reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

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UNIVERSIDAD DE LA SIERRA SUR Derecho laboral

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Page 1: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

UNIVERSIDAD DE LA SIERRA SUR

Derecho laboral

Page 2: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Temas:

11.Reglamento interior de

trabajo

12.Derecho de

Huelga

13.Autoridades del trabajo

14.Conflictos laborales

Page 3: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Reglamento interior de trabajo

SUBTEMAS

Concepto legal

Requisitos de contenido

Obligatoriedad del Reglamento interior

Page 4: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Concepto legal: • Según el Artículo 422 de la LFT.- Reglamento interior de

trabajo es el conjunto de disposiciones obligatorias para trabajadores y patrones en el desarrollo de los trabajos en una empresa o establecimiento.

• No son materia del reglamento las normas de orden técnico y administrativo que formulen directamente las empresas para la ejecución de los trabajos.

Page 5: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Requisitos de contenido:Horas de entrada, salida, comida y reposos.Lugar y momento de inicio y fin de la jornada.Días y horas para realizar la limpieza del establecimiento, maquinaria y

material de trabajo.Días y lugar de pago.Normas para uso de asientos y sillas.Normas para prevenir riesgos de trabajo.Labores insalubres y peligrosas que no deben realizar los menores de edad

y protección que deben tener las trabajadoras embarazadas.Tiempo y forma en que deben someterse los trabajadores a exámenes

médicos y medidas profilácticas que dicten las autoridades.Permisos y licencias.Disposiciones disciplinarias y procedimientos para su aplicación.Otras normas para conseguir mayor seguridad y regularidad en el

desarrollo del trabajo.

Page 6: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Obligatoriedad del reglamento interior de trabajoSi el reglamento se encuentra depositado ante la JCA, su

observancia es obligatoria para todos los que tengan conocimiento del mismo.

Según el Artículo 425 de la LFT.- El reglamento surtirá efectos a partir de la fecha de su depósito. Deberá imprimirse y repartirse entre los trabajadores y se fijará en los lugares más visibles del establecimiento.

Page 7: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Derecho de huelga

Concepto

Tipos de huelga

Objetivos

Requisitos

Fases y procedimientos de la huelga

Terminación de la huelga

Page 8: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Concepto legal:

Huelga es la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores.

Page 9: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Tipos de huelga:

Existentes: Reúne los requisitos de fondo, forma y mayoría que la ley determina.

Inexistentes: Se realiza sin cubrir, de manera completa, total o tan sólo parcialmente, los requisitos de fondo, forma y mayoría que la ley establece expresamente.

Lícitas: Pretende conseguir el equilibrio entre los trabajadores y la empresa.

Page 10: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Ilícitas: Si se realiza mediante la comisión de actos violentos. Si se suspenden las labores de empresas o servicios dependientes del gobierno, en el caso de que la nación se encontrara en estado de guerra.

Justificadas: Aquélla que se lleva a cabo, por motivos imputables al patrón.

Por solidaridad: La que se realiza de manera temporal y articulada, por los trabajadores para solidarizarse con alguno de sus compañeros, ya sea por su despido sin motivo o por padecer una injusticia. Como forma de presión y resistencia para impedir que la empresa despida a su libre arbitrio, a alguno de sus dirigentes sindicales. La que tiene el propósito de dar apoyo a otra huelga realizada legalmente.

Page 11: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Objetivos: • Artículo 450.- La huelga deberá tener por objeto:I. Conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la

producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital;

II. Obtener del patrón o patrones la celebración del contrato colectivo de trabajo y exigir su revisión al terminar el período de su vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo III del Título Séptimo;

III. Obtener de los patrones la celebración del contrato-ley y exigir su revisión al terminar el período de su vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Título Séptimo;

Page 12: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

IV. Exigir el cumplimiento del contrato colectivo de trabajo o del contrato-ley en las empresas o establecimientos en que hubiese sido violado;

V. Exigir el cumplimiento de las disposiciones legales sobre participación de utilidades;

VI. Apoyar una huelga que tenga por objeto alguno de los enumerados en las fracciones anteriores; y

VII. Exigir la revisión de los salarios contractuales a que se refieren los artículo 399 bis y 419 bis.

Page 13: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Requisitos de contenido:

El pliego de peticiones se dirige por escrito al patrón y debe contener lo siguiente:

1.- Propósito de la huelga2.- objeto de la misma.3.- Fecha y hora en que se suspenderán las

labores.

Page 14: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Fases y procedimientos de la huelga FASE 1 (PERIODO DE GESTACION)Coalición de dos o mas trabajadores.Presentación del pliego petitorio al patrón y a la junta de

conciliación y arbitraje.(6 días de anticipación a la suspensión de labores)

La JCA verifica el cumplimiento de los requisitos.Orden de emplazamiento para el patrón por parte del

presidente de la JCA.

Page 15: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

FASE 2 (PERIODO DE PREHUELGA):Contestación por escrito del patrón a la JCA. (Dentro de

las 48 hrs siguientes a la notificación)Audiencia de conciliación (Art. 927 LFT).Fijación de trabajadores que deben seguir trabajando

(Para evitar perjuicios a la producción o empresa).Estallamiento de la huelga

Page 16: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

• FASE 3 (PERIODO DE HUELGA ESTALLADA):• Inicio del paro de labores• Declaración de inexistencia. (dentro de las 72 hrs.

siguientes a la suspensión de labores)

Page 17: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Terminación: Artículo 469.- La huelga terminará: I. Por acuerdo entre los trabajadores huelguistas y los

patrones; II. Si el patrón se allana, en cualquier tiempo, a las

peticiones contenidas en el escrito de emplazamiento de huelga y cubre los salarios que hubiesen dejado de percibir los trabajadores;

III. Por laudo arbitral de la persona o comisión que libremente elijan las partes; y

IV. Por laudo de la Junta de Conciliación y Arbitraje si los trabajadores huelguistas someten el conflicto a su decisión.

Page 18: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Autoridades del trabajo• Secretaria del trabajo y previsión social.• Procuraduría de la defensa del trabajo.• Junta federal de conciliación y arbitraje.• Facultades del pleno.• Facultades de las juntas especiales.• Juntas locales de conciliación y arbitraje.

Page 19: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Secretaria del trabajo y previsión social

Es la Secretaría de Estado encargada de las relaciones obrero-patrón, así como de los contratos, conciliaciones y métodos de trabajo. Además, fomenta la capacitación laboral en coordinación con la Secretaría de Educación Pública

Page 20: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Funciones:

Según el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, le corresponde las siguientes funciones:

Vigilar la observación y aplicación de las disposiciones relativas contenidas en el artículo 123 y demás de la Constitución Federal, en la Ley Federal del Trabajo y en sus reglamentos.

Coordinar la formulación y promulgación de los contratos de la ley de trabajo.

Promover el incremento de la productividad del trabajo.

Page 21: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Promover el desarrollo de la capacitación y el adiestramiento en y para el trabajo, así como realizar investigaciones, prestar servicios de asesoría e impartir cursos de capacitación que para incrementar la productividad en el trabajo requieran los sectores productivos del país, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública.

Establecer y dirigir el servicio nacional de empleo y vigilar su funcionamiento.

Llevar el registro de las asociaciones obreras, patronales y profesionales de jurisdicción federal que se ajusten a las leyes.

Funciones:

Page 22: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Coordinar la integración y establecimiento de las Juntas Federales de Conciliación, de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y de las comisiones que se formen para regular las relaciones obrero-patronales que sean de jurisdicción federal, así como vigilar su funcionamiento.

Dirigir y coordinar la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.

Establecer la política y coordinar los servicios de seguridad social de la administración pública federal, así como intervenir en los asuntos relacionados con el seguro social en los términos de la ley.

Estudiar y proyectar planes para impulsar la ocupación en el país.

Funciones:

Page 23: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

• La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, como dependencia del Poder Ejecutivo Federal, tiene a su cargo el desempeño de las facultades que le atribuyen la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal del Trabajo, otras leyes y tratados, así como los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente de la República.

• La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, por conducto de sus servidores públicos, unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados, realizará sus actividades en forma programada, conforme a los objetivos nacionales, estrategias, prioridades y programas contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo, el programa sectorial respectivo y a las políticas que para el despacho de los asuntos establezca el Presidente de la República, en coordinación, en su caso, con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Secretaria del trabajo y previsión social

Page 24: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo

Es un órgano desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), que tiene la misión de proteger los derechos de los trabajadores ante la autoridad laboral, mediante los servicios de asesoría, conciliación y representación legal.

Page 25: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

• ¿A quién atiende?• A los trabajadores, sus sindicatos o beneficiarios.

• ¿Dónde está ubicada?Oficina central esta ubicada en Dr. Vértiz 211, Col. Los Doctores, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06720, México D.F.Oaxaca: esta ubicada en Carbonera # 902, esq. González Ortega, Col. Barrio Trinidad de las Huertas, C.P. 68120

Tiene 47 oficinas foráneas distribuidas estratégicamente en el Interior de la República

Page 26: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

SERVICIOSAsesoría• La PROFEDET te ofrece un equipo de abogados que podrán orientarte de manera

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Conciliación• La PROFEDET privilegia la conciliación para la solución de problemas laborales que se

presentan entre trabajadores y empleadores. Lograr un acuerdo entre ambas partes es la mejor forma de evitar un juicio que puede ser largo y retrasar la solución.

Defensa legal• En caso de ser necesario la PROFEDET cuenta con abogados que te representarán

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Page 27: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

JUNTA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE

Es un órgano del estado mexicano, su integración es tripartita y democrática; su finalidad u objeto, radica en conseguir y mantener el equilibrio entre los factores de la producción.

Mediante las funciones de conciliación e impartición de justicia, en las relaciones laborales de jurisdicción federal y esta sectorizada a la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, pero tiene un carácter autónomo.

Page 28: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

ARTICULO 605. La junta se integrara con un representante del gobierno y con representantes de los trabajadores y de los patrones designados por ramas de la industria o de otras actividades, de conformidad con la clasificación y convocatoria que expida la secretaria del trabajo y previsión social. Habrá uno o varios secretarios generales según se juzgue conveniente.

JUNTA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE

Page 29: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

FACULTADES DEL PLENOARTICULO 614. EL PLENO DE LA JUNTA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE TIENE LAS FACULTADES Y OBLIGACIONES SIGUIENTES:

I. Expedir el reglamento interior de la junta y el de las juntas de conciliación.

II. Conocer y resolver los conflictos de trabajo cuando afecten a la totalidad de las ramas de la industria y de las actividades representadas en la junta.

III. Conocer del recurso de revisión interpuesto en contra de las resoluciones dictadas por el presidente de la junta en la ejecución de los laudos del pleno.

IV. Uniformar los criterios de resolución de la junta, cuando las juntas especiales sustenten tesis contradictorias.

V. Cuidar que se integren y funcionen debidamente las juntas de conciliación y girar las instrucciones que juzgue conveniente para su mejor funcionamiento.

VI. Informar a la secretaria del trabajo y previsión social de las deficiencias que observe en el funcionamiento de la junta y sugerir las medidas que convenga dictar para corregirlas.

VII. Las demás que le confieran las leyes.

Page 30: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Articulo 616. Las juntas especiales tienen las facultades y obligaciones siguientes:

I. Conocer y resolver los conflictos de trabajo que se susciten en las ramas de la industria o de las actividades representadas en ellas.

II. Conocer y resolver los conflictos a que se refiere el articulo 600, fracción IV, que se susciten en el lugar en que se encuentren instaladas.

III. Practicar la investigación y dictar las resoluciones a que se refiere el articulo 503.

IV. Conocer del recurso de revisión interpuesto en contra de las resoluciones del presidente en ejecución de los laudos.

V. Recibir en deposito los contratos colectivos y los reglamentos interiores de trabajo.

VI. Decretado el deposito se remitirá el expediente al archivo de la junta.

VII. Las demás que le confieran las leyes.

FACULTADES DEL LAS JUNTAS ESPECIALES

Page 31: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

JUNTAS LOCALES DE CONCILIACION Y ARBITRAJE

• Articulo 621.• Las juntas locales de conciliación y arbitraje funcionaran en cada

una de las entidades federativas. Les corresponde el conocimiento y resolución de los conflictos de trabajo que no sean de la competencia de la junta federal de conciliación y arbitraje.

• Articulo 622.• El gobernador del estado o el jefe del departamento del distrito

federal, cuando lo requieran las necesidades del trabajo y del capital, podrá establecer una o mas juntas de conciliación y arbitraje fijando el lugar de su residencia y su competencia territorial.

Page 32: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

• Articulo 623. La integración y funcionamiento de las juntas locales de conciliación y arbitraje se regirán por las disposiciones contenidas en el capitulo anterior. Las facultades del presidente de la republica y del secretario del trabajo y previsión social se ejercerán por los gobernadores de los estados y en el caso del distrito federal, por el propio presidente de la republica y por el jefe del departamento del distrito federal, respectivamente.

• Articulo 624. El presidente de la junta del distrito federal percibirá los mismos emolumentos que correspondan al presidente del tribunal superior de justicia.

JUNTAS LOCALES DE CONCILIACION Y ARBITRAJE

Page 33: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Conflictos laboralesTEMA 14

Page 34: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Conflictos laborales• Conflictos individuales y colectivos• Conflictos económicos y jurídicos• Características de los conflictos entre trabajadores y patrones• Características de los conflictos entre trabajadores• Características de los conflictos intersindicales• El procedimiento laboral

1. demanda2. conciliación3. contestación de la demanda4. ofrecimiento5. desahogo de pruebas

• Formas de terminación de juicios laborales• Los recursos ordinario y extraordinarios en materia laboral.

Page 35: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Según Pérez Botija:

“Los conflictos de trabajo aluden a toda la serie de fricciones susceptibles a producirse en las relaciones de trabajo”. Todo aquel procedente de la prestación de servicios retribuidos por el patrón al trabajado, derivados de la actividad laboral.

Confl ictos laborales

Page 36: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

CAUSAS DE LOS CONFLICTOS LABORALES

Los conflictos del trabajo que tienen su origen remoto en la existencia de clases sociales y en el antagonismo que entre ellas se suscita.

Como causas inmediatas se citan el incumplimiento o violación de las normas legales que regulan el trabajo humano subordinado y, también, la aspiración permanente de los asalariados por mejorar las condiciones de trabajo.

Page 37: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

CLASIFICACION DE LOS CONFLICTOS DEL TRABAJO

Desde el punto de vista de las PERSONAS en pugna

• Conflicto Individual: Son los que afectan intereses de carácter particular, independientemente del numero de trabajadores que en ellos intervenga.

• El conflicto es Colectivo : Son los que afectan intereses de carácter profesional o sindical, independientemente del numero de trabajadores que en ellos intervenga.

Page 38: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Desde la perspectiva del OBJETO o naturaleza de la controversia

• Conflicto Jurídico o de Derecho: son los que se refieren al cumplimiento o interpretación de las leyes o contratos, según el interés del afectado.

• Conflicto Económico o de Intereses: Son los que crean, modifican, suspenden o terminan condiciones de trabajo. Aquí no existe norma legal, contractual, convencional, etc. Las partes, o al menos una de ellas, persiguen crear nuevas regulaciones para su relación de trabajo.

CLASIFICACION DE LOS CONFLICTOS DEL TRABAJO

Page 39: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Colectivos de Carácter Económico:

Inter-obreros,Inter-sindicatos,Inter-trabajadores y sindicatosInter-patronosInter-sindicato y estado

CLASIF ICACION DE LOS CONFLICTOS DEL TRABA JO

Page 40: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Inter-obreros

• Siempre son individuales y derivan de una cuestión de preferencia, consiste en que se otorgue un puesto de mejor jerarquía y remuneración o de igual o mejores.

• Una característica es que éste conflicto debe recaer en u patrón o en un sindicato e inclusive en ambos. Generalmente los juicios que se entablan exigen la participación de la empresa o de el sindicato que son quiénes deben reconocer esa preferencia.

Page 41: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Inter-sindicales

Son conflictos entre sindicatos y se reducen a dos tipos:

Reclamación de la titularidad de un contrato colectivo de trabajo o la admisión de un contrato Ley con apoyo en los artículos 389 y 418 de la L.F.T..

La demanda que un sindicato puede intentar para que se declare que otro sindicato, el demandado debe sufrir la cancelación de su registro por dejar de tener los requisitos legales según el artículo 369 de la L.F.T., éste tipo de conflictos son de carácter jurídico colectivos.

Page 42: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Inter- patronales

La posibilidad de que puedan darse éste tipo de conflictos en los tribunales laborales sin la presencia de un interés obrero es escasa por que cualquier dificultad ínter-patronal derivada de un fenómeno laboral de sustitución tendría que ventilarse ante los tribunales civiles.

Page 43: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Entre trabajadores y sindicatos

En los estatutos sindicales se establecen los motivos y las causas así como los procedimientos de expulsión de sus miembros y también las medidas colectivas que se aplican para los agremiados al existir dentro de una empresa un conflicto colectivo de trabajo en él. Se pueden pactar la cláusula de exclusión.

Page 44: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Entre sindicatos y el Estado

Un conflicto de naturaleza laboral que se produce por consecuencia de la obligación prevista en la ley, donde se establece que los sindicatos deben cumplir con la obligación de registrarse ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Page 45: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

PROCEDIMIENTO ORDINARIO

Se refiere a los conflictos individuales y colectivos de naturaleza jurídica que no tienen una tramitación especial (Art. 870 a 891 de la LFT).

a) Fase de instrucción:

1°.- Comprende la presentación de la demanda, recepción a trámite, notificaciones, emplazamiento y traslado (art. 870 a 873, 742 y 743 LFT).

2°.- Comprende la celebración de la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas. (art. 874, 876, 878 y 880 LFT).

Conciliación.- se conmina a las partes para que lleguen a un arreglo amistoso para la solución de su conflicto.

Page 46: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Demanda y excepciones. – En una primera intervención la parte actora ratificara o

modificara su demanda.– El demandado dará contestación a la demanda.– Nuevamente se le otorga la palabra a la parte actora en donde

podrá replicar. Y a su vez la demandada tendrá el derecho de contrarréplica.

– La junta tomara su acuerdo y dará por concluida esta etapa al delimita la litis sobre la que versará todo el procedimiento.

Ofrecimiento y admisión de pruebas

Page 47: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

3°.- Comprende la etapa de desahogo de pruebas, que se efectúa considerando las pruebas ofrecidas por las partes (art. 880 a 885 LFT).

4°.- Cierre de instrucción, que se da previa certificación de que no existen pruebas pendientes por desahogarse (art. 885 LFT).

b) Fase resolutiva.

1°.- Formulación del proyecto de laudo – dictamen.2°.- Discusión y votación del proyecto de laudo.3°.- Aprobación y firma del laudo.

PROCEDIMIENTO ORDINARIO

Page 48: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Formas de terminación de juicios laborales• Sentencia: Resolución judicial en una causa, fallo en la

cuestión principal de un proceso, Mandato de un juez o tribunal.

• Conciliación: Consiste en poner termino al conflicto obrero-patronal mediante un arreglo amigable.

• Transacción: consiste en extinguir obligaciones para sustituirlas por otras.

• Desistimiento: se da cuando el demandante renuncia a la acción ejercitada en el proceso con lo que pierde el derecho de acción.

• Deserción: se da cuando el demandante no se presenta• para continuar con la apelación.

Page 49: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

Recursos ordinarios y extraordinarios en materia laboral.

Recursos extraordinarios• Casación: su finalidad es que la corte suprema de justicia defina si la

sentencia se dicto de acuerdo a la ley, o esta fue aplicada o interpretada indebidamente por el Juez.

• Anulación:• Revisión: se da contra las sentencias definitivas o firmes dictadas sobre

hechos falsos.

Recursos Ordinarios• Reposición: con este recurso se busca que se modifique, revoque,

adicione, o aclare una decisión. • Apelación. Se concede a quien se cree perjudicado por una resolución

judicial aunque no haya intervenido en el juicio.• De hecho: el recurso de hecho o queja procede cuando no se concede el

recurso de apelación o revisión.

Page 50: Reglamento interior derecho de huelga derecho laboral

bibliografíahttp://

www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/92/art/art9.htm

http://wwwisis.ufg.edu.sv/wwwisis/documentos/TE/344.01-M821e/344.01-M821e.pdf

http://www.stps.gob.mx/bp/index.html

http://www.profedet.gob.mx/profedet/index.html

http://www.stps.gob.mx/bp/secciones/junta_federal/index.html

Proceso laboral, Obtenido del apunte LABORAL_2_DR MELECIO.

Ley federal de trabajo (2012), secretaria de gobierno.