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Nuevas perspectivas de investigación

en Historia Moderna: Economía, Sociedad, Política y Cultura en el Mundo

Hispánico

Mª Ángeles Pérez Samper y José Luis Betrán Moya

(eds.)

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ISBN: 978-84-949424-0-2

© Los autores

© De esta edición: Fundación Española de Historia Moderna, Madrid, 2018.

Editores: Mª Ángeles Pérez Samper y José Luis Betrán Moya.

Colaboradores: Alfonso Calderón Argelich y Francisco Fernández Izquierdo

Fotografía de cubierta: Vista de Barcelona, de Anton van den Wyngaerde (1535).

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Créditos

DIRECTORES

María Ángeles Pérez Samper • José Luis Betrán Moya

SECRETARIOS

Alfonso Calderón Argelich • Iván Jurado Revaliente • María Aguilera Fernández • Ricard Torra Prat

• Cristian Palomo Reina • Diego Sola García • Isaac García-Oses• Iván Gracia Arnau

COMITÉ CIENTÍFICO

Dr. Eliseo Serrano Martín (Universidad de Zaragoza) • Dr. Juan José Iglesias Ruiz (Universidad de Sevilla) •

Dr. Francisco Fernández Izquierdo (Consejo Superior de Investigaciones Científicas) • Dra. Virginia León

Sanz (Universidad Complutense de Madrid) • Dr. Félix Labrador Arroyo (Universidad Rey Juan Carlos) • Dr.

Francisco García González (Universidad de Castilla-La Mancha) • Dr. Manuel Peña Díaz (Universidad de

Córdoba) • Dra. Ángela Atienza López (Universidad de La Rioja) • Dr. José Luis Betrán Moya (Universidad

Autónoma de Barcelona) • Máximo García Fernandez (Universidad de Valladolid) • Antonio Jiménez Estrella

(Universidad de Granada)

COMITÉ ORGANIZADOR

Ricardo García Cárcel (UAB) • Doris Moreno Martínez (UAB) • Bernat Hernández Hernández (UAB) •

Jaume Dantí Riu (UB)

EVALUADORES

Dra. Rosa María Alabrús Iglesias (Universidad Abad Oliba) • Dra. Ángela Atienza López (Universidad de la

Rioja) • Dr. José Luis Betrán Moya (Universidad Autónoma de Barcelona) • Dra. Mónica Bolufer Peruga

(Universidad de Valencia) • Dr. Miguel Ángel de Bunes Ibarra (CSIC) • Dr. Juan Jesús Bravo Caro

(Universidad de Málaga) • Dr. Manuel F. Fernández Chaves (Universidad de Sevilla) • Dr. Máximo García

Fernández (Universidad de Valladolid) • Dra. María Soledad Gómez Navarro (Universidad de Córdoba) • Dr.

Ricardo García Cárcel (Universidad Autónoma de Barcelona) • Dr. José Ignacio Gómez Zorraquino

(Universidad de Zaragoza) • Dr. Miguel Fernando Gómez Vozmediano (Universidad Carlos III) • Dr. Juan

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Dr. Juan José Iglesias Rodríguez (Universidad de Sevilla) • Dra. María del Carmen Irles Vicente (Universidad

de Alicante).Dr. Josep Juan Vidal (Universidad de Mallorca) • Dr. José Manuel Latorre Ciria (Universidad de

Zaragoza ) • Dra. Virginia León Sanz (Universidad Complutense de Madrid) • Dra. Mª Victoria López-

Cordón Cortezo (Universidad Complutense de Madrid) • Dr. Miguel Luis López-Guadalupe Muñoz

(Universidad de Granada) • Dr. Roberto López Vela (Universidad de Cantabria) • Dr. Tomás Antonio

Mantecón Movellán (Universidad de Cantabria) • Dr. José Martínez Millán (Universidad Autónoma de

Madrid) • Dr. Miquel Àngel Martínez Rodríguez (Universidad de Barcelona) • Dr. Miguel Ángel Melón

Jiménez (Universidad de Extremadura) • Dr. Juan Francisco Pardo Molero (Universidad de Valencia) • Dr.

José Pardo Tomás (CSIC) • Dra. María José de la Pascua Sánchez (Universidad de Cádiz) • Dr. Manuel Peña

Díaz (Universidad de Córdoba) • Dr. María José Pérez Álvarez (Universidad Autónoma de Madrid) • Dr.

Rafael M. Pérez García (Universidad de Sevilla) • Dra. María Ángeles Pérez Samper (Universidad de

Barcelona) • Dr. Juan Postigo Vidal. (Universidad de Zaragoza) • Dra. Ofelia Rey Castelao (Universidad de

Santiago de Compostela) • Dr. Manuel Rivero Rodríguez (Universidad Autónoma de Madrid) • Dr. José

Javier Ruiz Ibáñez (Universidad de Murcia) • Dr. Porfirio Sanz Camañes (Universidad de Castilla - La

Mancha) • Dra. Margarita Torremocha Hernández (Universidad de Valladolid) • Dr. Xavier Torres i Sans

(Universidad de Girona) • Dra. Susana Truchuelo García (Universidad de Cantabria).

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Los duques de Medina Sidonia y las fundaciones de conventos en Sanlúcar de Barrameda: imagen y

consolidación del poder señorial

The dukes of Medina Sidonia and the foundations of convents in Sanlúcar de Barrameda: image and consolidation of the power of the people

José María Vidal Vargas

Universidad de Sevilla

RESUMEN:

En la primera mitad de la Edad Moderna se va a producir un importante incremento de fundaciones de conventos en la mayor parte de la geografía hispana. Este fenómeno se va a desarrollar de manera intensa en Sanlúcar de Barrameda, llegando a albergar esta ciudad diecisiete casas conventuales. La configuración del sistema conventual sanluqueño fue fruto de la negociación, no exenta de conflictos, entre las distintas fuerzas que intervinieron en el mismo: la iniciativa de las órdenes religiosas, el patrocinio de la Casa Ducal de Medina Sidonia, el impulso de familias nobles y de mercaderes, la decisión de las autoridades eclesiásticas y la posición del cabildo civil. De entre todos ellos, el factor decisivo fue la política de patrocinio de la Casa Ducal que, además de aumentar el prestigio de los Pérez de Guzmán, contribuyó a cimentar su autoridad en la capital de sus estados. La fundación y dotación de un convento constituían una exhibición de poder, pero también una demostración de generosidad y magnanimidad que debía alimentar la aceptación y la asunción de la dominación y de la dependencia.

PALABRAS CLAVES:

Patronazgo, conventos, órdenes religiosas, Casa de Medina Sidonia y Sanlúcar de Barrameda.

ABSTRACT:

In the first half of the Modern Age there will be an important increase of convents foundations in most of the Hispanic geography. This phenomenon is going to develop in an intense way in Sanlúcar de Barrameda, housing seventeen conventual houses. The configuration of the conventual system in Sanlúcar de Barrameda was the result of a negotiation, not exempt of conflicts, between the different forces involved: the initiative of the religious orders, the sponsorship of the Ducal House of Medina Sidonia, the promotion of noble families and merchants, the decision of the ecclesiastical authorities and the position of the civil chapter. Of all of them, the decisive factor was the policy of sponsorship of the Ducal House which, in addition to increasing the prestige of the Pérez de Guzmán, helped to cement its authority in the capital of its states. The founding and endowment of a convent constituted an exhibition of power, but also a demonstration of generosity and magnanimity which had to fuel the acceptance and assumption of domination and dependence.

KEYWORDS:

Patronage, convents, religious orders, Ducal House of Medina Sidonia and Sanlúcar de Barrameda.

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Los duques de Medina Sidonia y las fundaciones de conventos en Sanlúcar de Barrameda: imagen y consolidación del poder señorial

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España en la Edad Moderna va a experimentar un aumento importante de fundaciones

de conventos. La época más intensa abarca el último tercio del siglo XVI y la primera mitad

del XVII. Después de 1650 se aprecia un rápido descenso, producto de la saturación, del

cansancio y de la adversa coyuntura económica1.

La iniciativa de las casas nobiliarias como impulsadoras de fundaciones conventuales

ocupó un lugar preeminente en la medida que actuaron como benefactoras de casas y

colegios en regiones donde contaban con una fuerte implantación jurisdiccional y clientelar.

Además de todo esto, no tardaron en desplegar mecanismos de tutelaje y control sobre

otras cuestiones de orden interno de las religiones. Los principales linajes trataron entonces

de dar estatuto legal al ascendiente, que ya ejercían sobre las comunidades religiosas,

tratando de ostentar el derecho de patronato sobre los principales conventos de la

población. En este artículo daremos cuenta de esta política de control eclesiástica que

ejerció la Casa de Medina Sidonia en la capital de sus estados, Sanlúcar de Barrameda.

El patronato conventual.

El Diccionario de Historia Moderna de España define el término patrono como:

«Titular que ejerce el derecho de patronato. En algunas órdenes religiosas se aplica este

término a determinadas personas, casi siempre de posición privilegiada, que ejercen una

especie de protectorado sobre un instituto, una provincia o un convento en concreto, al

que donan numerosas limosnas a cambio de beneficios espirituales»2.

Esta definición nos puede servir como primera aproximación hacia el fenómeno del

patronato que fue tan frecuentado por la Casa de Medina Sidonia. Las fundaciones

promovidas por la nobleza titulada, igual que las impulsadas por los miembros de otros

grupos e instituciones, se vieron, por lo general, acompañadas de procesos de negociación

con la orden religiosa beneficiaria en torno a las condiciones en las que se establecería el

nuevo cenobio3. Normalmente, en los acuerdos fundacionales de los conventos se

contemplaba que el patronato conventual debía de quedar en manos de la familia

fundadora, y, además, solía ser ésta una de las primeras condiciones que imponían los

benefactores a la orden religiosa elegida, antes de pasar a desglosar los capítulos que

constituirían el contenido del patronato.

No obstante, los acuerdos fundacionales no fueron el único camino de acceso al

patronato de un convento. La acumulación de patronatos en los linajes aristocráticos de

mayor renombre, en este caso la Casa de Medina Sidonia, no fue sólo el resultado de los

pactos y negociaciones que se producían en torno a la institución de un nuevo convento. El

patronato se podía conseguir por otras vías y a posteriori de la fundación. El caso más

común fue la absorción de títulos ya existentes4. La asimilación de patronatos fue

protagonizada por los grandes señores que adquirían derechos de patronato que no poseían

1DOMÍNGUEZ ORTIZ, ANTONIO: La sociedad española en el siglo XVII: El estamento eclesiástico, CSIC-CSIC Press, 1992, p. 70. 2MARTÍNEZ RUIZ, ENRIQUE: Diccionario de historia moderna de España. I, La Iglesia, Tres Cantos (Madrid), Istmo, 2007, p. 210. 3ATIENZA LÓPEZ, ÁNGELA: Tiempo de Conventos. Una historia social de las fundaciones en la España moderna, Madrid, Marcial Pons, 2008, p. 275. 4EADEM, “La apropiación de patronatos conventuales por nobles y oligarcas en la España Moderna”, Investigaciones históricas, 28 (2008), pp. 80-82.

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sobre conventos establecidos con anterioridad en sus señoríos. En Sanlúcar registramos un

ejemplo de esta práctica que en las siguientes páginas expondremos.

Tampoco se puede olvidar que hubo una indudable vinculación entre la política

fundacional de la aristocracia señorial y el dominio jurisdiccional que ejercían sobre las

élites municipales de sus estados, lo que permitió que este fenómeno fuera algo más que un

acto de religiosidad por parte de sus promotores. La potencia fundacional de alguna de las

familias de la aristocracia castellana fue en algunos casos extraordinaria. La Casa Ducal de

Medina Sidonia, que es la que nos concierne para este estudio, llegó a fundar en su señorío

de Sanlúcar de Barrameda nada menos que trece de los diecisiete conventos que se

establecieron hasta mediados del siglo XVII.

Hay que tener en cuenta que su programa fundacional no se limitó solamente a la

capital de sus estados, ya que también impulsará establecimientos de casas religiosas en

otros lugares como Medina Sidonia y Niebla. Además, patrocinará y dará apoyo económico

a aquellas fundaciones que no surgieron por iniciativa propia, como veremos que ocurre en

los casos de San Francisco el Viejo y el colegio inglés de San Jorge.

Otro de los grandes linajes andaluces que ostentó el patronato sobre sus posesiones fue

la Casa de Osuna. Entre las instituciones que poseía el patronato se encontraba la

universidad y el hospital de la villa de Osuna y la práctica totalidad de monasterios e iglesias

asentados en su villa5.

Otro tipo de fundación nobiliaria fue el protagonizado por la nobleza cortesana, que

realizará numerosas fundaciones conventuales en la capital madrileña, como manera de

legitimar su ascenso social, a la par de aumentar su prestigio. Entre los personajes más

destacados vamos a encontrar a algunos de los validos de la monarquía. El Duque de

Lerma llegó a patrocinar cuatro conventos situados en las cercanías de su residencia en el

Prado6.

Los patronatos conventuales de la Casa de Medina Sidonia en Sanlúcar de

Barrameda

Desde muy pronto, los duques se van a reservar el patronato del primer convento que

se asentó en la por entonces villa de Sanlúcar de Barrameda. Don Juan de Guzmán, al

comenzar a gobernar sus estados en 1436, cedió la ermita de Santa María de Barrameda,

ubicada en las cercanías de Bonanza, a los monjes jerónimos del convento de San Isidoro

del Campo (Santiponce, Sevilla)7. No obstante, las escrituras del convento no se van a

otorgar hasta el año 1491, reconociendo así a su hijo don Enrique como patrono, título que

se le otorgó de manera perpetua a él y a todos sus sucesores. También se le concedió al

patrono voz en el capítulo, en las elecciones y en las visitas del convento8.

5ATIENZA HERNÁNDEZ, IGNACIO: Aristocracia, poder y riqueza en la España moderna: la Casa de Osuna, siglos XV-XIX, Madrid, Siglo Veintiuno de España, 1987. 6IZQUIERDO MARTÍN, JESÚSet alii.: “Así en la Corte como en el cielo: patronato y clientelismo en las comunidades conventuales madrileñas (siglos XVI-XVIII)”, Hispania, 59 (1999), pp. 156-157. 7MORENO OLLERO, ANTONIO: Sanlúcar de Barrameda a fines de la Edad Media, Cádiz, Diputación de Cádiz, 1983, p. 157. 8 Archivo General de la Fundación Casa Medina Sidonia [AGFCMS], leg. 1001, 25 de abril de 1491. «…demos e otorguemos el patronazgo de este dicho monasterio para vos e para los que después de vos vinieren sucesivamente».

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Los duques de Medina Sidonia y las fundaciones de conventos en Sanlúcar de Barrameda: imagen y consolidación del poder señorial

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Hacia 1440 será fundado el monasterio de jerónimos de Santa María de Barrameda9 por

el duque don Juan de Guzmán. En un primer momento, el monasterio no tenía prior

propio, sino que dependía del prior de San Isidoro del Campo, quien era su prepósito

general10. El momento exacto en el que el monasterio de Barrameda pasó a tener un

superior independiente al de San Isidoro lo desconocemos, lo que sí es cierto, es que, en las

escrituras de 1491, donde se concede el patronato perpetuo del convento, aparece ya los

religiosos con prior propio11. Don Juan de Guzmán fue dotando al convento con diversos

recursos, aunque fue su hijo don Enrique quien reedificó el edificio, hizo construir una

iglesia nueva y aumentó sus dotaciones.

A este patronato le siguió el de los conventos dominicos de la ciudad. La instalación

definitiva de los frailes de Santo Domingose va a dilatar en el tiempo debido a varias

circunstancias, entre las que destaca la falta de apoyo mostrado por algunos de los duques

en un primer momento. Esto es llamativo ya que, como la misma Casa Ducal se atribuía, la

orden de predicadores había sido fundada, supuestamente, por un antepasado benemérito:

Santo Domingo de Guzmán.

La entrada de los dominicos en Sanlúcar se va a producir acompañando a las monjas de

su orden. El señor don Enrique de Guzmán, II duque de Medina Sidonia, inició su

fundación a través de la bula que le concedió Sixto IV el 30 de julio de 147912. Este duque

les erigió un convento en la ermita del Espíritu Santo, que se encontraba a extramuros de la

ciudad. Con su hijo don Juan, III duque, los dominicos abandonaron la ermita para

trasladarse a unas viviendas que se encontraban próximas al convento de sus hermanas

dominicas de Madre de Dios.

Allí permanecieron hasta 1532, año en el que se volvieron a mudar a unas ocho casas

adquiridas por el señor don Juan de Guzmán, VI duque de Medina Sidonia, y doña Ana de

Aragón, nieta del rey Fernando el Católico. La nueva morada se situaba en el arrabal de la

Mar, donde actualmente se encuentra la iglesia de Santo Domingo. Con estos duques

quedó definitivamente asentados los dominicos en la villa13. Sin embargo, doña Leonor

Manrique de Sotomayor, mujer de don Juan Claros, IX conde de Niebla, será quien

desarrolle el mayor programa constructivo en favor de la orden tras enviudar. No debe de

pasarse por alto el detalle de que la fundación de esta iglesia se proyectó como mausoleo

familiar, en sustitución del tradicional enterramiento de los Pérez de Guzmán en el

9 Javier Jiménez López de Eguileta nos advierte que la advocación mariana de este monasterio no debe de ser confundida con la imagen de Santa María de Sanlúcar, la cual parece que fue donada por Alfonso X. Probablemente desde los albores de la Edad Moderna la imagen pasó a ser conocida bajo el título de Nuestra Señora de la O, titular de la parroquia mayor de la ciudad. JIMÉNEZ LÓPEZ DE EGUILETA, JAVIER: “Devociones marianas en Jerez y su comarca durante los primeros tiempos de la conquista cristiana”, Asidonense, 10 (2016), pp. 60-61. 10 AGFCMS, leg. 1032, 10 de abril de 1443. En este documento el conde don Juan concede la renta de tejas, cal, ladrillos y barro a «frey Iohan de Robres, prepósito general de la Orden de los monjes de Sant Gerónimo e prior del mi monesterio de Sant Esidro de la dicha Orden». Además, el duque señala que el monasterio sanluqueño debía estar «…sujecto al dicho prepósito general e prior». 11 AGFCMS, leg. 1001, 25 de abril de 1491. «Manifiesto sea a todos cuantos este público instrumento vieren, como nos fray Fulgencio de Cabrera, prior del monasterio de Santa María de Barrameda...». 12GUILLAMAS GALIANO, FERNANDO: Historia de Sanlúcar de Barrameda, Madrid, Imprenta del Colegio e Sordo-Mudos y de Ciegos, 1858, p. 83. 13CRUZ ISIDORO, FERNANDO: “El Convento de Santo Domingo de Sanlúcar de Barrameda: patronazgo de los Guzmanes, proceso constructivo y patrimonio artístico (1528-1605)”, Laboratorio de Arte, 23 (2011), pp. 79-89.

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monasterio de San Isidoro del Campo. En el altar mayor de ella se enterró la condesa doña

Leonor junto a su marido y algunos de sus hijos14.

El patronato sobre el convento de Santo Domingo fue concedido a la Casa de Medina

Sidonia en el capítulo provincial de la dicha orden que se celebró en Osuna en el año 1544

y será ratificado por el general el 31 de octubre de 154915. En este mismo capítulo también

se les entregó a los duques el patronato sobre la provincia de Andalucía16. En cuanto al

patronazgo masculino, los señores de Sanlúcar obtuvieron grandes privilegios, entre ellos el

de poder nombrar al prior del convento, siempre y cuando estuvieran de acuerdo con el

provincial, y el de llamar a uno o varios religiosos para oírle en confesión o para tratar

algún negocio.

Además, a lo largo de la segunda mitad del siglo XV y primera mitad del XVI, la Casa

de Medina Sidonia tuvo a gala su guzmanismo17, consolidando los patronatos obtenidos y

otorgando otras mercedes a la orden de Santo Domingo.

El mismo año que será ratificado por el general el patronato sobre el convento de Santo

Domingo de Guzmán, las dominicas de Madre de Dios otorgarán al duque el de su

convento, concretamente será el 31 de octubre de 154918. En un primer momento, se

estableció un beaterio en el año 1480 de la mano de don Enrique de Guzmán, II duque, y

de su mujer doña Leonor de Ribera y Mendoza. Será la duquesa quien ponga más empeño

en traer a las religiosas, ya que compró con sus propios caudales unas casas, un corral y un

juego de pelota contiguo, situados en el antiguo arrabal de la Mar, a Ruy García e Isabel

García para albergar allí a las beatas. Las primeras monjas fueron unas beatas de voluntaria

reclusión procedentes de Sevilla, a las que pronto se sumaron sanluqueñas y mujeres del

entorno19.

No obstante, fue don Juan de Guzmán, III duque, quien transformó el beaterio en un

monasterio de clausura por bula del Papa Julio II20. Por escritura del 13 de mayo de 1506 lo

dotó con 30.000 maravedíes «por juro de heredad, situados en el mi almoxerifadgo i aduana

de la dicha ciudad de Sanlúcar de Barrameda», y continuó con la construcción, llegando a

cerrar la clausura21. Unos años más tarde, será la condesa doña Leonor Manrique de

Sotomayor, gran mecenas de los conventos dominicanos de la ciudad, quien realice

numerosas obras en el monasterio, donde llegó a labrar sus propias habitaciones, ya que

pasó los últimos años de su vida siendo monja profesa en su clausura.

14SALAS ALMELA, LUIS: “Fundaciones conventuales en Sanlúcar de Barrameda: una imagen de poder señorial en el camino de los eclesiásticos a Indias (1492-1641)”, Historia y Genealogía, 1 (2011), pp. 198-200. 15 AGFCMS, leg. 776, 31 de agosto de 1549. 16HUERGA, ÁLVARO: Los dominicos en Andalucía. Sevilla, Convento de Santo Tomás de Aquino, 1992, p. 117. 17Ibídem, p. 122. Término con el que Álvaro Huerga se refiere a todo el patronato y mecenazgo con el que la Casa de Medina Sidonia honró a la orden dominica. 18VELÁZQUEZ GAZTELU, JUAN PEDRO: Fundaciones de todas las iglesias, conventos y ermitas de la muy noble y muy leal ciudad de Sanlúcar de Barrameda, estudio preliminar y transcripción del manuscrito por Manuel Romero Tallafigo, Sanlúcar de Barrameda, A.S.E.H.A, 1995 [Ms. del año de 1758], p. 172. Este patronato fue de nuevo ratificado a principios del siglo XVII, AGFCMS, leg. 5657, 19 de diciembre de 1605. 19GARCÍA TORIBIO, MANUEL: La Historia y el Arte en el monasterio de Madre de Dios de Sanlúcar de Barrameda, Sanlúcar de Barrameda, A.S.E.H.A, 1995, pp. 80-83. MIURA ANDRADES, JOSÉ MARÍA: Frailes, monjas y conventos. Las órdenes mendicantes y la sociedad sevillana bajomedieval, Sevilla, Diputación de Sevilla, p. 152. 20VELÁZQUEZ GAZTELU, JUAN PEDRO: Fundaciones de todas las iglesias…, p. 170. 21 AGFCMS, leg. 5657, 13 de mayo de 1506.

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Los duques de Medina Sidonia y las fundaciones de conventos en Sanlúcar de Barrameda: imagen y consolidación del poder señorial

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Los siguientes patronatos fueron concedidos en la primera mitad del siglo XVII a don

Manuel Alonso, VIII duque de Medina Sidonia. En primer lugar, tenemos el de los

recoletos de la Orden de la Merced que fue otorgado el 11 de diciembre de 161522. Hay que

tener en cuenta que tanto el duque don Manuel Alonso como su esposa doña Juana Gómez

de Sandoval, hija del Duque de Lerma, mostraron una gran predilección por la recién

reformada rama mercedaria. Ellos no sólo van a fundar en Sanlúcar, sino que también

promoverán el establecimiento de estos religiosos en Huelva y Vejer de la Frontera23. Este

apoyo será decisivo para la consolidación de estos frailes, ya que el capítulo general de

Guadalajara de 1603 había dejado antiguas heridas sin cerrar y el primer intento de fundar

un convento sujeto a la nueva norma en Rivas se había visto frustrado24.

Esta devoción por los recoletos mercedarios se produce cuando el VIII duque de

Medina Sidonia va a centrar gran parte de su política en los presidios del norte de África.

La intervención de la Casa de Medina Sidonia en Berbería se debió más a un proceso de

dejación por parte de la Corona que a la designación de un cargo explícito. El interés

mostrado por controlar las plazas africanas se debía al comercio. Don Manuel Alonso

aspiraba a que los nuevos enclaves africanos tendieran a concentrar los intercambios con

esa región, lo que hubiera supuesto alterar el predominio de los presidios mediterráneos y

de Cádiz en dicha actividad. Ante estas políticas no parece casual que la orden religiosa más

favorecida por el duque fuera aquella que se dedicaba a la redención de cautivos25.

Fray Francisco de Rivera, general mercedario, y fray Gerónimo de Orellana, provincial

de Andalucía, fueron quienes concedieron las licencias pertinentes dentro de la orden para

que se estableciera el nuevo cenobio en Sanlúcar. Sin embargo, hasta que el arzobispo de

Sevilla, don Pedro de Castro y Quiñones no autorizó la fundación, los padres fray

Hernando de Santa María y fray Juan del Espíritu Santo no pudieron tomar la posesión

jurídica de la ermita de Nuestra Señora de Belén. Este acto jurídico tuvo lugar el 26 de

diciembre de 161526.

Una vez obtenidas las licencias referidas para la realización de la fundación, los duques

se comprometieron a dotar al convento con rentas, viviendas y huertas27. A cambio de todo

lo otorgado, don Manuel y doña Juana exigieron a los religiosos una serie de condiciones

entre las que destacan las dos primeras:

«1º. Que el patronado de dicho convento había de pertenecer a sus excelencias, a sus

descendientes y demás personas, que sucediesen en su Casa y estados para siempre jamás».

22 AGFCMS, leg. 1008, 11 de diciembre de 1615. 23 Para más información sobre esta fundación véase VIDAL VARGAS, JOSÉ MARÍA: “Apuntes históricos sobre los gastos de los duques de Medina Sidonia en el convento de mercedarios descalzos de Vejer (1620-1656)”, Real Sociedad Económica de Amigos Del País de Vejer, 21 (2017), pp. 14-20. 24GARCÍA BERNAL, JOSÉ JAIME: “La conflictividad fundacional de los conventos mercedarios descalzos andaluces y su reinterpretación en las crónicas de la Orden: el caso sevillano”, en LÓPEZ-GUADALUPE

MUÑOZ, MIGUEL LUIS y IGLESIAS RODRÍGUEZ, JUAN JOSÉ (coords.): Realidades conflictivas: Andalucía y América en la España del Barroco, Sevilla, Universidad de Sevilla, 2012, pp. 51-72. 25SALAS ALMELA, LUIS: Medina Sidonia: el poder de la aristocracia, 1580-1670, Madrid, Marcial Pons, 2008, pp. 273-275. 26 Archivo General del Arzobispado de Sevilla [AGAS], leg. 4, exp. 7, gobierno de las órdenes religiosas. Documentos relacionados con la fundación de los mercedarios descalzos en Sanlúcar de Barrameda. 27 AGFCMS, leg. 1008, año de 1615. «…nos, dichos duque y duquesa, nos obligamos de que ante todas cosas daremos y entregaremos a el dicho convento y religiosos tres huertas…que tenemos a la salida de esta nuestra ciudad…».

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José María Vidal Vargas

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«2º. Que no se sepultase en la capilla mayor, ninguna persona eclesiástica ni seglar, sino

sólo a sus excelencias y a los sucesores y señores de su Casa»28.

Los duques van a dejar claro desde el principio del acuerdo el interés por hacerse con el

patronato del monasterio para ellos y sus sucesores. La segunda condición que exigen es el

derecho a reservarse la capilla mayor para su propio enterramiento. Aunque en el

documento no aparezca, la Casa Ducal también obtendrá los derechos funerarios de todas

las capillas de la iglesia.

Tras dejar clara la titularidad del patronato y los espacios funerarios, la mayor parte de

las condiciones del documento se centran en establecer la liturgia en honor y recuerdo de

los duques y su linaje. Don Manuel Alonso y su esposa van a contar con un convento

entero concebido para la oración y sufragio permanente de sus almas. El matrimonio

articuló en beneficio propio un conjunto de obligaciones religiosas realmente denso que

comprometía a todos los miembros de la comunidad en diferentes momentos del año

litúrgico29.

Si la orden mercedaria había sido la predilecta del duque don Manuel, la de los mínimos

de San Francisco de Paula fue la de su padre, don Alonso Pérez de Guzmán, VII duque de

Medina Sidonia y general de la Armada Invencible. Estos frailes llegaron a Sanlúcar de

Barrameda el 13 de octubre de 1590 a instancia del VII duque y de la duquesa doña Ana de

Silva, instalándose en un principio en la ermita de Nuestra Señora de Belén. Unos años más

tarde se trasladaron al nuevo convento e iglesia situados en la ribera de la Mar debido a la

estrechez de la ermita30.

El 27 de diciembre de 1616, el duque don Manuel Alonso obtuvo el patronato del

convento de la Victoria de una forma un tanto singular, puesto que se le nombró patrón de

todos los conventos de la provincia de Sevilla de los mínimos de San Francisco de Paula31.

Este privilegio se debe a que la Casa Ducal fundó monasterios de esta orden en Sanlúcar,

Conil, Medina Sidonia y Huelva.

El último de los patronatos que obtendrá el VIII duque de Medina Sidonia será el de

los frailes capuchinos por una patente expedida en Antequera el 7 de octubre de 1634. A

los 51 años de edad y tras haber finalizado su gran obra personal del convento de la

Merced, don Manuel Alonso, continuando con su gran labor de mecenazgo, decidió fundar

un convento de capuchinos(1634) en su señorío de Sanlúcar de Barrameda.

El lugar seleccionado para establecer a estos religiosos fue la ermita de Nuestra Señora

del Buen Viaje. El duque, además de realizar la construcción del convento, integró la

pequeña ermita en la nueva iglesia y lo dotó de huertas que compró a particulares, para que

28 Las condiciones para la fundación aparecen en la escritura original AGFCMS, leg. 1008, año de 1615, y en SAN CECILIO, FRAY PEDRO (O. de M): Annales de la orden de Descalzos de Nuestra Señora de la Merced Redentora de Cautivos Cristianos, Barcelona, Dionisio Hidalgo, 1699, fol. 1065 rº. 29ATIENZA LÓPEZ, ÁNGELA: Tiempo de Conventos…, p. 90. 30CRUZ ISIDORO, FERNANDO: “El mecenazgo arquitectónico de la Casa Ducal de Medina Sidonia entre 1559 y 1633”, Laboratorio de Arte, 18 (2005), p. 178. También en El Convento de la Victoria; historia, arquitectura y patrimonio artístico, Sanlúcar de Barrameda, A.S.E.H.A, 2008, p. 25. 31 AGFCMS, leg. 1001, 27 de diciembre de 1616.

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así los religiosos obtuvieran su propio sustento32. La orden en agradecimiento al duque lo

reconoció como su fundador y patrono.

«Nos fray Félix de Granada, comisario general, aunque indigno, de los frailes menores

Capuchinos de Nuestro Padre San Francisco de la Provincia de Andalucía… aceptamos a

su Excelencia por singularísimo patrón y fundador del dicho convento, concediéndole

todos los privilegios y prerrogativas que suelen tener los que lo son…»33.

Tras esto se producirán unos sucesos fuera de lo común. En primer lugar, en 1640 se le

concedió al IX duque don Gaspar el patronato del convento de los franciscanos descalzos

de San Diego, con la condición de que el duque les labrase un nuevo monasterio e iglesia.

Mientras tanto, él los estableció en la ermita de San Blas34. El problema se produjo cuando

don Gaspar se vio imposibilitado de cumplir lo pactado debido a que en 1645 la Corona le

arrebató su señorío de Sanlúcar como castigo por participar en la conjura contra el rey.

«Con nuevos accidentes se embarazó el Duque y, corriendo estos con la variedad que todas

las cosas de este engañoso Mundo, se imposibilitó la piadosa intención de su Excelencia, y

no se pudieron efectuar las condiciones pactadas, conque fue preciso acomodar en mejor

disposición el Convento en el mismo sitio y dexarnos correr a la bolubilidad de los

tiempos»35.

Una situación similar se produjo con los carmelitas descalzos. El 11 de septiembre de

1640, el referido duque y el padre provincial de los carmelitas, fray Luis de San Jerónimo,

otorgaron dos escrituras ante Luis Díaz Palomino, escribano público. En éstas se

establecían las condiciones, para, primero, fundar un convento a los carmelitas descalzos

masculinos y, después, otro a la rama femenina, el cual no fue finalmente costeado por el

duque. En los capítulos otorgados se concedía también a la Casa de Medina Sidonia el

patronato provincial de Andalucía, de Nueva España y de Tierra Firme de la dicha orden36.

En cuanto al patronato del convento de las clarisas de Regina Coeli, la Casa Ducal va a

acceder a él unos setenta años después de su fundación. Este convento fue fundado en el

año 1519 por García Díaz de Gibraleón37. Posteriormente, tras el programa constructivo

desarrollado por la duquesa doña Ana de Silva y Mendoza, la Casa recibió el 8 de

noviembre de 1603 el patronato de la iglesia y del convento38.

Todo lo expuesto hasta aquí son patronatos pertenecientes a la Casa Ducal, pero, en la

capital del señorío de los Guzmanes, también existieron fundaciones cuyo patronato fue

ejercido por particulares, aunque en la mayoría de los casos los duques fueran quienes

llevaran a cabo la fundación. Es el caso de Pedro de Peñalosa quien, tras hacer grandes

32 AGFCMS, leg. 1002, 14 de febrero y 8 de mayo de 1635. Compras de huertas y viñas en la zona de la Balsa y en la zona del Buen Viaje realizadas por el duque para regalarlas al convento de capuchinos. 33 AGFCMS, leg. 1002, 7 de octubre de 1634. 34 AGFCMS, leg. 2140, 15 de mayo de 1640. Escritura donde el duque se compromete entre otras cosas a construir a los dieguinos un nuevo convento. 35JESÚS MARÍA, FRAY FRANCISCO DE (O.F.M): Primera parte de las Chronicas de la provincia de San Diego en Andalucía de Religiosos Descalzos de N.P. San Francisco, Sevilla, 1724, fol. 697 rº. 36 AGFCMS, leg. 1091, 11 de septiembre de 1640. 37RODRÍGUEZ DUARTE, MARÍA DEL CARMEN: El Convento de Regina Coeli: un modelo de vida monástica en la Sanlúcar del Barroco, Sanlúcar de Barrameda, Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda, 2004. 38 AGFCMS, leg. 352, 8 de noviembre de 1603.

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donaciones a los religiosos agustinos, obtuvo el patronato sobre la capilla mayor de la

iglesia39.

El duque don Alonso Pérez de Guzmán se vio obligado en 1575 a permitir que los

frailes de San Agustín se asentaran en la villa tras protagonizar una curiosa escena. Los

agustinos ocuparon ilegalmente unas casas pertenecientes a la cofradía del Nombre de

Jesús que se encontraban en la esquina de la calle Ancha con la calle de las Cruces. El

cabildo presentó este problema al duque, quien decidió expulsar a los religiosos40.

Según aparece en el libro de protocolos del convento y en el texto de Gaztelu, los

agustinos se marcharon de la ciudad el 6 de enero de 1575 cantando en tono lúgubre el

salmo In exitu Israel de Aegypto. A la salida de la villa se descalzaron, sacudiendo el polvo de

sus zapatos para causar una mayor impresión sobre la población. Toda esta procesión

parece ser que asustó a la condesa de Niebla, llevándola a ordenar que trajeran a los

religiosos, cediéndoles la ermita de la Trinidad. Allí permanecieron hasta 1578, año en el

que el duque les pidió que se trasladasen a la antigua ermita de Santiago y al anexo hospital

de San Bartolomé.

En 1584 comenzaron las obras para adecuar el nuevo convento a la residencia de los

religiosos. Estas obras fueron costeadas por el duque don Alonso y quedaron concluidas en

1600. En el año 1621 Pedro de Peñalosa, mayordomo mayor del duque, dejó todos sus

bienes a los agustinos y gracias a esta donación pudieron los frailes ampliar la iglesia y

agrandar el convento y el claustro41.

El segundo caso es el patronato sobre el convento de los clérigos comendadores del

Santo Espíritu. No se sabe con exactitud cuándo llegaron estos religiosos a la ciudad. Según

la historiografía sanluqueña y la poca documentación encontrada, estos religiosos llegaron a

Sanlúcar sobre la década de 1630. No obstante, Hipólito Sancho ha encontrado referencia

de esta orden en Sanlúcar datada a mediados del siglo XVI42. La documentación sí es clara

al señalar el año 1668 como aquel en el que estos religiosos se establecieron de manera

definitiva en la ciudad, debido a la donación de la iglesia de San Juan Bautista43. Los

familiares de Alberto Lumel, constructor de la iglesia, se van a reservar el patronato sobre

ésta44.

Tampoco podemos olvidar quiénes fueron los fundadores del convento de San

Francisco el Viejo. Los religiosos franciscanos se asentaron en la ciudad por la iniciativa de

varios vecinos ilustres, entre los que se encontraba Alonso Fernández de Lugo, adelantado

39 AGFCMS, leg. 1325. Libro de protocolos del convento de San Agustín de Sanlúcar de Barrameda. 40 Archivo Municipal de Sanlúcar de Barrameda [AMSB], nº 4707. Libro de AA.CC. Nº 5. Años 1563-1573. Fol. 246. «En este cabildo se trató que porque los hermanos de la Cofradía del Nombre de Jesús, ha muchos días que tienen y poseen su casa que les dejó por título de donación intervivos Bartolomé de Guisa... Y porque ahora, de hoz y por fuerza se han entrado unos frailes, que dicen ser agustinos, sin título por do lo que dan hacer. Y si lo suso dicho se permitiere, sería de grande inconveniente así por haber en esta villa cinco monasterios de frailes y monjas, y estar el monasterio y orden de dichos agustinos una legua de esta villa, que es la casa de nuestra señora de Regla…». 41 AGFCMS, leg. 1325, año 1573. Pedro de Peñalosa obtuvo del convento el patronato de la capilla mayor de la iglesia de San Agustín. 42SANCHO DE SOPRANIS, HIPÓLITO: “La Orden de Sancti Spiritus en el Arzobispado Hispalense (1500-1600)”, Archivo hispalense, 110 (1961), pp. 233-260. 43VELÁZQUEZ GAZTELU, JUAN PEDRO: Fundaciones de todas las iglesias…, pp. 419-425. 44 AGFCMS, leg. 776, 26 de febrero de 1620. Es curioso el dato de que nombre Alberto Lumel a los duques de Medina Sidonia como patronos en el caso de que su familia se quede sin sucesión.

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Los duques de Medina Sidonia y las fundaciones de conventos en Sanlúcar de Barrameda: imagen y consolidación del poder señorial

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de las costas de África. Posteriormente, la señora doña Leonor de Ribera y Mendoza, mujer

del II duque, llevó a cabo la construcción de un edificio de más amplitud sobre el

emplazamiento de este primero que llegará a ser conocido como monasterio de San

Francisco el Viejo, y su hijo, el duque don Juan, fue quien costeó la iglesia45.

En la primera mitad del siglo XVIII, los franciscanos decidieron abandonar el convento

de San Francisco el Viejo para trasladarse a la calle del Ángel, donde habían adquirido una

serie de casas, y donde finalmente realizarán la construcción del templo barroco de San

Francisco46.

En la ciudad existieron más establecimientos religiosos de los cuales no nos consta si

tuvieron patrono o no. Con todo, la Casa Ducal siempre ejercerá una amplia política

benefactora hacia ellos. Los duques les fundarán convento, sin obtener el patronato sobre

ellos, a los religiosos de la Compañía de Jesús (1627)47 y del Carmen calzado (1641)48. La

fundación de las religiosas del Carmen descalzo se vio frustrada por el traslado de don

Gaspar, IX duque, a Valladolid. No obstante, las religiosas contarán con ciertas ayudas

provenientes, sobre todo, de la segunda esposa del duque, doña Ana María de Guzmán49.

Por otro lado, los clérigos ingleses de San Jorge y los hospitalarios de San Juan de Dios van

a recibir numerosas limosnas de la Casa Ducal.

Conclusiones.

No fue habitual que sectores de la baja y media nobleza fundasen conventos en

municipios bajo la jurisdicción señorial de un gran linaje. En estos territorios la iniciativa

siempre corría a cargo de los propios señores. No obstante, los ejemplos anteriores

demuestran que en Sanlúcar prosperaron una fundación y el patronato de dos iglesias por

iniciativa de familias de la oligarquía urbana. Claro que fueron personajes estrechamente

vinculados con la Casa, que formaban parte de la corte señorial del VII duque, siendo

Pedro de Peñalosa su contador y tesorero y Alberto Lumel su ayudante de cámara.

Ahora bien, hay que tener en cuenta que el patronato no sólo beneficiaba a los

patronos, sino que también aportaba ventajas al clero regular. Desde el último tercio del

siglo XVI, coincidiendo con el triunfo de la Contrarreforma, los conventos se vieron

obligados a buscar patrocinio entre la nobleza, comerciantes e incluso campesinos

acomodados a cambio de enterramientos y lugar de asiento preferente en las iglesias. El

patronato laico les garantizaba a los religiosos unos ingresos mínimos, con los que cubrir

45 AGFCMS, leg. 1001, 5 de julio de 1495. El duque don Juan pagó a Francisco Rodríguez, cantero de Jerez, 1.400 maravedíes para la construcción de San Francisco el Viejo. 46 En la construcción de este nuevo convento e iglesia jugará un papel transcendental fray Pedro Buceta, famoso albañil y cañero en su tiempo, que con sus trabajos en Nueva España costeó gran parte de la construcción. CRUZ ISIDORO, FERNANDO: “Patrimonio artístico desamortizado del convento de San Francisco “el nuevo” de Sanlúcar de Barrameda (1821-1835)”, Laboratorio de Arte, 21 (2008), pp. 173-174. 47 AGFCMS, leg. 989, año 1627. «Ofrecí [duque don Manuel Alonso] a la dicha religión de la Compañía de Jesús dos mil ducados en contado para que de ellos se comprasen casas para los dichos religiosos y para las escuelas de leer y escribir… que son las adyacentes a la iglesia de la Veracruz, que se compraron de su cofradía». 48VELÁZQUEZ GAZTELU, JUAN PEDRO: Fundaciones de todas las iglesias…, pp. 451-458. 49 Para más información véase OSLÉ MUÑOZ, JULIÁN: El convento de Santa Teresa de las carmelitas descalzas, Sanlúcar de Barrameda, A.S.E.H.A, 1996.

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las necesidades materiales de la comunidad y, además, les permitía controlar las cotas de

mendicidad en villas y ciudades donde se encontraban sus conventos50.

Como hemos señalado, en Sanlúcar de Barrameda se va a erigir diecisiete fundaciones

conventuales. Tal densidad conventual se debe fundamentalmente al mecenazgo que va a

desarrollar los Pérez de Guzmán en la capital de sus estados y a la privilegiada posición que

va a jugar la ciudad siendo antepuerto natural de la sede del comercio con Indias, Sevilla.

Esta excepcional geolocalización atraerá a un elevado número de población flotante, en la

que se encontraba gran cantidad de frailes que tenían que aguardar un tiempo en la ciudad

mientras esperaban a que la flota de Indias zarpase. Además, este fenómeno fundacional

provocó diferentes consecuencias para la ciudad, destacando, por un lado, su impacto

sobre la geografía urbana y, por otro, la conflictividad que se produjo entre las distintas

religiones.

El patrocinio conventual, además de aumentar el prestigio de los Pérez de Guzmán,

contribuyó a cimentar la autoridad de la Casa Ducal en la capital de sus estados. La

fundación y dotación de un convento constituían una exhibición de poder, pero también

una demostración de generosidad y magnanimidad que debía alimentar la aceptación y la

asunción de la dominación y de la dependencia51. Además, la mayoría de estas comunidades

se encontraban al servicio de la Casa, contribuyendo así a la expansión de su poder ante el

resto de la sociedad sanluqueña.

50CATALÁN MARTÍNEZ, ELENA: “La aventura de fundar. La versión heroica de las crónicas religiosas”, en ATIENZA LÓPEZ, ÁNGELA(coord.), Iglesia Memorable. Crónicas, historias, escritos... a mayor gloria. Siglos XVI-XVIII, Madrid, Silex, 2012, p. 235. 51ATIENZA LÓPEZ, ÁNGELA: “Nobleza, poder señorial y conventos en la España Moderna. La dimensión política de las fundaciones nobiliarias”, en SARASA SÁNCHEZ, ESTEBAN y SERRANO MARTÍN, ELISEO (eds.): Estudios sobre señorío y feudalismo. Homenaje a Julio Valdeón, Zaragoza, Instituto Fernando el Católico, 2010, p. 246.

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Anexo I: Cuadro cronológico del proceso fundacional en Sanlúcar de Barrameda FECHA ORDEN FUNDADORES

1440

JERÓNIMOS

Traídos y fundados por el

primer duque de Medina Sidonia,

Juan de Guzmán.

1443 FRANCISCANOS DE LA

OBSERVANCIA

Alonso Fernández de Lugo y

otros vecinos de la ciudad.

1479

DOMINICOS

Traídos por el duque don

Enrique y fundados por Alonso, V

duque, y Ana de Aragón.

1480

DOMINICAS

Fundadas por Leonor de Rivera

y Mendoza, duquesa de Medina

Sidonia.

1517

CLÉRIGOS INGLESES

Fundado por comerciantes

ingleses y entregada a frailes de ese

país. Posteriormente se asentarían en

el dicho convento jesuitas de la

misma nacionalidad.

1519

CLARISAS

Fundadas por García Díaz de

Gibraleón. Refundadas en el

convento actual por la duquesa Ana

de Silva y Mendoza (1605).

1573

AGUSTINOS

Fundado por don Alonso Pérez

de Guzmán, VII duque de Medina

Sidonia.

1590 MÍNIMOS O VICTORIANOS

DE SAN FRANCISCO DE PAULA

Traídos y fundados con casa e

iglesia por don Alonso, VII duque.

1590 HOSPITALARIOS DE SAN

JUAN DE DIOS

Traídos por Alonso, VII duque

de Medina Sidonia.

1615

MERCEDARIOS

Fundados por el duque don

Manuel y su mujer doña Juana de

Sandoval y la Cerda.

1627 JESUITAS Fundados por el VIII duque

don Manuel.

1630

CLÉRIGOS REGULARES

DEL SANCTI SPIRITUS

Fundados por el duque don

Manuel.

1634 CAPUCHINOS Fundados por el duque don

Manuel.

1640

DIEGUINOS

Introducidos por el duque don

Manuel y fundados por su hijo don

Gaspar.

1641

CARMELITAS CALZADOS

Fundados por don Gaspar de

Guzmán, IX duque de Medina

Sidonia.

1641 CARMELITAS DESCALZOS Fundados por el duque don

Gaspar.

1644

CARMELITAS DESCALZAS

Introducidas por el duque don

Gaspar y la duquesa doña Ana María

de Guzmán.