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PO-01 Página 1 de 5 FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS TITULO: ADMINISTRACIÓN, CONTABILIDAD E INFORMES FINANCIEROS CLAVE: PO-01 Inicio de vigencia: febrero 2020 Acuerdo CTA: Término de Vigencia: Indefinida No. de Hojas: 5 No. de Revisión: 1 No. de Anexos: 0 1. FINALIDAD Y ALCANCE: Este procedimiento establece los criterios y lineamientos para la administración del Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila, la contabilidad y registros financieros de manera precisa y homogénea para facilitar su sistematización, difusión y rendición de cuentas y la elaboración de los informes financieros requeridos por las diferentes instancias de decisión, los fideicomitentes y los órganos de control y vigilancia del Gobierno del Estado. Asimismo, tiene el propósito de proveer al Secretario Administrativo de los elementos técnicos y metodológicos necesarios para llevar a cabo la correcta Administración del Fondo, facilitando las tareas propias de la administración como son: a) Realizar el registro contable de las operaciones del Fondo, con una base de registro específica y con base en las Normas de Información Financiera (NIF) como supletorias. b) Obtener estados financieros que reflejen, de manera transparente, la situación económico-financiera y los resultados de la gestión del Fondo. c) Contar con información financiera útil para el análisis y la toma de decisiones. d) Contar con una base de datos homogénea que agilice el flujo de información para el seguimiento y control del Fondo. e) Analizar el comportamiento financiero del Fondo. Las disposiciones contenidas en el presente procedimiento, deberán ser aplicadas por el Secretario Administrativo (SA), y en su caso, por el personal del área contable del Consejo Estatal de Ciencia y Tecnología del Estado de Coahuila (COECYT) quien se encargará del registro contable de las operaciones del Fondo. 2. RESPONSABILIDADES: Son responsables de observar y aplicar este procedimiento: a) Secretario Administrativo: Responsable de instruir a la Coordinación Contable de COECYT el llevar a cabo la Administración del Fideicomiso, la contabilidad y registros financieros requeridos, así como la presentación de los informes financieros a la

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FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

TITULO: ADMINISTRACIÓN, CONTABILIDAD E INFORMES FINANCIEROS

CLAVE: PO-01

Inicio de vigencia: febrero 2020 Acuerdo CTA:

Término de Vigencia: Indefinida No. de Hojas: 5

No. de Revisión: 1 No. de Anexos: 0

1. FINALIDAD Y ALCANCE:

Este procedimiento establece los criterios y lineamientos para la administración del Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila, la contabilidad y registros financieros de manera precisa y homogénea para facilitar su sistematización, difusión y rendición de cuentas y la elaboración de los informes financieros requeridos por las diferentes instancias de decisión, los fideicomitentes y los órganos de control y vigilancia del Gobierno del Estado.

Asimismo, tiene el propósito de proveer al Secretario Administrativo de los elementos técnicos y metodológicos necesarios para llevar a cabo la correcta Administración del Fondo, facilitando las tareas propias de la administración como son:

a) Realizar el registro contable de las operaciones del Fondo, con una base de registro específica y con base en las Normas de Información Financiera (NIF) como supletorias.

b) Obtener estados financieros que reflejen, de manera transparente, la situación económico-financiera y los resultados de la gestión del Fondo.

c) Contar con información financiera útil para el análisis y la toma de decisiones.

d) Contar con una base de datos homogénea que agilice el flujo de información para el seguimiento y control del Fondo.

e) Analizar el comportamiento financiero del Fondo.

Las disposiciones contenidas en el presente procedimiento, deberán ser aplicadas por el Secretario Administrativo (SA), y en su caso, por el personal del área contable del Consejo Estatal de Ciencia y Tecnología del Estado de Coahuila (COECYT) quien se encargará del registro contable de las operaciones del Fondo.

2. RESPONSABILIDADES: Son responsables de observar y aplicar este procedimiento: a) Secretario Administrativo:

Responsable de instruir a la Coordinación Contable de COECYT el llevar a cabo la Administración del Fideicomiso, la contabilidad y registros financieros requeridos, así como la presentación de los informes financieros a la

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Fiduciaria, los Fideicomitentes, al Comité Técnico y de Administración, a los órganos de control, de vigilancia y fiscalización del Gobierno del Estado, y a la Junta de Gobierno del COECYT, en tiempo y forma, y atender en su caso, sus observaciones y requerimientos.

b) Comité Técnico y de Administración: Responsable de recibir y darse por enterado sobre los informes financieros y contables presentados por el Secretario Administrativo, y en su caso, emitir las instrucciones a que haya lugar, incluyendo la realización de auditorías que a su juicio sean necesarias.

c) Coordinación Contable del COECYT:

Responsable de llevar a cabo la Administración del Fideicomiso, la contabilidad y registros financieros requeridos, así como la preparación de los informes financieros para su presentación por el Secretario Administrativo.

3. DE LA ADMINISTRACIÓN DEL FONDO: 3.1 De los Registros del Fideicomiso

3.1.1 Registro y Archivo de Documentación Contable. El Fondo estará obligado a llevar todos los libros de contabilidad. Las operaciones que se registren en éste deberán estar respaldadas con la documentación que les dio origen. La documentación soporte de las pólizas contables de diario, ingresos, egresos, deberá incluir al menos, la que se detalla a continuación:

➢ Para las Pólizas de Diario, según aplique:

o Asignación o disminución de recursos por parte del CTA: Acuerdo

con el que se autorizó el apoyo por parte del CTA (en su caso el número del acuerdo del CTA).

o Formalización del convenio o contrato de servicios: Convenio de asignación de recursos debidamente formalizado con el Sujeto de Apoyo o contrato de prestación de servicios con el proveedor del servicio.

o En su caso, oficio que informe sobre alguna reclasificación de movimientos o saldos de cuentas.

➢ Para las Pólizas de Ingreso, sin excepción.

o Copia del documento bancario que ampare el depósito

(aportaciones, devolución de recursos por parte de los sujetos de apoyo y otros ingresos).

➢ Para las Pólizas de Egreso, sin excepción.

o Comprobante de instrucción de pago debidamente formalizado o

aprobado por quien esté facultado de conformidad con las Reglas de Operación del Fondo, en el que conste el número de acuerdo que autoriza el pago del apoyo por parte del CTA.

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o Comprobante fiscal original presentado por el Sujeto de Apoyo y su respectiva validación.

o Copia del documento bancario que compruebe la entrega de recursos (Ministraciones a proyectos; Pago a proveedores de servicios; etc.).

El registro de las principales operaciones del Fondo se realizará de conformidad a los lineamientos establecidos para el Consejo Estatal de Ciencia y Tecnología de Coahuila, toda vez que la contabilidad del Fondo forma parte de este. El Secretario Administrativo deberá integrar mensualmente y agrupar anualmente los archivos de los registros contables y la documentación que sustente los mismos.

3.2 De los convenios y contratos

3.2.1 El Secretario Administrativo elaborará y suscribirá los convenios y contratos que se requieran para la operación y administración del Fondo, aprobados por el Comité Técnico y de Administración, tanto en el Programa y Presupuesto Operativo Anual, como los que se deriven de la formalización de apoyos a proyectos.

3.2.1.1 El Secretario Administrativo elaborará y suscribirá los convenios de asignación de recursos con los sujetos de apoyo con la asistencia del Secretario Técnico. Para ello deberá utilizar, según corresponda por tipo de sujeto de apoyo, alguno de los Formatos incluidos en el Procedimiento PP-04 de Formalización de Proyectos, que forma parte del Manual de Procedimientos del Fondo.

3.2.1.2 El Secretario Administrativo podrá contratar los servicios de un despacho jurídico, si fueran necesarios para apoyar la defensa del patrimonio del Fondo.

3.2.1.3 El Secretario Administrativo podrá contratar los servicios de un despacho contable para apoyar las actividades del Secretario Técnico, en el seguimiento técnico y financiero de los proyectos. Dicha contratación se hará con cargo al gasto operativo autorizado del Fondo.

3.2.1.4 El Secretario Administrativo podrá contratar los servicios de especialistas que sean necesarios para apoyar las actividades de seguimiento técnico y financiero de los proyectos. Dicha contratación se hará con cargo al gasto operativo autorizado del Fondo.

3.3 De las instrucciones a la fiduciaria

3.3.1 El Secretario Administrativo instruirá a la Fiduciaria, sobre los requerimientos de recursos para la operación adecuada del Fondo, que estén autorizados por el Comité Técnico y de Administración.

3.3.1.1 El Secretario Administrativo instruirá a la Fiduciaria, sobre la

asignación de recursos a la cuenta del gasto operativo del Fondo, aprobados por el Comité Técnico y de Administración, conforme al Programa de Trabajo y Presupuesto Operativo Anual.

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3.3.1.2 El Secretario Administrativo instruirá a la Fiduciaria, sobre la entrega de recursos a los sujetos de apoyo del Fondo, conforme a los términos que se establezcan en los convenios de asignación de recursos y a los acuerdos emitidos por el Comité Técnico y de Administración.

3.3.1.3 El Secretario Administrativo instruirá a la Fiduciaria, sobre la

creación de cuentas y subcuentas que sean necesarias para la correcta operación del Fondo, autorizadas por el Comité Técnico y de Administración

3.4 De la defensa del Patrimonio

El Secretario Administrativo realizará las acciones jurídico - administrativas que sean necesarias para la defensa del patrimonio del Fondo, en función de sus atribuciones que le confieren el Contrato de Fideicomiso y las Reglas de Operación. Para el efecto podrá contratar los servicios especializados de un despacho jurídico.

3.5 De la aplicación de las sanciones a los Sujetos de Apoyo

3.5.1 El Secretario Administrativo llevará a cabo las acciones jurídico – administrativas necesarias para aplicar las sanciones a que haya lugar con base en lo establecido en el Procedimiento PP-06 del Manual de Procedimientos del Fondo, y de los acuerdos emitidos por el Comité Técnico y de Administración.

3.5.1.1 Las sanciones se aplicarán al Sujeto de Apoyo, en función de las responsabilidades en que pudieran haber incurrido los responsables técnico y administrativo de los proyectos, misma que pueden incluir la suspensión temporal o definitiva del proyecto o el no participar en cualquier otra convocatoria del Fondo, sin perjuicio de cualquier otra acción que pueda corresponder, derivada de la Ley o la normativa aplicable.

3.5.1.2 El Secretario Administrativo elaborará las actas correspondientes para formalizar la terminación de la vigencia del Convenio de Asignación de Recursos y las notificaciones al Sujeto de Apoyo, incluyendo en su caso, las sanciones que se determinen con apego a lo establecido en el Procedimiento PP-06 del Manual de Procedimientos del Fondo.

3.6 Del ejercicio del gasto operativo y comprobación de los recursos

3.6.1 Para el ejercicio del presupuesto y comprobación de los recursos del Fondo, el Secretario Administrativo realizará las siguientes actividades:

• Abrir una cuenta de cheques productiva, a nombre de: Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila, cuyo manejo recaerá en el Secretario Administrativo.

• Previo acuerdo con el Secretario Técnico, deberá presentar anualmente al Comité Técnico y de Administración la propuesta de Programa y Presupuesto Operativo Anual, señalando las actividades

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correspondientes, fecha probable de realización, costo estimado y responsable de la comprobación, a fin de recabar su aprobación.

• Instruir a la Fiduciaria, la asignación de recursos a la cuenta del Gasto Operativo del Fondo, de acuerdo con el presupuesto operativo anual aprobado y al programa anual de trabajo autorizados.

• Toda erogación de recursos deberá justificarse plenamente y la documentación deberá cumplir con los requisitos fiscales, legales y lo establecido en el presente procedimiento.

• La documentación comprobatoria deberá quedar bajo custodia del Secretario Administrativo y estar disponible para el Secretario Técnico, y para cualquier revisión de los órganos fiscalizadores.

• Será responsabilidad del Secretario Administrativo atender las auditorias relacionadas con el manejo de los recursos, debiendo informar de los resultados de las mismas al Comité Técnico y de Administración.

• El informe financiero del Fondo, será presentado por el Secretario Administrativo para su aprobación al Comité Técnico y de Administración.

3.7 De la atención a las auditorías al Fideicomiso

3.7.1 Será responsabilidad del Secretario Administrativo a través de la Coordinación Contable del COECYT atender las auditorias relacionadas con el manejo de los recursos, debiendo informar de los resultados de las mismas al Comité Técnico y de Administración. Para ello, deberá:

3.7.1.1 Realizar los actos necesarios para facilitar la práctica de las auditorías externas contables o legales, que se realicen al Fondo. Proporcionar toda la documentación soporte que se le requiera por parte de los órganos fiscalizadores, y recibir el resultado de las mismas.

Elaborado por: Nombre y firma Fecha

Secretario Administrativo M.C. Mario Prudencio Valdés Garza 12-feb-2020

Secretaria Técnica Dra. Vanessa Martínez Sosa 12-feb-2020

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FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

TITULO: PROGRAMA Y PRESUPUESTO OPERATIVO ANUAL CLAVE: PO-02

Inicio de vigencia: febrero 2020 Acuerdo CTA:

Término de Vigencia: Indefinida No. de Hojas: 9

No. de Revisión: 1 No. de Anexos: 3

1. ALCANCE Y FINALIDAD:

Este procedimiento establece los criterios para la elaboración del Programa y Presupuesto Operativo Anual, del Informe Anual de Actividades y del ejercicio y comprobación del gasto de las erogaciones autorizadas por el Comité Técnico y de Administración, a fin de garantizar transparencia, eficacia y racionalidad en el uso de los recursos que constituyen el patrimonio del Fondo.

2. RESPONSABILIDADES:

2.1 Es responsabilidad del Secretario Técnico y del Secretario Administrativo definir conjuntamente los objetivos, metas y actividades necesarias para llevar a cabo las acciones y asegurar el cumplimiento de los fines del Fondo, su adecuada operación y el correcto ejercicio de los recursos.

2.2 Es responsabilidad del Secretario Técnico y del Secretario Administrativo elaborar conjuntamente la propuesta del Programa y Presupuesto Operativo Anual y presentarlo al Comité Técnico y de Administración para su aprobación, preferentemente, en la última sesión del año previo a su implementación.

2.3 Es responsabilidad del Secretario Técnico y del Secretario Administrativo elaborar y presentar conjuntamente al Comité Técnico y de Administración, el Informe Anual de Actividades en función del Programa Operativo Anual.

2.4 Es responsabilidad del Secretario Administrativo elaborar el informe del ejercicio del gasto correspondiente, preferentemente, en la primera sesión del año inmediato siguiente en que se ejecuta, para su conocimiento y aprobación en su caso.

2.5 Es responsabilidad del Comité Técnico y de Administración autorizar el Programa Operativo Anual a desarrollar por el Secretario Técnico y el Secretario Administrativo, así como el Presupuesto Operativo correspondiente e instruir a la Fiduciaria para la transferencia de los recursos a la cuenta que para tal efecto se haya autorizado, de acuerdo al calendario establecido.

2.6 Es responsabilidad del Comité Técnico y de Administración analizar los objetivos, metas, actividades y costos propuestos en el Programa y Presupuesta Operativo Anual, así como

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en base a los resultados del Fondo, las acciones de mejora que podrían ser consideradas y autorizar el presupuesto para llevarlas a cabo.

2.7 Es responsabilidad del Comité Técnico y de Administración de enterarse de las actividades y resultados del Programa Operativo Anual con base en el Informe Anual de Actividades presentado por Secretario Técnico y el Secretario Administrativo, así como del informe del ejercicio del gasto correspondiente y su aprobación.

3. PROGRAMA OPERATIVO ANUAL

3.1 El Secretario Técnico y el Secretario Administrativo deberán elaborar de manera conjunta el Programa Operativo Anual, y someterlo para su análisis y aprobación al Comité Técnico y de Administración.

3.2 Se considera como Programa Operativo Anual al conjunto de acciones y actividades relevantes que tanto el Secretario Técnico y el Secretario Administrativo llevarán a cabo en el año, para cumplir con el propósito del Fondo, asegurar su correcta operación e incorporar acciones de mejora en sus distintos procesos.

3.3 El Programa Operativo Anual deberá considerar los procesos esenciales como son definición de prioridades y demandas, la emisión de convocatorias, la evaluación y selección de propuestas, el seguimiento técnico y financiero de proyectos, la transferencia y difusión de resultados y la evaluación del impacto.

3.4 Las acciones o actividades programadas deberán considerar su justificación, los objetivos, metas y entregables, así como los tiempos y responsables de las mismas, utilizando para ello el formato descrito en el Anexo 1.

3.4 Las acciones a considerar deberán presentarse preferentemente en el orden secuencial de los procesos del Fondo y estar claramente relacionadas con los mismos, siendo lo siguiente enunciativo y no limitativo, tales como:

1) Planeación

• Sesiones de planeación para la definición de áreas prioritarias

2) Comité Técnico y de Administración.

• Sesiones de Trabajo

3) Convocatorias:

• Publicación, difusión y resultados de la Convocatoria

• Talleres de inducción o formulación de propuestas

4) Evaluación.

• Sesiones de trabajo de las Comisiones de Evaluación

5) Formalización.

• Tiempos de formalización de los CAR

6) Control y seguimiento de proyectos.

• Sesiones de trabajo de evaluación (grupal, en sitio, presenciales, etc.)

• Auditorias técnicas y financieras

7) Transferencia, Difusión y Divulgación de resultados.

• Foros/Congresos/Simposios

• Sitio Web

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• Publicaciones (impresas y/o digitales)

8) Evaluación de Impacto.

• Sesiones de trabajo con usuarios/beneficiarios

• Validación en campo

9) Operación del Fideicomiso.

• Informes financieros y contables del Fondo

• Sistemas de Control y auditoría

4. PRESUPUESTO OPERATIVO ANUAL

4.1 El Secretario Técnico y el Secretario Administrativo deberán elaborar de manera conjunta el Presupuesto Operativo Anual.

4.2 Es responsabilidad del Secretario Técnico y del Secretario Administrativo someter para su aprobación del Comité Técnico y de Administración la propuesta de Presupuesto Operativo Anual conforme al formato de Presupuesto Operativo Anual establecido en el Anexo 2.

4.3 Se considera como Presupuesto Operativo, las erogaciones requeridas para la ejecución del conjunto de acciones y actividades, sustantivas y adjetivas, establecidas en el Programa Operativo Anual autorizado por el Comité Técnico y de Administración conforme a los procesos del Fondo.

4.4 El Presupuesto Operativo Anual deberá considerar todas las erogaciones necesarias para el desarrollo de las actividades y acciones sustantivas y adjetivas, para el cumplimiento del Programa Operativo Anual autorizado por el Comité Técnico y de Administración del Fondo, que entre otras deberá incluir según se considere necesario:

• Reconocimientos a los miembros de las Comisiones de Evaluación responsables de dictaminar la calidad y factibilidad técnica de las propuestas, así como y para el acompañamiento y supervisión técnica de los proyectos.

• Contratación del despacho jurídico para la atención de los asuntos legales de proyectos y del Fondo, en caso de requerirse.

• Contratación del despacho contable para apoyar al Secretario Administrativo en la revisión de los informes financieros de los proyectos apoyados por el Fondo.

• Contratación de servicios especializados para apoyar al Secretario Técnico en el seguimiento técnico y financiero de los proyectos.

• Contratación de consultoría especializada para el diseño de metodologías, sistemas de control y evaluación de impacto de los proyectos y del Fondo.

4.5 Los Secretarios Técnico y Administrativo deberán hacer las provisiones necesarias en esta cuenta para asegurar la disponibilidad de recursos para el correcto desarrollo del Programa Operativo Anual.

4.6 Para cada una de las acciones consideradas se deberá especificar el monto de recursos necesarios para llevarlas a cabo, de acuerdo con el catálogo de rubros permitidos y que se describen en el Anexo 3.

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4. EJERCICIO DEL PRESUPUESTO:

4.1 El ejercicio de los recursos deberá apegarse a los conceptos y montos autorizados por el Comité Técnico y de Administración de acuerdo al calendario presentado en el Presupuesto Operativo Anual y en concordancia con las actividades señaladas y descritas en el Programa Operativo Anual.

4.2 El ejercicio de los recursos autorizados podrá ser a través de:

a) A través de una cuenta de cheques productiva aperturada exclusivamente para esos fines a nombre del Fondo y manejada con la firma del Secretario Administrativo.

4.3 En caso de requerirse una modificación al calendario aprobado, el Secretario Técnico y el Secretario Administrativo de común acuerdo deberán informar al Comité Técnico y de Administración y notificarán por escrito a la Fiduciaria de dicho ajuste.

4.4 Los gastos operativos autorizados serán los derivados de:

a) La realización de Sesiones de Planeación, Talleres de formulación de propuestas, Sesiones del Comité Técnico y de Administración, de las Comisiones de Evaluación.

b) Estudios especializados requeridos por el Comité Técnico y de Administración, para apoyar los procesos del Fondo y mejorar su toma de decisiones, tales como el desarrollo de modelos de planeación, desarrollo de metodologías para la planeación y evaluación de impacto.

c) La realización de eventos autorizados por el Comité Técnico y de Administración para la difusión y divulgación de proyectos en desarrollo o concluidos, resultados de evaluación de impacto del programa y de casos de éxito apoyados por el Fondo.

d) Gastos para la difusión de las Convocatorias y publicación de resultados.

e) Gastos para la evaluación de propuestas y seguimiento de proyectos en desarrollo apoyados por el Fondo.

f) Pago por servicios especializado para el seguimiento de los proyectos, supervisión de obra y evaluación de impactos.

g) Contratación de despachos para las gestiones jurídicas requeridas por el Fondo.

h) Contratación de despachos contables para llevar a cabo la revisión de los informes financieros de los proyectos apoyados por el Fondo.

4.8 Solo se podrán cubrir pasajes y viáticos a los Secretarios Técnico o Administrativo a sus respectivos suplentes y al personal operativo o de soporte o cuando asistan a reuniones de trabajo estrictamente relacionadas con el Fondo. No se cubrirán gastos en que éstos asistan como funcionarios o en representación de la institución a la cual pertenecen.

5. CRITERIOS PARA EL EJERCICIO Y COMPROBACIÓN DEL GASTO:

5.1 Con el propósito de asegurar un correcto control del ejercicio del gasto autorizado, se deberá considerar lo siguiente:

a) Todos los gastos efectuados deberán ser pagados con transferencia electrónica provenientes de la cuenta aperturada, a favor del proveedor, del prestador de servicios o de la persona autorizada que realizó el gasto y que aplica el esquema de reembolso.

b) Solo en el rubro de pasajes y viáticos, se podrán dar gastos a comprobar o anticipos.

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c) Será obligación del Secretario Administrativo y/o Técnico responsable de la actividad, presentar ante el Comité Técnico y de Administración del Fondo el informe técnico y financiero de los eventos realizados.

d) Toda la erogación deberá justificarse plenamente y la documentación deberá cumplir con los requisitos fiscales vigentes.

5.2 Los comprobantes deberán cumplir con los requisitos fiscales vigentes y ser expedidos a nombre del COECYT. Para efectos de comprobación deberán ser firmados por el Secretario Administrativo o Técnico según el origen del gasto.

5.3 En caso de incumplimiento en la comprobación de los viáticos en el tiempo establecido, el Secretario Técnico o Secretario Administrativo que autorizó la comisión solicitará el reintegro del anticipo, salvo en casos excepcionales y previa justificación se podrá ampliar el plazo establecido para presentar su comprobación.

5.4 El Secretario Administrativo, dispone de cinco días hábiles de recibida la solicitud de pago, para que realice la transferencia o se emita la instrucción de pago a la Fiduciaria, o en caso de rechazo, notificar al proveedor del bien o servicio, o al solicitante del reembolso por gastos erogados, las causas de éste.

5.5 La documentación comprobatoria deberá permanecer bajo custodia del Secretario Administrativo a fin de estar disponible para cualquier revisión o auditoría.

6. CONTINGENCIAS Y CASOS NO PREVISTOS

Las contingencias y casos no previstos en las presentes reglas serán resueltos por el Comité Técnico y de Administración del Fondo.

Validación Nombre y firma Fecha

Secretario Administrativo M.C. Mario Prudencio Valdés Garza 12-feb-2020

Secretario Técnico Dra. Vanessa Martínez Sosa 12-feb-2020

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ANEXO 1

FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA

PROGRAMA OPERATIVO ANUAL 201__________

PROCESO ACCIONES

RELEVANTES JUSTIFICACIÓN OBJETIVO METAS ENTREGABLES RESPONSABLES

PLANEACION

REUNION DEL COMITÉ TECNICO Y DE ADMINISTRACION

CONVOCATORIAS

EVALUACION

FORMALIZACION

CONTROL Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS

DIFUSION

EVALUACION DE IMPACTO

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ANEXO 2

CATALOGO POR OBJETO DE GASTO 01 Gastos de Alimentación: Este gasto será aplicado a las siguientes personas: miembros del Comité Técnico y de

Administración, Comisión de Evaluación y Seguimiento, Comités de Planeación, Evaluadores, y Conferencistas invitados en Foros o Congresos. Sólo será aplicable para sufragar gastos de alimentación en reuniones o cuando los integrantes estén fuera de su lugar de residencia, por actividades del Fondo.

02 Combustibles:

Este gasto será aplicado a las siguientes personas: Secretarios Administrativo y Técnico y/o sus respectivos suplentes, Evaluadores y Conferencistas cuando se trasladen de su lugar de residencia, por actividades estrictamente relacionados con el Fondo.

03 Peaje:

Este gasto será aplicado a las siguientes personas: Secretarios Administrativo y Técnico y/o sus respectivos suplentes, Evaluadores y Conferencistas cuando se trasladen de su lugar de residencia, por actividades estrictamente relacionados con el Fondo.

04 Servicio de Mensajería:

Los Secretarios Administrativo y Técnico realizarán este gasto, siempre y cuando resulte indispensable para lograr el cumplimiento de los objetivos y metas del programa de trabajo y presupuesto autorizado. Asimismo, se fomentará la utilización del equipo de informática y sistemas de comunicación electrónica para el envío de documentación dentro y fuera de las dependencias.

05 Arrendamiento de Inmueble y equipos para la realización de eventos: Se efectuará este tipo de erogaciones, en cumplimiento a los objetivos y metas del

programa de trabajo y se ajustará al presupuesto autorizado. Este rubro comprende, entre otros conceptos: Salón de sesiones, servicio de apoyo logístico y servicios especializados tales como arrendamiento de equipo informático, de sonido o proyección, estenográficos, durante el evento.

06 Publicaciones en medios electrónicos:

Se deberán utilizar los medios de difusión del sector público, empresas de comunicación, espacios propios del COECYT (paginas WEB, redes, entre otras).

07 Pasajes:

Este gasto será aplicable a los Secretarios Administrativo y Técnico, sus respectivos suplentes y al personal de apoyo de éstos, cuando en el ejercicio de sus funciones tengan necesidad de trasladarse de sus lugares de residencia, particularmente para coordinar los procesos de determinación de áreas y el acompañamiento en el seguimiento de proyectos. También aplicará para los evaluadores que asistan a reuniones de trabajo presenciales, así como a invitados especiales para su participación en eventos previamente autorizados por el Comité Técnico y de Administración. Se deberá de tomar en cuenta el tabulador de viáticos vigente establecido por el órgano de control y vigilancia del Gobierno del Estado.

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08 Viáticos: Este gasto será aplicable a los Secretarios Administrativo y Técnico y al personal de apoyo de éstos, cuando en el ejercicio de sus funciones tengan necesidad de trasladarse de sus lugares de residencia. También aplicará para los evaluadores que asistan a reuniones presenciales y a los invitados especiales para su participación en eventos previamente autorizados. Se deberá de tomar en cuenta el tabulador de viáticos vigente establecido por el órgano de control de vigilancia de Gobierno del Estado. cualquier modificación al tabulador, el Secretario Técnico notificará por escrito al secretario Administrativo de estos ajustes.

09 Contratación de Servicios Profesionales y Especializados:

Para la realización del Seguimiento y financiero a proyectos, auditorias especializadas, estudios especializados aprobados por el Comité Técnico y de Administración para apoyar el desarrollo de metodologías o modelos de operación del Fondo Mixto, en cumplimiento a los objetivos y metas del programa de trabajo y se ajustará al presupuesto autorizado. Incluye servicios especializados para asegurar el seguimiento de proyectos. La contratación la realizará el Secretario Administrativo con el prestador de servicios, previo acuerdo del Comité Técnico y de Administración del FOMIX. La contratación de servicios deberá realizarse por comparación de ofertas (mínimo tres cotizaciones) revisadas y acordadas con el Secretario Técnico y en el contrato correspondiente deberá especificarse, entre otros: las responsabilidades contraídas, la duración del período de contratación y en su caso el número de contrataciones que se podrán realizar con el mismo proveedor.

10 Papelería y correspondencia:

Este gasto será aplicado para la adquisición del material requerido para atender las actividades exclusivas del FOMIX. Deberá realizarse por el Secretario Técnico y Administrativo y cubrirá los rubros que se requieran para atender las necesidades de documentación, correspondencia, derivado de reuniones del Comité Técnico y de Administración, de la Comisión de Evaluación, así como de los procesos planeación, inducción de proyectos, evaluación, seguimiento, y evaluación de impacto, difusión y divulgación, foros para la adecuada administración del FOMIX.

10 Otros gastos Considera aquellos gastos que sean aprobados por el Comité Técnico y de Administración para asegurar el correcto funcionamiento del Fondo.

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ANEXO 3

FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA

PRESUPUESTO DEL GASTO OPERATIVO 201__________

Proceso Acciones Relevantes Concepto de gasto Cantidad Costo

unitario Monto

Monto Presupuesto

1. Planeación 1.1 Definición de áreas prioritarias

2. Convocatoria 2.1 Elaboración y publicación de convocatorias

3. Formulación de propuestas

3.1 Talleres de inducción

4. Evaluación 4.1 Dictaminación calidad de las propuestas

5. Formalización proyectos

5.1 Taller de capacitación CAR y Manual de Administración de Proyectos

6. Seguimiento de proyectos

6.1 Control y seguimiento de proyectos

6.2 Cierre técnico y financiero de proyectos

6.3 Auditorías técnicas y financieras

7. Transferencia, difusión y divulgación de resultados

7.1 Divulgación de los proyectos finiquitados del Foncyt

8. Evaluación de impacto

8.1 Definición de metodología

8.2 Evaluación ex –post impacto proyectos

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FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA

TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

Título: ELABORACIÓN, PUBLICACION Y CIERRE DE

CONVOCATORIA CLAVE: PP-01

Inicio de vigencia: febrero 2020 Acuerdo CTA:

Término de Vigencia Indefinida No. de Hojas: 42

No. de Revisión: 1 No. de Anexos: 3

1. ALCANCE Y FINALIDAD:

1 Este procedimiento establece los criterios y lineamientos para la elaboración, publicación, difusión y recepción de propuestas de las Convocatorias emitidas por el Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila.

2. RESPONSABILIDADES:

2.1 Es responsabilidad del Secretario Administrativo, con el apoyo del Secretario Técnico, definir las áreas a apoyar en función de los recursos disponibles y/o aportaciones comprometidas en el Anexo de Ejecución, deberán ser presentadas al Comité Técnico y de Administración, para la aprobación de la emisión de las convocatorias correspondientes y los recursos a comprometer en cada una de las modalidades.

2.2 Es responsabilidad del Secretario Técnico con el apoyo del Secretario Administrativo, elaborar las bases y términos de referencia, emitir las convocatorias, gestionar su publicación y dar seguimiento al ingreso de propuestas a través del Sistema FONCYT si este ya fue implementado.

2.3 Es responsabilidad de ambos Secretarios promover y difundir las convocatorias, así como la realización en su caso, de talleres que contribuyan a mejorar la calidad de las propuestas.

2.4 Es responsabilidad del Comité Técnico y de Administración revisar y aprobar el alcance de las propuestas recomendadas por la Comisión de Evaluación, la emisión de las convocatorias que sean necesarias y la asignación de los recursos correspondientes.

2.5 Es responsabilidad del Usuario, designar formalmente un enlace que asuma esta responsabilidad y las inherentes en los procesos de evaluación, seguimiento y transferencia de resultados.

3. ELABORACIÓN DE CONVOCATORIAS

3.1 Aspectos Generales:

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a) El Secretario Técnico con el apoyo del Secretario Administrativo deberá elaborar las bases de las convocatorias que sean aprobadas por el Comité Técnico y de Administración, de acuerdo a la estructura establecida en los Anexos 1 y 2.

b) Las convocatorias aprobadas solo podrán publicarse si se tiene disponibilidad presupuestal en el Fideicomiso al momento de emitirlas, ya sea por remanentes de ejercicios anteriores o porque los recursos comprometidos para el ejercicio ya hayan sido fideicomitidos.

c) De acuerdo a su naturaleza, las convocatorias podrán considerar fechas de cierre para la recepción de propuestas, o bien, un esquema que permita más de un periodo de recepción, según lo autorice el Comité Técnico y de Administración.

d) Las Convocatorias deberán identificarse mediante una nomenclatura que permita su referenciación en propuestas, proyectos, comisiones de evaluación, administración y contabilidad del Fondo, para un mejor control y/o manejo, siendo ésta, la abreviatura de la entidad, el año de publicación en cuatro dígitos y el número consecutivo de convocatoria emitida.

COAH-20__-C__ Ej. COAH-2019-C13

e) Las propuestas deberán ser presentadas invariablemente por instituciones, universidades públicas y particulares, centros de investigación, laboratorios, micro y pequeñas empresas, organizaciones de la Sociedad Civil, con pre-inscripción o inscripción vigente en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT).

f) Las propuestas presentadas deberán identificarse siguiendo el esquema de nomenclatura de la convocatoria, agregando al final la modalidad y el número de propuesta recibida en dicha modalidad:

COAH-20__-C__-____ Ej. COAH-2019-C13-A001

g) Cada modalidad deberá apegarse al siguiente tabulador de montos:

Modalidad Fondo Concurrencia Duración Consideraciones

A. Becas tesis terminales de maestría

$ 15,000.00 $ 15,000.00 3-6 meses Dependiendo de la duración

A. Becas tesis terminales de doctorado

$20,000.00 $20,000.00 3-6 meses Dependiendo de la duración

B. Estancias técnicas y de investigación nacionales

$20,000.00 $20,000.00 Dependiendo de la duración

B. Estancias técnicas y de investigación internacionales

$40,000.00 $40,000.00 Dependiendo de la duración

C. Proyectos, diagnósticos y/o estudios

$100,000.00 Hasta 12 meses

D. Solicitudes y trámite de registros de propiedad industrial

$10,000.00

E. Eventos académicos $20,000.00

F. Prioridades estatales De acuerdo al monto de la convocatoria y a la prioridad.

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4.2 Estructura de la convocatoria.

Las convocatorias deberán contener la siguiente estructura:

a) Bases de la Convocatoria:

Este documento deberá resumir las características particulares de la convocatoria; contener información que indique claramente quien convoca, a quien, y a que se convoca, los recursos disponibles para ello.

Deberá señalar los requisitos o particularidades que distinga a la convocatoria de otras, siempre y cuando no contravengan la normativa del Fondo, así como elementos de tiempo, montos y presentación que sean indispensables para la propuesta.

Deberá hacer referencia de aquellos procesos críticos y requisitos que es importante que el proponente o solicitante de apoyo, consulte en el documento de Términos de Referencia.

Para efectos de horario, se establecerá como hora límite para la recepción de propuestas las 14:00 hrs., hora del centro.

Se deberá utilizar como referencia el formato de Bases que se presenta en el Anexo 1.

b) Términos de referencia

Por su naturaleza normativa, el documento denominado “Términos de Referencia” mostrado en el Anexo 2, será de aplicación general por lo que se podrá utilizar como referencia para cualquier convocatoria emitida por el Fondo, en tanto no se acuerde su modificación o se modifique la normativa vigente.

En este documento se precisa la información solicitada para la presentación de las propuestas, los rubros elegibles de financiamiento, así como los criterios que rigen los diferentes procesos de la Convocatoria y que el proponente del apoyo debe tomar en consideración tanto en la fase de formulación de propuestas como en la fase de formalización del apoyo y ejecución del proyecto.

El documento deberá contener la siguiente estructura:

I. Alcance. II. Especificación de las áreas prioritarias del Estado. III. Estructura y características de las propuestas. IV. Rubros financiables. V. Evaluación y selección de propuestas. VI. Notificación de apoyo y tiempos para la formalización. VII. Convenio de asignación de recursos. VIII. Informes. IX. Ministración de recursos. X. Confidencialidad, propiedad intelectual, reconocimientos y difusion de los

resultados de los proyectos. XI. Equidad y no discriminación. XII. Transparencia, eficiencia, eficacia, economía y honradez. XIII. Consideraciones generales. XIV. Manejo de la información.

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De acuerdo con la propuesta y en particular la(s) modalidad(es) involucradas, el proponente deberá referirse a los apartados que en su caso aplique, así como a los que de manera expresa se señalen en las bases.

Las particularidades de las Convocatorias no consideradas en los Términos de Referencia, se señalarán en las Bases de la misma.

5. APROBACIÓN, PUBLICACION Y DIFUSIÓN DE CONVOCATORIAS

5.1 El Secretario Administrativo en colaboración con el Secretario Técnico, presentarán para su aprobación al Comité Técnico y de Administración del Fondo, las Convocatorias que serán publicadas en el transcurso del año. Tomado el punto de acuerdo sobre su aprobación, y en su caso, habiendo atendido las observaciones emitidas por el Comité Técnico y de Administración, el Secretario Técnico con apoyo del Secretario Administrativo, procederá a la elaboración de las bases y demandas específicas con la estructura señalada en los Anexos 1 y 2.

5.2 El Secretario Técnico de común acuerdo con el Secretario Administrativo podrá emitir las Convocatorias autorizadas por el Comité Técnico y de Administración, siempre y cuando estén fideicomitidos los recursos comprometidos o bien, se tenga disponibilidad suficiente en el Fideicomiso.

5.3 El Secretario Técnico será el responsable de gestionar la publicación de la Convocatoria en la página electrónica del COECYT.

5.4 El Secretario Técnico elaborará, con base en las fechas y periodos considerados en la convocatoria, una referencia rápida del calendario de la misma, la cual será publicada en la sección de Nuestros Programas de la página electrónica del COECYT en el formato mostrado en el Anexo 3, para consulta de los proponentes. De igual forma publicará en su caso, la fecha y lugar de los talleres de formulación de propuestas que se hayan programado.

5.5 Podrá publicarse un aviso en medios de comunicación impresos sobre la emisión de la(s) convocatoria(s), con cargo al Presupuesto Operativo del Fondo, observando siempre las disposiciones estatales en materia de austeridad y sea un gasto aprobado por el Comité Técnico y de Administración.

5.6 Ambos Secretarios podrán hacer del conocimiento de la publicación y alcance de la Convocatoria a las instancias que consideren tienen la capacidad o interés de presentar propuestas al Fondo, utilizando para ello, los mecanismos de difusión que consideren más convenientes.

6. RECEPCIÓN DE PROPUESTAS

6.1 El cierre para la recepción de propuesta se hará en la fecha y hora establecida en las bases de la Convocatoria. A partir de ese tiempo límite no se recibirán propuestas.

6.2 En el caso de que el Sistema FONCYT se encuentre disponible para la recepción de propuestas, se cerrará en la fecha y hora establecida en las bases de la Convocatoria.

6.3 En el caso de una falla del sistema que impida la captura de propuestas, el Secretario Técnico, de común acuerdo con el Secretario Administrativo, podrá solicitar se mantenga abierto el sistema hasta por un periodo de 72 horas después de corregida la falla, sin que esto implique necesariamente un cambio en el calendario y fechas compromiso para la publicación de resultados.

6.4 En los casos que la fecha de publicación de resultados se vea afectada por alguna situación no prevista, el Secretario Técnico de común acuerdo con el Secretario Administrativo deberá notificar a la comunidad la nueva fecha de publicación.

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7. CIERRE DE LA CONVOCATORIA 7.1 Una vez publicados los resultados de la Convocatoria y formalizados los apoyos, el

Secretario Técnico y el Secretario Administrativo definirán, en función de los calendarios comprometidos en los Convenios de Asignación de Recursos, un programa de seguimiento de los proyectos apoyados y en base en ello, la fecha probable de cierre de la convocatoria.

7.2 Una vez que el Secretario Técnico emita el acta que de por terminado la vigencia del Convenio de Asignación de Recursos correspondiente, del proyecto, o en su caso, de la totalidad de proyectos aprobados en una convocatoria, el Secretario Técnico y el Secretario Administrativo elaborarán de manera conjunta, el informe correspondiente de la convocatoria, se notificará la Comité Técnico y de Administración y se dará por concluida.

8. CICLOS OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA 8.1 Los Secretarios Técnico y Administrativo deberán establecer mecanismos para obtener

preferentemente, ciclos de Convocatoria que no excedan los valores siguientes:

Etapa de la Convocatoria Unidad Objetivo

Periodo de recepción de propuestas Días* 30

Evaluación y selección propuestas Días* 30

Publicación de Convocatoria a Publicación de resultados Días 50-70

Formalización del apoyo a partir de reunión de sujetos de apoyo

Días* 30

Ciclos de ejecución de proyecto (sin extensión del tiempo de ejecución)

Meses 12

Ciclo Total Convocatoria (sin extensión del tiempo de ejecución)

Años 1.5

* Días hábiles

9.2 En el Programa Operativo Anual que los Secretarios Técnico y Administrativo

presentan de manera conjunta al Comité Técnico y de Administración deberán quedar descritas las acciones consideradas para alcanzar los ciclos de referencia.

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Anexos

1. Formato de Bases de Convocatoria

2. Términos de Referencia

3. Formato para la elaboración del calendario

Validado por: Nombre y firma Fecha

Secretario Administrativo

M.C. Mario Prudencio Valdés Garza 12-feb-2020

Secretario Técnico

Dra. Vanessa Martínez Sosa 12-feb-2020

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ANEXO 1

FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y

LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA

CONVOCATORIA 20___-C___

El Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza y el Consejo Estatal de Ciencia y

Tecnología del Estado de Coahuila (COECYT), han constituido un fideicomiso con recursos

concurrentes denominado “Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la

Tecnología en el Estado de Coahuila” para apoyar el desarrollo de proyectos, diagnósticos y

programas con contenidos de carácter científico, tecnológico y de innovación.

Para el cumplimiento de este propósito, el Gobierno del Estado de Coahuila y el Consejo

Estatal de Ciencia y Tecnología del Estado de Coahuila a través del “Fondo Destinado a

Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila”.

CONVOCAN

A las Instituciones de Educación Superior, Centros de Investigación, Organizaciones de la

Sociedad Civil, Micro y Pequeñas Empresas del Estado de Coahuila, a presentar propuestas

bajo las siguientes modalidades:

A. Becas para tesis terminales de nivel maestría y doctorado.

B. Estancias técnicas y de investigación en instituciones de educación superior, centros

de desarrollo científico y tecnológico nacionales y en el extranjero, así como en

empresas participantes.

C. Proyectos, diagnósticos y/o estudios que impulsen el desarrollo integral de las áreas

educativas, sociales, económicas, ambientales, científicas y tecnológicas del Estado.

D. Solicitud y trámites de registro de propiedad industrial para proyectos de innovación y

desarrollo tecnológico.

E. Eventos académicos encaminados a promover la cultura científica y de innovación

en Coahuila de Zaragoza.

1. BASES

1.1 Las propuestas deberán ser presentadas por las Instituciones de Educación

Superior, Centros de Investigación, Organizaciones de la Sociedad Civil y Micro y

Pequeñas Empresas, del Estado Coahuila de Zaragoza, con pre-registro o registro

vigente de RENIECYT.

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1.2 La propuesta del proyecto deberá encuadrar con las áreas prioritarias para

Coahuila, siendo éstas:

• Agroindustria y Alimentos

• Desarrollo Regional

• Desarrollo Social Incluyente

• Desarrollo Sostenible

• Educación

• Energías Renovables

• Industria 4.0

• Salud

1.3 Los proyectos, diagnósticos y/o estudios que se presenten en la modalidad C

deberán incluir una carta del usuario final con el compromiso de utilizar los resultados.

1.4 Las empresas participantes deberán presentar el aval de su cámara u organismo

empresarial.

1.5 Las organizaciones de la Sociedad Civil deberán contar con el aval de su

ayuntamiento.

1.6 Las propuestas del proyecto deberán registrarse en el formato disponible en la

página de COECYT y entregarse impresas en original (sin engargolar) junto con las

cartas institucionales. La entrega de documentos se realiza en las oficinas del

COECYT (en Saltillo o Torreón), desde la publicación de esta convocatoria y hasta el

27 de marzo del 2019 a las 14:00 hrs.

1.7 Además, se entregarán 3 copias impresas (engargoladas) del anteproyecto de

investigación con la estructura del proyecto. El anteproyecto se emite en hojas sin

logotipos institucionales.

1.8 Las propuestas deberán especificar un responsable técnico del proyecto, un

responsable administrativo y un representante legal.

1.9 Las propuestas deberán especificar las actividades que se desempeñarán, los

productos esperados, además de lo estipulado en los formatos que se encuentran

disponibles en los Términos de referencia, que forman parte de la presente

convocatoria, ubicada en la página electrónica del COECYT

www.coecytcoahuila.gob.mx.

2. FINANCIAMIENTO, MONTO DEL APOYO Y DURACIÓN DEL PROYECTO.

2.1 El Fondo podrá apoyar total o parcialmente los requerimientos financieros

solicitados en función de su naturaleza, tiempo y alcance del proyecto. En función de

su justificación, el Comité

Técnico y de Administración del Fondo establecerá el monto autorizado.

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2.2 En la presente convocatoria se apoyarán en las siguientes modalidades:

A. ____ becas para tesis terminales de nivel maestría y ___ de doctorado. El

monto máximo de beca de maestría será de hasta $ 30,000.00 (treinta mil pesos

00/100 M.N.) y de beca doctorado será de hasta $ 40,000.00 (cuarenta mil pesos

00/100 M.N.). De la cual la institución proponente aportará el 50% de la beca

de maestría o doctorado. Los beneficiarios tendrán hasta 6 meses para

presentar el examen de grado.

B. ___ estancias técnicas y de investigación nacionales y ___ estancias técnicas

y de investigación internacionales. El monto máximo de apoyo para estancia

nacional será de hasta $ 40,000.00 (cuarenta mil pesos 00/100 M.N.) y de

estancia internacional de hasta $ 80,000.00 (ochenta mil pesos 00/100 M.N.). De

la cual la institución proponente aportará el 50% de la estancia nacional o

internacional. Las estancias podrán ser de uno a tres meses de duración.

C. Proyectos, diagnósticos y/o estudios que impulsen el desarrollo integral de las

áreas educativas, ambientales, sociales, económicas y científicas del estado. El

monto máximo por proyecto será de hasta $100,000.00 (cien mil pesos 00/100

M.N.). Los proyectos deberán desarrollarse en un tiempo máximo de 12 meses a

partir de la ministración de recursos.

D. ___ solicitudes y trámites de registro de propiedad industrial para proyectos

de innovación y desarrollo tecnológico susceptibles de comercializar. Monto

máximo de apoyo por proyecto será de hasta $10,000.00 (diez mil pesos 00/100

M.N.). Las solicitudes de propiedad industrial deberán ingresarse al IMPI en un

tiempo no mayor a 6 meses a partir de la ministración de recursos.

E. ___ eventos académicos institucionales encaminados a promover la cultura

científica y de innovación en el Estado de Coahuila de Zaragoza. El monto

máximo de apoyo por proyecto será de hasta $20,000.00 (veinte mil pesos 00/100

M.N.). Los eventos deberán llevarse a cabo en un tiempo máximo de 12 meses a

partir de la ministración de recursos.

2.3 Una vez aprobado el proyecto por el Comité Técnico y de Administración, el

Sujeto de Apoyo deberá presentar previo a la ministración del recurso, la factura que

cumpla con los requisitos fiscales vigentes.

2.4 Los montos y lineamientos establecidos de los requisitos y apoyos para cada una

de las modalidades del Fondo, se encuentran en los Términos de Referencia que

forma parte de la presente convocatoria.

2.5 En su conjunto la convocatoria dispone de un total de $________________

(________________________ de pesos 00/100 M.N.). Para la cual deberá ajustarse

a los montos establecidos de acuerdo a cada modalidad.

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3. PROCESO DE EVALUACIÓN Y CRITERIOS DE SELECCIÓN.

3.1 Proceso de evaluación.

La selección de propuestas y personas destinatarios de los apoyos del FONCYT se

realizan mediante procedimientos competitivos, eficientes, equitativos, transparentes y

públicos, sustentados en méritos y calidad; los apoyos que se otorgan están sujetos a

procesos de evaluación, selección, formalización y seguimiento, en términos del

Manual del Procedimientos del Fondo; por tanto, el FONCYT, en la asignación de

recursos a los Sujetos de Apoyo, se obliga a no discriminar a los proponentes por

ningún motivo o condición social o física, diferente a los procedimientos y procesos

señalados en este párrafo.

La evaluación se realizará mediante una metodología paramétrica contemplada en los

Términos de Referencia con la que se calificará de manera cuantitativa cada

propuesta, y a través del cumplimiento de umbrales mínimos por criterios se

determinará, en su caso, la aprobación de la propuesta.

El proceso de evaluación será conducido por la Comisión de Evaluación del

FONCYT, conformada por personas de reconocido prestigio académico y profesional

del Estado.

Con base en el resultado de las evaluaciones, la Comisión de Evaluación hará la

recomendación correspondiente al Comité Técnico y de Administración del Fondo,

órgano responsable de la selección y aprobación de las propuestas, así como de la

autorización de recursos financieros correspondientes y en los casos positivos

notificará su aprobación a los Sujetos de Apoyo. Los resultados serán inapelables.

3.2 Criterios de selección.

Para evaluar la calidad científica y la viabilidad técnica de las solicitudes, la Comisión

de Evaluación calificará, entre otros, los siguientes criterios de acuerdo con la

modalidad de la propuesta:

• Impactos social, económico o ambiental.

• Congruencia entre metas y objetivos.

• Metodología propuesta.

• Programa de actividades y su congruencia con las metas y productos esperados del proyecto.

• Fortalecimiento de los grupos de expertos de alto nivel demandados por la entidad.

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4. SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y VALORACIÓN DE RESULTADOS FINALES.

Con el apoyo de la Comisión de Evaluación del Fondo, se dará seguimiento a las

solicitudes aprobadas, así como de los resultados y beneficios finales obtenidos.

Para el seguimiento y valoración de los resultados finales se aplicarán los criterios y

formatos contenidos en el Manual de Procedimientos, que le será entregado a la

instancia beneficiada del proyecto después de la firma del convenio correspondiente.

5. MINISTRACIÓN DE RECURSOS.

Las propuestas se aprobarán por el Comité Técnico y de Administración del Fondo. La

ministración de recursos se hará conforme al calendario presentado en el protocolo del

proyecto. La primera entrega se hará a la firma del convenio de asignación de recursos

y anexos correspondientes.

6. SITUACIONES NO PREVISTAS.

Las cuestiones no previstas en esta convocatoria serán resueltas por el Comité Técnico

y de Administración del Fondo.

7. PUBLICACIÓN DE PROPUESTAS APROBADAS.

La relación de propuestas aprobadas por el Comité Técnico del Fondo, será publicada a

más tardar el ____ de ______ 20____, en la página electrónica del COECYT.

8. MAYOR INFORMACIÓN.

Consejo Estatal de Ciencia y Tecnología de Coahuila

Blvd. José Musa de León No. 2411 int 6 y 7

Col. Los Pinos C.P. 25198

Saltillo, Coahuila.

Tel. y fax: 01 (844) 489 36 36 y 489 37 37

[email protected]

Oficinas Regionales COECYT en la Región Laguna

Parque de Innovación Tecnológica de Torreón

Blvd. San Pedro No. 500 Parque Industrial Mieleras Ferropuerto

Torreón, Coahuila

Teléfono 871 718 73 12

[email protected]

http://www.coecytcoahuila.gob.mx

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__________________________

Secretario Administrativo

Emitida en la ciudad de Saltillo, Coahuila,

a los ___ días del mes de ___________ del año dos mil __________

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ANEXO 2

FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA

TÉRMINOS DE REFERENCIA DE LA CONVOCATORIA 20__-C____

1. ALCANCE.

1.1. Las propuestas deberán ser presentadas por las Instituciones de Educación

Superior, Centros de Investigación, Organizaciones de la Sociedad Civil y Micro y

Pequeñas Empresas, del Estado Coahuila de Zaragoza, con pre-registro o registro

vigente de RENIECYT.

1.2. Podrán presentar propuestas bajo las siguientes modalidades:

A. Becas para tesis terminales de nivel maestría y doctorado.

B. Estancias técnicas y de investigación en instituciones de educación superior,

centros de desarrollo científico y tecnológico nacionales y en el extranjero, y

empresas participantes.

C. Proyectos, diagnósticos y/o estudios que impulsen el desarrollo integral de las

áreas educativas, sociales, económicas, científicas y tecnológicas del estado.

D. Solicitud y trámites de registro de propiedad industrial para proyectos de

innovación y desarrollo tecnológico susceptibles de comercializar.

E. Eventos académicos encaminados a promover la cultura científica,

tecnológica y de innovación en el estado de Coahuila de Zaragoza.

2. ESPECIFICACIÓN DE LAS ÁREAS PRIORITARIAS DEL ESTADO.

2.1. Las propuestas del proyecto deberán encuadrar dentro de las áreas prioritarias para

el estado de Coahuila de Zaragoza, siendo éstas:

• Agroindustria y Alimentos

• Desarrollo Regional

• Desarrollo Social Incluyente

• Desarrollo Sostenible

• Educación

• Energías Renovables

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• Industria 4.0

• Salud

3. ESTRUCTURA DE LA PROPUESTA.

3.1 Elementos de forma:

3.1.1 Las propuestas deberán presentarse en un lenguaje claro y conciso que

permita a las instancias de evaluación disponer de manera ágil y ordenada de

información suficiente para emitir sus dictámenes.

3.1.2 Las propuestas deberán presentarse en los formatos que para cada

modalidad especifica el FONCYT.

3.1.3 Los documentos de Anteproyecto de investigación deben entregarse en hojas

sin logotipos institucionales y numeradas. Se pide que sea en letra Arial, tamaño 12,

interlineado 1.5, justificado completo.

3.2 Portada de proyectos:

3.2.1 Identificación de la propuesta: Deberá indicarse la modalidad, área del

conocimiento y Convocatoria a la que aplican.

3.2.2 Datos Generales: Se indicará el título de la propuesta, la modalidad

asociada, clasificación área conocimiento y los datos de la institución proponente,

incluyendo el número de registro o pre-registro RENIECYT; los datos del

responsable técnico, del responsable administrativo y del representante legal, así

como las demás instituciones e instancias involucradas en su ejecución.

3.2.3 Usuario en la Modalidad C: Deberá indicarse el usuario, así como los datos

de contacto de la persona responsable de que se lleve a cabo el proyecto.

3.3 Contenido de la propuesta:

Modalidad A.

a. Resumen del proyecto: Descripción concisa de la tesis en forma tal, que permita

a las instancias de evaluación entender en lo general, la naturaleza y alcance de

la investigación y pueda usarse como referencia en publicaciones o fichas

técnicas que sean requeridas.

b. Antecedentes: Descripción del conocimiento científico o técnico, de estudios

previos, de análisis de alternativas, de tendencias o prospectivas u otros aspectos

que fundamenten la propuesta técnica y evidencien el grado de novedad o

contenido innovador de la tesis.

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c. Objetivos y metas de la tesis: Descripción del objetivo general y los objetivos

específicos de la tesis, así como las metas asociadas.

d. Metodología o estrategia de ejecución: Descripción de la base metodológica o

estrategia de ejecución para el logro de los objetivos, metas y entregables del

proyecto.

e. Contribución del proyecto: En función de los objetivos y entregables, especificar

la contribución del proyecto a la solución del problema que dio origen a ella.

Destacar la contribución en alguno de los siguientes puntos: en la generación

del conocimiento; en la aplicación del conocimiento; o en el uso de materiales,

procesos, servicios y tecnologías existentes.

f. Impacto económico, social y/o ambiental: Descripción cualitativa y cuantitativa

del impacto económico, social y/o ambiental potencial que el estado, municipio o

sector obtendrá con la aplicación de los resultados de la tesis.

g. Grupo de trabajo: Se recomienda que se resuma la información del director o

asesor la tesis, así como del estudiante (en media cuartilla cada uno), mostrando

los elementos más destacados de su experiencia.

h. Infraestructura para llevar a cabo el proyecto: Descripción de la infraestructura

física y virtual disponible por las instancias involucradas para ejecutar las

actividades del proyecto o disponible a través de terceros.

i. Entregables o productos esperados del proyecto: Es indispensable que el

entregable comprometido sea la copia del Acta del Examen de Grado, validada

por el cuerpo académico o sinodales. El siguiente entregable será un ejemplar de

la tesis, con los créditos al COECYT y al FONCYT

j. Cronograma de actividades: Descripción de las actividades asociadas a la

generación y entrega de los resultados o productos esperados en los 6 meses del

apoyo. Los proyectos FONCYT se estructuran en una sola etapa de ejecución.

k. Presupuesto: Desglose y justificación detallada de cada uno de los rubros del

presupuesto requerido, desagregando lo solicitado a FONCYT y, en su caso, los

recursos concurrentes. Deberá justificarse el rubro y monto considerado.

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l. Referencias bibliográficas: Presentar al menos 10 referencias bibliográficas

adecuadas, pertinentes y relacionadas con la temática. Se recomienda que tengan

una antigüedad máxima de 5 años.

Modalidad B.

a. Resumen del proyecto: Descripción del tipo de colaboración que el

candidato realizará y su aportación a la institución postulante y receptora.

b. Antecedentes: Descripción del conocimiento científico o técnico, de estudios

previos, de análisis de alternativas, de tendencias o prospectivas u otros

aspectos que fundamenten la propuesta técnica y evidencien el grado de

novedad o contenido innovador de la propuesta de investigación a desarrollar

durante la estancia.

c. Objetivos y metas de la estancia: Descripción del objetivo general y los

objetivos específicos de la estancia.

d. Metodología o estrategia de ejecución: Descripción de la base

metodológica o estrategia de ejecución para el logro de los objetivos, metas y

entregables de la estancia.

e. Contribución de la estancia: En función de los objetivos y entregables,

especificar la contribución de la estancia al avance de las investigaciones

realizadas en la institución de procedencia. Destacar la contribución en

alguno de los siguientes puntos: en la generación del conocimiento; en la

aplicación del conocimiento; o en el uso de materiales, procesos, servicios y

tecnologías existentes.

f. Impacto económico, social y/o ambiental: Descripción cualitativa y

cuantitativa del impacto económico, social y/o ambiental potencial que su

institución, el estado, municipio o sector obtendrá con la aplicación de los

resultados de la estancia.

g. Grupo de trabajo: Resumen de la información y trayectoria del investigador

anfotrion, su grupo de trabajo y del investigador que realiza la estancia, (en

media cuartilla cada uno), mostrando los elementos más destacados de su

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experiencia. Es importante destacar la capacidad científica y técnica del

grupo de trabajo de la institución receptora.

h. Infraestructura para llevar a cabo el proyecto: Descripción de la

infraestructura física y virtual disponible en la institución receptora. Mención

de la importancia para el proyecto y para las nuevas habilidades.

i. Entregables o productos esperados del proyecto: Listado y enunciado de

los entregables o productos finales del proyecto asociados a los objetivos

específicos, que permitirán al usuario atender el problema, necesidad u

oportunidad que dio origen a la propuesta y que constituyen el propósito

central de la estancia. En los casos que se considere conveniente podrán

enunciarse los productos asociados a los indicadores de ciencia, tecnología e

innovación tales como formación de recursos humanos, patentes,

etc. Pueden incluirse convenios de colaboración y productos académicos

realizados durante el tiempo de la estancia.

j. Cronograma de actividades: descripción de las actividades asociadas a la

generación y entrega de los resultados o productos esperados, explicitando

tiempos e indicadores que permitan verificar su cumplimiento. Los proyectos

FONCYT se estructuran en una sola etapa de ejecución.

k. Presupuesto: Desglose detallado de cada uno de los rubros del

presupuesto requerido, desagregando lo solicitado a FONCYT y, en su caso,

los recursos concurrentes. Deberá justificarse el rubro y monto considerado.

l. Referencias bibliográficas: Presentar al menos 10 referencias bibliográficas

adecuadas, pertinentes y relacionadas con la temática. Se recomienda que

tengan una antigüedad máxima de 5 años.

Modalidad C.

• Resumen del proyecto: Descripción concisa de la propuesta en forma tal,

que permita a las instancias de evaluación entender en lo general, la

naturaleza y alcance de la propuesta presentada y pueda usarse como

referencia en publicaciones o fichas técnicas que sean requeridas.

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• Antecedentes: Descripción del conocimiento científico o técnico, de estudios

previos, de análisis de alternativas, de tendencias o prospectivas u otros

aspectos que fundamenten la propuesta técnica y evidencien el grado de

novedad o contenido innovador de la propuesta, así como el dominio de la

técnica que tiene el grupo de trabajo en la atención de la problemática o

necesidad que la propuesta pretende atender.

• Objetivos y metas del proyecto: Descripción del objetivo general y los

objetivos específicos de la propuesta, así como las metas asociadas.

Deberán establecerse indicadores cuantitativos y cualitativos, medios de

verificación y supuestos considerados que permitan dar seguimiento objetivo

al desarrollo del proyecto. Debe explicitar los objetivos y metas del proyecto y

no el propósito o finalidad del mismo.

• Metodología o estrategia de ejecución: Descripción de la base

metodológica o estrategia de ejecución para el logro de los objetivos, metas y

entregables del proyecto.

• Contribución del proyecto: En función de los objetivos y entregables,

especificar la contribución del proyecto a la solución del problema que dio

origen a ella. En su caso la contribución al avance de la técnica en el área

bajo estudio.

• Impacto económico, social y/o ambiental: Descripción cualitativa y

cuantitativa del impacto económico, social y/o ambiental potencial que el

estado, municipio o sector obtendrá con la aplicación de los resultados del

proyecto.

• Grupo de trabajo: Descripción de las capacidades científicas, técnicas y

administrativas de los participantes en el proyecto y, de ser el caso, de las

instituciones u organizaciones a las que estén adscritos.

• Infraestructura para llevar a cabo el proyecto: Infraestructura física y

virtual disponible por las instancias involucradas para ejecutar las actividades

del proyecto o disponible a través de terceros.

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• Entregables o productos esperados del proyecto: Listado y enunciado de

los entregables o productos finales del proyecto asociados a los objetivos

específicos, que permitirán al usuario atender el problema, necesidad u

oportunidad que dio origen a la propuesta y que constituyen el propósito

central del proyecto. En los casos que se considere conveniente podrán

enunciarse los productos asociados a los indicadores de ciencia, tecnología e

innovación tales como formación de recursos humanos, patentes, etc.

• Cronograma de actividades: descripción de las actividades asociadas a la

generación y entrega de los resultados o productos esperados, explicitando

tiempos e indicadores que permitan verificar su cumplimiento. Los proyectos

FONCYT se estructuran en una sola etapa de ejecución, con duración

variable dependiendo de la modalidad.

• Presupuesto: Desglose detallado de cada uno de los rubros del

presupuesto requerido, desagregando lo solicitado a FONCYT y, en su caso,

los recursos concurrentes. Deberá justificarse el rubro y monto considerado.

• Referencias bibliográficas: Presentar al menos 10 referencias bibliográficas

adecuadas, pertinentes y relacionadas con la temática. Se recomienda que

tengan una antigüedad máxima de 5 años.

Modalidad D

a. Resumen: Es una explicación sencilla y corta acerca de lo que se trata la invención

(no más de 500 palabras). El resumen debe describir de QUE trata la invención, los

BENEFICIOS que aporta y en DONDE es aplicable; pero NO DECIR COMO se

realiza.

b. Objeto de la invención: Describir de manera breve (uno o dos párrafos) el objetivo

de la invención. ¿Qué se consigue que no se haya conseguido antes? ¿Qué mejoras

representa en comparación al estado actual de la técnica?

c. Antecedentes: Aquí se describe el estado de la técnica. Se deben incluir las

invenciones, patentes, publicaciones o productos comerciales similares a su

invención. Personal de una OTC puede ayudar en la búsqueda de patentes en las

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bases de datos nacionales e internacionales necesaria para esta sección. Los

documentos/productos citados deberan ser brevemente descritos y se debe explicar

por qué la invención es diferente a lo ya existente, y que existe una actividad

inventiva (i.e. que no sea algo obviamente deducible para alguien con conocimiento

medio en la materia).

d. Problema técnico que resuelve: Descripción de los problemas que motivaron la

invención, es decir ¿qué problema se observo para realizar esa mejora? Describirse

en funcion de características técnicas.

e. Descripción de las figuras: Incluir un índice de las figuras que se anexen a la

solicitud de patente, en caso de haberlas. Se trata de una lista numerada (Figura 1,

Figura 2, ..., Figura n) en la cual se explica qué tipo de vista se muestra (ej.: lateral,

superior, interior, detalle, etc.) y se explica en pocas palabras qué se expone en cada

figura.

f. Descripción detallada de la invención: El inventor debera definir qué desea

proteger: un producto, un proceso, un aparato o un uso, se puede proteger todo lo

anterior si se trata de una producto X, un proceso para elaborar el producto X, el

aparato especialmente diseñado para elaborar el producto X y el uso de dicho

producto X. Describir las características de su invención, si se trata de un producto o

un aparato, se describirán los componentes de dicho producto o aparato y cómo

están ensamblados; si el producto es una composición, se mencionaran los

componentes de dicha composición y en qué proporción se encuentran los mismos.

Si de describe un proceso, se detallaran las etapas del proceso. Se debe escribir de

manera clara y suficiente de tal forma que el lector tenga una adecuada idea de lo

que consiste la invención incluyendo todas las variantes posibles que tiene el

invento, de esta manera se le da mayor amplitud al documento.. Se mencionarán las

ventajas de costo, tiempo, materiales, etc. Plantear lo novedoso de su invención qué

es lo que realmente reclama como de su propiedad, cuál es el resultado de su

investigación y qué problema esta resolviendo.

g. Ejemplos: Indicar el mejor método conocido o la mejor manera prevista por el

solicitante para realizar la invención, es decir, se presentarán ejemplos prácticos o

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aplicaciones específicas de la invención, que no sean de naturaleza ajena a la

invención que se describe y con referencias en los dibujos o figuras, si los hubiera.

h. Reivindicaciones: Reivindicar significa reclamar algo a lo que se cree tener

derecho. Las reivindicaciones deberán ser claras y concisas, es necesario que lo que

se reivindica esté descrito o representado en las otras secciones del documento. La

primera reivindicacion es la mas importante. Habra reivindicaciones independientes y

dependientes de otras reivindicaciones. Cada reivindicacion se estructura de:

a) Un preambulo con las características técnicas de la invencion que formen parte

del de lo que se ha descrito, es decir, del estado de la técnica o arte previo.

b) Una parte caracteristica de la invencion que no forme parte del estado de la

técnica (diferencia) precedida de las palabras “caracterizado por”, “en que la mejora

comprende” “que comprende”, o algun otro nexo similar. Por lo tanto, para la

redaccion de las reivindicaciones se realizara un listado con las características de la

invencion, seleccionando aquéllas que son del estado de la técnica (lo que se ha

descrito previamente) y las que son propias de la invencion. Las características del

estado de la técnica formaran parte del preambulo y las segundas, formaran la

parte caracteristica.

1. Describa el producto, el proceso o el aparato con todas las características

técnicas que hacen su invencion nueva e inventiva y, que desea proteger en los

términos mas generales o amplios posibles y solo con sus características

técnicas sin hacer alusion a ventajas o denominaciones no técnicas como

nombres de propia invencion o marcas.

2. Si su invencion consta de varias partes o de etapas características de un proceso

a partir de esta reivindicacion debera explicar específicamente cada una de esas

partes o características que senalo en la reivindicacion numero 1, por lo tanto

esta reivindicacion puede ser dependiente de la primera. En caso de que se

requiera dar mayor claridad a la reivindicacion podra mencionar por numero, la

parte del equipo. Describa modalidades particulares del producto, aparato y/o

proceso. No hay un numero límite de reivindicaciones, redacte las que sean

necesarias para proteger ampliamente su invencion.

i. Figuras: se deberan presentar en blanco y negro, senalando sus partes con

numeros arabigos, no se pueden presentar fotografías. Cuando se trata de patentes

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puede llevar o no llevar figuras dependiendo del tipo de invención. Se pueden

considerar como figuras las graficas y los diagramas de flujo. No es necesario que

los dibujos los manden a hacer con un profesional, es suficiente que sean claros

para que se acepten. No deben llevar leyendas explicativas, ni medidas, ni escala;

cuando es necesario senalar partes específicas se deben utilizar etiquetas

numeradas.

j. Entregables o productos esperados del proyecto: Listado y enunciado de los

entregables o productos finales del proyecto asociados a los objetivos específicos,

que permitirán al usuario atender el problema, necesidad u oportunidad que dio

origen a la propuesta y que constituyen el propósito central del proyecto. En esta

modalidad es indispensable mencionar como entregable la solicitud ingresada al

IMPI de registro de propiedad industrial en la figura de patentes, modelo de utilidad.

k. Referencias bibliográficas: Presentar al menos 10 referencias bibliográficas y/o de

bases de datos de patentes. Deben ser adecuadas, pertinentes y relacionadas con la

temática. Se recomienda que tengan una antigüedad máxima de 5 años.

Modalidad E.

a. Resumen del proyecto: Descripción concisa de la propuesta en forma tal,

que permita a las instancias de evaluación entender en lo general, la naturaleza y

alcance de la propuesta presentada y pueda usarse como referencia en

publicaciones o fichas técnicas que sean requeridas.

b. Antecedentes: Descripción de la problemática atender y en su caso, de

actividades previas que han realizado, así como de conocimientos de comunicación

de la ciencia, de estudios, de análisis de alternativas, de tendencias o prospectivas u

otros aspectos que fundamenten la propuesta y evidencien el grado de novedad o

contenido innovador del proyecto, así como el dominio de la temática que tiene el

grupo de trabajo en la atención de la problemática o necesidad que la propuesta

pretende atender.

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c. Objetivos y metas del proyecto: Descripción del objetivo general y los

objetivos específicos de la propuesta, así como las metas asociadas. Deberán

establecerse indicadores cuantitativos y cualitativos, medios de verificación y

supuestos considerados que permitan dar seguimiento objetivo al desarrollo del

proyecto. Debe explicitar los objetivos y metas del proyecto y no el propósito o

finalidad del mismo.

d. Metodología o estrategia de ejecución: Descripción de la base

metodológica o estrategia de ejecución para el logro de los objetivos, metas y

entregables del proyecto.

e. Público Meta: Específicamente las personas que serán beneficiadas o

atendidas. Claramente mencionar, por ejemplo: Grupos de edad; grados escolares;

iinstituciones educativas; municipios; poblaciones

f. Contribución del proyecto: En función de los objetivos y entregables,

especificar la contribución del proyecto a la solución del problema que dio origen a

ella.

g. Impacto educativo, social y/o ambiental: Descripción cualitativa y

cuantitativa del impacto educativo, social y/o ambiental potencial que el estado,

municipio o sector obtendrá con la realización del proyecto. Situaciones para

destacar (al menos uno de los puntos):

• Especificar si se atienden grupos vulnerables. • Especificar si atienden personas con discapacidad. • Especificar si promueve la inclusión de niñas y mujeres en la ciencia.

h. Grupo de trabajo: Descripción de las capacidades científicas, técnicas y

administrativas de los participantes en el proyecto y, de ser el caso, de las

instituciones u organizaciones a las que estén adscritos. Se propone que sea media

cuartilla por participante. Se recomiendan equipos multidisciplinarios.

i. Infraestructura para llevar a cabo el proyecto: Infraestructura física y virtual

disponible por las instancias involucradas para ejecutar las actividades del proyecto o

disponible a través de terceros.

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j. Entregables o productos esperados: Listado y enunciado de los

entregables o productos finales del proyecto asociados a los objetivos específicos,

que permitirán al usuario atender el problema, necesidad u oportunidad que dio

origen a la propuesta y que constituyen el propósito central del proyecto. En los

casos que se considere conveniente podrán enunciarse los productos asociados a

los indicadores de ciencia, tecnología e innovación tales como formación de recursos

humanos, patentes, publicaciones, etc.

k. Cronograma de actividades: descripción de las actividades asociadas a la

generación y entrega de los resultados o productos esperados, explicitando tiempos

e indicadores que permitan verificar su cumplimiento. Los proyectos FONCYT se

estructuran en una sola etapa de ejecución, con duración variable dependiendo de la

modalidad.

l. Presupuesto: Desglose detallado de cada uno de los rubros del presupuesto

requerido, desagregando lo solicitado a FONCYT y, en su caso, los recursos

concurrentes. Deberá justificarse el rubro y monto considerado.

m. Referencias bibliográficas: Presentar al menos 10 referencias bibliográficas

adecuadas, pertinentes y relacionadas con la temática. Se recomienda que tengan

una antigüedad máxima de 5 años.

3.4 Información de soporte: La propuesta deberá acompañarse de la siguiente

información:

3.4.1 Carta institucional de apoyo al proyecto: Deberá contener la presentación

de la propuesta, la designación del Responsable Técnico y Administrativo y la

declaración expresa del apoyo institucional en su realización, firmada por el

Representante Legal o Titular de la institución proponente y en hoja membretada

institucional.

3.4.2 Cartas compromiso de participantes en el proyecto: El

Responsable Técnico de la propuesta deberán presentar una Declaración de no

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adeudo o litigio con el COECYT, así como la Declaración de no duplicidad de apoyo

de otro fondo del Gobierno Estatal o Federal para la misma propuesta o proyecto.

3.4.3 Carta de Usuario en la Modalidad C: El proponente deberá presentar carta

institucional membretada del "USUARIO", donde se indique su apoyo para que se

presente el proyecto mencionando < nombre del proyecto, modalidad C> ante el

"FONCYT" , mencionando los datos del enlace que dará seguimiento al buen

desarrollo del proyecto y sus resultados esperados.

La carta deberá ser firmada por el titular de la dependencia del gobierno del estado

de Coahuila de Zaragoza, titular de organismos empresariales de Coahuila, o titular

de los ayuntamientos que conforman el estado de Coahuila de Zaragoza.

3.5 Requisitos de la propuesta:

3.5.1 Las propuestas deberán indicar un Responsable Técnico, un Responsable

Administrativo y la persona con poderes legales para suscribir Convenios. El primero

será responsable de la ejecución del proyecto, del cumplimiento de sus objetivos y

metas, de la generación de los productos entregables y de la elaboración de los

informes de avance y logros alcanzados; el segundo tendrá la responsabilidad del

control administrativo y contable, de la correcta aplicación y comprobación de los

recursos canalizados por el FONCYT, así como de la elaboración de los informes

financieros y administrativos requeridos; por último, el representante legal o

apoderado será la persona física con el poder para contraer compromisos a nombre

del sujeto de apoyo, firmar los convenios necesarios y en su caso los ajustes

necesarios a los mismos que le sean autorizados por el FONCYT.

3.5.2 El responsable técnico deberá considerar los siguientes señalamientos:

3.5.2.1 Si se ausenta de su institución de adscripción por un periodo mayor de

tres meses, ya sea por receso sabático o por comisiones durante la ejecución

del proyecto, no podrá fungir como responsable del proyecto.

3.5.2.2 El responsable técnico sólo puede participar en un proyecto aprobado

vigente por modalidad.

3.5.3 En el caso de propuestas presentadas de manera conjunta por más de una

instancia, una de ellas deberá identificarse como la institución coordinadora, con

carácter irrevocable durante el proceso de la Convocatoria, en la suscripción del

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Convenio de Asignación de Recursos, y durante todo el desarrollo del proyecto hasta

su conclusión, y único interlocutor con el Fondo. Además, deberá responsabilizarse

de la coordinación del proyecto tanto en lo técnico como en lo administrativo,

correspondiendo a su responsable técnico desempeñar la función de Coordinador

General, y será quien tendrá la responsabilidad de integrar los avances y resultados

e los grupos individuales, así como mantener la cohesión del grupo de trabajo.

3.5.4 Las propuestas que involucren la participación de grupos multidisciplinarios

podrán especificar los objetivos, metas y productos entregables por cada uno de

ellos, así como los recursos requeridos, si así lo consideran pertinente.

3.5.5 En la Modalidad C, no se aceptarán propuestas en que el Sujeto de Apoyo

sea la misma instancia que el usuario.

4. RUBROS FINANCIABLES.

4.1 Consideraciones Generales para el Ejercicio del Gasto.

4.1.1 Es responsabilidad del Sujeto de Apoyo, así como del Responsable Técnico y

del Responsable Administrativo del proyecto, el correcto ejercicio de los recursos en

los rubros autorizados por el Comité Técnico y de Administración del Fondo, de

acuerdo a los criterios establecidos y de conformidad con la normativa vigente de las

instituciones, dependencias o empresas donde se desarrollen los proyectos, para

lo cual deberá de llevarse una contabilidad por separado.

4.1.2 El gasto no puede en ningún caso y bajo ninguna circunstancia destinarse

temporal o definitivamente a aspectos productivos o no relacionados exclusivamente

con el proyecto.

4.1.3 Los recursos no deberán considerarse como parte del patrimonio o capital del

Sujeto de Apoyo, ya que son recursos asignados como resultado de un concurso

amparado por la Ley de Ciencia, Desarrollo Tecnológico e Innovación para el Estado

de Coahuila de Zaragoza para el desarrollo de un proyecto específico, en los

términos en los que fue presentado y aprobado en su caso, por lo que su ejercicio

deberá observar las condiciones y requerimientos señalados tanto en las

Bases y Términos de Referencia, como en el Convenio de Asignación de Recursos.

4.1.4 El ejercicio de los recursos podrán ser sujetos de auditorías y revisiones en

cualquier momento por parte de los órganos fiscalizadores estatales, así como de las

requeridas por el Secretario Técnico y/o el Secretario Administrativo.

4.2 Catálogo de cuentas.

Deberá existir un control contable exclusivo por cada proyecto para lo cual se

hará referencia al siguiente catálogo de cuentas.

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4.2.1 Cuentas del Gasto Corriente

01 Pasajes y Viáticos.

02 Trabajo de Campo

03 Servicios externos.

04 Gastos de operación.

05 Materiales de consumo y software

06 Apoyo a Estudiantes Asociados.

07 Acervos bibliográficos, servicio información, registros.

08 Publicaciones, actividades de difusión y transferencia de resultados.

09 Gastos de Capacitación

10 Otros

4.3. Ejercicio y comprobación de las partidas de Gasto Corriente.

4.3.1 Los recursos asignados bajo el concepto de gasto corriente, considera todos

aquellos rubros requeridos para llevar a cabo la ejecución del proyecto, con el

alcance, metodología y programa de tiempos comprometidos, conforme a lo

estipulado en el Convenio de Asignación de Recursos.

4.3.2 Los recursos que se ejerzan en las partidas de Gastos de Trabajo de Campo,

Pasajes y Viáticos, sólo podrán ser ejercidas por miembros del grupo de trabajo,

integrado por el Responsable Técnico, investigadores

participantes, especialistas, estudiantes, investigadores asociados, todos

debidamente registrados, ya sea en la propuesta original o ante el Secretario

Técnico, quien deberá registrar cualquier cambio en el equipo. Para el caso

de científicos tecnólogos invitados, éstos deberán estar considerados en la propuesta

original.

4.3.3 Los conceptos considerados en cada uno de los rubros son entre otros los

siguientes:

01) Pasajes y viáticos:

a. El pago de los gastos de pasajes y transportación a los participantes

registrados en el proyecto, incluyendo los investigadores y estudiantes asociados,

así como científicos o tecnólogos invitados, siempre y cuando estos hayan sido

planteados en la propuesta original, de acuerdo con el tabulador, normativa y

políticas vigentes del sujeto de apoyo. Con cargo a esta partida se pagarán los

siguientes tipos de pasajes:

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• Boletos de avión o autobús. En pasajes de avión sólo se autorizarán las

tarifas de clase turista y no se aceptarán boletos abiertos.

• Los gastos de transportación en automóvil (combustible y peaje), ya sea del

sujeto de apoyo o propio.

• Traslados locales (autobús y taxis, diferentes a gastos de trabajo de campo).

Los boletos y los comprobantes que amparen los pasajes y gastos de

transportación otorgados deberán coincidir con las fechas y el número de

días de la comisión. Del mismo modo, todos los comprobantes que

amparen dichos gastos deberán cumplir con los requisitos fiscales

vigentes.

b. El pago de los gastos por hospedaje y alimentación asociados al viaje

considerado, la comprobación será mediante facturas a nombre del sujeto de

apoyo, de acuerdo con su tabulador, normativa y políticas vigentes del sujeto de

apoyo.

c. Los anticipos para pasajes y viáticos deberán contar con la hoja de comisión

o equivalente de conformidad con la normatividad del Sujeto de Apoyo, firmada

debidamente por el Responsable Técnico del Proyecto.

d. Toda comprobación deberá documentarse con facturas que cumplan con los

requisitos fiscales vigentes.

02)Gastos de trabajo de campo:

a) Esta partida está destinada al pago de los gastos derivados de trabajos en

campo requeridos para el desarrollo del proyecto, de acuerdo con las

condiciones económicas locales y los criterios de valoración aceptables para el

sujeto de apoyo, independientemente de no cumplir con los requisitos fiscales

vigentes, de acuerdo con las condiciones económicas locales y los criterios de

valoración aceptables para el sujeto de apoyo.

b) Comprende los siguientes conceptos:

Pago de trabajo eventual:

• Levantamiento de encuestas.

• Aplicación de entrevistas.

• Observaciones directas.

• Recolección de muestras.

• Jornadas de trabajo agrícola, acuícola y pecuario.

• Pago de traductores de dialectos o idiomas regionales.

Pago de servicios informales:

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• Alquiler de semovientes para transportación

• Alquiler de herramientas y accesorios para trabajo agrícola, acuícola y

pecuario.

• Gastos de estancia y alimentación en lugares ubicados en el medio

rural.

c) En el caso de las actividades de los trabajos de campo, así como los eventuales

y los servicios informales, las relaciones laborales y la responsabilidad

patrimonial son responsabilidad exclusiva del sujeto de apoyo, no obstante de

haber recibido el apoyo económico del Fondo.

03) Servicios externos:

a. Pago por servicios externos especializados a terceros, universidades,

instituciones de educación superior, institutos y centros de investigación,

empresas de ingeniería y/o consultoría especializada, laboratorios nacionales o

extranjeros, para la realización de actividades puntuales y altamente

especializadas, siempre y cuando estos sean indispensables para el éxito del

proyecto.

b. El servicio se refiere a una actividad puntual y concreta y que forma parte del

protocolo o metodología, mediante un contrato por objeto determinado. A su

término deberá presentar el documento, informe o estudio objeto del contrato.

c. El Fondo sólo reconocerá los honorarios que estipule el contrato de prestación

de servicios profesionales, toda vez que dichos contratos no incluyen las

prestaciones de seguridad social, tales como pago de cuotas del IMSS, primas

vacacionales, SAR, FOVISSSTE, etc.

d. Es obligación del sujeto de apoyo la retención de los impuestos

correspondientes, de conformidad con la legislación fiscal vigente. Los recibos

que por este concepto entreguen las personas contratadas serán a favor de la

institución receptora del apoyo.

e. En ningún momento y bajo ninguna circunstancia se considerará al Fondo como

patrón sustituto, ni a la institución o empresa como intermediaria, por lo que el

Fondo no tiene relación alguna de carácter laboral con las personas que

presten sus servicios profesionales para el desarrollo de los proyectos,

quedando liberado en todo momento de cualquier responsabilidad que pudiese

presentarse en materia laboral, fiscal y de seguridad social.

f. No se aceptan dentro de esta partida, los contratos por servicios profesionales

que tengan las siguientes características:

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• Servicios secretariales

• Personal adscrito a la institución o empresa sujeta de apoyo.

g. Toda comprobación deberá documentarse con las facturas que cumplan con los

requisitos fiscales vigentes.

04) Gastos operación:

a. Gastos relacionados con la operación y mantenimiento de laboratorios y plantas

piloto, diseños y prototipos de prueba, herramientas y dispositivos para pruebas

experimentales, arrendamiento, reparación y mantenimiento de equipo de

laboratorio, planta piloto, comunicación y cómputo, indispensables para la ejecución

exitosa del proyecto.

b. Podrá considerar el costo servicios incurrido en la fase de pruebas y

demostración de la infraestructura adquirida.

c. Toda comprobación deberá documentarse con las facturas que cumplan con los

requisitos fiscales vigentes.

05) Materiales de consumo y software:

a. Material de consumo de uso directo del proyecto en la fase experimental, incluye

seres vivos, reactivos, energéticos y combustibles no incluidos en los rubros de

pasajes o trabajo de campo.

b. Adquisición de licencias y programas de software especializado, indispensables

por el proyecto. No se consideran los programas de uso común, sistemas

operativos, antivirus, etc.

c. Consumibles para equipo de impresión, cómputo, fotografía y equipos de

laboratorio.

d. Con cargo a esta partida no se aceptarán las erogaciones por concepto de

adquisición de los artículos de oficina y material que el Sujeto de Apoyo debe

proporcionar para la operación y administración del proyecto.

e. Toda comprobación deberá documentarse con las facturas que cumplan con los

requisitos fiscales vigentes.

06) Apoyo a estudiantes asociados:

a. Apoyo mensual a estudiantes asociados al proyecto que realicen su trabajo de

tesis o terminal de licenciatura, o que estén cursando estudios de especialidad,

maestría o doctorado a través de su participación en el proyecto. Los estudiantes

deberán tener un promedio general escolar mínimo de 8.0 en el ciclo

anterior, justificar plenamente su participación en el proyecto y reciban la

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experiencia y el entrenamiento sistemático y metodológico de la investigación

científica y/o tecnológica.

b. Los niveles y montos de los apoyos podrán ser:

Nivel I Licenciatura: Hasta 2 SMGMV*

Nivel II Especialidad/Maestría: Hasta 4 SMGMV*

El período de participación con apoyo económico comprenderá un máximo de

3 meses del tiempo estimado para el proyecto.

c. La comprobación se efectúa con la presentación de la lista de pagos

realizados en el periodo determinado, anexando los comprobantes que

amparen el ejercicio del gasto, firmada por el Responsable Técnico y

el Responsable Administrativo y deberá corresponder a los recursos

ministrados para este efecto.

d. Al término de la vigencia del proyecto, en caso de no agotarse esta partida, el

remanente se reintegrará al Fondo.

07) Acervos bibliográficos, servicios de información y registros:

a. Considera la adquisición de libros, publicaciones y revistas, que sirvan de

apoyo al desarrollo del proyecto.

b. Gastos efectuados por consultas a bancos de información y para la impresión

o fotocopia de la misma, que sirvan de apoyo al desarrollo del proyecto.

c. Gastos indispensables para proteger los resultados del proyecto, destinados

para la contratación de especialistas en la elaboración de patentes,

gestiones, trámites, gastos legales, y todos aquellos gastos asociados al

proceso para asegurar la protección de la propiedad intelectual a nivel

nacional e internacional.

d. Toda comprobación deberá documentarse con las facturas que cumplan con

los requisitos fiscales vigentes.

08) Publicaciones, actividades de difusión y transferencia de resultados:

a. Se refiere a aquellos gastos de organización y coordinación de actividades

que tengan como propósito, transferir, divulgar y difundir los resultados del

proyecto, tales como seminarios, talleres, foros, etc.

b. Incluye también la asistencia a congresos (inscripción) para el responsable

del proyecto y el grupo de trabajo, siempre y cuando sea para presentar los

resultados del proyecto.

c. Incluye la publicación de libros y artículos, contratación de espacios para la

publicación de artículos en revistas y periódicos con circulación certificada, la

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impresión de material para la divulgación y/o la difusión de los resultados del

proyecto.

d. Toda comprobación deberá documentarse con las facturas que cumplan con

los requisitos fiscales vigentes.

09) Gastos de capacitación:

a. Considera los gastos de entrenamiento necesarias para adquirir la técnica o

práctica indispensable para operar los equipos de trabajo o la infraestructura

adquirida o ejecutar alguna componente del proyecto.

b. Toda comprobación deberá documentarse con las facturas que cumplan con

los requisitos fiscales vigentes.

10) Otros:

a. Aquellos conceptos que el Comité Técnico y de Administración autorice de

manera específica y que se haga explícita en rubros elegibles en la

convocatoria de referencia.

b. Conceptos no considerados que por las características del proyecto, el sujeto

de apoyo considera necesario de incorporar. Estos rubros serán analizados

por la Comisión de Evaluación, con base en lo cual hará una recomendación

al Comité Técnico y de Administración, quien podrá o no autorizar el gasto

solicitado.

4.3.4. Gastos no elegibles: No son elegibles de apoyo con recursos del Fondo:

4.3.4.1 Equipos y maquinaria cuyo propósito, durante el desarrollo del proyecto,

contemple actividades de producción o comercialización del solicitante, o se

considere como parte de su infraestructura regular de operación.

4.3.4.2 Los sueldos, salarios o compensaciones económicas u honorarios

para el personal de las instituciones participantes.

4.3.4.3 Todos aquellos conceptos, materiales y gastos en general

relacionados con tareas operativas, ya sean administrativas, productivas, de

ventas o distribución, incluyendo los relacionados con la publicidad.

4.3.4.4 Todos aquellos rubros que no sean indispensables para la realización del

proyecto.

4.3.4.5 Todos aquellos gastos no elegibles que

estén directamente relacionados con el proyecto, podrán ser cubiertos con

recursos concurrentes, debiéndose justificar plenamente dicha situación.

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5. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE PROPUESTAS

Los criterios que se utilizarán para determinar la calidad de la propuesta son entre

otros:

A. Becas tesis terminales de maestría y doctorado

1. Calidad de la propuesta:

1) Congruencia entre los objetivos y la contribución esperada.

2) Pertinencia de la metodología o de la estrategia de investigación.

3) Congruencia de las metas y actividades con la generación de los

productos entregables.

2. Originalidad o contenido innovador, en alguno de los siguientes casos:

1) En la generación del conocimiento.

2) En la aplicación del conocimiento.

3) En el uso de materiales, procesos, servicios y tecnologías

existentes.

B. Estancias técnicas de investigación nacionales e internacionales.

1. Calidad de la propuesta:

1) Descripción del tipo de colaboración que el candidato realizará y su

aportación a la institución postulante y receptora.

2) Congruencia entre los objetivos y productos esperados.

3) Pertinencia de la metodología o de la estrategia de ejecución.

4) Congruencia de las metas y actividades con la generación de los

productos entregables.

5) Capacidad científica y técnica del grupo de trabajo de la institución

receptora.

6) Alcance y disponibilidad de la infraestructura física y virtual de la

institución receptora.

7) Congruencia del presupuesto con las actividades, metas y

productos considerados.

2. Originalidad o contenido innovador, en alguno de los siguientes casos:

1) En la generación del conocimiento.

2) En la aplicación del conocimiento.

3) El impacto en alguno de los siguientes rubros: tecnológico,

económico, social o ambiental.

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C. Estudios, diagnósticos y programas que impulsen el desarrollo integral

de las áreas de conocimiento.

1. Calidad de la propuesta:

1) Dominio del tema científico o técnico, del problema y el grado de

novedad de la propuesta.

2) Pertinencia de la metodología o de la estrategia de ejecución.

3) Congruencia de los objetivos, las metas y actividades con la

generación de los productos entregables.

4) Capacidad científica, técnica y administrativa del grupo de trabajo.

5) Alcance y disponibilidad de la infraestructura física y virtual

considerada.

6) Congruencia del presupuesto con las actividades, metas y productos

considerados.

7) Descripción de los mecanismos de transferencia de resultados al

Usuario.

2. Originalidad o contenido innovador, en alguno de los siguientes casos:

1) En la generación del conocimiento.

2) En la aplicación del conocimiento.

3) El impacto en alguno de los siguientes rubros: tecnológico,

económico, social o ambiental.

D. Solicitud y trámites de registro de propiedad industrial para proyectos de

innovación y desarrollo tecnológico susceptibles de comercializar.

1. Se apoyarán las propuestas que tengan un resultado positivo en la búsqueda

tecnológica realizada por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial

(IMPI).

2. Congruencia en el plan de negocios o de comercialización para la invención.

E. Eventos académicos encaminados a promover la cultura científica y de

innovación en Coahuila de Zaragoza.

1. Calidad de la propuesta:

1) En el desarrollo de estrategias de fomento a la cultura científica y

de la innovación que cumplan con las metodologías y buenas

practicas.

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2) Claridad de objetivo general y específicos.

3) Claridad en el público meta que será beneficiado.

4) Congruencia entre la metodología y los resultados esperados.

5) Promueve el desarrollo de proyectos participativos y de interés

publico con cobertura en zonas urbanas, rurales y marginadas del

estado.

2. Originalidad o contenido innovador en alguno de los siguientes casos:

1) Fomenta las vocaciones científicas en niños y jóvenes.

2) Fomenta la igualdad de género.

3) Fomenta la inclusión de sectores sociales vulnerables.

4) Fomenta la formación continua de profesores en temas de ciencia,

tecnología o innovación.

5) Fomenta la creacion o consolidación de grupos multidisciplinarios e

interinstitucionales.

6. NOTIFICACIÓN DEL APOYO Y TIEMPOS PARA LA FORMALIZACIÓN:

6.1 Con base al acuerdo del Comité Técnico y de Administración y una vez

publicados los proyectos aprobados en la página del COECYT y en los medios que el

Comité Técnico autorice, el Secretario Administrativo notificará de manera formal al

sujeto de apoyo la aprobación de su proyecto, el monto de recursos y rubros

autorizados, así como los requisitos y tiempo disponible para formalizar el apoyo.

Anexo 1.

6.2 El comunicado podrá ser enviado por medios electrónicos y por este mismo

medio obtenerse el acuse de recibo correspondiente.

6.3 A partir de la fecha de recepción del Convenio de Asignación de Recursos, el

sujeto de apoyo contará con un plazo de 20 días hábiles para firmarlo, salvo casos

de fuerza mayor debidamente justificados, el Secretario Administrativo de común

acuerdo con el Secretario Técnico, podrá autorizar una extensión del plazo, hasta de

20 días hábiles adicionales. En el supuesto de la ausencia física del representante

legal del Sujeto de Apoyo o por requerimientos solicitados por el propio Fondo que

no puedan ser atendidos en el periodo considerado, la solicitud de ampliar el plazo

deberá ser hecha al menos con una semana antes de que concluya el periodo

establecido. El no formalizar el Convenio en la fecha establecida implicará la

cancelación del apoyo.

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7. CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS:

7.1 El Secretario Técnico precisará con el Responsable Técnico del proyecto, el

desglose financiero y los productos y resultados comprometidos, cuyas precisiones

y/o adecuaciones se incorporarán en el anexo 1 y en el anexo 2, que forman parte

del Convenio de Asignación de Recursos.

En los casos que por alguna situación extraordinaria se tengan observaciones

derivadas del proceso de evaluación y selección, el Secretario Técnico solicitará al

Responsable Técnico su atención en un tiempo perentorio. Una vez atendidas las

observaciones técnicas y financieras, el Secretario Técnico hará las adecuaciones

correspondientes a los anexos 1 y 2 del Convenio de Asignación de Recursos.

En el caso de que el sujeto de apoyo no atienda o acepte las observaciones o

ajustes presupuestales, se procederá a la cancelación del apoyo, para ello el

Secretario Administrativo notificará por escrito al responsable legal e informará al

Comité Técnico y de Administración en la siguiente sesión de trabajo.

7.2 Una vez hechas las precisiones en los anexos del Convenio, el Secretario

Administrativo, elaborará el Convenio de Asignación de Recursos, utilizando el

modelo de Convenio Asignación de Recursos autorizado, el cual deberá contener

entre otros, los siguientes puntos:

a. El Acuerdo de aprobación del proyecto, su denominación y clave.

b. El monto de recursos autorizados por el Fondo para apoyar la realización del

proyecto.

c. Desglose financiero, y en su caso las aportaciones concurrentes (Anexo 1).

d. Los productos y resultados comprometidos, las instancias usuarias de los

resultados o productos y el cronograma de actividades (Anexo 2)

e. La obligación del sujeto de apoyo de aplicar exclusivamente al desarrollo del

proyecto, la totalidad de los recursos que se le canalicen y devolver en su

caso, los recursos no ejercidos.

f. Las sanciones aplicables al sujeto de apoyo en caso de incumplimiento.

7.3 En el convenio deberá quedar explícito en los anexos 1 y 2, el alcance de los

productos y resultados comprometidos por el proyecto indicando, la etapa

comprometida para su entrega, el cronograma de actividades y el desglose del

recurso autorizado y en su caso, la relación de los principales equipos que serán

adquiridos para el proyecto. En los casos que aplique, se deberán indicar las

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aportaciones concurrentes comprometidas por el sujeto de apoyo o terceros

interesados en los resultados de los proyectos.

7.4 El Convenio de Asignación de Recursos deberá firmarse de manera autógrafa.

En el supuesto de firma autógrafa, el Secretario Administrativo enviará al Sujeto de

Apoyo el Convenio para firmarse de esta manera en tres tantos y una vez firmadas,

turnará un tanto al Sujeto de Apoyo y al Secretario Técnico del Fondo.

7.5 Previa formalización del convenio, el Secretario Administrativo deberá solicitar y

recabar del sujeto de apoyo:

1) Copia del contrato de apertura de la cuenta de cheques.

2) Copia del depósito correspondiente a la aportación del sujeto de apoyo

(cuando aplique).

3) Recibo institucional o factura del sujeto de apoyo, correspondiente al monto

aprobado, el cual deberá cumplir con los requisitos fiscales vigentes al

momento de su emisión.

4) Datos bancarios de la cuenta de cheques del sujeto de apoyo para realizar

el depósito electrónico, incluyendo el número de CLABE.

5) Pagaré por el total del apoyo autorizado.

7.6 Una vez formalizado el convenio, el Secretario Administrativo deberá integrar el

convenio y sus anexos, al expediente del proyecto.

7.7 El Secretario Administrativo salvo los casos debidamente justificados, procederá

a la cancelación de los proyectos que no sean formalizados en tiempo y forma por el

Sujeto de Apoyo, e informará al Comité Técnico y de Administración en su próxima

sesión de trabajo.

8. INFORMES:

El sujeto de apoyo deberá entregar al Fondo informes de avance cuando estos le sean

requeridos y un informe final al término del proyecto, en los tiempos y formas estipulados en

el Convenio de Asignación de Recursos y en el procedimiento PP-05 “Administracion de

Proyectos” con el objeto de verificar el cumplimiento de sus compromisos y el correcto

ejercicio del gasto.

Los informes deberán considerar dos capítulos generales: Uno de carácter técnico en donde

se informe los resultados alcanzados, los entregables, las desviaciones o imponderables

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que en su caso se hayan presentado y las acciones realizadas o a realizar para su atención

y otro en el que se informe y compruebe el ejercicio del gasto.

El Secretario Técnico con el apoyo de la Comisión de Evaluación correspondiente, del

Usuario y/o de especialistas que considere conveniente, emitirá un dictamen con el cual, el

Fondo a través del Secretario Administrativo procederá con la formalización de la

conclusión, cierre o terminación anticipada del proyecto de acuerdo a lo establecido en el

Procedimiento PP-08 “Cierre y Conclusion de Proyectos”.

8.1 Informe:

a) Al término del proyecto, el Sujeto de Apoyo por conducto del Responsable

Técnico y con el aval del Responsable Administrativo, deberá enviar al Secretario

Técnico el informe final del proyecto, a más tardar en la fecha establecida en el

Anexo 2 del Convenio de Asignación de Recursos y en el formato establecido en

el Procedimiento PP-05 “Administracion de Proyectos”.

b) El informe deberá ser entregado impreso y con un respaldo digital al Secretario

Administrativo, anexando la información de soporte que sustente tanto la

información técnica como financiera.

c) La fecha de acuse de recepción del informe final, emitida por el Secretario

Administrativo, será el referente para el Fondo.

d) El Secretario Técnico enviará al menos con 30 días naturales anteriores a la fecha

de entrega del informe final establecido en el Anexo 2 del Convenio de Asignación

de Recursos, un recordatorio de la fecha límite para la entrega dicho informe.

e) El informe deberá contener dos apartados: el primero deberá contener la

información técnica necesaria que permita verificar la totalidad de los resultados,

entregables y productos comprometidos en el Convenio de Asignación de

Recursos, la opinión y satisfacción del usuario y el impacto potencial esperado en

la solución, necesidad u oportunidad que dio origen a la propuesta, así como la

calidad del informe. Se deberá adjuntar toda la información que soporte y/o

fundamente los resultados obtenidos y deberán entregar al Fondo los productos

generados.

En su caso, deberá presentar y justificar ampliamente los causales de

desviaciones incurridas en el cumplimiento de los compromisos del proyecto.

f) El segundo apartado deberá contener la información financiera del proyecto al

término de proyecto, un desglose detallado del ejercicio del gasto y la

comprobación correspondiente y en su caso, el remanente no ejercido, así como

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su devolución, junto con los productos financieros que se hubiesen generado, a la

cuenta del Fondo. Se deberá anexar la evidencia documental de la cancelación de

la cuenta de cheques utilizada en el manejo de los recursos del proyecto, salvo en

los casos que se haya autorizado el uso de alguna cuenta concentradora.

En el caso de que se hayan comprometido aportaciones concurrentes o

complementarias por parte del Sujeto de Apoyo o de terceros, se deberá

presentar la evidencia de las aportaciones y del gasto realizado con estos

recursos de conformidad con lo establecido en el Anexo 1 del Convenio de

Asignación de Recursos y/o con lo acordado con el aportante.

El informe deberá ser avalado por el Responsable Administrativo mediante la

firma del documento de presentación de informe o mediante oficio específico que

para el efecto adjunte.

g) Se deberán anexar los documentos comprobatorios al informe impreso que será

entregado al Secretario Administrativo.

h) En el caso que el informe de final no sea recibido en la fecha límite establecida en

el Anexo 2 del Convenio de Asignación de Recursos, fecha ajustada en su caso

por recalendarizaciones y/o ampliación del tiempo de vigencia del proyecto

autorizados de conformidad con lo estipulado en inciso 8.3, el Secretario Técnico

notificará al Responsable Legal del Sujeto de Apoyo del incumplimiento en la

entrega del informe, el requerimiento de su entrega en un tiempo perentorio, así

como la sanción a que podría hacerse acreedor en caso de no atender el

requerimiento.

En caso de no entregar el informe en la fecha establecida en la notificación, el

Secretario Técnico procederá a la cancelación del proyecto y solicitará al

Secretario Administrativo la rescisión del Convenio de Asignación de Recursos.

8.2 Evaluación del Informe

a) El Secretario Técnico del Fondo coordinará la evaluación del informe final con

la participación de la Comisión de Evaluación y de personal capacitado y/o

especializado en revisiones financieras y administrativas.

b) La evaluación se llevará a cabo en dos niveles: técnico y financiero,

requiriendo un dictamen favorable de ambos informes para proceder al cierre

técnico y financiero, ya sea bajo el esquema de “Conclusion del Proyecto” o de

“Cierre del Proyecto”.

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9. MINISTRACIÓN DE RECURSOS:

9.1 Inicial.

La ministración se da a la firma de Convenio de Asignación de Recursos de

conformidad con lo establecido en el numeral 6, del procedimiento PP-04

“Formalizacion del Apoyo” que forma parte del Manual de Procedimientos.

10. CONFIDENCIALIDAD, PROPIEDAD INTELECTUAL, RECONOCIMIENTOS Y

DIFUSION DE LOS RESULTADOS DE LOS PROYECTOS:

10.1 La informacion que se reciba con motivo de la presente Convocatoria, esta sujeta

a lo dispuesto por la Ley General de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica,

por lo que aquella documentacion que deba ser clasificada como confidencial o

reservada, debera ser expresamente identificada en la solicitud.

En caso de que el solicitante no emita la especificacion de informacion sensible

o confidencial en las secciones o documentos correspondientes, estos se

consideraran publicos y se entregaran con tal caracter a cualquier solicitante de

la misma.

11. EQUIDAD Y NO DISCRIMINACION:

La seleccion de instituciones, programas, proyectos y personas destinatarios de los

apoyos del FONCYT se realizan mediante procedimientos competitivos, eficientes,

equitativos, transparentes y publicos, sustentados en méritos y calidad; los apoyos que

se otorgan estan sujetos a procesos de evaluacion, seleccion, formalizacion y

monitoreo, en términos de los fundamentos normativos correspondientes, por lo tanto,

el FONCYT, en la asignacion de recursos a los Sujetos de Apoyo, se obliga a no

discriminar a los solicitantes por ningun motivo o condicion social.

El Sujeto de Apoyo debera observar en la conformacion del grupo de trabajo para la

ejecucion del proyecto, los principios de equidad y no discriminacion, particularmente,

cuidando la equidad de género.

12. TRANSPARENCIA, EFICIENCIA, EFICACIA, ECONOMIA Y HONRADEZ:

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Es una obligacion del Gobierno Estatal y sus servidores publicos, administrar los

recursos economicos de que se dispongan con transparencia, eficiencia, eficacia,

economía y honradez, satisfaciendo los objetivos a los que estén destinados.

Igualmente, los Sujetos de Apoyo deberan observar dichos principios, administrando

los apoyos que les son otorgados para el debido cumplimiento de los fines y productos

esperados de los proyectos.

13. CONSIDERACIONES GENERALES:

13.1 No seran elegibles los proyectos presentados por quienes tengan adeudos con el

COECYT, o conflictos planteados en contra de éste ante instancias administrativas o

judiciales, derivados de proyectos apoyados en cualquier programa del propio

Consejo.

13.2 No seran evaluadas aquellas solicitudes cuyos responsables técnicos presenten

retrasos injustificados en el cumplimiento de informes técnicos o administrativos de

proyectos apoyados en otros Fondos y/o programas COECYT.

13.3 El numero de proyectos apoyados, estara sujeto a la disponibilidad presupuestal

del FONCYT, así como a la evaluacion favorable de las solicitudes que se presenten.

13.4 Las cuestiones no previstas o casos de excepcion de esta Convocatoria y su

base normativa seran resueltas por el CTA del FONCYT.

13.5 Las decisiones del CTA del FONCYT seran definitivas e inapelables.

12. MANEJO DE LA INFORMACION:

Los compromisos que deriven del FONCYT y sus convocatorias son el resultado de

programas permanentes y publicos, cuyos recursos provienen de las contribuciones al

erario publico, y no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno.

Esta prohibido el uso total o parcial del contenido y alcances de la convocatoria, los

presentes Términos de Referencia, así como los proyectos apoyados y sus resultados con

fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos en la misma.

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ANEXO 3

FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

CONVOCATORIA COAH-20__-C__

Calendario de la Convocatoria

Fecha de publicación de Convocatoria: dd/mm/aaaa Fecha límite de recepción de propuestas: dd/mm/aaaa Fecha de publicación de Resultados dd/mm/aaaa En caso de ajuste en la fecha de publicación de resultados: “Aviso” Nueva fecha para la publicación de Resultados dd/mm/aaaa

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FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA

TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

TITULO: FORMULACIÓN DE PROPUESTAS CLAVE: PP-02

Inicio de vigencia: febrero 2020 Acuerdo CTA:

Término de Vigencia: Indefinida No. de Hojas: 5

No. de Revisión: 1 No. de Anexos: 2

1. ALCANCE Y FINALIDAD: Este procedimiento establece los criterios y lineamiento para la realización de talleres que propicien la formulación de propuestas pertinentes, integrales y de calidad y la participación de la comunidad científica y tecnológica estatal en la presentación de propuestas. Su aplicación tiene como finalidad que los sujetos cuenten con la información necesaria para la mejor presentación de las propuestas. 2. RESPONSABILIDADES: 2.1 Es responsabilidad del Secretario Administrativo coordinar con el apoyo del Secretario

Técnico, la realización de talleres o acciones que contribuyan a mejorar la pertinencia y calidad de las propuestas que se presenten al Fondo.

2.2 Es responsabilidad del Secretario Técnico la estructuración de los talleres, la identificación e invitación a grupos de trabajo líderes para la presentación y análisis de las bases y términos de referencia de la Convocatoria.

2.3 Es responsabilidad del Usuario validar el alcance de las propuestas, los objetivos y productos esperados descritos en la misma.

3. PROCESO DE INDUCCIÓN DE PROPUESTAS:

3.1 El Secretario Administrativo con el apoyo del Secretario Técnico podrá promover la realización de talleres o reuniones de trabajo con la comunidad científica y tecnológica y con el usuario, para apoyar la formulación de propuestas pertinentes y de calidad que respondan a las necesidades o prioridades del estado establecidas en las convocatorias.

3.2 Los talleres deberán tener como objetivo entre otras cosas:

a) Analizar y precisar las áreas con el sector usuario.

b) Homogeneizar conceptos establecidos en las bases y términos de referencia.

c) Propiciar la participación e interacción de investigadores y especialistas con experiencia en el tema de estudio.

d) Promover la integración de grupos de trabajos, la colaboración interinstitucional y el enfoque interdisciplinario.

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e) Clarificar objetivos y mecanismos de operación del Fondo.

f) Precisar con los interesados los criterios de pertinencia, evaluación y de selección de propuestas.

g) Transmitir las recomendaciones más importantes en la presentación de propuestas.

3.3 Estos talleres o reuniones de trabajo, se deberán llevar a cabo cuando menos 10 días hábiles antes del cierre de la convocatoria y los gastos de organización y realización se harán con cargo al Fondo, dentro del presupuesto que para este efecto haya autorizado el Comité Técnico y de Administración en el Presupuesto Operativo del ejercicio, o en su caso, cuando de manera expresa lo autorice.

3.4 El Secretario Técnico en función de las áreas prioritarias, podrá identificar los grupos de trabajo de las principales instituciones del estado que podrían estar interesadas en participar y de común acuerdo con el Secretario Administrativo, extenderles una invitación a participar en el taller a través de los coordinadores de investigación o de los líderes institucionales, adjuntando el programa y un formato de registro, en el cual indique su área de especialidad, utilizando un formato como el mostrado en el anexo 2.

3.5 Las propuestas que se generen como resultado de estos talleres o reuniones de trabajo, serán sometidas a los procesos de evaluación y selección al igual que todas las propuestas que se reciban.

4. LOGÍSTICA DEL TALLER

4.1 El Secretario Administrativo con el apoyo del Secretario Técnico definirán el sitio y las instalaciones requeridas para llevar a cabo la reunión de trabajo, harán un estimado de costo y verificarán que el monto requerido este dentro de lo autorizado en el presupuesto operativo del ejercicio.

4.2 Cuando así lo consideren conveniente, el Secretario Administrativo y/o el Secretario Técnico podrán invitar a investigadores o especialistas, cuyos gastos de transportación, hospedaje y alimentación podrán ser con cargo al Gasto Operativo del Fondo.

4.3 El taller debe considerar espacios de diálogo que permita compartir información y establecer las bases de posibles esquemas de colaboración. En el Anexo 1 se muestra una propuesta de agenda para la reunión.

4.4 La coordinación de la reunión estará a cargo preferentemente del Secretario Administrativo apoyado en la metodología que, de común acuerdo con el Secretario Técnico, se haya establecido.

4.5 El Secretario Técnico deberá presentar durante el taller las bases, los elementos críticos en la elaboración y evaluación de propuestas y las particularidades del sistema de captura.

5. METODOLOGIA:

5.1 La metodología a utilizar en la reunión deberá considerar entre otras cosas lo siguiente:

a) Espacio de diálogo que permita a los investigadores, tecnólogos y especialistas interesados:

• Conocer los avances y estrategias en la atención del problema, necesidad u oportunidad origen de la propuesta.

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• Definir las áreas de interés del asistente y/o de su grupo de trabajo.

• Propiciar la integración de grupos de trabajo interdisciplinares e identificar liderazgos.

• Establecer estrategias y programas para la elaboración de propuestas.

5.2 En función del nivel de respuesta de la comunidad científica y tecnológica, los Secretarios Técnicos y Administrativo, precisarán la metodología a utilizar y la harán del conocimiento a los participantes en la fase de convocatoria o al inicio del taller.

Anexos:

1. Modelo de programa del taller.

2. Formato de registro de investigadores y tecnólogos interesados

Elaborado por: Nombre y firma Fecha

Secretario Administrativo M.C. Mario Prudencio Valdés Garza 12-febrero-2020

Secretaria Técnica Dra. Vanessa Martínez Sosa 12-febrero-2020

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ANEXO 1

MODELO DE PROGRAMA DEL TALLER

1) Bienvenida y objetivos del Taller

2) Presentación de los asistentes y experiencia individual (nombre, institución, especialidad, experiencia).

3) Presentación de la Convocatoria: bases, términos de referencia y requisitos críticos ( Secretario Técnico)

4) Dinámica grupal:

a) Revisión y desagregado de los productos esperados (productos

específicos).

b) Disciplinas asociadas a los productos específicos

c) Grupos de trabajo líderes sugeridos por producto especificado.

d) Estrategias sugeridas para integración de la propuesta

e) Interés de participante y/o de sus grupos de trabajo en el desarrollo de propuestas.

5) Acuerdos y conclusiones de taller

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ANEXO 2

REGISTRO PARTICIPANTES

FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA

TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

Taller para la Formulación de Propuestas Convocatoria COAH-20__-C___

Nombre Completo:

Institución:

Cargo:

Correo electrónico:

Teléfonos:

Especialidad:

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FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

TITULO: EVALUACIÓN, SELECCIÓN DE PROPUESTAS Y APROBACIÓN DE RECURSOS

CLAVE: PP-03

Inicio de vigencia: febrero 2020 Acuerdo CTA:

Término de Vigencia: Indefinida No. de Hojas: 19

No. de Revisión: 1 No. de Anexos: 4

1. ALCANCE Y FINALIDAD.

Este procedimiento establece los criterios y lineamientos que rigen la verificación de requisitos y la evaluación de la calidad y factibilidad técnica y científica de las propuestas recibidas en respuesta a las convocatorias emitidas por el Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila (FONCYT), así como la selección de propuestas y aprobación de recursos, conforme a lo dispuesto en las fracciones VI y VII del Artículo 31 de la Ley de Ciencia, Desarrollo Tecnológico e Innovación para el Estado de Coahuila de Zaragoza y en congruencia con el Contrato de Fideicomiso y Reglas de Operación.

Su aplicación tiene como finalidad dictaminar de manera objetiva, sistemática, equitativa y transparente la pertinencia y calidad científica y técnica de las propuestas recibidas en el Fondo.

2. RESPONSABILIDADES:

2.1. El Secretario Técnico del Fondo será responsable de verificar que las propuestas cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria, analizar la pertinencia y coordinar el proceso de evaluación y selección de las propuestas recibidas en el Fondo. Asimismo, será responsable de integrar la Comisión de Evaluación por modalidad, concentrar los resultados de las evaluaciones, para en base a promedio, emitir una recomendación de proyectos a someter a consideración del Comité Técnico y de Administración.

2.2. Las Comisiones de Evaluación serán responsables de evaluar la calidad y factibilidad técnica de las propuestas, revisar el presupuesto y en base a promedio, seleccionar las propuestas que serán sometidas a la consideración del Comité Técnico y de Administración del Fondo para la asignación de recursos.

2.3. El Comité Técnico y de Administración del Fondo, será el responsable de la aprobación de los recursos a las propuestas recomendadas por la Comisión de Evaluación.

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3. CRITERIOS DE EVALUACIÓN.

Las propuestas recibidas se someterán a un proceso secuencial de evaluación constituido por dos etapas:

3.1 Verificación de requisitos.

En esta etapa los Secretarios Administrativo y Técnico verificarán que las propuestas recibidas cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria correspondiente y de acuerdo con la modalidad en la que apliquen, los cuales deben cumplirse para proceder al proceso de evaluación de calidad y factibilidad técnica de la propuesta, siendo entre otros:

A. Becas tesis terminales de maestría y doctorado 1. Pre-registro o inscripción en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas

Científicas y Tecnológicas (RENIECYT) de la institución proponente. 2. Carta de presentación y respaldo institucional. 3. Carta compromiso de aportación concurrente por parte de la institución. 4. Constancia oficial de inscripción vigente, certificado oficial de calificaciones de

todos los créditos cursados, promedio general obtenido mínimo de 80. 5. Registro actualizado de tesis ante la institución que expedirá el título o grado. 6. Carta compromiso del postulado/becario que señale la fecha de titulación,

avalada por el asesor de tesis. 7. Proporcionar la información solicitada en el formato de registro. 8. Anteproyecto / Avance de tesis.

B. Estancias técnicas de investigación nacionales e internacionales.

1. Pre-registro o inscripción en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT) de la institución proponente.

2. Carta de presentación y respaldo institucional. 3. Carta compromiso de aportación concurrente por parte de la institución. 4. Carta de aceptación de la institución receptora. 5. Proporcionar la información solicitada en el formato de registro. 6. Anteproyecto.

C. Estudios, diagnósticos y programas que impulsen el desarrollo integral de las áreas de conocimiento.

1. Pre-registro o inscripción en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT) del proponente.

2. Carta de presentación y respaldo institucional. 3. Declaración bajo protesta de decir verdad del responsable técnico de no

duplicidad de apoyo con otros fondos. 4. Carta de respaldo y compromiso de implementación del proyecto por parte del

usuario (Dependencia del Gobierno Estatal o Municipal a quien se transferirá el resultado del proyecto para su implementación y en el caso de las empresas por un organismo empresarial o civil).

5. Proporcionar la información solicitada en el formato de registro. 6. Anteproyecto.

D. Solicitud y trámites de registro de propiedad industrial para proyectos de

innovación y desarrollo tecnológico susceptibles de comercializar. 1. Pre-registro o inscripción en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas

Científicas y Tecnológicas (RENIECYT) de la institución proponente. 2. Carta de presentación y respaldo institucional.

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3. Proporcionar la información solicitada en el formato de registro. 4. Documento de la invención (con marca de agua “CONFIDENCIAL”) que

contenga: a) Descripción de la invención. b) Reivindicaciones. c) Resumen de la descripción de la invención. d) Dibujo técnico, en su caso.

E. Eventos académicos encaminados a promover la cultura científica y de

innovación en Coahuila de Zaragoza. 1. Pre-registro o inscripción en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas

Científicas y Tecnológicas (RENIECYT) de la institución proponente. 2. Carta de presentación y respaldo institucional. 3. Proporcionar la información solicitada en el formato de registro. 4. Ficha técnica del evento y soporte o sustento del impacto.

3.2 Calidad y factibilidad técnica

1) Las propuestas que cumplan con los requisitos obligatorios serán sometidas a un proceso de evaluación de la calidad y factibilidad técnica y/o científica a través del cual se determina la probabilidad de que el proyecto alcance los objetivos y metas que se han planteado, así como la originalidad o contenido innovador en la atención de la problemática planteada.

2) Los criterios que se utilizarán para determinar la calidad de la propuesta son entre otros:

A. Becas tesis terminales de maestría y doctorado 1. Calidad de la propuesta:

1) Congruencia entre los objetivos y la contribución esperada. 2) Pertinencia de la metodología o de la estrategia de investigación. 3) Congruencia de las metas y actividades con la generación de los

productos entregables. 2. Originalidad o contenido innovador, en alguno de los siguientes casos:

1) En la generación del conocimiento. 2) En la aplicación del conocimiento. 3) En el uso de materiales, procesos, servicios y tecnologías existentes.

B. Estancias técnicas de investigación nacionales e internacionales.

1. Calidad de la propuesta: 1) Descripción del tipo de colaboración que el candidato realizará y su

aportación a la institución postulante y receptora. 2) Congruencia entre los objetivos y productos esperados. 3) Pertinencia de la metodología o de la estrategia de ejecución. 4) Congruencia de las metas y actividades con la generación de los

productos entregables. 5) Capacidad científica y técnica del grupo de trabajo de la institución

receptora. 6) Alcance y disponibilidad de la infraestructura física y virtual de la

institución receptora. 7) Congruencia del presupuesto con las actividades, metas y productos

considerados. 2. Originalidad o contenido innovador, en alguno de los siguientes casos:

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1) En la generación del conocimiento. 2) En la aplicación del conocimiento. 3) El impacto en alguno de los siguientes rubros: tecnológico, económico,

social o ambiental.

C. Estudios, diagnósticos y programas que impulsen el desarrollo integral de las áreas de conocimiento.

1. Calidad de la propuesta: 1) Dominio del tema científico o técnico, del problema y el grado de

novedad de la propuesta. 2) Pertinencia de la metodología o de la estrategia de ejecución. 3) Congruencia de los objetivos, las metas y actividades con la

generación de los productos entregables. 4) Capacidad científica, técnica y administrativa del grupo de trabajo. 5) Alcance y disponibilidad de la infraestructura física y virtual

considerada. 6) Congruencia del presupuesto con las actividades, metas y productos

considerados. 7) Descripción de los mecanismos de transferencia de resultados al

Usuario. 2. Originalidad o contenido innovador, en alguno de los siguientes casos:

1) En la generación del conocimiento. 2) En la aplicación del conocimiento. 3) El impacto en alguno de los siguientes rubros: tecnológico, económico,

social o ambiental.

D. Solicitud y trámites de registro de propiedad industrial para proyectos de innovación y desarrollo tecnológico susceptibles de comercializar.

1. Se apoyarán las propuestas que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) indique.

E. Eventos académicos encaminados a promover la cultura científica y de innovación en Coahuila de Zaragoza.

1. Calidad de la propuesta: 1) En el desarrollo de estrategias de fomento a la cultura científica y de la

innovación que cumplan con las metodologías y buenas prácticas.

2) Claridad de objetivo general y específicos.

3) Claridad en el público meta que será beneficiado.

4) Congruencia entre la metodología y los resultados esperados.

5) Promueve el desarrollo de proyectos participativos y de interés público con cobertura en zonas urbanas, rurales y marginadas del estado.

2. Originalidad o contenido innovador en alguno de los siguientes casos: 1) Fomenta las vocaciones científicas en niños y jóvenes. 2) Fomenta la igualdad de género. 3) Fomenta la inclusión de sectores sociales vulnerables. 4) Fomenta la formación continua de profesores en temas de ciencia,

tecnología o innovación. 5) Fomenta la creación de grupos multidisciplinarios e interinstitucionales.

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4. TIEMPOS DE EVALUACIÓN

4.1 El Secretario Técnico establecerá los mecanismos para asegurar que el proceso de evaluación descrito en el numeral 5 no exceda preferentemente 30 días hábiles, contados a partir de la fecha del cierre de la Convocatoria.

4.2 El Secretario Administrativo establecerá los mecanismos para que en un periodo que no exceda preferentemente de 20 días hábiles a partir de la conclusión de la evaluación, se lleve a cabo el proceso de aprobación de recursos por parte del Comité Técnico y de Administración, así como la publicación de resultados.

5. PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN

5.1 Verificación del cumplimiento de requisitos:

Para verificar que las propuestas recibidas cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria, el Secretario Técnico:

1) Analizará las propuestas recibidas y verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Convocatoria correspondiente. Para esta verificación se utilizará el formato de Anexo 1.

2) Las propuestas que hayan cubierto los requisitos serán sometidas al proceso de evaluación de la calidad y factibilidad técnica y/o científica.

5.2 Calidad y factibilidad técnica y/o científica:

Para el dictamen de la calidad y factibilidad técnica y/o científica de las propuestas se deberá proceder de la siguiente manera:

1) De conformidad con lo establecido en el Procedimiento PF-02 “Instancias de Evaluación” y en función de la naturaleza de la propuesta, el Secretario Técnico integrará la Comisión de Evaluación correspondiente, seleccionando al menos tres evaluadores por modalidad, del “Banco de Evaluadores” del Fondo, autorizado por el Comité Técnico y de Administración.

2) El Secretario Técnico hará la confirmación de la aceptación de los evaluadores invitados, procederá a su registro en el formato descrito en el Procedimiento PF-02 y les enviará para su conocimiento los siguientes documentos:

a) Invitación formal firmada por el Secretario Técnico, describiendo el alcance de su participación.

b) Bases y términos de referencia de la convocatoria para su conocimiento y referencia.

c) Calendario y lugar de la reunión de trabajo.

3) El Secretario Técnico turnará a cada uno de los integrantes de la Comisión de Evaluación, las propuestas que cumplieron con los requisitos de la convocatoria para su evaluación individual, adjuntando el formato de evaluación descrito en el Anexo 2 de acuerdo a la modaldidad.

4) El Secretario Técnico coordinará la logística de la reunión de trabajo para lo cual deberá confirmar asistencia y proveer los requerimientos específicos de la Comisión para su sesión de trabajo.

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5) La sesión de trabajo será coordinada por el Secretario Técnico, con voz, pero sin voto, debiendo apegarse a los establecido el apartado 5.2 de Procedimiento PF-02 “Instancias de Evaluación”, y al siguiente Orden del Día:

a) Registro de evaluadores e integración de las comisiones evaluadoras.

b) Revisión individual de la calidad y factibilidad técnica y/o científica de las propuestas.

c) Concentración de los resultados de las evaluaciones realizadas.

d) Selección en su caso, de las propuestas a recomendar al Comité Técnico y de Administración para la asignación de recursos.

e) Lectura y firma del acta de evaluación.

6) El Secretario Técnico, elaborará el acta de la reunión correspondiente, la cual deberá ser firmada por los Secretarios Técnico y Administrativo, formarán parte de la misma, el concentrado de los resultados de las evaluaciones de acuerdo al Anexo 3, además del registro de los evaluadores.

7) Se considerarán como propuestas recomendadas, aquellas que hayan obtenido el mayor promedio de acuerdo con el resultado de las evaluaciones, información contenida en el Anexo 3, siendo el Comité Técnico y de Administración quien autorice la asignación de recursos respetando el techo presupuestal por modalidad y monto total de la convocatoria.

8) Las evaluaciones se integrarán al expediente de cada propuesta y funcionarán como soporte al acta de la reunión en caso de requerirse.

9) Las evaluaciones deberán contener el fundamento necesario para soportar la retroalimentación a los proponentes.

10) Los evaluadores deberán revisar que las propuestas satisfagan la problemática planteada, la probabilidad de cumplir con sus objetivos y metas plasmados, precisando en su caso, las observaciones o condicionamientos sugeridos que deberán ser atendidos por el proponente.

6. Proceso de retroalimentación:

6.1 En el caso de propuestas autorizadas por el Comité Técnico y de Administración, pero con observaciones y recomendaciones por parte de la Comisión de Evaluación, el Secretario Técnico las notificará al proponente para su atención en el tiempo que para el efecto se establezca. De no ser atendidas las observaciones, el Secretario Técnico podría revocar su aprobación.

6.2 En el caso de propuestas no autorizadas, el Anexo 2 funcionará como soporte, lo cual servirá de base para la retroalimentación al proponente, en caso de que éste lo solicite.

6.3 Por su parte, el Secretario Técnico informará por escrito al Secretario Administrativo de los resultados obtenidos del proceso evaluación de las propuestas, incluyendo los resultados de la verificación de cumplimiento de requisitos y solicitará se convoque al Comité Técnico y de Administración para someter a su consideración la aprobación de recursos.

7. APROBACIÓN DE RECURSOS:

7.1 El Secretario Técnico deberá someter las propuestas recomendadas por la Comisión de Evaluación, a la consideración del Comité Técnico y de Administración del Fondo para la aprobación de recursos a través del Anexo 3, para facilitar el trabajo de los miembros del Comité.

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7.2 El Comité Técnico y de Administración, en función del análisis realizado y de los recursos comprometidos para la Convocatoria, aprobará en su caso, el monto sugerido por la Comisión de Evaluación e instruirá al Secretario Administrativo para que proceda a la formalización del apoyo; y, al Secretario Técnico para que proceda con la publicación de los resultados en la página del COECYT y en los medios establecidos en la Convocatoria, utilizando el formato descrito en el Anexo 4.

8. CONFLICTOS DE INTERÉS Y CONFIDENCIALIDAD DE LA EVALUACIÓN.

8.1 Los evaluadores acreditados no podrán evaluar propuestas:

a) De su propia institución o dependencia.

b) Donde participe el evaluador o miembros de sus grupos de trabajo.

c) De responsables técnicos con los que el evaluador considere exista algún conflicto de intereses.

8.2 Los participantes, no podrán hacer público los resultados del proceso de la evaluación de la calidad y factibilidad técnica y/o científica.

8.3 La retroalimentación a los proponentes no deberá contener el nombre de los evaluadores.

9. DE LAS SITUACIONES NO PREVISTAS.

Las situaciones o casos no previstos en este Procedimiento o interpretaciones del articulado deberán ser resueltos por el Comité Técnico y de Administración del Fondo.

ANEXOS:

1. Formato de verificación de requisitos

2. Formato para evaluación de calidad y factibilidad técnica y/o científica

2a modalidad A

2b modalidad B

2c modalidad C

2d modalidad E

3. Ficha de propuestas recomendadas al Comité Técnico y de Administración.

4. Formato para publicación de resultados.

Validado por: Nombre y firma Fecha

Secretario Administrativo M.C. Mario Prudencio Valdés Garza 12-feb-2020

Secretario Técnico Dra. Vanessa Martínez Sosa 12-feb-2020

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ANEXO 1.

VERIFICACIÓN DE REQUISITOS

FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

DATOS DE LA PROPUESTA REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA

Clave Título Responsable

Técnico Institución proponente

Monto solicitado

1 2 3 4 5

Nombre y firma Secretario Administrativo

Nombre y firma Secretario Técnico

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ANEXO 2a FORMATO DE EVALUACIÓN MODALIDAD A

FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

Clave:

Título:

Monto solicitado:

A continuación, se le presentarán los criterios necesarios para la evaluación de proyectos; le pedimos asigne una calificación del 0 al 10, (siendo el 0 la calificación menor y 10 como la mayor), según el cumplimiento de cada uno de estos puntos dentro del proyecto de investigación a evaluar.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN CALIFICACIÓN

Los antecedentes reflejan el dominio del tema, de la problemática abordada y del grado de novedad de la propuesta.

Los objetivos, general y específicos, son claros, congruentes y aseguran la contribución esperada.

La metodología es pertinente, idónea y permite alcanzar los objetivos de la tesis.

El enfoque y la base metodológica de la tesis constituyen una solución original o novedosa al problema planteado.

La propuesta de tesis atiende las áreas prioritarias para el desarrollo en Coahuila.

La infraestructura disponible permite la realización de las actividades consideradas y el cumplimiento de los objetivos.

La capacidad científica, técnica y administrativa del grupo de trabajo es satisfactoria.

Los productos comprometidos están debidamente explicitados y son congruentes.

El cronograma de actividades es congruente y asegura la obtención de los productos comprometidos.

El presupuesto es congruente con el alcance de la propuesta y está razonablemente justificado.

TOTAL

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OBSERVACIONES

Nombre del evaluador Firma

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ANEXO 2b FORMATO DE EVALUACIÓN MODALIDAD B

FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

Clave:

Título:

Monto solicitado:

A continuación, se le presentarán los criterios necesarios para la evaluación de proyectos; le pedimos asigne una calificación del 0 al 10, (siendo el 0 la calificación menor y 10 como la mayor), según el cumplimiento de cada uno de estos puntos dentro del proyecto de investigación a evaluar.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN CALIFICACIÓN

Los antecedentes reflejan el dominio del tema, de la problemática abordada y del

grado de novedad de la propuesta.

Los objetivos, general y específicos, son claros, congruentes y aseguran la

contribución esperada.

La metodología es pertinente, idónea y permite alcanzar los objetivos de la

estancia.

El enfoque y la base metodológica de la estancia constituyen una solución

original o novedosa al problema planteado

Se describe con claridad el tipo de colaboración que el candidato realizará y su

aportación a la institución postulante y receptora.

La infraestructura disponible en la institución receptora permite la realización de las

actividades consideradas y el cumplimiento de los objetivos.

La capacidad científica y técnica del grupo de trabajo de la institución receptora es

satisfactoria

Los productos comprometidos están debidamente explicitados y son congruentes.

El cronograma de actividades es congruente y asegura la obtención de los

productos comprometidos.

El presupuesto es congruente con el alcance de la propuesta y está

razonablemente justificado.

TOTAL

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OBSERVACIONES

Nombre del evaluador Firma

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ANEXO 2c FORMATO DE EVALUACIÓN MODALIDAD C

FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

Clave:

Título:

Monto solicitado:

A continuación, se le presentarán los criterios necesarios para la evaluación de proyectos; le pedimos asigne una calificación del 0 al 10, (siendo el 0 la calificación menor y 10 como la mayor), según el cumplimiento de cada uno de estos puntos dentro del proyecto de investigación a evaluar.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Calificación

Los antecedentes reflejan el dominio del tema, de la problemática abordada y del grado de novedad de la propuesta.

Los objetivos, general y específicos, son claros, congruentes y aseguran la contribución esperada.

La metodología es pertinente, idónea y permite alcanzar los objetivos de la propuesta.

El enfoque y la base metodológica de la propuesta constituyen una solución original o novedosa al problema planteado

La infraestructura disponible permite la realización de las actividades consideradas y el cumplimiento de los objetivos.

La capacidad científica, técnica y administrativa del grupo de trabajo es satisfactoria

Los productos comprometidos están debidamente explicitados, son congruentes y atienden los objetivos de proyecto.

Los mecanismos de transferencia de resultados al Usuario están claramente definidos en la propuesta.

El cronograma de actividades es congruente y asegura la obtención de los productos comprometidos.

El presupuesto es congruente con el alcance de la propuesta y está razonablemente justificado.

TOTAL

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Observaciones:

1) Técnicas

2) Al presupuesto (Solo utilizar si considera que debe adecuar o ajustar una partida)

Partida Monto sugerido

Justifique detalladamente su sugerencia

Nombre del evaluador Firma

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ANEXO 2d FORMATO DE EVALUACIÓN MODALIDAD E

FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

Clave:

Título:

Monto solicitado:

A continuación, se le presentarán los criterios necesarios para la evaluación de proyectos; le pedimos asigne una calificación del 0 al 10, (siendo el 0 la calificación menor y 10 como la mayor), según el cumplimiento de cada uno de estos puntos dentro del proyecto de investigación a evaluar.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN CALIFICACIÓN

Los antecedentes reflejan el dominio del tema, de la problemática abordada y del grado de novedad de la propuesta.

Los objetivos, general y específicos, son claros, congruentes y aseguran la contribución esperada.

La metodología es pertinente, idónea y permite alcanzar los objetivos de fomento a la cultura científica y de la innovación.

La infraestructura disponible permite la realización de las actividades consideradas y el cumplimiento de los objetivos.

La capacidad científica, técnica y administrativa del grupo de trabajo es satisfactoria.

Los productos comprometidos están debidamente explicitados, son congruentes y atienden los objetivos de proyecto.

Existe claridad en el público meta que será beneficiado.

Promueve el desarrollo de proyectos participativos y de interés público con cobertura en zonas urbanas, rurales y marginadas del estado.

El cronograma de actividades es congruente y asegura la obtención de los productos comprometidos.

El presupuesto es congruente con el alcance de la propuesta y está razonablemente justificado.

TOTAL

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En los siguientes reactivos, marcar con Sí o No si cumple con los criterios de:

Originalidad o contenido innovador en alguno de los siguientes casos: Cumplimiento

Fomenta las vocaciones científicas en niños y jóvenes.

Fomenta la igualdad de género.

Fomenta la inclusión de sectores sociales vulnerables.

Fomenta la formación continua de profesores en temas de ciencia, tecnología o innovación.

Fomenta la creación de grupos multidisciplinarios e interinstitucionales.

Observaciones:

3) Técnicas

Nombre del evaluador Firma

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ANEXO 3.

FICHA PROPUESTA RECOMENDADA AL COMITÉ TÉCNICO Y DE ADMINISTRACIÓN

FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA

(FONCYT)

Clave de proyecto

Título de propuesta Responsable

Técnico Institución proponente

Monto solicitado

Monto recomendado

Promedio

Nombre y firma Secretario Administrativo

Nombre y firma Secretario Técnico

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ANEXO 4.

FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA

EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

Publicación de resultados de la Convocatoria COAH-20__-__

El Comité Técnico y de Administración del Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila notifica a la comunidad que, en su ____Sesión ________ del ________ celebrada el pasado …. de ….de 20.... y con base en la recomendación de la Comisión de Evaluación aprobó la asignación de recursos, previa formalización mediante la firma del Convenio de Asignación de Recursos correspondiente a la(s) propuesta(s) siguiente(s):

RELACIÓN DE PROYECTOS APROBADOS

Modalidad A. Becas tesis terminales de maestría y doctorado.

Nombre de la institución

Clave Sujeto de apoyo Aspirante Título de la tesis Categoría

Modalidad B. Estancias técnicas de investigación nacionales e internacionales.

Nombre de la institución

Clave Sujeto de apoyo Aspirante Institución receptora /Lugar

Categoría

Modalidad C. Estudios, diagnósticos y programas que impulsen el desarrollo integral de las áreas del conocimiento.

Clave Título de la propuesta Responsable Técnico Institución

Modalidad D. Proyectos de innovación susceptibles de obtener un título de propiedad industrial.

Clave Institución Sujeto de apoyo Responsable técnico

Modalidad E. Eventos de innovación.

Clave Sujeto de apoyo Responsable técnico Institución Nombre del evento

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Con el objetivo de informar el proceso de formalización, se llevará a cabo la reunión informativa el día ___ de __________ del ______ a las ______hrs., en ____________________, ubicado en _______________, a la que podrán asistir el representante legal, y los responsables técnico y administrativo de las propuestas aprobadas, previa confirmación con _______________a los teléfonos __________________ o al correo electrónico ____________________________.

Posterior a la reunión, el sujeto de apoyo dispondrá de 20 días hábiles para realizar la revisión y firma del Convenio de Asignación de Recursos.

Nombre

Secretario Administrativo

Ciudad de _________, _________, a los ___ días del mes de ___ del 20_

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PTO. PP-04

FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

TITULO: FORMALIZACIÓN DE PROYECTOS CLAVE: PP-04

Inicio de vigencia: febrero 2020 Acuerdo CTA:

Término de Vigencia: Indefinida No. de Hojas: 23

No. de Revisión: 1 No. de Anexos: 2

1. ALCANCE Y FINALIDAD.

Este procedimiento establece los lineamientos para formalizar con los sujetos de apoyo, la entrega de recursos para la realización de proyectos aprobados por el Comité Técnico y de Administración y establecer los derechos y obligaciones que asume el Sujeto de Apoyo con el Fondo.

2. RESPONSABILIDADES

2.1. Es responsabilidad del Secretario Administrativo, en su carácter de representante legal del Fondo para estos actos, elaborar y suscribir los Convenios de Asignación de Recursos con los sujetos de apoyo, una vez que se cuente con el acuerdo de Comité Técnico y de Administración y se hayan publicado los resultados de la convocatoria correspondiente.

2.2. El Secretario Técnico deberá asistir al Secretario Administrativo en la verificación y precisión de los compromisos, recursos y calendarios establecidos por el sujeto de apoyo, debiendo firmar los anexos que se integran al Convenio.

2.3. El Sujeto de Apoyo a través de su representante legal deberá suscribir el Convenio de Asignación de Recursos, debiendo firmarlo mancomunadamente con el Responsable Administrativo y el Responsable Técnico del Proyecto, y cumplir en tiempo y forma con las obligaciones y compromisos establecidos en el mismo.

3. NOTIFICACIÓN DEL APOYO Y TIEMPOS PARA LA FORMALIZACIÓN:

3.1. Con base al acuerdo del Comité Técnico y de Administración y una vez publicados los proyectos aprobados en la página del COECYT y en los medios que el Comité Técnico autorice, el Secretario Administrativo notificará de manera formal al sujeto de apoyo la aprobación de su proyecto, el monto de recursos y rubros autorizados, así como los requisitos y tiempo disponible para formalizar el apoyo. Anexo 1.

El comunicado podrá ser enviado por medios electrónicos y por este mismo medio obtenerse el acuse de recibo correspondiente.

3.2 A partir de la fecha de recepción del Convenio de Asignación de Recursos, el sujeto de apoyo contará con un plazo de 20 días hábiles para firmarlo, salvo casos de fuerza

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mayor debidamente justificados, el Secretario Administrativo de común acuerdo con el Secretario Técnico, podrá autorizar una extensión del plazo, hasta de 20 días hábiles adicionales. En el supuesto de la ausencia física del representante legal del Sujeto de Apoyo o por requerimientos solicitados por el propio Fondo que no puedan ser atendidos en el periodo considerado, la solicitud de ampliar el plazo deberá ser hecha al menos con una semana antes de que concluya el periodo establecido. El no formalizar el Convenio en la fecha establecida implicará la cancelación del apoyo.

4. CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS:

4.1 El Secretario Técnico precisará con el Responsable Técnico del proyecto, el desglose financiero y los productos y resultados comprometidos, cuyas precisiones y/o adecuaciones se incorporarán en el anexo 1 y en el anexo 2, que forman parte del Convenio de Asignación de Recursos.

En los casos que por alguna situación extraordinaria se tengan observaciones derivadas del proceso de evaluación y selección, el Secretario Técnico solicitará al Responsable Técnico su atención en un tiempo perentorio. Una vez atendidas las observaciones técnicas y financieras, el Secretario Técnico hará las adecuaciones correspondientes a los anexos 1 y 2 del Convenio de Asignación de Recursos.

En el caso de que el sujeto de apoyo no atienda o acepte las observaciones o ajustes presupuestales, se procederá a la cancelación del apoyo, para ello el Secretario Administrativo notificará por escrito al responsable legal e informará al Comité Técnico y de Administración en la siguiente sesión de trabajo.

4.2 Una vez hechas las precisiones en los anexos del Convenio, el Secretario Administrativo, elaborará el Convenio de Asignación de Recursos, utilizando el modelo de Convenio Asignación de Recursos autorizado, el cual deberá contener entre otros, los siguientes puntos:

a) El Acuerdo de aprobación del proyecto, su denominación y clave.

b) El monto de recursos autorizados por el Fondo para apoyar la realización del proyecto.

c) Desglose financiero, y en su caso las aportaciones concurrentes (Anexo 1).

d) Los productos y resultados comprometidos, las instancias usuarias de los resultados o productos y el cronograma de actividades (anexo 2)

e) La obligación del sujeto de apoyo de aplicar exclusivamente al desarrollo del proyecto, la totalidad de los recursos que se le canalicen y devolver en su caso, los recursos no ejercidos.

f) Las sanciones aplicables al sujeto de apoyo en caso de incumplimiento.

4.3 En el convenio deberá quedar explícito en los anexos 1 y 2, el alcance de los productos y resultados comprometidos por el proyecto indicando, la etapa comprometida para su entrega, el cronograma de actividades y el desglose del recurso autorizado y en su caso, la relación de los principales equipos que serán adquiridos para el proyecto. En los casos que aplique, se deberán indicar las aportaciones concurrentes comprometidas por el sujeto de apoyo o terceros interesados en los resultados de los proyectos.

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4.4 El Convenio de Asignación de Recursos deberá firmarse de manera autógrafa.

En el supuesto de firma autógrafa, el Secretario Administrativo enviará al Sujeto de Apoyo el Convenio para firmarse de esta manera en tres tantos y una vez firmadas, turnará un tanto al Sujeto de Apoyo y al Secretario Técnico del Fondo.

4.5 Previa formalización del convenio, el Secretario Administrativo deberá solicitar y recabar del sujeto de apoyo:

1) Copia del contrato de apertura de la cuenta de cheques.

2) Copia del depósito correspondiente a la aportación del sujeto de apoyo (cuando aplique).

3) Recibo institucional o factura del sujeto de apoyo, correspondiente al monto aprobado, el cual deberá cumplir con los requisitos fiscales vigentes al momento de su emisión.

4) Datos bancarios de la cuenta de cheques del sujeto de apoyo para realizar el depósito electrónico, incluyendo el número de CLABE.

5) Pagaré por el total del apoyo autorizado.

4.6 Una vez formalizado el convenio, el Secretario Administrativo deberá integrar el convenio y sus anexos, al expediente del proyecto.

4.7 El Secretario Administrativo salvo los casos debidamente justificados, procederá a la cancelación de los proyectos que no sean formalizados en tiempo y forma por el Sujeto de Apoyo, e informará al Comité Técnico y de Administración en su próxima sesión de trabajo.

5. PROYECTOS INTERINSTITUCIONALES

5.1 En el caso que en un proyecto participe más de una institución, el Convenio de Asignación de Recursos se formalizará con la institución o instancia coordinadora y se especificará en el anexo 1 del Convenio, las instituciones involucradas. La instancia coordinadora deberá firmar un convenio de colaboración con las instituciones involucradas, en la que se establezcan los compromisos de las partes.

6. MINISTRACIÓN DE RECURSOS.

6.1 Una vez firmado el Convenio de Asignación de Recursos y recibidos la factura o recibo institucional y el número de la CLABE de la cuenta de cheques, el Secretario Administrativo solicitará a la Fiduciaria la transferencia de recursos correspondiente al monto aprobado.

6.2 La fecha de inicio del proyecto corresponderá con la fecha del depósito a la cuenta de proyecto del Sujeto de Apoyo, debiendo el Secretario Administrativo prever en el anexo 2 del Convenio de Asignación de Recursos, el tiempo incurrido en el proceso de ministración, respetando en los casos de las modalidades A, B y D los plazos establecidos en su propuesta.

6.3 En los casos que la desviación de la fecha de depósito a la cuenta del Sujeto de Apoyo sea mayor de 7 días naturales a la fecha de inicio del proyecto considerada en el Convenio, el Secretario Administrativo hará la modificación en el anexo 2 y debidamente

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firmado enviará copia del anexo al Responsable Técnico del proyecto y al Secretario Técnico del Fondo.

Anexos:

Anexo 1 Comunicado de resultados de la convocatoria.

Anexo 2. Convenios de Asignación de Recursos.

Verificado por: Nombre y firma Fecha

Secretario Administrativo M.C. Mario Prudencio Valdés Garza 12-feb-2020

Secretario Técnico Dra. Vanessa Martínez Sosa

12-feb-2020

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ANEXO 1

______, ________, __ de _______ de _________

Clave. Título de la propuesta. Responsable Técnico Institución__________ Le informo que el proceso de evaluación y selección de las propuestas recibidas en la Convocatoria COAH-201X-C0X del Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila, ha concluido. Me es grato informarle que el Comité Técnico y de Administración del Fondo aprobó la propuesta “clave”, “título” y autorizó recursos para su realización por un monto de $ monto (monto en letras pesos 00/100 M.N.), de la cual usted es el responsable técnico. Comentarios Adicionales. (si procede) El apoyo está condicionado a …………………………………………………….. El apoyo estará condicionado a la aceptación por su conducto, del compromiso de llevar a cabo el proyecto con el alcance y tiempo propuesto y con el recurso autorizado. En caso afirmativo deberá establecer con el ________________, Secretario Técnico del Fondo para hacer las precisiones necesarias en el desglose presupuestal y en los entregables y cronograma del proyecto. La firma del Convenio de Asignación de Recursos y la entrega de la documentación requerida para ministrar los recursos del proyecto deberá realizarse en un plazo no mayor a 20 días hábiles de recibido el Convenio. Agradeceré el envío del acuse de esta notificación y haga del conocimiento tanto al apoderado legal de la institución/empresa como al responsable administrativo del proyecto. Atentamente ________________________________ Secretario Administrativo Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila ccp: Titular o responsable legal del sujeto de apoyo. Secretario Técnico del Fondo

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ANEXO 2

CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS

CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL FIDEICOMISO PÚBLICO DE ADMINISTRACIÓN E INVERSIÓN DENOMINADO “FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA”, POR CONDUCTO DEL M.C. MARIO PRUDENCIO VALDÉS GARZA, COMO FIDEICOMITENTE DE DICHO FONDO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL FIDEICOMITENTE” Y POR OTRA PARTE, EL ____________, REPRESENTADO POR EL ______________, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMIARÁ “EL SUJETO DE APOYO”, REPRESENTADO POR EL ________________, EN SU CALIDAD DE RESPONSABLE ADMINISTRATIVO DEL PROYECTO, Y EL _____________ , EN SU CALIDAD DE RESPONSABLE TÉCNICO DEL PROYECTO AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

A N T E C E D E N T E S

1.- Que con fecha del día 16 de noviembre del año 2004, el Gobierno del Estado de Coahuila y el Consejo Estatal de Ciencia y Tecnología, celebraron un Convenio de Colaboración para establecer el Fideicomiso denominado “Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila”. 2.- Que la finalidad fundamental es la canalización de recursos destinados al otorgamiento de becas tesis terminales para estudiantes de maestría y doctorado, estancias académicas nacionales y extranjeras, programas, estudios y diagnósticos realizados en las áreas sociales, educativas, económicas y científicas que promuevan el desarrollo integral del estado y proyectos de innovación que incrementen la propiedad intelectual en el Estado Libre y Soberano de Coahuila. 3.- Que en el Fideicomiso denominado “Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología, COECYT-Gobierno del Estado de Coahuila”, en términos de la cláusula cuarta de la escritura pública, se previeron como sujetos de apoyo a las Instituciones de Educación Superior, Centros de Investigación, Pequeñas y Medianas Empresas, Estudiantes de Maestría y Doctorado, así como cualquier persona física que se interese en desarrollar proyectos y programas que impulsen el desarrollo integral del estado, determinándose que los sujetos de apoyo elegidos y bajo las modalidades que expresamente determine el Comité Técnico y de Administración, con apego a las Reglas de Operación del Fideicomiso, son ejecutores de los proyectos que se realicen con recursos del Fideicomiso. 4.- Que previo el proceso de evaluación a que se refieren las Reglas de Operación del Fideicomiso denominado “Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila”, el Comité Técnico y de Administración, en su sesión de fecha del día ___ de ___ del año 20___, mediante acuerdo número ______ autorizó la canalización de recursos a favor de la _______________________, por un monto de $________ ( ______________ pesos 00/100 M.N.), para el desarrollo del proyecto denominado _____clave________ “____________nombre del proyecto____________”.

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(DE ACUERDO A CADA MODALIDAD) 10.- El “PROYECTO” responde a la Modalidad ____ denominada: ”__________________________________” de la convocatoria COAH-20____-C____ emitida por el “FONCYT”, requerida por la _______Nombre del usuario que solicita_______, quien asume el compromiso de recibir y aplicar los resultados obtenidos para atender el problema o necesidad que da origen al proyecto.

D E C L A R A C I O N E S

I. DE “EL FIDEICOMITENTE”: I.1.- Que es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, constituido mediante Decreto Nº 896, relativo a la Ley de Ciencia, Desarrollo Tecnológico e Innovación para el Estado de Coahuila de Zaragoza, publicado en el Periódico Oficial del Estado No. 63, de fecha martes 08 de agosto de 2017. I.2.- Que, por decisión del Ejecutivo del Estado, Ing. Miguel Ángel Riquelme Solís, Gobernador Constitucional del Estado de Coahuila de Zaragoza, fue designado como Director General del Consejo Estatal de Ciencia y Tecnología del Estado de Coahuila, el M.C. Mario Prudencio Valdés Garza, contando con las facultades para celebrar el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Entidades Paraestatales y la Ley de Ciencia, Desarrollo Tecnológico e Innovación para el Estado de Coahuila de Zaragoza. I.3.- Que en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 65 de la Ley de Ciencia, Desarrollo Tecnológico e Innovación para el Estado de Coahuila de Zaragoza, el COECYT tendrá por objeto impulsar, promover y desarrollar las acciones públicas y privadas relacionadas con la investigación, innovación científica, tecnológica y educativa, el emprendimiento empresarial y social, la protección de la propiedad intelectual, el desarrollo y transferencia de conocimientos tecnológicos de la Entidad. I.4.- Señala como domicilio legal para todos los efectos de este acto jurídico, el ubicado en Blvd. José Musa de León Nº 2411 Int. 6 y 7 Colonia Los Pinos C.P. 25198, Saltillo, Coahuila.

II. El “SUJETO DE APOYO” a través de su “REPRESENTANTE LEGAL”, declara que: A) Que es una institución pública constituida legalmente en los términos de las leyes mexicanas y está al corriente en sus obligaciones fiscales. B) Que conforme a los artículos 1 y 2 de su Ley Orgánica es un Organismo Público Descentralizado por servicio, dotado de plena personalidad jurídica y autonomía en sus aspectos económico, técnico y administrativo, y que tiene como fines impartir educación media y superior para la formación de profesionistas universitarios y técnicos útiles a la sociedad, organizar y realizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas estatales, regionales y nacionales, así como extender con la mayor amplitud posible, los beneficios de la cultura.

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Que según lo dispuesto, el _______, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente contrato, representando legalmente a la _____________, personalidad que acredita con la _________________________, y que, bajo protesta de decir verdad, manifiesta que dichas facultades no le han sido revocadas, limitadas, ni modificadas en forma alguna. D) En atención a la convocatoria correspondiente, presentó a concurso la propuesta denominada “_________”, de la Modalidad ____, de la que se derivo el “PROYECTO” E) Que recibió del “SECRETARIO ADMINISTRATIVO” de manera electrónica e impreso, al momento de la firma del presente instrumento, la “Guía del Ejercicio del Gasto” del “FONCYT”, que contiene obligaciones para el “SUJETO DE APOYO”, para el “RESPONSABLE TÉCNICO” y para el “RESPONSABLE ADMINISTRATIVO” los cuales son de su pleno conocimiento y aplicación. F) Que por conducto del “RESPONSABLE TÉCNICO” y del “RESPONSABLE ADMINISTRATIVO” designados para la ejecución y administración del “PROYECTO”, dará cumplimiento en tiempo y forma con las obligaciones establecidas en la “Normatividad del FONCYT”. G) Que tiene establecido su domicilio legal ___________________ en la Ciudad de _________, Coahuila, mismo que señala para los fines y efectos legales de este Convenio. III. DECLARACIÓN CONJUNTA ÚNICA.- Las partes expresamente manifiestan su conocimiento al contenido en lo dispuesto por la fracción II del articulo 12 de la “LCyT”, que a la letra dice: "Los resultados de las actividades de investigación y desarrollo tecnológico e innovación que sean objeto de apoyos en términos de esta Ley serán invariablemente evaluados y se tomarán en cuenta para el otorgamiento de apoyos posteriores". Expuesto lo anterior, las partes se obligan de acuerdo a las siguientes:

C L Á U S U L A S PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio tiene por objeto establecer la forma y los tiempos para canalizar los recursos asignados por el “FONCYT” en favor del “SUJETO DE APOYO”, para la realización del “PROYECTO” aprobado, denominado: _______, con clave ____________ cuya responsabilidad de ejecución y correcta aplicación de los recursos, queda, desde este momento, plenamente asumida por el “SUJETO DE APOYO”. SEGUNDA. MINISTRACIONES. El “SECRETARIO ADMINISTRATIVO”, con cargo al patrimonio del “FONCYT”, y en cumplimiento del acuerdo tomado por el Comité Técnico y de Administración, canalizará los recursos aprobados al “SUJETO APOYO”, a través de 1 (una) ministración relacionada con la única etapa que conforman el “PROYECTO”, solicitando a la Fiduciaria la transferencia de

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recursos al “SUJETO DE APOYO” por la cantidad total de $______________ (______________________-de pesos 00/100 M.N.), conforme a lo establecido en el desglose financiero por etapas, que forma parte integral del presente instrumento como Anexo 1. El “SUJETO DE APOYO” deberá presentar para la ministración, comprobante que cumpla con los requisitos fiscales vigentes.

TERCERA. INFORMES Con el fin de dar cumplimiento al “PROYECTO”, el “SUJETO DE APOYO” deberá presentar su Informe Final al término del “PROYECTO” deberá presentar un informe con la información técnica y financiera, con los resultados alcanzados al término del proyecto y el resumen del ejercicio del gasto. Se deberá adjuntar los documentos de soporte tanto de los resultados técnicos del proyecto como la comprobación del gasto ejercido a la fecha de término del proyecto, incluyendo los archivos electrónicos .xml y .pdf de los gastos generados. El informe final deberá ser entregado de manera física en el “COECYT”, a través de medios impresos y respaldos electrónicos al “SECRETARIO ADMINISTRATIVO”. La recepción del informe final, no implica la aceptación definitiva de los resultados. CUARTA. ANEXOS El “SUJETO DE APOYO”, se obliga a desarrollar el “PROYECTO” de conformidad con lo establecido en los Anexos 1 y 2 y con apego a lo establecido en la “Guía del ejercicio del Gasto” que se le entrega a la firma del Convenio. Así mismo, el Sujeto de Apoyo se obliga a entregar al “FONCYT” y al Usuario del “PROYECTO”, los productos y resultados generados en el tiempo, y mediante los mecanismos de transferencia establecidos en el Anexo 2. Los anexos formaran parte integral del presente Convenio, y se componen por lo siguiente:

a) El Anexo 1: Se refiere al desglose financiero del “PROYECTO”, que contiene los rubros y conceptos en los cuales se debe ejercer los recursos destinados a la realización del mismo.

b) El Anexo 2: Contiene los objetivos, metas, actividades, productos entregables, mecanismos de transferencia y plazos en los que se dará cumplimiento al “PROYECTO”.

Los anexos podrán ser modificados por causas debidamente justificadas a solicitud de las partes. El Secretario Administrativo formalizará la modificación mediante la firma del anexo modificado por todos los involucrados, salvo la actualización al cronograma derivada a la fecha de ministración o aplicación de vigencia, la cual se formaliza solo con las notificaciones

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al Sujeto de Apoyo que emiten en su caso el Secretario Administrativo. Una vez firmado el anexo por las partes, pasará a ser parte integral del Convenio.

QUINTA. COMPROBACIÓN El “SUJETO DE APOYO” se obliga a aplicar y comprobar la totalidad de los recursos de conformidad con lo establecido en la “Guía del Ejercicio de Gasto” durante la vigencia del “PROYECTO”, así como, de la verificación de la autenticidad y cumplimiento de requisitos fiscales vigentes de los documentos comprobatorios que reciba como resultado del ejercicio del gasto autorizado. En caso contrario deberá realizar la devolución de los recursos no comprobados en el plazo que para dicho efecto se haya establecido. SEXTA. TRANSFERENCIA AL USUARIO. Al término del “PROYECTO”, el “SUJETO DE APOYO” deberá entregar al Usuario del mismo, los productos y/o resultados obtenidos, a través de los mecanismos de transferencia que para tal efecto se hayan establecido en el Anexo 2 del presente Convenio. El plazo para la entrega de los productos y/o resultados al Usuario obtenidos no deberá exceder de 15 días naturales posteriores a la fecha de término del “PROYECTO” establecida en el Anexo 2. Con independencia del plazo anterior, el “SUJETO DE APOYO” por conducto del “RESPONSABLE TÉCNICO” y con el apoyo del “RESPONSABLE ADMINISTRATIVO”, deberá presentar el Informe Final del “PROYECTO” en un plazo no mayor a 15 días naturales posteriores a la fecha de término del “PROYECTO”. SÉPTIMA. SUSPENSIÓN, CANCELACIÓN. El “FONCYT” se reserva el derecho de suspender o cancelar el “PROYECTO”, cuando se detecten desviaciones o incumplimientos durante el desarrollo del mismo o no sean atendidas las observaciones o requerimientos emitidos a través del “SECRETARIO TÉCNICO” y en consecuencia rescindir el presente Convenio. En caso de suspensión, el “SECRETARIO TÉCNICO” comunicará al “SUJETO DE APOYO” esta situación, solicitando subsanar el incumplimiento. A partir de la fecha de recibida la comunicación el “SUJETO DE APOYO” no podrá ejercer recursos del “FONCYT” hasta en tanto no solvente dicho incumplimiento y le sea informado por escrito que puede continuar con la aplicación del recurso autorizado. De no ser solventado en tiempo y forma la causal de la suspensión, se podrá proceder a la cancelación del “PROYECTO”. En caso de cancelación del “PROYECTO”, el “SECRETARIO TÉCNICO” actuará conforme a lo establecido en la clausula DÉCIMO SEXTA

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OCTAVA. SEGUIMIENTO TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO. El “FONCYT”, por conducto del “SECRETARIO TÉCNICO” podrán realizar en cualquier momento revisiones técnicas y/o administrativas, reuniones de trabajo con los responsables de la ejecución del proyecto o visitas de seguimiento con el propósito de constatar el grado de avance en el desarrollo de los trabajos y la correcta aplicación de los recursos canalizados al “SUJETO DE APOYO”, el cual queda expresamente obligado a brindar todo tipo de facilidades tanto para permitir el acceso a sus instalaciones, como para mostrar toda la información técnica y financiera que le sea solicitada para estos efectos. NOVENA. REVISIONES DE ÓRGANOS FISCALIZADORES. Los Órganos Internos de Control o cualquier instancia fiscalizadora, podrán realizar en cualquier momento revisiones técnicas y/o administrativas, reuniones de trabajo con los responsables de la ejecución del proyecto o visitas de seguimiento con el propósito de constatar el grado de avance en el desarrollo de los trabajos y la correcta aplicación de los recursos canalizados al “SUJETO DE APOYO”, el cual queda expresamente obligado a brindar todo tipo de facilidades tanto para permitir el acceso a sus instalaciones, como para mostrar toda la información técnica y financiera que le sea solicitada para estos efectos. Con el fin de rendir informes, aclaración de datos e incluso futuras revisiones, el “SUJETO DE APOYO” deberá de guardar toda aquella información técnica y financiera que se genere sobre el “PROYECTO”, durante un periodo de (5) cinco años posteriores a la conclusión de la vigencia del presente Convenio, dicha información deberá entregarla en un plazo no mayor a (5) días hábiles y conforme a la solicitud que se le haga por conducto del “SECRETARIO TÉCNICO” del “FONCYT” o de cualquier órgano fiscalizador. DÉCIMA. RESPONSABLE TÉCNICO. El “SUJETO DE APOYO” a través de su “REPRESENTANTE LEGAL” designa al _________________ como “RESPONSABLE TÉCNICO” del “PROYECTO”, quien será el enlace con el “SECRETARIO ADMINISTRATIVO” Y CON EL “SECRETARIO TÉCNICO” del “FONCYT”, para los asuntos técnicos y el ejercicio del recurso autorizado del “PROYECTO”, teniendo como obligación principal la de coordinar el desarrollo del “PROYECTO”, elaborar el informe final, en tiempo y forma e implementar los mecanismos para asegurar el cumplimiento de los compromisos del “PROYECTO”. El “SUJETO DE APOYO” a través del “REPRESENTANTE LEGAL” deberá designar a un sustituto del “RESPONSABLE TÉCNICO” en caso de ausencia definitiva o mayor a tres meses o cuando considere que el “PROYECTO” puede estar en riesgo de no cumplir en tiempo y forma con los entregables, debiendo solicitar la autorización al “SECRETARIO TÉCNICO” del “FONCYT”, adjuntando la información curricular que soporte su capacidad para coordinar el “PROYECTO”. El “SECRETARIO TÉCNICO” con el apoyo de la Comisión de Evaluación evaluará la solicitud, y comunicará al “SUJETO DE APOYO” la respuesta en un plazo no mayor a 15 días hábiles.

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DÉCIMA PRIMERA. RESPONSABLE ADMINISTRATIVO. El “SUJETO DE APOYO” a través del “REPRESENTANTE LEGAL” designa al _______________________ como “RESPONSABLE ADMINISTRATIVO” del “PROYECTO”, quien auxiliará al “RESPONSABLE TÉCNICO” en su función de enlace ante el “SECRETARIO TÉCNICO” y el “SECRETARIO ADMINISTRATIVO” del “FONCYT”, y tendrá como obligación directa el manejo y la correcta aplicación de los recursos canalizados al “SUJETO DE APOYO”, para la realización del “PROYECTO”, así como los asuntos contables y administrativos del “PROYECTO”. En los casos en que el “SUJETO DE APOYO” considere necesario el cambio de “RESPONSABLE ADMINISTRATIVO”, a través del “REPRESENTANTE LEGAL”, informará por escrito al “SECRETARIO ADMINISTRATIVO” y al “SECRETARIO TÉCNICO” esta situación. DÉCIMA SEGUNDA. CUENTA BANCARIA. Previo a la entrega de la primera ministración el “SUJETO DE APOYO” deberá disponer de una cuenta bancaria para administrar los recursos canalizados al “PROYECTO” a nombre del “SUJETO DE APOYO”, a través de la cual se le canalizará las ministraciones correspondientes a cada etapa, debiendo ser operada mancomunadamente por el “RESPONSABLE TÉCNICO” y el “RESPONSABLE ADMINISTRATIVO”, misma que deberá hacer del conocimiento del “SECRETARIO ADMINISTRATIVO” del “FONCYT” para su debido registro. En caso de que el “SUJETO DE APOYO” maneje cuentas concentradoras, deberá asignar una cuenta específica para el “PROYECTO” informando por escrito al “SECRETARIO ADMINISTRATIVO” del “FONCYT”, a fin de que registre la misma. En caso de que las cuentas bancarias o concentradoras generen rendimientos, estos deberán ser integrados al “FONCYT” al término del “PROYECTO”, a través de la cuenta que se determine para tal efecto. Los recursos asignados al “PROYECTO” deberán permanecer en la cuenta específica del mismo, hasta en tanto no sean ejercidos en términos de lo aprobado por el Comité Técnico y de Administración. Los recursos depositados en la cuenta no podrán transferirse a otras cuentas que no estén relacionadas con el objeto del “PROYECTO”. La ministración otorgada para la realización de los proyectos no formarán parte del patrimonio del “SUJETO DE APOYO”, ni de su presupuesto. Es obligación del “RESPONSABLE ADMINISTRATIVO” del ”PROYECTO” cumplir con todos los requisitos administrativos y contables derivados del presente Convenio. Asimismo, las aportaciones líquidas concurrentes se deberán depositar en la misma cuenta bancaria, para aplicarse en los rubros comprometidos de conformidad con las cantidades y conceptos aprobados que se detallan en el Anexo correspondiente.

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El “SUJETO DE APOYO” deberá registrar el gasto realizado contra la cuenta bancaria o en su caso, mediante el mecanismo de control del gasto que para tal efecto se establezca, así como contar con un expediente específico para la documentación del “PROYECTO”. DÉCIMA TERCERA. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Las partes convienen en que los Derechos de Propiedad Industrial y los Derechos de Autor que se generen como resultado del desarrollo del “PROYECTO”, serán propiedad de la persona física o moral, a quien conforme a Derecho le correspondan, en el entendido de que el “FONCYT ” no tendrá interés jurídico sobre esos derechos. No obstante, en los casos que los entregables involucren derechos de propiedad, la instancia usuaria de los resultados del “PROYECTO” podrá hacer un uso no exclusivo de ella, siempre y cuando sea para atender el problema o necesidad que dio origen al “PROYECTO” y no represente el beneficio individual de una persona o empresa. El “SUJETO DE APOYO” estará obligado a informar por escrito al “FONDO”, sobre el estado que guarden los citados derechos y sobre las posibles implicaciones que ello represente para la viabilidad del “PROYECTO”. En las publicaciones o presentaciones en eventos de carácter público que se realicen, derivadas o relacionadas con el resultado del “PROYECTO”, el “SUJETO DE APOYO” deberá dar, invariablemente, el crédito correspondiente al “FONDO”. El “FONDO” se reserva el uso de los derechos de Propiedad Industrial y/o de autor derivados del “PROYECTO” en aquellos casos en que exista un interés del Gobierno del Estado/Municipio debidamente justificado, sujetándose a los términos y condiciones que se estipulen en el Convenio correspondiente. Las partes se reservan el derecho de difundir y divulgar los resultados derivados del “PROYECTO”. DÉCIMA CUARTA. VIGENCIA. El presente Convenio iniciará su vigencia a partir de la fecha de la firma de todas las partes y concluirá en la fecha de emisión del acta de “Conclusión del proyecto” autorizado por el “SECRETARIO ADMINISTRATIVO”, subsistiendo las obligaciones establecidas en la CLÁUSULA NOVENA. Se considerará como fecha de inicio de la vigencia del “PROYECTO” aquella en que el “SUJETO DE APOYO” reciba la ministración y como fecha de término del mismo, la establecida en el Anexo 2 del presente Convenio. El presente Convenio estará formalizado al momento en que se cuente con la suscripción electrónica de todas las partes que intervienen en el mismo, o en su caso con las firmas autógrafas cuando se trate de documentos impresos.

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DÉCIMA QUINTA. TERMINACION ANTICIPADA. El “SUJETO DE APOYO” se obliga a informar oportunamente al “FONCYT” sobre la eventualidad de condiciones que impidan la continuidad en el desarrollo del “PROYECTO”, a fin de concluirlo anticipadamente y dar por terminado el presente Convenio. La terminación del presente Convenio podrá ser invocada por cualquiera de las partes conforme a lo siguiente:

a) El “SUJETO DE APOYO”, a través de su “RESPRESENTANTE LEGAL” podrá solicitar al “SECRETARIO TÉCNICO” hasta con 30 días anteriores al término del “PROYECTO” la terminación anticipada. En dicha solicitud deberá explicar el (los) motivo (s) que le impidan continuar con el desarrollo del “PROYECTO”.

b) El “FONCYT”, por conducto del “SECRETARIO TÉCNICO” y el “SECRETARIO ADMINISTRATIVO”, podrá invocar la terminación anticipada cuando a consideren que existen circunstancias o condiciones que impidan continuar con el desarrollo del “PROYECTO”, o bien cuando el usuario considere que el problema o necesidad que dio origen al proyecto haya sido resuelto o ya no sea prioritario, bajo este supuesto se deberán explicar el (los) motivo (s) que le impidan continuar con el desarrollo del “PROYECTO”.

Se considerará que existen impedimentos en continuar con el “PROYECTO” cuando por circunstancias o condiciones no sea posible alcanzar los compromisos dentro del tiempo y costos previstos en los anexos. En ambos casos el “SECRETARIO TÉCNICO” de común acuerdo con el “SECRETARIO ADMINISTRATIVO”, comunicarán al “SUJETO DE APOYO” la procedencia de la terminación anticipada del “PROYECTO”, condicionada a los siguientes requisitos:

a) La entrega de un informe final técnico y financiero b) Comprobación del gasto ejercido c) Entrega de los productos generados hasta ese momento d) Devolución de los recursos no ejercidos hasta ese momento

Los requisitos mencionados se deberán entregar conforme al plazo y fecha de corte establecida por ambos Secretarios. DÉCIMA SEXTA. RESCISIÓN. El “SECRETARIO ADMINISTRATIVO” rescindirá el presente Convenio y en consecuencia suspenderá definitivamente la canalización de recursos al “SUJETO DE APOYO”, comunicándolo por escrito sin necesidad de declaración judicial, cuando este incurra en incumplimiento de alguno(s) de los supuestos que a continuación se señalan.

a) Aplique los recursos canalizados por el “FONCYT” con finalidades distintas a la realización directa del “PROYECTO”.

b) No presente el informe final o lo haga insatisfactoriamente . c) No brinde las facilidades de acceso a la información, o a las instalaciones donde se

administra y desarrolla el “PROYECTO”.

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d) No compruebe la debida aplicación de los recursos canalizados para el “PROYECTO” cuando le sea expresamente requerido por el “FONCYT”.

e) Proporcione información falsa. Cuando el “SECRETARIO ADMINISTRATIVO” ejercite el derecho contenido en la presente cláusula, deberá solicitar al “SUJETO DE APOYO”, reembolsar la totalidad de los recursos que le fueron canalizados en el plazo que para tal efecto señale a partir de recibido el comunicado. Se tomará en cuenta este incumplimiento para la participación futura del “SUJETO DE APOYO” en los programas del “COECYT”, incluyendo los diversos FONDOS regulados en la “LCyT” en los cuales participe el responsable de la desviación o del incumplimiento incurrido por el “SUJETO DE APOYO”. DÉCIMA SÉPTIMA. ACTA DE CONCLUSIÓN DEL PROYECTO. El “FONCYT” dará por terminado el Convenio de Asignación de Recursos liberando al “SUJETO DE APOYO” de sus obligaciones y compromisos contraídos, una vez que los productos y resultados del “PROYECTO” hayan sido entregados y el informe final, técnico y financiero, haya sido dictaminado favorable por el “FONCYT” y se entregue por conducto del “SECRETARIO ADMINISTRATIVO”, el Acta de Conclusión del Proyecto correspondiente. Esto procederá siempre y cuando se hayan generado la totalidad de los productos o resultados comprometidos y la entrega de estos y del informe final se haya dado en el tiempo y forma establecida en el Convenio. En el caso de haber incurrido en alguna desviación relacionada con el tiempo de entrega o con el alcance de los entregables y siempre que haya sido subsanada y/o debidamente justificada, y por lo tanto se tenga un dictamen favorable del informe final, técnico y financiero, se procederá al “Cierre” de “PROYECTO” y el “SECRETARIO ADMINISTRATIVO”, entregará el Acta de Finiquito al “SUJETO DE APOYO” con lo cual se libera de las obligaciones y compromisos contraídos con el “FONCYT”. Subsiste la obligación establecida en la CLÁUSULA OCTAVA, y lo relacionado con la atención a revisiones que cualquier Órgano Fiscalizador realice posteriormente. DÉCIMA OCTAVA. ACCESO A LA INFORMACIÓN. El “SUJETO DE APOYO” se compromete a proporcionar la información del “PROYECTO” requerida por el “COECYT” en los formatos que se utilizan para tal fin, proporcionados a través del “SECRETARIO TÉCNICO”. Dicha información será publicada en su pagina de Internet, dando con ello cumplimiento a las disposiciones de la legislación en materia de Transparencia y Acceso a la información Pública Gubernamental vigente. DÉCIMA NOVENA. RELACIÓN LABORAL. El “FONCYT” no establecerá ninguna relación de carácter laboral con el personal que el “SUJETO DE APOYO” llegase a ocupar para la realización del “PROYECTO”.

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En consecuencia, las partes acuerdan que el personal designado, contratado o comisionado para la realización del “PROYECTO”, estará bajo la dependencia directa del “SUJETO DE APOYO”, y por lo tanto, en ningún momento se considerará al “FONCYT”, como patrón sustituto, ni tampoco al “SUJETO DE APOYO” como intermediario, por lo que el “FONCYT”, no asume ninguna responsabilidad que pudiera presentarse en materia laboral, fiscal y seguridad social, por virtud del presente Convenio. VIGÉSIMA. CONFIDENCIALIDAD. Las partes se comprometen a guardar la más estricta confidencialidad respecto de la información que con ese carácter se intercambien, bien se trate de información escrita o verbal, necesaria para el desarrollo del “PROYECTO”. VIGÉSIMA PRIMERA. RESPONSABILIDAD CIVIL. Queda expresamente pactado que las partes no tendran responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, particularmente por el paro de labores académicas o administrativas, en la inteligencia de que una vez superados estos eventos, se deberá valorar si se reanudarán las actividades para concluir con el “PROYECTO”. VIGÉSIMA SEGUNDA. ASUNTOS NO PREVISTOS. Los asuntos relacionados con el objeto de este Convenio y que no queden expresamente previstos en sus cláusulas, ni en sus anexos, serán interpretados y resueltos de común acuerdo por las partes, apelando a su buena fe y consecución de los mismos propósitos, haciendo constar sus decisiones por escrito. VIGÉSIMA TERCERA. PREVISIONES ÉTICAS, AMBIENTALES Y DE SEGURIDAD. El “SUJETO DE APOYO” se obliga a cumplir y hacer cumplir durante el desarrollo del “PROYECTO” y hasta su conclusión especialmente en materia ecológica, de protección a la bioseguridad y la biodiversidad, así como a respetar las convenciones y protocolos en materia ética aplicada a la investigación, la legislación aplicable y la normatividad institucional en materia de seguridad. VIGÉSIMA CUARTA. RECURSOS PÚBLICOS. Los compromisos asumidos en este Convenio derivan de programas de carácter público, los cuales no son patrocinados ni promovidos por partido político. Esta prohibido el uso del contenido de este Convenio y del “PROYECTO” con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este convenio y del “PROYECTO” deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.

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VIGÉSIMA QUINTA. AUSENCIA DE VICIOS DE VOLUNTAD. Las partes manifiestan que en la celebración del presente Convenio no ha mediado circunstancia alguna que induzca a error, dolo, mala fe u otra circunstancia que afecte o vicie la plena voluntad con que se celebran el presente instrumento, por lo que el mismo es válido para todos los efectos legales conducentes. VIGÉSIMA SEXTA. JURISDICCIÓN. Para la solución a toda controversia que se pudiera suscitar como motivo de la interpretación, ejecución y cumplimiento del presente Convenio y sus anexos, que no se resuelva de común acuerdo por las partes, éstas se someterán a las Leyes Federales vigentes y Tribunales Federales competentes de la Ciudad de México, renunciando desde ahora a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder en razón de sus respectivos domicilios presentes o futuros.

PREVIA LECTURA Y CON PLENO CONOCIMIENTO DE SU CONTENIDO, SE EXTIENDE POR TRIPLICADO EL PRESENTE CONVENIO, QUE DE CONFORMIDAD SUSCRIBEN LAS PARTES INVOLUCRADAS, EN LA CIUDAD DE SALTILLO, ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, EL ____ DE _______ DE 2018, CONSERVANDO UN EJEMPLAR. EL SECRETARIO ADMINISTRATIVO, EL REPRESENTANTE LEGAL DEL SUJETO DE APOYO Y EL SECRETARIO TÉCNICO.

“EL SECRETARIO ADMINISTRATIVO”

“EL SUJETO DE APOYO”

M.C. MARIO PRUDENCIO VALDÉS GARZA

XXXXXX

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PTO. PP-04

“LA SECRETARIA TÉCNICA”

M.C. VANESSA MARTÍNEZ SOSA

“EL RESPONSABLE TÉCNICO”

_____________________________ XXXXXX

“EL RESPONSABLE ADMINISTRATIVO”

XXXXXX

LAS PRESENTAS FIRMAS FORMA PARTE DEL CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS FORMALIZADO ENTRE EL “FONCYT” Y EL SUJETO DE APOYO. LO ANTERIOR PARA LOS FINES Y EFECTOS A QUE HAYA LUGAR. ------------------------------------------CONSTE.--------------------------------------------------------------------

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PTO. PP-04

ANEXO 1

DESGLOSE FINANCIERO

Clave del proyecto Título del proyecto

A. AUTORIZADO POR EL FONDO MIXTO 1. GASTO CORRIENTE

Concepto TOTAL

01 Pasajes y Viáticos

02 Trabajo de Campo

03 Servicios Externos

04 Gastos de Operación

05 Materiales de Consumo y Software

06 Investigadores asociados

07 Apoyo a estudiantes

08 Acervos Bibliográficos, Serv. Información

09 Publicaciones, actividades de difusión y transferencia

10 Gastos de capacitación

11 Otros (Transferencia, Vinculación)

Total Gasto Corriente

MONTO EN PESOS

SECRETARIO ADMINSTRATIVO REPRESENTANTE LEGAL

SECRETARIO TÉCNICO RESPONSABLE TÉCNICO

RESPONSABLE ADMINISTRATIVO

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PTO. PP-04

B. APORTACIONES CONCURRENTES

1. GASTO CORRIENTE

Concepto TOTAL

01 Pasajes y Viáticos

02 Trabajo de Campo

03 Servicios Externos

04 Gastos de Operación

05 Materiales de Consumo y Software

06 Investigadores asociados

07 Apoyo a estudiantes

08 Acervos Bibliográficos, Serv. Información

09 Publicaciones, actividades de difusión y transferencia

10 Gastos de capacitación

11 Otros (Transferencia, Vinculación)

Total Gasto Corriente

MONTO EN PESOS

SECRETARIO ADMINSTRATIVO REPRESENTANTE LEGAL

SECRETARIO TÉCNICO RESPONSABLE TÉCNICO

RESPONSABLE ADMINISTRATIVO

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PTO. PP-04

ANEXO 2

COMPROMISOS Y CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

2.a COMPROMISOS DEL PROYECTO Clave del proyecto:

Título del proyecto:

1. Vigencia del Proyecto

Fecha de inicio

Fecha de término

Fecha límite entrega productos al usuario

(30 días calendario después de la fecha de término)

Fecha límite entrega informe final

(15 días calendario después de la fecha de término)

2. Objetivo General

3. Objetivos Específicos

4. Productos entregables

Producto (Resultado) Especificación (Descripción) Etapa Fecha

probable

1)

2)

3)

4)

5)

6)

7)

8)

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5. Mecanismos de transferencia

Producto/Resultado Mecanismo de transferencia Etapa

1)

2)

3)

4)

5)

6)

7)

8)

6. Datos del Usuario (Enlace)

Institución

Nombre

Cargo

SECRETARIO ADMINSTRATIVO REPRESENTANTE LEGAL

SECRETARIO TÉCNICO RESPONSABLE TÉCNICO

ENLACE USUARIO RESPONSABLE ADMINISTRATIVO

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ANEXO 2

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

2.b CRONOGRAMA POR ETAPAS Clave del proyecto Título del proyecto

Etapa #

Descripción de la etapa

Actividades de la etapa Productos de la etapa Fecha inicio

Fecha termino

1) 2)

3)

SECRETARIO ADMINSTRATIVO REPRESENTANTE LEGAL

SECRETARIO TÉCNICO RESPONSABLE TÉCNICO

ENLACE USUARIO RESPONSABLE ADMINISTRATIVO

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FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA

EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

TITULO: ADMINISTRACION DE PROYECTOS CLAVE: PP-05

Inicio de vigencia: febrero 2020 Acuerdo CTA:

Término de Vigencia: Indefinida No. de Hojas: 33

No. de Revisión: 1 No. de Anexos: 3

1. ALCANCE Y FINALIDAD

Este procedimiento establece criterios y lineamientos que los sujetos de apoyo del Fondo deberán seguir para el correcto manejo de los recursos otorgados, para la administración del proyecto y para la relación y compromisos asumidos con el Fondo, estructurado de la manera siguiente:

SECCIÓN I: RESPONSABILIDADES:

Responsabilidades de los participantes e instancias involucradas en la ejecución de proyectos.

SECCIÓN II: DE LA FASES DEL PROYECTO:

Criterios y procedimientos para la formalización del apoyo, la ministración de recursos, la presentación y entrega de informes, resultados y productos del proyecto y el cierre técnico y financiero del proyecto.

SECCION III DEL CONVENIO DE ASIGNACION DE RECURSOS:

Criterios y procedimientos para la ampliación de los tiempos de vigencia, la terminación anticipada, el cierre técnico y financiero del proyecto y la terminación de la vigencia del Convenio de Asignación de Recursos.

SECCIÓN IV: DE LAS SANCIONES

Sanciones ante incumplimientos a lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos, cancelación del proyecto y rescisión del Convenio.

SECCIÓN V: DEL EJERCICIO Y COMPROBACIÓN DEL GASTO.

Criterios y procedimientos para la correcta aplicación y comprobación de los recursos aprobados por el Fondo.

SECCIÓN VI: DEL MANEJO DE LOS RECURSOS HUMANOS

Criterios y procedimientos para el registro y manejo de los estudiantes e investigadores asociados participantes en el proyecto.

SECCION VII: DE LAS AUDITORIAS Y MANEJO DE LA INFORMACIÓN

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Criterios para el seguimiento y auditorías requeridas por el Fondo, así como para el manejo y acceso a la información.

SECCIÓN I: RESPONSABILIDADES.

2. RESPONSABILIDADES:

2.1 Son responsables de observar y aplicar el presente procedimiento:

a) Por el Sujeto de Apoyo.

1) El Representante Legal.

Persona física con poderes legales para contraer y suscribir compromiso con el Fondo a nombre del Sujeto de Apoyo.

2) El Responsable Técnico del proyecto.

Persona física responsable ante el Fondo, de la solicitud de apoyo y del desarrollo de las actividades del proyecto.

3) El Responsable Administrativo del proyecto.

Persona física responsable de la administración de los recursos otorgados por el Fondo, para la ejecución de las etapas del proyecto.

b) Por el Fondo

1) El Secretario Técnico del Fondo.

Elemento de apoyo del Comité Técnico y de Administración y designado por el

Gobierno del Estado para auxiliar en los mecanismos que garanticen la calidad de los proyectos y el correcto manejo de los recursos.

2) El Secretario Administrativo del Fondo.

Elemento de apoyo del Comité Técnico y de Administración para auxiliar en los mecanismos para el adecuado manejo de los procesos administrativos y de la relación y compromisos del Sujeto de Apoyo con el Fondo.

2.2 Son obligaciones de los responsables descritos en el apartado anterior las descritas en el anexo 1, las cuales se resumen en:

a) Representante Legal del Sujeto de Apoyo.

La designación de los responsables técnico y administrativo y su correcta actuación, de la formalización del Convenio de Asignación de Recursos del proyecto, del cumplimiento de los compromisos establecidos en el mismo, y del adecuado manejo, aplicación y comprobación de los recursos recibidos.

Asimismo, es su responsabilidad conocer y en su caso realizar las gestiones necesarias en el caso de modificaciones a lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos.

b) Responsable Técnico del Proyecto.

De la ejecución del proyecto conforme a la metodología, programa y presupuesto aprobado y del cumplimiento de los compromisos establecidos el Convenio de Asignación de Recursos.

c) Responsable Administrativo.

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De la aplicación de los recursos del proyecto con estricto apego a lo establecido en el presente procedimiento y a la normatividad institucional vigente y de la adecuada comprobación del gasto.

d) Secretario Técnico del Fondo.

De la verificación del avance técnico y financiero del proyecto, del cumplimiento de los objetivos, metas y entregables establecidos, así como del ejercicio del recurso ministrado y realizar las acciones conducentes en función de los resultados de las evaluaciones realizadas.

e) Secretario Administrativo del Fondo.

De la formalización del apoyo aprobado y del cierre y conclusión del proyecto, de la ministración de recursos, de las modificaciones al Convenio de Asignación de Recursos, implementar las acciones derivadas del proceso de seguimiento y de la terminación de la vigencia del Convenio de Asignación de Recursos.

SECCION II: FASES DEL PROYECTO

3. FORMALIZACIÓN DEL APOYO.

3.1 La formalización implica la firma del Convenio de Asignación de Recursos cuyo objeto consiste en establecer las bases sobre las cuales se canalizarán los recursos asignados a un proyecto previamente aprobado, de conformidad con los derechos y obligaciones que las partes asumen por virtud del mismo, de tal suerte que este acto formal se constituye en el requisito esencial para que el Convenio surta efectos y se proceda a la ministración de los recursos.

3.2 En el Convenio quedará explícito para cada una de las etapas, las metas, compromisos, entregables, fechas de entrega de informe, así como el monto del recurso y las partidas autorizadas y, en el caso que aplique, las aportaciones comprometidas por el Sujeto de Apoyo, así como los usuarios de los resultados del proyecto.

3.3 La partes firmantes son, por una parte, la institución Fiduciaria en la que se encuentra constituido el Fideicomiso, a la que se le denomina como el “FONDO”, representada por el Secretario Administrativo, asistido por el Secretario Técnico del propio “FONDO” y por la otra, el Sujeto de Apoyo representado por su representante legal y asistido por los Responsables Técnico y Administrativo del proyecto.

3.4 El Sujeto de apoyo dispondrá de un plazo no mayor de 20 días hábiles a partir de la recepción del Convenio de Asignación de Recursos por parte del Secretario Administrativo, para su firma. Este plazo podrá modificarse solo en casos excepcionales, debidamente justificados y a juicio del Secretario Administrativo, mediante solicitud expresa con al menos una semana de anticipación a la fecha límite.

3.5 En el caso de proyectos interinstitucionales, el Sujeto de apoyo dispondrá de un tiempo que no exceda de 20 días hábiles de la fecha de firma del Convenio de Asignación de Recursos, para entregar al Secretario Administrativo los Convenio específicos con las instituciones participantes. Las situaciones de excepción deberán ser justificadas y sometidas a la consideración del Secretario Administrativo del Fondo antes que concluya el tiempo establecido.

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4. MINISTRACIÓN DE RECURSOS.

4.1 Apertura de la cuenta bancaria para el ejercicio de los recursos.

a) El Sujeto de Apoyo, dentro del plazo establecido para la firma del Convenio de Asignación de Recursos, abrirá una cuenta de cheques a su nombre en una institución bancaria establecida en territorio nacional, para el uso exclusivo de los recursos asignados al proyecto, firmando de manera mancomunada el Responsable Técnico y el Responsable Administrativo.

b) En el caso de sujetos de apoyo que en su administración utilicen una cuenta concentradora, deberá notificarlo en forma oficial al Secretario Administrativo, justificando dicha situación, así como su compromiso de la canalización oportuna de los recursos al proyecto.

4.2 Garantías en la aplicación del recurso

a) El Sujeto de Apoyo, Responsable Técnico o Responsable Administrativo deberán entregar al Secretario Administrativo un pagaré a favor del Fondo, por el total del apoyo otorgado. Requisito indispensable para proceder al trámite de la ministración del recurso.

b) Una vez cumplidos los compromisos contraídos en el Convenio de Asignación de Recursos y haya sido entregada el acta de cierre técnico y financiero, el Secretario Administrativo hará la devolución del pagaré al Sujeto de Apoyo.

4.3 Ministración de recursos

a) El Responsable Administrativo del proyecto enviará al Secretario Administrativo del Fondo, copia del contrato de apertura de la cuenta de cheques, incluyendo la CLABE, acompañada del recibo oficial o factura que cumpla con los requisitos fiscales, por el importe correspondiente al monto aprobado, dentro del plazo establecido para la firma del Convenio de Asignación de Recursos.

b) En el caso de Sujetos de Apoyo que por aspectos normativos y/o fiscales utilicen una cuenta concentradora, el Responsable Administrativo deberá notificarlo formalmente al Secretario Administrativo, indicando el número de cuenta CLABE.

c) Una vez cumplidos los requisitos descritos, el Secretario Administrativo del Fondo dispondrá de un plazo no mayor de 15 días hábiles para efectuar el depósito correspondiente.

4.4 Aportaciones concurrentes (en las modalidades que aplica)

Las aportaciones concurrentes comprometidas serán registradas en el formato correspondiente de la sección financiera del informe, anexando el comprobante del depósito de la aportación inicial. La no comprobación de la aportación concurrente será motivo de suspensión de la ministración de recursos y de la cancelación del proyecto.

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5. PRESENTACIÓN DE INFORME

5.1 Informe Final

a) El Sujeto de Apoyo, por conducto del Responsable Técnico y con el apoyo del Responsable Administrativo, deberá presentar al Fondo, a más tardar en la fecha límite establecida en el Convenio de Asignación de Recursos, el Informe Final del proyecto al Secretario Técnico del Fondo, con la estructura mostrada en el Anexo 2a (en el caso de las modalidades B y C), Anexo 2b (en el caso de la modalidad E) y, 2c y 2d (aplican para todas las modalidades).

b) En el caso de los apoyos otorgados en la modalidad A, el entregable será copia del examen de grado y un tanto de la tesis.

c) En la modalidad D, el entregable será copia del acuse de ingreso de la solicitud ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

d) El informe deberá ser entregado en físico, con oficio dirigido al Secretario Administrativo del Fondo y copia al Secretario Técnico, adjuntando un respaldo en medio electrónico. El Responsable Técnico deberá recabar el acuse de recibo correspondiente, siendo esta la fecha oficial de recepción.

e) “El Informe Final” contendrán dos capítulos generales: Uno de carácter técnico en donde se informe los resultados alcanzados, los entregables, las desviaciones o imponderables que en su caso se hayan presentado y las acciones realizadas para su atención, así como toda la información técnica de soporte que fundamente los resultados generados; y otro, de carácter financiero, en el que se resume el ejercicio del gasto y se adjunta los documentos de soporte del gasto no comprobado a la fecha del término de la vigencia del proyecto establecido en el Convenio de Asignación de Recurso.

f) Con base en este informe, el Secretario Técnico con el apoyo de la Comisión de Evaluación, verificará y emitirá un dictamen de su calidad, del cumplimiento de metas, resultados y productos comprometidos en el Convenio de Asignación de Recursos, así como de la correcta aplicación del ejercicio del gasto y su congruencia con las actividades realizadas.

g) La evaluación de dicho informe por parte del Fondo constituirá la base para el otorgamiento de futuros apoyos.

5.2 Transferencia a los Usuarios de los productos comprometidos:

a). El Sujeto de Apoyo, a través del Responsable Técnico, hará entrega de los resultados y productos generados al Usuario del Proyecto, a través de los mecanismos de transferencia establecidos y dentro de los 30 días naturales a partir de la fecha de terminación de la vigencia del proyecto.

b). El Responsable Técnico formalizará con el Usuario la entrega y recepción de los resultados y productos generados por el proyecto, así como su grado de satisfacción.

c). El Responsable Técnico deberá integrar la opinión del usuario en el Informe Final del proyecto, por lo que deberá considerar el tiempo requerido para tal efecto.

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SECCIÓN III: DEL CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS

6. MODIFICACIONES AL CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS

Solo en casos debidamente justificados, el Sujeto de Apoyo podrá solicitar por escrito al Secretario Administrativo cambios al Convenio de Asignación de Recursos, quien, de común acuerdo con el Secretario Técnico, determinarán su procedencia, en relación con los siguientes aspectos:

6.1 Cambio de Responsables:

a) Cambio de Responsable Técnico

El Sujeto de Apoyo podrá solicitar por escrito el cambio de Responsable Técnico del proyecto, indicando los motivos de su petición, a la que adjuntará la aceptación del candidato y su información curricular. La solicitud deberá enviarse con un mínimo de 15 días naturales previos al cambio. Esta solicitud será evaluada por el Secretario Técnico.

En caso de proceder, se hará del conocimiento del Comité Técnico y de Administración dicho cambio. De no aceptarse la solicitud, el Sujeto de Apoyo podrá hacer una segunda propuesta, que, en caso de no ser aceptada, el Secretario Técnico podrá proceder a la Terminación Anticipada del proyecto.

b) Cambio de Responsable Administrativo

El Sujeto de Apoyo informará por escrito al Secretario Administrativo del Fondo el cambio de Responsable Administrativo del proyecto, quedando responsabilizado de garantizar la continuidad en el ejercicio de los recursos y demás acciones administrativas.

6.2 Transferencias de Recursos entre rubros elegibles

a) El Responsable Técnico, de común acuerdo con el Responsable Administrativo, podrá solicitar al Secretario Administrativo la autorización para realizar la transferencia de recursos entre las partidas y rubros elegibles mencionados en los Términos de Referencia o en la Convocatoria a la que aplicó; siempre y cuando le sean justificadas y notificadas al mismo de manera previa. El Secretario Administrativo en función de la justificación, de común acuerdo el Secretario Técnico determinará lo conducente.

b) Las transferencias de recursos solo procederán cuando se evidencie que son indispensables para garantizar el logro de los objetivos y entregables del proyecto y no contravenga las observaciones de la Comisión de Evaluación o las consideraciones específicas establecidas en este procedimiento o en la convocatoria correspondiente

c) Son intransferibles los recursos asignados tanto al rubro de Apoyo a Estudiantes Asociados como al de Investigadores Asociados.

6.3 Modificaciones a las fechas y tiempos de ejecución del proyecto

a) En el caso de que la ministración del recurso se retarse, la recalendarización se realizará en forma automática, tomando como fecha de inicio, la fecha en la que fue realizado el depósito correspondiente.

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b) El Secretario Administrativo hará en su caso las modificaciones pertinentes al Anexo 1 del Convenio de Asignación de Recursos, así como los registros y notificaciones correspondientes.

6.4 Extensión del tiempo de vigencia del proyecto:

a) Se entiende como extensión al tiempo de vigencia del proyecto, a la modificación a la fecha de término de vigencia del proyecto establecida en el Anexo 2 del Convenio de Asignación de Recursos, derivada de la imposibilidad de cumplir en el plazo originalmente planteado con los objetivos y metas del proyecto. El tiempo de vigencia del proyecto incluye 15 días, a partir de la fecha de término del proyecto establecida en dicho Anexo, para entrega del Informe Final y 30 días para la entrega de resultados y productos al Usuario.

b) El Sujeto de Apoyo por conducto del Responsable Legal del proyecto, deberá presentar al Secretario Administrativo la solicitud de extensión al término del proyecto, al menos con 30 días naturales antes de la fecha de término del proyecto establecido en el Anexo 2 del Convenio de Asignación de Recursos, con la justificación correspondiente y precisando el tiempo requerido y por única ocasión.

c) En función de su justificación, la extensión de término del proyecto solicitada podrá ser de hasta 60 días naturales, contados a partir de la fecha de término del proyecto establecido en el Anexo del Convenio de Asignación de Recursos.

d) El Secretario Técnico de común acuerdo con el Secretario Administrativo y en su caso, de las instancias de evaluación que considere pertinentes, resolverán la solicitud en un periodo que no exceda de los 20 días naturales posteriores a la fecha de su recepción.

e) En el caso que la extensión al tiempo de término del proyecto sea aceptada, el Secretario Administrativo llevará a cabo la modificación correspondiente al Anexo 2 Cronograma del Convenio de Asignación de Recursos, tanto a la fecha de término del proyecto como a la fecha de entrega del Informe Final. Por su parte el Secretario Técnico, deberá informar al Comité Técnico en su próxima reunión de trabajo, como parte del informe sobre la situación técnica y financiera de proyectos.

f) En los casos que la extensión al tiempo de ejecución del proyecto no sea aceptada, el Responsable Técnico con el apoyo del Responsable Administrativo, deberá elaborar el informe final con los resultados alcanzados a la fecha y justificando los causales que impidieron cumplir con todos los compromisos establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos.

7. CONCLUSIÓN DE PROYECTOS

En el caso que el proyecto concluya de conformidad con lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos, cuyo informe final sea entregado en tiempo y forma y tenga un dictamen técnico y financiero favorable, el Secretario Administrativo elaborará el Acta de Conclusión del Proyecto, hará la notificación y entrega de la misma al Sujeto de Apoyo, dando por concluidas su relación y compromisos con el Fondo establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos, salvo los relacionados con el acceso a la información que le sea requerida por los órganos de vigilancia y/o fiscalización del Estado. En los casos que aplique, una vez otorgada el Acta de Conclusión, el Secretario Administrativo hará la entrega del pagaré ofrecido como garantía.

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SECCIÓN IV: DE LAS SANCIONES

8. RESCISION DE CONVENIO Y SANCIONES

8.1 Rescisión del Convenio de Asignación de Recursos:

a) Se podrá proceder a la “Cancelación del Proyecto” y en consecuencia a la “Rescisión del Convenio”, cuando ocurran los siguientes supuestos:

1) No se entregue el Informe Final.

2) Uso indebido de los recursos ministrados.

3) Negligencia en el cumplimiento de los compromisos del proyecto por parte del Responsable Técnico.

4) Falta de atención a los requerimientos del Fondo, sea a través del Secretario Técnico o del Secretario Administrativo.

5) Se proporcione información falsa.

b) El Secretario Técnico notificará del incumplimiento al Responsable Legal del Sujeto de Apoyo y solicitará su atención en el tiempo que para el efecto determine, sin que este exceda el tiempo de 30 días naturales.

c) En el caso que el Sujeto de Apoyo no adopte las medidas correctivas que subsanen la desviación o incumplimiento que garanticen la correcta ejecución del proyecto, el Secretario Técnico de común acuerdo con el Secretario Administrativo, procederán a la cancelación del proyecto y en consecuencia a la Rescisión del Convenio de Asignación de Recursos, sin necesidad de declaración judicial.

d) El Secretario Administrativo notificará al Sujeto de Apoyo la rescisión del Convenio de Asignación de Recursos y solicitará la devolución de la totalidad de los recursos ministrados en un tiempo que no exceda de 30 días naturales.

e) En el caso que el Sujeto de Apoyo omita el requerimiento de devolución de recursos, el Secretario Administrativo ejercerá las acciones legales conducentes para su recuperación y procederá a:

1) Incorporar al Responsable Técnico o al Responsable Administrativo en un listado de

personas con adeudos al Fondo, impidiendo a la institución participar en futuras

convocatorias.

2) Ejercer en su caso, la garantía otorgada.

8.2 Sanciones

a) Atendiendo a la responsabilidad que pudieran haber incurrido los responsables técnico y administrativo del proyecto, el Comité Técnico y de Administración podrá aplicar sanciones administrativas al Sujeto de Apoyo, incluso la suspensión temporal o definitiva para participar en cualquier otra convocatoria del Fondo, sin perjuicio de cualquier otra acción que pueda corresponder, derivada de la Ley o la normativa aplicable.

b) En función de la gravedad de las desviaciones e incumplimientos incurridos por los Sujetos de Apoyo a lo comprometido en el Convenio de Asignación de Recursos, el Secretario Administrativo aplicará las sanciones que para tal efecto se determine por conducto del Secretario Técnico, siendo entre otras las siguientes:

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1) Apercibimiento al Sujeto de Apoyo y en su caso, solicitud para establecer acciones preventivas para evitar su recurrencia.

2) Solicitud de devolución parcial de recursos ministrados.

3) Solicitud de devolución total de recursos ministrados

4) Incorporar al Responsable Técnico o al Responsable Administrativo en un listado de personas con adeudos al Fondo.

c) El Secretario Administrativo es responsable de ordenar y ejecutar las medidas preventivas y correctivas procedentes, derivadas del incumplimiento a lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos, debiendo notificar a los sujetos de apoyo las condiciones y plazos para corregir las anomalías y en su caso, realizar las acciones legales requeridas e informar al Comité Técnico y de Administración.

d) En el caso de que los resultados de las revisiones técnicas y/o auditorías realizadas por cualquiera de los órganos de control o fiscalizadores estatales, revelen el incumplimiento a lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos o que el sujeto de apoyo no proporcione información fidedigna, el Fondo, por conducto del Secretario Administrativo, se reserva el derecho de ejercer la acción legal pertinente.

SECCION IV: DEL EJERCICIO Y COMPROBACIÓN DELGASTO

9. EJERCICIO DEL GASTO

9.1 Consideraciones Generales para el Ejercicio del Gasto

a) Es responsabilidad del Sujeto de Apoyo, así como del Responsable Técnico y del Responsable Administrativo del proyecto, el correcto ejercicio de los recursos en los rubros autorizados por el Comité Técnico y de Administración del Fondo, de acuerdo a los criterios establecidos y de conformidad con la normativa vigente de las instituciones, dependencias o empresas donde se desarrollan los proyectos, para lo cual deberá de llevarse una contabilidad por separado.

b) El gasto no puede en ningún caso y bajo ninguna circunstancia destinarse temporal o definitivamente a aspectos productivos o no relacionados exclusivamente con el proyecto.

c) Los recursos no deberán considerarse como parte del patrimonio o capital del Sujeto de Apoyo, ya que son recursos asignados como resultado de un concurso amparado por la Ley de Ciencia, Desarrollo Tecnológico e Innovación para el Estado de Coahuila de Zaragoza para el desarrollo de un proyecto específico, en los términos en los que fue presentado y aprobado en su caso, por lo que su ejercicio deberá observar las condiciones y requerimientos señalados tanto en las Bases y Términos de Referencia, como el Convenio de Asignación de Recursos.

d) El ejercicio de los recursos podrá ser sujetos de auditorías y revisiones en cualquier momento por parte de los órganos fiscalizadores estatales, así como de las requeridas por el Secretario Técnico y/o el Secretario Administrativo.

9.2 Catálogo de cuentas

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Deberá existir un control contable exclusivo por cada proyecto para lo cual se hará referencia al siguiente catálogo de cuentas.

01 Gasto Corriente

01 Pasajes y Viáticos. 02 Trabajo de Campo. 03 Servicios externos. 04 Gastos de operación. 05 Materiales de consumo y software 06 Apoyo a Estudiantes Asociados. 07 Acervos bibliográficos, servicio información, registros. 08 Publicaciones, actividades de difusión y transferencia de resultados. 09 Gastos de Capacitación 10 Otros

10. Ejercicio y comprobación de las partidas de Gasto Corriente

10.1 Los recursos asignados bajo el concepto de gasto corriente, considera todos aquellos rubros requeridos para llevar a cabo la ejecución del proyecto, con el alcance, metodología y programa tiempos comprometidos, conforme a lo estipulado en el Convenio de Asignación de Recursos.

10.2 Los recursos que se ejerzan en las partidas de Gastos de Trabajo de Campo, Pasajes y Viáticos, sólo podrán ser ejercidas por miembros del grupo de trabajo, integrado por el responsable técnico, investigadores participantes, especialistas, estudiantes, investigadores asociados, todos debidamente registrados, ya sea en la propuesta original o ante el Secretario Técnico, quien deberá registrar cualquier cambio en el equipo. Para el caso de científicos tecnólogos invitados, estos deberán estar considerados en la propuesta original.

10.3 Los conceptos considerados en cada uno de los rubros son entre otros los siguientes:

01) Pasajes y viáticos:

a) El pago de los gastos de pasajes y transportación a los participantes registrados en el proyecto, incluyendo los investigadores y estudiantes asociados, así como científicos o tecnólogos invitados, siempre y cuando estos hayan sido planteados en la propuesta original, de acuerdo con el tabulador, normativa y políticas vigentes del sujeto de apoyo

Con cargo a esta partida se pagarán los siguientes tipos de pasajes:

• Boletos de avión, autobús, barco, ferrocarril.

En pasajes de avión sólo se autorizarán las tarifas de clase turista y no se aceptarán boletos abiertos.

• Los gastos de transportación en automóvil (combustible y peaje), ya sea del sujeto de apoyo o propio.

• Traslados locales (autobús y taxis, diferentes a gastos de trabajo de campo).

Los boletos y los comprobantes que amparen los pasajes y gastos de transportación otorgados deberán coincidir con las fechas y el número de días

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de la comisión. Del mismo modo, todos los comprobantes que amparen dichos gastos deberán cumplir con los requisitos fiscales vigentes.

b) El pago de los gastos por hospedaje y alimentación asociados al viaje considerado, la comprobación será mediante facturas a nombre del sujeto de apoyo, de acuerdo con su tabulador, normativa y políticas vigentes del sujeto de apoyo.

c) Los anticipos para pasajes y viáticos deberán contar con la hoja de comisión o equivalente de conformidad con la normatividad del Sujeto de Apoyo, firmada debidamente por el Responsable Técnico del Proyecto

d) Toda comprobación deberá documentarse con facturas que cumplan con los requisitos fiscales vigentes.

02) Gastos de trabajo de campo:

a) Esta partida está destinada al pago de los gastos derivados de trabajos en campo requeridos para el desarrollo del proyecto, de acuerdo con las condiciones económicas locales y los criterios de valoración aceptables para el sujeto de apoyo, independientemente de no cumplir con los requisitos fiscales vigentes, de acuerdo con las condiciones económicas locales y los criterios de valoración aceptables para el sujeto de apoyo.

b) Comprende los siguientes conceptos:

Pago de trabajo eventual:

• Levantamiento de encuestas.

• Aplicación de entrevistas.

• Observaciones directas.

• Recolección de muestras.

• Jornadas de trabajo agrícola, acuícola y pecuario.

• Pago de traductores de dialectos o idiomas regionales.

Pago de servicios informales:

• Alquiler de semovientes para transportación

• Alquiler de herramientas y accesorios para trabajo agrícola, acuícola y pecuario.

• Gastos de estancia y alimentación en lugares ubicados en el medio rural.

c) En el caso de las actividades de los trabajos de campo, así como los eventuales y los servicios informales, las relaciones laborales y la responsabilidad patrimonial son responsabilidad exclusiva del sujeto de apoyo, no obstante de haber recibido el apoyo económico del Fondo.

03) Servicios externos:

a) Pago por servicios externos especializados a terceros, universidades, instituciones de educación superior, institutos y centros de investigación, empresas de ingeniería y/o consultoría especializada, laboratorios nacionales o extranjeros, para la realización de actividades puntuales y altamente especializadas, siempre y cuando estos sean indispensables para el éxito del proyecto.

b) El servicio se refiere a una actividad puntual y concreta y que forma parte del protocolo o metodología, mediante un contrato por objeto determinado. A su término deberá presentar el documento, informe o estudio objeto del contrato.

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c) El Fondo sólo reconocerá los honorarios que estipule el contrato de prestación de servicios profesionales, toda vez que dichos contratos no incluyen las prestaciones de seguridad social, tales como pago de cuotas del IMSS, primas vacacionales, SAR, FOVISSSTE, etc.

d) Es obligación del sujeto de apoyo la retención de los impuestos correspondientes, de conformidad con la legislación fiscal vigente. Los recibos que por este concepto entreguen las personas contratadas serán a favor de la institución receptora del apoyo.

e) En ningún momento y bajo ninguna circunstancia se considerará al Fondo como patrón sustituto, ni a la Institución o empresa como intermediaria, por lo que el Fondo no tiene relación alguna de carácter laboral con las personas que presten sus servicios profesionales para el desarrollo de los proyectos, quedando liberado en todo momento de cualquier responsabilidad que pudiese presentarse en materia laboral, fiscal y de seguridad social.

f) No se aceptan dentro de esta partida, los contratos por servicios profesionales que tengan las siguientes características:

• Servicios secretariales

• Personal adscrito a la institución o empresa sujeta de apoyo.

e) Toda comprobación deberá documentarse con las facturas que cumplan con los requisitos fiscales vigentes.

04) Gastos operación:

Gastos relacionados con la operación y mantenimiento de laboratorios y plantas piloto; diseños y prototipos de prueba; herramientas y dispositivos para pruebas experimentales; arrendamiento, reparación y mantenimiento de equipo de laboratorio, planta piloto, comunicación y cómputo, indispensables para la ejecución exitosa del proyecto. Podrá considerar el costo servicios incurrido en la fase de pruebas y demostración de la infraestructura adquirida

Toda comprobación deberá documentarse con las facturas que cumplan con los requisitos fiscales vigentes.

05) Materiales de consumo y software:

a) Material de consumo de uso directo del proyecto en la fase experimental, incluye seres vivos, reactivos, energéticos y combustibles no incluidos en los rubros de pasajes o trabajo de campo.

b) Adquisición de licencias y programas de software especializado, indispensables por el proyecto. No se consideran los programas de uso común, sistemas operativos, antivirus, etc.

c) Consumibles para equipo de impresión, cómputo, fotografía equipos de laboratorio.

d) Con cargo a esta partida no se aceptarán las erogaciones por concepto de adquisición de los artículos de oficina y material que el Sujeto de Apoyo debe proporcionar para la operación y administración del proyecto.

e) Toda comprobación deberá documentarse con las facturas que cumplan con los requisitos fiscales vigentes.

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06) Apoyo a estudiantes asociados:

a) Apoyo mensual a estudiantes asociados al proyecto que realicen su trabajo de tesis o terminal de licenciatura, o que estén cursando estudios de especialidad, maestría o doctorado a través de su participación en el proyecto. Los estudiantes deberán tener un promedio general escolar mínimo de 8.0 en el ciclo anterior, justificar plenamente su participación en el proyecto y no tener o haber tenido otra beca para el mismo grado por el CONACYT y reciban la experiencia y el entrenamiento sistemático y metodológico de la investigación científica y/o tecnológica.

b) Los niveles y montos de los apoyos podrán ser:

Nivel I Licenciatura: Hasta 2 veces el valor mensual de la UMA

Nivel II Especialidad/Maestría/Doctorado: Hasta 4 veces el valor mensual de la UMA

El período de participación con apoyo económico comprenderá un máximo de 3 meses del tiempo estimado para el proyecto.

c) La comprobación se efectúa con la presentación de la lista de pagos efectuados en el periodo determinado, anexando los comprobantes que amparen el ejercicio del gasto, firmada por el Responsable Técnico y el Responsable Administrativo y deberá corresponder a los recursos ministrados para este efecto.

Al término de la vigencia del proyecto, en caso de no agotarse ésta partida, el remanente se reintegrará al Fondo.

d) Solo en casos debidamente justificados, podrá incrementarse esta partida, para lo cual, el Responsable Técnico deberá solicitar en forma justificada la transferencia de recursos al Secretario Técnico sin que el monto total de recursos solicitados sobrepase lo estipulado en el Convenio de Asignación de Recursos.

07) Acervos bibliográficos, servicios de información y registros:

a) Considera la adquisición de libros, publicaciones y revistas, que sirvan de apoyo al desarrollo del proyecto

b) Gastos efectuados por consultas a bancos de información y para la impresión o fotocopia de la misma, que sirvan de apoyo al desarrollo del proyecto.

c) Gastos indispensables para proteger los resultados del proyecto, destinados para la contratación de especialistas en la elaboración de patentes, gestiones, trámites, gastos legales, y todos aquellos gastos asociados al proceso para asegurar la protección de la propiedad Intelectual a nivel nacional e internacional,

d) Toda comprobación deberá documentarse con las facturas que cumplan con los requisitos fiscales vigentes.

08) Publicaciones, actividades de difusión y transferencia de resultados:

a) Se refiere a aquellos gastos de organización y coordinación de actividades que tengan como propósito, transferir, divulgar y difundir los resultados del proyecto, tales como seminarios, talleres, foros, etc.

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b) Incluye también la asistencia a congresos (inscripción) para el responsable del proyecto y el grupo de trabajo, siempre y cuando sea para presentar los resultados del proyecto.

c) Incluye la publicación de libros y artículos, contratación de espacios para la publicación de artículos en revistas y periódicos con circulación certificada, la impresión de material para la divulgación y/o la difusión de los resultados del proyecto.

d) Toda comprobación deberá documentarse con las facturas que cumplan con los requisitos fiscales vigentes.

09) Gastos de capacitación:

a) Considera los gastos de entrenamiento necesarias para adquirir la técnica o práctica indispensable para operar los equipos de trabajo o la infraestructura adquirida o ejecutar alguna componente del proyecto.

b) Toda comprobación deberá documentarse con las facturas que cumplan con los requisitos fiscales vigentes.

10) Otros:

a) Aquellos conceptos que el Comité Técnico y de Administración autorice de manera específica y que se haga explicita en s rubros elegibles en la convocatoria de referencia.

b) Conceptos no considerados que por las características del proyecto, el sujeto de apoyo considera necesario de incorporar. Estos rubros serán analizados por la Comisión de Evaluación, con base en lo cual hará una recomendación al Comité Técnico y de Administración, quien podrá o no autorizar el gasto solicitado.

11. Gastos no elegibles:

11.1 No son elegibles de apoyo con recursos del Fondos:

a) Equipos y maquinaria cuyo propósito, durante el desarrollo del proyecto, contemple actividades de producción o comercialización del solicitante, o se considere como parte de su infraestructura regular de operación.

b) Los sueldos, salarios o compensaciones económicas u honorarios para el personal de las instituciones participantes.

c) Todos aquellos conceptos, materiales y gastos en general relacionados con tareas operativas, ya sean administrativas, productivas, de ventas o distribución, incluyendo los relacionados con la publicidad.

d) Todos aquellos rubros que no sean indispensables para la realización del proyecto.

11.2 Todos aquellos gastos no elegibles que estén directamente relacionados con el proyecto, podrán ser cubiertos con recursos concurrentes, debiéndose justificar plenamente dicha situación.

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SECCIÓN V: DE LOS RECURSOS HUMANOS

12. INCORPORACIÓN DE RECURSOS HUMANOS ASOCIADOS A LOS PROYECTOS

12.1 Estudiantes Asociados.

a) Objetivos:

La participación de estudiantes de licenciatura y posgrado como “Estudiantes Asociados” tiene un doble propósito; por una parte, el proyecto se enriquece por la incorporación de personal con mayor preparación académica al grupo de trabajo y, por otra parte, los estudiantes colaboran en un proyecto de investigación científico y/o tecnológico definido, financiado y dirigido por un Responsable Técnico y en el que reciben la experiencia y el entrenamiento sistemático y metodológico de la investigación científica y/o tecnológica. Se espera, incluso, que el trabajo realizado sirva como proyecto de tesis y que conduzca eventualmente a la obtención del título profesional o grado académico correspondiente.

Los niveles estudiantiles considerados en la categoría de Asistente de Proyecto son:

• Nivel I: Estudiantes de licenciatura

• Nivel II Estudiantes de especialidad/maestría/doctorado

También podrán incorporarse al grupo de trabajo como Investigadores Asociados, aquellos estudiantes que por contar ya con una beca, no reciben un apoyo directo mensual del proyecto.

b) Requisitos

La alta de un estudiante procede en el periodo de vigencia del proyecto y hasta tres meses de la duración del proyecto, sin rebasar el monto autorizado para este rubro y mediante la presentación, ante el Secretario Técnico del Fondo, del formato de registro anexo 3.a, acompañado de una carta de postulación y describiendo el tipo de colaboración que el candidato realizará y su aportación al proyecto, con las fechas de inicio y de término de la participación.

Los requisitos por nivel son los siguientes:

Para el nivel I:

• Contar cuando menos con el 75% de los créditos de la licenciatura.

• Contar con un promedio general de calificaciones mínimo de 8.0

• Se consideran también prácticas profesionales o estancias industriales.

Para el Nivel II:

• Estar inscrito en un posgrado científico o tecnológico en una institución nacional.

• Contar con un promedio general de calificaciones en el ciclo anterior y conservación del mismo durante la vigencia del apoyo no menor a 8.0.

Nota: En este caso se considera la participación de estudiantes asociados de este nivel tanto para la elaboración de la tesis de maestría y obtención del grado académico, como para la nueva colaboración del estudiante en tareas o etapas específicas del proyecto.

c) Montos y duración de las becas para Estudiantes Asociados:

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Para el Nivel I:

• Monto máximo mensual: 2 veces el valor mensual de la UMA

• Duración: 3 meses, no prorrogables

Para el Nivel II:

• Monto máximo mensual 4 veces el valor mensual de la UMA

• Duración: 3 meses, no prorrogables.

d) Expediente de los Estudiantes Asociados.

El Sujeto de Apoyo es responsable del resguardo del expediente de cada uno de los estudiantes participantes del proyecto, con toda la documentación comprobatoria de su desempeño y en disponibilidad permanente del Fondo:

• Deberá contar con constancia oficial de inscripción vigente, certificado oficial de calificaciones de todos los créditos cursados, promedio general obtenido, o bien certificación de créditos obtenidos o registro actualizado de tesis ante la institución que expedirá el título o grado, carta compromiso que señale la fecha de titulación, avalada por el asesor de tesis y copia de una identificación oficial con fotografía.

• Programa de trabajo en el que se detalle su participación y aportación al proyecto, en el que se indiquen claramente las metas que el estudiante se compromete a alcanzar durante su participación en el proyecto y que fundamentan su participación, así como los avances en el mismo.

e) Pago a Estudiantes Asociados.

Se realiza contra la presentación del recibo expedido por el asistente de proyectos y con cargo a la cuenta de cheques del proyecto. Dichos recibos deberán contar con las siguientes características:

• Nombre del estudiante asociado.

• Clave del proyecto

• Monto y período devengado

• Firma del asistente de proyecto y visto bueno del Responsable Técnico.

El recibo original expedido por el asistente de proyecto se integrará a la comprobación financiera y deberá guardarse una copia en el expediente del proyecto.

f) Comprobación de gastos de becas

Es requisito indispensable contar con los recibos con las características ya descritas y exhibir las firmas autógrafas del estudiante y del Responsable Técnico.

La comprobación de esta partida será por separado del gasto corriente y en este caso deberá corresponder a los recursos ejercidos independientemente de la calendarización de las ministraciones, particularmente en los casos en que se expidan recibos institucionales específicos para este concepto.

La comprobación se efectúa con la presentación de la lista de pagos efectuados en el periodo determinado, anexando los comprobantes que amparen el ejercicio del gasto, firmada por el Responsable Técnico y el Responsable Administrativo y deberá corresponder a los recursos ministrados para este efecto. Al término de la vigencia del proyecto, en caso de no agotarse ésta partida, el remanente se reintegrará al Fondo.

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g) Informes finales de Estudiantes

Al término de la vigencia del apoyo, el beneficiario de la misma entregará a través del Responsable Técnico, ante el Secretario Técnico del Fondo, un informe final de sus actividades en función de los estudios realizados y del desarrollo del proyecto.

El informe consistirá en: Reporte detallado de las actividades realizadas, aportación al proyecto, período específico de colaboración y monto total recibido durante la vigencia de la beca. En su caso, copia del acta de obtención del título profesional, último certificado de calificaciones con promedio final. Copia de las publicaciones en las que se acreditó como autor o coautor, durante su participación en el proyecto.

h) Impedimentos para otorgar apoyos

No se otorgan apoyo en los siguientes casos:

• No entregar al Secretario Técnico del Fondo la documentación completa que avale los requisitos, o se demuestre falta de veracidad en la misma.

• Al encontrarse desarrollando servicios por honorarios profesionales dentro del proyecto.

i) Baja y cambio de Asistentes de Proyectos

La baja o substitución de cualquier estudiante asociado, deberá reportarse al Secretario Técnico del Fondo las causas que lo motivaron, precisando el último mes de cobro y el monto total pagado al estudiante por este concepto, constando en el expediente del becario un informe de actividades del periodo cubierto.

Cuando la baja haya sido solicitada por el propio asistente de proyecto, él también deberá firmar el informe requerido.

En cualquier caso el Responsable Técnico del proyecto deberá conservar el expediente respectivo bajo resguardo, para toda consulta o revisión del Fondo.

SECCIÓN VI: AUDITORIAS Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

13. AUDITORIAS.

El sujeto de apoyo está obligado a dar las facilidades necesarias para que se lleven a cabo las auditorias y revisiones técnicas, tanto las solicitadas por el Fondo como las que efectúen los órganos superiores de control. Éstas podrán efectuarse en el momento que sea necesario en las instalaciones del sujeto de apoyo.

13.1 Auditorias solicitadas por el Fondo

De conformidad con lo dispuesto en el Convenio de Asignación de Recursos, el Comité Técnico y de Administración del Fondo, por sí mismo o mediante terceros, podrá realizar auditorías y revisiones para verificar el desarrollo del proyecto, así como el cumplimiento de las normas y procedimientos considerados en el presente documento. El Fondo podrá efectuar las revisiones técnicas que considere convenientes para supervisar el avance técnico del proyecto, así como la observancia de las normas y procedimientos descritos en el presente documento.

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13.2 Otras instancias de auditoria

Pueden ser auditorias solicitadas por el órgano de control y vigilancia del estado, a través de los funcionarios de la Secretaría, o de terceros designados por ellos, o por la Auditoría Superior de la Estado.

14. MANEJO Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

a. La información que se reciba por el Fondo, está sujeta a lo dispuesto por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que aquella documentación que deba ser clasificada como confidencial o reservada, deberá ser expresamente identificada en la solicitud. El Comité Técnico y de Administración del Fondo, establecerá los mecanismos necesarios para asegurar la confidencialidad de la información contenida en todas las propuestas presentadas, tanto en la fase de evaluación como de seguimiento.

b. Es obligación de los beneficiarios del Fondo proporcionar la información requerida por

medio de los Secretarios Técnico y Administrativo y dar crédito al Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila (FONCYT) y al Consejo Estatal de Ciencia y Tecnología del Estado de Coahuila (COECYT) en propuestas, publicaciones, materiales para conferencias, exhibiciones, videocintas y otros productos resultantes del apoyo.

c. Los resultados de los proyectos deberán estar siempre a disposición del Fondo, que

respetará la confidencialidad, los derechos de autor, la propiedad industrial y los lineamientos que emanan de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Público Gubernamental.

d. Los derechos de autor y/o propiedad intelectual e industrial que se generen por el

proyecto, serán de los sujetos de apoyo beneficiados por el Fondo.

e. Los resultados de los proyectos apoyados se publicarán en las páginas electrónicas del COECYT sin demérito de los derechos de propiedad intelectual e industrial y la confidencialidad requerida.

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ANEXOS

1. Responsabilidades.

2. Informes:

2.a Formato para la presentación del Informe Técnico Final de las modalidades B y C.

2.b Formato para la presentación del Informe Técnico Final de las modalidades E.

2.c Formato para la presentación del Informe Financiero Final.

2.d Formato para la presentación de la relación de gastos.

3. Incorporación de Recursos Humanos asociados a los proyectos

3.a Estudiantes Asociados

Elaborado por: Nombre y firma Fecha

Secretario Administrativo M.C. Mario Prudencio Valdés Garza 12-feb-2020

Secretaria Técnica Dra. Vanessa Martínez Sosa 12-feb-2020

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ANEXO 1

RESPONSABILIDADES

1. REPRESENTANTE LEGAL DEL SUJETO DE APOYO

a) Asignar un Responsable Técnico y un Responsable Administrativo del proyecto. b) Suscribir y cumplir con el objeto del Convenio de Asignación de Recursos. c) Abrir en una institución nacional de crédito una cuenta de cheques a su nombre, con

firma mancomunada del Responsable Técnico y del Responsable Administrativo, exclusiva para el manejo de los recursos del proyecto.

d) En el caso de cuentas concentradoras, asegurar la oportuna distribución de los recursos y de que el destinatario de los mismos cumpla con el objeto del proyecto apoyado.

e) Depositar con oportunidad los recursos correspondientes del proyecto, en caso de aplicar recursos concurrentes (Obligatorio en modalidades a y b).

f) Asegurar que los recursos aportados para la ejecución del proyecto, se apliquen de manera exclusiva y oportuna a los fines del mismo.

g) Asegurar que los procedimientos de adquisiciones y de prestación de servicios, incluyendo la incorporación de recursos humanos al desarrollo de proyectos, se realicen de conformidad con las políticas y prácticas de las instituciones y de las empresas, y a los lineamientos y normatividad aplicable a las instituciones.

h) Abrir un sistema de registro contable de los movimientos financieros relativos al proyecto.

i) Verificar que se cumpla en tiempo y forma con la entrega de los informes técnicos y financieros del proyecto.

j) Dar las facilidades necesarias para llevar a cabo las auditorias y revisiones técnicas y financieras, tanto las solicitadas por el Fondo, como las que efectúen los órganos de control, y atender las observaciones que de ellas se deriven.

k) Informar de manera inmediata sobre alguna eventualidad que impida continuar o afecte el curso normal del proyecto.

l) Mantener al día toda la documentación técnica, financiera y administrativa inherente al proyecto, incluyendo la que respalda gastos y contratación de servicios durante su vigencia, y hasta cinco años después del finiquito del mismo.

m) Poner a disposición del Fondo toda la información y documentación relativa al proyecto que le sea solicitada.

n) Rembolsar al Fondo el remanente del apoyo económico no ejercido a la culminación del proyecto.

o) Notificar a la brevedad posible al Secretario Administrativo del Fondo, cualquier cambio en la razón social, dirección, composición, etc., que tenga lugar durante la vigencia del proyecto.

2. Responsable Técnico del Proyecto

a) Firmar el convenio de asignación de recursos. b) Firmar mancomunadamente con el Responsable Administrativo, la cuenta de cheques

de los recursos destinados al proyecto c) Ejercer los recursos asignados para el desarrollo del proyecto, en coordinación con el

Responsable Administrativo, con apego a los términos establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos.

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d) Cumplir en tiempo y forma con la ejecución del proyecto, así como sustentar las adecuaciones técnicas de ejecución necesarias para mantener el correcto desempeño del proyecto

e) Conformar y sustentar las adecuaciones técnicas de ejecución necesarias para mantener el correcto desempeño del proyecto.

f) Sustentar, precisar y validar las especificaciones técnicas de los bienes y servicios necesarios que se adquirirán para la ejecución del proyecto, incluidos los requerimientos de incorporación de recursos humanos al desarrollo del mismo.

g) Integrar en el expediente del proyecto la información técnica generada durante el desarrollo del mismo.

h) Responder oportunamente a las solicitudes de información técnica del proyecto que le requiera el Fondo.

i) Elaborar y enviar al Secretario Técnico, en las fechas establecidas en el Convenio de Asignación de Recursos, el informe técnico del proyecto.

j) Integrar los avances y resultados de las instituciones participantes, en caso de proyectos interinstitucionales, y asegurar el cumplimiento de los compromisos de cada una de ellas.

k) Notificar y justificar de manera inmediata, al Secretario Técnico, cualquier desviación o problemática en el proyecto que pudiera impedir el cumplimiento de las metas y la generación de entregables establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos e indicar y fundamentar las acciones contingentes para corregirlas.

l) Revisar y transferir los resultados del proyecto a los usuarios en los tiempos y formas convenidos.

m) Atender a los auditores o personal designado por el Comité Técnico y de Administración del Fondo, así como de los órganos de control, proporcionando la información y documentación pertinente, y dar las facilidades para cumplir con su cometido.

n) Solventar las observaciones que se deriven de las revisiones o auditorias tanto las solicitadas por el Fondo como las realizadas por los órganos de control.

3. Responsable Administrativo

a) Firmar el Convenio de Asignación de Recursos. b) Verificar en el caso de cuentas concentradoras, la realización de los depósitos conforme

a lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos. c) Obtener la garantía que asegure el cumplimiento del convenio. d) Elaborar y enviar al Secretario Administrativo, en las fechas establecida en el Convenio

de Asignación de Recursos, los informes financieros correspondientes a cada etapa del proyecto.

e) Abrir y firmar mancomunadamente con el Responsable Técnico la cuenta de cheques de los recursos destinados al proyecto.

f) Enviar al Secretario Administrativo del Fondo copia del contrato de apertura de la cuenta de cheques y el recibo institucional o factura correspondiente a monto aprobado.

g) Realizar las adquisiciones y prestación de servicios, incluidos los recursos humanos necesarios para la ejecución del proyecto, de conformidad a las políticas y prácticas de las empresas, y a los lineamientos y normatividad aplicable a las instituciones.

h) Resguardar los comprobantes del ejercicio del gasto e integrar al informe financiero que se entregará al Secretario Administrativo del Fondo.

i) Integrar en el expediente del proyecto la información financiera y administrativa generada durante el desarrollo del mismo.

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j) Integrar la información financiera de las instituciones participantes, en caso de proyectos interinstitucionales, y entregar oportunamente los recursos asignados a cada una de ellas.

k) Atender a los auditores o personal designado por el Comité Técnico y de Administración del Fondo, así como de los órganos de control, proporcionando la información y documentación pertinente, y dar las facilidades para cumplir con su cometido.

l) Solventar las observaciones que se deriven de las revisiones o auditorias tanto las solicitadas por el Fondo como las realizadas por los órganos de control.

m) Gestionar y obtener los documentos de conclusión técnica y de finiquito financiero del proyecto.

4. Comité Técnico y de Administración del Fondo (solo las relevantes para la administración de

proyectos)

a) Aprobar y en su caso, asignar recursos, a los proyectos previamente dictaminados como aprobados por las Comisiones de Evaluación.

b) Conocer y valorar periódicamente el avance de los proyectos financiados, a fin de verificar su correcto desarrollo, o bien, dictar las medidas preventivas o correctivas, con base en los reportes que le rindan los Secretarios Técnico y Administrativo, de acuerdo con la información técnica, administrativa y financiera presentada por el Sujeto de Apoyo.

c) Cancelar el apoyo cuando los avances y resultados del proyecto no satisfagan las metas, existan desviaciones o incumplimiento al Convenio de Asignación de Recursos.

5. Secretario Administrativo del Fondo (solo las relevantes para la administración de proyectos)

a) Elaborar y suscribir el Convenio de Asignación de Recursos. b) Verificar la entrega de los informes de avance técnicos y financieros, así como del final,

conforme a lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos de cada proyecto. c) Realizar el seguimiento financiero y administrativo del uso de los recursos del

fideicomiso por parte de los sujetos de apoyo, a fin de asegurar que los recursos fluyan en los términos del Convenio de Asignación de Recursos de cada proyecto.

d) Transmitir al Sujeto de Apoyo las observaciones que se emitan sobre los informes financieros y dar el seguimiento para su cumplimiento.

e) Ordenar, coordinar y recibir el resultado de las auditorias administrativas y contables realizadas a los proyectos que considere pertinentes.

f) Ordenar las medidas correctivas y, una vez agotadas, solicitar el reembolso del recurso cuando a su juicio o de la Secretaría Técnica, se incurra en incumplimiento de los compromisos establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos, informando de ello al Comité Técnico y de Administración del Fondo.

g) Autorizar el cierre financiero del proyecto, previa notificación favorable del Secretario Técnico sobre el informe final.

h) Presentar en colaboración con el Secretario Técnico, informes del seguimiento a los proyectos al Comité Técnico y de Administración.

i) Turnar al Secretario Técnico copia de toda actuación relacionada con el desarrollo de los proyectos.

3.6 Secretario Técnico del Fondo

a) Realizar el seguimiento técnico de los proyectos. b) Evaluar con el apoyo de las instancias de evaluación que considere necesarias, los

informes técnicos intermedios y final, de conformidad con el Convenio de Asignación de Recursos.

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c) Turnar al Responsable Técnico, al Sujeto de Apoyo y al Secretario Administrativo, los resultados y observaciones que se emitan sobre los informes de avance y final, y dar el seguimiento para su atención oportuna.

d) Ordenar, coordinar y recibir el resultado de las auditorias técnicas realizadas a los proyectos que se considere pertinentes.

e) Autorizar el cierre técnico del proyecto informando de ello al Secretario Administrativo. f) Coordinar y dar seguimiento a la evaluación de impacto de los proyectos terminados. g) Turnar al Secretario Administrativo copia de toda actuación relacionada con el desarrollo

de los proyectos.

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ANEXO 2.a GUIA PARA LA PRESENTACIÓN DEL INFORME FINAL DE LA MODALIDAD B Y C

Clave del Proyecto: ___________________________

Titulo del proyecto: _________________________________________________________

________________________________________________________________________

Responsable Técnico: ___________________________________________________

Sujeto de Apoyo (Institución o Empresa): _______________________________________

Periodo de vigencia:______________________________

I. OBJETIVO DEL INFORME Presentar en detalle y bien fundamentado el grado de cumplimiento de los compromisos establecidos, tanto en los aspectos técnicos y financiero, como los relacionados con el impacto esperado del proyecto.

II. CARACTERISTICAS GENERALES DEL DOCUMENTO Para la elaboración del documento deberá considerarse el uso de un lenguaje claro, conciso y preciso, entendible por los usuarios y miembros de la Comisión de Evaluación con apoyo de los evaluadores acreditados del Fondo, en un máximo de 20 cuartillas. Se deberán utilizar los anexos para presentar de manera pormenorizada el desarrollo del proyecto, en el lenguaje técnico y/o científico apropiado y con los apoyos gráficos, estadísticos o matemáticos que sean requeridos. En los anexos deberán incluirse las pruebas documentales o comprobatorias que se consideren pertinentes, tanto para demostrar los logros y/o productos de la investigación, como para soportar la información presentada. El original del informe se hará llegar a la Secretaría Técnica del Fondo, asegurándose que incluya la evaluación realizada por cada uno de los representantes de los usuarios comprometidos con el proyecto.

III. ESTRUCTURA DEL INFORME El informe deberá contener los siguientes rubros:

1. DATOS GENERALES Deberá especificarse la clave y título del proyecto, el nombre del responsable técnico, así como el nombre de la institución que presentó el proyecto.

2. RESUMEN DEL PROYECTO

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Describir en un máximo de una cuartilla, el problema abordado, los resultados obtenidos y la metodología aplicada. Esta información será utilizada para apoyar el proceso de difusión y consulta a través de medios electrónicos.

3. RESULTADOS DEL PROYECTO En esta sección se deberán presentar los logros obtenidos en los siguientes rubros:

3.1 Metas y objetivos alcanzados Presentar de manera comparativa las metas y los objetivos alcanzados por el proyecto, sustentando las desviaciones contra lo originalmente comprometido y/o destacando logros adicionales.

3.2 Contribución técnica del proyecto Describir las contribuciones del proyecto al avance del conocimiento en el área de estudio, indicando si éstas son únicas, permiten la generación de patentes, representan una mejora gradual, pueden presentarse en revistas especializadas, congresos, simposios o foros.

3.3 Productos de la investigación Indicar los productos obtenidos de la investigación, comparándolos con los productos comprometidos y en caso de desviaciones explicar motivos e impacto de éstas. Adjuntar al informe todo aquello que evidencie los productos y sus características.

3.4 Formación de recursos humanos Indicar el nombre del estudiante que participó y en su caso, obtuvo el grado comprometido, el nombre de la institución que otorgó el grado o la situación del trámite en caso de estar en proceso. Anexar copias de los documentos que avalan la información.

4. IMPACTO DE LA INVESTIGACION EN LOS SECTORES USUARIOS

4.1 Productos del proyecto transferidos o transferibles a los usuarios

Enunciar los productos del proyecto que han sido transferidos a los usuarios de la investigación, tanto a los inicialmente comprometidos como a los que surgieron durante la ejecución del proyecto. Soportar documentalmente la entrega de estos productos.

4.2 Mecanismos de transferencia utilizados Describir los mecanismos utilizados para transferir al usuario los productos de la investigación y asegurar la correcta comprensión del conocimiento generado por la investigación, para que pueda promover e implantar las acciones requeridas que den respuesta al problema abordado.

4.3 Beneficio potencial del proyecto

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Precisar el beneficio económico y/o social del proyecto, tanto en el sector usuario comprometido como en los sectores que potencialmente podrían beneficiarse de los resultados del proyecto. Utilizar preferentemente indicadores cuantitativos que muestren con claridad el impacto del proyecto, comparándolos con lo comprometido. Se sobreentiende que el beneficio real sólo se dará si el usuario implanta las acciones pertinentes para resolver el problema. Por otra parte, es muy probable que al finalizar el proyecto se pueda establecer con mayor precisión su impacto socioeconómico, el cual puede diferir de las estimaciones originales.

4.4 Compromisos asumidos por los usuarios Indicar los compromisos, programas y/o acciones que los usuarios llevarán o han llevado a cabo para implantar los resultados del proyecto. Adjuntar la información de soporte correspondiente.

4.5 Observaciones a la evaluación de los usuarios Indicar la apreciación y nivel de satisfacción que tienen los usuarios de la investigación de los resultados del proyecto. En caso de no ser favorable, explicar las causas que impidieron cumplir las expectativas del usuario.

5. APLICACION DE LOS RECURSOS FINACIEROS

5.1 Resumen financiero Presentar en el formato anexo la información financiera del proyecto, explicando los cambios de partida y la comprobación aprobada por el Secretario Administrativo del Fondo.

5.2 Resumen de aportaciones complementarias Indicar las aportaciones recibidas, describiendo y cuantificando las aportaciones. Destacar las aportaciones extraordinarias que se generaron durante la ejecución del proyecto. 5.3 Comprobación del gasto: Relacionar los gastos realizados y los documentos de soporte, incluyendo en su caso los CFDI correspondientes.

6. RECOMENDACIONES

6.1 Para la implantación de las acciones derivadas del proyecto Enunciar las ideas, sugerencias y/o los aspectos necesarios de tomar en consideración por los usuarios, con el objeto de asegurar la correcta implantación de las acciones derivadas del proyecto.

6.2 Para la difusión de los resultados

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Indicar los sectores y/o instituciones de la región y de fuera de la región que podrían ser usuarios potenciales de los resultados de la investigación, a los cuales sería conveniente hacerles llegar la información generada.

7. ANEXOS Presentar la información detallada, complementaria o de soporte que se considere necesario de incluir para cumplir con el objetivo del informe. Anexo 1 Desarrollo del proyecto Informe detallado del desarrollo y resultados técnicos del proyecto. Anexo 2 Resúmenes Financieros Anexo 3 Productos generados e información de soporte Anexar copias de documentos, publicaciones, etc., que muestren los productos generados y/o fundamenten la información presentada. Anexo 4 Entrega a los usuarios Anexar copias que avalen o hagan evidente la entrega y recepción de resultados del proyecto al usuario, así como su opinión sobre los mismos. En caso de que durante el desarrollo del proyecto se hayan realizado entregas parciales y/o transferencias de resultados, también deberán incluirse en esta sección

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ANEXO 2.b GUIA PARA LA PRESENTACIÓN DEL INFORME FINAL DE LA MODALIDAD E

Clave del Proyecto: ___________________________

Titulo del proyecto: _________________________________________________________

________________________________________________________________________

Responsable Técnico: ___________________________________________________

Sujeto de Apoyo (Institución o Empresa): _______________________________________

Periodo de vigencia:_____________________________

1. DESCRIPCIÓN 2. OBJETIVO 3. PARTICIPANTES 4. BENEFICIARIOS 5. ALCANCE 6. TIPO DE MECANISMO 7. RESULTADOS CUANTITATIVOS 8. EVIDENCIAS O SOPORTE

Producto comprometido Evidencia o documento soporte

Talleres, diplomados, cursos, seminarios.

a) Nombre del tallerista, institución de adscripción del tallerista, número de asistentes, escuela o lugar donde se impartió el taller, municipio.

b) Nombre y programa académico del evento. c) Resumen curricular del ponente. d) Presentación del tema (power point). e) Fotografía del ponente y asistentes, con la imagen del

evento.

Conferencias, pláticas. a) Nombre de la conferencia, nombre del ponente, institución de adscripción del ponente, número de asistentes, escuela o lugar donde se impartió la conferencia, municipio.

b) Resumen curricular del ponente. c) Presentación (power point). d) Fotografía del ponente y asistentes, con la imagen del

evento.

Concursos, certamen. a) Convocatoria (créditos y logo de COECYT). b) Listado de participantes registrados (nombre de la

escuela, estudiantes, asesor, nivel o grado académico,

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nombre del proyecto o tema a concursar, categoría). c) Listado de los ganadores (nombre de la escuela,

estudiantes, grado o nivel escolar, categoría, lugar obtenido y premio).

d) Acta o documento que acreditan que acrediten la evaluación y selección de los proyectos ganadores.

e) Copia del reconocimiento entregado (como ejemplo). f) Fotografías de la exposición de los proyectos

participantes. g) Fotografía de la premiación.

Demostración de experimentos

a) Listado de actividades realizadas, número de asistentes por actividad, lugar donde se realizó la actividad, etc.

b) Fotografías de las actividades en cada lugar.

Exposición de stands a) Listado de stands o exposiciones, instituciones participantes o responsables de los mismos, temas expuestos, número de asistentes, municipio o escuela.

b) Fotografías de visitantes en los stands y de la manta o banners del evento.

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ANEXO 2.c

II. SECCIÓN FINANCIERA

Gastos cubiertos con recursos del Fondo

Concepto Monto Total Monto de la etapa Acumulado

Aprobado Modificado* Recibido Ejercido Recibido Ejercido

Gasto Corriente

01 Pasajes y viáticos

02 Trabajo de campo

03 Servicios externos

04 Gastos de operación

05 Materiales de consumo y software

06 Estudiantes Asociados

07 Acervos bibliográfico y sistemas de información

08 Publicaciones, difusión y transferencia.

09 Gastos capacitación

10 Otros

Total Gasto Corriente

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ANEXO 2.b cont..

FORMATO DE INFORME AVANCE

II. SECCIÓN FINANCIERA cont….

Gastos cubiertos con aportaciones complementarias

Concepto Monto Total Monto de la etapa Acumulado

Aprobado Modificado* Recibido Ejercido Recibido Ejercido

Gasto Corriente

01 Pasajes y viáticos

02 Trabajo de campo

03 Gastos de operación

04 Materiales de consumo

05 Servicios externos

06 Estudiantes Asociados

07 Acervos bibliográfico y sistemas de información

08 Publicaciones, difusión

09 Gastos de capacitación

10 Otros

Total Gasto Corriente

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ANEXO 2.d

RELACIÓN DE GASTOS 01 PASAJES Y VIÁTICOS:

No. Nombre Monto No. Emitido (s) por RFC Fecha Monto

Total Total

02 TRABAJO DE CAMPO

No. Nombre Monto No. Emitido (s) por RFC Fecha Monto

Total Total

FECHACHEQUE

DESCRIPCIÓN DEL GASTODOCUMENTOS FUENTE

CHEQUE DOCUMENTOS FUENTEFECHA DESCRIPCIÓN DEL GASTO

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ANEXO 3.a

FORMATO DE REGISTRO ESTUDIANTES ASOCIADOS Clave del Proyecto ___________________________

Título del proyecto _______________________________________________________

Responsable Técnico del proyecto __________________ _______________________

Sujeto de Apoyo (Institución o Empresa) _____________________________________

Ex becario de CONACYT Si_________ No________ Clave de ex becario __________

Nivel: I Licenciatura__________ II Maestría __________

1. Nombre completo del estudiante

2. Programa actual de estudio

3. Institución educativa

4. Grado que cursa

5. Promedio general de estudios (al término del último periodo escolar)

6. Aportación específica al proyecto.

7. Productos académicos esperados (Tesis, trabajo terminal, práctica profesional, etc.)

8. Período de participación en el proyecto (no. en meses y fecha de inicio/término)

9. Monto mensual del apoyo (si aplica) .

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FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

TITULO: SEGUIMIENTO TÉCNICO Y FINANCIERO DE PROYECTOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS

CLAVE: PP-06

Inicio de vigencia: febrero 2020 Acuerdo CTA:

Término de vigencia: Indefinido No. de Hojas: 32

No. de Revisión: 1 No. de Anexos:3

1. ALCANCE Y FINALIDAD

Este procedimiento establece los criterios y lineamientos para el seguimiento técnico y financiero requerido para la correcta ejecución y cumplimiento de los objetivos de los proyectos apoyados por el Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila (FONCYT).

2. RESPONSABILIDADES

Son responsables de observar y aplicar el presente procedimiento:

a) Comité Técnico y de Administración.

Órgano colegiado, máxima autoridad del Fondo, responsable de tomar conocimiento de las acciones realizadas por el Secretario Técnico y por el Secretario Administrativo derivadas del seguimiento técnico y financiero de los proyectos aprobados por el Fondo.

b) Secretario Técnico del Fondo.

Responsable de coordinar el seguimiento técnico y financiero de los proyectos apoyados por el Fondo, de la evaluación y dictaminación de la calidad de los informes, de la definición de las acciones administrativas requeridas y de las notificaciones correspondientes al Sujeto de Apoyo y al Secretario Administrativo del Fondo.

c) Secretario Administrativo del Fondo.

Responsable de la aplicación de las acciones administrativas derivadas del proceso de seguimiento y de realizar las ministraciones a los proyectos.

d) Comisión de Evaluación.

Responsable de proporcionar el apoyo técnico requerido por el Secretario Técnico en el seguimiento de proyectos, en la evaluación de los informes y en la realización de las auditorias y revisiones técnicas que sean necesarias.

e) Usuario.

Responsable de coadyuvar en el seguimiento técnico requerido para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas del proyecto ya la atención de las situaciones que pongan en riesgo su ejecución, así como a la evaluación de la calidad de los resultados, entregables y/o productos generados.

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3. OBJETIVOS DEL SEGUIMIENTO TÉCNICO Y FINANCIERO DE PROYECTOS:

3.1 El propósito fundamental del seguimiento técnico y financiero del proyecto es:

a) Verificar el cumplimiento de los compromisos del Sujeto de Apoyo establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos.

b) Verificar el correcto ejercicio del recurso autorizado al Sujeto de Apoyo.

c) Implementar las acciones preventivas, correctivas y de apoyo necesarias para asegurarla ejecución exitosa del proyecto, el cumplimiento de sus compromisos y su apego a la metodología y normatividad establecida.

d) Coadyuvar con el grupo de trabajo del proyecto al cumplimiento de los objetivos y productos comprometidos, anticipando y contribuyendo a la solución de problemas técnicos, financieros y administrativos que surjan durante la ejecución del mismo.

3.2 La verificación del cumplimiento de los compromisos establecidos en el Convenio de Asignación se hará a través de los informes, que el Sujeto de Apoyo a través del Responsable Técnico, deberá entregar con el alcance, tiempo y forma establecido en el Convenio de Asignación de Recursos y en el Procedimiento PP-05 “Administración de Proyectos” que le es entregado a la firma del Convenio.

4. SEGUIMIENTO TÉCNICO DE LOS PROYECTOS

4.1 El Fondo, por conducto del Secretario Técnico, deberá verificar la correcta ejecución del proyecto y los avances en el cumplimiento de sus compromisos, con el objeto de anticipar, prevenir o coadyuvar a la solución de problemas o situaciones que puedan afectar su desarrollo y en consecuencia el logro de sus objetivos.

4.2 Para alcanzar este propósito y en función de la naturaleza y alcance del proyecto, el Secretario Técnico establecerá mecanismos de seguimiento, tales como:

a) Revisiones “in situ” o auditorias técnicas con el apoyo de la Comisión de Evaluación o de especialistas, cuando se identifiquen situaciones de carácter técnico que requieren ser verificadas y/o analizadas.

b) Solicitud de informes específicos que clarifiquen problemas o particularidades que surjan en el proceso de ejecución del proyecto, independientemente de los informes de avance comprometidos en el Convenio de Asignación de Recursos.

4.3 El costo y/o gastos incurridos en el seguimiento serán con cargo al gasto operativo para lo cual el Secretario Técnico deberá considerar estas partidas en el Presupuesto Operativo Anual y/o en su caso, solicitar al Comité Técnico y de Administración la aprobación del recurso necesario para realizar seguimiento requerido por el proyecto.

4.4 El Responsable Técnico del proyecto deberá justificar y notificar oportunamente al Secretario Técnico, las desviaciones que ocurran durante la ejecución del proyecto tanto en el cumplimiento de las metas como en la generación de los entregables e indicar en su caso, las acciones que llevará a cabo para corregirlas. Estas desviaciones y acciones contingentes deberán ser incluidas en el Informe de Avance correspondiente.

5. SEGUIMIENTO FINANCIERO DE PROYECTOS:

5.1 El Secretario Técnico deberá verificar que el ejercicio del gasto del proyecto se apegue a lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos y el Procedimiento PP-05

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“Administración de Proyectos” para lo cual se deberán establecer mecanismos que faciliten su comprobación y control.

5.2 Para alcanzar este propósito el Secretario Técnico deberá implementar las siguientes acciones:

a) Asegurar la entrega y recepción del Procedimiento PP-05 “Administración de Proyectos” y del Convenio de Asignación de Recursos, tanto al Responsable Técnico como al Responsable Administrativo del Proyecto.

b) Revisar con el Responsable Técnico y el Responsable Administrativo del proyecto, los criterios y controles requeridos para el ejercicio del recurso autorizado por el Fondo.

c) Verificar el ejercicio del gasto y emitir las observaciones correspondientes en caso de detección de alguna desviación.

d) Hacer revisión “in situ” en caso de que se considere necesario, con el apoyo de especialistas y/o despacho contables que en su caso sea requerido.

5.3 El Secretario Técnico se apoyará en un servicio especializado así como en sistemas informáticos para realizar un oportuno y puntal seguimiento del ejercicio del gasto autorizado a los proyectos incluyendo el correcto ejercicio y su debida comprobación, así como el dictamen de los informes financieros solicitados en el Convenio de Asignación de Recursos. Los costos incurridos deberán ser cubiertos con recursos del Gasto Operativo del Fondo y se utilizará el formato de contrato definido en el Anexo 3.

5.4 Ante una situación de incumplimiento o desviación en el ejercicio o comprobación del gasto a lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos y/o en el Procedimiento PP-05 “Administración de Proyectos”, el Secretario Técnico procederá a:

a) Notificar al Sujeto de Apoyo la desviación o incumplimiento detectado, el tiempo establecido para su atención y la sanción a la que podría hacerse acreedor en caso no atender el requerimiento.

b) En caso de no ser atendida la desviación o incumplimiento, notificar al Secretario Administrativo la “Cancelación del Proyecto” y solicitar la rescisión del Convenio de Asignación de Recursos, de conformidad con lo establecido en el inciso 9.2 del presente procedimiento.

6. INFORMES:

El sujeto de apoyo deberá entregar al Fondo informes de avance cuando estos le sean requeridos y un informe final al término del proyecto, en los tiempos y formas estipulados en el Convenio de Asignación de Recursos y en el procedimiento PP-05 “Administración de Proyectos” con el objeto de verificar el cumplimiento de sus compromisos y el correcto ejercicio del gasto.

Los informes deberán considerar dos capítulos generales: Uno de carácter técnico en donde se informe los resultados alcanzados, los entregables, las desviaciones o imponderables que en su caso se hayan presentado y las acciones realizadas o a realizar para su atención y otro en el que se informe y compruebe el ejercicio del gasto.

El Secretario Técnico con el apoyo de la Comisión de Evaluación correspondiente, del Usuario y/o de especialistas que considere conveniente, emitirá un dictamen con el cual, el Fondo a través del Secretario Administrativo procederá con la formalización de la conclusión del proyecto de acuerdo a lo establecido en el Procedimiento PP-08 “Cierre y Conclusión de Proyectos”.

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6.1 Informe:

a) Al término del proyecto, el Sujeto de Apoyo por conducto del Responsable Técnico y con el aval del Responsable Administrativo, deberá enviar al Secretario Técnico el informe final del proyecto, a más tardar en la fecha establecida en el Anexo 2 del Convenio de Asignación de Recursos y en el formato establecido en el Procedimiento PP-05 “Administración de Proyectos”.

b) El informe deberá ser entregado impreso y con un respaldo digital al Secretario Administrativo, anexando la información de soporte que sustente tanto la información técnica como financiera.

c) La fecha de acuse de recepción del informe final, emitida por el Secretario Administrativo, será el referente para el Fondo.

d) El Secretario Técnico enviará al menos con 30 días naturales anteriores a la fecha de entrega del informe final establecido en el Anexo 2 del Convenio de Asignación de Recursos, un recordatorio de la fecha límite para la entrega dicho informe.

e) El informe deberá contener dos apartados: el primero deberá contener la información técnica necesaria que permita verificar la totalidad de los resultados, entregables y productos comprometidos en el Convenio de Asignación de Recursos, la opinión y satisfacción del usuario y el impacto potencial esperado en la solución, necesidad u oportunidad que dio origen a la propuesta, así como la calidad del informe. Se deberá adjuntar toda la información que soporte y/o fundamente los resultados obtenidos y deberán entregar al Fondo los productos generados.

En su caso, deberá presentar y justificar ampliamente los causales de desviaciones incurridas en el cumplimiento de los compromisos del proyecto.

f) El segundo apartado deberá contener la información financiera del proyecto al término de proyecto, un desglose detallado del ejercicio del gasto y la comprobación correspondiente y en su caso, el remanente no ejercido, así como su devolución, junto con los productos financieros que se hubiesen generado, a la cuenta del Fondo. Se deberá anexar la evidencia documental de la cancelación de la cuenta de cheques utilizada en el manejo de los recursos del proyecto, salvo en los casos que se haya autorizado el uso de alguna cuenta concentradora.

En el caso de que se hayan comprometido aportaciones concurrentes o complementarias por parte del Sujeto de Apoyo o de terceros, se deberá presentar la evidencia de las aportaciones y del gasto realizado con estos recursos de conformidad con lo establecido en el Anexo 1 del Convenio de Asignación de Recursos y/o con lo acordado con el aportante.

El informe deberá ser avalado por el Responsable Administrativo mediante la firma del documento de presentación de informe o mediante oficio específico que para el efecto adjunte.

g) Se deberán anexar los documentos comprobatorios al informe impreso que será entregado al Secretario Administrativo.

h) En el caso que el informe de final no sea recibido en la fecha límite establecida en el Anexo 2 del Convenio de Asignación de Recursos, fecha ajustada en su caso por recalendarizaciones y/o ampliación del tiempo de vigencia del proyecto autorizados de conformidad con lo estipulado en inciso 8.3, el Secretario Técnico notificará al Responsable Legal del Sujeto de Apoyo del incumplimiento en la entrega del informe, el requerimiento de su entrega en un tiempo perentorio, así

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como la sanción a que podría hacerse acreedor en caso de no atender el requerimiento.

En caso de no entregar el informe en la fecha establecida en la notificación, el Secretario Técnico procederá a la cancelación del proyecto y solicitará al Secretario Administrativo la rescisión del Convenio de Asignación de Recursos.

6.2 Evaluación del Informe

a) El Secretario Técnico del Fondo coordinará la evaluación del informe final con la participación de la Comisión de Evaluación y de personal capacitado y/o especializado en revisiones financieras y administrativas.

b) La evaluación se llevará a cabo en dos niveles: técnico y financiero, requiriendo un dictamen favorable de ambos informes para proceder al cierre técnico y financiero bajo el esquema de “Conclusión del Proyecto”.

c) El objetivo de la evaluación técnica del informe:

1) Evaluar el cumplimiento de los objetivos, metas y compromisos establecidos por el proyecto.

2) Evaluar la calidad de los entregables y/o productos generados comprometidos por el proyecto.

3) Evaluar el proceso de transferencia y el nivel de satisfacción del Usuario, con los resultados y productos generados por el proyecto.

4) Evaluar, en su caso, la justificación de las desviaciones en el cumplimiento de los compromisos del proyecto, así como las acciones realizadas para reducirlas o eliminarlas.

5) Evaluar la calidad del informe

d) Los parámetros de evaluación del Informe Técnico Final a considerar son:

1) Calidad del informe

2) Grado de cumplimiento de los objetivos, metas y compromisos del proyecto.

3) Calidad de los entregables y productos generados por el proyecto.

4) Soporte documental del trabajo técnico realizado y metodología aplicada.

5) Grado de satisfacción del usuario con los resultados y productos generados y por el proceso de transferencia realizado.

6) Magnitud y justificación de las desviaciones en los compromisos del proyecto y calidad y eficacia de las acciones implementadas para corregirlas.

e) Para llevar a cabo la evaluación del Informe Técnico Final se procederá a lo siguiente:

1) El Secretario Técnico turnará el informe al menos a uno de los miembros de la Comisión de Evaluación, así como los Anexos 1 y 2 del Convenio de Asignación de Recursos y el formato de evaluación correspondiente descrito en el Anexo 1.a.

2) El Secretario Técnico enviará la información descrita por correo electrónico o por el medio que considere conveniente.

i. Los evaluadores dispondrán de hasta 15 días hábiles de recibida la información para realizar la evaluación y entregar al Secretario Técnico, para lo cual podrán utilizar mecanismos y los medios electrónicos que

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consideren conveniente. Los evaluadores deberán firmar de manera autógrafa y enviar copia al Secretario Técnico por medios electrónicos y el original por mensajería.

f) El objetivo de la evaluación financiera del informe es:

1) Verificar la correcta aplicación del recurso ministrado con base a lo establecido en el Anexo 1 del Convenio de Asignación de Recursos y en los criterios y requisitos establecidos en el Procedimiento PP-05 “Administración de Proyectos”.

2) Verificar la correcta comprobación del gasto realizado y su apego a los criterios establecidos en el Procedimiento PP-05 “Administración de Proyectos” y a la normativa del Sujeto de Apoyo y el cumplimiento con los requisitos fiscales básicos.

3) Dictaminar el Informe Financiero Final, autorizar el gasto ejercido debidamente comprobado, emitir las observaciones a los gastos que no fueron debidamente comprobados y los conceptos o gastos no autorizados.

g) Para llevar a cabo la revisión del Informe Financiero Final, el Secretario Técnico se podrá apoyar en un servicio externo especializado debidamente capacitado y/o en un despacho contable, y procederá de la manera siguiente:

1) El Secretario Técnico turnará a la instancia responsable de su revisión y/o al despacho contable el Informe Financiero Final, para que en un periodo que no exceda de 15 días hábiles de recibida la información, se emita los resultados de la revisión.

2) La revisión deberá indicar si los gastos se apegan a los rubros autorizados en el Anexo 1 del Convenio de Asignación de Recursos, si están comprobados de conformidad con lo establecido en el Procedimiento PP-05 “Administración de Proyectos”, si los documentos de soporte cumplen con los requisitos fiscales que en su caso sean requeridos, si es requerida la devolución de recursos no ejercidos y/o de los productos financieros, así como la conciliación bancaria correspondiente. Esta información se deberá registrar en el formato descrito en el Anexo 1.b.

3) Con base en la revisión se emitirá un dictamen del informe financiero que explicite por rubro:

i. El monto autorizado, el monto ejercido y el monto comprobado.

ii. Relación de gastos debidamente comprobados y ejercidos de acuerdo al programa, por rubro.

iii. Relación de gastos no comprobados satisfactoriamente, incluyendo sus causales u observaciones para la no aceptación.

iv. Resultados de la conciliación bancaria y registro en su caso de la devolución de los productos financieros.

v. La aceptación en su caso, de la justificación de los pasivos programados y del cambio de partidas realizadas de común acuerdo por el Responsable Técnico y el Responsable Administrativo del proyecto.

h) Con base en el resultado de la evaluación del Informe Técnico Final y en el dictamen del Informe Financiero Final, el Secretario Técnico procederá a lo siguiente:

1) En caso de que ambos dictámenes sean favorables:

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i. Notificará al Responsable Técnico y al Responsable Administrativo lo resultados de la evaluación.

ii. Notificará al Secretario Administrativo los resultados de la evaluación del Informe de Final y la procedencia del cierre técnico y financiero del proyecto. Asimismo, solicitará al Secretario Administrativo elabore el “Acta de Conclusión del Proyecto”.

2) En caso de que el dictamen del Informe Técnico Final sea “Aceptar el informe hasta atender recomendaciones” y/o se tengan observaciones al ejercicio del gasto:

i. Notificará al Responsable Técnico y al Responsable Administrativo del proyecto, los resultados de la evaluación, las observaciones emitidas y el tiempo para su atención a partir de recibida la notificación, el cual no deberá exceder de 15 días hábiles.

ii. Una vez recibida la respuesta a las observaciones técnicas, será turnada al evaluador, quien en función de ello decidirá si quedan subsanadas y se procederá conforme al inciso 1) descrito en el párrafo precedente.

iii. La respuesta a las observaciones al informe financiero será turnada al despacho contable contratado para su análisis.

iv. El Secretario Técnico deberá notificar al Responsable Legal la no solventación de las observaciones y las sanciones a que se ha hecho acreedor el Sujeto de Apoyo por el incumplimiento de los Responsables Técnico y/o Administrativo. La notificación deberá ser hecha en un periodo que no exceda de 15 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la respuesta de los Responsable Técnico y Administrativo a las observaciones del Informe Final.

v. En caso de no atender el requerimiento en la fecha establecida se procederá a la cancelación del proyecto y se solicitará al Secretario Administrativo proceda a la “Rescisión del Convenio de Asignación de Recursos”.

7. MINISTRACIÓN DE RECURSOS:

7.1 Única:

La ministración se da a la firma de Convenio de Asignación de Recursos de conformidad con lo establecido en el numeral 6, del procedimiento PP-04 “Formalización del Apoyo” que forma parte del presente Manual de Procedimientos.

8. AUDITORÍAS TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS:

8.1 Auditoría Técnica

a) El Secretario Técnico podrá realizar evaluaciones técnicas al proyecto en cualquier fecha dentro del tiempo de vigencia del mismo en los casos que se detecten desviaciones en su ejecución, en la metodología aplicada, en la integración del grupo de trabajo, en el cumplimiento de sus compromisos o bien de aquellos proyectos que por su monto, urgencia y/o impacto se considere conveniente.

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b) Para su realización el Secretario Técnico de podrá apoyar en la Comisión de Evaluación, en especialistas en la materia que en su caso considere conveniente y en su caso del enlace del Usuario y procederá de la manera siguiente:

1) Notificar al menos con 10 días hábiles al responsable Técnico de la realización de la Auditoria, los aspectos relevantes a verificar y los nombres los involucrados.

2) Enviar al o a los evaluadores, la propuesta autorizada, los compromisos y cronograma formalizados en el Anexo 2 del Convenio de Asignación de Recursos y los puntos críticos a revisión, para su referencia.

3) Al finalizar el evaluador o el grupo de evaluación deberá emitir una opinión de la situación del proyecto y en su caso, las recomendaciones sugeridas utilizando el formato considerado para el efecto y que se describe en el Anexo 2.a.

4) La auditoría deberá clarificar las dudas que se tengan en la ejecución del proyecto, retroalimentar al responsable técnico y sugerir acciones necesarias para asegurar el cumplimiento de los compromisos del proyecto.

5) Notificar al Responsable Técnico los resultados de la auditoria.

6) En función de los resultados de la auditoria, se podrá proceder a la terminación anticipada del proyecto e incluso a su cancelación cuando se identifiquen o confirme situaciones o desviaciones que podrían hacer inviable la ejecución exitosa del proyecto.

7) Los gastos incurridos deberán ser cubiertos por el Gasto Operativo del Fondo.

8.2 Auditoría Administrativa

a) El Secretario Técnico podrá realizar revisiones de carácter administrativo “durante la vida del proyecto, para verificar el ejercicio del gasto, cotejar expedientes y la aplicación de la normatividad establecida en el Procedimiento PP-05 “Administración de Proyectos”.

b) Para su realización el Secretario Técnico se podrá apoyar en los servicios especializados contratados para el seguimiento financiero y/o en un despacho contable cuando así lo considere conveniente, para lo cual:

1) Notificar al Responsable Administrativo y al Responsable Técnico con al menos 10 días hábiles previos a su realización.

2) Notificar los aspectos e información más importante objeto de la revisión.

3) Emitir un informe de los resultados de la auditoria administrativa, incluyendo en su caso, las observaciones y recomendaciones que deberán ser atendidas por el Responsable Administrativo y el Responsable Técnico del Proyecto.

4) En los casos que se identifiquen desviaciones o uso indebido de recursos, se procederá a la cancelación del proyecto de conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación y en el Convenio de Asignación de recursos.

5) En los casos que el Secretario Técnico lo considere conveniente, la auditoría técnica y la auditoría administrativa podrán realizarse de manera simultánea.

9. SUSPENSIÓN Y CANCELACIÓN

9.1 Cuando se detecte una irregularidad durante el desarrollo del proyecto, el Secretario Técnico procederá a suspender el proyecto y en consecuencia el ejercicio del recurso autorizado; notificará al Sujeto de Apoyo de esta situación y se concederá un plazo

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definido para que solvente o explique el motivo de la irregularidad. El Sujeto de Apoyo no podrá ejercer los recursos del proyecto hasta que se le notifique por escrito de la liberación de la citada suspensión.

Si al término del plazo, la irregularidad se subsana, el proyecto se reanuda. En este caso el retraso no se compensará con una recalendarización.

9.2 En el caso de que la irregularidad no sea justificada o subsanada en el plazo concedido, el Secretario Técnico procederá a la cancelación del proyecto, emitirá el dictamen correspondiente y solicitará al Secretario Administrativo proceda a la rescisión del Convenio de Asignación de Recursos.

9.3 Podrán ser causales se suspensión del proyecto y por lo tanto del ejercicio del gasto:

a) Irregularidades o desviaciones detectadas en el ejercicio del gasto.

b) Incumplimiento de metas o compromisos establecidos en el proyecto

c) No entrega de Informes en la fecha comprometida en el Convenio de Asignación de Recursos.

d) Desviación injustificada en la metodología y en el cronograma de actividades.

e) Falta de integración del grupo de trabajo.

f) Otros que pongan en riesgo el desarrollo de proyecto.

10. CONCLUSIÓN Y CANCELACION DE PROYECTOS:

10.1 De conformidad con lo establecido en el Procedimiento PP-08 “Cierre y Conclusión de Proyectos” la terminación de la relación con el Sujeto de Apoyo establecida en el Convenio de Asignación de Recursos podrá darse bajo las siguientes modalidades:

1) Conclusión del Proyecto

2) Rescisión del Convenio de Asignación de Recursos

10.2 El Secretario Administrativo en función del dictamen que emita el Secretario Técnico procederá a elaborar el Acta y/o Notificación correspondiente para dar por terminada la vigencia del Convenio y por lo tanto los compromisos o relación con el Fondo, subsistiendo aquellos que por su naturaleza marca la Ley en la materia.

10.3 Como resultado del seguimiento técnico a los proyectos el Secretario Técnico podrá emitir los siguientes dictámenes:

1) Cierre Técnico y Financiero para Conclusión del Proyecto.

2) Cancelación del Proyecto para “Rescisión del Convenio de Asignación de Recursos.

10.4 El Secretario Técnico emitirá un dictamen de “Cierre Técnico y Financiero” y solicitará al Secretario Administrativo la “Conclusión del Proyecto” cuando ocurran los siguientes supuestos:

1) El Informe Final fue recibido en tiempo

2) El Informe Final tiene un dictamen técnico favorable y en su caso, la opinión favorable del usuario.

3) El informe Final tiene un dictamen financiero favorable, se ha hecho la devolución de recursos no ejercidos y/o los productos financieros y se ha cancelado la cuenta de cheques del proyecto.

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10.5 El Secretario Técnico emitirá un dictamen de “Cancelación del Proyecto” y solicitará al Secretario Administrativo la “Rescisión del Convenio” y en consecuencia la devolución de la totalidad del recurso ministrado, cuando ocurran los siguientes supuestos:

1) No se entreguen el Informe Final.

2) Uso indebido de los recursos ministrados.

3) Negligencia en el cumplimiento de los compromisos del proyecto por parte del Responsable Técnico.

4) Falta de atención a los requerimientos del Fondo, sea a través del Secretario Técnico o del Secretario Administrativo.

11. SANCIONES

11.1 En función de la gravedad de las desviaciones o incumplimientos se podrán aplicar las sanciones descritas en el Convenio de Asignación de Recursos:

1) Apercibimiento al Sujeto de Apoyo y en su caso, solicitud para establecer acciones preventivas para evitar su recurrencia.

2) Solicitud de devolución parcial de recursos ministrados.

3) Solicitud de devolución total de recursos ministrados.

4) Incorporar al Responsable Técnico o al Responsable Administrativo en un listado de personas con adeudos al Fondo.

11.2 En el caso de retraso en la entrega del Informe Final el Secretario Técnico aplicará la Sanción descrita en el inciso 1) del párrafo anterior.

11.3 En el caso de no comprobación de gastos, se solicitará la devolución del recurso no comprobado de acuerdo a la sanción descrita en el inciso 2) del numeral 11.1.

11.4 En el caso de “Cancelación del Proyecto” se aplicarán las sanciones descritas en los incisos 3) y 4) del numeral 11.1.

12. Relación de anexos:

1. Formato de evaluación de informes finales:

1.a Evaluación Técnica.

1.b Evaluación Informe financiero.

1.c Evaluación Usuario.

2. Formato informes auditorias técnicas y administrativas

2.a Informe de auditoría técnica.

3. Formato de contrato para contratación de apoyo especializado

Validado por: Nombre y firma Fecha

Secretario Administrativo M.C. Mario Prudencio Valdés Garza 12-feb-2020

Secretario Técnico Dra. Vanessa Martínez Sosa 12-feb-2020

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ANEXO 1.a

FORMATO DE EVALUACIÓN DE INFORME FINAL (Sección Técnica)

FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

Clave del proyecto: Convocatoria: Título del Proyecto:

Institución: Responsable Técnico:

Vigencia del proyecto:

Fecha programada de entrega: Fecha de entrega:

Monto Autorizado: Monto Ejercido:

1. La calidad del informe es satisfactoria, explicita el trabajo desarrollado, los resultados obtenidos, los productos generados y muestra la documentación correspondiente: Si No Parcial

Observaciones:

2. Se alcanzaron los objetivos y metas establecidas:

Si No Parcial

Observaciones (Referirse al Anexo 2 del Convenio Asignación de Recursos)

3. Se generaron los resultados productos y/o entregables comprometidos: Si No Parcial

Observaciones (Referirse al Anexo 2 del Convenio de Asignación de Recursos)

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4. Se transfirieron los productos generados al usuario y se evidencia su satisfacción con los productos y resultados del proyecto:

Si No Parcial

Observaciones

5. La documentación de soporte contenida es completa, de calidad y explicita los resultados y entregables del proyecto.

Si No Parcial

Comentarios y observaciones (Referirse al Anexo 2 del CAR)

6. Las desviaciones o modificaciones en su caso, en el cumplimiento de objetivos, metas y entregables están debidamente justificados. Si No Parcial

Observaciones

RECOMENDACIÓN:

Aceptar el informe

Aceptar el informe y atender recomendaciones

No aceptar el informe

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Recomendaciones:

Evaluadores

Nombre Institución Firma

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ANEXO 2. b

FORMATO EVALUACIÓN INFORME FINAL (Sección financiera)

Clave del proyecto: Convocatoria: Título del Proyecto: Institución : Responsable Administrativo:

Vigencia del proyecto:

Fecha programada de entrega: Fecha de entrega:

Monto autorizado: Monto ejercido: Monto Comprobado:

Devoluciones realizadas: Devoluciones pendientes:

Aportaciones concurrentes:

Comprometidas: Realizadas: Ejercidas:

1. El gasto ejercido se realizó conforme a lo previsto y contribuyó a la correcta ejecución del proyecto. Si No Parcial

Observaciones

2. El gasto ejercido fue debidamente comprobado y cumplió con los requisitos fiscales vigentes: Si No Parcial

Observaciones

3. Está debidamente comprobada la realización de las aportaciones concurrentes comprometidas. Si No Parcial No aplica

Observaciones (Ver anexos 1 del Convenio de Asignación de Recursos)

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4. La transferencia de partidas está debidamente justificadas y fueron en rubros permitidos. Si No Parcial No aplica

Observaciones (Referirse al Anexo 1 del Convenio de Asignación de Recursos)

5. Se realizaron la devolución de recursos no ejercidos, la devolución de recursos no comprobados y la devolución de los productos financieros generados. Si No Parcial No aplica

Observaciones

5. Se realizó el cierre de la cuenta de cheques y se reconoce el compromiso de mantener la información documental disponible para cualquier revisión o auditoria posterior. Si No Parcial No aplica

Observaciones

RECOMENDACIÓN

Aceptar el informe financiero

Aceptar parcialmente el informe financiero

No aceptar el informe financiero

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Comentarios u observaciones

______________________________ _____________ Secretario Técnico del Fondo Fecha

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RESUMEN EJERCICIO DEL GASTO

Rubro Monto Autorizado Monto Ejercido Monto Comprobado

Gasto Corriente

Totales

__________________________ _____________ ___________

Responsable Revisión Firma Fecha

RELACIÓN DE GASTOS

Rubro Póliza Fecha Gasto Monto Req. fiscal

Justifi- cado

Autori-zado

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ANEXO 1.c

EVALUACIÓN USUARIO

Resultados y Productos Proyecto

Clave del proyecto: Convocatoria: Título del Proyecto: Institución: Responsable Técnico:

1. Los resultados y productos recibidos del proyecto son acordes con la expectativa

establecida en la propuesta Si No Parcial

Observaciones

2. La calidad y alcance de los resultados y/o entregables recibidos son satisfactorios y

permitirán atender la problemática, necesidad u oportunidad que dio origen a la propuesta. Si No Parcial

Observaciones (Referirse al Anexo 2 del Convenio de Asignación de Recursos y a la problemática abordada)

3. Los mecanismos utilizados por el Responsable Técnico del proyecto para transferir los

resultados y productos generados fueron satisfactorios y permiten asimilar y disponer del conocimiento requerido para su posterior aplicación:

Si No Parcial No aplica

Observaciones (Referirse al Anexo 2 del Convenio de Asignación de Recursos)

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4. Los resultados y/o entregables recibidos mantienen y en su caso incrementan el impacto esperado en los indicadores descritos en la propuesta:

Si No Parcial

Observaciones (Referirse a la problemática establecida)

Nivel de satisfacción con los resultados del proyecto:

Están por encima de su expectativa inicial

Están acordes con su expectativa inicial

Están por debajo de su expectativa inicial

No cumplió con su expectativa inicial.

Recomendaciones:

_______________________ ___________________ _______

Nombre y firma enlace Usuario Fecha

_______________________ ___________________ _______

Nombre y firma enlace Usuario Fecha

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ANEXO 2.a

FORMATO PARA LA AUDITORÍA TÉCNICA DE PROYECTO

FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

Clave del proyecto: Convocatoria: Título del Proyecto: Institución: Responsable Técnico:

Vigencia del proyecto:

Fecha evaluación: Lugar:

1. La información proporcionada y lo expuesto por el grupo de trabajo responde a los

requerimientos solicitados para la auditoria. Si No Parcial

Comentarios y/u observaciones

2. Las evidencias del trabajo realizado reflejan el dominio del problema abordado, claridad

en los objetivos y entregables y alto grado de integración y compromiso del grupo de trabajo.

Si No Parcial

Observaciones (Ver Anexo 2 del Convenio de Asignación de Recursos y la problemática específica)

3. Las actividades realizadas y programadas son congruentes con la metodología

establecida y los resultados técnicos obtenidos confirman su idoneidad. Si No Parcial

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Observaciones (Ver anexo 2 del Convenio de Asignación de Recursos)

4. Las desviaciones del proyecto están debidamente justificadas e imputables a la

incertidumbre técnica propia del proyecto. Si No Parcial No aplica

Comentarios y/u observaciones (Ver anexos 2 y 3 del Convenio de Colaboración)

5. Las acciones contingentes programadas garantizan el cumplimiento de los compromisos

del proyecto con el alcance y en el tiempo establecido. Si No Parcial No aplica

Comentarios y/u observaciones

6. El gasto ejercido es congruente con los avances del proyecto y en lo general, su

aplicación ha sido correcta. Si No Parcial

Observaciones

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RECOMENDACIÓN:

Continuar la ejecución del proyecto

Continuar la ejecución y atender recomendaciones

Suspender el proyecto hasta atender recomendaciones

Terminar anticipadamente el proyecto.

Cancelar el proyecto

Recomendaciones específicas

RESPONSABLES DE LA AUDITORIA TÉCNICA

Nombre Instancia Firma Fecha

Comisión Evaluación

Secretario Técnico

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ANEXO 3

CONTRATO PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL FIDEICOMISO DENOMINADO “FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA, EN LO SUCESIVO EL “FONCYT” REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL ___________________________________, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO ADMINISTRATIVO, ASISTIDO POR LA _____________________________, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIA TÉCNICA; Y POR OTRA PARTE, _______________________________, REPRESENTANTE LEGAL DEL ______________________________________ , EN LO SUCESIVO “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” INSTRUMENTO QUE SUJETAN AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

1. Con fecha 16 de Noviembre del año 2004 se celebró un CONTRATO DE FIDEICOMISO PÚBLICO Y DE ADMINISTRACIÓN E INVERSIÓN entre el Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza, el Consejo de Ciencia y Tecnología (COECYT) como FIDEICOMITENTE Y FIDEICOMISARIO y por otra parte HSBC MÉXICO, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC como FIDUCIARIO.

2. En fecha 18 de Octubre del 2018 se formalizó un CONVENIO DE SUSTITUCIÓN

FIDUCIARIA DEL CONTRATO DE FIDEICOMISO PÚBLICO Y DE ADMINISTRACIÓN E INVERSIÓN DEL FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA DEL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT), en donde comparece como FIDUCIARIO SUSTITUIDO HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC; y como FIDUCIARIO SUSTITUTO Banco Regional, S.A., Institución de Banca Múltiple, BANREGIO Grupo Financiero.

3. Que el “COECYT” en Febrero de 2019, modificó las Reglas de Operación del

“FONCYT”, las cuales se encuentran vigentes.

4. Mediante acuerdo ________________, emitido por el Comité Técnico y de Administración del “FONCYT”, en su ______ Sesión Ordinaria celebrada el ____ de ______________ de 20____, aprobó la contratación de servicios profesionales, para la revisión y elaboración de Dictámenes Financieros de los proyectos aprobados, con cargo al gasto operativo del “FONCYT para la Convocatoria ______ en el proceso 6. Seguimiento de Proyectos, 6.2 Cierre técnico y financiero de proyectos.

DECLARACIONES

I. El “FONCYT” a través de su Secretario Administrativo declara que:

A) Que el Gobierno del Estado de Coahuila, por conducto del Gobernador

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Constitucional C. Ing. Miguel Ángel Riquelme, con fecha del día 14 de diciembre del año 2018, designó al M.C. Mario Prudencio Valdés Garza, como Secretario Administrativo del “Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila”, con los derechos y obligaciones contenidos en dicho Contrato de Fideicomiso y en sus Reglas de Operación.

B) Que el Secretario Administrativo cuenta con Poder para pleitos y cobranzas; y Poder general para actos de administración limitado para solicitar trámites y permisos por cuenta del Fideicomiso, mismo que se hizo constar en el testimonio de la ESCRITURA NÚMERO OCHENTA Y DOS (082), de fecha nueve de mayo del dos mil diecinueve, otorgado ante la fe del LIC. ALFONSO YÁÑEZ ARREOLA, Titular de la Notaría Pública número ciento veintidós, de la ciudad de Saltillo, Coahuila.

C) El presente contrato fue adjudicado a “LA PRESTADORA DE SERVICIOS”,

mediante el procedimiento de Adjudicación Directa con tres cotizaciones, de conformidad artículo 42 fracción III, inciso a) y artículo 65 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios para el Estado de Coahuila, y su Reglamento en relación con el artículo 15, inciso a) del Presupuesto de Egresos del Estado de Coahuila de Zaragoza para el Ejercicio Fiscal 20___.

II. El “PRESTADOR DE SERVICIOS”, a través de su Representante declara que:

A) Es _____________, debidamente registrada en el Sistema de Administración Tributaria.

B) Tiene como principal objeto Prestar Servicios Profesionales en la elaboración de

Dictámenes Financieros de los proyectos aprobados por el Comité Técnico y de Administración del Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila.

C) Cuenta con infraestructura y el capital humano para cumplir con el objeto del

presente Contrato.

D) El/la ___________________, cuenta con los poderes y facultades necesarias para la celebración del presente Contrato.

E) Su Registro Federal de Contribuyentes inscrito en la Secretaría de Hacienda y

Crédito Público es ______________________.

F) Tiene establecido su domicilio en ___________________________________ mismo que señala para los fines y efectos legales de este Contrato.

Expuesto lo anterior, las partes se obligan de acuerdo a las siguientes:

CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO El objeto del presente Contrato es establecer los términos y condiciones en los que el “PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a prestar al “FONCYT” el servicio denominado “Servicios profesionales para emitir Dictámenes Financieros”.

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SEGUNDA. PRECIO CONVENIDO Las partes convienen expresamente que con cargo al gasto operativo del “FONCYT”, se pagará como contraprestación al “PRESTADOR DE SERVICIOS”, por los servicios a que se refiera la Cláusula Primera del presente Contrato, los honorarios para la Convocatoria C____, serian como sigue:

Modalidad Proyectos a revisar

Costo por proyecto

Monto

A. Becas para tesis terminales de nivel maestría y doctorado.

$ 300.00

B. Estancias técnicas y de investigación nacionales e internacionales.

$ 300.00

C. Proyectos, diagnósticos y/o estudios que impulsen el desarrollo integralde las áreas educativas, sociales, económicas, cientìficas y tecnológicas del Estado.

$ 800.00

D. Proyectos de innovación y desarrollo tecnológico suceptibles de comercializar

$ 300.00

E. Eventos de Innovación

$ 300.00

Total de proyectos

TERCERA. FORMA DE PAGO El monto establecido en la Cláusula anterior se cubrirá de la siguiente forma: ______ pagos de $ _________ (_____________ pesos 00/100MN), cada uno. El importe de estos honorarios serían más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) al momento de pago, menos Retención del Impuesto Sobre la Renta. Los pagos establecidos en esta Cláusula, no podrán incrementarse y se realizarán por transferencia electrónica a la Cuenta y CLABE que proporcione el “PRESTADOR DE SERVICIOS”. La transferencia electrónica se ordenará en Moneda Nacional e incluye la totalidad de los servicios contratados, incluso erogaciones por dirección técnica propia, organización, administración, originadas con motivo del presente Contrato. CUARTA. OBLIGACIONES DEL “FONCYT” Para el cumplimiento del objeto del Contrato el “FONCYT” se obliga a llevar a cabo las siguientes acciones:

a) Permitir al personal del “PRESTADOR DE SERVICIOS”, que se acredite con tal carácter, el acceso al domicilio donde se encuentra ubicado el “FONCYT” y otorgar las facilidades necesarias a fin de que el “PRESTADOR DE SERVICIOS” pueda prestar el servicio objeto del presente Contrato.

b) Facilitar al “PRESTADOR DE SERVICIOS” la información y/o documentación

necesaria para llevar a cabo el servicio objeto del presente Contrato, que en su caso tenga el “FONCYT”

c) Proporcionar al “PRESTADOR DE SERVICIOS” el modelo de informe financiero a

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entregar al “FONCYT”, que incluye la información y relación de los comprobantes fiscales digitales del servicio prestado por el “PRESTADOR DE SERVICIOS”.

d) Supervisar y vigilar que el servicio objeto del presente Contrato se realice conforme a

lo establecido, a través de su responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del Contrato, previsto en la Cláusula Décima Segunda; así como el cumplimiento de los requerimientos de cada entregable, lo cual será requisito para proceder al pago respectivo.

e) Efectuar el pago de los servicios contratados al “PRESTADOR DE SERVICIOS”, en

la cantidad y la forma señaladas en las Cláusulas Segunda y Tercera del presente Contrato.

f) Por necesidades del servicio, realizar el pago por concepto de pasajes y viáticos del

personal del “PRESTADOR DE SERVICIOS”. Se podrá considerar como necesidades del servicio, entre otras las de asistir a reuniones estrictamente relacionadas con la actividad del “FONCYT” (Juntas de Trabajo, recabar información en el lugar del proyecto, seguimiento directo de un proyecto), incluso fuera de la residencia de dicho personal.

g) Reportar al “PRESTADOR DE SERVICIOS” en cualquier momento y por cualquier

medio de comunicación, las deficiencias, errores o vicios ocultos que se adviertan en la prestación del servicio objeto del presente instrumento jurídico.

h) Impedir que las personas no autorizadas proporcionen el servicio objeto del presente

Contrato.

i) El “FONCYT”, a través del Secretario Administrativo, deberá recibir y firmar los entregables que le presente el “PRESTADOR DE SERVICIOS”.

j) Cumplir con las demás obligaciones establecidas en este Contrato y en las

disposiciones legales aplicables. QUINTA. OBLIGACIONES DEL “PRESTADOR DE SERVICIOS”

a) Prestar con la mayor eficiencia, eficacia y calidad, con sus propios recursos humanos, técnicos y materiales, el servicio objeto del presente Contrato.

b) Proporcionar el servicio contratado, a entera satisfacción del “FONCYT”.

c) Proporcionar al “FONCYT” (el) los resultados y por ende (el) los dictámenes que

surjan de la evaluación de informes financieros de los Proyectos aprobados por el Comité Técnico y de Administración del Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila, en el formato proporcionado por este.

d) Atender con toda diligencia las observaciones que por escrito le formule el

“FONCYT”, para lograr que el servicio contratado se preste en forma óptima.

e) Permitir que el “FONCYT” efectué las supervisiones que a su juicio sean convenientes y acatar las observaciones que al efecto indique para el mejor cumplimiento del objeto de este Contrato.

f) Asumir la responsabilidad total en el caso de infringir derechos de propiedad

intelectual en el servicio proporcionado objeto del presente Contrato.

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g) Proporcionar al “FONCYT” la información y documentación relacionada con este

Contrato que en su momento se le requiera, con motivo de las visitas de supervisión que realice.

h) Proporcionar el servicio contratado, sin interrumpir la operación normal del

“FONCYT”.

i) Garantizar al “FONCYT”, la prestación del servicio, durante la vigencia del presente instrumento jurídico; y los informes por un periodo de 6 (seis) meses posteriores a la aceptación de los mismos por parte del “FONCYT”. En caso de existir errores, deficiencias o vicios ocultos del “PRESTADOR DE SERVICIOS” deberá de subsanarlos o corregirlos dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a la fecha en que reciba por escrito la solicitud por parte del “FONCYT” sin costo adicional para este último.

j) Entregar al “FONCYT”, en el domicilio ubicado en Boulevard José Musa de León

esquina con Manuel Pérez Treviño #2411 interior 6 y 7, Colonia Los Pinos 3 er. Sector, C.P. 25198; Saltillo, Coahuila, o en el domicilio que este señale en tiempo y forma los entregables del servicio contratado.

k) Presentar al “FONCYT” los comprobantes fiscales digitales, de conformidad con lo

establecido en los artículo 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, debidamente requisitados, especificando con toda claridad el concepto correspondiente, así como todos y cada uno de los requisitos fiscales y en general todos aquellos de carácter legal que para los efectos del presente Contrato fueren necesarios para el pago, adjuntando los informes del servicio prestado.

l) Subsanar, corregir o reponer cualquier deficiencia en los servicios objeto de éste

Contrato a su propia costa, hasta que los servicios que haya requerido el “FONCYT” sean aceptados a su entera satisfacción, dentro del término 15 (quince) días hábiles a partir de la fecha de entrega de los servicios.

m) Cumplir con las demás obligaciones establecidas en este Contrato y las necesarias

que determine el Comité Técnico y de Administración del “FONCYT” para el adecuado cumplimiento del objeto del presente Contrato.

SEXTA. INFORMACIÓN RESERVADA Las partes se comprometen a tratar como reservada toda la información intercambiada o acordada con motivo del presente instrumento y la necesaria para el desarrollo del objeto excepto aquélla que deba considerarse pública en términos de los dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables. El “PRESTADOR DE SERVICIOS” no se hace responsable por la conducta de terceros que tengan acceso a la información, siempre y cuando el “PRESTADOR DE SERVICIOS” no incumpla lo dispuesto en el párrafo anterior. El “PRESTADOR DE SERVICIOS” quedará libre de esta obligación en los siguientes casos. a) La información llegue a ser de dominio público. b) Sí el “FONCYT” divulga la información, de tal manera que deje de ser reservada.

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c) Si se puede obtener por otros medios distintos al presente Contrato. SÉPTIMA. RELACIÓN LABORAL Queda expresamente estipulado que el personal contratado por el “PRESTADOR DE SERVICIOS” para la realización del servicio objeto del presente Contrato estará bajo la dependencia directa del “PRESTADOR DE SERVICIOS”, y por tanto, en ningún momento se considerará al “FONCYT” como patrón solidario o sustituto, ni tampoco al “PRESTADOR DE SERVICIOS” como intermediario, por lo que el “FONCYT” no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y por consiguiente queda liberado de cualquier responsabilidad que pudiera presentarse en materia de trabajo y seguridad social, obligándose el “PRESTADOR DE SERVICIOS” a responder de las reclamaciones que presenten en contra el “FONCYT”. OCTAVA. RESCISIÓN DEL CONTRATO. El “FONCYT” podrá rescindir el presente Contrato al “PRESTADOR DE SERVICIOS”, sin necesidad de declaración judicial previa ni de dar aviso por escrito, cuando éste último incurra en alguno de los supuestos de incumplimiento que de manera enunciativa más no limitativa, a continuación se señalan: a) Si el “PRESTADOR DE SERVICIOS” por causas imputables a él, no presta los servicios objeto del presente Contrato en el plazo establecido. b) Si el “PRESTADOR DE SERVICIOS” interrumpe injustificadamente la prestación de los servicios o se niega a reponer a alguna parte de ellos, que hubiere sido detectada como defectuosa por el “FONCYT”. c) Si el “PRESTADOR DE SERVICIOS” subcontrata parte de sus obligaciones objeto del presente Contrato, sin contar con la autorización por escrito de “FONCYT”. d) Si el “PRESTADOR DE SERVICIOS” cede los derechos de cobro derivados del presente Contrato, violando lo establecido en este instrumento jurídico. e) Si el “PRESENTADOR DE SERVICIOS” cambia su nacionalidad por otra, en el caso de que haya sido establecido como requisito para la contratación tener una determinada nacionalidad. f) Si el “PRESTADOR DE SERVICIOS” antes del vencimiento del plazo para la conclusión de los servicios, manifiesta por escrito su imposibilidad para continuar prestando los mismos. g) Una vez agotado el monto límite de aplicación de deducciones, cuando aplique. h) Si el “PRESTADOR DE SERVICIOS” se niega a reponer los servicios que “FONCYT” hubiere considerado como rechazados o discrepantes. i) Si los servicios no cumplen con las especificaciones y calidades pactadas en el Contrato. j) Si el “PRESTADOR DE SERVICIOS” suspende injustificadamente los servicios o bien, si incumple con los programas de ejecución que se hubieren pactado en este Contrato. k) Si el “PRESTADOR DE SERVICIOS” no inicia la ejecución de los servicios en la fecha pactada en este Contrato.

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l) Si el “PRESTADOR DE SERVICIOS” es declarado en concurso mercantil o de acreedores o en cualquier situación análoga que afecte su patrimonio. m) Si el “PRESTADOR DE SERVICIOS” no permite al “FONCYT” o a quien éste designe por escrito, las facilidades o datos necesarios para la supervisión o inspección de servicios. n) Si el “PRESTADOR DE SERVICIOS”, siendo extranjero, invoca la protección de su gobierno en relación con el presente Contrato. o) En general, por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones derivadas del presente Contrato. Para los efectos de esta Clausula, el “FONCYT”, a través ____________________, Secretario Administrativo, le comunicará por escrito por el “PRESTADOR DE SERVICIOS”, el incumplimiento que haya incurrido, para que en el término de 10 (diez) días hábiles exponga lo que a su derecho convenga. Transcurrido el término señalado en el párrafo anterior, el Comité Técnico y de Administración del “FONCYT”, tomará en cuenta los argumentos ofrecidos por el “PRESTADOR DE SERVICIOS” y determinará si resulta procedente o no rescindir el Contrato, comunicando dicha situación al “PRESTADOR DE SERVICIOS”. NOVENA. TERMINACIÓN ANTICIPADA El “FONCYT” podrá dar por terminado de manera anticipada el presente Contrato sin responsabilidad para éste y sin necesidad de que medie resolución jurídica alguna, cuando concurran circunstancias imprevistas, dando aviso por escrito al “PRESTADOR DE SERVICIOS” con 30 (treinta) días hábiles de anticipación. En todo caso el “FONCYT” deberá cubrir los honorarios que correspondan por los servicios prestados y que haya recibido a su entera satisfacción, debiendo el “PRESTADOR DE SERVICIOS” entregar el respectivo informe de las actividades que hasta momento haya realizado. DÉCIMA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que las partes no tendrán responsabilidad civil por los daños y prejuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, en la inteligencia de que una vez superados estos eventos, se reanudarán las actividades en la forma y términos que determinen las partes. DÉCIMA PRIMERA. CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES. Las partes acuerdan que los derechos y obligaciones que deriven del presente Contrato no podrán cederse en forma parcial o total a favor de cualquier otra física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso, se deberá contar con la aprobación expresa y por escrito del “FONCYT”. DÉCIMA SEGUNDA. ÁREAS DE COORDINACIÓN. El “FONCYT” designa como área de coordinación y responsable de administrar y vigilar el debido cumplimiento del presente Contrato a Secretario Administrativo. El “PRESTADOR DE SERVICIOS” designa como área de coordinación y responsable del

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cumplimiento del presente Contrato a, _________________________, con facultades para resolver de común acuerdo con su contraparte, todos los asuntos derivados de su aplicación y que no se encuentran previstos en sus Cláusulas. DÉCIMA TERCERA. AUSENCIA DE VICIOS DE VOLUNTAD. Las partes manifiestan que en la celebración del presente Contrato no ha mediado circunstancia alguna que induzca a error, dolo, mala fe u otra circunstancia que afecte o vicie la plena voluntad con que celebran el presente instrumento, por lo que el mismo es válido para todos los efectos legales conducentes. DÉCIMA CUARTA. VIGENCIA El presente Contrato tendrá vigencia a partir del _____de _______ de 20____ al _____ de _________ de 20___. DÉCIMA QUINTA. MODIFICACIONES. Las partes acuerdan que cualquier modificación a los términos del presente Contrato durante su vigencia será establecida por mutuo acuerdo entre ellas, con una antelación para su entrada en vigor de cuando menos 5 (cinco) días hábiles a la fecha que se proponga la modificación, haciendo en su caso, los ajustes que resulten necesarios en el costo y tiempo de los servicios, sin que por causa alguna el incremento rebase en conjunto el 20% del monto, la vigencia, el plazo, ni la cantidad de los conceptos establecidos inicialmente, siempre y cuando se ajuste a lo siguiente:

a) Que el precio de los servicios que corresponda a la ampliación, sea igual al pactado originalmente.

b) Que la fecha en que proceda la modificación, sea pactada de común acuerdo entre las partes, por escrito a través de Convenio Modificatorio y por conducto de sus legítimos representantes, en el cual deberá estipularse la fecha de entrega de los servicios respecto de las cantidades adicionales y, en su caso, la obligación a cargo del “PRESTADOR DE SERVICIOS” de entregar la modificación respectiva de la garantía de cumplimiento por dicho incremento.

El presente Contrato solo podrá ser modificado de común acuerdo por las partes, a través de la celebración de un Convenio Modificatorio previo Acuerdo que al respecto emita el Comité Técnico y de Administración del “FONCYT”. DÉCIMA SEXTA. DIVULGACIÓN DE LOS RESULTADOS DE LOS SERVICIOS. El “PRESTADOR DE SERVICIOS” no publicará ni revelará a otros la información de los resultados de los servicios objeto del presente Contrato, ni ninguna otra información obtenida en la relación con el mismo sobre la cual el “FONCYT” tenga derechos de propiedad o se encuentre considerada como información reservada o confidencial, en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. DÉCIMA SÉPTIMA. DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Para los efectos del presente Contrato, cada una de las partes, señalan los siguientes domicilios para oír y recibir toda clase de notificaciones, avisos y documentos.

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1.- El “FONCYT”, señala el ubicado en Blvd. José Musa de León #2411, interior 6 y 7, Col. Los Pinos 3er. sector, C.P. 25198 en la Ciudad de Saltillo, Coahuila. 2.- El “PRESTADOR DE SERVICIOS”, señala el ubicado en ____________________. El “PRESTADOR DE SERVICIOS” señala expresamente las siguientes cuentas de correo electrónico, para recibir toda clase de notificaciones, avisos y documentos en forma electrónica: ________________________ Las partes convienen expresamente que todo tipo de notificación, aviso o documento que requieran efectuarse o entregarse en relación con el presente Contrato, se considerará válido si es entregado en los domicilios o cuentas de correo electrónico antes mencionadas, en el entendido que las notificaciones, avisos o documentos que se entreguen en los domicilios se harán por correo certificado, mensajería u otro tipo de servicios que cuenten con acuse de recibo y la información enviada por correo electrónico en las cuentas señaladas por el “PRESTADOR DE SERVICIOS”, será acreditada con el propio mensaje de datos emitido por vía electrónica, con la impresión del mismo o con el archivo electrónico conforme a la tecnología aplicable del emisor de mensaje de datos, aun cuando no sea utilizada la firma electrónica. En el caso de que cualquiera de las partes, cambie su domicilio o cuentas de correo electrónico, en el caso de que el “PRESTADOR DE SERVICIOS” deberá dar el aviso correspondiente a su contraparte con 10 (diez) días naturales de anticipación, con objeto de que se proceda a formalizar el Convenio Modificatorio respectivo, en el que se hará constar el nuevo domicilio o la(s) nueva(s) cuenta(s) de correo electrónico; sin este requisito las notificaciones, avisos y documentos que se tengan que efectuar o entregar, se harán en los domicilios y cuenta(s) de correo electrónico antes señalados y surtirán plenamente sus efectos. DÉCIMA OCTAVA. RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL. El presente Contrato constituye un acuerdo de voluntades entre las partes, en relación con el servicio objeto del mismo y dejan sin efectos cualquier otra negociación, obligación o comunicación entre éstas, ya se oral o escrita, contraída con anterioridad a la fecha de este instrumento. DÉCIMA NOVENA. ASUNTOS NO PREVISTOS. Los asuntos relacionados con el servicio objeto de este Contrato y que no se encuentren expresamente previstos en sus Cláusulas, serán resueltos de común acuerdo por las partes y las decisiones que se tomen deberán de hacerse constar por escrito.

VIGÉSIMA. JURISDICCIÓN. Las partes manifiestan que el presente Contrato es producto de su buena fe, por lo que realizarán todas las acciones posibles para su cumplimiento, pero en caso de presentarse alguna discrepancia sobre su interpretación o cumplimiento, éstas se someterán a las Leyes Federales vigentes y a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, Distrito Federal; renunciando desde ahora a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder por razón de sus domicilios presentes o futuros. PREVIA LECTURA Y CON PLENO CONOCIMIENTO DE SU CONTENIDO ALCANCE LEGAL, EL PRESENTE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES SE FIRMA POR DUPLICADO EN LA CIUDAD DE SALTILLO, COAHUILA EL DIA _____ DE ______________ DE 20____, CONSERVANDO UN

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EJEMPLAR PARA CADA UNA DE LAS PARTES. POR EL “FONCYT” POR EL “PRESTADOR DE SERVICIOS”

LAS FIRMAS QUE ANTECEDEN, CORRESPONDEN AL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN, POR PARTE DEL “FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DDE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA”, EL “FONCYT”, Y POR LA OTRA PARTE, ___________________________, EL “PRESTADOR DE SERVICIOS”, CONSTE……………………………………………………………………………………………………....

SECRETARIO ADMINISTRATIVO

SECRETARIA TÉCNICA

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PP-07

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FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA

Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

TITULO: TRANSFERENCIA, DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN DE RESULTADOS

CLAVE: PP-07

Inicio de vigencia: febrero 2020 Acuerdo CTA:

Término de Vigencia: Indefinido No. de Hojas: 6

No. de Revisión: 1 No. de Anexos: 1

1. ALCANCE Y FINALIDAD

Este procedimiento establece los criterios y lineamientos para la transferencia, difusión y divulgación de los resultados de los proyectos apoyados por el Fondo.

2. RESPONSABILIDADES

2.1 Participan en los procesos de transferencia, divulgación y difusión de los resultados de un proyecto con las siguientes responsabilidades:

• Sujeto de Apoyo.

Asegurar la transferencia al usuario de los resultados y productos comprometidos establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos.

• Responsable Técnico del proyecto.

Realizar la entrega de resultados y productos generados por el proyecto a los enlaces de los usuarios, mediante los mecanismos de transferencia establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos y aquellos que considere convenientes, para hacer un proceso más efectivo.

• Usuario del proyecto.

Recibir, valorar y asimilar los resultados y productos generados por el proyecto y aplicarlos en la solución del problema, necesidad u oportunidad que dio origen a la propuesta.

• Secretario Técnico:

Verificar que el proceso de transferencia se realice en los tiempos y con el alcance establecido en el Convenio de Asignación de Recursos, así como la obtención del nivel de satisfacción del Usuario. Es responsable de coordinar con el Secretario Administrativo la divulgación y difusión de los resultados a usuarios potenciales y a la comunidad en general.

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• Secretario Administrativo:

Recibir los resultados y productos del proyecto y asegurar su difusión a los interesados del estado para su potencial aplicación. Verificar que el usuario comprometido en la propuesta reciba los resultados y productos comprometidos en el Convenio de Asignación de Recursos.

2.2 Para los fines de este procedimiento se entenderá como:

• TRANSFERENCIA:

Al proceso mediante el cual, el Responsable del Proyecto y/o el Grupo de trabajo, entregan y transmiten al usuario los resultados y productos generados por el proyecto, explicitan las características particulares, requisitos y mecanismos para su correcto manejo y aplicación y aseguran la adecuada asimilación del conocimiento transmitido.

• DIFUSIÓN:

Al proceso mediante el cual se difunde el conocimiento, resultados y productos generados del proyecto a usuarios potenciales para su aplicación en la solución problemas similares, requerimientos específicos y/o situaciones particulares en los que las metodologías y estrategias implementadas son un referente, sin menoscabo a los derechos de propiedad intelectual o industrial que en su caso se hayan generado.

• DIVULGACIÓN:

Al proceso mediante el cual se hace del conocimiento a la comunidad en general de manera asequible, los resultados y beneficios generados por los proyectos, con el propósito de lograr un mejor entendimiento del beneficio e impacto social del Fondo.

3. TRANSFERENCIA DE RESULTADOS:

3.1 El Secretario Técnico deberá explicitar en el Anexo 2 del Convenio de Asignación de Recursos, el alcance de los resultados y productos comprometidos por el Sujeto de Apoyo y que serán entregados a los enlaces de los usuarios del proyecto. Así mismo deberá precisar los mecanismos de transferencia considerados y fechas probables para su entrega, para lo cual deberá definir con el Responsable Técnico del proyecto los compromisos particulares.

3.2 El Secretario Técnico dará el seguimiento necesario para asegurar que se lleve a cabo la transferencia de los resultados y productos, conforme estos se vayan generando y en apego a lo establecido en el Convenio de Asignación. Para ello deberá solicitar como parte del Informe Final, la evaluación de los entregables que realice el enlace de Usuario.

3.3 El Responsable Técnico, deberá programar al menos una sesión formal de entrega de resultados al Usuario al término del proyecto. La evaluación del proceso de transferencia por el usuario deberá hacerse con apego al formato descrito en el Anexo 1.

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3.4 Los resultados deberán estar debidamente documentados y los productos entregados a través de los mecanismos de transferencia que para el efecto se hayan establecido en el Anexo 2 del Convenio de Asignación de Recursos. El Responsable Técnico deberá asegurar su correcta entrega y verificar su correcta recepción.

3.5 En el caso que no se hayan generado los resultados y/o productos comprometidos, el Responsable Técnico deberá justificarlo ante el Fondo y preferentemente, informar al Usuario de las razones del incumplimiento y las fechas probables para su entrega, con el objeto de mantener su interés y respaldo.

3.6 Al término del proyecto el Responsable Técnico deberá llevar una reunión de trabajo con el Usuario, para la entrega formal de la totalidad de los productos y entregables del proyecto, para lo cual deberá coordinarse con el Secretario Técnico para asegurar su presencia y participación. Esto deberá hacerse en un tiempo que no exceda de 20 días hábiles de concluida la vigencia del proyecto.

De conformidad con la naturaleza de los entregables esta podrá requerir de más de una reunión o realizarse en un sitio específico, para lo cual el Responsable Técnico deberá hacerlo la programación con toda oportunidad.

3.7 El Responsable Técnico del Proyecto deberá obtener la evaluación de la calidad de los entregables y del proceso de transferencia, para lo cual deberá utilizar el formato descrito en el Anexo 1, mismo que deberá anexar en el Informe Final del proyecto.

4. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN RESULTADOS DEL PROYECTO:

4.1 El Secretario Administrativo de común acuerdo con el Secretario Técnico definirán las estrategias de difusión y divulgación que deberán integrar como parte del Programa y Presupuesto Operativo Anual del Fondo.

4.2 Las acciones consideradas deberán considerar mecanismos de eficiencia y eficacia que maximicen el beneficio para los sectores usuarios del Estado, el reconocimiento de la comunidad y el uso de recursos.

4.3 El Secretario Técnico de común acuerdo con el Secretario Administrativo podrán promover eventos de carácter regional que permitan difundir los resultados de los proyectos financiados por el Fondo, así como ofrecer a los sectores usuarios o beneficiarios potenciales del Estado, el acceso al conocimiento de los resultados generados.

ANEXOS.

1. Formato de Evaluación de la Calidad de entregables.

Elaborado por: Nombre y firma Fecha

Secretario Administrativo M.C. Mario Prudencio Valdés Garza 12-feb-2020

Secretario Técnico Dra. Vanessa Martínez Sosa

12-feb-2020

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ANEXO 1

EVALUACIÓN PROCESO DE TRANSFERENCIA

Clave del proyecto: Convocatoria:

Título del Proyecto:

Institución: Responsable Técnico:

Vigencia del proyecto:

Fecha programada de entrega: Fecha de entrega:

I. RESULTADOS Y PRODUCTOS TRANSFERIDOS: 1. Comprometidos:

Entregable Especificación Mecanismo de Transferencia

1)

2)

3)

4)

2. Entregados:

Entregable Especificación Mecanismo de Transferencia

1)

2)

3)

4)

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II. EVALUACION PROCESO DE TRANFERENCIA: 1. La relación y alcance de los entregables es acorde con lo comprometido en el Convenio

de Asignación de Recursos.

Si No Parcial

Observaciones:

2. La presentación de los entregables y/o la documentación de soporte le permiten entender

el resultado obtenido y facilitan la aplicación del conocimiento generado.

Si No Parcial

Observaciones:

3. Los mecanismos de transferencia utilizados para cada entregable son acordes con lo

comprometido, permitieron una eficiente recepción y facilitaron el entendimiento y dominio del resultado generado

. Si No Parcial

Observaciones

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4. La información y/o capacitación recibida le permitirán aplicar los resultados del proyecto

en la atención de la problemática o necesidad que dio origen a la propuesta:

Si No Parcial

Observaciones (Referirse a la problemática establecida)

III. NIVEL DE SATISFACCIÓN DEL USUARIO

El nivel de satisfacción con la calidad de los entregables y el proceso de transferencia es:

Altamente Satisfactorio

Satisfactorio

Parcialmente satisfactorio

No satisfactorio

Observaciones y recomendaciones:

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PP-08

FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

TITULO: CIERRE Y CONCLUSIÓN DE PROYECTOS CLAVE: PP-08

Inicio de vigencia: febrero 2020 Acuerdo CTA:

Término de Vigencia: Indefinida No. de Hojas: 27

No. de Revisión: 1 No. de Anexos: 10

1. ALCANCE Y FINALIDAD

Este procedimiento establece los criterios, lineamientos para la conclusión y cancelación de los proyectos apoyados por el Fondo, así como las sanciones a aplicar en caso de incumplimientos.

2. RESPONSABILIDADES:

Son responsables de observar y aplicar el presente procedimiento:

a) Comité Técnico y de Administración.

Órgano colegiado, máxima autoridad del Fondo, responsable de tomar conocimiento de las acciones realizadas por el Secretario Técnico y por el Secretario Administrativo derivadas del cierre técnico y financiero de los proyectos aprobados por el Fondo.

b) Secretario Técnico del Fondo.

Responsable de emitir los dictámenes para la conclusión de los proyectos apoyados por el Fondo y en su caso, para la cancelación del apoyo y la Rescisión del Convenio de Asignación de Recursos, así como la determinación de las sanciones definidas el numeral 11 del Procedimiento PP-06 “Seguimiento Técnico y Financiero”, en función de la gravedad de la desviación o incumplimiento.

c) Secretario Administrativo del Fondo.

Responsable de emitir las Actas de Conclusión, notificar a los Sujetos de Apoyo y rescindir los Convenios de Asignación de Recursos derivadas de la cancelación de proyectos y en su caso, de aplicar las acciones administrativas y legales requeridas para la aplicación.

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PP-08

3. TÉRMINO DE VIGENCIA DEL CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS.

3.1 El término de la vigencia del Convenio de Asignación de Recursos y por lo tanto de la relación con el Sujeto de Apoyo podrá darse bajo las siguientes modalidades:

1) Conclusión

2) Rescisión del Convenio

3.2 La modalidad para el término del Convenio de Asignación de Recursos estará en función del dictamen que, con apego a lo establecido en el numeral 10 del Procedimiento PP-06 “Seguimiento Técnico y Financiero de Proyectos”, emita el Secretario Técnico, los cuales podrán ser:

1) Cierre Técnico y Financiero para “Conclusión”.

2) Cancelación del Proyecto para “Rescisión del Convenio de Asignación de Recursos.

3.3 El Secretario Administrativo en función del dictamen que emita el Secretario Técnico procederá a elaborar el Acta y la notificación correspondiente para dar por terminada la vigencia del Convenio y por lo tanto los compromisos del Sujeto de Apoyo con el Fondo, subsistiendo aquellos que por su naturaleza marca la Ley en la materia.

3.4 En el caso de cancelación del proyecto, el Secretario Administrativo, notificará al Sujeto de Apoyo la rescisión del Convenio de Asignación de Recursos y la solicitud de devolución de los recursos ministrados.

4. TÉRMINO DE VIGENCIA POR CONCLUSIÓN:

4.1 Los proyectos que hayan cumplido satisfactoriamente en tiempo y forma con lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos y cuyo informe final tenga un dictamen favorable tanto en lo técnico como en lo financiero, el Secretario Técnico deberá proceder a elaborar el dictamen de cierre técnico y financiero para Conclusión, utilizando el formato descrito en el Anexo 1.a.

4.2 El Secretario técnico solicitará al Secretario Administrativo elabore el Acta de Conclusión del Proyecto, anexando el dictamen de calidad del Informe Final, un respaldo del informe final y de los resultados y productos del proyecto, para su custodia y difusión a usuarios potenciales.

4.3 El Secretario Administrativo elaborará el Acta de Conclusión en el formato descrito en el Anexo 2.a, y hará la notificación correspondiente al Sujeto de Apoyo, dando con ello por concluidos su relación y compromisos con el Fondo establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos, salvo los relacionados con el acceso a la información que le sea requerida por los órganos de vigilancia y/o fiscalización del Estado.

4.4 En los casos que aplique, una vez otorgada el Acta de Conclusión al Sujeto de Apoyo, el Secretario Administrativo deberá realizar la entrega del pagaré ofrecido como garantía.

5. RESCISIÓN DEL CONVENIO DE ASIGNACION DE RECURSOS:

5.1 El Secretario Técnico emitirá un dictamen de “Cancelación del Proyecto” y solicitará al Secretario Administrativo la “Rescisión del Convenio” y en consecuencia la

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PP-08

devolución de la totalidad del recurso ministrado, cuando ocurran los siguientes supuestos:

1) No se entregue el Informe Final, no obstante los requerimientos del Fondo.

2) Uso indebido de los recursos ministrados.

3) Negligencia en el cumplimiento de los compromisos del proyecto por parte del Responsable Técnico.

4) Falta de atención a los requerimientos del Fondo, sea a través del Secretario Técnico o del Secretario Administrativo.

5.2 El Secretario Técnico notificará del incumplimiento al Responsable Legal del Sujeto de Apoyo y solicitará su atención en el tiempo que para el efecto determine, sin que este exceda el tiempo de 30 días naturales.

5.3 En el caso que el Sujeto de Apoyo no adopte las medidas correctivas que subsanen la desviación o incumplimiento que garanticen la correcta ejecución del proyecto, el Secretario Técnico de común acuerdo con el Secretario Administrativo, solicitará la cancelación del proyecto y en consecuencia la Rescisión del Convenio de Asignación de Recursos, en el formato descrito en el Anexo 1.b

7.3 El Secretario Administrativo sin necesidad de declaración judicial, procederá a la Rescisión del Convenio de Asignación de Recursos.

7.4 El Secretario Administrativo elaborará el Acta para Rescisión del Convenio de Asignación de Recursos, en el formato descrito en el Anexo 2.b, notificará la cancelación del apoyo al Sujeto de Apoyo y solicitará la devolución de la totalidad de los recursos ministrados en un tiempo que no exceda de 30 días naturales.

7.5 En el caso que el Sujeto de Apoyo haga omiso al requerimiento de devolución de recursos, el Secretario Administrativo ejercerá las acciones legales conducentes para su recuperación, para lo cual se apoyará en el despacho jurídico que para el efecto haya contratado. Así mismo de conformidad con lo establecido en el numeral 11.1 del procedimiento PP-06 “Seguimiento Técnico y Financiero de Proyectos”, procederá a:

1) Incorporar al Responsable Técnico o al Responsable Administrativo en un listado de personas con adeudos al Fondo.

2) Ejercer en su caso, la garantía otorgada.

8. APLICACIÓN DE SANCIONES:

8.1 En función de la gravedad de las desviaciones e incumplimientos incurridos por los Sujetos de Apoyo a lo comprometido en el Convenio de Asignación de Recursos, el Secretario Administrativo aplicará las sanciones que para tal efecto se determine por conducto del Secretario Técnico, de conformidad con lo establecido en el numeral 11 del procedimiento PP-06 “Seguimiento Técnico y Financiero de Proyectos” y en el Convenio de Asignación de Recursos.

8.2 El Secretario Administrativo es responsable de ordenar y ejecutar las medidas preventivas y correctivas procedentes, derivadas del incumplimiento a lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos, debiendo notificar a los sujetos de apoyo las condiciones y plazos para corregir las anomalías y en su caso, realizar las acciones legales requeridas e informar al Comité Técnico y de Administración.

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8.2 En el caso de que los resultados de las revisiones técnicas y/o auditorías realizadas por cualquiera de los órganos de control o fiscalizadores de los Fideicomitentes mencionados, revelen el incumplimiento a lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos y en el procedimiento PP-05 “Administración de Proyectos” o que el sujeto de apoyo no proporcione información fidedigna, el Fondo, por conducto del Secretario Administrativo, se reserva el derecho de ejercer la acción legal pertinente.

ANEXOS

1.a Dictamen para Conclusión

1.b Dictamen para Rescisión del Convenio de Asignación de Recursos

2.a Acta de Conclusión

2.b Acta de Rescisión del Convenio de Asignación de Recursos

Validado por: Nombre y firma Fecha

Secretario Administrativo M.C. Mario Prudencio Valdés Garza 12-feb-2020

Secretaria Técnica Dra. Vanessa Martínez Sosa 12-feb-2020

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PP-08

ANEXO 1.a

DICTAMEN TÉCNICO Y FINANCIERO PARA CONCLUSIÓN

I. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO:

Clave Proyecto: Convocatoria:

Título del Proyecto:

Sujeto de Apoyo: Responsable Legal:

Responsable Técnico: Responsable Administrativo.:

Monto Autorizado: Monto Ministrado:

Monto Comprobado: Monto Devoluciones:

II. ANTECEDENTES

1) “EL PROYECTO” de referencia ha concluido satisfactoriamente y el Informe Final fue entregado en tiempo y forma.

2) El Informe Final fue evaluado positivamente por la Comisión de Evaluación correspondiente y recomienda el cierre del proyecto.

3) Los productos comprometidos descritos en el Anexo 2 del Convenio de Asignación de Recursos fueron entregados y evaluados de manera satisfactoria por el Usuario.

4) En su caso, el no cumplimiento de algunas metas y/o la no generación de la totalidad de los productos comprometidos en el Convenio de Asignación de Recursos, a juicio de la Comisión de Evaluación, están debidamente justificados.

5) Se comprobó la totalidad del recurso ejercido, se verificó su correcta aplicación y se realizó la devolución del recurso no ejercido y/o no comprobado.

6) En su caso, se atendió en tiempo y forma las observaciones al Informe Final emitidas por la Comisión de Evaluación y las observaciones al gasto emitidas por el Secretario Técnico.

7) Se ha realizado la cancelación de la cuenta aperturada para recibir y administrar los recursos autorizados a “EL PROYECTO” y en su caso, el saldo remanente fue devuelto a la cuenta bancaria del Fideicomiso.

III. INFORMACIÓN DE SOPORTE:

1) Ficha de Resultados del proyecto 2) Dictamen de la Comisión de Evaluación de la Calidad del Informe Final 3) Evaluación del Usuario 4) Resumen de la revisión del ejercicio del gasto. 5) Informe final del proyecto.

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IV. DICTAMEN:

EL SECRETARIO TÉCNICO DEL FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGIA EN EL ESTADO DE COAHUILA, DETERMINA LA PROCEDENCIA DEL CIERRE TÉCNICO Y FINANCIERO DEL PROYECTO ________________________ Y SOLICITA LA TERMINACIÓN DE LA VIGENCIA DEL CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS DE FECHA _______________, BAJO LA MODALIDAD DE “CONCLUSIÓN” POR HABER CUMPLIDO EN TIEMPO Y FORMA CON LO ESTIPULADO EN DICHO CONVENIO.

Este dictamen se emite a los ____ días del mes de _______ del año ________

Nombre y Firma

_____________________

Secretario Técnico

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PP-08

Anexo 1.b

DICTAMEN DE CANCELACIÓN DE PROYECTO PARA RESCISIÓN DEL CONVENIO DE ASIGNACION DE RECURSOS.

I. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO:

Clave Proyecto: Convocatoria:

Título del Proyecto:

Sujeto de Apoyo: Responsable Legal:

Responsable Técnico: Responsable Administrativo.:

Fecha inicio del proyecto: Fecha término del proyecto:

Monto Autorizado: Monto Ministrado:

Monto devoluciones: Saldo pendiente devolución:

II. ANTECEDENTES

1. “El SUJETO DE APOYO” incurrió en incumplimientos o desviaciones señalada como causales de cancelación del proyecto en el Convenio de Asignación de Recursos, (siendo alguna de estas):

a) Aplicó los recursos canalizados por el Fondo con finalidades distintas a la realización directa del proyecto.

b) No presentó los informes de avance o final o lo hizo insatisfactoriamente, o no atendió en tiempo y forma con las observaciones a los mismos.

c) No atendió las observaciones o requerimientos emitidas o solicitados por el Fondo.

d) No brindó las facilidades de acceso a la información, o a las instalaciones donde se administra y desarrolla el proyecto.

e) No comprobó la debida aplicación de los recursos canalizados para el proyecto cuando le fue expresamente requerido por el Fondo.

f) Proporcionó información falsa.

2. “EL SECRETARIO TÉCNICO” notificó al Responsable Legal del “SUJETO DE APOYO” la desviación o incumplimiento incurrido, mediante oficio _______ con fecha ________ y le solicitó atender o regularizar las desviaciones o incumplimientos detectados.

3. El “SUJETO DE APOYO” no atendió el requerimiento y por lo tanto no solventó las

desviaciones o incumplimientos señalados. 4. El Secretario Técnico y el Secretario Administrativo de común acuerdo determinaron

que el “SUJETO DE APOYO” incurrió en los causales para la Cancelación del Proyecto establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos.

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III. INFORMACIÓN DE SOPORTE

1) Cédula de desviaciones o incumplimientos. 2) Notificaciones al “SUJETO DE APOYO” 3) Dictamen de la comprobación del gasto 4) Informe final y en su caso productos generados

V. DICTAMEN:

EL SECRETARIO TÉCNICO DEL FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGIA EN EL ESTADO DE COAHUILA, DETERMINA LA PROCEDENCIA DE LA CANCELACIÓN DEL PROYECTO ________________________ Y SOLICITA LA TERMINACIÓN DEL CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS DE FECHA _______________, BAJO LA MODALIDAD DE “RESCISIÓN” POR HABER INCURRIDO EN DESVIACIONES O INCUMPLIMIENTO TIPIFICADOS COMO GRAVES, Y EN CONSECUENCIA LA DEVOLUCIÓN TOTAL DE LOS RECURSOS MINISTRADOS.

Este dictamen se emite a los ____ días del mes de _______ del año ________

Nombre y Firma _____________________

Secretario Técnico

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ANEXO 2.a

ACTA DE CONCLUSIÓN

I. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO:

Clave Proyecto: Convocatoria:

Título del Proyecto:

Sujeto de Apoyo: Responsable Legal:

Responsable Técnico: Responsable Administrativo.:

Monto Autorizado: Monto Ejercido:

Monto Comprobado: Monto Devoluciones:

II. ANTECEDENTES

1. Con base en el dictamen técnico y financiero del Informe Final del Proyecto emitido por el Secretario Técnico del Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila, con fecha ______, el cual establece que:

8) Que “EL PROYECTO” de referencia ha concluido satisfactoriamente, que el Informe Final fue entregado en tiempo y forma y evaluado positivamente por la Comisión de Evaluación.

9) Que los productos comprometidos descritos en el Anexo 2 del Convenio de Asignación de Recursos fueron entregados y evaluados de manera satisfactoria por el Usuario.

10) Que en su caso, el no cumplimiento de algunas metas y/o la no generación de la totalidad de los productos comprometidos en el Convenio de Asignación de Recursos, a juicio de la Comisión de Evaluación, están debidamente justificados.

11) Que “EL SUJETO DE APOYO” ha comprobado satisfactoriamente la correcta aplicación del recurso recibido y que en su caso, ha realizado la devolución del recurso no ejercido y/o no comprobado.

12) Que “EL SUJETO DE APOYO” ha realizado la cancelación de la cuenta aperturada para recibir y administrar los recursos autorizados a “EL PROYECTO” y que en su caso, el saldo remanente fue devuelto a la cuenta bancaria del Fideicomiso.

2. El “SUJETO DE APOYO” reconoce la obligatoriedad de facilitar la información que le sea requerida para la realización de auditorías y revisiones técnicas posteriores que se lleven a cabo al proyecto concluido, conforme lo señala la cláusula Octava del Convenio de Asignación de Recursos.

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III. CLÁUSULA ÚNICA.

En virtud que “EL SUJETO DE APOYO” ______ ha llevado a término el proyecto _______________ y ha cumplido con el clausulado del Convenio Asignación de Recursos y en su caso, ha justificado a satisfacción las desviaciones incurridas en el proyecto de referencia, a través de este instrumento se establece el término de sus compromisos y obligaciones con el Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila, establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos con la clave_______, de fecha __________ de _________ del año _______., prevaleciendo la obligatoriedad de proporcionar la información que le sea requerida para la realización de auditorías y revisiones técnicas y/o financieras al proyecto, durante un periodo de cinco años a partir de la fecha de emisión de esta Acta, conforme a lo señalado en la cláusula Octava del Convenio de Asignación de Recursos.

Se extiende este documento por duplicado, en la ciudad de _______________, a los _______días del mes de _____________del año ______________, quedando en poder una copia por cada una de las partes.

Nombre y firma _________________________ Secretario Administrativo

Comité Técnico y de Administración

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PP-08

Anexo 2.b

ACTA DE RESCISIÓN DEL CONVENIO DE ASIGNACION DE RECURSOS. I. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO:

Clave Proyecto: Convocatoria:

Título del Proyecto:

Sujeto de Apoyo: Responsable Legal:

Responsable Técnico: Responsable Administrativo.:

Fecha inicio del proyecto: Fecha término del proyecto:

Monto Autorizado: Monto Ministrado:

Monto devoluciones: Saldo pendiente devolución:

II. ANTECEDENTES

1. Que “El SUJETO DE APOYO” incurrió en incumplimientos o desviaciones señalada como causales de cancelación del proyecto en el Convenio de Asignación de Recursos (siendo alguna de estas):

a) Aplicó los recursos canalizados por el Fondo con finalidades distintas a la realización directa del proyecto.

b) No presentó los informes de avance o final o lo hizo insatisfactoriamente, o no atendió en tiempo y forma con las observaciones a los mismos.

c) No atendió las observaciones o requerimientos emitidas o solicitados por el Fondo.

d) No brindó las facilidades de acceso a la información, o a las instalaciones donde se administra y desarrolla el proyecto.

e) No comprobó la debida aplicación de los recursos canalizados para el proyecto cuando le sea expresamente requerido por el Fondo.

f) Proporcionó información falsa.

2. Que “EL SECRETARIO TÉCNICO” notificó al Responsable Legal de “EL SUJETO DE APOYO” la desviación o incumplimiento incurrido, mediante oficio _______ con fecha ________ y le solicitó atender o regularizar las desviaciones o incumplimientos detectados.

3. Que ante la no atención o regularización de las desviaciones o incumplimientos

señalados por parte de “EL SUJETO DE APOYO”, el Secretario Técnico de común acuerdo con el Secretario Administrativo, determinó la ”Cancelación del Proyecto”, emitió con fecha ___________ el dictamen correspondiente y solicitó al Secretario Administrativo la Rescisión del Convenio.

III. CLÁUSULA ÚNICA:

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PP-08

Ante el incumplimiento de “EL SUJETO DE APOYO” de los compromisos establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos con clave ________firmado el día___ del mes de ______ del año _______, señalados como causales de cancelación del proyecto, así como la no atención del Sujeto de Apoyo de la solicitud del Fondo para atender o regularizar las anomalías o desviaciones detectadas y que le fueron comunicadas por el Secretario Técnico, se determina la “Cancelación del Apoyo” y por lo tanto la Rescisión del Convenio de Asignación de Recursos y se requiera a “EL SUJETO DE APOYO” la devolución de la totalidad de los recursos ministrados en un plazo no mayor de 30 días naturales de recibida la notificación y se proceda con lo conducente para asegurar su total devolución y en su caso, aplicar las sanciones contempladas en la normativa vigente, que el caso amerite.

Se extiende este documento, en la ciudad de _______________, a los _______días del mes de _____________del año ______________.

Nombre y firma _________________________ Secretario Administrativo

Comité Técnico y de Administración

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FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y

LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

TITULO: EVALUACIÓN DE IMPACTO CLAVE:PP-09

Inicio de vigencia: febrero 2020 Acuerdo CTA:

Término de Vigencia: Indefinida No. de Hojas: 3

No. de Revisión: 1 No. de Anexos: 0

1. ALCANCE Y FINALIDAD. 1.1. Este procedimiento establece los criterios y lineamientos que deberán aplicarse para la

evaluación del impacto de los proyectos apoyados por el Fondo en el desarrollo económico y social del estado, así como en los indicadores de sistema estatal de ciencia y tecnología.

1.2. Su aplicación tiene el propósito de conocer el impacto de la inversión realizada por el Fondo en términos del beneficio potencial esperado al término de los proyectos, el beneficio real obtenido por los usuarios y la contribución a la mejora de los indicadores de desarrollo del estado, permitiendo evaluar la correcta orientación del Fondo y en su caso, la efectividad del Programa a través de los cambios o mejoras generados y de la percepción de los sectores beneficiarios del mismo.

2. RESPONSABILIDADES: 2.1 Es responsabilidad del Secretario Técnico y del Secretario Administrativo definir con base en la

información presentada por el sujeto de apoyo, al término de los proyectos, el cumplimiento de los compromisos involucrados, el beneficio potencial, estimado con base en los indicadores socioeconómicos de problema, necesidad u oportunidad atendida. De igual forma deberá definir con base a la información proporcionada el impacto en los indicadores de ciencia y tecnología.

2.2 Es responsabilidad del Comité Técnico y de Administración aprobar la realización de la evaluación de impacto de los proyectos apoyados, propuesta por el Secretario Técnico y por el Secretario Administrativo. Revisar los resultados del impacto potencial que presente el Secretario Técnico y emitir en su caso, las recomendaciones necesarias para asegurar el impacto de las convocatorias emitidas por el Fondo.

2.3 Es responsabilidad del Secretario Técnico y el Secretario Administrativo presentar los resultados de la evaluación de impacto al Comité Técnico y de Administración, para que con base en ellos emita en su caso, las recomendaciones necesarias para asegurar el impacto de las convocatorias emitidas por el Fondo.

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2.4 Es responsabilidad del Consejo Estatal de Ciencia y Tecnología el evaluar con la metodología y en el tiempo que determine, el beneficio socioeconómico obtenido de la inversión realizada a través del Fondo.

3. EVALUACIÓN DEL IMPACTO DE LOS PROYECTOS:

3.1 El propósito general de la evaluación de impacto es determinar la efectividad de las políticas y programas, así como de los apoyos otorgados por Fondo.

3.2 Para realizar una evaluación objetiva del impacto de los proyectos tanto el Secretario Administrativo como el Secretario Técnico deberán asegurar:

a) Que en los proyectos esté claramente definida y dimensionada su contribución en la solución del problema o necesidad y en particular en sus indicadores socioeconómicos.

b) Que en el informe final y en la evaluación del usuario se precise la contribución o beneficio potencial esperado.

3.3 La evaluación de impacto se deberá realizar con base en:

a) Beneficio potencial esperado:

b) Beneficio Real obtenido:

3.4 El Secretario Técnico y el Secretario Administrativo con el apoyo de especialistas deberán definir la metodología a utilizar en cada uno de los casos y someterla a la aprobación del Comité Técnico y de Administración. En el Programa Operativo Anual se deberán especificar las metas, calendarios y recursos para llevar a cabo el proceso de evaluación de impacto.

3.5 Metodología

La metodología para determinar el impacto de los proyectos, con base en el beneficio potencial o real según sea el caso, deberá considerar de manera enunciativa más no limitativa:

a) Beneficio potencial de los proyectos:

• La realización de un muestreo aleatorio estratificado, donde en aquellos proyectos seleccionados se aplique la metodología definida según el caso, a efecto de medir, principalmente si los impactos basados en los indicadores considerados en el proyecto original, se darán conforme a lo esperado.

• El involucramiento de los usuarios o beneficiarios.

• Evidencias del beneficio potencial que se alcanza con el proyecto, así como del avance en la aplicación de los resultados del proyecto en la solución del problema que dio origen a la demanda.

• El grado de compromiso que tiene el usuario de implementar la transferencia de los resultados del proyecto, medido a través de los planes o programas con que se cuenten para atender el problema inicial con los resultados generados por el proyecto.

b) Beneficio Real de los proyectos:

Un muestreo estadístico estratificado para determinar los proyectos a los cuales se aplicará una medición que consistirá en la aplicación de instrumentos de recolección de datos para obtener el beneficio tangible que perciba el usuario final.

De igual forma se solicitará al usuario evidencia respecto del avance en la aplicación de los resultados del proyecto en la solución del problema inicial, mostrando las tendencias del caso a través del comportamiento de los indicadores pertinentes.

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La metodología aplicada deberá ser validada por el COECYT para poder asegurar la integración de los resultados que se generen a nivel nacional.

3.6 En el caso de la evaluación a nivel Fondo la cual necesariamente deberá involucrar a los usuarios de los resultados de los proyectos, el Secretario Técnico se podrá apoyar en instancias especializadas para llevar a cabo su realización, requiriendo de la aprobación del Comité Técnico y de Administración tanto de la instancia involucrada como del presupuesto requerido.

3.7 Con base en los resultados obtenidos y los indicadores socioeconómicos considerados, el Secretario Técnico con el apoyo del Secretario Administrativo, harán un análisis de los resultados de las evaluaciones realizadas mismas que serán presentadas al Comité Técnico y de Administración para su análisis y toma de decisiones a través del informe correspondiente.

3.8 Por su parte el COECYT, en el tiempo y con el apoyo de las instancias que considere convenientes, podrá llevar a cabo una evaluación de impacto del Fondo, utilizando la metodología que para el efecto determine e informará al estado, los resultados obtenidos. Los gastos incurridos en esta evaluación serán cargados al gasto operativo del Fondo.

Validado por: Nombre y firma Fecha

Secretario Administrativo M.C. Mario Prudencio Valdés Garza 12-feb-2020

Secretario Técnico Dra. Vanessa Martínez Sosa 12-feb-2020

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PTO. PF-01

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FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

TITULO: COMITÉ TÉCNICO Y DE ADMINISTRACIÓN CLAVE: PF-01

Inicio de vigencia: enero 2020 Acuerdo CTA:

Término de Vigencia: Indefinido No. de Hojas:14

No. de Revisión: No. de Anexos: 3

1. ALCANCE Y FINALIDAD.

El presente procedimiento establece los criterios y formas para la integración y funcionamiento del Comité Técnico y de Administración, así como el alcance de las funciones del Secretario Técnico y del Secretario Administrativo del Fondo, conforme a lo dispuesto por el artículo 30 de la Ley de Ciencia, Desarrollo Tecnológico e Innovación para el Estado de Coahuila de Zaragoza, el Contrato de Fideicomiso y las Reglas de Operación del Fondo. 2. RESPONSABILIDADES

Es responsabilidad de los integrantes del Comité Técnico y de Administración, así como del Secretario Administrativo y del Secretario Técnico del Fondo observar el presente procedimiento. 3. INTEGRACIÓN E INSTALACIÓN DEL COMITÉ

El Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila (FONCYT), contará con un Comité Técnico y de Administración el cual se integrará acorde a lo establecido en el Contrato de Fideicomiso y las Reglas de Operación 3.1. El Comité Técnico y de Administración se integra con:

a) Un presidente honorario, cargo que recae en el Titular del Poder Ejecutivo del

Estado de Coahuila de Zaragoza.

b) Un presidente, cargo que ocupará el titular de la Secretaría de Educación del Estado de Coahuila, quien presidirá las sesiones del Comité.

c) Cinco vocales propietarios con sus respectivos suplentes de reconocido prestigio de los sectores científico, tecnológico, académico, público, privado o social del estado.

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PTO. PF-01

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Cada integrante tendrá derecho a voz y voto. Asimismo, cada integrante contará con su respectivo suplente.

3.2. Los nombramientos de los representantes del Gobierno del Estado y vocales, estarán vigentes hasta en tanto no se dé su remoción por el Fideicomitente o Fideicomitentes que lo hubiera nombrado.

3.3. Asistirán de manera obligatoria a las sesiones del Comité Técnico y de Administración, con voz pero sin voto, los siguientes:

a) Un representante de la Fiduciaria designado por el Delegado Fiduciario General.

b) El Titular de la dependencia del Estado a la que corresponda la vigilancia y/o fiscalización, quien fingirá como comisario y podrá designar a su representante suplente.

3.4. El Comité Técnico y de Administración se auxiliará de un Secretario Administrativo cuya designación recae en el Director General del Consejo Estatal de Ciencia y Tecnología del Estado de Coahuila. El Secretario Administrativo designará a su suplente del nivel jerárquico inmediato inferior, quien tendrá las mismas atribuciones en casos de ausencia y lo podrá representar en las sesiones del Comité Técnico y de Administración y de las Comisiones de Evaluación.

3.5. El Comité Técnico y de Administración se auxiliará de un Secretario Técnico designado por el mismo Comité. El Secretario Técnico designará a un suplente del nivel jerárquico inmediato inferior, quien tendrá las misma atribuciones en casos de ausencia y lo podrá representar en la sesiones del Comité Técnico y de Administración y de las Comisiones de Evaluación.

3.6. Los Fideicomitentes deberán convocar a las personas designadas como miembros propietarios, a fin de instalar en su caso, el Comité Técnico y de Administración, dentro de un plazo que no exceda a los sesenta días hábiles contados a partir de la formalización del Contrato de Fideicomiso.

3.7. Dentro de los cinco días hábiles contados a partir de la fecha de instalación del Comité Técnico y de Administración, el Secretario Administrativo entregará a la Fiduciaria en original, el nombre y registro de firmas de las personas que lo integran, acompañado en su caso, de copia de los nombramientos y de una identificación oficial.

4. ELEMENTOS DE APOYO DEL COMITÉ TÉCNICO

4.1. El Comité Técnico y de Administración contará como elemento de apoyo con un Secretario Administrativo, cuya función recae en el Director General del Consejo Estatal de Ciencia y Tecnología del Estado de Coahuila, y su respectivo suplente, quien auxiliará al comité en el desarrollo de su operación y tendrá como responsabilidades las que se señalan en el Contrato de Fideicomiso, en las Reglas de Operación y en el presente Manual de Procedimientos y asistirá a las sesiones con voz pero sin voto.

El Secretario Administrativo designará a un suplente del nivel jerárquico inmediato inferior, quien en casos de ausencia, tendrá las mismas atribuciones y lo podrá representar en la sesiones del Comité Técnico y de Administración y de las Comisiones de Evaluación.

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4.2. El Comité Técnico y de Administración contará como elemento de apoyo con un Secretario Técnico y su respectivo suplente, funcionarios públicos, designados por el mismo Comité; que le auxiliará en los mecanismos que garanticen la calidad de la evaluación técnica de los proyectos y tendrá como responsabilidades las que se señalan en el Contrato de Fideicomiso, en las Reglas de Operación y en el presente Manual de Procedimientos, quien asistirá a las sesiones con voz pero sin voto.

El Secretario Técnico designará a un suplente del nivel jerárquico inmediato inferior, quien en casos de ausencia, tendrá las mismas atribuciones y lo podrá representar en la sesiones del Comité Técnico y de Administración y de las Comisiones de Evaluación.

5. OBLIGACIONES, FACULTADES Y ATRIBUCIONES. 5.1 Del Comité Técnico y de Administración:

El Comité Técnico y de Administración es la máxima autoridad del Fondo y los acuerdos de este serán inobjetables, siempre y cuando sean lícitos, posibles y se ajusten a las disposiciones del Contrato de Fideicomiso, de las Reglas de Operación y del presente Manual de Procedimientos, siendo sus atribuciones y obligaciones de conformidad con lo establecido en dichos documentos las siguientes:

a) Cumplir con lo establecido en las Reglas de Operación y en el presente Manual de Procedimientos.

b) Darse por enterado del Contrato de Fideicomiso, sus Convenios Modificatorios y las Reglas de Operación.

c) Aprobar el Manual de Procedimientos propuesto por el “COECYT”.

d) Instruir las acciones que resulten necesarias para la ejecución de los proyectos establecidos al amparo de convenios suscritos por los “Fideicomitentes” y aportantes en el marco de lo dispuesto por el artículo 30 de la Ley de Ciencia, Desarrollo Tecnológico e Innovación para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

e) Ratificar el “banco de evaluadores” propuesto por el “COECYT” para integrar las Comisiones de Evaluación correspondientes.

f) Aprobar la emisión y recursos comprometidos de las convocatorias correspondientes.

g) Analizar y aprobar la asignación de recursos a propuestas presentadas por el Secretario Técnico, que hayan sido evaluadas y dictaminadas favorablemente por la Comisión de Evaluación.

h) Instruir a la Fiduciaria, por conducto del Secretario Administrativo, la entrega de los recursos comprometidos a proyectos.

i) Autorizar el programa operativo anual a desarrollar por el Secretario Técnico y el Secretario Administrativo, así como el presupuesto operativo correspondiente e instruir a la Fiduciaria para la transferencia de los recursos a la cuenta que para tal efecto se haya autorizado, de acuerdo con el calendario establecido.

j) Tomar conocimiento de las acciones realizadas por el Secretario Técnico y por el Secretario Administrativo derivadas del seguimiento técnico y financiero de los proyectos aprobados por el “FONCYT”.

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k) Autorizar la apertura de cuentas que resulten necesarias con cargo al patrimonio del “FONCYT”.

l) Darse por enterado de las medidas jurídico-administrativas necesarias en defensa del patrimonio del “FONCYT”, para que se tramiten ante la Fiduciaria los poderes legales que procedan en términos de la legislación aplicable, así como autorizar la contratación de servicios especializados para el efecto con cargo al gasto operativo.

m) Verificar el cumplimiento de los fines del “FONCYT” apoyándose para este propósito en las instancias que considere pertinentes.

n) Tomar conocimiento del cambio en la designación del asesor financiero, establecido en el Contrato del Fideicomiso, mismo que será instruido a la Fiduciaria a través del Secretario Administrativo.

o) Establecer los sistemas de control y seguimiento que considere adecuados.

p) Dictar los acuerdos para hacer públicas las acciones y el ejercicio de recursos del “FONCYT”, en el marco de la legislación aplicable.

q) Atender y pronunciarse en los asuntos no previstos en las presentes “Reglas”

r) Cualquier otra derivada del contrato de fideicomiso, de los convenios modificatorios, de las Reglas de Operación y del Manual de Procedimientos.

5.2 Del Secretario Administrativo:

Son obligaciones del Secretario Administrativo de conformidad con lo señalado en el en el Contrato de Fideicomiso y Reglas de Operación del Fondo, las siguientes:

a) Firmar conjuntamente con el Secretario Técnico el Manual de Procedimientos ratificado por el Comité Técnico y de Administración.

b) Establecer en conjunto con el Secretario Técnico las áreas del conocimiento acordes a las necesidades del Estado que deben ser apoyadas por el Fondo.

c) Presentar, conjuntamente con el Secretario Técnico la solicitud de aprobación de emisión de convocatorias y de los recursos a comprometer en cada una de ellas.

d) Coordinar con el apoyo del Secretario Técnico la realización de talleres que contribuyan a mejorar la calidad de las propuestas.

e) Analizar, notificar y en su caso autorizar de común acuerdo con el Secretario Técnico, los ajustes al calendario de la Convocatoria.

f) Recibir los resultados de la evaluación de las propuestas recibidas y coordinar la reunión del Comité Técnico y de Administración para someter a su consideración la asignación de recursos.

g) Elaborar y suscribir los convenios de asignación de recursos con los sujetos de apoyo con la asistencia del Secretario Técnico.

h) Instruir a la Fiduciaria la entrega de recursos a los sujetos de apoyo conforme a los términos que se establezcan en los convenios de asignación de recursos y a los acuerdos del Comité Técnico y de Administración.

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i) Instruir a la Fiduciaria, acerca de la creación de cuentas y subcuentas que sean necesarias para la correcta operación del Fondo, autorizadas por el Comité Técnico y de Administración.

j) Acusar la recepción, registrar y canalizar al Secretario Técnico del Fondo los informes y cualquier información de los proyectos que en su caso reciba.

k) Recibir los dictámenes derivados de los procesos de evaluación de informes y proceder e implementar las acciones administrativas correspondientes, conforme a lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos y en el Procedimiento PP-08 Cierre y Conclusión.

l) Ejecutar las acciones administrativas y las notificaciones correspondientes derivadas de los dictámenes emitidos por el Secretario Técnico respecto de los proyectos que no concluyeron conforme a lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos.

m) Elaborar las actas correspondientes para formalizar la terminación de la vigencia del Convenio de Asignación de Recursos y las notificaciones al Sujeto de Apoyo, incluyendo en su caso, las sanciones que se determinen con apego a la normativa.

n) Informar al Comité Técnico y de Administración de la conclusión del proyecto, cierre del proyecto, terminación anticipada del proyecto y/o rescisión del Convenio de Asignación de Recursos, realizada de común acuerdo con el Secretario Técnico con apego a la normativa establecida.

o) Elaborar conjuntamente con el Secretario Técnico el Programa y Presupuesto Operativo Anual y someterlo a consideración del Comité Técnico y de Administración, para su aprobación.

p) Instruir a la Fiduciaria la entrega de los recursos, aprobados por el Comité Técnico y de Administración para el ejercicio de los gastos de operación del Fondo.

q) Llevar la contabilidad del Fideicomiso de conformidad a lo establecido en el procedimiento aprobado por el Fondo.

r) Presentar semestralmente los informes financieros del Fondo, al Comité Técnico, a los “Fideicomitentes” y a la Fiduciaria, en los tiempos y formas establecidos en el Contrato de Fideicomiso y en el procedimiento correspondiente.

s) Elaborar conjuntamente con el Secretario Técnico las carpetas de trabajo para las sesiones del Comité Técnico y de Administración.

t) Realizar la función de Secretario de Actas y Acuerdos en las sesiones del Comité Técnico y de Administración, verificar que las sesiones se realicen con apego a la normativa del fideicomiso y coordinar el registro y notificación de los asuntos y acuerdos de conformidad con lo establecido en el procedimiento correspondiente, utilizando los mecanismos y medios electrónicos necesarios para su correcto registro durante la sesión.

u) Resguardar la información, registros, nombramientos del Comité Técnico y de sus reuniones de trabajo.

v) Ordenar y ejecutar las medidas preventivas y correctivas procedentes, derivadas del incumplimiento de los convenios de asignación de recursos, signados con los sujetos de apoyo.

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w) Suscribir los convenios y contratos que se requieran para la operación y administración del Fondo, aprobados por el Comité Técnico y de Administración en el Programa y Presupuesto Operativo Anual.

x) Cualquier otra derivada del contrato, de la Reglas de Operación y del Manual de Procedimientos, así como aquellas que le sean designadas por el Comité Técnico y de Administración.

En el caso de ausencia temporal del Secretario Administrativo, su suplente entrará en funciones, sin embargo no podrá generar actos contra terceros.

Ante la ausencia definitiva del Secretario Administrativo y con el fin de no generar retrasos en la operación, el Gobierno del Estado de Coahuila deberá de designar en un plazo no mayor a 30 días naturales, al servidor público que desempeñará esta función.

5.3 Del Secretario Técnico Son atribuciones del Secretario Técnico de conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación del Fondo, las siguientes:

a) Firmar conjuntamente con el Secretario Administrativo el Manual de Procedimientos ratificado por el Comité Técnico y de Administración.

b) Establecer en conjunto con el Secretario Administrativo las áreas acordes a las necesidades del Estado que deben ser apoyadas por el Fondo.

c) Presentar, conjuntamente con el Secretario Administrativo la solicitud de aprobación de emisión de convocatorias y de los recursos a comprometer en cada una de ellas.

d) Coordinar con el apoyo del Secretario Administrativo la realización de talleres que contribuyan a mejorar la calidad de las propuestas.

e) Analizar, notificar y en su caso autorizar de común acuerdo con el Secretario Administrativo, los ajustes al calendario de la Convocatoria.

f) Presentar al Comité Técnico y de Administración para su ratificación un “banco de evaluadores” para integrar las Comisiones de Evaluación en función de las propuestas recibidas.

g) Elaborar con el apoyo del Secretario Administrativo, las bases de las convocatorias consideradas y proceder a su publicación, de conformidad con la disponibilidad de recursos en el Fideicomiso.

h) Verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, realizar el análisis de pertinencia de las propuestas recibidas y turnar a la Comisión de Evaluación correspondiente las propuestas que que cumplan con dichas revisiones.

i) Coordinar el proceso de evaluación, integrar la Comisión de Evaluación con base en el “banco de evaluadores” y dar el apoyo requerido para el cumplimiento de su función.

j) Someter a consideración del Comité Técnico y de Administración las propuestas de asignación de recursos que hayan sido evaluadas y dictaminadas favorablemente por la Comisión de Evaluación.

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k) Notificar a los responsables técnicos de las propuestas aprobadas el monto autorizado y en su caso, las adecuaciones a realizar.

l) Realizar el seguimiento técnico y financiero de los proyectos aprobados de conformidad a lo establecido en el convenio de asignación de recursos y en el procedimiento correspondiente.

m) Aprobar las solicitudes de extensión del tiempo de ejecución de los proyectos con apego a lo establecido en las Reglas de Operación y en el Procedimiento correspondiente.

n) Promover la instrumentación de los mecanismos de transferencia de los resultados de los proyectos a los usuarios.

o) Elaborar conjuntamente con el Secretario Administrativo el Programa y Presupuesto Operativo anual y someterlo a la consideración del Comité Técnico y de Administración para su aprobación y llevar a cabo las acciones programadas de su competencia.

p) Coordinar la elaboración de las carpetas de trabajo requeridas para las sesiones del Comité Técnico y de Administración.

q) Establecer e instrumentar conjuntamente con el Secretario Administrativo los mecanismos para la difusión, divulgación y transferencia de los resultados de los proyectos.

r) Realizar, en conjunto con el Secretario Administrativo, los actos necesarios para que se practiquen las auditorias técnicas requeridas para verificar la información presentada por los responsables técnicos y administrativos de los proyectos.

s) Cualquier otra derivada del contrato, de las Reglas de Operación y del Manual de Procedimientos, así como aquellas que le sean designadas por el Comité Técnico y de Administración.

6. SESIONES DE TRABAJO

6.1 El Comité Técnico y de Administración sesionará al menos dos veces al año de

manera ordinaria, y de manera extraordinaria las veces que sea necesario, a convocatoria del Secretario Administrativo. En las sesiones extraordinarias sólo podrán tratarse los temas para los cuales fue expresamente convocada la sesión.

6.2 El Secretario Administrativo convocará por escrito a las sesiones del Comité Técnico y de Administración, al menos con cinco días hábiles de anticipación a la fecha en que tenga verificativo la sesión correspondiente, indicando lugar, día, hora y orden del día, debiendo además acompañarse de la información correspondiente a los asuntos que se tratarán en cada sesión, pudiendo para ello recurrir al uso de medios electrónicos.

6.3 Las sesiones ordinarias deberán considerar además de los asuntos específicos: la

notificación de actas de reuniones precedentes, el seguimiento de acuerdos, el estado del Fideicomiso, la situación técnica y financiera de los proyectos apoyados y asuntos generales, de conformidad con la siguiente estructura:

• Lista de asistencia y verificación del quórum legal

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• Revisión y aprobación en su caso del Orden del Día

• Notificación de Acta de reuniones precedentes

• Seguimiento de Acuerdos de sesiones anteriores

• Situación del Fideicomiso (estados financieros y disponibilidad de recursos)

• Asuntos específicos (aprobación de convocatorias, asignación de recursos, etc.)

• Situación técnica y financiera de proyectos aprobados

• Programa y presupuesto operativo (aprobación/seguimiento)

• Asuntos generales

• Lectura y firma de Acuerdos

6.4 Las sesiones extraordinarias solo se tratarán asuntos específicos que por su urgencia no puedan esperar a ser desahogados en la siguiente sesión ordinaria, debiéndose realizar con apego a la siguiente estructura:

• Lista de asistencia y verificación del quórum legal

• Revisión y aprobación en su caso del Orden del Día

• Asuntos específicos

• Lectura y firma de Acuerdos

6.5 La información requerida para la reunión deberá integrarse en una carpeta de trabajo cuyo contenido y su estructura, facilite a los miembros del Comité Técnico y de Administración el entendimiento del asunto considerado, para un mejor sustento de su decisión. Los asuntos de la carpeta de trabajo deberán estructurarse de conformidad con lo establecido en el Anexo 1.

6.6 Las sesiones de Comité Técnico y de Administración quedarán instaladas cuando se cuente con la presencia de la mayoría simple de los miembros con derecho a voto, debiendo estar presentes el Presidente o su suplente. Para estos efectos, la asistencia de los suplentes sólo computará en caso de ausencia del propietario correspondiente.

6.7 El día de la sesión se reunirán en el lugar que indique la convocatoria los integrantes del Comité Técnico y de Administración, los invitados permanentes, así como otros invitados, si los hubiere; el Presidente del Comité Técnico y de Administración declarará instalada la misma, previa toma de lista de asistencia y la verificación de la existencia de quórum legal por parte del Secretario Administrativo.

6.8 Para el caso de que no se reúna el quórum suficiente, se suspenderá la sesión del Comité y se convocará nuevamente al mismo.

6.9 Instalada la sesión deberán ser discutidos y, en su caso, votados los asuntos contenidos en el orden del día.

6.10 El presidente del Comité Técnico y de Administración o su suplente, moderará la sesión de acuerdo a lo establecido en el orden del día.

6.11 Los acuerdos se tomarán por mayoría de votos, y en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad. Los acuerdos deberán firmarse por todos los miembros del

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Comité Técnico y de Administración durante o al término de la sesión, los cuales una vez firmados, formarán parte del acta correspondiente.

Los acuerdos deberán identificarse de la siguiente forma:

• Fondo

• Año correspondiente

• Tipo de Sesión, ordinaria (SO) o extraordinaria (SE), según sea el caso y número de sesión del año, y

• Número de acuerdo de la sesión.

Ejemplos

FONCYT/2019/SO-01/01

FONCYT/2019/SE-01/01

6.12 Los acuerdos se harán constar en acta que será suscrita por el Presidente, el Secretario Administrativo y el Secretario Técnico preferentemente en el formato mostrado en el anexo 3, la cual deberá presentarse en la siguiente reunión ordinaria para conocimiento del pleno del Comité Técnico y de Administración.

El Secretario Administrativo tomará las medidas necesarias para que el acta de la sesión se suscriba preferentemente en la misma sesión y se entregue una copia autógrafa a la Fiduciaria junto con los anexos correspondientes, en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la fecha de celebración de dicha sesión.

6.13 Las sesiones del Comité Técnico y de Administración podrán llevarse a cabo de manera no presencial a través de medios remotos de comunicación, los cuales pueden ser en forma enunciativa mas no limitativa, la videoconferencia o cualquier otro medio disponible que permita una reunión virtual y una participación eficiente y eficaz de los integrantes del Comité Técnico y de Administración, en la inteligencia de que el procedimiento de convocatoria, la lista de asistencia, los acuerdos y el acta respectiva, deberán contener las firmas autógrafas correspondientes que permitan identificar el quórum legal requerido.

7. INSTRUCCIONES A LA FIDUCIARIA

La concentración, inversión y entrega de recursos que integren el patrimonio del Fideicomiso, lo realizará directamente la Fiduciaria, de conformidad con las instrucciones del Comité Técnico. El manejo operativo tendiente al otorgamiento de los apoyos a los Sujetos de Apoyo será efectuado por conducto del Secretario Administrativo.

Se deberán observar los siguientes lineamientos para los depósitos, retiros e inversión de recursos, o en su caso las vigentes:

a) Las operaciones de retiros, depósitos e inversión de recursos deberán ser instruidas únicamente por el Comité Técnico y de Administración del Fondo.

b) El horario de la Fiduciaria para la recepción de solicitudes de depósito o retiro es invariablemente de lunes a viernes de 8:30 a 12:30 hrs.

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c) Las instrucciones que se reciban fuera del horario establecido se operarán con fecha valor al siguiente día hábil y los recursos serán situados un día hábil después.

d) Para las operaciones de retiro se deberá especificar el número de cuenta bancaria en la cual desean que se sitúen los recursos (once dígitos), el nombre del titular, el Banco, la plaza y la sucursal donde es manejada dicha cuenta, debiéndose enviar al responsable de la Fiduciaria en la localidad.

e) Utilizar el catálogo de cuentas que proporcione el Fiduciario para la identificación de los movimientos del fideicomiso.

f) Observar las políticas para el manejo e inversión de recursos que al efecto establezca el Fiduciario.

Validación Nombre y firma Fecha

Secretario Administrativo

M.C. Mario Prudencio Valdés Garza 12 de febrero de 2020

Secretaria Técnica

Dra. Vanessa Martínez Sosa 12 de febrero de 2020

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ANEXO 1

Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila

(FONCYT)

Punto del Orden del Día

Proponente

Propuesta Solicita…….

Fundamento

Reglas de Operación:

Manual de Procedimientos:

Antecedentes

Documentos anexos

1.

2.

3.

Acuerdos Solicitados:

1.

2.

________ REUNIÓN ORDINARIA DEL AÑO 20______ Del Comité Técnico y de Administración del Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de

la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila (FONCYT)

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ANEXO 2

RELACIÓN DE ACUERDOS DE LA ___ REUNIÓN (ORDINARIA O EXTRAORDINARIA) DEL COMITÉ TÉCNICO Y DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT), CELEBRADA EL ___ DE ___ DE 20___ EN LA CIUDAD DE ____________.

NÚMERO DE ACUERDO

TEXTO DEL ACUERDO

ASISTENTES:

NOMBRE CARGO EN EL COMITÉ FIRMA

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ANEXO 3

FORMATO DE ACTA DE COMITÉ TÉCNICO

ACTA DE LA ___ REUNIÓN (ORDINARIA O EXTRAORDINARIA) DEL COMITÉ TÉCNICO Y DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT), CELEBRADA EL ___ DE ___ DE 201_. En la Ciudad de ___, ____, siendo las ___ hrs., del día ___ de ____ de 201_, se reunieron en ____, sito en ______________________, con el propósito de celebrar la ___ reunión ____ del Comité Técnico y de Administración del Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila (FONCYT), con la presencia de los siguientes miembros del Comité: ______________________.

DESARROLLO DE LA REUNIÓN 1. Una vez verificado el quórum legal, el ____ en su calidad de Presidente (Suplente del Presidente) del Comité Técnico, sometió a la consideración de los miembros el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1. Aprobación del Orden del Día 2. Lectura del acta de la sesión anterior (sólo para el caso de sesiones ordinarias) 3. Seguimiento de Acuerdos (sólo para el caso de sesiones ordinarias) 4. … 5. … 6. Asuntos Generales (sólo para el caso de sesiones ordinarias)

Tomándose (por unanimidad o mayoría) el siguiente ACUERDO _____.- Los integrantes del Comité Técnico y de Administración ………. el Orden del Día. 2. Siguiendo con el orden del día, el _____, ____ del Fondo, dio lectura al acta de la sesión anterior 3. Acto seguido a esta reunión y continuando con la agenda de trabajo, el ____ informa al Comité Técnico y de Administración, de la situación que guardan los acuerdos tomados en las pasada reuniones que requieren seguimiento estableciendo por unanimidad o mayoría el siguiente: ACUERDO ______.- Se dan por atendidos los Acuerdos ……. y en su caso se instruye a …… para…. 4. …. ACUERDO ____.

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5. … ACUERDO _____. 6. ASUNTOS GENERALES (Sólo para el caso de sesiones ordinarias) No habiendo otro asunto que tratar y siendo las ___ hrs. del día en que se actúa, el __________ en su calidad de Presidente da por terminada la ___ sesión ___ del Comité Técnico y de Administración del Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila (FONCYT).

Presidente del Comité Técnico

Secretario Administrativo Secretario Técnico

Anexos:

• Lista de Asistencia

• Relación de Acuerdos firmados por los asistentes.

• Información que se solicite se anexe al acta.

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FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

TITULO: INSTANCIAS DE EVALUACIÓN CLAVE: PF-02

Inicio de vigencia: febrero 2020 Acuerdo CTA:

Término de Vigencia: indefinida No. de Hojas: 15

No. de Revisión: No. de Anexos: 5

1. ALCANCE Y FINALIDAD:

Este procedimiento establece las instancias de evaluación del Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila (FONCYT), en lo sucesivo Fondo, sus responsabilidades y atribuciones, así como los criterios y lineamientos para su integración, el ejercicio de sus atribuciones y la realización de sesiones de trabajo, conforme a lo establecido en el Contrato de Fideicomiso y sus Reglas de Operación.

2. RESPONSABILIDADES:

De conformidad con lo establecido en el Contrato de Fideicomiso y sus Reglas de Operación, las instancias que intervienen en los procesos de evaluación del Fondo y sus principales responsabilidades son las siguientes:

2.1 Secretario Técnico del Fondo.

Responsable de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria de las propuestas recibidas y coordinar los procesos de evaluación, integrar y coordinar las Comisiones de Evaluación, concentrar los resultados de las evaluaciones, para en base a promedio, emitir una recomendación al Comité Técnico y de Administración.

Asimismo, es responsable de coordinar el seguimiento técnico de proyectos, la verificación del cumplimiento de metas, compromisos y productos entregables, la evaluación de informes presentados por los responsables de los proyectos y coordinar la realización de las reuniones de trabajo y auditorías técnicas que para tal efecto se realicen.

2.2 Comisión de Evaluación.

Grupo de trabajo conformado por al menos tres científicos, tecnólogos y especialistas en la materia, para cada área que se requiera, seleccionados por el Secretario Técnico del “Banco de Evaluadores”; responsable de evaluar la calidad y factibilidad técnica y/o científica de las propuestas que se presenten al Fondo y emitir en su caso, una recomendación al Comité Técnico y de Administración para la asignación de recursos.

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La Comisión de Evaluación es responsable de dictaminar la calidad de los informes del proyecto apoyado y emitir recomendaciones en los casos específicos que le sean turnados al menos a uno de sus miembros, por el Secretario Técnico del Fondo, así como realizar las auditorias técnicas y revisiones de proyectos que le sean requeridas.

2.4 Banco de Evaluadores:

Se conformará el Banco de Evaluadores con científicos, tecnólogos y especialistas con destacada trayectoria, preferentemente miembros del Sistema Nacional de Investigadores (SNI), comprometidos en la evaluación de la calidad y factibilidad técnica y/o científica de propuestas recibidas en las convocatorias del Fondo con el alcance, tiempos y formas establecida.

3. INTEGRACIÓN DE LAS INSTANCIAS DE EVALUACIÓN: 3.1 Secretario Técnico:

La función Secretario Técnico será desempeñada por quien designe el Comité Técnico y de Administración del Fondo, quien designará a un suplente, funcionario de la institución, para atender en los casos de ausencia, los asuntos de su competencia.

3.2 Comisión de Evaluación:

1) Se constituirá a partir de la fecha de cierre de la Convocatoria con el objeto de evaluar las propuestas recibidas, y en su caso, apoyar el seguimiento técnico y la evaluación de informes de los proyectos apoyados por el Fondo.

2) La Comisión de Evaluación tendrá un carácter multidisciplinario, dinámico y acorde con la naturaleza los proyectos; y estará conformada por al menos tres evaluadores, seleccionados por el Secretario Técnico del “Banco de Evaluadores”.

3) El Secretario Técnico registrará la integración de la Comisión de Evaluación en el Formato de registro descrito en el Anexo 1.

4) La selección de evaluadores dependerá de la naturaleza del proyecto y estará en función del área prioritaria correspondiente y de las modalidades de las acciones requeridas en su realización:

a) Áreas:

1. Agroindustria y alimentos

2. Desarrollo Regional

3. Desarrollo Social Incluyente

4. Desarrollo Sostenible

5. Educación

6. Energías Renovables

7. Industria 4.0

8. Salud

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b) Modalidades:

A. Becas tesis terminales de nivel maestría y doctorado

B. Estancias técnicas y de investigación en instituciones de educación superior, centros de desarrollo científico y tecnológico nacionales y en el extranjero, y empresas participantes.

C. Proyectos, diagnósticos y/o estudios que impulsen el desarrollo integral de las áreas educativas, sociales, económicas, científicas y tecnológicas del estado.

D. Solicitud y trámites de registro de propiedad industrial para proyectos de innovación y desarrollo tecnológico susceptibles de comercializar.

E. Eventos académicos encaminados a promover la cultura científica y de innovación en Coahuila de Zaragoza.

F. Prioridades estatales y demandas estratégicas. (Convocatoria específica)

5) La participación de los miembros de la Comisión de Evaluación será a título personal, no habiendo lugar a suplencias.

6) Los gastos incurridos por su participación en los procesos de evaluación serán cubiertos con cargo al gasto operativo de conformidad con lo establecido en el procedimiento PO-02 “Programa y presupuesto operativo”.

7) En los casos de impedimentos de alguno de sus miembros de continuar en la Comisión de Evaluación, el Secretario Técnico podrá sustituirlo con otro evaluador del “Banco de Evaluadores” que reúna las características requeridas por las propuestas recibidas, en caso de que sea necesario.

8) La coordinación de la Comisión de Evaluación y el apoyo operativo estará a cargo del Secretario Técnico del Fondo, quien tendrá voz en las reuniones de trabajo correspondientes.

9) La actuación de la Comisión de Evaluación se regirá por los criterios generales y específicos establecidos en la convocatoria y en los procedimientos PP-03 Evaluación y selección de propuestas y PP-06 “Seguimiento Técnico y Financiero”.

3.3 Banco de Evaluadores:

1) En función de las áreas de conocimiento y de las modalidades de apoyo del Fondo, el Secretario Técnico, seleccionará científicos, tecnólogos y especialistas en número suficiente que, a su juicio, reúnan el perfil requerido para integrar en “Banco de Evaluadores”, del cual serán formadas las Comisiones de Evaluación.

2) El Secretario Técnico integrará una base de datos con la relación de evaluadores de acuerdo al formato del Anexo 2, con los cuales se podrán conformar las Comisiones de Evaluación del Fondo, la cual deberá contener entre otros, los datos generales del evaluador, su área de especialidad y las modalidades y área en las que podrían participar, en base a su experiencia y/o formación.

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4. ATRIBUCIONES:

4.1 Secretario Técnico:

a) Verificación del cumplimiento de requisitos:

1) Verificar el cumplimiento de requisitos establecidos en la Convocatoria, de las propuestas recibidas.

2) Notificar en su caso al Responsable Técnico de la propuesta, los incumplimientos en los requisitos exigidos en la convocatoria y que son motivo de rechazo de la misma, cuando éste lo solicité.

3) Turnar a la Comisión de Evaluación correspondiente las propuestas pertinentes, siendo estás aquellas que hayan cumplido con los requisitos establecidos en la convocatoria.

b) Evaluación Técnica.

1) Integrar la Comisión de Evaluación de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.3 precedente, turnar las invitaciones correspondientes y elaborar el registro correspondiente descrito en el Anexo 1.

2) Turnar a los miembros de la Comisión de Evaluación las bases de la Convocatoria, los criterios y formatos de evaluación de propuestas en los procedimientos PP-03 Evaluación, Selección y Aprobación y PP-06 Seguimiento Técnico y financiero.

3) Convocar a las sesiones de trabajo de evaluación y enviar oportunamente la información y formatos, para que la Comisión de Evaluación realice sus funciones.

4) Coordinar las sesiones de trabajo de la Comisión de Evaluación para la revisión de la calidad y factibilidad técnica de las propuestas recibidas, concentrar los resultados de dicha revisión y en base a promedio, emitir la recomendación correspondiente al Comité Técnico y de Administración y emitir el acta correspondiente de acuerdo al Anexo 3.

5) Notificar al Responsable Técnico de la propuesta recomendada por la Comisión de Evaluación, las observaciones emitidas por ésta, para que sean subsanadas durante el proceso de formalización.

6) Informar al Secretario Administrativo los resultados del proceso de evaluación y solicitar en su caso se convoque al Comité Técnico y de Administración a una reunión de trabajo para someter a su consideración la aprobación de recursos.

7) Elaborar y presentar al Comité Técnico y de Administración, conjuntamente el Secretario Administrativo, la recomendación de asignación de recursos emitida por la Comisión de Evaluación, así como la información de soporte necesaria.

c) Seguimiento Técnico:

1) Realizar el seguimiento técnico de los proyectos apoyados, de conformidad a lo establecido en el Procedimiento PP-06 “Seguimiento Técnico y Financiero” y en el Convenio de Asignación de Recursos.

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2) Obtener la opinión de los representantes del sector usuario sobre la calidad de los entregables del proyecto.

3) Turnar al menos a un representante de la Comisión de Evaluación los informes de los proyectos para su evaluación y solicitar un dictamen de su calidad.

4) Recurrir en los casos que por la naturaleza del proyecto se requiera, a especialistas que apoyen el seguimiento técnico.

5) Definir y coordinar las auditorias técnicas requeridas para verificar la información presentada por los responsables técnicos y administrativos, cuando así lo considere necesario.

6) Turnar a los Sujetos de Apoyo las observaciones que se emitan sobre los informes y dar seguimiento para su atención oportuna.

7) Proceder a la suspensión, cancelación, terminación anticipada o cierre técnico y financiero de los proyectos que se derive del seguimiento técnico de conformidad con lo establecido en el procedimiento PP-06 “Seguimiento Técnico y Financiero”.

8) Verificar la entrega en tiempo y forma del informe técnico final.

9) Recibir y turnar al menos a un evaluador de la Comisión de Evaluación el informe final de los proyectos apoyados y solicitar un dictamen de su calidad.

10) Recibir, analizar y dictaminar el informe financiero final de los proyectos, con apoyo de personal especializado contratado para tal efecto con cargo al presupuesto operativo anual, cuando así lo considere necesario.

11) Turnar al Secretario Administrativo los resultados de la revisión realizada por la Comisión de Evaluación y por los representantes del sector usuario de los informes finales para que, en su caso, se proceda al finiquito del proyecto.

4.2 Comisión de Evaluación.

Es atribución de la Comisión de Evaluación:

1) Evaluar la calidad y factibilidad técnica de las propuestas recibidas en el Fondo con los criterios, tiempos y formas establecidos en procedimiento PP-03 “Evaluación y Selección de Propuestas”.

2) Evaluar la calidad y factibilidad técnica de las propuestas recibidas, para en base a promedio, el Secretario Técnico emita la recomendación al Comité Técnico y de Administración sobre las propuestas que a juicio de la Comisión de Evaluación, deban recibir el apoyo del Fondo, así como el monto del apoyo sugerido.

3) Emitir detalladamente las observaciones que considere pertinentes para cada una de las propuestas evaluadas, para que permita una adecuada retroalimentación a los proponentes, en caso de que estos la soliciten.

4) Precisar las observaciones técnicas y presupuestales que deben ser atendidas por el proponente de la propuesta recomendada.

5) Participar a invitación del Secretario Técnico, en el proceso de seguimiento técnico al proyecto aprobado por el Comité Técnico y de Administración.

6) Evaluar al menos por uno de sus integrantes, los informes finales que le sean turnados por el Secretario Técnico y emitir un dictamen de la calidad de estos.

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7) Integrar los comentarios y recomendaciones de los informes finales que permitan una adecuada retroalimentación a los responsables técnicos y al Secretario Técnico sustentar las acciones conducentes de conformidad con la naturaleza y alcance de las observaciones.

8) Realizar las auditorias técnicas al proyecto apoyado que le sean solicitadas por el Secretario Técnico y elaborar las recomendaciones correspondientes.

4.3 Banco de Evaluadores

1) Integrarse, a invitación del Secretario Técnico, a la Comisión de Evaluación por área, conformada con el objeto de evaluar las propuestas recibidas del Fondo.

5. SESIONES DE TRABAJO:

5.1 Comisión de Evaluación.

1) Al cierre de la Convocatoria, una vez conformada la Comisión de Evaluación, el Secretario Técnico deberá enviar a cada uno de sus miembros, el programa, fecha y lugar para la reunión de evaluación presencial de las propuestas recibidas que hayan cumplido con los requisitos establecidos en la convocatoria, adjuntando las bases y términos de referencia de la Convocatoria y los criterios de evaluación establecido en el Procedimiento PP-03 “Evaluación, Selección y Aprobación”.

2) El Secretario Técnico turnará a cada uno de los miembros de la Comisión de Evaluación las propuestas recibidas que hayan cumplido con los requisitos de la convocatoria, para la evaluación individual de la calidad y factibilidad técnica de las mismas, incluyendo el formato correspondiente.

El acceso a la información de las propuestas será preferentemente a través del Sistema FONCYT una vez que este se implemente, para lo cual se deberán enviar las claves de acceso, sin embargo, se podrá considerar el envío en físico a solicitud de los miembros de la Comisión de Evaluación o cuando por alguna limitación del sistema informático, el Secretario Técnico lo considere conveniente.

3) La reunión de trabajo presencial será coordinada por el Secretario Técnico debiendo considerar entre otras cosas, el registro de los miembros asistentes, la concentración de los resultados de las evaluaciones de la calidad y factibilidad técnica de las propuestas y la elaboración y firma del acta de la reunión.

4) El Secretario Técnico informará al Secretario Administrativo los resultados de la evaluación de la calidad y factibilidad técnica de las propuestas y, el documento físico debidamente firmado, integrarse con las evaluaciones individuales en el expediente correspondiente.

5) En el caso que alguno de los miembros de la Comisión de Evaluación por situaciones extraordinarias no pudiera asistir a la reunión, deberá notificarlo con oportunidad y enviar al Secretario Técnico, previo a la reunión, su evaluación.

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Anexos

1) Formato de registro de la Comisión de Evaluación

2) Banco de evaluadores

3) Formato de Acta de las sesiones de la Comisión de Evaluación

Validación Nombre y firma Fecha

Secretario Administrativo

M.C. Mario Prudencio Valdés Garza 12 de febrero de 2020

Secretario Técnico

Dra. Vanessa Martínez Sosa

12 de febrero de 2020

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ANEXO 1

Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila (FONCYT)

REGISTRO

COMISIÓN DE EVALUACIÓN

(Clave de convocatoria) Ej. COAH-2019-C013

Sede:

Fecha:

Nombre Institución Correo Teléfono Firma

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ANEXO 2

Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila (FONCYT)

REGISTRO BANCO EVALUADORES FONCYT

Nombre Institución Especialidad Nivel de SNI (solo en

caso de ser SNI)

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PTO. PF-02

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ANEXO 3

ACTA DE ACUERDOS DE LA SESIÓN DE TRABAJO DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LA CONVOCATORIA COAH-20___-C____ DEL FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT), CELEBRADA EL DIA ______________________, EN ____________________, EN LA CIUDAD DE __________________________.

Con el propósito de celebrar la ____ Sesión de Trabajo de la Comisión de Evaluación de la Convocatoria COAH-20___-______ del Fondo Destinado a Promover el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado de Coahuila, se reunieron los evaluadores registrados en la lista adjunta a la presente acta, el Secretario Técnico y el Secretario Administrativo del Fondo para atender los siguientes asuntos:

Asunto 1

Asunto 2

Asunto N.

Celebrada la sesión y expuestos los puntos a tratar, se tomaron los siguientes acuerdos:

Acuerdo CE-(año)-(No. Sesión)-(No. Acuerdo)

Nota. En caso necesario hacer referencia a cuadros anexos y rubricar.

NOMBRE Y FIRMAS:

Secretario Administrativo, _____________________________

Secretario Técnico, _____________________________

ESTAS FIRMAS CORRESPONDEN AL ACTA DE LA REUNION DE TRABAJO DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LA CONVOCATORIA COAH-20___ -______ DEL “FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA”. CELEBRADA EL DIA __________________________ DE 20__, EN LA CIUDAD DE ______________, COAHUILA

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FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

TITULO: APORTACIONES DE RECURSOS AL FIDEICOMISO CLAVE: PF-03

Inicio de vigencia: febrero 2020 Acuerdo CTA:

Término de Vigencia: Indefinida No. de Hojas: 5

No. de Revisión: 1 No. de Anexos: 1

1. ALCANCE Y FINALIDAD:

Este procedimiento establece los criterios y lineamientos que deberán aplicarse en la recepción, control y destino de las aportaciones hechas al Fideicomiso por los Fideicomitentes y por terceras personas de recursos conforme a lo dispuesto en el capítulo VIII, artículo 40 de la Ley de Ciencia, Desarrollo Tecnológico e Innovación para el Estado de Coahuila y en congruencia con el Contrato de Fideicomiso correspondiente y las Reglas de Operación.

Su aplicación tiene como finalidad el asegurar un claro y correcto manejo, de la recepción, aplicación y compromisos adquiridos, derivados de las aportaciones federales, estatales, municipales y de terceros para apoyar las actividades científicas, tecnológicas y de innovación requeridas por el estado/municipio.

2. RESPONSABILIDADES:

2.1 Es responsabilidad del Secretario Administrativo y del Secretario Técnico definir con los representantes de los Fideicomitentes los montos, calendario y fines de las aportaciones anuales que los Fideicomitentes, en función de su suficiencia presupuestal, comprometan.

2.2 Tanto el Secretario Administrativo como el Secretario Técnico y los integrantes del Comité Técnico y de Administración del Fondo tienen la tarea de promover la participación de otras instancias tanto públicas como privadas en el financiamiento de las actividades científicas, tecnológicas y de innovación para impulsar el desarrollo económico y social del estado, de sus municipios y de sus sectores.

2.3 Es responsabilidad del Secretario Administrativo y del Secretario Técnico incorporar en las proyecciones de recursos del Fondo los compromisos de corto y mediano plazo asumido por los Fideicomitentes o terceros aportantes.

2.4 Es competencia del Secretario Administrativo dar seguimiento a las aportaciones comprometidas y asegurar la correcta recepción y control de los recursos aportados y su aplicación en los fines establecidos por los aportantes.

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3. APORTACIONES:

3.1 El patrimonio del Fideicomiso se integra principalmente con las aportaciones de las siguientes instancias:

a) De los Fideicomitentes, tanto la aportación inicial para la constitución del Fideicomiso como las aportaciones subsecuentes que realicen en la proporción y fechas que convengan, de acuerdo a su suficiencia presupuestal.

b) Otras dependencias del Gobierno Federal, Estatal o Municipal para apoyar iniciativas que respondan a problemáticas comunes de su interés.

c) Por aportaciones que realicen terceros para apoyar iniciativas científicas y tecnológicas que contribuyan al desarrollo económico y social del estado, de sus municipios o de sus sectores, en el corto, mediano o largo plazo, sin que esto implique un compromiso de retribución directa del Fondo al aportante y sin que por este hecho adquieran el carácter de fideicomitentes, ni derechos respecto al patrimonio del “FONDO”, salvo la atención de la necesidad o problemática objeto de su aportación.

d) Por los productos financieros de las inversiones de su patrimonio y de otros ingresos derivados de sus actividades.

e) La partida anual que se determine en el presupuesto de egresos del estado.

f) Las herencias, legados o donaciones.

g) Los créditos obtenidos a su favor por el sector público o privado.

h) Los beneficios generados por las patentes que se lleguen a registrar a nombre de Gobierno del estado o del COECYT y los derechos intelectuales que correspondan, así como el ingreso percibido por la venta de bienes y prestación de servicios científicos y tecnológicos.

i) Los apoyos de organismos e instituciones extrajeras.

j) Las aportaciones de sector privado.

k) Los demás recursos que termine el gobierno del estado.

3.2 El Secretario Administrativo podrá realizar las gestiones necesarias para incorporar en el presupuesto estatal solicitado para el ejercicio siguiente, los recursos considerados necesarios para cubrir la demanda del Estado.

3.3 El Gobierno del estado y el COECYT de común acuerdo podrán establecer un esquema de aportaciones que estimule la participación de los municipios y otros sectores en el financiamiento del desarrollo científico y tecnológico requerido por el estado, estableciendo los mecanismos que sean necesarios para un control adecuado de sus aportaciones.

4. FORMALIZACIÓN DE LAS APORTACIONES Y CREACIÓN DE SUBCUENTAS:

4.1 En el primer trimestre del año el Secretario Administrativo y el Secretario Técnico con base en el planeación del Fondo, deberán definir con los representantes de los Fideicomitentes, los compromisos de aportación de recursos para el año

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correspondiente, así como el calendario de aportaciones en los que deberá aplicarse el recurso.

4.2 Los compromisos deberán formalizarse mediante el documento identificado como “Anexo de Ejecución” mostrado en el anexo 1, el cual deberá ser debidamente firmado por los los Secretarios Técnico y Administrativo:

Este documento será la base de la planeación presupuestal y deberá contener:

a) Montos y calendario de las aportaciones estatales.

b) Nombre de la instancia estatal que hará la aportación.

c) Instancias municipales aportantes, cuando aplique. Anexar sus cartas compromiso.

d) Otros aportantes, tanto públicos como privados. Anexar sus cartas compromiso.

e) El calendario tentativo para la emisión de la (s) convocatoria (s)

El Secretario Administrativo con el apoyo del Secretario Técnico coordinará la elaboración y firma del documento.

4.3 En función de los compromisos establecidos en el Anexo de Ejecución y del patrimonio disponible en el Fideicomiso, el Secretario Técnico y el Secretario Administrativo presentarán al Comité Técnico y de Administración en su primera Reunión Ordinaria del año, la convocatoria y recursos a comprometer.

4.4 En el supuesto que alguno de los fideicomitentes no pueda cumplir con sus compromisos tanto en el monto como en calendario, el representante del mismo deberá notificar por escrito al otro fideicomitente y deberán establecer de común acuerdo lo conducente.

4.5 El Secretario Administrativo dará seguimiento a los compromisos establecidos por lo

fideicomitentes, para lo cual deberá:

a) Comunicar por escrito a las instancias correspondientes el procedimiento y número de cuenta del Fideicomiso en la que deberá depositarse el recurso comprometido.

b) Solicitar al aportante copia o notificación del depósito así como los datos que debe contener el recibo de caja que emite la Fiduciaria, dará seguimiento a su emisión y asegurará su entrega a la instancia correspondiente.

c) Notificar al Secretario Técnico la recepción de aportaciones, adjuntar la ficha de depósito.

d) Elaborará conjuntamente con el Secretario Técnico un calendario tentativo de emisión de Convocatorias.

e) Definir con el Presidente del Comité la fecha de reunión de Comité Técnico para aprobar la emisión de Convocatorias y notificarla al Secretario Técnico.

4.6 El Secretario Administrativo generará en su caso, subcuentas en el sistema contable del Fondo, en las cuales se deberán registrar las aportaciones municipales, de secretarias o de otras instancias.

En estas subcuentas se deberá llevar el control de la aplicación de recursos autorizada por el Comité Técnico y se deberá notificar trimestralmente, el estado de la subcuenta al aportante correspondiente.

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Estas aportaciones recibidas deberán ser reflejadas en los estados financieros del Fideicomiso y en los reportes financieros trimestrales que el Secretario Administrativo emite, los cuales deberán contener un apartado en los que se muestre el desglose del estado de las subcuentas que sean generadas.

Validación Nombre y firma Fecha

Secretario Administrativo M.C. Mario Prudencio Valdés Garza 13 de febrero de 2019

Secretario Técnico Dra. Vanessa Martínez Sosa 13 de febrero de 2019

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ANEXO 1

ANEXO DE EJECUCIÓN

FONDO DESTINADO A PROMOVER EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA (FONCYT)

ANEXO DE EJECUCIÓN 201_

APORTACIONES COMPROMETIDAS

1. Los montos y fechas señalados estarán sujetos a la suficiencia presupuestal de los aportantes.

2. Las aportaciones serán canalizadas para apoyar proyectos científicos, tecnológicos y de innovación de las modalidades consideras en la Reglas de Operación del Fondo, que el Comité Técnico y Administración aprueben en apego a los procedimientos y requisitos establecidos, tanto en las Reglas de Operación, como en el Manual de Procedimientos, a través de las convocatorias que se emitan.

3. Las Convocatorias y su fecha de publicación deberán someterse a la aprobación del Comité Técnico y de

Administración en el calendario establecido. La publicación de las Convocatorias se hará siempre y cuando estén fideicomitidos los recursos comprometidos.

SECRETARIO ADMINISTRATIVO SECRETARIO TÉCNICO -------------------------------------------------- ---------------------------------------------- Fecha:

EL GOBIERNO DEL ESTADO OTRAS INSTANCIAS Totales Instancia Monto Fecha Monto Fecha

Totales