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Reglamento de Evaluación
Colegio Mayor de Peñalolén
REGLAMENTO EVALUACIÓN
COLEGIO MAYOR DE PEÑALOLÉN
Febrero, 2016
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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN
1° a 8º BÁSICO
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REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 1° BÁSICO A 8º BASICO
I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1° El siguiente reglamento regula el proceso de evaluación y
promoción de los alumnos(as) de Primero Básico a Octavo Básico.
Artículo 2° El régimen de evaluación será semestral y regirá de acuerdo al
decreto 511 y sus modificaciones 158 y 107 de Educación General
Básica.
Este reglamento será dado a conocer a los apoderados y publicado
en el Portal del Colegio.
II. EVALUACIÓN
Artículo 3° En la Enseñanza Básica se contemplan las siguientes formas de
evaluación :
1.-EVALUACIÓN INICIAL: Primera evaluación que se realiza al
inicio del año escolar entre los meses de marzo y abril.
1.1.- Estas pruebas deben ser entregadas a la Dirección de Ciclo
con 72 horas de antelación, con la tabla de especificación
correspondiente y con una distribución equitativa de habilidades.
1.2.- Cada Departamento debe entregar un informe de resultado a
mediados de abril, por contenido, habilidad y nota final. Además
de un análisis cualitativo con las remediales correspondientes.
1.3.- En la prueba, se debe indicar Objetivos a evaluar o
Aprendizajes esperados e Indicaciones específicas para la prueba y
el puntaje por pregunta o ítem y el puntaje final.
1.4.- Los temarios de las pruebas iniciales deben estar publicados
en el portal del colegio, y deben ser dados a conocer por cada
profesor a sus respectivos cursos.
2.-EVALUACIONES SUMATIVAS : Durante el desarrollo del
semestre y de acuerdo al plan de estudio, se considerarán un
mínimo de evaluaciones sumativas, quedando de la siguiente
forma:
2.1.- Las evaluaciones deberán contemplar variados instrumentos
en modalidades grupales o individuales, y se deberán considerar
evaluaciones de procesos y resultados. Ellas podrán ser:
Informes escritos.
Desarrollo de Proyectos
Trabajos de Investigación
Disertaciones
Pautas de Observación o de apreciación
Interrogaciones orales
Pruebas escritas
Otros
2.2.- Estas estrategias pedagógicas pautas, rúbricas y listas de
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cotejo, etc. serán supervisadas y autorizadas por el Jefe de
Departamento y/o Dirección de Ciclo, y serán entregadas por los
profesores a los alumnos(as) y publicadas en el portal del
Establecimiento.
En los instrumentos antes mencionados, los profesores(as)
deberán, a lo menos, incluir una de las siguientes instancias:
Autoevaluaciones, coevaluaciones y/o heteroevaluaciones, no
excediendo del 10%.
2.3.- En todas las instancias de evaluación, el Profesor(a) de cada
Sector deberá informar oportunamente a los alumnos(as), tanto de
los objetivos como de los contenidos a evaluarse al inicio de cada
unidad.
3.- PRUEBAS SEMESTRALES COEFICIENTE 2: Estas pruebas
deben medir el logro de los aprendizajes esperados más relevantes
de los ejes del sector correspondiente a cada Semestre.
3.1.- Estas pruebas deben ser entregadas a la Dirección de Ciclo
con 48 horas de antelación, con la tabla de especificación
correspondiente y con una distribución equitativa de habilidades.
3.2.- Cada Departamento debe entregar un informe de resultado
por contenido, habilidad y nota final. Además de un análisis
cualitativo con las remediales correspondientes.
3.3.- Estas evaluaciones serán calendarizadas y comunicadas con
al menos una semana de anticipación a los alumnos(as),
publicando estas fechas en el portal del colegio.
3.4.- Todas las evaluaciones deben ser entregadas a los alumnos
para una retroalimentación por parte del profesor.
4.- FALTA DE HONESTIDAD EN LAS EVALUACIONES
4.1.-Si un(a) alumno (a) es sorprendido(a) copiando en
evaluaciones calendarizadas, se establecerán los siguientes
procedimientos a seguir:
a.- Se le retirará el instrumento de evaluación, aplicándose la
sanción correspondiente, según el Reglamento de Convivencia
Escolar.
b.- Se le aplicará, en la clase siguiente, una nueva evaluación del
Sector de Aprendizaje correspondiente.
c.- El nuevo instrumento de evaluación contemplará habilidades
superiores de pensamiento y la pauta de corrección será entregada
por el profesor a la Dirección de Ciclo correspondiente; la escala
será del 70%.
4.2.- En el caso de que se compruebe, posterior a la evaluación,
que el alumno copió, no se considerará el instrumento entregado
por el alumno, aplicándose una nueva evaluación, cuya escala será
del 70%, además de la sanción que se establece en el Reglamento
de Convivencia.
4.3.- En el caso de que el alumno presente un trabajo en cualquier
Sector de Aprendizaje efectuado por otro compañero, atribuyendo
su autoría, deberá presentar un nuevo trabajo, cuya escala será del
70%, además de la sanción que se establece en el Reglamento de
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Convivencia.
4.4.- En el caso de que el alumno presente un trabajo de
investigación como un ensayo, monografía, cuento, poesía u otros
que haya sido copiado total o parcialmente de Internet u otra
fuente, deberá entregar un nuevo trabajo, cuya escala será del
70%, además de la sanción que se establece en el Reglamento de
Convivencia.
4.5.- Los procedimientos contemplados en caso de falta de
honestidad serán comunicados al apoderado en entrevista.
Artículo 4º
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 1º A 8º BÁSICO
INGLÉS
Este Departamento tiene las siguientes evaluaciones acumulativas:
Trabajo en clases y controles. Durante el semestre y de acuerdo a
la planificación elaborada, se consideran una cantidad de controles
y trabajos realizados en clases, los cuales son promediados
convirtiéndose en una nota sumativa. Una por semestre.
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 1º A 8º BÁSICO
EDUCACIÓN FÍSICA
Referente a un alumno/a de 5º a 8º Básico que se encuentre
presente en la clase y que esté con un impedimento físico
permanente, será evaluado mediante la entrega de un informe
clase a clase.
En el caso de que un alumno de 5º a 8º Básico falte a una
evaluación práctica, deberá justificar con certificado médico o
personalmente el apoderado ante la secretaria de Dirección. Se le
aplicará una evaluación teórica.
Los alumnos/as de 5º a 8º Básico serán evaluados clase a clase por
medio de un trabajo aeróbico y acumulativo de trote continuo,
acumulativo por semestre.
Los(as) alumnos/as de 5º y 8 º Básico que no rindan el trabajo
aeróbico y presenten certificado médico, deberán recuperar con un
trabajo teórico.
En relación a las evaluaciones, éstas serán respaldadas por medio
de pautas, de lista de cotejo o rúbricas.
Se evaluarán a través de registros por observación directa los
propósitos formativos de la Educación Básica en tres ámbitos,
correspondiendo a un 50% como máximo de su evaluación final
por unidad de aprendizaje.
- Formación Ética,
- Crecimiento y Autoafirmación Personal, y
- Persona y Entorno
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 1º A 8ºBÁSICO
ARTES VISUALES, EDUCACIÓN MUSICAL, RELIGIÓN Y
EDUCACIÓN TECNOLÓGICA
Se evaluarán los trabajos que permitan evidenciar el proceso y el
producto de las evaluaciones formativas y sumativas del
aprendizaje desarrollado durante todas las clases, para ello se
cuenta con los siguientes instrumentos de evaluación:
- Lista de Cotejo
- Rúbrica
- Pauta de Evaluación
- Desarrollo de proyectos
- Disertaciones
- Informes
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Estos serán conocidos y entregados a los alumnos(as) previo a la
iniciación de cada trabajo planificado, ya sea de Artes Visuales o
de Artes Musicales.
Artículo 5° Durante el desarrollo del semestre se evaluarán conceptualmente
los Objetivos Fundamentales Transversales de acuerdo a los
lineamientos del colegio. Para ello, se aplicarán en diferentes
instancias Pautas de observación y/o de apreciación. (Aplicación
de este tipo de evaluación en cada Departamento).
Artículo 6º Los resultados obtenidos en el sector de Religión, no incidirán en
la promoción de los niños y niñas, y serán expresados en
conceptos.
Artículo 7° En forma semestral, se entregará al apoderado un Informe de
Personalidad, en donde se registrará el logro de los Objetivos
Fundamentales Transversales.
Artículo 8° La Dirección de Ciclo supervisará las calificaciones consignadas y
cuando éstas tengan más de un 25% de logros insuficientes, se
determinarán las estrategias remediales que permitan superar el
logro del aprendizaje.
III. DE LAS INASISTENCIAS A EVALUACIONES
Artículo 9°
La forma de justificar una actividad evaluada es a través de la
justificación personal del apoderado, o bien, a través de la
presentación de certificado médico ante la secretaria de Dirección,
o a través de la agenda del colegio desde Educación parvularia a
4º Básico.
En el caso de los niveles de 5º a 8º Básico el apoderado debe
justificar personalmente en secretaria de Dirección o enviar el
certificado médico al profesor Jefe, quien lo derivará a Dirección.
Este trámite debe ser hecho en el momento de la reincorporación
del alumno(a) al colegio, dentro de 48 horas.
En caso de licencias extensas en que se acumulen más de tres
evaluaciones, la Dirección de Ciclo correspondiente deberá
calendarizar las evaluaciones no rendidas por el alumno.
Artículo 10° Ante la presentación del certificado médico por parte de un
alumno(a), el profesor(a) de asignatura cuya evaluación está
pendiente, calendarizará la evaluación no rendida en un plazo de 2
días, según disposición del Departamento y/o Dirección de Ciclo.
Artículo 11° El alumno(a) que falte sin justificación médica a evaluaciones
programadas o entrega de trabajos y/o disertaciones, deberá rendir
una nueva evaluación.
El profesor programará la fecha de la nueva entrega del trabajo o
de la prueba al reincorporarse el alumno o alumna a clases.
Esta nueva evaluación tendrá una escala del 70%.
IV. CALIFICACIÓN Y COMUNICACIÓN DE RESULTADOS
Artículo 12° Las evaluaciones expresadas como calificaciones, se anotarán en
una escala numérica de 1.0 a 7.0 con un decimal (de 1º a 8º
básico). La calificación mínima de aprobación será de 4.0 Los
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promedios de los diferentes Sectores se aproximarán a partir de la
centésima 0,05.
Artículo 13° a.- Para toda instancia de evaluación que sea calificada, se usará
una exigencia mínima de aprobación de un 60% del puntaje real.
b. Se debe cautelar de no exceder del 25% de calificaciones
insuficientes por curso. De ocurrir una situación que supere este
porcentaje, se debe informar al Jefe(a) de Departamento y a la
Dirección de Ciclo con el análisis correspondiente y las
remediales pertinentes, y antes de ser consignadas en el libro de
clases.
Artículo 14° a.- Los resultados de las evaluaciones serán informadas por los
Profesores de cada sector a sus alumnos y alumnas en un plazo
que no podrá exceder a los 10 días hábiles.
b.- Los instrumentos de evaluación deben ser entregados a los
alumnos y alumnas; el profesor destinará el tiempo necesario de la
clase para realizar una corrección y retroalimentación.
Artículo 15° En forma trimestral, se informará a los apoderados en reuniones
de apoderados y/o en entrevistas personales de las calificaciones, a
través de un informe computacional. En él, se incluirá un
comentario del Profesor Jefe referente al desempeño escolar y
logros de los Objetivos Fundamentales Transversales.
Artículo 16° Al término de cada semestre y de cada año lectivo, el Colegio
informará a los alumnos(as) y apoderados a través de un Informe
Final de Notas y un Informe de Personalidad acerca del logro de
los Objetivos Fundamentales Obligatorios de cada Sector y
aquellos de carácter transversal.
V. EVALUACIÓN DIFERENCIADA DE 1º A 8ºBásico
Artículo 17° Los alumnos(as) que presenten dificultades de aprendizaje o de
otra índole y que soliciten evaluación diferenciada previamente
certificados por un profesional especialista, tendrán plazo al 30 de
abril y así podrán acceder a una evaluación con características
distintas al resto de sus compañeros.
VI. PROMOCIÓN Y SITUACIÓN FINAL
Artículo 18° Respecto de la asistencia:
Serán promovidos todos los alumnos de 1°a 8° año de Enseñanza
Básica que hayan asistido a lo menos, al 85% de las clases. No
obstante, Rectoría en consulta con el Profesor, Dirección de Ciclo,
y Profesor Jefe, podrá autorizar la promoción de los alumnos(as)
con porcentajes menores de asistencia, fundados en razones de
salud u otras causas debidamente justificadas.
No obstante lo anterior, Rectoría en consulta a Dirección de Ciclo
y Profesor Jefe y previo informe, decidirá no promover a los
alumnos alumnas de 1º a 2º básico o de 3º a 4º básico, que
presenten un retraso significativo en lectura, escritura y/o
matemática, en relación a los aprendizajes esperados en los
programas de estudio
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Artículo 19° Para la promoción de los alumnos de 1º a 8° año de Enseñanza
Básica, se considerarán conjuntamente el logro de los objetivos de
los sectores y la asistencia a clases.
Respecto del logro de objetivos :
a) Serán promovidos todos los alumnos(as) que hubieren aprobado
todos los sectores de sus respectivos planes de estudio.
b) Serán promovidos todos los alumnos(as) de los cursos de 1º a
8° de enseñanza básica que no hubieren aprobado un sector,
siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio
4.5 o superior, incluido el no aprobado.
c) Igualmente, serán promovidos todos los alumnos(as) de los
cursos de 1° a 8° año de enseñanza básica que no hubieren
aprobado dos subsectores, siempre que su nivel general de logro
corresponda a un promedio 5.0 o superior, incluidos los no
aprobados.
Artículo 20° Si un alumno(a) en la calificación anual obtuviese nota 3.9 en uno
o más Sectores de Aprendizaje, se le aplicará una evaluación extra
que deberá contener en forma general los contenidos mínimos
obligatorios del sector.
Esta evaluación extra será promediada con la calificación anual, y
la obtención de dicho promedio corresponderá la calificación
final.
Artículo 21° Rectoría, en conjunto con el equipo directivo y Profesor Jefe
deberá resolver las situaciones especiales de evaluación y
promoción de los alumnos(as). Además, resolverá los casos de
alumnos(as) que por motivos justificados requieran ingresar
tardíamente a clases, ausentarse por un período determinado,
finalizar el año escolar anticipadamente u otros semejantes. Todas
las situaciones de evaluación de los alumnos(as) de 1° a 8° año
Básico, deberán quedar resueltas dentro del período escolar
correspondiente.
VII. SEGUIMIENTO DE DESEMPEÑO ACADÉMICO
Artículo 22ª
A partir del desempeño académico obtenido por los alumnos(as),
el presente Reglamento normaliza la aplicación del denominado
“Seguimiento Desempeño Académico de los Estudiantes”, y
establece los pasos que deben seguir los Profesores Jefes,
Directores de Ciclo o Rectoría, frente al tema del rendimiento
académico suficiente o insuficiente.
Este artículo regula el compromiso y la firma de los documentos
internos por parte del apoderado y alumno(a), que son aplicados
en forma gradual tales como: Compromiso por Rendimiento
Académico, Amonestación por Rendimiento Académico,
Amonestación firmada Dirección de Ciclo, Advertencia de
Condicionalidad Académico, Condicionalidad Académica,
Riesgo de Repitencia y Cancelación de Matrícula; según sea el
caso. Lo anterior previo seguimiento del desempeño académico
del alumno (a) que no alcance los niveles de aprendizaje y
promedios mínimos requeridos, según el Decreto de Evaluación
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y Promoción Escolar.
Rendimiento suficiente : Promedios que no superen 4.9
Rendimiento insuficiente: Promedio que no superen 3.9
VIII. FINAL
Artículo 23° Al inicio del año Escolar, Rectoría informará a los padres y
apoderados(as) por escrito de las modificaciones que tuviere el
Reglamento de Evaluación y que serán aplicadas durante el año
lectivo siguiente.
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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN
Iº y IIº MEDIO
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I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1° El siguiente reglamento regula el proceso de evaluación y
promoción de los alumnos y alumnas de I° y II° año de Enseñanza
Media
Artículo 2° El régimen de evaluación será semestral de acuerdo al decreto 112
de y las modificaciones del decreto 107
Este reglamento será dado a conocer a los apoderados y publicado
en el Portal del Colegio.
II. EVALUACIÓN
Artículo 3° En la Enseñanza Media, se contemplan las siguientes formas de
evaluación :
1.- EVALUACIÓN INICIAL: Primera evaluación que se realiza
al inicio del año escolar durante el mes de abril.
1.1.-Estas pruebas deben ser entregadas a la Dirección de Ciclo
con 72 horas de antelación, con la tabla de especificación
correspondiente y con una distribución equitativa de habilidades.
1.2.- Cada Departamento debe entregar un informe de resultado a
mediados de Abril por: contenido, habilidad y nota final. Además
de un análisis cualitativo con las remediales correspondientes
1.3.-En la prueba, se debe indicar Objetivos a evaluar o
Aprendizajes esperados e Indicaciones específicas para la
prueba y el puntaje final.
1.4.- Los temarios de las pruebas iniciales deben estar publicados
en el portal del colegio y deben ser dados a conocer por cada
profesor a sus respectivos cursos.
2.- EVALUACIONES SUMATIVAS: Durante el desarrollo del
semestre y de acuerdo al plan de estudio se considerarán un
mínimo de evaluaciones sumativas, quedando de la siguiente
forma:
2.1.- Las evaluaciones deberán contemplar variados instrumentos
en modalidades grupales o individuales, y se deberán considerar
evaluaciones de procesos y resultados. Ellas podrán ser :
Informes escritos.
Desarrollo de Proyectos
Trabajos de Investigación
Disertaciones
Pautas de Observación o de apreciación
Interrogaciones orales
Pruebas escritas
Otros
2.2. - Estas estrategias pedagógicas pautas, rúbricas y listas de
cotejo, etc. serán supervisadas y autorizadas por Jefe de
Departamento y/o Dirección de Ciclo, y serán entregadas por los
profesores a los alumnos(as) y publicadas en el portal del
Establecimiento.
![Page 13: Reglamento de Evaluación Colegio Mayor de Peñalolénwebpe.colegiomayor.cl/wp-content/uploads/REV-2016.pdf · 1.2.- Cada Departamento debe entregar un informe de resultado a mediados](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022041816/5e5aa817183f6a16aa478e47/html5/thumbnails/13.jpg)
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En los instrumentos antes mencionados, los Profesores deberán, a
lo menos, incluir una de las siguientes instancias:
Autoevaluaciones, coevaluaciones y/o heteroevaluaciones, no
excediendo del 10%.
En todas las instancias de evaluación el Profesor(a) de cada
subsector deberá informar oportunamente a los alumnos(as), tanto
de los objetivos como de los contenidos a evaluarse, al inicio de
cada unidad.
3.- PRUEBA SEMESTRAL COEFICIENTE DOS: Esta prueba
debe medir el logro de los aprendizajes esperados más relevantes
de los ejes del Sector correspondiente a cada Semestre.
3.1.-Estas pruebas deben ser entregadas a la Dirección de Ciclo
con 48 horas de antelación, con la tabla de especificación
correspondiente y con una distribución equitativa de habilidades.
3.2.- Cada Departamento debe entregar un informe de resultado
por contenido, habilidad y nota final, además de un análisis
cualitativo con las remediales correspondientes.
3.3.- Esta evaluación semestral será calendarizada y comunicada
oportunamente a los alumnos(as).
4.- FALTA DE HONESTIDAD EN LAS EVALUACIONES
4.1.- Si un(a) alumno (a) es sorprendido(a) copiando en
evaluaciones calendarizadas, se establecerán los siguientes
procedimientos a seguir:
a.- Se le retirará el instrumento de evaluación, aplicándose la
sanción correspondiente según el Reglamento de Convivencia
Escolar.
b.- Se le aplicará, en la clase siguiente, una nueva evaluación del
Sector de Aprendizaje correspondiente.
c.- El nuevo instrumento de evaluación contemplará habilidades
superiores de pensamiento y la pauta de corrección será entregada
por el profesor a la Dirección de Ciclo correspondiente, la escala
será del 70%.
4.2.- En el caso de que se compruebe, posterior a la evaluación,
que el alumno copió, no se considerará el instrumento entregado
por el alumno, aplicándose una nueva evaluación cuya escala será
del 70%, además de la sanción que se establece en el Reglamento
de Convivencia.
4.3.- En el caso de que el alumno presente un trabajo en cualquier
sector de aprendizaje efectuado por otro compañero, atribuyendo
su autoría, deberá presentar un nuevo trabajo cuya escala será del
70%, además de la sanción que se establece en el Reglamento de
Convivencia.
4.4.- En el caso de que el alumno presente un trabajo de
investigación como un ensayo, monografía, cuento, poesía u otros;
que haya sido copiado total o parcialmente de Internet u otra
fuente, deberá entregar un nuevo trabajo cuya escala será del 70%,
además de la sanción que se establece en el Reglamento de
Convivencia.
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4.5.- Los procedimientos contemplados en caso de falta de
honestidad serán comunicados al apoderado en entrevista.
Artículo 4º
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN Iº y IIº MEDIO
INGLÉS
Este Departamento tiene las siguientes evaluaciones acumulativas:
Trabajo en clases y controles: Durante el semestre y de acuerdo a
la planificación elaborada, se consideran una cantidad de controles
y trabajos realizados en clases. Los cuales son promediados
convirtiéndose en una nota sumativa. Una por semestre.
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN
Iº Y IIº MEDIO EDUCACIÓN FÍSICA
Un alumno/a de Iº y IIº Medio que se encuentre presente en la
clase y que esté con un impedimento físico permanente, será
evaluado/a mediante un informe gráfico y/o escrito de la clase.
Referente a un alumno/a de Iº y IIº Medio que se encuentre
presente en la clase y que esté con un impedimento físico
permanente, será evaluado mediante la entrega de un informe
clase a clase.
En el caso de que un alumno de Iº o IIº Medio falte a una
evaluación práctica, deberá justificar con certificado médico o
personalmente su apoderado dentro de 48 horas y, se le aplicará
una evaluación teórica.
Los alumnos/as de Iº y IIº Medio serán evaluados clase a clase por
medio de un trabajo aeróbico y acumulativo de trote continuo
acumulativo por semestre.
Los(as) alumnos/as de Iº y II º Medio que no rindan el trabajo
aeróbico y presenten certificado médico y deberán recuperar con
un trabajo teórico.
En relación a las evaluaciones, estas serán respaldadas por medio
de pautas de cotejo o rúbricas.
Se evaluarán a través de registros por observación directa los
propósitos formativos de la Educación Media en tres ámbitos,
correspondiendo a un 50% como máximo de su evaluación final
por unidad de aprendizaje.
- Formación Ética,
- Crecimiento y Autoafirmación Personal, y
- Persona y Entorno
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN Iº y IIº MEDIO
ARTES VISUALES, EDUCACIÓN MUSICAL, RELIGIÓN Y
EDUCACIÓN TECNOLÓGICA
Se evaluarán los trabajos que permitan evidenciar el proceso y el
producto a través de las evaluaciones formativas y sumativas del
aprendizaje desarrollado durante todas las clases. Para ello, se
cuenta con los siguientes instrumentos de evaluación:
- Lista de Cotejo
- Rúbrica
- Pauta de Evaluación
- Desarrollo de proyectos
- Disertaciones
- Informes
Estos serán conocidos y entregados a los alumnos(as) previo a la
iniciación de cada trabajo planificado, ya sea de Artes Visuales o
de Artes Musicales.
![Page 15: Reglamento de Evaluación Colegio Mayor de Peñalolénwebpe.colegiomayor.cl/wp-content/uploads/REV-2016.pdf · 1.2.- Cada Departamento debe entregar un informe de resultado a mediados](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022041816/5e5aa817183f6a16aa478e47/html5/thumbnails/15.jpg)
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Artículo 5° Durante el desarrollo del semestre, se evaluarán conceptualmente
los Objetivos Fundamentales Transversales de acuerdo a los
lineamientos del colegio. Para ello, se aplicarán en diferentes
instancias Pautas de Observación y/o de apreciación. (Aplicación
de este tipo de evaluación en cada Departamento).
Artículo 6° En forma semestral, se entregará al apoderado un Informe de
Personalidad en donde se registrará el logro de los Objetivos
Fundamentales Transversales.
Artículo 7°
Los resultados obtenidos en el sector de Religión no incidirán en
la promoción de los niños y niñas, y serán expresados en
conceptos.
Artículo 8° La Dirección de Ciclo supervisará las calificaciones consignadas y
cuando éstas tengan más de un 25% de logros insuficientes se
determinarán las estrategias remediales que permitan superar el
logro del aprendizaje.
III. DE LAS INASISTENCIAS A EVALUACIONES
Artículo 9° La forma de justificar una actividad evaluada, es a través de la
justificación personal del apoderado, o bien, a través de la
presentación de certificado médico ante la secretaria de Dirección.
Este trámite debe ser hecho en el momento de la reincorporación
del alumno(a) al colegio, dentro de 48 horas.
En caso de licencias extensas en que se acumulen más de tres
evaluaciones, la Dirección de Ciclo correspondiente deberá
calendarizar las evaluaciones no rendidas por el alumno.
Artículo 10° Ante la presentación del certificado médico por parte de un
alumno(a), el profesor(a) de asignatura cuya evaluación está
pendiente, calendarizará la evaluación no rendida en un plazo de 2
días, según disposición del Departamento y/o Dirección de Ciclo.
Artículo 11° El alumno(a) que falte sin justificación médica a evaluaciones
programadas o entrega de trabajos y/o disertaciones, deberá rendir
una nueva evaluación.
El profesor programará la fecha de la nueva entregar del trabajo o
de la prueba al reincorporarse el alumno alumna a clases.
Esta nueva evaluación tendrá una escala del 70%.
IV. CALIFICACIÓN Y COMUNICACIÓN DE RESULTADOS
Artículo 12° Las evaluaciones expresadas como calificaciones se anotarán en
una escala numérica de 1.0 a 7.0 con un decimal. La calificación
mínima de aprobación será de 4.0. Los promedios de los diferentes
sectores se aproximarán a partir de la centésima 0,05.
Artículo 13° a. Para toda instancia de evaluación que sea calificada, se
usará una exigencia mínima de aprobación de un 60% del puntaje
real.
b. Se debe cautelar de no exceder del 25% de calificaciones
insuficientes por curso. De ocurrir una situación que supere este
porcentaje, se debe informar a los Jefes de Departamentos y
Directores de Ciclo, con el análisis correspondiente y las
remediales pertinentes; antes de ser consignadas en el libro de
clases.
![Page 16: Reglamento de Evaluación Colegio Mayor de Peñalolénwebpe.colegiomayor.cl/wp-content/uploads/REV-2016.pdf · 1.2.- Cada Departamento debe entregar un informe de resultado a mediados](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022041816/5e5aa817183f6a16aa478e47/html5/thumbnails/16.jpg)
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Artículo 14° a. Los resultados de las evaluaciones serán informadas por
los profesores(as) de cada sector, en un plazo que no podrá
exceder a los 10 días hábiles, a sus alumnos y alumnas, para
efectos de corrección de aprendizaje y retroalimentación.
b.- Los instrumentos de evaluación, deben ser entregados a los
alumnos y alumnas; el profesor destinará el tiempo necesario de la
clase para realizar una corrección y retroalimentación.
Artículo 15° En forma trimestral, se informará a los apoderados en reuniones
de apoderados y/o en entrevistas personales de las calificaciones, a
través de un informe computacional. En él, se incluirá un
comentario del Profesor Jefe referente al desempeño escolar y
logros de los Objetivos Fundamentales Transversales.
Artículo 16° Al término de cada semestre y de cada año lectivo, el colegio
informará a los alumnos(as) y apoderados a través de un Informe
Final de Notas y un Informe de Personalidad, acerca del logro de
los Objetivos Fundamentales Obligatorios de cada subsector y
aquellos de carácter transversal.
V.-PROMOCIÓN Y SITUACIÓN FINAL
Artículo 17° Para la promoción de los alumnos(as) de I° y II° año de Enseñanza
Media, se considerará conjuntamente el logro de los objetivos de
los sectores de aprendizaje del Plan de Estudio del colegio y la
asistencia a clases.
1. Logro de Objetivos.
a.- Serán promovidos todos los alumnos y alumnas de I° y II°
año Medio que hubieren aprobado todos los sectores de
aprendizaje de sus respectivos planes de estudio.
b.- Serán promovidos todos los alumnos y alumnas que no
hubieren aprobado un Sector de aprendizaje siempre que su
nivel general de logro corresponda a un promedio 4.5 o
superior. Para efecto del cálculo se considerará la calificación
del sector de aprendizaje reprobado.
c.- Igualmente, serán promovidos todos los alumnos(as) que no
hubieren aprobado dos sectores de aprendizaje, siempre que su
nivel general de logro corresponda a un promedio 5.0 o
superior. Para efecto del cálculo se considerará la calificación
de los dos sectores de aprendizaje no aprobados.
2. Asistencia: Para ser promovidos, los alumnos(as) deberán
asistir a lo menos el 85% de las clases establecidas en el
calendario escolar anual. No obstante, por razones de salud u
otras causas debidamente justificadas, Rectoría, en consulta a
Dirección de Ciclo y Consejo de profesores podrá autorizar la
promoción de los alumnos(as) con porcentajes menores de
asistencia.
Artículo 18° Si un alumno(a) en la calificación anual obtuviese nota 3.9 en uno
o más Sectores de Aprendizaje, se le aplicará una evaluación extra
que deberá contener en forma general los contenidos mínimos
obligatorios del sector.
Esta evaluación extra será promediada con la calificación anual, y
la obtención de dicho promedio corresponderá la calificación
final.
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Artículo 19° La situación final de promoción de los alumnos y alumnas deberá
quedar resuelta al término del año escolar. Una vez finalizado el
proceso, el colegio entregará a todos los alumnos(as) el
Certificado Anual de Estudio que indique los sectores de
aprendizaje, las calificaciones y la situación final correspondiente.
VI. SITUACIONES ESPECIALES
Artículo 20° En cuanto a la promoción de alumnos y alumnas que puedan
presentar situaciones especiales, tales como: servicio militar,
problemas de salud, viajes al extranjero, embarazos, becas,
certámenes nacionales e internacionales en el área del deporte, la
literatura, las ciencias y las artes, serán resueltas por Rectoría en
consulta con Dirección de Ciclo.
Artículo 21º Talleres de reforzamiento: Los talleres de reforzamiento de 1º
Básico a IIº Medio son evaluados y tienen el carácter de
obligatorio; siendo calificados desde 5º Básico a IIº Medio.
VII. SEGUIMIENTO DE DESEMPEÑO ACADÉMICO
Artículo 22ª
A partir del desempeño académico obtenido por los alumnos(as),
el presente Reglamento normaliza la aplicación del denominado
“Seguimiento Desempeño Académico de los Estudiantes”, y
establece los pasos que deben seguir los Profesores Jefes,
Directores de Ciclo o Rectoría, frente al tema del rendimiento
académico suficiente o insuficiente.
Este artículo regula el compromiso y la firma de los documentos
internos por parte del apoderado y alumno(a),que son aplicados
en forma gradual tales como: Compromiso por Rendimiento
Académico, Amonestación por Rendimiento Académico,
Amonestación firmada Dirección de Ciclo, Advertencia de
Condicionalidad Académico, Condicionalidad Académica,
Riesgo de Repitencia y Cancelación de Matrícula; según sea el
caso. Lo anterior previo seguimiento del desempeño académico
del alumno (a) que no alcance los niveles de aprendizaje y
promedios mínimos requeridos, según el Decreto de Evaluación
y Promoción Escolar.
Rendimiento suficiente: Promedios que no superen 4.9
Rendimiento insuficiente: Promedio que no superen 3.9
VIII. FINAL
Artículo 23° Al inicio del año Escolar, Rectoría informará a los padres y
apoderados(as), por escrito, de las modificaciones que tuviere el
Reglamento de Evaluación y que serán aplicadas durante el año
lectivo siguiente.
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18
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN IIIº y IVº
![Page 19: Reglamento de Evaluación Colegio Mayor de Peñalolénwebpe.colegiomayor.cl/wp-content/uploads/REV-2016.pdf · 1.2.- Cada Departamento debe entregar un informe de resultado a mediados](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022041816/5e5aa817183f6a16aa478e47/html5/thumbnails/19.jpg)
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I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1° El presente Reglamento regula el proceso de evaluación y
promoción de los alumnos y alumnas de III° y IV° año de
Enseñanza Media.
Artículo 2° El régimen de evaluación será semestral. Acuerdo al decreto 83 de
evaluación y promoción. Este reglamento será dado a conocer a
los apoderados y publicado en el Portal del Colegio.
II. EVALUACIÓN
Artículo 3° En la Enseñanza Media se contemplan las siguientes formas de
evaluación:
EVALUACIÓN INICIAL: Primera evaluación que se realiza al
inicio del año en relación a los aprendizajes previos que debe traer
el alumno(a).
a.- Estas pruebas deben ser entregadas a la Dirección de Ciclo con
72 horas de antelación, con la tabla de especificación
correspondiente y con una distribución equitativa de habilidades.
b.- Cada Departamento debe entregar un Informe de Resultado a
mediados de Abril por contenido, habilidad y nota final. Además
de un análisis cualitativo con las remediales correspondientes.
c.- En la prueba, se debe indicar objetivos a evaluar o aprendizajes
esperados e indicaciones específicas para la prueba y el puntaje
final.
d.- Los temarios de las pruebas iniciales deben estar publicados en
el portal del colegio, y deben ser dados a conocer por cada
Profesor a sus respectivos cursos.
2.- EVALUACIONES SUMATIVAS: Durante el desarrollo del
semestre y de acuerdo al Plan de Estudio, se considerarán un
mínimo de evaluaciones sumativas, de acuerdo a la cantidad de
horas semanales del sector.
2.1.- Las evaluaciones deberán contemplar variados instrumentos
en modalidades grupales o individuales y se deberán considerar
evaluaciones de procesos y resultados. Ellas podrán ser :
Informes escritos.
Desarrollo de Proyectos
Trabajos de Investigación
Disertaciones
Pautas de Observación o de apreciación
Interrogaciones orales
Pruebas escritas
Otros
2.2. - Estas estrategias pedagógicas, pautas, rúbricas y listas de
cotejo, etc. serán supervisadas y autorizadas por el Jefe de
Departamento y/o Dirección de Ciclo, y serán entregadas por los
profesores a los alumnos (as) y publicadas en el portal del
Establecimiento.
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En los instrumentos antes mencionados, los profesores(as)
deberán, a lo menos, incluir una de las siguientes instancias:
Autoevaluaciones, coevaluaciones y/o heteroevaluaciones, no
excediendo del 10%.
2.2.- En todas las instancias de evaluación, el Profesor(a) de cada
sector deberá informar oportunamente a los alumnos(as), tanto de
los objetivos como de los contenidos a evaluarse, al inicio de cada
Unidad.
3.- PRUEBA SEMESTRAL COEFICIENTE DOS: Esta prueba
debe medir el logro de los aprendizajes esperados más relevantes
de los ejes del sector correspondientes a cada Semestre.
3.1.-Estas pruebas deben ser entregadas a la Dirección de Ciclo
con 48 horas de antelación, con la tabla de especificación
correspondiente y con una distribución equitativa de habilidades.
3.2.- Cada Departamento debe entregar un informe de resultado
por contenido, habilidad y nota final, además de un análisis
cualitativo con las remediales correspondientes.
3.3.- Esta evaluación Semestral será calendarizada y comunicada
oportunamente a los alumnos.
3.4.- En el caso de los alumnos de IV º medio, solo rinden prueba
semestral en el primer semestre.
4.- FALTA DE HONESTIDAD EN LAS EVALUACIONES
4.1.-Si un(a) alumno (a) es sorprendido(a) copiando en
evaluaciones calendarizadas, se establecerán los siguientes
procedimientos a seguir:
a.- Se le retirará el instrumento de evaluación aplicándose la
sanción correspondiente según el reglamento de convivencia
escolar.
b.- Se le aplicará una nueva evaluación, en la clase siguiente del
Sector de Aprendizaje correspondiente.
c.- El nuevo instrumento de evaluación contemplará habilidades
superiores de pensamiento y la pauta de corrección será entregada
por el profesor a la Dirección de Ciclo correspondiente, la escala
será del 70%.
4.2.- En el caso de que se compruebe, posterior a la evaluación
que el alumno copió, no se considerará el instrumento entregado
por el alumno, aplicándose una nueva evaluación cuya escala será
del 70%, además de la sanción que se establece en el Reglamento
de Convivencia.
4.3.- En el caso de que el alumno presente un trabajo en cualquier
sector de aprendizaje efectuado por otro compañero, atribuyendo
su autoría, deberá presentar un nuevo trabajo cuya escala será del
70%, además de la sanción que se establece en el Reglamento de
Convivencia.
4.4.- En el caso de que el alumno presente un trabajo de
investigación como un ensayo, monografía, cuento, poesía u otros;
que haya sido copiado total o parcialmente de Internet u otra
![Page 21: Reglamento de Evaluación Colegio Mayor de Peñalolénwebpe.colegiomayor.cl/wp-content/uploads/REV-2016.pdf · 1.2.- Cada Departamento debe entregar un informe de resultado a mediados](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022041816/5e5aa817183f6a16aa478e47/html5/thumbnails/21.jpg)
21
fuente, deberá entregar un nuevo trabajo, cuya escala será del
70%, además de la sanción que se establece en el Reglamento de
Convivencia.
4.5.- Los procedimientos contemplados en caso de falta de
honestidad serán comunicados al apoderado en entrevista.
Artículo 4º
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN IIIº Y IVº
MEDIO INGLÉS
Este Departamento tiene las siguientes evaluaciones acumulativas:
Trabajo en clases y controles. Durante el semestre y de acuerdo a
la planificación elaborada se consideran una cantidad de controles
y trabajos realizados en clases, los cuales son promediados
convirtiéndose en una nota sumativa. Una por semestre.
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN IIIº Y IVº
MEDIO EDUCACIÓN FÍSICA
Referente a un alumno/a de IIIº y IVº Medio que se encuentre
presente en la clase y que esté con un impedimento físico
permanente, será evaluado mediante la entrega de un informe
clase a clase.
En el caso de que un alumno de IIIº a IVº Medio falte a una
evaluación práctica, deberá justificar con certificado médico o
personalmente el apoderado ante la secretaria de Dirección, con 48
horas de plazo y se le aplicará una nueva evaluación.
Los alumnos/as de IIIº a IVº Medio serán evaluados clase a clase,
por medio de un trabajo aeróbico y acumulativo de trote continuo
acumulativo por semestre.
Los(as) alumnos/as de IIIº y IV º Medio que no rindan el trabajo
aeróbico y presenten certificado médico, deberán presentar trabajo
teórico.
En relación a las evaluaciones, estas serán respaldadas por medio
de pautas de lista de cotejo o rúbricas.
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN IIIº y IVº
MEDIO ARTES VISUALES, EDUCACIÓN MUSICAL, RELIGIÓN Y
EDUCACIÓN TECNOLÓGICA
` Se evaluarán los trabajos que permitan evidenciar el proceso y el
producto del aprendizaje desarrollado durante las clases, para ello
se cuenta con los siguientes instrumentos de evaluación:
- Lista de Cotejo
- Rúbrica
- Pauta de Evaluación
- Desarrollo de proyectos
- Disertaciones
- Informes
Estos serán conocidos y entregados a los alumnos(as) previo a la
iniciación de cada trabajo planificado, ya sea de Artes Visuales o
de Artes Musicales.
Artículo 5° Durante el desarrollo del semestre, se evaluarán conceptualmente
los Objetivos Fundamentales Transversales de acuerdo a los
lineamientos del colegio. Para ello, se aplicarán en diferentes
instancias Pautas de observación y/o de apreciación. (Aplicación
de este tipo de evaluación en cada Departamento).
![Page 22: Reglamento de Evaluación Colegio Mayor de Peñalolénwebpe.colegiomayor.cl/wp-content/uploads/REV-2016.pdf · 1.2.- Cada Departamento debe entregar un informe de resultado a mediados](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022041816/5e5aa817183f6a16aa478e47/html5/thumbnails/22.jpg)
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Artículo 6° En forma semestral se entregará al apoderado un Informe de
Personalidad, en donde se registrará el logro de los Objetivos
Fundamentales Transversales.
Artículo 7° Los resultados obtenidos en el sector de Religión no incidirán en
la promoción de los niños y niñas, y serán expresados en
conceptos.
Artículo 8° La Dirección de Ciclo supervisará las calificaciones consignadas y
cuando éstas tengan más de un 25% de logros insuficientes, se
determinarán las estrategias remediales que permitan superar el
logro del aprendizaje.
III. DE LA INASISTENCIA A EVALUACIÓN
Artículo 9° La forma de justificar una actividad evaluada es a través de la
presentación de certificado médico o personalmente el apoderado
ante la secretaría de Dirección, a más tardar en el momento de la
reincorporación del alumno(a) al colegio, dentro de 48 hrs.
En caso de licencias extensas en que se acumulen más de tres
evaluaciones, la Dirección de Ciclo correspondiente deberá
calendarizar las evaluaciones no rendidas por el alumno.
Artículo 10° Será deber del alumno(a) de IIIº y IVº habiendo presentado el
certificado médico, contactar al profesor(a) de asignatura de cuya
evaluación está pendiente, en un plazo no superior a 2 días desde
su reincorporación a clases, para agendar nueva fecha de
evaluación según lo dispuesto por el Departamento y/o Dirección.
Artículo 11° El alumno(a) que falte sin justificación a evaluaciones
programadas o entrega de trabajos y/o disertaciones, deberá rendir
una nueva evaluación. El profesor y el alumno programarán la
fecha de la nueva entrega del trabajo o de la prueba, al
reincorporarse a clases.
Esta nueva evaluación tendrá una escala del 70%.
Artículo 12° El alumno(a) que está justificado, pero no se acerca al Profesor(a)
para agendar la evaluación pendiente, será evaluado en el
momento que el Profesor(a) y autoridades pertinentes (Jefe de
Departamento, Dirección de Ciclo), lo estimen pertinente.
IV. CALIFICACIÓN Y COMUNICACIÓN DE RESULTADOS
Artículo 13° Las evaluaciones expresadas como calificaciones se anotarán en
una escala numérica de 1.0 a 7.0 con un decimal. La calificación
mínima de aprobación será de 4.0 Los promedios de los diferentes
sectores se aproximarán a partir de la centésima 0,05.
Artículo 14° a.- Para toda instancia de evaluación que sea calificada se usará
una exigencia mínima de aprobación de un 60% del puntaje real.
b.- Se debe cautelar de no exceder del 25% de las calificaciones
insuficientes por curso. De ocurrir una situación que supere este
porcentaje, se debe informar al Jefe de Departamento y Dirección
de Ciclo con el análisis correspondiente y las remediales
pertinentes, antes de ser consignadas en el libro de clases.
![Page 23: Reglamento de Evaluación Colegio Mayor de Peñalolénwebpe.colegiomayor.cl/wp-content/uploads/REV-2016.pdf · 1.2.- Cada Departamento debe entregar un informe de resultado a mediados](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022041816/5e5aa817183f6a16aa478e47/html5/thumbnails/23.jpg)
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Artículo 15° a.- Los resultados de las evaluaciones serán informadas a los
alumnos y alumnas por los Profesores(as) de cada sector en un
plazo que no podrá exceder a los 10 días hábiles.
b.- Los instrumentos de evaluación deben ser entregados a los
alumnos y alumnas; el profesor destinará el tiempo necesario de la
clase para realizar una corrección y retroalimentación.
Artículo 16° En forma trimestral, se informará a los apoderados de las
calificaciones a través de un informe escrito. En él, se incluirá un
comentario del Profesor Jefe referente al desempeño escolar y
logros de los Objetivos Fundamentales Transversales.
Artículo 17° Al término de cada semestre y de cada año lectivo, el Colegio
informará a los alumnos(as) y apoderados a través de un Informe
Final de Notas y un Informe de Personalidad, acerca del logro de
los Objetivos Fundamentales Obligatorios de cada sector y
aquellos de carácter transversal.
V.-PROMOCIÓN Y SITUACIÓN FINAL
Artículo 18° Para la promoción de los alumnos(as) de III° y IV° año de
Enseñanza Media se considerará conjuntamente el logro de los
objetivos de los sectores de aprendizaje del plan de estudio del
colegio y la asistencia a clases.
1. Logro de Objetivos.
a) Serán promovidos todos los alumnos y alumnas de III° y
de IV° año Medio que hubieren aprobado todos los sectores de
aprendizaje de sus respectivos planes de estudio.
b) Serán promovidos todos los alumnos y alumnas que no
hubieren aprobado un sector de aprendizaje siempre que su
nivel general de logro corresponda a un promedio 4.5 o
superior. Para efecto del cálculo, se considerará la calificación
del sector de aprendizaje reprobado.
c) Igualmente, serán promovidos todos los alumnos(as) que no
hubieren aprobado dos sectores de aprendizaje, siempre que su
nivel general de logro corresponda a un promedio 5.0 o
superior, incluidos los no aprobados.
Para efecto del cálculo, se considerará la calificación de los dos
sectores de aprendizaje no aprobados. No obstante lo
establecido en el párrafo anterior, si entre los dos sectores de
aprendizaje no aprobados se encuentran los sectores de
aprendizaje de Lenguaje y Comunicación y/o Matemática, los
alumnos de III° y IV° año medio serán promovidos siempre
que su nivel de logro corresponda a un promedio 5,5 o superior.
Para efecto del cálculo de este promedio, se considerará la
calificación de los dos sectores de aprendizaje no aprobados.
2. Asistencia
a) Para ser promovidos, los alumnos(as) deberán asistir a lo
menos el 85% de las clases establecidas en el calendario
escolar anual.
b) Para estos efectos, se considerará como asistencia regular
la participación de los alumnos(as) de Enseñanza Media en
eventos nacionales e internacionales del área de deporte,
![Page 24: Reglamento de Evaluación Colegio Mayor de Peñalolénwebpe.colegiomayor.cl/wp-content/uploads/REV-2016.pdf · 1.2.- Cada Departamento debe entregar un informe de resultado a mediados](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022041816/5e5aa817183f6a16aa478e47/html5/thumbnails/24.jpg)
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cultura y arte. No obstante, por razones de salud u otras
causas debidamente justificadas, Rectoría en consulta a
Dirección de Ciclo y Consejo de Profesores podrá autorizar la
promoción de los alumnos(as) con porcentajes menores de
asistencia.
Artículo 19° Si un alumno(a) en la calificación anual obtuviese nota 3.9 en uno
o más Sectores de Aprendizaje, se le aplicará una evaluación extra
que deberá contener en forma general los contenidos mínimos
obligatorios del sector.
Esta evaluación extra será promediada con la calificación anual, y
la obtención de dicho promedio corresponderá la calificación
final.
Artículo 20° La situación final de promoción de los alumnos y alumnas deberá
quedar resuelta al término del año escolar. Una vez finalizado el
proceso, el colegio entregará a todos los alumnos(as) el
Certificado Anual de Estudio que indique los sectores de
aprendizaje, las calificaciones y la situación final correspondiente.
VI. SITUACIONES ESPECIALES
Artículo 21° En cuanto a la promoción de alumnos y alumnas que puedan
presentar situaciones especiales, tales como: servicio militar,
problemas de salud, viajes al extranjero, embarazos, becas,
certámenes nacionales e internacionales en el área del deporte, la
literatura, las ciencias y las artes, serán resueltas por Rectoría, en
consulta con Dirección y Consejo de Profesores.
Artículo 22º
Intercambio de Alumnos(as) del colegio
a) El apoderado debe enviar una solicitud mediante una carta
dirigida a Rectoría con copia a Dirección de Ciclo, solicitando el
cierre del Semestre y reserva del cupo de matrícula, la carta deberá
indicar toda la información relativa al intercambio.
b) El alumno(a) debe estar cursando IIª Medio.
c) El alumnos debe reintegrarse al inicio del 1er. ó 2º Semestre de
IIIº Medio.
d) Para poder postular el alumno debe registrar promedio general
igual o superior 6.0.
e) Para hacer la reserva de la matrícula, el apoderado debe
matricular en el periodo asignado por el colegio a cada curso.
Intercambio de Alumnos(as) del extranjero
Los alumnos extranjeros que soliciten matrícula en el colegio,
deben realizar el siguiente procedimiento:
a) En entrevista con Dirección de Ciclo, deben presentar la
documentación del postulante.
b) En caso de ser aprobada la solicitud, el alumno(a) y apoderado
debe comprometer a cumplir con todos los requisitos académicos,
de convivencia escolar y financieros que el establecimiento
estipula.
c) Debe utilizar el uniforme del colegio.
d) El apoderado debe pagar la matrícula y colegiatura por el
período que dure este intercambio.
e) El alumno(a) debe realizar un plan de trabajo académico similar
al curso correspondiente.
![Page 25: Reglamento de Evaluación Colegio Mayor de Peñalolénwebpe.colegiomayor.cl/wp-content/uploads/REV-2016.pdf · 1.2.- Cada Departamento debe entregar un informe de resultado a mediados](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022041816/5e5aa817183f6a16aa478e47/html5/thumbnails/25.jpg)
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VII. SEGUIMIENTO DE DESEMPEÑO ACADÉMICO
Artículo 23ª
A partir del desempeño académico obtenido por los alumnos(as),
el presente Reglamento normaliza la aplicación del denominado
“Seguimiento Desempeño Académico de los Estudiantes”, y
establece los pasos que deben seguir los Profesores Jefes,
Directores de Ciclo o Rectoría, frente al tema del rendimiento
académico suficiente o insuficiente.
Este artículo regula el compromiso y la firma de los documentos
internos por parte del apoderado y alumno(a),que son aplicados
en forma gradual tales como: Compromiso por Rendimiento
Académico, Amonestación por Rendimiento Académico,
Amonestación firmada Dirección de Ciclo, Advertencia de
Condicionalidad Académico, Condicionalidad Académica,
Riesgo de Repitencia y Cancelación de Matrícula; según sea el
caso. Lo anterior previo seguimiento del desempeño académico
del alumno (a) que no alcance los niveles de aprendizaje y
promedios mínimos requeridos, según el Decreto de Evaluación
y Promoción Escolar.
Rendimiento suficiente : Promedios que no superen 4.9
Rendimiento insuficiente: Promedio que no superen 3.9
VIII. FINAL
Artículo 24° Al inicio del año Escolar la Dirección, informará a los apoderados,
por escrito de las modificaciones que tuviere el Reglamento de
Evaluación y que serán aplicadas durante el año lectivo siguiente.
29 de febrero de 2016