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LICENCIATURA EN COMUNICACIÓN SOCIAL CATEDRA DERECHO A LA INFORMACION La legislación Argentina y los Medios de Comunicación Social: su evolución desde los comienzos de la Radiodifusión hasta la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual Alumna: Alejandra Selvaggi Titular cátedra: Lic. Marcelo Hernández Fecha de entrega: 26/05/2014

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LICENCIATURA EN COMUNICACIÓN SOCIAL

CATEDRA DERECHO A LA INFORMACION

La legislación Argentina y los Medios de

Comunicación Social: su evolución desde los

comienzos de la Radiodifusión hasta la Ley de

Servicios de Comunicación Audiovisual

Alumna: Alejandra Selvaggi

Titular cátedra: Lic. Marcelo Hernández

Fecha de entrega:

26/05/2014

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LICENCIATURA EN COMUNICACIÓN SOCIAL CATEDRA DERECHO A LA INFORMACION

Alejandra Selvaggi – La Legislación Argentina y los Medios

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Tabla de contenido

1920-1945 - Los comienzos de la Radiodifusión ...................................................................... 3

Consolidación del broadcasting: Primer Proyecto de ley ................................................... 4

La profesionalización: se complejiza el marco regulatorio ................................................ 5

1946-1955 – Primera Ley del Servicio de Radiodifusión ......................................................... 8

Ley 14.241 del Servicio de Radiodifusión .......................................................................... 9

1955-1958 – Ley 15.460: La intervención que sentaría las bases de los medios en la Argentina 11

La nueva ley en los inicios de la TV .................................................................................. 11

1958–1975 - Se consolida el modelo en la vigencia de la Ley 15.460 ............................... 12

La estatización de la Radiodifusión ................................................................................. 13

1975–1983 – Gobierno militar y una nueva Ley Nacional de Radiodifusión....................... 15

El camino a la Ley N° 22.285 .......................................................................................... 16

1983–2013 – De la Ley Nacional de Radiodifusión a la actual Ley de Medios .................. 19

Las privatizaciones en la década menemista ................................................................. 20

Otro proyecto de Ley que quedó en el camino ................................................................ 27

El último tramo de la Ley de Radiodifusión hacia la nueva Ley de Medios ................... 29

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El presente trabajo está basado en la investigación llevada a cabo por la cátedra de Políticas y Planificación

de la Comunicación de la Facultad de Ciencias sociales de la UBA y plasmado en el libro “Mucho ruido,

pocas leyes”, editado por Guillermo Mastrini. El equipo de trabajo se define como influenciado por la

escuela critica latinoamericana pero que a su vez refleja la diversidad de opiniones existentes entre los

integrantes de la cátedra.

Los autores realizan su abordaje a partir de un recorte arbitrario que divide el análisis en etapas

seleccionadas de acuerdo con criterios de historia política y comunicacional, profundizando en cuatro

periodos decisivos para la historia de las políticas de comunicación:

- La constitución de una comisión para formular políticas de comunicación en 1938

- La adjudicación de licencias de televisión en el periodo 1955-1958

- La estatización de los canales de Buenos Aires durante los gobiernos peronistas de la década del

70

- La re-privatización durante los primeros días de gobierno de Carlos Menem.

“Este trabajo se aboca a la siempre fallida tarea de hacer evidente algo de ese entramado de factores,

subrayando como, invariablemente, las políticas de un gobierno tienen una coherencia inevitable,

repercutiendo de manera similar en todas las áreas y, al mismo tiempo, cómo muchas veces no pueden

escapar a la ideología dominante de la época, pese a que manifiesten, aunque más no sea, una leve

intención de hacerlo”.

El último tramo 2007-2014 fue abordado a través de lo investigado en los medios nacionales y las

publicaciones oficiales.

1920-1945 - Los comienzos de la Radiodifusión

Hacia fines del siglo XIX se produjeron profundos cambios en la estructura socio-politico-económica del

país, marcado por el ingreso al mercado internacional como productores de cereales y carne y la llegada

masiva de inmigrantes y su concentración urbana en Buenos aires y alrededores. “La urbanización, la

educación masiva, el comercio y una insipiente movilidad social, estimularon el desarrollo de sectores

medios de la población”.

En el año 1916 fue electo Hipólito Yrigoyen como presidente en las primeras elecciones llevadas a cabo

bajo la ley de sufragio universal, esto implico que las elites bonaerenses asociadas a la propiedad de la

tierra en la pampa húmeda tuvieran que compartir el ejercicio del poder ejecutivo con la nueva burguesía

comercial y sectores medios del campo y la ciudad. Las carnes y cereales argentinos abastecían un parte

importante de la demanda europea, quienes a su vez nos proveían de productos manufacturados, en su

mayoría provistos por Gran Bretaña.

Durante su segundo mandato Yrigoyen encaró cambios más profundos relacionados con la explotación

petrolera nacional y una naciente industrialización, pero en medio de la crisis mundial de la economía

capitalista, lo que favoreció la consolidación de una oposición conservadora que finalizó con el golpe de

estado del general José E. Uriburu en 1930 luego de 14 años de gobierno radical.

A partir de 1932 se suceden gobiernos electos en base al fraude que colocan a miembros de la

concordancia en la presidencia, y en el país se manifestaba el autoritarismo a través de la represión a

sindicalistas, estudiantes y opositores políticos, alcanzando a los medios de comunicación. La década del

40 mostrara el esplendor de la radio en medio de una crisis política de la Concordancia que no podía

superar la contradicción entre agroexportadores e industrialistas y su posición frente a la Segunda Guerra

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Mundial. Los militares que apoyaron la asonada militar de 1943 también tenían sus contradicciones tanto

en materia económica como en el plano internacional. Si bien el perfil de los gobiernos de Farrell y Ramírez

fue su autoritarismo, el Gral. Perón desde la subsecretaria de Trabajo se consolidaba como referente del

proletariado sentando las bases para la formación de un nuevo partido de masas, e influiría fuertemente

en los medios y las políticas de radiodifusión durante diez años.

Consolidación del broadcasting: Primer Proyecto de ley

La insipiente industrialización y los procesos de proletarización de una parte de los inmigrantes

favorecieron el rápido éxito de un medio de comunicación masivo como la radio respondiendo a nuevas

demandas de información y entretenimiento. Es así como en el año 1920 surge la radiodifusión impulsada

por un grupo de jóvenes profesionales. La primera transmisión se realizó el 27 de agosto en el teatro

Coliseo y fue recibida aproximadamente por 50 aparatos receptores en manos de aficionados. Uno de los

responsables, Enrique Susini, había investigado un año antes en Francia los equipos utilizados por los

franceses durante la guerra mundial. Susini junto con Luis R. Carranza, Cesar Guerrico y Miguel Mujica

formaron la LOR Sociedad Radio Argentina, transmitiendo desde el Coliseo la temporada lírica que ofrecía

el teatro a través de una antena en la terraza del teatro, fueron llamados los “locos de la terraza”.

La radio abierta al público era considerada un medio de radiocomunicación más y era regido por el mismo

marco legal que los servicios privados de radioaficionados:

Ley -N° 750 de Telégrafos Nacionales, promulgada bajo la presidencia de Nicolás Avellaneda en

setiembre de 1875, legislaba sobre jurisdicción, autoridad de aplicación, obligaciones para el

cumplimiento del servicio, etc.

Ley N° 9127 sancionada en 1913, estableció el monopolio estatal de las comunicaciones en

territorio argentino por considerarla relacionada con la seguridad del país.

Ley N° 4408 de Comunicaciones Telefónicas y Radiotelegráficas.

Hacia fines de 1922 la única radio consolidada en el éter era LOR Argentina y los permisos eran otorgados

por la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires dado que su alcance era comunal debido a su baja

potencia. También otorgo permisos el Ministerio de Marina a través de la Dirección General de correos y

telégrafos.

A comienzos de 1923 coexistían cuatro radios y tres sistemas de explotación, lo que indicaba la falta de

definición del modelo económico de la radio que aún estaba disponible solo para aquellos que podían

adquirir el costoso aparato receptor. Por otra parte para fines de ese año el éter porteño contaba con cinco

radios y recién entonces el Poder ejecutivo tomó conciencia de la precariedad de la legislación al respecto y

elabora un proyecto de ley que no llega a ser sancionada. Los empresarios radiales se unieron y

demostraron su capacidad de influir en la opinión pública organizando una “huelga de silencio” con el fin

de obligar al Estado a otorgar frecuencias según sus propias reglas.

En marzo de 1924 el proyecto de ley fue reflotado incluyendo los reclamos del sector empresario del año

anterior y hacía referencia por primera vez a la palabra “broadcasting” para denominar a las estaciones. El

decreto se fundamentaba en regularizar el funcionamiento de las radios orientadas a difundir “noticias de

interés general, conferencias, conciertos vocales o artísticos, audiciones teatrales u otras manifestaciones

culturales”, y fue el primer instrumento legal referido específicamente a las estaciones. Las licencias eran

personales y otorgadas por el Ministerio de Marina o del Interior, con caducidad el 31 de diciembre de cada

año. Esto implico un mayor control por parte del Estado y de inestabilidad de los licenciatarios. El 22 de

abril de 1924 se constituyo la Asociación Argentina de Broadcasting con el objetivo de fortalecer el interés

del público y ayudar financieramente a través de subvenciones a las radios con economías críticas. La

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asociación fue disuelta en febrero de 1925. Ese mismo año durante la presidencia de Alvear se amplió la

reglamentación de 1924 regulando los contenidos, frecuencias e impuso a las emisoras el uso de

características de tres letras. En 1929 se modificó a dos letras y un número, modalidad aún vigente.

Entre 1925 y 1930 se produjeron numerosas apariciones, desvanecimientos y renacimientos, fusiones y

adquisiciones, en un medio que crecía en número e importancia. El Estado mientras tanto buscaba

controlar este proceso, en 1928 quedó en manos de Correos y Telégrafos ya como un servicio

independiente. En abril de 1929 se sancionó el decreto que implico la primera reglamentación nacional,

integral y exhaustiva del servicio de radiodifusión, dividiendo las estaciones radioeléctricas en cuatro

categorías: móviles, de radiodifusión, experimental privada y de aficionados. Con el golpe de 1930 se

interrumpe el orden constitucional y comienza un periodo de mayor control de contenidos por parte del

Estado y el fin de una etapa de amplia libertad para los pioneros de la radio.

Cuadro 1. Pioneros de la radio “amateur”

La profesionalización: se complejiza el marco regulatorio

En setiembre de 1930 José F. Uriburu llego al gobierno por medio de un golpe de Estado, en el que figura el

diario Crítica entre sus promotores. De 1930 a 1943 la radio se consolida y su forma está relacionada con

•Comenzó a transmitir en agosto de 1920, funcionaba en el Teatro Coliseo. Mantenida por sus dueños sin publicidad ni subvenciones.

•En 1925 convenio con diario Critica y pasó a llamarse LOR Broadcasting de Crítica.

LOR Radio Argentina

•Comenzó a transmitir en diciembre de 1922, funcionaba en el Hotel Plaza

•Primera radio con permiso para incluir mensajes publicitarios que no podia exceder el 30% del tiempo de aire

LOX Radio Cultura

•Inaugurada a comienzos de 1923

•Subvencionada por un grupo de comerciantes dedicados a la actividad radioelectrica. Su frecuencia luego fue utilizada por LOZ La Nación, posteriormente Radio Mitre.

LOZ Radio Sud America

•Inagurada en Marzo de 1923

•Mantenida por su dueño sin publicidad ni subvenciones

LOV Radio Brusa

•1924

Radio Libertad

•1924

LOW Radio Gran Splendid

•1924

LP6 Casa América

•1925

•Posteriormente se llamó Radio Belgrano. Luego de la compra de J.Yanquelevich planteo un modelo de radiodifusion basado en el show y el entretenimiento popular. Pionero con el financiamiento publicitario .

LOY Radio Nacional

•1925, fue la primer radio perteneciente a un medio grafico. Luego se llamó Radio Mitre.

LOZ La Nacion

•En 1927, por iniciativa de la esposa de Alvear. Primera radio estatal de la Argentina.

LOS Radio Broadcasting Municipal

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las formas ya adoptadas de la radiodifusión local, los cambios sociales y las relaciones de dominio entre

las grandes potencias y nuestro país.

Existía una fuerte tensión entre los que apoyaban el modelo radial europeo orientado al servicio público, y

el modelo norteamericano que basa su financiamiento en la venta de publicidad y por ende adquiere un

formato comercial. Sin embargo, la actividad radial en nuestro país había nacido y se había estructurado

como empresa privada con emisión centralizada en Buenos aires y financiada mediante la publicidad, a lo

que se sumaba que la actividad constituía un foco de interés para las corporaciones norteamericanas

instaladas en la Argentina. El punto culminante se alcanzó en 1938 cuando el gobierno formo una

comisión que realizaría un diagnostico de la radiodifusión en el país. (Ver cuadro 2).

El autoritarismo de la época se extendió a los medios de comunicación, en mayo de 1933 se sanciono el

Decreto N° 21004 para regular todas las radiocomunicaciones del país, poniendo énfasis en la

reglamentación de la concesión de licencias y en los contenidos de los mensajes. Los adjudicatarios

deberían demostrar su solvencia económica, origen y radicación como así también los antecedentes

personales. Las licencias no eran transferibles y no podían superponerse a otra en la misma zona. En

cuanto a los contenidos se incluyo un artículo en el cual se prohibía la transmisión de conferencias u otro

tipo de evento que tuviera carácter politico sin la autorización de la Dirección General de Correos y

Telégrafos.

A pesar de todo continuaba la expansión de la radiodifusión que concentraba la producción de contenidos

en Buenos Aires, en el interior el avance fue más dificultoso y lento debido al carácter comercial del medio

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y el menor desarrollo del mercado publicitario, y la falta de políticas de servicio público por parte del

Estado. Las provincias más ricas y con mayor concentración urbana como Rosario o Paraná, contaron con

emisoras en la década del 30; en el sur debieron esperar más años hasta consolidarse. La industria

cultural de la radio planteo la estrategia de star system que consagro a los actores de radioteatro. La

imposibilidad de las radios del interior de competir con las radios porteñas los llevo a suscribir acuerdos de

programación con las emisoras de la capital intercalando el panorama informativo local, que definió el

modelo comunicacional de la época.

En 1935 Radio el Mundo fue autorizada a constituir una cadena, de estilo sobrio y solida base técnica

contó con un edificio construido a imagen y semejanza de la BBC de Londres. Como parte de las

condiciones de contratación debían ceder dos horas diarias de aire al gobierno; como esto no constituía un

negocio económico para los dueños prefirieron ceder un edificio completo e instalado y un transmisor al

gobierno y lo presentaron como contrapropuesta. Así nació Radio del Estado en 1937, instalándose en el

edificio que aún conserva Radio Nacional en la calle Maipú en Buenos Aires1.

A partir de la consolidación de las redes, la década del 40 mostro el esplendor de la radio, con altos niveles

de audiencia en teatro y futbol. La información y los escasos contenidos políticos eran escasos, y se

prohibía la inclusión de los juegos de azar. En 1943 se reglamento la publicidad en más detalle y las voces

más conocidas de la radiodifusión decidieron sindicalizarse en la Sociedad Argentina de Locutores, cuyo fin

era agrupar a todos los locutores del país.

Entre las primeras medidas de gobierno, Pedro Ramírez creo en 1943 la Subsecretaria de Informaciones y

Prensa, dependiente de la Secretaria de la Presidencia de la Nación2. El organismo estaba integrado por

ocho áreas entre las que figuraba la Dirección General de Radiodifusión que debía ocuparse del fomento

cultural de las transmisiones, reglamentar tanto la programación como la publicidad, dar los lineamientos y

normativas para el desempeño de los locutores y registrar las radiodifusoras y su personal técnico y

artístico. La Dirección General de correos y Telecomunicaciones continuaría relacionada con los aspectos

técnicos del servicio.

Durante el gobierno de Farrell esta Subsecretaria paso a depender del Ministerio del Interior y estableció el

Estatuto Profesional del Periodista; otorgó la primera licencia para establecer la televisión y sancionaría un

nuevo y estricto régimen regulatorio, el Decreto 13.474 conocido como el Manual de Instrucciones para las

Estaciones de Radiodifusión, que acrecentaba los mecanismos de intervención estatales abarcando no

solo contenidos sino también formas de presentación y vocabulario utilizado. La norma se caracterizo por

la censura previa y las profundas restricciones acerca de la libertad de expresión en materia de contenidos.

En relación con la televisión si bien la iniciativa (la primera en Sudamérica) no fue exitosa, dejo las bases

para su desarrollo y control por parte del Estado ya que incluía la cesión por parte de la emisora de

espacios y receptores y la conformación de un Instituto de Investigaciones Tecnico-Radioelectricas. En abril

de 1945 se creó la agencia de noticias, emprendimiento mixto de capitales privados y estatales, con

relación funcional con la Subsecretaria de Informaciones, Prensa y Propaganda.

Hasta 1946 el sistema de radiodifusión se había construido a través del otorgamiento de permisos y

licencias precarias a personas físicas o jurídicas, en tres modalidades: a) estaciones cabecera, b)

retransmisoras y c) red de emisoras; en ausencia de un marco normativo que regularizara la estructura de

propiedad de los medios.

1 El sistema de redes de emisoras termino de consolidarse en el periodo 1937-1941 cuando las principales radios se agruparon en

dos redes encabezadas por LR1 Radio El Mundo (Red azul y blanca de emisoras argentinas) y LR3 Radio Belgrano (Cadena

argentina de Broadcasting SACI). En 1941 el gobierno autorizo el funcionamiento de una tercera red encabezada por LR4 Radio

Splendid (Red argentina de emisoras Splendid, RADES). Radio Belgrano presentaba una orientación más populista mientras que

las otras dos el perfil era más bien paternalista. Este sistema de redes tuvo su origen en la precariedad económica de la mayoría

de las radiodifusoras y a que la mayoría no cumplía con las condiciones técnicas necesarias. 2 Los entes que regulan los medios de comunicación se acercan cada vez más a la figura central de la presidencia lo que muestra

la importancia que la radiodifusión fue adquiriendo en los primeros 25 años.

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El Estado ocupo un lugar de contralor y no de administrador, actuando de manera complementaria en la

definición de las características del medio. El modelo de radiodifusión se consolido como “populista” bajo

la influencia del modelo comercial norteamericano.

1946-1955 – Primera Ley del Servicio de Radiodifusión

El gobierno del Gral. Juan domingo Perón se dividió en dos presidencias: de 1946 a 1952 y de 1952 a

1955 donde fuera derrocado por la autodenominada “Revolución Libertadora”. Durante estos años

modificó la realidad social de la época accionando desde la política a través de los organismos del Estado -

como una estructura horizontal- y conformando un monopolio de la información y medios de comunicación

–como estructura vertical- consolidando la influencia de las masas.

“Para poder llevar adelante este proceso, desde la implementación de políticas públicas, Perón edificó dos

conjuntos de políticas criticas: a) restricción de libertades individuales en pos de alcanzar la igualdad de

toda la sociedad y b) obstaculización del principio politico de la división de poderes para centralizar y

concentrar el poder.” El proceso fue legitimado a medida que el Estado daba respuesta a la demanda

popular, lograba la ratificación a través de las urnas y desplegaba el liderazgo carismático de su líder.

La prensa grafica y la radio fueron dos herramientas claves utilizadas por el gobierno de Perón para

divulgar ideas-fuerza y acciones de gobierno. Para Perón la comunicación era central para la

transformación de la sociedad y para ello accionaria sobre los medios, modificando la estructura de

propiedad y otorgando a la Secretaria de Información y Prensa un rol estratégico3.

Se establecieron dos políticas que modificaron el desarrollo de la comunicación a partir de una fuerte

intervención estatal: a) la restricción de libertades básicas individuales-expresión, pensamiento y opinión- y

públicas -imprenta y prensa-; b) la conformación de una estructura oligopólica del sistema de medios de

radiodifusión que permitió conceder licencias dentro del entorno incondicional de Perón.

La restricción de las libertades públicas se puso en práctica a través de la expropiación y limitación del

papel, modificación del código penal penalizando con prisión el desacato, declaración del estado de guerra

interno y de sitio, allanamientos, clausuras y expropiaciones de medios de prensa grafica; la adquisición

de talleres de imprenta, medios de prensa grafica y radiodifusión por parte del gobierno centralizando el

poder y finalmente la creación de la Comisión Bicameral Investigadora de Actividades Antiargentinas. Por

otra parte el periodo se destaco por desplegar una pluralidad cultural y la libre competencia de los actores

económicos. La radiodifusión mantuvo una concentración política, geográfica y económica en la ciudad de

Buenos aires.

Durante la primera presidencia las medidas estuvieron orientadas a construir una nación: “socialmente

justa, económicamente libre y políticamente soberana”, busco integrar los factores facticos del poder y

lograr una concepción corporativista que incluyera las fuerzas armadas, el sindicalismo, la Iglesia y los

sectores económicos.

La ruptura con la iglesia y las concesiones petroleras extraordinarias -con apertura al capital extranjero-

junto con la restricción de las libertades individuales provocaron en la segunda presidencia la crisis del

3 El 17 de octubre de 1951 se realizaría desde Canal 7 de Buenos Aires (dependiente de LR3 Radio Belgrano) la primera

transmisión televisiva, con la transmisión de un acto politico el Día de la Lealtad, realizado en Plaza de Mayo. El proyecto de

televisión fue encargado a J. Yankelevich quien se ocupo de la adquisición del equipamiento en Estados Unidos. El director de

cámaras de la primera transmisión fue Enrique Susini (precursor de la radiofonía sonora), convirtiéndose luego en el primer

director artístico de la emisora. Desde sus inicios la televisión se dedico a dos tipos de programaciones de exteriores: políticas y

deportivas.

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equilibrio de poder en medio de un fuerte apoyo de la sociedad4. Luego de dos intentos fallidos, el golpe de

setiembre de 1955 finalizó con el gobierno de Juan Domingo Perón.

Ley 14.241 del Servicio de Radiodifusión

En enero de 1953 se aprobó el 2do Plan Quinquenal de gobierno (ley 14184), en cuyo capitulo 26 se

refería al área de Comunicaciones indicando los objetivos fundamentales, generales y específicos. Los

objetivos fundamentales estaban orientados a la vinculación con el exterior que asegure la elevación del

nivel cultural de la población, la promoción y desarrollo económico y su adaptación para las necesidades

de defensa interna y nacional. Los objetivos generales estaban relacionados con la función social de las

comunicaciones y los específicos con la televisión y la radiodifusión destacándose que estos servicios

serían conducidos por el Estado y extendidos a toda la Nación como expresión de la soberanía del país, en

orden a la seguridad y defensa nacional y para elevar el nivel cultural de la población. En el Decreto N°

4870 -de abril de 1953- se establecían las responsabilidades de los diferentes ministerios para el

cumplimiento de los objetivos y su mutua vinculación. Finalmente el 29 de Setiembre de 1953 el

Honorable Senado de la Nación aprobó la Ley N° 14.241 del Servicio de Radiodifusión y el 15 de octubre

de 1953 la promulgó el Poder ejecutivo. Esta ley se constituiría con los años en la primera y única ley de

radiodifusión aprobada por un gobierno democrático. El 23 de diciembre de 1953 se reglamentó la ley del

servicio de radiodifusión luego de la firma del Decreto N° 25.004.

Cuadro 2. Alcance de la Ley 14.241

4 El proceso electoral de 1951 se desarrollaría en un escenario totalmente diferente en materia de medios de comunicación ya que

las posibilidades de la prensa partidaria de enfrentar ese proceso eran vastas y podían obtener los mejores resultados en función

de su superioridad numérica, mayor tirada y circulación y preferencia en el suministro de papel a cargo del Estado.

Definicion y caracteristicas del servicio: de “interes publico”, el Estado puede autorizar a su prestación por particulares a traves de licencias sujetas a reglamentación otorgadas por licitación publica mediante pliego de bases y condiciones.

Regimen de las licencias: se otorgarian por 20 años a argentinos nativos o personas juridicas o sociedades cuyo 70% del capital sea nativo argentino; el presidente, miembros del directorio y personal superior deberan ser argentinos nativos o naturalizados y no tener interes directo o indirecto en otra red; y deberán presentar un plan de acción referente a la licencia.

Regimen del servicio: los programas y sus contenidos estaran orientados a constituirse como exponentes culturales, elevar el nivel moral e intelectual y contener valores eticos y morales de la epoca, no atentando contra la moral y las buenas costumbres ni incitando a la traición, rebeldia o sedición, que provocaran la alarma publica o perjudicara relaciones internacionales. La publicidaad comercial no deberia perjudicar la calidad de la programación.

Disposiciones especiales: se crearon el SOR (Servicio Oficial de Radiodifusión) y el SIR (Servicio Internacional de Radiodifusión) para consolidar el espiritu y la unidad de la Nación y difundir al exterior los planes y resultados de gobierno que beneficien el intercambio comercial.

Ley N° 14.241 del Servicio de

Radiodifusión

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El organismo competente y de control definido en el decreto fue el Ministerio de Comunicaciones, que se

ocuparía de la dirección, intervención e inspección de los servicios de radiodifusión y televisión y el

desarrollo de la orientación cultural y estética del SOR. En cuanto a los contenidos se hacía referencia

explícita a la posibilidad de verificación de las fuentes utilizadas para asegurar su veracidad, la

responsabilidad de cada permisionaria sobre los contenidos e información emitida, cada estación de radio

seria su propia fiscalizadora. La publicidad solo se admitiría de manera mesurada y de forma tal que no

afectara la calidad de la programación, no se admitiría la competencia desleal ni la falta de honestidad.

Las medidas complementarias del capítulo XI derogaban el Reglamento de Radiocomunicaciones de 1933.

En junio de 1954, siete meses después de la reglamentación de la Ley de radiodifusión se llamo a

licitación para la adjudicación de las licencias mediante el Decreto N° 9.967/54 y en octubre de ese año

fueron otorgadas las licencias mediante Decreto N° 17.959 que aprobaba la licitación pública realizada

por el Ministerio de Comunicaciones5.

Cuadro 3. Decreto N° 9967/54. Llamado a licitación.

El sistema de radiodifusión en 1954 estuvo organizado por tres redes privadas: “A” (que se adjudico a la

Empresa Editorial Haynes Limitada sociedad anónima), “B” (adjudicada a A.P.T., Promotores Asociados de

teleradiodifusión Sociedad Anónima) y “C” (adjudicada a Sociedad Anónima La Razón. Editorial, Emisora,

Financiera y Comercial), y una red oficial del Estado LRA Radio del Estado, además de un conjunto

minoritario de radios independientes de baja frecuencia, que no influían en el sistema comercial.

5 Cabe señalar el vacío legal generado del que se valió el gobierno de la Revolución Libertadora debido a que el artículo 24 de la Ley indicaba que

las licitaciones deberían llevarse a cabo dentro de los 90 días de la promulgación de la ley. Hasta aquí podemos deducir que históricamente las

licencias fueron otorgadas de manera irregular, donde “…lo único que hicieron los gobiernos fue legalizar lo ilegal, pero en su origen todo está

viciado.” (Entrevista realizada a María Luisa Lacroix en setiembre de 2004).

Puntos destacados del decreto

En el articulo 3° se llamaba a licitación

para nuevos canales de televisión.

La licencia para las tres redes de radiodifusion

llevaban implicitas las licencias para

los canales de televisión.

Las tres redes licitadas estaban integradas por 24

estaciones distribuidas en

Capital Federal y el interior del pais.

Obligaban a adquierir los

activos fisicos al Estado según el

precio indicado en los pliegos.

La revocacion de la licencia no daba

derecho a reclamo de indeminizacion

alguna.

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1955-1958 – Ley 15.460: La intervención que sentaría las bases de los medios en

la Argentina

Luego de los 10 años de gobierno peronista, el panorama político del país se había modificado

definitivamente a través de la inclusión de los sectores populares y la construcción de una “identidad

peronista”, en la cual la radiodifusión cumplió un rol fundamental como articulador de la relación entre el

Estado y el pueblo. La Revolución libertadora de setiembre de 1955 logra derrocar el gobierno, sin

embargo, más allá de la estructura de propiedad de los medios, la mayoría estaba unida a Perón. Las tres

cadenas privadas de alcance nacional –Belgrano y su única emisora televisiva Canal 7, Splendid y Mitre- se

encontraban en manos de personas o empresas estrechamente vinculadas al peronismo.

Por otra parte la coalición que apoyó la caída del gobierno comenzó a mostrar importantes divergencias:

nacionalistas, sectores liberales, radicales y socialistas tenían muy diferentes planteos y la tensión política

se reflejaría en la política comunicacional.

El 1° de octubre de 1955 fue sancionado el Decreto N° 170/55 que declaró nulas las adjudicaciones

realizadas en 1954 y facultó al Estado para nombrar interventores en las emisoras privadas.

Complementariamente se dictó el Decreto 685/55 por el que se ratificó que el Estado administraría los

bienes de las emisoras temporariamente, hecho que sería definitivo.

Luego del nombramiento de Ángel Cabral como Ministro de Comunicaciones la política de medios del

gobierno militar tomaría nuevo impulso, mediante el Decreto N° 1731 de febrero de 1957 creó la

Comisión Administradora de las redes de Radiodifusión y derogó la Ley de Radiodifusión existente. El 26 de

julio se dictó el Decreto N° 866/57 que llamaba a sancionar una nueva ley de radiodifusión y establecía la

privatización de los medios.

La nueva ley en los inicios de la TV

El 25 de noviembre de 1957 se sancionó una nueva ley de radiodifusión: 15.460/57 cuyo objetivo

principal era impedir el control oligopólico de los medios restringiendo la cantidad máxima de emisoras por

titular, se prohibió además la participación de capital extranjero. El 14 de diciembre de 1957 se firmó el

Decreto/ley N° 16.531 que aprobaba las bases y condiciones para la adjudicación de tres estaciones de

televisión en Buenos Aires y otras siete en el interior del país, y la privatización de un centenar de radios

administradas por el Estado. En dichas bases se eliminó la cláusula que impedía participar a los socios y

accionistas de empresas periodísticas, editoriales o cinematográficas, y se mantuvo la prohibición de la

participación de ex funcionarios del gobierno peronista que hubieran desempeñado cargos jerárquicos en

las estaciones. La Comisión expidió los resultados el 18 de abril de 1958 aconsejando rechazar todas las

propuestas presentadas y declarar el concurso desierto basándose en la viabilidad de las propuestas. Sin

embargo en abril comenzó a funcionar una Junta Evaluadora –cuya creación no estaba prevista en el

pliego- formada por miembros de la Dirección General de Radiodifusión, que resuelve aconsejar al Poder

Ejecutivo Nacional la adjudicación de las licencias.

Fue entonces que el general Aramburu, tres días antes de entregar el gobierno- firmó el Decreto-ley N°

6.287 por el cual se otorgaron las licencias para instalar canales de televisión a las empresas CADETE,

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DICON y Río de la Plata TV, revirtiendo de esta forma el sistema de propiedad de los medios derivado del

depuesto gobierno peronista6.

Cuadro 4. Los nuevos canales de la televisión privada.

Si bien ya estaban adjudicadas las licencias, el principal obstáculo a superar fue la falta de capital, la suma

a invertir era importante y el negocio muy riesgoso. Los licenciatarios acudieron de esta manera a buscar

esos capitales entre los inversores extranjeros encontrándolos en las tres grandes cadenas

norteamericanas, la CBS, la NBC y la ABC que en ese momento estaban desarrollando una política de

expansión continental. Como la ley prohibía la participación de capitales extranjeros, dicha participación se

llevo a cabo como productoras de programas (productoras de contenidos) controladas por los

norteamericanos, que en realidad detentaron el control de los canales de televisión7.

1958–1975 - Se consolida el modelo en la vigencia de la Ley 15.460

La década del 60 se caracterizó por un clima cultural, ideológico, teórico y político caracterizado por la

radicalidad a nivel mundial.

En el plano político podemos mencionar: la revolución cubana y la figura del che Guevara inspiró a decenas

de movimientos guerrilleros en el continente americano, la resistencia del pueblo vietnamita a la invasión

norteamericana, la revuelta estudiantil parisina inmortalizada como del “mayo francés”, y los movimientos

pacifistas (cultura hippie) acompañados por la liberación sexual y el cuestionamiento a las estructuras

existentes.

6 Los sectores interesados en la licitación podrían agruparse en: un sector industrial relacionado con la fabricación y venta de los aparatos

receptores, un sector de la industria cultural vinculado a los medios y a la cinematografía, y finalmente un sector vinculado al mundo político y

cultural. En el plano económico se encontraban distintos sectores de la industria, del campo y del comercio pertenecientes a la burguesía vernácula

capaces de aportar los capitales necesarios. Del análisis de los grupos ganadores se desprende que políticamente, el gobierno militar buscó

consolidar un sistema televisivo no solo antiperonista sino también alejado del frondicismo pactista. 7 Durante la década del 60 se instalaron más de 20 canales de televisión privados en el interior del país que implicó por un lado la formación de

cadenas y por el otro la circulación y venta de contenidos centralizadas por la producción de programas en Buenos Aires; afianzándose de esta

manera un modelo televisivo caracterizado por la iniciativa privada y la explotación comercial de la radiodifusión dependiente de la publicidad,

quedando desvirtuadas las políticas de prohibición de la participación de capital extranjero y la formación de cadenas.

Canal 13

•Adjudicataria Río de la Plata TV

•Surgió a partir de un acuerdo entre la Unión Cívica Radical del Pueblo con representantes de la aristocracia agroexportadora.

•Productora Proartel (CBS)

Canal 11

•Adjudicataria DICON

•Formada por un grupo de inversionistas allegados al Colegio del Salvador vinculados a la figura padre Hector Grandinetti.

•Productora Teleinterior (ABC)

Canal 9

•Adjudicataria CADETE

•Encabezada por Kurt Lowe, contaba entre sus accionistas a varios empresarios de la industria cultural y militares.

•Productora Telecenter (NBC)

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13

En nuestro país, se sumó además un fenómeno social referido como la “peronización de los sectores

medios”, que consistió en la incorporación masiva de jóvenes provenientes de clase media “gorilas” a las

filas de la Juventud Peronista (JP). El peronismo durante la llamada “Resistencia” fue la expresión de la

rebeldía juvenil, del ideal de la sociedad igualitaria que incluyó a los sectores del nacional-populismo. En

1969 se produjeron una serie de levantamientos populares en distintas ciudades del país que se oponían

al gobierno de factor de Onganía, el Cordobazo, que configuró un hito político. La organización Montoneros

tomó notoriedad en los 70 tras el secuestro y asesinato del general Pedro Aramburu, uno de los líderes de

la Revolución Libertadora, sin embargo no era la única: ERP (ejército revolucionario del pueblo), PRT

(Partido revolucionario de los trabajadores), FAR (Fuerzas armadas revolucionarias) y FAP (fuerzas armadas

peronistas) participaban en el convulsionado escenario.

Desde el punto de vista de la renovación teórica, esta década fue prolífica y podemos mencionar: el

estructuralismo retoma los temas clásicos de la teoría marxista, los aportes de Lacan al psicoanálisis, y la

Teoría de la Dependencia nacida en Latinoamérica como respuesta al desarrollismo, abordando la relación

de dependencia entre los países periféricos y los centrales en materia económica, política y cultural.

En el plano cultural se empezó a hablar de la cultura joven, con pautas y hábitos propios del recorte

generacional que otorgaron rasgos comunes en términos de consumos culturales. El rock and roll, el beat,

el pop, la nueva ola, el blue jean o vaquero, se hicieron masivos en base a la adhesión juvenil. Las letras,

las artes plásticas, la música, el teatro y el cine tuvieron sus propios movimientos transformadores de lo

existente.

El 11 de setiembre de 1973, Héctor José Cámpora triunfa en los comicios nacionales y el peronismo

irrumpe nuevamente en la escena política luego de 18 años de proscripción. Al poco tiempo Campora

presentaría su renuncia y asume la presidencia provisional Raúl Lastiri, quien el 8 de octubre firmaría el

decreto 1761/73 que declaraba caducas las licencias de televisión de los principales canales basándose

en la modificación realizada por Lanusse (derogación del artículo 43 del decreto reglamentario de la ley

5.490/65) que fijaba nuevamente la fecha de otorgamiento de las licencias como inicio de la vigencia. El

12 de octubre triunfa Juan domingo Perón las elecciones quien, fuertemente influenciado por el modelo de

la televisión europea, y en medio de crisis económica producto del aumento del petróleo a nivel mundial,

estatizaría los principales canales privados del país.

La estatización de la Radiodifusión

Si bien el Decreto-ley 15.460 fue promulgado en noviembre de 1957, su reglamentación fue decretada

recién el 12 de junio de 1965 por el presidente constitucional Arturo Ilia, a través del Decreto 5.490/65.

Este decreto establecía que el plazo de adjudicación contaba a partir del día en que la emisora iniciara sus

servicios, lo cual generaría una controversia judicial respecto del vencimiento de las adjudicaciones años

después. Este instrumento legal reglamenta materias tales como los Fines, Programas, Publicidad,

Actuantes, atribuciones del órgano competente, Servicio Oficial de Radiodifusión, Permisionarios

particulares, Gravámenes, Licencias y Sanciones previstas. La demora en reglamentar permitió incluir una

modalidad de emisión de señales inexistente en el momento de dictarse el decreto, la actividad de los

circuitos cerrados de televisión, la que debería ser previamente aprobada por la Secretaria de Estado de

Comunicaciones.

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A partir de la mayor oferta televisiva y de una situación casi de pleno empleo, fue incrementándose la

adquisición de aparatos receptores por parte de todos los niveles sociales, estimándose que para fines de

los sesenta el 78% de los hogares de las principales ciudades del país poseía un televisor8.

En 1966 existían 26 canales de televisión de los cuales 22 eran de gestión privada y 4 de gestión estatal. A

finales de 1973, luego de 7 años de gobierno militar, existían 35 canales de aire, 38 estaciones

repetidoras y 35 canales de circuito privado. De los 35 canales de aire 23 estaban gestionados por el

sector privado y 12 eran de gestión estatal.

Por otra parte en ese periodo (1966-1973) se produjo el alejamiento paulatino de las tres grandes cadenas

norteamericanas del control de las productoras cautivas de los canales 9, 11 y 13; el negocio de la

televisión en la argentina ya había sido consolidado implicando la apertura de un nuevo mercado para los

programas de las tres cadenas televisivas y las industrias relacionadas: programas enlatados,

equipamiento profesional y hogareño y el negocio publicitario de las grandes marcas internacionales.

Si bien la diferencia fundamental entre los orígenes de la radio y la televisión son que la primera fue de

iniciativa privada y contemporáneamente con los países centrales y la segunda por decisión estatal y una

década después que aquellos países, podemos encontrar la similitud en los orígenes de la radio y la

televisión por cable en nuestro país. Así como “los locos de la azotea”, tres amigos aficionados a la nueva

tecnología electrónica en la ciudad de Córdoba que fabricaban televisores experimentaban el tendido de

un circuito cerrado para transmitir por cable que constituiría en un incentivo para vender sus receptores. Al

igual que la radio en sus inicios por desconocimiento del alcance careció de regulación que no sea

administrativa y se lo encuadró en el Decreto Ley 22.285/80 como servicio complementario bajo dos

denominaciones equivocas: antena comunitaria y circuito cerrado de televisión.

Hasta el año 1967 los sistemas de emisión por cable coaxil se multiplicaron por el territorio nacional (a

fines de los sesenta eran 29 los sistemas de cable), donde no llegaban todas las señales de aire y se

expandió hasta que durante el gobierno de Onganía se dicto el Decreto-ley 17.283 que impulsaba la

instalación masiva de emisoras repetidoras en localidades del país que carecieran de señales. El sistema

de televisión por cable tal como lo conocemos hoy en día recién surge en la década de los 80.

El decreto confirió al Comité Federal de Radiodifusión (COMFER, creado por Lanusse en 1972 como

organismo autárquico en jurisdicción de Presidencia de la nación) la capacidad de designar la intervención

en las emisoras de televisión asegurando la continuidad del servicio. El título de interventor sería

reemplazado por Delegado Veedor y se estableció que la finalización de la administración de las licencias

por parte de los empresarios se haría efectiva el 28 de abril de 1974 que luego se prorrogaría nuevamente

a junio del mismo año.

Por otra parte a través del mismo decreto se derogo parcialmente el Decreto-ley 20.180 de febrero de

1973 por el cual se convocaba a privatizar las emisoras comerciales de radio y TV que permanecían en

manos del estado dependientes de la Administración General de Emisoras Comerciales de Radio y

Televisión, entre las que se encontraban LR1 Radio El Mundo, LR6 Radio Mitre, LU4 Patagonia Argentina,

etc. Quedaba aún por resolver y era la disyuntiva generada por la estatización de los canales mientras se

mantenía la producción de contenidos en el ámbito privado.

8 A partir del control directo de las productoras las cadenas norteamericanas ejercían un dominio vertical de producción de contenidos y

distribución, en tanto que los empresarios privados pudieron obviar la prohibición de formación de redes a través de la triangulación, teniendo a los

canales de cabecera, las productoras y los canales del interior como sus vertices.La relación comercial entre las mismas tomaba tres formas: de

propiedad (cuando la productora asociada al canal de cabecera realizaba una inversión directa en el canal del interior), de asociación (relación

contractual por el que el canal de interior compraba la programación completa) e de independencia (el canal del interior compra la programación a

varias productoras sin relación contractual).

Esta modalidad reforzó el centralismo porteño –ya existente desde lo histórico, politico y cultural- minimizando las posibilidades de una distribución

federal. Para mediados de los setenta se estima que las productoras asociadas a los canales de cabecera produjeron el 80% de la programación

emitida por los canales del interior y recaudaron el 50% de los ingresos publicitarios del conjunto de la industria televisiva nacional.

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Se inicia una cruenta batalla mediática entre los sindicatos apoyados por la Secretaría de Prensa y Difusión

y las empresas ex licenciatarias. El presidente Perón no llega a tomar ninguna decisión, su salud se

deteriora y el 1° de julio de 1974 la esposa del mandatario y vicepresidente en ejercicio anuncia su

fallecimiento. El 22 de julio de 1974 los canales 9 y 11 fueron ocupados por unas horas por pequeños

grupos armados pertenecientes al Sindicato Argentino de Televisión como forma de exigir al gobierno que

resuelva la situación9.

Luego de que el gobierno se reuniera con los representantes legales de las 3 cadenas, el 31 de Julio María

Estela Martínez de Perón firma el decreto 340 que dispone la intervención de los 5 canales de televisión,

sus bienes inmuebles y plantas productoras de programas que proveen el material para las transmisiones.

Los interventores fueron: Juan Carlos Mareco en Canal 9, Jorge Conti en Canal 11 y Pablo Rodríguez de la

torre para Canal 13.

El 18 de junio de 1975 se sanciona la Ley N° 20.966 de expropiación de las productoras de los canales 9,

11 y 13 de Capital Federal, 7 de Mendoza y 8 de mar del Plata, haciéndose de las licencias vencidas y

expropiando sus bienes (Productoras y repetidoras). Los 5 canales quedarían a cargo de la Secretaría de

Prensa y Difusión de la Presidencia de la Nación. Este modelo le sería funcional posteriormente a la

dictadura militar, que solo requirió reemplazar a los funcionarios para acceder al manejo directo.

Cuadro 5. La intervención en los insipientes multimedios.

1975–1983 – Gobierno militar y una nueva Ley Nacional de Radiodifusión

El 24 de marzo de 1976 se produjo un nuevo golpe de estado militar que dio comienzo al autodenominado

Proceso de Reorganización Nacional. Este proceso implicó la instauración de una nueva estructura

económica y política, consolidó un proyecto hegemónico basado en un nuevo patrón de acumulación, la

valorización financiera; para ello requirió un control absoluto y activo de la capacidad represiva del Estado,

9 Existían varias posturas entre ellas las del sindicato de actores que proponía un cuerpo colegiado integrado por un representante del Poder

Ejecutivo, de los gremios que tengan que ver con la TV y un representante del Poder legislativo. Prevalecía el proyecto de un modelo orientado al

servicio público, disminución de la carga publicitaria, mayor producción nacional y más contenidos culturales. Una de las propuestas surgió del

Centro de Investigaciones en Comunicación Masiva, Arte y Tecnología (CICMAT), dependiente de la Municipalidad de la ciudad de Buenos Aires,

denominada “Por una radiodifusión al servicio del pueblo. La Radio y la Televisión en la Argentina”. En él consideraba a la radio y la televisión como

fenómenos culturales y no industriales, que no deben quedar al arbitrio de intereses sectoriales y que si bien son parte del patrimonio estatal su

conducción ha de ser participativa con un criterio de centralización normativa y descentralización ejecutiva. En cuanto a la publicidad estaría

destinada a informar sobre las cualidades de un producto o servicio pero no debería incluir patrones de consumo alienantes. Respecto de los

contenidos de programación radiales y televisivas, sugiere estar orientados al ofrecimiento de contenidos educativos, informativos y recreativos

basados en valores del ser humano, promover la toma de conciencia sobre los problemas de Argentina y el mundo, tener en cuenta las políticas

sectoriales planteadas por el Estado y coadyuvar su realización, favorecer la posibilidad de elección de los radioescuchas entre diversos géneros en

la programación, descentralización paulatina de temas y contenidos y que las organizaciones de la comunidad elaboren sus propios programas,

fomentar la producción de programas de las provincias.

•Expropiado a Alejandro Romay que contaba también con Radio Libertad, Guia de la Industria, Guia de la Construcción.

Canal 9

•Expropiado a Hector Ricardo García que contaba demás con diario Cronica, revista Así, Radio Colonia, Microphon.

Canal 11

•Expropiado a Goar Mestre asociado a Anibal y Constancio Vigil, tercera generación de mando de Editorial Atlantida.

Canal 13

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y la disolución de las condiciones sociales que habían permitido a partir del año 55 el surgimiento de las

vanguardias políticas revolucionarias: se intervinieron los sindicatos y se anulo el derecho a huelga. El

sistema financiero junto con el Estado pasó a ser el principal reasignador de los recursos internos y

externos. El predominio de la valorización financiera comienza con la Reforma Financiera de 1977 que

liberó el mercado de dinero y le dio garantía estatal a los depósitos a plazo fijo, que sumado a la apertura

del mercado de bienes y capitales y la erosión de la producción interna, da comienzo al fenómeno del

endeudamiento externo, no sólo del sector público sino también del privado.

La legitimidad del gobierno militar se basaba en primer lugar por la “lucha contra la subversión”, y

entendían que el enemigo comunista se infiltraba tanto desde las organizaciones armadas como del

entramado cultural que incluía medios de comunicación, libros y películas, dando origen a la Doctrina de

Seguridad Nacional. La Junta Militar disolvió el Congreso, impuso la ley marcial, prohibió la actividad de

todos los partidos políticos, las asociaciones y entidades gremiales y ocupo la totalidad del poder sin plazos

establecidos. El anonimato operativo y el destino desconocido de las victimas instaló el terror, acompañado

de una clara política de desinformación, censura y manipulación mediática que permitió no solo la

reconversión social y económica sino también la “reconfiguración simbólica” (Carlos Mangone).

El camino a la Ley N° 22.285

La aplicación de una política cultural supuso una estrategia funcional y necesaria que se plasmo en un plan

sistemático de control a nivel nacional con objetivos definidos. Contaba con organismos, procedimientos y

metodologías. Se conformaron organismos específicos como el Comité de Estudios sobre los Medios de

Comunicación Escritos; o el Centro de Investigaciones Psicosociales Aplicativas (CIPA) dedicados a

elaborar informes sobre análisis políticos, diseño de una estrategia de medios y una minuciosa recopilación

de normas acerca de las alternativas legales de censura contra los medios, estudios de opinión pública y

seguimiento del impacto de las políticas en la ciudadanía. La compleja estructura de control cultural y

educativo tuvo como centro de su accionar a los medios masivos, de los que mantuvo el control durante los

ocho años que ejercieron el poder: En el área de la radiodifusión, todos los medios entraron en cadena y

siguieron bajo la autoridad de la Secretaría de Prensa y Difusión, que se cerraban con el apoyo a la

intervención militar de la mayoría de los medios gráficos. La Secretaría de Información Pública (SIP) elaboró

un Plan Nacional de Comunicación Social, contaba con el Departamento de Acción Sicológica y el

asesoramiento de las principales agencias publicitarias que funcionaban en el país. También se creó un

“Servicio Gratuito de lectura Previa”, que debía aprobar los contenidos que se emitirían o publicarían en los

medios10.

Cuadro 6. La intervención de las Fuerzas Armadas en los sistemas de medios. Dependencias del Estado que

controlaban el sistema de medios y Medios vs Fuerzas Armadas.

10 Si bien la Dirección General de Radios y TV se ocupaba del manejo de los medios radioeléctricos y al frente de las emisoras había funcionarios

militares, los programadores seguían siendo gente del medio. Se aplicó un modelo de locación de espacios para ingresar los contenidos, por lo que

comenzó a ser un lugar para los negocios y prevaleciendo la disputa “interfuerzas”.

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El 27 de enero de 1978, el Poder Ejecutivo Nacional, mediante el decreto 193, formaliza la compra por

parte del Estado de los canales 13 y Proartel en u$s 11.200.000, las acciones quedaron bajo la órbita de

la SIP. El 28 de diciembre de 1979 se concreta la compra de canal 11 por u$s 6.500.000. Alejandro

Romay no aceptó la compra del Canal 9 y mantuvo la situación judicial, recuperando el canal con la vuelta

de la democracia en 1982.

El 19 de Mayo de 1978 se inauguró Argentina Televisora Color (ATC) en el marco del mundial 78 que se

realizó en el país. Los partidos solo se emitieron a color para el exterior, luego de un periodo de pruebas las

transmisiones en color comenzaron el 1 de mayo de 1980 primero Canal 13 y ATC, luego Canal 9 y

finalmente Canal 11.

En cuanto a Papel Prensa, en manos del Grupo Graiver desde 1973, fue intervenido y sus bienes pasaron

a ser administrados por la Comisión Nacional de Recuperación Patrimonial (CONAREPA). A comienzos de

1977 el gobierno los obligo a transferir las acciones de Papel Prensa SA. El Estado se quedó con el 25%

del paquete accionario y armó una licitación pública y ofreció el negocio a La Nación, Clarín, La Razón y La

Prensa, esta última se excuso. El mismo gobierno financio a los Diarios a través de un préstamo del Banco

Nacional de Desarrollo, otorgándoles además un subsidio al consumo eléctrico de la empresa. La

importación de papel sufrió un aumento del 48% en los aranceles constituyéndose de esta manera en un

monopolio que tenía un manejo discrecional del precio del papel.

En marzo de 1980, el gobierno de Videla, sancionó el Decreto-ley de Radiodifusión 22.285, reglamentado

por el Decreto 286 del 24 de febrero de 1981. La norma fue realizada por el Poder Ejecutivo y las

asociaciones ARPA (Asociación de Radiodifusoras Privadas Argentinas) y ATA (Asociación de

Teleradiodifusoras Argentinas), con un contenido que combinaba el control ideológico y el fin de lucro. Se

definió al servicio de radiodifusión como de interés público y fijo un rol subsidiario al Estado, determinando

que promoverá y proveerá el servicio en donde la actividad privada no lo haga, especialmente en zonas de

frontera para asegurar la cobertura máxima del territorio argentino. La legislación estaba basada en la

Armada:

Secretaría de Información Publica (SIP)

Canal 13

Fuerza Aérea

Canal 11

Ejército:

Secretaría de Prensa y difusión

Secretaría de Comunicaciones (SECOM)

Comité Federal de Radiodifusión (CONFER)

Canal 9

Canal 7 (ATC)

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doctrina de Seguridad Nacional, fundamentada en el afán de lucro y sin posibilidad de acceso a los

sectores populares.

En cuanto al contenido del decreto, fijaba que sólo podían ser licenciatarias personas físicas o jurídicas

cuyo único objetivo sea brindar el servicio de radiodifusión, las empresas solo podían contar con 20

personas como socias, ratificaba la prohibición del ingreso del capital extranjero y sumaba al medio grafico,

prohibía el acceso de empresas del medio grafico al servicio de radiodifusión, establecía limites a la

propiedad de los medios (tres licencias de radio y TV, sumando una cuarta obligatoria , una FM y servicios

complementarios en otras áreas –cable- ) en zona de frontera, se prohibía la emisión en red y se establecía

el tiempo asignado a la publicidad (14 min radio y 12 min TV). El art. 114 de la ley establecía que se

otorgaba la renovación automática de todas las licencias que estaban en uso por 15 años con opción a 10

años más. Regulaba demás los organismos de aplicación: el SIP debía ocuparse de orientar la

programación de las emisoras oficiales y participar en la elaboración del Plan Nacional de Radiodifusión, la

SECOM estaba encargada de las tareas de desarrollo y contralor técnico del sistema y el CONFER tenía a

cargo el planeamiento, administración, otorgamiento de licencias, control de servicios, etc. Este organismo

convertido en ente autárquico dependiente de Presidencia de la Nación, tenía un directorio en el cual

estaban representados el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, la SIP, la SECOM, el Servicio de Inteligencia

del Estado (SIDE), la Iglesia y las Asociaciones de licenciatarios de radio y televisión. Estas últimas con voz

pero sin voto.

Por Decreto 462/81 se aprobó el Plan nacional de Radiodifusión (PLANARA), que tenía como objetivo

determinar las localizaciones, potencias, frecuencias y categorías para los diferentes servicios que

constituían el servicio de radiodifusión, lanzar y otorgar nuevas licencias, y llevar a cabo un proceso de

privatización en tres etapas que finalizaría en el año 1994. Incluía un plan para la constitución de un

Servicio Oficial de Radiodifusión (SOR) de propiedad estatal que contaría con 1 canal de TV, 24 emisoras

de radio, 15 repetidoras y 15 canales menores. El objetivo en números era llegar al año 2000 con545

radios de FM/AM del sector privado, 24 del Estado (SOR) y 9 entre provinciales, municipales y

universitarias; 53 canales de TV privados, 1 oficial y 2 universitarios. La primer etapa culmino con un total

220 estaciones en su mayoría privadas.

Ante la inminente retirada de los militares luego del fin de la guerra de Malvinas comenzó un acelerado

proceso de privatización y adjudicación de licencias, que evidencio la cercanía de los nuevos adjudicatarios

al poder militar. Con respecto a los canales de aire, el primero en ser adjudicado fue Canal 9 a Alejandro

Romay (asociado a José Scioli y Héctor Pérez Pícaro), quien mantuvo el juicio por la expropiación de su

productora, logrando además un fallo judicial favorable que le reconocía la propiedad del edificio donde

funcionaba el canal más una deuda por lucro cesante. La licitación del Canal 11 primero queda vacante

por la abultada deuda que tiene y luego porque su único oferente, Héctor Ricardo Garica, queda inhibido

por ley 22.285. El empresario presenta un recurso de no innovar y con ello frena la licitación. La licitación

del Canal 13 queda desierta porque ningún oferente llega al monto necesario para pagar el inmueble y el

equipamiento del edificio de Constitución.

Durante el gobierno democrático de Alfonsín se suspendió la aplicación del PLANARA, convalidando

algunas de las licencias adjudicadas y declarando nulas otras. Sin embargo el decreto-ley regulará, más de

veinte años después y luego de cinco gobiernos democráticos, el sistema de comunicación en la Argentina.

“El esquema jurídico diseñado en nuestro país, mediante la sanción de la Ley Nacional de Radiodifusión

N° 22.285 y su normativa complementaria, fue modificado en forma sucesiva por un significativo número

de leyes, decretos y resoluciones, dictados principalmente, a partir de 1983. En igual medida han

contribuido con sus decisiones, los jueces de diversos fueros e instancias, quienes acompañando los

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cambios producidos, interpretaron la aplicación y constitucionalidad de la normativa vigente en la

materia”11.

1983–2013 – De la Ley Nacional de Radiodifusión a la actual Ley de Medios

El 10 de diciembre de 1983 asume la presidencia el Dr. Raúl Alfonsín, apoyado en un vigoroso consenso

popular, y con ello comienza la recuperación de los espacios institucionales por parte de la ciudadanía,

proceso que tuvo sus momentos de tensión producto de casi una década de dictadura militar en una

sociedad acotada en sus formas de expresión. Tanto el ámbito socio-político como el económico requerían

una reconstrucción; la dirigencia gremial y en particular la CGT, ejercieron durante los cinco años y medio

de la gestión radical una permanente tarea de hostigamiento.

La propuesta de campaña de Alfonsín con respecto a los medios promovía:

- La creación de tres sistemas para la explotación de la radio y la televisión; el reservado al Estado, el

reservado a la gestión privada y el reservado al ente autónomo de derecho público no

gubernamental.

- La creación de una comisión bicameral permanente de radio y televisión.

- Las integración de programas de educación a distancia al sistema de radio y televisión.

Una vez asumido el gobierno, y por medio del Decreto Nro. 1.154/84 Alfonsín suspendió la aplicación del

PLANARA hasta que no se modificase la Ley de Radiodifusión, intervino el COMFER, nombró un delegado

normalizador y formó una comisión para el estudio de la legislación y el ordenamiento de los medios de

comunicación social. Esto significo como efecto no deseado que estuviera cerrado el camino legal para que

cualquier ciudadano pudiese hacer uso de cualquiera de las frecuencias del espectro radioeléctrico y

ejercer su derecho a la comunicación12.

Sin embargo, comenzaron intentos de instalar emisoras comunitarias, en algunos casos por punteros o

caudillos políticos, otros como consecuencia del cuentapropismo que se disparó por las condiciones

económicas. En 1985 las radios comunitarias fundan ARCO, que posteriormente fuera FARCO (Federación

Argentina de Radios Comunitarias), con el objetivo de la defensa de la comunicación comunitaria.

Las políticas de comunicación fueron diseñadas por el SIP dependiente del Poder Ejecutivo Nacional, que

propuso un anteproyecto con varias alternativas para los canales de Buenos Aires que iban desde la

administración total en manos de un ente gubernamental hasta una combinación en donde éste

administra ATC, un ente no gubernamental administraría canal 13 y se privatizaría Canal 11. El

anteproyecto además proponía la creación del Instituto de Investigación y Promoción Audiovisual con la

función de otorgar créditos para la producción de programas de interés general y cultural. Permitía además

que cualquier persona física o jurídica, pública o probada fuera radiodifusor y reconocía el derecho a

réplica.

El proyecto del SIP se envió al COCODE en diciembre de 1986 pero no logro el consenso necesario. En

febrero de 1987 la Comisión Empresaria de Medios de Comunicación Independientes (CEMCI) pidió al

11 Regulación jurídica de la radiodifusión argentina. Ricardo Porto/Claudio Schifer. Los Dres. Schifer y Porto son abogados

especializados en el Derecho de los Medios de Comunicación y miembros del Instituto de Derecho de las Comunicaciones de la

UBA. 12 Simultáneamente los representantes de las secretarías de información pública ligadas a las provincias gobernadas por el justicialismo

demandaban la participación federal en la elaboración de una legislación e impulsaban que se respetaran los particularismos provinciales. Así se

presentaron numerosos proyectos de los partidos políticos, en muchos casos varios proyectos del mismo partido contenían lineamientos opuestos.

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presidente de la Nación que se tomara en cuenta el proyecto elaborado por el COMFER, de corte privatista.

Hacia fines de 1987 se dio a conocer públicamente el proyecto y dictamen final del COCODE.

En abril de 1988 este proyecto fue abandonado por el PEN; el proyecto enviado al Congreso sufrió diversas

modificaciones. Durante el segundo semestre de 1988 se trabajo también en otros proyectos presentados

por el liberalismo y las modificaciones propuestas por el diputado de la UCR Osvaldo Álvarez Guerrero al

proyecto del PEN. El 21 de setiembre de 1988 se sometieron a votación los distintos proyectos en un

plenario, ganando el proyecto de la UCR, sin embargo nunca llegó a ser tratado en la Cámara de Diputados

en sesión plenaria.

Con respecto a los cables, en setiembre de 1986 se promulgó el Decreto 1.613/86 que posibilitaba el

acceso restringido a la recepción satelital a permisionarios de servicios televisivos abiertos o cerrados, lo

que posibilito el crecimiento fuerte y sostenido de la televisión por cable en la Argentina, liderados por VCC

y Cablevisión a los que se sumaron Canal 9 y ESPN.

En cuanto a las radios, debido al rígido sistema de adjudicaciones, existían alrededor de 2000 radios que

emitían sin licencia y que, en muchos casos, constituían nuevas alternativas de programación en zonas del

interior del país que prácticamente carecían de opciones hasta el momento de su surgimiento y se

constituyeron como ámbitos de expresión en democracia por fuera de un marco legal y reglamentaciones

restrictivas heredadas de la dictadura. En 1989 se dicto el Decreto 1.357/89 que establecía un registro de

emisoras FM en “situación irregular” y les otorgo un Permiso Precario Provisorio (PPP), pero siempre dentro

del marco de la ley 22.285

La Argentina adhirió al convenio de Nairobi, que aprobó la utilización de 48 canales libres y gratuitos de

banda UHF, pero la suspensión de los concursos públicos para acceder a licencias de radio y televisión

inhabilito el uso de esos canales que podrían haber sido destinados al servicio comunitario en todo el país.

A partir de 1987 por decreto del COMFER comenzaron a entregarse estas licencias a personas que

codificaron la señal y por consiguiente los convirtió en televisión paga, anulando la posibilidad que los

nuevos canales fueran públicos y gratuitos.

Las privatizaciones en la década menemista

El 14 de mayo de 1989, Carlos Saúl Menem ganó las elecciones y asumió el gobierno cinco meses antes

de lo previsto en medio de una nueva crisis económica. El modelo económico que comenzó a desplegarse

durante el gobierno militar se consolidó en la década del 90. Las privatizaciones no sólo abarcaron los

medios sino también todas las empresas públicas, asumiendo el Estado el pasivo total o parcial de la

empresa a privatizar13.

El artículo 65 de la Ley de Reforma del Estado, establecía que quedaban habilitados los titulares de medios

gráficos y tornaba posible la conformación de los multimedios.

Entre junio y diciembre de 1989 se realizaron encuentros en “Defensa del Espacio Audiovisual”, embrión

de lo que posteriormente sería la Comisión Sindical de Trabajadores de los Medios de Comunicación Social

–transformada luego en Confederación-, y por otra parte el gobierno designaría sus funcionarios para el

área de cultura y comunicación cuyos paradigmas oscilarían entre las posturas privatizadoras y defensoras

de la concentración del capital privado –nacional y extranjero- en los medios y posiciones de corte más

democrático federal y medianamente participativo.14

13 Ley N° 23.696, artículo 15. 14 Los primeros encontronazos ante las posturas privatizadoras se produjeron en los Canales 11 y 13, hasta que el Ministro de Obras y Servicios

Públicos ordeno el cierre de las emisoras hasta tanto se realizara la transferencia total de dichos canales. Los trabajadores organizaron guardias

para no abandonar el canal y que los cerraran totalmente. Luego de esta medida se pacto una coadministración de los canales entre el Estado y los

gremios. En los meses que duro esta coadministración se pudo superar el déficit cumpliendo con los compromisos en tiempo y forma,

autofinanciándose -en el caso del Canal 13 el Tesoro no requirió enviar nuevas partidas para cubrir sueldos al 2° mes-, y se resolvió no abordar los

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El 21 de setiembre y en forma imprevista, el Presidente Carlos Menem firma el Decreto N° 830/89 que

llamo a licitación para los Canales 11 y 13, el 29 de setiembre se llamó a concurso público y el 24 de

octubre se realizó la apertura de sobres. La presentación de las propuestas se realizó presentando por un

lado la propuesta económica y por la otra los antecedentes de la emisora15.

El 22 de diciembre se promulgo el Decreto 1540/89 que concedió las licencias de las estaciones LS84 TV

Canal 11 a Televisión Federal SA (Telefé) y LS85 TV Canal 13 a Arte Radiotelevisivo Argentino SA (Artear) y

el 29 se otorgaron los canales. Estas privatizaciones fueron el primer escalón de todo el proceso de

privatización que se llevó a cabo durante la década menemista, el mismo camino siguieron las radios, LR3

Belgrano –rebautizada Libertad- y LR5 Excélsior entre las principales emisoras comerciales de Capital

Federal, luego de 15 años de administradas por el Estado.

Con la sanción de la Ley 23.696 de Reforma del Estado, en agosto de 1989, fueron flexibilizados puntos

clave de la Ley 22.285 que imposibilitaban hasta el momento la constitución legal de conglomerados en

forma de multimedios y con características de propiedad extendida.

Cuadro 7. Las modificaciones claves que permitieron los principales cambios en el mapa de medios.

A partir de 1990 el subsistema publico quedo reducido al Servicio Oficial de Radiodifusión (SOR), una radio

y una televisora (Radio Nacional y ATC) de cabecera en Capital Federal, una estación de radio en cada

provincia, las repetidoras del canal oficial y las Estaciones de Radiodifusión Argentina al Exterior (RAE). En

1992 un decreto presidencial convirtió a Argentina Televisora Color en sociedad Anónima lo que implicó la

licuación de pasivos a cargo del Estado. En 1994 se llamo a concurso para licitar Radio Municipal pero

ante la protesta de diversos partidos políticos y movimientos sociales, fue desplazada a otra frecuencia de

alcance limitado y tras levantar un amparo judicial concedió la frecuencia original de la emisora a una

sociedad formada por Daniel Hadad, Marcelo Tinelli y el ex juez Salvi, conformando Radio 10. Por otra

parte, los licenciatarios de las radios “legales” iniciaron la tendencia hoy generalizada de tercerización de

contenidos y tratar ese tema más adelante dada la altura del año. De esta forma, el foco estuvo puesto en lo económico y se perdió la oportunidad

de que los trabajadores por primera vez pudieran definir políticas de contenidos, dejo a los canales en optimas condiciones para privatizarlos. 15 El sobre de antecedentes se abriría primero y otorgaría puntaje a cada uno de los oferentes, los que pasaron a la segunda etapa tuvieron la

posibilidad de mejorar la propuesta económica para la selección final.

Se eliminó la restricción del articulo 43 inc. c) que disponía el límite de tres licencias de televisión o radio a una misma persona fisica o juridica en distintas áreas de cobertura.

Se eliminó la restricción del artículo 45 inc. c) que establecía que no podía presentarse a concurso un propietario o socio de una sociedad de radiodifusión.

Se eliminó la restricción del artículo 45 inc. e) que impedía se presentase a concurso un a persona fisica o juridica vinculada a empresas periodisticas (medios graficos).

Se eliminó la disposición del artciulo 46 inc. a) que impedía que participen como licenciatarias empresas o personas con otras actividades económicas.

Se eliminó la disposición del artciulo 46 inc. c) que establecía que los socios de las licenciatarias serían personas físicas y no excederían el número de veinte, es decir, permite que se constituya una sociedad integrada por otras sociedades.

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la señal de FM, generando acuerdos con productoras exitosas de otros medios para que se hagan cargo de

la gestión de la programación, cambiándole en algunos casos el nombre original de la emisora16.

En cuanto a los proyectos integrales presentados al Congreso para reemplazar la Ley de Radiodifusión,

recién en agosto de 1993 el PEN presentó un proyecto de ley que finalmente nunca fue tratado.

Desde abril de 1994 se formalizaron diversas relaciones de empresas de producción y distribución de

televisión por cable con capitales foráneos por lo que se consolidó como la tercera oleada histórica de

inversiones extranjeras en los medios masivos de comunicación argentinos17 . En una primera etapa

implicó la renovación de la tecnología –fibra óptica y equipamiento- pero luego de la crisis de la

convertibilidad la mayoría de los propietarios locales en problemas optaron por vender sus partes

accionarias.18

Si bien la Ley de Radiodifusión impedía la constitución de redes privadas permanentes, permitió por el

decreto reglamentario 1.771/91 integrar una “red de programación” por la cual las emisoras del interior

incorporaban los programadas de las emisoras de origen, manteniendo los derechos de publicidad de la

emisora y un 50% de producción propia. En esta época también se había generado espacio satelital

disponible por lo que las emisoras de televisión de cabecera y las principales radios capitalinas habían

subido sus señales al satélite. Las frecuencias UHF fueron otorgadas a la emisión de canales codificados

en todo el país. La televisión directa al hogar o DBS (Direct Boradcasting Satellite) que comenzó a

desarrollarse en Latinoamérica llegó a la Argentina pero demoró en desarrollarse debido a la alta tasa de

cobertura del cable y la extensión territorial19. En cuanto a la televisión por cable, de los 1.100 operadores

a comienzos de los 90, se redujeron a unas decenas al finalizar el siglo XX. Multicanal-Clarín, Produfe

(Telefe) y VCC fueron avanzando comprando a los pequeños sistemas de TV por cable.

Durante el segundo gobierno de Carlos Menem, en particular durante el bienio 1996-1997, las

comunicaciones ocuparon el primer lugar entre los sectores que recibieron inversiones extranjeras, en un

contexto general marcado por el aumento de las Inversiones Extranjeras Directas (IED) y la creciente

presencia de empresas transnacionales en la economía local. Fruto de los cambios ocurridos y de un

agudo proceso de concentración empresarial se conformaron dos grandes conglomerados multimedia, el

Grupo Clarín y la sociedad Citicorp Equity Investment-Telefonica20, que protagonizaron el duopolio más

significativo de finales del siglo XX21. Por otra parte, hacia el fin de la administración Menem, se habían

otorgado casi la totalidad de las frecuencias UHF destinadas a la radiodifusión (más de 40 canales), que

fueron utilizadas por canales codificados explotados por empresas comerciales, en muchos casos por los

mismos grupos multimedia propietarios de los canales de televisión abierta. El proceso de

transnacionalización que afecto al sector de la televisión por cable se profundizo a principios de 2000

cuando el fondo de inversión HMT&F tomo el control absoluto de Cablevisión y continuo adquiriendo

empresas en distintas localidades del país.

16 Los pioneros fueron Radio Buenos Aires en convenio con el grupo Crónica (AM) y Grinbank-Rock and Pop (FM), o Radio del Plata

con TM Producciones de Marcelo Tinelli (FM). 17 Fueron enmarcadas en la Ley 24.124/94 ratificatoria de un Tratado de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones firmado con los Estados

Unidos de America en 1991 durante una visita de Menem a Washington. 18 Por ejemplo el Grupo Clarín (apoyado por el financiamiento del Citicorp) dispuso una suma equivalente a diez años de ganancias

del holding para la compra de diversos cables que conformaron Multicanal y Red Argentina S.A., mientras que el 80% de

Cablevisión fue comprada por la norteamericana TCI, y el 50% de Video Cable Comunicación fue comprada por la norteamericana

Continental. 19 Fundada en enero de 1996 la empresa Televisión Directa al Hogar (TDH) fue hasta finales de los 90 la única empresa en proveer

señales de radiodifusión directas al hogar, utilizando el sistema domestico de satélites de comunicaciones Nahuelsat. 20El tándem CEI-Telefónica compro entre 1997 y 1998 los canales 11 y 9 de la ciudad de Buenos Aires junto con las emisoras de

televisión instaladas en las provincias del interior asociados a ellos facilitado por el apoyo explicito del gobierno. En el ámbito de la

radiodifusión, irrumpieron en escena las cadenas radiofónicas de los grupos Emmis Communications Corp. (EEUU) y Corporación

Interamericana de Entretenimiento (México). 21 Hacia fines de 1997 Multicanal (Grupo Clarín) y Cablevisión-TCI (CEI-Telefónica) adquirieron por partes iguales VCC. Multicanal y

Cablevisión pasaron a controlar más del 70% de los cinco millones de abonados del país y la principal corporación del sector, la

Asociación Argentina de Televisión por cable (ATVC).

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En 1998, cuando el gobierno firmo en EEUU un acuerdo de reciprocidad satelital, se sumaron a TDH para

brindar televisión directa al hogar Direct TV (Grupo Clarín asociado a Galaxy Latin America), y Sky Argentina

(Sky Televisión perteneciente al magnate Rupert Murdoch), brindando un número mayor de señales,

paquetes premium y el servicio de pay-per-view.

Con respecto a las radios, más allá de algunos matices propios, la mayoría de las emisoras se vieron

traccionadas por la lógica de incorporación que proponían los multimedios. En el caso de las AM legales, el

proceso de concentración y transnacionalización de la propiedad fue desarrollándose en sintonía con el

sector televisivo. En un primer momento pasaron a formar parte de los grupos multimedia de Capital

Federal y luego se produjo la adquisición por parte de capitales extranjeros.

En cuanto a las FM para el año 2000 del total de 679 emisoras legales, 195 correspondían a operadores

estatales, provinciales, municipales, universitarios y religiosos. Las restantes correspondían a operadores

de carácter comercial. Pese a que agentes de diversa naturaleza fueron autorizados a prestar servicios

radiofónicos, no fueron incluidos en la adjudicación de las licencias, con excepción de la Iglesia Católica

que llegó a operar más de 150 radios FM y 15 AM. Los grandes conglomerados multimedia como los

grupos Clarín y Uno se sumaron a la estrategia de obtener licencias por medio de la adjudicación directa.

Por otra parte se produjo un proceso de cooptación de la mayoría de las ex emisoras alternativas,

contraculturales y comunitarias por parte de diferentes expresiones del mercado radiofónico.

El Decreto Ley 1.005/99 fue el instrumento legal que formalizó una situación de hecho: la alta

concentración de la propiedad empresarial en un mercado oligopólico e internacionalizado.

En noviembre de 1999 el congreso sanciono la Ley 25.208 que preveía la conformación de un Ente Radio y

Televisión –estatal no gubernamental, de conformación pluralista- que regularía los medios de

radiodifusión públicos. Esta ley fue vetada por Fernando de la Rúa, luego de asumir la presidencia de la

Nación.

Otro proyecto de Ley que quedó en el camino

El gobierno de Fernando De la Rúa, quien asumiera el poder el 10 de diciembre de 1999, duró 740 días.

Desde los inicios este gobierno interviene en el ámbito de las comunicaciones, el COMFER elaboró un

nuevo proyecto de ley de radiodifusión orientado a la normalización del espectro radiofónico, implementar

la Guía de Contenidos haciendo hincapié en el control y fiscalización del sistema de medios. Este

organismo también brindó durante ese periodo un interesante apoyo a la dimensión social de la

radiodifusión, de carácter subsidiario, incentivando a las radios universitarias, en cárceles, zonas de

fomento y frontera.

Como ya se mencionara, días después de llegar al poder, Fernando De la Rúa veto la ley 25.208 conocida

como RTA mediante el Decreto N° 152/99. También suspendió a través del COMFER las adjudicaciones

hechas por la administración anterior, sobre todo las que Menem autorizó días antes de dejar el poder,

iniciando el proceso de análisis de 438 adjudicaciones que finalizó el setiembre de 2000, del cual

quedaron confirmadas 157 y revocadas 275 licencias.

En enero de 2001 a través del Decreto 94/01 creó el Sistema Nacional de Medios Públicos (SNMP,

dependiente del PEN), también conocido como el “Multimedios Oficial” para integrar el SOR, Canal 7 y la

Agencia de noticias TELAM. A su vez delegó en la Secretaría de Cultura y Comunicación el ejercicio de los

derecho societarios que le corresponden al Estado nacional por su participación en el capital accionario del

Sistema. La segunda etapa de la normalización, concluida a fines de 2001, consistió en la entregar a cada

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provincia las radios que estuvieran en condiciones en las zonas no conflictivas22 y se habilitó un registro de

preinscripción cuyo objetivo final sería conocer la cantidad, localización, frecuencia y potencia de todas las

emisoras. Para ello De la Rúa firmo el Decreto 883/01 que apareció en el Boletín Oficial el 12 de julio de

2001, modificatorio del 310/98, y el COMFER presentó el 13 de julio la Resolución N° 1138/01 con la

nómina de los primeros 88 concursos para la licitación de radios FM que habían sido anulados como parte

del Plan de Normalización. En cuanto a las AM continuo con el proceso de adjudicación y realizó un

segundo llamado a licitación. Por otra parte el COMFER solicito a la CNC (comisión nacional de

Comunicaciones) el decomiso de aquellas radios que transmitían sin permiso. En Octubre de 2001 el

proyecto de ley para la penalización de las emisiones clandestinas obtuvo rápidamente dictamen de las

Comisiones de Legislación Penal y Comunicaciones y se aprobó por unanimidad sobre tablas en la Cámara

de diputados. La tercera y cuarta etapas del proceso de normalización no se levaron a cabo debido a la

finalización abrupta del gobierno de De la Rúa.

En cuanto a la televisión, el COMFER llevo a cabo un censo para interesados en el servicio para elaborar un

nuevo plan técnico de frecuencias, el que comenzó a elaborarse luego de que el PEN firmara el Decreto

1.473/01. El nuevo Plan Nacional de Televisión fue presentado oficialmente por Fernando De la Rúa el 15

de noviembre de 2001 e implicaba el llamado a concurso público para otorgar 50 licencias para TV abierta

en todo el país, y reglamentar el funcionamiento de las redes de TV abierta, estableciendo licencias

nacionales, regionales y locales según una división en 5 regiones: Noroeste, Nordeste, Centro-Cuyo,

Patagonia y Buenos Aires.

En cuanto al proyecto de la nueva ley de radiodifusión, fue presentado por el PEN públicamente el 25 de

abril de 2001 y luego de un mes llego al Congreso. La Comisión de Comunicaciones e Informática de la

Cámara de diputados, decidió convocar una serie de audiencias públicas para debatir el proyecto que

finalmente no se llevaron a cabo. Mediante el Decreto 1.522/01 se otorgaron a los propietarios de medios

la reducción de los gravámenes que pagan por ley al Estado los licenciatarios de los medios de

radiodifusión.

Luego de la crisis institucional de diciembre de 2001, la Asamblea legislativa eligió a Eduardo Duhalde

para completar el periodo presidencial que dejara vacante De la Rúa. Durante ese periodo y hasta que

asumiera el próximo presidente electo, Néstor Kirchner, el gobierno de Duhalde decidió reestructurar el

área de comunicaciones creando la Secretaría de cultura y Medios de Comunicación de la Presidencia de

la Nación y se dictamino la transferencia de las emisoras bajo su tutela. También se transfirió a su cargo la

Secretaría de Comunicación y el SNMP (Sistema Nacional de Medios Públicos). Luego la Secretaría de

cultura y Medios de Comunicación pasó a denominarse Secretaría de Cultura y se designo nuevo

interventor en el COMFER el cual despidió a 20 de los directores quienes iniciaron acciones judiciales y

fueron reincorporados en sus cargos en el 2007. Se discontinuo la Carta de Compromiso con el Ciudadano

y el Programa Nacional de Radios en Escuelas Rurales y de Frontera. A través del Decreto 2.362/02 se

estableció un régimen de sanciones para la radiodifusión23.

En enero de 2002 comenzó la negociación para sancionar la Ley de Preservación de Bienes y Patrimonios

Culturales (Ley 25.750) que establecía el límite para la incorporación de capitales extranjeros (30%) y

elimina el mecanismo de cram down para los medios de comunicación evitando que los acreedores

pudieran quedarse con las empresas ante la imposibilidad de pago. Esta medida beneficiaria

especialmente a America, la Nación y el Grupo Clarín junto con la ya mencionada pesificación de las

deudas en dólares.

22 Se denomina “zona conflictiva” a aquella en donde la demanda de radios supera la oferta, motivo por el cual la asignación de

frecuencias debe ser si o si por concurso. 23 Durante ese periodo, por resolución 952 del COMFER se renovaron las licencias de Canal 2, America TV (a pesar de no cumplir con los requisitos)

y se otorgó la ultima FM categoría A a Daniel Hadad. Telefónica se desprendió de Azul TV que fue adquirida por tres socios Hadad, Sokolowicz y

Vijnovsky (a su vez Hadad y Sokolowsky compartían el diario Infobae). Luego se anunció el ingreso a Canal 9 de Constancio C. Vigil (h).

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En lo que atañe a los medios estatales a fines del mandato de Duhalde, a través del Decreto 2.507/02 se

creó TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO. El Decreto 2.368/02 modifica el artículo 33 de la Ley de

Radiodifusión que disponía la prohibición de transmisión de Canal 7 en las zonas con presencia de

privados y finalmente el Decreto 1.214/03 sustituye el artículo 11 de la Ley de Radiodifusión que

establecía que las provincias y municipalidades podían prestar hasta un servicio de AM y uno de FM solo

con permiso del Poder ejecutivo en las áreas donde no haya actividad privada, eliminando el rol subsidiario

respecto del sector privado. Este decreto si bien no fue derogado posteriormente no pudo ponerse en

marcha debido a las diversas medidas cautelares diseminadas en toda la Argentina.

El último tramo de la Ley de Radiodifusión hacia la nueva Ley de Medios

El 25 de Mayo de 2003, Néstor Kirchner asumió la presidencia de la Nación. La primera normativa

relevante sobre la regulación de la radiodifusión fue la sanción de la Ley 25.750. El 18 de junio de 2003 el

proyecto de ley sobre La “Preservación de Bienes y Patrimonios culturales” recibió la segunda media

sanción que requería la Cámara de Senadores para su promulgación. Tal como mencionáramos

anteriormente con esta medida se evito que los acreedores extranjeros absorbieran los multimedios

endeudados estableciendo un tope del 30% para la propiedad extranjera en medios de comunicación

nacionales. De esta manera de forma indirecta se legitimo la participación extranjera en los medios de

comunicación nacionales.

Por medio de la Resolución 1.326/04 se extendió la titularidad de la licencia de LS85 TV Canal 13 a Arte

Radiotelevisivo Argentino S.A. y con la Resolución 1.837/04 se extendió la de LS84 TV Canal 11 a

Televisión Federal S.A. (en manos del Grupo Telefónica). Ambas concesiones se extendieron hasta el 14 de

enero de 2015.

El 20 de mayo de 2005 Néstor Kirchner firmo el Decreto N° 527 (de necesidad y urgencia) que establece

la suspensión del cómputo de los plazos de las licencias de los servicios sonoros, televisivos y

complementarios de todo el país por el lapso de 10 años. En junio de 2005 firma el Decreto 703 (de

necesidad y urgencia) que permite la escisión de las licencias de AM y FM y por lo tanto el desdoblamiento

de las frecuencias y su comercialización independiente.

Entre las enmiendas realizadas a la ley de radiodifusión vigente se destaca la promulgación de la Ley

26.053/05 que establece la reforma del artículo N° 45. En esta enmienda se establece que las personas

físicas o jurídicas licenciatarias podrán poseer o no fines de lucro, es decir, modifica el carácter comercial

de la comunicación. Fue objeto de varios cuestionamientos y demandas judiciales pero finalmente dos

años después fue sancionada con algunas modificaciones al texto original24.

El Sistema Nacional de Medios Públicos (SNMP) continúa intervenido hasta octubre de 2007. Durante la

presidencia de Kirchner paso a ser controlado por la Secretaría de Medios de la Jefatura de Gabinete de

Ministros, según lo establecido por el Decreto 624/03. A fines de octubre de 2007, poco antes del

traspaso de mando, la Presidencia de la Nación puso fin a la intervención y nombró un directorio presidido

24A partir de la modificación del artículo 45 se dictaron una serie de resoluciones tendientes a normalizar el espectro radioeléctrico en lo que se

refiere a estaciones de radio. En noviembre de 2005 se firmo la Resolución 1.572-COMFER/05 con las que se convocó un Censo de Emisoras

Operativas de servicios de radiodifusión sonora por modulación de amplitud y de frecuencia que se encontraban bajo la titularidad de personas

jurídicas no comerciales. Este censo actualiza el realizado en el 2003 una vez sancionada la ley 26.053. Al año siguiente mediante la Resolución

753-COMFER/06, se les reconoció la titularidad a 126 radios comunitarias de FM, todos en zonas no conflictivas. Unos días más tarde se promulgó

el pliego de bases y condiciones para la adjudicación de licencias de amplitud modulada (Resolución 755-COMFER/06) y en agosto de 2007

apareció el llamado a concurso público (prorrogado en numerosas ocasiones) para la instalación, funcionamiento y explotación de estaciones AM

(resolución 1244-COMER/07). En febrero de 2005 mediante el Decreto 84/05 se estableció la colocación de repetidoras de la señal del canal

estatal en 18 ciudades argentinas, siguiendo lo dispuesto por la Ley 22.285 modificada por el Decreto 2368/02).En cuanto al servicio de televisión

por cable, continuo suspendida la venta de pliegos para servicios complementarios durante el gobierno de Kirchner lo que implicó la imposibilidad

de entrada para nuevos competidores. A su vez se autorizó en el año 2006 que el Grupo Clarín, propietario de la empresa Multicanal, junto con el

fondo de inversión Fintech Advisory adquirieran la mayoría accionaria de Cablevisión que incluye además los servicios de internet y banda ancha.

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por Gustavo López, ex interventor del COMFER. Se produjo la renovación tecnológica en los equipamientos

de Canal 7 y Radio Nacional, con la adquisición de nuevas cámaras y equipamientos de mayor potencia.

Además se creó el Canal Encuentro del Ministerio de Educación de la Nación (Decreto 533/05), la señal

forma parte del proyecto Educ.ar, y fue lanzada en abril de 2006 con el objetivo de servir como

complemento de la educación escolar.

El 10 de diciembre de 2007 asume la Presidencia de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner quien

recibe la banda y el bastón de manos de Néstor Kirchner, presidente anterior y esposo de la ahora

mandataria. En el discurso de asunción hace referencia al proceso iniciado el 25 de mayo de 2003, de lo

que podría inferirse la continuidad del modelo socio-politico-económico.

“En agosto de 2009, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner envió un proyecto de ley a la Cámara de

Diputados para reemplazar la ley de radiodifusión, luego de haber sido debatido por un año, en 24 foros

que se desarrollaron en distintos puntos del país, una propuesta de proyecto de ley basada en veintiún

puntos presentados por la Coalición por una Radiodifusión Democrática en 2004… El proyecto de ley

presentado en la Cámara de Diputados de la Nación Argentina fue aprobado por esta cámara luego de que

se le realizaran más de 100 modificaciones, adquiriendo de esta manera la media sanción. En la Cámara

de Senadores de la Nación fue aprobado por 44 votos a favor y 24 en contra… La Ley 26.522 de Servicios

de Comunicación Audiovisual establece las pautas que rigen el funcionamiento de los medios radiales y

televisivos en la República Argentina. Esta legislación fue promulgada el 10 de octubre de 2009 por la

presidenta Cristina Fernández de Kirchner y reemplazó a la Ley de Radiodifusión 22.285, que había sido

promulgada en 1980 por la dictadura militar autodenominada Proceso de Reorganización Nacional y se

había mantenido vigente desde entonces”25.

“La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, sancionada en 2009 y reglamentada en 2010, es una

norma de vanguardia, que entiende la comunicación como un derecho humano equivalente a la libertad de

expresión, y que promueve la democratización de las voces prestadoras de servicios. Su modo de concebir

la comunicación es inclusivo, plural, y fuertemente antimonopólico y anticorporativo.” “La nueva ley fue

reglamentada a través del Decreto 1225/2010. La sanción de la norma significó el punto culminante de un

extendido debate popular. Tras su presentación como proyecto de ley, comenzó, en todo el país, un inédito

proceso de participación ciudadana. En los 24 foros de discusión realizados, intervinieron organizaciones

sociales, asociaciones representativas del sector audiovisual, empresas de comunicación, sindicatos,

cooperativas, autoridades de todos los niveles y ciudadanos interesados en el tema. En el mismo sentido,

el Congreso de la Nación organizó audiencias públicas, que contaron con la presencia de especialistas,

intelectuales y personalidades del área, y de las que participaron todos los bloques parlamentarios”.

A partir del artículo 10 de la Ley N.º 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual se crea la Autoridad

Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA)26, organismo descentralizado y autárquico cuya

función principal es aplicar, interpretar y hacer cumplir la nueva ley. Según establece el artículo 14 de la

Ley Nº 26.522 la conducción y administración de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación

Audiovisual deben ser ejercidas por un directorio integrado por siete (7) miembros nombrados por el Poder

Ejecutivo Nacional. El directorio debe estar conformado por un (1) presidente y un (1) director designados

por el Poder Ejecutivo Nacional; tres (3) directores nombrados por la Comisión Bicameral de Promoción y

Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, que serán seleccionados por esta a propuesta de los bloques

parlamentarios, correspondiendo uno (1) a la mayoría o primera minoría, uno (1) a la segunda minoría, y

uno (1) a la tercera minoría parlamentarias; y dos (2) directores a propuestos por el Consejo Federal de

Comunicación Audiovisual, debiendo uno de ellos ser un académico representante de las facultades o

carreras de ciencias de la información, ciencias de la comunicación o periodismo de universidades

nacionales. El AFSCA posee su sede principal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Suipacha 765,

25 http://www.argentina.gob.ar/pais/94-ley-de-servicios-de-comunicacion-audiovisual.php 26 http://www.afsca.gob.ar/que-es-el-afsca/

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27

C1008AAO) y por ley debe establecer al menos una (1) delegación en cada provincia o región de ellas o

ciudad, con un mínimo de una (1) delegación en cada localidad de más de quinientos mil (500.000)

habitantes.

Cuadro 8. Delegación Chubut.

CHUBUT I –

COMODORO

RIVADAVIA

Departamentos

de Florentino

Ameghino,

Sarmiento y

Escalante. Y en

la provincia de

Santa Cruz:

Departamentos

Lago Buenos

Aires y

Deseado.

25 DE

MAYO

451

RENATA

HILLER

0297-

4464168

[email protected]

CHUBUT II –

TRELEW

Departamentos

de Rawson,

Biedma,

Telsen,

Mártires y

Gaiman.

RIVADAVIA

619

PEDRO

ROMERO

0280-4-

420887

[email protected]

El marco jurídico en el que se apoya el AFSCA está conformado por la Declaración de Principios sobre

Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (Aprobada por la Comisión Interamericana

de Derechos Humanos en octubre de 2000); los convenios internacionales relacionados con el derecho a

la comunicación ratificados por el Pacto de Costa Rica y la propia Ley 26.522 con su reglamentación

1225/2010.

Cuadro 9. Organismos relacionados.

Consejo Federal de Comunicación

Audiovisual

•Es el organismo creado por la Ley N.º 26.522, artículo 15, para colaborar (proponiendo políticas públicas de comunicación), asesorar y realizar el seguimiento de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Está conformado por representantes de las provincias, sindicatos, empresas privadas, universidades nacionales, medios públicos, sociedades gestoras de derechos y pueblos originarios.

Consejo Asesor de Comunicación Audiovisual y la

Infancia

•Se establece a partir del artículo 17 de la Ley N.º 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual (Resolución 0498 AFSCA/10). Para garantizar la participación y representación multidisciplinaria y federal, lo conforman entidades gubernamentales y no gubernamentales provinciales cuyo objetivo es la infancia.

Comisión

Bicameral de Promoción y

Seguimiento de la Comunicación

Audiovisual

•Se constituye por el artículo 18 de la Ley N.º 26.522. La Comisión Bicameral debe estar integrada por ocho (8) senadores y ocho (8) diputados nacionales, según resolución de cada Cámara.

Defensoría del

Público de Servicios de

Comunicación Audiovisual

•Su creación está estipulada en el artículo 19 de la Ley N.º 26.522, y su objetivo es recibir y canalizar las consultas, reclamos y denuncias del público de la radio y la televisión, y representar sus intereses. Su titular es designado por resolución conjunta de ambas Cámaras, a propuesta de la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual.

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Los puntos más destacados de la nueva Ley de medios, comparándola con la ley 22.285 son27:

1) Se considera a la comunicación audiovisual en cualquiera de sus soportes una actividad social de

interés público, de carácter esencial para el desarrollo sociocultural de la población, por el que se

exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones,

ideas y opiniones sin ningún tipo de censura.

2) Los servicios de televisión por cable deben disponer de un abono social. Esta disposición atiende a

que, en ciertos sitios, el prestador de servicio de radiodifusión por suscripción a título oneroso es el

único servicio que existe para mirar televisión. Se busca que todos los habitantes tengan acceso a

los servicios de radiodifusión y comunicación audiovisual.

3) Con el fin de impedir la formación de monopolios y oligopolios, la ley pone límites a la

concentración, fijando topes a la cantidad de licencias y por tipo de medio. Un mismo concesionario

sólo puede tener una licencia de servicio de comunicación audiovisual sobre soporte satelital;

hasta 10 señales sonoras, de televisión abierta o cable (la ley actual permite que una persona sea

dueña de 24) y hasta 24 licencias de radiodifusión por suscripción. A ningún operador se le permite

que dé servicios a más del 35 por ciento del total de la población del país o de los abonados, en el

caso que corresponda. Por otra parte, quien maneje un canal de televisión abierta no podrá ser

dueño de una empresa de distribución de TV por cable en la misma localidad, y viceversa. También

se impide que las compañías telefónicas brinden servicios de televisión por cable.

4) La ley establece que para ser titular de una licencia se ponderan criterios de idoneidad y de arraigo

en la actividad. Excluye a quienes hayan sido funcionarios jerárquicos de gobiernos de facto,

atendiendo a la importancia de los medios en la construcción del Estado de Derecho y la vida

democrática. Cuando el prestador del servicio fuera una sociedad comercial deberá tener un capital

social de origen nacional, permitiéndose la participación de capital extranjero sólo de hasta un

máximo del 30% del capital accionario.

5) A diferencia de la ley anterior, se permite la participación de cooperativas, siempre y cuando se

garantice una porción del mercado a un competidor.

6) La operación de los medios audiovisuales se hará, según la propuesta, por sistema de licencias y

las mismas durarán diez años y se podrán prorrogar por diez años más, previa realización de

audiencias públicas. Quienes hayan obtenido una renovación o prórroga, no podrán solicitar una

nueva extensión de plazo por ningún título. Al mismo tiempo esas licencias son controladas cada

dos años, para evitar que con la incorporación de nuevas tecnologías -la digitalización- un

licenciatario multiplique sus señales, generando un nuevo modo de concentración.

7) Los servicios de televisión abierta deben emitir un mínimo del 60% de producción nacional; con un

mínimo del 30% de producción propia que incluya informativos locales. Los servicios de televisión

por cable no satelital deben incluir como mínimo una señal de producción local propia. También

deben incluir en su grilla de señales originadas en países del MERCOSUR y en países

latinoamericanos. Las radios privadas deben emitir un mínimo de 50% de producción propia, que

incluya noticieros o informativos locales. El 30% de la música emitida debe ser de origen nacional.

Quedan eximidas emisoras dedicadas a colectividades extranjeras o temáticas.

8) Las emisiones de televisión abierta y la señal local de producción propia de los sistemas de cable

deben incorporar medios de comunicación visual adicional en el que se utilice subtitulado oculto

(closed caption), lenguaje de señas y audio descripción, para la recepción por personas con

discapacidades sensoriales, adultos mayores y otras personas que puedan tener dificultades para

acceder a los contenidos.

9) Se garantiza el derecho al acceso universal -a través de los servicios de comunicación audiovisual-

a los contenidos informativos de interés relevante y de acontecimientos deportivos de encuentros

futbolísticos u otro género o especialidad. Los partidos de fútbol y otros encuentros olímpicos que

sean de interés para la Argentina se transmitirán por la televisión abierta de acceso libre.

27 http://www.argentina.ar/temas/medios/51-ley-de-servicios-de-comunicaci%EF%BF%BDn-audiovisual

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10) Se regula el tiempo de emisión de publicidad con el objetivo de proteger al público contra un

exceso de interrupciones publicitarias y promover un modelo de radio y televisión de calidad.

11) Se crea Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado, que reúne a todos los servicios de

radiodifusión sonora y televisiva que en este momento se encuentra bajo la órbita del Estado

Nacional. El Directorio estará integrado por siete miembros, con un presidente y un director

designado por el Poder Ejecutivo y tres directores propuestos por la Comisión Bicameral de

Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, uno por la primera minoría, otro por la

segunda y otro por la tercera. Y se crea un Consejo Consultivo Honorario de los Medios Públicos

que garantiza mayor participación social.

12) Se reserva para cada Estado Provincial y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una frecuencia AM,

una FM y una de televisión abierta. Cada Estado Municipal tendrá reservada una frecuencia FM.

13) Se reserva el 33% de las localizaciones radioeléctricas planificadas, en todas las bandas de

radiodifusión sonora y de televisión terrestres, en todas las áreas de cobertura, para las

organizaciones sin fines de lucro. Además, los pueblos originarios son autorizados para la

instalación y funcionamiento de radios AM y FM así como de señales de televisión abierta.

14) Las universidades nacionales pueden ser titulares de autorizaciones 28 para la instalación y

explotación de servicios de radiodifusión. Deben dedicar espacios relevantes de su programación a

la divulgación del conocimiento científico, a la extensión universitaria y a la creación y

experimentación artística y cultural.

15) Se prevé la creación de un Fondo de Fomento Concursable para la Producción de Programas de

Televisión de Calidad para Niños, Niñas y Adolescentes que tendrá como objetivo desarrollar

estrategias que permitan producir más televisión y radio de carácter educativo, cultural e infantil.

16) Se establece la fijación de una cuota de pantalla para el cine nacional. Los canales de televisión

abierta y de cable deberán exhibir de forma obligatoria y en estreno televisivo ocho películas

nacionales por año.

Luego de cinco años de sancionada la nueva Ley, durante los cuales el Gobierno y el grupo de medios se

enfrentaron en Tribunales por la aplicación de la norma, la Corte Suprema de Justicia concluyó que el texto

aprobado por el Congreso no viola la Constitución Nacional. Tanto el Grupo Telefónica como el Grupo

Clarín, al igual que todos los licenciatarios, prepararon un Plan de adecuación de acuerdo con las pautas

establecidas por la nueva ley. En febrero de 2014, la AFSCA aprobó el Plan de adecuación presentado por

el Grupo Clarín29, el que tendrá un plazo de 180 días para ejecutarlo. También presentó su plan y fue

28 Autorización es el título que habilita a las personas de derecho público estatal y no estatal y a las universidades nacionales e

institutos universitarios nacionales para prestar cada uno de los servicios previstos en la ley. Consiste en una adjudicación directa

que se otorga a quien solicita autorización para instalar y explotar un servicio de comunicación audiovisual.

En cambio Licencia es el título que habilita a personas distintas a las personas de derecho público estatales y no estatales y a las

universidades nacionales para prestar cada uno de los servicios que prevé la ley. Se otorga a través de un concurso o

procedimiento de adjudicación. Se otorgan licencias a personas de existencia visible o de existencia ideal, de derecho privado, con

o sin fines de lucro, y asimismo a las personas de derecho público no estatales en cuanto no se encuentre previsto en la Ley que

corresponde otorgárseles una autorización. http://www.afsca.gob.ar/ley-de-servicios-de-comunicacion-audiovisual-26-522

Preguntas frecuentes. 29 El plan presentado por el grupo contempla que la unidad 1 esté constituida por Arte Radiotelevisivo Argentino (Artear) que es

titular de la licencia del Canal 13 de Buenos Aires, del Canal 12 de Córdoba, del canal 6 de Bariloche y la señal de noticias Todo

Noticias (TN); Radio Mitre (que incluye las frecuencias AM 790 y FM 100 en Buenos Aires, AM 810 y FM 102.9 en Córdoba, y FM

100.3 en Mendoza) y 24 licencias locales de TV por cable de la actual Cablevisión en ciudades que no tengan incompatibilidades

con sus señales de televisión abierta.

La unidad 2 se quedará con la mayor parte de las operaciones de Cablevisión y Fibertel, 24 licencias de cable y el canal Metro. Allí,

el grupo Fintech de David Martínez conservará el 40% de su paquete accionario en Cablevisión. Sin embargo, el Gobierno y la Afsca

deben aún definir si esa situación es compatible con la reciente compra que el holding realizó de la compañía Telecom: la nueva

Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual establece que ningún prestador de servicios públicos puede tener participación en

una prestadora de servicios privados.

La tercera unidad de negocios propuesta estará integrada por 20 licencias de TV por cable de la actual Cablevisión, mientras que

la cuarta estará integrada por el resto de las señales en las que el Grupo Clarín tiene participación: Canal 13 satelital, Magazine,

Volver, Quiero Música en mi Idioma, Canal Rural, TyC Sports y TyC Max.

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aprobado, el Grupo Uno de Vila y Manzano. En tanto, todavía está pendiente que la Afsca debata los planes

de Telefé-Telefónica, Telecentro y Prisa-Radio Continental; en el caso de la presentación de Telefónica

(TELEFE) existe la posibilidad de que se rechace su propuesta. La principal cuestión a salvar en lo que

respecta a Telefónica es la imposibilidad de prestar servicios públicos y privados simultáneamente, el

Grupo sostiene que la propiedad de los medios la tiene el Grupo español mientras que el servicio público lo

brinda el Grupo argentino. Mientras tanto el Grupo Vila-Manzano reclamó la “suspensión o extensión de

plazos” para su adecuación a la ley de medios audiovisuales dado que se encontrarían en desventaja

frente a los procesos aun no resueltos.

La efectividad de la nueva ley, más allá de la incorporación de nuevos actores en los medios, podrá ser

evaluada en la medida que produzca cambios de fondo en la estructura de los medios de comunicación

social en la actualidad.

Por último, la unidad 5 contendrá a las licencias de FM que el multimedio tiene en las ciudades de Tucumán, Bariloche, Bahía

Blanca y Santa Fe, en tanto que la unidad 6 quedará integrada por las licencias de TV abierta que el grupo tiene en el Canal 7 de

Bahía Blanca y el Canal 9 de Mendoza.

En el encuentro que mantuvo este lunes por la mañana, el directorio de la Afsca aprobó, además, por unanimidad la propuesta del

Grupo Uno –holding del empresario Daniel Vila y el ex ministro José Luis Manzano que incluye a América TV, América 24, Radio La

Red y la cableoperadora Supercanal, entre sus principales licencias– y el multimedio propiedad de Florencio Aldrey Iglesias, el

empresario marplatense dueño del multimedios La Capital, que incluye LU9 Radio Mar del Plata; LU6 Emisora Atlántica; y La

Capital cable, además del diario del mismo nombre. También las de San Juan Cable Color y Ricardo Michelli.

http://www.infobae.com/2014/02/17/1544323-ley-medios-la-afsca-aprobo-el-plan-adecuacion-del-grupo-clarin.