglamento interno final nuevo 2015

22. Requisitos específicos

23. Excepciones

24. Traslados

Artículo 20o De la responsabilidad El responsable del proceso de matrícula y ratificación de la

misma es el Director en estrecha coordinación con los Sub-

Directores Administrativos y Pedagógicos de Primaria y

Secundaria . La matrícula para los ingresantes esta sujeta a las normas

legales vigentes.

El proceso de matrícula es gratuito y se realiza dentro del

siguiente cronograma :

Para los ingresantes al primer grado de primaria y secundaria .

Del 16 al 30 de diciembre entrega de vacantes

Del 02 de enero al 31 de marzo : matrícula

Para los otros grados de Primaria y Secundaria la

matrícula es automática y solo se actualizan los datos del estudiante.

La matricula de los estudiantes de primaria y

secundaria no debe estar condicionado a algún tipo

de pago a la APAFA u otro concepto. Artículo 21o Requisitos generales de matrícula:

- Certificado de estudios oficiales

- Ficha única de matrícula

- Presencia del padre y/o apoderado

- Acreditación satisfactoria de desempeño y disciplina dela I.E. de donde proviene.

Artículo 22o Requisitos específicos

Los niveles de matrícula, además de los solicitado en el rubro

anterior. Nivel Primario

Contar con 6 años cumplidos al mes de Junio, caso

contrario el informe de la Evaluación Psicopedagógica

que valida su inscripción en el nivel.

. Nivel Secundario

- Contar hasta con menos de 12 años de edad al

ingresar a 1ro grado de secundaria.

- Presentación de los certificados oficiales de estudios sin adeudar ningún curso

- Presentación del certificado de estudios de Primaria

sin adeudar ningún cursos de recuperación.

Artículo 23º Del retiro y traslado

Los traslados sólo proceden hasta el III Trimestre académico.

Son requisitos para el traslado:

-Solicitud de petición de las partes.

- Constancia de vacancia.

Page 33: Reglamento interno final nuevo 2015

Al finalizar el año lectivo, y concluir satisfactoria se

entregará un certificado de estudios de acuerdo a su

Nivel

Artículo 24º Para Traslados al Nivel:

Ficha de matrícula de colegio que viene

Certificado de oficial de estudios.

Haber aprobado los cursos de recuperación

Opcional a falta de los anterior su libreta de notas ,

dándosele un plazo de 30 días calendarios para regularizar su situación

CAPITULO VII DE EVALUACIÓN

ARTICULO Nº 25. Planificación

26. Medios y materiales

Articulo 25º La evaluación del educando es permanente, integral, flexible y debe conducir al mejoramiento del alumno y no a

su repitencia. Tiene como resultado la toma de decisiones

respecto a sus medios didácticos y la atención a la

problemática familiar social que afecte el aprendizaje del educando.

Los docentes organizarán el proceso de la enseñanza

aprendizaje de tal manera de que este se realice con una

evaluación permanente y su retro-alimentación favorezca al

avance del educando a través de una enseñanza personalizada e individualizada

Inciso 1.-Esta es cualitativa y en algunos casos que considere el

docente será vigésimal y se consignará por su equivalente

en letras . La evaluación del aprendizaje en cada nivel se realizará de acuerdo a las normas vigentes y la guía de

evaluación del educando en las partes y contenidos que no

hayan sido modificados.

Las evaluaciones correspondientes a los exámenes

mensuales y trimestrales se desarrollaran de acuerdo al cronograma establecido en el Proyecto de actividades

anual.

Artículo 26o Los Medios E Instrumentos

Estos se aplicarán debiendo reflejar en cada educando la objetividad y la situación real del nivel de aprendizaje

logrado en cada periodo

Se aplicará con carácter experimental el sistema de

exposición de trabajos de investigación con los

correspondientes pasos aplicados en este procedimiento Para tal efecto los profesores llevarán como material de

trabajo en el área de evaluación:

- Registro Oficial de evaluación

- Registro auxiliar de evaluación

Page 34: Reglamento interno final nuevo 2015

- Banco de pruebas del Nivel y aula

- Pruebas de entrada y salida

- Esquema de tabulación de las pruebas triimestrales

- Ficha anecdotario por alumno

CAPITULO VIII DE LA PROMOCION Y REPITENCIA

ARTICULO Nº

27 Promoción

1.- Primaria 2.- Secundaria

28 Repitencia

1.- Primaria

2.- Secundaria

Articulo Nº 27 Promoción Al Grado Superior

Inciso 1.- Primaria

- Los estudiantes del 1er grado son promovidos

automáticamente - Cuando los alumnos obtienen A en todas las áreas

curriculares incluidas las áreas y talleres

- Los estudiantes del 2, 3 y 4to grado que obtienen A en las

áreas curriculares básicas y como mínimo B en las otras áreas y talleres

- Los alumnos de 5to y 6to deberán obtener como mínimo A

en las áreas básicas y y como mínimo B en las otras áreas y

talleres

Inciso 2.- Secundaria - Cuando al término del año escolar aprueban todas las áreas

curriculares y de talleres, además las áreas pendientes de

subsanación

- Cuando al término del PRA o la evaluación de Recuperación , aprueban como todas las áreas o como desaprueban mínimo

un área.

Articulo Nº 28 Repitencia

Inciso 1.- Primaria

- Repiten de grado automáticamente de los alumnos desde el 2do grado obtienen C en dos áreas curriculares tales de

Comunicación y Lógico Matemática

Inciso 2.- Secundaria

- Cuando al término del año escolar , desaprueben cuatro o más áreas curriculares incluidas los talleres y áreas

pendientes de subsanación

- Cuando al término del PRA desaprueban dos a más áreas

curriculares.

CAPITULO IX DE LA CERTIFICACIÓN

ARTICULO Nº

29. Del nivel

Page 35: Reglamento interno final nuevo 2015

30. De los Talleres

Articulo Nº 29 Del Nivel

- En los Niveles de Primaria y Secunaria se expedirán

certificados de estudios correspondientes a cada año y grado

- Los certificados de estudios se expediran de acuerdo a los

calificativos que aparecen en las actas oficiales de cada grado de estudios

Articulo Nº 30 De los Talleres

La diploma sobre una especialidad ocupacional en educación

secundaria se expedirá de acuerdo con los dispuesto en el Art. 80 del Reglamento de EBR y el inciso 1.7. de las Orientaciones

de EBR técnico productiva.

TITULO VI REGISTRO ESCALAFONARIO

CAPITULO X ORGANIZACION ARTICULO Nº

31.-Organización del escalafón Docente y

administrativo

32.-Su uso y obligatoriedad de su registro

Articulo Nº 31 Organización

El escalafón del profesorado esta constituido por un conjunto

de niveles y cargos magisteriales y la ubicación del profesorado en el escalafón es determinado por los requisitos

establecidos para cada nivel o escala magisterial

Inciso 1.-Docente

En el área de la docencia esta constituido por Niveles desde el

1er nivel al octavo nivel con un tiempo mínimo al inicio de 3 años conforme ley de Reforma Magisterial.

Inciso 2.- Administrativo

En el área administrativo se inicia en el 3er nivel y concluye

en el 5to nivel. Se ingresa por desplazamiento horizontal Articulo Nº32 Uso y obligatoriedad

Este es administrado por la oficina de la Dirección

administrativa de la Institución Educativa e informada al

Oficina de Personal de la UGEL e informada en forma anual .

Todo personal tiene el derecho y la obligación de hacer uso del mismo por ley.

Page 36: Reglamento interno final nuevo 2015

TITULO VII DE LOS DERECHOS -DEBERES -OBLIGACIONES-FALTAS-

ESTIMULOS -FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y

ADMINISTRATIVO

CAPITULO XI DE LOS DERECHOS ARTICULO Nº

33. Concepto

34. Reglamentación

CAPITULO XII DE LOS DEBERES ARTICULO Nº

35. Concepto

36. Reglamentación

CAPITULO XIII DE LOS ESTÍMULOS

ARTICULO Nº 37. Concepto

38. Reglamentación

CAPITULO XIV DE LAS SANCIONES

ARTICULO Nº 39. Concepto

40. Reglamentación

CAPITULO XV DE LOS DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO

ARTICULO Nº

41. Concepto

42. Reglamentación Artículo 41º Derechos .- Concepto

El presente reglamento reconoce los derechos del docente

consagrados en la Ley de Reforma Magisterial 29944 y al

Decreto Supremo N° 004-2013-ED, que aprueba el

Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, modificado por el Decreto Supremo N° 002-

2014-MINEDU.

Articulo 42º Reglamentación de los Derechos

a) Desarrollarse profesionalmente en el marco de la LRM y sobre la base de la meritocracia sin ningún tipo de

discriminación

b) Percibir una remuneración íntegra mensual

correspondiente a su escala magisterial. c) Recibir asignaciones e incentivos monetarios y no

monetarios.

d) Estabilidad laboral sujeta a las condiciones que establece

la presente ley.

e) Ser evaluado transparentemente conocer sus resultados, solicitar su revisión y tener acceso a su información

registrada en el escalafón.

Page 37: Reglamento interno final nuevo 2015

f) Autonomía profesional en el cumplimiento delas tareas

pedagógicas que le compete.

g) Beneficios del programa de formación y capacitación

permanente y de otros de carácter cultural y social

fomentado por el estado. h) Licencias, permisos, destaques, reasignaciones y

permutas.

i) Vacaciones

j) Seguridad social de acuerdo a ley. k) Libre asociación y sindicalización

l) Reconocimiento de oficio de acuerdo a su tiempo de

servicios.

m) Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpidas

por motivos de representación política y sindical, según el caso.

n) Condiciones de trabajo que garanticen la calidad en el

proceso enseñanza aprendizaje.

o) Reingresar al servicio si no hubiera alcanzado la edad

jubilatoria y no exista impedimento legal. p) Reconocimiento de sus meritos en la labor educativa

q) Percibir subsidio por luto y sepelio

r) Percibir una compensación por tiempo de servicios.

Son derechos del Auxiliar de Educación:

a) Percibir oportunamente la remuneración mensual que le

corresponde.

b) Recibir las asignaciones, incentivos y demás beneficios que

correspondan de acuerdo a ley. c) Estabilidad laboral sujeta a las condiciones que establece el

presente reglamento.

d) Gozar de licencias, permisos, destaques, reasignaciones y

permutas. e) Vacaciones.

f) Seguridad social de acuerdo a Ley.

g) Libre asociación y sindicalización.

h) Reconocimiento de su tiempo de servicios efectivos para el

otorgamiento de beneficios sociales. i) Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpido por

motivos de representación política y sindical, según sea el caso.

j) Condiciones de trabajo que garanticen un eficiente

cumplimiento de sus funciones dentro de los alcances de la presente norma.

k) Reconocimiento por parte del Estado, la comunidad y los

padres de familia de sus acciones sobresalientes en el ejercicio de

su función

Articulo 38º DERECHOS DEL SERVIDOR ADMINSITRATIVO

Page 38: Reglamento interno final nuevo 2015

a) El servidor tiene derecho a desarrollarse en la carrera

administrativa en base a su calificación laboral, no siendo

objeto de discriminación alguna.

b) Los servidores gozan de estabilidad laboral dentro de la

administración. Solo pueden ser destituidos por causas previstas en la Ley y previo proceso administrativo.

c) Percibir las remuneraciones que corresponden a su nivel.

d) Gozar de vacaciones .

e) Hacer uso de licencias o permisos por causas justificadas. f) Acumular a su tiempo de servicios hasta cuatro años de

estudios universitarios a los profesionales con titulo

reconocido por la ley universitaria después de 15 años

efectivos.

g) Hacer uso de la huelga en la forma que la ley determine. h) Los demás que señalan las leyes o el reglamento. Los

derechos reconocidos por la ley a los servidores

administrativos son irrenunciables, toda estipulación en

contra es nula.

CAPITULO XII DE LOS DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE Y

ADMINISTRATIVO

ARTICULO Nº

39. Concepto 40. Reglamentación

Artículo 39º Deberes.- Concepto

Los docentes tienen deberes inherentes a su cargo,

enumeradas en el presente reglamento, así como las disposiciones legales vigentes

Artículo 40º Reglamentación de los deberes

a) Conocer y cumplir el presente reglamento

b) Cumplir en forma eficaz el proceso de los aprendizajes de los estudiantes, realizando con responsabilidad y

efectividad los procesos pedagógicos, las actividades

curriculares y las actividades de gestión de la función

docente, en sus etapas de planificación, trabajo en aula y

evaluación. c) Orientar al educando con respeto a su libertad,

autonomía, identidad, creatividad y participación. Evaluar

permanentemente este proceso y proponer las acciones

correspondientes para asegurar los mejores resultados. d) Respetar los derechos de los estudiantes asi como de los

padres de familia.

e) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el

calendario escolar y el horario de trabajo.

f) Aportar en la formulación de los documentos de gestión institucional asumiendo con responsabilidad las tareas que

les competen.

Page 39: Reglamento interno final nuevo 2015

g) Ejercer la docencia en armonía con los

comportamientos cívicos uy éticos sin realizar ningún tipo

de discriminación.

h) Conocer, valorar y respetar las culturas locales y

las lenguas originarias de los educandos y padres de familia.

i) Informar a los padres de familia sobre el

desempeño escolar de sus hijos y dialogar con ellos sobre

los objetivos educativos y la estrategia pedagógica estimulando su compromiso con el proceso de aprendizaje.

j) Cuidar, hacer uso optimo y rendir cuentas de los

bienes a su cargo que pertenezcan a la i.e.

k) Asegurar que sus actividades profesionales se

fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los derechos humanos, la constitución política del Perú, la

solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de

paz y democrática.

l) Contribuir al trabajo en equipo de los docentes

de la i.e. y de las instancias de gestión educativa descentralizada.

m) Participar en los sistemas tutoriales que

desarrolle la i.e.

Son deberes de los Auxiliares de Educación:

a) Respetar los derechos de los estudiantes, así como de los

padres de familia.

b) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo.

c) Ejercer su función en armonía con los comportamientos

éticos y cívicos, sin realizar ningún tipo de discriminación

por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole.

d) Contribuir con la afirmación y desarrollo cultural y

ciudadano de los miembros de la institución educativa de

la comunidad local y regional.

e) Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuenta de los bienes de la institución educativa a su cargo.

f) Asegurar que sus actividades se fundamenten en el

respeto mutuo, la práctica de los derechos humanos, la

Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y democracia.

g) Cumplir con los principios, deberes y prohibiciones del

Código de Ética de la Función Pública.

h) Otros que se desprendan de la presente norma.

Artículo 41º De las Obligaciones del personal administrativo

a) Los servidores conducirán con honestidad, respeto al

publico, disciplina y eficiencia en el desempeño de los

Page 40: Reglamento interno final nuevo 2015

cargos asignados así como con decoro y honradez en su

vida social.

b) Cumplir con puntualidad y responsabilidad el horario

establecido

c) Actuar con corrección y justicia, cautelando la seguridad de los bienes de la i.e. que tenga bajo su

responsabilidad.

d) No deben supeditar sus intereses particulares a las

condiciones de trabajo y a las prioridades por la autoridad competente en relación a las necesidades de la colectividad.

e) Todo aquel que conozca la comisión de un acto delictivo

en su i.e. o en circunstancias relacionadas directamente

con el ejercicio de su función tiene la obligación de

informar oportunamente a la dirección de la i.e.

CAPITULO XIII DE LOS ESTÍMULOS

ARTICULO Nº

42. Concepto

43. Reglamentación

Artículo 42º Estímulos Concepto..

La ley 29944 de Reforma Magisterial consideracomo

derecho de los docentes el reconocimientos por parte del ministerio de educación , los gobiernos regionales y

locales de los meritos y acciones sobresalientes en la

labor educativa.

Artículo 43º Reglamentación

a) Mención honorifica con el otorgamiento de las palmas magisteriales.

b) Agradecimientos, felicitaciones y condecoraciones mediante

resolución directoral, regional, ministerial o suprema.

c) Viajes de estudios, becas y pasantías al interior del país o al exterior.

d) Otras acciones que determine la autoridad competente.

e) El otorgamiento de estímulos o incentivos para los

servidores administrativos de la i.e. están plasmados en el

Reglamento de la ley de carrera administrativa D.S.N° 005-90-PCM.

f) Reconocimiento de acciones extraordinarias en

cumplimiento de sus funciones desempeñadas a saber:

- Agradecimiento y felicitación escrita. - Diploma y medalla al mérito

- La orden del servicio civil en sus siete grados.

g) Becas y préstamos por estudios

h) Compensación horaria de descanso por trabajos realizados

en exceso a la jornada laboral, siempre y cuando no pudiera ser remunerado.

i) Otorgamiento de un día de descanso por onomástico del

servidor y otros que pudiera establecerse por normas

expresas.

Page 41: Reglamento interno final nuevo 2015

CAPITULO XIV DE LAS FALTAS Y SANCIONES

ARTICULO Nº

44. Concepto

45. Reglamentación

Articulo 44º Sanciones.- Concepto

Se consideran faltas a todas aquellas que incumplan al

mandato de las normas y dispositivos legales:

a) El incumplimiento a las normas del presente reglamento

b) El descuido de los deberes de función

c) El uso de sus funciones para presiones no legales con

fines de lucro

d) Las inasistencias injustificadas máximo de tres e) Cometer actos que atenten contra la moral y las

buenas costumbres.

f) La acumulación de tres tardanzas ameritará el

descuento de un día laboral.

g) El retirarse fuera del horario establecido y acordado h) En la ficha escalafonaria del personal, se anotarán

tanto los méritos como las faltas de los profesores y

del personal administrativo del sector

Articulo 45º Reglamentación Los profesores en caso de incumplimiento de los deberes

obligaciones debidamente comprobados, son pasibles de las

siguientes sanciones SEGÚN LA LEY 29944:

a) Amonestación escrita

b) Suspensión en el cargo hasta por treinta (30) días sin goce de remuneraciones.

c) Cese temporal en el cargo sin goce de remuneraciones

desde treinta (30) días hasta 12 meses.

d) Suspensión en el ejercicio de sus funciones. e) Separación definitiva del servicio.

El personal administrativo y de servicio que incumplan las

obligaciones comete faltas disciplinarias señaladas enlos art.

26,27 y 28 de la ley de bases y del art. 150 al 175 del reglamento D.S. 005-90-PCM.

a) Amonestación escrita o verbal

b) Suspensión en el cargo hasta por treinta (30) días sin goce

de remuneraciones. c) Cese temporal en el cargo sin goce de remuneraciones

hasta 12 meses.

d) Destitución

El reglamento de control de asistencia y permanencia del personal del ministerio de educación R.M. 0571-94-ED

señala como falta las siguientes acciones:

a) Las tardanzas e inasistencias injustificadas.

b) Abandonar el puesto de trabajo sin justificación.

Page 42: Reglamento interno final nuevo 2015

c) Registrar y o firmar indebidamente la tarjeta de control o

parte diario de asistencia

d) Alterar, retirar o sustraer la tarjeta de control propia o

ajena o el parte diario de asistencia.

Además para ejecutar las siguientes sanciones se tomaran

los criterios que se enumeran a continuación:

1.- Por cinco tardanzas o más al mes:

a) Primera vez: amonestación escrita del director de la i.e.

b) Primera reincidencia: descuento de sus

remuneraciones por el equivalente de dos (2) dias

c) Segunda reincidencia: suspensión sin goce de

remuneraciones hasta por diez días (10) d) Las subsiguientes reiteraciones durante el año son

sancionados previo proceso administrativo.

2.- Por abandonar su puesto de trabajo en horas de labor,

sin la debida autorización del director o subdirectores

a) Primera vez: llamada de atención por el personal directivo.

b) Primera reincidencia: amonestación escrita suscrita

por el director dela i.e.

c) Segunda reincidencia: multa de uno a diez días de su remuneración total.

d) La posterior reincidencia implica el cese temporal

hasta por un año previo proceso administrativo.

3.- Registrar o firmar indebidamente la tarjeta de control o

parte de asistencia diaria, asimismo sustraer o alterar la tarjeta de control propia o ajena o el parte diario de

asistencia:

a) Primera vez: multa con el equivalente de dos a diez

días de su remuneración total con el correspondiente informe.

b) Primera reincidencia: suspensión hasta por sin goce

de remuneraciones, oficializada con resolución a

propuesta de la autoridad competente.

c) Segunda reincidencia: cese temporal en el cargo hasta por un año sin goce de remuneraciones previo

proceso administrativo.

4.- Son faltas de carácter disciplinario :

a) El incumplimiento de la ley y su reglamento b) La reiterada resistencia al cumplimiento de las

ordenes de la Dirección o Subdirecciones

relacionadas con sus labores.

c) Incurrir en actos de violencia, grave indisciplina o

faltamiento de palabra en agravio de sus superiores, del personal jerárquico y sus compañeros de labor.

d) La negligencia en el cumplimiento de sus funciones.

e) El impedir el funcionamiento del servicio publico.

Page 43: Reglamento interno final nuevo 2015

f) La utilización o disposición de los bienes de la i.e. en

beneficio propio o de terceros.

g) La concurrencia reiterada al trabajo en estado de

embriaguez o bajo la influencia de drogas o

sustancias estupefacientes, y aunque no sea reiterado, cuando por la naturaleza del servicio

reviste excepcional gravedad.

h) El abuso de autoridad, la prevaricación o el uso de la

función con fines de lucro. i) Causar intencionalmente daños materiales en los

locales, instalaciones, obras, maquinarias,

instrumentos, documentación y demás bienes de

propiedad de la entidad o en posesión de este.

j) Actos de inmoralidad k) La ausencia injustificada por mas de 3 dias

consecutivos o por mas de cinco días consecutivos en

un period de treinta días calendario o mas de quince

días no consecutivos en un periodo de ciento ochenta

días ( 6 meses) calendario l) Las demás que señale la ley y su reglamento.

m) Toda resolución que aplique sanción constituye

demerito y la que otorga estímulos constituye meritos

ambos serán anotados en oficios en la ficha de escalafón en cuanto sea remitido copia de la

resolución respectiva.

CAPITULO XV DE LA RELACION LABORAL

ARTICULO Nº 46. Del término de la relación laboral

47. Del reingreso a la carrera magisterial

Articulo 46º Del término de la relación laboral El término de la carrera docente o administrativa se expresa

por resolución expedida por la ugel , con clara mención del

causal que se invoca y los documentos que acrediten la

misma. En los casos de fallecimiento, renuncia o cese

definitivo la resolución respectiva expresara además todos los aspectos referentes a la situación laboral del ex servidor o

docente a fin de facilitar el inmediato ejercicio de los derechos

económicos que le corresponde

1.- Según el artículo 53 de la Ley 29944 el termino de la carrera pública magisterial de los profesores se produce en los

siguientes casos:

a) Renuncia

b) Desitución

c) No haber aprobado la evaluación de desempeño laboral de conformidad con el articulo 23 de la ley

29944.

d) Por límite de edad al cumplir los 65 años.

e) Incapacidad permanente física o mental

Page 44: Reglamento interno final nuevo 2015

f) Fallecimiento

2.- La carrera administrativa de un servidor de la i.e. termina

por deceso, renuncia, cese, jubilación y destitución a) Por limite de edad al cumplir los 65 años .

b) Ineficiencia o ineptitud comprobada para el

desempeño de las funciones asignadas según el grupo

ocupacional, nivel y especialidad alcanzada. Esto solo procederá si el servidor ha sido sancionado en dos

oportunidades y por la misma causa como reiterada o

reincidente, con suspensión de 30 dias o cese

temporal.

3.- Al termino de la carrera administrativa o docente el servidor deberá hacer entrega formal del cargo , bienes y

asuntos pendientes de atención ante la autoridad

competente que corresponda.

Articulo 47º Del reingreso a la carrera magisterial El reingreso a la carrera publica magisterial esta

sujeta a evaluación y de ser el caso a aprobación

expresa y se sujeta a :

a) El profesor que renuncia puede solicitar su reingreso a la carrera pública magisterial. El reingreso se

produce en la misma escala magisterial que tenia al

momento de su retiro. El reglamento establece las

condiciones y procedimientos de su reingreso.

b) El profesor destituido no puede reingresar al servicio público docente.

TITULO VIII DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES, ESTIMULOS Y

SANCIONES DE LOS EDUCANDOS

CAPITULO XVI DE LOS DERECHOS

ARTICULO Nº

48. Reglamentación

CAPITULO XVII DE LOS DEBERES ARTICULO Nº

49. Reglamentación

CAPITULO XVIII DE LAS EVALUACIONES

ARTICULO Nº

50. Reglamentación CAPITULO XIX DE LAS FALTAS

51. Faltas

Page 45: Reglamento interno final nuevo 2015

CAPITULO XIX DE LOS ESTIMULOS Y SANCIONES

ARTICULO Nº

52 Estímulos

53 Sanciones

CAPITULO XVI DE LOS DERECHOS

Artículo 48o.- Reglamentación De los derechos

Los alumnos de la educación Básica Regular en los

niveles: primaria y secundaria, tienen los siguientes

DERECHOS. a) Recibir educación gratuita de calidad que asegure el

desarrollo de sus aprendizajes en un ambiente sano,

seguro, solidario y equitativo.

b) Contar con profesores responsables de su aprendizaje

y desarrollo integral. c) Recibir buen trato y adecuada orientación de parte del

Director, profesores y auxiliares de la institución

educativa y de la comunidad con el propósito de vivir

en armonía.

d) Ser admitido gratuita y oportunamente en la I.E. e) No ser maltratado física ni psicológicamente.

f) Recibir una formación basada en principios y valores

éticos, cívicos y patrióticos.

g) Ejercer el derecho a opinar y expresar sus ideas libremente y ser escuchado.

h) Utilizar gratuitamente los textos escolares y

materiales educativos que proporciona el ministerio

de educación, dándoles el cuidado que necesita.

i) Participar en las decisiones relacionadas con educación, mediante representantes en el CONEI y en

los municipios escolares.

j) Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus

deberes.

CAPITULO XVII DE LOS DEBERES

Artículo 49o.- Reglamentación de los deberes Los alumnos tienen los siguientes DEBERES:

DE LA PRESENTACIÓN

La presentación del alumno será lo siguiente:

a) Mujeres: Blusa blanca, falda gris plata a la altura de cuatro dedos bajo la rodilla, medias plomas hasta la

rodilla, zapatos negros, vincha y casaca azul

b) Varones: Camisa blanca, pantalón gris plata a la

cintura, correa negra sencilla, medias plomas, zapatos

negros, casaca azul.

Page 46: Reglamento interno final nuevo 2015

El uso del uniforme nuevo es voluntario.

c) El cabello corte escolar (Hombre); cabello trenzado

color natural y/o moñera roja y cinta de 1 mt. (Mujer)

d) Portar pañuelo y/o papel higiénico, con peine.

e) Por ningún motivo el (la) alumno(a) asistirá maquillado, con uñas crecidas, con adornos, alhajas y

otros similares.

f) En la práctica de Educación Física usarán polo

blanco, short/pantaloneta o buzo azul, medias blancas a la rodilla y zapatillas blancas, buzo del

colegio debiéndose presentar con este uniforme solo el

día que le corresponde el curso.

DE LA PRESENCIA EN EL PLANTEL

Durante las formaciones los alumnos deberán acatar las siguientes normas:

a) Ingresar directamente al patio principal del plantel,

en espera de la llamada de la formación, en el cual

debe presentar mucha disciplina.

b) Los días lunes el alumnado participará del momento cívico, presenciando el izamiento del Pabellón

Nacional y entonando con fervor patriótico el Himno

Nacional.

c) La participación del alumnado en las ceremonias internas del plantel, es un compromiso con la

institución que deberá asumir con responsabilidad,

voluntad y disciplina. En julio uso de la escarapela.

LOS ESTUDIANTES OBSERVARÁN LAS SIGUIENTES

NORMAS DE COMPORTAMIENTO EN EL AULA: a) Al cambio de hora se desplazaran hacia las aulas

funcionales donde les corresponde recibir clases

según su horario.

b) Durante el desarrollo de las clases, el estudiante mantendrá una actitud de atención y participación

que le permitirá un mejor aprendizaje.

c) En la ausencia del profesor, los estudiantes

respetarán las indicaciones del auxiliar, Brigadier de

sección o policía escolar. d) En ausencia del Profesor de Educación Física, los

estudiantes no podrán salir al patio.

e) Los estudiantes no podrán ser retirado de clase sin

previo informe del profesor(a). f) La presencia de los estudiantes es OBLIGATORIA,

poniendo énfasis en las de ANIVERSARIO y de

CLAUSURA, ante la inasistencia se le descontará 4

puntos del puntaje global; de la clausura se pasará al

I trimestre del año escolar. DURANTE EL RECREO LOS ESTUDIANTES

OBSERVARÁN LOS SIGUIENTES DISPOSITIVOS:

Page 47: Reglamento interno final nuevo 2015

a) Al toque de timbre se da inicio del recreo debiendo

salir del aula en orden, no quedará ningún

estudiante

b) El recreo será utilizado para:

- Hacer uso de los servicios higiénicos. No habrá permiso durante las horas de clase, salvo

emergencias.

- Hacer uso de los quioscos en caso lo deseen.

- Las actividades recreativas lo realizarán en los patios, no así en las aulas, corredores y jardines.

c) Las actividades recreativas se realizarán en un

ambiente compañerismo, las mismas que no pondrán

en peligro la integridad física o moral de sus

compañeros.

CAPITULO XVIII DE LAS EVALUACIONES

Artículo 50o.- Reglamentación de las evaluaciones

a) Los estudiantes serán evaluados permanentemente, con una frecuencia que corresponda a las

necesidades de regular y orientar el proceso de

enseñanza – aprendizaje, dentro de un marco de

evaluaciones de entrada proceso y salida. b) La evaluación del comportamiento se hará teniendo

en cuenta los siguientes criterios:

1) Asistencia y puntualidad.

2) Responsabilidad.

3) Orden y presentación personal. 4) Disciplina y actitudes de respeto.

5) Colaboración.

c) La evaluación de las áreas curriculares se harán

conforme a las normas vigentes. d) Las pruebas debidamente corregidas, serán

entregadas a los alumnos para su conocimiento y

verificación.

e) Cuando el estudiante no rinda una evaluación escrita

por inasistencia, deberá presentar una solicitud a la dirección acompañada de documentos sustenta

torios que justifiquen su falta, para que se le autorice

una nueva evaluación.

f) La libreta de notas serán recogidas por los padres o apoderados en las fechas establecidas y devueltas en

el lapso de 48 horas debidamente firmadas.

DE LAS INSTALACIONES

a) Los estudiantes cuidarán de mantener limpios los

diferentes ambientes de la institución Educativa, depositando los papeles y desperdicios en los tachos

y/o cilindros destinados para este fin.

Page 48: Reglamento interno final nuevo 2015

b) Los estudiantes son responsables de mantener su

aula en perfectas condiciones de higiene, que queden

limpias y en orden al término de cada jornada escolar.

c) La pizarra debe permanecer siempre limpia, no está

permitido escribir ni dibujar en ella en ausencia del profesor o del auxiliar de educación.

d) Los servicios higiénicos serán usados solo en los

recreos y fuera de esto sólo en caso de emergencia.

CAPITULO XIX DE LAS FALTAS

Artículo 51o.- De las faltas

Constituyen faltas las acciones u omisiones

contrarias al presente reglamento, las cuales ameritan amonestación y descuento de la nota de

comportamiento.

Inciso 1.-: De las faltas leves

Constituyen faltas leves:

a) Presentarse en forma contraria a lo dispuesto en el presente reglamento

b) Llegar con tardanza a la institución.

c) Tener inasistencias injustificadas.

d) Llevar cosas prohibidas como radios, MP3, MP4, celulares, cámaras fotográficas, USB que no sean con fines

educativos , las cuales serán decomisadas hasta fin de

año.

e) Organizar rifas, bailes, festivales, erogaciones, u otras

actividades sin conocimiento o autorización de la dirección del plantel.

f) Realizar ventas o negocios de cualquier índole.

g) Portar alhajas tales como cadenas, pulseras, aretes ,etc.

h) Permanecer en los alrededores del plantel en horas de clases.

i) Presentarse maquillados y o con uñas largas y pintadas .

j) Realizar propagandas de carácter político.

k) Practicar juegos de envite o bruscos que atenten contra la

integridad física de sus compañeros. l) Portar revistas o folletos no educativos ( pornográficos).

m) Inmiscuirse en asuntos que sean de competencia del

docente o auxiliar o del personal en general.

Inciso 1.-: De las faltas graves Constituyen faltas susceptibles de merecer suspensión o

separación de la I.E. las cuales concurren con nota

desaprobatoria de comportamiento:

a) Faltar de palabras u obras a las autoridades del plantel

b) Plagiar durante las evaluaciones. c) Robo comprobado de bienes de la institución, del

personal o compañeros.

d) Participar en riñas callejeras que atenten contra la

integridad de sus compañeros y el prestigio de la i.e.

Page 49: Reglamento interno final nuevo 2015

e) Introducción y o uso de drogas en la institución.

f) Ser reiterantes en acusar tardanzas y o faltas

injustificadas.

g) Evadirse de la hora de clase de la institución.

h) Deterioro intencionado de los útiles escolares de los compañeros, mobiliario o infraestructura de la institución.

i) Alterar deliberadamente las libretas de notas o cualquier

otro documento de evaluación.

j) Falsificar firmas y o sellos del docente, auxiliares o del padre de familia o apoderado o de compañeros en forma

mal intencionada.

k) Atentar contra el honor de compañeros, profesores y

autoridades del plantel con expresiones injuriosas.

CAPITULO XX DE LOS ESTIMULOS Y SANCIONES

Artículo 52o.- De los estímulos

Los alumnos de Educación Primaria y Secundaria

gozan de los siguientes ESTÍMULOS: a) Felicitación escrita, diploma al mérito, Resolución de

Felicitación, viajes de estímulo y becas de estudio.

b) Realizan acciones extraordinarias dentro de la I.E.

tanto en el orden académico como del comportamiento fuera del colegio, a favor de la

comunidad y de la nación.

c) Los dos (02) primeros alumnos de la I.E. que tienen

los más altos promedios generales al finalizar la

educación secundaria, se hacen acreedores de la Beca de ingreso a la Universidad, el tercero a los Institutos

Pedagógicos estatales, y el cuarto y quinto a los

Institutos tecnológicos Superiores públicos, conforme

a los dispositivos vigentes.

Artículo 52o.- De las sanciones

Los alumnos de la educación Primaria y Secundaria por

el incumplimiento de sus deberes son acreedores a las siguientes SANCIONES:

a) Amonestación verbal o escrita del profesor.

b) Amonestación verbal o escrita del Director.

c) Suspensión de la Institución Educativa.

d) Separación de la Institución Educativa (solo secundaria).

e) Pérdida de la condición de estudiante en el plantel al

que pertenece. (Sólo Secundaria.)

Page 50: Reglamento interno final nuevo 2015

En aplicación de las sanciones a los alumnos se evita la

humillación y se brinda la orientación correspondiente

para su recuperación. La sanción se determina por

Resolución directoral por un periodo no mayor de ocho

días en caso de falta grave que compromete dañe a la infraestructura, la seguridad física o moral de los

alumnos o personal de la I.E.

La sanción se aplica previo informe del órgano

competente. Inciso 1.-: De las tardanzas reiteradas

Las tardanzas reiteradas a partir de la tercera se sancionaran:

a) En primera instancia , llamado del padre o apoderado y

descuento de un punto en el comportamiento por cada uno

b) En caso de la tardanza se realice en forma sucesiva se afectara con tres puntos menos en comportamiento por

cada dia

c) De persistir las tardanzas se suspenderá al estudiante de

uno a tres días.

Inciso 2.-: Las insistencias injustificadas Las inasistencias injustificadas se sancionaran:

a) En primera instancia citación del padre o apoderado y

descuento de un punto del comportamiento por cada dia

b) En caso de reincidencia en las faltas se descontaran 3 puntos en el comportamiento por cada inasistencia

injustificada.

c) De persistir las faltas se suspenderá al estudiante de dos a

cinco días.

Inciso 3.-: La acumulación del 30% de inasistencias injustificadas

invalidaran la promoción del estudiante.

Inciso 4.-:

El estudiante que incurra en cualquiera de las faltas tipificadas en el presente reglamento llevaran una

anotación en la agenda escolar, informándose a los padres

de familia o apoderados.de la falta.

Inciso 5.-:

El estudiante que acumule hasta 3 anotaciones en la agenda por mal comportamiento obtendrá nota

desaprobatoria en comportamiento, cuyo promedio será de

acuerdo al tipo de falta cometida.

Artículo 53o.- Cuando el alumno repita de grado por dos años

consecutivos o repite de grado con más de seis cursos

sin causa justificada o se retirase por el mismo motivo, el

director de la I.E. recomienda al padre de familia su

traslado a otra institución. Artículo 54o.- En caso de evasión de la I.E. será sancionado de

acuerdo a la gravedad de la falta, según el art. 87 del

presente reglamento.

Page 51: Reglamento interno final nuevo 2015

Artículo 55o.- En caso el alumno ocasione deterioro de la

infraestructura de la institución educativa, el alumno

asumirá las responsabilidades económicas para

subsanar el daño ocasionado.

Artículo 56o.- Los alumnos de los niveles Primaria y Secundaria, tienen prohibidos traer a la institución educativa:

equipos celulares, reproductores MP3, portátiles de

video, etc., caso contrario, serán decomisados y

entregados al término del año lectivo al padre de familia. Artículo 57o.- Se considera falta grave, con separación definitiva de la

institución educativa, la introducción de armas

punzocortantes y sustancias psicoactivas que atente con

la integridad de la persona.

TITULO IX DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES PATRIMONIALES DE

LA I.E.

CAPITULO XXI PATRIMONIO E INVENTARIO

ARTICULO Nº

58. Del patrimonio

59. Del inventario

CAPITULO XXII DEL INCREMENTO, ALTAS, BAJAS Y RETIROS

ARTICULO Nº

60. Del incremento y altas de bienes

61. De las bajas y retiros

CAPITULO XXIII DE LAS DONACIONES

ARTICULO Nº 62. La donación

CAPITULO XXIV DE LOS RELEVOS DEL CARGO

ARTICULO Nº

63. Relevo de un directivo ,docente o administrativo.

CAPITULO XXV DE LAS PERDIDAS , ROBOS Y HURTOS

ARTICULO Nº

64. Del caso de perdidas , robos o

hurtos en la I.E. CAPITULO XXVI DEL AUDITORIO

ARTICULO Nº

65. Del uso del auditorio

66. Del uso y conservación del auditorio

67. Casos no previstos

Page 52: Reglamento interno final nuevo 2015

Articulo 58º Del patrimonio

Patrimonio es todo aquello que posee la institución

educativa ya sea en bienes materiales o intangibles,

divisibles, sin detenerse en su valor o tipificación. Todo lo que posee, incluyendo obras de infraestructura

construidas por convenios, y constituye su respaldo y

por tanto significa un contenido económico financiero

para la Gestión. Articulo 59º Del inventario

Inventario es el resultado de la verificación de la

existencia física de los bienes y materiales de una

entidad que consiste en elaborar la relación valorizada

de las mismas en los formularios de inventario donde se registra en forma detallada el N° de orden, código del

bien, cantidad y descripción del bien, N° de inventario,

valor unitario y N° de cuenta ( R.M. 260-90-ED)

Inciso 1.- Del inventario físico

Se hace anualmente, siendo el director de la I.E. responsable de su aprobación para lo cual la Comisión de inventario

verificará según calendario programado o cuando las

circunstancias lo requieran Dicha Comisión hará el

seguimiento de los bienes o servicios innecesarios para la i.e. dándose de baja de acuerdo a ley. El director señalara y

designará el personal que integre los equipos de inventario

que tendrán a su cargo el levantamiento actualizado o control

Inciso 2.-: Del Minedu y el inventario

El ministerio de educación formulará y aplicará normas para verificar la existencia, estado y condición de utilización de los

bienes y enseres de los que dispone la I.E., básicamente la

verificación se refiere a:

d) Existencia o presencia del bien e) Estado para apreciar la conservación o deterioro del bien.

f) Condición de utilización del bien para constatar en que se

emplea, lugar, habilidades del responsable, condiciones de

seguridad y el empleo en beneficio de la I.E. ( R.J. 118-80-

INAP). Inciso 3.-: De la verificación

Durante la verificación física se procederá a codificar los

bienes que no cuenten con el código respectivo. Concluida la

verificación se debe proceder mediante cargo a asignar o actualizar la asignación de bienes en uso a cada uno de los

responsables donde se encuentre ubicado el bien. Cualquier

negligencia será responsable el que se le asigne el bien,

individual o colectivamente.

Inciso 4.-: De bienes faltantes Si el proceso de verificación física verifica bienes faltantes, la

comisión de inventario determinará las causas y actuará en la

forma siguiente:

Page 53: Reglamento interno final nuevo 2015

a) Faltante por robo o extravio, organizará un expediente

administrativo que contenga las investigaciones realizadas

acompañadas de la denuncia policial correspondiente,

elevando a la UGEL.

b) Faltante por negligencia ,el titular del órgano respectivo y el servidor al que se le asignó el bien será responsable de

dicha pérdida.

Articulo 60º Del incremento y altas de bienes Inciso 1.-: Del incremento

Se considera incremento a la recepción de bienes muebles,

construcciones o inmuebles a la I.E. como adición a los que

posee, en los siguientes casos:

a) Bienes provenientes del Ministerio de educación y otros organismos públicos o privados.

b) Traslados internos entre dependencias de un entidad

Inciso 2.-: Del alta

Se considera alta a la posición y registro de bienes muebles

en el margesí (relación de bienes) de la I.E. ya sea por

donación o transferencia, eventos o compras, las cuales deberán registrarse en el inventario adjuntando la

documentación sustentatoria, comprobando su existencia

física, estado de conservación y condiciones de utilización.

Inciso 3.-: Del sustento del alta

Toda alta debe estar sustentada con el documento respectivo en el que debe figurar la descripción completa,

valor, y demás especificaciones del bien, al que de

inmediato se le asignara un número de registro para su

identificación y control.

Articulo 61º De las bajas y retiros de bienes

Inciso 1.-: De las bajas

Se considera baja a la salida de bienes del margesí de la

I.E. producida por los siguientes causales: a) Inutilización o desgaste en el servicio.

b) Daños inferidos por terceras personas

c) Robo o hurto con conocimiento a las autoridades

pertinentes d) Siniestro ( sismos, incendios, inundaciones)

e) Pérdida en el servicio debidamente comprobado

f) Transferencia

g) Obsolencia, y

h) Entrega como parte de pago para la adquisición de otros bienes.

Inciso 2.-: Del sustento de la baja

La baja será considerada por el director de la i.e. mediante

oficio dirigido al director de la UGEL indicando motivo de la

Page 54: Reglamento interno final nuevo 2015

baja con todas las características del bien o valor, y otros

que estime necesario, acompañando un informe técnico si

el caso lo requiere.

Inciso 3.-: Del retiro

Se considera retiro al traslado físico de un bien de la entidad donde estaba asignado, por las siguientes razones:

a) Excedencia y desuso

b) Reparación

c) Redistribución a otras aulas, oficina o ambientes de la I.E.

Inciso 4.-: De la junta calificadora de bajas

La junta calificadora de bajas estará conformado por

a) El director de la I.E.

b) El profesor titular más antiguo c) Un representante de los trabajadores administrativos

d) Un representante de la UGEL 01

e) El presidente de la APAFA

f) El responsable del bien asignado para su uso o

custodia Inciso 5.-: De la función de la junta calificadora de bajas

La junta calificadora de bajas de acuerdo a la R.S. 197-81-

ED tiene como función recibir, estudiar, tramitar y resolver

las solicitudes de bajas que se presenten de conformidad con las disposiciones vigentes. Esta junta determinará la

procedencia de bajas solicitadas mediante informe técnico

si fuera necesario o tomar las medidas más convenientes

para el mejor cometido de sus funciones, emitiendo su

dictamen mediante un acta suscrito por sus integrantes. Todas las reuniones y acuerdos de la junta calificadora de

bajas serán asentadas en un libro de actas que se

destinara para tal fin, las que serán suscritos por los

integrantes asistentes a la misma. Inciso 6.-: De los bienes dados de baja

Los bienes dados de baja por obsolencia o irreparables,

especialmente los mobiliarios, materiales didácticos y

equipamientos de la I.E. y otros podrán ser adjudicados a

los talleres de mantenimiento para que sean utilizados como repuestos o accesorios para la rehabilitación de otros

bienes similares o para su utilización como material

didácticos, de practica o como material de construcción de

la infraestructura educativa.

Articulo 62º De las donaciones

Inciso 1.-: De las donaciones de particulares

Toda donación de bienes por entidades particulares a favor

de la i.e. deberán ser aceptadas mediante resolución Directoral expedido por el Director en la que debe figurar la

entidad donante ,clase del bien y además características

con el nombre de la entidad favorecida.

Inciso 2.-: De las donaciones del extranjero

Page 55: Reglamento interno final nuevo 2015

Toda donación del extranjero proveniente de organismos no

gubernamentales u organismos internacionales sujeto a

convenios se tramitará además con la oficina de asuntos

internacionales del organismo central del Ministerio de

Educación.

Articulo 63º De los relevos del cargo

Inciso 1.-: Del relevo de un directivo

Al tomar posesión de un puesto y o dirección, el director o encargado de la I.E. deberá:

a) Levantar un nuevo inventario de los bienes muebles

patrimoniales y si se estima necesario un acta de relevo

del cargo para efectos de la transferencia

correspondiente. b) Cuando el relevo del cargo se produce en la I.E. los

inventarios y el acto correspondiente serán firmados por

el director saliente y entrante y por el presidente de la

APAFA y del consejo de vigilancia de la APAFA, en

original y tres copias: las que serán distribuidas de la siguiente manera: 1ra copia para archivo de la I.E., 2da

copia para la APAFA, 3ra copia para el director saliente,

y el original para la UGEL 01.

c) Es competencia del director exigir el cumplimiento de lo establecido en el presente artículo, siendo

responsabilidad del director saliente, cualquier omisión,

faltante o irregularidad que de detecte o produzca a raíz

de la transferencia del cargo.

Inciso 2.-: Del relevo de un docente o administrativo Al tomar posesión del cargo de un puesto de trabajo , todo

docente o trabajador administrativo o de servicio deberá :

a) de levantar un nuevo inventario del ambiente asignado

y si estima necesario un acta de relevo de cargos para los efectos de transferencia.

b) Cuando el relevo del cargo se realice en la i.e. los

inventarios y actos correspondientes serán firmados por

el profesor, administrativo o de servicio saliente y

entrante y por la comisión de inventario. Inciso 3.-: Del cumplimiento del presenta articulo

a) Es competencia del trabajador entrante exigir el

cumplimiento de lo establecido en el presente artículo

siendo responsabilidad del trabajador saliente cualquier omisión, faltante e irregularidad que se detecte a raíz de

la transferencia del cargo.

b) Los trabajadores de la I.E. que no cumplan con las

disposiciones establecidas en las Normas,

procedimientos y plazos o acciones negativas contra el proceso de toma de inventarios serán acreedores delas

sanciones contempladas en el art. 26, inciso d del D.L.

N°276 y las concordancias con el D.L. 11377 escalafón

civil y la ley N°29944 nueva ley de reforma magisterial y

Page 56: Reglamento interno final nuevo 2015

su reglamento aprobado por D.S. 004-2013-ed donde

las sanciones son las siguientes:

b.1) suspensión sin goce de remuneraciones hasta por

30 días .

b.2) Cese temporal sin goce de remuneraciones hasta por 12 meses.

b.3) Lo señalado en el numeral 5 inciso a y b donde se

aplicara previos procesos administrativos sumarios que

debe resolverse en un plazo máximo de 15 días. Articulo 64º Del caso de pérdidas , robos y hurtos

Inciso 1.-:

El personal directivo, jerárquico, docente administrativo y

estudiantes que por negligencia e improvisación pierden o

inutilicen un bien del margesí de la I.E., deberán reponerlos o abonar su importe al precio actual del

mercado, siendo responsabilidad del director tomar las

medidas del caso.

Inciso 2.-:

Si los responsables de las pérdidas de un bien fueran los estudiantes , en caso de tener que abonar el importe se

responsabiliza a los padres o tutores cuando aquellos

fueran menores de edad y responsables solidariamente

padres e hijos si estos fueran adultos. Inciso 3.-:

En todo caso si transcurriera en un lapso de 90 días no

aparece o no se recupera el bien, tras una investigación

pertinente se solicita la baja respectiva acompañando todos

los documentos. Articulo 65º De la administración del Auditorio

Inciso 1.-: El auditorio

El auditorio es una infraestructura nueva construida por

convenio de la municipalidad de San Juan de Miraflores y la I.E. en el marco de la distribución del Presupuesto

Participativo que se debe invertir en educación y bajo la

gestión y seguimiento administrativo favorable del

licenciado Percy Castro Valdeos. Ha sido inaugurado en

diciembre del año 2014 y ha pasado a formar parte del margesí de bienes de la I.E.

Inciso 2.-: De la Comisión administrativa del auditorio

La administración y control del uso del auditorio de forma

anual estará a cargo del Subdirector Administrativo y de una Comisión de docentes de primaria y secundaria que

planificaran el uso, el cronograma, el mantenimiento y la

gestión económica que genere como ingresos de alquiler

para actividades educativas y culturales.

Articulo 66º Del uso y conservación del Auditorio

Inciso 1.- Del uso del auditorio

Para hacer uso de las instalaciones del Auditorio deberá

presentarse una solicitud por escrito, cuando menos con

Page 57: Reglamento interno final nuevo 2015

una semana de anticipación a la celebración del evento,

dirigida a la Comisión, conteniendo como mínimo los

siguientes datos:

a). Nombre de la institución, grupo o persona solicitante;

b). Firma, domicilio y teléfono; c). Señalar la naturaleza del acto a realizar: educativa,

social o cultural.

d). Fechas y horarios en que se tienen programadas;

e). En caso de verificación de torneos de danzas o teatros, deberá anotar el número de equipos y el total de horas

necesarias, las cuales estarán sujetas a la aprobación del

horario por La Comisión.

f). Nombre de la persona que tendrá a su cargo

directamente el evento y que se hará responsable del buen uso del Auditorio y sus instalaciones.

g). Llenar la ficha técnica para la realización de su evento.

Inciso 2.- De la función del auditorio

La función primordial de las instalaciones del Auditorio,

será abrigar eventos que sirvan a la difusión y fomento de las actividades educativas, culturales y sociales.

Inciso 3.- De la entrega del auditorio

El AUDITORIO será entregado por la Comisión en la fecha y

hora prevista al responsable del evento, quien deberá firmar el recibo correspondiente, comprometiéndose a

regresarlo en las mismas condiciones al término del evento.

Inciso 4.- Del horario y suspensión

Los horarios concedidos están sujetos a suspensión por

causas de fuerza mayor, en este evento se avisará con la debida anticipación a los organizadores. El horario es

exclusivo para las instituciones o personas señaladas en el

permiso, las cuales no están autorizadas para transferirlos

a otras personas o instituciones. Inciso 5.- Del usuario del auditorio

El usuario del AUDITORIO se comprometerá, a:

a). Utilizar las instalaciones del Auditorio, única y

exclusivamente para la actividad señalada en la solicitud y

con las características en ella referidas; b). Garantizar en todo momento la seguridad del público,

así como de las instalaciones del AUDITORIO. Haciéndose

directamente responsable de los daños que se ocasionen a

personas y a las instalaciones por no cumplir con esta obligación;

c). No utilizar clavo, pegamento, adhesivos y cualquier otro

tipo de materiales para pegar colgar o fijar cualquier objeto

en las paredes;

e). Retirar la escenografía, adornos y ornatos al finalizar el evento;

f). No dejar objetos guardados de ningún tipo con personal

del Auditorio o en las instalaciones; y

Page 58: Reglamento interno final nuevo 2015

g). No utilizar confeti, papel picado o cualquier material

similar dentro de las instalaciones del Auditorio.

h). La Comisión Administrativa del AUDITORIO no tendrá

responsabilidad alguna por fallas en el servicio de energía

eléctrica, así como el suministro de agua. i). Las escuelas y colegios que soliciten el auditorio para

inauguraciones y torneos, así como para actos culturales o

sociales, tienen la obligación de que esté presente un grupo

de maestros para que controlen el orden de los asistentes. Igualmente contribuirán a la limpieza del local.

j). La Comisión no proporcionará dentro del alquiler del

auditorio el servicio de sonido. La instalación de sonido y

otros instrumentos electrónicos por parte de los usuarios

requiere la consulta previa con los técnicos autorizados por la Comisión para tal efecto.

k). Los participantes activos como también los espectadores

deberán adoptar un comportamiento correcto tanto de

lenguaje como en sus actitudes. El incumplimiento de esta

disposición, así como las riñas dentro o fuera del local motivarán la cancelación inmediata del permiso, y la

determinación de la responsabilidad correspondiente.

Inciso 6.- Del alquiler a empresas particulares

Habiendo cumplido con los requisitos del presente reglamento, se podrán celebrar contratos con empresarios

independientes que quieran presentar funciones o efectuar

eventos en las instalaciones del Auditorio, bajo condiciones

de :

a) Los contratos que se celebren con empresas comerciales estarán sujetos a que el evento a presentar,

independientemente de su comercialidad, sea de

calidad.

b) El usuario deberá proporcionar los datos de las personas que forman parte del espectáculo y su calidad

de nacionales y/o extranjeros.

c) En los espectáculos públicos que se desarrollen en el

Auditorio, a los cuales el público tenga acceso mediante

el pago de una suma de dinero, el usuario deberá presentar previamente al administrador el pago de los

permisos e impuestos correspondientes así como

mostrar el sellado de los boletos y reportar los boletos

expedidos y vendidos de cada función. Inciso 7.- Del pago por uso del auditorio

Para uso del Auditorio se requiere pagar una cuota

económica como colaboración para gastos de

mantenimiento, cuyo monto señalará la Comisión según

el evento que se trate: -Por eventos artísticos y culturales gratuitos;

-Por eventos de graduación, festivales escolares, etc;

-Por eventos de tipo comercial;

Page 59: Reglamento interno final nuevo 2015

-De ensayo previo al evento. (Se cobrará en su caso renta

por hora del uso del AUDITORIO).

El pago se hará según la tarifa que fije la Comisión.

El pago correspondiente por el uso del Auditorio se hará en

la Tesorería de la I.E. con la debida anticipación. Inciso 8.- Prohibiciones

En caso de cancelación o suspensión del evento por no

cumplirse con los requisitos del inciso 5, no se reintegrará

el alquiler pagado por el uso del Auditorio al solicitante. Inciso 9.- Prohibiciones

Esta terminante prohibida en el Auditorio:

a).- FUMAR dentro del local, abarcando la sala central,

vestidores, gradas, pasillos y baños. Será compromiso de

los usuarios hacer cumplir este requisito, ya que de no hacerlo se procederá conforme a la ley en la materia;

b).- Introducir, vender o ingerir bebidas alcohólica u otros

tipos de sustancias alucinógenas.

c).- Introducir armas u objetos diversos con los que se

pueda causar daño a las personas, bienes o instalaciones del auditorio.

Inciso 9.- De las sanciones

a) Cuando el usuario no garantice la seguridad del publico

así como de las instalaciones, la Comisión procederá a la suspensión del evento.

b) En caso de que el usuario haga mal uso de las

instalaciones o no se respete el presente Reglamento, la

Comisión procederá a la suspensión del evento.

ARTICULO 67.- Todo lo no previsto en el presente reglamento interno respecto al uso del auditorio será resuelto por las autoridades

responsables al efecto.

TITULO X

RELACIONES Y COORDINACIONES

CAPITULO XXVII RELACIONES Y COORDINACIONES

ARTICULO Nº

68. De las relaciones con los padres de

familia.

Articulo 68º relaciones con la APAFA

Inciso 1.- De los recursos captados

La junta directiva de la APAFA de la I.E. será encargada de

administrar y racionalizar los ingresos y egresos que

demanden los recursos económicos captados. Inciso 2.- De las actividades

Page 60: Reglamento interno final nuevo 2015

La APAFA se encarga de la organización y conducción de

actividades en beneficio de la I.E. en coordinación con el

CONEI.

Inciso 3.- Del libro caja

La APAFA presentará el libro de caja actuaizado sobre su movimiento económico cada vez que la dirección o la

superioridad lo soliciten.

TITULO XI

DEL PROGRAMA DE RECUPERACION PEDAGÓGICA

CAPITULO XXVIII DE LA ORGANIZACION DEL PROGRAMA DE

RECUPERACION PEDAGOGICA

ARTICULO Nº

69. De la organización y ejecución del

programa de recuperación pedagógica.

Articulo 69º De la organización y ejecución del Programa de

recuperación Pedagógica

Inciso 1.-: El programa de recuperación pedagógica

El programa de Recuperación pedagógica es un servicio a la comunidad educativa que funciona en el periodo vacacional

de enero y febrero. Esta dirigido a los estudiantes que

desaprobaron hasta tres (3) áreas curriculares ( incluyendo

el área pendiente de subsanación) y también para aquellos

que tengan pendientes áreas de años anteriores. Asimismo incluye a los estudiantes de 5° grado de secundaria hasta

tres areas curriculares desaprobadas, incluyendo el area

pendiente del año anterior.

La i.E. esta facultada para desarrollar el programa de recuperación pedagógica como lo establece el D.S. 013-

2004-ED REGLAMENTO DE LA EDUCACION BASICA

REGULAR, para estudiantes que pasaron a este programa

como resultado de la evaluación al término del año escolar.

Inciso 2.-: De la Comisión supervisora del PRA El director de la i.e. donde se realiza el programa de

recuperación pedagógica conformara una comisión de

supervisión y estará integrada por:

a) El director quien la preside b) Un representante de los padres de familia

c) Un docente por nivel , seleccionado y evaluado por la

dirección que participara en el programa y que

cumplirá la función de coordinador.

Inciso 3.-: De las funciones de la Comisión supervisora Son funciones de la comisión supervisora.

Page 61: Reglamento interno final nuevo 2015

a) Elaborar una ficha de evaluación de los profesores

aspirantes.

b) Definirá el inicio, horarios, costos,pagos,servicios y

selección del personal.

Inciso 4.-: El auditorio El auditorio es una infraestructura nueva construida por

convenio de la municipalidad de San Juan de Miraflores y

la I.E. en el marco de la distribución del Presupuesto

Inciso 5.-: De los requisitos Para pertenecer al programa de recuperación pedagógica

son requisitos los siguientes:

a) Haber presentado una solicitud de participación en

cualquiera de los programas a desarrollarse.

b) Contar con la aprobación de la comisión supervisora quien evaluara las solicitudes teniendo en cuenta:

La plena identificación del docente y participación

permanente en las actividades educativas durante

el tiempo de servicios que presta en la institución.

No haber participado en alguno de los programas del año anterior y respetando el orden que le

corresponda según el acuerdo con el coordinador

del área.

Presentar cualidades personales y de desempeño profesional que garanticen el logro de objetivos del

programa, solicitando para ello el informe a la

comisión de supervisión.

Inciso 6.-: De los costos y distribución

El programa de recuperación pedagógica será gratuito siempre y cuando el estado asuma la subvención de su

funcionamiento y otorgue a los docentes una bonificación

adicional por los servicios prestados en periodo de

vacaciones en dicho programa. En caso contrario será subvencionado ppr los padres de familia de los estudiantes

participantes.

El costo del programa de recuperación no podrá exceder al

0,5 % de la UIT.

El monto de lo recaudado en el programa en primaria y secundaria se distribuirá conforme a la R.D. 016-96-ED :

Director y Coordinador 15%

Personal docente 65 %

Personal administrativo 10% Materiales de impresión y de escritorio 5%

Mantenimiento de talleres y laboratorios 5%

Page 62: Reglamento interno final nuevo 2015

TITULO XII

DISPOSICIONES FINALES

CAPITULO XXIX VIGENCIA DEL PRESENTE REGLAMENTO

ARTICULO Nº 70° 70. Vigencia

71. Casos no previstos.

ARTICULO 70.- Vigencia del presente reglamento

El presente reglamento interno entra en vigencia a partir del 02 de

enero del año 2015, luego de su aprobación por parte del consejo

educativo institucional CONEI. ARTICULO 71.- Casos no previstos

Los casos no previstos en este reglamento serán solucionados de

acuerdo a los dispositivos legales vigentes.