los derechos fundamentales en el entorno virtual

19
@legaltics @heidybalanta Primer foro Regional sobre Desarrollo y Primer foro Regional sobre Desarrollo y Fortalecimiento de los Derechos Fundamentales en el Fortalecimiento de los Derechos Fundamentales en el nuevo contexto social, medioambiental y tecnológico nuevo contexto social, medioambiental y tecnológico del Estado colombiano del Estado colombiano

Upload: heidy-balanta

Post on 24-Jun-2015

1.784 views

Category:

Technology


2 download

DESCRIPTION

Los derechos fundamentales en el entorno virtual

TRANSCRIPT

Page 1: Los derechos fundamentales en el entorno virtual

@legaltics@heidybalanta

Primer foro Regional sobre Desarrollo y Fortalecimiento de los Derechos Primer foro Regional sobre Desarrollo y Fortalecimiento de los Derechos

Fundamentales en el nuevo contexto social, medioambiental y tecnológico Fundamentales en el nuevo contexto social, medioambiental y tecnológico

del Estado colombianodel Estado colombiano

Page 2: Los derechos fundamentales en el entorno virtual

“Cuando creíamos que teníamos todas las respuestas, de pronto, cambiaron todas las preguntas“ Mario Benedetti

Page 3: Los derechos fundamentales en el entorno virtual
Page 4: Los derechos fundamentales en el entorno virtual

• Ley 527 de 1999 -Comercio Electrónico.• Ley 1221 de 2008 –Teletrabajo.• Ley 1273 de 2009 -Delitos informáticos• Ley 223 de 1995, Decreto 1094 de 1996.Decreto 1929 de 2007 Factura electrónica• Decreto 1151 de 2008 -Gobierno en Línea• Menores: Ley 679 de 2001 -Pornografía Infantil• Administración de justicia: Ley 270 de 1996 art. 95 -Tecnología al servicio de la

administración de justicia• Acuerdo No. PSAA06-3334 de 2006 -Notificaciones Electrónicas• Ley 1238 de 2008 -Certificados de antecedentes disciplinarios y judiciales electrónicos• Ley 1286 de 2009 -Ciencia y tecnología• Ley 1266 de 2008 -Habeas Data• Ley 1341 de 2009 -Tics y Sociedad de la información• Artículo 91 Ley 633 de 2000. Inscripción Páginas web ante la Dian y Registro mercantil

LEGISLACIÓN EN TICS

Page 5: Los derechos fundamentales en el entorno virtual

DERECHO A LA IGUALDAD

BRECHA DIGITALGOBIERNO

ELECTRÓNICO

NEUTRALIDAD

TECNOLÓGICA

Art. 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. (…)

Page 6: Los derechos fundamentales en el entorno virtual

DERECHO A LA PRIVACIDADArt. 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo tiene derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución. (…)

Page 7: Los derechos fundamentales en el entorno virtual

http://www.youtube.com/watch?v=qr6LeSU3owY&feature=player_embedded

Page 8: Los derechos fundamentales en el entorno virtual

Ley 1266 de 2008. Habeas Data. Objeto. desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales relacionadas con la recolección, tratamiento y circulación de datos personales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política, así como el derecho a la información establecido en el artículo 20 de la Constitución Política, particularmente en relación con la información financiera y crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países.

¿QUE SE HA HECHO?

Page 9: Los derechos fundamentales en el entorno virtual

Ley 1273 de 2009 . Artículo 269F: Violación de datos personales. El que, sin estar facultado para ello, con provecho propio o de un tercero, obtenga, compile, sustraiga, ofrezca, venda, intercambie, envíe, compre, intercepte, divulgue, modifique o emplee códigos personales, datos personales contenidos en ficheros, archivos, bases de datos o medios semejantes, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

¿QUE SE HA HECHO?

Page 10: Los derechos fundamentales en el entorno virtual

Ley 1273 de 2009. Artículo 269C: Interceptación de datos informáticos. El que, sin orden judicial previa intercepte datos informáticos en su origen, destino o en el interior de un sistema informático, o las emisiones electromagnéticas provenientes de un sistema informático que los transporte incurrirá en pena de prisión de treinta y seis (36) a setenta y dos (72) meses.

CN. Art. 15 (…)La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. Sólo pueden ser interceptadas o registradas mediante orden judicial, en los casos y con las formalidades que establezca la ley.

¿QUE SE HA HECHO?

Page 11: Los derechos fundamentales en el entorno virtual

PROYECTO DE LEY 241 DE 2010 SENADO.

•Establece que la edad mínima para registrarse y ser miembro de redes sociales en internet es de 14 años.

Establece que las diferentes redes sociales que operan en la Internet deberán acatar los preceptos de la Ley Estatutaria de Hábeas Data, con el fin de preservar la reserva de la información que les sea suministrada, a informar a los titulares sobre la utilización que están dando a sus datos, a conservar con las debidas seguridades la información y a cumplir con las instrucciones de la autoridad de control y de proteger el derecho a la intimidad del sujeto concernido, en especial, cuando este sea menor de edad.

¿QUE HAY POR HACER?

Page 12: Los derechos fundamentales en el entorno virtual

Art. 18. Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia.

Art. 20. Se garantiza a toda persona la libertad de expresar su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación.Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho de rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura.

Art. 21. Se garantiza el derecho a la honra. La ley señalará la forma de su protección

Page 13: Los derechos fundamentales en el entorno virtual

Art. 20. Se garantiza a toda persona la libertad de expresar su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación.Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho de rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura.

LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Page 14: Los derechos fundamentales en el entorno virtual

C.N. Art, 23. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.

Ley 962 de 2005. “ARTÍCULO 6 (…) Toda persona podrá presentar peticiones, quejas, reclamaciones o recursos, mediante cualquier medio tecnológico o electrónico del cual dispongan las entidades y organismos de la Administración Pública.(…)” “(…) PARÁGRAFO 1o. Las entidades y organismos de la Administración Pública deberán hacer públicos los medios tecnológicos o electrónicos de que dispongan, para permitir su utilización.(…)” “(…) PARÁGRAFO 2o. En todo caso, el uso de los medios tecnológicos y electrónicos para adelantar trámites y competencias de la Administración Pública deberá garantizar los principios de autenticidad, disponibilidad e integridad.(…)”

Page 15: Los derechos fundamentales en el entorno virtual

Art. 25. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.

ARTICULO 26. Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. La ley podrá exigir títulos de idoneidad. Las autoridades competentes inspeccionarán y vigilarán el ejercicio de las profesiones. Las ocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgo social.

Ley 1221 de 2008. Teletrabajo, tiene por objeto promover y regular el Teletrabajo como un instrumento de generación de empleo y autoempleo mediante la utilización de tecnologías de la información y las telecomunicaciones (TIC).

Page 16: Los derechos fundamentales en el entorno virtual

ARTICULO 27. El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra.

Page 17: Los derechos fundamentales en el entorno virtual

Art. 37. Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Sólo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho.

Art. 38. Se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad.

Page 18: Los derechos fundamentales en el entorno virtual

¿ Debería ser internet un derecho fundamental?

Page 19: Los derechos fundamentales en el entorno virtual

www.acoditic.org

MUCHAS GRACIAS!!!