procedimiento para solicitar publicaciÓn de notam · otra informaciÓn atm oe requisitos para la...

14
DIRECCIÓN DE SERVICIOS A LA NAVEGACIÓN AEREA GRUPO DE INFORMACIÓN AERONÁUTICA Centro Nacional de Aeronavegación CNA Av. El Dorado No. 112-09 Bogotá D.C. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PUBLICACIÓN DE NOTAM FECHA DE ENTRADA EN VIGOR: 11 OCTUBRE 2013 1 AIS COLOMBIA AIS - COLOMBIA AFS: SKBOYOYX Teléfono: +57 (1) 2962991 Fax: +57 (1) 2962803 E-mail: [email protected] AIC C22/13 11 OCT13 La Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil de Colombia a través de la Dirección de Servicios a la Navegación Aérea (DSNA), adopta el presente procedimiento para la recepción y trámite de solicitudes de publicación NOTAM. 1. GENERALIDADES 1.1. En materia de publicaciones NOTAM se registran asuntos relativos a la seguridad aérea que pueden ser Previsibles o programados con antelación y otros denominados No Previsibles que requieren de divulgación inmediata; de tal modo se hace necesario establecer la presente diferenciación de procedimiento, jerarquización y tiempos de respuesta, para lograr una divulgación oficial, oportuna y precisa. 1.2. Los organismos militares y/o policivos deberán ajustarse a los procedimientos establecidos en el Documento 9554 de la OACI “Manual sobre las medidas de seguridad relativas a las actividades militares potencialmente peligrosas para las operaciones de aeronaves civiles”. 1.3. Sin excepción, para toda Solicitud NOTAM sobre asuntos previsibles o no previsibles se deberá diligenciar el formato “Solicitud NOTAM” vigente (numerales 1 al 5, texto claro, fecha/hora de inicio y finalización en UTC) y enviarlo al correo institucional [email protected]. 1.4. Toda solicitud NOTAM debe realizarse desde un correo empresarial o institucional, de lo contrario serán rechazadas inmediatamente. 1.5. Como plan de contingencia para la recepción de Solicitudes NOTAM se tiene el e-mail [email protected] y los fax número +57 (1) 2962271, +57 (1) 2962803, en el respectivo orden. 1.6. A los formatos de Solicitud NOTAM recibidos se les asignará un consecutivo numérico y se enviará una copia al solicitante con el objeto de darle acuse de recibo y facilitar la consulta del estado de su solicitud; si el solicitante no recibe la copia de su solicitud diligenciada en los siguientes 30 minutos del envío, deberá llamar a los teléfonos de la Oficina AIS/Publicaciones a confirmar su recepción y si existe inconveniente con el correo institucional [email protected] se debe aplicar el plan de contingencia para el envío de la solicitud NOTAM. 1.7. El tiempo límite de respuesta para un asunto previsible será de ocho (8) días calendario; en caso de ser aprobada la solicitud se publicará el NOTAM, de lo contrario se notificara al solicitante sobre la negativa. 1.8. Si el solicitante de un NOTAM es quien requiere la cancelación de forma temporal o permanente del mismo, se entiende como una normalización y en este caso se procederá a publicar el respectivo NOTAM de cancelación o remplazo si su solicitud se encuentra dentro de los parámetros inicialmente establecidos en el formato de Solicitud NOTAM que dio lugar a su publicación. 1.9. Cuando un NOTAM se deba reemplazar o cancelar y se tenga como antecedente un formato de Solicitud NOTAM, la oficina AIS/Publicaciones coordinará directamente con la persona relacionada en el ítem 4 “Nombre/Firma de la persona que brinda la información/dato aeronáutico” del formato recibido inicialmente, teniendo el solicitante que enviar una nueva solicitud especificando si el NOTAM se debe cancelar o reemplazar, haciendo alusión al NOTAM que se debe cancelar o reemplazar.

Upload: vuongliem

Post on 01-Nov-2018

216 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PUBLICACIÓN DE NOTAM · OTRA INFORMACIÓN ATM OE Requisitos para la entrada de aeronaves 2.3.5. Las solicitudes de novedades previsibles respecto a procedimientos

DIRECCIÓN DE SERVICIOS A LA

NAVEGACIÓN AEREA GRUPO DE INFORMACIÓN AERONÁUTICA

Centro Nacional de Aeronavegación CNA Av. El Dorado No. 112-09 Bogotá D.C.

PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PUBLICACIÓN DE NOTAM

FECHA DE ENTRADA EN VIGOR: 11 OCTUBRE 2013

1 AIS COLOMBIA

AIS - COLOMBIA AFS: SKBOYOYX Teléfono: +57 (1) 2962991 Fax: +57 (1) 2962803 E-mail: [email protected]

AIC

C22/13

11 OCT13

La Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil de Colombia a través de la Dirección de Servicios a la Navegación Aérea (DSNA), adopta el presente procedimiento para la recepción y trámite de solicitudes de publicación NOTAM. 1. GENERALIDADES 1.1. En materia de publicaciones NOTAM se registran asuntos relativos a la seguridad aérea que pueden ser

Previsibles o programados con antelación y otros denominados No Previsibles que requieren de divulgación inmediata; de tal modo se hace necesario establecer la presente diferenciación de procedimiento, jerarquización y tiempos de respuesta, para lograr una divulgación oficial, oportuna y precisa.

1.2. Los organismos militares y/o policivos deberán ajustarse a los procedimientos establecidos en el Documento

9554 de la OACI “Manual sobre las medidas de seguridad relativas a las actividades militares potencialmente peligrosas para las operaciones de aeronaves civiles”.

1.3. Sin excepción, para toda Solicitud NOTAM sobre asuntos previsibles o no previsibles se deberá diligenciar el

formato “Solicitud NOTAM” vigente (numerales 1 al 5, texto claro, fecha/hora de inicio y finalización en UTC) y enviarlo al correo institucional [email protected].

1.4. Toda solicitud NOTAM debe realizarse desde un correo empresarial o institucional, de lo contrario serán

rechazadas inmediatamente. 1.5. Como plan de contingencia para la recepción de Solicitudes NOTAM se tiene el e-mail

[email protected] y los fax número +57 (1) 2962271, +57 (1) 2962803, en el respectivo orden.

1.6. A los formatos de Solicitud NOTAM recibidos se les asignará un consecutivo numérico y se enviará una copia al solicitante con el objeto de darle acuse de recibo y facilitar la consulta del estado de su solicitud; si el solicitante no recibe la copia de su solicitud diligenciada en los siguientes 30 minutos del envío, deberá llamar a los teléfonos de la Oficina AIS/Publicaciones a confirmar su recepción y si existe inconveniente con el correo institucional [email protected] se debe aplicar el plan de contingencia para el envío de la solicitud NOTAM.

1.7. El tiempo límite de respuesta para un asunto previsible será de ocho (8) días calendario; en caso de ser aprobada la solicitud se publicará el NOTAM, de lo contrario se notificara al solicitante sobre la negativa.

1.8. Si el solicitante de un NOTAM es quien requiere la cancelación de forma temporal o permanente del mismo,

se entiende como una normalización y en este caso se procederá a publicar el respectivo NOTAM de cancelación o remplazo si su solicitud se encuentra dentro de los parámetros inicialmente establecidos en el formato de Solicitud NOTAM que dio lugar a su publicación.

1.9. Cuando un NOTAM se deba reemplazar o cancelar y se tenga como antecedente un formato de Solicitud NOTAM, la oficina AIS/Publicaciones coordinará directamente con la persona relacionada en el ítem 4 “Nombre/Firma de la persona que brinda la información/dato aeronáutico” del formato recibido inicialmente, teniendo el solicitante que enviar una nueva solicitud especificando si el NOTAM se debe cancelar o reemplazar, haciendo alusión al NOTAM que se debe cancelar o reemplazar.

Page 2: PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PUBLICACIÓN DE NOTAM · OTRA INFORMACIÓN ATM OE Requisitos para la entrada de aeronaves 2.3.5. Las solicitudes de novedades previsibles respecto a procedimientos

AIS COLOMBIA 2

1.10. La cancelación de un NOTAM sobre asuntos de cierre de aeródromo/pista, requiere autorización de la Dirección de Servicios a la Navegación Aérea.

1.11. Los tiempos estipulados en esta AIC para la recepción de Solicitud NOTAM, únicamente podrán ser

modificados previa autorización por escrito de la Dirección de Servicios a la Navegación Aérea. 1.12. La oficina AIS/Publicaciones mantendrá actualizado el registro documental hasta la publicación del NOTAM y

los antecedentes deben tramitarse vía correo electrónico y/o AMHS para conservar un archivo digital. 2. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PUBLICACIÓN DE NOTAM SOBRE ASUNTOS PREVISIBLES 2.1 En la Unidad de Gestión de Afluencia de Tránsito Aéreo y Capacidad (ATFCM) existen cuatro (4) posiciones

especializadas en asuntos operativos, cada una responsable de las coordinaciones respectivas y actualización de novedades que ameritan publicación de NOTAM Previsibles:

Servicio de Información Aeronáutica (AIS/ATFCM)

Ayudas Aeroportuarias en Tierra (AGA)

Infraestructura de Comunicación Navegación y Vigilancia (CNS)

Manager ATFCM

2.2. Servicio de Información Aeronáutica (AIS/ATFCM) (Solicitud NOTAM) 2.2.1. Responsable de la recepción, análisis y trámite de las solicitudes de publicación NOTAM con los grupos o

posiciones operativas respectivas. 2.2.2. Contacto AIS/ATFCM:

E-mail: [email protected] [email protected] Plan de contingencia

Horario: H24

Teléfono: +57 (1) 2962271 Horario: 1100 - 0500 UTC +57 (1) 2962991 Horario: 0500 - 1100 UTC +57 (1) 2962552 Horario: 0500 - 1100 UTC

Fax: +57 (1) 2962271 Horario: 1100 - 0500 UTC +57 (1) 2962803 Horario: 0500 - 1100 UTC

Móvil: +57 3175171082

ATS: 294 Horario: 1100 - 0500 UTC

272 Horario: 0500 - 1100 UTC 2.2.3. Se encarga de realizar un análisis previo sobre solicitudes NOTAM vigentes o pendientes, NOTAM vigentes y

demás información contenida en documentación integrada para que las partes encargadas de emitir un concepto y/o autorización tengan más soportes que faciliten y agilicen el proceso de publicación.

2.2.4. Cuando se realice una coordinación verbal con los integrantes de la Unidad de Gestión de Afluencia de

Tránsito Aéreo y Capacidad (ATFCM), se registrará dentro del formato de Solicitud NOTAM en el aparte de análisis de la información, los conceptos, coordinaciones y autorizaciones generadas por esta unidad.

2.2.5. Con el fin de agilizar el proceso de publicación NOTAM mediante la solicitud respectiva, cuando se realice

una coordinación verbal con los funcionarios que conceptúan y autorizan las solicitudes NOTAM, se registrará dentro del formato de Solicitud NOTAM en el aparte de análisis de la información, los conceptos, coordinaciones y autorizaciones generadas, sin omitir el envío posterior del concepto y/o autorización por el medio establecido.

Page 3: PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PUBLICACIÓN DE NOTAM · OTRA INFORMACIÓN ATM OE Requisitos para la entrada de aeronaves 2.3.5. Las solicitudes de novedades previsibles respecto a procedimientos

3 AIS COLOMBIA

2.3. Manager ATFCM 2.3.1. Responsable de coordinar a nivel nacional con las áreas y dependencias pertinentes, para establecer tiempos

de duración sobre toda solicitud NOTAM relacionada con el estado funcional de las facilidades de Procedimientos ATM que impacten la capacidad operacional del sistema aeroportuario nacional o espacios aéreos, así mismo reportar el concepto operativo a la posición AIS/ATFCM.

2.3.2. Las coordinaciones con las áreas y dependencias pertinentes, pueden ser realizadas vía correo institucional, verbalmente u otro medio disponible, según la urgencia de la Solicitud NOTAM.

2.3.3. Contacto Manager ATFCM:

E-mail: [email protected] Horario: 1100 - 0500 UTC Teléfono: +57 (1) 2962656 Móvil: +57 3175171046 ATS: 378

2.3.4. La siguiente tabla muestra una lista detallada de los asuntos previsibles propios del Manager ATFCM:

COORDINACIONES MANAGER ATFCM

CLASIFICACIÓN CÓDIGO NOTAM

ASUNTO

ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO AÉREO

AA Altitud mínima (especificar en ruta/en la vertical/segura)

AC Zona de control (CTR)

AD Zona de identificación de defensa aérea (ADIZ)

AE Área de control (CTA)

AF Región de información de vuelo (FIR)

AH Área superior de control (UTA)

AL Nivel de vuelo mínimo utilizable

AN Ruta de navegación de área

AO Área oceánica de control (OCA)

AP Punto de notificación (especificar nombre o designador cifrado)

AR Ruta ATS (especificar)

AT Área de control terminal (TMA)

AU Región de información de vuelo (UIR)

AV Área superior con servicio de asesoramiento (UDA)

AX Punto significativo

AZ Zona de tránsito de aeródromo (ATZ)

SERVICIO DE TRÁNSITO AÉREO Y VOLMET

SA Servicio automático de información terminal (ATIS)

SB Oficina de notificación ATS

SC Centro de control de área (ACC)

SE Servicio de información de vuelo (FIS)

SF Servicio de información de vuelo de aeródromo (AFIS)

SL Centro de control de afluencia

SO Centro de control de área oceánica (OAC)

SP Servicio de control de aproximación (APP)

SS Estación de servicio de vuelo (FSS)

ST Torre de control de aeródromo (TWR)

SU Centro de control de área superior (UACC)

SV Radiodifusión VOLMET

SY Servicio de asesoramiento de área superior (especificar)

PROCEDIMIENTOS DE TRANSITO AÉREO

PA Llegada normalizada por instrumentos (STAR) (especificar designador de ruta)

PB Llegada normalizada VFR

PC Procedimientos de contingencia

PD Salida normalizada por instrumentos (SID) (especificar designador de ruta)

Page 4: PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PUBLICACIÓN DE NOTAM · OTRA INFORMACIÓN ATM OE Requisitos para la entrada de aeronaves 2.3.5. Las solicitudes de novedades previsibles respecto a procedimientos

AIS COLOMBIA 4

PROCEDIMIENTOS DE TRANSITO AÉREO

PE Salida normalizada VFR

PF Procedimiento de control de afluencia

PH Procedimiento de espera

PI Procedimiento de aproximación por instrumentos (especificar tipo y pista)

PK Procedimiento de aproximación VFR

PL Procesamiento PLN, presentación y contingencia relacionada

PM Mínimos de utilización de aeródromo (especificar procedimiento y mínimo enmendado)

PN Restricciones a las operaciones relacionadas con el ruido

PO Altitud y altura de franqueamiento de obstáculos (especificar procedimiento)

PR Procedimiento de falla de radio

PT Altitud de transición o nivel de transición (especificar)

PU Procedimiento de aproximación frustrada (especificar pista)

PX Altitud mínima de espera (especificar punto de referencia)

PZ Procedimiento ADIZ

AVISOS PARA LA NAVEGACIÓN -

RESTRICCIONES DEL ESPACIO AÉREO

RA Restricciones del espacio aéreo (especificar)

RD Zona peligrosa (especificar prefijo nacional y número)

RM Área de operaciones militares

RO Sobrevuelo de ... (especificar)

RP Zona prohibida (especificar prefijo nacional y número)

RR Zona restringida (especificar prefijo nacional y número)

RT Zona restringida temporalmente (especificar zona)

AVISOS PARA LA NAVEGACIÓN - AVISOS

WA Exhibición aérea

WB Vuelos acrobáticos

WC Globo cautivo o cometa

WD Demolición de explosivos

WE Ejercicios (especificar)

WF Reabastecimiento aéreo

WG Vuelo de planeadores

WH Detonaciones

WJ Remolque de banderolas/blancos

WL Ascenso de globo libre

WM Disparo de proyectiles, ejercicios de tiro o lanzamiento de cohetes

WP Ejercicio de lanzamiento de paracaídas (PJE)

WR Materiales radiactivos o sustancias químicas tóxicas (especificar)

WS Incendio o escape de gases

WT Movimiento masivo de aeronaves

WU Aeronaves no tripulados

WV Vuelo en formación

WW Actividad volcánica importante

WZ Vuelo de modelos

OTRA INFORMACIÓN ATM OE Requisitos para la entrada de aeronaves

2.3.5. Las solicitudes de novedades previsibles respecto a procedimientos de vuelo, rutas aéreas, puntos de

notificación, espacios aéreos y demás asuntos inherentes al proceso ATM, deberán ser requeridas por la Jefatura del Grupo de Procedimientos ATM y notificadas con antelación de cuarenta y cinco (45) días calendario,

2.3.6. La activación de zonas peligrosas, restringidas o prohibidas que se hayan establecido y la realización de actividades que requieran restricciones temporales del espacio aéreo relativas a ejercicios militares u otros asuntos, que no sean debidas a operaciones de emergencia, orden público o seguridad nacional, deberán solicitarse con diez (10) días de antelación.

Page 5: PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PUBLICACIÓN DE NOTAM · OTRA INFORMACIÓN ATM OE Requisitos para la entrada de aeronaves 2.3.5. Las solicitudes de novedades previsibles respecto a procedimientos

5 AIS COLOMBIA

2.4. Ayudas Aeroportuarias en Tierra (AGA) 2.4.1. Responsable de coordinar a nivel nacional con las áreas y dependencias pertinentes, para establecer tiempos

de duración sobre toda solicitud NOTAM relacionada con el estado funcional de las facilidades sobre infraestructura aeroportuaria que impacten la capacidad operacional de un aeropuerto en particular o el sistema aeroportuario nacional, así mismo reportar el concepto operativo a la posición AIS/ATFCM.

2.4.2. Las coordinaciones con las áreas y dependencias pertinentes, pueden ser realizadas vía correo institucional, verbalmente u otro medio disponible, según la urgencia de la Solicitud NOTAM.

2.4.3. Contacto AGA: E-mail: [email protected] Horario: 1100 - 0500 UTC Teléfono: +57 (1) 2962200 Móvil: +57 3173638811 ATS: 355

2.4.4. La siguiente tabla muestra una lista detallada de los asuntos previsibles propios de AGA:

COORDINACIONES AGA

CLASIFICACIÓN CÓDIGO NOTAM

ASUNTO

INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN

LA Sistema de iluminación de aproximación (especificar pista y tipo)

LB Faro de aeródromo

LC Luces de eje de pista (especificar pista)

LD Luces del indicador de sentido de aterrizaje

LE Luces de borde de pista (especificar pista)

LF Luces de destellos en orden consecutivo (especificar pista)

LG Luces controladas por el piloto

LH Luces de pista de alta intensidad (especificar pista)

LI Luces de identificador de extremo de pista (especificar pista)

LJ Luces de indicador de alineación de pista (especificar pista)

LK Componentes del sistema de iluminación de aproximación de Categoría II (especificar pista)

LL Luces de pista de baja intensidad (especificar pista)

LM Luces de pista de mediana intensidad (especificar pista)

LP Indicador de trayectoria de aproximación de precisión (PAPI) (especificar pista)

LR Todas las instalaciones de iluminación del área de aterrizaje

LS Luces de zona de parada (especificar pista)

LT Luces de umbral (especificar pista)

LU Indicador de trayectoria de aproximación de helicóptero

LV Sistema visual indicador de pendiente de aproximación (especificar tipo y pista)

LW Iluminación de helipuerto

LX Luces de eje de calle de rodaje (especificar calle de rodaje)

LY Luces de borde de calle de rodaje (especificar calle de rodaje)

LZ Luces de zona de toma de contacto en la pista (especificar pista)

ÁREA DE MOVIMIENTO Y ATERRIZAJE

MA Área de movimiento

MB Carga admisible (especificar parte del área de aterrizaje o del área de movimiento)

MC Zona libre de obstáculos (especificar pista)

MD Distancias declaradas (especificar pista)

MG Sistema de guía de rodaje

MH Dispositivo de parada en la pista (especificar pista)

MK Zona de estacionamiento

MM Balizaje diurno (especificar umbral, eje, etc.)

Page 6: PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PUBLICACIÓN DE NOTAM · OTRA INFORMACIÓN ATM OE Requisitos para la entrada de aeronaves 2.3.5. Las solicitudes de novedades previsibles respecto a procedimientos

AIS COLOMBIA 6

ÁREA DE MOVIMIENTO Y ATERRIZAJE

MN Plataforma

MO Barra de parada (especificar calle de rodaje)

MP Puestos de estacionamiento de aeronave (especificar)

MR Pista (especificar pista)

MS Zona de parada (especificar pista)

MT Umbral (especificar pista)

MU Apartadero de viraje de pista (especificar pista)

MW Franja (especificar pista)

MX Calles de rodaje (especificar)

MY Calle de rodaje de salida rápida (especificar)

INSTALACIONES Y SERVICIOS

FA Aeródromo

FD Sistema de atraque (especificar AGNIS, BOLDS, etc.)

FE Oxígeno (especificar tipo)

FF Extinción de incendio y salvamento

FG Control de movimientos en tierra

FH Zona/plataforma de aterrizaje de helicóptero

FI Deshielo de aeronave (especificar)

FJ Aceites (especificar tipo)

FP Helipuerto

FU Disponibilidad de combustible

FZ Aduana/inmigración

OTRA INFORMACIÓN AGA

OA Servicio de información aeronáutica

OB Obstáculos (especificar detalles)

OL Luces de obstáculos en ... (especificar)

OR Centro de coordinación de salvamento

2.4.5. Para lograr una interacción oportuna entre los diferentes actores de la comunidad aeronáutica involucrados,

las solicitudes NOTAM sobre asuntos previsibles AGA como cierres o restricciones de pista y/o aeródromo, se debe tener en cuenta lo siguiente para realizar la solicitud NOTAM:

2.4.5.1. Para pistas y/o aeródromos con operación de aviación de servicio aéreo regular:

Ser solicitada por el propietario o explotador.

Tramitarse con cuarenta y cinco (45) días calendario de anticipación a la fecha propuesta de inicio.

Adjuntar copia del acta de socialización. 2.4.5.2. Para pistas y/o aeródromos públicos sin operación de aviación de servicio aéreo regular:

Ser solicitada por el propietario o explotador.

Tramitarse con treinta (30) días calendario de anticipación a la fecha propuesta de inicio.

Adjuntar copia del acta de socialización.

2.4.5.3. Para pistas y/o aeródromos privados o fumigación:

Ser solicitada por el propietario o explotador.

Tramitarse con cinco (5) días calendario de anticipación a la fecha propuesta de inicio. 2.4.6. Las actas de socialización deben contener:

El respectivo análisis por parte de la concesión o administración sobre el posible grado de afectación en la capacidad operativa del aeródromo de acuerdo a lo establecido en la parte Décimo Cuarta del Reglamento Aeronáutico Colombiano para cada caso en particular.

Visto bueno del administrador del aeropuerto (U.A.E.A.C.) y/o la concesión y del coordinador operativo de la torre de control.

Page 7: PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PUBLICACIÓN DE NOTAM · OTRA INFORMACIÓN ATM OE Requisitos para la entrada de aeronaves 2.3.5. Las solicitudes de novedades previsibles respecto a procedimientos

7 AIS COLOMBIA

Firma de cada uno de los representantes de las empresas de servicio aéreo regular, transporte aéreo no regular y aviación militar (que tenga como base o sub base de operación el aeropuerto en cuestión) y demás usuarios que a bien considere el administrador del aeropuerto puedan ver afectadas sus operaciones diarias.

Nombres, números telefónicos, correos electrónicos de contacto de las personas encargadas de la obra (H24) y procedimiento para solicitar la suspensión de los trabajos previsibles.

Las fechas de cierre o restricciones de pista y/o aeródromo descritas en el acta deben coincidir con las fechas propuestas en el formato de Solicitud NOTAM.

2.4.6.1. Para actas de socialización de aeropuertos donde operan empresas de servicio aéreo regular:

El acta de socialización no garantiza su aprobación hasta que se obtenga el concepto de las compañías aéreas de servicio aéreo regular a nivel central (Bogotá).

El acta recibida deberá ser enviada por la posición AGA vía correo electrónico a las Asociaciones del Transporte Aéreo en Colombia (ATAC) y de Aerolíneas Internacionales de Colombia (ALAICO), para su concepto a nivel central (Bogotá).

Cuando en el concepto de la ATAC y ALAICO se vea reflejada una afectación de las operaciones aéreas de las empresas a las cuales representan, se deberán evaluar las solicitudes en el Comité de Toma de Decisiones en Colaboración (CDM) que se realizan mensualmente en la ciudad de Bogotá, o en un comité extraordinario si las obras requeridas son muy necesarias e influyen en la seguridad operacional.

La Dirección de Servicios a la Navegación Aérea en todos los casos, tomará la decisión final sobre los cierres y restricciones de pista/aeródromos.

2.4.6.2. Para actas de socialización de aeropuertos donde no operan empresas de servicio aéreo regular:

Se seguirá el trámite correspondiente, omitiendo el envío a la ATAC y ALAICO para su concepto.

La Dirección de Servicios a la Navegación Aérea en todos los casos, tomará la decisión final sobre los cierres y restricciones de pista/aeródromos.

2.4.7. Las solicitudes de cambios en la categoría de un aeropuerto por Servicios de Extinción de Incendios y

Salvamento, se efectuarán de acuerdo a la información contenida en el Cuadro Maestro Categoría SEI, suministrado y actualizado permanentemente por el Jefe Nacional del Servicio de Extinción de Incendio. Si la información no se encuentra contenida en dicho cuadro, se coordinara con la Jefatura SEI lo concerniente al concepto técnico con el fin emitir cuanto antes la publicación del NOTAM.

2.4.8. Lo referente a obstáculos presentes en el área de aterrizaje y/o de maniobras que impliquen desplazamiento de umbral o cambios en las distancias declaradas (TODA – TORA – ASDA – LDA), deben especificar la nueva longitud disponible de pista y las nuevas distancias declaradas. En este caso la posición AGA debe emitir un concepto técnico sobre los datos reportados y hacer las coordinaciones con las áreas pertinentes. Adicional a la solicitud NOTAM se anexará copia del cálculo realizado a través de la herramienta o aplicativo correspondiente.

Para garantizar el correcto funcionamiento y cálculo a través de la herramienta utilizada para tal fin, la solicitud NOTAM en este caso debe contener, entre otros los siguientes datos:

Tipo de obstáculo

Altura del obstáculo

Distancia del obstáculo al umbral más próximo

Distancia al eje de pista

Tipo de operación de la pista (IFR/VFR)

Ubicación en coordenadas WGS-84

Será responsabilidad del solicitante el realizar y mantener la señalización del área de aterrizaje y/o maniobras que impliquen un desplazamiento de umbral o cambios en las distancias declaradas. En el horario entre las 0500 – 1100 UTC y teniendo en cuenta el envío de los datos anteriores por el solicitante, esta función será realizada por los funcionarios de la oficina AIS/Publicaciones en coordinación con el Supervisor de turno del Centro de Control (ACC) BAQ o BOG respectivo. Lo descrito en este párrafo solo aplica para las solicitudes de publicación NOTAM sobre asuntos no previsibles.

Page 8: PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PUBLICACIÓN DE NOTAM · OTRA INFORMACIÓN ATM OE Requisitos para la entrada de aeronaves 2.3.5. Las solicitudes de novedades previsibles respecto a procedimientos

AIS COLOMBIA 8

2.4.9. Precauciones por obras en progreso en instalaciones del aeródromo/aeropuerto, se deben tramitar con quince (15) días calendario de antelación.

2.4.10. Las instalaciones de iluminación que impliquen restricción en horario de operación del aeropuerto, se deben

tramitar con cuarenta y cinco (45) días calendario de antelación, indicando el nuevo horario de prestación de servicios.

2.4.11. El Manager ATFCM deberá informar con la mayor brevedad posible a la Oficina de Coordinación de SLOT de

la ATFCM, los asuntos previsibles que afecten la capacidad operativa del aeropuerto internacional Eldorado de Bogotá. La Oficina de Coordinación de SLOT deberá informar las nuevas condiciones de operación al Director de Servicios a la Navegación Aérea, Jefe Nacional Aeronavegación y Jefe Aeronavegación Regional Cundinamarca.

2.4.12. Las solicitudes NOTAM relacionadas con los numerales 2.4.9, 2.4.10 y 2.4.11 deberán ser remitidas al Grupo

de Procedimientos ATM quienes emitirán un concepto operativo y definirán si es necesario diseñar nuevos IFP (Procedimientos de vuelo por instrumentos).

2.5. Infraestructura de Comunicaciones, Navegación y Vigilancia (CNS) 2.5.1. Responsable de coordinar a nivel nacional con las áreas y dependencias pertinentes, para establecer tiempos

de duración sobre toda solicitud NOTAM relacionada con el estado funcional, mantenimiento y renovación de las facilidades disponibles de Comunicaciones, Navegación y Vigilancia (CNS) o facilidades aeroportuarias, así mismo reportar el concepto operativo a la posición AIS/ATFCM.

2.5.2. Las coordinaciones con las áreas y dependencias pertinentes, pueden ser realizadas vía correo institucional,

verbalmente u otro medio disponible, según la urgencia de las Solicitudes NOTAM. 2.5.3. Contacto CNS:

E-mail: [email protected] Horario: 1100 - 0500 UTC Teléfono: +57 (1) 2962100 Móvil: +57 3173638811 ATS: 374

2.5.4. La siguiente tabla muestra una lista detallada de los asuntos previsibles propios de CNS:

COORDINACIONES CNS

CLASIFICACIÓN CÓDIGO NOTAM

ASUNTO

INSTALACIONES DE COMUNICACIONES Y

VIGILANCIA

CA Instalaciones aeroterrestres (especificar servicio y frecuencia)

CB Vigilancia dependiente automática - radiodifusión (detalles)

CC Vigilancia dependiente automática - contrato (detalles)

CD Comunicaciones por enlace de datos entre controlador-piloto y vigilancia dependiente automática (especificar la aplicación)

CE Radar de vigilancia en ruta

CG Sistema de aproximación dirigida desde tierra (GCA)

CL Sistema de llamada selectiva (SELCAL)

CM Radar de movimiento en la superficie

CP Radar de aproximación de precisión (PAR) (especificar pista)

CR Elemento radar de vigilancia del sistema radar de aproximación de precisión (especificar longitud de onda)

CS Radar secundario de vigilancia (SSR)

CT Radar de vigilancia de área terminal (TAR)

INSTALACIONES DE ATERRIZAJE POR INSTRUMENTOS Y

MICROONDAS

IC Sistema de aterrizaje por instrumentos (ILS) (especificar pista)

ID DME correspondiente al ILS

IG Trayectoria de planeo (ILS) (especificar pista)

II Radiobaliza interior (ILS) (especificar pista)

IL Localizador (ILS) (especificar pista)

Page 9: PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PUBLICACIÓN DE NOTAM · OTRA INFORMACIÓN ATM OE Requisitos para la entrada de aeronaves 2.3.5. Las solicitudes de novedades previsibles respecto a procedimientos

9 AIS COLOMBIA

INSTALACIONES DE ATERRIZAJE POR INSTRUMENTOS Y

MICROONDAS

IM Radiobaliza intermedia (ILS) (especificar pista)

IN Localizador (no asociado con un ILS)

IO Radiobaliza exterior (ILS) (especificar pista)

IS ILS Categoría I (especificar pista)

IT ILS Categoría II (especificar pista)

IU ILS Categoría III (especificar pista)

IW Sistema de aterrizaje por microondas (MLS) (especificar pista)

IX Radiofaro de localización exterior (ILS) (especificar pista)

IY Radiofaro de localización intermedio (ILS) (especificar pista)

SERVICIOS GNSS GA Operaciones GNSS específicas del aeródromo (especificar operación)

GW Operaciones GNSS de la zona en general (especificar operación)

INSTALACIONES Y

SERVICIOS DE TERMINAL Y DE NAVEGACIÓN EN

RUTA

NA Todas las instalaciones de radionavegación (excepto...)

NB Radiofaro no direccional

NC DECCA

ND Equipo radiotelemétrico (DME)

INSTALACIONES Y

SERVICIOS DE TERMINAL Y DE NAVEGACIÓN EN

RUTA

NF Radiobaliza de abanico

NL Radiofaro de localización (especificar identificación)

NM VOR/DME

NN TACAN

NO OMEGA

NT VORTAC

NV VOR

NX Estación radiogoniométrica (especificar tipo y frecuencia)

INSTALACIONES Y SERVICIOS

FB Dispositivo de medición del rozamiento (especificar tipo)

FC Equipo de medición de techo

FO Equipo de dispersión de niebla

FL Indicador de sentido de aterrizaje

FM Servicio meteorológico (especificar tipo)

FS Equipo de remoción de la nieve

FT Transmisómetro (especificar pista y, cuando corresponda, indicativos de los transmisómetros)

FW Indicador de la dirección del viento

2.5.5. Las solicitudes de inoperatividad de radioayudas y radares, deberán ser solicitadas por la Dirección de Telecomunicaciones y Ayudas a la Navegación Aérea a través de la posición CNS con treinta (30) días calendario de antelación, previa coordinación con la oficina de Procedimientos ATM para el análisis del grado de afectación de los procedimientos, rutas, etc., quien a su vez deberá enviar el respectivo concepto a la oficina AIS/Publicaciones para realizar la publicación NOTAM.

2.5.6. Las solicitudes que afecten radioayudas empleadas como soporte para los procedimientos de un aeródromo/pista, deberán ser remitidas al Grupo de Procedimientos ATM quienes emitirán un concepto operativo y definirán si es necesario diseñar nuevos IFP (Procedimientos de vuelo por instrumentos).

2.6. Extensiones de Horario de Operación de un Aeródromo o Aeropuerto 2.6.1. En todo caso, el explotador de un aeródromo o aeropuerto debe expedir un visto bueno previo al operador

que requiera una extensión del horario de operación, el cual será coordinado por la posición AGA y al mismo tiempo se debe coordinar lo pertinente para la prestación de los servicios de acuerdo a la tabla de jerarquización de asuntos previsibles.

2.6.2. Se recibirán solicitudes de extensión de horario con mínimo sesenta (60) minutos de antelación a la hora de cierre del aeródromo. Para aeródromos/pistas con cierres publicados por NOTAM se recibirán con mínimo tres (3) horas de antelación al inicio de la obra o de acuerdo a lo establecido en las actas de socialización de estas intervenciones.

2.6.3. Las solicitudes de extensiones presentadas para el mismo día, la posición AIS/ATFCM tramitará, analizará y

solicitará al Manager ATFCM de turno (1100 - 0500 UTC) o Supervisor de turno del Centro de Control respectivo (ACC BAQ, ACC BOG) (0500 - 1100 UTC) su autorización después de las coordinaciones pertinentes, en los siguientes casos:

Page 10: PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PUBLICACIÓN DE NOTAM · OTRA INFORMACIÓN ATM OE Requisitos para la entrada de aeronaves 2.3.5. Las solicitudes de novedades previsibles respecto a procedimientos

AIS COLOMBIA 10

Solicitudes de extensiones para empresas de servicio aéreo regular.

Solicitudes de extensiones para las entidades de Estado coordinadas única y exclusivamente a través del Centro del Comando y Control de la Fuerza Aérea Colombiana (CCOFA) por medio del ATS 291, correo electrónico [email protected], [email protected] Tel.: +57 (1) 3159800 Ext. 1495-1436.

Las solicitudes de extensiones realizadas por otro tipo de aviación, deberán incluir datos de registro de la aeronave, tripulación, fecha, hora UTC y motivo de la extensión de horario, datos que serán validados de acuerdo a la información de los aplicativos de la U.A.E.A.C. El Manager ATFCM y/o el Supervisor de turno del Centro de Control (ACC BAQ, ACC BOG) respectivo, efectuará las coordinaciones pertinentes para determinar la viabilidad de la extensión de horario y en caso afirmativo se remitirá a la DSNA para su aprobación.

2.6.4. Las solicitudes de extensiones presentadas para días posteriores, la posición AIS/ATFCM tramitará, analizará

y solicitará al Jefe de Aeronavegación de la respectiva regional aeronáutica del aeropuerto/aeródromo solicitado, su autorización después de las coordinaciones pertinentes.

2.6.5. El tiempo mínimo para la cancelación de una solicitud de extensión de horario de operación será de quince (15) minutos de antelación al cierre de operaciones del aeródromo/aeropuerto; de lo contrario, la extensión se mantendrá y será tramitado el cobro de la misma, así esta no sea utilizada.

2.7. Jerarquización para la Aprobación de Solicitudes de Publicación NOTAM sobre Asuntos Previsibles 2.7.1. El concepto operativo contendrá todos los factores involucrados desde el punto de vista técnico, previendo

circunstancias que puedan afectar las operaciones.

2.7.2. Para la aprobación de las solicitudes NOTAM se tendrá la siguiente Jerarquía de autoridad y conceptos operativos, de acuerdo al tipo de solicitud:

NOVEDAD CONCEPTOS OPERATIVOS

AUTORIZACIÓN

CIERRES DE PISTA Y/O AERODROMO

ACTA DE SOCIALIZACION

POSICIÓN AGA

JEFE REGIONAL AERONAVEGACIÓN

DIRECTOR DE SERVICIOS A LA NAVEGACIÓN AÉREA

RESTRICCIONES DE PISTA Y/O AERODROMOS, DESPLAZAMIENTOS

DE UMBRAL

ACTA DE SOCIALIZACION

POSICIÓN AGA

JEFE REGIONAL AERONAVEGACIÓN

DIRECTOR DE SERVICIOS A LA NAVEGACIÓN AÉREA

RESTRICCIONES DEL ESPACIO AÉREO

TORRE DE CONTROL (CUANDO AFECTE ATZ O CTR)

JEFE REGIONAL AERONAVEGACIÓN

MANAGER ATFCM

DIRECTOR DE SERVICIOS A LA NAVEGACIÓN AÉREA

REVISTAS AÉREAS Y VUELOS DE DEMOSTRACIÓN

TORRE DE CONTROL (CUANDO AFECTE ATZ O CTR)

JEFE REGIONAL AERONAVEGACIÓN

DIRECTOR DE SERVICIOS A LA NAVEGACIÓN AÉREA

SISTEMAS DE ILUMINACIÓN, ILS, RADIOAYUDAS

JEFE REGIONAL AERONAVEGACIÓN

POSICIÓN CNS

DIRECTOR DE SERVICIOS A LA NAVEGACIÓN AÉREA

SISTEMAS RADAR JEFE REGIONAL AERONAVEGACIÓN

POSICIÓN CNS

DIRECTOR DE SERVICIOS A LA NAVEGACIÓN AÉREA

Page 11: PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PUBLICACIÓN DE NOTAM · OTRA INFORMACIÓN ATM OE Requisitos para la entrada de aeronaves 2.3.5. Las solicitudes de novedades previsibles respecto a procedimientos

11 AIS COLOMBIA

PROCEDIMIENTOS ATM

JEFE NACIONAL AERONAVEGACIÓN

JEFE REGIONAL AERONAVEGACIÓN

JEFE PROCEDIMIENTOS

DIRECTOR DE SERVICIOS A LA NAVEGACIÓN AÉREA

PRECAUCIONES Y CIERRES DE ÁREAS DE MOVIMIENTOS (CALLES DE

RODAJE, PLATAFORMA, ETC.) Y FRANJA DE PISTA

POSICIÓN AGA JEFE REGIONAL AERONAVEGACIÓN

EXTENSIONES DE HORARIO

(AVIACIÓN DE ESTADO (CCOFA), EMPRESAS DE SERVICIO AÉREO REGULAR, HOSPITAL Y AYUDA

HUMANITARIA)

TORRE DE CONTROL

EXPLOTADOR DE AD/AP MANAGER ATFCM

EXTENSIONES DE HORARIO

(EMPRESAS DE TRANSPORTE AÉREO NO REGULAR – AVIACIÓN GENERAL)

TORRE DE CONTROL

MANAGER ATFCM

DIRECTOR DE SERVICIOS A LA NAVEGACIÓN AÉREA

AERODROMOS NO CONTROLADOS JEFE REGIONAL AERONAVEGACIÓN

JEFE NACIONAL AERONAVEGACIÓN

DIRECTOR DE SERVICIOS A LA NAVEGACIÓN AÉREA

MODIFICACIÓN TEMPORAL Y/O PERMANENTE HORARIOS

OPERACIÓN SERVICIOS ATC, ATFCM, AIS/COM, MET, SEI, SAR

JEFE REGIONAL SERVICIO

JEFE NACIONAL SERVICIO

DIRECTOR DE SERVICIOS A LA NAVEGACIÓN AÉREA

OTRAS SOLICITUDES AGA, CNS, ATM JEFE REGIONAL SERVICIO

JEFE NACIONAL SERVICIO

DIRECTOR DE SERVICIOS A LA NAVEGACIÓN AÉREA

Nota 1: Toda Solicitud NOTAM recibida, analizada y tramitada por AIS/ATFCM donde intervenga el Grupo

de Aeronavegación Regional, debe ser enviada también al Jefe Nacional de Aeronavegación, con el fin mantenerlo enterado de la operación y/o condiciones que afecten su grupo operativo.

Nota 2: Cuando no sea posible establecer comunicación con el Jefe Regional de Aeronavegación para el

concepto operativo o autorización, se procederá directamente con el Jefe Nacional de Aeronavegación.

3. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PUBLICACIÓN DE NOTAM SOBRE ASUNTOS NO PREVISIBLES

3.1. Información NOTAM generada por Facilidades Aeronáuticas 3.1.1. Las solicitudes de publicaciones NOTAM que requieran ser divulgadas con vigencia inmediata, se reportarán

como Facilidades Aeronáuticas a través del AMHS a la dirección SKBOYOYP de la oficina AIS/Publicaciones, previa coordinación entre las dependencias regionales adscritas a la Aeronáutica Civil interesadas y funcionario OEA y/o el Supervisor Regional AIS/COM de turno (Antioquia, Atlántico, Cundinamarca, Meta, Norte de Santander y Valle), ajustándose a las especificaciones establecidas en el Anexo 15 - Servicios de Información Aeronáutica (Cap.5), Documento 8126 - Manual para los Servicios de Información Aeronáutica (Cap.6) y las tablas del ítem 2 para su publicación. También pueden ser realizadas utilizando el formato “Solicitud NOTAM” vigente, enviándolo al correo institucional [email protected] de AIS/Publicaciones y se le dará el mismo trato que una Facilidad Aeronáutica. De igual forma, en caso de normalización o cancelación se debe tramitar por el mismo medio a través del cual se reportó inicialmente.

3.1.2. Las Facilidades Aeronáuticas que sean reportadas sin fecha estimada y que originen la publicación un

NOTAM estimado “EST”, serán revisadas periódicamente por los funcionarios OEA y Supervisores Regionales AIS/COM, quienes coordinarán su continuidad con la dependencia que la reportó y/o posiciones AGA o CNS según corresponda.

3.1.3. El período de validez de un NOTAM no deberá superar los tres meses [Doc. 8126 Duración del NOTAM, Ítem

6.1.3 / Suplemento AIP que sustituye a un NOTAM, Ítem 5.10.3], de esta forma el reporte de Facilidades Aeronáuticas tendrá la connotación apropiada.

Page 12: PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PUBLICACIÓN DE NOTAM · OTRA INFORMACIÓN ATM OE Requisitos para la entrada de aeronaves 2.3.5. Las solicitudes de novedades previsibles respecto a procedimientos

AIS COLOMBIA 12

3.1.4. Los NOTAM EST se publicarán y remplazarán secuencialmente de la siguiente forma: Tipo de NOTAM Duración

NOTAM EST Inicial Una (1) semana

NOTAM EST Siguiente Tres (3) meses

NOTAM PERM Mayor a (3) meses Permanente 3.2. Información NOTAM por medios diferentes a Facilidad Aeronáutica y/o Formato de Solicitud NOTAM. 3.2.1. Las solicitudes de publicación de asuntos relativos a la seguridad operacional que requieran ser divulgados

mediante un NOTAM con vigencia inmediata y que no puedan ser enviados como Facilidad Aeronáutica a través del AMHS o formato “Solicitud NOTAM” vigente (Ej. Una obstrucción de pista), podrán ser solicitados por la autoridad ATS competente (Manager ATFCM o Supervisor ACC BOG/BAQ de turno) por cualquier medio disponible (vía email, línea ATS No. 272/294, fax, teléfono, móvil, etc.). Una vez atendida la publicación y en el menor tiempo posible, el solicitante deberá diligenciar y remitir la constancia física de su requerimiento, Facilidad Aeronáutica o formato “Solicitud NOTAM” vigente, consecuente con los estándares requeridos para el Sistema de Gestión de Calidad AIM/PUB.

3.2.2. En virtud de lo anterior se declara la aplicación del término “Decisiones Informadas” para que los

Supervisores de turno de los Centros de Control respectivos y/o Manager ATFCM, hagan fluir de manera ascendente y descendente hacia las diferentes instancias jerárquicas, la decisión adoptada respecto a la publicación del NOTAM y sus consecuentes implicaciones.

3.3. Información NOTAM Imprevista Solicitada por Organismos Militares y/o Policivos 3.3.1. Por seguridad nacional, misiones Orden Público (OP) o situaciones de emergencia, podrán crearse

restricciones de espacios aéreos omitiendo la publicación de NOTAM a fin de mantener reserva de la operación, siendo coordinadas y diligenciadas única y exclusivamente a través del Comando Central de Operaciones de la Fuerza Aérea Colombiana (CCOFA) con el Supervisor del Centro de Control de Área (ACC) o Área de Control Terminal (TMA) respectiva, por comunicaciones con sistema de grabación y enviando la solicitud respectiva a través del formato de solicitud NOTAM por correo electrónico con el fin de archivarla como antecedente.

3.3.2. El Supervisor del ACC o TMA solicitará la creación de la restricción del espacio aéreo en el FPD/FDD para su

visualización en las pantallas radar de los Controladores de Tránsito Aéreo.

3.3.3. Toda solicitud debe quedar relacionada en los diarios de señales de cada una las posiciones de trabajo que autoricen y creen las áreas restringidas en el FDP/FDD.

3.3.4. La Solicitud NOTAM que implique la restricción/cierre de un espacio aéreo, deberá ser tramitada con límites

verticales superiores o inferiores en unidades sobre el nivel medio del mar (AMSL).

3.4. Cierres o Restricciones de Pista y/o Aeródromos

3.4.1. Se podrán realizar solicitudes de cierres o restricciones de pista y/o aeródromos únicamente por situaciones de urgencia que generen afectación a la seguridad aérea.

3.4.2. Se podrán realizar por medio del formato de Solicitud NOTAM o Facilidad Aeronáutica.

3.4.3. No se requiere acta de socialización.

3.5. Actividad Volcánica Importante y/o ASHTAM

3.5.1. De acuerdo a la AIC vigente sobre el Procedimiento en Caso de Erupción Volcánica, el grupo de Meteorología Aeronáutica debe dar la primera alerta enviando por correo electrónico la Solicitud NOTAM (ASHTAM) y debe trabajar como coordinadora entre las oficinas de la U.A.E.A.C. y entidades externas involucradas para poder

Page 13: PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PUBLICACIÓN DE NOTAM · OTRA INFORMACIÓN ATM OE Requisitos para la entrada de aeronaves 2.3.5. Las solicitudes de novedades previsibles respecto a procedimientos

13 AIS COLOMBIA

brindar la información actualizada, oportuna y veraz, haciendo posible la publicación de los ASHTAM a que haya lugar.

3.6. Jerarquización para la Aprobación de Solicitudes de Publicación NOTAM sobre Asuntos No Previsibles 3.6.1. Para la aprobación de las solicitudes de publicación NOTAM sobre asuntos No Previsibles, se tendrá en

cuenta la siguiente jerarquía de autoridad y conceptos operativos:

NOVEDAD AUTORIZACIÓN

ASUNTOS NO PREVISIBLES

MANAGER ATFCM (1100 - 0500 UTC)

O

SUPERVISOR ACC BOG/BAQ (0500 - 1100 UTC)

RESTRICCIONES DEL ESPACIO AÉREO

(EMERGENCIA, SEGURIDAD NACIONAL U ORDEN PÚBLICO)

MANAGER ATFCM (1100 - 0500 UTC)

Y

SUPERVISOR ACC BOG/BAQ (H24)

MODIFICACIÓN DE DISTANCIAS DECLARADAS

(TODA – TORA – ASDA – LDA)

AIS/PUBLICACIONES

(1100 - 0500 UTC)

Y

SUPERVISOR ACC BOG/BAQ

(1100 - 0500 UTC)

ACTIVIDADES VOLCÁNICAS

METERÓLOGO DE TURNO

(COORDINADO CON QUIEN AUTORIZA)

MANAGER ATFCM (1100 - 0500 UTC)

Y

SUPERVISOR ACC BOG/BAQ (H24)

3.6.2. La oficina AIS/Publicaciones informará vía correo electrónico al Director de Servicios a la Navegación Aérea todo NOTAM publicado sobre asuntos no previsibles.

4. DIVULGACIÓN, ASESORAMIENTO Y RESPONSABILIDADES SOBRE LA INFORMACIÓN NOTAM

PUBLICADA 4.1. La divulgación de los NOTAM y demás documentación integrada de información aeronáutica vigente, podrá ser

consultada a través del portal de la Aeronáutica Civil en la dirección http://www.aerocivil.gov.co/AIS/Paginas/Inicio.aspx y será de responsabilidad compartida entre la Dirección de Informática y la oficina AIS/Publicaciones, mantener actualizada la información de conformidad con los estándares de Gestión de Calidad. En cualquier caso que se detecte que la información no esté actualizada en la página web, dichos responsables emitirán un comunicado anunciando la no disponibilidad, ni oportunidad de la publicación contenida en el portal.

4.2. El asesoramiento sobre los NOTAM y demás documentación integrada de información aeronáutica vigente, será suministrada principalmente por los funcionarios OEA pertenecientes a la Oficina AIS/Publicaciones y/o las Oficinas AIS/Aeródromo de todo el país (Registro telefónicos publicados en la AIP Colombia parte AD), de conformidad con los requerimientos que efectúen los usuarios del servicio y que corresponda a la naturaleza de sus funciones.

Page 14: PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PUBLICACIÓN DE NOTAM · OTRA INFORMACIÓN ATM OE Requisitos para la entrada de aeronaves 2.3.5. Las solicitudes de novedades previsibles respecto a procedimientos

AIS COLOMBIA 14

4.3. Contacto Oficina AIS/Publicaciones:

E-mail: [email protected] [email protected]

[email protected] Plan de contingencia Horario: H24 Teléfono: +57 (1) 2962991 Horario: H24

+57 (1) 2962552 Horario: H24 +57 (1) 2962271 Horario: 1100 - 0500 UTC

Fax: +57 (1) 2962803 Horario: H24 +57 (1) 2962271 Horario: 0500 - 1100 UTC Móvil: +57 3175171082 ATS: 272 Horario: H24

294 Horario: 1100 - 0500 UTC

RPLC AIC C11/13