proyecto manual socializado

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1 PROPUESTA MANUAL DE CONVIVENCIA 2015 INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA NUESTRA SEÑORA DE LA “O” DE OTENGA, MUNICIPIO DE BETEITIVA CONSEJO DIRECTIVO Acuerdo No. Por medio del cual se adopta el Manual de Convivencia de la Institución Educativa Técnica Nuestra Señora de la “O” cuyo lema es “Disciplina con Responsabilidad”. EL CONSEJO DIRECTIVO LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA NUESTRA SEÑORA DE LA “O” DE OTENGA BETEITIVA A C U E R D A: ARTICULO PRIMERO. Adoptase en la INSTITUCION EDUCATIVATECNICA NUESTRA SEÑORA DE LA “O” de Otengá municipio de Betéitiva, el siguiente Manual de Convivencia. CAPITULO I JUSTIFICACION, FILOSOFIA Y OBJETIVOS ARTICULO 1º. JUSTIFICACION. Según el Artículo 1. De la Constitución Nacional: “Colombia es un Estado social de derecho,…, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general . Por ende es indispensable establecer mecanismos de promoción, prevención, atención y seguimiento de las conductas y situaciones que atenten contra la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos (DDHH) derechos humanos sexuales reproductivos (DHSR) delos miembros de la comunidad de la educativa dentro y fuera de la EE, que nos permitan una convivencia pacífica, respetuosa, justa y equitativa. Además, podamos dar cumplimiento a los principios, fines y objetivos institucionales, planeados y proyectados, al igual que a los mandatos constitucionales y los establecidos en la Ley 115 de 1994,la ley 734 de 2002, Ley 1098 de 2006, Código de la Infancia y la Adolescencia, ley 1620 del 2013 decreto 1860 de 1994 y el decreto 1965 de 2013. ARTICULO 2°: FILOSOFIA. El principio fundamental es el respeto a la dignidad humana, con el fin de fortalecer la sana convivencia, La cual se resume en el ideal de la vida en común entre las personas que forman parte de la comunidad educativa, partiendo del deseo de vivir juntos de manera viable y deseable a pesar de la diversidad de orígenes (Mockus, 2002). Así mismo, esta se relaciona con construir y acatar normas; contar con mecanismos de autorregulación social y sistemas que velen por su cumplimiento; respetar las diferencias; aprender a celebrar, cumplir y reparar acuerdos, y construir relaciones de confianza entre las personas de la comunidad educativa (Mockus, 2003).Dentro de un marco jurídico, Democrático, participativo que garantice un orden social justo, y comprometido a impulsar la integración de la comunidad educativa de Otengá. ARTICULO 3°: OBJETIVOS GENERALES 1. Promover, garantizar y defender los DDHH y DHSR. 2. Establecer normas paras las funciones, deberes, comportamientos y actitudes pactados por la Comunidad educativa entre sí y con el entorno escolar, de manera tal que se garantice el ejercicio de los derechos de todas las personas que la conforman. 3. Fortalecer procesos en torno a las medidas pedagógicas y alternativas de solución para las situaciones que afectan la convivencia escolar 4. Definir los derechos y obligaciones de los estudiantes de la Institución, acorde a las normas vigentes. 5. Propender por el cumplimiento a los parámetros establecidos en el presente Manual. 6. Impulsar la integración, participación y compromiso de la Comunidad Educativa, mediante el ejercicio de una autonomía responsable.

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PROPUESTA MANUAL DE CONVIVENCIA 2015

INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA NUESTRA SEÑORA DE LA “O” DE OTENGA, MUNICIPIO DE BETEITIVA

CONSEJO DIRECTIVO

Acuerdo No.

Por medio del cual se adopta el Manual de Convivencia de la Institución Educativa Técnica Nuestra Señora de la “O” cuyo lema es

“Disciplina con Responsabilidad”.

EL CONSEJO DIRECTIVO LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA NUESTRA SEÑORA DE LA “O” DE OTENGA BETEITIVA

A C U E R D A:

ARTICULO PRIMERO. Adoptase en la INSTITUCION EDUCATIVATECNICA NUESTRA SEÑORA DE LA “O” de

Otengá municipio de Betéitiva, el siguiente Manual de Convivencia.

CAPITULO I

JUSTIFICACION, FILOSOFIA Y OBJETIVOS

ARTICULO 1º. JUSTIFICACION.

Según el Artículo 1. De la Constitución Nacional: “Colombia es un Estado social de derecho,…, democrática, participativa y pluralista, fundada en el

respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general”. Por ende es indispensable establecer mecanismos de promoción, prevención, atención y seguimiento de las conductas y situaciones que atenten contra la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos (DDHH) derechos humanos sexuales reproductivos (DHSR) delos miembros de la

comunidad de la educativa dentro y fuera de la EE, que nos permitan una convivencia pacíf ica, respetuosa, justa y equitativa. Además, podamos dar cumplimiento a los principios, f ines y objetivos institucionales, planeados y proyectados, al igual que a los mandatos constitucionales y los establecidos en la Ley 115 de 1994,la ley 734 de 2002, Ley 1098 de 2006, Código de la Infancia y la Adolescencia, ley 1620 del 2013 decreto 1860 de 1994 y el

decreto 1965 de 2013.

ARTICULO 2°: FILOSOFIA.

El principio fundamental es el respeto a la dignidad humana, con el f in de fortalecer la sana convivencia, La cual se resume en el ideal de la vida en común entre las personas que forman parte de la comunidad educativa, partiendo del deseo de vivir juntos de manera viable y deseable a pesar de la

diversidad de orígenes (Mockus, 2002). Así mismo, esta se relaciona con construir y acatar normas; contar con mecanismos de autorregulación social y sistemas que velen por su cumplimiento; respetar las diferencias; aprender a celebrar, cumplir y reparar acuerdos, y construir relaciones de confianza entre las personas de la

comunidad educativa (Mockus, 2003).Dentro de un marco jurídico, Democrático, participativo que garantice un orden social justo, y comprometido a impulsar la integración de la comunidad educativa de Otengá.

ARTICULO 3°: OBJETIVOS GENERALES

1. Promover, garantizar y defender los DDHH y DHSR.

2. Establecer normas paras las funciones, deberes, comportamientos y actitudes pactados por la Comunidad educativa entre sí y con el entorno

escolar, de manera tal que se garantice el ejercicio de los derechos de todas las personas que la conforman.

3. Fortalecer procesos en torno a las medidas pedagógicas y alternativas de solución para las situaciones que afectan la convivencia escolar

4. Definir los derechos y obligaciones de los estudiantes de la Institución, acorde a las normas vigentes.

5. Propender por el cumplimiento a los parámetros establecidos en el presente Manual.

6. Impulsar la integración, participación y compromiso de la Comunidad Educativa, mediante el ejercicio de una autonomía respons able.

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7. Proporcionar una educación integral que le permita al estudiante, cultivar y fortalecer los valores éticos, sociales, cívicos, culturales, académicos, disciplinarios y deportivos que le permitan prepararse para que se pueda integrar a la sociedad con dignidad, responsabilidad y honradez.

ARTICULO 4º: OBJETIVOS ESPECIFICOS

1. Crear el Comité Escolar de Convivencia 2. Establecer la ruta de atención integral para la convivencia escolar. 3. Definir la clasif icación de situaciones actitudes y conductas que afecten el clima escolar. 4. Consolidar la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

5. Evidenciar y llevar a la práctica los derechos, deberes, estímulos, requisitos de ingreso prohibiciones faltas sanciones instancias y tiempos que deben ser contempladas en el presente manual de convivencia

6. Desarrollar en el estudiante la capacidad de establecer normas, bases de comportamiento para que el estudiante se responsabilice de sus actos, dentro y fuera de la institución.

CAPITULO II

PERFIL ESTUDIANTES BÁSICA El estudiante de la institución Educativa Técnica Nuestra Señora de la O debe ser una persona:

Poseedora de sentido analítico y crítico que le permita aportar a la sociedad alternativas de solución a las problemática existente, protegiendo,

valorando y respetando su vida, su integridad la diferencia y los derechos de los demás.

Responsable en el manejo de su libertad, basada en la vivencia de los valores, la defensa continua y constante de la dignidad humana que lo

lleven a su formación integral

PERFIL ESTUDIANTE DE MEDIA TÉCNICA Los y las estudiante de la institución Educativa Técnica Nuestra Señora de la O debe ser personas:

Poseedora de sentido analítico y crítico que le permita aportar a la sociedad alternativa de solución a la problemática existente, protegiendo,

valorando y respetando su vida su integridad, la diferencia y los derechos de los demás.

Con una profunda convicción de la necesidad de profesionalizarse para ser competente con los retos del mundo cambiante.

Responsables en el manejo de su libertad, fundamentados en la vivencia de los valores, la defensa continúa y constante de la dignidad humana

que lo lleven a su formación integral.

Competente en el sector productivo agropecuario local, regional y/o nacional.

CAPITULO III

CALIDAD DE LOS Y LAS ESTUDIANTES

ARTICULO 5. CONDICIONES PARA SER ESTUDIANTE 1. Conocer, aceptar y acatar el manual de convivencia de la EE.

2. Cumplir con los requisitos exigidos por el Ministerio de Educación Nacional y la Institución para el proceso de matrícula.

3. Estar respaldado por el padre de familia o acudiente quien deberá asistir a la institución cuando sea solicitado. 4. Asistir puntual y continuamente a la Institución. 5. Presentar los documentos legales y no cometer fraude para diligenciar o resolver una situación escolar.

ARTICULO 6. COMPROMISOS

La comunidad de estudiantes al f irmar la matricula se compromete a: Cumplir con lo establecido por el manual de convivencia.

Dar cumplimiento al horario establecido y justif icar su ausencia.

Disponer del tiempo necesario para cumplir con las actividades académicas.

Portar el uniforme correctamente como distintivo de la institución dentro y fuera ella.

Parágrafo: Las partes: la comunidad de Estudiantes, Padres de Familia e Institución, se comprometen a cumplir con la Constitución, la Ley 115 de 1994 ,la ley 734 de 2002, Ley 1098 de 2006, Código de la Infancia y la Adolescencia, ley 1620 del 2013 decreto 1860 de 1994 y el decreto 1965 de

2013. El Manual de Convivencia tiene carácter de norma o disposición legal que regula el contrato de matrícula.

ARTICULO 7. CAUSALES PARA LA PÉRDIDA DE CARÁCTER DE ESTUDIANTE.

Se pierde el derecho a ser estudiante de la Institución Educativa Técnica Nuestra Señora de la “O” de Otengá, por:

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1. No cumplir con las condiciones señaladas en el Artículo Quinto 2. Cancelación voluntaria de la matrícula 3. Cancelación de la matrícula como consecuencia de una acción judicial.

4. Presentar documentos falsos o cometer fraude en el momento de la matrícula.

CAPITULO IV REQUISITOS Y UNIFORMES

ARTICULO 8. REQUISITOS ESTUDIANTES NUEVOS:

1. Registro civil de nacimiento (en buen estado) 2. Certif icado de estudio

3. Certif icado médico 4. Documento de identidad 5. Paz y Salvo 6. Carpeta colgante

7. Seguro Estudiantil 8. Fotocopia del recibo de energía eléctrica 9. Adquirir el manual de convivencia

ESTUDIANTES ANTIGUOS:

1. Haber sido pre matriculado 2. Certif icado médico 3. Documento de Identif icación

4. Paz y Salvo debidamente diligenciado 5. Seguro Estudiantil ( art. 100 de la Ley 115/94) 6. Fotocopia del recibo de energía eléctrica 7. Adquirir el manual de convivencia

PARAGRAFO:

1. La comunidad que no tenga la documentación completa y correctamente diligenciada NO podrá ser matriculado. 2. En caso de retiro de la Institución cualquiera que sea el motivo es obligación de las niñas o niños ponerse a PAZ Y SALVO.

3. No podrán ser acudientes menores de edad. ARTICULO 9. UNIFORME

Los hombres y mujeres deberán portar el uniforme tal como se establece a continuación (diariamente).

HOMBRES 1. Camisa blanca con cuello sport (da cron), manga corta 2. Medias oscuras

3. Zapato colegial negros 4. Jean azul oscuro 5. Buzo según modelo de la Institución

MUJERES:

1. Camisa blanca con cuello sport (da cron), manga corta 2. Jardinera a cuadros (según modelo de la Institución)

3. Saco según modelo de la institución 4. Media blanca 5. Zapato colegial negro

El uniforme de Educación Física, según modelo establecido. 1. Camiseta y pantaloneta, según modelo

2. Medias deportivas 3. Tenis azul oscuro 4. Sudadera náutica según modelo

Para las prácticas agropecuarias, décimo y once (Femenino y Masculino)

1. Zapatos de Trabajo 2. Overol azul oscuro

PARAGRAFO PRIMERO: En los actos culturales el grupo estudiantes deben asistir con el respectivo uniforme de diario completo.

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PARAGRAFO SEGUNDO: El modelo de cada uniforme lo dará a conocer la Institución antes de las matriculas.

CAPITULO V.

DERECHOS, DEBERES, ESTIMULOS Y

PROHIBICIONES

ARTICULO 10. DERECHOS SON DERECHOS DE LA COMUNIDAD ESTUDIANTIL.

Son derechos académicos y de convivencia del grupo de la población estudiantil de la Institución Educativa Técnica Nuestra Señora de la “o”. 1. Gozar de un medio ambiente sano tanto físico como psicológico que propenda su desarrollo integral, que permita alcanzar la concentración

necesaria para un óptimo aprovechamiento.

2. Conocer el programa académico y plan de estudios 3. Contar con una distribución académica de trabajos, tareas, talleres, evaluaciones y con un cronograma previamente establecido. 4. Conocer los criterios de evaluación y promoción de la Institución 5. Tener acceso a libros actualizados que permitan consulta oportuna en las diferentes áreas.

6. Ser informados continuamente de su desempeño académico y recibir su boletín de calif icaciones en las fechas establecidas en el cronograma. 7. Recibir orientación actualizada, clases completas y esperar de sus profesores una adecuada preparación de tipo académico. 8. Ser tratados cortésmente por sus superiores y todas las personas y comunidad educativa. 9. Ser atendidos oportunamente por sus superiores

10. Recibir de los estamentos dela Institución, buen testimonio de cultura, respeto, ética, moral, social y deportiva. 11. Respetar sus creencias religiosas 12. Participar en eventos académicos, culturales, deportivos y sociales que se organicen dentro y fuera de la Institución.

13. Obtener por parte de sus superiores, los permisos para salir de clase o del colegio, cuando medie justa causa o que con anterioridad hayan sido solicitados por parte del padre de familia.

14. Disfrutar de los descansos establecidos y la recreación cultural, deportiva que la Institución ha reglamentado. 15. Beneficiarse de los servicios que la Institución ofrece, siguiendo los procedimientos adecuados (restaurante escolar, tienda escolar, etc.).

16. Adquirir fácilmente las herramientas, equipos y asistencia necesaria para el desarrollo de los proyectos supervisados. 17. Ser respetado y considerado como persona por parte de la comunidad educativa. 18. A la corrección de conceptos emitidos por sus superiores. 19. Presentar respetuosa y oportunamente los reclamos, aclaraciones y sugerencias que consideren pertinentes en forma oral o escr ita.

20. Elegir y ser elegido en las elecciones de Gobierno Escolar 21. Participar en la organización y evaluación institucional 22. Usar la libertad de expresión para aportar con creatividad nuevas ideas que contribuyan en su formación integral. 23. Solicitar aclaraciones y refuerzo cuando el proceso de aprendizaje no ha quedado claro.

24. Exponer abiertamente sus iniciativas e inquietudes tendientes al mejoramiento de los niveles, social, académico y disciplinario del plantel a través del Personero Estudiantil.

25. Recibir carné que lo acredite como estudiante del plantel 26. Tener acceso al observador del alumno donde se deben registrar aspectos positivos y/o negativos del proceso de formación.

27. Recibir estímulos ya sea por comportamiento, rendimiento académico y buena representación de la Institución. 28. Seguimiento de la ruta de atención integral que conlleve al mejoramiento del clima escolar . 29. Tener buenas condiciones de transporte, alimentación y acomodación cuando se participe en eventos culturales, académicos y deportivos fuera de

la institución. Nota: Los elementos e implementos deportivos serán facilitados para la hora de descanso y/o horas de Educación Física.

ARTICULO 11. DEBERES

SON DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

Constituyen deberes de la comunidad estudiantil y los compromisos adquiridos a partir de la fecha de la matrícula y durante el año electivo, los siguientes:

1. Conocer, reflexionar, asumir y comprometerse con el cumplimiento del presente manual de convivencia de la Institución Educativa Técnic a Nuestra

Señora de la “o” de conformidad con el contrato suscrito entre la institución y los padres de familia. 2. Respetar a los directivos, docentes, de la Institución Educativa Técnica Nuestra Señora de la “o” 3. Portar con elegancia y sentido de pertenencia los uniformes de la institución.

4. Desarrollar la auto disciplina con base formativa e integral de la personalidad 5. Respaldar personalmente las opiniones expresadas. En consecuencia se entiende como complimiento de ese, deber la elaboración o participación

en cualquier tipo de anónimos. 6. Asistir puntualmente al colegio y cumplir con el horario de clases establecido

7:25 Se abre la puerta para ingreso al plantel, con la vigilancia del profesor de disciplina 7:30 Se cierra la puerta. se timbra, se inician las actividades pedagógicas. El grupo de estudiantes que lleguen tarde por tercera vez, se citara al acudiente y se le impondrá una sanción pedagógica.

7. No ausentarse de la institución en horario establecido y lugares no permitidos. 8. El estudiante reprueba el año escolar, cuando haya dejado de asistir injustif icadamente a más del 25% de las actividades académicas durante el

año escolar, según lo establecido en el proyecto escolar adoptado por la Institución Educativa Técnica Nuestra Señora de la “O”.

9. Comportarse en el plantel, lugares públicos y privados según normas de buena conducta.

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10. La comunidad de estudiantes deben tratarse con cortesía, manifestando siempre modales de respeto, amabilidad en el trato y solidaridad en toda situación que se presenten el entorno escolar .

11. En caso de ausencia presentar la respectiva excusa (debidamente f irmado por el padre de familia y/o acudiente). Cuando se presentan permisos

dentro de la Institución Educativa Técnica Nuestra Señora de la “o” , el profesor de disciplina es autónomo para concederlo o no. Se debe presentar la f irma del maestro con quien corresponda clase, al encargado de disciplina.

12. Asistir a todos los actos programados dentro y fuera de la institución por el personal docente y directivo. 13. Presentar durante el periodo de clase con honestidad las pruebas de rendimiento académico o de evaluaciones que el profesor tenga planeados

en las diferentes áreas. 14. Cuidar los enseres y planta física del colegio para que se conserven en buen estado, orden y aseo. 15. Acatar la orden con prontitud para formación e ingreso a las aulas de clase 16. Estar previstos de todos los elementos de trabajo necesarios para responder en todas las clases y áreas.

17. No colocar apodos, apelativos o palabras incultas contra sus compañeros, superiores y comunidad en general. 18. Portar el uniforme bien presentado, muy limpio, sin atuendos especiales. Utilizarlo únicamente en actividades escolares y actividades especiales.

El ruedo de la falda debe ir tapando la rodilla.

19. Realizar y sustentar un trabajo en el grado 11º., como requisito para obtener el título de Bachiller. El Consejo Académico reglamentará dicho proyecto.

20. Cumplir el reglamento establecido para el uso de biblioteca, laboratorios, sala de informática, aulas, bibliobancos, etc. 21. Portar el carné estudiantil para efectos de identif icación como miembro de la Institución y para solicitar el préstamo de servicios que ofrece el

colegio. 22. Responder por los daños causados a los bienes del colegio 23. Respetar los símbolos que representan el Colegio y la Patria 24. Presentarse al colegio con tareas y trabajos asignados en cada asignatura

25. Colaborar en la conservación del medio ambiente, y árboles del entorno 26. Tramitar el Paz y Salvo, cancelar el contrato de matricula y entregar el carné en caso de retiro del colegio. 27. Firmar las anotaciones sobre rendimiento, comportamiento y asistencia que se hagan en el observador del alumno. 28. Respetar la propiedad privada de los compañeros, y demás personal del colegio; tanto en el salón, las dependencias de la institución y también

fuera de ella. 29. Cumplir como mínimo con 80 horas de servicio social estudiantil obligatorio para obtener el título de Bachiller. 30. Cumplir responsablemente con las funciones asumidas al integrar, cualquiera de los órganos del gobierno escolar y demás comités de los cuales

haga parte. 31. NO es permitido transitar en bicicletas dentro de las instalaciones de la institución. 32. NO utilizar celulares ni otro elemento que no esté estipulados dentro del aula de clases. 33. Mantener una buena presentación personal. Los hombres con corte alto, las niñas bien peinadas, sin maquillaje y esmaltes coloridos; evitar el uso

de accesorios extravagantes y con el uniforme limpio y en buen estado. 34. Asumir con respeto las amonestaciones hechas por directivas y personal docente, aplicándolas en beneficio de su formación. 35. Defender el derecho a la vida mediante las vivencias de valores humanos. 36. Propender por el respeto y la tolerancia hacia los compañeros con discapacidades y / o capacidades sobresalientes.

37. Cumplir con las normas de la ley 1098 del 2006 ley de infancia y adolescencia. 38. Mantener el orden y colaborar con el aseo del salón y de institución en general. 39. Evitar hacer grafitis en paredes y pupitres que afecten la dignidad humana de los integrantes de la comunidad educativa. 40. Denunciar toda falta que afecte el bienestar de cualquier miembro de la comunidad educativa.

41. Manifestar respeto durante el descanso y actividades de recreación. 42. Abstenerse de consumir alimentos durante horas de clases, en las formaciones y actos de comunidad. 43. No fumar, consumir ni expender sustancias psicoactivas dentro de la institución. 44. Entregar oportunamente las informaciones que de la institución se envíen a los padres de familia.

45. Ser responsable con las actividades académicas y aprovechar al máximo el tiempo. 46. Preparar y presentarse en la fecha indicada a las evaluaciones, recuperaciones y trabajos escolares respetando los horarios establecidos según lo

acordado en el consejo académico.

47. En caso de ausencias prolongadas durante el año escolar, por diferentes razones personales los padres asumirán la responsabilidad académica y formativa f irmando un compromiso ante la rectoría.

48. En caso de evasión el estudiante f irmará el observador y se citara a los padres de familia.

ARTICULO 12. ESTIMULOS Ameritan estímulos los estudiantes que sobresalen por rendimiento académico, excelente conducta y disciplina, espíritu deportivo, de colaboración,

servicios, participación, creatividad, excelentes relaciones humanas.

1. Se le prestará toda la ayuda para perfeccionamiento personal y desarrollo progresivo de sus habilidades y destrezas.

2. En representación de su grado, el estudiante que se distinga por su puntualidad, disciplina, conducta, aprovechamiento y rendimiento académico; Izará la bandera.

3. Se destacarán por periodos los mejores desempeños académicos en el cuadro de honor. 4. Los mejores estudiantes tendrán prelación para ser representantes de curso o miembros del Gobierno Escolar.

5. Ser elegidos para representar la Institución en eventos culturales, deportivos, congresos, seminarios, olimpiadas , etc. a las cuales haya sido invitada la Institución.

6. Mención al mérito deportivo por distinguirse como el mejor deportista tanto fuera como dentro del establecimiento educativo.

ARTICULO 13º. PROHIBICIONES

A LA COMUNIDAD ESTUDIANTIL LE ESTA PROHIBIDO:

1. Abandonar el establecimiento sin permiso del rector. 2. Promover desordenes que perturben el orden y tranquilidad de la comunidad Institucional. 3. Ingerir o ingresar al colegio bebidas embriagantes o sustancias psicoactivas, o permanecer dentro de él, habiéndolas consumido. Así mismo, se

prohíbe el cigarrillo, armas o cualquier otro elemento que ponga en riesgo la salud física y/o mental de algún miembro de la comunidad.

4. El hurto estafa o abuso de confianza, siendo el directo responsable o cómplice

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5. Presentar comportamientos que expresen conducta negativa intencional metódica sistemática de agresión, intimidación, humillación , ridiculización difamación coacción aislamiento deliberado amenaza incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico v erbal físico o por medios electrónicos acoso, abuso o agresión sexual

6. Frecuentar establecimientos públicos de diversión portando el uniforme 7. Demostraciones afectivas demasiado efusivas dentro de la Institución 8. Escribir letras y/o realizar dibujos que denigren u ofendan a cualquier persona de la comunidad educativa. 9. Ingresar y/o salir del colegio por las cercas, paredes, vecindades, ventanas u otros sitios diferentes a la puerta principal.

10. Recurrir al fraude para obtener algún beneficio en las valoraciones aceptables 11. Observar y difundir imágenes de contenido obsceno extraídos de Revistas, internet o cualquier otro medio. 12. Evadirse de la Institución dentro de la jornada escolar.

CAPITULO VI.

DE LA CONVIVENCIA Y CLIMA ESCOLAR

ARTICULO 14. COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA

De acuerdo con lo establecido por la ley, las Institución Educativa Nuestra Señora de la O de Otengá c onformara anualmente el Comité Escolar de Convivencia (C.E.C.) cuya tarea será la de “apoyar la labor de promoción y seguimiento a la convivencia escolar, a la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, así como el desarrollo y aplicación del Manual de Convivencia y de la prevención y mitigación de la

violencia escolar” (Decreto 1965, Art. 22). Cuya labor será: -Identif icar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre estudiantes y docentes, directivos y estudiantes, entr e estudiantes y entre docentes. -Liderar acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercic io de los derechos humanos, sexuales y reproductivos (DHSR) y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

-Promover la vinculación a programas y actividades que respondan a las necesidades de la comunidad educativa. -Convocar espacios de conciliación para la solución pacíf ica de conflictos que afecten ala comunidad escolar en procura de evi tar perjuicios irremediables a cualquier miembro de la comunidad educativa.

- Revisar los componentes de prevención, promoción y protección a través del Manual de Convivencia y la aplicación de la RAI (Ruta de atención integral) para la convivencia escolar, con el f in de proteger a los estudiantes de toda forma de acoso, violencia escolar y v ulneración de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, por parte de los demás miembros de la comunidad educativa. -Activar la R.A.I. (Ruta de atención inmediata) frente a situaciones específ icas de conflicto, de acoso escolar, frente a conductas de alto riesgo de

violencia escolar o de vulneración de los derechos sexuales y reproductivos que no puedan ser resueltos por el Comité de acuerdo con lo establecido en este Manual, porque trascienden el ámbito escolar y revisten las características de la comisión de la conducta punible y que deban ser atendidos por otra instancia o autoridad. -Identif icar factores de riesgo y factores de protección que incidan en la convivencia escolar y en la protección de los derec hos humanos, sexuales y

reproductivos. -Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

-Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia y presentar los informes correspondientes. -Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que mediante la articulación de las Áreas procuren más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de ciudadanía. -Adoptar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y

violencia escolar más frecuentes. - Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas. -Orientar y precisar la clasif icación de situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los DHSR según el planteamiento del Artículo 40

del Decreto 1965. PARAGRAFO UNICO: EL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA estará constituido por EL SEÑOR RECTOR O SU DELEGADO, UN DOCENTE DEL PROYECTO TRASVERSAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR, UN REPRESENTANTE DE LOS DOCENTES, UN REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES DE BASICA, UN REPRESENTANTE DE LA MEDIA TECNICA, EL PERSONERO ESTUDIANTIL Y UN PADRE DE FAMILIA. Su

funcionamiento está en el decreto 1965 del 2013.

ARTICULO 15. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL (RAI)

Es el mecanismo institucional mediante el cual se establecen los protocolos que se deben activar en todos los casos en que se vea afectada la convivencia y los derechos humanos, sexuales o reproductivos de los estudiantes articulando una oferta de servicio ágil, integral y complementario. El sistema garantiza la atención inmediata y pertinente de los casos de violencia escolar, acoso o vulneración de derechos sexuales y reproductivos que se presenten en el establecimiento o en sus alrededores y que involucren a cualquier estudiante, así como el embarazo adolesc ente.

Habrá un componente de promoción y otro de prevención como parte del plan integral de formación contemplado en el PEI y operacionalizado en el Plan de Estudios. Las direcciones de curso su componente principal serán las actividades de promoción y prevención; éstas serán orientadas por el

Consejo Académico y el CEC. ARTICULO 16 SITUACIONES QUE AFECTAN LA VIDA ESCOLAR En concordancia con lo señalado en el Decreto 1965, las situaciones que afecten el clima escolar o los DHSR, se tipif ican en tres categorías:

SITUACIONES TIPO I: corresponde a conflictos manejados inadecuadamente y/o situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. Se tipif ican: las riñas o peleas simples, daños en propiedad ajena, agresión verbal; fumar, consumo de bebidas embriagantes; vandalismo; embarazo adolescente.

SITUACIONES TIPO II: corresponden a situaciones de agresión escolar, acoso (bullyng) y acoso en redes sociales de Internet (ciberbullyng), que no resistan las características de la comisión de un delito que se presenten de manera repetida o sistemática y/o que causen daño al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para los involucrados. Además las situaciones de consumo de sustancias psicoactivas. SITUACIONES TIPO III: corresponden a las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad

física y/o formación sexual, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

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Incluye: agresión física con lesiones personales, distribución de sustancias prohibidas, agresión sexual, porte de armas; extorsión, robo; casos de violencia intrafamiliar y violencia sexual. PARAGRAFO: Cualquier miembro de la comunidad educativa u otra persona en condición de conocido, vecino, amigo, familiar, etc., está en su

derecho y a la vez en la obligación de informar a cualquier autoridad escolar y por cualquier medio (oral, escrito, por plata forma) sobre cualquier situación que a su buen saber y entender esté afectando la convivencia o los DHSR de un miembro de la comunidad educativa, particularmente si es estudiante.

ARTICULO 17. DEFINICION SITUACIONES TIPO I

1. Llegar tarde y sin justif icación a las actividades previstas en el horario y cronograma de la institución.

2. Faltar sin justif icación a las clases y demás actividades programadas por la institución. 3. Vestir en forma incompleta e inadecuada los uniformes dentro de la institución. 4. Interrumpir clases y actividades de comunidad con actos de indisciplina.

5. Desobedecer las instrucciones y órdenes de los profesores y las normas que rigen las actividades que ellos dirigen. 6. Usar juguetes y otros elementos como celulares y otros dispositivos electrónicos distintos a los útiles escolares en las actividades académicas y

actos de comunidad, salvo que sean necesarios para el desarrollo de las mismas, a juicio del personal docente y directivos docentes. 7. Manifestar desinterés y rechazo hacia las actividades académicas y actos de comunidad.

8. Presentarse a la institución en condiciones inadecuadas de aseo personal y fomentar el desaseo en las diferentes dependencias. 9. Realizar acciones que den mala presentación y dañen la planta física de la institución. 10. Justif icar con mentiras el incumplimiento de sus deberes. 11. Utilizar en forma inadecuada los servicios de la institución y materiales de trabajo.

12. Presentarse a la institución sin los implementos necesarios para las actividades escolares. 13. Hacer uso indebido de los recursos naturales 14. Negarse a llevar el cabello corto o con corte estilo varonil. 15. Desobedecer la orden de un profesor de salir del salón de clase, o de una actividad en comunidad, cuando debido a su comportamiento de

indisciplina este perturbe el normal desarrollo de las actividades. 16. Negarse a f irmar las amonestaciones escritas elevadas por faltas disciplinarias. 17. Uso de maquillaje extravagante y accesorios (joyas, pirsin, aretes en los hombres) dentro de la institución.

18. Masticar chicles y consumir alimentos dentro de las aulas de clase y eventos de comunidad. 19. Las demás que a juicio de rectoría, consejo académico, consejo directivo se incluya dentro de esta categoría

ARTICULO 18. PROCEDIMIENTOS PARA LA SOLUCION DE UN CONFLICTO. La participación de los que conviven, la acción comunicativa de los interlocutores, el debido proceso, la comprobación de la falta, la debida y justa

defensa, la concertación como método de solución de conflictos, la proporcionalidad en la sanción y participación de los padres de familia. Cuando me encuentre en una situación de conflicto emplearé el diálogo que informa, previene, razona, concientiza y compromete a un cambio de actitud.

1. Diálogo entre las partes en conflicto 2. Diálogo entre las partes en conflicto, en presencia del director de grado 3. Diálogo entre las partes en conflicto, con la presencia de los padres de familia y f irma de acta de compromiso ente las partes.

Cualquiera de las partes puede solicitar intervención del comité escolar de convivencia para la solución del conflicto. 4. Cuando el conflicto sea de tipo académico y ninguna de las instancias anteriores hayan dado solución al mismo, se solicitará al CEC, su

intervención.

5. Copia de lo actuado se llevara ante el CEC. PARAGRAFO 1: En cualquiera de las instancias se puede solicitar la asistencia del personero de los estudiantes.

PARAGRAFO 2: De todas las instancias en la solución de un conflicto, se dejara constancia f irmada en el observador del estudiante. ARTICULO 19. PROCEDIMIENTO ANTE UNA SITUACION-RAI

RAI para SITUACIONES TIPO I 1º. El profesor(a) encargado de vigilancia recibe queja o informe sobre una situación puntual. 2º. Se hace el reporte correspondiente al Director(a) de curso de los involucrados en la situac ión.

3º. El Director(a) correspondiente asume el caso y procede a analizar la situación y a desplegar los mecanismos de conciliación correspondientes y el restablecimiento de derechos, Director de curso será garante para que las decisiones tomadas sean imparciales, equitativas y justas. Se dejará constancia mediante memoria de lo actuado en las respectivas actas de curso.

5º. El Director(a) de curso informa del caso al señor Rector, quien observando la situación dará parte al comité escolar de c onvivencia. 6º. Se informa a los padres de familia. Se deja acta al respecto que reposa en el comité de Convivencia. 7º.Mensualmente se informa al CEC sobre evolución del proceso. 8º. Cierre del caso.

RAI para SITUACIONES TIPO II (Acoso, ciberacoso, consumo de sustancias psicoactivas) 1º. De presentarse algún daño al cuerpo o a la salud, hacer la remisión correspondiente para garantizar la atención en salud física o mental del o de los involucrados, de acuerdo a los protocolos establecidos.

2º. Informar de manera inmediata a los padres o acudientes de los involucrados, asunto de lo cual se dejará constancia escrita en CEC. 3º. El Rector informa a los demás integrantes de CEC sobre la situación ocurrida. Se deja el acta correspondiente y se establece cronograma de seguimiento del caso. 4º. Director o Directora de curso, donde correspondan los estudiantes involucrados, despliegan acciones de análisis y reflexión. El CEC actúa como

mediador en el conflicto y establece cronograma de seguimiento al caso. 5º. CEC establece ruta para garantizar el restablecimiento de derechos, proceso de restauración de daños causados y procesos de rec onciliación.

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6°. El CEC y particularmente el Rector garantizarán que las decisiones respeten en todo caso los criterios de imparcialidad, justicia y equidad. 7º. En caso de que se juzgue necesario ante la falta de resultados por las acciones desplegadas, el Rector hace el reporte del caso al Sistema para la protección comisaria de familia e ICBF para el restablecimiento de derechos o al Sistema de Seguridad Social para la atención de salud integral que se

requiera. 8º. Elaboración de informe (acta) de todo lo actuado en el proceso, la cual será suscrita por todas las partes intervinientes en el caso. EVIDENCIA EN EL CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS

Una vez se establezca de manera objetiva que un estudiante está inmerso en situaciones de consumo de sustancias psicoactivas, la institución por intermedio de Orientación procederá de la siguiente manera: 1°. Notif icación a los padres de familia 2°. Remisión a examen de barrido de 3 0 6 meses, no 24 horas.

3°. Remisión a comunidad terapéutica para apoyo familiar y al estudiante. 4°. Exigir informes mensuales de retroalimentación con el objetivo de recibir orientación sobre el apoyo que se debe prestar el estudiante en la institución.

5°. La omisión de estos procedimientos se constituye en causal de PÉRDIDA DE CUPO al f inalizar el año escolar. RAI PARA SITUACIONES TIPO III 1º. De presentarse algún daño al cuerpo o a la salud, hacer la remisión correspondiente

para garantizar la atención en salud física o mental del o de los involucrados. 2º. Informar de manera inmediata a los padres o acudientes de los involucrados, asunto de lo cual se dejará constancia escrita en CEC. 3º. El Rector, de manera inmediata y por el medio más eficaz pone el caso en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual quedará constancia escrita.

4º. Se convoca al CEC para conocimiento de la situación e inicio de los procedimientos correspondientes. 5º. El CEC adopta de manera inmediata las decisiones que considere pertinentes para la protección de la víctima, al victimario y demás personas que conozcan del caso. De ser necesario deberá establecer qué, en concreto, entra a formar parte del sigilo y reserva correspondiente. De establecerse esto último el CEC le obliga a todos los integrantes actuar en consecuencia.

6º. El Rector reporta la información del caso mediante el aplicativo implementado por el Sistema de Información Unif ic ado de Convivencia Escolar. 7º. Director o Directora de curso, donde correspondan los estudiantes involucrados, despliegan acciones que permitan el análisis y reflexión sobre lo acontecido.

8º.CEC establece la ruta para garantizar el restablecimiento de los derechos, proceso de restauración de daños causados. Pondrá particular atención a los procesos de reconciliación que se requiera implementar. 9°. CEC aplica las sanciones que se juzguen pertinentes para quienes hayan promovido, actuado o participado en el problema tratado, garantizando los criterios de imparcialidad, equidad y justicia.

11º. Elaboración de informe de todo lo actuado en el proceso; será suscrito por todos los intervinientes en el proceso. ARTICULO 20. DEL DEVIDO PROCESO

De todo lo actuado se debe llevar evidencia escrita o grafica sobre los hechos, actuaciones , actas, compromisos que con motivo de la situación ordeno la actuación del CEC y la activación de RAI, el director o directores del curso de los implicados actuaran como sustanciadores del proceso, del cual guardara custodia y absoluta reserva.

ARTICULO 21 RECURSOS ANTE UN PROCESO El comité escolar de convivencia dejara copia de lo actuado y ordenara al señor rector la publicación de la correspondiente r esolución de sanción o forma de restablecimiento de derechos a que hubiere lugar sin desconocer que el implicado tendrá derecho a presentar recursos de ley. RECURSOS: Contra estos actos administrativos (Resoluciones), procede el Recurso de REPOSICION ante el Rector y de APELACION, ante el

Consejo Directivo dentro de los cinco días hábiles siguientes a la diligencia de notif icación. Dentro de las alternativas de sanción para las situaciones además del restablecimiento de derechos se tendrán:

1. Suspensión por uno o hasta cinco días hábiles, durante el cual realizará dentro de la institución actividades pedagógicas formativas, dirigidas por el comité escolar de convivencia y relacionadas con la falta cometida. Terminado el lapso se reintegrará a la actividad o al curso y es responsabilidad del estudiante actualizarse acerca del trabajo académico realizado en el respectivo curso. Estas sanciones se reflejarán en la valoración de

comportamiento del período académico en el cual se cometió la falta y regirá en el período siguiente, al término del cual se verif icará el cumplimiento de los compromisos de mejoramiento.

PARÁGRAFO 1. El estudiante objeto de la aplicación de una situación tipo dos, no podrá representar al colegio en eventos académicos, deportivos y culturales, durante el período académico siguiente. Tampoco podrá izar bandera en ese período y perderá los beneficios adquir idos a título de estímulos. Las pruebas o evaluaciones académicas y demás actividades realizadas durante la suspensión del estudiante.

Cuando el estudiante sancionado sea representante del curso o personero escolar quedara suspendido del cargo por el siguiente periodo académico a la comisión de la falta. Si reincide en la comisión de falta grave perderá la investidura

ARTICULO 22. CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES O EXIMENTES

Se considera como circunstancias que atenúen o eximen la responsabilidad, las siguientes: 1. El haber observado buena conducta anterior 2. El haber obrado por motivos nobles o altruistas

3. El haber confesado voluntariamente la comisión de la falta 4. El haber procurado evitar espontáneamente los efectos nocivos de la falta, antes de iniciarse la acción disciplinaria. 5. El haber sido inducido a cometer la falta

ARTICULO 23. CIRCUNSTANCIA AGRAVANTES

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Se consideran como circunstancias que agraven la responsabilidad, las siguientes: 1. El haber sido objeto de sanción anterior a la falta

2. El efecto perturbador que la conducta produzca en la formación de los compañeros 3. El haber procedido por motivos innobles o fútiles 4. El haber preparado ponderadamente la falta 5. El haber obrado con complicidad de otra u otras personas

6. El haber cometido la falta para ejecutar u ocultar otras 7. El haber cometido la falta aprovechando la confianza que le ha depositado cualquier miembro de la comunidad educativa. ARTICULO 24. CALIFICACION DE CONDUCTA DE ACUERDO A LAS FALTAS

La conducta se calif icará cualitativamente, teniendo en cuenta la siguiente escala: EXCELENTE

BUENO REGULAR FALTAS LEVES: Conducta EXCELENTE (Quienes no hayan incurrido en la Comisión de dos faltas leves).

FALTAS GRAVES: Conducta BUENA. ACUMULACION DE FALTAS GRAVES: conducta REGULAR

CAPITULO VII.

EVALUACION Y PROMOCION

ARTICULO 25: EVALUACION

Se considera la Evaluación como el conjunta de acciones para valorar y emitir un juicio sobre el avance en la apropiación de conocimientos y desarrollo

de capacidades y valores, de acuerdo con los logros establecidos en el proceso pedagógica, La evaluación prevista en la institución se rige según el decreto 1290 del 2010 en todo caso la Evaluación debe ser integral, lo que implica: Determinar la media en que el estudiante alcanzó o no los logros estipulados

Identif icar las circunstancias e intereses individuales, los ritmos y estilos de trabajo. La Evaluación en ningún caso debe utilizarse como medio disciplinario para sancionar a un estudiante. La Evaluación cualitativa ha de ser justa, la cual mida todos los procesos y no debe tener en cuenta solamente los resultados .

ARTICULO 26: PROMOCION Un estudiante es promovido al grado siguiente cuando en el proceso educativo demuestra capacidades, conocimientos, aptitudes, valores e interés para avanzar al grado siguiente.

ARTICULO 27: REPROBACION

Un estudiante queda reprobado cuando: 1. Ha dejado de asistir al 25% de las actividades programadas en cada área, establecidas en el Plan de Estudios. 2. No supera todos los logros establecidos en tres (3) o más Áreas

PARAGRAFO UNICO: EL RECTOR POR RESOLUCION DEBIDAMENTE MOTIVADA NOMBRARA CADA AÑO LOS COMITES DE EVALUACION Y PROMOCION PARA LOS RESPECTIVOS GRADOS CONFORMADO POR DOS PROFESORES, EL DIRECTOR DE GRADO UN REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES Y UN PADRE DE FAMILIA. El comité será el responsable de autorizar la promocion o aplazamiento de los estudiantes que no

han superado los logros. ARTICULO 28: VALORACION

Al f inalizar cada periodo y al f inal de cada año y para transferencia de estudiantes, LA VALORACION DEL DESEMPEÑO DEL ESTUDIANTE será en forma se hará en forma CUALITATIVA Y CUANTITATIVA según la siguiente escala de valoración:

SUPERIOR: Cuando ha superado AMPLIAMENTE todos los logros previstos en el Plan de Estudios, CALIFICACION NUMERICA ENTRE 4.5 Y 5. ALTO: Cuando ha superado todos los logros previstos en el Plan de Estudios CALIFICACION NUMERICA ENTRE 3,8 Y 4,49 BASICO: Cuando ha superado los logros pero con limitaciones CALIFICACION NUMERICA ENTRE 3,0 Y 3,79. BAJO: Cuando no ha superado los logros previstos en el Plan de Estudios CALIFICACION NUMERICA MENOR A 2,99, ESTE ESTUDIANTE TENDRA

UN PROCESO DE RECUPERACION DE LOGROS, SIEMPRE QUE NO TENGA TRES AREAS PERDIDAS. ARTICULO 29. REQUISITOS PARA GRADUARSE.

1. Estar a paz y salvo por todo concepto 2. Haber Aprobado la totalidad de las asignaturas de los 11 grados del bachillerato. 3. Presentar y sustentar el Proyecto de Investigación propio de la Especialidad 4. Haber cumplido con el Trabajo Social obligatorio

ARTICULO 30. CONSEJO DE ESTUDIANTES

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En el Colegio funcionará un consejo de estudiantes integrado por un representante de cada uno de los grados que haya en el Establecimiento, elegido por voto secreto en asamblea de dicho grado. Para ser elegido miembro del consejo estudiantil se requiere estar legalmente matriculado, observar un rendimiento y disciplina ejemplar y ser

sobresaliente en el ejercicio de las actividades académicas, deportivas, socioculturales y demás. El personero de los estudiantes y el representante al Consejo Directivo hará parte del Consejo de Estudiantes.

REGLAMENTO PARA CONSEJO DE ESTUDIANTES Estar legalmente matriculado y asistir puntualmente a las actividades curriculares y extracurriculares programadas por el plantel. Haber sido elegido en forma democrática para un periodo correspondiente al año escolar. Mantener un buen rendimiento académico y disciplinario para representar dignamente a sus compañeros.

Asistir en forma responsable a las reuniones y participar activamente en ellas cumpliendo eficientemente el reglamento del Consejo Estudiantil. Conocer y vivenciar el manual de convivencia para garantizar el cumplimiento de sus funciones. Presentar propuestas y solicitar explicación en forma verbal o escrita observando los buenos modales y siguiendo el conducto regular.

CAPITULO VIII.

DE LOS DOCENTES ARTICULO 31. CARACTERISTICAS QUE DEBE TENER UN DOCENTE DE LA INSTITUCION.

- Poseer una imagen positiva de si mismo - Trabajar por el ser humano - Esté comprometido con la solución a los problemas que se presenten - Esté dispuesto al diálogo

- Posea una madurez y equilibrio emocional - Sea leal, discreto y veraz - Ser portador de entusiasmo, ánimo, alegría, optimismo y decisión - Caracterizarse por su prudencia, paciencia, humildad y bondad

- Ser competente profesionalmente - Ser poseedor de un espíritu de investigación y actualización permanente - Caracterizarse por su lenguaje claro, preciso, digno y sencillo

ARTICULO 31. SON DERECHOS DE LOS DOCENTES LOS SIGUIENTES:

Frente al Estado, los contemplados en el Estatuto docente, entre otros

- Asociarse libremente a las diferentes organizaciones

- Percibir oportunamente la remuneración asignada para el respectivo cargo y grado en el escalafón.

- Elaborar los planes, de asignatura, de área y de los proyectos pedagógicos dirigidos con criterios técnicos -pedagógicos para garantizar el

mejoramiento de la educación.

- Preparar en forma diligente y responsable las clases, materiales y demás que le permitan desarrollar con eficiencia el proceso pedagógico.

- Diligenciar en forma comedida y oportuna, los libros reglamentarios que le correspondan de acuerdo con lo establecido en el PEI.

(Observador del estudiante, Ficha acumulativa, Diario de clases, Libro de disciplina, control de asistencia y demás).

- Dirigir y orientar el proceso pedagógico empleando las últimas tendencias pedagógicas y los avances de la Ciencia y la Tecnología para

ofrecer una educación de calidad.

- Inculcar en el estudiantado y la Comunidad educativa el amor a los valores históricos, morales, ambientales, culturales de la Nación y el

respeto a los símbolos patrios.

- Dar un trato cordial y amable a sus compañeros, compañeras y a sus subordinados y compartir sus tareas con espíritu de solidaridad y

unidad de propósito.

- Cumplir la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias de su cargo.

- Velar por la conservación de documentos útiles, libros, equipos, materiales e implementos que le sean confiados.

- Coadyuvar en la formación integral del estudiantado inculcando el respeto por los valores humanos y el espíritu de superación personal.

- Asesorar, orientar y dirigir al estudiantado como una contribución a la correcta toma de decisiones.

- Contribuir en la ejecución de los planes, programas y políticas del colegio trazadas por el Gobierno escolar y el PEI.

- Actualización permanente de los eventos pedagógicos programados.

- Hacer parte de los comités que establece la Ley, el PEI y el gobierno escolar, participando activamente en el desarrollo de los proyectos y

políticas del plantel.

- Entregar a tiempo los informes académicos, horarios, etc. Que por sugerencia de los estudiantes, los docentes preparen sus clases y lleven

en forma secuencial los temas para evitar contradicciones.

- Las demás funciones propias de su cargo y las que determine el PEI.

- Dar seguridad y confianza a los estudiantes para brindar soluciones en el desempeño escolar.

ARTICULO 32. SON DEBERES DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES Decreto 2277 de 1979, Ley 190 de 1995, Ley 115 de 1994, y Decretos reglamentarios como 1860 de 1994, 0790 de 1994,Ley 200 de 1995 y Ley 734

de 2002 y decreto 1278 del 2003. - Desempeñar con eficiencia las funciones de su cargo y las órdenes inherentes que les asignen los superiores jerárquicos. - Cumplir con la jornada laboral y dedicar la totalidad de tiempo reglamentario a las funciones propias del cargo. - Dar un trato cortés y respetuoso a todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa.

- Presentarse decoroso y puntualmente a cumplir con las funciones para los cargos y actividades que les sean asignadas. - Inculcar en los estudiantes el amor por los valores históricos culturales de la nación, departamento y el municipio y el respeto por los símbolos

y actos patrios. - Informar veraz y oportunamente al padre de familia o acudiente o la autoridad competente, sobre el mal comportamiento, bajo rendimiento

académico, impuntualidad e inasistencia de los alumnos a las actividades pedagógicas, con el f in de tomar los correctivos necesarios y oportunos.

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- Presentar oportunamente el planeamiento de área, los informes y demás documentos reglamentarios implementados por la Instituc ión en relación con su cargo y con la administración de los estudiantes.

- Participar en el diseño, elaboración, planeación, programación, ejecución, control y evaluación del PEI.

- Asistir a reunión de padres de familia, de docentes, de comités o consejos, de área y a los actos de comunidad programados por la institución - Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y demás materiales confiados a su manejo. - Ser dinámico, orientador, creativo, recursivo y amable para establecer relaciones de cordialidad, tolerancia y respeto con la comunidad

educativa dentro y fuera de la Institución.

- Entregar en la fecha acordada los planeamientos - Entregar en la fecha que aparece en el cronograma, las planillas de valoración y entregar boletines de valoración a los padres de familia. - El director de grupo, dirigirá y coordinará las Izadas de Bandera, periódico escolar, carteleras y turnos de aseo. - Presentar informe a la Comisión de Evaluación de los estudiantes que presentan dif icultades en la obtención de logros.

- No alejarse fuera del plantel sin previo aviso al Rector o al Profesor de Disciplina - Realizar la dirección de grupo asesorado y orientado a sus estudiantes en las diferentes actividades académicas programadas. - Citar a padres de familia, cuando crea conveniente para informarles sobre rendimiento y disciplina de los estudiantes.

- Solucionar los problemas de sus dirigidos hasta cuando este a su alcance - Velar por la decoración del aula de clase - Cumplir los turnos de disciplina que le serán asignados

ARTICULO 33. ESTIMULOS A LOS DOCENTES Los Docentes gozan de estímulos generales y específ icos contemplados en la Ley General de Educación, Ley 115 de 1994 y su Dec reto Reglamentario 0709 de 1996.

Reconocimiento público y por escrito a quienes se destaquen por su colaboración y desempeño profesional. ARTICULO 34.PROHIBICIONES

A LOS DOCENTES LES ESTA PROHIBIDO

- Abandonar o suspender sus labores injustif icadamente o sin autorización previa

- Aplicar sanciones colectivas de tipo académico, disciplinario o de conducta - La asistencia al sitio de trabajo en estado de embriaguez o la toxicomanía. - El homosexualismo o aberraciones sexuales - El tráfico de calif icaciones, certif icados de estudio, de trabajos o documentos públicos.

- La aplicación de castigos denigrantes o físicos a los educandos - La comisión de delitos - El abandono del cargo - La presentación personal que distraiga a los estudiantes de su función de estudiantes

- Abuso de autoridad - Agredir verbalmente a cualquier miembro de la Comunidad Educativa - Ausentarse del Colegio sin la autorización del Rector

CAPITULO IX

DE LOS PADRES DE FAMILIA

ARTICULO 35. SON DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES, LOS SIGUIENTES:

- Ser atendido oportunamente por el Rector y demás empleados del plantel - Pertenecer a la Asociación de Padres de Familia - Elegir y ser elegido a los cargos representativos en la Institución Educativa, tales como: Comités, Junta Directiva de la Asociación de Padres

de Familia, Consejo Directivo y Consejo de Padres y otros.

- Ser atendidos y escuchados por directivos, docentes, personal administrativo o de servicios, cuando requieran información o al presentar sugerencias o reclamos sobre sus hijos o acudidos.

- Reclamar por el incumplimiento del presente manual, siguiendo el conducto regular ante la instancia respectiva. - Asistir puntual y obligatoriamente a las reuniones de Padres de Familia que se convoquen.

- Aportar ideas que contribuyan al mejor funcionamiento de la Institución - Conocer oportunamente las actividades correctivas y llamada de atención de sus hijos y/o acudidos. - Exigir puntualidad en las reuniones y demás actividades programadas por el Colegio - Recibir periódicamente los informes académicos y de comportamiento general de sus hijos o acudidos.

- Presentar reclamos justos y respetuosos cuando sea necesario - Participar en el desarrollo y evaluación del PEI, al igual que en la Evaluación Institucional.

DEBERES: 1. Coadyuvar en la formación integral de sus hijos o acudidos.

2. Asistir puntualmente a las reuniones programadas 3. Cancelar los costos educativos aprobados por el Consejo Directivo (matrículas, pensiones, sistematización, ICFES, derechos de grado, talleres, laboratorios de las asociaciones), pagar los cinco días siguientes el valor de pensión. 4. Proporcionar al estudiante un ambiente agradable, de comprensión y respeto dentro del hogar, no recargarle trabajo que le impida el cumplimiento

del deber. 5. Conocer la f ilosofía, objetivos, misión, visión, principios y manual de convivencia que rigen a la Institución. 6. Guardar lealtad a la Institución y velar por su buen nombre. 7. Apoyar el proceso de formación y respetar el conducto regular y los procedimientos QUE que internamente emplea la Institución para su

mejor organización. 8. Al f inalizar el año es obligatorio estar a paz y salvo por todo concepto.

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9. Leer y contestar las notas, circulares e informes que se les envíe. 10. Averiguar sobre el rendimiento académico y comportamiento de su hijo 11. Bajo su responsabilidad queda cualquier eventualidad que se presente al f irmar un permiso o salida de trabajo, de investigación o representación de

su hijo en cualquier actividad. 12. Participar activamente en las actividades programadas por el colegio o por alguna de sus asociaciones. 13. Proveer de los materiales, útiles escolares, implementos y uniformes que requiere el estudiante para el normal desarrollo del proceso educativo. 14. Dar trato respetuoso a profesores, administrativos, auxiliares y demás miembros de la comunidad.

15. Participar en las actividades con el f in de recoger fondos para beneficios de la Institución

ARTICULO 37. IMPEDIMENTOS PARA SER ACUDIENTE: Ser menor de edad

Ser estudiante de la Institución ARTICULO 38. ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA Estará integrada por un número plural de miembros elegidos en asamblea general de padres de familia, tendrá una junta directiva y será el organismo

que represente a éste estamento del colegio en todas las actividades para las que sea convocado. REGLAMENTO 1. Ser elegido por la asamblea de padres de familia mediante voto secreto por la mayoría de ellos para un periodo de un año según calendario

académico. 2. La elección y asistencia a las reuniones es indelegable. 3. Elaborar su calendario de actividades y reunirse de acuerdo con el cronograma escolar. 4. Citar a los asociados con tres días de anticipación por intermedio del Rector o profesor de disciplina.

5. Las determinaciones tomadas serán de consenso previa consulta al organismo que representan y a nombre de la Asociac ión no a título personal con la salvedad de voto a que haya lugar. 6. No debe denigrar de la organización ni del establecimiento educativo, evitando los comentarios fuera de las reuniones y en sitios inadecuados.

7. Asistir a las reuniones de junta directiva en forma oportuna y puntual, la inasistencia a tres reuniones en forma consecutiva y sin justif icación es causal de revocatoria del mandato por la asamblea de padres de familia. 8. Programar y asistir a las actividades de capacitación, Escuela de Padres, talleres y seminarios para el mejoramiento de los procesos educativos. 9. Proponer y sugerir actividades y estrategias que permitan el mejoramiento de la labor educativa en el colegio.

ARTICULO 39. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA Estará integrado por un representante de los padres de familia de cada uno de los grados que existan en el establecimiento. Tendrá como función colaborar con la Asociación de padres de familia y será el vocero de las inquietudes que se presenten en cada uno de los grados

escolares que funciones en el Colegio mediante proceso democrático previa inscripción de su candidatura con una propuesta para realizar en el año lectivo para el que sea elegido. ARTICULO 40. CONSEJO DIRECTIVO

Está conformado por: El Rector del plantel quien lo preside.

Un representante de los padres de familia. Un representante de los estudiantes elegido por votación democrática. Un representante de los profesores de Básica Primaria elegido en asamblea general. Un representante de los profesores de Básica Secundaria elegido en asamblea general.

Un representante de la Asociación de Padres de Familia. Un representante del Sector Productivo. Un representante de los Exalumnos.

FUNCIONES Las que ordena el Decreto 1860 Capítulo IV. Artículo 21, 22 y 23. REGLAMENTACION

1. Asistir puntualmente a las reuniones a las que es citado, cuya asistencia es indelegable. 2. Participar con voz y voto en las reuniones cuya actuación es indelegable.

3. Tres ausencias, consecutivas sin justif icar darán lugar a la revocatoria del mandato, lo mismo que tres ausencias de manera alterna. 4. Se debe tener reserva y mucho compromiso con el Consejo Directivo. 5. Cada uno de los integrantes comunicará a su respectivo estamento sobre las decisiones tomadas en las reuniones y cualquier propuesta que presente será consultada con sus electores, las cuales serán presentadas por escrito.

6. Las fechas previstas en el cronograma se respetarán en lo posible y para una reunión extraordinaria se hará conocer con t res días de anticipación. 7. Cualquier miembro podrá solicitar por escrito ante el Rector para que se convoque a una reunión que tendrá su respectivo objetivo y será de carácter extraordinario. 8. La correspondencia será leída en la respectiva reunión y entregada a la secretaria para que sea archivada.

9. Cuando se tenga que hablar o definir situaciones de índole f inanciera se tomarán las mismas fechas con actas diferentes y con la presenc ia de la pagadora y se denominará FONDO DE SERVICIOS DOCENTES. 10. El período por el cual se elige es de un año calendario. 11. Las decisiones que se tomen serán aprobadas o rechazadas por la mitad más uno de los componentes del Consejo Directivo.

12. Una determinación tomada lo será del organismo y no a título personal con salvamento de los votos respectivos siempre y c uando se aclare por qué.

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13. La concertación y el respeto por las ideas de los demás será base Fundamental para el entero entendimiento y por su puesto de la Institución. 14. La ética, la seriedad, la responsabilidad de cada uno de los integrantes es primordial para la obtención de buenos resultados. 15. Todo comentario, análisis y decisión deben ser tomados y promulgados en el momento determinado o propicio.

16. Se debe evitar denigrar o menoscabar la importancia del máximo organismo que rige el Colegio. 17. Las determinaciones deben conducir al beneficio y mejoramiento del plantel en todo sentido. 18. Las citaciones se harán por escrito y deben ser f irmadas por cada uno de los integrantes con la debida antelación, dando a conocer el correspondiente orden del día a desarrollar.

ARTICULO 41. CONSEJO ACADEMICO

INTEGRACION El consejo académico estará integrado por la totalidad de los profesores de la sección primaria y secundaria de todas las áreas establecidas en el plan

de estudios. Para la validez de sus determinaciones se tomarán por mayoría absoluta. FUNCIONES: Las que ordena el Decreto 1860 Capítulo IV, Artículo 24.

REGLAMENTO INTERNO

- Se reunirá periódicamente en cada sede para realizar el análisis del rendimiento académico y cuando lo amerite la reunión ser á extraordinaria.

- El análisis y decisión frente a un problema se tomará en el momento oportuno. - Las decisiones tomadas se hacen como consejo, no a nombre propio; salvo la respectiva aclaración. - Estar atento al proceso pedagógico para entrar a dar sugerencias que sean beneficiosas en el desarrollo integral del educando. - Recibir y analizar los reclamos presentados por estudiantes u organismos.

- Buscar salida con creatividad y criterio pedagógico a las situaciones académicas teniendo en cuenta el debido proceso. - Orientar al Consejo Directivo en el manejo de aspectos académicos de la Institución. - Reevaluar constantemente el plan de estudios y presentar propuestas de ajustes, si así lo requiere.

- Promover la superación de dif icultades académicas a través del diálogo y la concertación. - Presentar estrategias y orientaciones pedagógicas que conduzcan a mejorar la calidad académica. - Conocer y promocionar los fundamentos y prácticas de la evaluación. - Teniendo el análisis de rendimiento académico por período, presentar propuestas pedagógicas de superación de logros, asignar tareas y

supervisarlas.

CAPITULO X

DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS ARTICULO 42. SON DERECHOS DE LOS ADMINISTRATIVOS, LOS SIGUIENTES:

- Ser respetados por todos los estamentos de la comunidad en su dignidad e integridad personal.

- Ser acatados por los estamentos de la comunidad en sus decisiones que conforme a la Ley se instruyan frente a la buena marcha del plantel. - Ser provistos de los elementos de trabajo que se requieran para el normal desempeño de las funciones. - Solicitar y obtener los permisos que requieran de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes. - Recibir capacitación necesaria para el logro de una labor más eficiente a favor de la comunidad educativa.

- A los demás derechos contemplados en la Constitución Política y las Leyes de Colombia y Decretos reglamentarios vigentes. ARTICULO 43. SON DEBERES DE LOS AUXILIARES ADMINISTRATIVOS

- Cumplir la jornada laboral en el horario establecido por el Rector o Consejo Directivo según las necesidades del servicio y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias de su cargo.

- Dar trato respetuoso y cordial a todos y cada uno de los miembros que integran la comunidad educativa. - Velar por la conservación y buen uso de los implementos de trabajo, instalaciones locativas y demás bienes que estén bajo su

responsabilidad. - Realizar las funciones y deberes propios del cargo sin que requiera supervisión y control permanente y asumiendo las consecuencias que se

derivan de su trabajo. - Establecer y mantener comunicación con: estudiantes, padres de familia, profesores, directivos, compañeros y colaboradores,

proporcionando un ambiente laboral agradable, cordial y de respeto. - A los deberes contemplados en la Constitución, las Leyes de Colombia y la normatividad vigente.

ARTICULO 44. SON DEBERES DE LOS OPERATIVOS Y PERSONAL DE APOYO - Cumplir la jornada laboral en el horario establecido por el Rector o Consejo Directivo, Junta del restaurante escolar o alcaldía municipal según

las necesidades del servicio y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias de su cargo.

- Atender las solicitudes de prestación de servicios que hagan a la Institución los diferentes estamentos de la comunidad en forma eficaz y

amable. - Cuidar los muebles y enseres que le asignan por el cumplimiento en su deber e informar oportunamente a los directivos, los daños que se

causen por el uso. - Respetar a los demás miembros que conforman la comunidad educativa de la institución y exigir respeto de los mismos.

- Cumplir las funciones inherentes a sus respectivos cargos

ARTICULO 45. PROHIBICIONES

- Fumar en oficinas y predios de la institución - Presentarse en estado de embriaguez o bajo el efecto de alcohol o de sustancias alucinógenas o hacer apología de su consumo o

consumirlas en el interior del centro educativo. - Portar armas de cualquier tipo en el interior de la Institución, que no sean de dotación.

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- El acoso sexual - Toda conducta lujuriosa que afecte a cualquier miembro de la comunidad educativa - Realizar actividades no autorizadas y utilizar el nombre del colegio en actividades de beneficio particular.

- Denigrar de los miembros de la Comunidad Educativa (Directivos, Docentes, Padres de Familia y Estudiantes).

CAPITULO XI

DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 46. ELECCION DE REPRESENTANTES

A más tardar el último día hábil del mes de febrero, se realizará la elección de todos los dignatarios a los diferentes Consejos que funcionan en la Institución, dentro del marco de La Fiesta de la Democracia. Todos los representantes serán elegidos mediante voto secreto y sistema de tarjetón, incluyendo los miembros al Comité Directivo de la Asociación de Padres de Familia y Personero Estudiantil.

ARTICULO 47. REQUISITOS QUE DEBEN TENER LOS CANDIDATOS A LA PERSONERÍA ESTUDIANTIL. Debe ser un estudiante que esté cursando el Grado Undécimo

Debe presentar un plan de trabajo Haber estudiando como mínimo dos años en el Colegio Haberse destacado por su rendimiento escolar en el año inmediatamente anterior No haber tenido matrícula condicional o haber tenido sanciones por faltas grave

Tener capacidad de liderazgo FUNCIONES: El personero será el promotor y defensor de los derechos de los estudiantes en forma justa, ecuánime y aplicando en todo caso el principio de la

imparcialidad. Para ello deberá: 1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes como miembros de la Comunidad Educativa. 2. Presentar ante el Rector, Consejo Directivo y demás organismos del gobierno escolar las solicitudes, sugerencias e inquietudes necesarias para

proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de los deberes. 3. Participar en las reuniones del consejo de estudiantes fomentando el espíritu de asociación y la discusión de propuestas para el mejoramiento de la calidad de la educación que se imparte. 4. Servir de intermediario entre los estudiantes y las directivas del plantel.

ARTICULO 48. ACTIVIDADES El colegio organizará o permitirá actividades tales como espectáculos, bazares y bailes, cuando estas actividades sean para beneficio de la Institución, excepto para salidas de estudio. En actividades tales como el Día del Estudiante y otras que se realicen fuera de la Institución o dentro de ella, los

coordinadores deben elaborar un proyecto de la actividad que incluya los objetivos de la misma encaminados a la formación pedagógica con pautas de comportamiento. ARTICULO 49. SALIDAS DE ESTUDIO

Las salidas de estudio podrán programarse de acuerdo a las siguientes pautas: La salida de estudio deberá realizarse dentro del calendario académico y bajo tutela académica y de comportamiento de los profesores responsables del proyecto, previa autorización del padre de familia o acudiente.

Cualquier falta de comportamiento durante la realización de la salida de estudio será considerada como si se hubiera cometido en el plantel y por lo tanto, se sancionará de acuerdo con las normas establecidas en el presente Manual de Convivencia. De toda salida de estudio se presentará un informe escrito individual desarrollando la guía que para el caso se haya asignado. La f inanciación de la salida de estudio será asumida por parte de los organizadores

La no asistencia a la salida de estudio no implica sanción académica

ARTICULO 50. USO DEL BIBLIOBANCO

En desarrollo de la Ley 115 de 1991, la institución pretende poner en marcha el bibliobanco con textos escolar es que deben ser para ofrecer al estudiante soporte pedagógico e información relevante sobre una asignatura o proyecto pedagógico, como complemento y guía del estudiante en la práctica de la experimentación y observación, apartándolo de la simple repetición memorística.

El uso de los textos escolares se hará bajo el sistema de bibliobanco según el cual el colegio pone a disposición de los estudiantes, en el aula de clase o en el lugar adecuado, un número de textos especialmente seleccionados, mediante la s iguiente reglamentación.

El uso del texto en el salón de clase se hará bajo la supervisión del profesor del área quien en compañía del estudiante responderá por los textos. La biblioteca del colegio estará conformada con los textos del bibliobanco y los libros de consulta que podrán ser utilizados por los estudiantes bajo la responsabilidad de la bibliotecaria y el mismo estudiante.

Los textos no podrán ser sacados de la institución sin el permiso expreso que, para tal efecto, expedirá la bibliotecaria y únicamente por el tiempo que ella determine para el fotocopiado de algunas de sus partes.

En caso de daños causados al texto, distintos al deterioro natural por su uso, el responsable debe responder. ARTICULO 51. USO DE LA BIBLIOTECA

La biblioteca del plantel estará conformada por los textos del bibliobanco y los libros de consulta. El estudiante de la institución se identif icará con su respectivo carné de la Institución.

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A las personas extrañas al plantel que soliciten el servicio de la biblioteca, se les podrá permitir previa presentación de algún documento de identidad. Se establecerá en biblioteca, un reglamento donde se especif ican las normas que rige el uso de la biblioteca así como los requisitos para el uso de la misma.

Está prohibido hacer anotaciones en los libros y en el peor de los casos, romper las hojas. Se tendrá atención oportuna de acuerdo con el horario establecido en las distintas jornadas. Dejar en depósito el carné mientras hace uso del material. Utilizar los libros dentro y fuera del establecimiento, dando un uso adecuado a los mismos.

ARTICULO 52. SEGURO COLECTIVO DE ACCIDENTES El Colegio suscribirá anualmente un seguro estudiantil colectivo de accidentes para que sea tomado obligatoriamente por todos los estudiantes para que sea tomado obligatoriamente por todos los estudiantes en el momento de la matrícula. Se exceptúan de esta obligación quienes puedan demostrar

que tienen un cubrimiento similar. El Consejo Directivo determinará cada año el monto del seguro y el costo por el estudiante de acuerdo con la póliza que tome.

ARTICULO 53. SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL OBLIGATORIO La Resolución No.4120 del 12 de septiembre de 1996, establece los aspectos del Servicio Social Estudiantil Obligatorio, los artículos 88 y 97 de la Ley 115 de 1994, que deben ser tenido en cuenta por los establecimientos educativos para cumplir el propósito fundamental de integrar a la vida

comunitaria al estudiante del nivel de educación media, con el f in de contribuir a su formación social y cultural, a través de proyectos pedagógicos tendientes al desarrollo de valores, especialmente, la solidaridad, la participación , la protección, conservación y mejoramiento del ambiente y la dignidad y sentido del trabajo y del tiempo libre.

El Propósito principal del Servicio Social Estudiantil obligatorio establecido en el Artículo 39 del Decreto 1860 de 1994, se desarrollará dentro del Proyecto Educativo Institucional, de tal manera que se atiendan debidamente los siguientes objetivos generales: Sensibilizar al educando frente a las necesidades, intereses, problemas y potencialidades de la comunidad, para que adquiera y desarrolle

compromisos y actitudes en relación con el mejoramiento de la misma. Contribuir al desarrollo de la solidaridad, la tolerancia, la cooperación, el respeto a los demás, la responsabilidad y el compromiso con su entorno social.

Promover acciones educativas orientadas a la construcción de un espíritu de servicio para el mejoramiento de problemas socialmente relevantes. Promover la aplicación de conocimiento y habilidades logrados en áreas obligatorias y optativas definidas en el plan de estudios que favorezcan el desarrollo social y cultural de las comunidades.

Fomentar la práctica del trabajo y del aprovechamiento del tiempo libre, como derechos que permitan la signif icación de la persona y el mejoramiento de su nivel de vida. Serán criterios y reglas del servicio social estudiantil obligatorio, los siguientes:

El Servicio Social Estudiantil, deberá permitir la relación y correlac ión del desempeño académico de los estudiantes en las distintas áreas del conocimiento y de la formación de su desarrollo personal y social. Los proyectos pedagógicos del servicio deben constituir un medio para articular las acciones educativas del establecimiento con las expresiones

culturales locales, satisfacer necesidades de desarrollo comunitario e integrar acciones adelantadas por otras organizaciones sociales, a favor de la comunidad. El Servicio Social atenderá prioritariamente, necesidades educativas, culturales, sociales y de aprovechamiento del tiempo libre, identif icadas en la comunidad del área de influencia del establecimiento educativo, tales como la alfabetización, la promoción y preservación de la salud, la educación

ambiental, la educación ciudadana, la organización de grupos juveniles y de prevención de factores socialmente relevantes, la recreación dirigida y e l fomento de actividades físicas, prácticas e intelectuales.

El Colegio, brindará los soportes técnico-pedagógicos y administrativos necesarios que requieran los educandos para prestar el Servicio Social Estudiantil obligatorio, en las condiciones y requerimientos determinados en cada uno de los Proyectos Pedagógicos. Establec erá igualmente, mecanismos administrativos y pedagógicos para que los docentes del Colegio puedan atender las tareas y funciones de asesoría, orientación y asistencia a los educandos, en el desarrollo de dichos proyectos.

El Plan de Estudio de la Institución, programará una intensidad mínima de ochenta (80) horas de prestación del servicio social estudiantil obligatorio en un proyecto pedagógico, durante el tiempo de formación en los grados 10 y 11 de la Educación media, de acuerdo con lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional, atendiendo las disposiciones del Decreto 1860 de 1994 y las regulaciones de la Resolución 4210 de 1996. Esta intensidad se

cumplirá de manea adicional al tiempo prescrito para las actividades pedagógicas y para las actividades lúdicas, culturales, deportivas y sociales de contenido educativo, ordenadas en el Artículo 57 del Decreto 1860 de 1994. ARTICULO 54. CONCESION DE PERMISOS

Se debe tener en cuenta las normas vigentes para el procedimiento en la solicitud de permisos. Cuando por justa causa, el educador tiene derecho a permiso remunerado hasta por tres días hábiles consecutivos. Corresponde al Rector del establecimiento AUTORIZAR O NEGAR los permisos. Decreto 2270 de 1979, Artículo 65.

PROCEDIMIENTO: En caso predecible solicitar el permiso con 24 horas de anticipación El permiso debe justif icar ampliamente los motivos del mismo

El solicitante no se puede desplazar sin la previa autorización del Rector (Permiso Firmado). El Rector no f irmará permisos que dejen sobre el escritorio o con terceros Cuando el Rector no se encuentre en el municipio y algún funcionario tenga que asistir a curso de capacitación y cuya citación llegue tarde por razón de la comunicación, además de permiso f irmado debe solicitarlo por teléfono.

En caso impredecible (accidente, enfermedad grave, muerte familia en primero y segundo grado de consanguinidad), se acepta el procedimiento del numeral 5, siempre y cuando no sea en jornada laboral. Quien no cumpla con este procedimiento, incurre en causa de mala conducta y se seguirá el procedimiento contemplado en: la Ley 200/95, Decreto 2277 de 1979 y la Ley 200 de 1995; además solo se pagarán los días laborados.

Cuando a un docente se le otorgue una licencia médica que no supere los cinco días, el docente se compromete a recuperar las clases respectivas para no afectarlo con los descuentos de ley.

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Cuando la licencia supere los cinco días, se pasará la respectiva novedad a la secretaria de educación de Boyacá. El docente que esté de vigilancia no tendrá durante esa semana salvo situaciones impredecibles.

ARTICULO SEGUNDO: el presente proyecto deroga toda norma que con antelación rige dentro de la institución

educativa en la misma materia, especialmente la resolución 06 del 5 de septiembre del 2006. . ARTICULO TERCERO: Preséntese el presente proyecto al Consejo Directivo para su conocimiento, discusión y demás

a que hubiere lugar. Dado en el Colegio de Educación Básica y Media Técnica Nuestra Señora de la “O” de Otengá-Betéitiva, a los cinco (5),

días del mes de febrero del 2015.

WILLIAM DANIEL SALINAS FORERO C. C. 6.770.913 de Tunja Rector

PRISCILA NEITA ACERO C. C. No. 23.336.777 Betéitiva

Auxiliar Administrativo