los libros contables

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UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN TEMA: LIBROS CONTABLES DOCENTE: DR. WALTER EMILIO POMA SANCHEZ CURSO: CONTABILIDAD GERENCIAL ALUMNA: JOSE LUIS OTI CICLO: II TRUJILLO – PERÚ 1

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Page 1: Los Libros Contables

UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO

FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS

ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN

TEMA: LIBROS CONTABLES

DOCENTE: DR. WALTER EMILIO POMA SANCHEZ

CURSO: CONTABILIDAD GERENCIAL

ALUMNA: JOSE LUIS OTINIANO OTINIANO

CICLO: II

TRUJILLO – PERÚ

2010– II.

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Page 2: Los Libros Contables

A mis padres, porque gracias a su trabajo y esfuerzo me han enseñado lo

necesario para llegar a ser una persona de bien.

A mi profesor Poma Sánchez Walter Emilio porque por medio de sus enseñanzas

y educación en valores busca que seamos mejores personas y mejores seres

humanos, además de aprender lo minimo y necesario sobre la contabilidad y su

importancia como futuros profesionales.

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Page 3: Los Libros Contables

INDICE

DEDICATORIA...................................................................................................................2

ÍNDICE...............................................................................................................................3

INTRODUCCIÓN...............................................................................................................4

DEFINICIÓN DE LIBROS CONTABLES……….. ………………………………..…………..5

FINALIDAD DE LOS LIBROS CONTABLES.....................................................................5

CLASIFICACIÓN DE LOS LIBROS CONTABLES…………………………………………..6

PERSONAS OBLIGADAS A LLEVAR LOS LIBROS DE CONTABILIDAD…………….…6

PROHIBICIONES EN LOS LIBROS DE CONTABILIDAD………………………….7

LEGALIZACION DE LOS LIBROS DE CONTABILIDAD…..............................................8

LIBROS CONTABLES AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2009…………………………………11

NUEVOS LIBROS Y REGISTROS CONTABLES DESDE EL 01 DE JULIO........……. 13

BIBLIOGRAFÍA................................................................................................................16

3

Page 4: Los Libros Contables

INTRODUCCIÓN

Para que una empresa surja y tenga éxito, es por medio de La contabilidad que se

ejerza en dicha entidad. Así mismo, todo empresario individual así como las

sociedades mercantiles deberán llevar una contabilidad ordenada, adecuada a la

actividad de su empresa, la cual permita un seguimiento cronológico de todas sus

operaciones mercantiles; así como la elaboración periódica de inventarios,

balances y estados financieros.

Los libros contables van a tomar una función de vital importancia en la empresa,

puesto que en ellos es donde se van a registrar todas las actividades mercantiles

que se realicen, de forma clara, ordenada y precisa.

La finalidad del trabajo es analizar los libros contables que utilizan las empresas

exigidos por ley dentro del territorio peruano, lo cual para nosotros futuros

administradores y gerentes es de vital importancia el conocer, ya que en base a

ellos podremos realizar una adecuada toma de decisiones.

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Page 5: Los Libros Contables

LOS LIBROS CONTABLES

1. DEFINICIÓN DE LIBROS CONTABLES

Los libros contables son los libros que deben llevar obligatoriamente los

comerciantes y en los cuáles se registran en forma sintética las operaciones

mercantiles que realizan durante un lapso de tiempo determinado.

Según Ayala (2002) define a los libros de contabilidad como: “libros especiales,

diseñados para anotar las operaciones que realiza la empresa a lo largo de su

vida”.

Rojas (2002) nos brinda otra definición: “los libros de contabilidad son unos

cuadernos especiales de mayor tamaño que los corrientes en los que se registra

las operaciones comerciales y administrativas que realiza una empresa o

institución”.

En conclusión, los libros contables conforman una base de datos, donde en forma

ordenada, clara y precisa; se registran todas las operaciones mercantiles que se

realice en una entidad.

2. FINALIDAD DE LOS LIBROS CONTABLES

Con referencia a Rojas (2002) dice que la finalidad de los libros contables son

cuatro:

1. Dejar constancia de las operaciones mercantiles.

2. Reflejar el cumplimiento del código comercio.

3. Registrar ganancias y pérdidas de cada periodo contables.

4. Mostrar los estados financieros a cada momento.

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Page 6: Los Libros Contables

3. CLASIFICACIÓN DE LOS LIBROS CONTABLES

Con referencia a Rojas (2002), los libros contables se clasifican según dos

aspectos o criterios básicos: técnico y legal.

3.1.CRITERIO TÉCNICO

• Principales: inventarios y balances, diario, caja mayor.

• Auxiliares: caja chica, clientes, bancos, proveedores, almacén, cuentas

corrientes, planillas de sueldos y jornales, letra por cobrar, etc.

3.2. CRITERIO LEGAL

• Obligatorios: inventarios y balances, diario, caja mayor, actas, registro de

ventas, registro de compras, planillas de sueldos y jornales.

• Voluntarios: caja chica, bancos, clientes, proveedores, cuentas corrientes,

almacén, letras por cobrar, etc.

4. PERSONAS OBLIGADAS A LLEVAR LOS LIBROS DE CONTABILIDAD

Zeballos (2002), nos dice que las que las personas que se encuentran obligadas a

llevar los libros de contabilidad, es según el régimen del impuesto a la renta en

que se ubican las empresas:

4.1. Régimen General

• Personas jurídicas: todos los libros principales y obligatorios.

• Personas naturales: según el art.65º de la ley del impuesto a la renta

establece la siguiente obligación:

1º hasta 100 UIT de ingresos brutos anuales.

• Inventarios y balances

• Ingresos y gastos

• Registro de compras

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Page 7: Los Libros Contables

• Registro de ventas

• Registro de bienes en consignación.

2º Más de 100 UIT de ingresos brutos anuales.

• Todos los libros principales obligatorios

4.2. Régimen Especial (RER)

• Personas naturales y jurídicas:

Registro de compras

Registro de ventas

Planillas de pagos

Libro de retenciones (si cuenta con trabajadores de 4ta y 5ta

categoría).

4.3. Régimen Único Simplificado (RUS)

• Personas naturales: planillas de pago

4.4. Impuesto A La Renta De 4ta Categoría

• Personas naturales: libro de ingresos. (Pág. 15)

5. PROHIBICIONES EN LOS LIBROS DE CONTABILIDAD

Rojas (2002) nos muestra las prohibiciones que existen en los libros de

contabilidad:

Alterar el orden cronológico de las operaciones.

Dejar renglones en blanco. Si es preciso inutilizarlos con líneas diagonales.

Hacer raspaduras o enmiendas.

Arrancar los folios u hojas de los libros. (Pág. 52)

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Page 8: Los Libros Contables

6. LEGALIZACION DE LOS LIBROS DE CONTABILIDAD.

En los Art. 1 y 3 de la resolución Nº 234- 2006/SUNAT (30.12.06), establece los

siguientes:

Los libros de actas, así como los registros y libros contables deben ser

legalizados antes de su uso, incluso cuando estos últimos sean llevados en hojas

sueltas, continuas o computarizadas.

La legalización será efectuada por los notarios públicos del lugar del domicilio

fiscal del deudor tributario o, a falta de estos, por los jueces de paz letrados o

jueces de paz, como corresponda, quienes colocaran una constancia en la

primera hoja de los mismos.

Información de la constancia de la legalización

Numero de legalización asignado por el notario o juez,

según sea el caso.

Nombres y apellidos, o denominación o razón social del

deudor tributario, según sea el caso.

Numero de RUC

Denominación del libro o registro.

Numero de folios que consta.

Fecha y lugar en que se otorga.

Sello y firma del notario o juez de paz letrado.

Así mismo, el notario público o juez de paz letrado, según sea el caso, deberá

sellar todas las hojas del libro o registro, las mismas que deberán estar

debidamente foliados, incluso cuando se lleven utilizando hojas sueltas, continuas

o computarizadas. En ningún caso el numero de legalización, folios o de registro

podrá contener adicionalmente caracteres distintos, tales como letras.

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Page 9: Los Libros Contables

6.1. LEGALIZACIÓN DEL SEGUNDO Y SIGUIENTES LIBROS Y REGISTROS

DE CONTABILIDAD.

Para poder legalizar un segundo y siguientes libros registros de una misma

denominación, con referencia al art. 4 de la resolución y art. 1 de la resolución de

superintendencia Nº 106 – 99 SUNAT, dice que se deberá acreditar que se ha

concluido con el anterior, que se ha perdido o destruido.

En caso de libros o registros concluidos: la acreditación se efectuara

con la presentación del libro o registro anterior concluido o fotocopia

legalizada por un notario del primer y último folio del mencionando libro o

registro.

En casos de perdida o destrucción: la acreditación se efectuara con la

comunicación de tales hechos a la SUNAT, realizada dentro de los quince

días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos.

6.2. PLAZOS MÁXIMOS DE ATRASO DE LEGALIZAR LOS LIBROS DE

CONTABILIDAD.

Según el art. 1 de la resolución de superintendencia Nº 078 – 98/SUNAT, los

plazos máximos que tienen los libros y registros de contabilidad son los

siguientes:

LIBRO Y/O REGISTRO PLAZO COMPUTO DEL PLAZO

• Libros de inventarios

y balances

• Libro mayor

• Libro diario y caja

• Libros auxiliares de

control de activos

fijos

3 meses Contados desde el mes

siguiente de realizadas las

operaciones.

• Libro de retenciones 10 días hábiles Contado desde el primer día

hábil del mes siguiente a aquel

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Page 10: Los Libros Contables

en que se realice el pago.

• Registro de ventas

• Libro de ingresos

• Libro de ingresos y

gastos para

generadores de

renta de 4ta

categoría

10 días hábiles Contado desde el primer día

hábil del mes siguiente a aquel

en que se emita el

comprobante de pago.

• Registro de compra 10 días hábiles Contados desde el primer día

hábil del mes siguiente a aquel

en que se recepciones el

comprobante de pago.

• Registro de

inventario

permanente

valorizado

3 meses Contados desde el mes

siguiente de realizadas las

operaciones.

• Registro de

inventarios

permanente en

unidades

10 días hábiles Contados desde la fecha de

recepción del documento que

sustente el ingreso de las

existencia o de emisión del

documento que sustente las

salidas de las mismas.

• Libro de planillas de

pago

10 días hábiles Contados desde el primer día

hábil del mes siguiente al

periodo al que corresponde la

remuneración.

• Registro del régimen

de retenciones

10 días hábiles Contados desde el primer día

hábil del mes siguiente a aquel

que se recepciones o emita el

documento que sustenta las

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Page 11: Los Libros Contables

transacciones realizadas con

los proveedores.

Registro del régimen de

percepciones

10 días hábiles Contados desde el primer día

hábil del siguiente mes a aquel

en que se emita el documento

que sustenta las transacciones

realizadas con los clientes.

Registro IVAP 10 días hábiles Contados desde el mes

siguiente de realizadas las

operaciones.

7. LIBROS CONTABLES AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2009

Modificación de la Resolución de Superintendencia que estableció las normas

referidas a libros y registros vinculados a asuntos tributarios.

Las disposiciones para el tratamiento tributario de los libros y registros vinculados

a asuntos tributarios están referidas a:

• El procedimiento para la autorización de los mismos.

• La forma en la cuál deberá ser llevados.

• Los plazos máximos de atraso.

• La perdida o destrucción de los mismos.

• La contabilidad completa - vigente a partir del 2009.

• La información mínima contenida en ellos, así como los formatos que la integran

- vigente a partir del 2009.

Las disposiciones referidas a la contabilidad completa, así como la utilización de

los formatos que debe contener cada libro o registro entraron en vigencia a partir

del 1 de enero de 2009.

7.1. Libros y Registros vinculados a asuntos tributarios.

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Page 12: Los Libros Contables

Los libros y registros vinculados a asuntos tributarios serán los libros de actas, los

libros y registros contables u otros libros y registros exigidos por las leyes,

reglamentos o Resolución de Superintendencia que se señalan a continuación:

LIBRO CAJA Y BANCOS

LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS

LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES

LIBRO DE RETENCIONES INCISOS E) Y F) DEL ARTICULO 34° DE LA

LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA

LIBRO DIARIO

LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO

LIBRO MAYOR

REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS

REGISTRO DE COMPRAS

REGISTRO DE CONSIGNACIONES

REGISTRO DE COSTOS

REGISTRO DE HUÉSPEDES

REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES FÍSICAS

REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO

REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS

REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS - ARTÍCULO 23° RESOLUCIÓN

DE SUPERINTENDENCIA N° 266-2004/SUNAT

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Page 13: Los Libros Contables

REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PERCEPCIONES

REGISTRO DEL RÉGIMEN DE RETENCIONES

REGISTRO DE RETENCIONES ARTÍCULO 77-A DE LA LEY DE

IMPUESTO A LA RENTA

REGISTRO IVAP

REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE ADQUISICIONES - ARTÍCULO 8°

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 022-98/SUNAT

REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE ADQUISICIONES - INCISO A) PRIMER

PÁRRAFO ARTÍCULO 5° RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N°

021-99/SUNAT

REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE ADQUISICIONES - INCISO A) PRIMER

PÁRRAFO ARTÍCULO 5° RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N°

142-2001/SUNAT

REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE ADQUISICIONES - INCISO C) PRIMER

PÁRRAFO ARTÍCULO 5° RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N°

256-2004/SUNAT

REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE ADQUISICIONES - INCISO A) PRIMER

PÁRRAFO ARTÍCULO 5° RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N°

257-2004/SUNAT

REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE ADQUISICIONES - INCISO C) PRIMER

PÁRRAFO ARTÍCULO 5° RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N°

258-2004/SUNAT

REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE ADQUISICIONES - INCISO A) PRIMER

PÁRRAFO ARTÍCULO 5° RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N°

259-2004/SUNAT

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Page 14: Los Libros Contables

LIBRO DE ACTAS DE LA EMPRESA INDIVIDUAL DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA

LIBRO DE ACTAS DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS

LIBRO DE ACTAS DEL DIRECTORIO

LIBRO DE MATRÍCULA DE ACCIONES

LIBRO DE PLANILLAS

8. NUEVOS LIBROS Y REGISTROS CONTABLES DESDE EL 01 DE JULIO

A partir del 1 de julio de 2010, los libros y registros vinculados a asuntos

tributarios deben contar obligatoriamente con la información mínima y ceñirse a

los nuevos formatos a que se refiere la Resolución de Superintendencia Nº 234-

2006/SUNAT (El Peruano 30.12.2006).

8.1.PRINCIPALES DISPOSICIONES

1.    Los libros y registros deben contar con los datos de cabecera (Denominación

del libro o registro; período y/o ejercicio al que corresponde la información

registrada; número del RUC del contribuyente; apellidos y nombres, denominación

y/o razón social).

2.    Registro de operaciones:

• Orden cronológico o correlativo (salvo disposición en contrario).

• Legible; sin espacio o líneas en blanco; enmendaduras, ni alteración.

• Usar el Plan Contable General vigente.

• Totalizar el importe en cada folio, columna o cuenta contable hasta obtener el

total general del período o ejercicio gravable, según corresponda; salvo que se

trate de hojas sueltas o continuas, en cuyo caso se totalizará al finalizar el período

o ejercicio.

• Moneda nacional y castellano.

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Page 15: Los Libros Contables

3.    Incluir los registros o asientos de ajuste, reclasificación o rectificación que

correspondan.

4.    Contener folios originales. No se permite la adhesión de hojas o folios.

5.    El libro de inventarios y balances debe ser firmado al cierre de cada período o

ejercicio gravable, según corresponda; por el contribuyente o su representante

legal, así como por el contador responsable de su elaboración.

 

8.2. INFORMACIÓN MÍNIMA Y FORMATOS

La información mínima que debe contener los libros y registros contables está

prevista en la Resolución de Superintendencia Nº 234-2006/SUNAT. Su

aplicación es obligatoria a partir del 1 de julio de 2010, cualquiera fuera la forma

de llevado de libro (manual o en hojas sueltas o continuas).

Los formatos (rayado) son también de uso obligatorio a partir del 1 de julio de

2010; sin embargo, si los libros son llevados en hojas sueltas o continuas, no será

exigible el formato, sino únicamente la información mínima.  

8.3. NUMERO DE FORMATO POR CADA LIBRO o REGISTRO

1.- Libro Caja y Bancos (2 formatos).

2.- Libro de Ingresos y Gastos (2 formatos).3.- Libro de Inventarios y Balances (19

formatos).

4.- Libros de Retenciones incisos e) y f) del Art. 34º del TUO del IR (1 formato).

5.- Libro Diario (2 formatos: General y Simplificado).

6.- Libro Mayor (1 formato).

7.- Registro de Activos Fijos (4 formatos).

8.- Registro de Compras (1 formato).

9.- Registro de Consignaciones (2 formatos).

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Page 16: Los Libros Contables

10.- Registro de Costos (3 formatos).

11.- Registro de Inventario permanente en unidades físicas (1 formato).

12.- Registro de Inventario permanente Valorizado (1 formato).

13.- Registro de Ventas e Ingresos (1 formato).

Los demás libros y registros deberán contener la información que dispone las

normas legales que los crearon.

9. BIBLIOGRAFIA

9.1. TEXTOS

Rivero, E. (2002). Contabilidad I. (2º ed.). Lima – Perú: Universidad El

Pacifico.

Rojas, D. (2002). Contabilidad básica. Enfoque practico con aplicaciones

informáticas. Bogota – Colombia: PEARSON

Zeballos, E. (2004). Fundamentos de contabilidad. (2º ed.). Lima – Perú:

Juventud S.A.

9.2. PAGINAS WEB

http://www.gestiopolis.com/finanzas-contaduria/libros-y-registros-

tributarios.htm

www.mundoanuncio.com/.../libros.../libros_contables.html

www.ccea.com.uy/.../Pronunciamiento%20N%206.htm

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Page 17: Los Libros Contables

joseluisgarciaquispe.blogspot.com/

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