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TEMA: “APLICACIÒN TEMPORAL DE LA LEY PENAL” Parte 11

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APLICACIN TEMPORAL DE LA LEY PENALFCJP-UNA Puno

TEMA: APLICACIN TEMPORAL DE LA LEY PENAL

Parte 11

Julio Maier admite, en cambio, la aplicacin de la ley procesal retroactivamente a procesos ya iniciados cuando la nueva ley entra en vigencia, mediante los llamados transitorios, y siempre que la nueva ley as lo disponga.

Ignacio Burgoa estima que las leyes de procedimiento son retroactivas cuando se trata de la forma con arreglo a la cual se puede ejercer un derecho precedentemente adquirido, pero no cuando ese derecho ha nacido del procedimiento mismo.

El ilustre tratadista costarricense, don Alberto Brenes Crdoba, establece dentro de las excepciones a la no aplicacin retroactiva de la ley, el caso de las leyes procesales. Estima que dado que las actuaciones judiciales se componen de actos sucesivos, las que se hubieren realizado conforme a las normas establecidas en la ley anterior, permanecen sin variacin, pero las que ocurran cuando operan ya otros procedimientos, deben ajustarse a los nuevos cambios, salvo que la ley disponga lo contrario.

4. TIEMPO DEL HECHO DELICTIVO a. MOMENTO DE COMISION DEL DELITO.- es preciso determinar el momento de comisin del delito, para fijar la vigencia temporal de la ley penal para identificar la ley penal previa y resolver los problemas de retroactividad e irretroactividad.Para la teora de la accin, o de la actividad, el delito se comete en el momento de la accin, es decir en el momento en que se exterioriza la voluntad de ejecutar una determinada conducta.[footnoteRef:1] [1: VILLAVICENCIO, 2007, pg. 185]

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