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D E L A S A L M A S D E L P U R G A T O R I O ,
y D E L V O T O DE R E D I M I R L A S
SIN O B L IG A C IO N A P E C A D O ,
S E R M O N ,
Q U E E N B A R C E L O N A ,E L D I A D E S .P E D R O del año de 1790 dixo en la Iglesia
de San Cayetano
E L R . P . F . M A R T I N D E B A R C E L O N A , Dejinidor , y Guardian de Capuchinos , Calijicador
del santo OJicio, Examinador Sinodal del Obis- £udo de Solsona, &c.
E N M A D R I D
E N L A I M P R E N T A D E S A N C H A
A fr o C E M D CCX CI.
UNIVERSIDAD DE NAVARRA BIBLIOTECA DE HUMANIDADES
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Gratia ér vertías per Jesum Christum facta est» Joan. I . I/.
H a b l a n d o el gran LambertínÍ Benedicto X I V . de la sagrada Congregación de San Cayetano , confiesa ( i ) haberla tenido siempre un afecto, y una veneración particular, por lo m ucho que desde que fue fundada , han insistido los Profesores de ella en procurar la perfección religiosa, y la piedad Christiana , y también por el zelo, con que han p ro m o vid o , y promueven el estudio de las sagradas letras , y la salvación de las Alm as. E n efecto , oyentes m io s , podria leer yo ahora mismo un largo catálogo (2) de Heroes , que ha dado al Orbe Católico esta ilustrísima R eligión, E lla es absolutamente la primera (3 ) entre
A 2 t o
i l ) Benedicto X I V . en su constitución Instituto Clericorum de 20. de M arzo de 1745. d ice , que am ó, y que veneró siempre el instituto de los Clérigos Theatinos, ob gradara ftetci- tis , 6* religtosd ferfectionis exemfla cum sacvaYim doctrinarum Sflenáore, atque /eterna Jinimarum salute conjuncta , ab inù fio instittitìonìs ìllìus in CathoUcie Ecclesìa utintatun verbo 6" exem- flo in dies proferre pergunt Relìposìssiml illius Alumtù.
(2) Beyerlinck. toni. 6. Ut. R . i pag. 260. nombra muchos Tlieatioos insignes, y dice, que nombra pocos en comparación de los que podía nombrar. Graveson en la Historia del siglo X V I . colloq. V I . d ice , que la Religion de San Cayetano, á mas de los Santos canonizados, ha dado í la Iglesia un Papa, 5. Cardenales, mas de 200. Arzobispos, y Obispos, mas de 400. Escritores insignes en todo género de literatura, iniimera- bles Misioneros, que han propagado la fe católica en Indi.is, en A s ia , & c. & c.
(3) aprobada esta santa Religion por Clemente V II . en su 'Buìi.Expofù nohis en 24 de Junio de 15»4. quando no sabemos hubiese aprobado la Sede Apostólica otra Religion de Clérigos Reglares.
todas las de los Clérigos Reglares , y la que sin agravio de otra podemos asegurar , ha trabajado en su tiem p o , com o la que m a s, en prom over el decoro , y la santidad de la Casa de D io s , que es la Iglesia , para cuya prueba bastará decir por ahora que los Sumos Pontífices, Vicarios de nues^ tro Señor Jesu-Christo en la tierra, la han distinguido , concediéndola todos los privilegios , y to das las gracias ( i ) que gozan , y gozarán en adelante las Religiones M endicantes, y no Mcndican* res , venerando estas esta larga dispensación de la Santa Sede , porque estiman todas la Religión- de San Cayetano por el instituto de v id a , que ordenaron en su tiempo los Santos Apóstoles (2) en conformidad de lo que el Santísimo Inocencio X II . observó (3) que San Cayetano debe llamarse antes restaurador , que instituidor de su Congregación , porque el Padre y Antesignano de e lla ,d ice es el Príncipe de los Apóstoles San Pedro: el mismo San P e d ro , cuya solemne memoria celebra umversalmente hoy la Iglesia santa , acor-
dan-
(1) Clemente V II . en una Bula l^udunt pro parte de 7 de M arzo de 1533. concedió á los Clérigos Reglares Theatinos „ privilegia omnia data, & danda, concessa, & concedenda ab „ Antecesorihiis Pontificibus omnibus Congregationibus , Monas- „ teriis , Ordinibus Mendícantibus , & non Mendícantíbus.“ Lo mismo les concedieron de nuevo Gregorio X I V . Paulo V . Gregorio X V . y otros Sumos Pontífices, cuyas letras Apostó- Jícas trae ad longum, y confirma Benedicto XITI. en una Bula vit<e y & tnorum, dada i los 5. de Septiembre de 17^7. E l sumario de todas estas Bulas se halla también en los Bularlos de Guerra tom. g. i pag. 339.
(2) Consta del Breve Rom . i Jos /• de Agosto en el o ficio de San Cayetano lecc. 5. y el Cardenal Baronio en las anot. del Mart. Rom . en 29. de Junio dice : „ Clerici Regulares Apos- „ tolicam illam vivendi formam ex integro restitutam, p ié , sancté- „ que colunt. “
(3) En la BuIa„Rationicongruit“ dadaá los 14. de Julio de 1691.
(Odando á todos una confesion, que hizo el Santo de la D ivinidad de nuestro Señor Jesu-Christo , y el premio que por ella le prometió su divina Ma- gestad. L a confesion de San Pedro opinan algunos de los Santos Padres ( i ) haber sido la primera que se o yó en el m u n d o , porque aunque N athanael , Santa Marta , el mismo San P e d ro , y otros confesaron antes en diferentes ocasioneg, que Jesu-Christo era Hijo de D io s , (2) es m uy probable, (3) que lo entendieron de sola la filiación adoptiv a , que es común á todos ios justos, por ser efecto (4 ) de la gracia santificante , que creian aquellos en Jcsu Christo. H o y empero consta del Evangelio , (5) que -ilustró una luz superior à San Pedro, y penetrando con ella el Santo (6) los misterios profundísimos de la Santísima Trinidad , y de la E n carnación del V erbo Eterno , confesó (7 ) que Je- su-Christo era el Christo , ó el Ungido (8) con la gracia del Espíritu Santo , y. el H ijo Unigenito , y natural del Eterno Padre. E n premio de lo que (9) respondiendo Jesús, le dixo ; (10 ) Bienaventurado
eres,(1) ,S. Hilar, iib. 6. de- Trinitate S. August, serm. 124.
de tempore, y otros.(2) Matth. 14. 34. Joan. i . 49. cap. (S. 66 . cap. 11 . 27. & c .C3) Apud Barrad, in Evang. tom. 2. Iib. 10. cap. 22. Sil-
veyra tom, 4. Iib. 1. cap. 5. & c.(4) I . Petr. I . 4. & c. I . Joan. 3. i .(5) Matth. 16. 17.(6) S Hilar, y otros apud Barrad. & Süveyr. citat.(7) Matth. 16. 16.(8) Christo, quiere decir el U ngido, y en ese sentido explica
San Hilario apud Silveyr. cit. la confesion de San Pedro.(9) S. Hieronim. in Matth. cap. 16. d ice: „M erccdcm acce-
„ pit vera confesio: “ y con el Santo son muchos los que dicen, haber dado Christo el Sumo Pontificado á San Pedro en premio de su confesion.
(10) Veanse los Comentarios de San Gerónim o, y los Escollos de Titelman sobre San Matheo cap. 16. desde el nítme- ro 17.
eres , S im ón, porque separado de la opiniou de los hombres , crees, y hablas aquello que te ha enseñado mi Eterno Padre: mi Padre te ha revelado lo que y o soy , y o te diré ahora lo que tú eres: T ú eres piedra , y sobre esta piedra edificaré y o mi Iglesia , dandoia tanta firmeza , que no prevalecerán contra ella las puertas del Infierno: te entregaré las llaves del R eyno de los Cielos , y lo que tú atáres , y desatáres en la tierra , será atado , y desatado en el Cielo. T o d o esto dixo el Señor á San P e d ro , y con ello (conviene en decir ( i ) la común de los Santos Padres) le prometió su D ivina M a- gestad aquella alta , altísima autoridad , que le dió despues (2) sobre los otros hombres , quando le confirió el cuidado de sus corderos, de sus ovejas, y de todo su rebaño.
Cuidólos en efecto nuestro Santo toda su vida, inspirando á todos por s í , y por otros lo que en substancia es el carácter de los Christianos , (3) la F e , y la Caridad de nuestroSeñor Jesu-Christo. N i dexaré de decir (para acercarme ai objeto principal de nuestra celebridad) lo que está escrito (4) en ¡os lib ro s, que llamamos de las Recogniciones , y es, que entre las doctrinas , que mas difusamente explicó San Pedro á los fieles fue una la del Purgatorio ; observación , que sería fácil de convencer con los testimonios (5) de San Clem ente Papa,
de( i ) Vease nuestro Cocaleo contra Febronío epist. g.rcsp. 5. & c.{2) Joan. 21. á V . i6.(3) Joan. 13. 35. ad Rom . 3. 22. & c.(4) Lib. 5. Recognit. apud Valver de ígne Purgator. §. i .
donde refiere estas palabras de S. Pedro „ Animae vcstrse per ignem „traductíc reparabuntur, sícut alias de hoc plenius edocebímus. “ Cotejese esta sentencia con la de San Pablo i . ad Corinth. 3. 15. que San Agustín in Psalm. 37. explica del Purgatorio.
(5) San Clemente apud cit. V alver §. 23. y 4. San Diony-sio
. 7)de San D ionysìo Areopagita, de San Juan Crysós- tom o , de San A g u stín ,, y de otros Padres de la Iglesia , y aun del Sagrado C oncilio de Trentoj pero no me parece necesario ahora , confesando aun los hereges , ( i ) que la observancia de rogar ¿ D ios por las Alm as del Purgatorio duró inconcusa en la Iglesia católica hasta que en el siglo I V . excitado de su furor el impío A erio (a ) por no haber podido lograr el Obispado de Sebaste , la negó absolutamente , esto es , negó la utilidad de ella. Adelantaron su error contra la fe del P u rgatorio (3) los Valdenses , los Apostólicos , los Petrobusianos ; y últimamente ( 4 ) en el siglo X V I . Lutero , C alvin o , O k in o , Beza , y muchos otros.
Contra todos los quales, dexo ya d ic h o , que restauró San Cayetano en aquel tiempo la vida apostólica, que había instituido San Pedro añado ahora , que trabajó también el Santo , (5 ) y para m ayor confbsion de los hereges , han trabajado imponderablemente sus hijos , (6) para en-
cen-sio de Ecclcslast. Hierarch. p. j?. cap. 7. S. Chrysost. hoinil. 5p . ad Popul. S. August. apud Monead, líb. i. cap. 1. núm. 5. S. Isidorus de offic. cap. i i . y el Sagrado Concilio de Trento, ses. 2 3. cap. 2. de Sacrif. Missse, dan testimonio , de que la doctrina del Purgatorio es tradición apostólica, ó enseñada de los A p ostó les, entre los quales, es de creer mostraría su zelo San P ed ro , que le mostró grandemente en sus Epístolas para persuadir la caridad.
(1) A pud Bellarm. de Purgatorio lib. i . cap. 6.(2) S. Aug, & Epiphan, apud Annatum ín apparatu ad
Theolog. lib. 7 . art. 8. ubi de Aé'rianis.(3) Suarez In part. tom. 4. dísp. 45. sect. i .(4) Bellarm. llb. i . de Purgat. cap. 2.(5) Sinischalchi Panegir. 4. de S. Cayetano num. 6. dice, ^ue en to-
f artes promovía el Santo la devochn de las Almas del Purgatorio.;6) Los Padres de San Cayetano han eslimado siempre es
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cendcr otra vez en el m undo la caridad , que predicaban ( i) San P ed ro ,' y ios denias Apóstoles á favor de las Alm as del Purgatorio , no parando el gran zelo de los Padres Cayetanos por esta carid a d , hasta elevarla ai grado heroycQ .de u n ,v o to de redimir las mismas Almas. Este vo to , pues j (2) y esta caridad heroyca no solamente deshace, los errores , que han difundido los Hereges coiitra la verdadera doctrina del Purgatorio , sino que se levanta aun sobre el m odo de pensar de al-
gu-ta devocion como propia de su instituto. Por esto en el Capítulo general celebrado en 1630. ordenaron de común consentimiento , que en todas sus casas ad defunctorum opem aRquid eertatim molirentur. Silos tom. 2. Itb. i . fol. 35. y tom. 3. fol. 118. D e aquí es el haber tantos Escritores Theatinós, que han promovido con muclios argumentos la devocion de las A l mas del Purgatorio. Solano, Pescara, Castaldo, P itachi, Belus, L ip eri, P e p e , A rcsio, Ghlslprio , Silos, M earza , G ilibertí, Pascaligo, Barralis, y muchos otros.
(i) I . Petr. 4. á vers, 9. Vease lo dicho arriba en la notá 5. de la pag. 6.
(a) Nada demuestra mas la grande excelencia de este voto, que 8U misma fórmula, que es la siguiente. Fórmula del voto; „ Para mayor honra, y gloria de Dios uno en Esencia, y trí- „ no en Personas , para alguna imitación de mi dulce R eden* „ tor Jesu-Christo , y para muestra de mi cordial esclavitud í la „ Madre de misericordia María Santísima , Madre amorosísima de „ todas las Almas del Purgatorio. Y o N. N. pretendo ser Reden- „ to r de aquellas pobres Alm as encarceladas por deudas de pe* t, na á la divina Justicia. y por falta de obras satisfactorias ; y I, en aquel m odo, que puedo lícitamente y sin pecado clguno, „ libre, y espontáneamente hago voto de redimir aquella Alm a, , ,ó Alm as, que quiere, 6 quisiere la misma Virgen Madre; re- „ nunciando y o , y haciendo donacion de mis obras satisfactorias „propias, ó participadas, tanto en vida como en muerte, y des* „ pues de mi mueite. Por tanto hago, y confirmo este voto, Y ea „ caso de no tener yo bastantes obras satisfactorias, para pagar „ la s deudas de aquellas Alm as escogidas por la misma Madre „ de misericordia, y para satisfacer las mías por mis pecados, „ los quales detesto de todo corazon con firme propósito de nun-
.. ca
gunos catolicos, ( i ) que lo Iian creído poco confi for- ■
„ ca mas pecar, me obligo, y quiero pagar en la cárcel del Pur- „ gatorio con peiias todo lo que me faitàre de obras satisfactoriiis. „ Y lo firmo , citando por testigos i todos los vivientes en las „ tres Iglesias Triunfante , Penitente , y Militante. “
E sta, pues» es la fórmula del vo to , de que tratamos, cuyo Autor fue el Reverendísimo Padre Don Gaspar O liden, Clérigo Reglar de San Cayetano, Lector de Theología, Rector de San Cayetano de Salamanca, Prepósito de M adrid, y de M allorca , Predicador de su M agestad, Calificador de la Suprema, Theólo'go de la Cámara A postólica, Consultor de la Congregación del Indice & c. & c. Persuadido este docto, y piadoso Padre , de que ¡a donadon total de nuestras satisfacciones era agra- xlable í D ios, discurrió conforme i la doctrina de Santo Thomas 2. 2. q. 88. art. ó. que lo seria m as, y en conseqüencia que sería también mas meritoria para el mismo, y mas satisfactoria para las pobres Alm as del Purgatorio, confirmarla con d i cho voto; y con eso ( con licencia de sus Superiores) le hizo publicamente en la referida forma i los 2r. de Noviembre, año 1704. en la R eal Iglesia de Santa María del Favor de Madrid, que es de los Padres de San Cayetano. Predicó después el mismo voto en muchas Iglesias de España, y de Italia , no parando hasta predicarlo por modo de consulta en i6 . de A b ril del año i j i 6 . en el Consistorio, j en presencia del Papa Benedicto X I I I . , el q u al, despues de haberle -oído, se dignó d ecirle , que le habia parecido bien ; le honró con el título de Embaxador de la Iglesia del Purgatorio ; recomendó sus prendas ( en un Breve Clericorum Re¿ular¡um institutum , dado en 20. de Mayo de \y i6 . veinte y quatro dias despues de haberle oido predicar del voto) al Obispo de M allorca, que er» el Ilustrísimo Señor Don Juan Fernandez de Zapata , y ultimamente en 2¡ . de Agosto del año 1728. condescendió benignamente S las preces que le presentó, para los que hicieren el voto de redimir las AU nas, sin obligación á pecado. Tndó lo qual debiera bastar ( en mi concepto ) para sosegar la conciencia mas escrupulosa, y para dexarnos ciertos de que aquel voto es muy conforme í la verdadera devocion, y á la piedad christiana. No obstante , porque hombres muy grandes , y muy sibios han excitado alguna dificultad, ( sin duda para averiguar mas la verdad) para aclarar )0 ésta, trabajaré sin ofensa de nadie, en convencerla así en todas estas notas, como en el cuerpo del Sermón.
(1) Escribieron contra la donadon total Arriaga t. disp.
( i o )
forme 4 la piedad christiana. A q u í , empero , oyentes míos , aíjuí del objeto de estos sagrados cultos, ordenados unicamente 4 dar gracias 4 D io s , ( en cuyas manos est4 ( i ) el corazon de los Soberanos) por haber inclinado al del Pontífice reynantePio V I . á que confirmase , y si era necesario, 4 que concediese de nuevo un gran indulto , que años hace ha* bia concedido Benedicto X III . 4 favor del referido v o to . U no y otro (2) el de Benedicto X III . y el de P io V I . son unos oráculos, que llaman de v h a voz, los quales explicaré yo ahora, valiéndom e de lo que dixo San Juan , (3) hablando del que es también ( 4 ) el or4culo de D ios Padre : „ L a verdad , „ y la gracia han sido hechas por Jesu-Christo. “ D ivid ien do , pues , el Sermón en dos p u n tos, diré primeramente de la verdad de nuestros orácu- Jos : hablaré despues de las gracias de su contenido.
Pero antes de em pezar. V o s , Señ or, que soisla
40. sect. 2. subscct. i . Raynaudo in Hethcroloc. La C ro ix .F cr- Taris, y algunos otros, cuyas razones desvanecen Moneada lib . 5. c. 2. Benedicto X III. cit. Autino apud Lochner verb. misericordia erga Def. y otros. Contra el voto escribió el Reverendo Padre Fray Josef de M adrid , D esculzo, de San Pedro A lcantara , pero satisfizo Oliden á todos los argumentos que hizo contra él en sus Diálogos.
(1) Proverb. 21. i .{2) Llamanse oráculos de vha voz las Respuestas, Indultos,
y Gracias , que conceden los Papas de palabra, á diferencia de los que subscriben ellos con su m ano, y llamamos Rescriptos- Vease á Tiigio en el tom. 2. de sus Bularlos in Prologo- menis. Ferraris, y Lezana verb. Gracula, los quales prueban, y bien ex cap. mstltutmús 7. cap. 25. q. 2. y ex Clement. D u - dutn de Sefultur. N os ettam, que unos y otros, Rescriptos, y Oráculos, tienen el mismo valor, y la misma fuerza que las Bulas, Breves, y demas Constituciones Pontificias.
(3) Joan. I . 17.(4) Joan. 17. 8. y 15. i$ .
(il)la verdad ( i ) m ìsm a; V o s , que sois la iùente (2 ) de todas las gracias ; V o s , que penetrando lo mas secreto de ios corazones , (3) sabéis bien el fin, que tengo yo en proponerme este asunto ; si busco otra cosa, que vuestra mayor gloria (4) y el provecho de nuestras Almas , y el de las pobres Alm as del Purgatorio, confundidme , Señor, aquí mismo ; no me dexeis hablar aunque sea á costa de lo que os pedía vuestro Profeta , (5) pegándose mi lengua á m i paladar. Pero , Señor, si mi intención es pura, si de mi Sermón ha de resultar vuestra mayor gloria, y ei provecho que se desea de las Alm as , añadid (6) gracia á mis labios, concediéndome aquella unción de espíritu , de que estaba llena , la que reclamo por intercesora , María Santísima , diciéndoía el ^ v e M aria,
G ra fìa ér veritas ^er Jesutn Christum fa c ía est.Joan. I. 17.
p or un oráculo de su v iv a v o z confirm ó Pío V I . y en caso de ser necesario , concedió de nue* v o unos indultos , indulgencias , y privilegios, que años atrás habia concedido por otro oráculo Benedicto X III . de feliz memoria á favor del v o to de redimir las Alm as , sin obligación á pecado , sobre lo q u a l, habiéndome yo propuesto explicar la verdad de uno y otro oráculo, x\o puedo , ni quiero dexar de prevenir antes, que mi
B 2 iU-(1) Joan. 14. 6.(2) Joel 3. i8 . Jacobl r. 17.(3) Eccl. 7. 5. Psalm. 7 . 10. & c.(4) A d Coios. 3. 17.(5) Psalm. 136. 6.(6) Proverb. 16. zg.
intención no es de probar la verd ad , que llaman de la cosa, esto e s , la existencia , la certeza, la genui- dad de ios misinos oráculos. E l Santísimo Padre Urbano V I I I . declaró solemnemente ( i ) que debe darse entera fé á los oráculos de v iv a v o z , quando se presentan autorizados por alguno de los Minis-. tro s , y Oficiales de su Santidad. Estando , pues, com o están en el dia nuestros dos oráculos autorizados (2) en casi todas las Curias Eclesiásticas de
es-
(1) En un Breve, Alias felUis fecordatlonh^^^iSo en 11. de Abril de 1635. en el qual explica, y en quanto sea necesario revoca otro, que había expedido él mismo en 20. de Diciembre de 1631.
(2) E l oráculo de Benedicto X III. se presentó firmado , y sellado por su Secretario de Estado el Eminentísimo Señor Cardenal Lercari, su fecha en 23. de Agosto de 1728. Fue despues registrado en España» y declarado por genuino , y verdadero por el Ilustrísimo Señor Nuncio de su Santidad en España Alexandro Aldrobandini, el qual en 14. de Enero de 1729. m andó, que se le diese entero crédito en todos los Tribunales. E l oráculo de Pió V I . ha venido firmado de propia mano del Señor Inocencio Mercanti Substituto, y sellado con el sello del Eminentísimo Señor Cardenal Juan Bautista R e zzo n ico , Pro- Secretario de Memoriales. Ambos oráculos han sido últimamente examinados, y dados por validos, y legalizados por la C omisaría General de la C ruzada, cuyo Comisarlo General el Ilus- trísimo Señor Don Josef García Herreros ha expedido un de« creto , dirigido á los Ilustrístmos Señores A rzobispos, y Obispos & c. á los quales entre otras cosas d ice ; „ En vísta del M e- ,, moríal Inserto, y de los documentos con él producidos , y „ que también quedan incorporados, los quales certificamos, y „ atestamos , no estar sospechosos, cancelados , rotos, ni de- „ fectuosos , antes bien conformes en todo , y por todo , hemos „ venido por decreto de diez y seis de este mes de la fecha , en „condescender á lo pedido; :: por cuyo tenor alzando, y le- „yan tan do, como desde luego alzamos y levantamos la suspen- „ sion puesta por la Bula de la Santa Cruzada á las indulgen- „ cías concedidas por la Santa Sede Apostólica en el modo, y „ forma , que mencionan los Breves aquí Insertos, encargamos, „ y ordenamos á los muy Reverendos A rzobispos, y demas „ Jueces Eclesiásticos, y Personas referidas al principio de es-
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estos Keynos , con la firma y sello de dos E m inentísimos Cardenales Secretarios de Estado de su Beatitud , de un Ilustrisímo Señor A rz o b isp o , N uncio de su Santidad en España , Legado de la Santa Sede , y de la Suprema Comisaría General de la Santa Cruzada , temería y o ofender el respeto , y la reverencia, que por sus personas , y por sus oficios corresponde á dichos Señores si me creyera capaz de añadir crédito al testimonio, que ellos han dado de lo genuino de los referidos oíáculos»
C o n -„ ta nuestra C arta , y Previsión, qtie siéndoles exhibida , ó prc- „ sentada , la observen , guarden , y executen , y no impidan „ que se publiquen las Indulgencias franqueadas tan Iiberalmen- „ te por la Silla Apostólica en beneficio de las Alm as bcndí- „ ta& del Purgatorio, según queda expresado ; puüs Nos desde
luego por lo tocante á nuestra jurisdicción suprema Apostó- „ llca concedemos el Exequátur , que nos compete , y man- „ damos, que á los traslados de este nuestro despacho , aun- „ que sean impresos, como estén sellados con el sello de es- „ tampa de nuestras A rm as, y subscriptos, y firmados de ma- ,, n o , y letra de Don Antonio de Quadra, Escribano de Cá- „ mara de este propio Tribunal de la Comisaría General de la „ Santa Cruzada, se les d é , y haya de dar la misma f e , y ,, crédito , que se daría al original; ; ; En Madrid á 22. de Ju- „ nio de 1789.
Esta provlsion, y los documentos, que la acompañan impresos , firm ados, y sellados , como en ella se expresa , esto e s , sellados con el sello de estampa de las Armas del Ilustrí* simo Señor Comisario General , y subscriptos, y firmados de m ano, y letra del Señor Don Antonio de Quadra, que es dec ir , en aquella forma , en. que se les debe dar la misma fé , y crédito, ^ue se daría al original. Para facilitar i todos el poderse cerciorar de lo genuino de nuestros oráculos , se han remitido á todos los Ilustríslmos Señores Arzobispos , y O bispos de España y de las Indias , suplicándoles que se sirvan disponer , queden archivados en sus Curias. Ni dexaré de decir, que es motivo de alabar á Dios lo que dicen en sus cartas. Quantos han contestado hasta ahora de dichos Ilustríslmos Prelados, que son los IIus- tríslmos Señores Arzobispos deSevllhi Burgos, Tarragona, y de Za
ra-
Consisten principalmente estos ( i ) en la anuencia (q u e llaman ) de Benedicto X III y de Pió V I . á las preces de los Reverendísimos Padres D o n Gaspar O lid en , y D o n Cayetano Giusiana,
Pre-ragoza, y de los Illustrísimos Señores Obispos de C á d iz , Zeu- ta , Canarias , Cordoba , Sigüenza, Segovia , V alladolld , A v ila , Astorga , Orense , Badajoz , Salamanca , G uadlx , Santand er, Barcelona, Gerona , L érida, Urgél , V ic h , y Solsona, todos han maalfestado su gran piedad, y devoción í las pobres Alm as del Purgatorio, oneciendo, los mas que cooperan, de su parte extender la devocion de nuestro voto. Por eso, ó pa ra memoria perpetua de la gran piedad de los referidos Illustrí- slmos Prelados , se conservarán sus apreciables respuestas , y las que vayan viniendo, en el Archivo de los Reverendos Padres Clérigos Reglares de San Cayetano de Barcelona, ó en la Biblioteca de la misma C asa, y en todas las que tienen en España los Padres Theatinós, y los Señores Presbíieros de la Congregación de la Misión en el Salvador de M adrid , y en otras se custodiarán también dichos documentos, todos para desvanecer dudas, asegurar conciencias, y paraque prenda en todos el fue. go de la caridad, que vamos ansiosos de encender con núes* tro Señor Jesu-Christo.
(i) La narración, preces y concluslon, ó anuencia del oráculo de P ío V L con referencia al de Benedicto X IIL traducá do todo al Castellano es á la letra como se sigue: „ A l Pa* „ pa P ío V L nuestro Santísimo Señor, suplica el Prepósito G e- „neral de los Clérigos Reglares D on Cayetano Giusiana n D e n - „ tro = :E1 Prepósito General de los Clérigos Reglares, muy hu- „m ild e suplicante á V . S. con la veneración que correspon- „ d e , le hace presente, que D on Gaspar O lid en , Clérigo R e- „ glar de Mallorca en el año de 1728. para fomentar la piedad „ de aquellos fieles christianos, que son mas devotos de la „beatísim a Virgen María Madre de D io s , y están dedicados „ toda su vida á hacer sufragios por las Alm as que padecen en „ el Purgatorio, hacen voto ( igual (<») al que es costumbre,
„ que
(<») Observese, que donde esta traducción dice , que el voto de redimir las Alm as es igual al que prestan los Religiosos de la Redención de Cautivos, los originales de O liden , y de Giusiana dicen ad instar , que es voz de semejanza, y de aU ¿una igualdad parcial. Hace al caso para inteligencia de ello
lo
Prepósito a q u el, y General éste de la Religión de San Cayetano. Sobre lo qual debo también prevenir , que tampoco quiero y o disputar la verdad de la ^ ctr in a , que suponen , y que en conseqüencía
aprue-
„ que presten los Religiosos de la Orden de Redención de „ Cautivos , de redimir los fieles christianos del' poder de los „ Paganos ) de sacar á la voluntad , beneplácito , y aplica- „ cion {b) de la misma Virgen María Madre de Dios por me-
dio
lo que dice Sixto Senense en su Biblioteca lib. 8. núm. 5. Quod simile dicitur non ex omni parte , & modo sìmile intelli^hur, non eiiim ea tantum , qu<e unius , ejusdem^ue natura sunt , di~ cantur se esse similia , ut olea olea , sed etiam qua natura disparis sunt, ut olea oleastro et fa r tritico. Todas las alegorías de la Escritura sagrada se fundan en alg iina semejanza, y nadie dice por eso, que M oyses, Josué, Sansón, Salomón, y otros, que fueron alegorías de nuestro Señor Jesu-Christo : Que Jael , Débora , Estér , Judith , y otras, que lo fueron de María Santísima , nadie d ic e , ( repito ) que aquellos , ni que estas fueron semejantes en todo i Christo nuestro Señor ni i su Santísima Madre. Se asemejan en algunas cosas, y en otras les son desemejantes. A s í , pues, debe entenderse, que el voto de redimir las Alm as es i¿ual en fa r t e , esto es , es semejante , y es desemejante al voto , que hacen en su profesión los Religiosos Redentores : convienen ambos en ser votos de redimir miserables, exponiéndose i padecer por amor de D io s , y del próximo lo que este debía padecer ; pero disconvienen en que el voto de los Padres Mercenarios es solemne, enseñado por María Santísima , aprobado por la Iglesia ; y en caso de verificarse la necesidad, que ellos dicen en su profesión , les obliga sub g ra v i, i quedarse m fi^nus por los pobres esclavos, ofreciendo sus cuerpos y sus vidas al furor, á la im piedad, y á la barbarie de los infieles ; pero el voto de redimir las Alm as ea un voto sim ple, mixto de real y personal ; y es sin obligación á pecado, y por él se ofrece el que le hace i la Justicia D ivin a , que en esta parte es imponderablemente menos de tem er, que la tiranía de los Barbaros.
(b) Observese tam bién, que el que hace el voto de redimir las Almas dá á María Santísima las obras satisfactorias , para
que
(.6)aprueban los sumos Pontífices en la referida anuencia. D ios me Ubre de semejante atentado. D ios mis
mo
„ dio de sufragios las A n im as, que. están, detenidas y pade- „ cen las penas del Purgatorio , presentó unas muy bu- „ mildes preces 'al Papa Benedicto X III. de piadosa memoria, „suplicándole, que con la benignidad, y plenitud de potestad „ A postólica, y por gracia se dignase conceder lo que aquí ade- „ lante se dirá, es á saber: Que sea privilegiado qualquier A l- ,,tar para los Sacerdotes, que hayan hecho el dicho vo to, slem- „ pre que celebraren el santo Sacrificio de la M isa , paraque sal- „ gan del Purgatorio las A lm a s, que sean de la voluntad de la „ Virgen Madre de Dios ( aplicando á lo menos el mérito del „ acto de caridad, y el particular correspondiente al que cele- ,,b r a ) : Que valga, como si fuera celebrada en Altar privile- „ glado, qualquiera M isa , que oyesen los Fieles de ambos se
xos.
que ella las aplique á la A lm a , 6 Alm as que mas quisiere. Sobre lo qual dexará de dudar qualquiera , qae repare en la observancia común de la Iglesia, aprobada generalmente de todos los sáblos, y es que podemos nosotros determinar la A lm a por la qual ofrecemos nuestros sufragios, y podemos ofrecerlos por la Alm a que determiníre o tro ; por exem plo, el Prelado , ó el que ha dado la limosna para una Misa. E l que dice la Misa, y aquel que hace una obra buena es el que la ofrece á Dios por e l Alm a que determina aquel» í cuya intención la ofrece: que es decir en substancia, que dexa el operante al arbitrio de un hombre el fruto satisfactorio de sus obras buenas para que éste las aplique, y ellas aprovechen á el A lm a , que él mas quisiere. A quí pues de mi voto de redimir las A lm a s, que quisiere María Santísima, y de la donadon total, que hace para ello el vovente, de todas sus satisfacciones , según el tenor de la fórmula : en la qual ( pregunto ) j qué dificultad hay ’ Pueda yo dexar la aplicación de mis obras, ó puedo aplicarlas al arbitrio de un hombre j y no podré al arbitrio de M aría Santísima? Les darí por ventura aquel mejor destino que éstaí M as gloria á Dios? ¡Se conformará mas á las leyes de la caridad? de la justicia ? de la piedad ? y las demas virtudes 3 E a , acabese la dificultad ; y si todo lo bueno que hay en nosotros, lo tenemos de Dios , ofrezcámoslo también al mismo Dios por las manos de la Virgen. U f todem álveo ad Largitorem g ratiit, grafía redeat, qm in jiu xlt, que dice San Bernardo serm. de Nativ. B. V irg . prope finem.
m o mando antiguamente , que en los casos dudosos consultasen los Hebreos con el Sumo Sacerdo-
c te,„ x 8 s , que hayan hecho el mencionado voto en los días en „q u e comulgaren, y en todos los lunes, para sacar Aulm a del „ Purgatorio, como vá dicho. Que todas, y cada una de las „ indulgencias ( aunque esto no se exprese en la concesion ) „ concedidas en qualquier lugar y tiempo , puedan aplicarlas los „dichos fieles por medio de suíraglo, y por las Almas del Pur- „ gatorio á la voluntad y modo que vá expresado , y según las „aplique la mls.na Virgen Santísima Madre de D ios, y de las „ mismas Animas , y su Abogada. “ Cpnsta indubitablemente por el adjunto documento autentico, que el mencionado Sumo Pontífice condescendió en to d o , y por todo í estas súplicas mediante el siguiente rescripto. í= En la audiencia dada por su Santidad el día 28. de Agosto de 1728. “ Su Santidad lo concede N. M . Cardenal Lercari. „ Y para que reviva una obra „ d e tanta piedad y devocion, y se aumente cada día mas, „ Implora encarecidamente el suplicante la suma clemencia de „vuestra Beatitud, paraque se digne vuestra Santidad dar por „ buenas todas las sobredichas concesiones , corroborarlas con el „ vigcr de una quasi nueva concesion, y en caso necesario con- „ cederlas de auevo. G racia, que & c. En la audiencia, que „ dió su Santidad al infi-ascripto Secretarlo Substituto el día 12. „ d e Diciembre de 1788. c: Su Santidad ha confirmado, y „ aprobado, y en caso necesario ha concedido, y concede de „ nuevo en to d o , y por todo las indulgencias, y demas gra- ,,c ias espirituales contenidas en este memorial , y concedidas „ ante«; de ahora por el Papa Benedicto X III. de feliz memo- „ ría á los fieles christianos, que han hecho el voto (í) que en „ él se expresa. = Inocencio M ercantl, Substituto, n: Lugar dei „ sello del Eminentísimo, y Reverendísimo Señor Cardenal „ Juan Bautista Rezzonico , Pro-Secretario de Memoriales. “ ra Esta traducción certifica Don Felipe Samaniego , Caballero del O rden de Santiago , del Consejo de su Magestad, su Secretario de la interpretación de lenguas, que está bien y fielmente sacada del cxemplar latino. En Madrid á 9. de^Junio de 1789.
(f) E l voto que hizo Oliden en 1704. que predicó en presencia del Papa en 17 2 6 , y que le presentó con sus preces en 1728. estaba concebido con la protexta de hacerse sin obligación á pecado. Conseguido ya el oráculo de Benedicto X III. en el año de 1732. fue ta l, y tanta la opc»¡cIon , que le hi
ele-
te , ( i ) ordenando , que fuese castigado m uy gravem ente el que se resistiese i su sentencia. E n conformidad de lo qual en la L e y de gracia sabe
mos(i) Dcut. I/ . í V. 8.
cicron, que por no retardar la impresión de los Diálogos , añadió í la fórmula estas palabras : Sin obligación á pecado mortal, dando i entender » que. el que hace nuestro voto se obliga i pecado venial. A sí lo refiere él mismo en la dedicatoria del l i bro nn. 44. y 45. y en, el tercer punto de sus Diálogos §. 2. nn. 40. y siguientes. Pero con la buena venia del mismo R e verendísimo Padre., digo que él en «1 año 1728. expuso á su Santidad, y su Santidad aprobó aquel v o to , que tenían hecho muchos de lo.s vivientes , que era voto sin obligación á pecado alguno. No. podia por tanto mudarle II en el año de 1732. quando ya estaban concedidas las gracias. E l voto con obligación á pecado, es cosa buena, y meritoria; pero convienen los Teologos en decir, que debe hacerse coa mucha prudencia, singularmente quando la obl^acion ha de durar mucho tiempo, como en el de redimir las Almas. Vean i Suarez de voto l ibro I. cap. 1.8. i n. lo . Rotario tom. 2. lib. 1. c. i . p. p. Ti. 3. y generalmente los Doctores, de cuya doctrina puede inferirse , qucL tendrían mas dificultad los Papas en aprobar el voto de redimir las A lm a s, si llevase la circunstancia de obligar í pecado. A mas de que es. dificil de entender en qué caso po- dria pecar e£ que hace el voto de redimir las Alm as ; porque consistiendo, el en un» donacion irrevocable de nuestras satisfacciones , y en ofrecernos por fiadores de las pobres Almas ¿ quán- do podrá pecar > Si Dios ha aceptado las satisfacciones por las A lm a s , ya no hay lugar para revocarlas. SÍ las satisfacciones no llegan á la deuda, se obliga á padecer en el Purgatorio el que hace el v o to , quando ya su alma no puede pec a r , ni podrí escusarse de las penas, menos, que Dios (com o puede esperarse)le libre por otro medio. En ningún caso,pues, puede faltar al v o to , Q' pecar contra él quien le hace : ni aun arrepintiéndose de haberle hecho, porque ( como bien dice el Padre Suarez de zoto líb. 5. c. 7 . n. 4. donde cita para ello i Santo Thom ás, á Cayetano, y á otros) el arrepentirse ineficazmente de haber hecho un v o t o n o es pecado. En fin , las gracias de los Papas vaten asi como suenan; y sabemos, que los Papas han aprobado el voto de redimir las Almas sin obñ~ ¿ación á pecado, y no sabemos que hayan aprobado dicho voto con esa obligaciott.
í ' 9) . .mos ( i ) que desde el principio de la Iglesia, quando se han ofrecido en ella controversias de consideración , los Santos Padres , los Obispos , y aun los Concilios han consultado á los Papas, aceptan* do siempre sus respuestas (2) como unos oráculos de nuestro Señor Jesu*Christo , los quales han aprobado la doctrina , que suponen nuestros oráculos en su anuencia. Me guardaré , por tanto , yo de excitar dudas sobre ella. E l P apa lo ha. decre tadoy un gran R e y (3) de Polonia) nodo yo juzgar de ello. L o mismo pues digo yo , hablando de la anuencia de nuestros oráculos: „ Be- „ nedicto X lJ l. y Pió V L han favorecido , han „ aprobado , han concedido indulgencias , y otras „ gracias espirituales á los que hacen el vo to de „ redimir las Alm as sin obligación á pecado : ; Christo nuestro Señor rogó por e llo s, (4) paraque no faltase su fe , esto es , (5) para que no errasen en lo que decretasen com o Papas, para toda la Iglesia. Y o , p u es, me guardaré de disputar el contenido de sus decretos , y tendria por una especie de sacrilegio (6; el solo dudar de la verdad de ellos.
L o que-haré, pues, para consuelo de los devotos de las Alm as, y para sosegar la conciencia de los escrupulosos , será explicar algunos reparos, que resultan de la naturaleza de la materia , y de la forma del vo to de redimir las Alm as. E l primero, pues, de ellos e s : ¿C óm o puede entenderse un vo to sin obligación á pecado? Respondo, que generalmente
c 2 ha-
( i j Sclvag. Antiquit. Christian. lib. i . cap. 16. %. 7.(2) N. Cocaleo contra Febron. Epíst. 10. §. 2 Rcsp. 2.(^) A p . Lambcrtin. Bened. X I V . de Synod. Diaces. lib. g.
cap. 10. núm. i,(4) Luc- 22. V, 32(5) V id . Bclarm. t. i. de Rom . Pontif. lib. 4. á cap. 3.(5) V era Cruz apud BeneJ. X I V . cit. lib. 7 . cap. 7. n. 7.
hablando, los votos obligan ciertamente en conciencia , y esto de tal manera, que el que dexa, ó dilata notablemente el cumplirlos sin causa justa , peca m ortal, ó venialmente , según la materia del vo to , y la intención que tenia, al obligarse, el que le hizo. N i entiendo, que pueda algún Católico dudar de esta resolución , porque ( á mas de hallarse expresada ( I) en la Escritura sagrada, ) la definió tam- íjien expresamente (2) Inocencio III.O b servad , no obstante , que he dicho con reflexión : Conforme la intención que tenia de obligarse el que hizo el voto porque los votos son una carga particular , ó llamémoslos unas leyes , que se imponen aquellos que los hacen , y las leyes ( es constante) (3 ) obligan según la intención de los Legisladores. Si estos no expresan otra cosa, enseñaron los Príncipes de los Apostoles (4) que obligan en conciencia sin duda según la gravedad de la materia. Pero si ellos m ism os, los mismos Legisladores declaran expresamente que su intención no es de obligar á pecado a lguno, ó que no quieren obligar mas que á ra l, ó tal otra pena, obligará la ley á sufrir la pena , y pecará aquel que no querrá aceptarla ; pero no por eso podrá decirse que la ley misma obligue direc« tamente á pecado. Santo Thom ás (5) , hablando de
las(1) Deuter. 23. 21. Eccles. 5. 3. ¿cc.(2) Inncc. III. c. Licet de vot. y Santo Thomás calificó de
heregía lo contrarío, Opuse. 18. c. 12. Quodlib. 3.,art. 12.(3) Compend. Salmant. tr. 3. c. g. p. 2. n. 82.
A d Rom . 13. 2. 5. & c. 1. Petr. i . i v. 13.(5) 2Vcn' obligant ñeque ad culpam mortalem, ñeque venia-
km , sed solum ad fanam taxatam sustinendam. D . T h. 2. 2. q. i 85. art. p. Lo mismo declaran las Constituciones de nuestra Orden Capuchina c. 12. Lo mismo las de los Padres Carmelitas Descalzos p. i . c . i.n . 7. y generalmente las de casi tedas las Religiones, cuyos estatutos, aprobados por los Pontífices Sumos, son ’crdaderns leyes, <jue obligan en conciencia á la pena que ellas mismas imponen.
(2l)las leyes de su sagrada R elig ió n , dice que no obligan aun á pecado venial, y que obligan normas que 5 la pena que ellas mismas imponen á sus trans- gresores.
E sto , pues, es lo que entiendo y o sobre la naturaleza de los vo to s, y la obligación que resulta de ellos. L a obligación de cumplir los votos es de derecho divino , como dexo ( i) probado ; pero com o este derecho divino se funda siempre en la intención , y en la palabra (2) que dá á Dios el que hace el vo to , si el que hace el vo to protesta expresamente (como lo protesta el que hace el vo to de redimir las A lm a s) que no quiere obligarse mas que á cierta pena: : Valga la razón , oyentes mios. Y o bien sé que algunos Autores han defendido, ? 3) que el que hace vo to de una materia grave, necesariamente queda obligado baxo pena de pecado mortal ; sé, empero, también, que es mas com ún, y mas probable (4) la opinion de los que dicen, que puede un hombre hacer vo to de una materia grave , que no le esté mandada, baxo pena no mas que de pecado v e n ia l; y es otra razón sobre ia insinuada , la que dá Santo Thomás (5 ) d icien d o, que los votos son para fortificar la voluntad del hombre en algún bien , y para ello reparad dos cosas : ni puede negarse , que conduce en algunos hombres el solo temor de cometer un pecado ven ial, ni que ( según
es(1) Siipr. no. 51. y 52.(2) Facies sicut fromisistu 6“ frofria volúntate , 6' ere tuo
iUaqueatus es. Deut. 23. v. 23. Si spoponderis: illaqueatus et veréis cris tui. Prov. 6. 1. 2.
(3) Soto de Justitía lib. 7. q. 2. art. i . V ázquez i . 2. disp. 158. c. 4. D . 34. y algunos ©tros-
(4) A pud Suarez de voto lib. 4. c. 4. Rotarium t. 2. I. i . c. 3. p. 1. n. 10. y otros.
( j) Vffvendo voluntatem nosiram ímnohiliter Jirmamus ad id quod expedit. D . T h. 2. 2. q. 88. art. 4. in corp.
es grande h miseria, y la flaqueza Iiumana ) es maS á proposito , y conduce mas en otros el temor de una pena grave : lográndose, pues , igualmente , y tal vez m ejor, el fin de un v o t o , podrá hacerle el hom bre, obligándose iio mas que 4 cierta pena tan grave como es la del Purgatorio, á que se ofrece, se obliga., y se sujeta aquel que hace el vo to de redimir las Almas que quiere María Santísima,
H e dicho que se obliga ; pero no por eso habéis de entender , que es baxo de algún pecado, porque quando llega el tiempo de haber de cargar con la pena á que se obliga, ya la A lm a no es ca* páz de resistirse á la voluntad de D ios , ni de pecar. L a suponemos una Alm a justa , salida ya de las miserias de este m undo, y no podrá dexar de conformarse con la voluntad del A ltís im o , á quien se obligó ella ( quando hizo el vo to ) á satisfacer por sus pecados, y por los de las Alm as del Purgatorio que escogiere María Santísima.
Para redimir estas Alm as ofrece, y dá á esta d ivina Madre el mismo que hace el vo to todas sus satisfacciones propias , y participadas en vida , y despues de muerto. Sobre lo qual han dudado también algunos, si esto se puede hacer. Pero y o , para allanar de una vez esta , y otras dificultades, I qué os parece á vosotros diga ? i Quiere ,. ó no quiere María Santísima, que nosotros redimamos alguna A lm a del Purgatorio ? i Acepta ella , ó no acepta nuestro vo to ? L os Teologos dicen ( i ) que para que un vo to sea vá lid o , es necesario que Dios le acepte, pero suponen también que D ios le acepta quando , acompañado de las otras circunstancias , es de una materia mejor que su contrario, ó que es del agrado de Dios. L o mismo, pues, entien-
do(i) A pud Suarez de voto lib. 4. c. t.
do y o que debe proporcionadamente decirse de nuestro v o to , respecto de María Santísima. Si. esta soberana Señora n a acepta el vo to de que hablamos ; si ella n o gusta, 6 no quiere que nosotros redimamos A lm a alguna de la cárcel, y de las penas del Purgatorio , confesaré y o con el mismo A utor del vo to ( i ) que este dexa de serlo , que es nulo, que se queda, en fin , en los límites de un simple proposito , y de unos piadosos deseos, con que quedará también acabada la qüestion.
Pero oyentes míos ¿cómo, es posible que no quiera una buena Madre , que saquen de uius duras cadenas, de unas-tristes mazmorras, de unos horrendos calabozos , y de unos trabajos enormes á un hijo, que ella ama m uy tierna , cordial , y ardentísima* mentes i C óm o es posib le , que no quiera María Santísima , Madre de A^sericordia , que redimamos nosotros de la cárcel y de las penas del Purgatorio unas Almas , de. las quales ella misma ha declarado muchas veces (2) ser Madre piadosísima , A b o gad a,.y Patrona.2 ¿ Unas Alm as para cuyo socorro (3) visita ella las partes inferiores de la tierra, baxando en persona hasta el fondo de sus tristes ca- labo zos? Son muchos, oyentes m ío s, son muchos los
ar-(1) Oliden en sus Dial. p. 2. §. 3. n. 54.(2) Revel. de S. Brigida lib. 4. c. 138. dixo María Santísima,
S la Santa ; Y o say madre de las Almas que están en el Purgatorio. Vcase e l cap. 7 . del mismo libro, y los capítulos 10. 21. 39. y otros del libro 6. y se verá, como es también la Madre de Dios Patrona y Abogada de las mismas Almas.
(3) Eccli. 24. 45. San Pedro Damiano lib. 3. Epíst. ult. y Dionysío Cartuxano serm. 2. de Assumpt. refieren exemplos de dos Alm as, que apareciendo, dixeron que María Santísima en las noches del Nacimiento, y de la Resurrección de su H ijo solía baxar al Purgatorio, y que sacaba de el muchas Almas. Otra dixo que en el día de su gloriosa Asunción habla sacado tantas almas del Purgatorio, que excedía el número de ellas al de las que vivían en aquel tiempo en Roma.
argumentos que hallamos en las historias ( i ) de que es grande, de que es m ayor., y de que es máxim o el amor , que tiene María Santísima á las pobres Almas del Purgatorio, y de que son m uy encendidos los deseos que tiene {2) de que nosotros las socorramos con nuestros sufragios , á fin de que á un mismo tiempo quede satisfecha la justicia de D io s , y salgan las Alm as de sus penas. C on cuya consideración ¿ podrá aun creer alguno , que dexará María Santísima de aceptar nuestro voto? Si el agradarse Dios de los sacrificios de justicia, de las oblaciones, y holocaustos, bastó al Profeta para decir que los aceptarla (3) el S e ñ o r; no de otra manera, para creer nosotros que aceptará M aría Santísima el voto de redimir las Alm as , ha de bastar el saber, que es vo to de una materia , que le es imponderablemente agradable.
N i me diga alguno , que aunque no puede negarse , que es m uy agradable á la piadosísima V ir gen la devocion de las Alm as del Purgatorio , no es igualmente cierto de que se agrade de que les demos todas nuestras satisfacciones , y de que nos ofi'ezcamos á padecer por ellas , y á estar privados mucho tiempo de ver la cara de Dios. María Santísima tiene la caridad (4) m uy ^ordenada , y en
con-(1) Cantimprato lib. 2. Apum. c. 35. refiere, que se valió
S . Juan de María Santísima para sacar una Alma del Purgatorio , y que la misma Virgen baxó á e l , y la sacó. E l mismo en la vida de Santa Lutgardis escribe, que despues de haber conseguido la Madre de Dios una verdadera contrición de sus pecados al Papa Inocencio III. estando éste en el Purgatorio, se apareció á U Santa, y la d ixo, que la misma Virgen le habia alcanzado, que pudiese aparecersele, para pedirle sufragios.
(2) A los Padres Alonso Cortes, y Juan Ximenez exhortó la Virgen que fuesen devotos de las Almas del Purgatorio. Lohncr t. 3. V . Misericordia erga D ef. §. 5. y 7.
( 3) Psalm . 50. V. 2 1 .^4) Cantic. 2. 4.
conseqüencía, mandando ésta ( i ) que acudamos antes á nosotros que á nuestros próximos , no parece que se agradará María Santísima de que demos á las Almas de otros lo que nosotros necesitamos para las nuestras.
Este es, oyentes m io s, el Aquiles , que llaman del amor propio contra la materia de nuestro voto , y el argumento, con que mas le combaten ios amadores de sí mismos, no reparando quizas el vicio que tiene de probar demasiado, porque si la donaciou total de nuestras satisfacciones , y el ofrecernos 4 padecer el Purgatorio por las Almas de nuestros hermanos, fuera contrario 4 la caridad bien ordenada , lo sería también la donacion parcial de qual- quiera sufragio , y por consiguiente no podríamos nosotros aplicar para las Almas del Purgatorio una M isa, un ayuno , una Indulgencia, ni otra obra satisfactoria : y la razón es clara , porque según es grande {2) la m ultitud de nuestros pecados, podemos , y debemos temer to d o s, que necesitarémos, y que aun no nos bastar4n en el tribunal de Dios, todas nuestras satisfacciones: luego aplicando algunas por las Almas del Purgatorio , les damos aquello de que necesitamos , y nos ofrecem os, por el mismo hecho , 4 padecer por ellas, y estar privados por algún tiempo de ver la cara de D io s: es asi que en esto no hallan inconveniente los Doctoras C ató lico s, no lo creen contrario 4 la caridad bien ordenada, antes lo tienen por una caridad (3) canonizada por la Iglesia : dígase pues también , que
s> es(1) S. Th. 2. 2. q. 26. art. 4.{2) Psalm. 18. 13.{3) E l sufragar los vivos í los difuntos se ha probado en los
nn. 4. y 5. píg. 6.que es doctrina de los Apóstoles , y Concilios Florentino y Tridentino. Este en SS. 25. y los dos decr. de Purg, la han declarado católica.
es mayor, y que es una caridad heroyca la donacion total de nuestras satisfacciones.
L a caridad , que consiste en amar ( i ) ¿ Dios sobre todo , y al próximo com o i nosotros mismos , todos sabemos (2 ) que tiene sus grados de m a y o r, y de menor perfección , y que entonces es mas perfecta (3) y mas heroyca, quando nos iii- dina á emprender obras mas arduas. E l dar una limosna á un pobre por amor de D ios, es obra (4) de caridad; pero el vender todos los bienes , el que puede hacerlo , y dar su precio á los pobres, como es obra mas ardua, es también una (5) caridad mas perfecta. Asi m ism o, pues , si el rogar á D ios por los difuntos , enseña la (6) que es un pensamiento santo, y saludable , el darles todas nuestras satisfacciones será mayor caridad , una caridad mas perfecta , una caridad heroyca. Así lo defiendan en el dia m uchos, y m uy graves (7 ) T eólo
gos,
(1) Matth. 22. 37. y sig.(2) S. Thom. 2. 2. q. 24. art. 7 . 8. 9.(g) Bened. X I V . de Beatif. & Canon, lib. 3. c. 23. n. 25.(4) S. Ihom . 2. 2. q. 32. art. i .(li) Matth. 19. 21.(6) Sancta , 6" saluhris est cogttatfo fro áefunctis txorarf,
ut a peecatis solvantur. 2. Machab. 12. 46.(7) E l Padre Eusebio Nieiemberg que murió á los 7 . de.
A b ril de 1658. escribió un tratado sobre la donacion total, el qual vá entre sus obras en fol. tom. 2. íbl. ^16. convence realmente con muchos argumentos la heroycidad , y la grande utilidad de dicha donacion. E l P- Fray Élías de S. Joseph , ena* morado y convencido de la eñcacia de los argumentos, Jos traduxo en latín , é Insertó todo el tratado en el fin de su legacía por los difuntos. E l Padre Jacobo Moneada en todo ei iib- 5. de su Declamación católica prueba, que dicha dona- clon es honesta, provechosa, heroyca, y muy agradable á Dios, y cita para ello í Suarez , al Cardenal de l u g o , á Dicastillo. y otros. Hautino en el trat. de Patrocln. Def. Lohner tom. 3. v. Misericordia crsa Def. i 9. y muchos otros. Entre ellos
® Mon-
gos , entre los quales merece ser nombrado con reverencia Benedicto X III. que siendo Arzobispo de Benevento predicó sesenta sermones del Purgatorio , y en ellos ( i ) confiesa haber hecho la donación to ta l, la renueva delante de todo el mundo, y dice (2) que la aprobó Gregorio X V . concediendo varias indulgencias á los que la hacen ; refiere,
D 2 enMoneada cit. llb. 5. cap. 2. mím. 14. y Oliden p. i . §. i . núm. 28. refieren el parecer, que di6 en escrito el P . Bechc- ne al Cardenal Fabio G h isio , que despues se llamó Alexan. dro V I L Estaba su Eminencia de Nuncio en Bolonia, quando el Padre Hernando Monroy firmó una cédula, en que hizo una renunciación irrevocable, y absoluta i favor de las A lm a s, de todo lo que él obraria. y de todos los sufragios, que harían por él despues de muerto. Maravillado el Cardenal de aquella resolución, consultó sobre ella al Padre Bcchene, que era Teologo su yo, y éste escribió un tratado muy erudito, probando, que el hecho del Padre Monroy habia sido una obra hero)’ca, y una caridad mas perfecta , que sí hubiera reservado para sí todo aquel bien. Conformóse el Cardenal con aquel parecer, y exclamó : Prok ! Quantum flacuít miht illius Patn's consiliunu juo sibi oblata sufragia posi mortem prastanda alits addixerit.
(1) Los 60. sermones, que predicó Vicente María Ursino, siendo Cardenal, y Arzobispo de Benevento , los mandó imprimir siendo Papa año 1729. dividiéndolos en dos Trigésimos. En el segundo de éstos, serm. 2. núm. 18. declara que el día i6 . de Febrero ano 1709. desde el pulpito habia hecho donacion total de sus satisfacciones, despojándose de ellas de la misma manera, que en su profesion ( era Religioso profeso del Orden del P. Santo Domingo ) se habla despojado de su patrimonio, y de su voluntad. Prueba con muchos Autores y razones eficacísimas la perfección de la referida donacion , dá evasión á los argumentos contrarios, y los deshace.
(2) Y en f in , en el serm. go. del primer Trigesimo §. 6. dice ; „ del mismo parecer se mostró Gregorio X V . quando „ aprobó el Instituto, y Cofradía fundada por el P. Fray Do- „ mingo de Jesús María Carmelita Descalzo (a) concediendo í
^ l o s
(a) Con la ocasIon de acordarse aquí lo que hizo í favor de las Alm as un célebre P. Carmelita D escalzo, confio yo que
no
en fin , exemplos de unos hombres y de unos santos,que aseguro y o , que no se necesita de mas que de leerlo con una pia afición, para quedar convencido qualquiera hombre, de que la referida donacion de todas nuestras satisÉiCciones es una caridad heroyca m uy agradable á D io s , m uy provechosa á nosotros, y aceptísima á la q u e , siendo Madre de D ios , lo
es„ lo s cofrades muchas indulgencias, comulgando una vez almos,' , ,y rezando cada dia una salve, ofreciendo por los difuntos lo- „ das las buenas obras. “ Luego añade el mismo Vicente María Ursino : „ Con tal aprobación , y concesion de indulgencias vi- „ no í decidir el Apostólico la insulwistencia de las dos opinio* M ncs interesadas , y la verdad de la nuestra ; esto es , que es j, agradable á Dios , útil y provechosa al donante la cesión ge- „ nerosa de todas las buenas obras. “ Hasta aqui Bened. X III. apud Oliden in dialog. p. i . §. 2. núm. 30.
no desagradará al que leyere estas notas, que yo inserte enejlas ( traducida al castellano ) una qííestion , que trata otro también muy famoso , el P . Antonio de S. Josef en el novísimo compendio salmanticense , tan aceptado en todo cl Orbe t. i . tract. 9. cap. i . pun. 4. núm. 42. Pregunta , pues , este doctísimo Padre : ; Si es lícito privarnos de la satisñccion de los sufragios, quando por falta de ellos se nos dilata por algún tiempo la entrada en la gloria í Responde que es lícito , porque es un acto feiTcntísimo de caridad , con el qual se recom* pensa suficientísimamente aquella dilación temporal de la bien* aventuranza por el aumento de mérito y de gloría , que merece delante de Díos el que asi socorre unas Almas , que son amadas del mismo Dios. Por lo que ( añade el mismo Autor) es digna de toda alabanza, y de que nunca se dexe Ja costumbre introducida entre nosotros de ofrecer en la noche del primero de Noviembre delante de la Comunidad nuestras obras satisfactorias por las .Almas del Purgatorio, paraque salgan mas presto de aquella cárcel, queriendo mas bien estar privados por algún tiempo de la felicidad de la gloría , que dexar padecer mas tiempo aquellos tormentos á unas Almas santas : lo qual no dudamos , que es mas agradable y mas acepto i Dios , por ser obra de una excelentísima caridad , con la qual „ la misma ca- „ rida'd crece , y se aumenta el mérito esencial. “ Hasta aquí el citado Autor , cuya doctrina es conforme en todo y por to»> do i la de Suarez de P anit. dísp. 48. sect. 2.
es también del amor hermoso , ( i ) puro , y desinteresado.
L o es en efecto, oyentes m ios, lo es, y debe ser nn amor de Dios y del p ró xim o , puro, y desinteresado el de la donacion total de nuestras satisfacciones , pero no por eso habéis de pensar que dexa de ganar el que la hace. Bastaria decir , que comercia (2) con D io s , y con María Santísima , para esperar que sacará mucha ganancia. Pero porque esta consideración se funda principalmente en la pie - dad , y en el día es poco lo que se dexan convencer algunos críticos de ella, añado lo que es inconcuso en todas las escuelas, y es que haciendo nosotros el vo to de redimir las A lm a s, y dando para ello todas nuestras satisfacciones , es mayor el mérito (3) de nuestras obras , y en conseqüencia, ganamos en cada una de ellas mas gracia , y nias gloria. Las obras buenas son meritorias cada una en su genero , según la virtud de q u e . proceden ; pero dando la satisfacción de ellas á las Alm as del Purgatorio , las acompaña siempre la caridad , y aun la Religión por razón del vo to : con lo qual está claro , que crece el mérito de cada una , y que el que hace el vo to de redimir las A lm a s, hace en substancia , lo de aquel Mercader del Evangelio, (^) que dió todo lo que tenia para comprar una piedra
pre-
(i) Eccll. 24. 24.. {2) Prov. 19. 17. Eccli. I I . I . Tob. 4. 7 . & c.
(3) S. Thom. 2. 2. q. 88. art. 6. in corp. prueba por tres razones eficacísimas , que hacer una obra por voto es mejor , y mas meritorio , que hacerla sin voto. Lo mismo enseña el Doctor Angel, en el opuse. 18. cap. 12. & c. Por eso ef Reverendísimo O liden, persuadido firmemente de que la donacion total de todas nuestras saiisfacciones es una caridad heroyca , paraque jfiiese mas meritorio la confirmó con el voto.
(4) Matth. j 3. 44 46.
preciosa ( i) . Sino que digamos que hace ló que la famosa Suiiamitis , que por haber dado á Elíseo lo poco que tenia , salió m uy (2 ) medrada.
L o mismo , pues , pasa en aquel que hace el vo to de redimir las Alm as, que quisiere Maria Santísima. D a todas sus satisfacciones á la Madre de D ios para las pobres Almas del Purgatorio; pero compra con esa donacion , gana , y sale tan medrado, que: : N o puedo dexar de referir el caso, que está escrito (3) en las divinas insinuaciones de Santa Gertrudis. Estaba un dia la Santa en una Iglesia, mientras se hacían las exéquias de una p o bre m uger, y encendida en caridad , ofreció á Dios por aquella Alm a todo lo que el mismo D ios había obrado en ella ; y por ella: con lo qual , elevada la Santa en espíritu, v ió que la A lm a de aquella muger era levamada al trono de la gloría , que estaba prevenido para ella, y que para ella levantaron los Angeles otro trono de gloria tanto mas alto , quanto es mas alto el de los Serafines, que el de los Angeles inferiores; que es d e c ir , y haber mostrado D ios á Santa Gertrudis , que ganó imponderable mérito con la donacion total que hizo á la Alm a de aquella difunta m uger, enseñándonos al mismo tiempo á nosotros , que es también imponderable el mérito , que corresponde á la d o nacion to ta l, que hace de sus satisfacciones el que hace el voto de redimir las Almas. ¡Ha fieles miosl ¡O si nos diera Dios á conocer lo que es esta sola ganancia I San Francisco deBorja acostumbraba de
cir
(1) Por la piedra preciosa puede entenderse la gracia. V id , Siiveyr. in E r. t. 3. c. 28. y 29.
(2) 4. R eg. per tot.(3) Lib. 5. cap. 24. de las insin. de Santa Gertrudis apud
Moneada ilb. 5. c. 3. num. 22.
cir ( i ) que para gaiiar despues de muerto un solo grado de gracia padecería de buena gana el Purgatorio hasta el fin del m undo: es que sabia m uy bien el Santo lo que es la gracia de D io s ; sabia que nos hace participantes (2) de la naturaleza del mismo D io s ; que nos une (3) con su divina Magestad , y que nos da derecho (4) á la gloria , que habiendo de ser eterna , excede imponderablemente á las pe* jias del Purgatorio , que al fin han de acabarse.
N i es decir esto , que no hayan de temerse las penas del Purgatorio; ellas son terribles , y espantosas (5 ) sobre toda ponderación, y es preciso no creerlas (6) para dcxar de temerlas. Y o , portanto^ deseo que todos las remamos muchísimo. N o obstante , reparad lo que dice San (7 ) Juan : Z a caridad , quando es perfecta , aparta el temor. N o habla el Santo de aquel temor reverencial, con que aun los Angeles están en la presencia del Señor. Tam poco habla del temor filial de ofender á Dios, que es propio de los Justos, (8) niientras v iven en este mundo. E l temor , pues, que según San Juan, no se compadece con la caridad perfecta, es el de los males , y trabajos de este mundo, (9) el de las penas del Purgatorio , y aun el de las del Infierno.
N o
(1) Sachin. Híst. societ. t. 3. y Moneada cit. c. 3. núm, 7.(2) 2. Pctr. I . 4. y I . Joan. 3. i .(3) I . Joan. 4. 1(5.(4) A d Rom . 8. á v. 16.(5) S. Augustin. S. Greg. S. Ciril. y generalmente todos los
Santos ponderan , que es máxima la acerbidad de las penas del Purgatorio sobre todas las de esta vida. Lohncr t. 3. v. Pureat. §. 3. ex SS. Patrib.
(6) Leo á S. Laurent. de carc. Purg. serm. 14. mím. 17.(7) I . Joan. 4. 18.(8) Psahii. 127- I. Eccli. 25. 15. & c.(9) Toda Ja doctrina de estos nn. está sacada de S. Buena-
ventura tom. 6. de 7. Donis Sp. S. cap. 2.
N o porque este temor no sea honesto, santo ( i) , y aun D on del Espíritu Santo, sino porque es propio (2) de los que empiezan á servir á Dios , y de aquellos (3) que tienen la caridad no mas que en un grado necesario para salvarse. Esta caridad , pues , que se llama de los principiantes , lejos de negar y o que se compadece con el temor del infierno , y del Purgatorio , confieso (4) que crece con él en sus principios, y que el mismo temor conduce en gran manera , para adelantarse la A lm a en el camino de las v irtu d es, y de la perfección. L a caridad, empero , quando es perfecta y heroyca , qual es la que se contiene, y expresa en el v o to (5) de redimir las A lm as, ella ha de echar de las nuestras el temor servil de las penas, para que el mismo temor no nos impida una obra , que sobre ser perfectísima en sí m ism a, es también excelentísima en sus efectos. Observadlo vosotros, oyentes mios.
Mientras vivim os nosotros en este mundo no necesitamos de nuestras satisfacciones , ni ellas nos aprovechan , porque sirven no mas que de pagar en la otra vida las penas , que corresponden á nuestros pecados : Son como un tesoro, que hasta des- pues de la muerte està com o o cio so , depositado en la aceptación divina ; pero dando nosotros, ó renunciando este tesoro en las manos de María Santísima , para redimir las Almas del Purgatorio, que ella quisiere , es de creer , que ella misma les apli
ca
(1) Tríd. ss . 14. de Poenit. cap.' 4.(2) Alvarez de vit. spir. 1. 3. pag. r. cap. 8. y 1. 4 . p. 1.
cap. I .
(3) S. Bonav. cit.(4) Ecclí 21. 13. i6 .(§) Barón. Rem ed. m\W. el SS. Rosario tom. 2. á pag. 100,
donde se trata de propósito del mismo voto.
Í 33) .. .ca nuestras satisfacciones, y que , en conseqüencía, salen aquellas Alm as del Purgatorio antes de lo que saldrian , siguiéndose de ello : : : ;0 lo que se sigue! Resulta de a q u i, Fieles mios , la gloria de D io s , á quien desde luego ofrecen aquellas Almas cánticos de honra , de bendición, de alabanza, y de acción de gracias ( i ) . Resulta la satisfacción, que logra Jesu-Christo Señor nuestro (2 ) de ver consumada en las mismas Alm as la redención, que obró él mismo (3) con su preciosísima sangre. Resulta la gloria accidental de María Santísima (4) para cuyo obsequio , ó para muestra de nuestra cordial esclavitud hacemos el vo to , ofrecemos nuestras satistacciones, y nuestras almas, y saca D ios las del Purgatorio. Resulta la alegria de los Angeles , que si la tienen grande (5) de que un pe-
E ca-
(r) A poc. 7 . 12. Psalm. 149. 5. y síg.(2) Apoc. 5. á V. 9. & I . Pctr. I . 18.(3) Ibid. & alibi pasaim.(4) Apenas hay A utor, que escribiendo de propósito del
Purgatorio , no haya hecho asunto de U misericordia con que María Santísima patrocina , y favorece las Almas. Entre ellos Moneada cit. Ub. 2, cap. 10. lo trata difusamente ; y despues en el lib. 4. cap. 7 . niim. 12. dice : „ María Santísima „ que seintitu’ a , y precia de ser Madre amantísima de los que „están padeciendo en el Purgatorio , y que con sus entrañas pia- „ dosísimas se lastima de ver las Alm as santas redimidas con la „ sangre de su precioso Hijo , atormentadas : ; : < Quien podrá „ explicar el gozo , que esta Madre dulcísima de gracia , y de „ misericordia tiene quando vé las esposas de su H ijo conseguir „ la liliertad de tan lastimoso cautiverio , y que vuelan como ,, A ngeles, con las alas del amor, al nido , que han de ocupar „ eternamente J Y asimiano de que se cumpla , y tenga cl ííl- „ timo complemento la Redención de su Hijo Santísimo. “ V ease todo aquel capítul® , que es dignísimo de leerse.
(5) Luc. 15. 17. y siguientes , donde Alapide dice , que se alegran los Angeles por dos rabones, porque se llenan los d e seos , que Dios tiene de la salvación de las Almas , y porque con esto se reparan las ruinas, que causó Luzbel entre ellos.
cador se convierta , y haga penitencia, la tendrán ciertamente de que el mismo pecador goce de D io s , le bendiga, y alabe con ellos en el cielo. Resulta el gozo de todos los Santos, que com o tienen ya la caridad consumada , se alegran todos( i) de la gloria de cada uno. Resulta el bien uni* versal de los F ie le s , y de toda la Iglesia, que desde luego logra (2 ) tener en el cielo nuevos intercesores , que ruegan por ella. R esulta: : : Pero no nos cansemos, oyentes m ios, porque sería nunca acabar el querer referir todos los p ro vech o s, que resultan del vo to de redimir las Alm as. Báste lo que déxo insinuado, para entender, que es el vo to obra digna de que por él echemos de nosotros el temor servil de las penas del Purgatorio , ofreciéndonos á padecerlas por amor de D io s , y del próxim o, com o se ofrecieron á ello (3) Santa G ertrudis, San«
ta
(1) S. Bernardino de Sena Evang. eterno, serm. 65- art. 3. cap. 3. y en el tom. i . serm. 58. art. 3. cap. 3. y 4. seriít. 59. art. 3. cap. i . y 2.
2) Los Dogmíticos lo convencen contra los Hereges ex D aniel 3. 35. & I. Petr. I. 15. Apoc. 8 . v. 3. & 4.
(3) Santa Gertrudis era Abadesa de su monasterio en el año de 1251. y habiendo hecho la donacion total de sus satisfacciones á favor de las Almas , antes de morir h atribulaba el demonio con la representación del Purgatorio, que deberla siiftir por sus pecados , pero aparccléndosele el Señ<r, la consoló, y la perdonó graciosamente todas las penas , que le correspondían en la otra vida. Barón, llb. 3. cap. 29. Dimas Serpi y otros, que citan i Dionisio Carluxano. ~ Santa Christina la admirable salió de esta vida á los, doce años de su edad , Ja hizo ver el Señor lo que padecían las pobres almas del Purgatorio, j dándole á elegir , si quería quedarse en el Cielo , ó volver í padecer en el mundo por aquellas pobres A lm a s, escogió volver al mundo , y por espacio de 42. años sufrió un rigor de vida tan espantoso , que parece increíble, ofreciéndolo todo por Jas Alm as de los difuntos. Murió en el año de »225.y trac largamente su vida, y lo referido Metafraste en el tercer tomo
de
ta Christina, Santa Luduina , Santa Teresa de Jesus , y muchos otros Sancos , y Santas , de los qua-
E 2 les
de las obras de Surío á los 23. de Junio í pág. 778. c : Santa Ludulna despues de 17. años de enfermedades gravísimas, apa- recicndosele un Angel en nombre del Señor, la dixo •• sí que- ría morir y subir al C ie lo , 6 perseverar mas tiempo con sus males en la tierra , para socorrer las Almas de los difuntos’ Respondió : que quería mas bien continuar en sus m ales, para socorrer aquellas pobres A lm as, y en premio de ello la prometió el A n g e l, que por amor de ella sacarla Dios del Purgatorio todas las Alm as de sus parientes hasta el noveno grado, y que despues de otros 17. años de enfermedad la llevarla á la gloria, dandola quantas Alm as pidiese del Purgatorio. E IP . F . Elias de San Joseph Legacía del Purgatorio lib. 3. cap. 48. t : Santa Teresa de Jesús , M oneada, O lid en , y Benedicto X III. citados, dicen , que hizo la donacion total á favor de las pobres A lm as, y añaden, que zahiriéndola algunos por el .Purgatorio que le quedarla á ella que padecer , respondió 1 „ j Y „ qué vá en que esté yo hasta el día del juicio en el Purgato- „ r io , si por mi oracion se salva un Alm a ; ; : Pcnafj, que sc „ han de acabar, no hagals caso de ellas , quando Interviniere al- „ gun servicio mayor al que tantas pasó por nosotros. “ Oliden en su memorial número 59. A Imitación de su Santísima M adre hicieron también la donacion total de sus satisfacciones sus venerables hijas y compañeras las Madres María de là Encarnación , y Teresa de Jesús. E l P . Elias de San Joseph cit. £= E l Hermano Juan Ximeno un dia de todos los Santos, haciendo oracion muy fervorosa á María Santísima le habló la sagrada Imagen de esta Immaculadísima Señora, y le dixo *. Ximeno, gtiarda de olvidarte de la i Almas , que están atrabajadas en ef Purgatorio : y con estas voces se sintió movido á ofrecer todas sus satisfacciones para aquellas pobres A lm a s , como en efecto lo practicó. Roann. lib. i . del Purgatorio , capítulo 4. En fin , el que quisiere ver mas exemplos de personas grandes , que han hecho dicha donacion to ta l, vea los Autores citados. Y o referiré no mas lo que escriben Moneada en el fin del capítulo 8. de su llb. 5. y Lohner V . Misericordia erga def. §. i . n. 12. Guillermo Friesen , Impresor de Bolonia, imprimía el libro : misericordia defunctis prastanda del P . Jacobo Monfort , el qual es todo dirigido í persuadir la donacion total de nuestras satisfacciones en v id a , y despues de la muerte. Enfermó graví- slmamentc un hijo de quatro anos que tenia ; y habia ya diez
dias
. . u . (36)les debemos piadosamente creer, que lo harían inspirados de D ios , y son prueba de ello las fuerzas extraordinarias que les daba el mismo D ios , para h acer, y padecer por las Alm as del Purgatorio unas mortificaciones , unas enfermedades , y unos tormentos , que excedían en mucho 4 lo que puede sufrir la naturaleza frá g il, y flaca de los hom bres. Es eviden te, que D ios, amador de la caridad, y que es ( i ) la caridad misma , agradándose infinitamente de la de aquellas Alm as generosas , las alentaba, y las sostenía con el poder especial de su brazo , obrando al mismo tiempo en ellas , y por ellas portentos, y prodigios , para esforzarlas á ellas, y para enseñarnos á nosotros. ¿Qué? Ya está d ic h o : Qjje es m uy del agrado de la divina Mages- tad la donacion total de nuestras satisfacciones.
Debem os también inferir de a q u i, que para ponerlas nosotros en las manos de María Santísim a, y para hacer nuestro vo to podemos m uy bien(2) echar de nosotros el temor servil de las penas del Purgatorio que inspiraba el demonio á Santa Gertrudis en la hora de la muerte. Decíale el m align o, que habiendo ella dado todas sus sa-
tis-<lias que no comía bocado , quando el padre fue í la Ig lesia , é hizo voto de repartir cien ejemplares de aquel libro , si su hijo convalecía. V olvió á su casa, y halló í su hijo sano , y que le pidió de comer á él mismo. Lo propio le sucedió con su muger , que en un temblor de todo el cuerpo, y deliquios estaba muy cercana á la muerte : repitió Friesen el voto: ofreció 200. libros , y el dia siguiente estuvo su muger perfectamente sana.
(1 ) Joan. 4. 8. y j 6.(2) V case todo el libro quinto de la Declamac. Catol. del
P. Pedro de Moneada, pues todo él es de este asunto. Lo trata lambien con mucho nervio Benedicto X III. en el Sermón cit. y en fin , como cl amor propio es el mayor enemigo de la donacion total , quantos han escrito de «sta han disuadido el temor servil dcl Purgatorio.
tìsfaccìones à las A lm a s, tendría que padecer mucho en el Purgatorio por sus pecados. Pero era sugestión diabólica aquella, paru atribular 4 la Santa; y apareciendosela en la misma hora Jesu-Christo nuestro Señor, la consoló diciendola , que para que entendiese quan grata le habia sido la caridad por las A lm a s, le perdonaba á ella desde entonces todas las penas que debía pagar ( i ) en el Purgatorio. C o n lo q u a l, dexemonos ya de argumentos, oyentes m io s , y para aclarar la verdad de nuestro asunto, no hagamos mas que sentir, y que pensar (2) del Señ or, y de su Santísima M adre, según su bondad. D ios no tiene atadas las manos de su misericordia , y puede perdonarnos las penas del Purgatorio , ó graciosamente, com o leemos (3) que las perdonó á m uchos, ó aplicándonos los sufragios comunes de la Iglesia, y las satisfacciones de otros^ que no son dignos de ellas, ó de algún otro m odo de los infinitos, que tiene él para salvar las Alm as y que están en gracia suya , sin pasar por el Purgatorio, ó disminuyéndole m ucho de sus penas. ¿ Y cóm o habemos de creer que aquel D ios, que aun en el infierno castiga á los condenados m enos (4) de lo que merecen las culpas, ha de sufrir ; :
¿Dios
(1) Dimas Serpi en su tratado del Purgatorio contra los he- reges, capítulo 69. despues de haber referido lo de Santa G cr • Irudis , añade ; „ Si hacemos lo que aquella Santa hix.o por los „difuntos ( la donacion total de nuestras satisfacciones ) reci- „ biremos lo que ella recibió, y gozaremos de los bienes eter- „ nos por haber sido tan caritativos. Plegue i Dios nuestro Se- „ ñor que esto de ánimo á los Christianos, para que sean muy „ caritativos con las benditas Animas del Purgatorio , porque „después todos juntos vamos i gozar de Dios. A m e n ."
( 2) Sap. I. I .(3) Véase Moneada cit. libro capítulo 5. á níímero 19.(4) Es doctrina común de los Teólogos coa Santo Tlx)más
I.
¿ D ios digo , ha de sufrir , que padezcan las A l mas por lo que ellas no han pecado? ¿Por haberse ellas ofrecido al Purgatorio por su amor Ì M aría Santísima, tam bién, que tiene su imperio ( i ) en el Purgatorio, y lo visita muchas veces (2) ¿mirará que padezcan en él unas A lm as, que se
han
I. p. q. 21. artículo4. ad i . Rutllio áquien cita y sigue Novarlno In Umbra Virgínea libro 4. excurs. 88. número 199. lo atribuye á la gran misericordia de Dios , y á la Intercesión de la Virgen.
(1) San Bernardino de Sena tomo 4. de Fest, B. M , V . serm. 3. artículo 2. capítulo 3. donde explica el Imperio de María Santísima en el Purgatorio, y despues de haber hablado de sus penas acerbísimas, añade: „ La Bienaventurada V ir- „ gen María libra de sus tormentos, singularmente á sus devo- „ tos visitándolos , y acudiendo á sus necesidades, y á las de „ todos. “ Y la misma Virgen en las Revelaciones de Santa Brígida libro 4. capítulo 13B. dixo í la Santa : Omnes £unte, qtia dcbentur purgandis fropter f races meas mitigantur.
(2) A mas de los exemplos rcrerldos supra pág. 23. n. 3. y pág. 24. n. I . es tlerníslmo el que refiere Juan X X II. en la Bula llamada Sabbatina Sacratissima uti culmine .* dada en A viñon á los 3. de M arzo, año de 1324. en. la q u al, hablando de los C armelitas y de sus Cofrades, que observaron lo que está ordenado , asegura el mismo Papa que aparecléiidosele María Santísima Je habia dicho y prometido q^e : Ego M ater gratiosa ífes- cciidam sahbato , 6” quos inveniam in Purgatorio liberaho , 6" fos in montem sanctum vita aterna rtducam. D el original de esta Bula dI6 testimonio AJexandro V . en otra Bula : Tenore cu-
jusdam : dada á los 7 . de Diciembre año de 1409. como se puede ver en los Bularlos de Guerra tomo 4. página 146. No obstante, me parece que una y otra Bula han de entenderse en el sentido, que prometió Paulo V . en un decreto de 11. de Febrero del año de 1613. se pudiese predicar ; que es como se expresa en eJ rezado de la Virgen del Carmen lección 6. JF/- lios in Scaputaris societatem relatos , dum igne Purgatorii ex- fia n tu r , solari, ac in calestem patriam ohtentu suo quantotius f ié creditur efferre. E l decreto de Paulo V . dice : Suis inter- cessioniifus continuis , suisque suffragiis Ó* meritis, 6" speciali froteccione post eorum transitum , pracipuá in die Sabbat) ( qui dies ah Ecclesia eidemB. Virgini dicatus est") adjuturam. Vease Guerra citado , y Bened. X I V . de Fest. B. M- V . lib. 2. capítulo 6. i numero 9.
^ . , (39) ,han ofrecido a padecer por su h o n o r, y reverencia?; H a , Reyna del C ie lo , Madre de misericordia , esperanza nuestra, y consuelo de-los afligidos! V o s, Señora, que sois d u lc e , y suave para tod os, no creo y o que seáis dura para los que desean obsequiaros con un vo to de excelentísima caridad, hasta ofrecerse ellos á padecer por amor vu estro , y de vuestro H ijo. Y aunque fiiese posible que dexasen de enternecerse sobre eilos vuestras mismas entrañas , clamaran sin duda á v o s , os rogaran, y no os dexáran , hasta m overos 4 misericordia las Alm as, que habrán salido del Purgatorio por sus sufragios. I C óm o sufrirán éstas que padezcan otros por ellas? jHa! Haced , am igos, decia el Señor , ( i) con vuestras limosnas V para que quando muriereis.os reciban en los Tabernáculos eternos. Y o , por tanto , espero , oyentes m ios, que las santas A lm as, que habremos sacado del Purgatorio los que hacemos el voto de redim irlas, con la donacion total de nuestras satisfacciones , serán fieles amigos nuestros, que.se interesarán por nosotros, y que rogarán 4 D io s , (2) que instarán á María Santísim a, que empeñarán á los Santos A ngeles, que no cesarán, en fin , hasta entrarnos á gozar en el cielo los frutos de una caridad heroyca.
§ . I I .
Prueban también, que es heroyca la caridad de nuestro vo to los privilegios , las indulgencias, y
las(1) Luc. 16. p. el qual texto Lohncr tomo 3. V . Miseri
cordia erga def. §. 2. Rosignoli p. 2. Maravigl. 29. y otros, acofnodan 'á lo que se dá en suftagios í las Almas dcl Purea- torio. Lo mismo hacen otros de otros textos como Tob. 4. 9. Psalm. 4. I. Prov. n . 29. Eccll. 12. 2. & c.
(2) Veanse muchos exemplos, de lo que aquí se considera en el P . Elias de Santa Teresa, M oneada, R o an , Rosignoli, y demas citados.
. ( 4° )las gracias, que contienen los dos oráculos, que son ia causa m otiva de esta gran celebridad , el de Benedicto X III . y el de Pió V I . Nosotros confesamos, que nuestro Señor Jesu-Christo concedió ( i) á los Sumos Pontífices en la persona de San Pedro, Ja lutoridad de atar, y desatar á los que sin esa autoridad no podrían regir, ni gobernar com o conviene , y conforme es la voluntad de nuestro Señor Jesu-Christo, que les ha encargado (2) apacienten sus corderos, sus o ve ja s, y todo su rebaño. Sobre lo qual está definido en varios C o n cilios (3) que con ese encargo concedió el Señor á sus Vicarios en ia tierra la facultad de conceder in dulgencias , sacandolas del Tesoro de la Iglesia, que es un depósito (4) de los m éritos, y de las satisíacciones de C h ris to , de su Santísima Madre, y de los Santos, el qual se conserva siempre en ia aceptación de Dios. C o n vien en , no obstante , en decir los Teólogos (5 ) que para ser los Sumos Pontífices Ministros prudentes , y dispensadores fieles (6) de los m isterios, y de las gracias de D ios, no pueden derramar á su voluntad las indulgen
cias,
( i ) Matth. 16. f p .( :) Joan. 21. i v. 15. Veanse Belarmino de Rom . Pontif;
lib. 2. á capítulo 12. y generalmente los Dogmáticos contra Jos heregcs , que convencen deberse entender , que nuestro Señor Jesu-Christo confió uno y otro encargo i San Pedro , y á sus legítimos succesores. * . , ,
(3) En el Concillo de Trento SS. 25. decr. de mdulgen- cias se citan en el margen varios ConcÜIns. Consta también dei Concilio Viennense de Reliq. & vcnerat. Sanctor.
(4) Clem- V I . In exlrav. Unigenitus de Pocnít , & remiB. V León X . en una Epíst. decretal, que envió al Cardenal Cayetano su Lecado en Germania , y trac este en la tercera parte q. 28. artículo 5.
Cg) Apud Suarez ín tert. part. tom. 4. disp. 54. ásect. 2.{6) t. ad Cor. 4. i . cuyo texto explica difusamente , pro
bando con el I lo que se ínkinua en el Sermón.
r ía s , sino que deben concederlas siempre por una causa justa , razonable, y aun proporcionada : asi, en efecto, lo han declarado ( i ) los mismos Sumos Pontífices. D e form a, que según el contenido de sus Decretales, es cierto que no conceden, ni puede creerse que concedan indulgencias precisamente por el fin intrínseco de e llas, com o sería , por exem plo , en nuestro caso , no mas que para sacar A lm as del Purgatorio.
N o basta, pues , esta causa, antes sería contra el orden de la divina Justicia , que ha dispuesto padezcan las A lm a s , hasta que ellas , ii otras por ellas paguen entera (2) la deuda de sus pecados. N o bastando , pues , esta causa para la anuencia de nuestros oráculos , ó para haber concedido los Papas las indulgencias, y gracias, que se contienen en ellos , no puede dudarse , que tendrían alguna otra causa extrínseca. ¿ Y qual sería ésta? ;Ha! hermanos mios. N o podemos conjeturar otra , que la que expusieron á ios mismos Papas los postulado-
F res
■ ( i ) Clem. VI* en la citada extrav. y Leon X . en la Epístola también citada. Martin V . en el Concilio Constan. SS. ult. éinocen. III. en el capítulo Cum ex eo de Panit. & remis. llama indiscretas lás indulgencias , que se estíenden i mas de lo que requiere la causa de ellas. Ni sufre duda , que hablaría de ellas el santo Concilio de Trento quando en la SS. 25. Decr. de indulgencias deseaba : Jn his coticedendis moderatio-. nem , ju xta veterem 6* probatam m Ecclesia, consuetudinem ¿td* Ttiberi , ne nimia fácilitate eccle'siastica disciplina enervetur.
Matth. 5. 26. cuya sentencia aplican muchos santos P adres i la que dá el Señor á las Alm as , que destina al Purgatorio. V id . Bellarm. de Purgat. lib; i . cap. 4. Es no obstante de advertir, que la bondad y suma clemencia del Señor» compadeciéndose de nuestra flaqueza , ha concedido , que podamos los vivos satisfacerle por los muertos , lo qual no puede dudar aquel que confiesa la Comunica de los Santos , como, bien dice el Catecismo de Saa Pio V . en el fin dcl tr. de Panitent. . .
. ( 42)res de las mismas m dulgencias, Oliden , y Giusá- iia , ( i ) la de fomentar , y hacer que crezca entre los Fieles la devocion del vo to de redimir las A U m a s, que quisiere María Santísima , dando desde luego para ello á esta divina Madre de misericordia todas nuestras satisfacciones , y ofreciéndonos á padecer por aquellas las penas del Purgatorio.
Esta , pues , es la única causa m otiva, que p o demos entender nosotros de nuestros oráculos. Y de ella se infiere , en concepto mió , con eviden cia , que á mas de declarar la Santa Sede , que el v o to de redimir las Alm as es justo , honesto , y piadoso , lo insinúa también excelentísimo entre los actos de nuestra sagrada R eligión; porque si las gracias han de ser proporcionadas á las causas, siendo tan grandes , y tan apreciables las gracias, que conceden los Sumos Pontífices, en sus oráculos , á los que hicieren dicho v o to , no puede dexar de estimarse por excelentísimo el v o to mismo. Y lo es , oyentes mios , es excelentísimo entre los otros actos de la Religión , pues á mas de ser un acto de la misma R elig ió n , que es la mas excelente (2) entre las virtudes m orales, su materia es una caridad heroyca , que es la mayor de todas las virtudes el amor de D ios , y del próxim o.
N o es pues de extrañar que P ió V I . condescendiese piadosa, y liberalmente á las preces del Reverendísim o Giusana , y que despues le ma-
ni-
(1) En las preces del Reverendísimo Gmsiana no se alega mas causa que •• paraque reviva , y cada dia se aumente tina obra de tan gran piedad y devocion , donde habla del voto de redimir las Alm as , que el Reverendísimo Oliden habia expuesto £ Benedicto X III. Es pues una obra de gran piedad y devocion.
(2) D . Thom. 2. 2. q- 81. art. <5. y de la caridad lo dicc el mismo Santo con San Pablo íbid. q. 23. art. 6.
nifestase aun ( i ) la satisfacción , que tenía de haber concedido las gracias, que concedió en su oráculo. Confirm ó primeramente, (2) y si era ne-
F 2 ce-
(1) E l mismo Don Cayetano Giusiana aseguro i un Provincial de nuestra Orden , que despues de haberle concedido el Papa las gracias de su oráculo , le preguntó si estaba contento, y respondiéndole Giusiana que s í , añadió P ío V I- que él también lo estaba : sin duda porque , persuadido de que en ello habla obrado como Ministro prudente , y dispensador fiel de los misterios de D io s , esperarla que con su oráculo revivirla ea el mundo , crecerla cada dia mas una obra de tan grande piedad y devocion como es la del voto de redimir las A lm a s« que quisiere María Santísima, sin obligación á pecado.
(2) E l oráculo de Pío V I . en su original dice asi ; Sanct'n- simus intro scrtptai indulgenttat , aliasque spirituales gratiat Christi FideHhus , enuntiato voto obstrictis h felicU recordatio- nts Benedicto Papa X l l l . aliasque concessas, 6* elargitas con”
Jirmavit , 6* approbavit , ¿r quatenus opxis s¡t , de novo ex íntegro concessit, ér indulsit. Sobre este oráculo pues permítaseme hacer dos ó tres consideraciones. La primera es , que no estí expedido en la forma com ún, que llam an, y con sola una noticia confusa del privilegio ; porque el Reverendísimo Glusia- na presentó al Papa los documentos indubitables , que Oliden habla presentado á Benedicto XIII. y en conseqüencia, le presentó también la formula del voto , sin obligación i pecado que el mismo Oliden en la dedicat. de sus Diálogos níím. 7 , y en el Sermón , aue predicó en la ciudad de Victoria año 1720. número 8. testifica haber presentado al P ap a: habiéndolo pues presentado Giusiana á Pío V I . el oráculo de éste es de los que llaman E x certa scientia , de los quales el nuevo compendio de los Salmanticenses tomo 2. tr. 39. cap. 2. pag. 9. dice , y es comunísimo entre los Doctores que Reddunt prmlegiutn de invalido, validum , supplent defectus érc. Aunque , pues el privilegio de Benedicto X III. hubiera tenido algún defecto ( lo que de ninguna manera debe creerse ) lo supliría con abunda», cía la aprobación , y corroboraclon de Pío V I .
Añade éste : E t quatenus opus sit de novo ex integro emees- 4it, con lo qual, aun en el caso de que hubiera sido nulo el oráculo de Benedicto X III. forma Pío V I . un nuevo derecho, concediendo de nuevo en todo , y por todo las mismas gracias. V e a « Suarez de legib. lib. 8. cap. 20. núm. 8. donde afirma ser este el parecer de todos. Y en efecto: supongamos que po
día ,
cesarlo concedió de nuevo las mismas gracias, que habia concedido Benedicto X III. año de 1728. al Reverendísimo Cliden. Si me pregunta empero alguno, c^ué gracias, son éstas ? Respondo que son tres principalísimas. L a primera es para to dos los Sacerdotes , que com o apliquen el fru to especialísimo ( i) de la M isa, que pertenece á ellos , conforme al vo to de redimir las Almas, esto es , por aquella A lm a que quisiere María Santísima , aunque digan que apliquen el fruto m ed io, ó especial de la Misa á la intención del Superior, 6 de o tr o , todo altar es privilegiado para ellos ; que es decir , que aceptando D ios aquella Misa , sale del Purgatorio el A lm a por quien (2 ) se aplica.
L a
día , y querU Pío V I . conceder absoluta y eficazmente las in- dul¿encids , y las gracias de que hablamos ; no parece podia valerle de una clausula mas clara , ni mas expresiva , que la de nuestro oráculo: £ t quatnius ofus sit , de novo ex integra epncessit , ¿r indulsit. Lo cierto es . que el darle otra significación sería torcer claramente el verdadero sentido de ella. E lU se explica con palabras claras , y éstas han de entenderse asi como suenan , ex cap. Cum dilectus. 8. de consuetud, donde añade la G losa; Ubi verba non sunt ambigua, non est hcus in- terpretathni-
( i) Los frutos de la santa Misa son tres , que llaman G e neral , Medio , ó Especial y Especialísimo. E l General es el que conviene i todos los miembros del cuerpo de Christo , que es la Iglesia ; «1 Especial se debe al que dá la limosna , ó i aquel por quien se aplica la Misa ; y el Especialísimo es el tfue pertenece al Sacerdote que celebra , el qual , aunque no Jueda darlo á otro de modo que reciba por él otro estipendio, (como lo declaró Alexandro V II . en la octava proposícion con,- denada ) lo que tiene de satisfactorio puede cederlo , y para sozar la gracia de Altar privilegiado , que conceden B en edic to X III. y pío VI- debe darlo y aplicarlo por el Alm a que quisiere María Santísima, conforme al voto que tiene hecho de
redimir las Almas. , ,(z) Algunos han dudado que Alm a es la que ( suponiendo
Id
L a excelencia ahora de esa gracia puede explicarse de dos maneras. L a una , es por una d o ctrina , que comunmente es recibida de todos los T eó lo g o s, ( i) y es que estando las Alm as de los difuntos fíiera de la jurisdicción inm ediata, y directa del Papa , se necesita de m ayor causa, para conceder indulgencias para ellos, que para concederlas para los v ivo s. Esta consideración sirve' también para entender, que es también m uy grande la tercera gracia , que han concedido Benedicto X III . y P ío V I . á los que hicieren el v o to de redimir las Ahnas : les han concedido por üna gracia especialísima, que puedan aplicar para las Alm as del Purgatorio por m odo de sufragio (2) to d as, y qualesquiera indulgencias , que de qualquier m odo se hayan concedido. Por la
ra
la aceptación divina ) sale dcl Purgatorio en virtud de este privilegio ; si aquella por quien se aplica la Misa , ó el fruto cspecial de ella , ó aquella í quien aplica María Santísima el fruto especialísimo , que pone el Sacerdote en sus manos (conforme ai voto ) para redimir U A lm a que ella quisiere. Si là primera, cumplirá el Sacerdote , que ha hecho el voto , y tiene obligación dé celebrar en A ltar privilegiado , en qualquier A^tar que celebre , porque para él qualquier A ltar es privilegiado , y esto es lo que tengo yo por mas conforme á los Breves de Altares privilegiados que todos comunmente dicen ; Ut quitndocumqtie Sacndos : .* 5 frd Anima cujuscumque : : : a¿i prte- fatum A ltate celehrabit, Anima tpsa de Thetauro Ecclesia per ■modum suffragi! indulgentiam consequatur , ita ut \ \ : à Puyga torii pañis ¡iberetur , concedimus. Hablan pues semejantes privilegios de A ltar á favor de aquella A lm a para quien se aplica el fruto especial de la santa Misa.
(1) A si lo ensena , citando á Santo Thomás , San Buenaventura , y la común de los T heólogos,el P . Suarez In 3. p. p . Thom. dísp. 53. sect. 2. y sig.
(2) Aunque estas gracias se han puesto arriba n. 1. pág. 12. traducidas al castellano con certificación del Secretario de la Interpretación de lenguas , para explicar , ó paraque se entiendan
más
razón , que dexo ya insinuada , hablando generalmente, y prescindiendo de privilegios es ley general, ( i ) que no podemos aplicar por los d ifuntos aquellas indulgencias, en cuya concesion no está expresamente concedido, que puedan apli
car-
mas bien las reflexiones del Sermón , no parece será superfluo insertarlas como las traduxo Oliden en su Memorial nn. 4. g. y 6. Los Theólogos dicen comunmente ( Veanse Bonacína tomo 2. disp. I . q. 3. p. 7 . n. g. Castro Palao de Privileg. tr.3 disp. 4. p. 9. n. I . Suarez de legíb. cap. 28. n. 19. & c. & c.) dicen comunmente, que para entender las gracias Attcndenda est supplicatio , nam Princeps precibus sibi factís se solet acco- modare. Lo qual se vé con evidencia en nuestros oráculos; pues Benedicto X III. no hizo mas que otorgar lo que se le pedia; Sanctissimus annuit. Pío V I. hizo en substancia lo mismo. Suponiendo pues que nadie mejor que Oliden entendió lo que él mismo pidió al Papa , y en ccnseqüencia , aquello que el Papa le concedió en su Anuencia , dice Oliden en el lugar citado , que le concedió el Señor Benedicto X III. tres indultos» „ E l primero para todos los Sacerdotes obligados con el dicho voto „ ( aplicando, á lo menos, el fruto particularísimo y correspon- „ diente al celebrante ) que todo Altar , y para todas las M i- „ sas sea privilegiado, zs E l sepundo j-ara todos los Fieles de „ uno y otro se x o , y con el mismo voto cbllgados , todas las „ Misas que oyeren en todos los lunes del ano , y en los dias „ que recibieren la Comunion Sacramental, todas las Misas sean „co m o celebradas en Altar privilegiado, sacando en cada una, „ una Alm a del Purgatorio. t= E l tercero: Todas las indulgen- ,, cías , aunque en su concesion no se declare , que sean apli- „ cables á las Almas del Purgatorio , las puedan aplicar las ,, Alm as Redentoras según la voluntad , y distribución de la „ misma Virgen Immaculada, M adre, y Procuradora de unasy „ otras Almas. “
N ota , que las indulgencias pueden concederse por modo de absolución , y por modo de sufragio. Vease Suarez cit. el qual en toda la Sec. 3. explica la diferencia de unas y otras, conviniendo con la común de los Doctores que dicen es Infalible el efecto de am bas, mientras se pongan en obra las condiciones que se prescriben en su concesion.
(i) Gabriel in Canonem Relect. 57. trae para e^o la D ecretal de Sixto l y . la qual es en todo conforme i la doctrina
de
(47 ) ,carse por los difuntos. A q u í empero de la primera , y tercera gracia, que conceden los Papas 4 los que hicieren el vo to de redimir las A lm a s, y del alto concepto que han formado de la excelencia de dicho v o t o , pues han concedido primeramente á todos los Sacerdotes que le hicieren , que todos los Altares sean privilegiados para ellos, d u e es decir , que aunque generalmente hablando, las indulgencias para los difuntos son de difícil concesion , y piden m ayor m otivo que las de los v i vo s , es una causa tan piadosa nuestro vo to , que para prom overle los Papas entre los Christianos, no han reparado en conceder del Tesoro de la Iglesia quantas satisfacciones necesita la A lm a por la qual se aplica la M isa, para salir del Purgatorio. Conceden también en la tercera gracia una excepción de la ley general, de las indulgencias, p u e s , aunque las que ganamos , no sean concedidas para las Alm as del Purgatorio, no obstante , así las que nos son concedidas por los Sumos Pontífices , com o también las que nos conceden los Eminentísimos , Ilustrísimos Señores Cardenales, Arzobispos , y Obispos , todas, to das las podemos aplicar por las Alm as del Purgatorio los que hiciéremos el vo to de redimirlas. Gracia singularísima ( i) que no me parece nece-
si-
de Santo Thom ís , de San Buenaventura , de Alexandro de A le s ,y de otros que cita, y sigue Suarez dísp. 53. sect. i . núm. 7. Ferraris V . Indulg. art. 2. á núm. 2. y art. 3. número 23. los quales en substancia enseñan dos cosas , la una es, que solo el Papa puede conceder indulgencias para los difuntos ; 1j otra es , que si quando algunas sean plenarlas ó sean parciales , no expresa que puedan aplicarse á las Almas de los muertos , deben entenderse concedidas para solos los vives.
(i) Moneada lib. 3. cap. 5. prueba con muchos argumeji- tos la excelencia de esta grada. Entre ellos empero es digno de
par»
sita de mucha ponderación , para conocerla dignísima del mayor aprecio.
D e la primera , y aun mas de la segunda : : : E n la segunda, conceden ( i ) Benedicto X III . y P ió V I . 4 todos los Fieles de uno y otro sexó^ que tengan hecho el vo to de redimir las Alm as, que en los dias en que comulgaren , y en todos los lunes del año , aunque no comulguen , las M isas, que oyeren , (2 ) sean com o si fuesen ce
le-
particular reflexión el que funda i núm. 15. en la siipreslon de indulgencias , que hacen los Papas en el aiio Santo. Los mismos Papas han declarado muchas veces ( Véase Ferrarls V . Ju- biiaeum art. i . núm. 9. y sig-. ) que no se suspenden en aquel año las indulgencias de los Altares prI%'Ilegiados por los dlfun- tcs, ni las que se han conce'dido, que se les puedan aplicar por modo de sufragio : de lo qual se Infiere que en dicho añ o, no obstante la suspensión general de las Indiligencias , aquellos que hubieren hecho el voto de redimir las Alm as , las pueden ganar todas , aplicandolas para la A lm a que quisiere María Santísima , como que para ellos no habla la mencionada suspensión. Lo mismo sostiene con alguna moderación el citado M oneada núm. 22. citando S Trullenc , y Carrillo sobre la suspen»- 8Íon de indulgencias , que hace cl Illustrísinio Señor Comisarlo General en su Bula de la Santa Cruzada ; dice que los que tienen dicha Bula no ganan las Indulgencias , que están concedidas en ella ; pero que ganan todas las otras que puedan aplicar í los difuntos, pomo entenderse estas suspendidas, sino para los vivos.
(1) La segunda gracia es concedida: Omnibus Fidelibus : la tercera , iisdem Fidelibus, esto e s , i todos los Je uno y otro sexo. Sobre lo qual es i todas luces extraña la dificultad , que ha excitado alguno , parecléndole , que estando los Sacerdotes expresados en el primer indulto , no debían entenderse compre- hendidos en el segundo ; y por consiguiente , tampoco en el tercero , porque está concedido i los del segundo ; Pro iisdem. Pero uno y otro es , en concepto m ío, un absurdo manifiesto contrarío enteramente á la mente de los Postuladorcs, y de los Papas concedentes ; y aun al carácter y í la dignidad de los Sacerdotes , que debiendo ser distinguidos particularmente en esta materia , lo serían en ser desentendidos.
(2) San Gregorio Papa 26. Moral, cap. cit. ca el capítulo
( 49 ) ^ , lebradas en altar privilegiado. L a grandeza pues de ésta , y de la primera gracia puede entenderse por la dificultal , y por la cautela , con que han procedido siempre los Sumos Pontífices en conceder Altares privilegiados por los difiintos. E l prim ero, que sabemos haber concedido uno, que fué el de San Zenon ( i) en la Iglesia de Santa Práxedes en Rom a , fué el Papa Pasqual I., cerca de los años del Señor 820. (2 ) Fue empero con tales condiciones , (3) que en el dia se tendrían por m uy severas. A mas de que en esta parte se ha moderado mucho , no fia sido tanto , com o han pretendido (4 ) algunos. Leanse los últim os decretos , que han expedi-
G do
lo. Humante aurts i t . q. 5. dice : T^on tantum esse verha con- sideranda , sed voluntatem 6* intentiomm ; quìa non debet in- tentio verbis deservire , sed verba intenticni. Oliden que penetró mejor que otro su propia intención , y la del Sumo Pontífice , explica aquella gracia segunda , que las Misas que oyc’ ren sean como si fuesen celebradas en A ltar p-ivllegiado , añadiendo estas palabras : sacando en cada una , una Alma del Purgatorio. Es gracia grande , es gracia máxima , es gracia extraordinaria ; pero pudiéronla conceder los Papas , y sabemos que la han concedido. Véanse los testimonios del n. i . pág. 4. y Oliden en su memorial número 5.
( i) Benedicto X I V . Instit. 56. número 15.( 5) Pasqual I. fue electo Papa año 817. y murió en 824.(3) Belarmin. tract- de Superstit. tom. 4. cap. 18. cuya nar
ración trae Benedicto X I V . citado , dice asi : Paschah's I. in* dulgentiam ita tomessit , ut qui fro Anima Patris , vel alte- rius farticularís persona defuncta tot Missas celebraverit in ca- pella Sancti Zenonis , qua est in Ecclesia Sancta P ráxedis , Animas illas de Purgatorii pañis eripiat. La condicíon de celebrar tantas Misas , para sacar la Alm a del Purgatorio parecería durísima en el d i a , en que la disciplina Eclesiástica^ está tan moderada , que con una Misa celebrada en Altar privilegiado se saca una Alm a del Purgatorio.
(4) Los convence , sin nombrarles Benedicto X I V . Institut, 56. nn. 15. y x6.
do' ( i ) Clem ente X I. Inocencio X II . y la Santa Congregación del C o n c ilio , y se conocerá facilmente , que es grande el miramiento de la Santa Sede en conceder Altares privilegiados por los d ifuntos, y que dichos Altares son una gracia de muchísima consideración. Y que esto no obstante los hayan concedido los Papas tan franca y generosamente á los que hicieren el vo to de redimir las Alm as , verdaderamente es prueba , de que estiman ese mismo vo to por lo que e s , por un acto excelentísimo de R eligión, y por una caridad heroyca.
Acabem os pues nosotros, hermanos mios. Y o no me escandalizo de que hayan dudado algunos hasta ahora de la verdad de nuestro v o t o , y de las gracias, que confiados en los méritos de nuestro Señor Jesu-Christo -, han concedido los Papas á los que le hicieren. Eran bastantemente fundadas las dificultades. Pero aprobado ya dicho vo to por el V icario de nuestro Señor Jesu-Christo á quien se presentó (2 ) su fórmula ; registradas , au-
to-(1) E l mismo Henedtcto X IV - trac los íTpr.retos, «juc se in
sinúan en el Sermón ; A los quales se añade , primero , que por razón de A ltar privilegiado no puede el Sacerdote recibir mayor estipendio. Clemente X III. en 19. de M ayo de 1759. Segundo, que eu los dias en que , según las rubricas del Misal, están privadas las Misas de Reqxiiem , en los dobles , Dom inicas , octavas de Pasqua , & c. se gana la Indulgencia deí A l tar privilegiado con 1» Misa del R ezo . Alexandro V II. en su decreto Credita nobis , dado en 22. de Enero , año de 166^, € Inocencio X I. en 4. de Mayo del año de i'^88. Vease M e- rati en el indice de decr. p. 2. nn. 623. y siguientes. Tercero, se infiere de lo dicho , que para ganar la Indulgencia de A l tar privilegiado , es t ecesario absolutamente , que la Misa se diga de Rcquion en k)s dias en que lo permiten las rubricas del Misal. A si lo ha declarado la S. C . de R . apud ligorl. 6. tr. .3. cap. 3. dub. 2. niíjiiero 339.
(2) Oliden en la dcdic. número 7 . dice que incluyó su voto
torizadas , y publicadas con tanta solemnidad ( i ) las gracias; acabense , por amor de D io s , los escrúpulos , y los tem ores, y penetrados todos de un alto , y claro conocimiento de que , siendo nuestro vo to un acto de una caridad heroyca, necesariamente ha de ser útilísimo á los que ie h icieren : : : Para m ayor gloria de D ios uno en Esencia, y T rino en Personas, á quien saliendo las A lmas del Purgatorio bendicen , alaban, y dan gracias. Para alguna imitación (2 ) de nuestro dulce Redentor Jesu-Christo, que para redimirnos á nosotros , cargó con el peso de nuestras flaquezas. Y para muestra de nuestra cordial esclavitud á la Madre de misericordia María Santísima Madre amorosísima de las pobres Alm as del Purgatorio, que desea (3) entrañablemente que salgan de sus penas< Para' estos f ines, y por el amor que debemos á nuestros próximos , os ruego , hermanos m io s, hagamos por ellos lo que desearémos, que hagan otros por nosotros. (4) N o os pido oro ni plata,
sito en el Memorial , que presentó al Papa. Lo mismo testifica en la carta , que escribió í un Cofrade de las Animas , y lo mismo en su Memorial , ó Sermón número 8.
(1) Veanse los testimonios, autos, y documentos del n.2. pág. 12.(2) E l mayor exemplo de la donacion total , y del o fre
cernos i padecer por nuestros hermanos es aquel de quien dixo el Profeta , que cargó verdaderamente con nuestras enfermedades , y con nuestros dolores. Por esto , hablando del mismo su amadb Discípulo ( 1 . Joan. 3. i 5. ) decia : 2n hoc cognovtmus charitatcm D ei , quoniam Ule anitnam suam pro nobis posuit, 6“ nos debemus pro fratribiis animas fonerr. Hace también al caso la consideración de Sun Pedro Epíst. i . cap. 2. 21. Ckris- tus fassits est pro nohts , vobis reUuijutiis exemplum , ut se^uA’ mim vestiría ejñs. •
(3) A mas de los argumentos' referidos de la piedad de María Santísima hácia las pobres Almas , pueden verse muchos otros en Roáignoli tom. 5. pag. i . . marav. 13. p. 2. marar. 3. la . 28. 40. &c.
(4) Mattli. 7. 12.
C5^) ,sino lo que todos tenem os, todas nuestras satisfacciones según la fórmula de nuestro voto . Y si alguno está tan poco adelantado en la caridad , en aquella caridad ( i ) digo , que todo lo sufre , todo lo espera, todo lo aguanta j si dexa preocuparse aun de un temor servil de las penas del Purgatorio ; si busca la conveniencia propia ; muevale 4 lo menos ésta , sabiendo que le medirán á él en la otra vida (2) con la misma medida con que él habrá medido á los otros ; que serán bienaventurados (3) los misericordiosos , porque ellos alcanzarán misericordia ; y que el que dá , favorece , y socorre las almas del Purgatorio por amor de D ios, D ios mismo le retribuirá (4) un cien doblado: m uchas gracias en esta v id a , y la vid a eterna en el otro siglo. A d quam
( i) A d Cor. 13. á V . 4.( i ) Matth. 7 . 1. & Luc. 6. 38. Sobre cuyo último texto
Lohncr en su Biblioteca, reimpresa en Venecia año de 1756 . V . Misericordia erga def. §. i . explica que es medida buena el socorrer i las Almas i cierto tiempo con algunos sufragios, que es llena el dar todas las satisfacciones á los difuntos mientras vive , y que es sobrellena y sobreabundante el darle los sufragios , que harán por nosotros despues de muertos ; y el procurar que otros hagan lo mismo. Este supone que es el quarto , y el mas alto grado de caridad í favor de los difuntos.
(3) M atth. 5. 7 .(4) Todo lo que por piedad se dá i los difuntos se con
vierte en mérito del que lo da , y despues de muerto se le volverá cicn doblado. San Bernardo apud Lohner cit. %. 3. número 24. y Santa Brígida Revel. llb. 4. cap. 7. oyó un A n gel que decia : Bendito tea el que en el mundo socorre à las Almas del Purgatorio con ovaciones , obras buenas , y trabajos de su cuerfo ; y luego despues oyó otra voz que decia : Señor , dad una retribución centesima á los que nos favorecen con sus sufragios. Amen. Amen.
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