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LAS JUNTAS ELECTORALES: ATRIBUCIONES Y COMPETENCIAS EN EL ÁMBITO ADMINISTRATIVO Y CONTENCIOSO ELECTORAL ESCUELA NACIONAL DE FORMACION ELECTORAL (EFEC) CÁMARA CONTENCIOSA ELECTORAL Y CÁMARA ADMINISTRATIVA JUNTA CENTRAL ELECTORAL Programa

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De igual forma, la Cámara Administrativa y las Juntas Electorales juegan un papel importante y predominante en cada una de las etapas del proceso electoral, y por ende, aquí se especifican sus deberes y responsabilidades en toda la etapa electoral y en la conformación de los Colegios Electorales.

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LAS JUNTAS ELECTORALES: ATRIBUCIONES Y COMPETENCIASEN EL ÁMBITO ADMINISTRATIVO Y CONTENCIOSO ELECTORAL

ESCUELA NACIONAL DE FORMACION ELECTORAL (EFEC)CÁMARA CONTENCIOSA ELECTORAL

YCÁMARA ADMINISTRATIVAJUNTA CENTRAL ELECTORAL

Programa

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El seminario sobre “Las Juntas electorales: atribuciones y competencias en elámbito Administrativo y Contencioso Electoral” es una gran oportunidad de dotara los miembros titulares de las juntas electorales de los conocimientos procesalespara llevar a cabo sus tareas en calidad de jueces electorales de primera instancia.

Los miembros de juntas electorales son los encargados municipales de la organizacióny realización de los proceso electorales. Tienen la obligación de ejercer sus funcionesatendiendo a criterios de objetividad, equidad, lealtad, independencia y transparencia,garantizando fielmente los derechos fundamentales de los distintos actores delproceso. La Ley Electoral 275-97 establece una serie de peculiaridades, competenciasy responsabilidades de las juntas electorales como órganos de base del sistema; asícomo de cada uno de sus miembros de manera particular. En este sentido establecedistinciones importantes entre el procedimiento contencioso electoral y el procedimiento de derecho común.

Justificación:

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Una parte fundamental para el desarrollo exitoso del procesoelectoral lo constituye la misión que está llamada adesempeñar la Cámara Contenciosa Electoral, a través dela Escuela Nacional de Formación Electoral y del EstadoCivil (EFEC), en particular en la formación de los miembrosde las juntas electorales, para que los mismos tengan eldominio de la normativa y las herramientas necesarias paracumplir a cabalidad el rol que están llamados a enfrentarde cara al proceso electoral y del mismo modo para actuarcon apego a principios éticos en dicho proceso.

De igual forma, la Cámara Administrativa y las JuntasElectorales juegan un papel importante y predominante encada una de las etapas del proceso electoral, y por ende,aquí se especifican sus deberes y responsabilidades en todala etapa electoral y en la conformación de los ColegiosElectorales.

Esta iniciativa tiene un enfoque eminentemente práctico,estructurado a partir de los requerimientos normativospropios de la materia electoral y las propias experienciasde los participantes, en donde podrán complementar losconocimientos y aportar de manera plural los elementosnecesarios para la mejor realización de un mejor procesoelectoral.

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Desarrollar los conocimientos de los titulares de las juntas electorales acerca del procedimientocontencioso electoral que les permitan actuar ante las distintas situaciones, entre ellas elconocimiento de sus atribuciones, límites de su competencia y cuestiones procesales en laelaboración de las resoluciones que solucionen los conflictos electorales.

Desarrollar en los participantes los conocimientospara desempeñar su rol de jueces electorales, cuandosean apoderados para conocer y decidir las diferentesacciones sobre las cuales la ley le otorga competencia,como tribunal de primer grado.

Concienciar a estos funcionarios electorales de laresponsabilidad que deben asumir en el ejercicio ydesempeño de sus funciones, apegados al fielcumplimiento de la Constitución de la República yla Ley Electoral, para una buena aplicación de justicia.

Objetivos Específicos:

Objetivo General:

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Contenido:

TEMA II. Procedimiento de las Juntas Electorales, acciones y plazos.

2.1. Elaboración de resoluciones.

TEMA I. El papel de las Juntas Electorales como tribunales de primer grado.1.1. Límites de la competencia de las Juntas Electorales

1.2. Particularidades del Procedimiento.

ADMINISTRATIVO

CONTENCIOSO ELECTORAL

TEMA I. Funciones de las Juntas Electorales en las tres etapas del proceso

2.1.1. Responsabilidad de la Dirección de Elecciones en la capacitación

2.1.2. Responsabilidad de las Juntas Electorales en el desarrollo del proceso.2.1.3. Administración de los Miembros_Cole.2.1.4. Etapas del proceso: fase uno, dos y reforzamiento Presidentes, Secretarios y Primer Vocal.

2.1. Captación y capacitación de los Miembros de los Colegios Electorales:Panorámica general del proceso.

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Contenido:

2.2.1. Inspección para determinar responsabilidad.

2.2.2. Formulario aceptación de los recintos.

2.3. Los Materiales Electorales.

2.3.1. Lo Nuevo: cambios de valijas, urnas, procedimiento de empaque.

2.3.2. Uso de las presillas de color.

2.3.3. Disponibilidad de espacio para almacenamiento de materiales.

2.3.4. Entrega de material a los Presidentes y Secretarios.

2.2. Desarrollo de la logística de ubicación física de losColegios Electorales dentro del recinto.

2.4. Los facilitadores de Recintos.

2.4.1. Selección de los facilitadores.

2.4.2. Funciones de los facilitadores en el proceso.

ü Antes (pre-electoral).

ü Durante ( jornada electoral)

ü Después (post-electoral)

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Contenido:

2.5. Devolución de Materiales Electorales desde los Colegios Electorales.

2.5.1. Escaneo en Recintos.

2.5.2. Recepción en Juntas Electorales.

TEMA II. Plazos Electorales.

TEMA IV. Situación Actual de las Juntas Electorales: Calendario Regresivo.

Recursos:

Ordenador, proyector de data show, libretas rayadas, lápices,fotocopias de los soportes bibliográficos.

Duración del Curso : Ocho horas.

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Cronograma de Ejecución:

Hora Actividad

Tema I. El papel de las Juntas Electorales como tribunales de primer grado.1.1 Límites de la competencia de las Juntas Electorales.1.2. Particularidades del Procedimiento

Tema II. Procedimiento de las Juntas Electorales, acciones y plazos.Elaboración de resoluciones.

Tema I. Funciones de las Juntas Electorales en las tres etapas del proceso.2.1. Captación y capacitación de los Miembros de los Colegios Electorales: Panorámica general del proceso.2.2. Desarrollo de la logística de ubicación física de los Colegios Electorales dentro del recinto.

9:00 a.m.-1:.30 a.m.

10:30 a.m.-10:45 a.m.

10:45 a.m./1:00 p.m.

Receso

ALMUERZO1:00 p.m.-2.00 p.m.

2:00 p.m.-3:00 p.m.

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2.3. Los Materiales Electorales.2.4. Los facilitadores de Recintos.2.5. Devolución de Materiales Electorales desde los Colegios Electorales

Receso

Tema II. Plazos Electorales.Tema III. Situación Actual de las Juntas Electorales: Calendario Regresivo

ENTREGA DE CERTIFICADOS

Cronograma de Ejecución:

Hora Actividad

3:00 p.m.-4:00 p.m.

4:00 p.m.-4:20 p.m.

4:20 p.m.-5:45 p.m.

5:45 p.m.-6:00 p.m.

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MANUAL DE FORMACIÓN EN MATERIA CONTENCIOSA ELECTORALPARA MIEMBROS DE JUNTAS ELECTORALES.

OBJETIVOS:

Capacitar a los miembros de lasJuntas Electorales a nivel nacional, para quepuedan desempeñar su rol de juez electoral,cuando sean apoderados para conocer ydecidir de diferentes acciones sobre lascuales la ley le otorga competencia, comotribunal de primer grado en esta materia.

Concienciar a estos funcionarioselectorales de la responsabilidad que debenasumir en el ejercicio de sus funciones,apegados al fiel cumplimiento de laConstitución de la República y la LeyElectoral, para una buena aplicación dejusticia.

Introducción

JUNTAS ELECTORALES.

Las juntas electorales son órganos dependientesde la Junta Central Electoral, encargadas de losprocesos electorales en la jurisdicción que lecorresponda.

La facultad jurisdiccional de las Juntas Electoraleses otorgada por la Constitución de la Repúblicaen su artículo 92, el cual textualmente dice: “Laselecciones serán dirigidas por una Junta CentralElectoral y por juntas dependientes de ésta, lascuales tienen facultad para juzgar y reglamentarde acuerdo con la ley.

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1.Equidad: Esta facultad permite juzgar o proceder con rectitud sin parcialidad, sinprevención, a favor o contra de cualquiera de los actores involucrados en el proceso Electoral.

2.Transparencia: Actuar con entereza, integridad en cada una de las fases que comprende el proceso electoral.

3.Justicia: Actuar responsablemente, de acuerdo al derecho, la razón y la equidad, para dar a cada uno lo que le pertenece, en observancia a la finalidad fundamental del derecho, contribuyendo a la honorabilidad de la delicada función de un juez electoral.

4.Lealtad: Actuar fiel al cumplimiento de los principios éticos, fundamentados en la ley, las buenas costumbres la justicia, en el desempeño de un juez electoral. Actuando siempre con apego a la verdad, al derecho y a la ley.

5.Sabiduría: Capacidad adquirida a través del estudio y análisis de un real y verdadero conocimiento, de la gestión a ejecutar bajo el amparo de la ley, para solucionar los conflictos, siendo pro-activo en implementar las decisiones adecuadas, las cuales se reflejan en los resultados obtenidos en el proceso electoral.

Frente a los conflictos, incorporar las técnicas de prevención y resolución alternativas.Procurando que el conocimiento contencioso de dichos conflictos sea una excepción ybuscar de Dios la sabiduría, de donde nos viene la fuerza para mantenernos firmes enel cumplimiento del deber.

PRINCIPIOS ÉTICOS DE LOS MIEMBROS DE JUNTAS ELECTORALES.

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6.Rectitud: Prudencia, prioridad y honradez en el rol de sus funciones, como consecuenciade la exactitud y justificación de los actos.

7. Tolerancia: Respeto y consideraciones a la opiniones que se suscitan con los demás,comprendiendo el papel que desempeñan los partidos políticos como actores del procesoelectoral a través de una concertación armónica caracterizada por la humildad, el dominiopropio y la templanza. Blindarse para permanecer unidos para cumplir con la misión quela nación pone en sus manos y para resistir los embates que puedan venirles desde afuera.

8. Discreción: Sensatez y prudencia, cualidades ineludibles en el servicio de las funcionesde los árbitros electorales.

Administrar su simpatía y reservarla para que el día de las elecciones la deposite en lasurnas.

9. Incorruptibilidad: Conducta digna en todos los actos de su vida pública y privada,evitando señalamientos o tachas de la sociedad. Como colores asuman los de la banderanacional, por que su servicio es la nación y la democracia.

10. Independencia: Criterios fundamentados en sus propias convicciones, sosteniendo susderechos y opiniones sin admitir intervención de terceros y mucho menos de actoresimplicados en el proceso, demostrándose a través de la firmeza en las actuaciones de la

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1.1. COMPETENCIA DE ATRIBUCIÓN:

a) Conocer y decidir en primera instancia de los casos deprotesta en el proceso de votación ante los colegios electoralesde conformidad con la ley electoral.

b) Conocer y decidir acerca de las impugnaciones, protestasy otras acciones, previstas en la Ley Electoral y promovida deconformidad con los artículos 151, 152 Y 153 de la LeyElectoral.

c) Anular las elecciones realizadas en uno o más colegios desu jurisdicción, cuando hubiere lugar a eso de conformidadcon el procedimiento previsto en la Ley Electoral.

d) Examen de boletas anuladas por los Colegios Electorales(artículo 141 de la Ley electoral). Las juntas electoralesexaminaran una por una las boletas anuladas por cada colegioelectoral y confirmaran o revocaran según proceda la decisiónadoptada en cada caso de dicho colegio.

e) Examen de las boletas observadas por los colegios Electorales.La junta electoral que digite el computo de su jurisdicción,procederá a conocer de las boletas observadas. (Ver artículosdel 119 y 142).

COMPETENCIA (Artículos 17 Y 23)

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Cualquier miembro de un colegio electoral o elrepresentante de cualesquiera de las agrupacionespolíticas que tengan candidaturas admitidaspodrán oponerse a que vote cualquier personaque se presente con el propósito de hacerlo,fundamentando su oposición en que ese electorno es la persona que dice ser, o que no tienederecho de elegir por alguna de las causas queestablece la constitución (artículos 14 y 15).

Toda protesta se mencionará en el acta, así comotambién los datos y posiciones del que protestay del objetado.

El presidente le comunicará al votante la objeciónpresentada en su contra y le ofrecerá la posibilidadde votar observado. En caso de aceptación leentregara un sobre denominado “sobre paraboleta observada”, dentro del cual el electorcolocará su voto cerrándolo y entregándolo alpresidente del colegio. En dicho sobre seinscribirán los nombres y apellidos del votante,el número de cédula de identidad y el número

con que aparece en la lista definitiva de electoresde ese elector y la palabra observada, la firmadel presidente y del secretario y el sello delcolegio electoral.

El presidente citará al objetado y al autor de laobjeción a comparecer el día siguiente a las 10:00de la mañana por ante la Junta Electoralcorrespondiente, acompañado de las pruebasque deseen hacer valer, con la finalidad que dichaJunta decida sobre la admisión o el rechazo dela protesta.Si el objetado no sostiene su identidad y reconoceel hecho en que se ha fundamentado la protesta,no será admitido a votar y se la perseguirá porinfracciones a la Ley Electoral y se registrará enel acta su verdadera identidad si fuere posible.

El día 17 de mayo a las diez de la mañana elobjetante y objetado deben presentarse a laJunta Electoral correspondiente, quien procederá a conocer las boletas observadas.

1 .2 . PROCEDIMIENTO:

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Las juntas electorales rechazarán todas las observaciones contenidas en los sobres para votos observadosque no estén sustentadas en las causas que establece el artículo 119 de la Ley Electoral, excepto queun representante de agrupación o partido político pruebe ante dicha junta electoral que el sufragantea votado también en otro colegio electoral, si este fuere el caso la junta examinará la lista de concurrentesdel colegio electoral señalado en la denuncia y admitirá la objeción en el caso de que compruebe queel sufragante que se trate votó también en ese colegio, por el contrario rechazará la protesta.

El sobre será abierto y la boleta será extraída y se mezclará con las de más que estén en el mismocaso, luego serán examinadas y los votos que de ella resulten se agregarán al cómputo electoralcorrespondiente a ese colegio, salvo los casos en que debieren ser anuladas por otras causas legales.

Los sobres para las boletas que hayan sido observadas sustentadas en que los sufragantes carecíandel derecho al sufragio serán examinados de la manera siguiente:

-Antes de las 10:00 de la mañana del día siguiente, si el objetante no se presentare a mostrar laspruebas que sustente su objeción, dicho voto se reputará como legítimo procediéndose al métododescrito anteriormente.

-Si dentro del lazo establecido precedentemente el elector no se presentare por ante la junta electoralcorrespondiente pero si el objetante, se procederá a conocer el fondo de la acusación en ausenciadel objetado.

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En caso de que se determinara la pertinencia de la objeción,el sobre contiene el voto observado permanecerá cerradoy será declarado nulo, agregándose a la relación devotación del colegio electoral correspondiente, en casocontrario, se procederá a su escrutinio conforme alprocedimiento que rige la materia.

Si dentro del plazo consignado no se presentare ni elelector ni el objetante, por anta la junta electoralcorrespondiente se reputará el voto como legítimo y secomputará.

Si dentro del plazo establecido ambas partes comparecenpor ante la junta electoral correspondiente, esta procederáa conocer el fondo de la objeción, examinará losdocumentos, escuchará los testigos de las partes si loshubiere y decidirá sobre la admisión o el rechazo de laobjeción.

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2. COMPETENCIA TERRITORIAL:

La competencia territorial se circunscribe a la demarcación geográfica en la cualla junta electoral ejerza sus funciones (artículo 17 de la Ley Electoral).

2.2. FORMA DE APODERAMIENTO(Artículo 119 de la Ley Electoral)

2. A través de instanciadebidamente motivada, lac u a l d e b e r á e s t a rfundamentada con copia delos documentos y todos losargumentos jurídicos quesustenten sus pretensiones(acápite 1 y 5 del artículo152).

1 . Por las protestas suscitadasen los colegios electorales,por cualquiera de susmiembros o po r l o sdelegados o representantesde las agrupaciones políticasparticipantes en la contiendaelectoral. (Artículo 119 de laLey Electoral).

3. A través de instanciadebidamente motivadaprevia protesta consignadaen forma clara y precisa enel acta del colegio electoralc o r r e s p o n d i e n t e , arequerimiento del delegadopolítico interesado (acápite2 3 y 4 del Artículo 152).

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4. De oficio: las Juntas Electorales de oficio, en Cámara de Consejo, por resolución motivada,podrán anular las elecciones de uno o varios colegios electorales, o con respecto a uno ovarios cargos en los casos siguientes:

· Cuando conste de manera concluyente, por el sólo examen de los documentos,prescindiendo del examen de las boletas, que existe alguna de las causas de nulidad previstaen la Ley Electoral.

· Cuando conste haberse declarado elegida una persona que no se elegible para elcargo en el momento de su elección.

· Si le es imposible a la junta electoral determinar con los documentos en su podercual de los candidatos municipales ha sido elegido para determinado cargo.

3. VÍA DE LAS FUNCIONES JURISDICCIONALES· Las decisiones emanadas de las juntas electorales deberán ser realizadas medianteresoluciones motivadas, que justifiquen el fundamento legal de la decisión.

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4. PLAZOS(Artículos 153 y 154 de la Ley Electoral)

· Las acciones intentadas con la finalidad de anular laselecciones deben ser incoadas dentro de los dos (2) díassiguientes a la notificación del resultado del cómputogeneral, a las agrupaciones y partidos políticos quehubieren sustentado candidaturas; dentro de los dos (2)días siguientes a la condenación por fraudes electoralesque hayan influido en el resultado de las elecciones(Artículo 153 de la Ley Electoral).

· La Ley Electoral en su Artículo 154 establece un plazode tres (3) días para la junta electoral conocer de lasacciones incoadas y fallará dentro de los dos (2) díasdespués de haber conocido dicha acción.

· Las boletas observadas deberán ser conocidas antesde las 10:00 a.m., del día siguiente de la celebraciónde las elecciones (letra “a” Artículo 142 de la Ley Electoral).

· Nota. La ley no establece un plazo preciso para conocer y decidir sobre los votos nulos, pero estosdeben estar contenidos en el cómputo electoral, por lo tanto, las juntas electorales deben conocerlosy decidir sobre ellos antes del cierre del cómputo electoral.

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· Las resoluciones emanadas de las juntas electorales, deben ser publicadas en tablilla ynotificadas a las partes interesadas a través de oficio, suscrito por el secretario de las mismas,quien se hará firmar una copia como constancia de que esta fue recibida (Artículo 154 dela Ley Electoral).

5. PUBLICIDAD(Artículo 154)

6. RECURSOS(Artículos 74 y 142)

· Las decisiones emanadas de las juntas electorales pueden ser recurridas en apelación, porante la Cámara Contenciosa Electoral, como tribunal de alzada, en los casos que así lodetermine la Ley (Artículo 74 de la Ley Electoral), en un plazo de tres (3) días desde sunotificación o pronunciamiento.

· Las decisiones emanadas de las juntas electorales con relación a las boletas observadasserán inapelables cuando rechacen la objeción, pero, serán susceptibles de apelación antela Junta Central Electoral en la forma y plazo que se establece en la ley (parte in fine delArtículo 142 de la Ley Electoral).

Cámara Contenciosa Electoral

Manual para la elaboración de las resoluciones de las Juntas Electorales

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Justificación

En vista de la necesidad que impera en nuestra Cámara Contenciosa sobre la unificación deuna estructura para realizar las resoluciones, se establece este Manual con la intención decombinar las formas de todas las juntas electorales, de hacer las resoluciones contenciosasque la ley le faculta.

GeneralidadesArtículo 23, Atribuciones de las juntas electorales, Título: “De lo contencioso electoral”

“ 1. Conocer y decir en primera instancia de los casos de protestas en el proceso de votaciónante los colegios electorales de conformidad con la presente ley.

2: Conocer y decidir acerca de las impugnaciones, protestas y otras acciones, previstas enesta ley y promovidas e conformidad con los procedimientos establecidos en la misma.

3: Anular las elecciones realizadas en uno o más colegios de su jurisdicción, cuando hubierelugar a ello, de conformidad con el procedimiento previsto en esta ley” .1

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La Resolución

Es un “acto de decisión” de un juez ode un tribunal, consistente en laaplicación del Derecho objetivo(material o procesal) mediante unaoperación lógica a una condición dehecho que previamente se consideradada.

Las resoluciones judiciales sonacuerdos, cuando tienen caráctergubernativo y providencias, autos ysentencias s i t ienen carácterjurisdiccional.

Los tribunales no pueden variar susresoluciones dictadas con carácterjurisdiccional, después de firmadas,pero si aclarar algún concepto oscuroy rectificar cualquier error material queadolezcan.

Definitivas: son las que ponen fin a laprimera instancia y la que deciden losrecursos interpuestos a ellas.”2

En cuanto a la Sentencia vemos que “Es elacto jurisdiccional mediante el cual untribunal con aptitud para conocer sobre unasunto que le ha sido sometido a suconsideración, resuelve el conflicto o lacontroversia planteada, aplicando las normaslegales que corresponden a cada caso enparticular.”

Henri Capitant, establece que es “el términogenérico con el que se designa las decisionesy medidas de publicidad y ejecución de lasleyes, adoptadas por los ministros, prefectos,a l c a ldes y a lgunas au to r idadesadministrativas. Las resoluciones se hacenrespetando una forma administrativa distintade la simple carta misiva; comprendengeneralmente un referendo, a vecesconsiderados, y siempre una parte dispositivaen artículos.”4

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Estructuras básicas de una resolución

Para que exista una resolución lógicamente debe tener una estructura básica, que según seael caso, se la adapta en particular.

“toda sentencia para estar correctamente instrumentada debe cumplir con y a la vez constituircinco planos esenciales, los cuales a su vez, han suido conceptualizados de la manerasiguiente:

1. Plano fáctico, está concentrado en el estudio, ponderación y fijación de los hechos.2. Plano regulatorio, contempla el ordenamiento jurídico y la jerarquía de los usos del derecho.3. El plano Lógico, es el que da coherencia racional a las decisiones judiciales.4. El plano lingüístico, se refiere a la expresión material de la decisión dictada por el juez.5. El plano axiológico, es el que cuenta su preocupación por los valores jurídicos que subyacen en cada decisión adoptada por el mismo .”5

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Para que sea más precisa la explicación reseñaremos cada una de las partes de la resoluciónactual con cada uno de los detalles lógicos utilizados en la generalidad de las mismas ennuestro país.

Para empezar una resolución debe en primer plano identificarse su lugar de procedencia,primeramente con el escudo del país en el centro y el nombre de nuestro país en letramayúscula, luego el nombre de nuestra institución en mayúscula también, debajo y entrecomillas el año que dicta el presidente de la Republica mediante decreto anual.

Con espacio y más adelante el nombre del tribunal en mayúscula, y subrayado. Para estableceruna cronología y orden en el lado izquierdo se pone un numero en la resolución, el cualcada año debe iniciar con el número uno(1) .El tribunal debe empezar describiéndose poniendo cada una de sus partes desde el lugarque se encuentra hasta su composición completa, teniendo en cuenta que el quórumestablecido por ley debe estar completo...

Se debe indicar el apoderamiento del colegio electoral, motivo por el cual se instrumentala resolución en cuestión, ya sea una instancia o solicitud, o por iniciativa propia del colegioelectoral, todo esto muy bien detallado con las partes, sus generales y la causa de la instancia.

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Page 25: ESCUELA NACIONAL DE FORMACION ELECTORAL (EFEC)

A continuación se establecen todos los documentos vistos en el colegio electoral, con sufecha original y recepción; asi como se ponen toda la legislación necesaria para el caso,teniendo en cuente que para todos los casos la ley electoral es común.

Si fueron realizadas audiencias, de los documentos y legislaciones vistas, se detallan en los“RESULTA”, que no deben referirse a todos los documentos vistos, pero si a los más importantespara el caso de que se trate, sin emitir ningún juicio de valor, esto es simplemente explicativo....

Luego de esa parte comienzan las consideraciones del colegio electoral, haciendo usoreflexivo de los hechos con el derecho, estableciendo en primer lugar la competencia dedicho tribunal para conocer el caso. Más adelante pondrá mediante consideraciones separadascada uno de los hechos y pedimentos, con motivaciones y mediante argumentos jurídicossustentados en base a la constitución, ley electoral, leyes, jurisprudencias y reglamentosdictados por la junta central electoral, todos que sean relacionados con el caso en cuestión.Las consideraciones del tribunal deben dejar por entendido el parecer del mismo y sudecisión sin exponerla.

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Page 26: ESCUELA NACIONAL DE FORMACION ELECTORAL (EFEC)

Es decir, que desde la primera resolución de cada año se debe iniciar con el número uno (1), (1/2008) y la última resolución del año con elnúmero final de la emitida (30/2008). Las juntas electorales celebrarán sesiones administrativas, en Cámara de Consejo, con la frecuencia que los juzguen necesarios para el ejerciciode las funciones que les están encomendadas. No podrán constituirse en sesión ni deliberar válidamente, sin que se encuentren presentes todossus miembros titulares o, en su defecto, sus suplentes respectivos. En caso de que faltare un miembro titular o suplente, llenará la vacanteuno cualquiera de los suplentes de los miembros titulares. Los acuerdos serán adoptados por el voto favorable de la mayoría de sus miembros.Además de las sesiones ordinarias, se celebrarán sesiones extraordinarias, siempre que el interés público lo exija, por disposiciones del presidente,o cuando lo pidieren dos de sus miembros. REPÚBLICA DOMINICANA. Ley Electoral. Art. 25 En ambos casos ( de visto y resulta) con un orden cronológico siempre

La parte dispositiva de la resolución, en la cual se emite la decisión final a que se llego, portodas las consideraciones y disposiciones legales tomadas en cuenta.

Luego de preparada y cuidadosamente corregida se procede a reubicar la resolución encada una de las paginas, en la ultima todos los miembros deben firmar, con esto se indicaque los miembros están de acuerdo con todo lo que establece la resolución en cuestión.

Page 27: ESCUELA NACIONAL DE FORMACION ELECTORAL (EFEC)

CALENDARIO DE PLANIFICACION PARA EL TALLER “LAS JUNTAS ELECTORALES:ATRIBUCIONES Y COMPETENCIA

EN EL ÁMBITO ADMINISTRATIVO Y CONTENCIOSO ELECTORAL”.

Fecha de Inicio: Sábado 08 de marzo/2008 hasta el Sábado 05 de abril/2008.Dirigido a: Titulares de Juntas Electorales.Cantidad de participantes: 493 Titulares.

Cantidad de Seminarios: 4.

Page 28: ESCUELA NACIONAL DE FORMACION ELECTORAL (EFEC)

(Distrito Nacional)Lugar de realización: Escuela Nacional de Formación Electoral y del Estado Civil (EFEC)

Fecha: Sábado 08 de marzo de 2008.Hora: 9 a.m. a 1:00 p.m.

1. Juntas Electorales

1) Distrito Nacional2) Santo Domingo Este3) Guerra4) Santo Domingo Oeste5) Los Alcarrizos6) Pedro Brand7) Boca Chica8)Santo Domingo Norte9) Monte Plata

10) Bayaguana11) Yamasá12) Sabana Grande de Boyá13) Peralvillo14) San Cristóbal15) Yaguate16) Sabana. Gde. de Palenque17) Bajos de Haina18) Cambita Carabitos

19) San Gregorio. de Nigua20) Los Cacaos21) Baní22) Nizao23) San José de Ocoa24) Rancho Arriba25) Sabana Larga26) Villa Altagracia

Page 29: ESCUELA NACIONAL DE FORMACION ELECTORAL (EFEC)

1. Capacitadores que asistieron al Seminario: 37 personas.

TOTAL DE MIEMBROS TITULARES: 78TOTAL DE PARTICIPANTES EN ESTE SEMINARIO: 115 PERSONAS.

SEMINARIO REGIÓN ESTE(La Romana)

Lugar de realización: Hotel Casa de CampoFecha: Sábado 15 de marzo de 2008

Hora: 9 a.m. a 1:00 p.m.

1) La Romana2) Villa Hermosa3) Guaymate4) Salvaleón de Higuey5) San Rafael de Yuma6) El Seybo7) Miches8) San Pedro

9) Los llanos10) Ramón Santana11) Consuelo12) Quisqueya13) Guayacanes14) Hato Mayor15) El Valle16) Sabana de la Mar

1. Juntas Electorales

TOTAL DE MIEMBROS TITULARES: 48

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SEMINARIO REGION NORTE(Santiago)

Lugar de realización: Hotel Courtyard By MarriotFecha: Sábado 29 de marzo de 2008

Hora: 9 a.m. a 1:00 p.m.

1) La Vega2) Jarabacoa3) Constanza4) Jima Abajo5) Bonao6) Maimón7) Piedra Blanca8) S. Francisco de Macorís9) Pimentel10) Villa Riva11) Castillo12) Las Guáranas13) Hostos14) Salcedo15) Villa Tapia16) Tenares17) Cotuí18) Cevicos19) Fantino

20) Villa La Mata21) Nagua22) Cabrera23) Rio San Juan24) El Factor25) Samaná26) Sánchez27) Las Terrenas28) Arenoso29) Santiago30) Tamboril31) Jánico32) San José de las Matas33) Villa González34) Licey al Medio35) Villa Bisonó36) Moca37) Gaspar Hernández38) Cayetano Germosén

39) Jamao al Norte40) Mao41) Esperanza42) Laguna Salada43) San Ignacio de Sabaneta44) Monción45) Villa Los Almácigos46) Montecristi47) Guayubín48) Villa Vásquez49) Pepillo Salcedo50) Castañuelas51) Las Matas de Santa Cruz52) Dajabón53) Restauración54) Loma de Cabrera55) Partido56) El Pino57) Puerto Plata

Page 31: ESCUELA NACIONAL DE FORMACION ELECTORAL (EFEC)

58) Imbert59) Altamira60) Luperón

61) Sosua62) Los Hidalgos63) Guananico

64) Villa Isabela65) Villa Montellano

TOTAL DE MIEMBROS TITULARES: 192

SEMINARIO DE LA REGIÓN SUR(Barahona)

Lugar de realización: Hotel Costa Larimar Fecha: Sábado 05 de abril de 2008

Hora: 9 a.m. a 1:00 p.m.

Juntas Electorales

1) Jimaní2) Duvergé3) La Descubierta4) Postrer Río5) Cristóbal6) Mella7) Neyba8) Villa Jaragua9) Galván10) Los Ríos

11) San Juan de la Maguana12) Las Matas de Farfán13) El Cercado14) Vallejuelo15) Bohechío16) Juan de Herrera17) Comendador18) Pedro Santana19) Hondo Valle20)El Llano

21) Bánica22) Juan Santiago23) Barahona24) Cabral25) Las Salinas26) Enriquillo27) Vicente Noble28) Paraíso29) Polo30) El Peñón

Page 32: ESCUELA NACIONAL DE FORMACION ELECTORAL (EFEC)

31) Fundación32) Jaquimeyes33) La Ciénaga34) Pedernales35) Oviedo36) Tamayo

37) Azua38) Padre Las Casas39) Peralta40) Las Yayas de Viajama41) Estebanía42) Las Charcas

43) Sabana Yegua44) Pueblo Viejo45) Tábara Arriba46) Guayabal

TOTAL DE MIEMBROS TITULARES: 138

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REPUBLICA DOMINICANAJUNTA CENTRAL ELECTORAL

“Año Nacional de la Promoción de la Salud”

Resolución No._________

La Junta Electoral de______________Institución de Derecho Público, establecidaen la Constitución de la Republica y regida por la Ley Electoral No. 275-97, del21 de diciembre del 1997, modificada por la Ley No. 2-2003 del 7 de enero del2003, regularmente reunida en su local, sita________________________, integradapor los magistrados,________________ presidente; ____________________,primer vocal,______________, segundo vocal; asistidos del___________________secretario.

Con motivo del apoderamiento que ha sido objeto esta Junta Electoral, mediantela instancia________________ de fecha_____________________.

Visto: ________________

Vista: ________________

Page 34: ESCUELA NACIONAL DE FORMACION ELECTORAL (EFEC)

Vista: _______________

Visto: _______________

Vista: La Constitución de la República en su artículo 92.

Vista: La Ley Electoral No. 275/97 de fecha 21 de diciembre de 1997; reformada por laLey No. 02-2003, en sus artículos 6 y 74

Vistos: ______________________

Oído: _______________________

Oído: _______________________

Tomando en consideración cada una de las piezas precedentemente indicadas:

Resulta: ____________________

Resulta: ____________________

La Junta Electoral de _________ después de haber estudiado el caso:

Considerando: Que, en la especie, esta Junta Electoral de_____ ha sidoapoderada de_________

Considerando: Que todo tribunal, antes de conocer y decidir sobre el fondo de cualquieracción o recurso por el cual haya sido apoderado, debe examinar su propia competenciapara dirimir el asunto de que se trate.

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Considerando: Artículo 23, Atribuciones de las Juntas Electorales, Título “De loContencioso electoral”

1.Conocer y decir en primera instancia de los casos de protestas en el procesode votación ante los colegios electorales de conformidad con la presente ley.

2.Conocer y decidir acerca de las impugnaciones, protestas y otras accionesprevistas en esta ley y promovidas de conformidad con los procedimientosestablecidos en la misma.

3.Anular las elecciones realizadas en uno o mas colegios de su jurisdicción, cuandohubiere lugar a ello, de conformidad con el procedimiento previsto en esta ley.”

Considerando: _____________________.Considerando: _____________________.

Por tales motivos, la Junta Electoral de _________________; por voluntad dela Ley y en merito de los artículos 23, ____________________de la Ley Electoral No. 275/97, de fecha 21 de diciembre de 1997; reformada por la Ley No. 02-2003,de fecha 7 de enero del año 2003; en nombre de la República;

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RESUELVE

Primero: ________________________

Segundo: _______________________

Tercero: Ordenar que la presente Resolución sea publicada y notificada conformea las previsiones legales correspondientes.

Dada y firmada en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, a los (1)días del mes de Enero del año dos mil ocho (2008), años 165 de la Independenciay 145 de la Restauración;

____________________Presidente

__________ _______________Primer vocal Segundo vocal

__________________________Secretario