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PLAN DE CONVIVENCIA

ESCOLAR

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ÍNDICE

1.- INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………………………………………..…… 3

2.- CONCEPTUALIZACIONES………………………………………………………………………………………….……. 4

3.- DEFINICIÓN DEL PLAN……………………….……………………………………………………………..………….. 6

4.- OBJETIVOS DEL PLAN……………………………………………………………………………………..……….…… 6

4.1.- Objetivo general ……………………………………………………………………………………………….….….. 6

4.2.- Objetivos específicos……………………………………………………………………………………............. 6

5.- DEL ENCARGADO DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR ……………………………………....... 7

5.1.- Funciones del Encargado de Convivencia Escolar …………………………………………………..... 7

6.- PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN……………………………………………………………………………………... 7

6a .-Protocolos de actuación ante conductas disruptivas………………………………………………….. 7

6 b.-Protocolo de actuación de acoso escolar o bullying…………………………………………………… 11

6 c.- Protocolo de actuación ante la sospecha o denuncia de abuso……………………………….. 13

7.- DE LAS ACTIVIDADES…………………………………………………………………………………….…............ 18

7.a.- Dirigidas a los alumnos ……………………………………………………………………….…………………… 18

7.b.- Dirigidas a los Padres y Apoderados ……………………………………………………………………..... 20

7.c.- Dirigidas a los Profesores ……………………………………………………………………………………….. 22

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1.- INTRODUCCIÓN.

La convivencia escolar es un ámbito fundamental para la formación personal y ciudadana de nuestros estudiantes y tienen como fin alcanzar aprendizajes de calidad. El Colegio a través de su proceso de enseñanza-aprendizaje, transmite valores y promueve la transformación de patrones culturales emergentes. Las conductas, actitudes y formas de convivir no violentas, solidarias, responsables, justas y autónomas se aprenden y por ende deben ser parte constitutiva de las prácticas de convivencia de las instituciones educativas. Lo anterior guarda relación con la visión de una sociedad que aspira a vivir los valores de la democracia, de la paz, del respeto por la persona humana. Los Objetivos de Aprendizaje Transversales ya lo declaran: “La formación ética busca que los alumnos y alumnas afiancen su capacidad y voluntad para autorregular su conducta y autonomía en función de una convivencia éticamente formada en el sentido de su trascendencia, su vocación por la verdad, la justicia, la belleza, el bien común, el espíritu de servicio y el respeto por el otro”.

El Colegio se plantea el desafío de formar a nuestros alumnos en la capacidad de respetar y valorar las ideas y creencias distintas de las propias, en el ámbito escolar, familiar y social, con sus profesores, padres y pares, reconociendo el diálogo y la comunicación como herramientas permanentes de humanización, de superación de diferencias y de aproximación a la verdad. Dichos objetivos nos involucran a todos como actores educativos. Por ello es deseable que los docentes, padres y apoderados y los alumnos puedan reflexionar críticamente sobre la convivencia escolar, otorgando oportunidad de plantearse cuáles son sus responsabilidades y la participación que les compete en la construcción de un ambiente escolar que propicie el aprendizaje de nuestros alumnos. Establecida la importancia del tema de la convivencia escolar en el colegio y conforme con la Política Nacional del Ministerio de Educación, se ha elaborado el siguiente Plan de Convivencia Escolar que especifica los objetivos a lograr y las actividades a desarrollar durante el presente año.

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2.- CONCEPTUALIZACIONES.

Es importante antes de plantear los objetivos y actividades del Plan de Convivencia

clarificar ciertos conceptos que están involucrados en el tema de la convivencia escolar. Estamos conscientes que al revisar bibliografía relacionada encontraremos distintas visiones y acepciones de los términos expuestos, ante esta situación se han privilegiados las conceptualizaciones que emanan desde el Ministerio de Educación que es la entidad que nos regula como establecimiento educacional y que ha definido un política nacional en el tema de la convivencia escolar. Convivencia Escolar: Es un aprendizaje que forma parte de la vida en sociedad, es, que ayuda al desarrollo de mujeres y hombres libres, sensibles, solidarios y socialmente responsables en el ejercicio de la ciudadanía y el fortalecimiento de la democracia, capaces de respetar a las personas y al medio ambiente, de manera que pueda iniciarse en la tarea de participar, incidir y mejorar la vida del grupo, su comunidad y sus pares.

La Ley sobre Violencia Escolar, Ley 20.5326, declara en su artículo 16 A lo siguiente: “Se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre quienes la componen y que permita el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un Clima que propicie el desarrollo integral de nuestros estudiantes”. Buen Trato:

El Buen Trato se define en las relaciones con otro (y/o con el entorno) y se refiere a las interacciones (con ese otro y/o con ese entorno) que promueven un sentimiento mutuo de reconocimiento y valoración. Son formas de relación que generan satisfacción y bienestar entre quienes interactúan. Este tipo de relación además, es una base que favorece el crecimiento y el desarrollo personal y no hay espacio para situaciones o acciones mal tratantes. Definición de Acoso Escolar o Bullying:

“Conducta de persecución física y/o psicológica que realiza un alumno o alumna contra otro, al que escoge como víctima de repetidos ataques. Esta acción, negativa e intencionada, sitúa a la víctima en una posición de la que difícilmente puede escapar por sus propios medios. La continuidad de estas relaciones provoca en las víctimas efectos claramente negativos: ansiedad, descenso de la autoestima, y cuadros depresivos, que dificultan su integración en el medio escolar y el desarrollo normal de los aprendizajes”. (Olweus Dan, 1983) De lo anterior podemos observar que: • Existe un comportamiento agresivo o querer “hacer daño” intencionadamente. • El comportamiento agresivo es llevado a término de forma repetitiva e incluso fuera del horario escolar. • Es una relación interpersonal que se caracteriza por un desequilibrio real o superficial de poder o fuerza.

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Existe abuso entre iguales (pares) lo que lo separa de otras formas de abuso como los fenómenos de violencia doméstica o laboral es el contexto en el que sucede y las características de la relación de las partes implicadas.

Definición de Acoso Escolar de acuerdo a la Ley sobre Violencia escolar, N°20536, articulo 16º B y Mineduc.

Una manifestación de violencia en la que una persona, adulto o estudiante, es agredida o se convierte en víctima al ser expuesta, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones negativas que llevan a cabo un par (compañero/a) o grupo de pares. Se entiende por acciones negativas cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico que puede ser presencial, es decir directo, o mediante el uso los medios tecnológicos actuales a través de mensajes y/o amenazas telefónicas o de internet. Las características centrales del hostigamiento o bullying y que permiten diferenciarlo de otras expresiones de violencia, son: i. Se produce entre pares; ii. Existe abuso de poder;

iii. Es sostenido en el tiempo, es decir, es un proceso que se repite.

El hostigamiento presenta diversos matices, desde los más visibles (de tipo físico, insultos, descalificaciones) hasta los más velados (aislamiento, discriminación permanente, rumores), lo que hace de este fenómeno un proceso complejo, que provoca daño profundo y sufrimiento en quien lo experimenta.

En el siguiente cuadro se clarifican los conceptos de agresividad, conflicto, violencia y bullyng: AGRESIVIDAD CONFLICTO VIOLENCIA BULLYING

Es una conducta instintiva. Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como una forma de enfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una amenaza que eventualmente podría afectar su integridad. La agresividad no

Es un hecho social. Involucra a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo debido a intereses, verdadera o aparentemente incompatibles. El conflicto no es sinónimo de violencia, pero un conflicto mal abordado o que no es resuelto a tiempo puede derivar en

Es un aprendizaje. Existen diversas definiciones de violencia según la perspectiva que se adopte. Todas tienen en común dos ideas básicas: i. El uso ilegítimo del poder y de la fuerza, sea física o psicológica; y, ii. El daño al otro como una consecuencia.

Es una manifestación de violencia en la que un estudiante es agredido/a y se convierte en víctima al ser expuesta, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones negativas por parte de uno o más compañeros/as. Se puede manifestar como maltrato psicológico, verbal o físico que puede ser presencial, es decir directo, o

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implica, necesariamente, un hecho de violencia, pero cuando está mal canalizada o la persona no logra controlar sus impulsos, se puede convertir en una agresión o manifestarse en hechos de violencia.

situaciones de violencia.

mediante el uso de medios tecnológicos como mensajes de texto, amenazas telefónicas o a través de las redes sociales de Internet. El bullying tiene tres características centrales que permiten diferenciarlo de otras expresiones de violencia: i. se produce entre pares; ii. existe abuso de poder; iii. es sostenido en el tiempo, es decir, se repite durante un período indefinido.

Referencias:

MINEDUC (2011) “Orientaciones para elaboración y revisión de reglamentos de convivencia escolar”, 3.- DEFINICIÓN DEL PLAN.

El Plan de Convivencia Escolar es un documento que sirve para estructurar la organización y funcionamiento del colegio en torno al tema de la convivencia escolar, especificando los objetivos a lograr y las actividades a desarrollar durante un determinado periodo de tiempo. Un Plan de Convivencia debe considerar lo siguiente:

• El Plan deberá recoger todas las actividades que se programen, con el fin de fomentar un buen clima de convivencia dentro de cada centro escolar.

• El Plan debe recoger lo que ya se realiza y determinar los aspectos a mejorar. • El Plan tiene prioridades de tal modo que no debe comenzarse con el desarrollo de

todas las iniciativas a corto plazo. 4.- OBJETIVOS DEL PLAN. 4.1.- Objetivo general.

- Desarrolla acciones que permitan la consolidación de una sana convivencia en el colegio, basada en el respeto, el diálogo y la participación de los distintos actores de la comunidad escolar: alumnos, profesores y apoderados; de manera que las actividades académicas se desarrollen en un ambiente propicio para el aprendizaje.

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4.2.- Objetivos específicos:

- Generar en los alumnos habilidades y competencias relacionadas con su desarrollo personal y social. - Desarrollar habilidades en los otros actores educativos basadas en el buen trato que permitan una interacción positiva entre los mismos. - Promover la participación de todos los actores de la comunidad educativa en el tema de la convivencia escolar. - Generar buenas prácticas de convivencia entre todos los actores de la comunidad escolar que permitan en un buen ambiente de aprendizaje. 5.- DEL ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

La Ley N°20.536 sobre Violencia Escolar, que modifica la Ley General de Educación, agrega un inciso al Art. 15, donde se hace obligatorio para todos los establecimientos del país, contar con un/a Encargado/a de Convivencia Escolar. En el colegio dicho cargo lo tomará el Inspector(a) General y tendrá como principal tarea la de Asumir el rol primario en la implementación de las medidas de Convivencia Escolar que determine el Comité de Sana Convivencia Escolar. 5. 1.- Funciones del Encargado de Convivencia Escolar.

a.- Promover el trabajo colaborativo en torno a la Convivencia Escolar en el Comité de Sana Convivencia. b.- Elaborar el Plan de Acción sobre convivencia escolar, en función de las indicaciones del Comité de Sana Convivencia. c.- Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la buena convivencia y manejo de situaciones de conflicto, entre los diversos estamentos de la comunidad educativa. d.- Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la comunidad educativa en la elaboración, implementación y difusión de políticas de prevención, medidas pedagógicas y disciplinarias que fomenten la buena convivencia escolar.

6.- PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN. 6.1.-PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE CONDUCTAS DISRUPTIVAS. Definición de conductas disruptivas. El comportamiento de determinados alumnos dificulta el proceso de enseñanza-aprendizaje de la clase. Las disrupciones en clases, se definen como la mayor dificultad y el primer motivo de conflicto en el aula.

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La conducta disruptiva se define como un comportamiento prolongado de cualquier tipo que tenga como resultado la interrupción de la clase y requiera la intervención del profesor para poder continuar impartiendo la docencia. MANIFESTACIÓN. No todos los conflictos que surgen en la convivencia diaria de la clase, pueden considerarse disrupción. El aula es un espacio vivo donde el papel del profesor no se limita exclusivamente a impartir docencia, sino que en su dimensión de educador también desarrolla otras funciones como la de educar en valores, fomentar las relaciones sociales , mediar en la interacciones entre iguales, etc. Para hablar de disrupción deben darse las siguientes condiciones: 1.- Las conductas se producen en una misma clase de forma reiterada y durante un tiempo prolongado. Es decir, no se trata de hechos casuales o accidentales. 2.-El alumno disruptor reproduce una conducta que afecta la convivencia pacífica, armónica para dar continuidad al ojetivo planteado con el profesorado en general o con determinados profesores en particular. IDENTIFICACIÓN DE LA SITUACIÓN. a.-Comunicación de la situación. La jefatura de curso recibe información acerca de los comportamientos inadecuados del alumno en el establecimiento educacional. También son los propios alumnos quienes utilizan este procedimiento para comunicar incidencias entre iguales. El ideal es que esta situación sea comunicada en primera instancia al profesor jefe del grupo al que pertenece el alumno. Cualquier profesor de asignatura también puede proceder en la situación para poder ayudar a no colapsar al profesor jefe y permite que sea resuelta la situación conflictiva por el profesor de asignatura. Dependiendo de la gravedad de la incidencia, de su reiteración y no al profesor jefe procederá a actuar o lo comunicará a la dirección del establecimiento, quien podrá aplicar medidas correctoras o trasladar la situación al equipo de convivencia escolar. b.- Recogida de información. Una vez recibida la incidencia por el profesor jefe, si considera que es una situación o conflicto como grave o muy grave, lo trasladará al equipo de convivencia, quien coordinará la recogida de información y aplicará las medidas disciplinarias urgentes, si así lo aconseja la gravedad del caso. Para recopilar la información se tendrá en cuenta lo siguiente: B1.- Lugar y modo donde tiene lugar la conducta disruptiva.

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B2.- Procedencia de la información por si es necesario contrastar. En numerosas ocasiones es bastante útil la opinión conjunta del profesorado y alumnos. B3.- Diagnóstico de la situación. El apoderado, junto con el profesor afectado, y la colaboración del equipo de convivencia, elaborarán un diagnóstico inicial en donde quede reflejado el tipo de disrupciones, las medidas iniciales puestas en práctica, la naturaleza del problema, los alumnos o grupos implicados. Es decir, un análisis exhaustivo para lograr la regulación y resolución de la conducta. En este punto, resulta muy útil el papel del educador social, quien a su vez, por el carácter singular y mediado de su trabajo puede conseguir una resolución previa del problema. 3.-ADOPCIÓN DE MEDIDAS. La toma de decisiones debe ser un elemento a considerar únicamente cuando otros procedimientos conciliadores, mediadores o medidas adoptadas previamente no han surtido efecto. En numerosas ocasiones, determinadas intervenciones encaminadas a la prevención constituyen un factor de calidad que reduce significativamente el número de conflictos. La experiencia nos enseña que hay medidas que facilitan el buen clima de la clase, por lo tanto, dificultan la aparición de conductas disruptivas. Entre ellas, podemos citar la puesta en práctica de un Plan de Convivencia Aprobado por el Consejo Escolar, una metodología activa en el aula, donde el alumno sea el protagonista del proceso de enseñanza-aprendizaje, un plan específico atención a la diversidad e inclusión, la manera de configurar el grupo-clase, etc. Para que ello sea posible, es necesario que se den simultáneamente las siguientes condiciones: A.- Los acuerdos deben ser compartidos y asumidos por todo el Equipo Docente. B.- La intervención debe ser inmediata. C.- Se debe procurar la claridad y publicidad de las normas, así como la coherencia de su aplicación. D.-La necesidad de respetar la confidencialidad. E.-La importancia de las acciones preventivas, desarrollando los Programas educativos necesarios. F.-Las medidas adoptadas deberán ser de carácter preventivo, resolutivo y llegado el caso, sancionador cuando ha existido violencia explicita. Las actuaciones con el profesorado se han de concretar en :

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Proporcionarle herramientas y estrategias para poder abordar las situaciones problemáticas de forma satisfactoria y constructiva. Intentar un cambio de actitudes en las relaciones que se establecen diariamente en el establecimiento y en el aula. Evitar metodologías que propicien la competitividad, el individualismo y la discriminación. Elaboración de un plan de Acción Tutorial que organice actividades dirigidad al fomento de la convivencia en el aula. Se incidirá en la formación del profesorado en resolución de conflictos, mediación escolar, enseñanza cooperativa y dinámicas de grupos……………. Con la familia: La relación con la familia del alumno responsable de conductas disruptivas ha de ser inmediata y cercana y debe tener como objetivo fundamental encontrar espíritu de colaboración para la resolución del problema. Mediante entrevistas personales se han de lograr acuerdos con la familia, levantando actas si es preciso, para que el alumno encuentre una respuesta única por ambas partes. En caso que la familia tenga una responsabilidad importante en el origen de la conducta, tendrá un seguimiento por parte de la asistente social. Si la conducta disruptiva es considerada gravemente perjudicial para la convivencia en el establecimiento, se comunicará a la familia la información del correspondiente expediente disciplinario y se podrá en conocimiento a inspección general. 5.- EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO. El equipo de convivencia en conjunto con el Consejo Escolar, evaluará los compromisos, acuerdos y medidas adoptadas, tanto con los alumnos como con las familias. Asimismo, evaluará el proceso y el resultado de las medidas e informará debidamente a todos los sectores afectados: profesorado, consejo escolar, familias, inspección y alumnado. De todo ello se redactará un informe y conclusiones que se archivarán en documentos de convivencia escolar, para realizar los seguimientos que se hayan acordados.

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6.- DEL PROTOCOLO ACOSO ESCOLAR O BULLYING. Una situación especial a considerar en la planificación de actividades relacionadas con la convivencia escolar en el colegio es el procedimiento a seguir en caso de una denuncia de Bullying, pues el tema del acoso escolar es el que concita la mayor atención en estos momentos a nivel de Ministerio de Educación. Por tal motivo, la entidad gubernamental ha establecido un Protocolo de acción que el colegio ha de difundir y poner en marcha en tales casos. 6.1.- PROTOCOLO DE ACOSO ESCOLAR BULLYING PRIMER DIA Evento de Agresión o Amenaza 0.- DETECCIÓN.

Responsable: Integrante de Comunidad Educativa. - Al constatar la situación alerta a los responsables 1.- EVALUACIÓN PRELIMINAR DE LA SITUACIÓN.

Responsable: Directivo o docente que acoge al situación. - Aplicación pauta de Indicadores de urgencia. - Informar a la autoridad del establecimiento. 2.- ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE URGENCIA PARA IMPLICADOS

Responsable: Directivo o docente que acoge la situación. - Informar a las familias. - Derivar atención médica.

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- Alertar al equipo técnico y autoridad del establecimiento. - Informar según corresponda: Carabineros, PDI, SENAME y otros. TERCER DIA 3.- DIAGNÓSTIACO DE ACOSO ESCOLAR. (abuso de poder, entre pares, recurrencia en el tiempo)

Responsable: Equipo de Gestión, encargado de la convivencia escolar. HERRAMIENTAS:

- Información pauta indicadores de urgencia. - Entrevista actores claves. - Reconstrucción de los hechos - Aplicación cuestionario. - Análisis de contexto. - Elaboración e informe concluyente. - Informar a Sostenedor y Mineduc. SEIS DIAS APLICACIÓN DE DE REGLAMENTO DE CONVIVENCIA 4.- GENERAR PLAN DE INTERVENCIÓN.

Responsable: Director, Equipo de Gestión, Encargado de la convivencia escolar. HERRAMIENTAS:

- Registro psicosocial - Carpeta de recursos Psicoeducativos - Derivación a red de apoyo CONDICIONES:

- Acoger y educar a la víctima. - Sancionar y educar al agresor. - Trabajar con observadores. QUINCE DIAS 5.- EVALUACIÓN E INFORME FINAL PLAN DE INTERVENCIÓN

Responsable: Director Equipo de Gestión, encargado de la convivencia escolar. HERRAMIENTAS:

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- Acciones de seguimiento.

- Reunión equipo técnico.

- Informe final a Sostenedor y Mineduc.

CONTROL Y SEGUIMIENTO MINEDUC Responsable: Supervisor(a) del establecimiento ELABORACIÓN DE INFORME DEVALUACIÓN DE LA SITUACIÓN 6.2.- Documentos a utilizar.

a.- Pauta indicadores de urgencia. Se completa en la Etapa 1 del Protocolo: Evaluación

Preliminar de la situación.

b.- Informe concluyente (confidencial). Se aplica en etapa 3 del Protocolo: Diagnóstico de

acoso escolar.

c.- Lista de cotejo. Documento de Evaluación de aplicación del Protocolo de Acoso

Escolar o Bullying.

7.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE LA SOSPECHA O DENUNCIA DE ABUSO SEXUAL

CONTRA UN MENOR DE EDAD

< Cualquier adulto del establecimiento educacional que tome conocimiento de un delito, aún

cuando no cuente con todos los antecedentes que le parezcan suficientes o necesarios, deberá

poner en conocimiento el hecho, en el menor tiempo posible, a la fiscalía o al Director del

Establecimiento Educacional.-

< El Adulto o el Director está obligado a denunciar el hecho (art.175 CPP) ante la Fiscalía antes

de transcurridas 24 horas desde que toma conocimiento de la situación que podría estar

afectando al menor de edad. De lo contrario, se expone a las penas establecidas en el Código

Penal. Existiendo la obligación de denunciar, el denunciante se encuentra amparado ante

acciones judiciales que se puedan derivar de su ejercicio.-

< Poner en conocimiento al apoderado de la situación denunciada, salvo que se sospeche que

éste podría tener participación de los hechos.-

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< En caso de existir objetos (ropa u otros) vinculados a la posible comisión de un delito, evitar

manipular y guardarlos en una bolsa cerrada.-

< En caso que se estime que el niño/a se encuentre en una situación de riesgo, esto debe ser

informado inmediatamente a la Fiscalía, de forma que se adopten las medidas de protección

hacia el menor.-

< CON EL MENOR QUE PODRÍA ESTAR SIENDO VÍCTIMA DE UN DELITO DEBERÁ:

º Escucharlo y contenerlo en un contexto resguardado y protegido.

º Escucharlo sin cuestionar ni confrontar su versión.-

º Evitar emitir juicios sobre las personas o la situación que las afecta.-

º Evitar atribuirle alguna responsabilidad en lo sucedido o en su posible evitación.-

º Manejar de forma restringida la información, evitando con ello la estigmatización y

victimización secundaria.-

< QUE NO HACER EN ESTE TIPO DE CASOS:

º Una investigación sobre lo sucedido, que pretenda recabar antecedentes “objetivos” o que

acrediten el hecho, cuestión que corresponde de forma exclusiva al Fiscal.

º Un enfrentamiento (o careo) con el posible agresor, otros adultos, u otros niños

posiblemente afectados.-

º Poner en entredicho la credibilidad de lo develado, intentando confirmar o descartar la

información aportado por el niño/a.

º Presionar al niño/a para que conteste las preguntas a aclare la información.-

¿QUE SON LOS DELITOS SEXUALES CONTRA MENORES?

Los delitos sexuales contra menores de edad están básicamente constituidos por una

conducta de contacto, abuso transgresión y/o agresión sexual hacia el menor, caracterizada

por falta o vicio en el consentimiento.-

Esta conducta constituye una forma de violencia sexual, en donde está presente como

elemento esencial el uso de la fuerza o el poder, dirigido hacia fines sexuales, que la víctima no

ha consentido o no está en condiciones de consentir. Es por esto que por violencia debemos

entender no sólo el uso de la fuerza física, sino que también todo tipo de coerción, ejercicio de

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presión, abuso de autoridad o confianza, engaño y, en general, cualquier conducta que esté

encaminada a determinar o doblegar la libre voluntad de la víctima.-

En el caso de los profesores o funcionarios de establecimientos educacionales, el

contacto sexual o afectivo (de pareja) con un alumno debiera estar totalmente prohibido, dada

la relación asimétrica de dependencia del menor o ascendencia del adulto sobre éste.-

¿QUÉ HACER ANTE UNA SOSPECHA DE DELITO SEXUAL?

1.- Lo más importante es hacer la DENUNCIA correspondiente ante Carabineros, Policía de

Investigaciones, Tribunal o la Fiscalía que se encuentre más cercana. Esta obligación se

encuentra consagrada en el artículo 175 del Código Procesal Penal, y se aplica, entre otros, a

los Directores, Inspectores y Profesores de cualquier establecimiento educacional, respecto de

los delitos que afecten a sus alumnos.-

2.- El plazo para efectuar la denuncia es de 24 horas, contadas desde que se toma

conocimiento del hecho (art 176 CPP).-

3.- Quién no cumpliere esta obligación, o lo hiciere tardíamente, será castigado con multa de 1

a 4 UTM (art 177 CPP); salvo que realice algún acto que implique el ocultamiento del hecho,

caso en el cuál incluso podría ser sancionado como encubridor.-

4.- En el caso de tratarse de una violación, el menor debe ser trasladado dentro de las 24 horas

de ocurrido el hecho al servicio de salud de urgencia más cercano, o al Servicio Médico Legal.

En estos mismos lugares se podrá interponer la denuncia ante el funcionario de Carabineros o

Investigaciones destinado en el recinto asistencial.-

Es importante señalar que quién haga la denuncia puede recibir protección en su

calidad de testigo, si existe temor fundado de hostigamiento, amenazas o lesiones. Además,

está obligado a declarar ante el Fiscal, y podrá también ser llamado a declarar en juicio.-

La denuncia realizada por algunos de los obligados en este artículo eximirá al resto.-

¿COMO RECONOCER CUANDO UN MENOR PODRÍA ESTAR SIENDO VÍCTIMA DE UN DELITO

SEXUAL?

El diagnóstico ante una sospecha o denuncia de delito sexual es una tarea difícil, ya que

las señales físicas del abuso suelen aparecer en una parte muy pequeña de casos confirmados,

siendo también muy poco frecuente que el agresor reconozca haber cometido el delito. Aún

así, creemos recomendable presentar la enumeración de ciertos factores que puedan ser

útiles en el reconocimiento de un delito sexual, especialmente si se presentan varios de ellos a

la vez.-

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Signos Físicos de sospecha en el niño (cuando son atribuibles a otros casos) (**):

- Dificultades al sentarse

- Dolores abdominales o pelvianos

- Ropa rasgada, manchada (*)

- Se queja de dolor o picazón en la zona vaginal y/o anal

- Infecciones genitales y urinarias. Secreciones en pene o vagina (*).

- Hemorragias vaginal en niñas pre-púberas (*)

- Lesiones ,cicatrices, desgarros o magulladuras en los órganos sexuales, que no se

explican como accidentes (*)

- Genitales o ano hinchado, dilatados o rojos (*)

- Contusiones, erosiones o sangrado en los genitales externos, zona vaginal o anal (*)

- Enfermedades venéreas VIH-SIDA (*)

- Hematomas alrededor del ano, dilatación y desgarros anales y pérdida de tonicidad del

esfínter anal, con salida de gases y deposiciones.

- Dificultades manifiestas en la defecación y no debidas a motivos de alimentación (*)

- Tiene semen en la boca, en genitales o en la ropa (*)

- No controla esfínteres. Enuresis (incontinencia urinaria) y encopresis (incontinencia

fecal) en niños que ya han controlado primariamente.

- Embarazo, especialmente al inicio de la adolescencia, cuando es incierta la identidad

del padre.

- Somatizaciones y signos de angustia: Trastornos alimenticios (anorexia, bulimia),

dolores abdominales, fatiga crónica, trastornos del sueño.

- Indicadores emocionales y de conducta del niño (cuando no son atribuibles a otras

circunstancias) (**):

- Cambio repentino de la conducta, ya sea, hacia los extremos de la inhibición o la

irritabilidad social.

- Baja repentina de rendimiento escolar con problemas de atención, fracaso escolar,

retrasos en el habla.

- Depresión, ansiedad, llantos frecuentes.

- Baja autoestima y valoración personal.

- Culpa o vergüenza extrema.

- Retrocesos en el comportamiento: chuparse el dedo u orinarse en la cama, incluso

puede parecer retrasado (*).

- Inhibición o pudor excesivo. Parece reservado, rechazante

- Reticencia al contacto físico.

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- Aislamiento. Escasa relación con sus compañeros. Se vuelve retraído y tímido.

- No quiere cambiarse de ropa para hacer gimnasia, o pone dificultades para participar

en actividades físicas.-

- Fugas del hogar o comete acciones delictivas (*).

- Intentos o ideación suicida; o autolesiones.

- Conducta sexual, verbalizaciones o juegos sexuales no acordes a la edad(*), como

masturbación compulsiva, agresión sexual a otros niños o involucrar a otros niños en

juegos sexuales inapropiados, lenguaje y conducta que demuestran conocimientos

sexuales inadecuados para la edad, actitud seductora y erotizada, erotización de

relaciones y objetos no sexuales, interés excesivo por temas sexuales.-

- Miedo “inexplicable” de embarazo.

- Aparición de temores repentinos e infundados a una persona en especial, resistencia a

regresar a la casa después de la escuela, rechazo a alguien en forma repentina (*).

- Dice que ha sido atacado por su padre o cuidador.

- Miedo a estar solo, a los hombres o a alguna persona en especial (por lo general

adultos). Se vuelve desconfiado.

- Indicios de posesión de secretos.

- Resistencia a desnudarse y a bañarse.

- Problemas de sueño, con temores nocturnos y pesadillas.

- Comportamiento auto y hetero agresivos y sexualizados.

CONDUCTA DEL CUIDADOR (**).

< Extremadamente protector o celoso del niño.

< Alienta al niño a implicarse en actos sexuales o de prostitución en su presencia.-

< Sufrió abuso sexual en su infancia.

< Abuso de droga y alcohol.

< Está frecuentemente ausente del hogar.

(*) Factores considerados altamente sugerentes de que el menor está siendo víctima de un

delito sexual.-

(**) Extraídos en su mayoría del Manual de “ prevención del maltrato y el abuso sexual

infantil en el espacio escolar”, de apoyo para los profesores.-

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PARA EL MINIOSTERIO PÚBLICO, CONSTITUYEN ASPECTOS DE SUMA RELEVANCIA PARA LA

APLICACIÓN DEL PROTOCOLO POR PARTE DE LOS PROFESORES Y PARA UNA EFICAZ

CONTRIBUCIÓN AL INICIO Y DESARROLLO DEL PROCESO PENAL LOS SIGUIENTES:

1.- Obligación de denunciar contemplada en el artíco175 del Código Procesal Penal, en plazo

de 24 horas y sanción por el incumplimiento.-

2.- Importancia de trasladar al menor a la brevedad a un centro hospitalario.-

3.- Además, resulta importante retener y aportar todo detalle acerca del relato recibido por

parte del menos, ya que éste será generalmente el menos “contaminado”, por lo que la

persona que lo recibe es un testigo privilegiado de cómo se encontraba el niño al momento al

momento de la develación.

4.- No complicarse con la calificación jurídica del delito, eso corresponde en primera etapa a

los Fiscales y finalmente a los jueces. Lo relevante es describir certeramente todo aquello que

se pueda percibir en el niño.

5.- Cuando hay conductas sexualizadas entre niños, también es relevante denunciar, ya que si

bien, los niños menores de 14 no son responsables penalmente, es probable es que el niño

que realiza la conducta esté siendo abusado sexualmente.

6.- Resulta también importante apoyar al niño y a su entorno en relación a la perseverancia en

el proceso penal, ya que es muy común la retractación de las víctimas cuando el abuso es

intrafamiliar para “retirar” la denuncia. A pesar de eso, hemos tenido casos de condenas con

víctimas retractadas, pero son excepcionales.-

Referencias:

Jornada de Reflexión 2013”Por una Infancia Protegida”, Protocolo de Denuncia en Delitos

sexuales a Niños, Niñas y Adolecentes. MINISTERIO PUBLICO, FISCALIA, Calbuco,15/04/2013.

8.- DE LAS ACTIVIDADES. 8.1.- Dirigidas a los alumnos y alumnas.

En el marco de las actividades para los alumnos, se consideran las unidades de Orientación planificadas para el semestre y algunos talleres o charlas para cursos específicos. Por otro lado, se considera también importante la participación de los alumnos en otras actividades fuera del aula, y que estimulen el desarrollo de habilidades sociales que incidan directamente en una buena convivencia.

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8.1.1.- Del trabajo en el aula.

Meses Cursos

1° Semestre 2° Semestre

Pre-básica. Orden, Respeto Compañerismo

1º y 2º Básico Orden, Solidaridad Fortaleza

3º y 4º Básico Orden, Perseverancia Honradez

5º y 6º Básico Sociabilidad, Lealtad Pudor

7º y 8º Básico Patriotismo, Humildad Sobriedad

Unidades de Orientación.

Meses Cursos

Agosto - Septiembre Octubre - Noviembre

Pre-básica Compañerismo Sexualidad

1º Básico Mis deberes y derechos Sexualidad

2º Básico Mis derechos Sexualidad

3º Básico Somos valientes decimos la verdad.

Sexualidad

4º Básico Los demás me importan Sexualidad

5º Básico Actuando con optimismo y esfuerzo

Sexualidad

6º Básico Cuando cumplo mis deberes, respeto tus derechos

Sexualidad

7º Básico Conductas de Riesgo y Autocuidado, ¿cuánto me cuido fuera de mi hogar?

Sexualidad

8º Básico Me proyecto al futuro, ¿cómo me proyecto a la enseñanza media?

Sexualidad

Charlas y Talleres

Tema Cursos Periodo Tentativo

Consumo de alcohol y drogas, Séptimo y Octavo año. Mayo- Octubre

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efectos en la vida de un adolescente

Bullying Habilidades Sociales

Tercero a Sexto Básico Abril– Septiembre

Autoestima Primero y segundo Básico Marzo- Septiembre

Sexualidad Todos los cursos Abri –Noviembre

8.2.- Dirigidas a los Padres y Apoderados. 8.2.1.- En las reuniones de Apoderados.

La estructura de las reuniones de Apoderados considera en su primera parte revisar y comentar un tema relacionado con la Formación de nuestros alumnos. En este caso los temas están orientados hacia la formación personal, social y valórica de los alumnos como así también hacia la prevención de conductas de riesgo. Cronograma de reuniones y temas a tratar.

Cursos Temas (*) Reuniones

Pre-Kinder a Kinder • Estimulación Cognitiva en casa.

• Como estimular hábitos

• Prevención de Abuso Sexual

mensual

1º y 2º Básico • Desarrollando habilidades sociales

• Como estimular hábitos.

• Prevención de Abuso Sexual

mensual

3º y 4º Básico • Desarrollando habilidades sociales

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• Como ayudar a nuestros hijos a resolver conflictos con sus pares

• Prevención de Abuso Sexual

mensual

5º y 6º Básico • Como ayudar a nuestros hijos a resolver conflictos con sus pares

• Motivación Escolar

• Sexualidad

mensual

7º y 8º Básico • Motivación Escolar.

• El pololeo

mensual

(*) En la 1ª reunión se elegirá uno de los dos temas. Cursos Temas Reuniones

8.2.2.- Con el Centro General de Padres y Apoderados.

Reunión Fecha

a.- Reunión Informativa con el Centro General de Padres y Apoderados, referente al Plan de Convivencia Escolar del colegio.

Marzo o abril.

b.- Taller de reflexión sobre un tema de convivencia escolar.

Octubre

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8.3.- Dirigidas a los Profesores.

Las actividades con Profesores tienen un carácter formativo y tienen como objetivo generar espacios de reflexión sobre su desarrollo profesional en aquellas habilidades o competencias que tengan directa relación con el tema de la convivencia escolar. Las actividades programadas son: Actividades Fecha

a.- Charla informativa sobre Convivencia Escolar, abordando la política del Ministerio sobre el tema y las consideraciones respecto al trabajo realizado en el colegio.

- marzo, abril, mayo.

b.- Realizar un taller sobre un tema referente a formación personal.

- marzo a junio.

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Camino San José s/n. San José, Calbuco.

Teléfonos: 065/576417 Correo: [email protected]