provincia de córdoba boletín oficial · sos del sistema de la seguridad social, lo que se...

32
S U M A R I O SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO Córdoba.— Resoluciones ................................................ ANUNCIOS OFICIALES Ministerio de Medio Ambiente. Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. Comisaría de Aguas. Cór- doba.— Notificaciones ....................................................... Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Tesorería General de la Seguridad Social. Dirección Provincial. Unidad de Recaudación Ejecutiva Número 5. Córdoba.Notificando Providencias de Apremio y Diligencias de Embar- go de Créditos a deudores no localizados ........................... — Instituto Nacional de Seguridad Social. Dirección Provincial. Córdoba.— Resoluciones ................................ — Instituto Nacional de Empleo. Dirección Provincial. Córdoba.— Resoluciones sobre Responsabilidad Empresarial Ministerio de Industria y Energía. Dirección General de la Energía. Madrid.— Resolución por la que se aprueban las nuevas tarifas y precios de los suministros de gas natural y gases manufacturados por canalización para usos domésticos y comerciales ...................................................................... Junta de Andalucía. Consejería de Obras Públicas y Transportes. Delegación Provincial. Córdoba.— Expedien- tes de desahucio administrativo y de construcción ............... — Consejería de Trabajo e Industria. Delegación Pro- vincial. Córdoba.— Autorizaciones administrativas de insta- laciones eléctricas ............................................................... — Negociado de Depósito de Estatutos Profesionales del Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación. Cór- doba.— Anunciando el depósito de los Estatutos de la orga- nización profesional que se menciona ................................. Boletín Oficial Boletín Oficial TARIFAS DE INSCRIPCIÓN Precio Suscripción anual .................................................... 12.262 pesetas Suscripción semestral .............................................. 6.889 pesetas Suscripción trimestral ............................................... 3.832 pesetas Suscripción mensual ................................................ 1.532 pesetas VENTA DE EJEMPLARES SUELTOS: Número del año actual ............................................ 84 pesetas Número de años anteriores ..................................... 169 pesetas EDICTOS DE PAGO: Cada línea o fracción: 159 pesetas EDICTOS DE PREVIO PAGO: Se valorarán a razón de 22 pesetas por palabra. Edita: DIPUTACIÓN PROVINCIAL Administración y Talleres: Imprenta Provincial Avenida del Mediterráneo, s/n. (Parque Figueroa) Teléfono 957 211 326 - Fax 957 211 328 Distrito Postal 14011-Córdoba e-mail [email protected] ADVERTENCIAS: — Los Alcaldes y Secretarios dispondrán se fije un ejemplar del B.O.P. en el sitio público de costumbre y permanecerá hasta que reciban el siguiente. — Toda clase de anuncios se enviarán directamente a la Subdele- gación del Gobierno para que autorice su inserción. Boletín Oficial Provincia de Córdoba Núm. 72 •Martes, 28 de marzo del 2000 Depósito Legal: CO-1-1958 FRANQUEO CONCERTADO 14/2 1.346 1.347 1.347 1.349 1.354 1.359 1.360 1.361 1.361 — Consejería de Salud. Delegación Provincial. Córdo- ba.— Resoluciones ............................................................. DELEGACIÓN DE HACIENDA Córdoba. Centro de Gestión catastral y Cooperación Tributaria. Gerencia Territorial.— Acuerdos y/o Resolucio- nes Catastrales ................................................................... — Tesoro y Administración. Caja de Depósitos.— Anun- ciando la prescripción de los resguardos en metálico que se detallan .............................................................................. AYUNTAMIENTOS Monturque, Córdoba y Pedro Abad ..................................... ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Juzgados. — Córdoba, Peñarroya-Pueblonuevo y Pozoblanco ......................................................................... ANUNCIOS DE SUBASTA Ayuntamientos.— Córdoba .............................................. Juzgados.— Priego de Córdoba ........................................ OTROS ANUNCIOS Cunidad de Regantes Zona Regable Maruana Charco Riáñez. El Carpio (Córdoba).— Convocando Asamble Gene- ral Extraordinaria ................................................................... 1.362 1.364 1.364 1.364 1.371 1.373 1.374 1.376

Upload: others

Post on 10-Aug-2020

4 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

S U M A R I O

SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNOCórdoba.— Resoluciones ................................................

ANUNCIOS OFICIALESMinisterio de Medio Ambiente. Confederación

Hidrográfica del Guadalquivir. Comisaría de Aguas. Cór-doba.— Notificaciones .......................................................

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. TesoreríaGeneral de la Seguridad Social. Dirección Provincial.Unidad de Recaudación Ejecutiva Número 5. Córdoba.—Notificando Providencias de Apremio y Diligencias de Embar-go de Créditos a deudores no localizados ...........................

— Instituto Nacional de Seguridad Social. DirecciónProvincial. Córdoba.— Resoluciones ................................

— Instituto Nacional de Empleo. Dirección Provincial.Córdoba.— Resoluciones sobre Responsabilidad Empresarial

Ministerio de Industria y Energía. Dirección Generalde la Energía. Madrid.— Resolución por la que se apruebanlas nuevas tarifas y precios de los suministros de gas natural ygases manufacturados por canalización para usos domésticosy comerciales ......................................................................

Junta de Andalucía. Consejería de Obras Públicas yTransportes. Delegación Provincial. Córdoba.— Expedien-tes de desahucio administrativo y de construcción ...............

— Consejería de Trabajo e Industria. Delegación Pro-vincial. Córdoba.— Autorizaciones administrativas de insta-laciones eléctricas ...............................................................

— Negociado de Depósito de Estatutos Profesionalesdel Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación. Cór-doba.— Anunciando el depósito de los Estatutos de la orga-nización profesional que se menciona .................................

Boletín OficialBoletín OficialTARIFAS DE INSCRIPCIÓN

PrecioSuscripción anual .................................................... 12.262 pesetasSuscripción semestral .............................................. 6.889 pesetasSuscripción trimestral ............................................... 3.832 pesetasSuscripción mensual ................................................ 1.532 pesetas

VENTA DE EJEMPLARES SUELTOS:

Número del año actual ............................................ 84 pesetasNúmero de años anteriores ..................................... 169 pesetas

EDICTOS DE PAGO: Cada línea o fracción: 159 pesetasEDICTOS DE PREVIO PAGO: Se valorarán a razón de 22 pesetas por palabra.

Edita: DIPUTACIÓN PROVINCIALAdministración y Talleres: Imprenta Provincial

Avenida del Mediterráneo, s/n. (Parque Figueroa)Teléfono 957 211 326 - Fax 957 211 328

Distrito Postal 14011-Córdobae-mail [email protected]

ADVERTENCIAS:— Los Alcaldes y Secretarios dispondrán se fije un ejemplar delB.O.P. en el sitio público de costumbre y permanecerá hasta quereciban el siguiente.— Toda clase de anuncios se enviarán directamente a la Subdele-gación del Gobierno para que autorice su inserción.

Boletín OficialProvincia de Córdoba

Núm. 72 •Martes, 28 de marzo del 2000 Depósito Legal: CO-1-1958 FRANQUEO

CONCERTADO 14/2

1.346

1.347

1.347

1.349

1.354

1.359

1.360

1.361

1.361

— Consejería de Salud. Delegación Provincial. Córdo-ba.— Resoluciones .............................................................

DELEGACIÓN DE HACIENDACórdoba. Centro de Gestión catastral y Cooperación

Tributaria. Gerencia Territorial.— Acuerdos y/o Resolucio-nes Catastrales ...................................................................

— Tesoro y Administración. Caja de Depósitos.— Anun-ciando la prescripción de los resguardos en metálico que sedetallan ..............................................................................

AYUNTAMIENTOSMonturque, Córdoba y Pedro Abad .....................................

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJuzgados.— Córdoba, Peñarroya-Pueblonuevo y

Pozoblanco .........................................................................

ANUNCIOS DE SUBASTAAyuntamientos.— Córdoba ..............................................Juzgados.— Priego de Córdoba ........................................

OTROS ANUNCIOSCunidad de Regantes Zona Regable Maruana Charco

Riáñez. El Carpio (Córdoba).— Convocando Asamble Gene-ral Extraordinaria ...................................................................

1.362

1.364

1.364

1.364

1.371

1.3731.374

1.376

Page 2: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

1346 Martes, 28 de marzo del 2000 B. O. P. núm. 72

SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNOCÓRDOBANúm. 2.491

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (“B.O.E.” 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pú-blica notificación de las resoluciones recaídas en los expedien-tes sancionadores que se indican, dictadas por la Autoridad com-petente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997,de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Adminis-tración General del Estado, a las personas o entidades que acontinuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la noti-ficación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podidopracticar.

Contra estas resoluciones que no son firmes en vía adminis-trativa podrá interponerse Recurso de Alzada dentro del plazo deun mes, contado a partir del día de la publicación del presente enel BOLETÍN OFICIAL o Diario Oficial correspondiente, ante elDirector General de Tráfico, excepto cuando se trate de sancio-nes de cuantía inferior a diez mil pesetas recaídas en el ámbitode Comunidades Autónomas que comprendan más de una pro-vincia, en cuyo caso la interposición será ante el Delegado delGobierno en la Comunidad.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de estederecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán serabonadas en período voluntario dentro de los 15 días siguientesa la firmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se proce-derá a su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el recar-go del 20% de su importe por apremio.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de San-ciones de la Jefatura Provincial de Tráfico.

RESOLUCIONESART.º= Artículo; RDL= Real Decreto Legislativo; RD= Real Decreto; SUSP= Meses de suspensión.

Page 3: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

B. O. P. núm. 72 Martes, 28 de marzo del 2000 1347

Córdoba, 3 de marzo del 2000.— El Subdelegado del Gobier-no, José Antonio Linares Torres.

ANUNCIOS OFICIALESMinisterio de Medio Ambiente

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DELGUADALQUIVIR

COMISARÍA DE AGUASCÓRDOBANúm. 2.293

Asunto: Notificaciones expedientes sancionadores para su pu-blicación en BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

No habiéndose podido practicar las notificaciones de las comuni-caciones que se citan relativas a expedientes sancionadores, se hacepúblico el presente anuncio, de conformidad con lo prevenido en el artí-culo 59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a fin de que enel plazo de 15 días, los interesados cuyo domicilio corresponda a esalocalidad, puedan comparecer en el Servicio de Dominio Público Hi-dráulico (Negociado de Sanciones) de la Confederación Hidrográfica

del Guadalquivir en Avenida del Brillante, 57 de Córdoba, para tenerconocimiento del expediente que se indica, y en su caso, formular lasalegaciones o interponer los recursos procedentes:Referencia.– Denunciado.– Domicilio.– Localidad.– Documento.

DG; 023/99-CO; Gregorio del Pino López; Paseo de la Victoria,3-5.º; Córdoba; Resolución.

DP; 149/99-CO; Andrés Sánchez Hidalgo; Pasaje Virgen Luna,4-1.º-Izquierda; Córdoba; Resolución.

DP; 211/99-CO; Felipe Fernández Serrano; Puerto, 21; Peñarroya-Pueblonuevo; Propuesta.

Córdoba, a 25 de febrero del 2000.— El Jefe de Área Zona II,Antonio Ramón Guinea.

————————Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIALUnidad de Recaudación Ejecutiva Número 5

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 1.239

Edicto de notificación de providencias de apremio adeudores no localizados

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva Número 14/05 dela Tesorería General de la Seguridad Social, hace saber:

Page 4: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

1348 Martes, 28 de marzo del 2000 B. O. P. núm. 72

Que en cada uno de los expedientes individuales de apremioque se siguen en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contralos deudores que se relacionan a continuación, por deudas a laSeguridad Social y los importes y períodos que asimismo se citan,se dictó en su día Providencia de Apremio (TVA-201), que textual-mente dice:

“En uso de la facultad que me confiere el artículo 103 del Regla-mento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de laSeguridad Social, una vez expedida Certificación de Descubierto,ordeno la ejecución forzosa sobre bienes y derechos del deudorcon arreglo a los preceptos del citado Reglamento. Firmado el Di-rector de la Administración”.

Que no ha sido posible notificar a los deudores en su domiciliopor ausente, desconocido o rehusado, procede, de conformidadcon lo establecido en los artículos 109 a 111 del Reglamento Ge-neral de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguri-dad Social, aprobado por Real Decreto 1.637/1995, de 6 de octu-bre (B.O.E. del día 24), su notificación mediante edicto, que seexpondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento correspon-diente al último domicilio conocido del deudor y se publicará en elBOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

Que al mismo tiempo se les requiere para que comparezcan enel plazo de 8 días, por sí o por medio de representante, con laadvertencia de que, si no se produce la comparecencia, se lestendrá por notificados en todas y cada una de las sucesivas actua-ciones que se produzcan en el expediente administrativo de apre-mio hasta que finalice su sustanciación, sin perjuicio del derechoque les asiste a comparecer.

Asimismo, se notifica y advierte a los deudores lo siguiente:a) Podrán efectuar el ingreso de la deuda reclamada, incluido el

recargo de apremio, en la cuenta especial de ingresos en Unicaja,número 2103 0801 2 7 0060000023 de esta Unidad, en el plazo dequince días, contados a partir de la notificación, transcurrido elcual se procederá sin más al embargo de los bienes del deudor o,en su caso, a la ejecución de las garantías prestadas.

b) Se repercutirán al deudor todas las costas que ocasione elprocedimiento administrativo de apremio.

c) Podrá formularse oposición a la providencia de apremio, anteel mismo órgano que la dictó, basada únicamente en los motivosenumerados en el artículo 111 del Reglamento General de Recau-dación antedicho, debidamente justificados, siempre que se for-mule en el plazo de 15 días siguientes a esta notificación.

Recursos: Contra el acto notificado que no agota la vía adminis-trativa, podrá formularse Recurso Ordinario ante la Dirección Pro-vincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazode un mes, contado a partir de la publicación de este anuncio,conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de laSeguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994,de 20 de junio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada al mis-mo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), deMedidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, significándo-se que el procedimiento de apremio no se suspenderá, salvo quese realice el pago de la deuda perseguida, se garantice con avalsuficiente o se consigne su importe, incluido el recargo de apremioy el 3 por ciento como cantidad a cuenta de las costasreglamentariamente establecidas, a disposición de la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social, conforme a lo previsto en el artí-culo 34.4 de la citada Ley General de la Seguridad Social.

Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición dedicho Recurso Ordinario sin que recaiga resolución expresa, elmismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo183.1.a) del Reglamento General de Recaudación de los Recur-sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común.

Providencia de apremioProvidencia.— Identif.— Nombre/R. Social.— Domicilio.— C.P.—

Localidad.— Deuda.— Período.93003564404; 1400701227; Campos Morán, Rafael; Moreras,

Zona B, T 26; 14011; Córdoba; 275.601 pesetas; 1/1991 12/1991.94003459751; 140100026393; Edinsa, S.A.; Av. Transporte, Pica,

NV-2 (Sevilla); 14011; Córdoba; 69.100 pesetas; 11/1993 11/1993.94006317009; 140100026393; Edinsa, S.A.; Av. Transporte, Pica,

NV-2 (Sevilla); 14011; Córdoba; 72.172 pesetas; 6/1994 6/1994.

94006317110; 140100026393; Edinsa, S.A.; Av. Transporte, Pica,NV-2 (Sevilla); 14011; Córdoba; 73.654 pesetas; 7/1994 7/1994.

94006317211; 140100026393; Edinsa, S.A.; Av. Transporte, Pica,NV-2 (Sevilla); 14011; Córdoba; 79.035 pesetas; 3/1994 3/1994.

94006317312; 140100026393; Edinsa, S.A.; Av. Transporte, Pica,NV-2 (Sevilla); 14011; Córdoba; 69.944 pesetas; 4/1994 4/1994.

94006317413; 140100026393; Edinsa, S.A.; Av. Transporte, Pica,NV-2 (Sevilla); 14011; Córdoba; 72.728 pesetas; 5/1994 5/1994.

93003538334; 1400206241; Fernández Jiménez, Bartolomé; E.López Cárdenas, 1; 14007; Córdoba; 275.601 pesetas; 1/1991 12/1991.

93003575114; 140070593758; García Salazar, Alfonso; AlférezLeón Moreno, 2; 14650; Bujalance; 275.601 pesetas; 1/1991 12/1991.

94006277296; 14006576384; Instalaciones Coca, S.L.; La Sie-rra, Poeta Emilio Prados, s/n.; 14007; Córdoba; 91.168 pesetas; 9/1994 9/1994.

93002618854; 140040527475; León Moyano, Manuel; ObispoMardones, 78; 14014; Córdoba; 90.576 pesetas; 1/1983 12/1983.

93002618955; 140040527475; León Moyano, Manuel; ObispoMardones, 79; 14014; Córdoba; 175.420 pesetas; 1/1985 12/1985.

93002619056; 140040527475; León Moyano, Manuel; ObispoMardones, 80; 14014; Córdoba; 194.212 pesetas; 1/1986 12/1986.

93002619157; 140040527475; León Moyano, Manuel; ObispoMardones, 81; 14014; Córdoba; 203.918 pesetas; 1/1987 12/1987.

93002619258; 140040527475; León Moyano, Manuel; ObispoMardones, 82; 14014; Córdoba; 213.120 pesetas; 1/1988 12/1988.

93002619359; 140040527475; León Moyano, Manuel; ObispoMardones, 83; 14014; Córdoba; 228.931 pesetas; 1/1989 12/1989.

93002619460; 140040527475; León Moyano, Manuel; ObispoMardones, 84; 14014; Córdoba; 249.906 pesetas; 1/1990 12/1990.

93002619561; 140040527475; León Moyano, Manuel; ObispoMardones, 85; 14014; Córdoba; 245.606 pesetas; 1/1982 12/1984.

93002619662; 140040527475; León Moyano, Manuel; ObispoMardones, 86; 14014; Córdoba; 129.648 pesetas; 1/1980 12/1981.

94003434893; 14005460682; Membrillo González Peero, C.B.;Ct. Trassierra, 68; 14011; Córdoba; 74.646 pesetas; 2/1994 2/1994.

94003467229; 140070584664; Peláez Sánchez, Francisco; SantaMaría Trassierra, 3-14; 14011; Córdoba; 28.947 pesetas; 6/1993 6/1993.

94005120168; 140068830385; Siguero Zurdo, María Luisa; Martínde Saavedra, 22; 14012; Córdoba; 289.476 pesetas; 3/1993 12/1993.

Córdoba, a 7 de febrero del 2000.— El Recaudador Ejecutivo,Juan A. Huertas Sarmiento.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesTESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

unidad de recaudación Ejecutiva N.º 5Dirección Provicial

CÓRDOBANúm. 1.240

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE DILIGENCIAS DE EMBARGO DECRÉDITOS A DEUDORES NO LOCALIZADOS

El Recaudador Ejecutivo de la Unidad de Recaudación Ejecuti-va 1405 de la Dirección Provincial de Córdoba de la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social, hace saber:

Que en cada uno de los expedientes individuales de apremioque se siguen en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contralos deudores que se relacionan a continuación, por deudas a laSeguridad Social, se dictó en su día DILIGENCIA DE EMBARGODE BIENES (TVA-303) que textualmente dice:

«DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio quese instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra eldeudor de referencia, por deudas a la Seguridad Social, una veznotificados al mismo los créditos perseguidos y no habiéndolossatisfecho, en cumplimiento de la providencia de embargo dictadaen el expediente de referencia ordenando el embargo de los bie-nes del deudor en suficiente cantidad para cubrir el principal de ladeuda más el recargo de apremio y las costas de procedimiento, yconforme a lo previsto en el artículo 120.1 del Reglamento Gene-ral de Recaudación de los Recursos del Sistema de la SeguridadSocial, declaro embargados los bienes que se indican en la rela-ción adjunta.»

Que no ha sido posible notificar a los deudores en su domicilio

Page 5: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

B. O. P. núm. 72 Martes, 28 de marzo del 2000 1349

por ausente, desconocido o rehusado, en dos ocasiones distintas,procede, de conformidad con lo establecido en el artículo 109 delReglamento General de Recaudación de los Recursos del Siste-ma de la Seguridad Social, aprobado por R.D. 1637/1995, de 6 deoctubre (B.O.E. del día 24), su notificación mediante edicto, que seexpondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento correspon-diente al último domicilio conocido del deudor y se publicará en elBoletín Oficial de la Provincia.

Asimismo, se notifica que podrá efectuar el pago de la deudaperseguida ingresando su importe en la cuenta especial de ingre-sos de esta Unidad cuyos datos se indican a continuación, siendoobligatorio hacer constar en el ingreso o transferencia el númerocompleto de afiliación a la Seguridad Social (trabajadores) o códigode cuenta de cotización (empresas) y el NIF o CIF del apremiado:

Entidad financiera: UNICAJA - Sucursal nº 0801 - C/Duque deFernán Núñez, 12 - 14003 CÓRDOBA - Cuenta especial: 2103 -0801 - 27 - 0060000023.»

Recursos: Contra el acto notificado, que no agota la vía adminis-trativa, podrá formularse Recurso Ordinario ante la Dirección Pro-vincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazode un mes, contado a partir de la publicación de este anuncio,conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de laSeguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994,de 20 de junio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada al mis-mo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), deMedidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, significándo-se que el procedimiento de apremio no se suspenderá, salvo quese realice el pago de la deuda perseguida, se garantice con avalsuficiente o se consigne su importe, incluido el recargo de apremioy el 3 por ciento como cantidad a cuenta de las costasreglamentariamente establecidas, a disposición de la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social, conforme a lo previsto en el artí-culo 34.4 de la citada Ley General de la Seguridad Social.

Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición dedicho recurso ordinario sin que recaiga resolución expresa, el mis-mo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo183.1.a) del Reglamento General del Recaudación de los Recur-sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992 de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común.

URE.— Expte.— Ident.— NAF.— Régimen.— Deudor.— Domi-cilio.— C.P.— Local.— Deuda.— Bienes.

1405; 9800023794; 10; 140006431793; 613; SAT n.º 02558 Izcar;Rumi, 1; 14012; Córdoba; 12.014.593; Créditos de Palacios Renes,SL.

1405; 9800023794; 10; 14006431793; 613; SAT n.º 02558 Izcar;Rumi, 1; 14012; Córdoba; 12.014.593; Créditos de Hnos. GómezFernández.

Córdoba, a 7 febrero 2000.— El Recaudador Ejecutivo, Juan A.Huertas Sarmiento.

————————Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIALDirección Provincial

CÓRDOBANúm. 1.374

Don Marcial Prieto López, Director Provincial del Instituto Nacionalde Seguridad Social, en Córdoba, hace saber:Que la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguri-

dad Social, ha comunicado a don Antonio Espejo Vacas, resolu-ción de Cobro Indebido en concepto de Protección Familiar, al ha-berse comprobado que ha omitido Vd. la obligación legal de comu-nicar las variaciones acaecidas en su situación familiar, ya que suhijo Antonio Espejo Castillo, figura en nuestros registros en altalaboral, dejando de tener la consideración legal de hijo a cargo alos efectos de esta prestación, durante el período 01-10-98 a 31-12-98 y por un importe de 9.000 pesetas, art. 2, apartado 3 y art.12 del Real Decreto 356/1991, de marzo (“B.O.E.” del día 21) yartículo 45 de la Ley General de la Seguridad Social. Como formade reintegro de la citada cantidad se le propone el pago mediante1 descuento mensual de 9.000 pesetas de su Prestación de Inva-lidez.

Que no habiéndose podido notificar por el servicio de correos lacomunicación arriba indicada, se publica el presente en virtud de

los dispuesto en el artículo 59, 4.º de la Ley de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común 30/1992, de 26 de noviembre (“B. O. E.” 285 de 27 denoviembre de 1992), para que sirva de notificación al interesado,haciéndole saber que, en caso de disconformidad, podrá interpo-ner ante esta Entidad reclamación previa contra dicha resolución,en el plazo de 30 días a partir de la publicación del presente anun-cio, o manifieste su conformidad a la propuesta de reintegro me-diante un único pago en la cuenta especial de ingresos del Institu-to Nacional de la Seguridad Social, abierta en la oficina principalde CAJASUR con el número 3700/10.982, o formule, en su caso,una propuesta alternativa, siempre que la cuantía a reintegrar seasuperior a la fijada por esta Dirección Provincial, todo ello de con-formidad con el artículo 32.1.2.3. de la Ley 30/90, de 26 de no-viembre

Córdoba, a 7 de febrero del 2000.— El Director Provincial, Mar-cial Prieto López.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Dirección ProvincialCORDOBANúm. 1.375

Don Marcial Prieto López, Director Provincial del Instituto Nacionalde Seguridad Social, en Córdoba, hace saber:Que la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguri-

dad Social, ha comunicado a doña María Isabel García Huertos,resolución de Cobro Indebido en concepto de Protección Familiar,al haberse comprobado que ha omitido Vd. la obligación legal decomunicar las variaciones acaecidas en su situación familiar, yaque su hijo José Daniel Colado García, figura en nuestros regis-tros en alta laboral, dejando de tener la consideración legal de hijoa cargo a los efectos de esta prestación, durante el período 01-10-98 a 31-12-98 y por un importe de 9.000 pesetas, art. 2, apartado3 y art. 12 del Real Decreto 356/1991, de marzo (“B.O.E.” del día21) y artículo 45 de la Ley General de la Seguridad Social. Comoforma de reintegro de la citada cantidad se le propone el pagomediante 30 descuentos mensuales de 300 pesetas de su Presta-ción de Protección Familiar.

Que no habiéndose podido notificar por el servicio de correos lacomunicación arriba indicada, se publica el presente en virtud delos dispuesto en el artículo 59, 4.º de la Ley de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común 30/1992, de 26 de noviembre (“B. O. E.” 285 de 27 denoviembre de 1992), para que sirva de notificación al interesado,haciéndole saber que, en caso de disconformidad, podrá interpo-ner ante esta Entidad alegaciones contra dicha comunicación, enel plazo de 15 días a partir de la publicación del presente anuncio,para que formule las alegaciones que estime convenientes en de-fensa de su derecho y manifieste su conformidad a la propuestade reintegro mediante un único pago en la cuenta especial de in-gresos del Instituto nacional de la Seguridad Social, abierta en laoficina de CAJASUR con el número 3700/10.982, o formule, en sucaso, una propuesta alternativa, siempre que la cuantía a reinte-grar sea superior a la fijada por esta Dirección Provincial, todo ellode conformidad con el artículo 32.1.2.3. de la Ley 30/90, de 26 denoviembre

Córdoba, a 7 de febrero del 2000.— El Director Provincial, Mar-cial Prieto López.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 1.376

Don Marcial Prieto López, Director Provincial del Instituto Nacionalde Seguridad Social, en Córdoba, hace saber:Que la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguri-

dad Social, ha comunicado a don Ramón Ruiz Jiménez, resolu-ción de Cobro Indebido en concepto de Protección Familiar, al ha-berse comprobado que ha omitido Vd. la obligación legal de comu-nicar las variaciones acaecidas en su situación familiar, ya que suhijo Guillermo Ruiz Reina, figura en nuestros registros en alta la-boral, dejando de tener la consideración legal de hijo a cargo a losefectos de esta prestación, durante el período 01-04-98 a 30-06-

Page 6: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

1350 Martes, 28 de marzo del 2000 B. O. P. núm. 72

98 y por un importe de 9.000 pesetas, art. 2, apartado 3 y art. 12del Real Decreto 356/1991, de marzo (“B.O.E.” del día 21) y artícu-lo 45 de la Ley General de la Seguridad Social. Como forma dereintegro de la citada cantidad se le propone el pago mediante 30descuentos mensuales de 300 pesetas de su Prestación de Pro-tección Familiar.

Que no habiéndose podido notificar por el servicio de correos lacomunicación arriba indicada, se publica el presente en virtud delos dispuesto en el artículo 59, 4.º de la Ley de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común 30/1992, de 26 de noviembre (“B. O. E.” 285 de 17 denoviembre de 1992), para que sirva de notificación al interesado,haciéndole saber que, en caso de disconformidad, podrá interpo-ner ante esta Entidad alegaciones contra dicha comunicación, enel plazo de 15 días a partir de la publicación del presente anuncio,para que formule las alegaciones que estime convenientes en de-fensa de su derecho y manifieste su conformidad a la propuestade reintegro mediante un único pago en la cuenta especial de in-gresos del Instituto nacional de la Seguridad Social, abierta en laoficina de CAJASUR con el número 3700/10.982, o formule, en sucaso, una propuesta alternativa, siempre que la cuantía a reinte-grar sea superior a la fijada por esta Dirección Provincial, todo ellode conformidad con el artículo 32.1.2.3. de la Ley 30/90, de 26 denoviembre

Córdoba, a 7 de febrero del 2000.— El Director Provincial, Mar-cial Prieto López.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Dirección ProvincialCORDOBANúm. 1.377

Don Marcial Prieto López, Director Provincial del Instituto Nacionalde Seguridad Social, en Córdoba, hace saber:Que la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguri-

dad Social, ha comunicado a doña Celestina Jurado Jurado, lainiciación del procedimiento para el reintegro de prestaciones in-debidas de Protección Familiar, de conformidad con lo establecidoen el Real Decreto 148/1996, de 5 de febrero, por el que se regulael procedimiento especial para el reintegro de las prestaciones dela Seguridad Social indebidamente percibidas (“B.O.E.” del día 20),al haberse comprobado que sus ingresos en 1997 superan el lími-te máximo legalmente establecido para percibir esta prestacióndurante el año 1998. En consecuencia, durante el período 01-01-98 a 31-12-98 ha percibido indebidamente la cantidad de 72.000pesetas. Como forma de reintegro de la citada cantidad se le pro-pone el pago mediante 12 descuentos mensuales de 6.000 pese-tas de su Prestación de Protección Familiar.

Que no habiéndose podido notificar por el servicio de correos lacomunicación arriba indicada, se publica el presente en virtud delos dispuesto en el artículo 59, 4.º de la Ley de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común 30/1992, de 26 de noviembre (“B. O. E.” 285 de 27 denoviembre de 1992), para que sirva de notificación al interesado,haciéndole saber que, en caso de disconformidad, podrá interponerante esta Entidad alegaciones contra dicha comunicación, en el pla-zo de 15 días a partir de la publicación del presente anuncio, paraque formule las alegaciones que estime convenientes en defensade su derecho y manifieste su conformidad a la propuesta de reinte-gro mediante un único pago en la cuenta especial de ingresos delInstituto nacional de la Seguridad Social, abierta en la oficina deCAJASUR con el número 3700/10.982, o formule, en su caso, unapropuesta alternativa, siempre que la cuantía a reintegrar sea supe-rior a la fijada por esta Dirección Provincial, todo ello de conformi-dad con el artículo 32.1.2.3. de la Ley 30/90, de 26 de noviembre

Córdoba, a 7 de febrero del 2000.— El Director Provincial, Mar-cial Prieto López.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 1.378

Don Marcial Prieto López, Director Provincial del Instituto Nacionalde Seguridad Social, en Córdoba, hace saber:

Que la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguri-dad Social, ha comunicado a don Juan José Pérez Sánchez, lainiciación del procedimiento para el reintegro de prestaciones in-debidas de Protección Familiar, de conformidad con lo establecidoen el Real Decreto 148/1996, de 5 de febrero, por el que se regulael procedimiento especial para el reintegro de las prestaciones dela Seguridad Social indebidamente percibidas (“B.O.E.” del día 20),al haberse comprobado que ha omitido Vd. la obligación legal decomunicar las variaciones acaecidas en su situación familiar, yaque su hija Tirsa Pérez Vicente, figura en nuestros registros en altalaboral, desde esa fecha deja de tener la consideración legal dehijo a cargo a los efectos de esta prestación, durante el período01-04-99 a 30-06-99 y por un importe de 9.000 pesetas. Comoforma de reintegro de la citada cantidad se le propone el pagomediante 6 descuentos mensuales de 1.500 pesetas de su Pres-tación de Protección Familiar.

Que no habiéndose podido notificar por el servicio de correos lacomunicación arriba indicada, se publica el presente en virtud delos dispuesto en el artículo 59, 4.º de la Ley de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común 30/1992, de 26 de noviembre (“B. O. E.” 285 de 27 denoviembre de 1992), para que sirva de notificación al interesado,haciéndole saber que, en caso de disconformidad, podrá interpo-ner ante esta Entidad alegaciones contra dicha comunicación, enel plazo de 15 días a partir de la publicación del presente anuncio,para que formule las alegaciones que estime convenientes en de-fensa de su derecho y manifieste su conformidad a la propuestade reintegro mediante un único pago en la cuenta especial de in-gresos del Instituto nacional de la Seguridad Social, abierta en laoficina de CAJASUR con el número 3700/10.982, o formule, en sucaso, una propuesta alternativa, siempre que la cuantía a reinte-grar sea superior a la fijada por esta Dirección Provincial, todo ellode conformidad con el artículo 32.1.2.3. de la Ley 30/90, de 26 denoviembre

Córdoba, a 7 de febrero del 2000.— El Director Provincial, Mar-cial Prieto López.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 1.379

Don Marcial Prieto López, Director Provincial del Instituto Nacionalde Seguridad Social, en Córdoba, hace saber:Que la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Segu-

ridad Social, ha comunicado a don Pedro Herrera Duarte, reso-lución de Cobro Indebido en concepto de Protección Familiar,al haberse comprobado que no tiene asignada la guarda y cus-todia de Pedro Herrera Avilés, dejando de tener la considera-ción legal de menor a su cargo a los efectos de esta presta-ción, durante el período 01-04-95 a 30-06-98 y por un importede 117.000 pesetas, art. 2, apartado 3 y art. 12 del Real De-creto 356/1991, de marzo (“B.O.E.” del día 21) y artículo 45 dela Ley General de la Seguridad Social. Como forma de reinte-gro de la citada cantidad se le propone el pago mediante 60descuentos mensuales de 1.950 pesetas de su Prestación deProtección Familiar.

Que no habiéndose podido notificar por el servicio de correos lacomunicación arriba indicada, se publica el presente en virtud delos dispuesto en el artículo 59, 4.º de la Ley de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común 30/1992, de 26 de noviembre (“B. O. E.” 285 de 27 denoviembre de 1992), para que sirva de notificación al interesado,haciéndole saber que, en caso de disconformidad, podrá interpo-ner ante esta Entidad alegaciones contra dicha comunicación, enel plazo de 15 días a partir de la publicación del presente anuncio,para que formule las alegaciones que estime convenientes en de-fensa de su derecho y manifieste su conformidad a la propuestade reintegro mediante un único pago en la cuenta especial de in-gresos del Instituto nacional de la Seguridad Social, abierta en laoficina de CAJASUR con el número 3700/10.982, o formule, en sucaso, una propuesta alternativa, siempre que la cuantía a reinte-grar sea superior a la fijada por esta Dirección Provincial, todo ellode conformidad con el artículo 32.1.2.3. de la Ley 30/90, de 26 denoviembre

Page 7: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

B. O. P. núm. 72 Martes, 28 de marzo del 2000 1351

Córdoba, a 7 de febrero del 2000.— El Director Provincial, Mar-cial Prieto López.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 2.008

Don Marcial Prieto López, Director Provincial del Instituto Nacionalde Seguridad Social, en Córdoba, hace saber:Que la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguri-

dad Social, ha comunicado a doña Felisa Romero Baena, con D.N.I.75.592.526, la Resolución por la que se le suprime el complemen-to a mínimos de su pensión de viudedad situándola en un importemensual de 28.496 pesetas y se fija en un total de 191.151 pese-tas el importe a reintegrar percibido indebidamente por este con-cepto durante el período 01-01-99 a 31-08-99, ya que se ha com-probado que durante el año 1998 obtuvo rentas superiores al lími-te establecido para tener derecho al complemento a mínimos du-rante el año 1999. Como forma de reintegro de la citada cantidadde 191.151 pesetas se establece el pago mediante descuentosmensuales de 3.186 pesetas en el importe de su pensión, caso deno ser devuelta en el plazo de 30 días contados a partir del si-guiente a la fecha de notificación de esta Resolución.

Todo esto de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 delReal Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprue-ba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social,en el que se establece que los trabajadores y las demás personasque hayan percibido indebidamente prestaciones de la SeguridadSocial vendrán obligadas a reintegrar su importe, artículo 4 R.D.148/1996, de 5 de febrero (“B.O.E.” del día 20), por el que se regu-la el Procedimiento Especial para el Reintegro de Prestaciones dela Seguridad Social indebidamente percibidas y los RR. DD. 6/1997,de 10 de enero y 4/1998, de 4 de enero, sobre revalorización depensiones del sistema de Seguridad Social para los años 1997 y1998, respectivamente.

Que no habiéndose podido notificar por el servicio de correos enel domicilio que consta en su expediente, Prolongación de Rute, s/n,de Lucena, la comunicación arriba expresada, se publica el presen-te en virtud de lo dispuesto en el artículo 59. 4.º de la Ley de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común 30/1992, de 26 de noviembre (“B.O.E.” 285,de 27-11-92) para que sirva de notificación al interesado, haciéndo-le saber que, en caso de disconformidad, podrá interponer ante estaEntidad Reclamación Previa contra dicha resolución en el plazo de30 días contados a partir de la publicación del presente anuncio, deconformidad con lo establecido en el artículo 71 del Texto Refundidode la Ley de Procedimiento Laboral aprobado por Real Decreto Le-gislativo 2/1995, de 7 de abril (“B.O.E.” del 11 de abril).

Córdoba, a 22 de febrero del 2000.— El Director Provincial, Mar-cial Prieto López.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 2.009

Don Marcial Prieto López, Director Provincial del Instituto Nacionalde Seguridad Social, en Córdoba, hace saber:Que la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguri-

dad Social, ha comunicado a doña Carmen Prieto Gómez, conD.N.I. 30.072.215, la Resolución por la que se le suprime el com-plemento a mínimos de su pensión de viudedad situándola en unimporte mensual de 29.818 pesetas y se fija en un total de 185.093pesetas el importe a reintegrar percibido indebidamente por esteconcepto durante el período 01-01-98 a 31-08-99, ya que se hacomprobado que durante los años 1997 y 1998 obtuvo rentas su-periores al límite establecido para tener derecho al complemento amínimos durante los años 1998 y 1999. Como forma de reintegrode la citada cantidad de 185.093 pesetas se establece el pagomediante descuentos mensuales de 3.085 pesetas en el importede su pensión, caso de no ser devuelta en el plazo de 30 díascontados a partir del siguiente a la fecha de notificación de estaResolución.

Todo esto de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 del

Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprue-ba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social,en el que se establece que los trabajadores y las demás personasque hayan percibido indebidamente prestaciones de la SeguridadSocial vendrán obligadas a reintegrar su importe, artículo 4 R.D.148/1996, de 5 de febrero (“B.O.E.” del día 20), por el que se regu-la el Procedimiento Especial para el Reintegro de Prestaciones dela Seguridad Social indebidamente percibidas y los RR. DD. 6/1997,de 10 de enero y 4/1998, de 4 de enero, sobre revalorización depensiones del sistema de Seguridad Social para los años 1997 y1998, respectivamente.

Que no habiéndose podido notificar por el servicio de correos enel domicilio que consta en su expediente, Motril, 38, E-3, P-3 deCórdoba, la comunicación arriba expresada, se publica el presenteen virtud de lo dispuesto en el artículo 59. 4.º de la Ley de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común 30/1992, de 26 de noviembre (“B.O.E.” 285, de27-11-92) para que sirva de notificación al interesado, haciéndolesaber que, en caso de disconformidad, podrá interponer ante estaEntidad Reclamación Previa contra dicha resolución en el plazo de30 días contados a partir de la publicación del presente anuncio, deconformidad con lo establecido en el artículo 71 del Texto Refundidode la Ley de Procedimiento Laboral aprobado por Real Decreto Le-gislativo 2/1995, de 7 de abril (“B.O.E.” del 11 de abril).

Córdoba, a 22 de febrero del 2000.— El Director Provincial, Mar-cial Prieto López.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 2.123

Don Marcial Prieto López, Director Provincial del Instituto Nacionalde Seguridad Social, en Córdoba, hace saber:Que la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguri-

dad Social, ha comunicado a doña Juana Moreno Gallardo, conD.N.I. 75.693.686, la Resolución por la que se le suprime el com-plemento a mínimos de su pensión de viudedad situándola en unimporte mensual de 36.545 pesetas y se fija en un total de 32.038pesetas el importe a reintegrar percibido indebidamente por esteconcepto durante el período 01-01-98 a 31-08-99, ya que se hacomprobado que durante el año 1997 y 1998 obtuvo rentas su-periores al límite establecido para tener derecho al complementoa mínimos durante los años 1998 y 1999. Como forma de reinte-gro de la citada cantidad de 32.038 pesetas se establece el pagomediante descuentos mensuales de 3.655 pesetas en el importede su pensión, caso de no ser devuelta en el plazo de 30 díascontados a partir del siguiente a la fecha de notificación de estaResolución.

Todo esto de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 delReal Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprue-ba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social,en el que se establece que los trabajadores y las demás personasque hayan percibido indebidamente prestaciones de la SeguridadSocial vendrán obligadas a reintegrar su importe, artículo 4 R.D.148/1996, de 5 de febrero (“B.O.E.” del día 20), por el que se regu-la el Procedimiento Especial para el Reintegro de Prestaciones dela Seguridad Social indebidamente percibidas y los RR. DD. 6/1997,de 10 de enero y 4/1998, de 4 de enero, sobre revalorización depensiones del sistema de Seguridad Social para los años 1997 y1998, respectivamente.

Que no habiéndose podido notificar por el servicio de correosen el domicilio que consta en su expediente, Llama, 9, deNavalcuervo, la comunicación arriba expresada, se publica el pre-sente en virtud de lo dispuesto en el artículo 59. 4.º de la Ley deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común 30/1992, de 26 de noviembre (“B.O.E.”285, de 27-11-92) para que sirva de notificación al interesado, ha-ciéndole saber que, en caso de disconformidad, podrá interponerante esta Entidad Reclamación Previa contra dicha resolución enel plazo de 30 días contados a partir de la publicación del presenteanuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 delTexto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral aprobado porReal Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (“B.O.E.” del 11 deabril).

Page 8: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

1352 Martes, 28 de marzo del 2000 B. O. P. núm. 72

Córdoba, a 1 de marzo del 2000.— El Director Provincial, Mar-cial Prieto López.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 2.151

Don Marcial Prieto López, Director Provincial del Instituto Nacionalde Seguridad Social, en Córdoba, hace saber:Que la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguri-

dad Social, ha comunicado a don Francisco Linares Lozano, conD.N.I. 30.883.048, la iniciación del procedimiento para la revisióndel complemento por mínimos y el reintegro de prestaciones inde-bidas, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 148/1996, de 5 de febrero, por el que se regula el procedimiento espe-cial para el reintegro de las prestaciones de la Seguridad Socialindebidamente percibidas (“B.O.E.” del día 20), en concepto decomplemento a mínimos de pensión de jubilación, por un total de120.643 pesetas durante el período de 01-01-98 a 31-10-99, yaque no ha presentado la documentación que acredite su nivel derentas durante el año 1997 y 1998. Como forma de reintegro de lacitada cantidad de 120.643 pesetas se le propone el pago median-te descuentos mensuales de 5.212 pesetas en el importe de supensión.

Que no habiéndose podido notificar por el servicio de correos,en el domicilio que consta en su expediente, Las Parras, 14, deZamoranos, la comunicación arriba expresada, se publica el pre-sente en virtud de lo dispuesto en el artículo 59, 4.º de la Ley deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común 30/1992, de 26 de noviembre (“B. O.E.” 285 de 27-11-1992), a efectos de darle el trámite de audiencia alinteresado, previsto en el artículo 3 del mencionado Real Decreto148/1996, informándole que dispone de 15 días, contados a partirde la publicación de este anuncio, para que formule las alegacionesque estime convenientes en defensa de su derecho y manifieste suconformidad a la propuesta de reintegro o formule, en su caso, unapropuesta alternativa, siempre que la cuantía a reintegrar mensual-mente sea superior a la fijada por esta Dirección Provincial.

Córdoba, a 1 de marzo del 2000.— El Director Provincial, Mar-cial Prieto López.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 2.152

Don Marcial Prieto López, Director Provincial del Instituto Nacionalde Seguridad Social, en Córdoba, hace saber:Que la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguri-

dad Social, ha comunicado a don Juan Roldán Ramírez, con D.N.I.29.804.211, la Resolución por la que se le suprime el complemen-to a mínimos de su pensión de jubilación situándola en un importemensual de 53.353 pesetas y se fija en un total de 311.587 pese-tas el importe a reintegrar percibido indebidamente por este con-cepto durante el período 01-01-98 a 31-08-99, ya que se ha com-probado que durante el año 1997 y 1998 obtuvo rentas superioresal límite establecido para tener derecho al complemento a mínimosdurante los años 1998 y 1999. Como forma de reintegro de la cita-da cantidad de 311.587 pesetas se establece el pago mediantedescuentos mensuales de 5.335 pesetas en el importe de su pen-sión, caso de no ser devuelta en el plazo de 30 días contados apartir del siguiente a la fecha de notificación de esta Resolución.

Todo esto de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 delReal Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprue-ba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, enel que se establece que los trabajadores y las demás personas quehayan percibido indebidamente prestaciones de la Seguridad So-cial vendrán obligadas a reintegrar su importe, artículo 4 R.D. 148/1996, de 5 de febrero (“B.O.E.” del día 20), por el que se regula elProcedimiento Especial para el Reintegro de Prestaciones de laSeguridad Social indebidamente percibidas y los RR. DD. 6/1997,de 10 de enero y 4/1998, de 4 de enero, sobre revalorización depensiones del sistema de Seguridad Social para los años 1997 y1998, respectivamente.

Que no habiéndose podido notificar por el servicio de correosen el domicilio que consta en su expediente, Pelagio, 12, de Cór-doba, la comunicación arriba expresada, se publica el presenteen virtud de lo dispuesto en el artículo 59. 4.º de la Ley de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común 30/1992, de 26 de noviembre (“B.O.E.”285, de 27-11-92) para que sirva de notificación al interesado, ha-ciéndole saber que, en caso de disconformidad, podrá interponerante esta Entidad Reclamación Previa contra dicha resolución enel plazo de 30 días contados a partir de la publicación del presen-te anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 delTexto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral aprobado porReal Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (“B.O.E.” del 11 deabril).

Córdoba, a 1 de marzo del 2000.— El Director Provincial, Mar-cial Prieto López.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 2.153

Don Marcial Prieto López, Director Provincial del Instituto Nacio-nal de Seguridad Social, en Córdoba, hace saber:Que la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguri-

dad Social, ha comunicado a doña María Rosa Muñoz Soriano,con D.N.I. 75.661.427, la Resolución por la que se le suprime elcomplemento a mínimos de su pensión de viudedad situándola enun importe mensual de 37.955 pesetas y se fija en un total de103.320 pesetas el importe a reintegrar percibido indebidamentepor este concepto durante el período 01-01-98 a 31-12-98, ya quese ha comprobado que durante el año 1997 obtuvo rentas supe-riores al límite establecido para tener derecho al complemento amínimos durante los años 1998. Como forma de reintegro de lacitada cantidad de 103.320 pesetas se establece el pago median-te descuentos mensuales de 3.796 pesetas en el importe de supensión, caso de no ser devuelta en el plazo de 30 días contadosa partir del siguiente a la fecha de notificación de esta Resolución.

Todo esto de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 delReal Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley General de la SeguridadSocial, en el que se establece que los trabajadores y las demáspersonas que hayan percibido indebidamente prestaciones de laSeguridad Social vendrán obligadas a reintegrar su importe, artí-culo 4 R.D. 148/1996, de 5 de febrero (“B.O.E.” del día 20), por elque se regula el Procedimiento Especial para el Reintegro de Pres-taciones de la Seguridad Social indebidamente percibidas y losRR. DD. 6/1997, de 10 de enero y 4/1998, de 4 de enero, sobrerevalorización de pensiones del sistema de Seguridad Social paralos años 1997 y 1998, respectivamente.

Que no habiéndose podido notificar por el servicio de correosen el domicilio que consta en su expediente, Rector Viejo, 15, deBujalance, la comunicación arriba expresada, se publica el pre-sente en virtud de lo dispuesto en el artículo 59. 4.º de la Ley deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común 30/1992, de 26 de noviembre(“B.O.E.” 285, de 27-11-92) para que sirva de notificación al intere-sado, haciéndole saber que, en caso de disconformidad, podráinterponer ante esta Entidad Reclamación Previa contra dicha re-solución en el plazo de 30 días contados a partir de la publicacióndel presente anuncio, de conformidad con lo establecido en el ar-tículo 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboralaprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril(“B.O.E.” del 11 de abril).

Córdoba, a 1 de marzo del 2000.— El Director Provincial, Mar-cial Prieto López.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 2.154

Don Marcial Prieto López, Director Provincial del Instituto Nacio-nal de Seguridad Social, en Córdoba, hace saber:Que la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguri-

Page 9: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

B. O. P. núm. 72 Martes, 28 de marzo del 2000 1353

dad Social, ha comunicado a don Antonio Galán Arjona, con D.N.I.30.925.060, la Resolución por la que se le suprime el complemen-to a mínimos por cónyuge a cargo de su pensión de jubilaciónsituándola en un importe mensual de 56.990 pesetas y se fija enun total de 79.760 pesetas el importe a reintegrar percibido indebi-damente por este concepto durante el período 01-10-98 a 30-04-99, ya que se ha comprobado que se encuentra separado de sucónyuge desde septiembre de 1998. Como forma de reintegro dela citada cantidad de 79.760 pesetas se establece el pago median-te descuentos mensuales de 5.699 pesetas en el importe de supensión, caso de no ser devuelta en el plazo de 30 días contadosa partir del siguiente a la fecha de notificación de esta Resolución.

Todo esto de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 delReal Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprue-ba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social,en el que se establece que los trabajadores y las demás personasque hayan percibido indebidamente prestaciones de la SeguridadSocial vendrán obligadas a reintegrar su importe, artículo 4 R.D.148/1996, de 5 de febrero (“B.O.E.” del día 20), por el que se regu-la el Procedimiento Especial para el Reintegro de Prestaciones dela Seguridad Social indebidamente percibidas y los RR. DD. 6/1997,de 10 de enero y 4/1998, de 4 de enero, sobre revalorización depensiones del sistema de Seguridad Social para los años 1997 y1998, respectivamente.

Que no habiéndose podido notificar por el servicio de correosen el domicilio que consta en su expediente, San Pedro deAlcántara, 8, de Priego de Córdoba, la comunicación arriba expre-sada, se publica el presente en virtud de lo dispuesto en el artícu-lo 59. 4.º de la Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común 30/1992, de26 de noviembre (“B.O.E.” 285, de 27-11-92) para que sirva denotificación al interesado, haciéndole saber que, en caso de dis-conformidad, podrá interponer ante esta Entidad Reclamación Pre-via contra dicha resolución en el plazo de 30 días contados a partirde la publicación del presente anuncio, de conformidad con lo es-tablecido en el artículo 71 del Texto Refundido de la Ley de Proce-dimiento Laboral aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995,de 7 de abril (“B.O.E.” del 11 de abril).

Córdoba, a 1 de marzo del 2000.— El Director Provincial, Mar-cial Prieto López.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 2.155

Don Marcial Prieto López, Director Provincial del Instituto Nacionalde Seguridad Social, en Córdoba, hace saber:Que la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad

Social, ha comunicado a doña Eduvigis Palacios Vega, con D.N.I.30.015.668, la Resolución por la que se le suprime el complementoa mínimos de su pensión de viudedad situándola en un importe men-sual de 36.171 pesetas y se fija en un total de 40.542 pesetas elimporte a reintegrar percibido indebidamente por este concepto du-rante el período 01-01-98 a 31-08-99, ya que se ha comprobadoque durante el año 1997 y 1998 obtuvo rentas superiores al límiteestablecido para tener derecho al complemento a mínimos durantelos años 1998 y 1999. Como forma de reintegro de la citada canti-dad de 40.542 pesetas se establece el pago mediante descuentosmensuales de 3.617 pesetas en el importe de su pensión, caso deno ser devuelta en el plazo de 30 días contados a partir del siguientea la fecha de notificación de esta Resolución.

Todo esto de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 delReal Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprue-ba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social,en el que se establece que los trabajadores y las demás personasque hayan percibido indebidamente prestaciones de la SeguridadSocial vendrán obligadas a reintegrar su importe, artículo 4 R.D.148/1996, de 5 de febrero (“B.O.E.” del día 20), por el que se regu-la el Procedimiento Especial para el Reintegro de Prestaciones dela Seguridad Social indebidamente percibidas y los RR. DD. 6/1997,de 10 de enero y 4/1998, de 4 de enero, sobre revalorización depensiones del sistema de Seguridad Social para los años 1997 y1998, respectivamente.

Que no habiéndose podido notificar por el servicio de correos

en el domicilio que consta en su expediente, Paseo de la Victoria, 23, deCórdoba, la comunicación arriba expresada, se publica el presente envirtud de lo dispuesto en el artículo 59. 4.º de la Ley de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún 30/1992, de 26 de noviembre (“B.O.E.” 285, de 27-11-92) para quesirva de notificación al interesado, haciéndole saber que, en caso dedisconformidad, podrá interponer ante esta Entidad Reclamación Pre-via contra dicha resolución en el plazo de 30 días contados a partir de lapublicación del presente anuncio, de conformidad con lo establecido enel artículo 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboralaprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (“B.O.E.” del11 de abril).

Córdoba, a 29 de febrero del 2000.— El Director Provincial, Mar-cial Prieto López.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 2.156

Don Marcial Prieto López, Director Provincial del Instituto Nacionalde Seguridad Social, en Córdoba, hace saber:Que la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguri-

dad Social, ha comunicado a don José A. Martínez Tapia, con D.N.I.29.883.207, la Resolución por la que se le suprime el complemen-to a mínimos de su pensión de jubilación situándola en un importemensual de 65,425 pesetas y se fija en un total de 36.913 pesetasel importe a reintegrar percibido indebidamente por este conceptodurante el período 01-01-98 a 31-08-99, ya que se ha comprobadoque durante el año 1997 y 1998 obtuvo rentas superiores al límiteestablecido para tener derecho al complemento a mínimos duran-te los años 1998 y 1999. Como forma de reintegro de la citadacantidad de 36.913 pesetas se establece el pago mediante des-cuentos mensuales de 6.543 pesetas en el importe de su pensión,caso de no ser devuelta en el plazo de 30 días contados a partirdel siguiente a la fecha de notificación de esta Resolución.

Todo esto de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 delReal Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprue-ba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social,en el que se establece que los trabajadores y las demás personasque hayan percibido indebidamente prestaciones de la SeguridadSocial vendrán obligadas a reintegrar su importe, artículo 4 R.D.148/1996, de 5 de febrero (“B.O.E.” del día 20), por el que se regu-la el Procedimiento Especial para el Reintegro de Prestaciones dela Seguridad Social indebidamente percibidas y los RR. DD. 6/1997,de 10 de enero y 4/1998, de 4 de enero, sobre revalorización depensiones del sistema de Seguridad Social para los años 1997 y1998, respectivamente.

Que no habiéndose podido notificar por el servicio de correos enel domicilio que consta en su expediente, Badalona, 6, p-b. p-3, deCórdoba, la comunicación arriba expresada, se publica el presenteen virtud de lo dispuesto en el artículo 59. 4.º de la Ley de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común 30/1992, de 26 de noviembre (“B.O.E.” 285, de27-11-92) para que sirva de notificación al interesado, haciéndolesaber que, en caso de disconformidad, podrá interponer ante estaEntidad Reclamación Previa contra dicha resolución en el plazo de30 días contados a partir de la publicación del presente anuncio, deconformidad con lo establecido en el artículo 71 del Texto Refundidode la Ley de Procedimiento Laboral aprobado por Real Decreto Le-gislativo 2/1995, de 7 de abril (“B.O.E.” del 11 de abril).

Córdoba, a 1 de marzo del 2000.— El Director Provincial, Mar-cial Prieto López.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 2.422

Don Marcial Prieto López, Director Provincial del Instituto Nacionalde Seguridad Social, en Córdoba, hace saber:Que la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguri-

dad Social, ha comunicado a don Antonio Ruano Ocaña, con D.N.I.25.859.817, la iniciación del procedimiento para la revisión del com-plemento por mínimos y el reintegro de prestaciones indebidas, de

Page 10: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

1354 Martes, 28 de marzo del 2000 B. O. P. núm. 72

conformidad con lo establecido en el Real Decreto 148/1996, de 5de febrero, por el que se regula el procedimiento especial para elreintegro de las prestaciones de la Seguridad Social indebidamen-te percibidas (“B.O.E.” del día 20), en concepto de complemento amínimos de pensión de jubilación, por un total de 773.777 pesetasdurante el período de 01-01-98 a 31-10-99, ya que no ha presenta-do la documentación que acredite su nivel de rentas durante elaño 1997 y 1998. Como forma de reintegro de la citada cantidadde 773.777 pesetas se le propone el pago mediante descuentosmensuales de 12.897 pesetas en el importe de su pensión.

Que no habiéndose podido notificar por el servicio de correos, enel domicilio que consta en su expediente, Avda. Carlos III, 28, p-7, p-d, de Córdoba, la comunicación arriba expresada, se publica el pre-sente en virtud de lo dispuesto en el artículo 59, 4.º de la Ley deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común 30/1992, de 26 de noviembre (“B. O.E.” 285 de 27-11-1992), a efectos de darle el trámite de audiencia alinteresado, previsto en el artículo 3 del mencionado Real Decreto148/1996, informándole que dispone de 15 días, contados a partirde la publicación de este anuncio, para que formule las alegacionesque estime convenientes en defensa de su derecho y manifieste suconformidad a la propuesta de reintegro o formule, en su caso, unapropuesta alternativa, siempre que la cuantía a reintegrar mensual-mente sea superior a la fijada por esta Dirección Provincial.

Córdoba, a 6 de marzo del 2000.— El Director Provincial, Mar-cial Prieto López.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 2.423

Don Marcial Prieto López, Director Provincial del Instituto Nacionalde Seguridad Social, en Córdoba, hace saber:Que la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguri-

dad Social, ha comunicado a doña Cándida Cruz Sil, con D.N.I.30.422.212, la iniciación del procedimiento para la revisión del com-plemento por mínimos y el reintegro de prestaciones indebidas, deconformidad con lo establecido en el Real Decreto 148/1996, de 5de febrero, por el que se regula el procedimiento especial para elreintegro de las prestaciones de la Seguridad Social indebidamen-te percibidas (“B.O.E.” del día 20), en concepto de complemento amínimos de pensión de jubilación, por un total de 49.071 pesetasdurante el período de 01-01-99 a 31-10-99, ya que no ha presenta-do la documentación que acredite su nivel de rentas durante elaño 1998. Como forma de reintegro de la citada cantidad de 49.071pesetas se le propone el pago mediante descuentos mensualesde 4.943 pesetas en el importe de su pensión.

Que no habiéndose podido notificar por el servicio de co-rreos, en el domicilio que consta en su expediente, San Perfec-to, 21, de Córdoba, la comunicación arriba expresada, se pu-blica el presente en virtud de lo dispuesto en el artículo 59, 4.ºde la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común 30/1992, de 26de noviembre (“B. O. E.” 285 de 27-11-1992), a efectos de darle eltrámite de audiencia al interesado, previsto en el artículo 3 del men-cionado Real Decreto 148/1996, informándole que dispone de 15días, contados a partir de la publicación de este anuncio, para queformule las alegaciones que estime convenientes en defensa de suderecho y manifieste su conformidad a la propuesta de reintegro oformule, en su caso, una propuesta alternativa, siempre que la cuantíaa reintegrar mensualmente sea superior a la fijada por esta Direc-ción Provincial.

Córdoba, a 6 de marzo del 2000.— El Director Provincial, Mar-cial Prieto López.

————————Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEODirección Provincial

CÓRDOBANúm. 1.624

Resolución sobre Responsabilidad EmpresarialN.º Expte: 14102279423

Examinada la documentación referente al asunto de que se tra-ta, y en atención a los siguientes:

Hechos1.º Con fecha 16/12/1999, se le notificó la posible responsabili-

dad empresarial respecto al trabajador don Miguel Ruiz Pizarropor: Existir descubierto de cotización durante el período de 11/1996 a 04/1997.

2.º En dicha notificación se le concedía el plazo de 10 días paraque formulara las alegaciones pertinentes, a tenor de lo dispuestoen la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85,de 2 de abril (“B.O.E.” número 109 de 7 de mayo).

3.º Que no presenta alegaciones en el plazo legalmente esta-blecido.

Fundamentos de Derecho1.º La letra c) del número 1 del artículo 32 del citado Real De-

creto autoriza al INEM a dictar Resolución sobre esta materia.Esta Dirección Provincial resuelve reconocer la responsabilidad

empresarial de la empresa Muebles Matapí SL, con domicilio enCuesta Pinillo, sin número, 14550-Montilla, en la cuantía de:1.031.970 pesetas, por existir descubierto de cotización durante elperíodo de 11/1996 a 04/1997.

Se le comunica que en aplicación de la letra c) del número 1del artículo 32 del Real Decreto 625/85 deberá, en el plazo de30 días, desde la notificación de esta Resolución, ingresar lacantidad citada en Caja Madrid, número cuenta corriente20389810176000179362 Recursos Diversos Provinciales de laDirección Provincial de la Tesorería General de la SeguridadSocial, y comunicar tal ingreso a la Dirección Provincial delINEM mediante el correspondiente justificante de Caja Madrid.

Transcurrido este plazo sin que haya efectuado la liquidación dela deuda se emitirá la correspondiente certificación de descubier-to, con lo que se iniciará la Vía de Apremio.

Se advierte que de no estar conforme con el acuerdo adoptado,dispone de 30 días contados desde la recepción de la presenteResolución, para interponer ante este Organismo, la preceptivaReclamación Previa a la Vía Jurisdiccional, según lo dispuesto enel artículo 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento La-boral, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril(“B.O.E.” número 86 de 11 de abril).

Córdoba, a 31 de enero del 2000.— El Director Provincial delINEM, Luis Barrena Cabello.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 1.625

Resolución sobre Responsabilidad EmpresarialN.º Expte: 14102861928

Examinada la documentación referente al asunto de que se tra-ta, y en atención a los siguientes:

Hechos1.º Con fecha 05/01/2000, se le notificó la posible responsabili-

dad empresarial respecto al trabajador don Francisco Pineda Ca-ñete por: Existir descubierto de cotización durante el período de07/1997 a 01/1998.

2.º En dicha notificación se le concedía el plazo de 10 días paraque formulara las alegaciones pertinentes, a tenor de lo dispuestoen la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85,de 2 de abril (“B.O.E.” número 109 de 7 de mayo).

3.º Que no presenta alegaciones en el plazo legalmente esta-blecido.

Fundamentos de Derecho1.º La letra c) del número 1 del artículo 32 del citado Real De-

creto autoriza al INEM a dictar Resolución sobre esta materia.Esta Dirección Provincial resuelve reconocer la responsabilidad

empresarial de la empresa Arbodeco, SL, con domicilio en Crta.Córdoba-Málaga, km. 75, 14900-Lucena, en la cuantía de: 362.460pesetas, por existir descubierto de cotización durante el períodode 07/1997 a 01/1998.

Se le comunica que en aplicación de la letra c) del número 1del artículo 32 del Real Decreto 625/85 deberá, en el plazo de30 días, desde la notificación de esta Resolución, ingresar lacantidad citada en Caja Madrid, número cuenta corriente20389810176000179362 Recursos Diversos Provinciales de laDirección Provincial de la Tesorería General de la SeguridadSocial, y comunicar tal ingreso a la Dirección Provincial del

Page 11: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

B. O. P. núm. 72 Martes, 28 de marzo del 2000 1355

INEM mediante el correspondiente justificante de Caja Madrid.Transcurrido este plazo sin que haya efectuado la liquidación de

la deuda se emitirá la correspondiente certificación de descubier-to, con lo que se iniciará la Vía de Apremio.

Se advierte que de no estar conforme con el acuerdo adoptado,dispone de 30 días contados desde la recepción de la presenteResolución, para interponer ante este Organismo, la preceptivaReclamación Previa a la Vía Jurisdiccional, según lo dispuesto enel artículo 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento La-boral, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril(“B.O.E.” número 86 de 11 de abril).

Córdoba, a 31 de enero del 2000.— El Director Provincial delINEM, Luis Barrena Cabello.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 1.626

Resolución sobre Responsabilidad EmpresarialN.º Expte: 14102274773

Examinada la documentación referente al asunto de que se tra-ta, y en atención a los siguientes:

Hechos1.º Con fecha 25/11/1999, se le notificó la posible responsabili-

dad empresarial respecto al trabajador don Juan Ostos Fernándezpor: Existir descubierto de cotización durante los meses de 07/1997, 09/1997, 10/1997 y 11/1997.

2.º En dicha notificación se le concedía el plazo de 10 días paraque formulara las alegaciones pertinentes, a tenor de lo dispuestoen la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85,de 2 de abril (“B.O.E.” número 109 de 7 de mayo).

3.º Que no presenta alegaciones en el plazo legalmente esta-blecido.

Fundamentos de Derecho1.º La letra c) del número 1 del artículo 32 del citado Real De-

creto autoriza al INEM a dictar Resolución sobre esta materia.Esta Dirección Provincial resuelve reconocer la responsabilidad

empresarial de la empresa Francisco Palma Benito, con domicilioen Calle Nueva, 27, 14100-La Carlota, en la cuantía de: 438.512pesetas, por existir descubierto de cotización durante los mesesde 07/1997, 09/1997, 10/1997 y 11/1997.

Se le comunica que en aplicación de la letra c) del número 1del artículo 32 del Real Decreto 625/85 deberá, en el plazo de30 días, desde la notificación de esta Resolución, ingresar lacantidad citada en Caja Postal, c/c de Recursos Diversos Pro-vinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General dela Seguridad Social, y comunicar tal ingreso a la Dirección Pro-vincial del INEM mediante el correspondiente justificante deCaja Postal.

Transcurrido este plazo sin que haya efectuado la liquidación dela deuda se emitirá la correspondiente certificación de descubier-to, con lo que se iniciará la Vía de Apremio.

Se advierte que de no estar conforme con el acuerdo adoptado,dispone de 30 días contados desde la recepción de la presenteResolución, para interponer ante este Organismo, la preceptivaReclamación Previa a la Vía Jurisdiccional, según lo dispuesto enel artículo 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento La-boral, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril(“B.O.E.” número 86 de 11 de abril).

Córdoba, a 17 de diciembre de 1999.— El Director Provincialdel INEM, Luis Barrena Cabello. (S./O.M. 21/5/96 Antonio MoralesFernández).

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 1.672

Resolución sobre Responsabilidad EmpresarialN.º Expte: 14101954572

Examinada la documentación referente al asunto de que se tra-ta, y en atención a los siguientes:

Hechos1.º Con fecha 27/12/99, se le notificó la posible responsabilidad

empresarial respecto a la trabajadora doña Francisca Luque Cobospor: Existir descubierto absoluto de cotización durante el períodode 01/1996 a 01/1997.

2.º En dicha notificación se le concedía el plazo de 10 días paraque formulara las alegaciones pertinentes, a tenor de lo dispuestoen la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85,de 2 de abril (“B.O.E.” número 109 de 7 de mayo).

3.º Que no presenta alegaciones en el plazo legalmente esta-blecido.

Fundamentos de Derecho1.º La letra c) del número 1 del artículo 32 del citado Real De-

creto autoriza al INEM a dictar Resolución sobre esta materia.Esta Dirección Provincial resuelve reconocer la responsabilidad

empresarial de la empresa Top Stop SL, con domicilio en DoctorGómez Aguado, 2, 14014-Córdoba, en la cuantía de: 466.409 pe-setas, por existir descubierto absoluto de cotización durante el pe-ríodo de 01/1996 a 01/1997.

Se le comunica que en aplicación de la letra c) del número 1del artículo 32 del Real Decreto 625/85 deberá, en el plazo de30 días, desde la notificación de esta Resolución, ingresar lacantidad citada en Caja Madrid, número cuenta corriente20389810176000179362 Recursos Diversos Provinciales de laDirección Provincial de la Tesorería General de la SeguridadSocial, y comunicar tal ingreso a la Dirección Provincial delINEM mediante el correspondiente justificante de Caja Madrid.

Transcurrido este plazo sin que haya efectuado la liquidación dela deuda se emitirá la correspondiente certificación de descubier-to, con lo que se iniciará la Vía de Apremio.

Se advierte que de no estar conforme con el acuerdo adoptado,dispone de 30 días contados desde la recepción de la presenteResolución, para interponer ante este Organismo, la preceptivaReclamación Previa a la Vía Jurisdiccional, según lo dispuesto enel artículo 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento La-boral, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril(“B.O.E.” número 86 de 11 de abril).

Córdoba, a 31 de enero del 2000.— El Director Provincial delINEM, Luis Barrena Cabello.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 1.898

Resolución sobre Responsabilidad EmpresarialN.º Expte: 14102324182

Examinada la documentación referente al asunto de que se tra-ta, y en atención a los siguientes:

Hechos1.º Con fecha 25 de enero del 2000, Representaciones Arrebola,

Sociedad Limitada, con domicilio en calle Luis Valenzuela, 1, 14007-Córdoba, se le notificó la posible responsabilidad empresarial res-pecto al trabajador don José Manuel Soriano García por: Existirdescubierto absoluto de cotización durante el período de 02/1997a 08/1997.

2.º En dicha notificación se le concedía el plazo de 10 días paraque formulara las alegaciones pertinentes, a tenor de lo dispuestoen la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85,de 2 de abril (“B.O.E.” número 109 de 7 de mayo).

3.º Que no presenta alegaciones en el plazo legalmente esta-blecido.

Fundamentos de Derecho1.º La letra c) del número 1 del artículo 32 del citado Real De-

creto autoriza al INEM a dictar Resolución sobre esta materia.Esta Dirección Provincial resuelve reconocer la responsabilidad

empresarial de esa empresa en la cuantía de: 208.319 pesetas,por existir descubierto absoluto de cotización durante el períodode 02/1997 a 08/1997.

Se le comunica que en aplicación de la letra c) del número 1 delartículo 32 del Real Decreto 625/85 deberá, en el plazo de 30 días,desde la notificación de esta Resolución, ingresar la cantidad cita-da en Caja Madrid, número c/c 20389810176000179362 Recur-sos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesore-ría General de la Seguridad Social, y comunicar tal ingreso a laDirección Provincial del INEM mediante el correspondiente justifi-cante de Caja Madrid.

Page 12: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

1356 Martes, 28 de marzo del 2000 B. O. P. núm. 72

Transcurrido este plazo sin que haya efectuado la liquidación dela deuda se emitirá la correspondiente certificación de descubier-to, con lo que se iniciará la Vía de Apremio.

Se advierte que de no estar conforme con el acuerdo adoptado,dispone de 30 días contados desde la recepción de la presenteResolución, para interponer ante este Organismo, la preceptivaReclamación Previa a la Vía Jurisdiccional, según lo dispuesto enel artículo 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento La-boral, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril(“B.O.E.” número 86 de 11 de abril).

Córdoba, a 3 de febrero del 2000.— El Director Provincial delINEM, Luis Barrena Cabello.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 1.899

Resolución sobre Responsabilidad EmpresarialN.º Expte: 14005990142

Examinada la documentación referente al asunto de que se tra-ta, y en atención a los siguientes:

Hechos1.º Con fecha 27 de diciembre del 1999, Edificio Santa María de

Gracia, con domicilio en Cruz Conde, 13, 14008-Córdoba, se lenotificó la posible responsabilidad empresarial respecto al trabaja-dor don Rafael Calderón Díaz, por: Existir descubierto de cotiza-ción absoluta durante el período de 12/1996 a 06/1997.

2.º En dicha notificación se le concedía el plazo de 10 días paraque formulara las alegaciones pertinentes, a tenor de lo dispuestoen la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85,de 2 de abril (“B.O.E.” número 109 de 7 de mayo).

3.º Que no presenta alegaciones en el plazo legalmente esta-blecido.

Fundamentos de Derecho1.º La letra c) del número 1 del artículo 32 del citado Real De-

creto autoriza al INEM a dictar Resolución sobre esta materia.Esta Dirección Provincial resuelve reconocer la responsabilidad

empresarial de esa empresa en la cuantía de: 372.853 pesetas,por existir descubierto de cotización absoluta durante el períodode 12/1996 a 06/1997.

Se le comunica que en aplicación de la letra c) del número 1 delartículo 32 del Real Decreto 625/85 deberá, en el plazo de 30 días,desde la notificación de esta Resolución, ingresar la cantidad cita-da en Caja Madrid, número c/c 20389810176000179362 Recur-sos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesore-ría General de la Seguridad Social, y comunicar tal ingreso a laDirección Provincial del INEM mediante el correspondiente justifi-cante de Caja Madrid.

Transcurrido este plazo sin que haya efectuado la liquidación dela deuda se emitirá la correspondiente certificación de descubier-to, con lo que se iniciará la Vía de Apremio.

Se advierte que de no estar conforme con el acuerdo adoptado,dispone de 30 días contados desde la recepción de la presenteResolución, para interponer ante este Organismo, la preceptivaReclamación Previa a la Vía Jurisdiccional, según lo dispuesto enel artículo 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento La-boral, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril(“B.O.E.” número 86 de 11 de abril).

Córdoba, a 3 de febrero del 2000.— El Director Provincial delINEM, Luis Barrena Cabello.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 1.900

Resolución sobre Responsabilidad EmpresarialN.º Expte: 14102209301

Examinada la documentación referente al asunto de que se tra-ta, y en atención a los siguientes:

Hechos1.º Con fecha 25 de enero del 2000, Recauchutados Sur, Socie-

dad Limitada, con domicilio en España, 6, 14500-Puente Genil, sele notificó la posible responsabilidad empresarial respecto al tra-

bajador don Francisco Gutiérrez Almeda, por: Existir descubiertode cotización durante el período de 02/1997 a 06/1997.

2.º En dicha notificación se le concedía el plazo de 10 días paraque formulara las alegaciones pertinentes, a tenor de lo dispuestoen la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85,de 2 de abril (“B.O.E.” número 109 de 7 de mayo).

3.º Que no presenta alegaciones en el plazo legalmente esta-blecido.

Fundamentos de Derecho1.º La letra c) del número 1 del artículo 32 del citado Real De-

creto autoriza al INEM a dictar Resolución sobre esta materia.Esta Dirección Provincial resuelve reconocer la responsabilidad

empresarial de esa empresa en la cuantía de: 155.474 pesetas,por existir descubierto de cotización durante el período de 02/1997a 06/1997.

Se le comunica que en aplicación de la letra c) del número 1 delartículo 32 del Real Decreto 625/85 deberá, en el plazo de 30 días,desde la notificación de esta Resolución, ingresar la cantidad cita-da en Caja Madrid, número c/c 2038910176000179362 RecursosDiversos Provinciales de la Dirección Provincial de la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social, y comunicar tal ingreso a la Direc-ción Provincial del INEM mediante el correspondiente justificantede Caja Madrid.

Transcurrido este plazo sin que haya efectuado la liquidación dela deuda se emitirá la correspondiente certificación de descubier-to, con lo que se iniciará la Vía de Apremio.

Se advierte que de no estar conforme con el acuerdo adoptado,dispone de 30 días contados desde la recepción de la presenteResolución, para interponer ante este Organismo, la preceptivaReclamación Previa a la Vía Jurisdiccional, según lo dispuesto enel artículo 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento La-boral, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril(“B.O.E.” número 86 de 11 de abril).

Córdoba, a 3 de febrero del 2000.— El Director Provincial delINEM, Luis Barrena Cabello.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 1.949

Resolución sobre Responsabilidad EmpresarialN.º Expte: 14101879602

Examinada la documentación referente al asunto de que se tra-ta, y en atención a los siguientes:

Hechos1.º Con fecha 17/01/2000, se le notificó la posible responsabili-

dad empresarial respecto al trabajador don Rafael Buendía Re-dondo por: Existir descubierto absoluto de cotización durante elperíodo de 07/1997 a 01/1998.

2.º En dicha notificación se le concedía el plazo de 10 días paraque formulara las alegaciones pertinentes, a tenor de lo dispuestoen la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85,de 2 de abril (“B.O.E.” número 109 de 7 de mayo).

3.º Que no presenta alegaciones en el plazo legalmente esta-blecido.

Fundamentos de Derecho1.º La letra c) del número 1 del artículo 32 del citado Real De-

creto autoriza al INEM a dictar Resolución sobre esta materia.Esta Dirección Provincial resuelve reconocer la responsabilidad

empresarial de la empresa Curvados de Aluminio de Castro, SL,con domicilio en Avda. Virgen del Mar, sin número, 14010-Córdo-ba, en la cuantía de: 349.740 pesetas, por existir descubierto ab-soluto de cotización durante el período de 07/1997 a 01/1998.

Se le comunica que en aplicación de la letra c) del número 1del artículo 32 del Real Decreto 625/85 deberá, en el plazo de30 días, desde la notificación de esta Resolución, ingresar lacantidad ci tada en Caja Madr id, núm. c/c20389810176000179362 Recursos Diversos Provinciales de laDirección Provincial de la Tesorería General de la SeguridadSocial, y comunicar tal ingreso a la Dirección Provincial delINEM mediante el correspondiente justificante de Caja Madrid.

Transcurrido este plazo sin que haya efectuado la liquidación dela deuda se emitirá la correspondiente certificación de descubier-to, con lo que se iniciará la Vía de Apremio.

Page 13: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

B. O. P. núm. 72 Martes, 28 de marzo del 2000 1357

Se advierte que de no estar conforme con el acuerdo adoptado,dispone de 30 días contados desde la recepción de la presenteResolución, para interponer ante este Organismo, la preceptivaReclamación Previa a la Vía Jurisdiccional, según lo dispuesto enel artículo 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento La-boral, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril(“B.O.E.” número 86 de 11 de abril).

Córdoba, a 8 de febrero del 2000.— El Director Provincial delINEM, Luis Barrena Cabello.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 1.961

Resolución sobre Responsabilidad EmpresarialN.º Expte: 14005990142

Examinada la documentación referente al asunto de que se tra-ta, y en atención a los siguientes:

Hechos1.º Con fecha 17/01/2000, se le notificó la posible responsabili-

dad empresarial respecto al trabajador don Ricardo CalderónRodríguez por: Existir descubierto absoluto de cotización duranteel período de 04/1997 a 11/1997.

2.º En dicha notificación se le concedía el plazo de 10 días paraque formulara las alegaciones pertinentes, a tenor de lo dispuestoen la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85,de 2 de abril (“B.O.E.” número 109 de 7 de mayo).

3.º Que no presenta alegaciones en el plazo legalmente esta-blecido.

Fundamentos de Derecho1.º La letra c) del número 1 del artículo 32 del citado Real De-

creto autoriza al INEM a dictar Resolución sobre esta materia.Esta Dirección Provincial resuelve reconocer la responsabilidad

empresarial de la empresa Edificio Santa María de Gracia, condomicilio en Cruz Conde, 13, 14008-Córdoba, en la cuantía de:2.447.100 pesetas, por existir descubierto absoluto de cotizacióndurante el período de 04/1997 a 11/1997.

Se le comunica que en aplicación de la letra c) del número 1del artículo 32 del Real Decreto 625/85 deberá, en el plazo de30 días, desde la notificación de esta Resolución, ingresar lacantidad ci tada en Caja Madr id, núm. c/c20389810176000179362 Recursos Diversos Provinciales de laDirección Provincial de la Tesorería General de la SeguridadSocial, y comunicar tal ingreso a la Dirección Provincial delINEM mediante el correspondiente justificante de Caja Madrid.

Transcurrido este plazo sin que haya efectuado la liquidación dela deuda se emitirá la correspondiente certificación de descubier-to, con lo que se iniciará la Vía de Apremio.

Se advierte que de no estar conforme con el acuerdo adoptado,dispone de 30 días contados desde la recepción de la presenteResolución, para interponer ante este Organismo, la preceptivaReclamación Previa a la Vía Jurisdiccional, según lo dispuesto enel artículo 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento La-boral, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril(“B.O.E.” número 86 de 11 de abril).

Córdoba, a 8 de febrero del 2000.— El Director Provincial delINEM, Luis Barrena Cabello.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 1.962

Comunicación sobre Responsabilidad EmpresarialTras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha

comprobado el incumplimiento por parte de la empresa Cradisur,S.L., domiciliada en calle Sevilla, 2, 14003-Córdoba, de sus obli-gaciones respecto a la trabajadora doña María del Carmen HinojosaIzquierdo, en cuanto a:

Existir descubierto de cotización absoluta durante el período de10/1997 a 04/1998.

Ello supone una responsabilidad de esa empresa de 1.428.840pesetas, por el reconocimiento de una prestación por desempleo,cuyo titular es la mencionada trabajadora, y que asciende a una

cuantía de 1.428.840 pesetas, correspondiente al período de 23/04/98 al 22/10/99, todo ello de acuerdo con el artículo 220 de Tex-to Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobadopor Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“B.O.E.”, nú-mero 154, de 29/06/1994).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá ingresarla cantidad señalada en Caja Madrid, c/c 20389810176000179362de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de laTesorería General de la Seguridad Social, comunicando tal ingre-so a la Dirección Provincial del INEM, mediante el correspondientejustificante de Caja Madrid.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en laletra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de2 de abril (“B.O.E.”, número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10días a partir de la notificación de la presente comunicación paraformular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Trans-currido dicho plazo se emitirá la correspondiente Resolución.

Por otro lado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común, con la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 deenero, y en la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dichoartículo, se le comunica también lo siguiente:

El número del expediente que se inicia con esta Comunicaciónes: 14100906972.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de 3 meses, desdela fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución perti-nente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimientoy se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que elINEM, pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la ac-ción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expedientepodrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Córdoba, a 8 de febrero del 2000.— El Director Provincial delINEM, Luis Barrena Cabello.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 1.963

Resolución sobre Responsabilidad EmpresarialN.º Expte: 14004286376

Examinada la documentación referente al asunto de que se tra-ta, y en atención a los siguientes:

Hechos1.º Con fecha 17/01/2000, se le notificó la posible responsabili-

dad empresarial respecto al trabajador don Salvador Carmona Larapor: Existir descubierto de cotización absoluto durante el períodode 06/1997 a 12/1997.

2.º En dicha notificación se le concedía el plazo de 10 días paraque formulara las alegaciones pertinentes, a tenor de lo dispuestoen la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85,de 2 de abril (“B.O.E.” número 109 de 7 de mayo).

3.º Que no presenta alegaciones en el plazo legalmente esta-blecido.

Fundamentos de Derecho1.º La letra c) del número 1 del artículo 32 del citado Real De-

creto autoriza al INEM a dictar Resolución sobre esta materia.Esta Dirección Provincial resuelve reconocer la responsabilidad

empresarial de la empresa Victoriano Molina Domínguez, con do-micilio en Rosalas, 1, 14001-Córdoba, en la cuantía de: 2.545.200pesetas, por existir descubierto de cotización absoluto durante elperíodo de 06/1997 a 12/1997.

Se le comunica que en aplicación de la letra c) del número 1del artículo 32 del Real Decreto 625/85 deberá, en el plazo de30 días, desde la notificación de esta Resolución, ingresar lacantidad ci tada en Caja Madr id, núm. c/c20389810176000179362 Recursos Diversos Provinciales de laDirección Provincial de la Tesorería General de la SeguridadSocial, y comunicar tal ingreso a la Dirección Provincial delINEM mediante el correspondiente justificante de Caja Madrid.

Transcurrido este plazo sin que haya efectuado la liquidación de

Page 14: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

1358 Martes, 28 de marzo del 2000 B. O. P. núm. 72

la deuda se emitirá la correspondiente certificación de descubier-to, con lo que se iniciará la Vía de Apremio.

Se advierte que de no estar conforme con el acuerdo adoptado,dispone de 30 días contados desde la recepción de la presenteResolución, para interponer ante este Organismo, la preceptivaReclamación Previa a la Vía Jurisdiccional, según lo dispuesto enel artículo 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento La-boral, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril(“B.O.E.” número 86 de 11 de abril).

Córdoba, a 8 de febrero del 2000.— El Director Provincial delINEM, Luis Barrena Cabello.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 1.964

Resolución sobre Responsabilidad EmpresarialN.º Expte: 14009365944

Examinada la documentación referente al asunto de que se tra-ta, y en atención a los siguientes:

Hechos1.º Con fecha 17/01/2000, se le notificó la posible responsabili-

dad empresarial respecto a la trabajadora doña Montserrat SusínOrtas por: Existir descubierto de cotización durante el período de07/1997 a 12/1997.

2.º En dicha notificación se le concedía el plazo de 10 días paraque formulara las alegaciones pertinentes, a tenor de lo dispuestoen la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85,de 2 de abril (“B.O.E.” número 109 de 7 de mayo).

3.º Que no presenta alegaciones en el plazo legalmente esta-blecido.

Fundamentos de Derecho1.º La letra c) del número 1 del artículo 32 del citado Real De-

creto autoriza al INEM a dictar Resolución sobre esta materia.Esta Dirección Provincial resuelve reconocer la responsabilidad

empresarial de la empresa Exhoa, S.L., con domicilio en Avda.Menéndez Pidal, sin número, 14004-Córdoba, en la cuantía de:265.637 pesetas, por existir descubierto de cotización durante elperíodo de 07/1997 a 12/1997.

Se le comunica que en aplicación de la letra c) del número 1del artículo 32 del Real Decreto 625/85 deberá, en el plazo de30 días, desde la notificación de esta Resolución, ingresar lacantidad ci tada en Caja Madr id, núm. c/c20389810176000179362 Recursos Diversos Provinciales de laDirección Provincial de la Tesorería General de la SeguridadSocial, y comunicar tal ingreso a la Dirección Provincial delINEM mediante el correspondiente justificante de Caja Madrid.

Transcurrido este plazo sin que haya efectuado la liquidación dela deuda se emitirá la correspondiente certificación de descubier-to, con lo que se iniciará la Vía de Apremio.

Se advierte que de no estar conforme con el acuerdo adoptado,dispone de 30 días contados desde la recepción de la presenteResolución, para interponer ante este Organismo, la preceptivaReclamación Previa a la Vía Jurisdiccional, según lo dispuesto enel artículo 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento La-boral, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril(“B.O.E.” número 86 de 11 de abril).

Córdoba, a 8 de febrero del 2000.— El Director Provincial delINEM, Luis Barrena Cabello.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 1.965

Resolución sobre Responsabilidad EmpresarialN.º Expte: 14102360861

Examinada la documentación referente al asunto de que se tra-ta, y en atención a los siguientes:

Hechos1.º Con fecha 17/01/2000, se le notificó la posible responsabili-

dad empresarial respecto a la trabajadora doña Rosario Ariza Pérezpor: Existir descubierto absoluto de cotización durante el períodode 04/1997 a 11/1997.

2.º En dicha notificación se le concedía el plazo de 10 días paraque formulara las alegaciones pertinentes, a tenor de lo dispuestoen la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85,de 2 de abril (“B.O.E.” número 109 de 7 de mayo).

3.º Que no presenta alegaciones en el plazo legalmente esta-blecido.

Fundamentos de Derecho1.º La letra c) del número 1 del artículo 32 del citado Real De-

creto autoriza al INEM a dictar Resolución sobre esta materia.Esta Dirección Provincial resuelve reconocer la responsabilidad

empresarial de la empresa Larigo, S.L., con domicilio en Periodis-ta Quesada Chacón, 13, 14005-Córdoba, en la cuantía de: 723.240pesetas, por existir descubierto absoluto de cotización durante elperíodo de 04/1997 a 11/1997.

Se le comunica que en aplicación de la letra c) del número 1del artículo 32 del Real Decreto 625/85 deberá, en el plazo de30 días, desde la notificación de esta Resolución, ingresar lacantidad citada en Caja Madrid, número cuenta corriente20389810176000179362 Recursos Diversos Provinciales de laDirección Provincial de la Tesorería General de la SeguridadSocial, y comunicar tal ingreso a la Dirección Provincial delINEM mediante el correspondiente justificante de Caja Madrid.

Transcurrido este plazo sin que haya efectuado la liquidación dela deuda se emitirá la correspondiente certificación de descubier-to, con lo que se iniciará la Vía de Apremio.

Se advierte que de no estar conforme con el acuerdo adoptado,dispone de 30 días contados desde la recepción de la presenteResolución, para interponer ante este Organismo, la preceptivaReclamación Previa a la Vía Jurisdiccional, según lo dispuesto enel artículo 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento La-boral, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril(“B.O.E.” número 86 de 11 de abril).

Córdoba, a 8 de febrero del 2000.— El Director Provincial delINEM, Luis Barrena Cabello.

Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesINSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO

Dirección ProvincialCÓRDOBANúm. 2.097

Resolución sobre Responsabilidad EmpresarialN.º Expte: 14005990142

Examinada la documentación referente al asunto de que se tra-ta, y en atención a los siguientes:

Hechos1.º Con fecha 17/01/2000, se le notificó la posible responsabili-

dad empresarial respecto al trabajador don Antonio Calderón Díazpor: Existir descubierto absoluto durante el período de 04/1997 a11/1997.

2.º En dicha notificación se le concedía el plazo de 10 días paraque formulara las alegaciones pertinentes, a tenor de lo dispuestoen la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85,de 2 de abril (“B.O.E.” número 109 de 7 de mayo).

3.º Que no presenta alegaciones en el plazo legalmente esta-blecido.

Fundamentos de Derecho1.º La letra c) del número 1 del artículo 32 del citado Real De-

creto autoriza al INEM a dictar Resolución sobre esta materia.Esta Dirección Provincial resuelve reconocer la responsabilidad

empresarial de la empresa Edit. Santa María de Gracia, S.A., condomicilio en Cruz Conde, 13, 14008-Córdoba, en la cuantía de:2.091.060 pesetas, por existir descubierto absoluto durante el pe-ríodo de 04/1997 a 11/1997.

Se le comunica que en aplicación de la letra c) del núme-ro 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 deberá, en elplazo de 30 días, desde la notificación de esta Resolución,ingresar la cantidad citada en Caja Madrid, número cuentacorriente 20389810176000179362 Recursos Diversos Pro-vinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería Generalde la Seguridad Social, y comunicar tal ingreso a la Direc-ción Provincial del INEM mediante el correspondiente justi-ficante de Caja Madrid.

Transcurrido este plazo sin que haya efectuado la liquidación dela deuda se emitirá la correspondiente certificación de descubier-to, con lo que se iniciará la Vía de Apremio.

Page 15: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

B. O. P. núm. 72 Martes, 28 de marzo del 2000 1359

Se advierte que de no estar conforme con el acuerdo adoptado,dispone de 30 días contados desde la recepción de la presenteResolución, para interponer ante este Organismo, la preceptivaReclamación Previa a la Vía Jurisdiccional, según lo dispuesto enel artículo 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento La-boral, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril(“B.O.E.” número 86 de 11 de abril).

Córdoba, a 8 de febrero del 2000.— El Director Provincial delINEM, Luis Barrena Cabello.

————————

Ministerio de Industria y EnergíaDIRECCIÓN GENERAL DE LA ENERGÍA

MADRIDNúm. 1.981

Resolución de 11 de noviembre de 1999, de la Dirección Ge-neral de la Energía, por la que se aprueban las nuevas tari-fas y precios de los suministros de gas natural y gasesmanufacturados por canalización para usos domésticos ycomerciales.La Orden de 10 de mayo de 1999 por la que se aprueban las

nuevas tarifas y precios de los suministros de gas natural parausos domésticos y comerciales y gases manufacturados por cana-lización establece, en su apartado segundo, que el coste unitariode la materia prima (Cmp) se calculará mensualmente de acuerdocon la fórmula del apartado primero, y el precio de referencia semodificará siempre que las variaciones del Cmp suponga unamodificación al alza o a la baja superior al 2 por 100 de dichoprecio. Por la Dirección General de la Energía se efectuarán loscálculos para la aplicación de lo previsto en el párrafo anterior y sedictará Resolución correspondiente, que se publicará en el “Bole-tín Oficial del Estado” y entrará en vigor el tercer martes del mesposterior a la variación del coste medio de adquisición de la mate-ria prima, en su caso.

En el apartado cuarto de la citada Orden se indica que la varia-ción porcentual del nuevo precio medio de referencia vigente seaplicará a los términos fijos y de energía de las tarifas vigentes, yen el apartado quinto se indica cómo se calcula el precio de trans-ferencia a las empresas concesionarias de distribución y suminis-tro de gas natural por canalización.

En su apartado décimo, la citada Orden faculta a la DirecciónGeneral de la Energía del Ministerio de Industria y Energía paradictar las disposiciones complementarias necesarias para el desa-rrollo y ejecución de la presente Resolución.

En cumplimiento de lo indicado anteriormente y con el fin dehacer públicos los nuevos precios de gas natural y gases manu-facturados para usos domésticos y comerciales, esta DirecciónGeneral de la Energía ha resuelto lo siguiente:

Primero.— Desde las cero horas del día 16 de noviembrede 1999, el precio de referencia, el precio de transferenciay las tarifas de venta aplicables a los suministros de gasnatural y gases manufacturados por canalización para usosdomésticos y comerciales, según modalidades de suminis-tro, excluídos impuestos, serán los que se indican a conti-nuación:

1. Precio medio de referencia: 6,8952 pesetas/termia.2. Precio de transferencia a las empresas autorizadas a la dis-

tribución y suministro de gas natural por canalización: 2,1195 pe-setas/termia.

3. Tarifas de combustibles gaseosos por canalización para su-ministros domésticos y comerciales:

ReferenciasTarifas de aplicación Término fijo Término energía

——— —— — ———Termias/año Pesetas/año Pesetas/termia

1. Tarifas parausos domésticos:

D1:Usuarios depequeño consumo:

Hasta 5.000 4.369 7,012D2:Usuarios de

consumo medio:Superior a 5.000 10.094 5,868D3:Usuarios de

gran consumo:Superior a 50.000 106.930 3,931

2. Tarifas parausos comerciales:

C1:Usuarios depequeño consumo:

Hasta 40.000 8.738 7,012C2:Usuarios de

consumo medio:Superior a 40.000 54.515 5,868C3:Usuarios de

gran consumo:Superior a 120.000 286.920 3,931Segundo.— Las facturaciones de los consumos correspondien-

tes a los suministros de gas natural y gas manufacturado por ca-nalización medidos por contador, relativas al período que incluyala fecha de entrada en vigor de esta Resolución o, en su caso, deotras Resoluciones u Orden anteriores o posteriores relativas almismo período de facturación, se calcularán repartiendo propor-cionalmente el consumo total correspondiente al período factura-do a los días anteriores y posteriores a cada una de dichas fechas,aplicando a los consumos resultantes del reparto los precios quecorresponden a las distintas Resoluciones aplicables.

Tercero.— Las empresas autorizadas para la distribución y su-ministro de gas natural y gas manufacturado por canalización parausos domésticos y comerciales adoptarán las medidas necesariaspara la determinación de los consumos periódicos efectuados porcada uno de los clientes, a efectos de proceder a la correcta apli-cación de los precios de gas natural a que se refiere la presenteResolución.

Madrid, 11 de noviembre de 1999.— El Director General, Anto-nio Gomis Sáez.Asunto: Resolución por la que se establecen los nuevos pre-

cios de aplicación para el suministro de gas natural y ga-ses manufacturados por canalización para usos domésti-cos y comerciales a partir de las 0 horas del 16 de noviem-bre de 1999.La Orden del Ministerio de Industria y Energía de 10 de mayo de

1999 por la que se aprueban las nuevas tarifas y precios de lossumimistros de gas natural y gases manufacturados por canaliza-ción para usos domésticos y comerciales y alquiler de contadores,establece en su apartado segundo que el Coste unitario de la ma-teria prima (Cmp), se calculará mensualmente de acuerdo con lafórmula del apartado primero de la citada Orden Ministerial y elprecio de referencia se modificará siempre que las variaciones delCmp supongan una modificación al alza o a la baja superior al 2por 100 de dicho precio.

De acuerdo con lo anterior, la Resolución de la Dirección Gene-ral de la Energía de 11 de noviembre de 1999 (“B.O.E.” de 13 denoviembre) por la que se aprueban las nuevas tarifas y precios delos suministros de gas natural y gases manufacturados por canali-zación para usos domésticos y comerciales, estableció en su apar-tado primero los valores del precio medio de referencia (6,8952pts./termia) y las tarifas en vigor a partir de las 0 horas del día 16de noviembre de 1999.

La citada Orden Ministerial de 10 de mayo de 1999, en su apar-tado séptimo faculta a la Dirección General de la Energía del Mi-nisterio de Industria y Energía para determinar para cada una delas empresas distribuidoras de combustibles gaseosos por canali-zación y áreas de distribución, los precios de venta de aplicaciónen la estructura de tarifas unificadas, correspondientes a los sumi-nistros de combustible gaseosos por canalización para usos do-mésticos y comerciales, en razón de los tipos de gases suministra-dos y de sus correspondientes poderes caloríficos.

Por consiguiente y en cumplimiento de lo indicado anteriormen-te, esta Dirección General de la Energía, ha resuelto:

1. Aprobar los precios de venta de aplicación en la estructurade tarifas unificadas de los suministros de gases combustibles porcanalización para usos domésticos y comerciales. Dichas tarifas yprecios serán los que se detallan en el Anexo que acompaña a lapresente Resolución.

2. La Empresa Distribuidora no podrá aplicar, en ningún caso,para los suministros de gases combustibles por canalización parausos domésticos y comerciales otras tarifas y precios superoresde los incluidos en el citado Anexo.

3. Los nuevos precios que figuran en el Anexo serán de aplica-ción para las facturaciones de los consumos efectuados a partir de

Page 16: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

1360 Martes, 28 de marzo del 2000 B. O. P. núm. 72

las cero horas del día 16 de noviembre de 1999, fecha de entradaen vigor de la Resolución de la Dirección General de la Energía de11 de noviembre de 1999, que aprobó las nuevas tarifas y preciosde los suministros de gas natural y gases manufacturados por ca-nalización para usos domésticos y comerciales.

Las facturaciones de los consumos que correspondan a perío-dos que incluya la citada fecha, se calcularán repartiendo propor-cionalmente el consumo total del período facturado, a los días an-teriores y posteriores a dicha fecha, y aplicando a las cantidadesresultantes del reparto los precios antiguos y nuevos respectiva-mente.

4. Los precios de venta de gases combustibles que figuran enel Anexo, que acompaña a la presente Resolución, no incluyen elImpuesto sobre el valor Añadido, que se repercutirá separadamenteen las correspondientes facturas.

5. A partir de la entrada en vigor de las tarifas aprobadas por la

citada Resolución de 11 de noviembre de 1999, los abonados po-drán elegir, entre las establecidas, la tarifa o tarifas más conve-nientes a sus intereses, siempre que el tiempo transcurrido desdela anterior elección sea superior a doce meses. Una vez elegida lamodalidad o tipo de tarifa deberá mantenerse por un período míni-mo de doce meses.

6. Los nuevos precios que figuran en el Anexo que acompañaa la presente Resolución, deberán ser publicados en el BOLETÍNOFICIAL de la Provincia para general conocimiento de los usua-rios.

Contra la presente Resolución podrá interponerse en el plazode un mes, Recurso de Alzada, ante el Excmo. señor Secretariode Estado de Industria y Energía, de acuerdo con lo establecidoen la Ley 4/1999, de 14 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El Director General de la Energía, Antonio Gomis Sáez.

A N E X OGAS ANDALUCÍA, S.A.

Tarifas y precios de gas natural de 10,125 ta/m3 de PCS para usos domésticos y comerciales, en las áreas de distribuciónde la Provincia de Córdoba.

LímitesTarifas de aplicación Término fijo Término energía

Termias/año Ptas./año Ptas./termia Ptas./kwh Ptas./m3 PCS (te/m3)

10,125

Usos domésticos:D1: Usuarios de pequeño consumo: Hasta 5.000 4.369 7,012 6,030 70,997D2: Usuarios de consumo medio: Superior 5.000 10.094 5,868 5,046 59,414D3: Usuarios de gran consumo: Superior 50.000 106.930 3,931 3,381 39,801

Usos comerciales:C1: Usuarios de pequeño consumo: Hasta 40.000 8.738 7,012 6,030 70,997C2: Usuarios de consumo medio: Superior 40.000 54.515 5,868 5,046 59,414C3: Usuarios de gran consumo: Superior 120.000 286.920 3,931 3,381 39,801

JUNTA DE ANDALUCÍAConsejería de Obras Públicas y Transportes

Delegación ProvincialCÓRDOBANúm. 2.217

Expediente de Desahucio Administrativo: DA-CO-47/99Con fecha 18 de febrero del 2000, por el Iltmo. señor Delegado

Provincial, se dictó la siguiente Resolución en el expediente dedesahucio administrativo DA-CO-47/99:

“Visto el expediente de desahucio administrativo número 47/99,incoado contra don Rafael Salado Caballero, beneficiario de la vi-vienda de Protección Oficial, sita en Patio Poeta Gabriel Celaya,Bloque 12-bajo-1, de la Barriada de Las Moreras, de esta capital,amparada por el expediente de construcción CO-90/090-V, por in-fracción del régimen legal que regula las viviendas de ProtecciónOficial, y

Resultando: Que con fecha 2 de febrero del 2000, el Instructordel expediente formuló Propuesta de Resolución, en la que, decla-rando probado que el expedientado don Rafael Salado Caballero,no destina a domicilio habitual y permanente la vivienda sita enPatio Poeta Gabriel Celaya, Bloque 12, piso Bajo-1, de la Barriadade Las Moreras, de esta capital, y en su parte dispositiva se propo-ne la resolución del contrato otorgado entre Delegación Provincialy el expedientado, y proceder en caso de no desalojo, al lanza-miento de cuantas personas, muebles y enseres se encontrarenen la vivienda.

Resultando: Que notificada la Propuesta de Resolución al inte-resado, no ha presentado escrito de alegaciones.

Resultando: Que en la tramitación del expediente se han obser-vado las normas procedimentales previstas en el artículo 142 delReglamento de Viviendas de Protección Oficial de 24 de julio de1968 para la tramitación del expediente de desahucio administrati-vo, teniendo en cuenta la tramitacióln con carácter de urgencia,fue declarada por Orden de 19 de enero de 1978, para los expe-dientes de desahucio incoados en viviendas de Protección Oficialpropiedad de los extinguidos Instituto Nacional de la Vivienda yObra Sindical del Hogar.

Considerando: Que no han sido desvirtuados los hechos decla-rados probados y que constituyen la causa especial de desahucioadministrativo tipificada con el número 6 de los artículos 30 delTexto Refundido de la Legislación de Viviendas de Protección Ofi-cial aprobado por Decreto 2.960/76, de 12 de noviembre y 138 del

Reglamento de Viviendas de Protección Oficial de 24 de julio de1968.

Considerando: Que de conformidad con lo dispuesto en los artí-culos 30 y 141 del Texto Refundido y Reglamento antes citados, laDelegación Provincial de la Consejería de Política Territorial, envirtud del Real Decreto 3.481/1983, de 28 de diciembre, sobre tras-paso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autóno-ma de Andalucía, en materia de Patrimonio Arquitectónico, controlde calidad de la edificación y vivienda, y el Decreto 39/1984, de 29de febrero, de la Consejería de Política Territorial y Energía, sobreasignación de funciones y posteriormente por Decretos de la Pre-sidencia 130/86, de 30 de julio, sobre restructuración de lasConsejerías y Decreto 259/86, de 17 de septiembre, sobrerestructuración de las Delegaciones Provinciales, se asigna a lasDelegaciones Provinciales de la Consejería de Obras Públicas yTransportes, las funciones para poder acordar el desahucio, y ensu caso, el lanzamiento de los arrendatarios, o beneficiarios de lasviviendas, locales de negocio o servicios complementarios de supropiedad cuando concurra cualquiera de las causas tipificadasen el artículo 30 de la Ley y 138 de su Reglamento.

Considerando: Que es competente esta Delegación Provincialpara la resolución del expediente, en virtud de lo dispuesto en elDecreto 86/1984, de 3 de abril, sobre atribución de funciones enlas Delegaciones Provinciales.

Vistos los preceptos legales citados, la Ley de ProcedimientoAdministrativo y demás normas de general aplicación, esta Dele-gación Provincial, aceptando la propuesta formulada por el Ins-tructor del expediente,

ACUERDAResolver el contrato otorgado entre Delegación Provincial y don

Rafael Salado Caballero, respecto de la vivienda sita en Patio Poe-ta Gabriel Celaya, Bloque 12, Bajo-1, de la Barriada de Las More-ras, de esta capital, requiriendo al expedientado para que desalojela vivienda en el plazo de treinta días hábiles a contar desde lanotificación de la resolución, con apercibimiento de proceder encaso contrario, al lanzamiento de cuantas personas, muebles yenseres se encontraren en la vivienda.

Córdoba, a 18 de febrero del 2000.— El Delegado Provincial,Francisco García Delgado. Rubricado”.

Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el artí-culo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, para conoci-

Page 17: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

B. O. P. núm. 72 Martes, 28 de marzo del 2000 1361

miento del expedientado don Rafael Salado Caballero, toda vezque el Servicio de Correos devuelve las notificaciones remitidas ala vivienda en cuestión con la indicación “Ausente”.

Se le advierte que en el plazo de un mes, contado a partir deldía siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la pre-sente Resolución, podrá interponer Recurso de Alzada, a travésde esta Delegación, ante el Excmo. señor Consejero de ObrasPúblicas y Transportes, y sin perjuicio de que pueda ejercitar cual-quier otro Recurso que estime procedente.

Córdoba, a 2 de marzo del 2000.— El Delegado Provincial, Fran-cisco García Delgado.

JUNTA DE ANDALUCÍAConsejería de Obras Públicas y Transportes

Delegación ProvincialCÓRDOBANúm. 2.245

Expte. de Construcción: CO-87/211-VCon fecha 22 de febrero del 2000, por el Iltmo. señor Delegado

Provincial, se dicta la siguiente Resolución:“Esta Delegación Provincial ha tenido conocimiento del falleci-

miento de don Enrique Ruano Salmoral, titular adjudicatario, enrégimen de arrendamiento de la vivienda de Promoción Públicasita en Patio La Voz del Pueblo, Bloque 5, piso 1º-1, de la Barriadade las Moreras, de esta capital, del Grupo de 71 viviendas acogi-das al expediente de construcción CO-87/211-V.

Resultando: Que don Enrique Ruano Salmoral había resulta-do adjudicatario de la vivienda de Protección Oficial, Promo-ción Pública, propiedad de la Consejería de Obras Públicas yTransportes de la Junta de Andalucía, situada en Patio La Vozdel Pueblo, Bloque 5, piso 1º-1, de la Barriada de las Moreras,de esta capital.

Resultando: Que se ha comprobado que el referido señor hafallecido, sin que ningún familiar haya solicitado subrogarse en losderechos y obligaciones del contrato.

Considerando: Que el artículo 16.1 de la Ley 29/94, de 24 denoviembre, de Arrendamientos Urbanos, en su último párrafo esta-blece: “Si al tiempo del fallecimiento del arrendatario no existieseninguna de estas personas (con derecho a subrogación) el arren-damiento quedará extinguido”.

Considerando: Que es competente para resolver el DelegadoProvincial, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 86/1984, de 3de abril, esta Delegación Provincial en uso de las facultades legal-mente atribuidas,

Ha acordado: Dar por extinguido el contrato de adjudicación enrégimen de arrendamiento, otorgado entre Delegación Provincial ydon Enrique Ruano Salmoral.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía adminis-trativa, podrá interponerse Recurso de Alzada, a través de estaDelegación, ante el Excmo. señor Consejero de Obras Públicas yTransportes, en el plazo de un mes, contado a partir del día si-guiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la presenteResolución, y sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otroRecurso que estime procedente”.

Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el artí-culo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, para conoci-miento de los posibles herederos de don Enrique Ruano Salmoral.

Córdoba, 22 de febrero del 2000.— El Delegado Provincial,Franscisco García Delgado.

————————JUNTA DE ANDALUCÍA

Consejería de Trabajo e IndustriaDelegación Provincial

CÓRDOBANúm. 1.713

Autorización Administrativa de Instalación EléctricaReferencia: Expediente A.T. 17/2000 JLC/rll

A los efectos prevenidos en el artículo 16º del Decreto 153/96,de 30 de abril, que aprueba el Reglamento de Informe Ambiental,se somete a información pública la instalación eléctrica de unalínea de alta tensión, cuyas características especiales se señalana continuación:

a) Peticionaria: Hnos. Jiménez Ruiz, C.B., con domicilio socialen Menéndez Pelayo, número 6, en Fernán Núñez (Córdoba).

b) Lugar donde se va a establecer la instalación: Finca“Barahona”, en Aguilar de la Frontera (Córdoba).

c) Finalidad de la instalación: Suministrar energía eléctrica a lafinca.

d) Características principales: Línea aérea a 15 Kv. de1.100 metros de longitud y un centro de transformación de10 Kva.

Lo que se hace público para que pueda ser examinado el pro-yecto de la instalación en esta Delegación Provincial de Trabajo eIndustria de la Junta de Andalucía, sita en calle Tomás de Aquino,1, y formularse al mismo las reclamaciones, por duplicado, que seestimen oportunas en el plazo de veinte días, contados a partir delsiguiente al de la publicación de este anuncio.

Córdoba, a 14 de febrero del 2000— El Delegado Provincial,Antonio Poyato Poyato.

JUNTA DE ANDALUCÍAConsejería de Trabajo e Industria

Delegación ProvincialCÓRDOBANúm. 1.875

Autorización Administrativa de Instalación EléctricaExpediente A.T. 33/2000

A los efectos previstos en la Ley 54/1997, de 20 de noviem-bre del Sector Eléctrico, los Decretos 2.617/66 y 2.619/66,ambos del 20 de octubre y Decreto 292/95, de 12 de diciem-bre, que aprueba el Reglamento de Evaluación de ImpactoAmbiental, se somete a información pública la instalación deuna línea eléctica de alta tensión, cuyas características espe-ciales se señalan a continuación:

a) Peticionaria: Compañía Sevillana de Electricidad, SociedadAnónima, con domicilio en Avenida de la Borbolla, número 5, enSevilla.

b) Lugar donde se va a establecer la instalación: SubestaciónPriego de Córdoba (Córdoba).

c) Finalidad de la instalación: Mejora de la calidad de servicio.d) Características principales:Longitud: 15,5 km.Tipo, Aérea S/C.Tensión de Servicio, 66 Kv.Cable de tierra, AC-50.Apoyos, metálicos galvanizados.Conductores, LA-180.Aislamiento, Cadenas U-70 BS.e) Procedencia de los materiales: Nacional.f) Presupuesto: 77.496.000 pesetas.Lo que se hace público para que pueda ser examinado el pro-

yecto de la instalación en esta Delegación Provincial de Trabajo eIndustria de la Junta de Andalucía, sita en calle Tomás de Aquino,1, y formularse al mismo las reclamaciones, por duplicado, que seestimen oportunas en el plazo de 30 días, contados a partir delsiguiente al de la publicación de este anuncio.

Córdoba, 17 de febrero del 2000.— El Delegado Provincial, An-tonio Poyato Poyato.

————————JUNTA DE ANDALUCÍA

Consejería de Trabajo e IndustriaDelegación Provincial

CÓRDOBANúm. 2.643

Negociado de Depósito de Estatutos de OrganizacionesProfesionales del Centro de Mediación, Arbitraje y

ConciliaciónEn cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4.º del Real De-

creto 873/1977, de 22 de abril, y a los efectos previstos en el mis-mo, se hace público que en este Negociado y a las 11 horas deldía 2 de marzo del presente año, han sido depositados los Estatu-tos Modificados de la Organización Profesional denominada “Aso-ciación de Empresarios de Nueva Carteya” 14/517, cuyos ámbitosterritorial y profesional son, Local y de Empresarios, siendo suspromotores don Segundo López Linares, don Valetín Muñoz Oterosy otros.

Córdoba, a 2 de marzo del 2000.— El Director del C.M.A.C.,Fernando Serrano González.

————————

Page 18: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

1362 Martes, 28 de marzo del 2000 B. O. P. núm. 72

JUNTA DE ANDALUCÍAConsejería de Salud

Delegación ProvincialCÓRDOBANúm. 2.543

A N U N C I OResolución de la Delegación Provincial de Salud de Córdoba, por

la que se hace pública la Resolución que se cita.A los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común, e intentada sin efectos la notificación de laResolución recaída en el expediente iniciado por esta DelegaciónProvincial a la industria propiedad de Frigoríficos Puente de Hie-rro, para que formulase solicitud de Convalidación o Baja en elRegistro General Sanitario de Alimentos, se pone en su conoci-miento que con fecha 10 de febrero del 2000, se ha procedido porparte de la Ilustrísima señora Directora General de Salud Pública yParticipación a dictar la siguiente Resolución:

Visto el expediente de la industria propiedad de Frigoríficos Puen-te de Hierro, con n.º R.S.: 10.0001674/CO, dedicada a la actividadde: Fabricación y/o elaboración y/o transformación de carne decaza, y almacenamiento de carne y carne de caza, con domicilioen Alcor de la Sierra de Córdoba, Palomeras, de Córdoba.

I. Antecedentes de hechoPrimero.— Con fecha 19 de junio de 1980, la mencionada indus-

tria quedó inscrita en el Registro General Sanitario de Alimentos.Segundo.— Con fecha 23 de marzo de 1999 (número de salida

8807 de 24 de marzo de 1999), se le requiere por carta con acusede recibo para que formule la solicitud de Convalidación o de Baja,en el plazo de 10 días.

Tercero.— Se devuelve el requerimiento por correos.Cuarto.— Con fecha 25 de noviembre de 1999 se publica en el

B.O.J.A. el requerimiento para que formule la solicitud de Convali-dación o de Baja, en el plazo de 10 días. Transcurrido dicho plazo,no se recibe contestación alguna por parte de la interesada.

Quinto.— Con fecha 31 de enero del 2000 tiene entrada en laConsejería de Salud, la Propuesta de Anulación de la AutorizaciónSanitaria de Funcionamiento debidamente motivada.

II. Fundamentos de DerechoPrimero.— Que esta Dirección General es competente para adop-

tar la resolución pertinente en virtud de las atribuciones que leconfiere el artículo 5.º del Decreto 317/96, de 2 de julio, sobre lareestructuración de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluzde Salud.

Segundo.— Que revisada la documentación mencionada y deconformidad con lo dispuesto en el artículo 9.2 del Real Decreto1.712/91, de 29 de noviembre, sobre Registro General Sanitariode Alimentos, la cancelación de los asientos registrales se produ-cirá a petición de interesado o de oficio por razones de exactituden el Registro.

Vistos los antecedentes expuestos, normativa citada y demásde general aplicación, esta Dirección General.

ResuelvePrimero.— La Anulación de la Autorización Sanitaria de Funcio-

namiento y, en consecuencia, se procede a la cancelación de laInscripción de la industria.

Segundo.— Notificar la presente Resolución a la interesada, conla indicación de que si desea impugnarla podrá interponer, de con-formidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 30/92, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, Recurso de Alza-da, ante el Ilustrísimo señor Viceconsejero de Salud, en el plazode un mes.

Córdoba, 7 de marzo del 2000.— El Delegado Provincial, JesúsM.ª Ruiz García.

JUNTA DE ANDALUCÍAConsejería de Salud

Delegación ProvincialCÓRDOBANúm. 2.544

A N U N C I OResolución de la Delegación Provincial de Salud de Córdoba, por

la que se hace pública la Resolución que se cita.A los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común, e intentada sin efectos la notificación de laResolución recaída en el expediente iniciado por esta DelegaciónProvincial a la industria propiedad de Industrias Cárnicas Cordo-besas, S.A., para que formulase solicitud de Convalidación o Bajaen el Registro General Sanitario de Alimentos, se pone en su co-nocimiento que con fecha 10 de febrero del 2000, se ha procedidopor parte de la Ilustrísima señora Directora General de Salud Pú-blica y Participación a dictar la siguiente Resolución:

Visto el expediente de la industria propiedad de IndustriasCárnicas Cordobesas, S.A., con n.º R.S.: 10.0001502/CO, dedica-da a la actividad de: Fabricación y/o elaboración y/o transforma-ción de productos cárnicos, carne picada y preparados de carne;almacenamiento de productos cárnicos y matadero, sala de des-piece de carnes, con domicilio en Ctra. Trassierra, km. 3’2,Turruñuelos, de Córdoba.

I. Antecedentes de hechoPrimero.— Con fecha 7 de abril de 1980, la mencionada indus-

tria quedó inscrita en el Registro General Sanitario de Alimentos.Segundo.— Con fecha 23 de marzo de 1999 (número de salida

8806 de 24 de marzo de 1999), se le requiere por carta con acusede recibo para que formule la solicitud de Convalidación o de Baja,en el plazo de 10 días.

Tercero.— Se devuelve el requerimiento por correos.Cuarto.— Con fecha 25 de noviembre de 1999 se publica en el

B.O.J.A. el requerimiento para que formule la solicitud de Convali-dación o de Baja, en el plazo de 10 días. Transcurrido dicho plazo,no se recibe contestación alguna por parte de la interesada.

Quinto.— Con fecha 31 de enero del 2000 tiene entrada en laConsejería de Salud, la Propuesta de Anulación de la AutorizaciónSanitaria de Funcionamiento debidamente motivada.

II. Fundamentos de DerechoPrimero.— Que esta Dirección General es competente para adop-

tar la resolución pertinente en virtud de las atribuciones que leconfiere el artículo 5.º del Decreto 317/96, de 2 de julio, sobre lareestructuración de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluzde Salud.

Segundo.— Que revisada la documentación mencionada y deconformidad con lo dispuesto en el artículo 9.2 del Real Decreto1.712/91, de 29 de noviembre, sobre Registro General Sanitariode Alimentos, la cancelación de los asientos registrales se produ-cirá a petición de interesado o de oficio por razones de exactituden el Registro.

Vistos los antecedentes expuestos, normativa citada y demásde general aplicación, esta Dirección General.

ResuelvePrimero.— La Anulación de la Autorización Sanitaria de Funcio-

namiento y, en consecuencia, se procede a la cancelación de laInscripción de la industria.

Segundo.— Notificar la presente Resolución a la interesada, conla indicación de que si desea impugnarla podrá interponer, de con-formidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 30/92, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, Recurso de Alza-da, ante el Ilustrísimo señor Viceconsejero de Salud, en el plazode un mes.

Córdoba, 7 de marzo del 2000.— El Delegado Provincial, JesúsM.ª Ruiz García.

JUNTA DE ANDALUCÍAConsejería de Salud

Delegación ProvincialCÓRDOBANúm. 2.545

A N U N C I OResolución de la Delegación Provincial de Salud de Córdoba, por

la que se hace pública la Resolución que se cita.A los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común, e intentada sin efectos la notificación de laResolución recaída en el expediente iniciado por esta DelegaciónProvincial a la industria propiedad de Euro-Aceites, S.A., para queformulase solicitud de Convalidación o Baja en el Registro GeneralSanitario de Alimentos, se pone en su conocimiento que con fecha10 de febrero del 2000, se ha procedido por parte de la Ilustrísima

Page 19: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

B. O. P. núm. 72 Martes, 28 de marzo del 2000 1363

señora Directora General de Salud Pública y Participación a dictarla siguiente Resolución:

Visto el expediente de la industria propiedad de Euro-Aceites,S.A., con n.º R.S.: 16.0002504/CO, dedicada a la actividad de:envasado de aceite de oliva, aceites de semillas oleaginosas, condomicilio en Polígono de las Quemadas, parc. 264, de Córdoba.

I. Antecedentes de hechoPrimero.— Con fecha 12 de marzo de 1992, la mencionada industria

quedó inscrita en el Registro General Sanitario de Alimentos.Segundo.— Con fecha 6 de abril de 1999 (número de salida

10517 de 9 de abril de 1999), se le requiere por carta con acuse derecibo para que formule la solicitud de Convalidación o de Baja, enel plazo de 10 días.

Tercero.— Se devuelve el requerimiento por correos.Cuarto.— Con fecha 25 de noviembre de 1999 se publica en el

B.O.J.A. el requerimiento para que formule la solicitud de Convali-dación o de Baja, en el plazo de 10 días. Transcurrido dicho plazo,no se recibe contestación alguna por parte de la interesada.

Quinto.— Con fecha 31 de enero del 2000 tiene entrada en laConsejería de Salud, la Propuesta de Anulación de la AutorizaciónSanitaria de Funcionamiento debidamente motivada.

II. Fundamentos de DerechoPrimero.— Que esta Dirección General es competente para adop-

tar la resolución pertinente en virtud de las atribuciones que leconfiere el artículo 5.º del Decreto 317/96, de 2 de julio, sobre lareestructuración de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluzde Salud.

Segundo.— Que revisada la documentación mencionada y deconformidad con lo dispuesto en el artículo 9.2 del Real Decreto1.712/91, de 29 de noviembre, sobre Registro General Sanitariode Alimentos, la cancelación de los asientos registrales se produ-cirá a petición de interesado o de oficio por razones de exactituden el Registro.

Vistos los antecedentes expuestos, normativa citada y demásde general aplicación, esta Dirección General.

ResuelvePrimero.— La Anulación de la Autorización Sanitaria de Funcio-

namiento y, en consecuencia, se procede a la cancelación de laInscripción de la industria.

Segundo.— Notificar la presente Resolución a la interesada, conla indicación de que si desea impugnarla podrá interponer, de con-formidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 30/92, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, Recurso de Alza-da, ante el Ilustrísimo señor Viceconsejero de Salud, en el plazode un mes.

Córdoba, 7 de marzo del 2000.— El Delegado Provincial, JesúsM.ª Ruiz García.

JUNTA DE ANDALUCÍAConsejería de Salud

Delegación ProvincialCÓRDOBANúm. 2.546

A N U N C I OResolución de la Delegación Provincial de Salud de Córdoba, por

la que se hace pública la Resolución que se cita.A los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común, e intentada sin efectos la notificación de laResolución recaída en el expediente iniciado por esta DelegaciónProvincial a la industria propiedad de C.B. Espartero y Ruano, paraque formulase solicitud de Convalidación o Baja en el RegistroGeneral Sanitario de Alimentos, se pone en su conocimiento quecon fecha 10 de febrero del 2000, se ha procedido por parte de laIlustrísima señora Directora General de Salud Pública y Participa-ción a dictar la siguiente Resolución:

Visto el expediente de la industria propiedad de C.B. Espartero yRuano, con n.º R.S.: 10.0008324/CO, dedicada a la actividad de:Fabricación y/o elaboración y/o transformación de productoscárnicos, carne picada y preparados de carne, con domicilio enTorres Quevedo, sin número, de Córdoba.

I. Antecedentes de hechoPrimero.— Con fecha 16 de junio de 1992, la mencionada indus-

tria quedó inscrita en el Registro General Sanitario de Alimentos.

Segundo.— Con fecha 23 de marzo de 1999 (número de salida8810 de 24 de marzo de 1999), se le requiere por carta con acusede recibo para que formule la solicitud de Convalidación o de Baja,en el plazo de 10 días.

Tercero.— Se devuelve el requerimiento por correos.Cuarto.— Con fecha 25 de noviembre de 1999 se publica en el

B.O.J.A. el requerimiento para que formule la solicitud de Convali-dación o de Baja, en el plazo de 10 días. Transcurrido dicho plazo,no se recibe contestación alguna por parte de la interesada.

Quinto.— Con fecha 31 de enero del 2000 tiene entrada en laConsejería de Salud, la Propuesta de Anulación de la AutorizaciónSanitaria de Funcionamiento debidamente motivada.

II. Fundamentos de DerechoPrimero.— Que esta Dirección General es competente para adop-

tar la resolución pertinente en virtud de las atribuciones que leconfiere el artículo 5.º del Decreto 317/96, de 2 de julio, sobre lareestructuración de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluzde Salud.

Segundo.— Que revisada la documentación mencionada y deconformidad con lo dispuesto en el artículo 9.2 del Real Decreto1.712/91, de 29 de noviembre, sobre Registro General Sanitariode Alimentos, la cancelación de los asientos registrales se produ-cirá a petición de interesado o de oficio por razones de exactituden el Registro.

Vistos los antecedentes expuestos, normativa citada y demásde general aplicación, esta Dirección General.

ResuelvePrimero.— La Anulación de la Autorización Sanitaria de Funcio-

namiento y, en consecuencia, se procede a la cancelación de laInscripción de la industria.

Segundo.— Notificar la presente Resolución a la interesada, conla indicación de que si desea impugnarla podrá interponer, de con-formidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 30/92, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, Recurso de Alza-da, ante el Ilustrísimo señor Viceconsejero de Salud, en el plazode un mes.

Córdoba, 7 de marzo del 2000.— El Delegado Provincial, JesúsM.ª Ruiz García.

JUNTA DE ANDALUCÍAConsejería de Salud

Delegación ProvincialCÓRDOBANúm. 2.547

A N U N C I OResolución de la Delegación Provincial de Salud de Córdoba, por

la que se hace pública la Resolución que se cita.A los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común, e intentada sin efectos la notificación de laResolución recaída en el expediente iniciado por esta DelegaciónProvincial a la industria propiedad de Industrias Frigarcía, S.A.,para que formulase solicitud de Convalidación o Baja en el Regis-tro General Sanitario de Alimentos, se pone en su conocimientoque con fecha 10 de febrero del 2000, se ha procedido por partede la Ilustrísima señora Directora General de Salud Pública y Par-ticipación a dictar la siguiente Resolución:

Visto el expediente de la industria propiedad de IndustriasFrigarcía, S.A., con n.º R.S.: 10.0006030/CO, dedicada a la activi-dad de: Matadero de aves, con domicilio en Ctra. de Rute, km. 3,de Lucena (Córdoba).

I. Antecedentes de hechoPrimero.— Con fecha 20 de agosto de 1987, la mencionada in-

dustria quedó inscrita en el Registro General Sanitario de Alimen-tos.

Segundo.— Con fecha 8 de abril de 1999 (número de salida10495 de 9 de abril de 1999), se le requiere por carta con acuse derecibo para que formule la solicitud de Convalidación o de Baja, enel plazo de 10 días.

Tercero.— Se devuelve el requerimiento por correos.Cuarto.— Con fecha 25 de noviembre de 1999 se publica en el

B.O.J.A. el requerimiento para que formule la solicitud de Convali-dación o de Baja, en el plazo de 10 días. Transcurrido dicho plazo,no se recibe contestación alguna por parte de la interesada.

Page 20: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

1364 Martes, 28 de marzo del 2000 B. O. P. núm. 72

Quinto.— Con fecha 31 de enero del 2000 tiene entrada en laConsejería de Salud, la Propuesta de Anulación de la AutorizaciónSanitaria de Funcionamiento debidamente motivada.

II. Fundamentos de DerechoPrimero.— Que esta Dirección General es competente para adop-

tar la resolución pertinente en virtud de las atribuciones que leconfiere el artículo 5.º del Decreto 317/96, de 2 de julio, sobre lareestructuración de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluzde Salud.

Segundo.— Que revisada la documentación mencionada y deconformidad con lo dispuesto en el artículo 9.2 del Real Decreto1.712/91, de 29 de noviembre, sobre Registro General Sanitariode Alimentos, la cancelación de los asientos registrales se produ-cirá a petición de interesado o de oficio por razones de exactituden el Registro.

Vistos los antecedentes expuestos, normativa citada y demásde general aplicación, esta Dirección General.

ResuelvePrimero.— La Anulación de la Autorización Sanitaria de Funcio-

namiento y, en consecuencia, se procede a la cancelación de laInscripción de la industria.

Segundo.— Notificar la presente Resolución a la interesada, conla indicación de que si desea impugnarla podrá interponer, de con-formidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 30/92, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, Recurso de Alza-da, ante el Ilustrísimo señor Viceconsejero de Salud, en el plazode un mes.

Córdoba, 7 de marzo del 2000.— El Delegado Provincial, JesúsM.ª Ruiz García.

DELEGACIÓN DE HACIENDACÓRDOBA

CENTRO DE GESTIÓN CATASTRAL Y COOPERACIÓNTRIBUTARIA

Gerencia TerritorialNúm. 2.028

La Secretaria General de la Subdelegación del Gobierno ha apro-bado y ordenado su inserción en el BOLETÍN OFICIAL de la Pro-vincia del siguiente anuncio:

Acuerdos y/o Resoluciones Catastrales, emitidos por esta Dele-gación Provincial (Gerencia Territorial), en la tramitación de los ex-pedientes por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles relacionados,que se notifican a los interesados de conformidad con lo estableci-do en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministraciónComún.Exp.— Sujeto Pasivo.— Objeto Tributario.— Localidad.

52.791-98; Antonio M. Cuadrado Rubio; C/. Duque de Rivas, 63;La Victoria.

51.380-99; Antonio Alhama Lucena; Cl. Padres Oblatos, 17;Aguilar.

Córdoba, 29 de febrero del 2000.– El Gerente Territorial, JoséMuro de Zaro Gil-Vargas.

———CENTRO DE GESTIÓN CATASTRAL Y COOPERACIÓN

TRIBUTARIAGerencia Territorial

Núm. 2.146La Secretaria General de la Subdelegación del Gobierno ha apro-

bado y ordenado su inserción en el BOLETÍN OFICIAL de la Pro-vincia del siguiente anuncio:

Acuerdos y/o Resoluciones Catastrales, emitidos por esta Dele-gación Provincial (Gerencia Territorial), en la tramitación de los ex-pedientes por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles relacionados,que se notifican a los interesados de conformidad con lo estableci-do en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministraciónComún.

Localidad: CórdobaExp.— Sujeto Pasivo.— Objeto Tributario.

665/2000, López Tamajón, Joaquín; José Dámaso Pepete, 9-1-29.

665/2000; Illanes Muñoz, José Fco.; José Dámaso Pepete, 9-1-76.

Córdoba, 29 de febrero del 2000.– El Gerente Territorial, JoséMuro de Zaro Gil-Vargas.

———Delegación Provincial de Economía y

HaciendaTesoro y Administración

Núm. 2.147Caja de Depósitos

La Secretaria General de la Subdelegación del Gobierno enCórdoba, ha aprobado y ordenado su inserción en el BOLETÍNOFICIAL de la Provincia del siguiente:

A N U N C I OSe pone en conocimiento de los propietarios de los resguardos

en metálico, relacionados a continuación, que se va a proceder asu prescripción, por haber transcurrido más de 20 años desde suconstitución. Transcurrido 1 mes, desde su publicación, si no hapresentado reclamación alguna, se ingresará su importe en el Te-soro:

Propietario: Henry Colomer, S.A. Dept.º n.º 56.513 de registro.Fecha 05/01/80. Autoridad: Excmo. Ayuntamiento de Córdoba. Im-porte: 130.000 pesetas.

Propietario: Vicente Vázquez Vázquez. Dept.º n.º 56.611 de re-gistro. Fecha 21/01/80. Autoridad: Instituo Nacional de Reforma yDesarrollo Agrario. Importe: 195.384 pesetas.

Propietario: Vicente Vázquez Vázquez. Dept.º n.º 56.612 de re-gistro. Fecha 21/01/80. Autoridad: Instituto Nacional de Reforma yDesarrollo Agrario. Importe: 195.434 pesetas.

Propietario: Dapa, S.A. Dept.º n.º 56.904 de registro. Fecha 29/02/80. Autoridad: Juzgado de 1.ª Instancia de Montilla. Importe:185.406 pesetas.

Propietario: Juzgado de Instrucción N.º 3 de Córdoba. Dept.º n.º56.988 de registro. Fecha 15/03/80. Autoridad: Juzgado de Instruc-ción N.º 3 de Córdoba. Importe: 90.454 pesetas.

Propietario: Francisco Poyatos López. Dept.º n.º 57.060 de re-gistro. Fecha 25/03/80. Autoridad: Juzgado de Instrucción N.º 3 deCórdoba. Importe: 100.000 pesetas.

Propietario: Secretario de Juzgado de 1.ª Instancia N.º 2 de Cór-doba. Dept.º n.º 57.199 de registro. Fecha 24/04/80. Autoridad: Juz-gado 1.ª Instancia N.º 2 de Córdoba. Importe: 344.275 pesetas.

Córdoba, 3 de marzo del 2000.— El Delegado de Economía yHacienda, José Paniagua Amo.

A Y U N T A M I E N T O SMONTURQUE

Núm. 385A N U N C I O

La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanis-mo de Córdoba, por Resolución de 21 de diciembre de 1999, acor-dó aprobar definitivamente, con consideraciones, el Plan Parcialde Sector de Suelo Apto para Urbanizar P.P.I. 1 (Polígono Indus-trial Santa Ana) de desarrollo de la correspondiente Modificaciónde las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Municipio, pro-movido por don José López López; por lo que conforme a lo dis-puesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladorade las Bases de Régimen Local, en su redacción dada por la Ley39/1984, de 30 de diciembre, se hace público el texto completo delas Ordenanzas Reguladoras, incluidas en dicho documento y quese inserta a continuación.

Monturque, 12 de enero del 2000.— El Alcalde, Antonio RayaAmo.

ORDENANZASA) GENERALIDADES Y TERMINOLOGÍA DE CONCEPTOS.ARTICULO 1º.-ÁMBITO: Las presentes ordenanzas tienen como finalidad la re-

gulación en materia urbanística de los terrenos del Polígono In-dustrial Santa Ana de MONTURQUE (Córdoba), previsto en la MO-DIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DEPLANEAMIENTO DE SU TÉRMINO MUNICIPAL, y a ellas debe-rán atenerse todas las industrias que se ubiquen en el menciona-do Polígono.

Su contenido desarrolla lo dispuesto en las Normas Urbanísti-

Page 21: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

B. O. P. núm. 72 Martes, 28 de marzo del 2000 1365

cas de las aludidas Normas Subsidiarias, de las cuales tienen ca-rácter complementario.

ARTICULO 2º.-PARCELA MÍNIMA: Se define como tal el terreno de superficie

mínima apta para el uso a que sea destinada en el presente PlanParcial, por debajo de la cual no esta permitido tal uso. En el casode que dicho uso comprenda la edificación, deberá tener carácterde solar, tal como se define en la Ley del Suelo.

ARTICULO 3º.-ALINEACIÓN OFICIAL: Corresponde a las líneas fijadas como

tales en este Plan Parcial. Su situación coincide con el borde inte-rior de aceras, y con el límite de las zonas de equipamiento socialy parque deportivo.

ARTICULO 4º.-LÍNEA DE FACHADA O EDIFICACIÓN: Es el límite de la super-

ficie ocupada por la edificación.ARTICULO 5º.-MEDIDAS DE DISTANCIAS Y ALTURAS: Las distancias entre

elementos puntuales se entenderán medidas en línea recta entreellos. Las distancias entre elementos lineales se considerarán siem-pre normalmente a ellos.

Como altura de un edificio se define la vertical que pasa por elpunto medio de la fachada desde su rasante hasta el plano supe-rior del último forjado del edificio.

ARTICULO 6º.-SUPERFICIE OCUPADA: Se define como la limitada por las pro-

yecciones sobre un plano horizontal de las líneas exteriores detoda la construcción, incluso la subterránea, excepto losaparcamientos. El coeficiente de ocupación es la relación entre lasuperficie ocupada y la total de la parcela sobre la que se asientala edificación.

ARTICULO 7º.-SUPERFICIE EDIFICADA: Se llama así a la comprendida entre

las líneas exteriores de la construcción en cada una de sus plan-tas.

La suma de las superficies edificadas en todas las plantas cons-tituye la superficie total construida.

ARTICULO 8º.-EDIFICABILIDAD: Es la relación entre la superficie total cons-

truida en una parcela y la superficie total de esta.ARTÍCULO 9º.-VIVIENDA INTERIOR: Se considera como tal a los efectos de

las presentes Ordenanzas a toda aquella que no tenga como míni-mo dos habitaciones abierta a fachada o espacios libres interioresde parcela.

B) RÉGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO.ARTÍCULO 10º.-CLASE DE USOS: Por su situación jurídica se dividen en exclu-

sivos, dominantes, compatibles y prohibidos.a) Exclusivos: Aquel cuya implantación ocupa la totalidad del

suelo y/o edificación de la parcela.b) Dominante: Aquel de implantación mayoritaria en la totalidad

del suelo y/o edificación de la parcela, pudiendo llegar a ser exclu-sivo o coexistir con otro uso dominante.

c) Compatibles: Es aquel que debe coexistir con el uso domi-nante dentro de una parcela, sin perder ninguna de sus caracterís-ticas propias.

d) Prohibido: Es aquel expresamente prohibido en el ámbito quese señale.

ARTÍCULO 11º.-USOS AUTORIZADOS:11.1.- EN PARCELAS DESTINADAS A INDUSTRIA MEDIANA.EXCLUSIVO: Industrial en todas las categorías que recogen

las Normas Subsidiarias.DOMINANTE: Industrial en todas las categorías que recogen

las Normas SubsidiariasCOMPATIBLE: Comercial, según la definición del Art. 43 de las

Normas Subsidiarias.De relación, según la definición del Art. 45 de las Normas Subsi-

diarias.Administrativo, según la definición del Art. 49 de las Normas

Subsidiarias.Vivienda unifamiliar, ligada al uso de la industria. (Viviendas de

guardería.)PROHIBIDO: Todos los demás usos.

11.2.- EN PARCELAS DESTINADAS A PEQUEÑA INDUSTRIAL.EXCLUSIVO: Industrial en todas las categorías que recogen las

Normas Subsidiarias.Comercial, según la definición del Art. 43 de las Normas

Subsidiarias.De relación, según la definición del Art. 45 de las Normas Subsi-

diariasAdministrativo, según la definición del Art. 49 de las Normas

Subsidiarias.Vivienda unifamiliar ligada al uso de la industria. (Viviendas de

guardería.)Residencial público, según la definición del Art. 47 de las

Normas Subsidiarias.DOMINANTE: Industrial en todas las categorías que recogen

las Normas Subsidiarias.Comercial, según la definición del Art. 43 de las Normas Sub-

sidiarias.De relación, según la definición del Art. 45 de las Normas Sub-

sidiarias.Administrativo, según la definición del Art. 49 de las Normas

Subsidiarias.Vivienda unifamiliar ligada al uso de la industrial. (Viviendas de

guardería).Residencial público, según la definición del Art. 47 de la Normas

Subsidiarias.COMPATIBLES: Vivienda unifamiliar ligada al uso de la indus-

tria. (Viviendas de guarderías)PROHIBIDOS: Todos los demás.ARTICULO 12º.-ORDENACIÓN DE LOS ESPACIOS COMUNES: Como tales se

establecen:a) Espacios libres: Pertenecen a ellos las zonas verdes de uso

público.b) Red viaria: Constituida por el conjunto de calzadas recepto-

ras del tráfico rodado, aceras para el tránsito peatonal y zonasadyacentes destinadas especialmente a aparcamientos.

c) Equipamiento social: Podrá ser de propiedad privada o públi-ca, prohibiéndose cualquier edificación ajena a las necesidadespropias del área.

d) Equipamiento deportivo: Deberá ser de uso público y sin fineslucrativos.

ARTÍCULO 13º.-INDUSTRIAS MOLESTAS, INSALUBRES, NOCIVAS Y PELI-

GROSAS: Todas las industrias de implantación en el Polígono de-berán cumplir la Ley 7/94 de Protección Ambiental y sus Regla-mentos y cuantas disposiciones relacionadas con su actividad es-pecífica estén en vigor o se dicten en el futuro.

ARTÍCULO 14º.-ESTUDIOS DE DETALLE: En caso de estimarse necesario po-

drán formularse con las finalidades exclusivas establecidas en elartículo 65.1.b) y c) del Reglamento de Planeamiento de la Ley delSuelo y en las condiciones indicadas en los apartados, 3, 4, 5 y 6del mismo artículo.

Su contenido se referirá a lo expuesto en el artículo 66 del cita-do Reglamento.

ARTÍCULO 15º.-COMPOSICIÓN DE LAS PARCELAS: Respondiendo a los usos

establecidos en los artículos anteriores, dentro de las parcelas seestablecen los siguientes criterios de composición:

a) Edificios para naves de fabricación o almacenaje.b) Bloques representativos, entendiéndose como tales los des-

tinados a despachos, oficinas, salas de recepción o conferencias,laboratorios de control o investigación y en general todos los quedependiendo administrativamente de la industria no se dediquen aprocesos de fabricación.

c) Espacios libre para aparcamientos y jardinería.d) Construcciones accesorias, imprescindible para el adecuado

funcionamiento de las industrias, tales como depósitos, torres derefrigeración, chimeneas, viviendas de personal, etc.

ARTÍCULO 16º.-PARCELA MÍNIMA: La parcela mínima indivisible tendrá una su-

perficie de 500 m2. en zonas destinadas a industria pequeña y de4.250 m2. en zonas destinadas a industria mediana.

ARTÍCULO 17º.-PROYECTOS DE URBANIZACIÓN: Incluirán las obras necesa-

Page 22: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

1366 Martes, 28 de marzo del 2000 B. O. P. núm. 72

rias para llevar a la práctica las determinaciones del presente PlanParcial relativas a vialidad y servicios urbanos. Su contenido no in-cluirá determinaciones sobre ordenación, régimen del Suelo o de laedificación ni alterará las contenidas en el presente Plan Parcial.

El contenido de estos proyectos se ajustará a lo indicado en losartículos 69 y 70 del Reglamento de Planeamiento.

ARTÍCULO 18º.-SERVICIOS URBANÍSTICOS: Los diferentes servicios a implan-

tar en el proyecto o proyectos de urbanización se adaptarán a lassiguientes dotaciones o estándares:

* Dotación de agua potable: En parcela 0.15 l/seg./ha.En Zona de parque, espacios libres, viales:2.500 l/día/ha. de

suelo industrial.Coeficiente de hora punta; 2.4. Caudal de incendios; 16.6 l/seg.

Presión mínima en red; 2.5 Atm.* Aguas negras: Mismo caudal de agua potable. Aguas Pluviales:

Caudales procedentes de aguacero máximo de 20 minutos de du-ración con período de retorno de 20 años. Coeficiente deescorrentías: Parcelas 0,3; zona verde: 0,1; viales: 0,8.

* Energía Eléctrica: La potencia correspondiente a los localesindustriales o industrias; se determina a razón de 125 W/m2. Desuperficie construida (previsión mínima por local 3 kW), según MIEBT010 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión. A la po-tencia total obtenida se le aplica un coeficiente de simultaneidadde 0.15 debido a consideraciones de urbanísticas de edificabilidad,volumen, etc. Y tendiendo en cuenta las características particula-res del tipo de industria que se pretende implantar en la zona.

La potencia correspondiente a dotaciones; se determina a ra-zón de 50 W/m2 en ausencia de datos (NTE IER).

La potencia correspondiente al alumbrado público, riego, etc.;se determina según estudio específico. En ausencia de datos sepuede estimar una potencia de 1.5 W/m2. de vial. Distribución enB.T. a 220/380 V.

* Alumbrado público: Suficiente para un nivel de iluminación de15 lux. con factor de uniformidad superior a 0,3.

* Vialidad: Pavimento de tipo flexible con capa de rodaduraasfáltica en calzada y de hormigón en aceras y aparcamientos.

No obstante lo anterior, cuando por la implantación de una in-dustria que por sus características demande niveles superiores aalguna de estas dotaciones, podrán reajustarse estas según lasnuevas necesidades.

C) NORMAS DE EDIFICACIÓN.ARTÍCULO 19º.-VÍAS PÚBLICAS: Para el análisis de la estructura y dimensionado

del firme de la calzada se seguirán los criterios de la Instrucciónde Carreteras 6.1. Firmes Flexibles, del M.O.P.U.

Las redes de abastecimiento y alcantarillado se proyectarán si-guiendo las Normas Provisionales para la redacción de Proyectosde Abastecimiento de Agua y Saneamiento de Poblaciones, publi-cadas por el Centro de Estudios Hidrográficos de la Dirección Ge-neral de Obras Hidráulicas. (M.O.P.U.) La red de Saneamiento seráde carácter unitario y los conductos tendrán diámetros mínimos de0.30 m.

Las canalizaciones para alojamiento de los conductos telefóni-cos se proyectarán de acuerdo con las Normas de la CompañíaTelefónica Nacional de España, solicitando de sus servicios técni-cos las instrucciones precisas para definir el trazado y caracterís-ticas de las instalaciones.

Las instalaciones de transporte, transformación y suministro de ener-gía eléctrica se atendrán a lo estipulado en el Reglamento de líneas deA.T., Reglamento electrotécnico de B.T. y cuantas disposiciones oficia-les le afectan. Las redes de baja tensión podrán ser aéreas si así lojustifica suficientemente la Compañía Suministradora.

El alumbrado vial se proyectará de acuerdo con las Instruccio-nes para alumbrado Urbano del M.O.P.U.

ARTÍCULO 20º.-APARCAMIENTOS INTERIORES: En cada parcela se destina-

rá una superficie mínima para una plaza por cada 120 m2. cons-truidos.

Las operaciones de carga y descarga de mercancías deberánefectuarse en el interior de las parcelas.

ARTÍCULO 21º.-EDIFICACIÓN DE PARCELAS:a) Las naves podrán tener dos plantas. Los edificios destinados

a oficinas, viviendas, etc. podrán tener igualmente dos plantas; laaltura mínima libre de cada una de las plantas será de 2.70 m.

b) Se permiten patios abiertos o cerrados con la condición deque en su planta se pueda inscribir un círculo cuyo diámetro seaigual a dos tercios de la altura de la edificación mas alta que loslímites. En todo caso este diámetro no será inferior a 3m.

ARTÍCULO 22º.-OCUPACIÓN: La superficie ocupada será como máximo del 90%

de la superficie total de la parcela en zonas destinadas a industriapequeña y del 75% como máximo en zonas destinadas a IndustriaMediana.

ARTÍCULO 23º.-RETRANQUEOS: Se permitirán los retranqueos de la alinea-

ción oficial definida en el artículo 3, siempre que se justifiquen enbase a la instalación propia de la industria (básculas, muelles decarga, etc.).

Los espacios obtenidos a causa de los retranqueos podrán des-tinarse también a aparcamientos, zona verde o ambos, y su cuida-do correrá a cuenta de la Empresa propietaria de la parcela. Que-da prohibido su uso como depósito de materiales, vertido de des-perdicios o en general todo lo que pueda dañar la estética del Po-lígono.

ARTÍCULO 24º.-EDIFICABILIDAD: La edificabilidad máxima permitida en cada

parcela será de 1.05 m2t/m2s, de superficie total edificada sobrela superficie total del solar en zonas destinadas a Industria peque-ña y de 0,75 m2t/m2s como máximo en zonas destinadas a Indus-tria Mediana.

ARTÍCULO 25º.-VIVIENDA AUXILIAR: Cuando una industria tenga necesidad

de vivienda para portero, guarda, etc., esta no podrá ser interior,de acuerdo con la definición que para ello se incluye en el artículo10 de las presentes ordenanzas. Su superficie no será inferior a 75m2., ni superior a 150 m2.

ARTÍCULO 26º.-ALTURAS: La altura máxima de la edificación será de 9 m. para

tipología de naves y de 8.00 m para tipología de edificaciones re-presentativas, contabilizados de acuerdo con lo expresado en elartículo 6 de la presentes Ordenanzas.

Quedan exceptuadas las instalaciones especiales como silos,depósitos en que se acredite que deben tener mayor altura, peroen este caso la decisión sobre la autorización recaerá en el Ayun-tamiento.

ARTÍCULO 27º.-CERRAMIENTOS: Los cerramientos de las parcelas serán en la

línea de fachada de obra de fábrica con una altura máxima de 0.50m. sobre la rasante de la calle, pudiendo sobrepasar dicha alturamediante setos, mallas metálicas o cerrajería; se admitirán tam-bién cerramientos continuos de fábrica enfoscada y encalada dealtura no inferior a los 2.00 m.

ARTÍCULO 28º.-MATERIALES Y CALIDADES: La construcción de los edificios

se ajustará a las siguientes condiciones.a) Las cubiertas podrán ser planas o inclinadas, con materiales

de acabado tradicionales. Quedan prohibidos expresamente laschapas o materiales de acabado metálico brillante.

b) Se admiten los elementos prefabricados aceptados por lasNormas de la buena construcción y acordes con los usados tradi-cionalmente en la zona.

c) Se prohibe el falseamiento de materiales empleados, los cua-les se presentarán en su verdadero valor.

d) Se permiten los revocos, siempre que estén terminados. LasEmpresas quedarán obligadas a su buen mantenimiento y conser-vación.

e) Tanto las paredes medianeras permanentes como las sus-ceptibles de posterior ampliación, deberán tratarse como fachaday ofrecer calidad de obra terminada.

f) Se prohibe el empleo de rótulos pintados directamente sobrelos paramentos exteriores. En todo caso, los materiales a emplearen rótulos serán inalterables a los agentes atmosféricos y las Em-presas son responsables de su buen estado de mantenimiento yconservación.

ARTÍCULO 29º.-ACOMETIDA DE AGUA: El servicio de agua potable se suminis-

trará a partir de la red pública con la presión que en cada punto

Page 23: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

B. O. P. núm. 72 Martes, 28 de marzo del 2000 1367

disponga el Servicio Municipal, quien en cada caso fijará el puntode conexión desde la red y realizará o dirigirá lo acometido concargo al peticionario. En caso de que fuera necesaria una presiónsuperior a la de suministro, la instalación de los equipossobrepresores necesaria será por cuenta del solicitante y su em-plazamiento se realizará en el interior de su parcela.

El contador y la llave de paso se alojarán en una arquetaimpermeabilizada, embutida en el cerramiento y con acceso direc-to desde el exterior.

ARTÍCULO 30º.-EVACUACIÓN DE AGUAS RESIDUALES: Se realizará conve-

nientemente acometida conectada preferentemente a un pozo dela Red de Saneamiento.

El afluente deberá ser desprovisto de todos los productos sus-ceptibles de perjudicar las tuberías de la Red, así como los mate-riales flotantes, sedimentables o precipitables que al mezclarsecon otros afluentes puedan atentar directa o indirectamente el buenfuncionamiento de las Redes Generales del alcantarillado.

Las empresas deberán incluir su propio tratamiento de aguasresiduales previamente al vertido de la Red Municipal cuandocomo consecuencia de los procesos industriales que se efec-túen den lugar a vertidos que no reúnan las siguientes condi-ciones:

a) pH comprendido entre 5.5 y 8,5.b) Estar exentos de compuestos cíclicos hidroxiliados y sus de-

rivados halógenos.ARTÍCULO 31º.-ENERGÍA ELÉCTRICA: El suministro de energía eléctrica se

realizará con carácter general de B.T. (380/220 V). No obstantecuando una Empresa por sus características necesite alimenta-ción en Alta podrá disponer de ella previa acometida a partir de lalínea en A.T. (15.000 V) interior del Polígono, siendo el punto deconexión y trazado establecido por el Ayuntamiento y financiadopor la Empresa propietaria de la parcela así como el centro detransformación y en este caso se emplazará dentro de dicha par-cela. A criterio de la Empresa suministradora podrán establecerseacometidas comunes a varias parcelas o aprovechar las ya pre-existentes para caso de otra instalación cuando las exigencias desuministro así lo permitan; en estos casos las Empresas común-mente beneficiarias financiarán la acometida única proporcional-mente a su potencia contratada.

ARTÍCULO 32º.-CONDICIONES HIGIÉNICAS Y DE SEGURIDAD: Además de

las establecidas a lo largo de estas Ordenanzas se establecen concarácter específico:

a) Residuos gaseosos: La cantidad máxima de polvo contenidaen los gases o humos emanados por las industrias no exceder de1.50 gr. por m3. El peso total de polvo emanada por una únicaindustria será inferior a 50 Kg/h. Se prohibe la evacuación de polvoo gases nocivos. Las chimeneas de instalaciones industriales ten-drán una altura mínima de 1.5 veces de altura del edificio vecinomas alto.

b) Ruidos: Se permiten siempre que no sobre pasen los 75 dBAde 7 a 23 horas ni los 70 dBA de 23 a 7 horas, medidos en el eje dela calle contigua más próxima a la parcela que se considere.

D) NORMAS PARTICULARES PARA LA ZONA DEEQUIPAMIENTO.

ARTÍCULO 33º.-USOS: El destino de los edificios en esta zona será:· Oficinas Municipales y demás dependencias de carácter públi-

co.· Edificios administrativos de la Comunidad, Oficinas, Teléfonos,

Comunicaciones, Transportes, etc.· Sala de comisiones, Clubs Sociales de Empresa.ARTÍCULO 34º.-PARCELA MÍNIMA: No se establece limitación sobre parcela mí-

nima.ARTÍCULO 35º.-SUPERFICIE EDIFICABLE: La ocupación máxima permitida po-

drá ser del 50 % de las parcelas.La edificabilidad será de 0.40 m2/m2, sobre parcela.ARTÍCULO 36º.-ALTURA: La altura máxima edificable en esta zona será la equi-

valente a dos plantas ó 8 m. de altura, medida desde la rasante dela calle.

ARTÍCULO 37º.-CERRAMIENTOS: Se prohiben cerramientos perimetrales de

cualquier tipo, salvo el forma con setos vegetales naturales.Lucena, julio de 1999.— El Ingeniero Industrial, José María

González Prieto.

CORDOBANúm. 2.171

Citación para notificar por comparecencia el TítuloEjecutivo y la Providencia de Apremio a diversos deudores

Doña María Antonia Garrido Luque, Jefa del Departamento de Re-caudación del Excelentísimo Ayuntamiento de Córdoba, hacesaber:Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 103 del Re-

glamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto1.684/1990, de 20 de diciembre (“B.O.E.” número 3, de 3 de enerode 1991), se comunica que en los títulos ejecutivos correspon-dientes a los sujetos pasivos, conceptos e importes que al final serelacionan, el Tesorero del Ayuntamiento dictó Providencia liqui-dando el recargo del 20% y disponiendo que se procedieseejecutivamente contra el patrimonio de los deudores.

Y no habiéndose podido practicar la notificación personal a losdeudores que posteriormente se relacionan, a pesar de haberseintentado por dos veces, se procede, de conformidad con lo esta-blecido en el artículo 105.6 de la Ley General Tributaria, a citar alos deudores que comparezcan a recibir la notificación de la Provi-dencia de Apremio, en las Oficinas de la Recaudación Municipal,sita en la Avenida del Gran Capitán, 6, en el plazo de 10 días,contados desde el siguiente a la publicación del presente edictoen el BOLETIN OFICIAL de la Provincia.

Se advierte que, transcurrido dicho plazo sin haber compareci-do, las notificaciones se entenderán producidas a todos los efec-tos legales, incluida la interrupción de la prescripción, desde el díasiguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.SISTEMA INTEGRADO DE RECAUDACION ZONA 1 03/03/00REF. 006/00DNI / CIF CONTRIBUYENTE REFERENCIA IMPORTE

EXACCION AE LICENCIAS APERTURAS ESTABLECIMIENTOSAÑO 1996

N30930748A ROMERO RAMIREZ MARIA IAE999000249W 110.880EXACCION AE LICENCIAS APERTURAS ESTABLECIMIENTOS

AÑO 1999N30447345Z ESTEPA FERNANDEZ FRANCISCO IAE999000273X 49.200CB14217350 PESCADOS HERMANOS MORENO IAE999000296X 91.200

EXACCION HU CONTRIBUCION TERRITORIAL URBANAAÑO 1989

N30923303X CANTERO ALCALA MANUEL IHU930400031Y 9.023EXACCION IC IMPUESTO DE CONSTRUC, INSTALACIONES Y OBRAS

AÑO 1998CB14329494 CONSTRUCCIONES SALQUE S L IIC999000120E 49.829

EXACCION ID INTERESES DE DEMORAAÑO 1996

CA08555674 ADIA INTERGRUPP EMPRESA TRABAJO TEMIID998000538D 7.603CB14440697 EXPORTACIONES SALDAD S L IID998000248N 1.819CA79492286 INSERLAB 95 S A IID998000537C 5.294CA79492286 INSERLAB 95 S A IID998000576U 4.057CA79492286 INSERLAB 95 S A IID998000670X 6.691CB48792261 MONTAJES GUARO SL IID998000662N 8.950D030510948 RUIZ SALINAS ALFONSO IID998000639N 2.138D030425935 SANTIAGO MARIN JOSE IID998001057S 5.076

EXACCION ID INTERESES DE DEMORAAÑO 1998

D030714760 ESCALADA PATO MARIA DOLORES IID998000350Z 2.231EXACCION ID INTERESES DE DEMORA

AÑO 1999CB14329494 CONSTRUCCIONES SALQUE S L IID999000809E 4.060N30053692Y GALVEZ GOMEZ INMACULADA IID998000728K 5.376CB14364947 GRUPO DE COMUNIDADES REUNIDAS S L IID999000665Y 36.403CB79070538 LINDA TERRA SL IID999000603F 105.611N44368489V MOYA CASTILLEJO MARIA JOSE IID998000330C 145.465N30405317F ROVIRA REIFS JOSE MANUEL IID999000530B 47.473

EXACCION IE IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICASAÑO 1996

CB14440697 EXPORTACIONES SALDAD S L IIE998001022F 6.726CA79492286 INSERLAB 95 S A IIE998001375P 58.702CA79492286 INSERLAB 95 S A IIE998001419M 44.977CA79492286 INSERLAB 95 S A IIE998001517T 74.185CB48792261 MONTAJES GUARO SL IIE998001509K 86.466D030510948 RUIZ SALINAS ALFONSO IIE998001483G 26.750

EXACCION IE IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICASAÑO 1998

CG14356208 ASOC DE ARTISTAS FLAMENCOS IIE998000991X 3.166CB14479794 ATOCHA MARTINEZ DE LA TORRE SL IIE998001150U 54.160CB14061527 BARES Y CAFETERIAS CORDOBESAS SL IIE998001186J 29.788PX1383506X DOSZEL RAUL ALBERTO IIE998001192Q 54.754CB14381677 MILCOR NARA S L IIE998001119L 61.230CG14387567 PUB REGALON SC IIE998001587U 21.726CB14463814 SANEAMIENTOS JURADO LOPEZ SL IIE998001194S 25.326CB14443071 SEDOCOR S L IIE998001120M 76.163PX0172518H SERRANO LESSOA RAQUEL IIE998001187K 16.154CB14463277 ZAMARMU S L IIE998001183F 82.399

EXACCION IE IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICASAÑO 1999

CA28109213 ACCESORIOS FRIGORIFICOS SA RIE990004005C 188.620CA81561706 ACEITES VIRGENES SA RIE990003314B 104.335N31637165K ALCANTARA PEREZ JOSE RIE990009922J 35.090CB78398849 ALFAPUNT SL RIE990006521M 128.294CB78398849 ALFAPUNT SL RIE990006522N 72.091CA15135049 ATLANTICA CLIMA SA RIE990002813G 111.259CA28907764 AULA DE INFORMATICA APLICADA S A RIE990014391R 134.890CB14337398 AUXILIAR DE EMPRESA M INDUSTRIALES RIE990002885K 166.889CB60456712 BOX AND BOXER SL RIE990006565K 74.502CB81008799 BUSINESS CONNECTION & SERVICES EURORIE990013904M 58.145CA41098591 CABRERA ALQUILER DE MAQUINARIA SA RIE990014034D 84.029CA78253341 CARGO Y TRANSPORTE SA RIE990012778N 116.416

Page 24: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

1368 Martes, 28 de marzo del 2000 B. O. P. núm. 72

N42955891X CARRALERO VICIANA ENRIQUE RIE990002261G 83.444CB14450381 CEREALES Y ABONOS VEGA SL RIE990020131F 20.723CB23327851 CIA ANDALUZA DE PROYECTOS E INSTALARIE990002938S 66.328CA80298607 COMERCIAL CARNICOS Y LACTEOS SA RIE990020136L 22.694CA11056298 CONSTRUCCIONES BRICEÑO SA RIE990002060N 171.168CB14407506 CONSTRUCCIONES JOARCOR S L RIE990002072B 85.584CB23315047 CONSTRUNEXPO S L RIE990002297W 83.444CB14467740 CORESA COR S L RIE990002305E 31.292N50682859J CRUCES DE ABIA MARIA PILAR RIE990006621W 82.334CA80329030 DESAFIO EMPRESARIAL SA EMPRESA DE TRIE990013906P 199.097CA03472909 EALSA ELECTRICIDAD OBRAS Y SERVICIORIE990002549U 51.350CB29367380 ENCOFRADOS HERMANOS GARCIA SL RIE990003026N 66.328CB11411691 ESTRUCTURAS BAHIA DE CADIZ S L RIE990002116Z 171.168CA46276713 EUROPLAS SA RIE990003683C 192.988CA28843456 EVACO SA RIE990000385S 131.944CB79410098 EXHOA SL RIE990010257Y 71.146CB79410098 EXHOA SL RIE990010258Z 189.907CB79410098 EXHOA SL RIE990010259A 132.331CB79410098 EXHOA SL RIE990010260B 97.579CA15126337 FERREIRO DISTRIBUCION SA RIE990012790B 102.317N36434083J FERRER DOMENECH MANUEL RIE990020161N 20.723CB80704562 FIORI SILK SL RIE990006664S 75.772CB14319099 FONCALOSA SL RIE990002322Y 83.444CA80377336 FORUM TEXTIL SL RIE990006665T 196.439CA80101124 G M S RAD ESPAÑA SA RIE990002126K 171.168CA08842429 GARCIA CAÑAMERAS SA RIE990020162P 20.723CB29411568 GENTE GUAPA SL RIE990007759H 51.571CA29070489 GRUYMON SA RIE990014057D 64.188CA78057411 INFRAESTRUCTURA Y TECNICA URBANISTIRIE990002147H 171.168CA79492286 INSERLAB 95 S A RIE990013720M 161.875CA79492286 INSERLAB 95 S A RIE990013986B 124.382CA79492286 INSERLAB 95 S A RIE990013987C 124.021CB80503352 INSTALACIONES DIAZ TEJEIRO SL RIE990002750N 51.350CB41662651 INTEDI SL RIE990002755T 51.350CB29651577 INVERSIONES AVELLANO SL RIE990013348H 64.188CB29651577 INVERSIONES AVELLANO SL RIE990020348R 55.272CB80727365 INVERSIONES Y PROYECTOS V P SL RIE990003415L 154.058CB14019301 LA ESPONJA DE ORO SL RIE990020456J 18.751CB20505632 LAN BILA BULEGOA EMPRESA TRABAJO SLRIE990013914Y 109.382CB96401906 LIBRAY BOOKS SL RIE990009207G 97.295CB46242228 LIBRERIAS RAYUELA SL RIE990009209J 116.324CB46242228 LIBRERIAS RAYUELA SL RIE990009210K 42.956CA78518693 LIMPIEZA DE EDIF Y LOCALES S A RIE990014318M 71.082PX1139334Y LOUDINI MILOUD RIE990010053B 35.090CB59536649 M P INTERIORES SL RIE990003184K 121.684N28178467V MARTINEZ SANCHEZ JUAN RIE990002366W 83.444CB29953015 MEDITERRANEO MELILLA SL RIE990001645M 37.774CB23266190 METALISTERIA Y ALUMINIOS J DIA S L RIE990002979M 66.328CA28163681 MISTER MINIT SERVICES S A RIE990012305Z 15.427CA28163681 MISTER MINIT SERVICES S A RIE990012306A 15.427CB14404412 MORENO Y CABELLO SL RIE990002170H 171.168CB96034756 OBRAS Y CONTRATAS SIDERURGICASMSL RIE990004215F 115.538N50068834L ORIHUELA BENJUMEA M REYES RIE990006848S 58.638N22865367D PEREZ CONESA GINES RIE990002182W 171.168CA08243586 PRODUCTOS SALA SA RIE990003663F 164.599CA28520583 PROYECTOS E INSTALACIONES ELEC S A RIE990002665W 51.350CF78835915 PSV SDAD COOP RIE990013430X 64.188CA28913135 REDLAND IBERICA SA RIE990020155G 22.694N74585272K ROMERA CASTILLO VIRGINIA RIE990006917S 58.837CF23320195 SDAD COOP ANDALUZA ELCOSUR RIE990002680M 2.568CA78813961 SISTEMAS Y FOMENTOS TECNOLOGICOS SARIE990014732M 133.481CA23013378 SUMINISTROS INDUSTRIALES ANDALUCIA RIE990008703J 133.358CA28336352 T N T EXPRESS ESPAÑA S A RIE990012808W 186.647CA78786746 UNION SOCIAL DE SEGUROS SA RIE990013159C 95.828CA46018982 VIAJES MELIA SA RIE990012759S 125.148CB14314074 VIRGEN DE SANTA CRUZ SL RIE990002474N 169.028CA07303050 VITALTERM INTERNACIONAL SA RIE990006504T 142.392

EXACCION IM IMPREVISTOSAÑO 1999

CA14007694 ROMAVI SA IIM998000103Y 101.394EXACCION IP IMPUESTO INCREMENTO VALOR TERRENOS URBANOS

AÑO 1995N30405317F ROVIRA REIFS JOSE MANUEL IIP999000457S 124.466

EXACCION IR IMPUESTO BIENES INMUEBLES RUSTICAAÑO 1997

D029933432 CANTARERO MORALES LORENZO RIR970000425C 74.659D030039974 COELLO DE PORTUGAL Y ARANDA CARMEN RIR970000647T 105.408D029935381 LOSADA LOPEZ JOAQUIN RIR970001806D 18.870D050014888 MORENO CABRERA IGNACIA RIR970002157K 67.598D029888013 PRIETO MUÑOZ RAMONA RIR970002598P 64.956D024051530 VEGA FERNANDEZ RICARDO RIR970003268S 56.342

EXACCION IR IMPUESTO BIENES INMUEBLES RUSTICAAÑO 1999

D030768140 ALCAIDE JIMENEZ FRANCISCO RIR990000060L 47.836D030392352 CLAVERO LOPEZ ROCIO RIR990000636M 11.323D030892714 CLAVERO MILLAN DIEGO RIR990000638P 6.912D022116759 GRAN RICO ISABEL MARIA RIR990001341D 6.677D030014054 GUERRERO GALLARDO ANTONIO RIR990001364D 14.753D030392894 MARTINEZ ALCAIDE SIMON RIR990001963E 3.726D030896181 MILLAN PEREZ CARMEN RIR990002055E 7.138D050014887 MORENO CABRERA ANA RIR990002180Q 116.329D050014888 MORENO CABRERA IGNACIA RIR990002181R 70.260D000773592 MORENO CABRERA LUIS RIR990002182S 97.838D030424162 OSUNA CRESPO JACINTA RIR990002360L 22.255D030048054 ROLDAN MOYANO FRANCISCO Y 1 MAS RIR990002854Y 16.510D030721443 SANCHEZ MOYANO PEDRO RIR990003031Q 12.586CA78487907 SEJI SA RIR990003098N 4.757

EXACCION IU IMPUESTO BIENES INMUEBLES URBANAAÑO 1992

D029979354 CAÑADILLAS ESPINO MARIA IIU990029232A 3.199EXACCION IU IMPUESTO BIENES INMUEBLES URBANA

AÑO 1993N30923303X CANTERO ALCALA MANUEL IIU930400032C 47.315

EXACCION IU IMPUESTO BIENES INMUEBLES URBANAAÑO 1995

X000802424 HIGUERAS DEL MORAL MARIA IIU990028486P 12.204N29954796X POVEDA PEREZ JESUS IIU990028580R 33.462

EXACCION IU IMPUESTO BIENES INMUEBLES URBANAAÑO 1996

N29823880X LUQUE GALAN MIGUEL IIU990028584W 5.296EXACCION IU IMPUESTO BIENES INMUEBLES URBANA

AÑO 1997N75697449X COLETO MORENO FRANCISCO IIU990028393N 23.726D027612173 LOZANO ESCOBAR CARMEN IIU990028445U 44.918N30491040D MANCHADO LOPEZ FRANCISCO DE ASIS IIU990028448Y 36.100N30038147D TORRES VALLE SANTIAGO IIU990028412J 10.141

EXACCION IU IMPUESTO BIENES INMUEBLES URBANAAÑO 1998

N30038407Q ALONSO SANCHEZ JOSE IIU990028465R 80.861D014223879 CASTRO ARIZA S A IIU990028480H 96.299N29809829N ESCUDERO GUTIERREZ CARMEN IIU990028524F 15.983N30549786J FIGUEROA BARRIOS ROSA IIU990028446W 46.506N30418596S GOMEZ FUENTES MANUEL IIU990028438M 37.207N29940179K GUISADO SANCHEZ ISIDRO IIU990028444T 47.124CB14200539 INMOBILIARIA HERZOG CRESPO SL IIU990028621L 176.478N30470235L LATORRE RUS ANTONIO JOSE Y OTROS IIU990028540Y 44.597N17859857N MONTUENGA MEDINA MARIA CRISTINA IIU990028386F 69.758D029937292 RIOS CASTRO JOSE M IIU990028418Q 13.506N30026803G RUIZ MARTINEZ JUAN MIGUEL IIU990028585X 2.426N30134078F RUIZ PRADOS JOSEFA IIU990028562X 105.324

EXACCION IV IMPUESTO VEHICULOS TRACCION MECANICAAÑO 1996

CA14062855 DIPAUTO SA IIV998000978S 21.024EXACCION IV IMPUESTO VEHICULOS TRACCION MECANICA

AÑO 1999CA81357972 AXUS ESPAÑA S A IIV998001004W 23.220N30521420Y BUSTOS MOLINA LUISA IIV990050008J 15.240N30476792K CASTILLO RUBIO FRANCISCO JOSE IIV990050018U 9.540N30397459S FUENTES GUERRA SOLDEVILLA LUIS RIV990004471T 2.460N30397459S FUENTES GUERRA SOLDEVILLA LUIS RIV990008088A 23.220N30397459S FUENTES GUERRA SOLDEVILLA LUIS RIV990028999E 23.220N30397459S FUENTES GUERRA SOLDEVILLA LUIS RIV990065004Q 1.380N30397459S FUENTES GUERRA SOLDEVILLA LUIS RIV990153284X 1.380N30488774C PEREZ PEREZ JOSE LUIS IIV990050005F 3.012N45741992Y ROLDAN LEON JESUS IIV998001011D 23.220

EXACCION LA LICENCIAS APERTURAS ESTABLECIMIENTOSAÑO 1999

CE14365662 ANTONIO SAAVEDRA Y OTRO CB ILA998000159W 66.528N30530734M LORA GUIJO ANGEL ILA998000161Y 59.616N30039246G OBREGON ROJANO ANTONIO ILA998000127L 24.840CB14372486 SANEAMIENTOS TONI JURADO SL ILA998000101H 14.904

EXACCION MO MULTAS ORDENANZAS Y BANDOSAÑO 1998

MORAL GALAN JUAN CARLOS IMO998000327E 24.000D030517674 OBRERO FLORES JOSE IMO998000376H 3.600N44350240F PAVON RUBIAS RUIZ FRANCISCO JOSE IMO998000251X 30.000

EXACCION MO MULTAS ORDENANZAS Y BANDOSAÑO 1999

CA41910332 SUPERCABLE ANDALUCIA S A IMO998000378K 19.200CA41910332 SUPERCABLE ANDALUCIA S A IMO998000383Q 19.200

EXACCION MT MULTAS DE TRAFICOAÑO 1999

D030803787 AGUILAR URBANO JOSE IGNACIO IMT990350073A 12.000N30428949H ALCAIDE MARISCAL RAFAEL IMT990320037C 19.200N30527387Q ALCANTARA SANCHEZ RAFAEL LUIS IMT990350166B 18.000D030429025 ANDUJAR MARTINEZ JOSE LUIS IMT990320013B 18.000N30404141G ANGUIANO NAVARRO PURIFICACION IMT990350077E 18.000N29911484F APARICIO APARICIO JUAN IMT990310129H 19.200N30516000Z ARDITTI MONASTERIO RAUL ORLANDO IMT990350032F 12.000D030548700 ARIZA TIRADO MANUEL IMT990350245M 19.200D030963149 ARROYO ANGUIRIANO RAFAEL ANGEL IMT990340007J 18.000D030942435 BLANCOS ROJAS JOSE ALBERTO IMT990320067K 18.000N30488673B BOLLULLOS JIMENEZ MARIA VICTORIA IMT990320071P 18.000D030832007 CABELLO MARTI JORGE IMT990350100E 19.200D044364626 CALERO NAJAR MARIO IMT990350147F 19.200N30817569F CANO VALUFO ARTURO IMT990310153J 18.000D045735354 CARMONA CASADO CRISTOBAL IMT990350141Z 30.000D030512440 CARMONA MUÑOZ CARLOS IMT990350252U 19.200N30039770E CARRETO RIBOT RAFAEL IMT990350028B 12.000N44373728N CARRILLO ANGUIANO PATRICIA IMT990330033S 18.000D030792782 CASTILLA TIENDA MANUEL ENRIQUE IMT990350056G 19.200D044357629 CORDOBA BORREGO MANUEL IMT990350187Z 18.000D044357629 CORDOBA BORREGO MANUEL IMT990350188A 18.000D044357629 CORDOBA BORREGO MANUEL IMT990350189B 18.000N30422340X COSANO BERNABEU MARIA ANGELES IMT990320068L 12.000N30787750L CRUZ RUIZ JOSE LUIS IMT990320025P 30.000N30536058Q DIAZ FERNANDEZ PURIFICACION IMT990350001X 12.000D044367466 DIOS MOLERO MARIA JESUS IMT990350120B 19.200N30053052X DOMINGUEZ DELGADO MARIA JOSEFA IMT990320044K 19.200N30828190W DOMINGUEZ ESPINAR JOSE JORGE IMT990310150F 12.000N30828190W DOMINGUEZ ESPINAR JOSE JORGE IMT990310159Q 18.000N30828190W DOMINGUEZ ESPINAR JOSE JORGE IMT990310184S 19.200N30956472J DORADO BAENA CRISTINA IMT990340014R 30.000N30956472J DORADO BAENA CRISTINA IMT990340015S 30.000CX0540070F DRISS CHAHDI IMT990350157R 12.000N12392915D DUAL JIMENEZ ANA MARIA IMT990310097Y 18.000D030951379 FERNANDEZ ATIENZA ALFONSO CARLOS IMT990350110Q 12.000N30504700F FERNANDEZ FERNANDEZ MARIA ENCARNACIIMT990340066Y 18.000D030953975 FERNANDEZ MUÑOZ CARMEN MARIA IMT990350089S 18.000D030476758 FERNANDEZ REVUELTO JOSE CARLOS IMT990350072Z 12.000D030975150 FUENTES GUERRA ITURREGUI AINHOA IMT990350172H 19.200D030425035 GAITAN ANTUNEZ RAFAEL IMT990350160U 18.000N30819103T GALAZO DOBLARE ISRAEL IMT990320027R 18.000D045736385 GALLARDO RUBIO FRANCISCO JOSE IMT990350117Y 18.000N44352497X GARCIA HAZAS JUAN MIGUEL IMT990350105K 19.200D030794240 GARCIA MANSO CARLOS ANDRES IMT990320064G 19.200D048886494 GARRIDO BENAVENTE RAQUEL IMT990350037L 18.000N30971099N GARZON CUENCA EDUARDO IMT990330008Q 18.000N30971099N GARZON CUENCA EDUARDO IMT990330009R 18.000N30547743V GOMEZ CASADO EVA MARIA IMT990350104J 18.000N45737228A GOMEZ CASTRO MARIA DOLORES IMT990320033Y 18.000N30958250C GOMEZ SAUCES MARIA CONCEPCION IMT990350096A 12.000N30937158L GONZALEZ CANALES TORRALBO JOSEFINA IMT990350018Q 19.200D030832775 GONZALEZ CRUZ JORGE IMT990350149H 18.000D030827102 GONZALEZ FERNANDEZ JOSE LUIS IMT990320049Q 9.600D030441844 GUERRA COBOS VANESA MARIA IMT990310132L 18.000N45738223D GUTIERREZ PEREZ VICENTE IMT990350144C 18.000N30199853W HERNANDO CANO MARIA TERESA IMT990350260D 18.000D030946120 JIMENEZ CAPILLA JOSE IMT990350106L 18.000D030946120 JIMENEZ CAPILLA JOSE IMT990350107M 18.000D030444725 JIMENEZ LUQUE URBANO IMT990350069W 19.200N44367644T JIMENEZ RODRIGUEZ MANUEL IMT990340049E 30.000N30506764R JODRAL CASTILLO RAFAEL ADOLFO IMT990350062N 18.000N30506764R JODRAL CASTILLO RAFAEL ADOLFO IMT990350064Q 12.000N30019105B JORGE ALCANTARA FRANCISCO IMT990320007U 12.000D030948661 LEON GARCIA JOSE MANUEL IMT990350086P 18.000N30462012F LLAMAS DUARTE ANTONIO IMT990350068U 18.000D030445531 LOPEZ AGREDANO JOSE IMT990350010G 18.000D030445531 LOPEZ AGREDANO JOSE IMT990350011H 18.000D030445531 LOPEZ AGREDANO JOSE IMT990350017P 18.000N30535459S LOPEZ GARCIA LIÑAN RAFAEL CARLOS IMT990310202M 18.000D044367976 LOPEZ PERALBO JESUS IMT990350034H 18.000D030831702 LUNA GOMEZ MIGUEL A IMT990350040P 18.000N30525309P MANTERO CAÑIZARES ENRIQUE IMT990350085N 18.000N74998200F MARQUEZ GOMEZ EMILIO IMT990310098Z 18.000D030546262 MARQUEZ MUÑOZ JUAN VALENTIN IMT990350042R 18.000D030066689 MARTI FERNANDEZ JOSE IGNACIO IMT990350191D 19.200N30405278Z MOLINA LUQUE MARIA CARMEN IMT990340009L 12.000N44369575E MOLINA ROJAS MANUEL IMT990310179M 18.000N30830274Q MOLINA TELLEZ EVA MARIA IMT990350161W 12.000N30830274Q MOLINA TELLEZ EVA MARIA IMT990350175L 12.000D030950042 MONTERO LANDAURO CRISTINA IMT990350139X 18.000D030458362 MORAL AGUILAR CONCEPCION P DEL IMT990350041Q 18.000D030515864 MORENO GALAN JUAN PEDRO IMT990350125G 19.200D030805772 MORENO RAMIREZ DAVID IMT990350169E 18.000D044357887 MORENO SANOSA LAUREANO IMT990340027F 18.000N30053840Q MUÑOZ FERNANDEZ JESUS IMT990350095Z 12.000N30511162Y MUÑOZ LOPEZ JUAN IMT990330032R 18.000N30511162Y MUÑOZ LOPEZ JUAN IMT990330044E 18.000N30511162Y MUÑOZ LOPEZ JUAN IMT990350059K 12.000D030949674 MUÑOZ MUÑOZ EDUARDO R IMT990350103H 12.000D044373467 NAVARRO TORRES MIGUEL ANGEL IMT990350140Y 18.000N01379605L NAVARRO VELASCO MIGUEL IMT990350123E 12.000D030961437 NUÑO TRIGO PEDRO IMT990350014L 18.000D030961437 NUÑO TRIGO PEDRO IMT990350079G 19.200D028226061 OLIVARES SANCHEZ RAFAEL IMT990350081J 18.000D031264432 ORTIZ CUESTA HUGO IMT990350177N 18.000N30039694S PAEZ FERNANDEZ MANUEL IMT990350261E 19.200D030392247 PARRAS ROJAS MARIA JUANA IMT990350038M 19.200N30953627C PEDREGOSA SERRANO FRANCISCO IMT990350063P 60.000N30953627C PEDREGOSA SERRANO FRANCISCO IMT990350090T 18.000

Page 25: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

B. O. P. núm. 72 Martes, 28 de marzo del 2000 1369

D039862514 PEDROLA MORENO PEDRO IMT990350093X 12.000N30408583F PEREZ FERNANDEZ ANTONIO DAVID IMT990350012J 12.000D030949965 PEREZ LUQUE MIGUEL ANGEL IMT990350061M 12.000N30952020T PLAZA PEREZ FRANCISCO IMT990320052T 18.000N45737128H POZUELO FERNANDEZ PALOMA MARIA IMT990350243K 12.000N44371909X PRIETO RODRIGUEZ JOSE MANUEL IMT990350145D 30.000N44371909X PRIETO RODRIGUEZ JOSE MANUEL IMT990350146E 18.000D044360461 RAMIREZ DIZ MARIA CARMEN IMT990350173J 9.600N30410727N RAMIREZ LUNA ANTONIO JOSE IMT990340028G 18.000N30512248B RASO TRENAS MANUEL IMT990350163Y 19.200N44357594R REYES BARRENA FRANCISCO JESUS IMT990350154N 18.000D037661692 RODRIGUEZ GARCIA MANUEL IMT990350047X 12.000D030947425 RODRIGUEZ MEDINA JESUS MANUEL IMT990350074B 18.000N30805933D ROMAN DEL CASTILLO FRANCISCO ENRIQUIMT990350155P 12.000N30805933D ROMAN DEL CASTILLO FRANCISCO ENRIQUIMT990350168D 19.200N44363298R ROMAN GONZALEZ MAXIMILIANO IMT990330037X 18.000N44363298R ROMAN GONZALEZ MAXIMILIANO IMT990330039Z 18.000D030834893 ROMERO LAZARO FRANCISCO JESUS IMT990350049Z 18.000D030804511 RUIZ CASAS CARLOS IMT990350092W 19.200N45739207G SANCHEZ LOPEZ DOLORES MARIA IMT990350076D 18.000N30534169J SANCHEZ ROMERO CONCEPCION IMT990350129L 18.000N30549964F SANTAMARIA JIMENEZ RAFAEL IMT990350082K 19.200D030953720 SANTIAGO POZO RAFAEL TOMAS IMT990330023G 18.000D029995836 SANTOS SANTACRUZ CARLOS IMT990330014X 12.000PX0624817E SANTOS SILVA MARIA GORETTI IMT990340065X 18.000N30446314H SANZ GOMEZ JOSE MARIA IMT990350253W 19.200N44369700D SEPULVEDA SANCHEZ OSCAR IMT990350080H 12.000D022486767 SERRANO SASTRE AMPARO IMT990340013Q 19.200N22486767N SERRANO SASTRE AMPARO IMT990340061S 19.200N30486759Y SUAREZ VARELA AGUILAR ANTONIO IMT990350039N 19.200N38528602Z TELLEZ NUÑEZ FERNANDO IMT990350158S 18.000D030951171 TOSCANO DIAZ MANUEL IMT990350083L 18.000D030951171 TOSCANO DIAZ MANUEL IMT990350084M 18.000D044372348 VARO PONFERRADA JORGE IMT990350148G 9.600N44361400N VILLANUEVA MARTIN JAVIER IMT990350020S 18.000N44361400N VILLANUEVA MARTIN JAVIER IMT990350029C 18.000N44361400N VILLANUEVA MARTIN JAVIER IMT990350030D 9.600D030959353 VILLEGAS BORREGUERO JUAN MANUEL IMT990350132P 19.200D030959353 VILLEGAS BORREGUERO JUAN MANUEL IMT990350134R 30.000D030959353 VILLEGAS BORREGUERO JUAN MANUEL IMT990350136T 18.000D044367348 VILLEGAS SOTO JUAN MANUEL IMT990350178P 12.000D044367548 VILLEGAS SOTO JUAN MANUEL IMT990350067T 18.000

EXACCION OX SANCIONES TRIBUTARIASAÑO 1994

N30508859A RUIZ BLANCO LUISA MARIA IOX999000295B 11.098EXACCION OX SANCIONES TRIBUTARIAS

AÑO 1995N30405317F ROVIRA REIFS JOSE MANUEL IOX999000305M 62.233N30504546Z ZURERA ROLDAN RAFAEL IOX999000277G 12.968

EXACCION RE RECARGO POR DECLARACIONES EXTEMPORANEASAÑO 1999

N29982560J PEREA TENA JOSE IRE998000064R 10.394EXACCION TC TASA ACTIV. Y SERVICIOS DE HIGIENE PUBLICA

AÑO 1995N07903076T MARTIN MATEOS TEODOSIO ITC998000116D 26.215N30393032G RANCHAL MOYANO MANUEL ITC998000085U 4.620

EXACCION TC TASA ACTIV. Y SERVICIOS DE HIGIENE PUBLICAAÑO 1996

N30393032G RANCHAL MOYANO MANUEL ITC998000086W 4.954EXACCION TC TASA ACTIV. Y SERVICIOS DE HIGIENE PUBLICA

AÑO 1997CB14464622 A RAJATABLA S L ITC990010650B 23.170N00584252Y ABDOULAYE DIOP ITC990010157Q 6.667N24830286S ADORACION ARJONA JINENEZ ITC990010475L 883CF14456008 AEQUITAS S C A ITC990010120A 13.675N30807820X ALBA BRIOA FRANCISCO ITC990010309F 5.723N28522988K ALCIRA MONTOYA VAZQUEZ ITC990010540G 3.014N27513974V ALEXANDER BAÑOS HEYER ITC990010171F 2.089CA23045321 ALMACENES EL ARCO S A ITC990010003Y 10.872CB14438642 ALMACENES PRECASUR S L ITC990010320S 5.436N30529478Z ANA MARIA MARTINEZ DIAZ ITC990010131M 1.025N42167604W ANA MARIA ORTEGA LIVIANO ITC990010300W 34.188N30458641V ANGEL CALDERON MORENO ITC990010736U 6.181N29851370S ANGEL CUENCA MUÑOZ ITC990010016M 27.180N30802629V ANGEL ENRIQUE CORTES LUQUE ITC990010677F 6.838N30457579J ANGEL GARCIA CABALLERO ITC990010378F 11.585N30810325P ANGEL MESA MACIAS ITC990010308E 20.513N30471392A ANGEL VILLAR RODRIGUEZ ITC990010041P 21.744N30470227B ANTONIA TABAS MARQUEZ ITC990010551T 1.025N30008749M ANTONIO ALCARAZ RUZ ITC990010048X 2.222N30011197S ANTONIO ARCE LUQUE ITC990010807X 965N25970413D ANTONIO CAÑADA MONTORO ITC990010568M 1.570N00251372M ANTONIO CADIZ MENDOZA ITC990010815F 5.124N30423007X ANTONIO CARRASCO GAMEZ ITC990010361M 14.652N36463069L ANTONIO CRUZ GARCIA ITC990010622W 5.364N30543333T ANTONIO DE LA RUBIA LOZANO ITC990010137T 75.074N19386271P ANTONIO GONZALEZ VALVERDE ITC990010311H 6.838N30403030C ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ ITC990010441Z 6.190N29857632K ANTONIO NAVARRO GALLEGO ITC990010842K 1.025N29974853B ANTONIO PEREZ RUIZ ITC990010701G 8.629N30042950M ANTONIO PINTOR AGUILAR ITC990010276U 5.436N30028058V ANTONIO RODRIGUEZ DOMINGUEZ ITC990010780S 16.308N24243065F ANTONIO RODRIGUEZ MEIZOSO ITC990010373A 9.576N25254758E ANTONIO RUZ RUIZ ITC990010188Z 11.009N29840918M ANTONIO VARO RUIZ ITC990010824Q 1.453CB14112932 APROEMA S L ITC990010063N 16.308CB14396394 ASADOR ARASALBA S L ITC990010418Z 34.188CB14378103 ASADOR V CALIFA S L ITC990010050Z 5.436N30007506G ASCENSION CRUZ CANO ITC990010264G 10.872N30519791X AURELIO CAMACHO GARCIA ITC990010404J 34.188CB14413983 AUTOMOVILES EL CAIRO S L ITC990010331E 24.346CB14387260 AYATAMIS S L ITC990010611J 27.350CB14294516 AZAHAR RESTAURANTE ASADOR S L ITC990010504S 30.917CF14012389 BANAHORSE S C ITC990010191C 60.946CF14075535 BAR RESTAURANTE CARMONA ITC990010390T 34.754N22661698M BENJAMIN GARRIDO CABRERA ITC990010854Y 883N30482677H BERNABE CORDON GARCIA ITC990010155N 3.139N30539037M BLANCART SANTIAGO MARIA ISABEL ITC990010336K 10.872CB14393193 BOTAVARA CERVECERIA S L ITC990010609G 34.188N30535838A CALVO FERNANDEZ JUAN CARLOS ITC990010501P 10.160CE14090575 CAMINO MOLINA DIEGO Y OTRO CB ITC990010245L 6.838N29964203X CARLOS GONZALEZ RAYA ITC990010372Z 2.998N30463219H CARMEN GALIPIENSO ORDOÑEZ ITC990010702H 6.838N30008695C CARMEN MAESTRE GIL ITC990010782U 3.074N30532289L CARMEN RAMIRO BELLIDO ITC990010209X 5.124CG14049886 CASA DE PUENTE GENIL EN CORDOBA ITC990010692X 20.513CB14393797 CASA EL GALLEGO S L ITC990010608F 27.350N30535501B CASAUCAO PAVON BALTASAR ITC990010101E 50.802N29842696N CASILDA ZARZA MOÑIZ ITC990010220J 29.495N74174424E CAYUELAS BUENO LOURDES ITC990010393X 27.350CB14385785 CENDISUR ANDALUCIA S L ITC990010748H 14.582CF14014609 CENTRAL LECHERA DE CORDOBA ITC990010537D 8.154CG14096952 CENTRO GIMNASTICO OLIMPIA S C ITC990010688S 21.744CB14334031 CERVECERIA GRIFO'S S L ITC990010606D 13.675CB81237232 CHICAS TOP MODEL S L ITC990010835C 5.436CA14045801 CLIMATIZACIONES ANDALUCIA S A ITC990010757S 14.582CB14123834 COLON 19 S L ITC990010399D 5.436CA08186860 COMERCIAL ESPAÑOLA LA ARAÑA S A ITC990010430M 5.436CH14238851 COMUNIDAD DE PROPIETARIOS ITC990010329C 24.346CH14323356 COMUNIDAD DE VECINOS ITC990010535B 7.075CH14328454 COMUNIDAD DE VECINOS ITC990010488A 74.341

N29966409P CONCEPCION LARA MUÑOZ ITC990010817H 3.014CA14030563 CONFECCIONES MEZQUITA S A ITC990010763Z 17.023CB14282099 CONFECCIONES ROVER PADILLA S L ITC990010261D 10.872CB14231153 CONMOVAL S L ITC990010307D 5.436CE14401053 COPICOR C B ITC990010727K 16.308CB14235923 COPYGRAFIA UNIVERSITARIA S L ITC990010732Q 16.308CB14333785 CORDOBA CIEN SL ITC990010178N 5.436CB14333785 CORDOBA CIEN SL ITC990010500N 5.436CB41604992 CORDOPIEL S L ITC990010360L 14.591N30796471T COUÑAGO LUQUE LUIS ITC990010024W 96.019N28877199D CUSTODIA FERNANDEZ MAYA ITC990010710R 16.428N30495521M DANIEL GOMEZ CABELLO ITC990010628C 20.513N23793828Y DAVID DEL PINO RODRIGUEZ ITC990010448G 2.222N29972254B DIEGO ALMALLONES CORREAS ITC990010818J 11.009N30458313B DIEGO DIAZ ESPINOSA ITC990010805U 965N30795754L DIEGO FERNANDEZ GONZALEZ ITC990010474K 1.823N30518202P DIEGO URBANO GARRIDO ITC990010208W 1.025N27730388R DIONISIO COTO VAZQUEZ ITC990010544L 5.436N30495012W DIONISIO ROLDAN REYES ITC990010519J 27.180CA14062855 DIPAUTO S A ITC990010412S 21.744N72715567D DONOSO POSTIGO FRANCISCO MANUEL ITC990010521L 5.504CB14374532 DROGUERIA Y PERFUMERIA PADILLA S L ITC990010613L 10.872N30027267P EMILIA SANTIAGO ADAME ITC990010058H 16.308N30445004L EMILIO GONZALEZ RAMIREZ ITC990010295Q 6.838N30808738P ENCARNACION BAUTISTA SORIANO ITC990010590L 29.983N29825577M ENRIQUE BAENA RUIZ ITC990010136S 3.139CE14204051 ENRIQUE DGUEZ Y BERNABE CARMONA C ITC990010759U 24.346N30437523J ENRIQUE LUCENA TORRES ITC990010426H 8.298N44365547L ENRIQUETA RUZ CASTEJON ITC990010018P 4.360N33409469Z ENRIQUETA VARGAS ACOSTA ITC990010470F 3.014N28919342Q ESTHER CALIZ ORTEGA ITC990010813D 4.099N30435498N ESTRELLA MORENO HERENCIA ITC990010454N 4.312N11823169L EVA MARIA MUIÑA PAJARES ITC990010152K 1.570N30811884A EVA RODRIGUEZ RODRIGUEZ ITC990010278X 5.723N30502198N FCO JAVIER CREMADES CEJUDO ITC990010150H 3.139N44362960P FCO JAVIER CUBERO ESPEJO ITC990010039M 10.160N30042432Q FEDERICO CANO MERINO ITC990010832Z 10.872N30450544Q FELIPA PORRAS REYES ITC990010477N 3.758N30000475B FELIPE MORAL PERALVAREZ ITC990010525Q 16.513CE14365779 FERLU C B ITC990010296R 5.436N30437551H FERMIN YAMUZA GARCIA ITC990010077D 10.872N29823204R FERNANDO BERDUD HORRILLO ITC990010855Z 940CA14020911 FERNANDO BERDUD HORRILLO S A ITC990010328B 2.441N00367641D FERNANDO RABADAN MARTINEZ ITC990010121B 5.532N30472435B FLORA ISABEL PRIOR FERNANDEZ ITC990010192D 13.675N30428822Y FRANCISCA ORTEGA LIMON ITC990010838F 2.598N30509767Z FRANCISCO BONO PACHECO ITC990010850T 940N30415239Q FRANCISCO CASADO CABEZUELO ITC990010520K 27.180N30009065E FRANCISCO DELGADO AGUILERA ITC990010800P 2.906N29885306A FRANCISCO FERNANDEZ RUIZ ITC990010134Q 3.394N30425945G FRANCISCO GARCIA ENCINA REY ITC990010656H 5.532N29838076S FRANCISCO GARCIA JIMENEZ ITC990010846P 940N52636001H FRANCISCO GREUS GREUS ITC990010497K 2.906N30054214E FRANCISCO GUTIERREZ ROSCH ITC990010083K 10.872N30515500C FRANCISCO JAVI MONTERO TORDERA ITC990010392W 13.675CB14362081 FRANCISCO JIMENEZ BLANCO S L ITC990010754P 21.936N29958203J FRANCISCO JIMENEZ JIMENEZ ITC990010491D 5.436N29988289S FRANCISCO MARTINEZ GONZALEZ DEL ITC990010062M 6.667N30434653H FRANCISCO MARTINEZ MORALES ITC990010385N 13.201N30059805R FRANCISCO MONTILLA CHICANO ITC990010218G 6.838N01443413W FRANCISCO ROMERO MAYA ITC990010679H 2.766N52554421L FRANCISCO SERRA MUÑOZ ITC990010159S 6.181CA36180917 FRIGODIS S A ITC990010753N 2.441CA14088884 FUJIYAMA S A ITC990010169D 4.445CB14396782 G B GAS S L ITC990010741A 2.441N30447606E GARCIA LUNA ALFONSO JESUS ITC990010165Z 3.042CB14439269 GAVIA DECORACION S L ITC990010840H 27.180N30532423S GEMA BARATTA PEREZ ITC990010156P 4.312CA14202006 GONGORA ESPECTACULOS S A ITC990010403H 75.074N30444863Q GREGORIO MARTINEZ TORRES ITC990010653E 2.598CE14466197 HANOI C B ITC990010566K 10.872CG14464705 HERMANOS BARBY S C ITC990010584E 20.513CA14024241 HERYMON S A ITC990010175K 21.744CA03154929 HIPERZAPATO DE EUSKADI S A ITC990010236B 5.436CB14346365 INDUSTRIAS DE PINTURAS PINDECOR S ITC990010742B 9.701CB14226666 INSTALACIONES CONYTEC S L ITC990010761X 12.204N80138727B IRENE REDONDO VILLA ITC990010237C 10.872N30495911G ISABEL BELMONTE SILVA ITC990010493F 20.513N75694417Z ISABEL GALLARDO RODRIGUEZ Y O ITC990010837E 16.308N02696753A JESUS JUAREZ ARRAEZ ITC990010853X 940N52541602B JOAQUIM M MARTINEZ ESPAÑA ITC990010830X 2.089N52548439V JOAQUIN CIUDAD RUIZ ITC990010108M 34.188N30453221W JOAQUIN GARCIA RODRIGUEZ ITC990010526R 27.180N30785703L JOSE ALCAIDE MORENO ITC990010181R 10.872N29990284D JOSE ALCARAZ ALONSO ITC990010796K 16.308N44351805P JOSE ANGEL ROMERO SANCHEZ ITC990010827T 8.890N30812359H JOSE ANTONIO ADOLFO DIAZ ITC990010417Y 120.024N29906762T JOSE BELTRAN PRIEGO ITC990010707N 1.453N30446365T JOSE CARLOS SANZ GUTIERREZ ITC990010844M 3.074N26017423F JOSE CRISTOBAL FIGUERAS JUAREZ ITC990010429L 5.532N08825125W JOSE EMILIO LARA LORENZO ITC990010626A 2.766N30435796B JOSE GARCIA DEL ROSAL ITC990010878Z 3.758N30503180M JOSE GUTIERREZ OBRERO ITC990010263F 5.436N75692598N JOSE HERRERA CABRERA ITC990010857B 940N30004527S JOSE JIMENEZ ALMEDINA ITC990010224N 5.234N29835398M JOSE LOAISA LOPEZ ITC990010867M 940N52245624C JOSE LUIS GONZALEZ GONZALEZ ITC990010199L 2.816N30407461N JOSE LUIS PRIETO HUERTAS ITC990010545M 34.188N30063236M JOSE MUÑOZ VARO ITC990010849S 2.819N75660179T JOSEFA FORTEA CARRASCO ITC990010074A 20.321N30411628Q JOSEFA HUERTAS NUÑEZ ITC990010078E 1.363N29922464Q JOSEFA JIMENEZ AGUILAR ITC990010468D 1.990N30816416G JOSEFA LEAL REYES ITC990010471G 1.823N30063664L JOSEFA VALENZUELA MANCEBO ITC990010213B 1.453N32123179E JOSEFINA SOMESO MUIÑOS ITC990010697C 16.428CE14172191 JOYAS VIRGINIA C B ITC990010021S 27.180N30392339R JUAN ALCAIDE HERRERA ITC990010872S 940N30789612H JUAN BERMUDEZ MANZANO ITC990010528T 2.819N30520691J JUAN CARLOS CASTRO ARENAS ITC990010042Q 1.453N30536318T JUAN CARLOS ILLESCAS DUQUE ITC990010647Y 5.532N25905647B JUAN FAJARDO CARMONA ITC990010767D 2.050N30514651E JUAN FERNANDO RAMOS CARMONA ITC990010771H 4.916N30518998E JUAN GOMEZ LORENTE ITC990010874U 4.698N29945784Z JUAN LUQUE AMAYA ITC990010686Q 67.596N18898901P JUAN LUQUE MORA ITC990010306C 5.436N30465396X JUAN MARIA ADAME MARIN ITC990010703J 1.453N75700226G JUANA CASTILLO RANCHAL ITC990010803S 4.039N30542359S JUSTO ALONSO POLAINA ITC990010375C 12.768CA14212039 LAVINCOR S A ITC990010752M 7.322N30448356J LEONOR ESCRIBANO ZAFRA ITC990010433Q 34.188CB14413835 LIMPIAUTO LA TORRECILLA S L ITC990010762Y 19.526CB18342238 LINARES Y GOMEZ S L ITC990010642S 5.436N30801023K LORENZO RUIZ MONTILLA ITC990010247N 5.436N05090185D LUCAS DURAN TORRES ITC990010251S 27.180N29939706P LUCAS RELAÑO ROJAS ITC990010162W 1.570N30522063M LUIS LOPEZ GALINDO ITC990010281A 5.436N15117856W LUIS MARIA CASIN OLEA ITC990010684N 9.576N30029056A LUIS SERRANO TOLEDANO ITC990010539F 5.064N29858526H LUISA MEDINA RODRIGUEZ ITC990010569N 13.675N30498513F LUQUE CORDOBA MARIA JOSEFA ITC990010432P 10.872N29976880Z M DEL CARMEN SERRANO GOMEZ ITC990010242H 6.278

Page 26: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

1370 Martes, 28 de marzo del 2000 B. O. P. núm. 72

N00403141C M LOURDES CASADO LOPEZ ITC990010167B 1.025N52552804N M MAGDALENA VARGAS CORTES ITC990010772J 512CB14459010 MACDINGA S L ITC990010648Z 10.872N30931926P MAGDALENA MORALES CRIADO ITC990010198K 3.074CB14223507 MAJOROMADOLO S L ITC990010643T 120.024N01397271K MALIKA LARHRAM ITC990010032E 4.445N01397271K MALIKA LARHRAM ITC990010787A 75.074N30418499X MANUEL BAÑOS BUENO ITC990010828U 13.675N42993268N MANUEL BARRILERO CAZALLA ITC990010087P 13.675N30520424E MANUEL MORA PEREZ ITC990010028A 4.312N30037222G MANUEL POSADILLO CANTABRANA ITC990010219H 3.042N17226782N MANUEL SIERRA PLANA ITC990010414U 3.192CA28332369 MANUFACTURAS CADOR S A ITC990010170E 10.872N30499257S MARI CARMEN MUÑOZ LOZANO ITC990010673B 50.802N01176158F MARIA ANGELES DIAZ VALVERDE ITC990010053C 5.436N30443633M MARIA AVELINA LUQUE MONSERRAT ITC990010548Q 21.744N22710722Q MARIA CARMEN AUGUSTO CARRASCO ITC990010035H 1.453N30015449N MARIA CARMEN BAREA MONTES ITC990010820L 4.099N30525393T MARIA CARMEN FERNANDEZ GONZALEZ ITC990010195G 5.436N30834550Z MARIA CARMEN GOMEZ PEÑA ITC990010460U 1.879N30796177M MARIA DEL CARM CALERO MUÑOZ ITC990010499M 2.089N30491505Z MARIA DEL CARM GOMEZ GARCIA ITC990010447F 2.222N30419116Y MARIA DEL CARM LEON PARRA ITC990010549R 16.308N24196902M MARIA DEL CARM LOPEZ LUCENA ITC990010415W 2.998N44353402H MARIA DEL MAR JIMENEZ ROLDAN ITC990010478P 883N30522102K MARIA DEL PILA BLANCO GARCIA ITC990010343S 27.522N30029801N MARIA ISABEL DOMINGUEZ RUIZ DE CASTITC990010040N 4.270N12716659M MARIA ISABEL LERONES MERINO ITC990010450J 2.222N30549754G MARIA PAZ ABAD BARRIONUEVO ITC990010298T 2.222N26034563N MARIA PILAR CORTES CORTES ITC990010541H 2.816N29935170A MARIA SUAREZ VAZQUEZ ITC990010081H 1.453N30541786V MARIA URBANO FUILLERAT ITC990010069U 120.024N15883471Q MARIA VICTORIA HERRERO MENDEZ ITC990010706M 2.906N29910892J MERCEDES MERINA BUENO ITC990010011G 38.298N30007710R MERCEDES SERRANO ABAD ITC990010241G 1.570CB14433718 MESON RESTAURANTE LA PLATA S L ITC990010371Y 23.170CA14056048 METALCOLOR MOSE S A ITC990010265H 5.436N30542219J MIGUEL ANGEL CAMPOS TORRES ITC990010529U 2.819N70347415Y MILAGROS LOPEZ CEBRIAN ITC990010699E 2.222CB14383087 MUEBLES DISTINTOS LOPEZ S L ITC990010760W 2.410N30509145J MURIEL OSUNA ANTONIO ITC990010179P 6.838N30509145J MURIEL OSUNA ANTONIO ITC990010617Q 20.513CB81645178 NAJERA CENTRO DE ARTE S L ITC990010440Y 16.308CE14423362 NATURA C B ITC990010097A 5.436N30538876M NAVARRO RUBIO PEDRO ITC990010522M 27.522CB14456990 NAVAS Y CABELLO S L ITC990010719B 10.872N01465787C NOUZHA KHAROUFI ITC990010279Y 1.453N30391988H PATRICIO ORTIZ GALVEZ ITC990010756R 2.441N29964083M PEDRO HIDALGO TEJEDERAS ITC990010289J 4.702N30792445E PILAR ROSALES CALA ITC990010877Y 1.823N30396157R PILAR RUZ MARTINEZ ITC990010367T 8.756CB14305429 POYATO REYES S L ITC990010685P 25.481CB14426688 PRODUCCIONES PUBLIÑCORDOBA S L ITC990010256Y 10.872CB14113955 PRODUCTOS DE OFICINA DE CORDOBA S ITC990010111Q 27.180CB14441331 PRODUCTOS SAYMA S L ITC990010740Z 7.322CB14455968 PROMOCIONES EXCLUSIVAS INMOB ANDAL ITC990010143A 5.436CB14333762 PUB LIMITE S L (PUBLICO) ITC990010423E 13.675N30450657Z RAFAEL CERVAN PASTRANA ITC990010184U 1.025N30533161V RAFAEL ESPINAR GARCIA ITC990010869P 3.758N30494618E RAFAEL FERNDO MILLAN REDONDO ITC990010269M 16.308N30013232A RAFAEL GUERRERO REQUEJO ITC990010014K 2.816N30522476G RAFAEL LOZANO LOPEZ ITC990010260C 11.009N30930614F RAFAEL MONTILLA MESA ITC990010031D 2.089N30821715J RAFAEL MORENO RODRIGUEZ ITC990010845N 3.074N29866990H RAFAEL NAVARRO DIAZ ITC990010211Z 21.744N29912743R RAFAEL NEVADO PEREZ ITC990010715X 12.768N30441407X RAFAEL PERALES BALASTEGUI ITC990010347X 11.585N30545266R RAFAEL PEREZ IGEÑO ITC990010346W 16.308N30058076C RAFAEL RUANO ROLDAN ITC990010288H 27.350N30420391Q RAFAEL SUAREZ VARELA PEREZ ITC990010207U 1.025N30442436G RAFAEL TRENAS MUÑOZ ITC990010624Y 5.436N30529492M RAFAELA CASTRO GOMEZ ITC990010705L 1.453N75630476J RAFAELA CORRO ARANDA ITC990010070W 20.513N29976727E RAFAELA GARCIA CUEVAS ITC990010363P 2.906N30466752D RAFAELA MAESTRE GIL ITC990010766C 2.834N30790306E RAFAELA SERRANO JIMENEZ ITC990010413T 10.872N30536712A RAMON CORTES MALLARIN ITC990010483U 27.180N07749466F RAMON FERNANDEZ SAAVEDRA ITC990010022T 4.360N30482405E RAMOS SIERRA JESUS RAFAEL ITC990010655G 10.896N30393032G RANCHAL MOYANO MANUEL ITC998000087X 5.272N00346199A RAYMOND LOUIS ALLON ITC990010442A 9.576CB14206767 RECREATIVOS CRESPO S L ITC990010294P 27.180CB14430425 RELOCARE S L ITC990010130L 16.308CB14406946 REPRESENTACIONES ARREBOLA S L ITC990010232X 5.436N30053970P RICARDO PRIETO OCHOA ITC990010712T 11.585CB14439780 ROBERPRO S L ITC990010444C 27.180CB14396949 ROTIALTEC S L ITC990010303Z 5.436N30536062C RUIZ RODRIGUEZ ANTONIO DAVID ITC990010445D 5.436CA60710472 S I O RECURSOS HUMANOS E T T S ITC990010619S 21.744N30943951G SALMERON MUÑOZ ANA BEATRIZ ITC990010791E 5.124N28853674J SALUD AMPARO BORREGO RODRIGUEZ ITC990010585F 5.436CF14214720 SANDINO S C A ITC990010687R 43.493N30513522C SANTIAGO AMADOR MORENO ITC990010472H 1.879N30791610S SANTIAGO MORENO CAMPOS ITC990010473J 3.758CG14006134 SDAD SOCORROS MUTUOS DE ORIFICES Y ITC990010670Y 13.675N07000249S SENEN ESCUDERO CLEMENTE ITC990010383L 27.180N30072339T SERAFIN LOPEZ JIMENEZ ITC990010231W 2.906CA18083790 SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD ITC990010510Z 27.180N00015156E SINDT KNUD ITC990010163X 6.181N30830044Q SONIA MARIA GUERRERO LOPEZ ITC990010660M 5.436CB14101471 SOUF S L ITC990010509Y 13.675CB80712409 STOP DISCOS S L ITC990010829W 5.436CB14338818 SULPAN S L ITC990010806W 16.308CB14293849 TECNICOS DE COCINA CORDOBA S L ITC990010825R 10.872CB14276539 TECO COMUNICACIONES S L ITC990010633H 10.872CB14360341 TEXACOR S L ITC990010751L 2.441CA14066641 TORNIJOYA S A ITC990010301X 10.872CA14380109 TRADE ALTIEMPO ESPAÑA S A ITC990010747G 14.645N30794839R TRILLO SERRANO JUAN MANUEL ITC990010110P 27.350N30428552N VICENTE GARCIA PORRAS ITC990010841J 2.762N02634330W VICTOR MANUEL RODRIGUEZ ALVAREZ ITC990010160T 1.570CA14077986 VINICA CORDOBESA S A ITC990010391U 20.513N29804066E ZAMORANO GONZALEZ ANGEL ITC990010138U 21.744N01335751A ZHONGBIN WANG ITC990010037K 11.585

EXACCION TC TASA ACTIV. Y SERVICIOS DE HIGIENE PUBLICAAÑO 1998

N30786307W PEREZ BARROSO FERNANDO ITC998000097H 5.542N30393032G RANCHAL MOYANO MANUEL ITC998000088Y 5.542N30448224L RUIZ MENGUAL ALFONSO ITC998000081Q 5.542N29732971C RUIZ MENGUAL ANTONIA ITC998000083S 5.542

EXACCION TG TASA SERVICIOS POLICIA MUNICIPALAÑO 1999

PLANTON FERNANDEZ JAVIER ITG998000497X 87.720N30525277E PRIETO CASTRO PABLO JOSE ITG998000508J 28.080D005796781 PRIOR DIAZ ALFONSO ITG998000488M 27.600

EXACCION TL TASA DE MERCADOSAÑO 1999

N29811690X GONZALEZ YAÑEZ JUAN ITL998000254W 21.834N29811690X GONZALEZ YAÑEZ JUAN ITL998000255X 21.834N30415810N LEON SANCHEZ TRANSITO ITL998000190B 15.636N30415810N LEON SANCHEZ TRANSITO ITL998000225P 15.636

N30415810N LEON SANCHEZ TRANSITO ITL998000258A 15.636N29806198S MARTINEZ VALLES MANUEL ITL998000178N 21.834N29806198S MARTINEZ VALLES MANUEL ITL998000179P 21.834N29806198S MARTINEZ VALLES MANUEL ITL998000180Q 21.834N29806198S MARTINEZ VALLES MANUEL ITL998000212A 21.834N29806198S MARTINEZ VALLES MANUEL ITL998000213B 21.834N29806198S MARTINEZ VALLES MANUEL ITL998000214C 21.834N29806198S MARTINEZ VALLES MANUEL ITL998000242H 21.834N29806198S MARTINEZ VALLES MANUEL ITL998000244K 21.834N30449244G RODRIGUEZ NIETO MARIA JOSEFA ITL998000183T 15.636N30449244G RODRIGUEZ NIETO MARIA JOSEFA ITL998000218G 15.636N30449244G RODRIGUEZ NIETO MARIA JOSEFA ITL998000247N 15.636

Córdoba, a 6 de marzo del 2000.— La Jefa del Departamentode Recaudación, M. Antonia Garrido Luque.

PEDRO ABADNúm. 2.900

RESOLUCIÓN DE LA ALCALDIA, EN BASE A LO DISPUESTOEN EL ART. 21.1.G. DE LA LEY 7/85, DE 2 DE ABRIL, Y BASES3ª.1 Y 6ª DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR UNA PLAZA DEPOLICIA, DECLARANDO LOS ASPIRANTES ADMITIDOS Y EX-CLUIDOS, TRIBUNAL CALIFICADOR Y LUGAR DIA Y HORA DECOMIENZO DE LOS EJERCICIOS PARA PROVISIÓN DE LA PLA-ZA ALUDIDA.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, de conformi-dad con lo establecido en la Base 6ª de la convocatoria para pro-veer una plaza de Policía Local, BOP. núms. 286 y 20 de 15.12.99y 26.01.00, por la presente resuelvo:

1.- Aprobar la lista de aspirantes admitidos y excluidos a laspruebas selectivas, según detalle del Anexo I, estableciéndose unplazo de diez días, a contar desde el siguiente al de publicacióndel presente, a efectos de subsanación de errores.

2.- Designar los miembros del Tribunal Calificador y publicar éstea los efectos de lo dispuesto en los arts. 28 y 29 de la L.30/92, de26 de Noviembre, sobre Régimen Jco., de las AA. PP. y Procedi-miento Adtvo. Común, según detalle del Anexo II.

3.- Convocar al Tribunal Calificador para su constitución para elpróximo día 25 de Abril de 2000 a las 9’30 horas.

4.- Convocar a los aspirantes admitidos para la practica de laspruebas físicas, según orden fijado en las Bases de la Convocato-ria, para el próximo día 25 de Abril de 2000, a las 10’00 horas, enel Campo de Fútbol Municipal, sito en la prolongación de la C/ Sta.Rafaela María, s/n., de esta localidad.

Lo que se publica para general conocimiento, significando quede acuerdo con lo establecido en la Base 6ª de la Convocatoria elresto de anuncios que se deriven de esta oposición se efectuaranen el Tablón de Anuncios Municipal.

Dado en Pedro Abad a 22 de Marzo de 2000.— El Alcalde, firmailegible.

ANEXO I.- ASPIRANTES ADMITIDOS:D. José Antonio León GarcíaD. Alfonso González GálvezD. Sebastián Merino BejaranoD. Abrahan Esquinas MartínezD. Sergio Criado RuizD. Antonio Mérida MorenoD. Francisco José Benítez ToroD. Javier Moreno CabelloD. Antonio Encinas RojasD. Pedro González EscuderoD. Pedro Luis Chueco OviedoD. Mario José Sánchez CuestasD. Luis Antonio Monje CuelloD. David Areales HerruzoD. Antonio Jesús Martín AdameD. David Sánchez DueñasD. Manuel Mata ReinaD. Martín Romero MagdalenoD. Tomás Jurado DuqueD. Eduardo Montero LozanoD. Juan Fabián Muñoz MontserratDª. Victoria E. Arjona GonzálezD. Luis María Benítez TorricoD. Antonio Checa Barea

EXCLUIDOS:D. Francisco Herencia Gómez, carecer permiso BTPD. Julio Rodríguez López, carecer permiso Clase AD. Rafael Carpio Laguna, presentado fuera de plazo

ANEXO II.- TRIBUNAL.-Presidente, D. Miguel García Rodríguez

Page 27: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

B. O. P. núm. 72 Martes, 28 de marzo del 2000 1371

Vocales, titulares y suplentes,Dª. Magdalena Luque Canalejo, D. Juan Hidalgo HernándezDª. María Luisa Wic Serrano, Juana María Gaitán LoraD. José Alberto Lozano Prieto, Isabel Lara RojasD. José R. Agote Esparcia, D. Antonio Sánchez DomínguezD. María Paz de Diego Rodrigo, María José García PalmaD. Antonio Andrés Muñoz Díaz, Francisco Moreno NavajasSecretario, D. Juan Francisco Gómez Gracia

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJ U Z G A D O S

CÓRDOBANúm. 1.338

Cédula de citaciónÓrgano que ordena citar: Juzgado de Instrucción Número Tres

de Córdoba.Resolución que lo acuerda: Resolución de esta fecha dictada en

el Juicio de Faltas número 228/1999.Persona que se cita y objeto de la citación: Don Gabriel Mondéjar

Fernández en calidad de Denunciado para asistir al Juicio de Fal-tas seguido por carecer de Seguro Obligatorio.

Lugar, día y hora donde debe comparecer: En la sede de esteJuzgado sito en (teléfono), Sala de Vistas número planta quinta, el28 de abril del 2000, a las 10´15 horas.

Prevenciones Legales1.– Si no comparece ni alega justa causa que se lo impida, pue-

de ser multado en la cuantía que la Ley señala, parándole el per-juicio a que hubiere lugar en derecho. En el caso de residir fueradel lugar del juicio puede dirigir escrito a este Juzgado alegando loque estime oportuno a su defensa y apoderar a persona que pre-sente en el juicio las pruebas en descargo que tuviere.

2.– Puede acudir al juicio asistido de Letrado, si bien éste no espreciso.

3.– Debe comparecer en el juicio con todos los medios de prue-ba de que intente valerse.

4.– Se le acusa de carecer de Seguro Obligatorio.5.– Se le cita por este medio, en atención a no haber podido

averiguarse su actual paradero y de acuerdo con lo dispuesto enel artículo 178 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

En Córdoba, a 7 de febrero del 2000.— El Secretario, firma ilegi-ble.

———Núm. 1.339

Cédula de citaciónÓrgano que ordena citar: Juzgado de Instrucción Número Tres

de Córdoba.Resolución que lo acuerda: Resolución de esta fecha dictada en

el Juicio de Faltas número 225/1999.Persona que se cita y objeto de la citación: Don Juan Manuel

García Rodríguez en calidad de Denunciado para asistir al Juiciode Faltas seguido por falta carecer de Seguro Obligatorio.

Lugar, día y hora donde debe comparecer: En la sede de esteJuzgado sito en (teléfono), Sala de Vistas número planta quinta, el28 de abril del 2000, a las 10´10 horas.

Prevenciones Legales1.– Si no comparece ni alega justa causa que se lo impida, pue-

de ser multado en la cuantía que la Ley señala, parándole el per-juicio a que hubiere lugar en derecho. En el caso de residir fueradel lugar del juicio puede dirigir escrito a este Juzgado alegando loque estime oportuno a su defensa y apoderar a persona que pre-sente en el juicio las pruebas en descargo que tuviere.

2.– Puede acudir al juicio asistido de Letrado, si bien éste no espreciso.

3.– Debe comparecer en el juicio con todos los medios de prue-ba de que intente valerse.

4.– Se le acusa de falta carecer de Seguro Obligatorio.5.– Se le cita por este medio, en atención a no haber podido

averiguarse su actual paradero y de acuerdo con lo dispuesto enel artículo 178 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

En Córdoba, a 7 de febrero del 2000.— El Secretario, firma ilegi-ble.

———

Núm. 1.340Cédula de citación

Órgano que ordena citar: Juzgado de Instrucción Número Tresde Córdoba.

Resolución que lo acuerda: Resolución de esta fecha dictada enel Juicio de Faltas número 231/1999.

Persona que se cita y objeto de la citación: Don Rafael MarínHernández en calidad de Denunciado para asistir al Juicio de Fal-tas seguido por carecer de Seguro Obligatorio.

Lugar, día y hora donde debe comparecer: En la sede de esteJuzgado sito en (teléfono), Sala de Vistas número quinta planta, el28 de abril del 2000, a las 10´20 horas.

Prevenciones Legales1.– Si no comparece ni alega justa causa que se lo impida, pue-

de ser multado en la cuantía que la Ley señala, parándole el per-juicio a que hubiere lugar en derecho. En el caso de residir fueradel lugar del juicio puede dirigir escrito a este Juzgado alegando loque estime oportuno a su defensa y apoderar a persona que pre-sente en el juicio las pruebas en descargo que tuviere.

2.– Puede acudir al juicio asistido de Letrado, si bien éste no espreciso.

3.– Debe comparecer en el juicio con todos los medios de prue-ba de que intente valerse.

4.– Se le acusa de carecer de Seguro Obligatorio.5.– Se le cita por este medio, en atención a no haber podido

averiguarse su actual paradero y de acuerdo con lo dispuesto enel artículo 178 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

En Córdoba, a 7 de febrero del 2000.— El Secretario, firma ilegi-ble.

———Núm. 2.069

Don Francisco Martín Luna, Magistrado-Juez del Juzgado de Pri-mera Instancia Número Seis de Córdoba, hace saber:Que en el Expediente de Dominio, seguido en este Juzgado bajo

el número 107/2000, a instancias de don José Manuel GómezGonzález y doña Antonia Zurita Sánchez, representados por laProcuradora señora Murillo Agudo para la reanudación del tractosucesivo respecto de la finca que se describe, se ha dictado lasiguiente resolución:

Providencia: Magistrado-Juez Iltmo. Sr. Martín Luna.– Córdoba,a 1 de marzo del 2000.

Dada cuenta; el anterior escrito que presenta la Procuradora se-ñora Murillo Agudo, únase a los Autos de su razón y en su virtud,se tiene por interpuesto por la referida Procuradora en la represen-tación que acredita Expediente de Dominio para la reanudacióndel tracto sucesivo de la finca urbana piso segundo derecha exte-rior de la casa de nueva construcción con fechada a la calle B, sinnúmero de gobierno en el pago de San Sebastián, hoy casa núme-ro 17, de la calle Batalla de los Cueros de la ciudad de Córdoba.Linda, con el patio de entrada en línea de 7 metros con 90 centí-metros; con vivienda tipo C; izquierda, en 2 metros lineales, con laescalera, en 3 metros con 20 centímetros, con el patio central, en5 metros con 75 centímetros; con la medianería Sur, en 10 metroscon 20 centímetros y con la calle B, en 5 metros con 75 centíme-tros.

Dése traslado del expediente al Ministerio Fiscal y cítese perso-nalmente a don José Manuel Gómez González y doña AntoniaZurita Sánchez en calidad de promotores del expediente y de po-seedores de hecho de la referida finca. Cítese personalmente altitular catastral y trasmitente don José Agustín Gómez Martorell ycítese por medio de edictos a los titulares registrales de la fincadon Mateo Pérez Gómez y doña Josefa Pérez Morillo, en cuanto auna mitad indivisa en pleno dominio y don Juan Jodral Jiménez ydoña Antonia Gutiérrez Alcudia en cuanto a otra mitad indivisa depleno domicilio, así como a las personas ignoradas a las que pue-da afectar la inscripción que se pretende para que dentro del plazode 10 días puedan personarse en el expediente y alegar lo que asu derecho convenga.

Así lo acuerda, manda y firma Su Señoría, de lo que doy fe.M/. Ante mí.Y para que sirva de citación en forma en el plazo que se contie-

ne, se expide el presente edicto en Córdoba, a 1 de marzo del2000.— El Magistrado-Juez, Francisco Martín Luna.— Ante mí: ElSecretario, firma ilegible.

———

Page 28: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

1372 Martes, 28 de marzo del 2000 B. O. P. núm. 72

Núm. 2.433Don Ramón Gómez Ruiz, Magistrado del Juzgado de lo Social

Número Tres de Córdoba y su Provincia, hago saber:Que en este Juzgado se tramitan Autos número 910/99, a ins-

tancia de don Rafael Escudero Montesinos, contra empresa LisardoIbarra Arana, en reclamación por Cantidad, en los que con fecha08-03-2000, se dictó Resolución cuya parte dispositiva dice:

Que debía declarar y declaraba a la ejecutada empresa LisardoIbarra Arana, insolvente total por ahora y sin perjuicio de si mejorade fortuna reanudar el procedimiento, en el sentido legal y para lasresultas del procedimiento.

Notifíquese a las partes con la advertencia de que en cualquiermomento podrán instar la reanudación del procedimiento y embar-go de bienes del deudor, si mejora de fortuna, archivándose mien-tras tanto el procedimiento.

Contra la presente Resolución, cabe Recurso de Reposición anteeste órgano en el plazo de tres días, ante este Juzgado, sin perjui-cio de su ejecutividad.

Y para que así conste y sirva de notificación en forma a empre-sa Lisardo Ibarra Arana, que tuvo su domicilio en Avda. de Barce-lona, número 26, 6.º-4, Córdoba, hoy en ignorado paradero y a laque se advierte que en lo sucesivo cuantas notificaciones debanrealizarse, que no sean Autos, se le efectuarán en los Estrados delJuzgado, expido el presente que firmo en Córdoba, a 8 de marzodel 2000.— El Magistrado, Ramón Gómez Ruiz.— La Secretaria,Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

———Núm. 2.654

La Secretaria del Juzgado de Primera Instancia Número Siete deCórdoba y su Partido, doña María Teresa Rossi Martín, hacesaber:Que en este Juzgado se sigue procedimiento Menor Cuantía 42/

2000-B, a instancia de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Ma-drid, representada por la Procuradora doña Mercedes CabañasGallego, contra Ibérica Sistemas para Climatización, Sociedad Anó-nima, don Agustín Rodríguez de Lara, doña Josefa Sánchez Corba-cho, don Rafael Valverde de Diego, doña María Dolores GarcíaCourtoy Calero, don Carlos Arrabal Rodríguez, doña Rosa MontillaAlcalá y Banco Popular Español, Sociedad Anónima, en el que conesta fecha se ha dictado la siguiente:

“SentenciaEn Córdoba, a 29 de febrero del 2000.El Ilustrísimo señor Magistrado-Juez de Primera Instancia Número

Siete de Córdoba y su Partido, don Felipe Luis Moreno Gómez, ha vistolos presentes Autos de Juicio de Menor Cuantía, seguidos bajo el nú-mero 42/2000-B, a instancia de Caja de Ahorros y Monte de Piedad deMadrid, representada por la Procuradora doña Mercedes Cabañas Ga-llego, y asistida del Letrado don Ignacio Enríquez García, contra IbéricaSistemas para Climatización, Sociedad Anónima, don Agustín Rodríguezde Lara, doña Josefa Sánchez Corbacho, contra don Rafael Valverde deDiego y doña María Dolores García Courtoy Calero, representados porel Procurador don Pedro Bergillos Madrid y asistidos del Letrado señorValverde Abril, contra don Carlos Arrabal Rodríguez y doña Rosa MontillaAlcalá, representados por la Procuradora doña María Jesús MadridLuque, y dirigidos por el Letrado señor Toledano Pozo y contra BancoPopular Español, Sociedad Anónima, representada por el Procuradordon Manuel Giménez Guerrero y dirigida por el Letrado señor OsunaFernández.

FalloQue estimando la demanda de tercería de mejor derecho dedu-

cida por “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid”, frente a“Banco Popular Español, Sociedad Anónima”, don Carlos ArrabalRodríguez y doña Rosa Montilla Alcalá, don Rafael Valverde deDiego y doña María Dolores García Courtoy Calero y frente a “Ibé-rica de Sistema para Climatización, Sociedad Anónima”, donAgustín Rodríguez de Lara y doña María José Sánchez Corbacho,demandados estos tres últimos que se mantuvieron en rebeldía,debo de declarar y declaro el mejor derecho de “Caja de Ahorros yMonte de Piedad de Madrid”, a ser reintegrada en su crédito esta-blecido en Autos de Juicio Ejecutivo número 108/1995, del Juzga-do de Primera Instancia Número Uno de los de Córdoba, en prefe-rencia al “Banco Popular Español, Sociedad Anónima”, respectodel producto de la venta de las fincas número 7.683 y número 900del Registro de la Propiedad Número Tres de Córdoba; no procedela expresa imposición de las costas causadas.

Notifíquese y firme que sea, en su caso, llévese testimonio deesta Resolución a los Autos 3/1995-B, de los de este Juzgado,para su cumplimiento.

Así por esta Sentencia, lo pronuncia, manda y firma don FelipeLuis Moreno Gómez, Ilustrísimo señor Magistrado-Juez de Prime-ra Instancia Número Siete de Córdoba y su Partido.

Y para que lo acordado tenga debido cumplimiento, expido yfirmo el presente en Córdoba, a 29 de febrero del 2000.— La Se-cretaria Judicial, María Teresa Rossi Martín.

———Núm. 2.782

En el procedimiento de Menor Cuantía número 301/1999, sobrereclamación de cantidad, a instancia de Caja Rural de Córdoba,Sociedad Cooperativa de Crédito, representada por el Procuradordon Jesús Luque Calderón y asistida del Letrado don Ángel Fran-cisco Zafra Cabrera, contra Explotadora de Inversiones Hedel, So-ciedad Limitada, don Manuel Carlos Hernández León y herenciayacente y/o herederos indeterminados, inciertos y desconocidosde don Ignacio Delgado Pérez Boza, se ha dictado la resolucióndel tenor literal siguiente:

Propuesta de Providencia de la Secretaria Judicial doña RocíoMontes Caracuel.– En Córdoba, a 21 de febrero del 2000.

Por presentado el anterior escrito por el Procurador señor LuqueCalderón, únase a los Autos de su razón, y conforme se solicita,quede sin efecto el embargo trabado en su día sobre la finca nú-mero 81, inscrita en el Registro de la Propiedad de Fuente Obejuna,al tomo 79, libro 3, de Los Blázquez, folio 62, por no pertenecer aldifunto don Ignacio Delgado Pérez-Boza, y en su lugar, se decretael embargo preventivo, sobre la parcela de terreno procedente dela Dehesa nombrada “Llanos del Conde”, sita en el término munici-pal de Villaviciosa de Córdoba, con una extensión superficial de114 hectáreas, 98 áreas y 56 centiáreas, inscrita en el Registro dela Propiedad Número Cinco de Córdoba, al tomo 335, libro 85,folio 88, finca número 4.318; propiedad de los herederos indeter-minados, inciertos y desconocidos de don Ignacio Delgado Pérez-Boza, en los mismos términos contenidos en Auto de fecha 24 denoviembre del 1999, y notificado mediante edicto publicado en elBOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba, de fecha 14 deenero del 2000, a los referidos herederos.

Para cumplimiento de lo acordado, publíquese edictos en el BO-LETÍN OFICIAL de la Provincia de esta capital, y en el tablón deanuncios de este Juzgado, librándose el oportuno oficio.

Lo que así se propone y firma, doy fe.Conforme: La Magistrada-Juez.Y para que sirva de notificación en forma a los demás herederos

indeterminados, inciertos y desconocidos de don Ignacio DelgadoPérez-Boza, se extiende la presente para que sirva de cédula denotificación.

Córdoba, a 21 de febrero del 2000.— La Secretaria Judicial, Ro-cío Montes Caracuel.

———Núm. 2.788

En el procedimiento de Menor Cuantía número 181/1999, sobrereclamación de cantidad, a instancia de Caja Rural de Córdoba,Sociedad Cooperativa de Crédito, representada por el Procuradordon Jesús Luque Calderón y asistida del Letrado don UrbanoJiménez Luque, contra doña María Jesús Beltrami Eguilar, don Ig-nacio Delgado Beltrami, doña María Jesús Delgado Beltrami, donManuel Carlos Hernández León, herederos desconocido de donIgnacio Delgado Pérez Boza y Explotadora de Inversiones Hedel,Sociedad Limitada, representados por la Procuradora doña Encar-nación Villén Pérez y asistidos del Letrado don Antonio F. FariñasMangana, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Propuesta de Providencia de la Secretaria Judicial doña RocíoMontes Caracuel.– En Córdoba, a 25 de febrero del 2000.

Por presentado el anterior escrito por el Procurador señor LuqueCalderón, únase a los Autos de su razón, y conforme se solicita,quede sin efecto el embargo trabado en su día sobre la finca nú-mero 81, inscrita en el Registro de la Propiedad de Fuente Obejuna,al tomo 79, libro 3, de Los Blázquez, folio 62, por no pertenecer aldifunto don Ignacio Delgado Pérez-Boza, y en su lugar, se decretael embargo preventivo, sobre la parcela de terreno procedente dela Dehesa nombrada “Llanos del Conde”, sita en el término munici-pal de Villaviciosa de Córdoba, con una extensión superficial de114 hectáreas, 98 áreas y 56 centiáreas, inscrita en el Registro de

Page 29: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

B. O. P. núm. 72 Martes, 28 de marzo del 2000 1373

la Propiedad Número Cinco de Córdoba, al tomo 335, libro 85,folio 88, finca número 4.318; propiedad de los herederos indeter-minados, inciertos y desconocidos de don Ignacio Delgado Pérez-Boza, en los mismos términos contenidos en Auto de fecha 24 denoviembre del 1999, y notificado mediante edicto publicado en elBOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba, de fecha 14 deenero del 2000, a los referidos herederos.

Para cumplimiento de lo acordado, publíquese edictos en el BO-LETÍN OFICIAL de la Provincia de esta capital, y en el tablón deanuncios de este Juzgado, librándose el oportuno oficio.

Lo que así se propone y firma, doy fe.Conforme: La Magistrada-Juez.Y como consecuencia del ignorado paradero de los herederos

desconocidos de don Ignacio Delgado Pérez-Boza, se extiende lapresente para que sirva de cédula de notificación.

Córdoba, a 25 de febrero del 2000.— La Secretaria Judicial, Ro-cío Montes Caracuel.

———Núm. 2.832

En los Autos de procedimiento de Juicio Verbal número 72/2000,sobre reclamación de 72.319 pesetas, a instancia de Comunidadde Propietarios de Cocheras del Edificio número 2-4-6, de la calleCarlos III, Córdoba, representada por la Procuradora doña BlancaLeón Clavería y asistida de la Letrada doña María Victoria Garcíade la Cruz y Pineda de las Infantas, contra don Antonio García delBarrio y esposa, se ha dictado la siguiente resolución:

AutoDoña Blanca Pozón Giménez.— En Córdoba, a 19 de febrero

del 2000.Hechos

Único.– La Procuradora doña Blanca León Clavería, actuandoen nombre y representación de Comunidad de Propietarios de Co-cheras del Edificio número 2-4-6, de la calle Carlos III, Córdoba,ha formulado demanda de juicio declarativo de Juicio Verbal frentea don Antonio García del Barrio y esposa y mediante otrosí solicitaembargo preventivo de bienes del demandado, por entender quese cumplen los requisitos legales exigidos.

Razonamientos JurídicosÚnico.– El actor solicita por otrosí la adopción de medidas

cautelares tendentes a garantizar el cumplimiento de la deuda quese reclama, por ello y encontrándose la petición dentro de los su-puestos enmarcados por los artículos 1.400 y siguientes de la Leyde Enjuiciamiento Civil de conformidad con lo preceptuado por elartículo 1.397 y siguientes del propio texto legal, procede decretarel embargo preventivo de bienes de la propiedad del demandado,que sean suficientes para cubrir las responsabildiades reclama-das en Autos.

Parte dispositivaPor recibida en este Juzgado la anterior papeleta de demanda

documentos acompañados con sus copias. Regístrese.Se admite a trámite, incoándose Juicio Verbal que se sustancia-

rá conforme a las normas establecidas en los artículos 715 y si-guientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, teniéndose como parteen el mismo a doña Blanco León Clavería, con quien en tal senti-do, se entenderán las diligencias sucesivas en legal forma, devol-viéndole, en su caso, la copia de poder presentada una vez que deella quede testimonio.

Se convoca a las partes a comparecencia para el día 5 de abrilpróximo, a las 10´05 en la Sala de Audiencia de este Juzgado.

Cítese a las partes, con apercibimiento a los demandados quede no comparecer se continuará el juicio en su rebeldía sin volvera citarles.

Cítese a don Antonio García del Barrio y esposa por medio deedictos que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado yen el de su última residencia. Líbrense los despachos oportunos.

Se decreta el embargo preventivo de los bienes propiedad de donAntonio García del Barrio y Esposa en cantidad suficiente para asegurarla cantidad de 72.319 pesetas. No se llevará a efecto el embargo si en elacto de hacerlo, la parte demandada pagare, consignare o diese fianzaa responder de las cantidades reclamadas.

Guárdese en la traba el orden establecido en el artículo 1.447de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin perjuicio de lo anterior sedesigna la plaza de aparcamiento por la que se girán las cuotas.

Asimismo se libra exhorto al Juzgado de referencia para que seanote en los Autos de Juicio Verbal 402/93 aquel remanente que

surja de las subastas señaladas, se ponga a disposición de lospresentes Autos.

Sirva esta resolución de mandamiento en forma al Agente Judi-cial de este Juzgado, asistido de Secretario o quien legalmente lesustituya.

Contra esta resolución podrá la parte actora interponer Recursode Reposición en el plazo de 3 días ante este Juzgado.

El deudor podrá oponerse al embargo decretado dentro de los 5días siguientes a su realización.

Lo acuerda y firma la Magistrada-Juez, doy fe.La Magistrada-Juez.Y para que sirva de embargo preventivo y citación a los deman-

dados don Antonio García del Barrio y esposa, se expide la pre-sente en Córdoba, a 19 de febrero del 2000.— La Secretaria Judi-cial, Rocío Montes Caracuel.

PEÑARROYA-PUEBLONUEVONúm. 2.577

Doña Ana Calado Orejas, Juez del Juzgado de Primera InstanciaNúmero Dos de Peñarroya-Pueblonuevo, hago saber:Que en este Juzgado se sigue el procedimiento Expediente de

Dominio número 1.004/2000, a instancia de Santiago Durán Mar-tín, contra el Ministerio Fiscal, sobre reanudación del tracto suce-sivo, expediente de dominio para la inmatriculación de la siguientefinca: “Urbana.— Vivienda situada en planta alta, de la casa seña-lada con el número 12, en la Plaza de José Antonio Primo de Rive-ra, hoy llamada Plaza Eulogio Paz; y que hoy también tiene accesopor la calle Gómez Cobián, número 4, hoy llamada esta calle Fe-derico García Lorca, en Peñarroya-Pueblonuevo. Se accede a ellaexclusivamente por la calle Gómez Cobián, número 4, hoy calleFederico García Lorca. Ocupa una superficie construida de 94metros cuadrados. Consta de distintas dependencias. Linda, vistadesde la calle Gómez Cobián (hoy Federico García Lorca): Dere-cha, la Plaza de José Antonio Primo de Rivera (hoy Plaza EulogioPaz); izquierda, casa de doña María Luisa Ruiz Martín; y fondo, casanúmero 12 duplicado, de la Plaza de José Antonio Primo de Rivera(hoy Plaza Eulogio Paz), propia de don Manuel Gala Naranjo”.

Por el presente y en virtud de lo acordado en Providencia deesta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudieraperjudicar la inscripción solicitada para que en el término de losdiez días siguientes a la publicación de este edicto, puedan com-parecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En Peñarroya-Pueblonuevo, a 24 de febrero del 2000.— La Juez,Ana Calado Orejas.— La Secretaria, María Dolores Díaz Benítez.

POZOBLANCONúm. 2.836

Don Jesús Manuel Villegas Fernández, Juez del Juzgado de Pri-mera Instancia Número Uno de Pozoblanco, por medio del pre-sente hago saber:Que en este Juzgado de mi cargo, se siguen Autos de Juicio

Verbal Civil con el número 132/99, a instancia de Asimoto, Socie-dad Limitada, contra Transformadores Fame, Sociedad Limitada,en reclamación de cantidad por un total de TREINTA Y TRES MILCIENTO NOVENTA Y NUEVE PESETAS.

En dichos Autos, se ha dictado resolución de esta fecha, acor-dando llevar a cabo el juicio el próximo día 4 de abril, a las 11horas y citar por edictos a la sociedad demandada, al encontrarseen paradero desconocido. Y para que sirva de citación en forma ala demandada, Transformadores Fame, Sociedad Limitada, que tuvosu último domicilio conocido en Córdoba, en Polígono Las Quema-da, parcela 209, se expide el presente en Pozoblanco, a 6 de mar-zo del 2000.— El Juez, Jesús Manuel Villegas Fernández.— ElSecretario, firma ilegible.

ANUNCIOS DE SUBASTAA Y U N T A M I E N T O S

CÓRDOBAÁrea de Economía y HaciendaDepartamento de Recaudación

Núm. 2.815Anuncio de subasta de vehículos embargados

Doña María Antonia Garrido Luque, Jefa del Departamento de Re-

Page 30: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

1374 Martes, 28 de marzo del 2000 B. O. P. núm. 72

caudación del Excmo. Ayuntamiento de esta Capital, hace sa-ber:Que en los expedientes administrativos de apremio seguidos con-

tra los deudores a esta Hacienda Municipal que se citarán, se hadictado la siguiente:

“Providencia de subastas de vehículos embargados”: Autoriza-das por el Sr. Tesorero del Excmo. Ayuntamiento de esta Capital laenajenación mediante subasta pública de los bienes embargados,de conformidad con los artículos 146 y 71.e) del Real Decreto 1.684/1990, de 20 de diciembre, Reglamento General de Recaudación yla Ordenanza Fiscal General de este Ayuntamiento; acuerdo la ce-lebración de la subasta el próximo día 28 de abril, viernes, a las 10horas, en el Salón de Plenos de esta Corporación, calle Capitula-res, 1.ª planta”.

Y en cumplimiento de la antedicha Providencia, se publica elpresente anuncio y se advierte a las personas que deseen partici-par en la subasta lo siguiente:

Primero: Podrán tomar parte como licitadores en la enajenacióntodas las personas que tengan capacidad de obrar con arreglo aderecho, no tengan impedimento o restricción legal y se identifiquenpor medio del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte y condocumento que justifique en su caso, la representación que ostente.

Segundo: La descripción de cada uno de los bienes o lotes ytipos de subasta, se señalarán al final. Los tramos a que deberánajustarse las posturas serán de 5.000 pesetas en todos los bienes.

Los licitadores habrán de conformarse con los títulos obrantesen los expedientes de apremio, no teniendo derecho a exigir otros.

Tercero: Para participar en la subasta, los licitadores deberánconstituir ante la Mesa de subasta el preceptivo depósito de ga-rantía, que será al menos del 20% del tipo de aquélla. Dicho Depó-sito se ingresará en firme en la Caja Municipal si los adjudicatariosno satisfacen el precio del remate, sin perjuicio de las responsabi-lidades en que pudiera incurrir el licitador por los mayores perjui-cios que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de laadjudicación.

El depósito podrá constituirse en metálico o cheque conformadoa favor del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, pudiendo el licitadorque resulte adjudicatario de un bien o lote aplicar el depósito cons-tituido a otros sucesivos, siempre que cubra el 20% de cada uno.

Cuarto: Se advierte, que la subasta de cada uno de los bienes,se suspenderá en cualquier momento anterior al de su adjudica-ción, si se hace el pago de los principales, recargo de apremio,intereses y costas del procedimiento.

Quinto: Las cargas y los gravámenes anteriores, así como lospreferentes, en su caso, y otras situaciones jurídicas quedarán sub-sistentes, entendiendo que el adjudicatario los acepta y quedasubrogado en la responsabilidad de aquellos, sin aplicar a su ex-tinción el precio del remate.

Sexto: El rematante no podrá intervenir en la subasta en calidadde ceder a un tercero, debiendo entregar en el acto de la adjudica-ción a la Mesa de subasta, o dentro de los cinco días siguientes enla Unidad de Recaudación, la diferencia entre el depósito consti-tuido y el precio del remate.

Séptimo: Se admitirán ofertas, en sobre cerrado, hasta una horaantes de la señalada para la subasta. Dichas ofertas tendrán elcarácter de máximas, serán entregadas en la Recaudación Muni-cipal, Gran Capitán, 6 debiendo ir acompañadas de cheque con-formado, extendido a favor del Excmo. Ayuntamiento por el impor-te del depósito.

Octavo: Celebrada la primera subasta e inmediatamente des-pués, la Mesa podrá anunciar la realización de una segunda licita-ción, siendo el tipo de subasta el 75% del tipo que sirvió para laprimera. Celebradas las mismas, la Mesa podrá iniciar los trámitespara la adjudicación directa sobre los bienes que no hubiesen sidoadjudicados en la forma prevista por el artículo ciento cincuentadel Reglamento General de Recaudación.

Noveno: Los gastos e impuestos ocasionados con motivo de latransmisión e inscripción de los bienes serán del adjudicatario.

Se advierte que, si no hubiese sido posible la notificación acualquier interesado en los procedimientos (deudor o su cón-yuge, acreedores hipotecarios, pignoraticios u otros) por serdesconocido su domicilio o por no saber o negarse a firmar elrecibí, se les tendrá por notificados a todos los efectos legalespor medio de este anuncio.

Descripción de los bienes y tipos de subastaTodos los vehículos, excepto el señalado en primer lugar, se

encuentran depositado en locales de Grúas Córdoba, Avenida Ma-

drid-Cádiz, kilómetro 398 (junto a Gasolinera San Carlos) pudien-do visitarse en horario de 9 a 14 horas (de lunes a viernes).

1.– Expediente 1998/6114/330.Importe de la deuda: 544.846 pesetas.Deudora: Acron, Sociedad Anónima.Vehículo matrícula: CO-5304-AF.Marca y modelo: Ford Courier.Valoración: 316.000 pesetas.Cargas que lo gravan: Ninguna.Tipo de 1.ª subasta: 316.000 pesetas.Tipo de 2.ª subasta: 237.000 pesetas.• Vehículo depositado en las Naves de la Entidad deudora, Polí-

gono de Chinales, parcela 1-A (Córdoba).2.– Expediente 1991/1547/330.Importe de la deuda: 1.686.050 pesetas.Deudores: Carmona Roldán, A. y Santiago Garzon T.Vehículo matrícula: CO-0586-Z.Marca y modelo: Seat Ibiza 1.2.Valoración: 209.000 pesetas.Cargas que lo gravan: Ninguna.Tipo de 1.ª subasta: 209.000 pesetas.Tipo de 2.ª subasta: 156.750 pesetas.3.– Expediente 1992/0559/210.Importe de la deuda: 1.810.602 pesetas.Deudora: Construcciones Marín Moya, Sociedad Limitada.Vehículo matrícula: CO-7852-K.Marca y modelo: Ebro F-350.Valoración: 60.000 pesetas.Cargas que lo gravan: Ninguna.Tipo de 1.ª subasta: 60.000 pesetas.Tipo de 2.ª subasta: 45.000 pesetas.4.– Expediente 1992/1844/220.Importe de la deuda: 2.945.099 pesetas.Deudor: Espino Mazuelos, Antonio.Vehículo matrícula: CO-1302-AH.Marca y modelo: Lancia Dedra, Turismo.Valoración: 585.000 pesetas.Cargas que lo gravan: Ninguna.Tipo de 1.ª subasta: 585.000 pesetas.Tipo de 2.ª subasta: 438.000 pesetas.5.– Expediente 1992/0265/240.Importe de la deuda: 5.340.172 pesetas.Deudora: Italomotor, Sociedad Anónima.Vehículo matrícula: CO-8202-AF.Marca y modelo: Fiat Uno 1.4 I.E., Turismo.Valoración: 221.000 pesetas.Cargas que lo gravan: Ninguna.Tipo de 1.ª subasta: 221.000 pesetas.Tipo de 2.ª subasta: 165.750 pesetas.En Córdoba, a 20 de marzo del 2000.— La Jefa del Departa-

mento de Recaudación, María Antonia Garrido Luque.

J U Z G A D O SPRIEGO DE CÓRDOBA

Núm. 2.447Doña María Inmaculada Liñán Rojo, Juez de Primera Instancia de

Priego de Córdoba, hago saber:Que en este Juzgado se siguen Autos de Procedimiento del ar-

tículo 131 de la Ley Hipotecaria número 82/1999, a instancias de“Argentaria, Caja Postal y Banco Hipotecario, Sociedad Anónima”,representada por el Procurador señor Arjona Aguilera, contra donAntonio Muriel Luque y doña Visitación Jiménez Lopera, en losque por proveído de esta fecha y a petición de la parte actora, heacordado sacar a pública subasta, por primera, segunda y terceravez, término de veinte días hábiles y al tipo que se dirá, el bienpropiedad de los demandados y señalado como garantía del prés-tamo hipotecario, bajo las condiciones que se expresan abajo; yseñalándose para el acto del remate, el día 27 de abril, a las 11’15horas, para la primera; caso de no existir postores, la misma horadel día 26 de mayo, para la segunda; y si tampoco hubiese posto-res, y para la tercera, igual hora del día 26 de junio; en la SalaAudiencia de este Juzgado, sito en calle San Marcos, número 77,y en las regirán las siguientes condiciones:

Primera.— El tipo de la primera subasta será de CINCO MILLO-

Page 31: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

B. O. P. núm. 72 Martes, 28 de marzo del 2000 1375

NES SEISCIENTAS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTAS PESE-TAS (5.662.500 pesetas), correspondiente al pactado en la escri-tura de hipoteca; para la segunda, el tipo de primera con la rebajadel 25%; y sin sujeción a tipo para la tercera.

Segunda.— Para tomar parte en la subasta los licitadores debe-rán consignar, previamente, en el Establecimiento destinado al efec-to, una cantidad igual, por lo menos, al 20% efectivo del tipo desubasta para la primera y segunda, y el 20% del tipo de la segundapara la tercera; sin cuyo requisito no serán admitidos; asimismo seadmitirán posturas en pliego cerrado desde el anuncio de la su-basta hasta la celebración de la misma; al igual que las posturaspodrán hacerse en calidad de ceder el remate a un tercero.

Tercera.— No se admitirán posturas inferiores al tipo de subasta.Cuarta.— Los Autos y certificación a que se refiere la regla 4.ª

del referido artículo están de manifiesto en la Secretaría, que seentenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación; yque las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes —si loshubiere— al crédito de la actora continuarán subsistentes, enten-diéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en laresponsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción elprecio del remate.

Quinta.— Para el caso de no poder notificar en la finca hipoteca-da los señalamientos de la subasta a los demandados, serviránlos presentes de notificación en forma.

Sexta.— Si por causa de fuerza mayor o error material, no pu-diese celebrarse ninguna subasta el día y hora señalados, se lle-vará a efecto el inmediato día hábil siguiente, a la misma hora, ycaso de imposibilidad de notificación a los deudores de las fechasde subasta, servirá de notificación la publicación de los edictos entiempo y forma.

Bien objeto de subastaEntidad número 12.— Vivienda unifamiliar tipo dúplex, ubicada

en las plantas baja y primera, intercomunicadas entre sí por mediode una escalera interior, del edificio sin número de orden, radicanteen las calles Juan Ramón Jiménez y Antonio Gala, de Priego deCórdoba, con acceso desde una de las dos plazas interiores deledificio. Es del tipo D; y ocupa una superficie útil entre ambas plan-tas de, según el proyecto, 90 metros cuadrados, y según la cédulade calificación provisional, 89 metros y 70 decímetros cuadrados,distribuidos en varias habitaciones y servicios. Linda, vista desdela plaza por la que tiene su entrada: Derecha entrando, con fincade don Luis Rodríguez, vereda servidumbre en medio; izquierda,con patio del edificio; fondo, con otro patio del edificio y con inmue-ble de don Antonio Castro; dando su frente a la entidad número 13y a dicha plaza interior. Es privativo de esta vivienda el patio quearranca a nivel de su planta y que se sitúa al fondo de la misma.

Cuota.— 6 enteros y 25 centésimas de otro por ciento.Inscripción: 1.ª, al tomo 987, libro 563, folio 182, de la finca nú-

mero 42.471.Dado en Priego de Córdoba, a 3 de marzo del 2000.— La Juez,

María Inmaculada Liñán Rojo.— El Secretario, firma ilegible.

PRIEGO DE CÓRDOBANúm. 2.448

Doña María Inmaculada Liñán Rojo, Juez de Primera Instancia dePriego de Córdoba, hago saber:Que en este Juzgado se siguen Autos de Procedimiento del artí-

culo 131 de la Ley Hipotecaria número 214/1999, a instancias deCaja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba, representada porel Procurador señor Arjona Aguilera, contra doña Teresa RafaelaArroyo Ávila y don José Espinar Aguilera, en los que por proveídode esta fecha y a petición de la parte actora, he acordado sacar apública subasta, por primera, segunda y tercera vez, término de veintedías hábiles y al tipo que se dirá, el bien propiedad de los demanda-dos y señalado como garantía del préstamo hipotecario, bajo lascondiciones que se expresan abajo; y señalándose para el acto delremate, el día 27 de abril, a las 11’30 horas, para la primera; caso deno existir postores, la misma hora del día 26 de mayo, para la segun-da; y si tampoco hubiese postores, y para la tercera, igual hora deldía 26 de junio; en la Sala Audiencia de este Juzgado, sito en calleSan Marcos, número 77, y en las regirán las siguientes condiciones:

Primera.— El tipo de la primera subasta será de ONCE MILLO-NES CINCUENTA Y CINCO MIL PESETAS, correspondiente al pac-tado en la escritura de hipoteca; para la segunda, el tipo de prime-ra con la rebaja del 25%; y sin sujeción a tipo para la tercera.

Segunda.— Para tomar parte en la subasta los licitadores debe-rán consignar, previamente, en el Establecimiento destinado al efec-to, una cantidad igual, por lo menos, al 20% efectivo del tipo desubasta para la primera y segunda, y el 20% del tipo de la segundapara la tercera; sin cuyo requisito no serán admitidos; asimismo seadmitirán posturas en pliego cerrado desde el anuncio de la su-basta hasta la celebración de la misma; al igual que las posturaspodrán hacerse en calidad de ceder el remate a un tercero.

Tercera.— No se admitirán posturas inferiores al tipo de subasta.Cuarta.— Los Autos y certificación a que se refiere la regla 4.ª

del referido artículo están de manifiesto en la Secretaría, que seentenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación; yque las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes —si loshubiere— al crédito de la actora continuarán subsistentes, enten-diéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en laresponsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción elprecio del remate.

Quinta.— Para el caso de no poder notificar en la finca hipoteca-da los señalamientos de la subasta a los demandados, serviránlos presentes de notificación en forma.

Sexta.— Si por causa de fuerza mayor o error material, no pu-diese celebrarse ninguna subasta el día y hora señalados, se lle-vará a efecto el inmediato día hábil siguiente, a la misma hora, ycaso de imposibilidad de notificación a los deudores de las fechasde subasta, servirá de notificación la publicación de los edictos entiempo y forma.

Bien objeto de subasta”Entidad número 2.— Piso vivienda enclavado en la planta pri-

mera, del edificio marcado con el número 14, de la calle 1.º deMayo, de esta ciudad. Su acceso directo y privativo lo tiene por lapuerta que se sitúa en dicha planta, a través del portal común deentrada al edificio. Ocupa una superficie útil, según el proyecto, de98 metros con 33 decímetros cuadrados, distribuidos en variashabitaciones y servicios. Linda, visto desde la calle de su situa-ción: Derecha entrando, con casa de don Santiago Aguilera Matasy con uno de los patios de luces del edificio; por la izquierda, con elrellano y hueco de escalera, y con casa de don Antonio AguileraCampaña, y con otro de los patios de luces del edificio; y por elfondo, con este último patio de luces y con casa de don RamónReina. Tiene el uso y acceso exclusivo de la azotea que se sitúaen la planta cubierta del edificio. Cuota: 50 enteros por ciento”.

La escritura de contratación del préstamo y constitución de hi-poteca fue otorgada el día 20 de marzo de 1992, ante el Notario dePriego de Córdoba, don Manuel García de Fuentes y Churruca,bajo el número 443 de su Protocolo, e inscrita en el Registro de laPropiedad de Priego de Córdoba, al tomo 1.017, libro 582, folio 85,finca número 43.294, inscripción 2.ª, la cual subsiste en el día dela fecha. Se acompaña primera copia de citada escritura bajo elnúmero 1 de los documentos de esta demanda.

Dado en Priego de Córdoba, a 3 de marzo del 2000.— La Juez,María Inmaculada Liñán Rojo.— El Secretario, firma ilegible.

PRIEGO DE CÓRDOBANúm. 2.449

Doña María Inmaculada Liñán Rojo, Juez de Primera Instancia dePriego de Córdoba, hago saber:Que en este Juzgado se siguen Autos de Procedimiento del artí-

culo 131 de la Ley Hipotecaria número 72/1999, a instancias deCaja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba, representada porel Procurador señor Arjona Aguilera, contra don Teodoro PorrasMérida, doña Encarnación Tarrias Carrillo, don Joaquín SánchezBarranco, doña Encarnación Sánchez Pérez y “Artesanía Teanjo,Sociedad Limitada”, en los que por proveído de esta fecha y a peti-ción de la parte actora, he acordado sacar a pública subasta, porprimera, segunda y tercera vez, término de veinte días hábiles y altipo que se dirá, los bienes propiedad de los demandados y señala-dos como garantía del préstamo hipotecario, bajo las condicionesque se expresan abajo; y señalándose para el acto del remate, eldía 27 de abril, a las 11’00 horas, para la primera; caso de no existirpostores, la misma hora del día 26 de mayo, para la segunda; y sitampoco hubiese postores, y para la tercera, igual hora del día 26de junio; en la Sala Audiencia de este Juzgado, sito en calle SanMarcos, número 77, y en las regirán las siguientes condiciones:

Primera.— Los tipos de la primera subasta serán de TREINTA YCUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y DOS MIL QUINIENTAS

Page 32: Provincia de Córdoba Boletín Oficial · sos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efec-tos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

1376 Martes, 28 de marzo del 2000 B. O. P. núm. 72

Este Boletín ha sido impreso en PAPEL RECICLADO.Con ello esta Diputación contribuye a laCONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA

PESETAS (34.132.500 pesetas), para la finca registral número37.338-N, y las fincas registrales números 43.113 y 43.114 fuerontasadas en SIETE MILLONES DOSCIENTAS MIL PESETAS(7.200.000 pesetas) cada una de ellas, correspondientes a lospactados en la escritura de hipoteca; para la segunda, el tipo deprimera con la rebaja del 25%; y sin sujeción a tipo para la tercera.

Segunda.— Para tomar parte en la subasta los licitadores debe-rán consignar, previamente, en el Establecimiento destinado al efec-to, una cantidad igual, por lo menos, al 20% efectivo del tipo desubasta para la primera y segunda, y el 20% del tipo de la segundapara la tercera; sin cuyo requisito no serán admitidos; asimismo seadmitirán posturas en pliego cerrado desde el anuncio de la su-basta hasta la celebración de la misma; al igual que las posturaspodrán hacerse en calidad de ceder el remate a un tercero.

Tercera.— No se admitirán posturas inferiores al tipo de subasta.Cuarta.— Los Autos y certificación a que se refiere la regla 4.ª

del referido artículo están de manifiesto en la Secretaría, que seentenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación; yque las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes —si loshubiere— al crédito de la actora continuarán subsistentes, enten-diéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en laresponsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción elprecio del remate.

Quinta.— Para el caso de no poder notificar en la finca hipoteca-da los señalamientos de la subasta a los demandados, serviránlos presentes de notificación en forma.

Sexta.— Si por causa de fuerza mayor o error material, no pudiesecelebrarse ninguna subasta el día y hora señalados, se llevará a efectoel inmediato día hábil siguiente, a la misma hora, y caso de imposibilidadde notificación a los deudores de las fechas de subasta, servirá de noti-ficación la publicación de los edictos en tiempo y forma.

Bienes objeto de subasta“Entidad número 1.— Local comercial sito en planta baja y pri-

mera, del edificio marcado con los números 23 de la calle SanFrancisco y 1 y 1 duplicado de la Plazuela Caño de los Frailes, deesta ciudad, cuyo acceso directo y privativo lo tiene por la puertanúmero 1 de la Plazuela Caño de los Frailes. Ocupa una extensiónsuperficial total de 265 metros con 7 decímetros cuadrados, distri-buidos en los tres departamentos siguientes: a) Local en plantabaja con una superficie de 114 metros con 20 decímetros cuadra-dos, que linda, visto desde la Plazuela Caño de los Frailes: Dere-cha, departamento c), entidad número 2 y patio de luces centraldel edificio, del cual, en cuanto a una superficie de 17 metros con32 decímetros cuadrados, tiene el uso y acceso exclusivo, en losque tiene construidos un aseo que mide 2 metros, 28 decímetroscuadrados y un cuarto trastero que mide 3 metros con 91 decíme-tros cuadrados; izquierda, con calle San Francisco y con el portalde acceso a los pisos vivienda en plantas primera y segunda; fondo,edificio en régimen de propiedad horizontal propio de don JulioForcada Fuentes y otros; y frente, Plazuela Caño de los Frailes; b)Local en planta primera con una superficie de 140 metros con 75decímetros cuadrados, intercomunicada con el departamento ante-rior por medio de una escalera interior. Linda, visto desde la Plazue-la Caño de los Frailes: Derecha, edificio de don Manuel Peláez delRosal; izquierda, patio de luces central del edificio y entidad númerotres; fondo, inmueble de don José Camacho Matilla y edificio enrégimen de propiedad horizontal, propiedad de don Julio ForcadaFuentes y otros; dando su frente al patio de luces del fondo del edi-ficio, a vuelo de edificio en régimen de propiedad horizontal de donJoaquín Sánchez Barranco y otros y a la Plazuela Caño de los Frai-les; c) Local en planta baja con una superficie de 10 metros con 12decímetros cuadrados, intercomunicado con el departamento ante-rior por medio de una escalera interior. Linda, entrando al mismo:Derecha, entidad número dos; izquierda, patio de luces del fondodel edificio y edificio en régimen de propiedad horizontal, propiedadde don Joaquín Sánchez Barranco y otros; fondo, con este edificioúltimamente citado; y frente, con la entidad número dos y escalerade acceso a éste que se describe. Los departamentos b) y c) tienenel uso y acceso exclusivo del cuarto trastero al que se llega desde laescalera que los comunica, enclavado en el hueco de la misma,anejo de esta entidad. Cuota: 36 enteros por ciento”.

Inscripción: Libro 466, folio 197, finca 37.338, inscripción 1.ª.Valorada en TREINTA Y CUATRO MILLONES CIENTO TREIN-

TA Y DOS MIL QUINIENTAS PESETAS (34.132.500 pesetas).De la propiedad de “Artesanía Teanjo, Sociedad Limitada”:

“1.ª— Parcela: Urbana industrial número 45, del Polígono Indus-trial “La Vega”, en esta ciudad de Priego de Córdoba, de formarectangular. Linderos: Frente-Oeste: Viario Norte-Sur B de nuevaapertura del Polígono. Derecha entrando-Sur: Parcela número 46del Polígono. Izquierda-Norte: Parcela número 44 del Polígono.Fondo-Este: Parcela número 20 del Polígono. Superficie: 585 me-tros cuadrados. Edificabilidad: 1 m2-1 m2s. Número máximo de plan-tas: 1 más entreplanta. Uso: Industrial”.

Inscripción: A efectos de busca la obrante al tomo 1.014, libro579, folio 147, finca 43.133, inscripción 2.ª.

Valorada en SIETE MILLONES DOSCIENTAS MIL PESETAS(7.200.000 pesetas).

De la propiedad de “Artesanía Teanjo, Sociedad Limitada”:“2.ª— Parcela: Urbana industrial número 46, del Polígono Indus-

trial “La Vega”, en esta ciudad de Priego de Córdoba, de formarectangular. Linderos: Frente-Oeste: Viario Norte-Sur B de nuevaapertura del Polígono. Derecha entrando-Sur: Parcela número 47del Polígono. Izquierda-Norte: Parcela número 45 del Polígono.Fondo-Este: Parcela número 19 del Polígono. Superficie: 585 me-tros cuadrados. Edificabilidad: 1m2-1 m2s. Número máximo de plan-tas: 1 más entreplanta. Uso: Industrial”.

Inscripción a efectos de busca la obrante al tomo 1.014, libro579, folio 150, finca 43.114, inscripción 2.ª.

Valorada en SIETE MILLONES DOSCIENTAS MIL PESETAS(7.200.000 pesetas).

La escritura de contratación del préstamo y constitución de hi-poteca fue otorgada el día 16 de septiembre de 1994, ante el Nota-rio de Priego de Córdoba, don Manuel García de Fuentes yChurruca, bajo el número 1.251 de su Protocolo, e inscrita en elRegistro de la Propiedad de Priego de Córdoba, al tomo 1.050,libro 604, folio 205, finca 37.338-N, inscripción 2.ª; al tomo 1.014,libro 579, folio 147 vuelto, finca 43.113, inscripción 3.ª; y al tomo1.014, libro 579, folio 150 vuelto, finca 43.114, inscripción 3.ª, lascuales subsisten en el día de la fecha.

Dado en Priego de Córdoba, a 3 de marzo del 2000.— La Juez,María Inmaculada Liñán Rojo.— El Secretario, firma ilegible.

O T R O S A N U N C I O SCOMUNIDAD DE REGANTES ZONA REGABLE MARUANA

CHARCO RIÁÑEZEL CARPIO (Córdoba)

Núm. 3.028De conformidad con la resolución de la Presidencia de fecha

21-03-00, cúmpleme convocar a Vd. a la Asamblea General quecon carácter Extraordinario habrá de tener lugar en el Teatro Muni-cipal El Carpio, el día 12 de abril del año en curso, a las 19 horas,con el fin de proceder al análisis y resolución de los asuntos queconforman el orden del día y a la que se le encarece su puntualasistencia.

Orden del día1.º— Acta sesión anterior.2.º— Balance de situación al 31-12-1999.3.º— Informe del Sr. Ingeniero.4.º— Nombramiento de dos miembros para formar parte de la

Comisión de seguimiento de las obras.5.º— Recargo a establecer a los señores deudores del proyecto.6.º— Acordar cantidad que se ha de abonar a los señores cuyos

cultivos han sido perjudicados por las obras de la mejora de losriegos.

7.º— Ruegos y preguntas.Asimismo, me permito advertir a Vd. que en caso de no concu-

rrir a esta primera sesión número suficiente de usuarios regantesque permitan la adopción de acuerdos válidos, se celebrará unahora más tarde, con igual fin y en el mismo local, una segundareunión en la que gozará de plena validez todos los acuerdos quese adoptasen, cualquiera que fuese el número de asistentes a lamisma.

El Carpio, 25 de marzo del 2000.— El Secretario, firma ilegible.