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1 Sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife, Inscripción 25º,Hoja 1.087, Tomo 205, Libro 107, Sección 3ª, Folio 96. CIF A-28502144 PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA DE LAS INSTALACIONES DE TITSA ÍNDICE ANTECEDENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1. Objeto del contrato 2. Régimen jurídico y jurisdicción 3. Órgano de contratación y Mesa de Contratación 4. Duración del contrato 5. Presupuesto máximo de licitación y valor estimado 6. Condiciones de participación 6.1 Aptitud para contratar 6.2 Solvencia económica-financiera 6.3 Solvencia técnica 6.4 Clasificación 6.5 Aceptación de los pliegos 6.6 Plazos, lugar de presentación de ofertas e información 6.7 Requisitos formales 7. Documentación a presentar por los licitadores - Doc. Administrativa - Doc. Técnica - Oferta económica 8. Publicidad 9. Confidencialidad y protección de datos II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 10. Procedimiento y criterios de adjudicación 11. Calificación documental y apertura de ofertas 12. Propuesta y adjudicación del contrato 13. Formalización del contrato

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PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA

CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA DE LAS INSTALACIONES DE TITSA

ÍNDICE

ANTECEDENTES

I. DISPOSICIONES GENERALES

1. Objeto del contrato 2. Régimen jurídico y jurisdicción 3. Órgano de contratación y Mesa de Contratación 4. Duración del contrato 5. Presupuesto máximo de licitación y valor estimado 6. Condiciones de participación

6.1 Aptitud para contratar 6.2 Solvencia económica-financiera 6.3 Solvencia técnica 6.4 Clasificación 6.5 Aceptación de los pliegos 6.6 Plazos, lugar de presentación de ofertas e información 6.7 Requisitos formales

7. Documentación a presentar por los licitadores - Doc. Administrativa - Doc. Técnica - Oferta económica

8. Publicidad 9. Confidencialidad y protección de datos

II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

10. Procedimiento y criterios de adjudicación 11. Calificación documental y apertura de ofertas 12. Propuesta y adjudicación del contrato 13. Formalización del contrato

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III. DEL CONTRATO

14. Responsable del contrato 15. Ejecución del contrato

a. riesgo y ventura b. permisos, licencias y/o autorizaciones c. recursos adscritos al contrato d. servicios extraordinarios e. obligaciones laborales f. responsabilidad civil

16. Facturación y forma de pago 17. Revisión de precios 18. Penalizaciones 19. Modificaciones del contrato 20. Subcontratación y cesión del contrato 21. Finalización del contrato

ANEXOS

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I DISPOSICIONES GENERALES

1. OBJETO DEL CONTRATO

Constituye el objeto del contrato la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada -sin armas- de las instalaciones de Transportes Interurbanos de Tenerife, S.A.U. (TITSA) � Código Nomenclatura CPV: 79710000-4

El alcance del servicio y las instalaciones de TITSA donde se ha de ejecutar, se relacionan en el pliego de prescripciones técnicas.

2. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN

El contrato objeto de licitación se califica como contrato de servicios de naturaleza privada. La preparación y adjudicación del contrato se regirán por la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, de la energía, los transportes y los servicios postales (Ley 31/2007) y las disposiciones generales del Real Decreto legislativo 3/2001, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de contratos del sector público (TRLCSP). Al amparo de estas normas se han elaborado las prescripciones jurídicas, técnicas y económicas que han de regir la adjudicación. En cuanto a sus efectos y extinción, el contrato se regirá por las estipulaciones previstas a tal fin en los pliegos, aquellas otras que se recojan expresamente en el documento de su formalización y cuantas pudieran suscribirse libremente por las partes durante la vigencia del contrato. Con carácter supletorio serán de aplicación las disposiciones del derecho privado. Sin perjuicio de lo anterior, la prestación del servicio de vigilancia y seguridad se ajustará en todo caso a lo dispuesto en la Ley de Seguridad Privada y a su normativa de desarrollo, vigentes durante la ejecución del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las normas de carácter convencional vigentes en cada momento en el Sector. Los pliegos de condiciones, anexos y la oferta adjudicataria, junto con los proyectos o programas de trabajo que hayan de acompañarla, tendrán carácter contractual a todos los efectos. En consecuencia, el contrato que se celebre se ajustará al contenido de los pliegos, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los mismos. Los pliegos y cuantos trámites sean ventilados durante el procedimiento de adjudicación podrán ser objeto de impugnación mediante la interposición de la reclamación prevista al efecto en el Título VII (arts.101 y ss.) de la Ley 31/2007. Contra la resolución que se dicte sobre la reclamación cabrá interposición de recurso ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el art.108.1 de la Ley 31/2007.

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Las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos se someterán al orden jurisdiccional civil. Las partes, renunciando a cualquier otro fuero que en derecho pudiera corresponderles se someten expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Santa Cruz de Tenerife. 3. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y MESA DE CONTRATACIÓN

El órgano de contratación competente para la adjudicación del contrato es el Consejo de Administración TITSA. El examen de la capacidad y solvencia de los licitadores, así como la valoración de las ofertas recibidas se llevará a cabo por la Mesa de Contratación, constituida a estos efectos e integrada por los siguientes miembros: - Presidente. Consejero Delegado - Vocal. Director Gerente - Vocal. Director Económico Financiero - Vocal. Jefe de mantenimiento de infraestructuras - Secretario. Asesor jurídico Todos los miembros de la Mesa tendrán derecho de voz y voto. En caso de ausencia o vacante por cualquier causa de un miembro de la Mesa, el Presidente estará facultado para nombrar a un sustituto.

4. DURACIÓN DEL CONTRATO

El contrato tendrá una duración de 2 AÑOS, computados a partir de la fecha de su formalización. A su vencimiento, el contrato podrá prorrogarse anualmente hasta un máximo de dos años, siempre que exista acuerdo previo entre las partes. En todo caso, para que tenga efectos, la prórroga habrá de formalizarse por escrito.

5. PRESUPUESTO MAXIMO DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMAD O � Presupuesto de licitación.- El presupuesto máximo de licitación, calculado para los dos

años de vigencia del contrato, asciende a un importe total de 835.918,00 euros , IGIC no incluido (417.959 €/año).

Este presupuesto se ha calculado para un total de 30.069 horas/año de servicio, según la previsión que se recoge en el pliego de prescripciones técnicas (Anexo I).

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� Valor estimado.- El valor estimado del contrato asciende a 1.839.019,60 euros (IGIC no

incluido)

El valor estimado representa el importe total al que podría ascender el contrato, teniendo en cuenta el presupuesto de licitación, la duración máxima que podrá alcanzar el contrato en caso de prorrogarse (4 años) y las eventuales modificaciones relacionadas con el incremento (+10%) del servicio que pudiera demandarse durante toda la vigencia del contrato. 835.918,00 € (presupuesto licitación 2 años) Valor estimado 835.918,00 € (prórroga 2 años) 167.183,60 € (opción +10%)

6. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN 6.1 Aptitud para contratar

a) Podrán concurrir al procedimiento de contratación las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no se hallen incursas en ninguna de las causas de prohibición para contratar contempladas en el art.60.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), tengan por finalidad una actividad que guarde relación directa con el objeto del contrato según resulte de sus estatutos o reglas fundacionales y reúnan las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera y técnica exigida en este pliego. En cualquier caso, los licitadores, tanto sean personas físicas como jurídicas, además de estar autorizadas para la prestación de servicios de seguridad privada con arreglo a la normativa de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de presentar certificación en vigor de su inscripción en el Registro de Empresas de Seguridad del Ministerio del Interior.

b) Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, tendrán capacidad para contratar siempre que con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Podrán acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los Registros que se indican en el Anexo I del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

c) Las restantes empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España, del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el

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tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato, así como el informe de reciprocidad respecto a las empresas españolas.

d) Las agrupaciones de empresas o UTE, estarán autorizadas para licitar, siendo en este caso responsables solidarias ante TITSA y debiendo nombrar a un representante o apoderado único, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo. Estas agrupaciones podrán contratar sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación, en cuyo caso deberán formalizarla antes de la firma del contrato. El empresario que haya licitado en agrupación con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar proposiciones individualmente, ni figurar en más de una agrupación o unión temporal participante en la licitación. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas. 6.2 Solvencia económica y financiera

Los licitadores deberán acreditar la solvencia económica y financiera que se exige a continuación:

- Cifra de negocios: La solvencia económica y financiera se considerará acreditada por aquellas empresas que en cada uno de los últimos tres años hayan tenido un volumen de facturación igual o superior a 500.000,00 euros.

A los efectos de esta acreditación, se aportará una declaración responsable con indicación de la cifra de facturación correspondiente a los últimos 3 años y copia de las cuentas anuales relativas a los tres últimos ejercicios. 6.3 Solvencia técnica

Los licitadores deberán acreditar la solvencia técnica que se exige a continuación: - Experiencia: El licitador deberá acreditar experiencia en la ejecución, durante los últimos 5 años, de servicios de vigilancia de instalaciones/infraestructuras públicas o privadas. A los efectos de esta acreditación, se aportarán certificaciones expedidas por el órgano competente, cuando el destinatario del servicio hubiera sido una entidad del sector público, y cuando el destinatario sea una entidad privada, mediante un certificado expedido por éste. En todo caso, el certificado que se presente deberá incluir los siguientes datos: a) Objeto y alcance del contrato ejecutado b) Fechas de inicio y fin del servicio (o en su caso, en vigor). c) Presupuesto del contrato - Recursos adscritos al contrato: Se indicarán bajo declaración responsable los recursos personales y materiales que el licitador se compromete a adscribir a la ejecución del contrato en caso de resultar adjudicatario, así como de la oficina/s permanente con las que cuente en la isla de Tenerife.

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6.4 Clasificación (opcional) No se exige clasificación para participar en este procedimiento. Sin embargo, los licitadores voluntariamente podrán acreditar, mediante su clasificación, las condiciones de aptitud en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial y solvencia. A los efectos, el licitador deberá estar clasificado en el grupo, subgrupo y categoría que se indican a continuación:

Grupo M ----- Subgrupo 2 ----- Categoría C La clasificación, en su caso, se acreditará mediante certificación de la inscripción de la empresa en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, o en su caso, del Registro equivalente de la Comunidad Autónoma de Canarias. A la certificación deberá acompañarse una declaración responsable en la que se manifieste que las circunstnacias reflejadas en el certificado correspondiente no han experimentado variación. 6.5 Aceptación de los Pliegos

La presentación de ofertas en este procedimiento de contratación supondrá para los licitadores la aceptación íntegra e incondicionada de todas las condiciones establecidas en los documentos que lo rigen, sin salvedad o reserva alguna. 6.6 Plazos, lugar de presentación de ofertas e info rmación

a) El plazo de presentación de ofertas será el que se indique en el anuncio de licitación que se publique, no admitiéndose ofertas a partir de las 12:00 horas del último día, salvo que éste sea sábado o inhábil, en cuyo caso el plazo concluirá a las 12:00 horas del primer día hábil siguiente. Una vez presentada la oferta, el licitador estará obligado a mantenerla por un período de 3 meses, computados desde que finalizó el plazo de presentación y durante el cual el órgano de contratación podrá adjudicar el contrato. b) Las ofertas se presentarán en la sede social de TITSA - C/ Punta de Anaga, nº1 Santa Cruz de Tenerife 38111, bien personalmente o bien mediante envío por correo o mensajería entregado dentro del plazo señalado. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax en el mismo día, en el que se consignará el nº de expediente, título del contrato y nombre del licitador. Sin la concurrencia de estos requisitos no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad a la terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. No obstante, transcurridos diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso. c) Antes de la finalización del plazo para presentar ofertas, los interesados podrán solicitar información o aclaración sobre las bases y condiciones contenidas en los pliegos. A estos efectos, se pone a disposición de los interesados la dirección y números de contacto que figuran en el anuncio de licitación. De igual forma, estará a disposición como medio de información para cuantas cuestiones afecten al procedimiento de contratación el perfil de contratante de TITSA y que podrá consultarse en www.titsa.com

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6.7 Requisitos formales

La documentación necesaria para concurrir al procedimiento de contratación se entregará en tres sobres cerrados (A, B y C), identificados cada uno en su exterior con el nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora, números de teléfono y de fax y dirección de correo electrónico, así como el sello de la empresa o firma del licitador. En el exterior de cada sobre se indicará la leyenda correspondiente (doc. administrativa, técnica u oferta económica) y la referencia de la licitación a la que se concurre: T-SER 2/032014 Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien, copias que tengan el carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia. En el interior de cada sobre se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Los licitadores presentarán su documentación en castellano y la unidad monetaria en la que vengan reflejadas las propuestas económicas será el euro (€). Si la documentación presentada no cumple las formalidades descritas en este pliego, será causa suficiente para excluir al licitador del procedimiento de contratación, salvo consideración por la Mesa de Contratación de defecto susceptible de subsanación.

7. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES Documentación Administrativa (Sobre A) a) Escrituras de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que les sea aplicable. Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial que fuera preceptivo. Asimismo, se aportará la certificación en vigor de la inscripción en el Registro de Empresas de Seguridad del Ministerio del Interior. Copia del DNI del representante del licitador, legitimada notarialmente o compulsada y documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar mediante poder notarial otorgado a tal efecto. b) Relación de documentos al objeto de acreditar la solvencia económica y financiera y la solvencia técnica, en los términos y contenido enunciados en este pliego. En el supuesto de uniones temporales de empresas (UTE), cada asociado deberá acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, acumulándose a los efectos de determinar la solvencia de la UTE. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada por autoridad judicial. Las empresas extranjeras no pertenecientes a la Unión Europea acreditarán sus obligaciones fiscales, tributarias y de Seguridad Social u obligaciones de carácter análogo, mediante certificado expedido por la autoridad competente del Estado del que se trate.

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� Nota: En caso de aportar el certificado de clasificación en el Registro de Licitadores y Empresas clasificadas del Estado o de la CCAA de Canarias, en los términos previstos en la cláusula 6.4 de este pliego, los licitadores no tendrán que aportar la documentación a la que se refieren los apartados a) y b) anteriores.

c) Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar con el sector público que se describen en el artículo 60.1 del TRLCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. d) Pliegos de condiciones firmados en todas sus páginas por el licitador o persona que lo represente en prueba de conformidad y aceptación de sus cláusulas. e) Para las empresas extranjeras, del ámbito comunitario o internacional, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. f) Si se tratase de una agrupación de empresas que tienen la intención de constituirse formalmente en una Unión Temporal de Empresas (UTE), deberán acompañar el compromiso escrito de constituirse como tal en su momento, así como copia del proyecto al que se ajustará la futura Unión. Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una Unión Temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato. También designarán a un representante o apoderado único de la Unión, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. g) Certificado emitido por el licitador o en su caso por el responsable del Departamento o Área de RRHH de la empresa licitadora, en el que conste el número global de trabajadores de plantilla como el número particular de trabajadores con discapacidad, al objeto del cumplimiento de la obligación establecida en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, relativa a contar en la plantilla con un 2% de trabajadores con discapacidad. En el caso de haberse optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración con las concretas medidas alternativas a tal efecto aplicadas. h) Declaración responsable del cumplimiento de requisitos en materia de Prevención de Riesgos Laborales, cuyo modelo se adjunta en el ANEXO III del presente pliego.

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Documentación Técnica (Sobre B) En este sobre deberán incluirse los aspectos técnicos a valorar de la oferta, así como las mejoras en su caso propuestas por los licitadores: a) Plan de seguridad y operativo especial que se pondrá en marcha durante las fiestas del Carnaval de Santa Cruz de Tenerife (descripción detallada del dispositivo especial y de los protocolos de actuación a desarrollar durante la celebración del Carnaval) b) Plan de gestión/organización de los servicios. Entre otros aspectos que el licitador considere, se deberá hacer referencia a los siguientes:

- protocolos de actuación - gestión de incidencias/tiempos de respuesta - sistema de coordinación (con TITSA) - organización (distribución de jornadas, cambios de turno/sustituciones,etc.) - medidas de control y seguimiento del servicio - programas formativos específicos

c) Mejoras presentadas Oferta Económica (Sobre C)

En este sobre se incluirá la oferta económica, que deberá estar suscrita por el licitador y redactada con sujeción al modelo del ANEXO I de este pliego. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente la oferta. La oferta deberá estar dirigida a la totalidad del objeto del contrato y cada licitador deberá presentar una única propuesta, sin admitirse variantes. La oferta que exceda del presupuesto máximo de licitación será rechazada. El precio ofertado se considerará precio final. En consecuencia, en el precio que se indique se incluye la totalidad de los gastos que tengan que realizarse para el cumplimiento de todas las prestaciones, inclusive los tributos de toda clase, salvo el IGIC que deberá repercutirse como partida independiente. � Oferta desproporcionada o anormalmente baja

Se llevará a cabo un control sobre las bajas de licitación en las proposiciones económicas presentadas por las empresas. Se considerará oferta desproporcionada o anormalmente baja aquella que sea inferior en 15 puntos porcentuales al presupuesto de licitación. En caso de que alguna oferta incurra en este supuesto, se solicitará al licitador las justificaciones y explicaciones que considere oportunas sobre la composición de su oferta, con el fin de que el órgano de contratación pueda decidir sobre la viabilidad de la misma. El licitador dispondrá de un plazo máximo de tres días hábiles, a contar desde la fecha en que reciba la solicitud, para presentar las

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justificaciones que estime convenientes. Si transcurrido este plazo no se hubiera recibido dichas justificaciones, la oferta será rechazada.

8. PUBLICIDAD

El procedimiento de contratación será objeto de publicidad por medio de anuncio de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea, Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife y en el perfil de contratante de TITSA. El coste de los anuncios de licitación será asumido por el adjudicatario, debiéndose abonar la factura correspondiente antes de la formalización del contrato. La adjudicación del contrato se publicará en el perfil de contratante de TITSA y en el Diario Oficial de la Unión Europea.

9. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS

TITSA no divulgará la información facilitada por los licitadores que éstos hayan designado como confidencial. Dicha información incluye en particular los secretos técnicos o comerciales y los demás aspectos confidenciales que se señalen con tal carácter en las ofertas. Desde este momento y durante toda la vigencia del contrato, las partes se comprometen a guardar sigilo respecto a cualquier dato o antecedente que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato celebrado y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo, comprometiéndose a que toda la información que pueda ser entregada por una a otra parte o a la que pudieran tener acceso como consecuencia de la prestación contractual, se tratará en cualquier caso con carácter confidencial y al único fin de la ejecución del contrato. La empresa adjudicataria y en su nombre las personas físicas responsables y las encargadas de la ejecución material del contrato, guardarán secreto profesional sobre las informaciones, documentos y cualquier asunto del que pudieran tener conocimiento, esté relacionado o no con la ejecución del contrato, durante el plazo de ejecución de aquél y una vez extinguido el mismo. Si como consecuencia de la ejecución del contrato, el adjudicatario accede a datos personales, se hace constar expresamente en aplicación del artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), que el adjudicatario únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento y no los aplicará o utilizará con un fin distinto al que figure en el objeto del contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas, salvo con autorización expresa y por escrito de TITSA. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal que pudiera conocer deberán ser destruidos o devueltos a TITSA, al igual que cualquier soporte o documentos utilizados.

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II ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

10. PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto y a la oferta económicamente más ventajosa, según resulte de la valoración de los siguientes criterios de adjudicación:

Precio 60 puntos Se asignarán 60 puntos a la propuesta que presente el precio más bajo. La puntuación de las restantes ofertas se obtendrá con la siguiente fórmula: Punt.oferta = [ (P.licitación – P.menor)*Punt.Max ] – [ (P.oferta - P.menor) * (Punt.Max. - Punt.min.) ]

(P.licitación – P.menor)

Donde: Punt. Oferta= Puntuación de la oferta a valorar P. licitación= Presupuesto máximo de licitación P. menor= precio más bajo ofertado Punt. Máx.= puntuación máxima (60 puntos ) P. Oferta= precio de la oferta a puntuar Punt. Mín= puntuación mínima (asignada al precio más alto) = Punt.Max*65/100= 39 puntos Plan de seguridad específico (Carnaval S/C de Tener ife) 15 punt os Se asignarán entre 1 y 15 puntos en función del plan que se presente, atendiendo al desarrollo de cuantas actuaciones conlleve el dispositivo especial, el nivel de adaptación a las particularidades de TITSA, organización, disponibilidad y recursos empleados, protocolos de gestión de incidencias, emergencias, coordinación con los Cuerpos y Fuerzas de seguridad del Estado.

La puntuación de este criterio se obtendrá a partir de un juicio de valor, comparándose las distintas propuestas presentadas entre sí y atendiendo para su valoración al nivel y calidad de servicio que se garantice.

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Mejoras 20 puntos Los licitadores podrán presentar en sus propuestas las mejoras que se definen a continuación:

Concepto Puntos

• Suministro e instalación por cuenta del adjudicatar io de 3 grabadores de (videovigilancia) en los siguientes c entros de trabajo: - Oficinas y taller Cuevas Blancas (1 ud.) - Cochera de Los Rodeos (1 ud.) - Intercambiador Santa Cruz de Tenerife (1 ud.)

Se valorará con 5 puntos a la propuesta que asuma el suministro y la instalación de los 3 grabadores (videovigilancia) en los tres centros de trabajo referenciados. Nota: Las características técnicas a las que deben ajustarse los grabadores se definen en el Anexo III del pliego de prescripciones técnicas.

5

• Bolsa de horas sin cargo para TITSA y de libre disp osición durante

la vigencia del contrato (máx 300 horas/año) Se valorará con un máximo de 3 puntos a la oferta con mayor número de horas, puntuándose las restantes ofertas proporcionalmente.

3

• Suministro e Instalación por cuenta del adjudicatar io de 5 alarmas

en los siguientes centros de trabajo: - Oficinas y taller Cuevas Blancas (1 ud.) - Estación de Icod (1 ud.) - Estación de Granadilla (1 ud.) - Estación de Parque de la Reina (1 ud.) - Estación de Los Rodeos (1 ud.)

Se valorará con 12 puntos a la propuesta que asuma el suministro y la instalación de las 5 alarmas en los centros de trabajo referenciados.

Nota: Las características técnicas a las que deben ajustarse las alarmas se definen en el Anexo III del pliego de prescripciones técnicas.

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Plan de gestión/organización de los servicios 5 puntos

Se asignarán entre 1 y 5 puntos en función del plan de gestión del servicio de vigilancia y seguridad que se presente. Al objeto de su puntuación, se compararán entre sí todos los planes presentados, seleccionándose mediante un juicio de valor y asignándole la puntuación más alta al que represente una mayor garantía de calidad del servicio y un mayor nivel de adecuación (personalización) al servicio demandado por TITSA en sus instalaciones. A las restantes propuestas se les asignará la puntuación que corresponda en función de su comparación con la que se determine como mejor propuesta.

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� Igualdad en la puntuación obtenida por dos o más pr opuestas.- En caso de empate en

las puntuaciones de dos o más ofertas, la adjudicación se propondrá a favor del licitador que haya obtenido más puntos en el precio ofertado.

11. CALIFICACIÓN DOCUMENTAL Y APERTURA DE OFERTAS

Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá dentro de los 3 días hábiles siguientes al examen de la documentación administrativa (sobre A). Si se observasen defectos en la documentación presentada, se considerase la necesidad de aclaraciones o de otros documentos que permitan valorar adecuadamente la capacidad y solvencia del licitador, se notificará por fax, telegrama o correo electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente y concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que proceda a subsanar o aportar los documentos complementarios que en su caso sean requeridos. Si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias no subsanables, se propondrá al órgano de contratación la exclusión del licitador del procedimiento de contratación. La Mesa, una vez examinada la documentación administrativa, practicado en su caso el trámite de subsanación y transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, procederá a la apertura de la documentación técnica (sobre B) y de las ofertas económicas (Sobre C) para su ulterior valoración. El acto de apertura de las ofertas será público y se celebrará en el lugar, día y hora establecidos en el anuncio de licitación.

12. PROPUESTA Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

Tras la valoración de las ofertas, se elaborará por la Mesa la propuesta de adjudicación del contrato a favor del licitador que haya presentado la oferta más ventajosa. La Mesa también podrá proponer al órgano de contratación que el procedimiento sea declarado desierto, ya sea por no reunir los licitadores los requisitos exigidos en los pliegos o bien por no haberse recibido ofertas o ser inaceptables las presentadas. A la vista de la propuesta que le fuere elevada por la Mesa, el órgano de contratación acordará la adjudicación del contrato. Si el órgano de contratación declarase desierto el procedimiento, dicha declaración no generará derecho alguno para los licitadores. El acuerdo de adjudicación o en su defecto, la declaración de desierto, deberá adoptarse en el plazo máximo de 3 meses desde la fecha de apertura de las ofertas. � Facultad de desistimiento: El órgano de contratación podrá desistir del procedimiento de

contratación con anterioridad a su adjudicación, siempre que exista una causa que lo justifique, la cual deberá constar debidamente motivada en la resolución que se adopte a tal fin.

El vencimiento del plazo de 3 meses desde la apertura de las ofertas sin que el órgano de contratación hubiera dictado acto alguno, operará como un acto de desistimiento a todos los efectos, pudiendo los licitadores retirar sus propuestas.

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La no adjudicación del contrato por desistimiento del órgano de contratación, no generará para los licitadores derecho alguno a indemnización o compensación.

13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

El contrato se perfeccionará mediante su formalización, que solo podrá tener lugar cuando hayan transcurridos 15 días hábiles desde la notificación y siempre que el adjudicatario cumpla los siguientes presupuestos: - Constitución de garantía por importe equivalente al 5% del precio de adjudicación. La garantía podrá constituirse mediante aval, seguro de caución o en metálico, depositándose el justificante que acredite su constitución en el Departamento de Caja de TITSA. La garantía responderá de todas las obligaciones del adjudicatario, por tanto responderá de cuantas exigencias técnicas, económicas y condiciones particulares integren el contrato, inclusive de las penalizaciones que TITSA puedan imponer como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario. El importe de la garantía se habrá de reponer por el adjudicatario siempre que se haya reducido en más de una décima parte como consecuencia de su aplicación a los conceptos a que está afecta. Dicha reposición se deberá efectuar dentro del mes siguiente a la reducción referida. La garantía será devuelta o cancelada una vez cumplidas por el adjudicatario las obligaciones derivadas del contrato, dentro del plazo de los 30 días siguientes a la finalización del contrato y siempre que no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre ella. En caso de resolverse el contrato por causa imputable al adjudicatario, la garantía será incautada. - Obligaciones tributarias y con la Seguridad Socia l: justificación de que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social mediante presentación de las certificaciones que se enuncian a continuación y expedidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento General de la LCAP: - Seguro de responsabilidad civil. Previamente a la suscripción del contrato se deberá entregar copia de la póliza y recibo justificativo del pago de la prima. - UTE: En caso de que la propuesta de adjudicación recaiga en varios licitadores que hubieran concurrido a la licitación en UTE, se aportará escritura pública de constitución. De no cumplirse con el requerimiento en el plazo indicado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las propuestas. De no cumplirse en forma y tiempo lo dispuesto en c ada uno de los apartados de esta cláusula, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, dándose por decaída la

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adjudicación notificada y procediéndose a recabar l a misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasif icadas las ofertas. De igual forma, si el adjudicatario no procediera a la firma del contrato en el plazo indicado, el órgano de contratación podrá resolver la adjudicación dejándola sin efecto, en cuyo caso se incautará la garantía, pudiéndose adjudicar el contrato al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el adjudicatario, siendo a su costa los gastos derivados de su otorgamiento.

III DEL CONTRATO

14. RESPONSABLE DEL CONTRATO El adjudicatario nombrará a un interlocutor único de contacto que realizará las funciones de coordinación y seguimiento del contrato, por lo que deberá contar con suficiente poder ejecutivo para la adopción de las medidas necesarias para garantizar la buena marcha y fin del contrato. TITSA, de forma justificada, podrá exigir la sustitución en cualquier momento del interlocutor adscrito al contrato. Por su parte, TITSA nombrará a una persona con facultades para supervisar el desarrollo del contrato, pudiendo emitir cuantas instrucciones considere oportunas.

El personal que el adjudicatario destine a la prestación encomendada, mantendrá una coordinación constante con el responsable designado por TITSA. Antes del comienzo del contrato, el adjudicatario facilitará la documentación que permita identificar y comprobar la correcta acreditación de los vigilantes de seguridad que prestarán el servicio en las instalaciones de TITSA.

15. EJECUCIÓN DEL CONTRATO a) Riesgo y ventura El contrato se ejecutará a riesgo y ventura del adjudicatario, con sujeción estricta a las estipulaciones contenidas en los pliegos y a las condiciones y términos en que se formalice el contrato. El adjudicatario será responsable único de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para TITSA o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.

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b) Permisos, licencias y/o autorizaciones. Corresponderá al adjudicatario la solicitud, gestión, obtención o renovación, por su exclusiva cuenta y cargo, de cuantos permisos y licencias fueran precisas para la realización del servicio contratado.

c) Recursos adscritos al contrato El adjudicatario deberá garantizar durante la vigencia del contrato la disponibilidad del personal y de los medios necesarios para la realización de todas las prestaciones. A petición de TITSA y durante cualquier momento del contrato, el adjudicatario estará obligado a aportar la documentación acreditativa de la habilitación profesional exigida por la normativa de seguridad privada al personal que esté realizando el servicio. Cualquier variación que haya de llevarse a cabo en el personal adscrito al servicio de vigilancia deberá ser comunicada previamente al responsable de TITSA, informando de los datos identificativos del nuevo personal. El adjudicatario será responsable durante la ejecución del contrato de todos los daños y perjuicios, directos o indirectos que puedan ocasionarse a terceros como consecuencia de los actos, omisiones o negligencia del personal a su cargo o bajo su responsabilidad, y de cualesquiera otros derivados de la ejecución de las prestaciones del contrato. Será causa suficiente para resolver el contrato el que el personal adscrito al servicio no reúna las condiciones legales para tener la calificación de vigilante de seguridad. Si durante la vigencia del contrato se produjese una situación de huelga u otra situación de paro laboral, la empresa adjudicataria se encargará de destinar los servicios mínimos que se pudieran fijar para garantizar el normal desarrollo del servicio público al que está adscrita TITSA. d) Servicios extraordinarios Durante la vigencia del contrato, TITSA podrá requerir refuerzos puntuales del servicio de vigilancia que se viniera prestando de ordinario y que conlleven la obligación para el adjudicatario de destinar en determinadas instalaciones un mayor nº de vigilantes y/o un incremento de horas de servicio. En estos casos, se notificará con la antelación suficiente al adjudicatario la necesidad concreta que haya de cubrirse. Estos servicios se facturarán de forma independiente, al mismo precio/hora que el ofertado en la licitación. La utilización de los servicios extraordinarios estará sujeta al mismo límite del 10% previsto para las modificaciones por incremento o ampliación del contrato. e) Obligaciones laborales El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones, de carácter normativo o pactado, presentes y futuras, en materia laboral, de Seguridad Social, fiscal y de seguridad e higiene en el trabajo, resulten de aplicación, asumiendo exclusiva e íntegramente cuantas responsabilidades deriven de su incumplimiento.

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El adjudicatario tendrá respecto al personal contratado y adscrito a la ejecución del contrato todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empresario. TITSA en ningún caso y por ningún título asumirá relación laboral, ni responsabilidad o vínculo de especie alguna con las personas que en el momento o con anterioridad a la terminación del contrato hubieran estado bajo responsabilidad del adjudicatario, ya se trate de personal propio o subcontratado. En ningún caso TITSA será responsable de las relaciones existentes entre el adjudicatario y sus trabajadores, aun cuando los despidos y medidas que aquél adopte sean consecuencia directa o indirecta de actuaciones derivadas del contrato. En materia de prevención de riesgos laborales y en cumplimiento de lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales, las partes mantendrán la coordinación necesaria sobre las normas de seguridad a emplear durante la ejecución del contrato. El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones referidas en los párrafos anteriores, no implicará responsabilidad alguna para TITSA. En su caso, cualquier responsabilidad que sea exigida a TITSA por incumplimiento del adjudicatario y suponga obligación solidaria o subsidiaria de responder, dará lugar automáticamente al derecho de TITSA a repetir frente a aquél, exigiéndole los importes que se haya visto obligada a sufragar o bien compensándolos en la facturación pendiente.

� Condición especial de ejecución del contrato.- Cont ratación de personal en situación legal de desempleo

En caso de que la entidad adjudicataria necesite contratar personal para la ejecución de la prestación, ya sea al inicio o bien durante la vigencia del contrato, se obliga a hacerlo entre personas inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Canario de Empleo, y con al menos seis meses de antigüedad a la fecha efectiva de contratación. Excepcionalmente, se podrá contratar a otro personal cuando se acredite que los puestos que se precisan han sido ofertados, pero no cubiertos por personas inscritas como demandantes de empleo y con la antigüedad mínima exigida. f) Responsabilidad civil El adjudicatario deberá mantener durante la vigencia del contrato una póliza de seguro responsabilidad civil contratada con una entidad aseguradora legalmente autorizada y que garantice la cobertura de los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia directa o indirecta de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. En todo caso, la suma asegurada ha de ser por cuantía suficiente para cubrir el nacimiento a cargo del adjudicatario de la obligación de indemnizar a TITSA o a cualquier otro tercero de los daños y perjuicios causados por hechos derivados de los servicios o trabajos objeto del contrato. En caso de siniestro, cualquier diferencia que surja en el pago de las indemnizaciones, ya sea por aplicación de franquicias, u otro tipo de descubierto en los seguros contratados, deberán ser soportados por el adjudicatario. Cuando se produzcan daños imputables al adjudicatario y no cubiertos por las pólizas contratadas, deberán repararse a su cuenta.

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16. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO

A los efectos del pago, el adjudicatario emitirá mensualmente la correspondiente factura por los servicios efectivamente realizados y previa conformidad por TITSA, será abonada en el plazo de 60 días Las facturas presentadas al cobro habrán de ajustarse a lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.

17. REVISIÓN DE PRECIOS El precio del servicio no será objeto de revisión durante los dos primeros años de contrato. En caso de acordarse su prórroga, el precio se revisará en función de la variación experimentada por el IPC Nacional, sin que la revisión pueda superar el 80% de la variación sufrida por dicho Índice.

18. PENALIZACIONES El adjudicatario queda obligado al cumplimiento en tiempo y forma de todas las obligaciones que conlleva el contrato. Cualquier tipo de incumplimiento en las obligaciones del adjudicatario, podrá dar lugar a la aplicación de una penalización que podría alcanzar hasta el 50% del importe de la garantía constituida en función de la gravedad del incumplimiento, o bien a la resolución unilateral del contrato con la incautación de la garantía. En particular, se considerarán conductas muy graves la incomparecencia del vigilante o dejación injustificada del servicio, el incumplimiento de horarios o la no adscripción al contrato de los recursos en las condiciones y calidades comprometidas por el adjudicatario. En este sentido, cualquiera de estos incumplimientos será causa suficiente de resolución del contrato. Como regla general, las penalizaciones se harán efectivas mediante su deducción en el abono de las facturas. No obstante, podrán ejecutarse también sobre la garantía constituida por el adjudicatario, en cuyo caso se pondrá en su conocimiento.

19. MODIFICACIONES DEL CONTRATO El servicio de vigilancia se podrá ampliar o reducir durante la vigencia del contrato y tanto en número de horas como en número de unidades adscritas a las distintas instalaciones, en función de las necesidades reales de TITSA En estos supuestos, se modificará el contrato quedando recogido el nuevo alcance del servicio y ajustándose el precio, al alza o a la baja, proporcionalmente a la variación de la que se trate, sin que de ello derive ningún otro tipo de compensación para el adjudicatario. Cuando se trate de incrementos puntuales del servicio (servicios extraordinarios), bastará con la comunicación que TITSA dirija al adjudicatario, sin necesidad de formalizar ningún otro documento.

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En cualquier caso, el conjunto de modificaciones que se lleven a cabo durante la vigencia del contrato no podrá suponer una variación superior o inferior al 10% del presupuesto de licitación. Si concurriesen otras causas imprevistas que precisaran de una modificación del contrato para garantizar su continuidad, se estará a los límites fijados en el art.107 del TRLCSP, sin que tal modificación pueda comportar una alteración de las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación.

20. SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN DEL CONTRATO Las prestaciones objeto de este contrato no podrán ser objeto de subcontratación. De igual forma, los derechos y obligaciones dimanantes del contrato no podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero, salvo autorización previa y por escrito de TITSA.

21. FINALIZACIÓN DEL CONTRATO Además de en los supuestos de cumplimiento, el contrato podrá extinguirse por su resolución. El contrato se entenderá cumplido por el adjudicatario cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo, la totalidad de su objeto. El contrato podrá resolverse por la concurrencia de cualquiera de las causas previstas en el ordenamiento jurídico por la que pueden resolverse los contratos privados, y en particular por las siguientes: - Acuerdo entre las partes - Extinción de la personalidad jurídica de la entidad que resulte adjudicataria. - Incurrir el adjudicatario durante la vigencia del contrato en alguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el art.60.1 del TRLCSP - Incumplimiento de las obligaciones de las partes. - La contravención de las normas sobre cesión del contrato. La resolución del contrato por incumplimiento imputable al adjudicatario, requerirá acuerdo del órgano de contratación, previa audiencia del adjudicatario. La resolución por incumplimiento podrá ocasionar la exclusión definitiva de la empresa del Acuerdo Marco y en todo caso, llevará aparejada la incautación de la garantía, sin perjuicio de las penalizaciones que hayan podido imponerse y de la reclamación de daños y perjuicios que proceda cuando la indemnización que corresponda pudiere exceder de esas cuantías. La resolución por causa imputable al adjudicatario tendrá efectos desde la comunicación de TITSA, que podrá realizar mediante carta, remisión por fax o buro fax en la que se indique la decisión de resolver el contrato, causa y fecha del efecto de la resolución. El efecto ejecutivo de la comunicación, lo será sin perjuicio de las acciones que asistan al adjudicatario para impugnarla. En caso de producirse la resolución del contrato por causa imputable a TITSA, se abonarán al adjudicatario la totalidad de los servicios prestados hasta la fecha.

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ANEXO I MODELO DE OFERTA ECONÓMICA

D./Dª...........................................................................,con D.N.I. nº.................................., en nombre y representación de…………………………………………………………………………….…, con domicilio en………………………………………………………………..enterado de la licitación de referencia T-SER 2/032014, para la adjudicación del SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA DE LAS INSTALACIONES DE TITSA y conociendo la totalidad de los pliegos de condiciones que la rigen, presenta la siguiente oferta:

Precio total (2 años)

…..…………………............……euros (sin IGIC)

Precio unitario euros/hora

…..….……………….euros (sin IGIC)

En…………………………………………a………………de….………………………de 2014

Firma y sello de la Empresa

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ANEXO II MODELO DE AVAL

La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)……………………………………………………………………..NIF……………………………con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en………………………………………………. Calle/plaza/avenida………………………………………………………….CP…………………………….y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados)…………………………………………………….... con poderes suficientes para obligarse en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,

AVALA A: (nombre y apellidos o razón social del avalado)…………………………………………………................. NIF……………………………………………, por importe de……………………………………euros (en cifra)……………………………………………… en concepto de garantía……………….……………..para responder de las obligaciones derivadas de………………………………………………………………….... ………………………………………………………………………………………………………………… ANTE: TRANSPORTES INTERRUBANOS DE TENERIFE, S.A.U. (TITSA) /METROPOLITANO DE TENERIFE, S.A. La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el art.56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto del obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento. Este aval estará en vigor hasta que el órgano de contratación o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución. El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro Especial de Avales con el núm…………………………………………… (Lugar y fecha)…………………………………………………………………. Razón social de la entidad…………………………………………………….. Firma de los apoderados………………………………………………………..

BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO

Provincia: Fecha:

Número de Código:

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ANEXO III.

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

EMPRESA…………………………………………………………………………….. D/D.ª …………………………………………………, en calidad de…………….…………………………… y en representación de la misma, DECLARA Que la empresa adquiere el compromiso formal con Transportes Interurbanos de Tenerife, S.A.U.(en adelante TITSA) de satisfacer o haber satisfecho, antes del inicio de los trabajos para la empresa, las siguientes exigencias referidas a los servicios o actividades incluidos en el objeto del contrato y respecto de los trabajadores, equipos y maquinaria que la empresa destine a la realización de los mismos:

• Cumplimentación de un documento en formato Excel enviado por el servicio de prevención vía correo electrónico (SIGEST_DOCAc) y que debe ser remitido por parte de la empresa contratada en formato papel y por correo electrónico al servicio de prevención.

• Certificado de vida y de invalidez establecidos en Convenio. Frecuencia de entrega Anual.

• Póliza de responsabilidad civil y recibo de pago. Frecuencia de entrega Anual.

• Impresos TC1 y TC2 del mes anterior al inicio de los trabajos donde figuren los nombres de las personas que trabajarán en las instalaciones de TITSA. Actualización mensual.

• Contrato o Certificado de haber adoptado alguna de las modalidades previstas en el art. 10 del capítulo III del Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/97) en lo relativo a la organización de recursos para el desarrollo de las actividades preventivas necesarias para el desarrollo de su actividad.

• Carta de pago o certificado de haber pagado a una entidad acreditada los servicios de prevención.

• Nombre y apellidos, teléfono de contacto, fax y correo electrónico de la persona responsable en materia de seguridad y salud, durante la ejecución del trabajo.

• Evaluación de riesgos sobre los trabajos asociados al objeto de la contratación.

• Certificado de haber informado adecuadamente a los trabajadores que van a desempeñar sus

funciones en las instalaciones de TITSA sobre los riesgos inherentes a su puesto de trabajo y sobre las medidas de protección o prevención que se deban adoptar.

• Certificado de haber formado adecuadamente a los trabajadores que van a desempeñar sus funciones en las instalaciones de TITSA sobre el desempeño de su trabajo en adecuadas condiciones de seguridad y salud.

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• Certificado de entrega de los equipos de protección individual adecuados al puesto de trabajo.

• Certificado de la aptitud médica de los trabajadores para el desempeño seguro de su puesto de trabajo.

• Establecer los adecuados medios de coordinación con TITSA y/o con otras empresas/trabajadores autónomos que puedan desarrollar tareas en el centro de trabajo y estaciones de guaguas durante la ejecución de la actividad o servicio por el que se le contrata.

• Aceptar el compromiso de que, en caso de que se decida contratar alguna parte del trabajo a desarrollar (lo cual se comunicará con la debida antelación), se requerirá de la contrata que satisfaga todos los puntos aquí mencionados, lo que se acreditará mediante la cumplimentación y firma de este mismo modelo de declaración responsable.

Y para que conste donde proceda, firmo la presente declaración responsable.

En _________________________________________________ a ____ de ____________ de ________.

Firma y sello de la empresa

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ANEXO IV SUBROGACIÓN DE PERSONAL

A los efectos de la obligación de subrogación orden ada por la normativa sectorial vigente, se facilitan a continuación las condiciones de los con tratos de los trabajadores que el adjudicatario de este contrato tendrá que subrogar

Vigilantes Antigüedad 1 01/ 04/ 2007 2 01/ 12/ 2006 3 03/ 08/ 2006 4 26/ 05/ 2011 5 24/ 12/ 2008 6 16/ 12/ 2011 7 28/ 02/ 2011 8 01/ 03/ 2011 9 05/ 03/ 2009

10 31/ 03/ 2010 11 08/ 08/ 2011 12 15/ 03/ 2011 13 23/ 02/ 2009 14 04/ 03/ 2013 15 09/ 04/ 2011 16 09/ 05/ 2012