marcos orientaciones

33
¡¡¡ BIEN VENIDAS QUERIDAS MAESTRAS ¡ ¡¡

Upload: pipe-barradas

Post on 29-Jun-2015

148 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Marcos  orientaciones

¡¡¡ BIENVENIDAS

QUERIDAS MAESTRAS ¡¡¡

Page 2: Marcos  orientaciones

PRIMERA REUNIÓN ESTATAL CON DIRECTIVOS DE EDUCACIÓN ESPECIALCICLO ESCOLAR 2012-2013

FECHA: 19 y 20 de septiembre de 2012SEDE: Hotel Villa Margaritas CaxaHORARIO: 9:00 a 20:00 horasPARTICIPANTES: Coordinadores Técnicos, Supervisores Escolares, Jefes de Sector, Asesores Técnico-Pedagógicos, Jefes de Departamento y Directora de Educación Especial. PROPOSITO: Fortalecer el liderazgo académico de los directivos a través del análisis de la política educativa actual para que brinden asesoría y acompañamiento a los servicios bajo su responsabilidad en el logro de la misión.

Page 3: Marcos  orientaciones

PRIMERA REUNIÓN ESTATAL CON DIRECTIVOS DE EDUCACIÓN ESPECIALCICLO ESCOLAR 2012-2013

AGENDA

 PRIMER DÍA: 1. Bienvenida 2. Modelo de Gestión3. Evaluación Formativa4. PAT de la Dirección E.E.Comida5. Presentación del documento “Orientaciones Generales para el Funcionamiento de los Servicios de Educación Especial del Estado de Veracruz”6. Valoración de la sesión de trabajo.SEGUNDO DÍA: Cada Departamento desarrollará su agenda por separado.

A T E N T A M E N T E LIC. DELFINA CUEVAS AGUILAR

DIRECTORA

Page 4: Marcos  orientaciones

“Orientaciones Generales para el Funcionamiento de los Servicios de Educación Especial del Estado de Veracruz”

Page 5: Marcos  orientaciones

1er. ApartadoDISPOSICIONES GENERALES

• Especifica los elementos normativos en materia de recursos humanos, materiales, calendario escolar y actividades cívicas y culturales que se realizan en la institución.

Basado en:• Reglamento de las Condiciones Generales de

Trabajo del Personal de la SEP.• Reglamento interior de la SEV.

Page 6: Marcos  orientaciones

MARCO LEGALCONSTITUCIÓN POLÍTICA

ARTICULO 133. ESTA CONSTITUCION, LAS LEYES DEL CONGRESO DE LA UNION QUE EMANEN DE ELLA Y TODOS LOS TRATADOS QUE ESTEN DE ACUERDO CON LA MISMA, CELEBRADOS Y QUE SE CELEBREN POR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, CON APROBACION DEL SENADO, SERAN LA LEY SUPREMA DE TODA LA UNION. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 18 DE ENERO DE 1934)

ARTICULO 1o. EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS TODAS LAS PERSONAS GOZARAN DE LOS DERECHOS HUMANOS RECONOCIDOS EN ESTA CONSTITUCION Y EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES DE LOS QUE EL ESTADO MEXICANO SEA PARTE, ASI COMO DE LAS GARANTIAS PARA SU PROTECCION, CUYO EJERCICIO NO PODRA RESTRINGIRSE NI SUSPENDERSE, SALVO EN LOS CASOS Y BAJO LAS CONDICIONES QUE ESTA CONSTITUCION ESTABLECE. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 10 DE JUNIO DEL 2011)

Page 7: Marcos  orientaciones

MARCO LEGALArt.2º.Todo individuo tiene derecho a recibir educación y, por

lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional…

Artículo 32“Las autoridades educativas tomarán medidas tendientes a

establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada individuo, una mayor equidad educativa, así como el logro de la efectiva igualdad en oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos”.

Artículo 41 Tratándose de menores de edad con discapacidad, esta educación propiciará su integración a los planteles de educación básica regular, mediante la aplicación de métodos, técnicas y materiales específicos. Para quienes no logren esa integración, esta educación procurará la satisfacción de necesidades básicas de aprendizaje para la autónoma convivencia social y productiva, para lo cual se elaborarán programas y materiales de apoyo didácticos necesarios.

También es responsabilidad de la educación especial la orientación a los padres o tutores, así como también a los maestros y personal de escuelas de educación básica regular de escuelas donde asistan alumnos con discapacidad y/o aptitudes sobresalientes.

Page 8: Marcos  orientaciones

MARCO LEGAL

Convención sobre los Derechos de las

Personas con Discapacidad

Art.1º.“promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente”.Artículo 24 asegurar “un sistema de educación inclusivo a todos los niveles así como la enseñanza a lo largo de la vida…”, procurando hacer efectivo este derecho “sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades”.

Ley Federal Para Prevenir Y Eliminar La Discriminación

(2008),

que en su Artículo 4, alude a la necesidad de fortalecer la respuesta social y educativa orientada por el respeto a los derechos humanos, evitando así cualquier acto discriminatorio

Ley General para la Inclusión de las

Personas con Discapacidad

Las personas con discapacidad deben gozar de todos los derechos como cualquier individuo, no deben ser sujetos de discriminación que atenten contra su dignidad, evitar entorno intimidatorio, hostil, degradante u ofensivo, debido a la discapacidad o a su condición si no por el contrario se deberán desarrollar acciones afirmativas positivas a través de apoyos de carácter específico destinados a prevenir o compensar las desventajas o dificultades que enfrentan en la incorporación y participación plena en los ámbitos de la vida política, económica, social y cultural.(art.2 LIPD)A la Secretaría de Educación Pública le corresponde promover el derecho a la educación de las personas con discapacidad, prohibiendo cualquier discriminación en planteles, centros educativos, guarderías o del personal docente o administrativo del Sistema Educativo Nacional a través de Impulsar la inclusión de las personas con discapacidad en todos los niveles del Sistema Educativo Nacional, desarrollando y aplicando normas y reglamentos que eviten su discriminación y las condiciones de accesibilidad en instalaciones educativas, proporcionando los apoyos didácticos, materiales y técnicos y cuenten con personal docente capacitado (art.12).

Page 9: Marcos  orientaciones

• Marco Legal Veracruz

Ley 822 Veracruz

Las autoridades educativas reconocerán y asegurarán el derecho de las personas con discapacidad a una educación inclusiva, de calidad y gratuita, en todos los niveles y modalidades, que permita desarrollar plenamente el potencial humano, el sentido de la dignidad y la autoestima. (art.22)La Secretaría de Educación deberá garantizar la incorporación oportuna, canalización y atención de las personas con discapacidad en todos los niveles del Sistema Educativo Estatal, con especial énfasis en la educación básica, con respeto a la sectorización, así como verificar el cumplimiento de las normas de inscripción, reinscripción, evaluación y certificación expedidas por la Secretaría de Educación Pública, para su inclusión educativa;

Page 10: Marcos  orientaciones

• Programa de Fortalecimiento de la Educación Especial y de la Integración Educativa (PROGRAMA),

• Reglas de Operación 2012 Las escuelas de educación inicial y básica deberán llevar a cabo acciones de inclusión que se caracterizarán por el trabajo colectivo, la participación social, la participación decidida de las autoridades educativas, federal, local y municipal, y; por la promoción del acceso, la permanencia y el logro de aprendizajes de los alumnos”. (DOF.2011)

Normas de Control Escolar para la Educación Básica“el personal docente de las escuelas de educación básica será el responsable de conducir en los grupos de alumnos a su cargo, el proceso de enseñanza - aprendizaje, de acuerdo con el Plan y los Programas de estudio que correspondan a cada nivel educativo, así como de realizar y registrar la evaluación del aprendizaje de los alumnos, conforme a las disposiciones establecidas”.

MARCO NORMATIVO

Page 11: Marcos  orientaciones

Acuerdo 592Por el que se establece la

Articulación de la Educación Básica

I.8. Favorecer la inclusión para atender a la diversidad

La educación es un derecho fundamental y una estrategia para ampliar las oportunidades, instrumentar las relaciones interculturales, reducir las desigualdades entre grupos sociales, cerrar brechas e impulsar la equidad. Por lo tanto, y reconociendo la diversidad que existe en nuestro país, el sistema educativo hace efectivo este derecho al ofrecer una educación pertinente e inclusiva.

…Para atender a los alumnos que, por su discapacidad cognitiva,

física, mental o sensorial (visual o auditiva), requieren de estrategias de aprendizaje y enseñanza diferenciadas, es necesario que se identifiquen las barreras para el aprendizaje con el fin de promover y ampliar, en la escuela y las aulas, oportunidades de aprendizaje, accesibilidad, participación, autonomía y confianza en sí mismos, ayudando con ello a combatir actitudes de discriminación.

Por otra parte, para atender a los alumnos con aptitudes sobresalientes, el sistema educativo cuenta con modelos de enriquecimiento escolar y extraescolar, y brinda parámetros para evaluar a quienes muestren un desempeño significativamente superior al resto de sus compañeros en el área intelectual y requieran de una promoción anticipada.

…En este sentido, a la educación básica le corresponde crear

escenarios basados en los derechos humanos y en el respeto a la dignidad humana, en los que cualquier estudiante, independientemente de sus condiciones, se desarrolle intelectual, social, emocional y físicamente y, para ello, se requiere que los docentes desarrollen empatía hacia las formas culturales y necesidades de los alumnos que pueden ser distintas a sus concepciones.

MARCO NORMATIVO

Page 12: Marcos  orientaciones
Page 13: Marcos  orientaciones
Page 14: Marcos  orientaciones

Acuerdo 648

por el que se establecen las Normas

Generales Para La Evaluación,

Acreditación, Promoción y Certificación en la Educación Básica

a) La participación activa del alumno en su formación y la constante comunicación con él sobre sus avances y posibilidades de mejora;

b) Evaluar con enfoque formativo, a partir de los aprendizajes esperados y las competencias establecidas en el currículo nacional;

c) Considerar y atender las necesidades específicas de los alumnos y de los contextos en los que se desarrollan;

d) Fortalecer la retroalimentación entre docentes, alumnos, padres de familia o tutores;e) Desarrollar una intervención pedagógica oportuna para garantizar el logro del aprendizaje, de tal

forma que la enseñanza se ajuste para mejorar el desempeño del alumno, yf) En general, concentrar todos los esfuerzos en mejorar la práctica docente y el desempeño de

los alumnos.

Artículo 2º. Señala que las disposiciones de este Acuerdo son aplicables a todos los establecimientos educativos… y se emiten sin perjuicio de las adaptaciones que sean necesarias en materia de educación indígena, especial o para adultos, así como de aquellas requeridas en términos de los contextos y las características propias de cada modalidad o servicio educativo.”

Artículo 3º, de dicho Acuerdo, plantea que la evaluación se basará en “…la valoración del desempeño de los alumnos en relación con el logro de los aprendizajes esperados y las competencias que éstos favorecen, en congruencia con los programas de estudio de educación preescolar, primaria y secundaria. Asimismo que se tomarán en cuenta las características de pluralidad social, lingüística y cultural, necesidades, intereses, capacidades, estilos y ritmos de aprendizaje de los alumnos.” (DOF.2012)

Articulo 17 En el caso de los alumnos con aptitudes sobresalientes y /o talentos específicos señala que aquellos que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa aplicable para la acreditación, promoción y certificación anticipada, podrán ser admitidos en la educación primaria o secundaria a una edad más temprana de la establecida o bien, omitir el grado escolar inmediato que les corresponda, en el mismo nivel educativo.

MARCO NORMATIVO

Page 15: Marcos  orientaciones

MARCO - CONCEPTUAL

Page 16: Marcos  orientaciones

MARCO CONCEPTUAL• DERECHO A LA EDUCACIÓN Y EDUCACIÓN DE

CALIDAD• EDUCACIÓN INCLUSIVA• DISCAPACIDAD, NEE, BARRERAS PARA EL

APRENDIZAJE Y LA PARTICIPACIÓN• ESTÁNDARES CURRICULARES Y APRENDIZAJES

ESPERADOS

Page 17: Marcos  orientaciones

DERECHO A LA EDUCACIÓN

El Estado debe ofrecer una educación de calidad que promueva el máximo desarrollo de las potencialidades de cada persona, a través de aprendizajes socialmente relevantes y experiencias educativas pertinentes a sus necesidades y a los contextos en los que se desarrollan y aprenden; sin discriminación de ninguna naturaleza, implica transitar hacia un enfoque que considere la diversidad de identidades, necesidades y capacidades de las personas, favoreciendo el pleno acceso, la conclusión de estudios y los logros de aprendizajes de todos, con especial atención a quienes se encuentren en riesgo de exclusión

La Accesibilidad de las instituciones y los programas educativosLa obligatoriedad y gratuidadLa igualdad y no discriminación

Page 18: Marcos  orientaciones

La UNESCO (2009) define la educación inclusiva como un proceso orientado a responder a la diversidad de necesidades de todos los estudiantes, prestando especial atención a aquellas personas o grupos excluidos o en mayor riesgo de ser marginados o de tener rendimientos menores a los esperados, incrementando su participación en el aprendizaje, la cultura y las comunidades, reduciendo y eliminando la exclusión en y desde la educación. (UNESCO, 2005; Ainscow y Booth, 2004)

Educación Inclusiva

Page 19: Marcos  orientaciones
Page 20: Marcos  orientaciones
Page 21: Marcos  orientaciones

BARRERAS Una de las mayores barreras que se enfrentan en las escuelas es el hecho de considerar que los docentes no están preparados para atender a la diversidad, habría que reflexionar qué puede significar la expresión “estar preparados” o “no estar preparados”, qué se entiende de esa afirmación a propósito de un supuesto “saber qué hacer” ante cada niño, ante cada lengua, ante cada aprendizaje, ante cada forma de estar en el mundo. Es difícil sentirse y estar preparado para aquello que pudiera venir, que no se sabrá con exactitud hasta que los alumnos estén en las aulas, pues las necesidades serán diversas. Estar preparados implica principalmente estar disponibles y ser responsables. La idea de disponibilidad y responsabilidad es una idea claramente ética, estar disponible para recibir a quien sea, a cualquiera, a todos, a cada uno independientemente de su lengua, de su raza, de su religión, de sus capacidades. Es estar disponible, estar abierto a la existencia de los demás y asumir la responsabilidad de la formación permanentemente para responder a sus necesidades educativas. (FLACSO 2007)

Page 22: Marcos  orientaciones

DISCAPACIDAD

La discapacidad es un concepto que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo y las barreras del entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás. (ONU 2006)

En el ámbito internacional la definición de la discapacidad ha evolucionado notablemente desde un modelo centrado en las limitaciones o deficiencias del individuo hacia un modelo social, en el que la discapacidad se concibe como un fenómeno complejo y multidimensional que surge de la interacción de factores individuales y del contexto físico y social

Page 23: Marcos  orientaciones

DISCAPACIDAD

La discapacidad es un concepto que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo y las barreras del entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás. (ONU 2006)

Las escuelas y la misma sociedad tienen muy poco que hacer para superar las deficiencias del sujeto, pero tendrán una participación fundamental en reducir las discapacidades originadas por el entorno, brindando los apoyos necesarios y eliminando las barreras físicas, sociales, culturales, económicas y políticas que limitan su participación, aprendizaje y desarrollo

En el ámbito internacional la definición de la discapacidad ha evolucionado notablemente desde un modelo centrado en las limitaciones o deficiencias del individuo hacia un modelo social

Page 24: Marcos  orientaciones

CONCEPTOS

Diseño Universal. Se entiende como el “diseño de productos, programas, entornos y servicios que puedan utilizar todas las personas, en la mayor medida posible, sin necesidad de adaptación ni diseño especializado. El diseño universal no excluirá las ayudas técnicas para grupos particulares de personas con discapacidad cuando se necesiten.”(CONVENCIÓN DPCD. ONU 2006)

Page 25: Marcos  orientaciones

Ajustes Razonables: se definen como “las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular, para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.”(CONVENCION DPCD ONU 2006)

CONCEPTOS

Page 26: Marcos  orientaciones

NEE es que deja de poner el acento en el déficit, que es un aspecto médico, pasando a preocuparse de las provisiones o apoyos educativos requeridos por el alumnado que enfrentaba dificultades para avanzar hacia los fines de la educación, Warnock (1978)

NEE

Page 27: Marcos  orientaciones

• Se utiliza como sinónimo de estudiantes con discapacidad o como una nueva categoría; incluso en nuestro país se utilizó para clasificar a los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas y no asociadas a una discapacidad.

Forma menos peyorativa de denominar la discapacidad, pero a fin de cuentas enfocada en señalar las deficiencias o debilidades de los sujetos, sin considerar la influencia significativa del entorno.

Haciendo difícil cambiar la mirada hacia una categorización distinta, basada en los recursos y ayudas que deben proporcionarse, que es la esencia del concepto de

necesidades educativas especiales.

NEE

Page 28: Marcos  orientaciones

En el mismo sentido el hecho de hablar de necesidades educativas especiales separa a estos alumnos del resto y conduce a pensar que su educación es algo especial o adicional en comparación con la educación regular y que es una responsabilidad de los “especialistas”.

Asociar las necesidades educativas especiales a recursos adicionales y extraordinarios favorece que se etiquete un gran número de estudiantes con necesidades educativas especiales que en muchos casos son la consecuencia de una enseñanza inadecuada.

Al centrar la atención sólo en las “necesidades especiales” de los estudiantes se desvía la atención de promover cambios en las políticas y prácticas educativas de las escuelas para dar respuesta a la diversidad de todo el alumnado. (UNESCO 2010)

NEE

Page 29: Marcos  orientaciones

Las barreras surgen de la interacción entre el alumno y los distintos contextos en los que se desenvuelve: las personas, políticas, instituciones, culturas y circunstancias sociales y económicas que afectan su vida. Las acciones han de estar dirigidas principalmente a eliminar las barreras físicas, personales e institucionales que limitan las oportunidades de aprendizaje y el pleno acceso y participación de todos en las actividades educativas.

El concepto de barreras no hace referencia a individuos o grupos sino que resalta que es el contexto social, con sus políticas, actitudes y prácticas que, en buena medida, crea las dificultades y los obstáculos que impiden o disminuyen las posibilidades de aprendizaje y participación de determinados alumnos. Esta perspectiva interactiva y contextual conduce a pensar que tales condiciones sociales pueden cambiarse (Echeita, 2006).

BARRERAS PARA EL APRENDIZAJE Y LA PARTICIPACIÓN

Page 30: Marcos  orientaciones

El enfoque inclusivo, busca comprender estas barreras y desarrollar escuelas comunes que sean capaces de satisfacer las necesidades de aprendizajes de todo el alumnado. Estas barreras no sólo puede enfrentarlas un alumno con discapacidad, sino cualquier alumno que presente algún rasgo diferenciador que lo coloque en situación de vulnerabilidad o en riesgo de ser excluido, por lo cual puede requerir mayores apoyos educativos.

BAP

Page 31: Marcos  orientaciones

Para efecto de estas Orientaciones, ya no se utilizará el término necesidades educativas especiales, dada su connotación restringida en la atención de los alumnos. En congruencia con la política educativa actual, en adelante se empleará el término “barreras para el aprendizaje y la participación” para referirse a los aspectos de la cultura, la práctica y la política tanto escolar como social que afectan el proceso de aprendizaje de los alumnos con mayores necesidades de apoyos educativos y/o de ajustes razonables.

BAP

Page 32: Marcos  orientaciones

A fin de evitar que al referirse a las barreras para el aprendizaje y la participación se asigne al alumno nuevamente una etiqueta y/o se atribuya a él una connotación de limitación o desventaja, se utilizará la expresión :

“Barreras del contexto (escolar, familiar y/o social) que limitan el aprendizaje y la participación” del alumno, en vez de “alumno que enfrenta, o alumno con barreras para el aprendizaje y la participación”.

BARRERAS PARA EL APRENDIZAJE Y LA PARTICIPACIÓN