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Chilpancingo, Gro.,Viernes 11 de Mayo de 2007 Año LXXXVIII No. 38 Características 114212816 Permiso 0341083 Oficio No. 4044 23-IX-1991 Precio del Ejemplar: $10.76 C O N T E N I D O PODER EJECUTIVO DECRETO QUE CREA EL CONSEJO TÉCNICO DE ADOPCIONES DEL ESTADO DE GUERRERO................. CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA FISCAL, CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO DEL ESTADO Y EL MUNICIPIO DE JUCHITÁN, GUERRERO............................... CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA FISCAL, CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO DEL ESTADO Y EL MUNICIPIO DE MARQUELIA, GUERRERO............................... CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA FISCAL, CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO DEL ESTADO Y EL MUNICIPIO DE OMETEPEC, GUERRERO............................... 6 14 19 24

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Viernes 11 de Mayo de 2007 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO 1

Chilpancingo, Gro.,Viernes 11 de Mayo de 2007

Año LXXXVIII No. 38

Características 114212816Permiso 0341083Oficio No. 4044 23-IX-1991

Precio del Ejemplar: $10.76

C O N T E N I D OPODER EJECUTIVO

DECRETO QUE CREA EL CONSEJO TÉCNICO DE ADOPCIONESDEL ESTADO DE GUERRERO.................

CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA ENMATERIA FISCAL, CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNODEL ESTADO Y EL MUNICIPIO DE JUCHITÁN,GUERRERO...............................

CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA ENMATERIA FISCAL, CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNODEL ESTADO Y EL MUNICIPIO DE MARQUELIA,GUERRERO...............................

CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA ENMATERIA FISCAL, CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNODEL ESTADO Y EL MUNICIPIO DE OMETEPEC,GUERRERO...............................

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2 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO Viernes 11 de Mayo de 2007

CONTENIDO(Continuación)

CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA ENMATERIA FISCAL, CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNODEL ESTADO Y EL MUNICIPIO DE SAN LUISACATLÁN, GUERRERO....................

CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA ENMATERIA FISCAL, CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNODEL ESTADO Y EL MUNICIPIO DE TECOANAPA,GUERRERO...............................

CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA ENMATERIA FISCAL, CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNODEL ESTADO Y EL MUNICIPIO DETLACOACHISTLAHUACA, GUERRERO...........

CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA ENMATERIA FISCAL, CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNODEL ESTADO Y EL MUNICIPIO DE TLALCHAPA,GUERRERO...............................

SECCION DE AVISOS

Tercera publicación de edicto exp. No. 488-2/2005,relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil, promovidoen el Juzgado 4/o. de 1/a. Instancia del RamoCivil en Acapulco, Gro.....................

Tercera Publicación de edicto exp. No. 262/1993-II,relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil, promovidoen el Juzgado 2/o. de 1/a. Instancia del RamoCivil en Chilpancingo, Gro.................

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Viernes 11 de Mayo de 2007 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO 3

SECCION DE AVISOS(Continuación)

Tercera publicación de edicto exp. No. 1015-1/2006,relativo al Juicio de Divorcio Necesario,promovido en el Juzgado de 1/a. Instancia delRamo Familiar en Chilpancingo, Gro..........

Tercera publicación de edicto exp. No. 50/2007,relativo al Juicio de Divorcio Necesario,promovido en el Juzgado 2/o. de 1/a. Instanciadel Ramo Civil y Familiar en Zihuatanejo,Gro........................................

Tercera publicación del edicto exp. No. 271-1/03,relativo al Juicio de Incidente de Ejecución deSentencia, promovido en el Juzgado 3/o. de1/a. Instancia del Ramo Familiar en Acapulco,Gro........................................

Segunda publicación de Aviso Notarial de SucesiónTestamentaria, emitido por la Notaría PúblicaNo. 2 de Acapulco, Gro.....................

Segunda publicación de extracto de primera inscripcióndel predio urbano, ubicado en Calle Benito JuárezNo. 20, de Atoyác de Álvarez, Gro...........

Segunda publicación de extracto de primera inscripcióndel predio urbano, conocido como Nepantlal,o Calle Lázaro Cárdenas S/N, de Ixcateopan,Gro.......................................

Segunda publicación de edicto exp. No. 148-2001-2,relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil, promovidoen el Juzgado 2/o. de 1/a. Instancia del RamoCivil en Zihuatanejo, Gro..................

Segunda publicación de edicto exp. No. 494-2/2005,relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil, promovidoen el Juzgado 6/o. de 1/a. Instancia del RamoCivil en Acapulco, Gro.....................

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4 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO Viernes 11 de Mayo de 2007

SECCION DE AVISOS(Continuación)

Segunda publicación del edicto exp. No. 167-1/06,relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil, promovidoen el Juzgado 5/o. de 1/a. Instancia del RamoCivil en Acapulco, Gro.....................

Segunda publicación de edicto exp. No. 528-1/2003,relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil, promovidoen el Juzgado 2/o. de 1/a. Instancia del RamoCivil en Acapulco, Gro.....................

Primera publicación de extracto de primera inscripcióndel predio urbano, ubicado en la Calle AmadoNervo Número 97, de Chilpancingo, Gro.......

Primera publicación de extracto de primera inscripciónde una fracción del predio urbano, ubicado en laCalle Independencia, al Sur de la Poblaciónde Ixcateopan, Gro.........................

Primera publicación de extracto de primera inscripcióndel predio urbano, ubicado en la Calle FranciscoI. Madero, de Mochitlán, Gro.................

Primera publicación de extracto de primera inscripcióndel predio rústico, ubicado en Cohuilotitlán,Municipio de Mochitlán, Gro.................

Primera publicación de extracto de primera inscripcióndel predio rústico, ubicado en Chipetlán,Municipio de Mochitlán, Gro...............

Primera publicación de extracto de primera inscripcióndel predio rústico, ubicado en Coatolo, Municipiode Mochitlán, Gro.........................

Primera publicación de extracto de primera inscripcióndel predio rústico, ubicado en Coatolo o MalPaso, Municipio de Mochitlán, Gro...........

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SECCION DE AVISOS(Continuación)

Primera publicación de extracto de primera inscripcióndel predio rústico, ubicado en el punto denominadoPala, de Mochitlán, Gro.....................

Primera publicación de edicto exp. No. 34-1/2006,relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil, promovidoen el Juzgado 6/o. de 1/a. Instancia del RamoCivil en Acapulco, Gro......................

Primera publicación de edicto exp. No. 362-2/01,relativo a la Ejecución de Sentencia, promovidoen el Juzgado 2/o. de 1/a. Instancia del RamoFamiliar en Acapulco, Gro.................

Primera publicación de edicto exp. No. 213-1/2001,relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil, promovidoen el Juzgado 3/o. de 1/a. Instancia del RamoCivil en Acapulco, Gro.....................

Publicación de edicto relativo a la Causa PenalNo. 059-II/2005, promovido en el Juzgado 1/o. de1/a. Instancia del Ramo Penal en Chilpancingo,Gro.........................................

Publicación de edicto relativo a la Causa PenalNo. 134/2002-II, promovido en el Juzgado 3/o. de1/a. Instancia del Ramo Penal en Chilpancingo,Gro........................................

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6 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO Viernes 11 de Mayo de 2007

PODER EJECUTIVO

DECRETO QUE CREA EL CONSEJOTÉCNICO DE ADOPCIONES DELESTADO DE GUERRERO.

Al margen un sello con elEscudo Oficial que dice: Gobiernodel Estado Libre y Soberano deGuerrero.- Poder Ejecutivo.

CARLOS ZEFERINO TORREBLANCAGALINDO, GOBERNADOR CONSTITUCIO-NAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANODE GUERRERO, CON FUNDAMENTOEN LOS ARTÍCULOS 74, FRACCIÓNIV Y 76 DE LA CONSTITUCIÓNPOLÍTICA DEL ESTADO LIBRE YSOBERANO DE GUERRERO, Y CON LASFACULTADES QUE ME CONFIERENLOS ARTÍCULOS 1o., 2o., 6o., 10Y 20, FRACCIÓN III, DE LA LEYORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓNPÚBLICA DEL ESTADO DE GUERRERO,Y

C O N S I D E R A N D O

Que el Plan Estatal de Desa-rrollo 2005-2011, contemplaacciones fundamentales parael desarrollo social y humanocon el objetivo que la accióngubernamental sea una corres-ponsabilidad con todos los seg-mentos de la sociedad.

Que por tal motivo, es nece-sario impulsar la actualizacióndel marco legal normativo de laasistencia social, que permitagenerar acciones jurídicas para

la protección de personas endesamparo y establecer un modelode desarrollo para las familiasen estado de vulnerabilidad.

Que la Asamblea General dela Organización de las NacionesUnidas, llevó a cabo el día 20de Noviembre de 1989, la Conven-ción sobre los Derechos delNiño, donde reconoce el derechoa la familia como un derechoinalienable de todo ser humanoy establece que todos los Estadosque forman parte de la Organiza-ción, reconozcan el derecho detodo niño a un nivel de vida ade-cuado, para su desarrollo físico,mental, espiritual, moral y so-cial, que reconozcan y permitanel sistema de adopción, teniendoel Estado como consideraciónprimordial, cuidar el interéssuperior del niño, esta Conven-ción fue reconocida por nuestroPaís el 25 de enero de 1991, me-diante Decreto publicado en elDiario Oficial de la Federación.

Que la obligación contraída,hace necesario adecuar nuestralegislación local a la Convenciónsobre Protección de Menores yCooperación en Materia de Adop-ción Internacional, y a lo pre-visto en la Convención sobrelos Derechos del Niño, con elfin de hacer efectivo lo ordenadoen los pactos internacionalesy de los cuales México ha sus-

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crito y forma parte.

Que por lo anterior, esfundamental la creación delConsejo Técnico de Adopciones,del Estado de Guerrero, quetendrá como línea primordial,la de analizar las solicitudesde adopción, dando así al órganojurisdiccional elementos deconvicción para ejercer su fa-cultad de resolver de maneradefinitiva, atendiendo al interéssupremo del menor.

Que el Consejo Técnico deAdopciones del Estado de Gue-rrero, como órgano colegiado,se integrará de forma interins-titucional y será el encargadode llevar los trámites preadop-tivos, que busca dar certeza alprocedimiento para garantizarque los candidatos a adoptar,cumplan con una serie de requi-sitos previos a la solicitudjudicial de adopción a fin degarantizar el interés supremodel niño.

Que en congruencia con loanterior, la presente adminis-tración estatal asume la respon-sabilidad de Estado de otorgarla mejor protección a la familiay a sus miembros, y en consecuen-cia, se plantea la creación delConsejo Técnico de Adopcionesdel Estado de Guerrero, que ase-gure la protección del infantey la buena marcha de la familia,a través de servidores públicosespecializados en la materia,para la vigilancia y proteccióníntegra, y adecuada del niño,desde todas sus perspectivas.

La Junta de Gobierno delOrganismo Público Descentrali-zado, Sistema para el DesarrolloIntegral de la Familia del Esta-do de Guerrero, tomando en con-sideración la necesidad de darcerteza jurídica al procedimientode adopción, en Sesión Extraordi-naria de fecha nueve de abrildel dos mil siete, aprobó lapropuesta de creación del Conse-jo Técnico de Adopciones delEstado de Guerrero.

Por lo anteriormente ex-puesto y fundado, he tenido abien expedir el siguiente:

DECRETO QUE CREA EL CONSEJOTÉCNICO DE ADOPCIONES DELESTADO DE GUERRERO.

CAPÍTULO IDEL OBJETO

Artículo 1.- El ConsejoTécnico de Adopciones del Estadode Guerrero, se crea como un ór-gano técnico de colaboraciónconsulta y apoyo del Sistemapara el Desarrollo Integral dela Familia del Estado de Gue-rrero; y tendrá como objetoproteger el interés de las per-sonas sujetas a la adopción.

CAPÍTULO IIDE LA INTEGRACIÓN DEL

CONSEJO

Artículo 2.- El ConsejoTécnico de Adopciones del Estadode Guerrero, se integra por:

I.- Presidente Honorario,el Gobernador Constitucional

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del Estado;

II.- Consejero, el Secreta-rio General de Gobierno;

III.- Consejero, el Procura-dor General de Justicia delEstado;

IV.- Consejero, el Secreta-rio de Desarrollo Social delEstado;

V.- Presidente Ejecutivo,el Director General del Sistemapara el Desarrollo Integralde la Familia del Estado deGuerrero;

VI.- Consejero, el Presi-dente de la Comisión de Defensade los Derechos Humanos delEstado de Guerrero;

VII.- Tres Consejeros desig-nados por el Sistema para el De-sarrollo Integral de la Familiadel Estado de Guerrero, queserán: un Médico, un Psicólogoy un Abogado;

VIII.- Un Secretario Técnicoque será el Titular de la Pro-curaduría de la Defensa delos Menores; y

IX.- Un Consejero que seráun Representante de las Insti-tuciones Públicas y Privadas,cuyo objeto será procurar laadopción.

Por cada consejero titularse designará un suplente, debién-dose acreditar por escrito antela Secretaría Técnica; los

integrantes del Consejo Técnicode Adopciones del Estado de Gue-rrero desempeñarán el cargo enforma honorífica, por lo queno recibirán retribución algunapor su labor en el mismo.

CAPÍTULO IIIDE LAS ATRIBUCIONES DEL

CONSEJO

Artículo 3.- El ConsejoTécnico de Adopciones del Esta-do de Guerrero, tendrá las atri-buciones siguientes:

I.- Formular propuesta enel procedimiento previo a laadopción;

II.- Emitir opinión sobrela situación jurídica de losmenores o candidatos a adoptantescuando así lo soliciten lasautoridades competentes;

III.- Promover la agiliza-ción de los trámites encamina-dos a la definición de la situa-ción jurídica de los menoresalbergados en centros asisten-ciales públicos y privados delEstado;

IV.- Emitir opinión sobrelas solicitudes de adopciónpresentadas con base en lasvaloraciones practicadas porlos profesionales de las áreasjurídica, médica, psicológicay de trabajo social, del Sistemapara el Desarrollo Integralde la Familia del Estado de Gue-rrero;

V.- Unificar los criterios

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de los Programas de Adopciónque se realizan en el Estadocon la finalidad de lograr launiformidad de los mismos enlas Instituciones Públicas yPrivadas;

VI.- Verificar que lossolicitantes tanto nacionalescomo extranjeros cumplan conlos requisitos establecidosen los Códigos Civil y ProcesalCivil del Estado de Guerrero,en los instrumentos internacio-nales sobre la materia y en elReglamento del Consejo Técnicode Adopciones del Estado deGuerrero;

VII.- Cumplir con el objeti-vo general y las funciones pro-pias del Consejo Técnico deAdopciones del Estado de Gue-rrero, en coordinación con lasautoridades competentes;

VIII.- Crear un padrón deinstituciones que tengan enguarda, cuidado o custodia, amenores que pueden ser sujetosde adopción y mantenerlo actua-lizado;

IX.- Intervenir en losjuicios de adopción en los tér-minos que disponga la ley o laautoridad judicial, como órganode consulta;

X.- Acreditar a los profe-sionales de los servicios jurí-dicos, de psicología, de trabajosocial y médico, para la aplica-ción de los estudios que deberánpracticarse a los solicitantesde la adopción, tanto nacionales

como extranjeros, previa auto-rización del Sistema para elDesarrollo Integral de la Familiadel Estado de Guerrero;

XI.- Promover la actuali-zación y capacitación permanentede los profesionales acreditadosde los servicios jurídicos, depsicología, de trabajo socialy médico que atiendan las solici-tudes de adopción;

XII.- Llevar el registrode protección de menores;

XIII.- Elaborar su regla-mento;

XIV.- Dar seguimiento a lasadopciones, una vez concluidoel proceso judicial, coadyuvandoen la revocación si fuere nece-saria a su juicio; y

XV.- Las demás que deter-mine la ley y que estén relacio-nadas con sus fines y objetivos,o que se encuentren contenidasen otros ordenamientos.

Artículo 4.- El ConsejoTécnico de Adopciones del Estadode Guerrero, puede invitar comoparticipantes a servidores pú-blicos de otros poderes, depen-dencias o entidades relacionadascon el tema de la adopción,quienes tendrán voz pero novoto.

Artículo 5.- Se podrá invi-tar con voz pero sin voto aespecialistas, cuyas opinionespuedan ser de utilidad en latoma de decisiones.

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10 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO Viernes 11 de Mayo de 2007

CAPÍTULO IVDE LAS REUNIONES DEL

CONSEJO

Artículo 6.- El ConsejoTécnico de Adopciones del Estadode Guerrero se reunirá de maneraordinaria una vez al mes y cuan-do lo convoque el PresidenteEjecutivo del mismo, para sesio-nar se requerirá la presenciade la mitad más uno de los miem-bros del Consejo.

El Presidente Ejecutivoconvocará a las sesiones, concarácter extraordinario, a ini-ciativa propia o a petición dela mayoría de los miembros, porcausas justificadas en interésde los menores.

Artículo 7.- Las reunionesse harán secretas exceptuándoseaquellos casos en que a juiciodel Consejo Técnico de Adopcionesdel Estado de Guerrero debanestar presentes los solicitantes.

Artículo 8.- Los acuerdosse tomarán por mayoría de losmiembros presentes, teniendoquien presida la sesión votode calidad en caso de empate,decisiones que tendrán el carác-ter de irrevocables, los miembrospresentes del Consejo Técnicode Adopciones del Estado deGuerrero no podrán ausentarseen las votaciones.

Artículo 9.- En cada sesiónel Secretario Técnico levantaráun acta en la que se consignenlos acuerdos que se hayantomado.

Artículo 10.- El ConsejoTécnico de Adopciones del Estadode Guerrero, por conducto desu Presidente Ejecutivo rendiráal Ejecutivo Estatal un informeanual de actividades.

CAPÍTULO VDE LAS INSTITUCIONES DE

GUARDA

Artículo 11.- Para efectode dar cumplimiento al contenidodel artículo 3 fracción VIIIdel presente Decreto se estableceque son obligaciones de todaslas instituciones que custodianmenores de edad en el Estado,las siguientes:

I.- Registrarse ante elConsejo Técnico de Adopcionesdel Estado de Guerrero dentrode los treinta días siguientes,a la fecha de iniciación deactividades;

II.- Presentar al ConsejoTécnico de Adopciones del Estadode Guerrero un informe trimestralque incluya entre otros, losdatos generales de los menoresque custodien y los de quien oquienes autorizaron su ingresoa la institución respectiva;

III.- Presentar al ConsejoTécnico de Adopciones del Estadode Guerrero un aviso de ingresoy egreso de los menores de edad,dentro de los tres días siguientesa que sucedan estos hechos yacompañando en el primer casofotografía del menor; y

IV.- Proporcionar al Con-

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sejo Técnico de Adopciones delEstado de Guerrero, a travésde las personas que para talefecto designe, las facilidadesde acceso a las instalaciones,registro, expedientes; asícomo a los menores en custodiapara verificar la informaciónentregada al mismo.

Artículo 12.- Se conside-rarán instituciones que custodianmenores de edad, todas aquellasque prestan servicios de guarda,cuidado o custodia de menoresbajo el sistema de internadoy similares.

CAPÍTULO VIDEL PROCEDIMIENTO

PREADOPTIVO

Artículo 13.- El ConsejoTécnico de Adopciones del Estadode Guerrero actuará con máximadiligencia, evitando atrasosen la propuesta de las adopcionesque vayan en perjuicio de losmenores.

Artículo 14.- Las personascon residencia habitual en elEstado de Guerrero, que deseenadoptar a un menor en el extran-jero deberán presentar la soli-citud ante el Consejo Técnicode Adopciones del Estado deGuerrero, por conducto delPresidente Ejecutivo.

El Consejo Técnico de Adop-ciones del Estado de Guerreroserá el encargado de tramitarla solicitud, valorar y certi-ficar su idoneidad, y realizarel preceptivo seguimiento del

menor, de acuerdo con los re-quisitos exigidos por su país deorigen.

Artículo 15.- Corresponderáal Consejo Técnico de Adopcionesdel Estado de Guerrero la expe-dición del certificado de ido-neidad y el compromiso de segui-miento. El certificado de ido-neidad deberá ser emitido enun plazo máximo de seis meses.Así mismo, en los procesos deadopción se evitarán las demorasque vayan en perjuicio delmenor.

Corresponde al Consejo Téc-nico de Adopciones del Estadode Guerrero, facilitar dentrode sus competencias, los proce-dimientos de adopción interna-cional; velar porque los solici-tantes reciban la informaciónadecuada sobre la adopcióninternacional y su proceso, ydar apoyo a los adoptantes, enforma de asesoramiento técnico.

Artículo 16.- El procesode valoración se agilizará almáximo en los casos de solici-tantes que hubiesen finalizadopreviamente otro proceso deadopción.

Artículo 17.- La propuestade adopción deberá incluir elestudio completo del menor yde la familia en que se sustentela viabilidad de la adopción.

El expediente que se integredeberá contener, en todo caso,todos los requisitos formales,en especial los consentimientos

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necesarios, así como los informesdel menor y las circunstanciasde su familia que aconsejenla adopción. Incluirá tambiénlos informes y valoración dela idoneidad de las familiaso las personas solicitantespropuestas para cada menor.

Artículo 18.- El ConsejoTécnico de Adopciones del Estadode Guerrero formulará las pro-puestas en el procedimientoprevio a la adopción, atendiendoal contenido de los informessobre el menor y la familiaseleccionada como idónea.

Solamente se formularánpropuestas de adopción en favorde personas que, cumpliendolos requisitos previstos e ins-critas en el libro correspon-diente del registro, hayan sidoobjeto de un estudio de suscircunstancias sociofamiliaresy hayan sido declaradas idóneaspor el organismo competente.

Artículo 19.- La valoraciónse referirá a las característicassocio familiares y económicaspersonales de los solicitantesque permitan declarar su ido-neidad para el ejercicio de lasfunciones propias de la patriapotestad o de la autoridadfamiliar.

Artículo 20.- Reglamenta-riamente se regulará el proce-dimiento de valoración de lossolicitantes de adopción y sefijarán los criterios y condi-ciones que deban reunir paraser declarados idóneos.

Artículo 21.- La resoluciónque declare la idoneidad o node los solicitantes habrá de serfundada y motivada, expresandode modo claro y comprensiblelas razones de dicha decisión,y deberá ser notificada a losinteresados y hacerse la anota-ción correspondiente en el re-gistro. A la notificación deesta resolución se adjuntarácopia del informe psicosocialelaborado sobre los solicitantesy que sirvió para elaborar laresolución.

Artículo 22.- El ConsejoTécnico de Adopciones del Estadode Guerrero sólo formulará pro-puestas de adopción de un menoren favor de las personas, ins-critas en el registro, y quepreviamente hayan sido declara-das idóneas para asegurar lacobertura de las necesidadesdel menor y el cumplimiento delas obligaciones legalmenteestablecidas.

Artículo 23.- La propuestade adopción expresará ademásde lo exigido en la ley, lossiguientes datos:

I.- Historia completa delmenor;

II.- Asistencia entre adop-tante y adoptado con capacidadnecesaria;

III.- Ausencia de impedi-mento legal;

IV.- Los informes del adop-tante o adoptantes relativos

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a sus condiciones económicas,personales, familiares y socia-les, medios de vida y relacionescon el adoptado; y

V.- Cuantos documentos einformes sean necesarios.

Artículo 24.- Todas lasactuaciones del procedimientopreadoptivo serán secretas.

CAPÍTULO VIIDEL REGISTRO DE ADOPCIONES

DEL CONSEJO

Artículo 25.- El ConsejoTécnico de Adopciones del Estadode Guerrero, a través del Se-cretario Técnico llevará unregistro que constará de tressecciones:

I.- Sección primera, de so-licitantes, en la que se inscri-birán las personas que hayanpresentado la solicitud de serconsideradas como adoptantes;

II.- Sección segunda, defamilia o personas inscritas,en la que constarán las solici-tudes que previa calificaciónreúnan los requisitos exigidos;y

III.- Sección tercera, deAdopción Internacional, en laque se registrarán las solicitu-des de adopción internacional.

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO.- El presente De-creto entrará en vigor al díasiguiente de su publicación

en el Periódico Oficial del Go-bierno del Estado de Guerrero.

SEGUNDO.- Para los efec-tos de registro de las institu-ciones que tienen en guarda,cuidado o custodia de menores,constituidas antes de la fechade este Decreto, deberán hacerlodentro de los treinta díasnaturales siguientes a supublicación.

TERCERO.- El Reglamentodel Consejo Técnico de Adopcionesdel Estado de Guerrero se emitirádentro de los sesenta días na-turales siguientes a la entradaen vigencia del presente Decreto.

Dado en la Residencia Ofi-cial del Poder Ejecutivo, en laCiudad de Chilpancingo, Capitaldel Estado de Guerrero, a losveinte días del mes de Abrildel año dos mil siete.

EL GOBERNADOR CONSTITUCIONALDEL ESTADO DE GUERRERO.C. C. P. CARLOS ZEFERINO TORRE-BLANCA GALINDO.Rúbrica.

EL SECRETARIO GENERAL DELGOBIERNO DEL ESTADO.C. LIC. ARMANDO CHAVARRÍABARRERA.Rúbrica.

EL DIRECTOR GENERAL DEL SISTEMAPARA EL DESARROLLO INTEGRALDE LA FAMILIA DEL ESTADO DEGUERRERO.C. DR. JORGE VALLEJO GONZÁLEZ.Rúbrica.

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14 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO Viernes 11 de Mayo de 2007

CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMI-NISTRATIVA EN MATERIA FISCALA CELEBRARSE ENTRE EL GOBIERNODEL ESTADO DE GUERRERO, POR CON-DUCTO DEL C.P. CARLOS ZEFERINOTORREBLANCA GALINDO, EN SU CA-RÁCTER DE GOBERNADOR CONSTI-TUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SO-BERANO DE GUERRERO, Y EL C.P.CARLOS ÁLVAREZ REYES, EN SUCARÁCTER DE SECRETARIO DE FI-NANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL GO-BIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO,QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ"EL ESTADO", Y EL MUNICIPIO DEJUCHITÁN, REPRESENTADO POR ELC.P. DEMETRIO GUZMÁN AGUILAR,PRESIDENTE MUNICIPAL CONS-TITUCIONAL, QUIEN EN LO SUCESIVOSE DENOMINARÁ "EL MUNICIPIO",EN EL MARCO DE LA INSTALACIÓNDEL SISTEMA ESTATAL DE COORDIAN-CIÓN FISCAL, CON FUNDAMENTO ENLOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTI-TUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOSUNIDOS MEXICANOS; 74, FRACCIÓNXXXVII, 92 Y 93 DE LA CONSTITU-CIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBREY SOBERANO DE GUERRERO; 2, 4,13, 22 FRACCIONES V Y XLI, DE LALEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓNPÚBLICA ESTATAL; 6, FRACCIÓNIII, 62, FRACCIÓN II, 72, Y 73,FRACCIONES XVI Y XXVI, DE LA LEYORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBREDEL ESTADO DE GUERRERO; 2, 4,12, 13, 14, 15, 19, 20, 21,22 Y 23 DE LA LEY NÚMERO 251QUE CREA EL SISTEMA ESTATAL DECOORDINACIÓN FISCAL Y ESTABLECELAS BASES, MONTOS Y PLAZOS A LOSQUE SE SUJETARÁN LAS PARTICIPA-CIONES FEDERALES.

DECLARACIONES

"EL ESTADO" declara:

A. Que una de las líneasestratégicas del Gobierno Esta-tal es fortalecer las haciendaspúblicas, no sólo estatales,sino también las municipales,dando total participación alos Municipios que componennuestra entidad federativa,para así, en conjunto, lograrabatir el rezago que se sufreen distintas áreas sociales.

B. Que nuestra legislaciónlocal regula el Sistema Estatalde Coordinación Fiscal, que seerige como una institución quefomenta el debate de ideas y lacolaboración entre distintosámbitos de gobierno, y en dondelos municipios encuentran unverdadero foro en el que puedenexponer distintas propuestasque coadyuven a fortalecer lasfinanzas públicas, lo que sinduda nos ofrece la oportunidadde iniciar un diálogo directopermanente entre los municipiosguerrerenses y el gobiernoestatal.

C. Que el Estado tiene comoobligación procurar los meca-nismos y propuestas financieraspara que los municipios que lointegran participen de maneradirecta en las políticas econó-micas de la entidad, en el marcode un nuevo federalismo hacenda-rio que procure tanto el desarro-llo económico como una justadistribución de la riqueza yque, por lo tanto, se fortalezcala Hacienda Pública Estatal yMunicipal, para lo cual se hace

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necesario celebrar este Conveniode Colaboración para que losMunicipios suscriptores seanactores importantes en estanueva cultura fiscal.

D. Que la suscripción deeste Convenio nos brinde la po-sibilidad de instrumentar losmedios necesarios para que elGobierno Estatal y el Municipalse coordinen en acciones quetienda a elevar la recaudacióny que ambos gocen de los benefi-cios que ofrecen las finanzaspúblicas fortalecidas.

"EL MUNICIPIO" declara:

A. Que reconoce la necesidadde encontrar nuevos mecanismosque le permita aumentar su ha-cienda municipal, para estar encondiciones de brindar mayoressatisfactores a sus habitantes.

B. Que tienen pleno interésen adherirse al presente Conveniocon la finalidad de participaractivamente en las estrategiasy políticas fiscales, lo queredundará en beneficio de lapoblación guerrerense.

C. Que es su voluntad cola-borar de manera directa en lasactividades que se originen dela aplicación del marco jurídicorector en materia fiscal y fi-nanciera, así como en las tareasencomendadas dentro del SistemaEstatal de Coordinación Fiscal,de forma activa y continua encada una de las regiones quecomponen nuestra entidad fe-derativa.

En razón de lo expuesto yfundado, celebran el presenteConvenio, al tenor de las siguien-tes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- Es objeto delpresente Convenio, la colabora-ción y coordinación entre "ELESTADO" y "EL MUNICIPIO" a finde llevar a cabo una relaciónrecíproca de colaboración fiscalque permita incrementar el de-sarrollo económico del Estado,así como el de implementar pro-gramas fiscales que beneficienla recaudación tributaria encada uno de los municipios queintegran el territorio de nues-tra entidad federativa.

SEGUNDA.- Que "EL MUNICI-PIO" es parte integrante delSistema Estatal de CoordinaciónFiscal, y que tiene pleno cono-cimiento de las funciones que deella emanan, y que entre lasmás relevantes se encuentran:

I.- Estudiar, con finesde su modernización, la legisla-ción fiscal y hacendaria, asícomo las disposiciones admi-nistrativas tendientes a proveersu cabal ejecución, así comola aplicación de las mismas.

II.- Proponer medidas téc-nicas para fortalecer la HaciendaPública Municipal y mejorar suorganización y elevar la eficien-cia de su funcionamiento.

III.- Estudiar los mecanis-mos y fórmulas de distribución

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de las participaciones munici-pales, para asegurar permanente-mente la observancia de los cri-terios de equidad y proporciona-lidad.

IV.- Sugerir medidas enca-minadas a mejorar las relacionesde colaboración administrativaentre las haciendas.

V.- Reforzar los programasde capacitación, adiestramientoy desarrollo de personal y deintercambio tecnológico.

VI.- Establecer, manejary controlar los Fondos que pre-viene el último párrafo del Ar-tículo 116 del Código FiscalMunicipal, destinados al desa-rrollo tributario.

VII.- Coadyuvar a la soluciónde controversias entre los Ayun-tamientos en materia de compe-tencias tributarias, coordina-ción fiscal y participaciones;y

VIII.- Informar de sus ac-tividades a la Reunión Estatalde Ayuntamientos.

Así también reconoce eneste acto que por disposiciónlegal expresa los acuerdos to-mados en dichas sesiones sonde observancia obligatoria paratodos sus integrantes, y en loque hace a las facultades potes-tativas de cada uno de los in-tegrantes del Sistema Estatalde Coordinación Fiscal, puedenéstos firmar con "EL ESTADO"Anexos que tendrán como sustento

el presente Acuerdo, en dondese instrumentará de manera deta-llada acciones en materia fiscaltendientes a lograr una aplica-ción eficaz del marco jurídicoque rige esta materia, por loque los derechos y obligacionespactados en los Anexos seránadicionales a los acuerdos toma-dos en las sesiones del SistemaEstatal de Coordinación Fiscal;por lo que el presente Convenioy todos los documentos que sesuscriban para este efecto,serán considerados como unaunidad.

TERCERA.- "EL MUNICIPIO" alfirmar los Anexos se comprometea realizar todos los actos ten-dientes a instrumentar dentrode su competencia territorialtodo lo necesario para que tengaplena aplicación el Anexo fir-mado, así como instruirán a losservidores públicos que tengana su cargo las finanzas públicasmunicipales para que apliquencon toda prontitud y exactitudlas disposiciones contenidasen dicho Anexo.

CUARTA.- "EL ESTADO" ten-drá la obligación de asistira "EL MUNICIPIO" en todas lasconsultas que realice, y desa-rrollará las acciones necesariastendientes a informar con todaoportunidad de los lineamientos,políticas, reformas al marcolegal y criterios que tenganimpacto directo en las materiasque trate cada uno de losAnexos que se firmen.

QUINTA.- Las partes de-

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berán establecer representantesde cada uno de ellos, con la fi-nalidad de facilitar el traba-jo y el intercambio de informa-ción, estos representantes seindicarán en cada Anexo quese firme a este respecto.

SEXTA.- En caso de que elmarco legal vigente establezcala facultad a cargo de "EL MU-NICIPIO" de retener contribu-ciones, éste tendrán la obliga-ción de observar su plena apli-cación, pero no limita a laspartes a firmar Anexos en dondese establezcan mecanismos adi-cionales a los establecidos enley, con la única finalidad defacilitar la labor recaudadoray establecer vínculos de co-municación más eficaces entrelas partes.

SÉPTIMA.- La Secretaríade Finanzas y Administracióndel Gobierno del Estado serála encargada de elaborar losAnexos que se firmen en el marcodel presente Convenio, y tendrála obligación de informar a"EL MUNICIPIO" firmante el con-tenido de cada uno de ellos,prestando en todo tiempo aseso-ría sobre el tema.

OCTAVA.- Los Anexos firma-dos al amparo del presente Con-venio deberán versar única yexclusivamente sobre las mate-rias que se traten dentro delSistema Estatal de CoordinaciónFiscal.

NOVENA.- Los Anexos cons-tituirán compromisos institu-

cionales permanentes que de ma-nera libre pactan las partes,pero cuando el objeto del Anexoobligue a establecer su términode duración, al transcurrir elplazo fijado las partes podránrenovarlo.

DÉCIMA.- En caso de que"EL MUNICIPIO" no renueve elAnexo en los términos descritosen la cláusula que antecede,ésto no lo exime de su obligaciónde cumplir con lo que el marcolegal vigente le imponga.

DÉCIMA PRIMERA.- En casode existir controversia en lainterpretación y aplicacióndel presente Convenio y dealguno de los Anexos que sefirmen, se deberá someter lainconformidad ante el Coordina-dor de la Comisión Permanentede Funcionarios Fiscales Esta-tal, mismo que analizará y con-vocará a una reunión con losinteresados con la finalidadde brindar una solución quelogre el consenso entre laspartes.

DÉCIMO SEGUNDA.- Cuandosea posible los Anexos podránregular programas operativosanuales, para llevar a cabolas acciones coordinadas enmateria de verificación delcumplimiento de la obligaciónfiscal, y que de preferenciainiciaran con el ejercicio fis-cal correspondiente.

DÉCIMO TERCERA.- El per-sonal que emplee "EL MUNCIPIO"con motivo de la coordinación

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descrita en este Convenio seentiende que es una relaciónlaboral única y exclusivamentecon la respectiva administraciónpública municipal, sin que puedaexistir responsabilidad laboralalguna para "EL ESTADO".

DÉCIMO CUARTA.- El presenteConvenio tendrá una vigenciaindefinida contada a partirdel día de su suscripción.

Leído que fue el presenteConvenio y enteradas las partesde su contenido, alcance y fuer-za legal, lo firman de conformidady por duplicado, los que en élintervinieron en la Ciudad deAcapulco de Juárez, Guerrero,a los veintitrés días del mesde marzo de 2006.

C.P. ZEFERINO TORREBLANCAGALINDO.GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DELESTADO LIBRE Y SOBERANO DEGUERRERO.Rúbrica.

POR "EL GOBIERNO"

C.P. CARLOS ÁLVAREZ REYES.SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMI-NISTRACIÓN DEL ESTADO DE GUE-RRERO.Rúbrica.

LIC. ARMANDO CHAVARRÍA BARRERA.SECRETARIO GENERAL DEL GOBIERNODEL ESTADO.Rúbrica.

POR "EL MUNICIPIO"

C.P. DEMETRIO GUZMÁN AGUILAR.PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITU-CIONAL DE JUCHITÁN.Rúbrica.

PROFR. MISAEL PARRAL RAMÍREZ.SECRETARIO MUNICIPAL DELAYUNTAMIENTO DE JUCHITÁN.Rúbrica.

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CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMI-NISTRATIVA EN MATERIA FISCALA CELEBRARSE ENTRE EL GOBIERNODEL ESTADO DE GUERRERO, POR CON-DUCTO DEL C.P. CARLOS ZEFERINOTORREBLANCA GALINDO, EN SU CA-RÁCTER DE GOBERNADOR CONSTI-TUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SO-BERANO DE GUERRERO, Y EL C.P.CARLOS ÁLVAREZ REYES, EN SUCARÁCTER DE SECRETARIO DE FI-NANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL GO-BIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO,QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ"EL ESTADO", Y EL MUNICIPIO DEMARQUELIA, REPRESENTADO POR ELING. JAIME CARMONA HUERTA,PRESIDENTE MUNICIPAL CONS-TITUCIONAL, QUIEN EN LO SUCESIVOSE DENOMINARÁ "EL MUNICIPIO",EN EL MARCO DE LA INSTALACIÓNDEL SISTEMA ESTATAL DE COORDIAN-CIÓN FISCAL, CON FUNDAMENTO ENLOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTI-TUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOSUNIDOS MEXICANOS; 74, FRACCIÓNXXXVII, 92 Y 93 DE LA CONSTITU-CIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBREY SOBERANO DE GUERRERO; 2, 4,13, 22 FRACCIONES V Y XLI, DE LALEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓNPÚBLICA ESTATAL; 6, FRACCIÓNIII, 62, FRACCIÓN II, 72, Y 73,FRACCIONES XVI Y XXVI, DE LA LEYORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBREDEL ESTADO DE GUERRERO; 2, 4,12, 13, 14, 15, 19, 20, 21,22 Y 23 DE LA LEY NÚMERO 251QUE CREA EL SISTEMA ESTATAL DECOORDINACIÓN FISCAL Y ESTABLECELAS BASES, MONTOS Y PLAZOS A LOSQUE SE SUJETARÁN LAS PARTICIPA-CIONES FEDERALES.

DECLARACIONES

"EL ESTADO" declara:

A. Que una de las líneasestratégicas del Gobierno Esta-tal es fortalecer las haciendaspúblicas, no sólo estatales,sino también las municipales,dando total participación alos Municipios que componennuestra entidad federativa,para así, en conjunto, lograrabatir el rezago que se sufreen distintas áreas sociales.

B. Que nuestra legislaciónlocal regula el Sistema Estatalde Coordinación Fiscal, que seerige como una institución quefomenta el debate de ideas y lacolaboración entre distintosámbitos de gobierno, y en dondelos municipios encuentran unverdadero foro en el que puedenexponer distintas propuestasque coadyuven a fortalecer lasfinanzas públicas, lo que sinduda nos ofrece la oportunidadde iniciar un diálogo directopermanente entre los municipiosguerrerenses y el gobiernoestatal.

C. Que el Estado tiene comoobligación procurar los meca-nismos y propuestas financieraspara que los municipios que lointegran participen de maneradirecta en las políticas econó-micas de la entidad, en el marcode un nuevo federalismo hacenda-rio que procure tanto el desarro-llo económico como una justadistribución de la riqueza yque, por lo tanto, se fortalezcala Hacienda Pública Estatal yMunicipal, para lo cual se hace

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necesario celebrar este Conveniode Colaboración para que losMunicipios suscriptores seanactores importantes en estanueva cultura fiscal.

D. Que la suscripción deeste Convenio nos brinde la po-sibilidad de instrumentar losmedios necesarios para que elGobierno Estatal y el Municipalse coordinen en acciones quetienda a elevar la recaudacióny que ambos gocen de los benefi-cios que ofrecen las finanzaspúblicas fortalecidas.

"EL MUNICIPIO" declara:

A. Que reconoce la necesidadde encontrar nuevos mecanismosque le permita aumentar su ha-cienda municipal, para estar encondiciones de brindar mayoressatisfactores a sus habitantes.

B. Que tienen pleno interésen adherirse al presente Conveniocon la finalidad de participaractivamente en las estrategiasy políticas fiscales, lo queredundará en beneficio de lapoblación guerrerense.

C. Que es su voluntad cola-borar de manera directa en lasactividades que se originen dela aplicación del marco jurídicorector en materia fiscal y fi-nanciera, así como en las tareasencomendadas dentro del SistemaEstatal de Coordinación Fiscal,de forma activa y continua encada una de las regiones quecomponen nuestra entidad fe-derativa.

En razón de lo expuesto yfundado, celebran el presenteConvenio, al tenor de las siguien-tes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- Es objeto delpresente Convenio, la colabora-ción y coordinación entre "ELESTADO" y "EL MUNICIPIO" a finde llevar a cabo una relaciónrecíproca de colaboración fiscalque permita incrementar el de-sarrollo económico del Estado,así como el de implementar pro-gramas fiscales que beneficienla recaudación tributaria encada uno de los municipios queintegran el territorio de nues-tra entidad federativa.

SEGUNDA.- Que "EL MUNICI-PIO" es parte integrante delSistema Estatal de CoordinaciónFiscal, y que tiene pleno cono-cimiento de las funciones que deella emanan, y que entre lasmás relevantes se encuentran:

I.- Estudiar, con finesde su modernización, la legisla-ción fiscal y hacendaria, asícomo las disposiciones admi-nistrativas tendientes a proveersu cabal ejecución, así comola aplicación de las mismas.

II.- Proponer medidas téc-nicas para fortalecer la HaciendaPública Municipal y mejorar suorganización y elevar la eficien-cia de su funcionamiento.

III.- Estudiar los mecanis-mos y fórmulas de distribución

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de las participaciones munici-pales, para asegurar permanente-mente la observancia de los cri-terios de equidad y proporciona-lidad.

IV.- Sugerir medidas enca-minadas a mejorar las relacionesde colaboración administrativaentre las haciendas.

V.- Reforzar los programasde capacitación, adiestramientoy desarrollo de personal y deintercambio tecnológico.

VI.- Establecer, manejary controlar los Fondos que pre-viene el último párrafo del Ar-tículo 116 del Código FiscalMunicipal, destinados al desa-rrollo tributario.

VII.- Coadyuvar a la soluciónde controversias entre los Ayun-tamientos en materia de compe-tencias tributarias, coordina-ción fiscal y participaciones;y

VIII.- Informar de sus ac-tividades a la Reunión Estatalde Ayuntamientos.

Así también reconoce eneste acto que por disposiciónlegal expresa los acuerdos to-mados en dichas sesiones sonde observancia obligatoria paratodos sus integrantes, y en loque hace a las facultades potes-tativas de cada uno de los in-tegrantes del Sistema Estatalde Coordinación Fiscal, puedenéstos firmar con "EL ESTADO"Anexos que tendrán como sustento

el presente Acuerdo, en dondese instrumentará de manera deta-llada acciones en materia fiscaltendientes a lograr una aplica-ción eficaz del marco jurídicoque rige esta materia, por loque los derechos y obligacionespactados en los Anexos seránadicionales a los acuerdos toma-dos en las sesiones del SistemaEstatal de Coordinación Fiscal;por lo que el presente Convenioy todos los documentos que sesuscriban para este efecto,serán considerados como unaunidad.

TERCERA.- "EL MUNICIPIO"al firmar los Anexos se comprometea realizar todos los actos ten-dientes a instrumentar dentrode su competencia territorialtodo lo necesario para que tengaplena aplicación el Anexo fir-mado, así como instruirán a losservidores públicos que tengana su cargo las finanzas públicasmunicipales para que apliquencon toda prontitud y exactitudlas disposiciones contenidasen dicho Anexo.

CUARTA.- "EL ESTADO" ten-drá la obligación de asistira "EL MUNICIPIO" en todas lasconsultas que realice, y desa-rrollará las acciones necesariastendientes a informar con todaoportunidad de los lineamientos,políticas, reformas al marcolegal y criterios que tenganimpacto directo en las materiasque trate cada uno de losAnexos que se firmen.

QUINTA.- Las partes de-

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berán establecer representantesde cada uno de ellos, con la fi-nalidad de facilitar el traba-jo y el intercambio de informa-ción, estos representantes seindicarán en cada Anexo quese firme a este respecto.

SEXTA.- En caso de que elmarco legal vigente establezcala facultad a cargo de "EL MU-NICIPIO" de retener contribu-ciones, éste tendrán la obliga-ción de observar su plena apli-cación, pero no limita a laspartes a firmar Anexos en dondese establezcan mecanismos adi-cionales a los establecidos enley, con la única finalidad defacilitar la labor recaudadoray establecer vínculos de co-municación más eficaces entrelas partes.

SÉPTIMA.- La Secretaríade Finanzas y Administracióndel Gobierno del Estado serála encargada de elaborar losAnexos que se firmen en el marcodel presente Convenio, y tendrála obligación de informar a"EL MUNICIPIO" firmante el con-tenido de cada uno de ellos,prestando en todo tiempo aseso-ría sobre el tema.

OCTAVA.- Los Anexos firma-dos al amparo del presente Con-venio deberán versar única yexclusivamente sobre las mate-rias que se traten dentro delSistema Estatal de CoordinaciónFiscal.

NOVENA.- Los Anexos cons-tituirán compromisos institu-

cionales permanentes que de ma-nera libre pactan las partes,pero cuando el objeto del Anexoobligue a establecer su términode duración, al transcurrir elplazo fijado las partes podránrenovarlo.

DÉCIMA.- En caso de que"EL MUNICIPIO" no renueve elAnexo en los términos descritosen la cláusula que antecede,ésto no lo exime de su obligaciónde cumplir con lo que el marcolegal vigente le imponga.

DÉCIMA PRIMERA.- En casode existir controversia en lainterpretación y aplicacióndel presente Convenio y dealguno de los Anexos que sefirmen, se deberá someter lainconformidad ante el Coordina-dor de la Comisión Permanentede Funcionarios Fiscales Esta-tal, mismo que analizará y con-vocará a una reunión con losinteresados con la finalidadde brindar una solución quelogre el consenso entre laspartes.

DÉCIMO SEGUNDA.- Cuandosea posible los Anexos podránregular programas operativosanuales, para llevar a cabolas acciones coordinadas enmateria de verificación delcumplimiento de la obligaciónfiscal, y que de preferenciainiciaran con el ejercicio fis-cal correspondiente.

DÉCIMO TERCERA.- El per-sonal que emplee "EL MUNCIPIO"con motivo de la coordinación

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descrita en este Convenio seentiende que es una relaciónlaboral única y exclusivamentecon la respectiva administraciónpública municipal, sin que puedaexistir responsabilidad laboralalguna para "EL ESTADO".

DÉCIMO CUARTA.- El presenteConvenio tendrá una vigenciaindefinida contada a partirdel día de su suscripción.

Leído que fue el presenteConvenio y enteradas las partesde su contenido, alcance y fuer-za legal, lo firman de conformidady por duplicado, los que en élintervinieron en la Ciudad deAcapulco de Juárez, Guerrero,a los veintitrés días del mesde marzo de 2006.

C.P. ZEFERINO TORREBLANCAGALINDO.GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DELESTADO LIBRE Y SOBERANO DEGUERRERO.Rúbrica.

POR "EL GOBIERNO"

C.P. CARLOS ÁLVAREZ REYES.SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMI-NISTRACIÓN DEL ESTADO DE GUE-RRERO.Rúbrica.

LIC. ARMANDO CHAVARRÍA BARRERA.SECRETARIO GENERAL DEL GOBIERNODEL ESTADO.Rúbrica.

POR "EL MUNICIPIO"

ING. JAIME CARMONA HUERTA.PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITU-CIONAL DE MARQUELIA.Rúbrica.

PROFR. FERNANDO PÉREZ FIGUEROA.SECRETARIO MUNICIPAL DELAYUNTAMIENTO DE MARQUELIA.Rúbrica.

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CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMI-NISTRATIVA EN MATERIA FISCALA CELEBRARSE ENTRE EL GOBIERNODEL ESTADO DE GUERRERO, POR CON-DUCTO DEL C.P. CARLOS ZEFERINOTORREBLANCA GALINDO, EN SU CA-RÁCTER DE GOBERNADOR CONSTI-TUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SO-BERANO DE GUERRERO, Y EL C.P.CARLOS ÁLVAREZ REYES, EN SUCARÁCTER DE SECRETARIO DE FI-NANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL GO-BIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO,QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ"EL ESTADO", Y EL MUNICIPIO DEOMETEPEC, REPRESENTADO POR ELLIC. EDUARDO MONTAÑO SALINAS,PRESIDENTE MUNICIPAL CONS-TITUCIONAL, QUIEN EN LO SUCESIVOSE DENOMINARÁ "EL MUNICIPIO",EN EL MARCO DE LA INSTALACIÓNDEL SISTEMA ESTATAL DE COORDIAN-CIÓN FISCAL, CON FUNDAMENTO ENLOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTI-TUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOSUNIDOS MEXICANOS; 74, FRACCIÓNXXXVII, 92 Y 93 DE LA CONSTITU-CIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBREY SOBERANO DE GUERRERO; 2, 4,13, 22 FRACCIONES V Y XLI, DE LALEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓNPÚBLICA ESTATAL; 6, FRACCIÓNIII, 62, FRACCIÓN II, 72, Y 73,FRACCIONES XVI Y XXVI, DE LA LEYORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBREDEL ESTADO DE GUERRERO; 2, 4,12, 13, 14, 15, 19, 20, 21,22 Y 23 DE LA LEY NÚMERO 251QUE CREA EL SISTEMA ESTATAL DECOORDINACIÓN FISCAL Y ESTABLECELAS BASES, MONTOS Y PLAZOS A LOSQUE SE SUJETARÁN LAS PARTICIPA-CIONES FEDERALES.

DECLARACIONES

"EL ESTADO" declara:

A. Que una de las líneasestratégicas del Gobierno Esta-tal es fortalecer las haciendaspúblicas, no sólo estatales,sino también las municipales,dando total participación alos Municipios que componennuestra entidad federativa,para así, en conjunto, lograrabatir el rezago que se sufreen distintas áreas sociales.

B. Que nuestra legislaciónlocal regula el Sistema Estatalde Coordinación Fiscal, que seerige como una institución quefomenta el debate de ideas y lacolaboración entre distintosámbitos de gobierno, y en dondelos municipios encuentran unverdadero foro en el que puedenexponer distintas propuestasque coadyuven a fortalecer lasfinanzas públicas, lo que sinduda nos ofrece la oportunidadde iniciar un diálogo directopermanente entre los municipiosguerrerenses y el gobiernoestatal.

C. Que el Estado tiene comoobligación procurar los meca-nismos y propuestas financieraspara que los municipios que lointegran participen de maneradirecta en las políticas econó-micas de la entidad, en el marcode un nuevo federalismo hacenda-rio que procure tanto el desarro-llo económico como una justadistribución de la riqueza yque, por lo tanto, se fortalezcala Hacienda Pública Estatal yMunicipal, para lo cual se hace

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necesario celebrar este Conveniode Colaboración para que losMunicipios suscriptores seanactores importantes en estanueva cultura fiscal.

D. Que la suscripción deeste Convenio nos brinde la po-sibilidad de instrumentar losmedios necesarios para que elGobierno Estatal y el Municipalse coordinen en acciones quetienda a elevar la recaudacióny que ambos gocen de los benefi-cios que ofrecen las finanzaspúblicas fortalecidas.

"EL MUNICIPIO" declara:

A. Que reconoce la necesidadde encontrar nuevos mecanismosque le permita aumentar su ha-cienda municipal, para estar encondiciones de brindar mayoressatisfactores a sus habitantes.

B. Que tienen pleno interésen adherirse al presente Conveniocon la finalidad de participaractivamente en las estrategiasy políticas fiscales, lo queredundará en beneficio de lapoblación guerrerense.

C. Que es su voluntad cola-borar de manera directa en lasactividades que se originen dela aplicación del marco jurídicorector en materia fiscal y fi-nanciera, así como en las tareasencomendadas dentro del SistemaEstatal de Coordinación Fiscal,de forma activa y continua encada una de las regiones quecomponen nuestra entidad fe-derativa.

En razón de lo expuesto yfundado, celebran el presenteConvenio, al tenor de las siguien-tes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- Es objeto delpresente Convenio, la colabora-ción y coordinación entre "ELESTADO" y "EL MUNICIPIO" a finde llevar a cabo una relaciónrecíproca de colaboración fiscalque permita incrementar el de-sarrollo económico del Estado,así como el de implementar pro-gramas fiscales que beneficienla recaudación tributaria encada uno de los municipios queintegran el territorio de nues-tra entidad federativa.

SEGUNDA.- Que "EL MUNICI-PIO" es parte integrante delSistema Estatal de CoordinaciónFiscal, y que tiene pleno cono-cimiento de las funciones que deella emanan, y que entre lasmás relevantes se encuentran:

I.- Estudiar, con finesde su modernización, la legisla-ción fiscal y hacendaria, asícomo las disposiciones admi-nistrativas tendientes a proveersu cabal ejecución, así comola aplicación de las mismas.

II.- Proponer medidas téc-nicas para fortalecer la HaciendaPública Municipal y mejorar suorganización y elevar la eficien-cia de su funcionamiento.

III.- Estudiar los mecanis-mos y fórmulas de distribución

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de las participaciones munici-pales, para asegurar permanente-mente la observancia de los cri-terios de equidad y proporciona-lidad.

IV.- Sugerir medidas enca-minadas a mejorar las relacionesde colaboración administrativaentre las haciendas.

V.- Reforzar los programasde capacitación, adiestramientoy desarrollo de personal y deintercambio tecnológico.

VI.- Establecer, manejary controlar los Fondos que pre-viene el último párrafo del Ar-tículo 116 del Código FiscalMunicipal, destinados al desa-rrollo tributario.

VII.- Coadyuvar a la soluciónde controversias entre los Ayun-tamientos en materia de compe-tencias tributarias, coordina-ción fiscal y participaciones;y

VIII.- Informar de sus ac-tividades a la Reunión Estatalde Ayuntamientos.

Así también reconoce eneste acto que por disposiciónlegal expresa los acuerdos to-mados en dichas sesiones sonde observancia obligatoria paratodos sus integrantes, y en loque hace a las facultades potes-tativas de cada uno de los in-tegrantes del Sistema Estatalde Coordinación Fiscal, puedenéstos firmar con "EL ESTADO"Anexos que tendrán como sustento

el presente Acuerdo, en dondese instrumentará de manera deta-llada acciones en materia fiscaltendientes a lograr una aplica-ción eficaz del marco jurídicoque rige esta materia, por loque los derechos y obligacionespactados en los Anexos seránadicionales a los acuerdos toma-dos en las sesiones del SistemaEstatal de Coordinación Fiscal;por lo que el presente Convenioy todos los documentos que sesuscriban para este efecto,serán considerados como unaunidad.

TERCERA.- "EL MUNICIPIO"al firmar los Anexos se comprometea realizar todos los actos ten-dientes a instrumentar dentrode su competencia territorialtodo lo necesario para que tengaplena aplicación el Anexo fir-mado, así como instruirán a losservidores públicos que tengana su cargo las finanzas públicasmunicipales para que apliquencon toda prontitud y exactitudlas disposiciones contenidasen dicho Anexo.

CUARTA.- "EL ESTADO" ten-drá la obligación de asistira "EL MUNICIPIO" en todas lasconsultas que realice, y desa-rrollará las acciones necesariastendientes a informar con todaoportunidad de los lineamientos,políticas, reformas al marcolegal y criterios que tenganimpacto directo en las materiasque trate cada uno de losAnexos que se firmen.

QUINTA.- Las partes de-

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berán establecer representantesde cada uno de ellos, con la fi-nalidad de facilitar el traba-jo y el intercambio de informa-ción, estos representantes seindicarán en cada Anexo quese firme a este respecto.

SEXTA.- En caso de que elmarco legal vigente establezcala facultad a cargo de "EL MU-NICIPIO" de retener contribu-ciones, éste tendrán la obliga-ción de observar su plena apli-cación, pero no limita a laspartes a firmar Anexos en dondese establezcan mecanismos adi-cionales a los establecidos enley, con la única finalidad defacilitar la labor recaudadoray establecer vínculos de co-municación más eficaces entrelas partes.

SÉPTIMA.- La Secretaríade Finanzas y Administracióndel Gobierno del Estado serála encargada de elaborar losAnexos que se firmen en el marcodel presente Convenio, y tendrála obligación de informar a"EL MUNICIPIO" firmante el con-tenido de cada uno de ellos,prestando en todo tiempo aseso-ría sobre el tema.

OCTAVA.- Los Anexos firma-dos al amparo del presente Con-venio deberán versar única yexclusivamente sobre las mate-rias que se traten dentro delSistema Estatal de CoordinaciónFiscal.

NOVENA.- Los Anexos cons-tituirán compromisos institu-

cionales permanentes que de ma-nera libre pactan las partes,pero cuando el objeto del Anexoobligue a establecer su términode duración, al transcurrir elplazo fijado las partes podránrenovarlo.

DÉCIMA.- En caso de que"EL MUNICIPIO" no renueve elAnexo en los términos descritosen la cláusula que antecede,ésto no lo exime de su obligaciónde cumplir con lo que el marcolegal vigente le imponga.

DÉCIMA PRIMERA.- En casode existir controversia en lainterpretación y aplicacióndel presente Convenio y dealguno de los Anexos que sefirmen, se deberá someter lainconformidad ante el Coordina-dor de la Comisión Permanentede Funcionarios Fiscales Esta-tal, mismo que analizará y con-vocará a una reunión con losinteresados con la finalidadde brindar una solución quelogre el consenso entre laspartes.

DÉCIMO SEGUNDA.- Cuandosea posible los Anexos podránregular programas operativosanuales, para llevar a cabolas acciones coordinadas enmateria de verificación delcumplimiento de la obligaciónfiscal, y que de preferenciainiciaran con el ejercicio fis-cal correspondiente.

DÉCIMO TERCERA.- El per-sonal que emplee "EL MUNCIPIO"con motivo de la coordinación

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descrita en este Convenio seentiende que es una relaciónlaboral única y exclusivamentecon la respectiva administraciónpública municipal, sin que puedaexistir responsabilidad laboralalguna para "EL ESTADO".

DÉCIMO CUARTA.- El presenteConvenio tendrá una vigenciaindefinida contada a partirdel día de su suscripción.

Leído que fue el presenteConvenio y enteradas las partesde su contenido, alcance y fuer-za legal, lo firman de conformidady por duplicado, los que en élintervinieron en la Ciudad deAcapulco de Juárez, Guerrero,a los veintitrés días del mesde marzo de 2006.

C.P. ZEFERINO TORREBLANCAGALINDO.GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DELESTADO LIBRE Y SOBERANO DEGUERRERO.Rúbrica.

POR "EL GOBIERNO"

C.P. CARLOS ÁLVAREZ REYES.SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMI-NISTRACIÓN DEL ESTADO DE GUE-RRERO.Rúbrica.

LIC. ARMANDO CHAVARRÍA BARRERA.SECRETARIO GENERAL DEL GOBIERNODEL ESTADO.Rúbrica.

POR "EL MUNICIPIO"

LIC. EDUARDO MONTAÑO SALINAS.PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITU-CIONAL DE OMETEPEC.Rúbrica.

ING. FRANCISCO GONZÁLEZ LÓPEZ.SECRETARIO MUNICIPAL DELAYUNTAMIENTO DE OMETEPEC.Rúbrica.

____________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________

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CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMI-NISTRATIVA EN MATERIA FISCALA CELEBRARSE ENTRE EL GOBIERNODEL ESTADO DE GUERRERO, POR CON-DUCTO DEL C.P. CARLOS ZEFERINOTORREBLANCA GALINDO, EN SU CA-RÁCTER DE GOBERNADOR CONSTI-TUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SO-BERANO DE GUERRERO, Y EL C.P.CARLOS ÁLVAREZ REYES, EN SUCARÁCTER DE SECRETARIO DE FI-NANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL GO-BIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO,QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ"EL ESTADO", Y EL MUNICIPIO DESAN LUIS ACATLÁN, REPRESENTADOPOR EL C.P. SANTA CRUZ NAVA LE-ZAMA, PRESIDENTE MUNICIPAL CONS-TITUCIONAL, QUIEN EN LO SUCESIVOSE DENOMINARÁ "EL MUNICIPIO",EN EL MARCO DE LA INSTALACIÓNDEL SISTEMA ESTATAL DE COORDIAN-CIÓN FISCAL, CON FUNDAMENTO ENLOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTI-TUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOSUNIDOS MEXICANOS; 74, FRACCIÓNXXXVII, 92 Y 93 DE LA CONSTITU-CIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBREY SOBERANO DE GUERRERO; 2, 4,13, 22 FRACCIONES V Y XLI, DE LALEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓNPÚBLICA ESTATAL; 6, FRACCIÓNIII, 62, FRACCIÓN II, 72, Y 73,FRACCIONES XVI Y XXVI, DE LA LEYORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBREDEL ESTADO DE GUERRERO; 2, 4,12, 13, 14, 15, 19, 20, 21,22 Y 23 DE LA LEY NÚMERO 251QUE CREA EL SISTEMA ESTATAL DECOORDINACIÓN FISCAL Y ESTABLECELAS BASES, MONTOS Y PLAZOS A LOSQUE SE SUJETARÁN LAS PARTICIPA-CIONES FEDERALES.

DECLARACIONES

"EL ESTADO" declara:

A. Que una de las líneasestratégicas del Gobierno Esta-tal es fortalecer las haciendaspúblicas, no sólo estatales,sino también las municipales,dando total participación alos Municipios que componennuestra entidad federativa,para así, en conjunto, lograrabatir el rezago que se sufreen distintas áreas sociales.

B. Que nuestra legislaciónlocal regula el Sistema Estatalde Coordinación Fiscal, que seerige como una institución quefomenta el debate de ideas y lacolaboración entre distintosámbitos de gobierno, y en dondelos municipios encuentran unverdadero foro en el que puedenexponer distintas propuestasque coadyuven a fortalecer lasfinanzas públicas, lo que sinduda nos ofrece la oportunidadde iniciar un diálogo directopermanente entre los municipiosguerrerenses y el gobiernoestatal.

C. Que el Estado tiene comoobligación procurar los meca-nismos y propuestas financieraspara que los municipios que lointegran participen de maneradirecta en las políticas econó-micas de la entidad, en el marcode un nuevo federalismo hacenda-rio que procure tanto el desarro-llo económico como una justadistribución de la riqueza yque, por lo tanto, se fortalezcala Hacienda Pública Estatal yMunicipal, para lo cual se hace

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necesario celebrar este Conveniode Colaboración para que losMunicipios suscriptores seanactores importantes en estanueva cultura fiscal.

D. Que la suscripción deeste Convenio nos brinde la po-sibilidad de instrumentar losmedios necesarios para que elGobierno Estatal y el Municipalse coordinen en acciones quetienda a elevar la recaudacióny que ambos gocen de los benefi-cios que ofrecen las finanzaspúblicas fortalecidas.

"EL MUNICIPIO" declara:

A. Que reconoce la necesidadde encontrar nuevos mecanismosque le permita aumentar su ha-cienda municipal, para estar encondiciones de brindar mayoressatisfactores a sus habitantes.

B. Que tienen pleno interésen adherirse al presente Conveniocon la finalidad de participaractivamente en las estrategiasy políticas fiscales, lo queredundará en beneficio de lapoblación guerrerense.

C. Que es su voluntad cola-borar de manera directa en lasactividades que se originen dela aplicación del marco jurídicorector en materia fiscal y fi-nanciera, así como en las tareasencomendadas dentro del SistemaEstatal de Coordinación Fiscal,de forma activa y continua encada una de las regiones quecomponen nuestra entidad fe-derativa.

En razón de lo expuesto yfundado, celebran el presenteConvenio, al tenor de las siguien-tes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- Es objeto delpresente Convenio, la colabora-ción y coordinación entre "ELESTADO" y "EL MUNICIPIO" a finde llevar a cabo una relaciónrecíproca de colaboración fiscalque permita incrementar el de-sarrollo económico del Estado,así como el de implementar pro-gramas fiscales que beneficienla recaudación tributaria encada uno de los municipios queintegran el territorio de nues-tra entidad federativa.

SEGUNDA.- Que "EL MUNICI-PIO" es parte integrante delSistema Estatal de CoordinaciónFiscal, y que tiene pleno cono-cimiento de las funciones que deella emanan, y que entre lasmás relevantes se encuentran:

I.- Estudiar, con finesde su modernización, la legisla-ción fiscal y hacendaria, asícomo las disposiciones admi-nistrativas tendientes a proveersu cabal ejecución, así comola aplicación de las mismas.

II.- Proponer medidas téc-nicas para fortalecer la HaciendaPública Municipal y mejorar suorganización y elevar la eficien-cia de su funcionamiento.

III.- Estudiar los mecanis-mos y fórmulas de distribución

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de las participaciones munici-pales, para asegurar permanente-mente la observancia de los cri-terios de equidad y proporciona-lidad.

IV.- Sugerir medidas enca-minadas a mejorar las relacionesde colaboración administrativaentre las haciendas.

V.- Reforzar los programasde capacitación, adiestramientoy desarrollo de personal y deintercambio tecnológico.

VI.- Establecer, manejary controlar los Fondos que pre-viene el último párrafo del Ar-tículo 116 del Código FiscalMunicipal, destinados al desa-rrollo tributario.

VII.- Coadyuvar a la soluciónde controversias entre los Ayun-tamientos en materia de compe-tencias tributarias, coordina-ción fiscal y participaciones;y

VIII.- Informar de sus ac-tividades a la Reunión Estatalde Ayuntamientos.

Así también reconoce eneste acto que por disposiciónlegal expresa los acuerdos to-mados en dichas sesiones sonde observancia obligatoria paratodos sus integrantes, y en loque hace a las facultades potes-tativas de cada uno de los in-tegrantes del Sistema Estatalde Coordinación Fiscal, puedenéstos firmar con "EL ESTADO"Anexos que tendrán como sustento

el presente Acuerdo, en dondese instrumentará de manera deta-llada acciones en materia fiscaltendientes a lograr una aplica-ción eficaz del marco jurídicoque rige esta materia, por loque los derechos y obligacionespactados en los Anexos seránadicionales a los acuerdos toma-dos en las sesiones del SistemaEstatal de Coordinación Fiscal;por lo que el presente Convenioy todos los documentos que sesuscriban para este efecto,serán considerados como unaunidad.

TERCERA.- "EL MUNICIPIO"al firmar los Anexos se comprometea realizar todos los actos ten-dientes a instrumentar dentrode su competencia territorialtodo lo necesario para que tengaplena aplicación el Anexo fir-mado, así como instruirán a losservidores públicos que tengana su cargo las finanzas públicasmunicipales para que apliquencon toda prontitud y exactitudlas disposiciones contenidasen dicho Anexo.

CUARTA.- "EL ESTADO" ten-drá la obligación de asistira "EL MUNICIPIO" en todas lasconsultas que realice, y desa-rrollará las acciones necesariastendientes a informar con todaoportunidad de los lineamientos,políticas, reformas al marcolegal y criterios que tenganimpacto directo en las materiasque trate cada uno de losAnexos que se firmen.

QUINTA.- Las partes de-

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berán establecer representantesde cada uno de ellos, con la fi-nalidad de facilitar el traba-jo y el intercambio de informa-ción, estos representantes seindicarán en cada Anexo quese firme a este respecto.

SEXTA.- En caso de que elmarco legal vigente establezcala facultad a cargo de "EL MU-NICIPIO" de retener contribu-ciones, éste tendrán la obliga-ción de observar su plena apli-cación, pero no limita a laspartes a firmar Anexos en dondese establezcan mecanismos adi-cionales a los establecidos enley, con la única finalidad defacilitar la labor recaudadoray establecer vínculos de co-municación más eficaces entrelas partes.

SÉPTIMA.- La Secretaríade Finanzas y Administracióndel Gobierno del Estado serála encargada de elaborar losAnexos que se firmen en el marcodel presente Convenio, y tendrála obligación de informar a"EL MUNICIPIO" firmante el con-tenido de cada uno de ellos,prestando en todo tiempo aseso-ría sobre el tema.

OCTAVA.- Los Anexos firma-dos al amparo del presente Con-venio deberán versar única yexclusivamente sobre las mate-rias que se traten dentro delSistema Estatal de CoordinaciónFiscal.

NOVENA.- Los Anexos cons-tituirán compromisos institu-

cionales permanentes que de ma-nera libre pactan las partes,pero cuando el objeto del Anexoobligue a establecer su términode duración, al transcurrir elplazo fijado las partes podránrenovarlo.

DÉCIMA.- En caso de que"EL MUNICIPIO" no renueve elAnexo en los términos descritosen la cláusula que antecede,ésto no lo exime de su obligaciónde cumplir con lo que el marcolegal vigente le imponga.

DÉCIMA PRIMERA.- En casode existir controversia en lainterpretación y aplicacióndel presente Convenio y dealguno de los Anexos que sefirmen, se deberá someter lainconformidad ante el Coordina-dor de la Comisión Permanentede Funcionarios Fiscales Esta-tal, mismo que analizará y con-vocará a una reunión con losinteresados con la finalidadde brindar una solución quelogre el consenso entre laspartes.

DÉCIMO SEGUNDA.- Cuandosea posible los Anexos podránregular programas operativosanuales, para llevar a cabolas acciones coordinadas enmateria de verificación delcumplimiento de la obligaciónfiscal, y que de preferenciainiciaran con el ejercicio fis-cal correspondiente.

DÉCIMO TERCERA.- El per-sonal que emplee "EL MUNCIPIO"con motivo de la coordinación

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descrita en este Convenio seentiende que es una relaciónlaboral única y exclusivamentecon la respectiva administraciónpública municipal, sin que puedaexistir responsabilidad laboralalguna para "EL ESTADO".

DÉCIMO CUARTA.- El presenteConvenio tendrá una vigenciaindefinida contada a partirdel día de su suscripción.

Leído que fue el presenteConvenio y enteradas las partesde su contenido, alcance y fuer-za legal, lo firman de conformidady por duplicado, los que en élintervinieron en la Ciudad deAcapulco de Juárez, Guerrero,a los veintitrés días del mesde marzo de 2006.

C.P. ZEFERINO TORREBLANCAGALINDO.GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DELESTADO LIBRE Y SOBERANO DEGUERRERO.Rúbrica.

POR "EL GOBIERNO"

C.P. CARLOS ÁLVAREZ REYES.SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMI-NISTRACIÓN DEL ESTADO DE GUE-RRERO.Rúbrica.

LIC. ARMANDO CHAVARRÍA BARRERA.SECRETARIO GENERAL DEL GOBIERNODEL ESTADO.Rúbrica.

POR "EL MUNICIPIO"

C.P. SANTA CRUZ NAVA LEZAMA.PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITU-CIONAL DE SAN LUIS ACATLÁN.Rúbrica.

C. LIC. HUMBERTO SALGADO GÓMEZ.SECRETARIO MUNICIPAL DEL AYUN-TAMIENTO DE SAN LUIS ACATLÁN.Rúbrica.

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CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMI-NISTRATIVA EN MATERIA FISCALA CELEBRARSE ENTRE EL GOBIERNODEL ESTADO DE GUERRERO, POR CON-DUCTO DEL C.P. CARLOS ZEFERINOTORREBLANCA GALINDO, EN SU CA-RÁCTER DE GOBERNADOR CONSTI-TUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SO-BERANO DE GUERRERO, Y EL C.P.CARLOS ÁLVAREZ REYES, EN SUCARÁCTER DE SECRETARIO DE FI-NANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL GO-BIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO,QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ"EL ESTADO", Y EL MUNICIPIO DETECOANAPA, REPRESENTADO POR ELLIC. ÁLVARO MORALES GARCÍA,PRESIDENTE MUNICIPAL CONS-TITUCIONAL, QUIEN EN LO SUCESIVOSE DENOMINARÁ "EL MUNICIPIO",EN EL MARCO DE LA INSTALACIÓNDEL SISTEMA ESTATAL DE COORDIAN-CIÓN FISCAL, CON FUNDAMENTO ENLOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTI-TUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOSUNIDOS MEXICANOS; 74, FRACCIÓNXXXVII, 92 Y 93 DE LA CONSTITU-CIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBREY SOBERANO DE GUERRERO; 2, 4,13, 22 FRACCIONES V Y XLI, DE LALEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓNPÚBLICA ESTATAL; 6, FRACCIÓNIII, 62, FRACCIÓN II, 72, Y 73,FRACCIONES XVI Y XXVI, DE LA LEYORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBREDEL ESTADO DE GUERRERO; 2, 4,12, 13, 14, 15, 19, 20, 21,22 Y 23 DE LA LEY NÚMERO 251QUE CREA EL SISTEMA ESTATAL DECOORDINACIÓN FISCAL Y ESTABLECELAS BASES, MONTOS Y PLAZOS A LOSQUE SE SUJETARÁN LAS PARTICIPA-CIONES FEDERALES.

DECLARACIONES

"EL ESTADO" declara:

A. Que una de las líneasestratégicas del Gobierno Esta-tal es fortalecer las haciendaspúblicas, no sólo estatales,sino también las municipales,dando total participación alos Municipios que componennuestra entidad federativa,para así, en conjunto, lograrabatir el rezago que se sufreen distintas áreas sociales.

B. Que nuestra legislaciónlocal regula el Sistema Estatalde Coordinación Fiscal, que seerige como una institución quefomenta el debate de ideas y lacolaboración entre distintosámbitos de gobierno, y en dondelos municipios encuentran unverdadero foro en el que puedenexponer distintas propuestasque coadyuven a fortalecer lasfinanzas públicas, lo que sinduda nos ofrece la oportunidadde iniciar un diálogo directopermanente entre los municipiosguerrerenses y el gobiernoestatal.

C. Que el Estado tiene comoobligación procurar los meca-nismos y propuestas financieraspara que los municipios que lointegran participen de maneradirecta en las políticas econó-micas de la entidad, en el marcode un nuevo federalismo hacenda-rio que procure tanto el desarro-llo económico como una justadistribución de la riqueza yque, por lo tanto, se fortalezcala Hacienda Pública Estatal yMunicipal, para lo cual se hace

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necesario celebrar este Conveniode Colaboración para que losMunicipios suscriptores seanactores importantes en estanueva cultura fiscal.

D. Que la suscripción deeste Convenio nos brinde la po-sibilidad de instrumentar losmedios necesarios para que elGobierno Estatal y el Municipalse coordinen en acciones quetienda a elevar la recaudacióny que ambos gocen de los benefi-cios que ofrecen las finanzaspúblicas fortalecidas.

"EL MUNICIPIO" declara:

A. Que reconoce la necesidadde encontrar nuevos mecanismosque le permita aumentar su ha-cienda municipal, para estar encondiciones de brindar mayoressatisfactores a sus habitantes.

B. Que tienen pleno interésen adherirse al presente Conveniocon la finalidad de participaractivamente en las estrategiasy políticas fiscales, lo queredundará en beneficio de lapoblación guerrerense.

C. Que es su voluntad cola-borar de manera directa en lasactividades que se originen dela aplicación del marco jurídicorector en materia fiscal y fi-nanciera, así como en las tareasencomendadas dentro del SistemaEstatal de Coordinación Fiscal,de forma activa y continua encada una de las regiones quecomponen nuestra entidad fe-derativa.

En razón de lo expuesto yfundado, celebran el presenteConvenio, al tenor de las siguien-tes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- Es objeto delpresente Convenio, la colabora-ción y coordinación entre "ELESTADO" y "EL MUNICIPIO" a finde llevar a cabo una relaciónrecíproca de colaboración fiscalque permita incrementar el de-sarrollo económico del Estado,así como el de implementar pro-gramas fiscales que beneficienla recaudación tributaria encada uno de los municipios queintegran el territorio de nues-tra entidad federativa.

SEGUNDA.- Que "EL MUNICI-PIO" es parte integrante delSistema Estatal de CoordinaciónFiscal, y que tiene pleno cono-cimiento de las funciones que deella emanan, y que entre lasmás relevantes se encuentran:

I.- Estudiar, con finesde su modernización, la legisla-ción fiscal y hacendaria, asícomo las disposiciones admi-nistrativas tendientes a proveersu cabal ejecución, así comola aplicación de las mismas.

II.- Proponer medidas téc-nicas para fortalecer la HaciendaPública Municipal y mejorar suorganización y elevar la eficien-cia de su funcionamiento.

III.- Estudiar los mecanis-mos y fórmulas de distribución

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de las participaciones munici-pales, para asegurar permanente-mente la observancia de los cri-terios de equidad y proporciona-lidad.

IV.- Sugerir medidas enca-minadas a mejorar las relacionesde colaboración administrativaentre las haciendas.

V.- Reforzar los programasde capacitación, adiestramientoy desarrollo de personal y deintercambio tecnológico.

VI.- Establecer, manejary controlar los Fondos que pre-viene el último párrafo del Ar-tículo 116 del Código FiscalMunicipal, destinados al desa-rrollo tributario.

VII.- Coadyuvar a la soluciónde controversias entre los Ayun-tamientos en materia de compe-tencias tributarias, coordina-ción fiscal y participaciones;y

VIII.- Informar de sus ac-tividades a la Reunión Estatalde Ayuntamientos.

Así también reconoce eneste acto que por disposiciónlegal expresa los acuerdos to-mados en dichas sesiones sonde observancia obligatoria paratodos sus integrantes, y en loque hace a las facultades potes-tativas de cada uno de los in-tegrantes del Sistema Estatalde Coordinación Fiscal, puedenéstos firmar con "EL ESTADO"Anexos que tendrán como sustento

el presente Acuerdo, en dondese instrumentará de manera deta-llada acciones en materia fiscaltendientes a lograr una aplica-ción eficaz del marco jurídicoque rige esta materia, por loque los derechos y obligacionespactados en los Anexos seránadicionales a los acuerdos toma-dos en las sesiones del SistemaEstatal de Coordinación Fiscal;por lo que el presente Convenioy todos los documentos que sesuscriban para este efecto,serán considerados como unaunidad.

TERCERA.- "EL MUNICIPIO"al firmar los Anexos se comprometea realizar todos los actos ten-dientes a instrumentar dentrode su competencia territorialtodo lo necesario para que tengaplena aplicación el Anexo fir-mado, así como instruirán a losservidores públicos que tengana su cargo las finanzas públicasmunicipales para que apliquencon toda prontitud y exactitudlas disposiciones contenidasen dicho Anexo.

CUARTA.- "EL ESTADO" ten-drá la obligación de asistira "EL MUNICIPIO" en todas lasconsultas que realice, y desa-rrollará las acciones necesariastendientes a informar con todaoportunidad de los lineamientos,políticas, reformas al marcolegal y criterios que tenganimpacto directo en las materiasque trate cada uno de losAnexos que se firmen.

QUINTA.- Las partes de-

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berán establecer representantesde cada uno de ellos, con la fi-nalidad de facilitar el traba-jo y el intercambio de informa-ción, estos representantes seindicarán en cada Anexo quese firme a este respecto.

SEXTA.- En caso de que elmarco legal vigente establezcala facultad a cargo de "EL MU-NICIPIO" de retener contribu-ciones, éste tendrán la obliga-ción de observar su plena apli-cación, pero no limita a laspartes a firmar Anexos en dondese establezcan mecanismos adi-cionales a los establecidos enley, con la única finalidad defacilitar la labor recaudadoray establecer vínculos de co-municación más eficaces entrelas partes.

SÉPTIMA.- La Secretaríade Finanzas y Administracióndel Gobierno del Estado serála encargada de elaborar losAnexos que se firmen en el marcodel presente Convenio, y tendrála obligación de informar a"EL MUNICIPIO" firmante el con-tenido de cada uno de ellos,prestando en todo tiempo aseso-ría sobre el tema.

OCTAVA.- Los Anexos firma-dos al amparo del presente Con-venio deberán versar única yexclusivamente sobre las mate-rias que se traten dentro delSistema Estatal de CoordinaciónFiscal.

NOVENA.- Los Anexos cons-tituirán compromisos institu-

cionales permanentes que de ma-nera libre pactan las partes,pero cuando el objeto del Anexoobligue a establecer su términode duración, al transcurrir elplazo fijado las partes podránrenovarlo.

DÉCIMA.- En caso de que"EL MUNICIPIO" no renueve elAnexo en los términos descritosen la cláusula que antecede,ésto no lo exime de su obligaciónde cumplir con lo que el marcolegal vigente le imponga.

DÉCIMA PRIMERA.- En casode existir controversia en lainterpretación y aplicacióndel presente Convenio y dealguno de los Anexos que sefirmen, se deberá someter lainconformidad ante el Coordina-dor de la Comisión Permanentede Funcionarios Fiscales Esta-tal, mismo que analizará y con-vocará a una reunión con losinteresados con la finalidadde brindar una solución quelogre el consenso entre laspartes.

DÉCIMO SEGUNDA.- Cuandosea posible los Anexos podránregular programas operativosanuales, para llevar a cabolas acciones coordinadas enmateria de verificación delcumplimiento de la obligaciónfiscal, y que de preferenciainiciaran con el ejercicio fis-cal correspondiente.

DÉCIMO TERCERA.- El per-sonal que emplee "EL MUNCIPIO"con motivo de la coordinación

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38 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO Viernes 11 de Mayo de 2007

descrita en este Convenio seentiende que es una relaciónlaboral única y exclusivamentecon la respectiva administraciónpública municipal, sin que puedaexistir responsabilidad laboralalguna para "EL ESTADO".

DÉCIMO CUARTA.- El presenteConvenio tendrá una vigenciaindefinida contada a partirdel día de su suscripción.

Leído que fue el presenteConvenio y enteradas las partesde su contenido, alcance y fuer-za legal, lo firman de conformidady por duplicado, los que en élintervinieron en la Ciudad deAcapulco de Juárez, Guerrero,a los veintitrés días del mesde marzo de 2006.

C.P. CARLOS ZEFERINO TORRE-BLANCA GALINDO.GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DELESTADO LIBRE Y SOBERANO DEGUERRERO.Rúbrica.

POR "EL GOBIERNO"

C.P. CARLOS ÁLVAREZ REYES.SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMI-NISTRACIÓN DEL ESTADO DE GUE-RRERO.Rúbrica.

LIC. ARMANDO CHAVARRÍA BARRERA.SECRETARIO GENERAL DEL GOBIERNODEL ESTADO.Rúbrica.

POR "EL MUNICIPIO"

LIC. ÁLVARO MORALES GARCÍA.PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITU-CIONAL DE TECOANAPA.Rúbrica.

C. EDUARDO MARTÍNEZ GARCÍA.SECRETARIO MUNICIPAL DELAYUNTAMIENTO DE TECOANAPA.Rúbrica.

____________________________________________________________________________________________

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CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMI-NISTRATIVA EN MATERIA FISCALA CELEBRARSE ENTRE EL GOBIERNODEL ESTADO DE GUERRERO, POR CON-DUCTO DEL C.P. CARLOS ZEFERINOTORREBLANCA GALINDO, EN SU CA-RÁCTER DE GOBERNADOR CONSTI-TUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SO-BERANO DE GUERRERO, Y EL C.P.CARLOS ÁLVAREZ REYES, EN SUCARÁCTER DE SECRETARIO DE FI-NANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL GO-BIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO,QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ"EL ESTADO", Y EL MUNICIPIO DETLACOACHISTLAHUACA, REPRESENTA-DO POR EL LIC. ELOY SALMERÓNDÍAZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONS-TITUCIONAL, QUIEN EN LO SUCESIVOSE DENOMINARÁ "EL MUNICIPIO",EN EL MARCO DE LA INSTALACIÓNDEL SISTEMA ESTATAL DE COORDIAN-CIÓN FISCAL, CON FUNDAMENTO ENLOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTI-TUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOSUNIDOS MEXICANOS; 74, FRACCIÓNXXXVII, 92 Y 93 DE LA CONSTITU-CIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBREY SOBERANO DE GUERRERO; 2, 4,13, 22 FRACCIONES V Y XLI, DE LALEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓNPÚBLICA ESTATAL; 6, FRACCIÓNIII, 62, FRACCIÓN II, 72, Y 73,FRACCIONES XVI Y XXVI, DE LA LEYORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBREDEL ESTADO DE GUERRERO; 2, 4,12, 13, 14, 15, 19, 20, 21,22 Y 23 DE LA LEY NÚMERO 251QUE CREA EL SISTEMA ESTATAL DECOORDINACIÓN FISCAL Y ESTABLECELAS BASES, MONTOS Y PLAZOS A LOSQUE SE SUJETARÁN LAS PARTICIPA-CIONES FEDERALES.

DECLARACIONES

"EL ESTADO" declara:

A. Que una de las líneasestratégicas del Gobierno Esta-tal es fortalecer las haciendaspúblicas, no sólo estatales,sino también las municipales,dando total participación alos Municipios que componennuestra entidad federativa,para así, en conjunto, lograrabatir el rezago que se sufreen distintas áreas sociales.

B. Que nuestra legislaciónlocal regula el Sistema Estatalde Coordinación Fiscal, que seerige como una institución quefomenta el debate de ideas y lacolaboración entre distintosámbitos de gobierno, y en dondelos municipios encuentran unverdadero foro en el que puedenexponer distintas propuestasque coadyuven a fortalecer lasfinanzas públicas, lo que sinduda nos ofrece la oportunidadde iniciar un diálogo directopermanente entre los municipiosguerrerenses y el gobiernoestatal.

C. Que el Estado tiene comoobligación procurar los meca-nismos y propuestas financieraspara que los municipios que lointegran participen de maneradirecta en las políticas econó-micas de la entidad, en el marcode un nuevo federalismo hacenda-rio que procure tanto el desarro-llo económico como una justadistribución de la riqueza yque, por lo tanto, se fortalezcala Hacienda Pública Estatal yMunicipal, para lo cual se hace

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necesario celebrar este Conveniode Colaboración para que losMunicipios suscriptores seanactores importantes en estanueva cultura fiscal.

D. Que la suscripción deeste Convenio nos brinde la po-sibilidad de instrumentar losmedios necesarios para que elGobierno Estatal y el Municipalse coordinen en acciones quetienda a elevar la recaudacióny que ambos gocen de los benefi-cios que ofrecen las finanzaspúblicas fortalecidas.

"EL MUNICIPIO" declara:

A. Que reconoce la necesidadde encontrar nuevos mecanismosque le permita aumentar su ha-cienda municipal, para estar encondiciones de brindar mayoressatisfactores a sus habitantes.

B. Que tienen pleno interésen adherirse al presente Conveniocon la finalidad de participaractivamente en las estrategiasy políticas fiscales, lo queredundará en beneficio de lapoblación guerrerense.

C. Que es su voluntad cola-borar de manera directa en lasactividades que se originen dela aplicación del marco jurídicorector en materia fiscal y fi-nanciera, así como en las tareasencomendadas dentro del SistemaEstatal de Coordinación Fiscal,de forma activa y continua encada una de las regiones quecomponen nuestra entidad fe-derativa.

En razón de lo expuesto yfundado, celebran el presenteConvenio, al tenor de las siguien-tes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- Es objeto delpresente Convenio, la colabora-ción y coordinación entre "ELESTADO" y "EL MUNICIPIO" a finde llevar a cabo una relaciónrecíproca de colaboración fiscalque permita incrementar el de-sarrollo económico del Estado,así como el de implementar pro-gramas fiscales que beneficienla recaudación tributaria encada uno de los municipios queintegran el territorio de nues-tra entidad federativa.

SEGUNDA.- Que "EL MUNICI-PIO" es parte integrante delSistema Estatal de CoordinaciónFiscal, y que tiene pleno cono-cimiento de las funciones que deella emanan, y que entre lasmás relevantes se encuentran:

I.- Estudiar, con finesde su modernización, la legisla-ción fiscal y hacendaria, asícomo las disposiciones admi-nistrativas tendientes a proveersu cabal ejecución, así comola aplicación de las mismas.

II.- Proponer medidas téc-nicas para fortalecer la HaciendaPública Municipal y mejorar suorganización y elevar la eficien-cia de su funcionamiento.

III.- Estudiar los mecanis-mos y fórmulas de distribución

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de las participaciones munici-pales, para asegurar permanente-mente la observancia de los cri-terios de equidad y proporciona-lidad.

IV.- Sugerir medidas enca-minadas a mejorar las relacionesde colaboración administrativaentre las haciendas.

V.- Reforzar los programasde capacitación, adiestramientoy desarrollo de personal y deintercambio tecnológico.

VI.- Establecer, manejary controlar los Fondos que pre-viene el último párrafo del Ar-tículo 116 del Código FiscalMunicipal, destinados al desa-rrollo tributario.

VII.- Coadyuvar a la soluciónde controversias entre los Ayun-tamientos en materia de compe-tencias tributarias, coordina-ción fiscal y participaciones;y

VIII.- Informar de sus ac-tividades a la Reunión Estatalde Ayuntamientos.

Así también reconoce eneste acto que por disposiciónlegal expresa los acuerdos to-mados en dichas sesiones sonde observancia obligatoria paratodos sus integrantes, y en loque hace a las facultades potes-tativas de cada uno de los in-tegrantes del Sistema Estatalde Coordinación Fiscal, puedenéstos firmar con "EL ESTADO"Anexos que tendrán como sustento

el presente Acuerdo, en dondese instrumentará de manera deta-llada acciones en materia fiscaltendientes a lograr una aplica-ción eficaz del marco jurídicoque rige esta materia, por loque los derechos y obligacionespactados en los Anexos seránadicionales a los acuerdos toma-dos en las sesiones del SistemaEstatal de Coordinación Fiscal;por lo que el presente Convenioy todos los documentos que sesuscriban para este efecto,serán considerados como unaunidad.

TERCERA.- "EL MUNICIPIO"al firmar los Anexos se comprometea realizar todos los actos ten-dientes a instrumentar dentrode su competencia territorialtodo lo necesario para que tengaplena aplicación el Anexo fir-mado, así como instruirán a losservidores públicos que tengana su cargo las finanzas públicasmunicipales para que apliquencon toda prontitud y exactitudlas disposiciones contenidasen dicho Anexo.

CUARTA.- "EL ESTADO" ten-drá la obligación de asistira "EL MUNICIPIO" en todas lasconsultas que realice, y desa-rrollará las acciones necesariastendientes a informar con todaoportunidad de los lineamientos,políticas, reformas al marcolegal y criterios que tenganimpacto directo en las materiasque trate cada uno de losAnexos que se firmen.

QUINTA.- Las partes de-

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berán establecer representantesde cada uno de ellos, con la fi-nalidad de facilitar el traba-jo y el intercambio de informa-ción, estos representantes seindicarán en cada Anexo quese firme a este respecto.

SEXTA.- En caso de que elmarco legal vigente establezcala facultad a cargo de "EL MU-NICIPIO" de retener contribu-ciones, éste tendrán la obliga-ción de observar su plena apli-cación, pero no limita a laspartes a firmar Anexos en dondese establezcan mecanismos adi-cionales a los establecidos enley, con la única finalidad defacilitar la labor recaudadoray establecer vínculos de co-municación más eficaces entrelas partes.

SÉPTIMA.- La Secretaríade Finanzas y Administracióndel Gobierno del Estado serála encargada de elaborar losAnexos que se firmen en el marcodel presente Convenio, y tendrála obligación de informar a"EL MUNICIPIO" firmante el con-tenido de cada uno de ellos,prestando en todo tiempo aseso-ría sobre el tema.

OCTAVA.- Los Anexos firma-dos al amparo del presente Con-venio deberán versar única yexclusivamente sobre las mate-rias que se traten dentro delSistema Estatal de CoordinaciónFiscal.

NOVENA.- Los Anexos cons-tituirán compromisos institu-

cionales permanentes que de ma-nera libre pactan las partes,pero cuando el objeto del Anexoobligue a establecer su términode duración, al transcurrir elplazo fijado las partes podránrenovarlo.

DÉCIMA.- En caso de que"EL MUNICIPIO" no renueve elAnexo en los términos descritosen la cláusula que antecede,ésto no lo exime de su obligaciónde cumplir con lo que el marcolegal vigente le imponga.

DÉCIMA PRIMERA.- En casode existir controversia en lainterpretación y aplicacióndel presente Convenio y dealguno de los Anexos que sefirmen, se deberá someter lainconformidad ante el Coordina-dor de la Comisión Permanentede Funcionarios Fiscales Esta-tal, mismo que analizará y con-vocará a una reunión con losinteresados con la finalidadde brindar una solución quelogre el consenso entre laspartes.

DÉCIMO SEGUNDA.- Cuandosea posible los Anexos podránregular programas operativosanuales, para llevar a cabolas acciones coordinadas enmateria de verificación delcumplimiento de la obligaciónfiscal, y que de preferenciainiciaran con el ejercicio fis-cal correspondiente.

DÉCIMO TERCERA.- El per-sonal que emplee "EL MUNCIPIO"con motivo de la coordinación

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descrita en este Convenio seentiende que es una relaciónlaboral única y exclusivamentecon la respectiva administraciónpública municipal, sin que puedaexistir responsabilidad laboralalguna para "EL ESTADO".

DÉCIMO CUARTA.- El presenteConvenio tendrá una vigenciaindefinida contada a partirdel día de su suscripción.

Leído que fue el presenteConvenio y enteradas las partesde su contenido, alcance y fuer-za legal, lo firman de conformidady por duplicado, los que en élintervinieron en la Ciudad deAcapulco de Juárez, Guerrero,a los veintitrés días del mesde marzo de 2006.

C.P. ZEFERINO TORREBLANCAGALINDO.GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DELESTADO LIBRE Y SOBERANO DEGUERRERO.Rúbrica.

POR "EL GOBIERNO"

C.P. CARLOS ÁLVAREZ REYES.SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMI-NISTRACIÓN DEL ESTADO DE GUE-RRERO.Rúbrica.

LIC. ARMANDO CHAVARRÍA BARRERA.SECRETARIO GENERAL DEL GOBIERNODEL ESTADO.Rúbrica.

POR "EL MUNICIPIO"

LIC. ELOY SALMERÓN DÍAZ.PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITU-CIONAL DE TLACOACHISTLAHUACA.Rúbrica.

LIC. HERIBERTO LÓPEZ MONTELLANO.SECRETARIO MUNICIPAL DEL AYUNTA-MIENTO DE TLACOACHISTLAHUACA.Rúbrica.

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CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMI-NISTRATIVA EN MATERIA FISCALA CELEBRARSE ENTRE EL GOBIERNODEL ESTADO DE GUERRERO, POR CON-DUCTO DEL C.P. CARLOS ZEFERINOTORREBLANCA GALINDO, EN SU CA-RÁCTER DE GOBERNADOR CONSTI-TUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SO-BERANO DE GUERRERO, Y EL C.P.CARLOS ÁLVAREZ REYES, EN SUCARÁCTER DE SECRETARIO DE FI-NANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL GO-BIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO,QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ"EL ESTADO", Y EL MUNICIPIO DETLALCHAPA, REPRESENTADO POR ELPROFR. EPIFANIO SERRATO SÁNCHEZ,PRESIDENTE MUNICIPAL CONS-TITUCIONAL, QUIEN EN LO SUCESIVOSE DENOMINARÁ "EL MUNICIPIO",EN EL MARCO DE LA INSTALACIÓNDEL SISTEMA ESTATAL DE COORDIAN-CIÓN FISCAL, CON FUNDAMENTO ENLOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTI-TUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOSUNIDOS MEXICANOS; 74, FRACCIÓNXXXVII, 92 Y 93 DE LA CONSTITU-CIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBREY SOBERANO DE GUERRERO; 2, 4,13, 22 FRACCIONES V Y XLI, DE LALEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓNPÚBLICA ESTATAL; 6, FRACCIÓNIII, 62, FRACCIÓN II, 72, Y 73,FRACCIONES XVI Y XXVI, DE LA LEYORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBREDEL ESTADO DE GUERRERO; 2, 4,12, 13, 14, 15, 19, 20, 21,22 Y 23 DE LA LEY NÚMERO 251QUE CREA EL SISTEMA ESTATAL DECOORDINACIÓN FISCAL Y ESTABLECELAS BASES, MONTOS Y PLAZOS A LOSQUE SE SUJETARÁN LAS PARTICIPA-CIONES FEDERALES.

DECLARACIONES

"EL ESTADO" declara:

A. Que una de las líneasestratégicas del Gobierno Esta-tal es fortalecer las haciendaspúblicas, no sólo estatales,sino también las municipales,dando total participación alos Municipios que componennuestra entidad federativa,para así, en conjunto, lograrabatir el rezago que se sufreen distintas áreas sociales.

B. Que nuestra legislaciónlocal regula el Sistema Estatalde Coordinación Fiscal, que seerige como una institución quefomenta el debate de ideas y lacolaboración entre distintosámbitos de gobierno, y en dondelos municipios encuentran unverdadero foro en el que puedenexponer distintas propuestasque coadyuven a fortalecer lasfinanzas públicas, lo que sinduda nos ofrece la oportunidadde iniciar un diálogo directopermanente entre los municipiosguerrerenses y el gobiernoestatal.

C. Que el Estado tiene comoobligación procurar los meca-nismos y propuestas financieraspara que los municipios que lointegran participen de maneradirecta en las políticas econó-micas de la entidad, en el marcode un nuevo federalismo hacenda-rio que procure tanto el desarro-llo económico como una justadistribución de la riqueza yque, por lo tanto, se fortalezcala Hacienda Pública Estatal yMunicipal, para lo cual se hace

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necesario celebrar este Conveniode Colaboración para que losMunicipios suscriptores seanactores importantes en estanueva cultura fiscal.

D. Que la suscripción deeste Convenio nos brinde la po-sibilidad de instrumentar losmedios necesarios para que elGobierno Estatal y el Municipalse coordinen en acciones quetienda a elevar la recaudacióny que ambos gocen de los benefi-cios que ofrecen las finanzaspúblicas fortalecidas.

"EL MUNICIPIO" declara:

A. Que reconoce la necesidadde encontrar nuevos mecanismosque le permita aumentar su ha-cienda municipal, para estar encondiciones de brindar mayoressatisfactores a sus habitantes.

B. Que tienen pleno interésen adherirse al presente Conveniocon la finalidad de participaractivamente en las estrategiasy políticas fiscales, lo queredundará en beneficio de lapoblación guerrerense.

C. Que es su voluntad cola-borar de manera directa en lasactividades que se originen dela aplicación del marco jurídicorector en materia fiscal y fi-nanciera, así como en las tareasencomendadas dentro del SistemaEstatal de Coordinación Fiscal,de forma activa y continua encada una de las regiones quecomponen nuestra entidad fe-derativa.

En razón de lo expuesto yfundado, celebran el presenteConvenio, al tenor de las siguien-tes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- Es objeto delpresente Convenio, la colabora-ción y coordinación entre "ELESTADO" y "EL MUNICIPIO" a finde llevar a cabo una relaciónrecíproca de colaboración fiscalque permita incrementar el de-sarrollo económico del Estado,así como el de implementar pro-gramas fiscales que beneficienla recaudación tributaria encada uno de los municipios queintegran el territorio de nues-tra entidad federativa.

SEGUNDA.- Que "EL MUNICI-PIO" es parte integrante delSistema Estatal de CoordinaciónFiscal, y que tiene pleno cono-cimiento de las funciones que deella emanan, y que entre lasmás relevantes se encuentran:

I.- Estudiar, con finesde su modernización, la legisla-ción fiscal y hacendaria, asícomo las disposiciones admi-nistrativas tendientes a proveersu cabal ejecución, así comola aplicación de las mismas.

II.- Proponer medidas téc-nicas para fortalecer la HaciendaPública Municipal y mejorar suorganización y elevar la eficien-cia de su funcionamiento.

III.- Estudiar los mecanis-mos y fórmulas de distribución

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de las participaciones munici-pales, para asegurar permanente-mente la observancia de los cri-terios de equidad y proporciona-lidad.

IV.- Sugerir medidas enca-minadas a mejorar las relacionesde colaboración administrativaentre las haciendas.

V.- Reforzar los programasde capacitación, adiestramientoy desarrollo de personal y deintercambio tecnológico.

VI.- Establecer, manejary controlar los Fondos que pre-viene el último párrafo del Ar-tículo 116 del Código FiscalMunicipal, destinados al desa-rrollo tributario.

VII.- Coadyuvar a la soluciónde controversias entre los Ayun-tamientos en materia de compe-tencias tributarias, coordina-ción fiscal y participaciones;y

VIII.- Informar de sus ac-tividades a la Reunión Estatalde Ayuntamientos.

Así también reconoce eneste acto que por disposiciónlegal expresa los acuerdos to-mados en dichas sesiones sonde observancia obligatoria paratodos sus integrantes, y en loque hace a las facultades potes-tativas de cada uno de los in-tegrantes del Sistema Estatalde Coordinación Fiscal, puedenéstos firmar con "EL ESTADO"Anexos que tendrán como sustento

el presente Acuerdo, en dondese instrumentará de manera deta-llada acciones en materia fiscaltendientes a lograr una aplica-ción eficaz del marco jurídicoque rige esta materia, por loque los derechos y obligacionespactados en los Anexos seránadicionales a los acuerdos toma-dos en las sesiones del SistemaEstatal de Coordinación Fiscal;por lo que el presente Convenioy todos los documentos que sesuscriban para este efecto,serán considerados como unaunidad.

TERCERA.- "EL MUNICIPIO"al firmar los Anexos se comprometea realizar todos los actos ten-dientes a instrumentar dentrode su competencia territorialtodo lo necesario para que tengaplena aplicación el Anexo fir-mado, así como instruirán a losservidores públicos que tengana su cargo las finanzas públicasmunicipales para que apliquencon toda prontitud y exactitudlas disposiciones contenidasen dicho Anexo.

CUARTA.- "EL ESTADO" ten-drá la obligación de asistira "EL MUNICIPIO" en todas lasconsultas que realice, y desa-rrollará las acciones necesariastendientes a informar con todaoportunidad de los lineamientos,políticas, reformas al marcolegal y criterios que tenganimpacto directo en las materiasque trate cada uno de losAnexos que se firmen.

QUINTA.- Las partes de-

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berán establecer representantesde cada uno de ellos, con la fi-nalidad de facilitar el traba-jo y el intercambio de informa-ción, estos representantes seindicarán en cada Anexo quese firme a este respecto.

SEXTA.- En caso de que elmarco legal vigente establezcala facultad a cargo de "EL MU-NICIPIO" de retener contribu-ciones, éste tendrán la obliga-ción de observar su plena apli-cación, pero no limita a laspartes a firmar Anexos en dondese establezcan mecanismos adi-cionales a los establecidos enley, con la única finalidad defacilitar la labor recaudadoray establecer vínculos de co-municación más eficaces entrelas partes.

SÉPTIMA.- La Secretaríade Finanzas y Administracióndel Gobierno del Estado serála encargada de elaborar losAnexos que se firmen en el marcodel presente Convenio, y tendrála obligación de informar a"EL MUNICIPIO" firmante el con-tenido de cada uno de ellos,prestando en todo tiempo aseso-ría sobre el tema.

OCTAVA.- Los Anexos firma-dos al amparo del presente Con-venio deberán versar única yexclusivamente sobre las mate-rias que se traten dentro delSistema Estatal de CoordinaciónFiscal.

NOVENA.- Los Anexos cons-tituirán compromisos institu-

cionales permanentes que de ma-nera libre pactan las partes,pero cuando el objeto del Anexoobligue a establecer su términode duración, al transcurrir elplazo fijado las partes podránrenovarlo.

DÉCIMA.- En caso de que"EL MUNICIPIO" no renueve elAnexo en los términos descritosen la cláusula que antecede,ésto no lo exime de su obligaciónde cumplir con lo que el marcolegal vigente le imponga.

DÉCIMA PRIMERA.- En casode existir controversia en lainterpretación y aplicacióndel presente Convenio y dealguno de los Anexos que sefirmen, se deberá someter lainconformidad ante el Coordina-dor de la Comisión Permanentede Funcionarios Fiscales Esta-tal, mismo que analizará y con-vocará a una reunión con losinteresados con la finalidadde brindar una solución quelogre el consenso entre laspartes.

DÉCIMO SEGUNDA.- Cuandosea posible los Anexos podránregular programas operativosanuales, para llevar a cabolas acciones coordinadas enmateria de verificación delcumplimiento de la obligaciónfiscal, y que de preferenciainiciaran con el ejercicio fis-cal correspondiente.

DÉCIMO TERCERA.- El per-sonal que emplee "EL MUNCIPIO"con motivo de la coordinación

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48 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO Viernes 11 de Mayo de 2007

descrita en este Convenio seentiende que es una relaciónlaboral única y exclusivamentecon la respectiva administraciónpública municipal, sin que puedaexistir responsabilidad laboralalguna para "EL ESTADO".

DÉCIMO CUARTA.- El presenteConvenio tendrá una vigenciaindefinida contada a partirdel día de su suscripción.

Leído que fue el presenteConvenio y enteradas las partesde su contenido, alcance y fuer-za legal, lo firman de conformidady por duplicado, los que en élintervinieron en la Ciudad deAcapulco de Juárez, Guerrero,a los veintitrés días del mesde marzo de 2006.

C.P. CARLOS ZEFERINO TORRE-BLANCA GALINDO.GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DELESTADO LIBRE Y SOBERANO DEGUERRERO.Rúbrica.

POR "EL GOBIERNO"

C.P. CARLOS ÁLVAREZ REYES.SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMI-NISTRACIÓN DEL ESTADO DE GUE-RRERO.Rúbrica.

LIC. ARMANDO CHAVARRÍA BARRERA.SECRETARIO GENERAL DEL GOBIERNODEL ESTADO.Rúbrica.

POR "EL MUNICIPIO"

PROFR. EPIFANIO SERRATO SÁNCHEZ.PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITU-CIONAL DE TLALCHAPA.Rúbrica.

C. ELPIDIO ALONSO DOMÍNGUEZ.SECRETARIO MUNICIPAL DELAYUNTAMIENTO DE TLALCHAPA.Rúbrica.

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SECCION DEAVISOS

EDICTO

En el expediente número488-2/2005, relativo al JuicioEJECUTIVO MERCANTIL, promovidopor ZACARIAS CORTES OROZCO y JA-VIER CORTES GARCIA, en contra deBEATRIZ SÁNCHEZ ORTEGA, GABINOALCARAZ RAMOS y CONSTANTINAORTEGA BARRIOS, la LicenciadaGABRIELA RAMOS BELLO, JuezaCuarto de Primera Instancia delRamo Civil del Distrito Judicialde Tabares, por proveído dictadoen la audiencia de remate defecha treinta de Marzo del dosmil siete, señaló las ONCEHORAS DEL DIA DIECIOCHO DE MAYODEL AÑO EN CURSO, para laaudiencia de remate en SegundaAlmoneda y en pública subastael cincuenta por ciento delbien embargado en autos,consistente en el inmuebleubicado en la Zona 103, manzana8, lote 79, de Las Cruces, deesta Ciudad, con las siguientesmedidas y colindancias: alNORESTE: en 7.35 mts., colindacon lote 75; al SURESTE: en17.40 mts., colinda con lote50; al SUROESTE: en 7.30 mts.,colinda con Calle sin nombre;al NOROESTE: en 14.60 mts.,colinda con Calle sin nombre,con superficie de 177.00 metroscuadrados, sirve de base la

cantidad de $136,500.00 (CIENTOTREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOSPESOS 00/100 M. N.), y serápostura legal la que cubra lasdos terceras partes del valorpericial es decir, $81,900.00(OCHENTA Y UN MIL NOVECIENTOSPESOS 00/100 M. N.).

SE CONVOCAN POSTORES.

Los que para intervenir,deberán depositar en estable-cimiento de crédito, una can-tidad igual, al diez por cientoen efectivo al valor del bien,sin cuyo requisito no seránadmitidos.

Acapulco, Gro., a 11 de Abrilde 2007.

LA SEGUNDA SECRETARIA DEACUERDOS.

LIC. ERIKA MORALES ORDUÑO.Rúbrica.

3-3______________________________________________________________________________________________________________________________________

EDICTO

La Ciudadana LicenciadaNATIVIDAD REYNA JUSTO, PrimeraSecretaria de Acuerdos delJuzgado Segundo Civil de PrimeraInstancia del Distrito Judicialde los Bravo, con residenciaoficial en la Ciudad de Chil-pancingo, Guerrero, encargadade despacho por ministerio deley, mediante auto de fechatreinta de Marzo del año dosmil siete, dictado en el expe-diente civil número 262/1993-II, relativo al Juicio EJECUTIVO

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50 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO Viernes 11 de Mayo de 2007

MERCANTIL, promovido por MER-CEDES GATICA GREGORIO, en contrade MARIA RAMÓN CASARRUBIAS yOTRO, se ordena sacar a públicasubasta y en Segunda Almoneda,el bien inmueble embargado enautos, ubicado en el lote vein-ticinco, manzana dos, Fraccio-namiento C. N. O. P., SecciónC, de esta Ciudad, el cual tie-ne las siguientes medidas y co-lindancias: al NOROESTE mide7.00 metros, colinda con CalleMargarita Adame de Rodríguez;al SURESTE mide 7.00 metros ycolinda con el lote cuarenta ynueve; al NORESTE mide 18.00metros y colinda con AndadorCardenal; al SUROESTE mide18.00 metros y colinda con ellote dieciséis; teniendo unasuperficie total de 126.00 me-tros cuadrados, con un valorpericial de $81,150.00 (OCHENTAY UN MIL CIENTO CINCUENTA PESOS00/100 M. N.), que es la rebajadel veinte por ciento del valorpericial fijado en autos; siendopostura legal el que cubra lasdos terceras partes del valorpericial fijado en autos; orde-nándose su venta por medio deedictos, que se publiquen portres veces dentro de nuevedías, en los lugares de cos-tumbre como son: Tesorería Mu-nicipal, Administración Fiscaly Estrados del Juzgado, asícomo en el Periódico Oficialdel Gobierno del Estado y en elperiódico Diario de Guerrero,que se edita en esta Ciudad;para tal efecto se convocanpostores y se señalan las DIEZHORAS DEL DIA VEINTITRÉS DEMAYO DEL AÑO DOS MIL SIETE,

para que tenga verificativo laaudiencia de remate en SegundaAlmoneda del citado bien.

A T E N T A M E N T EEL SEGUNDO SECRETARIO

DE ACUERDOS DELJUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITOJUDICIAL

DE LOS BRAVO.LIC. CESAR SERRANO MOJICA.

Rúbrica.

3-3______________________________

EDICTO

C. CONCEPCIÓN RAMÍREZ FIGUEROA.P R E S E N T E.

AUTO. Chilpancingo, Guerre-ro, primero de Febrero del añodos mil siete.

Por recibido el escrito quesuscribe el Licenciado DanielJaimez Núñez, Abogado Patronode la parte actora, exhibido elveintinueve de Enero del año encurso, en atención a su contenido,y vistos los informes rendidospor el Director de GobernaciónMunicipal y Director de SeguridadPública Municipal, de los que sedesprende que no fue posiblela localización del domiciliode la demandada CONCEPCIÓN RAMÍ-REZ FIGUEROA, por tanto, de con-formidad con el Artículo 160Fracción II del Código ProcesalCivil, emplácese al demandadomediante edictos, por lo que

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Viernes 11 de Mayo de 2007 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO 5 1

se tiene por presentado aVIRGILIO NÁJERA OLIVARES consu escrito y documentos queacompañó, exhibidos el veintede Octubre del año anteriormediante el cual demanda la DI-SOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIALque lo une con CONCEPCIÓN RAMÍREZFIGUEROA y otras prestaciones,por lo que con fundamento en losArtículos 323, 233, 534 y 538del Código Procesal Civil, seadmite a trámite la demanda enla vía y forma propuesta, fórmeseexpediente y regístrese en elLibro de Gobierno bajo el número1015-1/2006, que le correspon-dió, por tanto, con fundamentoen el Artículo 160 FracciónII del Código Procesal Civil,emplácese a la demandada median-te edictos que se publiquen portres veces de tres en tres días,en el periódico "El Diario deGuerrero" que se edita en estaCiudad y por tres veces conse-cutivas en el Periódico Oficialdel Gobierno del Estado, hacién-dole saber a la citada demandadaque cuenta con un término detreinta días hábiles a partirdel día siguiente de la últimapublicación del edicto para queconteste demanda, quedando asu disposición las copias detraslado en la Primera Secreta-ría de Acuerdos de este Juzgadopara que pase a recogerlas,asimismo se le previene paraque señale domicilio en estaCiudad donde oír y recibir citasy notificaciones, apercibidaque en caso de no comparecerdentro del término fijado, sele tendrá por contestando lademanda en sentido negativo

y las ulteriores notificacionesaún las de carácter personalse le harán por los Estrados deeste Juzgado, a excepción dela notificación de la sentenciadefinitiva. Con fundamento enel Artículo 520 del Código Pro-cesal Civil, dése la intervenciónque le compete al Agente delMinisterio Público, y al Re-presentante del DIF-GUERRERO.Con fundamento en el Artículo35 de la Ley de Divorcio, y sólomientras dure el presente juicio,se dictan provisionalmente lassiguientes medidas: A).- To-mando en cuenta que del contenidode su demanda se desprende quelos cónyuges se encuentran se-parados, se decreta judicialmentesu separación; B).- Se previenena los cónyuges para que no semolesten el uno al otro en nin-guna forma, y si lo hicieran lasuscrita a petición de partesolicitará intervención delMinisterio Público; C).- Se de-creta por concepto de alimentoscon cargo a la parte actora afavor de la demandada el cuarentapor ciento del salario mínimodiario general vigente en laRegión, y lo que resulte deberádepositarlo los primeros cincodías de cada mes al Fondo Auxi-liar para la Administración deJusticia en el Estado. Por otraparte se le tiene al promoventepor señalando domicilio paraoír y recibir citas y notifica-ciones, y como su abogado patronoal profesionista que menciona,ello de conformidad con losArtículos 94 y 95 del CódigoProcesal Civil, sin que hayalugar por el momento a tenerle

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52 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO Viernes 11 de Mayo de 2007

por ofrecidas sus pruebas por noser el momento procesal opor-tuno.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-Así lo acordó y firma la C. Li-cenciada NORMA LETICIA MENDEZABARCA, Juez de Primera Instanciadel Ramo Familiar del DistritoJudicial de los Bravo, quienactúa en forma legal por antela Ciudadana Licenciada ENNANOEMÍ EROZA MAGANDA, PrimeraSecretaria de Acuerdos queautoriza y da fe. DOY FE.

Chilpancingo, Gro., a 20 deFebrero del año 2007.

LA PRIMERA SECRETARIA DEACUERDOS.

LIC. ENNA NOEMÍ EROZA MAGANDA.Rúbrica.

3-3____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

EDICTO

En los autos del expedientefamiliar número 50/2007, relati-vo al DIVORCIO NECESARIO, pro-movido por BALDOMERO GARCÍAQUIROZ, en contra de EMMA SÁNCHEZAGUILAR, la Licenciada INDALECIAPACHECO LEÓN, Jueza del JuzgadoSegundo de las Materias Civily Familiar del Distrito Judicialde Azueta, dictó un auto quea la letra dice.

Zihuatanejo, Guerrero, aonce de Abril del año dos milsiete.

Por presentado el escritode BALDOMERO GARCÍA QUIROZ,actor en el presente juicio,

atento a su contenido, toda vezque de actuaciones se advierteque la demandada EMMA SÁNCHEZAGUILAR, no se encontró a dichapersona en el domicilio ubicadoa un costado del corralón deGrúas Áspide de Barrio Viejo,perteneciente a este Municipio,por lo que con fundamento enel Artículo 160 Fracción IIdel Código Procesal Civil envigor, se ordena publicar portres veces en tres días en elPeriódico Oficial del Gobiernodel Estado, y en el periódicoEl Despertar de la Costa, deesta Ciudad, de la presente de-manda hecha en su contra aEMMA SÁNCHEZ AGUILAR, y que de-berá presentarse dentro deltérmino de cuarenta días, anteeste Juzgado, para que se dé pornotificada de la misma, quedandoa su disposición de dicho deman-dado en la Segunda Secretaríade Acuerdos de este Juzgado lascopias de traslado de la demandainstaurada en su contra, aperci-biéndole que de no hacerlo sele tendrán por admitidos loshechos que se aducen en lamisma.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-Así lo acordó y firma la Licen-ciada INDALECIA PACHECO LEÓN,Jueza del Juzgado Segundo dePrimera Instancia en las MateriasCivil y Familiar del DistritoJudicial de Azueta, ante laLicenciada PETRA JIMÉNEZ SA-MUDIO, Segunda Secretaria deAcuerdos quien autoriza y dafe. DOY FE.

Zihuatanejo, Gro., a 12 deAbril del 2007.

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Viernes 11 de Mayo de 2007 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO 5 3

LA SEGUNDA SECRETARIA DEACUERDOS.

LIC. PETRA JIMÉNEZ SAMUDIO.Rúbrica

3-3__________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

EDICTO

C. GILBERTO CATALAN JIMENEZ.P R E S E N T E.

Acapulco, Guerrero, a dieci-séis de Enero del año dos milsiete.

ACUERDO.-Agréguese a susautos el escrito de cuenta, setiene a la promovente desahogandola prevención ordenada medianteauto de fecha ocho de Enero delaño en curso, en consecuencia,con fundamento en lo dispuestopor los Artículos 416, 417,418, 419, 422 y demás relativosy aplicables del Código ProcesalCivil en vigor, se admite a trá-mite la EJECUCIÓN DE SENTENCIA,fórmese cuadernillo por separadoy con la planilla de liquidaciónque exhibe, dése vista al ejecu-tado en forma personal, paraque dentro del término de tresdías manifieste lo que a su de-recho convenga, así también re-quiérasele para que en el actode la diligencia haga pago de lacantidad de $137,498.00 (CIENTOTREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOSNOVENTA Y OCHO PESOS 85/100M. N.), cantidad que adeuda laejecutante por concepto de pen-sión alimenticia o justifiquecon las documentales respectivashaber cumplido, o en su defecto

embárguensele bienes de su pro-piedad, suficientes y bastantesa garantizar la cantidad recla-mada, constitúyase el depósitoconforme a la ley.- NOTIFÍQUESEY CÚMPLASE. Así lo acordó y fir-ma el Licenciado LUIS AGUILARDELGADO, Juez Tercero de PrimeraInstancia en Materia Familiar,del Distrito Judicial de Tabares,por ante la Licenciada CECILIAPIMENTEL DAVALOS, Primer Secre-taria de Acuerdos, que da fe.DOY FE.

Mediante el presente hagode su conocimiento que en laPrimera Secretaría del JuzgadoTercero de Primera Instanciadel Ramo Familiar del DistritoJudicial de Tabares, ubicadoen la Planta Baja del EdificioAlberto Vázquez del Mercado,sito en la Avenida Gran Vía Tro-pical sin número, del Fracciona-miento Las Playas de esta Ciudad,se encuentra radicado el Juiciode INCIDENTE DE EJECUCIÓN DESENTENCIA, promovido por GILBER-TO CATALAN JIMENEZ, en contra deUSTED, en el expediente número271-1/03, haciéndose saber alincidentado que las copias detraslado quedan a su disposiciónen la Secretaría antes mencionaday que dispone de un término detreinta días para recibirlasy tres días para que produzcacontestación, esto a partir dela última publicación que serealice en caso de no hacerlo,se procederá en términos delArtículo 257 Fracción II y IIIdel Código Procesal Civil envigor.

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Acapulco, Gro., a 12 de Abrildel 2007.

EL PRIMER SECRETARIO DEACUERDOS EN FUNCIONES DE

ACTUARIO.LIC. CECILIA PIMENTEL DAVALOS.

Rúbrica.3-3

______________________________________________________________________________________________________________________

AVISO NOTARIAL

El Licenciado JULIO GARCÍAESTRADA, Notario Público NúmeroDos, hago saber: para todos losefectos del Artículo 712 delCódigo de Procedimientos Ci-viles en el Estado de Guerrero,y su correlativo en el DistritoFederal, que por Escritura Pú-blica número 102,386 de fechaseis de Marzo del dos milsiete, pasada ante la fe delsuscrito Notario, el Señor JO-SÉ MANUEL HERNÁNDEZ CERVANTES,aceptó la herencia que le de-jaron los Señores CIRILO HER-NÁNDEZ MARTÍNEZ y ALEJANDRINACERVANTES SÁNCHEZ, asimismoaceptó el cargo de albacea úni-co, representado en este actopor la Señora REYNA SABINAMEDA SOBERANIS, manifestandoque desde luego procederá aformular el inventario y avalúoa los bienes que forman elcaudal hereditario de la suce-sión.

Acapulco, Guerrero, a 18 deAbril del año 2007.

A T E N T A M E N T E.LIC. JULIO GARCÍA ESTRADA.

EL NOTARIO PUBLICO NUMERO DOS.Rúbrica.

2-2____________________________________________________________________________________________________________________________

EXTRACTO

Extracto para su publicaciónen el Periódico Oficial delEstado y en dos periódicosque circulen en la ubicacióndel predio, por dos veces, unacada quince días.

El C. FELIX CASTAÑEDACUEVAS, solicita la inscripciónpor primera vez del prediourbano, ubicado en Calle BenitoJuárez No. 20, en Atoyác de Ál-varez, Guerrero, del DistritoJudicial de Galeana.

El cual tiene las siguientesmedidas y colindancias:

Al NORTE: mide nueve metrosy colindan con la Calle BenitoJuárez.

Al SUR: mide nueve metrosy colinda con el Señor PedroHernández López.

Al ORIENTE: mide sietemetros sesenta y tres centíme-tros y colinda con la Calle Her-menegildo Galeana.

Al PONIENTE: mide sietemetros sesenta y tres centímetrosy colinda con el Señor GabinoHernández Girón.

Lo que se hace saber y sepublica en los términos delArtículo 160 del Reglamentodel Registro Público de la

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Viernes 11 de Mayo de 2007 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO 5 5

Propiedad y del Comercio.

Acapulco, Gro., a 09 de Marzodel 2006.

A T E N T A M E N T E.SUFRAGIO EFECTIVO. NO

REELECCION.LIC. JUAN PEREA RODRIGUEZ.

DELEGADO REGIONAL DELREGISTRO PUBLICO DE LA

PROPIEDAD.Rúbrica.

2-2___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

EXTRACTO

Extracto para publicarseen el Periódico Oficial delGobierno del Estado y en dosperiódicos que circulen enla ubicación del predio, pordos veces, cada quince días.

La C. MARIA ÁLVAREZ LEYVA,solicita la inscripción porvez primera del predio urbano,conocido como Nepantlal, o CalleLázaro Cárdenas s/n, en Ixca-teopan, Guerrero, del DistritoJudicial de Alarcón, con lassiguientes medidas y colin-dancias.

Al NORTE: 17.00 mts., colindaFélix Blanco Cano.

Al SUR: 23.50 mts, colindacon Josefina Leyva Sales.

Al ORIENTE: 9.80, 4.80 y9.50 mts. colinda con FortinoBlanco Cano.

Al PONIENTE: 33.00 mts.,colinda con Calle Lázaro Cár-denas.

Lo que se hace saber y sepublica en los términos delArtículo 160 del Reglamentodel Registro Público de laPropiedad.

Chilpancingo, Guerrero, a 28de Febrero de 2007.

EL DIRECTOR GENERAL DELREGISTRO PÚBLICO DE LA

PROPIEDAD, DEL COMERCIO YCRÉDITO AGRÍCOLA.

LIC. RENÉ HERNÁNDEZ DE LAROSA.

Rúbrica.2-2

___________________________________________________________________________________________________________________________

EDICTO

En los autos del expedientecivil 148-2001-2, relativo alJuicio EJECUTIVO MERCANTIL,promovido por J. FEDERICO MEDINATORRES, en contra de RAUL LARAJUÁREZ y SOCIOS, el Lic. ELIASFLORES LOEZA, Juez Segundo dePrimera Instancia del RamoCivil del Distrito Judicial deAzueta, ante la Licenciada PETRAJIMENEZ SAMUDIO, se dictó unauto que a la letra dice.

Zihuatanejo, Guerrero, 8de Marzo del dos mil siete.

Con fundamento en el Artícu-lo 1411 del Código de Comercio,se ordena sacar a remate en su-basta pública en su Primera Al-moneda, los inmuebles ubicadosen:

Lote 10, manzana 27, super-

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56 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO Viernes 11 de Mayo de 2007

manzana IV, Centro, en Zihuata-nejo, con las siguientes medidasy linderos: al NORTE, 22.80mts., con fracción del mismolote 10; al SUR, 20.30 mts., conCalle N. Álvarez; al ORIENTE,20.22 mts., con lote 11; alPONIENTE, 20.40 mts., con lote9, con una área de 325.55 m2.Sirviendo como base para el re-mate la cantidad de $5,867.000.00(CINCO MILLONES OCHOCIENTOSSESENTA y SIETE MIL PESOS 00/100 M. N.).

Casa habitación unifamiliar,lote 12 A, del Andador Pez Vela,manzana 16, Colonia Lázaro Cár-denas, en Zihuatanejo, con lassiguientes medidas: al NORTE,8.70 y 9.32 mts., con AndadorPez Vela; al SUR, 17.29 mts.,con lote 12; al ORIENTE, 8.52mts., con lote 1; al PONIENTE,7.90 mts., con lote 12, conuna área de 156.38 mts.,sirviendo de base la cantidadde $546.000.00 (QUINIENTOSCUARENTA y SEIS MIL PESOS 00/100 M. N.).

Se señalan las DIEZ HORASDEL DIA 30 DE MAYO DEL AÑO ENCURSO, para que tenga verifi-cativo la audiencia de remateen Segunda Almoneda. CONVÓQUENSEA POSTORES.

Sirviendo de base para elremate, las sumas asignadas acada inmueble, con la deduccióndel 20%, por tratarse de SegundaAlmoneda, en términos del Ar-tículo 469 del Código de Pro-cedimientos Civiles vigenteen el Estado, aplicado en forma

supletoria al de Comercio.

Base para el remate, lasdos terceras partes de lassumas que resulten.

Zihuatanejo, Gro., a 19 deAbril del 2007.

LA SEGUNDA SECRETARIA DEACUERDOS.

LIC. PETRA JIMENEZSAMUDIO.Rúbrica.

3-2___________________________________________________________________________________________________

EDICTO

En el expediente número494-2/2005, relativo al JuicioEJECUTIVO MERCANTIL, promovidopor DONACIANO MENDOZA SALAZAR,en contra de MARCELO DÍAZ SORIAy EVA SORIA ROMERO DE DÍAZ, elJuez Sexto de Primera Instanciadel Ramo Civil del Distrito Ju-dicial de Tabares, por auto deveintidós de Febrero de dos milsiete, señaló las ONCE HORASDEL DIA VEINTICUATRO DE MAYODEL AÑO EN CURSO, para que tengaverificativo la audiencia deremate en Primera Almoneda,respecto del bien embargado enautos, consistente en el bieninmueble identificado como lotede terreno número 01, manzana76, Zona 02, La Venta y BarrioNuevo I de esta Ciudad, con lassiguientes medidas y colindan-cias: al NORESTE: en 34.00 me-tros, 3.67 metros, con arroyo;al SURESTE: en 29.85 metros,24.35 metros y 18.90 metros,

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con Calle Clavel; al SUROESTE:en 42.50 metros, con Calle LaVenta; al NOROESTE: en 80.73metros, con lotes 3, 2, 9, 31de Cerrada de Allende 2, conuna superficie total de3,080.00 metros cuadrados, ha-ciéndose la publicación poredictos por tres veces dentrode nueve días, en el PeriódicoOficial del Gobierno del Estado,en el diario de mayor circulaciónque se edite en esta Ciudad,y en los Estrados de este Juz-gado, sirviendo de base parael remate la cantidad de$1’200,000.00 (UN MILLÓN DOS-CIENTOS MIL PESOS 00/100 MONEDANACIONAL), valor pericial deter-minado en autos siendo posturalegal la que cubra las dos ter-ceras partes de dicha cantidad.

SE CONVOCAN POSTORES.

Acapulco, Gro., a 17 de Abrilde 2007.

EL SEGUNDO SECRETARIO DEACUERDOS.

LIC. CESAR ABRAHAMCALDERÓN TORRES.

Rúbrica.3-2

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

EDICTO

En el expediente número167-1/06, relativo al JuicioEJECUTIVO MERCANTIL, promovidopor DISTRIBUIDORA DE ACAPULCO,S.A. DE C.V., en contra deFUSION QUÍMICA, S.A. DE C.V.,el Licenciado JORGE ANDRES OSORIO

VAZQUEZ, Juez Quinto Civil dePrimera Instancia del DistritoJudicial de Tabares, ordenó sa-car a remate en Primera Almoneda,el bien inmueb1e ubicado enlote 4-B, manzana uno, ParqueEcológico Viveristas, en laCalle Tulipán, en esta Ciudad,con las siguientes medidas ycolindancias: al NORESTE, en12.50 metros colinda con CalleTulipanes; al SURESTE, en 25.00metros colinda con lote 26;al SUROESTE, en 12.50.00 metroscolinda con lote 2; al NORO-ESTE, en 25.00 metros colindacon lote 4-A, con una superficietotal de 312.50.00 m2., hacién-dose la publicación de edictosconvocándose postores por tresveces dentro de nueve días, enlos lugares públicos de costum-bre, en el diario Novedades deAcapulco que se edita en estaCiudad, en el Diario Oficialdel Gobierno del Estado, y enlos Estrados de este Juzgado,sirviendo como base para elremate la cantidad de SEISCIENTOSVEINTIDÓS MIL PESOS 00/100M.N., valor pericial determi-nado en autos y será posturalegal la que cubra las dos ter-ceras partes de dicha cantidad.Y para que tenga verificativola audiencia de remate se señalanlas DOCE HORAS DEL VEINTITRESDE MAYO DEL DOS MIL SIETE.-DOY FE.

CONVOQUENSE POSTORES

Acapulco, Guerrero, Abril 25del 2007.

EL ACTUARIO JUDICIAL.

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LIC. MIGUEL ANGEL MOYADOESCUTIA.Rúbrica.

3-2_______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

EDICTO

En el expediente número528-1/2003, relativo al JuicioEJECUTIVO MERCANTIL, promovidopor SILVIA MARTÍNEZ MILLÁN, encontra de MERCEDES CASARRUBIASJAIMES, el Juez Segundo de Pri-mera Instancia del Ramo Civildel Distrito Judicial de Tabares,ordenó sacar a remate en SegundaAlmoneda, el bien inmueble em-bargado, consistente en la casaciento catorce–A, (izquierda)del Edificio José María Morelos,manzana nueve, lote dieciocho,Condominio Solidaridad, cons-truido sobre las fracciones deterreno en Potrerillo y VistaHermosa, en esta Ciudad, casahabitación de dos plantas, Plan-ta Baja: cochera, estancia,comedor, cocina y patio de ser-vicio; Planta Alta: vestíbulo,dos recámaras y baño completo.Con una superficie de 60.00m2., según escrituras, conlas siguientes colindancias:al NORTE.- En 03.75 mts., conCalle Constitución; al SUR.-En 03.75 mts., con Calle 113;al ESTE.- En 16.00 mts., concasa número 112; al OESTE.- En16.00 mts., con casa número114; en veinte metros, con lotetreinta. Folio de DerechosReales número 124235 del Dis-trito Judicial de Tabares, sirvede base para el remate la can-

tidad de (DOSCIENTOS SETENTAY UN MIL PESOS 00/100 M.N.), va-lor pericial señalado en autos,con reducción del veinte porciento, y será postura legalla que cubra las dos terceraspartes del referido inmueble,haciéndose las publicacionesde edictos en los lugares decostumbre: Estrados del Juzgado,diario Novedades de Acapulco,que se edita en esta Ciudad yen el Periódico Oficial del Go-bierno del Estado, por tres ve-ces dentro de nueve días, seña-lándose las DIEZ HORAS DEL DIAVEINTINUEVE DE MAYO DEL PRESENTEAÑO, para que tenga verificativola audiencia de remate en SegundaAlmoneda.

SE CONVOCAN POSTORES.

Acapulco, Guerrero, a 11 deAbril de 2007.

EL PRIMER SECRETARIO DEACUERDOS.

LIC. ROBERTO ADRIÁNHERNÁNDEZ GAYTÁN.

Rúbrica.3-2

_____________________________________________________________________________________________________________

EXTRACTO

Extracto para publicarseen el Periódico Oficial delGobierno del Estado y en dosperiódicos que circulen enla ubicación del predio, pordos veces, cada quince días.

Los CC. FLORENCIO y AURELIOde apellidos ROMERO NAVA, solici-

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Viernes 11 de Mayo de 2007 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO 5 9

tan la inscripción por vez pri-mera de un predio urbano, ubicadoen la Calle Amado Nervo número97, en Chilpancingo, Guerrero,del Distrito Judicial de Bravo,con las siguientes medidas ycolindancias.

Al NORTE: 13.00 mts., colindacon depósito de agua potable.

Al SUR: 13.00 mts., colindacon Calle Amado Nervo.

Al ORIENTE: 12.00 mts., co-linda con Celestino Hernández.

Al PONIENTE: 7.70 mts.,colinda con Celedonio Flores.

Lo que se hace saber y sepublica en los términos delArtículo 160 del Reglamentodel Registro Público de laPropiedad.

Chilpancingo, Guerrero, a 11de Abril de 2007.

EL DIRECTOR GENERAL DELREGISTRO PÚBLICO DE LAPROPIEDAD, DEL COMERCIO

Y CRÉDITO AGRÍCOLA.LIC. RENÉ HERNÁNDEZ DE LA

ROSA.Rúbrica.

2-1________________________________________________________________________________________________________________________________________________

EXTRACTO

Extracto para publicarseen el Periódico Oficial delGobierno del Estado y en dosperiódicos que circulen enla ubicación del predio, pordos veces, cada quince días.

COMPAÑÍA DE TELÉFONOS yBIENES RAÍCES, S.A. DE C.V.,solicita la inscripción porvez primera de una fracción delpredio urbano, ubicado en laCalle Independencia, al Surde la Población de Ixcateopan,Guerrero, del Distrito Judicialde Alarcón, con las siguientesmedidas y colindancias.

Al NORTE: 16.00 mts., colindacon Ma. de la Asunción Bernaldez.

Al SUR: 10.50 mts., colindacon Teléfonos de México.

Al ORIENTE: 10.00 mts., co-linda con Iglesia de SantaMaría de la Asunción.

Al PONIENTE: 10.00 mts.,colinda con Calle Independencia.

Lo que se hace saber y sepublica en los términos delArtículo 160 del Reglamentodel Registro Público de laPropiedad.

Chilpancingo, Guerrero, a 17de Abril de 2007.

EL DIRECTOR GENERAL DELREGISTRO PÚBLICO DE LAPROPIEDAD, DEL COMERCIO

Y CRÉDITO AGRÍCOLA.LIC. RENÉ HERNÁNDEZ DE LA

ROSA.Rúbrica.

2-1__________________________________________________________________________________________________________________________________

EXTRACTO

Extracto para publicarseen el Periódico Oficial delGobierno del Estado y en dos

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60 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO Viernes 11 de Mayo de 2007

periódicos que circulen enla ubicación del predio, pordos veces, cada quince días.

La C. DULCE MARIA CUEVASBAUTISTA, solicita la inscripciónpor vez primera de un prediourbano, ubicado en la CalleFrancisco I. Madero, en Mochi-tlán, Guerrero, del DistritoJudicial de Bravo, con las si-guientes medidas y colindancias.

Al NORTE: 9.90 mts., colindacon Marco Antonio Cuevas Reyes,pared de por medio.

Al SUR: 9.90 mts., colindacon Silvano Muñoz Bello, paredde por medio.

Al ORIENTE: 5.13 mts.,colinda con Marco Antonio CuevasReyes, pared de por medio.

Al PONIENTE: 4.93 mts.,colinda con Rosalva RodríguezRamírez y Calle Francisco I.Madero de por medio.

Lo que se hace saber y sepublica en los términos delArtículo 160 del Reglamentodel Registro Público de laPropiedad.

Chilpancingo, Guerrero, a 20de Abril de 2007.

EL DIRECTOR GENERAL DELREGISTRO

PÚBLICO DE LA PROPIEDAD,DEL COMERCIO

Y CRÉDITO AGRÍCOLA.LIC. RENÉ HERNÁNDEZ DE LA

ROSA.Rúbrica.

2-1

EXTRACTO

Extracto para publicarseen el Periódico Oficial delGobierno del Estado y en dosperiódicos que circulen enla ubicación del predio, pordos veces, cada quince días.

La C. DAMARIS SINAI CUEVASBAUTISTA, representada por GEOR-GINA CUEVAS REYES, solicitanla inscripción por vez primerade un predio rústico, ubicadoen Cohuilotitlán, Municipiode Mochitlán, Guerrero, delDistrito Judicial de Bravo,con las siguientes medidas ycolindancias.

Al NORTE: 265.00 mts., co-linda con Román Francisco yuna barranquita.

Al SUR: 169.20 mts., colindacon Román Francisco, zanja ycarril de por medio.

Al ORIENTE: 117.00 mts.,colinda con Obdulia Muñoz Jorge,barranca de por medio.

Al PONIENTE: 70.00 mts.,colinda con Carretera a Coax-tlahuacan.

Lo que se hace saber y sepublica en los términos delArtículo 160 del Reglamentodel Registro Público de laPropiedad.

Chilpancingo, Guerrero, a 20de Abril de 2007.

EL DIRECTOR GENERAL DELREGISTRO PÚBLICO DE LAPROPIEDAD, DEL COMERCIO

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Y CRÉDITO AGRÍCOLA.LIC. RENÉ HERNÁNDEZ DE LA

ROSA.Rúbrica.

2-1________________________________________________________________________________________________________________________________________________

EXTRACTO

Extracto para publicarseen el Periódico Oficial delGobierno del Estado y en dosperiódicos que circulen enla ubicación del predio, pordos veces, cada quince días.

La C. DAMARIS SINAI CUEVASBAUTISTA, representada por GEOR-GINA CUEVAS REYES, solicitanla inscripción por vez primerade un predio rústico, ubicado enChipetlán, Municipio de Mo-chitlán, Guerrero, del DistritoJudicial de Bravo, con las si-guientes medidas y colindancias.

Al NORTE: 205.00 mts., co-linda con Pedro Calvo y ca-rretera.

Al SUR: 214.00 mts., colindacon Isaías López.

Al ORIENTE: 121.00 mts.,colinda con Timoteo BelloMorales.

Al PONIENTE: 90.60 mts.,colinda con Gilberto Jiménez.

Lo que se hace saber y sepublica en los términos delArtículo 160 del Reglamentodel Registro Público de laPropiedad.

Chilpancingo, Guerrero, a 20de Abril de 2007.

EL DIRECTOR GENERAL DELREGISTRO PÚBLICO DE LAPROPIEDAD, DEL COMERCIO

Y CRÉDITO AGRÍCOLA.LIC. RENÉ HERNÁNDEZ DE LA

ROSA.Rúbrica.

2-1_________________________________________________________________________________________________________________________________________________

EXTRACTO

Extracto para publicarseen el Periódico Oficial delGobierno del Estado y en dosperiódicos que circulen enla ubicación del predio, pordos veces, cada quince días.

La C. DAMARIS SINAI CUEVASBAUTISTA, representada por GEOR-GINA CUEVAS REYES, solicitanla inscripción por vez primerade un predio rústico, ubicado enCoatolo, Municipio de Mochitlán,Guerrero, del Distrito Judicialde Bravo, con las siguientesmedidas y colindancias.

Al NORTE: 76.00 mts., colindacon Gilberto Chilapa, cercade por medio.

Al SUR: 95.35 mts., colindacon Wences Rendón y David Chilapa,cerca de por medio.

Al ORIENTE: 262.30 mts.,colinda con Alfonso y PascualChilapa.

Al PONIENTE: 92.30 mts.,colinda con Ubaldo Jiménez yRomán Francisco, cerca de pormedio.

Lo que se hace saber y sepublica en los términos del

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62 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO Viernes 11 de Mayo de 2007

Artículo 160 del Reglamentodel Registro Público de laPropiedad.

Chilpancingo, Guerrero, a 20de Abril de 2007.

EL DIRECTOR GENERAL DELREGISTRO PÚBLICO DE LAPROPIEDAD, DEL COMERCIO

Y CRÉDITO AGRÍCOLA.LIC. RENÉ HERNÁNDEZ DE LA

ROSA.Rúbrica.

2-1____________________________________________________________________________________________________________________________________________

EXTRACTO

Extracto para publicarseen el Periódico Oficial delGobierno del Estado y en dosperiódicos que circulen enla ubicación del predio, pordos veces, cada quince días.

La C. DAMARIS SINAI CUEVASBAUTISTA, representada por GEOR-GINA CUEVAS REYES, solicitanla inscripción por vez primerade un predio rústico, ubicadoen Coatolo o Mal Paso, Municipiode Mochitlán, Guerrero, delDistrito Judicial de Bravo, conlas siguientes medidas y co-lindancias.

Al NORTE: 65.00 mts., colindacon Román Francisco y FernandoChilapa, cerca de por medio.

Al SUR: 40.00 mts., colindacon Román Francisco, cerca depor medio.

Al ORIENTE: 250.00 mts.,colinda con Fausto y Lázaro

Chilapa, cerca de por medio.Al PONIENTE: 240.00 mts.,

colinda con Cenobio Vázquez,cerca de por medio.

Lo que se hace saber y sepublica en los términos delArtículo 160 del Reglamentodel Registro Público de laPropiedad.

Chilpancingo, Guerrero, a 20de Abril de 2007.

EL DIRECTOR GENERAL DELREGISTRO PÚBLICO DE LAPROPIEDAD, DEL COMERCIO

Y CRÉDITO AGRÍCOLA.LIC. RENÉ HERNÁNDEZ DE LA

ROSA.Rúbrica.

2-1________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

EXTRACTO

Extracto para publicarseen el Periódico Oficial delGobierno del Estado y en dosperiódicos que circulen enla ubicación del predio, pordos veces, cada quince días.

Las CC. DAMARIS SINAI y DUL-CE MARIA de apellidos CUEVASBAUTISTA, solicitan la inscrip-ción por vez primera de un pre-dio rústico, ubicado en el puntodenominado Pala, en Mochitlán,Guerrero, del Distrito Judicialde Bravo, con las siguientesmedidas y colindancias.

Al NORTE: 100.00 mts., colin-da con Carretera Chilpancingo-

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Viernes 11 de Mayo de 2007 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO 6 3

Colotlipa.Al SUR: 167.30 mts., colinda

con Cirenio Andrés.Al ORIENTE: 221.60 mts.,

colinda con Amadeo GarduñoQuiñones.

Al PONIENTE: 197.30 mts.,colinda con Eustaquio Leyva.

Lo que se hace saber y sepublica en los términos delArtículo 160 del Reglamentodel Registro Público de laPropiedad.

Chilpancingo, Guerrero, a 20de Abril de 2007.

EL DIRECTOR GENERAL DELREGISTRO PÚBLICO DE LAPROPIEDAD, DEL COMERCIO

Y CRÉDITO AGRÍCOLA.LIC. RENÉ HERNÁNDEZ DE LA

ROSA.Rúbrica

2-1_______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

EDICTO

En los autos del expedientenúmero 34-1/2006, relativo alJuicio EJECUTIVO MERCANTIL,promovido por DISTRIBUIDORADE ACAPULCO, SOCIEDAD ANÓNIMADE CAPITAL VARIABLE, en contrade FRANCISCO ORIHUELA SANDOVAL,el Licenciado ELÍAS FLORES LOEZA,Juez Sexto de Primera Instanciaen Materia Civil del DistritoJudicial de Tabares, dictó unauto que en su parte conducentea la letra dice:

Acapulco, Guerrero, a veinte

de Abril del dos mil siete.

". . . Por las razones queindica en el de cuenta con apoyoen el Artículo 1411 del Códigode Comercio, se señalan lasONCE HORAS DEL DÍA VEINTINUEVEDE MAYO DEL AÑO DOS MIL SIETE,para que tenga verificativo laaudiencia de remate en PrimeraAlmoneda, respecto al VehículoMarca Internacional 4900, Modelo1999, Tipo Movistar, Color Blan-co, estado general del vehículo:carrocería en buen estado, pin-tura en regular estado, parrillasy defensas en buen estado, por-tezuelas y cerraduras en buenestado, los cristales y elevadoresen buen estado, vestiduras bienen general, llantas en regularestado, motor del vehículo enbuen estado, sirviendo comobase para fincar el remate dedicho mueble, la cantidad de$143,000.00 (CIENTO CUARENTAY TRES MIL PESOS 00/100 MONEDANACIONAL); Vehículo Marca Dodge,Ram 4000, Modelo 2005, ColorBlanco, estado general delvehículo: carrocería en buenestado, pintura en regularestado, parrillas y defensasen buen estado, portezuelasy cerraduras en buen estado,los cristales y elevadores enbuen estado, vestiduras bienen general, llantas en regularestado, motor del vehículo enbuen estado, sirviendo comobase para fincar el remate dedicho mueble, la cantidad de$90,900.00 (NOVENTA MIL NOVE-CIENTOS PESOS 00/100 M.N.);Vehículo Dodge Ram 4000, Modelo2005, Color Rojo, estado general

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64 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO Viernes 11 de Mayo de 2007

del vehículo: carrocería enbuen estado, pintura en regularestado, parrillas y defensasen buen estado, portezuelasy cerraduras en buen estado,los cristales y elevadores enbuen estado, vestiduras bienen general y llantas en malestado, motor del vehículo enbuen estado, sirviendo comobase para fincar el remate dedicho mueble, la cantidad de$95,850.00 (NOVENTA Y CINCOMIL OCHOCIENTOS CINCUENTA PESOS00/100), siendo postura legalla que cubra las dos terceraspartes de cada una de las can-tidades antes mencionadas,ordenándose publicar edictosen el Periódico Oficial delGobierno del Estado y el de ma-yor circulación que se editaen esta Ciudad, lugares públicosde costumbre, como son: Adminis-tración Fiscal Estatal NúmeroUno y Dos, en la Tesorería Muni-cipal y en los Estrados de esteJuzgado, por tres veces dentrode tres días, convocándose pos-tores, sin que pase desapercibidolo argumentado por el promoventey la disposición legal que in-voca en su escrito, puesto queen el presente caso por tra-tarse de un Juicio EJECUTIVOMERCANTIL, resulta aplicable elCódigo Federal de ProcedimientosCiviles, de aplicación supleto-ria al Código de Comercio, yde otro aspecto, el juzgador nopuede revocar su propia deter-minación, en virtud de que me-diante auto de fecha veintidósde Marzo de esta anualidad, seordenó notificar también enel Periódico Oficial del Gobierno

del Estado, proveído que quedófirme al no haber sido impug-nado por ninguna de las partes. . ."

SE CONVOCAN POSTORES

EL PRIMER SECRETARIO DEACUERDOS.

LIC. OVILIO ELÍAS LUVIANO.Rúbrica.

3-1________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

EDICTO

C. JAVIER DE LA ROSA HERRERA.P R E S E N T E.

Que en el expediente número362-2/01, relativo a la EJECUCIÓNDE SENTENCIA, promovido porFERNANDA CAMPOS FACTOR, en sucontra, la Juez de los autosdictó dos autos de fechas seisde Noviembre del año dos milcinco y veintiocho de Marzo delaño en curso, en el que con fun-damento en lo dispuesto porlos Artículos 160 Fracción II,405, 416, Fracción I, 417 FracciónI y 422 Fracción I del CódigoProcesal Civil, 151 FraccionesIII y VI del Código AdjetivoCivil, se ordena emplazar aJAVIER DE LA ROSA HERRERA,por edictos toda vez que eldomicilio de éste se ignora,debiendo ser publicado por tresveces de tres en tres días enel Periódico Oficial del Gobiernodel Estado, y se haga sabedorde la misma, concediéndosele untérmino de treinta días paraque se apersone en el presente

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asunto y comparezca a las oficinasde este Juzgado, ubicadas enAvenida Gran Vía Tropical s/n,del Fraccionamiento Las Playas,de la Ciudad y Puerto de Acapulco,Guerrero, así mismo las copiasde traslado se encuentran enla Secretaría Actuante, aperci-bido que de no comparecer en eltérmino convenido se proveeráen el diverso Numeral 422 dela ley invocada.

Al calce dos firmas ile-gibles "Rúbrica".

Acapulco, Guerrero, 10 deAbril del 2007.

EL SEGUNDO SECRETARIO DEACUERDOS DEL JUZGADO SEGUNDODE PRIMERA INSTANCIA ENMATERIA FAMILIAR DEL

DISTRITO JUDICIAL DE TABARES.LIC. ROBERTO GALEANA GALEANA.

Rúbrica.3-1

____________________________________________________________________________________________________________

EDICTO

En el expediente número213-1/2001, relativo al JuicioEJECUTIVO MERCANTIL, promovidopor FLORENTINA RAMIREZ CAMACHO,en contra de CATALINA PACHECOTALAVERA, el Licenciado YNOCENTEORDUÑO MAGALLÓN, Juez Tercerodel Ramo Civil del Distrito Ju-dicial de Tabares, con residen-cia en la Ciudad y Puerto deAcapulco, Guerrero, señaló lasDIEZ HORAS DEL DÍA VEINTIOCHODE MAYO DEL PRESENTE AÑO, paraque tenga lugar el remate en

Primera Almoneda del bien inmue-ble embargado a la parte deman-dada, ubicado en la Calle Sonoraesquina con Calle Plan de Ayala,lote número 153-B, del Fracciona-miento El Progreso, de esta Ciu-dad, el cual tiene las siguientesmedidas y linderos: al NORTE:en 8.75 m., con Calle Sonora;al SUR: en 8.00 m., con lotenúmero 153-A; al ORIENTE: en15.00 m., con lote 153; y alPONIENTE: en 14.60 m., con CallePlan de Ayala, superficie totaldel terreno de 122.40 m2.Sirviendo de base la cantidadde UN MILLON SEIS MIL PESOSM.N., valor pericial y serápostura legal la que cubra lasdos terceras partes de dichacantidad.

SE CONVOCAN POSTORES.

Acapulco, Guerrero; 24 deAbril del 2007.

EL PRIMER SECRETARIO DEACUERDOS.

LIC. JOSÉ MANUEL SÁNCHEZDIAZ.

Rúbrica.

Para que se publique portres veces dentro de nueve díasen el Periódico Oficial delGobierno del Estado. Chilpancin-go, Guerrero.

3-1_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

EDICTO

C. JUAN PINEDA ROMERO.DOMICILIO SE IGNORA.

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66 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO Viernes 11 de Mayo de 2007

En la Causa Penal número059-II/2005, instruida a VICENTEPINEDA ROMERO, por el delitoELECTORAL, en agravio del PROCESOELECTORAL y la SOCIEDAD.

El Ciudadano LicenciadoFERMÍN MOLINA JACINTO, PrimerSecretario de Acuerdos del Juz-gado Primero Penal de PrimeraInstancia del Distrito Judicialde los Bravo, encargado deldespacho por ministerio de ley,con residencia en la Ciudadde Chilpancingo de los Bravo,Guerrero, México, en el proveídode fecha once de Abril del añoen curso, señaló las DOCE HORASDEL DÍA VEINTIUNO DE MAYO DELAÑO EN CURSO, para que tengaverificativo el careo procesalresultante entre el testigoJuan Pineda Romero con el denun-ciante DOMINGO MARTÍNEZ ALTA-MIRANO. Ahora bien, por descono-cerse el domicilio y paraderoactual del testigo Juan PinedaRomero; con fundamento en elArtículo 40 del Código de Proce-dimientos Penales, se ordenónotificarlo y citarlo, por mediode un edicto que se publicarápor una sola ves en el "PeriódicoOficial del Estado de Guerrero",a fin de que comparezca al Juz-gado Primero Penal de PrimeraInstancia del Distrito Judicialde los Bravo, ubicado a un cos-tado del Centro Regional de Pre-vención y Readaptación Social,debidamente identificado, parael desahogo de la prueba señalada.

Chilpancingo de los Bravo,Guerrero, México, 11 de Abrildel 2007.

A T E N T A M E N T EEL TERCER SECRETARIO DEACUERDOS DEL JUZGADO

PRIMERO PENAL DE PRIMERAINSTANCIA DEL DISTRITOJUDICIAL DE LOS BRAVO.

LIC. EDWARD ELÍAS SALGADOMONDRAGÓN.Rúbrica.

1-1__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

EDICTO

C. PEDRO MANZANARES CORTÉS.

En la Causa Penal 134/2002-II, iniciada a VÍCTOR MANUELMORENO RAMÍREZ, por el delitode ROBO, en agravio de INCOLAZAEVARISTO SOTELO, obra un autodel tres de Abril de este año,en el que se señalaron lasDOCE HORAS DEL DÍA CATORCE DEMAYO DEL AÑO DOS MIL SIETE,para la celebración de la pruebade careos procesales en queintervendrá en su carácter detestigo de imputación; por loque, ante la incertidumbre desu domicilio actual, que previa-mente se mandó a localizar porelementos de la Policía Minis-terial del Estado, así como porlo informado por el Vocal Ejecu-tivo del Instituto Federal Elec-toral, sin haber obtenido resul-tados positivos; en cumplimientoal auto mencionado, lo cito através del presente edicto,para que comparezca a la cele-bración de esa diligencia, paraesclarecer los hechos que dieronorigen a este asunto, y obteneruna mejor administración de

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Viernes 11 de Mayo de 2007 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO 6 7

justicia.

Chilpancingo, Guerrero, México,a 20 de Abril del año 2007.

A T E N T A M E N T E.EL SEGUNDO SECRETARIO DE

ACUERDOS DEL JUZGADOTERCERO PENAL DE PRIMERAINSTANCIA DEL DISTRITO

JUDICIAL DE LOS BRAVO, ENFUNCIONES DE ACTUARIO.

LIC. OMAR VILLEGASSÁNCHEZ.Rúbrica.

1-1

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________________________________________________________________________________

PALACIO DE GOBIERNOCIUDAD DE LOS SERVICIOSEDIFICIO TIERRA CALIENTE

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