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REGLAMENTO INTERNO DE LOS SERVIDORES CIVILES

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REGLAMENTO INTERNO DE LOS SERVIDORES CIVILES

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REGLAMENTO INTERNODE LOS SERVIDORES CIVILES

DE OSINERGMIN

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CONTENIDO

TÍTULO I: GENERALIDADES 6 Artículo1°.- Osinergmin 6 Artículo2°.- Alcance 6 Artículo3°.- Difusión 6 Artículo4°.- Principiosyvalores 7

TÍTULO II: INCORPORACIÓN 7 Artículo5°.- Ingresoporconcurso 7 Artículo6°.- Documentaciónrequerida 7 Artículo7°.- Informaciónsobrecargafamiliar 7 Artículo8°.- Nepotismo 7 Artículo9°.- Presuncióndeveracidad 7 Artículo10°.-Periododeprueba 7

TÍTULO III: DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES 7 Artículo11°.-DerechosdeOsinergmin 7 Artículo12°.-ObligacionesdeOsinergmin 9 Artículo13°.-Derechosdeltrabajador 10 Artículo14°.-Obligacionesdeltrabajador 10 Artículo15°.-Prohibicionesdeltrabajador 12

TÍTULO IV: JORNADA, HORARIOS Y ASISTENCIA 14 Artículo16°.-Horarioyjornadadetrabajo 14 Artículo17°.-Controldeasistencia 14 Artículo18°.-Incumplimientodehorario 14 Artículo19°.-Trabajadoresnosujetosacontrolhorario 15

TÍTULO V: REMUNERACIONES 15 Artículo20°.-Remuneración 15 Artículo21°.-Periodicidadyformalidad 15 Artículo22°.-Deduccionesyretenciones 15

TÍTULO VI: CAPACITACIÓN 15 Artículo23°.-Objetivodelacapacitación 15 Artículo24°.-Políticadecapacitación 16

TÍTULO VII: GESTIÓN DEL RENDIMIENTO DEL PERSONAL 16 Artículo25°.-Objetivodelagestióndelrendimiento 16 Artículo26°.-Evaluacióndedesempeño 16

TÍTULO VIII: PERMISOS Y LICENCIAS 16 Artículo27°.-Permisos 16 Artículo28°.-Licencia 17 Artículo29°.-Licenciacongocederemuneraciones 17 Artículo30°.-Licenciasingocederemuneraciones 17 Artículo31°.-Licenciaacuentadelperiodovacacionaloconcargoa compensación 18 Artículo32°.-Documentaciónapresentar 18

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TÍTULO IX: DESCANSO VACACIONAL 19 Artículo33°.-Generacióndelderecho 19 Artículo34°.-Récordvacacional 19 Artículo35°.-Periodovacacional 19 Artículo36°.-Rolanualdevacaciones 19 Artículo37°.-Prohibición 19 Artículo38°.-Remuneraciónvacacional 20

TÍTULO X: ENCARGO DE FUNCIONES 20 Artículo39°.-Encargodepuestovacante,odepuestocuyotitularse encuentraconlicenciapercibiendosubsidiooconlicenciasingoce dehaber 20 Artículo40°.-Otrosencargosdefunciones 20

TÍTULO XI: SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 21 Artículo41°.-Medidasdeseguridadysaludeneltrabajo 21 Artículo42°.-Cumplimientoobligatorio 21 Artículo43°.-PlandeBienestar 21

TÍTULO XII: RÉGIMEN DISCIPLINARIO Y PROCEDIMIENTO SANCIONADOR 21 Artículo44°.-Normativaaplicable 21 Artículo45°.-SecretaríaTécnica 21 Artículo46°.-Trámitedelprocedimientodisciplinario 22 Artículo47°.-Derechoseimpedimentosdeltrabajadorduranteel procedimientodisciplinario 22 Artículo48°.-Sancionesaplicables 23 Artículo49°.-Recursosadministrativos 24

TÍTULO XIII: VIGILANCIA Y SEGURIDAD 24 Artículo50°.-Medidasdeseguridad 24 Artículo51°.-Retirodebienes 25 Artículo52°.-Visitantes 25

TÍTULO XIV: RELACIONES LABORALES – INSTANCIAS 25 Artículo53°.-Consultas 25 Artículo54°.-Reclamorelacionadoalaevaluaciónoprogresiónde lacarrera 25 Artículo55°.-Reclamosobreretribuciones 26 Artículo56°.-Reclamosrelacionadosaotrasmaterias 26 Artículo57°.-Notificaciónderespuestasareclamos 26

TÍTULO XV: DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS FRENTE AL VIH Y SIDA 27 Artículo58°.-Normativaaplicable 27 Artículo59°.-Prohibiciones 27 Artículo60°.-Faltadisciplinaria 27 Artículo61°.-Trámitespensionarios 27

TÍTULO XVI: DEL HOSTIGAMIENTO SEXUAL 27 Artículo62°.-Normativaaplicable 27 Artículo63°.-Faltadisciplinaria 28

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TÍTULO I: GENERALIDADES

Artículo 1°.- OsinergminElOrganismoSupervisorde la InversiónenEnergíayMinería,enadelanteOsinergmin, es unOrganismo Público Especializado-Organismo Regulador,con autonomía funcional, técnica, administrativa, económica y financiera,adscritoalaPresidenciadelConsejodeMinistros.Su organización, estructura y funciones se rige por la Ley Nº 26734, suReglamentoGeneral,aprobadoporelDecretoSupremoNº054-2001-PCM,laLeyNº27332,suReglamentoaprobadoporelDecretoSupremoN°042-2005-PCM,laLeyNº28964,laLeyN°29901,lasnormasquelamodifiquenoreemplacen;asícomoporotrasnormasdeDerechoPúblicoInternoqueleseanaplicables.

Artículo 2°.- AlcanceEl presente Reglamento se aplica a todos los trabajadores deOsinergmincomprendidosbajo el ámbitodel régimen laboral de la actividadprivada.Asimismo,resultadeaplicación,enloquecorresponda,a lostrabajadoresbajo el régimen de la Contratación Administrativa de Servicios, con lasexcepcionesquesederivendelanormativaespecialquelosrige.ElpresenteReglamentoseencuentraacordeconlasdisposicionesdelLibroIdelReglamentodelaLeydelServicioCivil,aprobadoporDecretoSupremoN°040-2014-PCM.LafinalidaddelpresenteReglamentoesdeterminar lascondicionesen lascualesdebedesarrollarselarelaciónentrelostrabajadoresyOsinergmin,ensucalidaddeempleador.Sucumplimientoesobligatorioysuaceptaciónseproducealestablecerselarelaciónlaboral.EsteReglamentonoagotalasfacultadesypotestadesdeOsinergmincomoempleador, que sujetándose al marco legal vigente y en ejercicio de supoderdedirección,podráestablecereimponerlasdisposicionesqueestimenecesariasparaelmejordesenvolvimientoycumplimientodesusfunciones.

Artículo 3°.- DifusiónElGerentedeTalentoHumanoseráresponsabledeponeradisposicióndelpersonal, por medio físico y cargo de entrega, un ejemplar del presenteReglamento.Asimismo,deberápublicarloenelportalinstitucional.TodamodificaciónalpresenteReglamentodeberácomunicarseatodoslostrabajadorespormedioelectrónico.

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Artículo 4°.- Principios y valoresOsinergmin rige su actuación y la de sus trabajadores inspirado en losPrincipios de la Leydel Servicio Civil: Interés general, eficacia y eficiencia,igualdad de oportunidades, mérito, provisión presupuestaria, legalidad yespecialidadnormativa, transparencia, rendiciónde cuentasde la gestión,probidadyéticapública,flexibilidad,proteccióncontraeltérminoarbitrario.Adicionalmente, son valores que inspiran el accionar de Osinergmin:Autonomía,Compromiso,Excelencia,ServicioeIntegridad.

TÍTULO II: INCORPORACIÓN

Artículo 5°.- Ingreso por concursoEl ingreso de personal a Osinergmin, con excepción de los cargos deconfianza,serealizaatravésdeunConcursoPúblicodeMéritos,queasegurelacontratacióndepersonalenfunciónalacapacidadyelméritoprofesionalotécnico.Paratalefecto,deberáncumplirselosprocedimientosymecanismosrespectoalosmediosysistemasdeconvocatoria,reclutamiento,evaluaciónyselección,establecidasenlasdisposicionesinternasyenlasnormasvigentessobrelamateria,ysegúnlanaturalezadelasplazas.

Artículo 6°.- Documentación requeridaConstituye requisito para el inicio del vínculo laboral con Osinergmin,presentarlasiguientedocumentación:-Documentodeidentificaciónqueacreditesucondicióndemayordeedad;- CurrículumVitaedocumentadoque sustente la información consignada

enelprocesodeselección;-Declaración Jurada de no tener antecedentes policiales, penales ni

judiciales;-DeclaraciónJuradadenoestarinhabilitadoparaejercerlafunciónpública;- DeclaraciónJuradasobrereservadelainformación;-DeclaraciónJuradasobrecasodenepotismo;- Declaración Jurada sobre prohibiciones e incompatibilidades de

funcionariosyservidorespúblicos;-DeclaraciónJuradasobreingresosdelEstado;-Copia simple del Código Único del Sistema Privado de Pensiones, si lo

tuviera.-Cualquier otro documento que sea requerido por norma expresa o a

solicituddeOsinergmin.

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Artículo 7°.- Información sobre carga familiarEl trabajador entregará a Osinergmin una relación de sus familiaresdependientes en calidad de declaración jurada de cargas de familia,comprometiéndoseacomunicardeinmediatotodavariaciónqueocurra.

Artículo 8°.- NepotismoLostrabajadoresquegocendelafacultaddenombramientoycontratacióndepersonal,oquienestenganinjerenciadirectaoindirectaenelprocesodeselección,seencuentranprohibidosdeejercerdichafacultadenOsinergminrespectoasusparienteshastaelcuartogradodeconsanguinidadysegundogradodeafinidad,segúnlanormativadelamateria.

Artículo 9°.- Presunción de veracidadOsinergmin asume que la documentación presentada para el proceso deselecciónenquesalióelegidoeltrabajador;asícomoaquellapresentadaparadarinicioasurelaciónlaboral,esverdaderaycontieneinformaciónfidedigna.Siconposterioridadalprocesodeselecciónoalacontratacióndeltrabajadorsedetectaralapresentacióndedocumentosy/oinformaciónfalsaoinexacta,elloconstituyefaltagraveyseprocederáainiciarlasaccioneslegalesquelaLeyestableceyaadoptarlasmedidascorrespondientes.

Artículo 10°.- Periodo de pruebaEltrabajadoringresantequedasujetoaunperíododepruebade3meses.Las partes pueden pactar un término mayor en el caso que las laboresrequierandeunperiododecapacitaciónoadaptación,oqueporsunaturalezaogradoderesponsabilidadtalprolongaciónpuedaresultarjustificada.Laampliacióndelperíododepruebadebeconstarporescritoynopodráexceder en conjunto con el período inicial, de 6 meses en el caso detrabajadorescalificadosodeconfianza,ydeunañoenelcasodepersonaldedirección.Elperíododepruebasecomputadesdequeeltrabajadorinicialaprestaciónde servicios en la entidad y su duración debe constar por escrito en laresoluciónadministrativaoenelcontrato,dependiendodecadacaso.

TÍTULO III: DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES

Artículo 11°.- Derechos de OsinergminSin perjuicio de otros derechos que le correspondan en su calidad deempleador,demaneraenunciativasonderechosdeOsinergmin:

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a.Planear, organizar, coordinar, dirigir, orientar, controlar y disponer lasactividadesdesustrabajadores.

b.Establecer laspolíticas,directivas,procedimientosuotrosdestinadosa laconsecuciónylogrodelasmetasyobjetivosdelaentidadyasuadecuadamarcha.

c.Determinar y calificar los puestos de la organización, el manual dedescripcióndepuestos,asícomoelperfilocupacionalynivelremunerativodelospuestos.

d.Seleccionarycontratarnuevopersonal.e.Fijar ymodificar el horario del trabajador de acuerdo con las necesidadesoperativas.

f. Determinar la oportunidad de los descansos vacacionales, así comoconcederpermisosylicencias,aexcepcióndelasmédicasylasestablecidasporlaley.

g.Aplicar las medidas administrativas y disciplinarias, sin perjuicio de lasfuncionesquecorrespondanalosÓrganosdelSistemaNacionaldeControl.

h. Ejecutar los procesos de evaluación periódica del desempeño deltrabajador.

i. Exigir el cumplimiento del presente Reglamento y demás normativaaplicable.

Artículo 12°.- Obligaciones de OsinergminSonobligacionesdeOsinergmin:

a.Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento y demás normativaaplicable.

b.Efectuar el pago de remuneraciones y demás beneficios sociales quecorrespondanasusus trabajadores,en lascondicionesyoportunidadesestablecidasenloscontratosdetrabajoydeacuerdoconlasdisposicioneslegalesvigentes.

c.Otorgar,asolicituddeltrabajador,constanciasdetrabajoyremuneraciones.d.Tramitarlasobservacionesyreclamosqueformulenlostrabajadores.e.Guardar reserva sobre la información que pudiera afectar su intimidad,contenidaensulegajopersonal,deacuerdoconlasdisposicioneslegalesvigentes.

f. Organizarprogramasdeactividadesquefomentenymantenganlaarmoníaenlasrelacioneslaboralesypromuevanelmejoramientodelclimalaboral.

g.Formular directivas, normas o procedimientos que garanticen el orden,seguridadyproteccióndelostrabajadoresydelasinstalaciones.

h.Ponerenconocimientodeltrabajadortodainserciónensuarchivopersonaldedocumentosqueserefieranasusméritosodeméritos.

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Artículo 13°.- Derechos del trabajadorSonderechosdeltrabajador:

a.Queseleabonelaremuneraciónybeneficiossocialesquelecorrespondapor las laboresquerealiceensu jornadadetrabajo,deacuerdoconlasdisposicionesadministrativasinternasylanormativaaplicable.

b.Que en caso de viaje en comisión de servicio, se le pague el valor delos pasajes, se le contrate, sin costo para él, un seguro de accidentespersonales que cubra el riesgo de transporte, y se le proporcionen loscorrespondientesviáticos.

c.Queseevalúeperiódicamentesurendimiento,yseleinformeelresultadodelaevaluación.

d.Queseletrateconrespeto.e.Queseguardereservadelainformacióncontenidaensulegajopersonal,conformealanormativadelamateria.

f. Quelosresultadosdelosexámenesmédicosseanmantenidosenreserva,salvodisposiciónlegalensentidocontrario.

g.Que se le admita a trámite, por conducto regular, las reclamacionesque viere por conveniente formular cuando considere desconocidos ovulneradossusderechososelehayaefectuadounasancióndisciplinaria.

h.Queselehagaentregadeunaconstanciadetrabajooderemuneraciones,asícomorecibirelcertificadodetrabajoalaconclusióndelvínculolaboral.

i. Gozardeldescansovacacional,deacuerdoconlasnormasvigentes.j. Recibircapacitaciónacordeconlosobjetivosinstitucionalesquefavorezcansu desarrollo profesional y técnico, y que redunde en beneficio de laentidad.

k.Aladefensalegal,conformealanormativadelamateria.

Artículo 14°.- Obligaciones del trabajadorSin perjuicio de las demás disposiciones del presente Reglamento y lanormativaaplicable,todotrabajadordeOsinergminestáobligadoa:

a.Acatar todas las normas en cuyo ámbito de aplicación se encuentreOsinergmin.

b.Cumpliryhacercumplirlasnormasdeconducta,valoresyprincipiosquerijanlaactuacióndeOsinergmin.

c.Guardareldebidorespeto,lealtadyconsideraciónalainstitución,yatodoelpersonal.

d.RealizarlaslaboresoactividadesasignadasporsuJefeinmediato,dentrodelplazoprevistoparaello.

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e.Mantener un rendimiento en las labores encomendadas acorde con losnivelesyexigenciasprevistosparasimilaresfunciones.

f. Nodedicarseenelcentrodetrabajoaatenderasuntospersonalesuotrosajenosalaslaboresautorizadas.

g.CuidaryusardemaneraadecuadalosambientesylasherramientasqueproporcionaOsinergminpararealizarlaslaboresdiarias.

h.Denunciarenformainmediataanteladelegaciónpolicialcorrespondientecuando en el ejercicio de sus labores fuera de las instalaciones de laEntidadhayasidovíctimaderobodelosmateriales,herramientas,equiposyotrosobjetosdepropiedaddeOsinergmin.Asimismo,deberácomunicartal hecho al Gerente del área para que el reporte correspondiente searemitidoalaOficinadeAdministraciónyFinanzas.

i. GuardarreservasobrelosasuntospropiosdeOsinergmin,absteniéndosedeproporcionarapersonasajenasinformaciónalaquetuviereaccesoporrazóndesutrabajo,asícomodedifundirsucesos,datosqueconociereenelejerciciodesusfunciones,sinautorizacióndesuJefeinmediato.

j. Asistir puntualmente a su centro de labores, respetando los horarios yturnosvigentes,registrandopersonalmentesuingresoysalidamediantelossistemasestablecidosparatalesefectos.Estánexceptuadosdeefectuarel registro de asistencia, el personal a que se refiere el artículo 19° delpresenteReglamento.

k.DaravisoasuJefeinmediato,aliniciodelajornadalaboral,encasodenopoderasistiraltrabajoporenfermedaduotracausa.

l. Someterse oportunamente al examen médico convenido o establecidoporLey,asícomocumplirlasmedidasprescritasporelmédicoparaevitarenfermedadesoaccidentes.

m.Sometersealasevaluacionesdedesempeñodelpuesto.n.Usardurante la jornadadetrabajoeluniformeoprendasotorgadosporOsinergmin,cumplirconelcódigodevestuarioaprobadoporOsinergminyportarelcarnédeidentificaciónpersonal(fotocheck)proporcionadoporOsinergmin, según corresponda y de acuerdo con las disposiciones queparatalefectoapruebelaGerenciaGeneral.

o.ComunicarporescritocualquiercambioovariaciónsobrelainformacióndeclaradaaOsinergmin:datospersonales,familiares,estadocivil,cambiode domicilio y otros en cuanto estos se produzcan con el objetivo deactualizarlasfichaspersonales.ParaefectosdelasnotificacionesquecurseOsinergminseconsiderarácomoválidalaúltimadireccióninformadaporeltrabajador.

p.CumplirconlasnormasdeseguridadinformáticayobligacionesreferidasalusoadecuadodeInternet,softwareycorreoelectrónicoqueseimpartenenOsinergmin.

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q.Hacer entrega del cargo, de toda documentación y del equipamientoentregadoparaelcumplimientodefunciones,alconcluirelvínculolaboralconOsinergmin,conformealoprevistoenlasdisposicionesinternas.

r. Cumplir con las disposiciones establecidas en Ley Nº 27815 - Ley delCódigodeÉticadelaFunciónPúblicaysuReglamento,aprobadomedianteDecretoSupremoNº033-2005-PCM,ylasdisposicionesquelasmodifiquenosustituyan,ylasqueemitaOsinergminsobreelparticular.

s.CumplirconpresentarlaDeclaraciónJuradadeIngresos,BienesyRentas,de acuerdo con lo establecido en la legislación de la materia, cuandocorresponda.

t.Cumplirconefectuar laprogramacióndeldescansovacacionaldeformaoportuna, dentro del período correspondiente, así como hacer usoefectivodelperíodo vacacional completodemanera continua, según loprogramado.

u.Cumplir con todas las disposiciones generales, normas, procedimientosypolíticas aprobadasporOsinergmin,así como lasqueseapruebenconposterioridad.

Laenumeracióndeestasobligacionestienecaráctermeramenteenunciativo,puesquedaestablecidoqueeltrabajadordeberáobservarlasdisposiciones,tanto legales como internas, establecidas por Osinergmin que regulan sucomportamientolaboral.

Artículo 15°.- Prohibiciones del trabajadorSinperjuiciodeloprevistoenlalegislaciónpenal,civil,laboraloadministrativa,todotrabajadorestáprohibidode:

a.TransgredirlasnormasdelCódigodeÉticadelaFunciónPública,asícomolasdisposicionesquealrespectoemitaOsinergmin.

b.Incumplir las disposiciones sobre impedimentos o incompatibilidadesprevistasenlaley.

c.CometeractosquedemaneradirectaoindirectaperjudiquenoafectenelbuennombredeOsinergminosupatrimonio.

d.Sustituiraotrotrabajadorparaelregistrodeingresosysalidasdelcentrodetrabajoofacilitaraotrapersonalosmediosparaelmismofin.

e.Ingresar y permanecer en la entidad fuera del horario de trabajo,excediendosujornadaordinaria,sinpreviaautorización.

f. Concurriralcentrodetrabajoenestadodeembriaguezobajoinfluenciade drogas o sustancias estupefacientes. El estado de embriaguezaunque no sea reiterada resulta de excepcional gravedad cuando asíse derive por la naturaleza de la función o del trabajo encomendado.

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La negativa del trabajador de someterse a dicha prueba se considerarácomo reconocimiento del estado, pudiendo la autoridad policial prestarconcursoparacoadyuvarenlaverificacióndetalnegativa.

g.Proporcionarinformaciónfalsaparasuarchivopersonal.h.Ausentarse de su centro de trabajo durante el horario de trabajo sin lapreviaautorizacióndesuJefeinmediato,amenosqueseaimprescindibleparaelcumplimientodeunalaborasignada.

i. Portararmasdecualquierclasedentrodelaentidad,salvoenloscasosexpresamenteautorizadosporlaGerenciaGeneralporlanaturalezadelasfunciones.

j. Introducir,promover,publicarodistribuirpropagandauotraspublicacionesajenasalquehacerdelaentidad.

k.Publicarartículosohacerdeclaracionespúblicasrelativasalainstitución,sinlaautorizaciónexpresadelaGerenciaGeneraloPresidencia.

l. Asistir a reuniones enotras entidadespara tratar temas relacionados alámbitodecompetenciadeOsinergmin,sinlaautorizacióndelaGerenciaGeneraloPresidencia.

m.Realizar actos de violencia, grave indisciplina, injuria y faltamiento depalabraverbaloescritaenagraviodelempleador,desusrepresentantes,sussuperioresjerárquicosodelpersonalengeneral,seaquesecometandentrodelcentrodetrabajoofueradeélcuando loshechossederivendirectamentedelarelaciónlaboral.

n.Incurrir en actos que se configuren como hostigamiento sexualindependientemente sies cometidoporquienejerzaautoridad sobreeltrabajadorosiescometidoporuntrabajadorcualquierafueralaubicacióndelavíctimadelhostigamientoenlaestructurajerárquicadeOsinergmin.

o.Incurrir en actos discriminatorios contra personas supuestamenteinfectadasoportadoras conVIH /SIDA; así como cualquierotro actodediscriminaciónpormotivodeorigen,raza,sexo,idioma,religión,opinión,condicióneconómicauotraíndole.

p.ExtraerdellocaldeOsinergminlosbienesmueblesomaterialesdetrabajofísicosodigitales, auncuando lehayan sido confiadospara laejecuciónde sus labores, amenosque se cuente conautorización acorde con losprocedimientosinternos.

q.OmitirdarasuJefeinmediatolainformaciónsobrehechosqueperjudiqueno puedan causar daño o perjuicio a sus compañeros de trabajo o aOsinergmin.

r. Cualquierotradeíndolesimilaroanáloga.

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Laenumeraciónantesdescritanoeslimitativa,demodoqueeltrabajadordeberáabstenerse,engeneral,decometercualquieractodeindisciplinaquepuedacausarcualquiertipodeperjuicioaOsinergminoasuscompañerosdetrabajo.

TÍTULO IV: JORNADA, HORARIOS Y ASISTENCIA

Artículo 16°.- Horario y jornada de trabajoLa jornadaordinariadetrabajopara lostrabajadoresdeOsinergminesdecinco(5)díasalasemana,delunesaviernes,42.5horassemanales.Elhorariodetrabajoseráfijadopor laGerenciaGeneralenfunciónde lasnecesidadesgeográficasdelaentidad,sinexcederlajornadaantesseñalada.ElcumplimientodelhorariodetrabajodelostrabajadoresesresponsabilidaddelJefeinmediatoydelGerentedeárea.Paratalefecto,elGerentedeTalentoHumanodeberáproporcionarlosmecanismosdecontrolcorrespondientes.El trabajadorcuentaconsesenta (60)minutosde refrigerio.Este lapsodetiemponoformapartedelajornadadetrabajo.

Artículo 17°.- Control de asistenciaPara los efectos del control de asistencia, cada trabajador deberá registrarsuspropiosingresosysalidasatravésdelsistemaimplantadoparaelloporlainstitución,siendoobligatoriosuusodiariocomoúnicomedioválidoderegistroycontrol.La infracciónporpartedel trabajadorque registre laasistenciadeotroydeltrabajador suplantado dará lugar a la aplicación de la sanción disciplinariacorrespondiente.Altrabajadorquenoregistresuingresoysalida,sinjustificacióndebidamenteaprobada, se le considerará como Ausente, procediéndose al descuentorespectivo,sinperjuiciodelaaplicacióndelasancióndisciplinariacorrespondiente.

Artículo 18°.- Incumplimiento de horarioLos trabajadores que lleguen con posterioridad a la hora de ingreso sinjustificacióndebidamenteaprobada,incurriránentardanza.Eltiemponotrabajadocomoconsecuenciadelastardanzasseráacumuladomensualmente,ypasadoslos30minutosalmes,elexcesoserádescontadodelaremuneraciónmensualcorrespondiente.Las tardanzas son pasibles de la aplicación de las sanciones disciplinariascorrespondientes.Los trabajadoresnodeberán ingresarnipermaneceren la institución fueradel horario de trabajo establecido, sin autorización previa, siendo dichoincumplimientopasibledelassancionesadministrativascorrespondientes.

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Artículo 19°.- Trabajadores no sujetos a control horarioLaGerenciaGeneraldeterminarálostrabajadoresqueenfunciónalospuestosqueocupano las funcionesquerealizannoseencuentransujetosacontrolhorario,conformealanormativadelamateria.

TÍTULO V: REMUNERACIONES

Artículo 20°.- Remuneración Todos los trabajadores de Osinergmin tienen derecho a la remuneraciónpactada individualmente, en concordancia con la política remunerativaestablecidaparalaentidad,asícomodeaquellosbeneficiosdispuestosenlanormativaaplicable.Sololaslaboresefectivamenterealizadasdanderechoalaremuneración,salvodisposicióndistintayexpresadelaLey.Noestánpermitidoslosadelantosderemuneraciones.

Artículo 21°.- Periodicidad y formalidadLa remuneración de los trabajadores se pagará en forma mensual, estarácontenidaenlasrespectivasboletasdepagoindividualesenlasqueseanotaránelmes al que corresponda el pago, los nombres y apellidos del trabajadory todos los datos relativos a los conceptos remunerativos, retenciones,descuentosyotrosaquehubieselugar.Osinergmin pondrá oportunamente a disposición de los trabajadores susrespectivasboletasdepago,loquecomunicarápormedioelectrónico,siendoobligacióndelostrabajadoresrecogerlasdentrodelplazoestablecidoparaello.

Artículo 22°.- Deducciones y retencionesLasremuneracionesestánsujetasalasdeduccionesyretencionesestablecidasporleyomandatojudicial,asícomoalasexpresamenteautorizadasporelpropiotrabajador.

TÍTULO VI: CAPACITACIÓN

Artículo 23°.- Objetivo de la capacitación La institución fomenta y promueve la capacitación para la realización y eldesarrollodelostrabajadores,paralocual,formulaprogramasdecapacitaciónconlafinalidaddequeéstosalcancenuncrecimientoprofesionalyejerzanunmejordesempeñoycumplimientodesusfuncionesparalaconsecucióndelasmetasyobjetivosestratégicosdelaentidad.

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Artículo 24°.- Política de capacitaciónPara la obtencióndebecas y la participación en eventos de capacitación,lostrabajadoresdeberánsujetarsealaPolíticadeCapacitaciónqueapruebeOsinergminsobre labasede lanormativasobre lamateriaqueestablezcaSERVIRydemásnormasrelacionadas.

TÍTULO VII: GESTIÓN DEL RENDIMIENTO DEL PERSONAL

Artículo 25°.- Objetivo de la gestión del rendimientoLa gestión del rendimiento tiene por finalidad identificar, reconocer ypromoverelaportedelostrabajadoresalosobjetivosymetasinstitucionales,asícomoevidenciarlasnecesidadesrequeridasparamejorareldesempeñoensuspuestos.

Artículo 26°.- Evaluación de desempeñoLa entidad efectuará periódicamente evaluaciones del desempeño delpersonal, con la finalidad de verificar el cumplimiento de funciones,compromisos y metas de los trabajadores, de acuerdo con los fines yobjetivosinstitucionalesyconelperfildelpuesto.LasevaluacionesserealizaránconformealasdisposicionesinternasemitidasporOsinergminylanormativasobrelamateria.

TÍTULO VIII: PERMISOS Y LICENCIAS

Artículo 27°.- PermisosElpermisoeslaautorizaciónparaausentarsemomentáneamentedeltrabajohastaportodoundía.Elpermisoseráremunerado.Elpermisopordescansomédicooporlactancia,previstoenlaLeyN°27240,esautorizadoporelGerentedeTalentoHumano,previacoordinaciónconel Jefeinmediato.Enlosotroscasos,laautorizacióndelpermisocorrespondealJefeinmediatoydeberásercomunicadoaláreaacargodelpersonal,parasuregistroenelcontroldeasistencias.El trabajador que no tuviera autorización para hacer uso de permiso eincurrieraeninasistencia,seráconsideradocomoAusentesinjustificaciónyserápasibledelassancionesdisciplinariascorrespondientesydeldescuentodehaberesrespectivo.

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Artículo 28°.- LicenciaLalicenciaeslaautorizaciónqueseconcedeauntrabajadorparadejardeasistiraltrabajo,conpagoderemuneracionesosinél,porunlapsomayoraundía.La licencia, en cualquiera de susmodalidades, se solicita y se otorga porescrito,acuyoefectoseutilizaelformatoprevistoparatalfin.Lasolicituddeberácontarconladebidajustificación.Elgocedelalicenciaprocederáunavezquehayasidoautorizada,nosiendosuficientelasolapresentacióndelasolicitudparaeliniciodelreferidogoce,salvocasosdefuerzamayordebidamentejustificados.

Artículo 29°.- Licencia con goce de remuneraciones29.1 El Gerente de Talento Humano autorizará la licencia con goce de

remuneracionesenlassiguientescircunstancias:

a.Porenfermedadyaccidentescomprobados.b.Pordescansopreypost-natal.c.Porpaternidady/oadopción.d.Porfallecimientodefamiliardirecto(padres,cónyugesohijos).Seconcederáunpermisodedos(02)díasposterioresaldíadeproducidoeldeceso,siésteseproduceenlalocalidaddondeseencuentraubicadosucentrodetrabajoyhastacinco(05)díasposterioresaldíadeproducidodichosuceso,siesteseprodujerafueradelaciudadenlaqueseencuentrasucentrodelabores,enfuncióndeladistancia.

e.Para asistir al hijo, padre o madre, cónyuge o conviviente enfermodiagnosticadoenestadograveoterminal,oquesufraaccidentequepongaenserioriesgosuvida,deacuerdoconlaLeyN°30012.

f. Porcitaciónexpresa:judicial,militaropolicial.g.Otrasprevistasenleyexpresa.

29.2 La Gerencia General podrá autorizar la licencia en los siguientessupuestos,estandocondicionadaalasnecesidadesinstitucionales:

a.CapacitaciónfinanciadatotaloparcialmenteporOsinergmin.b.Becas, cursos o programas de especialización obtenidos por el propiotrabajadorconauspiciooconocimientodeOsinergmin.

Artículo 30°.- Licencia sin goce de remuneracionesLa licencia sin goce de remuneración en todos los casos constituye unaliberalidaddelempleadorynounderechodel trabajador,por loqueestácondicionadaalasnecesidadesinstitucionales.

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30.1ElGerentedeláreapodráotorgarlalicenciapormotivosparticulares,porunperiodomáximode7días.

30.2ElGerenteGeneralpodráotorgarlalicenciapormotivosparticulares,porunperiodomáximode3meses.

30.3ElPresidentepodráautorizarlalicenciapormotivosparticulares,porunperiodomayora3meses.

Artículo 31°.- Licencia a cuenta del periodo vacacional o con cargo a compensación 31.1ElGerentedeláreapodráotorgarestalicenciaporunperiodomínimo

de7díascalendario,enlossiguientessupuestos:

a.Pormatrimonio.b.Porenfermedaddelcónyuge,padresohijos.c.Porotrosmotivosdebidamentesustentadosporeltrabajador,siemprequealafechadelasolicitud,eltrabajadortengaacumuladoporconceptodevacacionestruncascuandomenos,seisdoceavos(6/12)desuderechovacacional.

31.2 El Gerente de Talento Humano otorgará, previa coordinación con elGerentedeárea,lalicenciaenlossiguientescasos:

a.Paraasistirenunperiodoadicionalalotorgadoconlicenciacongocedehaber,alhijo,padreomadre,cónyugeoconvivienteenfermodiagnosticadoenestadograveoterminal,oquesufraaccidentequepongaenserioriesgosuvida,deacuerdoconlaLeyN°30012.

b.Para laasistenciamédicay la terapiade rehabilitacióndepersonas condiscapacidadaqueserefierelaLeyN°30119.

Artículo 32°.- Documentación a presentarCuandoporlanaturalezadeloshechos,lalicencianohayasidoprogramada,el trabajador deberá informar oportunamente su inasistencia al centrolaboralyposteriormente justificarlamedianteel formatoydocumentacióncorrespondiente.En el caso de enfermedad o accidente, dicha documentación deberácomprender laordendedescansoexpedidaporelmédicotratanteoporelcentromédicoenelcualrecibióatenciónmédica.LasconstanciasmédicasqueOsinergminreconocecomoválidos,sonlosextendidosporlosestablecimientosdesaludoporlosmédicosparticulares,enlosformatosestablecidosporLey.Osinergminsereservaelderechodedisponervisitasaldomiciliodeltrabajadorporunmédicooasistentesocial.

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TÍTULO IX: DESCANSO VACACIONAL

Artículo 33°.- Generación del derechoEltrabajadortienederechoatreinta(30)díascalendariodedescansovacacionalremuneradoalaño, luegodealcanzarel recordde210díasde laborefectivade trabajo. Las licencias sin goce de haber y las sanciones que impliquenla interrupción del servicio, originarán la postergación del derecho al gocevacacionalporigualperiodo.

Artículo 34°.- Récord vacacionalParalosefectosdelrécordvacacionalseconsiderarácomodíasefectivosdetrabajolossiguientes:

a.Lasinasistenciasporenfermedadoaccidente,siemprequenosuperelossesenta(60)díasenelaño.

b.Eldescansopreypost-natal.c.Eldescansovacacionalcorrespondientealañoanterior.d.Lasfaltasoinasistenciasautorizadas,pordecisióndelempleador.e.Otrasdeacuerdoconlanormatividadvigente.

Artículo 35°.- Periodo vacacionalLos trabajadores que reúnan los requisitos que establece la normativavigenteparatenerderechoaldescansovacacionalestánenlaobligacióndedescansarenformacontinuaelperiodovacacionalcompleto.Asolicituddeltrabajador o por necesidades propias del servicio, el descanso vacacionalpuedeefectuarseenperiodosmínimosdesiete(7)díascalendario.

Artículo 36°.- Rol anual de vacacionesEl Rol anual de vacaciones será elaborado de común acuerdo entre elGerentedeáreayeltrabajador,tomandoencuentalafechadeingreso,lageneracióndelderecho,lasnecesidadesdelservicioylosinteresespropiosdeltrabajador.Encasodedesacuerdo,decidiráelempleadorenusodesufacultaddirectriz.El área a cargo del personal velará por el cumplimiento del rol anual devacacionesestablecido.Las solicitudes de modificación del descanso vacacional programado seadmitirán de común acuerdo entre el trabajador y el Gerente de área,debiendocomunicarsealáreaacargodelpersonal.

Artículo 37°.- ProhibiciónEl descanso vacacional no podrá ser otorgado cuando el trabajador estéincapacitado por enfermedad o accidente o cuando esté en acciones decapacitaciónaprobadaporOsinergmin.

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Artículo 38°.- Remuneración vacacionalLa remuneración vacacional es equivalente a la queel trabajadorhubierapercibidohabitualmenteencasodeseguirlaborando.Osinergminestáobligadoahacerconstarexpresamenteenlasplanillas,elmesenquecorrespondelasvacacionesyelpagorespectivo,conformealoprevistoenlanormativaaplicablealtrabajador.

TÍTULO X: ENCARGO DE FUNCIONES

Artículo 39°.- Encargo de puesto vacante, o de puesto cuyo titular se encuentra con licencia percibiendo subsidio o con licencia sin goce de haberMedianteResolucióndePresidenciaodeGerenciaGeneralseautorizaauntrabajadorparaquesedesempeñetemporalmenteenunpuestoderangogerencialojefatural,respectivamente,enlossiguientessupuestos:• el puesto se encuentre vacante,mientras se lleva a cabo el procesodeseleccióncorrespondiente;

• cuandoeltitularseencuentrapercibiendosubsidiopormaternidad,• cuando el titular se encuentre con descanso médico por motivo deenfermedadoaccidente,porunperiodomayoraunmes;

• cuandoeltitularseencuentreconlicenciasingocedehaberporunperiodomayoraunmes.

Eltrabajadorencargadodebereunirlosrequisitosmínimosdelpuestosegúnlosinstrumentosdegestióndelaentidad.PreviadisponibilidadpresupuestaldelaOficinadePlaneamientoyControldeGestión,segeneraelderechoapercibirladiferenciaentrelaremuneracióndel puesto de origen y la correspondiente al puestomateria de encargo,desdeelprimermesqueeltrabajadorasumeelencargo,yentantodureelmismo.El encargo no genera derecho permanente al puesto ni al diferencialremunerativo para el trabajador encargado, encontrándose Osinergminfacultadoparadarporfinalizadoelencargocuandoloestimepertinente.

Artículo 40°.- Otros encargos de funciones En los supuestos no previstos en el artículo precedente, el encargo defuncionesdeunpuestoderangogerencialojefaturalseefectuarámedianteMemorándumde laGerenciaGeneral o de laGerencia que corresponda,respectivamente.Elencargonormadoenelpresenteartículonogeneraderechoaundiferencialremunerativo para el trabajador encargado ni un derecho permanenteal puesto encargado, encontrándose Osinergmin facultado para dar porfinalizadoelencargocuandoloestimepertinente.

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TÍTULO XI: SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Artículo 41°.- Medidas de seguridad y salud en el trabajoEláreaacargodelaseguridadysaludocupacionalvigilaráquelasoficinasenlasquelaboraelpersonaldeOsinergmincuentenconlaseguridadehigieneadecuadas,deacuerdoconlanormativavigente.Paratalefecto,propondráelReglamentoInternodeSeguridadySaludenelTrabajo,aseraprobadoporlaGerenciaGeneral.

Artículo 42°.- Cumplimiento obligatorioEs deber de todo trabajador cumplir las disposiciones de seguridadestablecidasenelReglamentoInternodeSeguridadySaludenelTrabajo,ydemásdisposicionesqueconlamismafinalidadseimpartan.

Artículo 43°.- Plan de BienestarOsinergmin desarrolla un Plan de Bienestar para sus trabajadores. DichoplanmantieneelProgramadeAsistenciaMédicaFamiliarosuequivalenteenlaentidadprestadoradesalud,paraelpersonalbajoelrégimenlaboralprivado,cónyuge,hijosypadres;asumiendo,deacuerdoconsupolítica,lasrespectivasprimasfijadasporlaaseguradora.Asimismo,Osinergmin implementarácompensacionesnoeconómicasparasustrabajadores.

TÍTULO XII: RÉGIMEN DISCIPLINARIO Y PROCEDIMIENTO SANCIONADOR

Artículo 44°.- Normativa aplicableElprocedimientoadministrativodisciplinarioenOsinergminserigepor lasdisposicionesestablecidasenelpresenteTítulo;enelTítuloV,Capítulo II:RégimendeSancionesyProcedimientoSancionadorde la LeydelServicioCivil,LeyN°30057;yenelTítuloVI:RégimenDisciplinarioyProcedimientoSancionadordelReglamentode lamencionadaLey,aprobadoporDecretoSupremo N° 040-2014-PCM y demás normas reglamentarias que emitaSERVIRsobreelparticular.

Artículo 45°.- Secretaría TécnicaLasautoridadesdelprocedimientodisciplinario cuentan conel apoyodeunaSecretaría Técnica, cuyos miembros son designados mediante Resolución dePresidencia;yquetieneasucargo,recibir lasdenunciasqueprovengandelapropia entidad o de terceros, precalificar las presuntas faltas, documentar laactividad probatoria, proponer la fundamentación y administrar los archivos

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emanadosdelejerciciodelapotestadsancionadoradisciplinariadelOsinergmin.Notienecapacidaddedecisiónysusinformesuopinionesnosonvinculantes.SilosmiembrosdelaSecretaríaTécnicafuesendenunciadosoprocesados,elGerentedeTalentoHumanoasumelaSecretaríaTécnica.

Artículo 46°.- Trámite del procedimiento disciplinario• El procedimiento disciplinario se inicia con la notificación al trabajadorde laResoluciónapartirde la cual se le imputan loshechoscalificadoscomofaltadisciplinaria,yseleotorgaelplazodecinco(5)díashábilesparaformulardescargos.Dicharesolucióndebeemitirseconlasformalidadesexigidasporlanormativa,notienecarácterimpugnable.

• El trabajador deberá presentar sus descargos por escrito en el plazootorgado,pudiendoporúnicavezsolicitarlaampliacióndelplazoporigualperiodo,contadodesdeelvencimientodelplazoinicial.

• Vencidoelplazoparapresentardescargos,hayansidoonopresentados,el órgano instructor llevará a cabo el análisis, indagaciones y actuaciónprobatorianecesariosparadeterminarlaexistenciadelaresponsabilidadimputada al trabajador y, de ser el caso, recomienda la sanción a serimpuesta.Debenotificar su informeal órgano sancionador enunplazomáximodequince(15)díashábiles,elcualdebecontenerlosrequisitosprevistosenlanormativa.

• El órgano sancionador remitirá al trabajador el informe del órganoinstructor.Eltrabajadorpodrásolicitar,dentrodelostres(3)díashábilesde recibido el informe, audiencia de informe oral, solicitud que serárespondidadentrodelplazodedos(2)díashábiles.

• El órgano sancionador efectuará el análisis del expediente a efectos delaemisiónynotificaciónde la resolución.Deberápronunciarse sobre lacomisión de la infracción imputada al trabajador, con las formalidadesexigidasporlanormativa,dentrodelosdiez(10)díashábilessiguientesdehaberrecibidoelinformedelórganoinstructor,prorrogablehastapordiez(10)díashábilesadicionales,debiendosustentartaldecisión.Entre el inicio del procedimiento administrativo disciplinario y lanotificación de la comunicación que impone sanción o determina elarchivamientodelprocedimiento,nopuedetranscurrirunplazomayoraun(01)añocalendario.

Artículo 47°.- Derechos e impedimentos del trabajador durante el procedimiento disciplinario• En el procedimiento administrativo disciplinario, el trabajador tienederechoaldebidoprocesoy latutelajurisdiccionalefectivayalgocedesusremuneraciones.

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• Eltrabajadorpuedeserrepresentadoporabogadoyaccederalexpedienteadministrativoencualquieradelasetapasdelprocedimientoadministrativodisciplinario.

• Duranteeltiempoqueduraelprocedimientoadministrativodisciplinarioeltrabajadorprocesado,segúnlafaltacometida,puedeserseparadodesu función y puesto a disposición del Gerente de TalentoHumano paralaasignaciónde labores segúnsuespecialidad;oexoneradodeasistiralaborar.

• Duranteelprocedimiento,eltrabajadorestáimpedidodehacerusodesusvacaciones, licenciaspormotivosparticularesmayoresacinco (5)díasopresentarrenuncia.

• Enloscasosenquelapresuntacomisióndeunafaltasederivedeuninformedecontrol,lasautoridadesdelprocedimientoadministrativodisciplinarioson competentes en tanto la Contraloría General de la República nonotifique la Resolución que determina el inicio del procedimientosancionador por responsabilidad administrativa funcional, con el fin derespetarlosprincipiosdecompetenciaynonbisinídem.

Artículo 48°.- Sanciones aplicables Lassancionesporfaltasdisciplinariaspuedenser:a.Amonestaciónverbal.Seaplicacuandolafaltaesleve.LaefectúaelJefeinmediatoenformapersonalyreservada,paralocualcitaráaltrabajadorparaamonestarloverbalmente.Se considera falta leve incurrir en tardanza o el incumplimiento de unalaborquenogenereconsecuenciasmayoresparaelárea,lagerenciaolainstitución.

b.Amonestaciónescrita.Seaplicacuandohayreincidenciaenfaltas leves,pesealasamonestacionesverbales,ycuandolafaltanorevistalagravedadsuficiente para ameritar una suspensión. La amonestación escrita seaplicaprevioprocedimientoadministrativodisciplinario.ElJefeinmediatoinstruye y sanciona. La sanción se oficializa por resolución del Gerentede TalentoHumano. La apelación es resuelta por elGerente de TalentoHumano.Cuandose lehaya imputadoalGerentedeTalentoHumano lacomisióndeunainfracciónqueameritalaimposicióndeunaamonestaciónescrita,instruyeysancionasuJefeinmediato.

c.Suspensiónsingocederemuneraciones.Consisteenlaseparacióntemporaldeltrabajoaplicabledesde1díahastaunmáximode365díascalendario,previoprocedimientoadministrativodisciplinario.Seráaplicadacuandoeltrabajador cometa las faltasdisciplinariasestablecidasenel artículo85°delaLeydelServicioCivilyelartículo98.2°delReglamentodelaLeydel

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ServicioCivil.Elnúmerodedíasdesuspensiónespropuestoporel JefeinmediatoyaprobadoporelGerentedeTalentoHumano,elcualpuedemodificarlasanciónpropuesta.ElJefeinmediatoeselórganoinstructoryelGerentedeTalentoHumano,eselórganosancionadoryquienoficializalasanción.LaapelaciónesresueltaporelTribunaldelServicioCivil.

d.Destitución.Seaplicacuandoeltrabajadorcometalasfaltasdisciplinariasestablecidas en el artículo 85° de la Ley del Servicio Civil y el artículo98.2° del Reglamento de la Ley del Servicio Civil, previo procedimientoadministrativo disciplinario. La sanción es propuesta por el Gerente deTalentoHumano y aprobada por resolución del titular de la entidad, elcualpuedemodificarlasanciónpropuesta.LaapelaciónesresueltaporelTribunaldelServicioCivil.Siuntrabajadoresdeclaradoresponsabledeundelitodoloso,mediantesentenciaquecauseestado,oquehayaquedadoconsentida,oejecutoriada,culminasurelaciónconOsinergmin.Todasanciónimpuestaaltrabajadordebeconstarenellegajo.Lasancióneseficazapartirdeldíasiguientedesunotificación.La resolución de sanción es notificada al trabajador por el órganosancionador y el cargo de la notificación es adjuntado al expedienteadministrativo,concopiaallegajo.

Artículo 49°.- Recursos administrativos• Contralaresoluciónqueponefinalprocedimientodisciplinariodeprimerainstancia,eltrabajadorpodráinterponerdentrodelplazodequince(15)díashábiles,contadosapartirdeldíasiguientedesunotificación,recursodereconsideraciónoapelación.

• Lainterposicióndelrecursoadministrativonosuspendelaejecucióndelaresoluciónimpugnada.

• El recursode reconsideracióndeberá sustentarse en la presentacióndepruebanueva.

• Elrecursodeapelacióndeberásustentarseenladiferenteinterpretacióndelaspruebasproducidas,encuestionesdepuroderechooenunanuevapruebainstrumental.

• Losrecursosadministrativosseránresueltosenelplazodetreinta(30)díashábiles.

TÍTULO XIII: VIGILANCIA Y SEGURIDAD

Artículo 50°.- Medidas de seguridadLa Entidad adopta las medidas de seguridad necesarias en resguardo desu personal, bienes e instalaciones, así como para controlar su ingresopermanenciaysalidadelainstitución.

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El trabajador está obligado a cumplir estas medidas debiendo prestar ladebidacolaboraciónyrespetoalpersonalalcargodelavigilanciayseguridad.Paraefectosdelainspecciónyregistrocorrespondiente,esobligatorioquetodos los trabajadores muestren al personal encargado de la vigilancia yseguridadlospaquetes,bolsosymaletinesqueportantantoalingresarcomoal salir de las instalaciones deOsinergmin. Asimismo, deberán permitir lainspeccióndesusvehículoscuandoingresanosalendelosestacionamientosdeOsinergmin,encasosearequerido.

Artículo 51°.- Retiro de bienesNingún objeto o bien que no sea de propiedad del trabajador puede serretiradodelasinstalacionesdeOsinergminsinlaOrdendeSalidadebidamenteautorizada.

Artículo 52°.- VisitantesEl Gerente de área o el trabajador que se encuentre autorizado a recibirvisitasenlasoficinasdeOsinergminesresponsablededarlaautorizacióndeingresoalvisitante,debiendoverificarqueésteporteenlugarvisibleelcarnéqueleautorizaelingresoadeterminadopiso.Enningúncasopodráningresarlosvisitantesquenocuentenconlarespectivaautorización.Asimismo,elGerentedeáreaotrabajadorqueautorizalavisitaesresponsablede firmar y sellar el formato de Control deVisitas, documento sin el cualningúnvisitantepodrásalirdelasinstalacionesdeOsinergmin.

TÍTULO XIV: RELACIONES LABORALES – INSTANCIAS

Artículo 53°.- ConsultasCorresponde al Gerente de Talento Humano absolver las consultas queformulenlostrabajadoressobreelsentidoyalcancesgeneralesdelasnormasdelpresenteReglamento.

Artículo 54°.- Reclamo relacionado a la evaluación o progresión de la carreraTodo reclamo individual del trabajador, relacionado con la evaluación oprogresiónde la carrera, debe serpresentadopor escrito anteelGerentedeárea,quien-encoordinaciónconelGerentedeTalentoHumano-deberáresponderdentrodelossiete(7)díashábilessiguientes.Siel trabajadornoseencuentraconformecon la respuestarecibida,tienederechoapresentarunrecursodeapelaciónaserresueltoporelTribunaldeServicioCivil.Paratalefecto,presentaráelrecursoalGerentedeTalentoHumanoafindequeseatramitadocomocorresponde.

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Artículo 55°.- Reclamo sobre retribucionesEl reclamo individual del trabajador referido apagode retribuciones serápresentado ante el Analista de Remuneraciones, quien deberá responderdentrodelossiete(7)díashábilessiguientes.

Denoestardeacuerdo,onorecibirrespuestaoportuna,eltrabajadorpuedeinterponerrecursodeapelación,dentrode losquince(15)díashábilesdehaberrecibidolarespuestadelaprimerainstancia.Elrecursodeapelaciónnosuspendelaejecucióndelactoimpugnado.

ElGerentedeTalentoHumanodeberáresolverenunplazonomayoraquince(15)díashábilesdeque lees remitidoelexpediente, salvoqueconsiderenecesario solicitar información adicional, en cuyo casopodráprorrogar elplazoporquince(15)díasadicionales.

TranscurridoelplazoparaqueelGerentedeTalentoHumanoresuelvaynotifiquelaresoluciónquesepronunciasobreelrecursodeapelación,elapelantepodráasumirqueaquélfuedesestimadooperandoladenegatoriaficta.

Artículo 56°.- Reclamos relacionados a otras materias Todoreclamo individualdel trabajador, relacionadoconmateriasdistintasalasprevistasen losartículos51°y52°,yquenoseenmarquedentrodeunprocedimientodisciplinario,debeserpresentadoporescritoanteelGerentedeárea,quiendeberáresponderdentrodelossiete(7)díashábilessiguientes.

Denoestardeacuerdoono recibir respuestaoportuna,el trabajadorpodrápresentarrecursodeapelaciónaserresueltoporelGerentedeTalentoHumano.

Artículo 57°.- Notificación de respuestas a reclamosLanotificacióndelosactosemitidosconrelaciónalosreclamospresentadosanteOsinergminseefectuaráatravésdelsistemadetrámitedocumentario. TÍTULO XV: DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS FRENTE AL VIH Y SIDA

Artículo 58°.- Normativa aplicableNoobstantequelasactividadesqueserealizanenOsinergminnorepresentanriesgo inmediato o potencial a la adquisición del virus por parte de lostrabajadores,Osinergmin se sometea lasdisposicionesestablecidasen laResoluciónMinisterialNº376-2008-TR,queaprobóeldocumento“MedidasnacionalesfrentealVIHySIDAenellugardetrabajo”.

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Artículo 59°.- ProhibicionesEstáprohibidoexigiralostrabajadoresdeOsinergminlapruebadeVIHolaexhibicióndelresultado,tantoenlosprocesosdeselección,comodurantelarelaciónlaboralcomorequisitoparasucontinuación.

Artículo 60°.- Falta disciplinariaConstituye una falta laboral sancionable todo acto discriminatorio de untrabajadorrealosupuestamenteVIH-positivo.En dicho supuesto, la denuncia deberá formularse directamente ante elGerente de Talento Humano, quien atenderá dicho reclamo de maneraconfidencial, y tomará lasmedidas correctivas del caso, de forma tal queasegureelanonimatodeltrabajadorsupuestamenteVIHpositivo.

Artículo 61°.- Trámites pensionariosOsinergmin brindará apoyo en los trámites correspondientes a lostrabajadoresquehandesarrolladoelSIDAyquecomoconsecuenciadedichaenfermedadcalificanparaobtenerunapensióndeinvalidez.

TÍTULO XVI: DEL HOSTIGAMIENTO SEXUAL

Artículo 62°.-. Normativa aplicableOsinergminpromueverelacionesinterpersonalesderespetomutuoentreelpersonal,en igualdaddecondiciones,por loquese remitea lanormativavigente sobre prevención y sanción del hostigamiento sexual en susinstalaciones, contemplada en la Ley 27942 “Ley de Prevención y Sancióndel Hostigamiento Sexual” y su Reglamento aprobado mediante DecretoSupremoNº010-2003-MIMDES.

Artículo 63°.- Falta disciplinariaEl hostigador será sancionado, según la gravedad de los hechos, conamonestación, suspensióno despido, previo procedimiento administrativodisciplinario.

En el caso que el responsable de ordenar la instauración del procesoadministrativo disciplinario haya conocido del acto de hostilidad, yno haya adoptado las acciones oportunas y adecuadas para tramitar,investigar o sancionar los hechos, será responsable solidario por el pagode la indemnización que corresponde al hostigador, sin perjuicio de suresponsabilidadpenal.

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CARGO DE ENTREGA - RIS

Pormediode lapresente,enmi calidaddecolaboradordeOsinergmin,declaroqueherecibidoenlafecha,unejemplardelReglamentoInternodelosServidoresCiviles(RIS)deOsinergminaprobadoporResolucióndePresidenciaN°137-2014-OS/PRES,enelcualseestablecenlascondicionesenlascualesdebedesarrollarseelserviciocivilenOsinergmin;asícomolosderechosyobligacionesdelosservidoresy de la entidad; y las sanciones en caso de incumplimiento, en elmarco de lodispuestoenelartículo129°delReglamentoGeneraldelaLeyNº30057,LeydelServicioCivil,aprobadoporDecretoSupremoNº040-2014-PCM.

,dede20

NOMBRESYAPELLIDOS:

DNI:

FIRMA:

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