normativa de ejecución y evaluación de trabajos de grado de postgrado

Upload: jose-miguel-velazquez-saint-clair

Post on 19-Feb-2018

248 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 7/23/2019 Normativa de Ejecucin y Evaluacin de Trabajos de Grado de Postgrado

    1/4

    3.9.1

    Consejo Acadmico: Reunin N 30611 de octubre de 2001

    ReformadoConsejo Acadmico: Reunin N 428

    08 de diciembre de 2011

    3.9. NORMATIVA DE EJECUCION Y EVALUACINDE TRABAJOS DE GRADO DE POSTGRADO

    I. DISPOSICIONES GENERALES

    Artculo 1. La Normativa General de Estudios de Postgrado del Consejo Nacional deUniversidades (Gaceta Oficial 37.328 del 20-11-2001) establece que los estudiantesde las Especializaciones y Maestras debern realizar un Trabajo de Grado comoparte de los requisitos para obtener el grado acadmico de Especialista o de Magster.

    Articulo 2. La presente Normativa establece las pautas generales para la elaboracin del TrabajoEspecial de Grado de las Especializaciones y del Trabajo de Grado de las Maestras.

    Artculo 3. La presentacin y aprobacin del Trabajo de Grado de las Especializaciones yMaestras, deber cumplirse en un plazo mximo de cuatro (4) aos contados a partirdel inicio de los estudios respectivos.

    II. DE LAS ESPECIALIZACIONESArtculo 4. El Trabajo Especial de Grado ser el resultado de un estudio que demuestre el

    manejo instrumental de los conocimientos obtenidos por el estudiante en el rearespectiva.

    Artculo 5. El Trabajo Especial de Grado ser individual, de autora personal, indito y no

    utilizado para la obtencin de otro ttulo acadmico.

    Artculo 6. El Trabajo Especial de Grado ser orientado por un tutor, quien deber cumplir conlo sealado en el Ttulo IV de esta Normativa.

    Artculo 7. Tanto la seleccin del tema de estudio como la del tutor sern responsabilidad delestudiante, quien ser orientado a tales fines, si as lo solicitare, por la Coordinacinde la Especializacin correspondiente.

    Artculo 8. Las fases para la elaboracin, presentacin y aprobacin del Trabajo Especial deGrado son las siguientes:

    1) Aprobacin del Taller de Trabajo Especial de Grado2) Presentacin de la propuesta de Trabajo Especial de Grado3) Evaluacin del Trabajo Especial de Grado

    Artculo 9. El Taller de Trabajo Especial de Grado se calificar como APROBADO oREPROBADO.

  • 7/23/2019 Normativa de Ejecucin y Evaluacin de Trabajos de Grado de Postgrado

    2/4

    3.9.2

    Artculo 10. De no aprobar el Taller de Trabajo Especial de Grado, el estudiante deber reinscribirla asignatura y cancelar la matrcula correspondiente.

    Artculo 11. Una vez aprobado el Taller de Trabajo Especial de Grado, el estudiante someter a laconsideracin de la Coordinacin de la Especializacin respectiva la propuesta de sutrabajo firmada por el tutor en las fechas que el Calendario de Entregas indique.

    Artculo 12.A los fines de la evaluacin del informe final el estud iante deber inscribir previamenteEvaluacin del Trabajo Especial de Grado, y tener un ndice acadmico acumuladono inferior a 14 puntos en la totalidad de las asignaturas del plan de estudiosrespectivo.

    Artculo 13. El estudiante entregar el informe final dentro de las fechas que el Calendario deEntregas indique para su evaluacin por parte del jurado designado a tales efectos.

    Artculo 14. El Jurado evaluador del informe final del Trabajo Especial de Grado estar integradopor dos profesores; uno de ellos podr ser el Coordinador de la Especializacin. Ladesignacin del Jurado estar a cargo de la Coordinacin de la Especializacin

    respectiva y ser conocido por el cuerpo de Directores del Postgrado. En caso dediscrepancia en la calificacin del Informe Final entre los miembros del Jurado, laCoordinacin de la Especializacin someter el trabajo a consideracin de un tercerJurado.

    Artculo 15. Los miembros del Jurado debern tener un ttulo de post-grado equivalente o superioral ttulo de Especialista.

    Artculo 16. La designacin y convocatoria del Jurado, a efecto de la evaluacin del TrabajoEspecial de Grado, ser responsabilidad de la Coordinacin de la Especializacincorrespondiente.

    Artculo 17. El Trabajo Especial de Grado recibir la calificacin de "Reprobado", "Aprobado" o"Aprobado con Mencin Meritoria" y ser inapelable. La Mencin Meritoria serconferida por decisin unnime del Jurado; ser razonada y constatada en el Acta deVeredicto.

    Artculo 18. En caso de recibir la calificacin de "Reprobado", el estudiante deber volver asometer a la consideracin de la Coordinacin de la Especializacin respectiva unanueva Propuesta en las fechas que el Calendario de Entregas indique, procediendo aelaborar y entregar su informe final dentro del lapso de los cuatro (4) aos previstosen esta Normativa, previa reinscripcin de Evaluacin de Trabajo Especial de Grado,cancelando la matrcula correspondiente.

    Artculo 19. La Propuesta y el Informe Final del Trabajo Especial de Grado debern elaborarse y

    presentarse segn las pautas contenidas en la Gua para la elaboracin, organizaciny presentacin de Trabajos de Grado de Postgrado de la Universidad Metropolitana.

    III. DE LAS MAESTRAS

    Artculo 20. El Trabajo de Grado de las Maestras ser un estudio que demuestre la capacidadcrtica y analtica, as como el dominio terico y metodolgico de los diseos deinvestigacin propios del rea del conocimiento respectivo.

  • 7/23/2019 Normativa de Ejecucin y Evaluacin de Trabajos de Grado de Postgrado

    3/4

    3.9.3

    Artculo 21. El Trabajo de Grado de las Maestras ser individual, de autora personal, indito y noutilizado para la obtencin de otro ttulo acadmico.

    Artculo 22. El Trabajo de Grado ser orientado por un tutor, de acuerdo con lo sealado en elTtulo IV de esta Normativa.

    Artculo 23. Tanto la seleccin del tema de investigacin como la del tutor sern responsabilidaddel estudiante, quien ser orientado a tales fines, si as lo solicitare, por laCoordinacin de la Maestra correspondiente.

    Artculo 24.Las fases para la elaboracin, presentacin y aprobacin del Trabajo de Grado sonlas siguientes:1. Aprobacin del Taller de Trabajo de Grado2. Presentacin del Proyecto del Trabajo de Grado3. Defensa de Trabajo de Grado

    Artculo 25. El Taller de Trabajo de Grado se califica como APROBADO o REPROBADO.

    Artculo 26. De no aprobarse el Taller de Trabajo de Grado, el estudiante deber reinscribir laasignatura y cancelar la matrcula correspondiente.

    Artculo 27. Una vez aprobado el Taller de Trabajo de Grado, el estudiante podr inscribirProyecto de Trabajo de Gradoy cancelar la matrcula correspondiente.

    Artculo 28. Inscrito en Proyecto de Trabajo de Grado, el estudiante deber someter a laconsideracin de la Coordinacin de la Maestra respectiva, el proyecto de trabajo degrado en las fechas que el Calendario de Entregas indique.

    Artculo 29. El Proyecto de Trabajo de Grado tiene por objetivo presentar ante el Coordinador dela Maestra el problema de estudio y el tutor que orientar el mismo para suevaluacin y aprobacin. El Proyecto deber elaborarse de acuerdo con lo establecidoen la Gua para la elaboracin, organizacin y presentacin de Trabajos de Grado dePostgrado de la Universidad Metropolitana.

    Artculo 30. De no ser aprobado el proyecto, el estudiante deber inscribir nuevamente Proyectode Trabajo de Grado como "DIFERIDO", sin cancelar la matrcula correspondiente, afin de reelaborarlo y obtener su aprobacin.

    Artculo 31. Una vez aprobado Proyecto de Trabajo de Grado, el estudiante deber proceder adesarrollar su Trabajo de Grado y a elaborar el informe final del mismo de acuerdo conlo establecido en la Gua para la elaboracin, organizacin y presentacin deTrabajos de Grado de Postgrado de la Universidad Metropolitana.

    Artculo 32. Culminado el informe final, el estudiante deber inscribir Defensa de Trabajo deGrado, pagar la matrcula correspondiente y presentarlo con la aprobacin de suTutor ante la Coordinacin de la Maestra respectiva en las fechas que el Calendariode Entregas indique.

    Artculo 33.Para inscribir Defensa deTrabajo de Gradoel estudiante deber haber aprobado latotalidad de las asignaturas del plan de estudios respectivo, con un ndice acadmicoacumulado no inferior a 14 puntos, las dems exigencias del plan de estudioscorrespondiente, y haber inscrito Defensa de Trabajo de Grado.

  • 7/23/2019 Normativa de Ejecucin y Evaluacin de Trabajos de Grado de Postgrado

    4/4

    3.9.4

    Artculo 34. El Jurado de los Trabajos de Grado estar integrado por tres miembros. El tutor delTrabajo de Grado podr ser miembro del Jurado. La designacin del Jurado estar acargo de la Coordinacin de la Maestra respectiva y ser conocido por el cuerpo deDirectores del Postgrado. No podrn ser miembros del jurado quienes tengan vnculosde parentesco con el estudiante, hasta cuarto grado de consanguinidad o segundogrado de afinidad

    Artculo 35. Los miembros del Jurado debern tener un ttulo de post-grado equivalente o superioral ttulo de Magister. Excepcionalmente, podrn ser miembros del Jurado,profesionales de comprobada experiencia y reconocida autoridad en el rea temticadel Trabajo de Grado, que posean un ttulo de Especialista o su equivalente.

    Artculo 36. La Defensa del Trabajo de Grado se har en acto pblico en la sede de la UniversidadMetropolitana en la fecha y hora convenidas de comn acuerdo entre el estudiante yel jurado. El estudiante dispondr de un tiempo para una exposicin oral de su trabajo.Finalizado el acto, el Jurado proceder a deliberar a fin de calificar el trabajo. ElTrabajo de Grado recibir la calificacin de "Reprobado", "Aprobado" o "Aprobado conMencin Meritoria" y ser inapelable. La Mencin Meritoria ser conferida por decisinunnime del Jurado; ser razonada y constatada en el Acta de Veredicto.

    Artculo 37. En caso de ser Reprobado el informe final del Trabajo de Grado, el estudiante deberreinscribir Proyecto de Trabajo de Grado y Defensa de Trabajo de Grado,cancelando las matrculas correspondientes, procediendo a elaborar un nuevoProyecto y defender el Informe Final dentro del lapso de los cuatro (4) aosprevistos en la presente Normativa.

    IV. DEL TUTOR

    Artculo 38. El Trabajo Especial de Grado de las Especializaciones y el Trabajo de Grado de lasMaestras sern orientados por un tutor, miembro del personal docente de laUniversidad, o externo a la misma, quien deber poseer un ttulo de postgradoequivalente o superior al ttulo al que aspira el estudiante. Excepcionalmente, si eltutor no tuviera tal ttulo, deber reunir las condiciones de experiencia y reconocida

    autoridad en el rea temtica del trabajo. Corresponder al Coordinador del programarespectivo pronunciarse sobre la aceptabilidad del tutor propuesto.

    Artculo 39. No podrn ser tutores quienes tengan vnculos de parentesco con el estudiante, hastacuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad.

    V. DISPOSICIONES FINALESArtculo 40. Los casos dudosos o no previstos en este Reglamento sern resueltos por el Comit

    de Postgrado e Investigacin de la Universidad Metropolitana.

    Artculo 41. La presente Normativa fue aprobada en sesin ordinaria N 428, fecha 08 dediciembre de 2011 y deroga la Normativa aprobada por el Consejo Acadmico de la

    Universidad Metropolitana en sesin ordinaria N 306, fecha 11 de Octubre de 2001.