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Manual de Uso Notificación a Terceros Fecha del documento: 11/10/2019 Versión: 1.9

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Manual de Uso

Notificación a

Terceros

Fecha del documento: 11/10/2019

Versión: 1.9

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Notificación a Terceros

Índice del Manual

Índice del Manual .............................................................................................. 2

Introducción y Objetivos .................................................................................. 3

Notificación a Terceros ................................................................................. 3

Notificación de Cesión de crédito ................................................................ 3

Ventajas del servicio ........................................................................................ 4

Acceso a la Aplicación ..................................................................................... 5

Visión General de la Aplicación ...................................................................... 6

Descripción de la Pantalla de Inicio ............................................................. 6

Funcionalidades del Trámite ........................................................................ 8

Visión Detallada del Sistema ........................................................................... 9

Nueva notificación de cesiones de crédito ................................................. 9

Nueva notificación de apoderamientos ..................................................... 17

Nueva notificación de poderes para pleitos.............................................. 24

Creación de una plantilla de escritura de poder para pleitos propia ...... 28

Listado de notificaciones............................................................................ 31

Detalle agrupación de trámites .................................................................. 33

Detalle de una notificación a terceros ....................................................... 33

Solicitud de envío de copia al tercero y Bandeja de entrada .................. 34

Gestión de los procuradores favoritos ......................................................... 36

Marcar un procurador como favorito ......................................................... 36

Acceso a los procuradores favoritos ........................................................ 36

Gestión de los grupos de procuradores ................................................... 38

Preguntas Frecuentes (FAQ’s) ...................................................................... 42

Contacte con nosotros ................................................................................... 47

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Notificación a Terceros

Introducción y Objetivos

Notificación a Terceros

El objetivo de la aplicación es la colaboración entre el Consejo General del Notariado (CGN), el Consejo General de Procuradores de España, el Consejo General del Poder Judicial y las Administraciones Públicas (AAPP) en cuanto a la notificación, consulta de otorgamientos y revocaciones de poderes en escritura pública.

De esta forma, las AAPP y Judiciales podrán realizar consultas sobre la subsistencia de un apoderamiento y obtener la Copia Simple o Autorizada correspondiente para conocer la situación detallada de las facultades del apoderado.

Además, la aplicación cuenta con un sistema de alertas sobre las modificaciones realizadas sobre el estado de los apoderamientos consultados, para garantizar que el tercero es conocedor de aquellos otorgamientos que modifiquen el estado de subsistencia de un apoderamiento consultado.

Notificación de Cesión de crédito

Este servicio permitirá transmitir los créditos o derechos de cobro de un contratista o cedente a un tercero o cesionario, frente a la Administración.

Por tanto, un contratista que tiene derecho al cobro de la prestación realizada a la Administración, puede ceder el mismo a un tercero y, por tanto, la Administración tendrá la obligación, a partir del momento del que tenga conocimiento fehaciente del acuerdo de cesión, a expedir el mandamiento de pago a favor del cesionario.

Su uso no es obligatorio, pero aporta una serie de ventajas para el notario, el cliente, las Administraciones Públicas y Judiciales. El uso del servicio de Notificación a Terceros tiene un coste de 1€ +IVA para todos las notificaciones a terceros, excepto para las notificaciones de poderes para pleito y cesión de crédito. Para notificación de poderes para pleitos (1403), sustitución de poderes para pleitos (1404), revocación de poderes para pleitos (1413), cesión de créditos, derechos o posiciones contractuales (1003) y cesión de créditos (1709) tiene un coste de 2,48€ +IVA.

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Notificación a Terceros

Ventajas del servicio

El servicio ofrece ventajas para el notario, el cliente y los terceros integrados.

Ventajas para el notario

Desde la notaría se podrá facilitar el servicio al cliente, garantizándole el acceso inmediato ante la Administración Pública y Judicial de los actos de otorgamiento y, sobretodo, revocación de poderes.

Ventajas para el cliente

El cliente tendrá la seguridad de que los actos otorgados, como revocaciones, tienen un efecto inmediato ante la Administración Pública y Judicial.

Además, obtendrá un CSV para la identificación unívoca de las escrituras de poder en las que ha intervenido.

Ventajas para los terceros integrados

Los terceros integrados podrán disponer de un servicio que le permitirá la consulta de subsistencia de poderes y disponer un canal único y eficaz de obtención de copias electrónicas de escritura.

Además, contará con un sistema de alertas que les informará de cualquier modificación o revocación realizada sobre un poder que hayan consultado y que haya resultado estar vigente.

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Notificación a Terceros

Acceso a la Aplicación

Puede accederse a este servicio desde SIGNO> Trámites> Corporativo> Notificación a Terceros

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Notificación a Terceros

Visión General de la Aplicación

Descripción de la Pantalla de Inicio

Al acceder a la aplicación, una pantalla inicial nos muestra una visión global del estado de estos trámites en la notaría, ofreciéndonos información sobre los siguientes aspectos:

Tareas Pendientes:

Desde este apartado tendremos visibilidad de las tareas pendientes relacionadas con ambos trámites.

Consejo

Al pulsar sobre cada título, la aplicación le dirigirá directamente al apartado correspondiente.

Consejo

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Notificación a Terceros

Avisos / Novedades / Información:

En “Novedades” podremos encontrar nuevas opciones y actualizaciones.

En el apartado “Información” encontraremos una descripción de la aplicación, cómo funciona y las condiciones de uso.

Estadísticas:

Este apartado nos indicará una relación del total de notificaciones realizadas en el mes en curso.

Veremos las notificaciones realizadas en los últimos 30 días.

Nos mostrará también, a nivel estadístico, una evolución de notificaciones realizadas por meses.

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Notificación a Terceros

Administraciones Adheridas:

En este punto podremos consultar qué terceros se han adherido al servicio y se actualizará frecuentemente con los nuevos organismos que se vayan adhiriendo.

Este listado es válido para todos los tipos de notificaciones de apoderamientos.

Funcionalidades del Trámite

Dentro de la página de Inicio, desde el menú superior derecho, podremos acceder a las siguientes funcionalidades:

Nueva notificación: Al seleccionar esta opción, comenzaremos un nuevo trámite de notificación a terceros o de cesiones de crédito.

Notificaciones: Desde este punto tendremos visibilidad de todos los trámites que hemos realizado. Divididos en tres pestañas: “Pendientes de envío”, “Enviadas” y “Archivadas”.

Buscador: Desde esta opción podremos localizar notificaciones enviadas o pendientes de envío, introduciendo diversos criterios de búsqueda.

Configuración: Desde esta opción podremos incorporar, para cada negocio jurídico disponible, un modelo de escritura personalizado o bien, utilizar la plantilla genérica proporcionada por el sistema eligiendo entre las opciones “Genérica” o “Propia”.

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Notificación a Terceros

Visión Detallada del Sistema

Nueva notificación de cesiones de crédito

Al seleccionar la opción “Cesiones de crédito”, deberemos informar el número de documento y la fecha de autorización del mismo:

Una vez cumplimentados, se habilitará el desplegable de negocio jurídico, a fin de seleccionar el acto jurídico:

1003 – Cesión de créditos, derechos o posiciones contractuales (Protocolo Ordinario)

1709 – Cesión de créditos o derechos (Registro de pólizas)

A continuación, se habilitará el botón de “Siguiente”:

Y, al pulsar sobre “Siguiente”, se abrirá la pantalla “Nueva notificación”:

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Notificación a Terceros

1. Datos de notificación

En esta pantalla, en el apartado de “Copia electrónica autorizada”, adjuntaremos la copia electrónica autorizada de la escritura de cesión, pulsando en la opción “Añadir archivo”.

En “Datos del contrato de cesión” informaremos, de forma opcional:

el tipo de cesión (total o parcial) y

el/los código/s del/de los contratos

Una vez cumplimentados los datos, deberemos pulsar sobre “Siguiente” para continuar con el trámite. En caso contrario, podremos “Guardar como borrador” o “Cancelar”.

2. Datos de la administración contratante

A continuación, cumplimentaremos los datos generales relativos a la administración contratante de la cesión de crédito.

En los “Datos del documento” veremos los campos no editables de número de documento, Bis, fecha de autorización y acto jurídico.

Informaremos los datos de la “Administración contratante”, detallando: Tipo de administración (Administración Local, Administraciones Corporativas, Comunidades Autónomas, General del Estado, Organismo Público), CIF y nombre de la administración contratante.

Únicamente debe adjuntarse un fichero con formato pdf (con un tamaño inferior a 25Mb).

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Notificación a Terceros

Por último, cumplimentaremos los “Datos del contrato administrativo”, informando la tipología del contrato entre la administración y el cedente cuya deuda se está cediendo (de obras, de servicios o de consultoría) y la fecha de adjudicación del mismo.

Una vez cumplimentados los datos, deberemos pulsar sobre “Siguiente” para continuar con el trámite.

En caso contrario, podremos “Guardar como borrador”, “Cancelar” o volver a la pantalla anterior, pulsando sobre “Anterior”.

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Notificación a Terceros

3. Datos del cedente

A continuación, informaremos los datos relativos a los cedentes de la deuda.

En los “Datos del documento” veremos los campos no editables de número de documento, Bis, fecha de autorización y acto jurídico.

Cumplimentaremos los “Datos del cedente (contratista)”. Para ello, pulsaremos en la opción “Nuevo cedente”, a fin de buscar y añadir a la persona (física o jurídica) como cedente, informando los datos del/de los sujeto/s. Una vez cumplimentados los datos, pulsaremos sobre “Guardar”.

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Notificación a Terceros

Los cedentes podrán tener documentos de representación y, en caso que un cedente sea una persona jurídica, la inclusión de documentos de representación será obligatoria.

Pulsaremos sobre “Añadir nueva presentación”, si queremos añadir un nuevo poder, una constitución de sociedad o un nombramiento de cargo. O podremos buscar una representación existente pulsando “Buscar representación”.

Cada cedente podrá tener documentos de representación y, a su vez, estos documentos podrán ser o no nuevas representaciones.

Añadir nueva representación:

Debe informarse como mínimo un cedente.

Los cedentes podrán tener documentos de representación y en caso que un cedente sea una persona jurídica la inclusión de documentos de representación será obligatoria.

Los ficheros adjuntos deben ser en formato pdf y con un tamaño inferior a 2Mb.

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Notificación a Terceros

Buscar representación:

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Notificación a Terceros

Una vez cumplimentados los datos, deberemos pulsar sobre “Siguiente” para continuar con el trámite. En caso contrario, podremos “Guardar como borrador” o “Cancelar”. Y podremos volver a la pantalla anterior, pulsando sobre “Anterior”.

4. Datos del cesionario

A continuación, cumplimentaremos los datos relativos al cesionario de la deuda.

En los “Datos del documento” veremos los campos no editables de número de documento, Bis, fecha de autorización y acto jurídico.

Informaremos los “Datos del cesionario (tercero)”. Para ello pulsaremos en la opción “Nuevo cesionario”, a fin de buscar y añadir a la persona (física o jurídica) como cesionario, informando los datos del/de los sujeto/s.

Debe informarse como mínimo un cesionario.

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Notificación a Terceros

Una vez guardados los datos, deberemos pulsar sobre “Siguiente” para continuar con el trámite. En caso contrario, podremos “Guardar como borrador” o “Cancelar”. Y podremos volver a la pantalla anterior, pulsando sobre “Anterior”.

5. Confirmación del borrador

En esta pantalla, visualizaremos la información que ya hemos detallado en cada uno de los pasos anteriores, pero no tendremos la posibilidad de editar ningún campo.

En caso que sea necesario modificar algún dato, deberemos ir al paso correspondiente del asistente.

Una vez cumplimentados todos los pasos del formulario y el Asistente nos informe que no existen errores, podremos guardar la notificación pulsando en la opción “Guardar como borrador” o enviarla directamente a la Bandeja de firmas pulsando en la opción “Enviar a Bandeja de firmas”.

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Notificación a Terceros

Debe tenerse en cuenta que un trámite de Notificación a terceros con el acto jurídico de Cesión de créditos, puede contener, a su vez, trámites del acto jurídico de Notificación de Apoderamientos, nombramientos de cargos y constituciones de sociedad. No obstante, se firmarán conjuntamente.

Nueva notificación de apoderamientos

Creando una nueva notificación realizamos una comunicación proactiva de un apoderamiento a través de la inclusión de una Copia electrónica del documento público del mismo, que permitirá su posterior consulta por parte de los terceros integrados.

Esto beneficia al cliente de la notaría ya que el acto recién autorizado en la notaría se da a conocer antes al tercero, agilizando la tramitación en el caso de otorgamientos y aumentando la seguridad en caso de revocaciones, y además elimina la necesidad de que el cliente se presente ante la Administración Pública o Judicial con la copia física de la escritura de apoderamiento, sustituyendo ésta por un código identificativo de la misma.

Respecto a los apoderamientos para pleitos, este tipo de poderes, además de los propios a los procuradores, suelen contener otras representaciones a abogados, graduados sociales, etc. Y, dado que estos colectivos todavía no están integrados en la plataforma, seguirá siendo necesario respecto de ese tipo de representaciones, el acompañar la copia en papel.

Al seleccionar la opción “Apoderamientos”, deberemos informar el número de documento y la fecha de autorización del mismo:

Cuando el notario firme la cesión de crédito, estará firmando también las posibles notificaciones de apoderamiento, nombramientos de cargos y constituciones de sociedad.

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Notificación a Terceros

Una vez cumplimentados, se habilitará el desplegable de negocio jurídico, a fin de seleccionar el acto jurídico correspondiente:

Si seleccionamos el negocio jurídico 1406 – Revocación de apoderamiento o autorización, la aplicación nos solicitará que informemos si el tipo de revocación es parcial o total:

Asimismo, deberemos informar los datos del documento anterior:

A continuación, se habilitará el botón de “Siguiente”:

Se comprobará si ya existe una notificación creada con los mismos datos introducidos, de ser así nos mostrará un mensaje de error: “Ha introducido los datos

de un apoderamiento ya existente. Debe volver a la pantalla anterior e introducirlo

mediante la opción “Buscar”.”

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Notificación a Terceros

Si la notificación está en borrador o pendiente de firma, se mostrará el siguiente mensaje: “Ya existe una notificación en borrador o pendiente de firma con el mismo

protocolo, fecha de autorización y negocio jurídico. En lugar de realizar una nueva

notificación, edite la existente.”

Si la notificación ya está firmada y enviada, se mostrará el siguiente mensaje: “Ya

existe una notificación enviada con el mismo protocolo, fecha de autorización y negocio

jurídico. En lugar de realizar una nueva notificación, debe de subsanar la existente.”

Si la notificación existe con el mismo número de protocolo pero el Acto Jurídico es diferente, al crear la nueva notificación la aplicación recuperará los datos del poderdante y el documento adjuntado en la notificación anterior.

En caso de no mostrarse ningún mensaje de error, se abrirá la pantalla de se abrirá la pantalla “Nueva notificación”:

Cumplimentaremos el formulario para finalizar la notificación de apoderamiento.

En la sección “Datos del/los poderdantes” informaremos los datos de los poderdantes. Para ello pulsaremos en la opción “Añadir poderdante”. También podremos editar un poderdante ya introducido pulsando en “Editar poderdante” o eliminarlo pulsando en “Eliminar”.

Una vez hemos pulsado en “Añadir poderdante”, cumplimentaremos el formulario y pulsaremos en la opción “Añadir”.

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Notificación a Terceros

Una vez incluidos el/los poderdantes, deberemos informar los apoderados en la sección “Datos del/los apoderados”, pulsando en la opción “Añadir apoderado”.

Una vez pulsemos en “Añadir apoderado”, cumplimentaremos el formulario y pulsaremos en la opción “Añadir”.

También podremos realizar la búsqueda del sujeto pulsando en la opción “Búsqueda en BBDD de Sujetos”.

Si está realizando una notificación de apoderamientos de poderes para pleitos, consulte el punto “Nueva notificación del AJ 1403 – Poder para pleitos” ubicado en la página 23 de este manual.

Consejo

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Notificación a Terceros

Por último, deberemos añadir la copia electrónica de la escritura en la sección “Datos de la copia electrónica simple”.

Pulsaremos en la opción “Añadir archivo” para añadir la copia desde el PC o bien, pulsaremos en la opción “Añadir archivo EE” para añadir la copia que ya tengamos en el protocolo, por ejemplo si hemos realizado un envío de copia a un Organismo de este protocolo la podremos recuperar directamente desde dicho protocolo pulsando en “Añadir archivo EE”.

Si pulsamos en la opción “Añadir archivo”, se nos abrirá una nueva ventana para localizar el archivo guardado previamente en el PC, para buscarlo pulsaremos en la opción “Añadir archivo”.

Una vez seleccionado, pulsaremos en la opción “Subir” y, de esta forma, ya tendremos la copia adjuntada a la notificación de apoderamiento.

Únicamente debe adjuntarse un fichero con formato pdf (con un tamaño inferior a 2Mb).

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Notificación a Terceros

Si deseamos añadir una copia ya existente en el protocolo de Expediente Electrónico, pulsaremos en la opción “Añadir archivo EE”.

Se abrirá una nueva ventana que nos mostrará si dicho protocolo tiene disponible una copia debido a un trámite anterior (por ejemplo si hemos enviado copia telemática de este protocolo a un Organismo).

Si existe, seleccionaremos la copia y pulsaremos en la opción “Seleccionar”, de esta forma ya tendremos la copia adjuntada a la notificación de apoderamiento.

Una vez cumplimentadas todas las secciones del formulario y el Asistente nos informe que no existen errores, podremos guardar la notificación pulsando en la opción “Guardar como borrador” o enviarla directamente a la Bandeja de firmas pulsando en la opción “Enviar a Bandeja de firmas”.

Si enviamos la notificación a la Bandeja de Firmas, podremos pulsar sobre la

opción y visualizaremos el CSV que nos genera la aplicación y facilitarlo al cliente para identificar de forma unívoca las escrituras de apoderamiento de las que hace uso ante la Administración Pública y/o Judicial.

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Notificación a Terceros

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Notificación a Terceros

Nueva notificación de poderes para pleitos

Al seleccionar la opción “Poderes para pleitos”, podremos seleccionar una de las opciones:

“Sin número de protocolo (trámite prefirma)”:

“Con número de protocolo (trámite postfirma)”:

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Notificación a Terceros

Al seleccionar cualquiera de ambas opciones, se abrirá la pantalla de “Nueva notificación”:

En la sección “Datos del/los poderdantes” informaremos los datos de los poderdantes. Para ello pulsaremos en la opción “Añadir poderdante”. También podremos editar un poderdante ya introducido pulsando en “Editar poderdante” o eliminarlo pulsando en “Eliminar”.

Una vez pulsemos en “Añadir poderdante”, cumplimentaremos el formulario y pulsaremos en la opción “Añadir”.

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Notificación a Terceros

Una vez incluidos el/los poderdantes, deberemos informar los apoderados en la sección “Datos del/los apoderados”, pulsando en la opción “Añadir apoderado”.

Una vez pulsemos en “Añadir apoderado”, al igual que en los Actos Jurídicos 1404 (Sustitución de poder para pleitos) y 1413 (Revocación de poder para pleitos), la aplicación nos permitirá elegir entre “Procurador”, “Abogado”, “Graduado social” u “Otros”.

En caso de seleccionar la opción “Procurador”, nos aparecerá la siguiente ventana para buscar al procurador.

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Notificación a Terceros

En caso de seleccionar la profesión “Abogado”, “Graduado social” u “Otros”, deberemos introducir los datos manualmente.

Una vez informados los poderdantes y los apoderados, podremos descargar el modelo de escritura de poder para pleitos pulsando la opción “Descargar modelo”, ubicada en el bloque central “Escritura poder para pleitos”.

En caso de no haber informado aún el número de protocolo y la fecha de autorización, dichos datos no aparecerán en el modelo y deberán informarlos manualmente, guardando previamente el modelo que se acaba de abrir.

Una vez descargado el modelo, podremos editarlo y modificarlo. Lo que no es posible editar, por el momento, es la plantilla base del modelo.

Por último, deberemos adjuntar la copia simple de la escritura, pulsando sobre “Añadir archivo” y, automáticamente, el trámite generará la copia simple y la copia autorizada (y por lo tanto, esta última se firmará con la tarjeta FEREN del notario).

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Notificación a Terceros

Al generar la copia autorizada electrónica, la aplicación incorporará la marca de agua “Es copia autorizada electrónica para el CGPE” y generará la plantilla del pie de copia, la cual podrá editar.

Creación de una plantilla de escritura de poder para

pleitos propia

La aplicación ya ofrece una plantilla de escritura de poder para pleitos en formato Word, pero la aplicación permite que cada notaría pueda generar su propia plantilla y utilizarla por defecto en lugar de la genérica que ya ofrece la aplicación. Esta acción la puede hacer tanto el notario como el empleado.

Para ello, deberemos acceder a la pantalla de configuración de la aplicación pulsando en la opción “Configuración” ubicada en la parte superior derecha de la pantalla ya que, por defecto, está configurado el uso de la plantilla genérica.

Al acceder a la configuración, visualizaremos las plantillas disponibles para cada negocio jurídico.

Únicamente debe adjuntarse un fichero con formato pdf (con un tamaño inferior a 2Mb).

Page 29: Manual de Uso - Centro de Atención a Usuarios

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Notificación a Terceros

Para seleccionar si deseamos utilizar por defecto la plantilla genérica o una propia, pulsaremos en la opción “Modificar” ubicada a la derecha en la columna “Acciones”.

Una vez pulsemos dicha opción, nos aparecerá debajo el nombre del negocio jurídico y un desplegable en el cual seleccionaremos el tipo de plantilla que deseamos utilizar:

Genérica: Modelo ofrecido por el sistema con un redactado estándar

Propia: Modelo personalizado que puede adjuntar cada notaría.

Si seleccionamos la opción “Propia”, se habilitarán dos nuevos bloques.

En el bloque “Utilidades” podremos descargar la plantilla genérica y también la guía de creación de plantilla propia, que contiene toda la información necesaria para generar nuestra plantilla propia, las etiquetas que debe contener y en qué grupos deben estar incluidas.

En el bloque “Plantillas propias adjuntas” podremos adjuntar nuestra propia plantilla pulsando la opción “Añadir archivo”, eliminar una ya adjuntada pulsando la opción “Eliminar archivo” o bien visualizarla pulsando en “Ver documento”.

Cuando hayamos adjuntado la plantilla que deseamos utilizar por defecto, pulsaremos en la opción “Guardar configuración”.

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Notificación a Terceros

Para poder adjuntar el archivo correspondiente a nuestra plantilla propia, dicho archivo debe cumplir una serie de validaciones:

El archivo debe ser de tipo Word

El tamaño del archivo debe ser inferior a 25Mb

Debe contener las etiquetas obligatorias incluidas en los grupos correspondientes, como por ejemplo la etiqueta #NUMERO_PROTOCOLO# en el grupo 1.

Podemos visualizar la Guía de creación de plantilla propia para más información sobre cómo generarla y las etiquetas y grupos que debe contener. Puede descargarla en el bloque “Utilidades”.

En el momento en que intentemos adjuntar nuestra plantilla propia a la aplicación pulsando en la opción “Añadir archivo”, la aplicación realizará una validación para comprobar que se cumplen los puntos mencionados anteriormente.

Si el archivo ocupa más de 25Mb, no es de tipo Word o no contiene alguna de las etiquetas obligatorias, nos aparecerá un mensaje de error en la columna “Mensaje”.

Si el archivo subido no contiene errores, se cerrará la ventana de carga de archivos y aparecerá en la lista de plantillas propias adjuntas. Pulsaremos en la opción “Guardar configuración” para que los cambios queden guardados y la plantilla por defecto sea la propia que acabamos de adjuntar.

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Notificación a Terceros

Listado de notificaciones

Podremos visualizar todas las notificaciones, accediendo a la aplicación y pulsando en la opción “Notificaciones”, situada en la parte superior derecha de la aplicación.

Dependiendo de su estado, podremos localizarlas en las pestañas:

Pendientes de envío: En esta pestaña localizaremos las notificaciones no enviadas en estado “Borrador” o “Pendiente de firma”.

Desde esta pestaña, podremos realizar una búsqueda concreta entre las notificaciones pendientes de envío mediante la opción “Buscar”, situada en la esquina superior derecha, introduciendo el número de protocolo y pulsando en el icono con forma de lupa.

La información que podemos observar en esta pestaña es la siguiente:

La línea del trámite nos muestra el número de documento, el negocio jurídico, el/los otorgante/s, el/los apoderado/s o cesionario/s, el estado y la fecha de la notificación.

Si el estado de la notificación es “Borrador”, en la columna “Acciones” tendremos las opciones “Editar”, para editar los datos de la notificación y, “Eliminar” para eliminarla definitivamente.

Si el estado de la notificación es “Pendiente de firma”, en la columna “Acciones” tendremos las opciones “Ver detalle” para visualizar la notificación, “Ver copia”

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Notificación a Terceros

para visualizar el PDF adjuntado en la notificación y “Ver CSV” para visualizar o imprimir el justificante de notificación de apoderamiento a la Administración Pública (AAPP) y su correspondiente Código Seguro de Validación (CSV).

Enviadas: En esta pestaña localizaremos las notificaciones enviadas.

Podremos realizar una búsqueda concreta entre las notificaciones realizadas mediante la opción “Buscar”, situada en la esquina superior derecha, introduciendo el número de protocolo y pulsando en el icono con forma de lupa.

La línea del trámite nos muestra el número de documento, el negocio jurídico, el/los otorgante/s, el/los apoderado/s o cesionario/s, la generación de la comunicación, el estado (que será “Enviado”) y la fecha de la notificación.

En el campo “Acciones” tendremos las opciones “Ver detalle” para visualizar la notificación, “Ver copia” para visualizar el PDF adjuntado en la notificación y, por último, “Ver CSV” para visualizar o imprimir el justificante de notificación de apoderamiento a la Administración Pública (AAPP) y su correspondiente Código Seguro de Validación (CSV).

Si deseamos archivar una o varias notificaciones, podremos seleccionarlas y pulsar en la opción “Archivar”, ubicada en la esquina superior izquierda de la aplicación. De esta forma, las enviaremos a la pestaña “Archivadas”.

Archivadas: En esta pestaña localizaremos todas las notificaciones enviadas que se archivaron desde las pestañas “Enviadas”.

Podremos enviarlas de nuevo a la pestaña “Enviadas” pulsando en la opción “Desarchivar”, ubicada en la esquina superior izquierda de la aplicación. De esta forma, las enviaremos de nuevo a la pestaña “Enviadas”.

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Notificación a Terceros

Detalle agrupación de trámites

Al realizar un nuevo trámite de Notificación de Cesión de Crédito y, dentro de este, conste algún trámite de Notificación de Apoderamientos, los trámites de Notificación de Apoderamientos quedarán ligados al principal de Notificación de Cesión de Créditos.

Los mostraremos agrupados tal y como se muestra en la siguiente imagen:

Visualizaremos primero la cesión de créditos y, a continuación, los apoderamientos que contenga.

En caso que se incorporen poderes ya firmados previamente, estos también aparecerán colgando de la cesión de crédito.

La acción “Eliminar” sólo aparecerá sobre la cesión de crédito.

Detalle de una notificación a terceros

Podremos consultar el detalle de una notificación enviada accediendo a la pestaña “Enviadas” y pulsando en “Ver detalle”, ubicado en la columna “Acciones”.

Esta pantalla nos mostrará el detalle de toda la información introducida en la notificación.

La acción “Eliminar” únicamente aparecerá para el trámite de Cesión de créditos.

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Notificación a Terceros

En la sección superior, localizaremos los datos de la notificación de apoderamiento.

En la sección central, localizaremos los datos de/los poderdantes, apoderados y la copia adjuntada, que podremos visualizar pulsando en la opción “Ver documento”.

En la sección inferior, podremos consultar los movimientos del trámite y sus fechas, como por ejemplo, la creación de la notificación, la generación del CSV y la incorporación de la Copia Simple.

Solicitud de envío de copia al tercero y Bandeja de

entrada

En los casos en que el tercero integrado realice una consulta de subsistencia de un poder el cual está parcialmente revocado, solicitará un envío de copia electrónica al notario que haya otorgado la revocación para establecer qué facultades, si existen, se mantienen vigentes.

Al solicitar la copia, el notario recibirá un mensaje en la Bandeja de entrada de SIGNO informando que ha recibido dicha solicitud.

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Página 35 de 47 Manual de Uso

Notificación a Terceros

Para responder a la solicitud de envío de copia recibida, podremos pulsar en la opción “Responder” que aparece en el mensaje recibido o ir directamente a la aplicación de Envío de copia.

Incluiremos el archivo con la copia solicitada y procederemos a su envío a la Bandeja de firmas y su posterior firma electrónica.

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Notificación a Terceros

Gestión de los procuradores favoritos

Para facilitar la introducción de los procuradores en las notificaciones del Acto Jurídico 1403 – Poder para pleitos, el trámite proporcionará una serie de opciones para añadir y gestionar los procuradores favoritos y grupos de procuradores.

Marcar un procurador como favorito

En el resultado obtenido en el buscador de procuradores, podremos añadir el procurador a favoritos pulsando en la opción “Añadir a favoritos” que aparecerá a la derecha, dentro del bloque “Resultados de la búsqueda”.

Acceso a los procuradores favoritos

Desde el formulario, podremos acceder a los procuradores que hemos marcado como favoritos.

Para ello pulsaremos en la opción “Procuradores favoritos”, ubicada dentro del bloque “Datos del/los apoderados”.

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Notificación a Terceros

A continuación, nos aparecerá una ventana con los procuradores que ya tenemos añadidos como favoritos y un bloque de búsqueda.

En el bloque superior, podremos realizar la búsqueda por nombre y apellidos, colegio o número de colegiado.

En el bloque central, aparecerán los resultados de la búsqueda realizada y podremos añadir el/los procurador/es al listado de procuradores del trámite pulsando en la opción “Añadir” que aparece en la columna de la derecha.

También, podremos eliminar del listado de favoritos el/los procurador/es pulsando en la opción “Eliminar favorito”, ubicada también en la columna de la derecha.

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Notificación a Terceros

En el bloque inferior, aparecerán los procuradores que hemos añadido al trámite. Si deseamos eliminar alguno de ellos, podremos hacerlo pulsando en la opción “Eliminar” que aparece en la columna de la derecha.

Una vez tengamos todos los procuradores deseados en el bloque inferior “Procuradores del trámite”, pulsaremos en la opción “Añadir al trámite”, ubicada al final de la ventana.

Gestión de los grupos de procuradores

También podremos crear grupos de procuradores en favoritos, editar dichos grupos añadiendo o eliminando procuradores y eliminar grupos ya creados. Para ello, accederemos a la opción “Procuradores favoritos” en el bloque “Datos del/los apoderados”.

A continuación, pulsaremos en la pestaña “Grupos de procuradores”, ubicada en la parte superior izquierda de la ventana.

Para crear un nuevo grupo de procuradores favoritos, pulsaremos la opción “Crear grupo” ubicada en la parte superior izquierda de la ventana.

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Notificación a Terceros

Después, daremos un nombre al grupo que queremos crear, en el campo “Nombre del grupo”, ubicado en la parte superior izquierda.

A continuación, podremos buscar procuradores para añadirlos al grupo. Podremos buscarlos dentro del bloque “Filtros de búsqueda” por nombre, apellidos, número de documento, Colegio y número de colegiado.

Una vez localizado el procurador deseado, pulsaremos en la opción “Añadir al grupo” ubicada en la columna derecha del bloque “Resultados de la búsqueda”.

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Notificación a Terceros

En el bloque “Procuradores del grupo”, ubicado en la parte inferior de la ventana, localizaremos los procuradores que hemos añadido al grupo que también podremos eliminarlos pulsando la opción “Eliminar”, ubicada en la columna derecha de este mismo bloque.

Una vez tengamos los procuradores deseados añadidos al grupo, pulsaremos la opción “Crear grupo” para guardar los cambios, que está ubicada en la parte inferior de la ventana.

Para modificar un grupo de procuradores ya creado, accederemos a la pestaña “Grupos de procuradores”, ubicada en la parte superior de la ventana.

A continuación, aparecerán los grupos que ya tenemos creados y para modificar uno de ellos pulsaremos en la opción “Modificar grupo”, ubicada en la columna derecha de la ventana.

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Notificación a Terceros

A continuación, tendremos las mismas opciones explicadas en el punto anterior, podremos buscar procuradores y añadirlos al grupo y también eliminar procuradores que ya teníamos en el grupo. Para guardar los cambios pulsaremos en la opción “Modificar grupo”, ubicada en la parte inferior de la ventana.

Para añadir un grupo de procuradores al trámite, pulsaremos la casilla que hay a la izquierda del nombre del grupo y pulsaremos en la opción “Añadir”.

Para eliminar un grupo ya creado y, por lo tanto, todos los procuradores que contiene, pulsaremos en la opción “Eliminar grupo” ubicada en la columna derecha de la ventana.

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Notificación a Terceros

Preguntas Frecuentes (FAQ’s)

Con el objetivo de resolver posibles dudas, le ofrecemos algunas Preguntas Frecuentes que le podrán ser de ayuda.

¿Cuál es el coste por el uso de la aplicación?

El coste por el uso de la aplicación es:

- Notificación de poderes para pleitos (1403), sustitución de poderes para pleitos (1404), revocación de poderes para pleitos (1413), cesión de créditos, derechos o posiciones contractuales (1003) y cesión de créditos (1709) 2,48€ +IVA.

- Notificación del resto de apoderamientos 1€ +IVA.

¿Es obligatorio realizar las notificaciones por SIGNO?

No es obligatorio realizar las notificaciones por SIGNO.

No obstante, la notificación de los poderes procesales sí es obligatoria. Tal obligación viene impuesta por el artículo 40 de la Ley 18/2011 de 11 de julio de Modernización de la Justicia, que obliga a que la aportación de los poderes de representación procesal se verifique de forma electrónica.

Realizar la notificación por SIGNO ofrece una serie de ventajas y comodidades al notario, al cliente y a las Administraciones Públicas y Judiciales.

Ventajas para el notario:

Desde la notaría se podrá facilitar el servicio al cliente, garantizándole el acceso inmediato ante la Administración Pública de los actos de otorgamiento y, sobretodo, revocación de poderes.

El servicio conlleva la emisión de una copia adicional con cargo al cliente.

Ventajas para el cliente:

El cliente tendrá la seguridad de que los actos otorgados, como revocaciones, tienen un efecto inmediato ante la Administración Pública y Judicial.

Además, obtendrá un CSV para la identificación unívoca de las escrituras de poder en las que ha intervenido.

Ventajas para los terceros integrados:

Los terceros integrados podrán disponer de un servicio que le permitirá la consulta de subsistencia de poderes y disponer un canal único y eficaz de obtención de copias electrónicas de escritura.

Además, contará con un sistema de alertas que les informará de cualquier modificación o revocación realizada sobre un poder que hayan consultado y que haya resultado estar vigente.

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Me aparece un error bloqueante en el protocolo informando que no se ha generado la notificación de apoderamiento correspondiente. ¿Es un error bloqueante? ¿Es obligatorio generarla?

Es obligatoria la presentación de la notificación de apoderamientos cuando se identifique un poder procesal en el cual intervenga un procurador.

Aparecerá error bloqueante informando que no se ha realizado la notificación de apoderamiento, no permitiendo cotejar el documento hasta que la comunicación se haya realizado.

¿Cuál es el tamaño máximo del archivo que puedo adjuntar? ¿Qué formato debe ser?

El tamaño del archivo de copia autorizada debe ser inferior a 25Mb y en formato PDF.

El tamaño del archivo de copia simple de la representación debe ser inferior a 2Mb y en formato PDF.

¿Qué copia debo adjuntar, la simple o la autorizada?

La copia que se debe adjuntar es la copia simple, excepto para la notificación de apoderamientos o revocaciones relacionados con pleitos, que es necesario adjuntar la copia electrónica del contenido de la matriz y el trámite automáticamente generará la copia simple y la copia autorizada de la misma a partir del pie informado.

Respecto a la copia a adjuntar, la aplicación, en lugar de solicitar únicamente la copia simple de la escritura, solicitará el fichero PDF de la copia y la aplicación generará automáticamente la copia simple y la copia autorizada (y por lo tanto, esta última se firmará con la tarjeta FEREN del notario).

¿El CSV cambia si modifico o elimino una notificación?

El CSV no cambia, de esta forma el cliente siempre podrá realizar las gestiones necesarias con el CSV que obtenga desde la notaría.

Solo cambiará el CSV si se genera un nuevo trámite.

Por lo tanto, puede modificar una notificación no enviada, eliminarla e incluso subsanar una enviada ya que el CSV seguirá siendo el mismo.

¿A qué administraciones públicas y/o Judiciales se remite la información de la notificación de apoderamiento?

En la página de inicio de la aplicación, en la sección "Administraciones Adheridas", podrá consultar las Administraciones Públicas y/o Judiciales que se han adherido al servicio.

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Las Administraciones Públicas y los Organismos Públicos que deseen hacer uso del servicio, solicitarán el acceso directamente al Ministerio de Hacienda.

Puede obtener más información sobre el convenio en el SIC> Noticias> en el buscador buscar "Administraciones Públicas" y seleccionar la noticia "Convenio con el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas" con fecha 23/05/2014.

También puede obtener más información de la aplicación en la web de Ancert> Cubrimos todas las necesidades del notario> Servicios SIGNO - Otros Servicios Corporativos> Notificación de apoderamientos.

¿Se puede anular una notificación?

Una vez enviada, no es posible anularla.

Si la notificación aún no está enviada y la tiene en la pestaña de "Pendientes de envío", puede eliminarla pulsando en el botón "Eliminar".

¿Puedo realizar dos notificaciones de apoderamientos con el mismo protocolo?

Sí es posible realizarlo, siempre que cada notificación de apoderamiento sea de un Acto Jurídico diferente (por ejemplo Revocación de apoderamiento y Poder General).

Ejemplo cláusula para escrituras de apoderamiento, autorizando la comunicación a las Administraciones Públicas: ¿Dónde puedo localizarla para incluirla en la copia que vamos a remitir en la notificación de apoderamientos?

Tiene disponible la plantilla en:

- Web de soporte> Documentación y manuales> Notificación a Terceros - SIGNO> Notificación a Terceros> Documentación

¿Para qué sirve la opción "Procuradores favoritos" que aparece en el bloque apoderados?

Desde el formulario, podremos acceder a los procuradores que hemos marcado como favoritos.

Para ello pulsaremos en la opción “Procuradores favoritos”, ubicada dentro del bloque “Datos del/los apoderados” y aparecerá una ventana con los procuradores que ya tenemos añadidos como favoritos y un bloque de búsqueda.

Desde esta misma ventana podrá añadirlos al trámite.

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¿Cómo puedo añadir un procurador a "Procuradores favoritos"?

Deberá pulsar en la opción "Añadir apoderado", seleccionar que es de tipo procurador y, cuando aparezca la ventana de búsqueda, realizar la búsqueda del procurador deseado.

Al aparecer el resultado, en la columna de la derecha, le aparecerá la opción "Añadir favorito". Al hacerlo, ya lo tendrá disponible para futuros trámites dentro de la opción "Procuradores favoritos".

¿Cómo elimino un procurador de favoritos?

Podremos eliminar del listado de favoritos el/los procurador/es pulsando en la opción “Eliminar favorito”, ubicada también en la columna de la derecha.

¿Cómo puedo crear un grupo de procuradores favoritos y añadir procuradores a dicho grupo?

Accederemos a la opción “Procuradores favoritos” en el bloque “Datos del/los apoderados”.

A continuación, pulsaremos en la pestaña “Grupos de procuradores”, ubicada en la parte superior izquierda de la ventana.

Para crear un nuevo grupo de procuradores favoritos, pulsaremos la opción “Crear grupo” ubicada en la parte superior izquierda de la ventana.

Después, daremos un nombre al grupo que queremos crear, en el campo “Nombre del grupo”, ubicado en la parte superior izquierda.

A continuación, podremos buscar procuradores para añadirlos al grupo. Podremos buscarlos dentro del bloque “Filtros de búsqueda” por nombre, apellidos, número de documento, Colegio y número de colegiado.

Una vez localizado el procurador deseado, pulsaremos en la opción “Añadir al grupo” ubicada en la columna derecha del bloque “Resultados de la búsqueda”.

¿Cómo elimino un procurador favorito de un grupo ya creado?

Accederemos a la opción “Procuradores favoritos” en el bloque “Datos del/los apoderados”.

A continuación, pulsaremos en la pestaña “Grupos de procuradores”, ubicada en la parte superior izquierda de la ventana.

En el bloque “Procuradores del grupo”, ubicado en la parte inferior de la ventana, localizaremos los procuradores que hemos añadido al grupo.

Podremos eliminarlos pulsando la opción “Eliminar”, ubicada en la columna derecha de este mismo bloque.

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¿Cómo modifico un grupo de procuradores favoritos ya creado?

Para modificar un grupo de procuradores ya creado, accederemos a la pestaña “Grupos de procuradores”, ubicada en la parte superior de la ventana.

A continuación, aparecerán los grupos que ya tenemos creados y, para modificar uno de ellos, pulsaremos en la opción “Modificar grupo”, ubicada en la columna derecha de la ventana.

¿La funcionalidad de descarga del modelo tiene algún coste adicional?

No, el coste sigue siendo el mismo. No hay coste adicional.

¿Se puede editar el modelo?

Si lo desean, pueden generar una plantilla propia, pulsando en la opción “Configuración” ubicada en la parte superior derecha de la pantalla de inicio de la aplicación. Para más información, puede consultar sección “Creación de una plantilla de escritura de poder para pleitos propia”.

Si elijo la opción “Sin número de protocolo”, a continuación los informo y envío el trámite a la bandeja de firmas, ¿podré modificar el número de protocolo y la fecha si me he equivocado?

Sí. Para ello deberá eliminar el trámite de la bandeja de firmas y podrá editar ambos campos.

He descargado el modelo, pero no aparecen cumplimentados algunos datos (protocolo, poderdantes, profesión del poderdante, etc…)

Esto sucede porque ha descargado el modelo antes de rellenar los campos correspondientes. Deberá rellenar el formulario con todos los datos que posea y, tras ello, descargar el modelo.

Si aún no tiene dichos datos, puede guardar el modelo en su equipo y editarlo cuando tenga dichos datos.

Actos jurídicos que sincronizan desde Expediente Electrónico:

1401 - Poder general

1402 - Poder electoral

1405 - Otro tipo de apoderamientos

1410 - Poder preventivo para el caso de incapacidad

1411 - Sustitución de otros poderes

1414 - Poder general mercantil

1415 - Poder de representación tributaria

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Contacte con nosotros

Pueden ponerse en contacto con el Centro de Atención a Usuarios de Ancert a través de los diferentes canales:

912 781 144 / 932 931 144

[email protected]

Web de soporte a usuarios

Recuerde que puede encontrar más FAQ’s sobre este trámite en la Web de Soporte a Usuarios.

Recursos