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CÓDIGO NOR-LOG-XXX NORMA USO Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS DEL PARQUE AUTOMOTOR DE CADAFE

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TRÁMITE Y REVISIONES

PARTICIPANTES

La presente norma fue revisada y actualizada por un equipo de trabajo integrado por representantes de la Dirección Ejecutiva de Logística / División de Control de Gestión Logística / División de Transporte: Ing. Luis Emilio Montserrat / Ing. Henysmar García / Ing. Luciano Pacheco; por el Proyecto de Fortalecimiento de la Gestión de CADAFE: Ing. Gustavo Torres; y por la Dirección Ejecutiva de Normalización / Gerencia Normalización Administrativa: Lic. Hildegardis Sifontes. Asimismo fue expuesto a la Consulta Pública, revisado y validado por el Comité de Normalización del Área de Gestión Logística.

REVISIONES

EDICIÓN No. FECHA REFERENCIA

APROBACIÓN

PREPARADO POR CONFORMADO POR APROBADO POR:

Lic. SONIA RUIZ Gerente de Normalización Administrativa

Econ. IDOLFO J. AÑEZ B. Vicepresidente Ejecutivo de Finanzas

REVISADO POR CONFORMADO POR

Ing. HILDA OCCHIPINTI Directora Ejecutiva de Normalización

Econ. VALMORE VÁSQUEZ Vicepresidente Ejecutivo de Planificación Estratégica

Ing. IVAN ZURITA Presidente

DOCUMENTO DE APROBACIÓN No. FECHA DEL DOCUMENTO DE PROBACIÓN VIGENCIA

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ÍNDICE

1. OBJETO........................................................................................................................................... 4

2. CAMPO DE APLICACIÓN................................................................................................................ 4

3. DOCUMENTOS RELACIONADOS................................................................................................... 4

4. VIGENCIA ........................................................................................................................................ 4

5. DEFINICIONES ................................................................................................................................ 4

6. CONDICIONES GENERALES.......................................................................................................... 6

7. CONDICIONES ESPECÍFICAS .......................................................................................................11

7.1. DE LAS ESPECIFICACIONES DE LOS VEHÍCULOS.....................................................................11

7.2. DE LA ASIGNACIÓN DE LOS VEHÍCULOS ...................................................................................11

7.3. DE LA RECEPCIÓN DE VEHÍCULOS.............................................................................................11

7.4. DE LA IDENTIFICACIÓN DE VEHÍCULOS .....................................................................................12

7.5. DEL MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE VEHÍCULOS Y EQUIPOS HIDRÁULICOS ..............12

7.6. DE LA INSPECCIÓN DIARIA ..........................................................................................................14

7.7. DE LA INSPECCIÓN SEMANAL.....................................................................................................14

7.8. DEL MANTENIMIENTO PERIÓDICO EN TALLERES DE SERVICIO .............................................15

7.9. DE LA INSPECCION Y MANTENIMIENTO PREVENTIVO A EQUIPOS HIDRAULICOS................16

7.9.1. Inspección y el mantenimiento diario del Hidro-elevador ...........................................................16

7.9.2. Inspección y mantenimiento semanal. .........................................................................................17

7.9.3. Inspección y mantenimiento mensual. .........................................................................................17

7.9.4. Inspección y mantenimiento semestral ........................................................................................18

7.9.5. Inspección y mantenimiento anual ...............................................................................................19

7.10. DE LOS ACCIDENTES (CHOQUE, COLISIÓN, VOLCAMIENTO, INCENDIO Y ARROLLAMIENTO) ........................................................................................................................19

8. ANEXOS..........................................................................................................................................20

8.1. Anexo Nº 1 Esquema de Soldaduras Críticas ..............................................................................20

8.2. Anexo Nº 2 Tabla y Diagrama de Lubricación ..............................................................................21

8.3. Anexo Nº 3 Calcomanías de Seguridad de los Equipos Hidráulicos ..........................................22

9. BIBLIOGRAFÍA...............................................................................................................................22

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1. OBJETO Establecer las condiciones que regulen todos los aspectos relacionados con el uso y mantenimiento inherente a las especificaciones, identificación, codificación, asignación, reparación y robo de los vehículos que conforman el parque automotor de la empresa.

2. CAMPO DE APLICACIÓN Es aplicable a todas las unidades organizativas responsables del uso y mantenimiento de los vehículos que conforman el parque automotor de CADAFE y su Filial DESURCA.

3. DOCUMENTOS RELACIONADOS Externos:

���� Ley de Transporte Terrestre, Gaceta Oficial Nº 38.985 del 01-08-2008

���� Ley Contra la Corrupción, Gaceta Oficial Nº 5.637 extraordinaria del 07-04-2003

���� Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre, Gaceta Oficial Nº 5.420 del 26-06-1988

Internos:

���� Norma Desincorporación de Activos y su Disposición Final, vigente.

���� Norma Aseguramiento de Vehículos y Tramitación de Siniestros”, vigente.

���� Norma Procedimiento, Reporte e Investigación de Accidentes, vigente.

4. VIGENCIA La presente norma entra en vigencia una vez aprobada por la Junta Directiva de CADAFE y su publicación por parte de la Gerencia de Normalización Administrativa, adscrita a la Dirección Ejecutiva de Normalización.

5. DEFINICIONES

ACCIDENTE DE TRÁNSITO Aquel ocurrido a los vehículos que forman parte del parque automotor, cuyas consecuencias sean lesiones personales, daños a la propiedad, e incluso a terceros.

ASIGNACIÓN Entrega de un vehículo perteneciente al parque automotor de la empresa, a una estructura organizativa.

CODIFICACIÓN Conjunto de dígitos que correlativamente indica el código de la estructura y el número de registro de inventario asignado al vehículo.

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EMPRESA Se denomina así a la Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE) y su filial Desarrollo Uribante Caparo (DESURCA).

ESPECIFICACIONES Características que reúnen los vehículos para su mantenimiento.

IDENTIFICACIÓN

Logotipo, codificación, color y número correlativo que caracterizan a los vehículos del parque automotor de la empresa.

LOGOTIPO

Emblema que identifica a la empresa.

MANTENIMIENTO

Conjunto de operaciones y cuidados que se le realiza periódicamente a los vehículos, accesorios y equipos especiales, con el fin de garantizar el debido funcionamiento y preservación del tiempo de vida útil de los mismos.

MANTENIMIENTO MAYOR (OVERHAUL) Mantenimiento mayor que se les realiza a los vehículos o equipos con la finalidad de restablecer sus condiciones iniciales.

PARQUE AUTOMOTOR

Conjunto de vehículos propiedad de la empresa, que se utilizan en las labores inherentes a las funciones de la unidad organizativa a la cual son asignados.

REGISTRO DE VEHÍCULOS Conformación del expediente donde se recopila la información básica de cada vehículo perteneciente al parque automotor de la empresa.

REPARACIÓN

Conjunto de actividades destinadas a restituir las condiciones normales de operación del vehículo, mediante la renovación de sus partes dañadas.

ROBO Delito contra el patrimonio, que consiste en el apoderamiento de bienes ajenos, con intensión de lucrarse, empleando para ello fuerza en los objetos o bienes, violencia o intimidación en la persona.

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VEHÍCULO

Componente de tracción mecánica destinado al transporte de personas u objetos.

VEHÍCULOS CON EQUIPOS ESPECIALES Vehículos que se le instalan equipos tales como: Brazos, Gatos, Escaleras y Grúas tanto Mecánicos como Hidráulicos y Equipos de Perforación.

VEHÍCULOS EXTRAPESADOS Vehículos con capacidad de carga mayor a 6.000 Kg.

VEHÍCULOS LIVIANOS Vehículos con capacidad de carga hasta 2.000 Kg.

VEHÍCULOS PESADOS Vehículos con capacidad de carga entre 2.000 a 6.000 Kg.

6. CONDICIONES GENERALES

6.1. Todas las unidades organizativas responsables del uso y mantenimiento de los vehículos que conforman el parque automotor de la empresa deben regirse de acuerdo a lo establecido en esta normativa.

6.2. La Gerencia de Gestión de Bienes y sus unidades adscritas deben ser garantes del cumplimiento de lo establecido en esta norma.

6.3. Todo vehículo propiedad de la empresa antes de entrar en circulación debe estar plenamente identificado y amparado por un Seguro de Casco y Responsabilidad Civil.

6.4. Para cubrir los distintos riesgos o siniestros que puedan ocurrir, la empresa debe contratar las pólizas de seguros necesarias para proteger los bienes y adoptar las medidas necesarias de custodia, seguridad y traslado del mismo que sean pertinentes de acuerdo a la naturaleza de cada material.

6.5. Es responsabilidad de la División de Transporte adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes, enviar a la Gerencia de Contabilidad General la información concerniente a los nuevos vehículos adquiridos.

6.6. Es responsabilidad de la Gerencia de Contabilidad General, efectuar el registro del vehículo como activo de la empresa, asignar y colocar la identificación del número de inventario.

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6.7. Todo vehículo propiedad de la empresa en condición operativa, cuya antigüedad no permita una cobertura amplia de seguro debe cumplir con las exigencias mínimas de la Ley de Transporte Terrestre en cuanto al Seguro de Responsabilidad Civil del vehículo.

6.8. La asignación y transferencia de vehículos a las unidades organizativas de la empresa es competencia del Presidente o en su defecto de la Dirección Ejecutiva de Logística con previa autorización del Presidente de acuerdo a los requerimientos de las unidades organizativas.

6.9. Los vehículos pertenecientes al parque automotor de la empresa deben ser asignados a unidades organizativas y no a los trabajadores.

6.10. Los vehículos pertenecientes al parque automotor de la empresa, deben ser destinados al uso exclusivo de misiones de trabajo, por lo tanto los Jefes de las unidades organizativas son responsables del cumplimiento de su uso.

6.11. Las unidades organizativas de la empresa que tengan vehículo asignado deben contar con copias del título de propiedad, del seguro vigente y del carnet de circulación, y velaran porque el personal que utilice el vehículo posea la documentación antes señalada.

6.12. Los vehículos deben permanecer en los estacionamientos de la empresa, durante los días y horas no laborables. Caso contrario deben tener autorización por escrito de la unidad organizativa de adscripción que lo tiene asignado.

6.13. Todas las dependencias de CADAFE deben prestar el apoyo en cuanto a la guardia y custodia de los vehículos de la empresa.

6.14. Las unidades organizativas deben programar el uso de los vehículos atendiendo a los sanos principios de administración, optimizando su utilización de forma colectiva y de acuerdo al tipo de gestión a realizar.

6.15. La Unidad Usuaria conjuntamente con la División de Transporte adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes, deben mantener en buen estado todos los vehículos de la empresa.

6.16. Queda terminantemente prohibido el uso de vehículos de la empresa, por razones legales y de seguridad:

���� Transportar personal en vehículos que no estén acondicionados para tal fin.

���� Transportar personas que no tengan vinculación con la empresa.

���� Transportar conjuntamente personas y materiales en vehículos de carga (solamente se permite en la cabina el conductor y ayudante).

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6.17. Es responsabilidad del conductor del vehículo del parque automotor, poseer los documentos que se describen a continuación:

���� Licencia de conducir vigente, de acuerdo al tipo de vehículo.

���� Fotocopia del título de propiedad del vehículo.

���� Seguros del vehículo.

���� Original del carnet de circulación o copia autenticada del certificado de origen emitida por la División de Transporte adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes.

���� Certificado médico vigente.

���� Estar autorizado por escrito por la unidad de adscripción.

6.18. Todo aquel trabajador que se apropie en forma indebida de algún vehículo del parque automotor o que lo utilice para fines diferentes a los establecidos por la empresa, debe ser sancionado administrativamente (llamado de atención o suspensión), y amenos que justifique los motivos por los cuales tomo esta actitud, y previa participación a la Dirección Ejecutiva de Seguridad y Prevención, debe poner el caso a la orden de la Dirección Ejecutiva de Asuntos Laborales, a quien le compete si procede o no la calificación de despido de dicho trabajador.

6.19. Todo conductor o usuario de algún vehículo del parque automotor que infrinja alguna Ley de Transporte Terrestre y quede demostrada la responsabilidad del mismo, debe convenir con Gestión Humana el pago de la multa aplicada a los costos asociados al siniestro según sea el caso.

6.20. La División de Transporte adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes debe mantener un registro de vehículos a través de un expediente por cada vehículo, contentivo del (la):

���� Original del titulo de propiedad del vehículo.

���� Copia de la factura de compra del vehículo.

���� Original del formulario de control de vehículos.

���� Copia de la póliza de seguro.

���� Copia del carnet de circulación.

���� Original del memorando de asignación del vehículo.

���� Datos de Identificación y Codificación del Vehículo.

���� Identificación del número de inventario del vehículo.

���� Original del documento de transferencia del vehículo.

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6.21. Todo pago de facturas por concepto de equipamiento, mantenimiento y reparación del vehículo, debe efectuarse de acuerdo a lo establecido en la normativa del pago vigente.

6.22. En caso de transferencia de vehículos, la unidad usuaria debe enviar el requerimiento a la Gerencia de Gestión de Bienes con firma de la máxima autoridad de la unidad solicitante. La División de Administración de Bienes adscrita a dicha Gerencia, es la única autorizada para procesar esta transferencia, previo visto bueno de la División de Transporte.

6.23. Cada unidad organizativa de la empresa con vehículos asignados, debe velar por la ubicación física de los vehículos.

6.24. El personal regular, eventual y contratado, que dentro de sus funciones deba conducir vehículos de la empresa, debe responsabilizarse de los daños que ocasione tanto al vehículo asignado como a terceros; para ello debe firmar con la Unidad de Transporte que corresponda, un convenio donde se establezcan las responsabilidades y obligaciones de este personal; Asimismo, este convenio debe ser remitido por la División de Transporte adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes o por la unidad supervisora inmediata a la Unidad Solicitante, a la Gerencia de Gestión Humana y a Consultoría Jurídica.

6.25. Todo trabajador que dentro de sus funciones esté la de conducir vehículos de la empresa, debe ser evaluado para determinar si se encuentra apto, así mismo debe haber aprobado la evaluación: curso de manejo defensivo, solo así la empresa le suministrará su respectiva identificación y carta de notificación de riesgos que acredite que está autorizado por parte de la empresa a conducir vehículos.

6.26. Todo vehículo de la empresa debe contar con los siguientes accesorios: caucho de repuesto, gato elevador, llave de cruz, juego de llaves, triángulo de seguridad, cables auxiliares, extintor, botiquín de primeros auxilios y por lo menos un sistema de seguridad confiable.

6.27. Es responsabilidad de las unidades organizativas de la empresa a las que se le haya asignado vehículo, velar por la existencia y mantenimiento de los accesorios descritos en punto 6.26.

6.28. Para la adquisición de nueva flota de vehículos por requerimientos de las unidades usuarias, la Dirección Ejecutiva de Logística, debe evaluar las condiciones de operatividad de la flota existente, valorando el tipo, tiempo de uso y la vida útil de los mismos según la siguiente escala:

a. Livianos: 10 años.

b. Pesados: 15 años.

c. Extrapesados: 20 años.

6.29. La empresa debe tomar las previsiones necesarias para el resguardo bajo techo, de todos aquellos vehículos con equipos especiales.

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6.30. La División de Transporte con apoyo de un representante de la División de Administración de Bienes, ambas adscritas a la Gerencia de Gestión de Bienes; deben identificar los vehículos de la empresa mediante Calcomanía de Identificación.

6.31. Las Calcomanías de Identificación deben:

���� Estar enumeradas de manera correlativa.

���� Contener el año de fabricación del vehículo seguido por el número asignado por la División de Administración de Bienes adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes, separadas ambos numerales por un guión.

���� Registradas en la planilla de control de vehículos asignados.

6.32. La División de Transporte adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes, debe llevar el control y registro del parque automotor de los diferentes vehículos de la empresa asignados a las diversas unidades organizativas, mediante la planilla de control de vehículos asignados.

6.33. En la planilla de control de vehículos asignados, debe indicarse: unidad de adscripción, marca, modelo, tipo y placa del vehículo; asimismo, esta planilla debe ser firmada por el chofer que tenga asignado el referido vehículo.

6.34. Una vez firmada la planilla de control de vehículos asignados por el chofer, la División de Transporte adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes, debe entregar una copia de la misma a la Dirección Ejecutiva de Seguridad y Prevención, para que este al tanto de los chóferes que laboran con dichos vehículos.

6.35. Cuando una unidad requiera del préstamo de un vehículo, debe realizar la solicitud por escrito avalado por la autoridad competente (Vicepresidente, Director o Gerente) a la División de Transporte adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes bajo los siguientes conceptos: con 24 horas de anticipación para área el metropolitana; y con 48 horas para el interior del país, siempre y cuando exista la disponibilidad del mismo.

6.36. Los directores de las unidades organizativas en donde está adscrito el vehículo, deben suministrar al trabajador un pase de autorización de salida de vehículos asignados, en el cual se le autoriza el retiro del vehículo perteneciente a la empresa; En este pase se debe indicar las características del vehículo, destino autorizado y cargo, fecha y hora de salida. La presentación de este pase, a la salida de estas instalaciones es imprescindible.

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7. CONDICIONES ESPECÍFICAS

7.1. DE LAS ESPECIFICACIONES DE LOS VEHÍCULOS

Los accesorios deben estar acorde con las características originales de fabricación del vehículo. En caso de ser necesario se podrán adquirir accesorios que mejoren la ergonomía, confort y seguridad de los trabajadores.

7.2. DE LA ASIGNACIÓN DE LOS VEHÍCULOS

a. Deben asignarse vehículos a las siguientes unidades organizativas:

���� Presidencia.

���� Vicepresidencias.

���� Auditoria Interna.

���� Asimismo, a todas aquellas que ameriten tener vehículos asignados para el mejor desempeño de sus funciones.

b. Todo trabajador que goce del beneficio de asignaciones fijas por conceptos de gastos de vehículos, no tiene derecho a usar los vehículos del parque automotor de la empresa.

c. Las unidades organizativas que tengan vehículos asignados, deben incluir en su presupuesto anual de gastos, el monto destinado por concepto de combustibles, mantenimiento y reparaciones de dichos vehículos.

d. A excepción de los vehículos asignados a la Presidencia, todo vehículo propiedad de la empresa debe tener las identificaciones correspondientes así como el logotipo de la empresa colocado en las puertas delanteras y en el capot de los mismos.

7.3. DE LA RECEPCIÓN DE VEHÍCULOS

a. Es responsabilidad de la División de Transporte en coordinación con un representante de la División de Administración de Bienes, ambas adscritas a la Gerencia de Gestión de Bienes; y un representante de Auditoría Interna (en calidad de observador), recibir y revisar los vehículos adquiridos con su respectiva documentación. Estos vehículos deben estar acorde con las actividades de la unidad organizativa requeriente, a la cual van a ser asignados.

b. En el caso de adquisición de vehículos por concepto de permuta u obras en las regiones:

���� La Unidad de Transporte de la región en coordinación con un representante de la Unidad de Contabilidad de la región, y un representante de Auditoría Interna (en calidad de observador), es responsable de recibir y revisar los vehículos con su respectiva documentación e informar de dicho movimiento a la División de Transporte adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes.

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���� La División de Transporte adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes, debe comunicar del referido movimiento a la División de Administración de Bienes para que esta realice el registro de esta adquisición en el control de activos.

7.4. DE LA IDENTIFICACIÓN DE VEHÍCULOS

La División de Administración de Bienes adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes:

a. Conjuntamente con las Gerencias de Logística de las regiones y Divisiones Administrativas de las Gerencias de Transmisión, son las responsables de realizar la identificación de los vehículos adquiridos y efectuar los trámites del registro automotor ante el Organismo competente.

b. Asimismo es responsable de realizar la entrega de los vehículos identificados a las unidades organizativas que solicitaron su compra.

7.5. DEL MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE VEHÍCULOS Y EQUIPOS HIDRÁULICOS

a. Los vehículos que por razones de trabajo, permanezcan en lugares diferentes a su sitio de adscripción, se les deben dar los servicios de mantenimiento y reparación, considerando los siguientes aspectos:

���� Las reparaciones de emergencia cuyo monto sea inferior a quince (15) unidades tributarias podrán ser realizadas por el usuario del vehículo, presentando luego las facturas correspondientes para su cancelación ante la unidad que haya presupuestado el gasto.

���� Las reparaciones y mantenimiento cuyo monto sea mayor a quince (15) unidades tributarias deben ser realizadas a través de las Unidades de Transporte en sitio, previa autorización vía fax de la unidad de adscripción y el conforme de la Unidad de Formulación y Control Presupuestario, indicando disponibilidad presupuestaria, partida y estructura a la cual será cargado dicho gasto.

c. Todas las unidades de transporte, a nivel nacional, están en la obligación de prestar servicio de reparación y mantenimiento a los vehículos de la empresa.

d. La División de Transporte adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes y las unidades de transporte de las zonas, deben elaborar los planes de mantenimiento a ser aplicado para los diferentes tipos de vehículos y equipos mecánicos e hidráulicos que posee la empresa (según las especificaciones del punto 7.8. y 7.9.). Dichos planes deben ser enviados a la División de Transporte adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes para efectos de control y seguimiento.

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e. La División de Transporte adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes, debe velar por el cumplimiento de los planes mencionados en el punto 7.5.d. coordinando con las unidades organizativas la disponibilidad del vehículo para llevar a cabo la programación del mantenimiento del mismo y equipos hidráulicos asignados, a los efectos de tomar las previsiones pertinentes.

f. Cuando un vehículo sea entregado por la División de Transporte adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes, la unidad de transporte o por la unidad usuaria debe llenarse el formulario: Control de Vehículo, indicando las condiciones generales del vehículo y los equipos y accesorios que contenga, ya sea para casos de mantenimiento, reparaciones, prestamos, asignaciones y traspasos.

g. La División de Transporte adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes y las unidades de transporte son responsable de tramitar, vigilar y controlar la ejecución de los trabajos de mantenimiento o reparación de los vehículos del parque automotor.

h. La División de Transporte adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes y las unidades de transporte deben llevar un registro de los talleres que presten servicio a la empresa controlando el cumplimiento de estos, efectuando evaluaciones periódicas de calidad, responsabilidad y precios.

i. Las unidades organizativas que requieran los servicios de mantenimiento y reparación para los vehículos que tengan asignados, deben efectuar los trámites correspondientes ante la División de Transporte adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes, de acuerdo al procedimiento establecido.

j. La División de Transporte adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes y las unidades de transporte, son responsables de registrar y mantener actualizado el expediente de cada vehículo, en cuanto a los servicios de mantenimiento y reparación realizada.

k. Semanalmente o cuando se produzca el cambio de usuario de un vehículo, la División de Transporte adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes y las unidades de transporte deben llenar el formulario: Reporte de Vehículos.

l. Cada vez que un vehículo sale de la empresa el conductor debe llenar el formulario: Pase de Salida / Vehículo de la Empresa.

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7.6. DE LA INSPECCIÓN DIARIA

a. Cada día, el vehículo o equipo debe ser inspeccionado visualmente para detectar fallas menores antes que comiencen a ser graves.

b. Durante esta inspección, el operador debe observar al vehículo o equipo, para detectar si algo está fuera de lo común, que tal vez de inicio a un problema. Asimismo antes de comenzar la inspección y el mantenimiento diario, debe:

���� Revisar el nivel de aceite en el motor (en frío y en superficie plana).

���� Revisar el nivel de aceite en la transmisión automática (en caliente y en superficie plana).

���� Revisar el nivel de agua en el radiador (en frío) y el depósito de agua del limpia parabrisas.

���� Revisar el nivel de liga de la bomba de freno y el embrague.

���� Revisar el nivel de aceite de la bomba de la dirección hidráulica.

���� Revisar el funcionamiento de las luces del vehículo (altas, bajas, emergencia, interior, matrícula, retroceso, entre otros. Reparar o sustituir de ser necesario).

���� Revisar el funcionamiento de la corneta.

���� Comprobar la presión en los cauchos en frío y su estado físico, incluso en el caucho de repuesto.

���� Verificar el apropiado funcionamiento de los frenos de estacionamiento.

c. En caso de encontrar alguna anomalía, debe notificarlo por escrito a su supervisor inmediato.

7.7. DE LA INSPECCIÓN SEMANAL

a. Semanalmente el usuario del vehículo debe revisar:

���� Los bornes y el nivel de líquido en la batería.

���� El funcionamiento de los indicadores en el tablero (temperatura, presión, amperaje, kilometraje, gasolina, entre otros.)

���� El funcionamiento del embrague, en caso de tratarse de un vehículo sincrónico.

���� El funcionamiento de los frenos.

���� La tensión y estado de las correas, verificar la alineación de las poleas (sustituir en caso de presentar fallas).

���� El sistema limpia parabrisas.

b. En caso de encontrar alguna anomalía, debe notificarlo por escrito a su supervisor inmediato.

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7.8. DEL MANTENIMIENTO PERIÓDICO EN TALLERES DE SERVICIO

a. Cada 5.000 Km. en vehículos de gasolina y cada 3.000 Km. en vehículos Diesel, o cuando las condiciones operativas de los mismos así lo requieran, la División de Transporte adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes,debe mandar a efectuar en talleres de servicio, el siguiente mantenimiento:

���� Revisión del nivel de aceite en el diferencial y reponer de ser necesario.

���� Revisión del filtro purificador del aire, cambiar de ser necesario.

���� Cambio del aceite y filtro del motor.

���� Lavado y engrase para aquellas zonas en las cuales las condiciones ambientales sean abrasivas (zonas salitrosas se recomienda efectuarlo cada 15 días).

���� Engrase de las bisagras, cerraduras y todas las partes móviles metálicas.

���� Inspección de las bandas, pastillas, discos, y tambores de frenos.

b. Cada 10.000 Km, en vehículos de gasolina y cada 5.000 Km. en vehículos Diesel a petición de la unidad de adscripción o cuando las condiciones operativas así lo requiera la División de Transporte adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes, debe ordenar a efectuar en talleres de servicios el siguiente mantenimiento:

���� Inspección de las tuberías del aceite y freno. Observar si hay fugas, roces, perforaciones o desgastes (repare de ser necesario).

���� Inspección de las mangueras y ajustar las abrazaderas o cambiarlas de ser necesario.

���� Revisión del sistema de tubo de escape.

���� Revisión, limpieza y ajuste de los frenos.

���� Revisión del sistema de amortiguación (amortiguadores, ballestas y gomas).

���� Limpieza y mantenimiento del radiador (si es necesario).

���� Entonación (cambio de bujías, platino, condensador y filtro de gasolina, cables de bujías, limpieza de carburador ó inyectores, cambio de kits de carburador, ajuste de válvulas, de ser necesario) para vehículos a gasolina. En vehículos Diesel filtro de combustible, limpieza de los inyectores, radiador y ajuste de válvulas si es necesario.

���� Revisión de las bases del motor y de la caja.

���� Revisión y ajuste, si es preciso, de las bases del radiador y sujeción cierre del capot.

���� Alineación y balanceo.

���� Engrase de los rodamientos de las puntas de eje.

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���� Revisión del interior de la carrocería y la tapicería (hacer recomendaciones en cada caso).

c. El mantenimiento Overhaul debe realizarse después de los 200.000 Km o cinco (5), si el vehiculo lo requiere.

7.9. DE LA INSPECCION Y MANTENIMIENTO PREVENTIVO A EQUIPOS HIDRAULICOS

Cada día, la unidad debe ser inspeccionada visualmente para detectar fallas menores antes que comiencen a ser serios. Durante esta inspección, el operador debe observar a la unidad, para descartar cualquier irregularidad y prestar particular atención antes de comenzar la:

7.9.1. Inspección y el mantenimiento diario del Hidro-elevador

a. Chequear el indicador de nivel de aceite. Agregar aceite hidráulico hasta el nivel apropiado si es necesario.

b. Revisar que no existan partes sueltas. Reparar, reemplazar o ajustar según se requiera.

c. Revisar la unidad por fugas de aceite en mangueras, cilindros hidráulicos, motor y bomba hidráulica. Reparar, reemplazar o ajustar según se requiera.

d. Verificar la buena condición de la tornillería, tuercas, retenes y pernos. Prestar particular atención al reten de los estabilizadores, los tornillos de montaje de la cesta, los tornillos traba de pernos, tuercas autofrenantes, y los tornillos de fijación de la corona de giro en el pedestal y columna.

e. Inspeccionar todas las soldaduras por señales de fatiga que se manifiesten como grietas (ver anexo 1).

���� La unión del pedestal con la base

���� Las uniones de los cilindros hidráulicos con los brazos

���� Soldaduras en cada extremo de estos cilindros

���� Soldaduras de los laterales de columna con la placa base

���� La soldadura que une la placa soporte de la cesta con el eje de la misma

���� Una soldadura sospechosa puede requerir una inspección más detallada, tal como una prueba de tinta penetrante.

f. Las líneas hidráulicas deben inspeccionarse para detectar conexiones flojas y desgaste de camisas. Observe cuidadosamente las mangueras que pasan por las siguientes zonas:

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���� Articulación columna – primer brazo

���� Articulación primer brazo – segundo brazo

���� Articulación segundo brazo – soporte cesta

g. Verificar la operación de todos los comandos. El regreso de los comandos a la posición neutral debería ser automático.

h. Limpiar el área que rodea el depósito de aceite si está sucia, ya que el conducto de ventilación puede taparse.

i. Inspeccionar las zonas de los brazos que posean fibra de vidrio, ya que por acumulación de suciedad u otro contaminante puede disminuir su capacidad de aislamiento. Limpiar los brazos con detergente suave y agua. Un spray de silicón para uso dieléctrico puede ser utilizado para mantener la calidad del aislamiento, sobre todo los días de humedad.

7.9.2. Inspección y mantenimiento semanal.

Adicional a todos los ítems listados en la inspección diaria, el operador debe:

a. Lubricar todos los puntos requeridos en el diagrama de lubricación (ver anexo 2).

b. Verificar el ajuste de todos los tornillos durante el primer mes de operación del hidro -elevador.

c. Verificar el bloqueo y desbloqueo de las válvulas de los estabilizadores.

d. Limpiar el filtro de aspiración con kerosene u otro solvente. Para ello primero debe cerrar la llave exclusa ubicada en la salida del depósito de aceite sobre el conducto de aspiración; luego sacar el filtro de la carcaza, limpiar o reemplazar si es necesario. Finalmente, colocar la tapa de la carcaza y abrir totalmente la llave exclusa.

7.9.3. Inspección y mantenimiento mensual.

Adicional a todos los ítems listados en la inspección diaria y semanal, el operador debe:

a. Verificar las buenas condiciones de la cesta. Inspeccionar si existe algún signo de fatiga alrededor de los puntos de unión, con el soporte de la misma.

b. Chequear si existen calcomanías de prevención ilegibles, dañadas o perdidas. Remplazar si es necesario (ver anexo 3).

c. Chequear visualmente el acople de la toma de fuerza (si el equipo tiene este tipo de accionamiento).

d. Observar el nivel de aceite de la transmisión.

e. Verificar si existen muescas, ralladuras o golpes en los vástagos de los cilindros hidráulicos.

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f. Chequear si existen elementos deformados, rotos o corroídos en la estructura del hidro-elevador.

g. Observar que la cesta esté nivelada apropiadamente.

h. Chequear la cadena del sistema de nivelación.

i. Chequear todos los elementos de seguridad audible y visible.

j. Inspeccionar si en los comandos y sus mecanismos hay un desgaste excesivo de los componentes, materiales extraños depositados o alguna otra condición que pudiera interferir con el adecuado funcionamiento.

k. Chequear tensión y desgaste de las correas del accionamiento de la bomba (si la unidad posee embrague electromagnético).

l. Inspeccionar si hay fugas, deformaciones anormales o excesiva abrasión en los accesorios, mangueras y tuberías hidráulicas.

m. Verificar que no haya fugas, tornillos faltantes, ruidos o vibraciones inusuales, lentitud en la velocidad de operación o excesivo calentamiento en la bomba y la caja de giro.

n. Observar la cabeza de los pernos para verificar que tengan la traba preventiva de rotación.

o. Chequear que las válvulas de corte estén funcionando adecuadamente.

7.9.4. Inspección y mantenimiento semestral

Incluye todos los ítems listados en la inspección diaria, semanal y mensual más:

a. Cambiar el filtro de retorno. Este debe ser un filtro nominal de 10 micrones. Chequear que no existan elementos extraños en la línea de retorno que pueda indicar deterioro de otros componentes.

b. Inspeccionar la limpieza del aceite hidráulico. Si este se ve turbio o sucio, drénelo y reemplácelo.

c. Chequear que todos los puntos móviles del hidro-elevador no tengan un desgaste excesivo o inusual.

d. Verificar que no haya excesivo desgaste en los estabilizadores.

e. Chequear las válvulas hidráulicas para detectar grietas y fugas entre otros.

f. Chequear el torque de los tornillos de montaje del sobre chasis.

g. Chequear el torque de los tornillos de fijación de la corona de giro: el valor correcto es 18 kgm (1800 kgcm).

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h. Observar si hay corrosión en las partes de acero. Los puntos herrumbrados se deben cepillar, dar una capa de antióxido y pintar.

i. Chequear si existen elementos deformados, desgastados, agrietados o corroídos, tales como pernos, coronas, cadenas, piñones, ejes, entre otros.

j. Verificar el ajuste de los tornillos que fijan la caja de giro.

k. Observar que estén en su lugar cobertores y protectores.

l. Observar que no haya desgaste en los cables del circuito eléctrico, especialmente en los puntos de mayor fricción.

m. Realizar un completo chequeo operacional de todos los mandos de elevación, giro y plegado de la unidad. Ciclar tres veces cada mando.

n. Verificar la presión del circuito hidráulico y realizar los ajustes necesarios.

o. Realizar la prueba eléctrica, en equipos aislados, según ANSI A92.2.

7.9.5. Inspección y mantenimiento anual

Anualmente a solicitud de la unidad de adscripción del vehículo, la Dirección Ejecutiva de Logística / Gerencia de Gestión de Bienes / División de Transporte, debe mandar a efectuar en taller de servicio, el mantenimiento anual de la unidad, el cual incluye todos los ítems listados en la inspección diaria, semanal, mensual, semestral además de:

a. Verificar el juego entre pernos y bujes; si este es excesivo, será necesario reemplazar los bujes.

b. Cambiar el aceite hidráulico.

7.10. DE LOS ACCIDENTES (CHOQUE, COLISIÓN, VOLCAMIENTO, INCENDIO Y ARROLLAMIENTO)

a. El usuario debe notificar a las autoridades de transporte terrestre del accidente ocurrido, y esperar el levantamiento del mismo en el lugar de los hechos, siempre y cuando esté en condiciones de hacerlo, en caso contrario debe realizar una declaración jurada para hacer efectivo los trámites administrativos y obtener la debida indemnización del siniestro ante el seguro.

b. El usuario debe notificar a su supervisor inmediato del accidente ocurrido en un plazo no mayor de veinticuatro (24) horas, a los fines de que éste efectúe los trámites correspondientes ante la División de Seguros de Bienes Patrimoniales, División de Transporte y a la Gerencia de Seguridad Industrial para las acciones a que haya lugar.

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c. La División de Transporte adscrita a la Gerencia de Gestión de Bienes, debe levantar un informe de los hechos con todos sus soportes y enviar copia del mismo a la División de Seguros de Bienes Patrimoniales para ser utilizado en la tramitación del siniestro ante la compañía de seguros y anexarlo al expediente del vehiculo.

8. ANEXOS 8.1. Anexo Nº 1 Esquema de Soldaduras Críticas

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8.2. Anexo Nº 2 Tabla y Diagrama de Lubricación

LETRA ÍTEM Nº COMPONENTE INTERVALO MÉTODO CANTIDAD DE PUNTOS DE

LUBRICACIÓN

A 1 Dientes de la corona de giro. Mensual Aerosol 1

A 2 Dientes del piñón de la corona de giro. Mensual Aerosol 1

B 3 Sección externa e interna de la corona de giro. Mensual Grasera 2 y 2

B 4 Caja reductora de giro Mensual Grasera 1

D 5 Caja reductora de giro Semestral Aceitera 1

B 6 Estabilizadores extensibles Mensual Pincel 16 Lados

A 7 Cadenas de nivelación Aerosol Aerosol 4 Extremos

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8.3. Anexo Nº 3 Calcomanías de Seguridad de los Equipos Hidráulicos

9. BIBLIOGRAFÍA

Manual de Operación y Mantenimiento de Hidro-Elevadores. Hidro Grubert. Primera Edición. Córdoba Argentina.