mendoza, resolucion n° 2254bases.mendoza.edu.ar/aplicaciones/legales/gestion/... · 2015-10-20 ·...

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Drew& Geri-1 de Escue:as 9JJ GOBIERNO DE MENDOZA DirecciOn General de Escuelas RESOLUCION N° 2254 MENDOZA, 2 5 SEP 2015 VISTO, la Ley de Educaci6n Nacional N°. 26.206, Ia Resoluci6n N° 445-DGE-13 y la ResoluciOn N° 239-CFE-14 (Consejo Fe- deral de EducaciOn) (Expediente N° 9946-D-15-02369); y CONSIDERANDO: Que entre los fines y objetivos de la Ley de Educaci6n Nacional (LEN) se prescribe brindar una educaci6n integral, corn- prometida con los valores êticos y democraticos de participaciOn, libertad, solidari- dad y respeto a los derechos humanos; Que la Ley N° 26.206 de EducaciOn Nacional tambièn expresa que debe asegurarse la participaciOn democratica de docentes, fa- milias y estudiantes en las dinâmicas institucionales de las escuelas de todo el pais; Que la DirecciOn General de Escuelas ha im- plementado la ResoluciOn N° 445-DGE-13 en la que se explicita la Politica Provincial de Convivencia Escolar, cuyos objetivos fundamentales son promover un estilo de corivivencia para Ia resoluciOn pacifica de conflictos y orientar la elaboraciOn de nor- mas institucionales y procedimientos para el abordaje de relaciones institucionales satisfactorias; Que desde la DirecciOn de EducaciOn Secunda- ria, la DirecciOn de EducaciOn Têcnica y Trabajo, la DirecciOn de EducaciOn Privada y la DirecciOn de OrientaciOn y Apoyo Interdisciplinario a las Trayectorias Escolares (D.O.A.I.T.E.) se ha realizado un amplio seguimiento, asesoramiento y acompana- miento en Ia implementaciOn de la ResoluciOn N° 445-DGE-13, en las instituciones educativas; Que se han efectivizado distintas capacitacio- nes a supervisores, equipos directivos, profesionales de los equipos de orientaciOn, preceptores y estudiantes, con el fin de profundizar en el espiritu inclusivo y repara- dor de is Politica de Convivencia; Que en los meses de febrero y marzo del pre- sente ciclo lectivo, desde la D.O.A.I.T.E., se Ilev6 a cabo una encuesta que congregO las opiniones calificadas de diferentes actores del sistema educativo con el objeto de conocer inquietudes e ideas sobre los aspectos formales de la normativa y, de esta manera, enriquecer Ia Politica Provincial de Convivencia Escolar, con los aportes de tod comunidad educativa;

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Page 1: MENDOZA, RESOLUCION N° 2254bases.mendoza.edu.ar/aplicaciones/legales/gestion/... · 2015-10-20 · Drew& Geri-1 de Escue:as 9JJ GOBIERNO DE MENDOZA DirecciOn General de Escuelas

Drew& Geri-1de Escue:as

9JJ

GOBIERNO DE MENDOZADirecciOn General de Escuelas

RESOLUCION N°

2254

MENDOZA,2 5 SEP 2015

VISTO, la Ley de Educaci6n Nacional N°.26.206, Ia Resoluci6n N° 445-DGE-13 y la ResoluciOn N° 239-CFE-14 (Consejo Fe-deral de EducaciOn) (Expediente N° 9946-D-15-02369); y

CONSIDERANDO:

Que entre los fines y objetivos de la Leyde Educaci6n Nacional (LEN) se prescribe brindar una educaci6n integral, corn-prometida con los valores êticos y democraticos de participaciOn, libertad, solidari-dad y respeto a los derechos humanos;

Que la Ley N° 26.206 de EducaciOn Nacionaltambièn expresa que debe asegurarse la participaciOn democratica de docentes, fa-milias y estudiantes en las dinâmicas institucionales de las escuelas de todo el pais;

Que la DirecciOn General de Escuelas ha im-plementado la ResoluciOn N° 445-DGE-13 en la que se explicita la Politica Provincialde Convivencia Escolar, cuyos objetivos fundamentales son promover un estilo decorivivencia para Ia resoluciOn pacifica de conflictos y orientar la elaboraciOn de nor-mas institucionales y procedimientos para el abordaje de relaciones institucionalessatisfactorias;

Que desde la DirecciOn de EducaciOn Secunda-ria, la DirecciOn de EducaciOn Têcnica y Trabajo, la DirecciOn de EducaciOn Privaday la DirecciOn de OrientaciOn y Apoyo Interdisciplinario a las Trayectorias Escolares(D.O.A.I.T.E.) se ha realizado un amplio seguimiento, asesoramiento y acompana-miento en Ia implementaciOn de la ResoluciOn N° 445-DGE-13, en las institucioneseducativas;

Que se han efectivizado distintas capacitacio-nes a supervisores, equipos directivos, profesionales de los equipos de orientaciOn,preceptores y estudiantes, con el fin de profundizar en el espiritu inclusivo y repara-dor de is Politica de Convivencia;

Que en los meses de febrero y marzo del pre-sente ciclo lectivo, desde la D.O.A.I.T.E., se Ilev6 a cabo una encuesta que congregOlas opiniones calificadas de diferentes actores del sistema educativo con el objeto deconocer inquietudes e ideas sobre los aspectos formales de la normativa y, de estamanera, enriquecer Ia Politica Provincial de Convivencia Escolar, con los aportes de

tod comunidad educativa;

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GOBIERNO DE MENDOZADirecciOn General de Escuelas

2 5 SEP 2015

RESOLUCION N° 2 2 5 4Expediente N° 9946-D-15-02369

Que los resultados de las encuestas revelan un

amplio respaldo a los lineamientos centrales de la normative tendientes a lograr la

aplicacion plena y efectiva de la misma;

Que los distintos actores institucionales encues-

tados han realizado propuestas de mejoramiento respecto de los siguientes temas:

categorizaciOn de las faltas, implementaciOn de acciones reparadoras y seguimiento

de las mismas, los cuales han sido tenidos en cuenta para la presente resoluciOn;

-2

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE ESCUELASRESUELVE:

Articulo lro.- SustitOyase el punto 13 del Anexo IV de la ResoluciOn N° 445-

DGE-13, el que quedara redactado de la siguiente manera:

"Para la aplicacion de las sanciones, adembs de los criterios especificados en lospuntos 9, 10, 11 y 12, de la ResoluciOn N° 445-DGE-13, tambien se deberbn tener encuenta los factores que se detallan a continuaciOn, los cuales pueden catalogarsecoma atenuantes o agravantes segOn Ia situaciOn en la que acontece el hecho:

Edad: Refiere a la mayor o menor capacidad de comprension respecto de la conduc-ts transgresora; entendiendo que a menor edad existiria menor capacidad de corn-

prensiOn.

ReiteraciOn: La mayor cantidad de veces en Ia comisi6n de la misma falta se consti-

tuye en un factor agravante.

Pluralidad de actores: La mayor cantidad de actores que intervienen en el hecho seconstituye en un factor agravante para la aplicacion de la sanci6n correspondiente.

Actitud del alumno/a posterior a Ia transgresiOn: La reflexiOn y compresion res-pecto de la responsabilidad del estudiante ante la falta cometida se constituye en unfactor atenuante. La no reflexiOn y comprensi6n respecto de la responsabilidad en la

comisiOn de la falta es un factor agravante."

Dirigidas a Escuela(edificio

Si mismoTerceros pares Terceros escolar, mobiliario

escolar, identidad

Acciones(compalieros) Adultos, otros institucional del

establecimiento)

Segiin el perjuicioo dano ocasiona-

doLeve Moderada Intermedia Intermedia

Segi'm existe dab. ° Grave* o extre-Extre madamente

Grave* o extre-

y riesgo asociado Grave madamente gra-grave

madamente gra-

al hecho ye ve

/4

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GOBIERNO DE MENDOZADirecciOn General de Escuelas

25 SEP 2015- 3 -

RESOLUCION N° 2 2 5 4Expediente N° 9946-D-15-02369

* En aquellos casos en que la magnitud del hecho cometido hacia terceros pares, el mobiliario o laimagen social de la instituci6n sea lo suficientemente importante, la falta puede ser considerada ex-trernadamente grave.

Articulo 2do.- SustitOyase el punto 14 del Anexo IV de la ResoluciOn N° 445-

DGE-13, el que quedara redactado de la siguiente manera:

"limites innegociables: Hay ciertos limites que reflejan consensos universales de

las sociedades democraticas. Son limites que hacen al respeto por la dignidad de

todas las personas y al reconocimiento de sus derechos. En este sentido, SOLO se

consideran como limites innegociables las formas enunciadas a continuaciOn:

Direscian Geraraide Escueles • Cuando Ia transgresiOn implique un atentado contra Ia vida de OTRA persona.

• Cuando la conducta sancionada produzca una LESION GRAVISIMA EN OTRA

PERSONA.

• Cuando la conducta sancionada implique Ia PORTACION DE ARMAS. Se debera

tener en cuenta para ello la ResoluciOn N° 636-DGE-14 GUIA DE PROCEDIMIEN-

TOS ANTE SITUACIONES EMERGENTES EN LAS ESCUELAS DE NIVEL SE-

CUNDARIO, punto 4: Presencia de armas en las escuelas.

• Cuando la conducta transgresora implicare un delito contra la integridad sexual.

Ante la existencia de tales conductas depera convocarse al Consejo de Convivencia

Escolar en forma . extraordinaria e inmediata, a fin de tomar medidas que resguarden

el derecho de Ia persona agredida y se apliquen sanciones al agresor, tal como lo

indica el ICE de 4 a 0 puntos.

Cuando la decision que tome el Consejo de Convivencia Escolar sea el cambio de

escuela, el/la Director/a deberb notificar fehacientemente a los padres, responsables

o tutores y a la Supervision correspondiente de Ia sancian aplicada. El/la Supervi-

sor/a, conjuntamente con el/la director/a de la escuela saliente, deberán realizar los

actos Utiles tendientes a que el estudiante sancionado continue sus estudios en otra

instituciOn. Por lo tanto, se espera que las otras instituciones educativas que forman

parte de esa supervision o de una supervision cercana al domicilio del alumno san-

cionado, accedan a incluir jOvenes que hayan descendido en la trayectoria de convi-

vericia, obteniendo un ICE de entre 4 y 0 puntos."

Articulo 3ro.- SustitOyase el punto 19 del Anexo IV de la ResoluciOn N° 445-

DGE-13 I que quedara redactado de Ia siguiente manera:

///

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Diresción Generalde Escueles

GOBIERNO DE MENDOZADirecciOn General de Escuelas

2,5 SEP. 2015

- 4 -RESOLUCION N°

2 2 5 4Expediente N° 9946-D-15-02369

...111

"DeterminaciOn de puntajes segOn las faltas:

El puntaje que se resta seg0n la falta cometida es el siguiente:

Falta Leve: Se resta 1 punto del ICE

Falta Moderada: Be restan entre 2 y 3 puntos del ICE

Falta Intermedia: Se restan entre 4 y 6 puntos del ICE

Falta Grave: Se restan entre 7 y 9 puntos del ICE

Falta Extremadamente Grave: Se restan entre 10 y 12 puntos del ICE

* Frente a la falta cometida por el estudiante, la quita de puntos viene a representar

el caracter sancionatorio por parte de la escuela y la realizaciOn de las actividadesreparatorias, el caracter constructivo y de toma de conciencia sobre la norma vul-

nerada.

* Cada uno de los puntos del ICE que el estudiante va restando a lo largo del ciclo

lectivo, pueden ser recuperados, mediante la elaboraciOn y realizaciOn de acciones

reparatorias.

* Las escuelas deben arbitrar los medios para que los padres se notifiquen, fehacien-

temente, al comienzo del ario, del Acuerdo de Convivencia Escolar elaborado en el

Consejo de Convivencia Escolar. Tal firma se constituye en un aval frente a las ac-

ciones reparadoras propuestas a los estudiantes ante faltas leves, moderadas e in-

termedias.

* Para el caso de las faltas graves y extremadamente graves, las acciones reparado-

ras seran consensuadas entre estudiantes y escuela: Equipo Directivo acompanado

del equipo de orientaciOn y/o preceptores y/o Consejo de Convivencia Escolar y ava-

ladas por sus padres mediante una notificaciOn citada para tal fin.

* Los tiempos para decidir la acciOn reparadora y de realizaciOn de las mismas seimplementaran segOn la categorizaciOn de Ia falta:

Falta Leve y Moderada: durante el transcurso de una semana.

Falta Intermedia: durante el transcurso de dos semanas.

Falta Grave: durante el transcurso de tres semanas.

Falta Extremadamente Grave: durante el transcurso de cuatro semanas.

Pasad• el lapso estipulado para la realizaciOn de Ia acci6n reparadora en cada cate-

go o hay posibilidad de reparaciOn.

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GOBIERNO DE MENDOZADirecciOn General de Escuelas

2 5 SEP 2015-5

RESOLUCION N°

2254Expediente N° 9946-D-15-02369

Para el caso de faltas graves o extremadamente graves, cuando el estudiante realiza

la acciOn reparadora, recuperarb el 50% del puntaje restado por esa falta. Si el estu-

diante demuestra un cambio de conducta, el cual sera constatado conjuntamente

entre el directivo, profesional del equipo de orientaciOn y preceptor, recuperara el

50% restante por la falta cometida.

• ICE Estrategias a desarrollar que se implementan en la escuela

Alumnos/as

con un ICE:

Favorecer iniciativas o proyectos que busquen fortalecer las buenas practicas entorno a la convivencia de estos estudiantes.

Propiciar la participaciOn de estos estudiantes en estrategias de promociOn de la25

convivencia escolar, para aquellos alumnos/as que hayan restado puntos del ICEy estan interesados en mejorar el puntaje.

Alumnos/as

con un ICE:

Trabajar con estos estudiantes en forma preventiva, a fin que no decaiga elpuntaje actual.

Lograr consenso en actividades reparadoras de tipo preventivo con los estudian-24/20

tes involucrados, a fin de recuperar los puntos restados.

Alumnos/as Contemplar el trabajo desde la elaboraciOn y realizaciOn de acciones reparatoriasque involucre a su comunidad educativa para que su situaciOn actual no se conti-

con un ICE: nOe profundizando.

19/15 Dar participaciOn a: a) Equipos de orientaciOn, b) los padres, encargados otutores, a los fines de consensuar junto con el estudiante estrategias de repara-ciOn pertinentes.

Alumnos/as Contemplar el trabajo desde la elaboraciOn y realizaciOn de acciones reparatoriassocio-comunitarias, con el objetivo de que su situaciOn actual no se continue pro-

con un ICE: fundizando.

14/10 Dar participación a: a) Consejo de Convivencia Escolar, b) Equipos de

OrientaciOn, c) los padres, encargados o tutores, a los fines de consensuarjunto con el estudiante las estrategias de reparaciOn pertinentes.

/711

* Los padres, encargados o tutores deben estar informados peri6dicamente de la va-

riaciOn del ICE del hijo/a. Ej. Jorge R. ICE Oct-2012= 14/ 25; lo que significa que el

joven R. ha restado 11 puntos del ICE, Ilegando a 14 puntos de los 25 iniciales. Por

lo tanto, la situaciOn del mismo es riesgosa. El objetivo es que puedan ser notificados

de la trayectoria de convivencia del hijo/a para poder anticipar posibles estrategias de

resoluciOn, antes de Ilegar a las sanciones extremas.

* Se sugiere orientar las estrategias de abordaje a las sanciones, teniendo en cuenta

el puntaje del ICE, de la siguiente forma:

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Daeacidd Godard:de Escuelas

or, conjuntamente con el preceptor y/o el profesional del equipo de orientaciOn.di

GOBIERNO DE MENDOZADirecciOn General de Escuelas

25 SEP 2015

- 6 -RESOLUCION N° 2 2- 5 4

Expediente N° 9946-D-15-02369

Alumnos/as Dar IntervenciOn a: a) Consejo de Convivencia Escolar, b) Equipos de

con un ICE:OrientaciOn, c) padres, encargados o tutores, con el fin de evaluar la posibili-dad de cambio de curso, de turno, suspension de la escolaridad del alumno de 1

9/5 a 2 dies de clase.

Puede impedir dicha medida a traves de la realizaciOn de estrategias de repara-ciOn, consensuadas con el Consejo de Convivencia Escolar y el Equipo de Orien-taciOn.

Alumnos/as Dar participaciOn a: a) Consejo de Convivencia Escolar, b) Equipos de

con un ICE:OrientaciOn, c) padres, encargados o tutores, a los fines de evaluar la posibili-dad de suspension de 2 a 3 di gs de clases, el cambio de escuela o instancia de

4/0 trayectoria alternativa, cuando la escuela sea la Unica oferta o modalidad en lazona o cuando el Consejo lo considere pertinente.

En aquellas situiciones en que el estudiante tenga un ICE de 4 a 0 y se de lugar a lamedida de cambio de curso, turno o escuela, el mismo pasa a la nueva instancia conun 30% del ICE inicial con que comenz6 el ciclo lectivo; es decir, con 8 puntos, quese abordaran de acuerdo a las estrategias descriptas en el presente anexo."

Articulo 4to.- SustitOyase el punto 21 del Anexo IV de la ResoluciOn N° 445-

DGE-13, el que quedara redactado de la siguiente manera:

"Ante una falta:

• Deber de informar: todo actor institucional que observe una transgresi6n a la norma

tiene que comunicar necesariamente y de inmediato, lo ocurrido a las autoridades

escolares.

• ClasificaciOn de una falta: La clasificaciOn de la misma en leve, moderada, inter-

media, grave o extremadamente grave, se realiza segOn la categorizaciOn ya expues-

ta en el ACUERDO DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

La categorizaci6n de una falta como leve o moderada, la realiza el profesor que ob-

serva la falta o el preceptor.

En caso de faltas intermedias, la categorizaciOn la realiza conjuntamente el profe-

sional del equipo de orientaci6n, el preceptor del curso o un profesor.

En caso de faltas graves o extremadamente graves, la categorizaciOn la realiza el

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de GARROecretaria de aneamlento

aluaclOn de la Calidad Educatles)IRECCION GENERAL DE EBDUELAS

Prof MARIA INES ABRILE DE VOLLMER

DIRECTORA GENERA DE ESCUELAS

DIRECCION GENERAL DE ESCUELASGOBIERNO DE MENDOZA

GOBIERNO DE MENDOZADirecciOn General de Escuelas

25) EP. 20157 - e

RESOLUCION N° 2 2 5 4Expediente N° 9946-D-15-02369

Direecidn Ganaralde Escuetas

• Resta de puntos del ICE: La quita de puntos la realiza la misma persona o lasmismas personas que clasificaron la falta. Por ejemplo, si es una falta intermedia, lapuede realizar el equipo de orientaciOn, el preceptor o el profesor del curso.

• Seguimiento de las acciones reparatorias: Esta tarea la realiza el director y/oprofesional del equipo de orientaciOn y/o preceptor y/o Consejo de Convivencia Esco-lar, segOn corresponda.

• Para tipificar la falta sera necesario tener en cuenta lo expresado en el punto 10, 11 y12 de la ResoluciOn N° 445-DGE-2013, del presente marco normativo".

Articulo 5to.- Publiquese en el Boletin Oficial, comuniquese a quienes co-rresponda e insêrtese en el Libro de Resoluciones.