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Pliego de Condiciones Parte I para la Contratación de
un Consultor para la elaboración del Proyecto de
Ingeniería Básica del Módulo Nacional del Puerto
Capurro
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ÍNDICE
SECCIÓN I. MARCO GENERAL..............................................................................5
Artículo 1º Objeto ........................................................................................................ 5
Artículo 2º Marco jurídico. Jurisdicción ....................................................................... 5
Artículo 3º Cumplimiento de la normativa vigente....................................................... 6
Artículo 4º Acceso a dependencias del puerto .............................................................. 6
Artículo 5º Conflicto de intereses ................................................................................. 6
SECCIÓN II. CONDICIONES DEL SERVICIO..........................................................9
Artículo 6º Alcances del Servicio ................................................................................. 9
Artículo 7º Asistencia a reuniones ................................................................................ 9
Artículo 8º Formato de las comunicaciones e informes del Consultor .......................... 9
Artículo 9º Metodología ............................................................................................... 9
Artículo 10º Integración mínima equipo técnico........................................................... 10
Artículo 11º Informes y plazos ..................................................................................... 11
Artículo 12º De los antecedentes y fuentes de información .......................................... 12
Artículo 13º Pago del servicio ...................................................................................... 12
Artículo 14º Supervisión del Consultor ........................................................................ 13
Artículo 15º Oficina en ANP........................................................................................ 13
Artículo 16º Tributos y demás costos .......................................................................... 13
Artículo 17º Propiedad intelectual y derechos de autor................................................. 13
SECCIÓN III. TÉRMINOS DE REFERENCIA ..........................................................15
Artículo 18º Antecedentes............................................................................................ 15
Artículo 19º Buques de diseño ..................................................................................... 17
Artículo 20º Diseño de obras portuarias ....................................................................... 17
Artículo 21º Diseño de obras portuarias ....................................................................... 18
Artículo 22º Servicios a ser instalados.......................................................................... 19
Artículo 23º Edificaciones a construir .......................................................................... 21
Artículo 24º Proyecto vial y accesos............................................................................. 21
Artículo 25º Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental .......................................... 22
Artículo 26º Batimetrías, estudios topográficos y geotécnicos...................................... 22
Artículo 27º Estudio de mareas, de oleaje y meteorológicos......................................... 22
Artículo 28º Metodologías alternativas ambientalmente amigables .............................. 23
SECCIÓN IV. PROCESO LICITATORIO ..................................................................24
Artículo 29º Adquisición, valor del pliego y domicilio................................................. 24
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Artículo 30º Aclaraciones a los documentos de la licitación......................................... 24
Artículo 31º Modificación de los documentos de la licitación ...................................... 24
Artículo 32º Garantía por pedido de prórroga............................................................... 24
Artículo 33º Garantía de mantenimiento de oferta........................................................ 25
33º.1 Garantía en efectivo..............................................................................25
33º.2 Garantía en valores públicos .................................................................25
33º.3 Póliza de seguro de fianza.....................................................................26
33º.4 Fianza o aval bancario ..........................................................................26
Artículo 34º Presentación de las ofertas........................................................................ 27
Artículo 35º Condiciones generales de la oferta ........................................................... 27
35º.1 Idioma ..................................................................................................28
35º.2 Formato y firma de la oferta .................................................................28
35º.3 Costo de la oferta..................................................................................28
35º.4 Aceptación de las condiciones de estas Bases .......................................28
Artículo 36º Contenido de la oferta .............................................................................. 29
36º.1 Comprobantes ......................................................................................29
36º.2 Del oferente..........................................................................................29
Artículo 37º Propuesta económica................................................................................ 29
Artículo 38º Capacidad técnica..................................................................................... 30
Artículo 39º Personal Técnico y Representante Técnico............................................... 30
Artículo 40º Información a presentar............................................................................ 31
40º.1 Antecedentes y experiencia del personal comprometido .......................31
40º.2 Presentación de cada profesional ..........................................................32
40º.3 Enfoque metodológico y Plan de Trabajo .............................................32
Artículo 41º De la apertura ........................................................................................... 33
41º.1 Recepción y apertura ............................................................................33
41º.2 Estudio de las ofertas............................................................................34
41º.3 Solicitud de aclaraciones ......................................................................34
41º.4 Discrepancias .......................................................................................35
Artículo 42º Calificación Técnica................................................................................. 35
42º.1 Experiencia general y específica del Consultor .....................................35
42º.2 Antecedentes y experiencia del equipo técnico. ....................................36
Artículo 43º Metodología ............................................................................................. 36
Artículo 44º Evaluación de las Ofertas ......................................................................... 36
Artículo 45º Documentación complementaria .............................................................. 37
Artículo 46º Criterio de Adjudicación. Reserva de Derecho......................................... 38
Artículo 47º Notificación.............................................................................................. 39
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Artículo 48º Plazo de mantenimiento de oferta............................................................. 39
SECCIÓN V. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO...............................................40
Artículo 49º Garantía de cumplimiento de contrato...................................................... 40
Artículo 50º Contrato ................................................................................................... 40
Artículo 51º Documentos contractuales........................................................................ 41
Artículo 52º Cesión del Contrato.................................................................................. 41
Artículo 53º Responsabilidad del Consultor y Confidencialidad .................................. 41
SECCIÓN VI. FINAL DE LA CONTRATACIÓN, SANCIONES .............................43
Artículo 54º Extinción de la Contratación .................................................................... 43
Artículo 55º Rescisión por incumplimiento .................................................................. 43
Artículo 56º Mora ........................................................................................................ 43
Artículo 57º Multas por atraso...................................................................................... 44
ANEXO I MODELOS DE PRESENTACIÓN .....................................................45
A Carta presentación.................................................................................... 45
B Formulario de identificación del oferente ................................................. 46
C Declaración jurada referente al personal................................................... 47
D Modelo de fianza o aval bancario............................................................. 48
E Modelo de propuesta económica .............................................................. 49
F Formulario de solicitud de contratación y/o renovación ........................... 50
G Modelo de declaración jurada................................................................... 51
ANEXO II PLANOS.................................................................................................. 52
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SECCIÓN I. MARCO GENERAL
Artículo 1º Objeto
El objeto del presente llamado a licitación abreviada es la contratación de un
Consultor para elaborar el proyecto de ingeniería básica del Módulo Nacional del
Puerto Capurro, futura terminal pesquera en la Bahía de Montevideo. Consiste en el
diseño de los puestos de atraque, las obras de abrigo, las áreas de operativa
considerando el conjunto de operaciones y maniobras de buques, así como el
proyecto ejecutivo de las obras, del dragado y de las instalaciones de las
infraestructuras de servicios (agua potable, eléctrica, iluminación, suministro de
combustible, vialidad, desagües pluviales, saneamiento, etc.).
El trabajo estará conformado por el conjunto completo e integral de estudios y
cálculos necesarios para la construcción de las obras y la correcta operación
portuaria de las mismas. Estará integrado por todas las memorias de cálculo, las
memorias descriptivas y constructivas, las especificaciones técnicas y los recaudos
gráficos.
El “Consultor” es la empresa de consultoría o la asociación de varias empresas de
consultoría.
El predio en cuestión se encuentra dentro del recinto portuario del Puerto de
Montevideo.
Es importante destacar que se deberán tomar todos los recaudos necesarios para que
el proyecto cumpla con las reglamentaciones nacionales y municipales vigentes y/o
de inminente aprobación e implementación sobre Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente en el entorno de influencia, así como los acuerdos vigentes con la
Intendencia de Montevideo.
Artículo 2º Marco jurídico. Jurisdicción
Este llamado estará regido por las Leyes y Normas vigentes, en particular por la ley
17.957, ley Nº 18.083 y sus decretos reglamentarios, el Decreto Nº 150/012 - TOCAF
2012, Adaptación del Decreto Nº 500/991 de fecha 1/12/991 aprobado por Resolución
de Directorio Nº 589/3.478 de fecha 26.11.08, "Pliego Único de Bases y Condiciones
Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales" (Parte III),
"Pliego de Bases y Condiciones Particulares para Contratación de Suministros y
Servicios no Personales de la Administración Nacional de Puertos" (Parte II) en los
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artículos aplicables y el presente Pliego de Condiciones Parte I.
Para todas las cuestiones relativas al cumplimiento o interpretación del contrato será
aplicable la legislación y jurisdicción de la República Oriental del Uruguay.
Artículo 3º Cumplimiento de la normativa vigente
El adjudicatario deberá cumplir con todas las normas legales y reglamentarias
dictadas o a dictarse en materia laboral, fiscal, aduanera, de seguridad en el trabajo.
Artículo 4º Acceso a dependencias del puerto
Los técnicos y personas autorizadas debidamente por los representantes de las
empresas interesadas, deberán gestionar ante la Administración Nacional de Puertos
(ANP), a más tardar quince (15) días hábiles antes del vencimiento del plazo para la
presentación de las ofertas, las autorizaciones pertinentes a efectos de realizar las
visitas que estimen necesarias y tener acceso a las informaciones que correspondan a
los fines de la propuesta.
Recibida la solicitud de visita, ANP fijará la fecha de su realización, que será
comunicada a todos los compradores del pliego.
En ocasión de efectuarse la visita, el funcionario de ANP asignado a la misma no estará
autorizado para evacuar consultas de cualquier naturaleza que puedan plantear los
oferentes. La evacuación de las mismas deberá cumplir lo establecido en el Artículo
30º.
El proponente se obliga a considerar todas las dificultades técnicas inherentes a la
implantación y realización del objeto de la presente licitación, en forma previa a la
presentación de la oferta.
Cuando el adjudicatario deba realizar trabajos dentro de los recintos portuarios,
quedará sujeto a los reglamentos vigentes y a lo que dispongan en cada caso las
autoridades, con las que deberá coordinar las autorizaciones de ingreso pertinentes.
Artículo 5º Conflicto de intereses
El Consultor debe dar asesoramiento profesional, objetivo e imparcial otorgando en
todo momento máxima importancia a los intereses del Contratante y evitando
rigurosamente todo conflicto con otros trabajos asignados o con los intereses de las
instituciones a que pertenece y sin consideración alguna de cualquier labor futura.
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Sin que ello constituya limitación alguna a la Cláusula anterior, no se contratará a
Consultores o cualquiera de sus afiliados, bajo ninguna de las circunstancias que se
indican a continuación por considerarse que tienen conflicto de interés:
- Una firma, su matriz o sus filiales contratadas por el Contratante para
suministrar bienes, o construir obras o prestar servicios (fuera de servicios de
consultoría) para un proyecto, estarán descalificadas para prestar servicios de
consultoría relacionados con esos bienes, construcción de obras o servicios.
Recíprocamente, una firma, su matriz o sus filiales contratadas para prestar
servicios de consultoría para la preparación o ejecución de un proyecto,
quedarán descalificadas para posteriormente suministrar bienes, obras de
construcción u otros servicios (fuera de servicios de consultoría) resultantes
de, o directamente relacionados a los servicios de consultoría prestados por la
firma para dicha preparación o ejecución de un proyecto. Para los fines de
este párrafo, se denominan servicios, aparte de los servicios de consultoría,
aquellos servicios que conducen a un producto físico tangible, por ejemplo
encuestas, perforaciones exploratorias, fotografía aérea e imágenes vía
satélite.
- Un Consultor (incluyendo su personal y sub-consultores), su matriz o
cualquiera de sus afiliados no podrá ser contratado para realizar trabajos que
por su naturaleza estén en conflicto con otros trabajos que el Consultor
ejecute para el mismo u otro Contratante. Por ejemplo, un Consultor que ha
sido contratado para preparar un diseño de ingeniería para un proyecto de
infraestructura no podrá comprometerse a preparar una evaluación ambiental
independiente para el mismo proyecto, y un Consultor que esté asesorando a
un Contratante sobre la privatización de bienes públicos, no podrá comprar,
ni asesorar compradores sobre la compra de tales bienes. Igualmente, un
Consultor contratado para preparar los Términos de Referencia de un trabajo,
no podrá ser contratado para dicho trabajo.
- No se le podrá adjudicar el contrato a un Consultor (incluyendo sus
empleados y sub consultores) que tenga un negocio o relación familiar con
un miembro del personal del Contratante que esté directa o indirectamente
involucrado en: (i) la preparación de los Términos de Referencia del trabajo;
(ii) el proceso de selección para dicho trabajo; o (iii) la supervisión del
Contrato. No se podrá adjudicar el Contrato a menos que el conflicto
originado por esta relación haya sido resuelto a través del proceso de
selección y ejecución del Contrato de una manera aceptable a la ANP.
Todos los Consultores tienen la obligación de revelar cualquier situación actual o
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potencial de conflicto que pudiera afectar su capacidad para servir en beneficio del
Contratante, o que pudiera percibirse que tuviera este efecto. El no revelar dichas
situaciones puede conducir a la descalificación del Consultor o a la terminación de
su contrato.
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SECCIÓN II. CONDICIONES DEL SERVICIO
Artículo 6º Alcances del Servicio
El alcance de la consultoría a realizar se detalla en la Sección III de las presentes
bases.
Es de resaltar que la contratación del Consultor adjudicatario, la ANP la realizará en
el entendido que el mismo es experto en trabajos de proyecto y diseño ejecutivo de
infraestructuras de la naturaleza de la consultoría en cuestión, por lo que lo
especificado a continuación en estos términos de referencia, no releva al Consultor
que como experto que es en estas actividades, prevea en su oferta todos los trabajos
y recursos necesarios para la ejecución correcta e integral de una consultoría como la
del caso en cuestión, estén o no explicitados en estos términos de referencia.
Artículo 7º Asistencia a reuniones
El Consultor participará de todas las reuniones a que el representante técnico de la
ANP convoque. Será obligación del Consultor redactar las actas de dichas reuniones.
Artículo 8º Formato de las comunicaciones e informes del Consultor
Todas las comunicaciones e informes del Consultor al representante técnico de la
ANP, serán en dos versiones físicas y una versión en soporte magnético tanto en
formato original (posible de editar) como en formato PDF.
Artículo 9º Metodología
El Consultor deberá presentar para este llamado, la propuesta de una metodología a
seguir en la consultoría del presente caso, a aplicar si resultara adjudicataria. La
metodología propuesta por el Consultor, no releva a la misma del cumplimiento de
todo lo establecido en los presentes términos de referencia, en caso de que resulte
adjudicataria.
Para el cumplimiento de los objetivos y alcances detallados en los artículos
precedentes y siguientes al presente articulo, el consultor deberá describir en su
oferta técnica la metodología que propone para el estudio, detallando las
herramientas, equipos, modelos y programas a emplear para el desarrollo del trabajo.
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Sin perjuicio de que cada oferente podrá proponer la metodología que entienda
conveniente o ajustada al caso planteado, deberá tenerse especial consideración en:
� Lograr en todo el estudio una integración total de los futuros gestores del
proyecto: en especial en la discusión y selección de alternativas. Deberá
promoverse la participación de todas las áreas potencialmente involucradas
tanto internas como externas a la ANP.
� Asegurar en los sectores correspondientes de la ANP, una fluida transferencia
de los conocimientos arribados por el Consultor.
� Coordinar con el MTOP, MVOTMA (DINOT y DINAMA), AFE,
Intendencia Municipal y otros organismos del Estado, a los efectos de ser
consistentes con Políticas Nacionales y Municipales.
Artículo 10º Integración mínima equipo técnico
La integración del equipo técnico que estará trabajando para realizar la consultoría
en cuestión, deberá constar como mínimo del siguiente personal técnico:
1. Un experto en proyectos de terminales portuarias con al menos 10 años de
experiencia. Dicho profesional será el Jefe de Proyecto del Consultor.
2. Un ingeniero civil experto en diseño de estructuras, con experiencia no
menor a 10 años.
3. Un ingeniero civil experto en evaluación y gestión ambiental, con
experiencia no menor a 10 años.
4. Un experto en ingeniería de diseño de obras viales, con experiencia no menor
a 10 años.
5. Un ingeniero eléctrico con experiencia no menor a 10 años en diseño de
subestaciones y líneas de transmisión y distribución de media y alta tensión.
6. Un ingeniero industrial o mecánico con experiencia no menor a 10 años en
diseño de instalaciones mecánicas e industriales y portuarias.
7. Un ingeniero agrimensor con experiencia no menor a 10 años en proyectos y
obras civiles.
8. Un ingeniero civil con experiencia no menor a 10 años en proyectos y obras
de saneamiento, agua potable y desagües pluviales.
El Consultor deberá presentar un compromiso por escrito firmado por cada
profesional de conformidad de participación en el estudio durante el tiempo que el
Consultor proponga para el mismo.
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El Jefe de Proyecto y el Ingeniero Civil experto en estructuras marítimas podrán ser
de nacionalidad extranjera y por tanto poseer titulación extranjera. Los demás
profesionales del equipo técnico propuesto deberán contar con títulos profesionales
de la UDELAR o de las Universidades Privadas habilitadas por el MEC, o en su
defecto con las reválidas correspondientes.
Los proyectos de ingeniería básica de cada temática que se realicen, deberán estar
firmados por el jefe de proyecto y por el respectivo profesional especialista en la
materia. En particular los proyectos de muelles, escolleras y explanadas estarán
firmados por el Jefe de Proyecto y por el Ingeniero experto en estructuras.
Artículo 11º Informes y plazos
El plazo máximo para la realización de todos los trabajos será de seis (6) meses
contados a partir de la fecha de inicio de los trabajos.
Una vez firmado del contrato, el Consultor deberá dar comienzo a los trabajos en un
plazo máximo de treinta días calendario y dicha fecha será documentada por
escrito por el representante técnico designado por ANP como Acta de Día de
Comienzo.
La preparación y entrega de los informes del estudio, serán de acuerdo con el
cronograma propuesto por el oferente (Artículo 40º.3).
El plazo para aprobar o rechazar los informes por parte de la ANP será de veinte
(20) días calendario para los informes de avance y treinta (30) días calendario para
el Borrador e Informe Final. Este plazo se prorrogará en la medida que se requiera
información aclaratoria o complementaria, en la misma proporción que se demore la
respuesta por parte del Consultor. Los atrasos en la presentación de los informes
de avance o en la entrega de información aclaratoria o complementaria no
justificarán ni autorizarán la prórroga del plazo contractual.
Cada uno de los informes de avance requerirá el cumplimiento y/o entrega al
Director del Proyecto designado por ANP del informe en formato impreso y en base
informática.
El borrador de informe final contendrá la versión aprobada de todos los proyectos
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con las correcciones que la ANP haya hecho a los mismos.
El Informe Final será la versión final revisada de todos los proyectos y de toda la
documentación e información utilizada en los mismos.
Con la presentación del informe final, el Consultor también presentará un resumen
ejecutivo en volumen independiente.
Todos los documentos que elabore el Consultor, deberán tener un adecuado y claro
desarrollo, de manera que la interpretación y análisis de los mismos pueda ser
realizada en forma eficiente y eficaz por parte del representante de la ANP. Por tal
motivo, el Consultor deberá prestar especial cuidado en la redacción y armado de los
documentos, de manera que en los mismos, entre otras cosas, estén claramente
identificadas y explicadas las metodologías, las hipótesis, los parámetros de diseño,
los cálculos, las conclusiones etc., así como las relaciones de todos ellos con las
eventuales planillas de salidas de software de cálculo.
Todos los documentos y planos que se elaboren y formen parte de las entregas
deberán ser entregados en formato impreso y base informática. Esta última en
formato de archivo dwg y pdf según corresponda.
La ANP tendrá la propiedad intelectual de los estudios, trabajos y proyectos que
realice el consultor.
Artículo 12º De los antecedentes y fuentes de información
El consultor realizará todos los estudios y análisis de ingeniería, económicos,
financieros, sociales, ambientales y jurídicos para alcanzar los objetivos
identificados.
El consultor deberá recopilar todos los antecedentes, datos y documentos tanto en
fuentes públicas como privadas.
Artículo 13º Pago del servicio
El pago al consultor se realizará de la siguiente manera:
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1. La firma del contrato habilita desde el punto de vista formal un pago de hasta
el 10% del precio total.
2. A la aprobación de cada Informe de Avance, el Consultor podrá certificar el
80% del precio de los estudios cotizados según el cuadro exigido en el
Artículo 37º Propuesta económica.
3. El acumulado de pagos de los certificados no superará el 40% del monto total
al cumplirse un tercio del plazo, ni el 60% al cumplirse los dos tercios.
4. A la aprobación del Informe Final y del Resumen ejecutivo el Consultor
podrá certificar el saldo del precio total.
Las solicitudes de pago se realizarán ante el representante técnico de la ANP, el que
de no mediar objeciones, conformará la factura y se abonará la misma en un plazo
no mayor a los treinta días hábiles contados desde la conformación de la factura.
Artículo 14º Supervisión del Consultor
ANP designará al/los funcionarios que tendrá/n a su cargo el contralor del
cumplimiento del objeto de la presente licitación, aprobar los informes que presente
y las facturas de pago.
Artículo 15º Oficina en ANP
ANP brindará al adjudicatario, si fuera necesario, un espacio físico SIN línea
telefónica NI ACCESO A INTERNET.
Artículo 16º Tributos y demás costos
Será de cuenta y cargo del Consultor el pago de todos los tributos que graven la
prestación del servicio objeto de la presente licitación.
Serán de cargo del Consultor todos los otros costos asociados a las prestaciones
necesarias para el cumplimiento de las condiciones contractuales
Artículo 17º Propiedad intelectual y derechos de autor
Todos los estudios, trabajos borradores y proyectos que realice el Consultor, serán
propiedad exclusiva de ANP, pudiendo disponer libremente su uso, sin que ello
pudiera dar lugar a reclamación alguna por parte del Consultor.
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No obstante lo anterior, el Consultor será responsable por todos y cada uno de los
antecedentes, cálculos, conclusiones y, en general, de todas las materias que forman
parte del trabajo contratado.
En caso de disolución de la adjudicataria, las personas que actuaron como
representante legal y como director del proyecto, asumirán esta responsabilidad que
se entenderá en su más amplia acepción.
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SECCIÓN III. TÉRMINOS DE REFERENCIA
Artículo 18º Antecedentes
Antes de iniciar la elaboración del proyecto será necesario que el Consultor reúna
toda la información en que se apoyará. Deberá analizar los antecedentes del
Proyecto Institucional N° 8 de la ANP que sean relevantes para el presente estudio y
factibles de ser aplicables.
El proyecto deberá contemplar los avances del preacuerdo mantenido con la
Intendencia de Montevideo, para contemplar la relación Ciudad – Puerto. Para ello,
la ANP ha expropiado cinco padrones costeros y está en trámite la escrituración de
cada uno de ellos. Algunos tienen construcciones y otros están semisumergidos.
Se indican a continuación los estudios más relevantes a considerar en la ejecución
del objeto del llamado, los que podrán ser ubicados en la WEB de ANP. El oferente
deberá contemplar la posibilidad de ampliarlos y/o complementarlos, si lo estima
conveniente, aspecto que deberá indicar claramente en su oferta.
A) La consultora SOGREAH – HIDROSUD – Port Autonome de Marseille
(2001) hizo un estudio de factibilidad en el que determinó el nuevo
emplazamiento para la actividad pesquera, estudiando escenarios de demanda y
proponiendo posibles Layout para el sector pesquero. Incluyó una campaña
geotécnica de 20 perforaciones de hasta 8 metros de profundidad.
B) El Instituto de Mecánica de los Fluidos e Ingeniería Ambiental de la
Facultad de Ingeniería realizó dos estudios:
1. Análisis de la circulación para el escenario futuro “Puerto Capurro” en la
Evaluación ambiental prospectiva de la Bahía de Montevideo (marzo 2008). Este estudio concluyó que el muelle pesquero prácticamente no afectará la circulación natural de las aguas en la bahía en su globalidad. Cabe indicar que en su momento, la consultora interpretó que se debía construir un acceso terrestre “transparente” a la circulación natural, materializado en un puente. La presencia de afloramientos rocosos en ese punto (Piedras de Capurro), dejó sin efecto este concepto y determinó finalmente la conveniencia de
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construir el acceso común por medio de un relleno simple (obra ya ejecutada).
2. Estudio básico de agitación marina y obras de abrigo (octubre 2008). En este estudio se hizo, entre otras cosas, el estudio de agitación interior en cinco puntos para diferentes valores de intensidad y dirección del viento, para clima de olas medio y para oleaje extremal con períodos de retorno de 50, 100 y 200 años. Se utilizaron dos configuraciones. El informe concluye que ambas configuraciones cumplen con las exigencias de las Normas R.O.M. españolas, para las flotas pesqueras que operarán en cada módulo.
C) La empresa Incociv (Licitación Abreviada 10.157 marzo 2010) realizó 60
perforaciones (30 de las cuales penetraron 5 metros el techo de roca) y una
tomografía eléctrica marina en un área de un kilómetro cuadrado. Este estudio
nos dio una visión pormenorizada del fondo marino y complementó lo realizado
por la consultora SOGREAH – HIDROSUD – Port Autonome de Marseille
en 2001.
D) La empresa Lemac (agosto 2011) subcontratista de la firma Colier, realizó 12
perforaciones en el nuevo relleno hasta el techo de roca.
E) EIH Grimaux (1986). Estudios de suelos para la confección de un plan maestro
de desarrollo del Puerto de Montevideo. Incluye varias perforaciones hasta la
roca en esta zona.
F) Intecsa (octubre 1987). Estudios hidráulicos y sedimentológicos, para el Plan de
Desarrollo a largo plazo para el Puerto de Montevideo. Incluye un análisis
semiempírico de los aterramientos en varias zonas de la bahía, con cálculo de
las sedimentaciones debidas a las corrientes y también a la agitación. En
particular se determinan los coeficientes de sedimentación en las proximidades
del muelle de ANCAP y de su canal de acceso.
G) Comunicación Ambiental del Puerto Capurro (2008) de la ANP, que permitió
obtener la Autorización Ambiental Previa de las obras del módulo nacional con
categoría “A”.
H) Anteproyecto de ingeniería elaborado por Barros & Asociados (2009),
promotor de una iniciativa privada para la construcción y concesión del Módulo
Internacional, incluyendo la Comunicación Ambiental de dicha iniciativa.
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Artículo 19º Buques de diseño
El Consultor analizará y propondrá a la aprobación de la ANP el/los buque/es de
diseño que surjan como más convenientes para proyectar el módulo nacional del
Puerto Capurro.
A modo de orientación preliminar, se indican algunos lineamientos no taxativos ni
absolutos que podrían tenerse en cuenta en la determinación de los buques de
diseño:
� Buques pesqueros que habitualmente operan en el Puerto de Montevideo,
� Buques pesqueros que habitualmente operan en la zona de Mántaras.
� Buques involucrados directa o indirectamente en actividades pesqueras que operan o no en el Puerto de Montevideo, por el tipo de operativa que realizan o por la actual falta de equipamientos y/o servicios de nuestro puerto.
El Consultor deberá tomar en cuenta para la elaboración del proyecto, características
de operación, de maniobra, de servicios, de abordaje, etc., lo más amplias y flexibles
posibles, de manera de permitir una alta versatilidad en el servicio operativo.
Algunas de ellas serán restricciones para el diseño y otras serán variables a
considerar en el diseño. Las características que se definan deberán ser aprobadas por
la ANP.
Artículo 20º Diseño de obras portuarias
El Consultor, teniendo en cuenta los buques de diseño, deberá definir las principales
características de las obras portuarias a proyectar en relación a: alineación,
dimensiones, calado, área de maniobras en distintas alternativas de operación, etc.
El Consultor deberá realizar el cálculo estructural y el diseño completo de todas las
obras portuarias constitutivas del Módulo Nacional.
Los muelles serán de hormigón armado y tendrán una vida útil de al menos 75 años.
En la configuración que la ANP ha ido considerando adecuada para la flota nacional,
se contempló un retroarea de 7 hectáreas y una extensión de muelles según el
siguiente detalle:
300 metros de muelle costero, en dirección NNE (borde del relleno ya construido)
250 metros de muelle costero, paralelo a la faja costera
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275 metros de muelle tipo marina, operable a ambos lados, paralelo a la faja costera,
100 metros de muelle tipo marina, perpendicular al anterior,
totalizando 1100 metros de atraque.
Artículo 21º Diseño de obras portuarias
Los servicios profesionales de consultoría a contratar deberán incluir la elaboración
de un Proyecto de Dragado para la Terminal pesquera en Puerto Capurro.
Información que deberá entregar:
� Proyecto de dragado para la ejecución de la obra.
� Anteproyecto de mantenimiento del dragado.
� Definición del diseño de áreas de atraques, maniobras y canal de acceso.
� Determinación de la geometría de las zonas adaptada a la navegación.
� Estudio batimétrico para establecer la condición inicial del fondo y calcular
volúmenes.
� Estimación de volumen a dragar.
� Definición de taludes, profundidades y márgenes de seguridad requeridos.
� Determinación la señalización marítima requerida.
� Metodologías de dragado contemplando la reutilización del material extraído.
� Determinación de zonas de vertido. Metodología a utilizar.
� Sugerir alternativas o variantes.
� Estimación del plazo de ejecución de la obra.
� Estimación del costo aproximado de la obra.
� Establecer la forma de control y medición.
� Determinar la conveniencia de pago por entrega del trabajo terminado, o por
movilización-desmovilización y costo unitario por metro cúbico extraído in
situ.
� Consultar los planes gubernamentales y privados a nivel nacional, regional o
local que existan en el área de influencia a fin de evaluar su compatibilidad
con el desarrollo del proyecto.
� Plan de gestión ambiental y aprobación de DINAMA.
� Determinación y evaluación de riesgos.
� Establecer de las medidas de prevención, mitigación, control, compensación
y corrección de impactos y efectos negativos.
� Establecer un plan de contingencia en caso de siniestros o daños.
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� Citar las Normativas aplicadas.
Artículo 22º Servicios a ser instalados
El Consultor deberá elaborar los proyectos ejecutivos de ingeniería que sean
necesarios, tomando en consideración como mínimo los que se indican a
continuación y que permitirán suministrar un servicio integral a los diferentes
usuarios e instalaciones futuras:
Energía Eléctrica: el proyecto deberá definir y diseñar la potencia necesaria a ser instalada así como todos los elementos (infraestructura eléctrica, instalaciones, equipos, etc.) necesarios para el correcto funcionamiento de la instalación eléctrica y para el suministro de energía eléctrica a los diferentes usuarios. Se incluirán la memoria de cálculo, la memoria de especificaciones técnicas y constructivas de las obras, instalaciones, equipos y materiales y todos los planos que correspondan. El diseño se hará en un todo de acuerdo con las normas nacionales vigentes y las normas internacionales que el Consultor estime necesarias o la ANP así lo considere. El consultor deberá tramitar la aprobación de UTE del proyecto.
Abastecimiento de agua potable: el proyecto deberá definir y diseñar el caudal necesario para el abastecimiento de todos los usuarios así como todos los elementos (infraestructuras, instalaciones, equipos, etc.) necesarios para el correcto funcionamiento de la instalación. Se incluirá la memoria de cálculo, la memoria de especificaciones técnicas y constructivas de las obras, instalaciones, equipos y materiales y todos los planos que correspondan. El diseño se hará en un todo de acuerdo con las normas nacionales vigentes y las normas internacionales que el Consultor estime necesarias o la ANP así lo considere. El Consultor deberá tramitar la aprobación de OSE del proyecto.
Abastecimiento de combustible: el proyecto deberá definir y diseñar la capacidad adecuada para el abastecimiento de todos los usuarios así como todos los elementos (infraestructuras, instalaciones, equipos, etc.) necesarios para el correcto funcionamiento de la instalación. El suministro para toda la terminal provendrá de un oleoducto directamente de la Refinería de La Teja. Se incluirá la memoria de cálculo, la memoria de especificaciones técnicas y constructivas de las obras, instalaciones, equipos y materiales y todos los planos que correspondan. El diseño se hará en un todo de acuerdo con las normas nacionales vigentes y las normas internacionales que el Consultor estime necesarias o la ANP así lo considere.
20
El Consultor deberá tramitar la aprobación de ANCAP del proyecto.
Saneamiento de aguas servidas: el proyecto deberá definir y diseñar las características del sistema integral de saneamiento de las instalaciones así como todos los elementos (infraestructuras, instalaciones, equipos, etc.) necesarios para el correcto funcionamiento de la instalación. En cualquiera de los casos el Consultor incluirá la memoria de cálculo, la memoria de especificaciones técnicas y constructivas de las obras, instalaciones, equipos y materiales y todos los planos que correspondan. El diseño se hará en un todo de acuerdo con las normas nacionales vigentes y las normas internacionales que el Consultor estime necesaria o la ANP así lo considere. El Consultor deberá tramitar la aprobación de la IM del proyecto.
Desagües de aguas pluviales: el proyecto deberá definir y diseñar las características del sistema integral de desagüe de aguas pluviales del predio y de sus diferentes zonas así como todos los elementos (infraestructuras, instalaciones, equipos, etc.) necesarios para el correcto funcionamiento de la instalación. El Consultor deberá estudiar las opciones de vertido directo al Rio de la Plata y otra opción de vertido en lagunas internas para la posterior utilización como reserva de agua para fines distintos al de agua potable (reserva de incendio, riego, etc.). En cualquiera de los casos el Consultor incluirá la memoria de cálculo, la memoria de especificaciones técnicas y constructivas de las obras, instalaciones, equipos y materiales y todos los planos que correspondan. El diseño se hará en un todo de acuerdo con las normas nacionales vigentes y las normas internacionales que el Consultor estime necesaria o la ANP así lo considere. El Consultor deberá tramitar la aprobación de la IM del proyecto.
Telefonía y comunicaciones: el proyecto deberá definir y diseñar las características del sistema de conexión telefónica e Internet y fibra óptica de las instalaciones así como todos los elementos (infraestructuras, instalaciones, equipos, etc.) necesarios para el correcto funcionamiento de la instalación. Se incluirá la memoria de cálculo, la memoria de especificaciones técnicas y constructivas de las obras, instalaciones, equipos y materiales y todos los planos que correspondan. El diseño se hará en un todo de acuerdo con las normas nacionales vigentes y las normas internacionales que el Consultor estime necesaria o la ANP así lo considere. El Consultor deberá tramitar la aprobación de Antel y/o la Ursec del proyecto.
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Iluminación del predio: el proyecto deberá definir y diseñar las características del sistema de iluminación de las instalaciones. Se incluirá la memoria de cálculo, la memoria de especificaciones técnicas y constructivas de las obras, instalaciones, equipos y materiales y todos los planos que correspondan. El diseño se hará en un todo de acuerdo con las normas nacionales vigentes y las normas internacionales que el Consultor estime necesaria o la ANP así lo considere.
Protecciones contra incendio: el proyecto deberá definir y diseñar las características del sistema integral de protección de incendio que protegerá las instalaciones. El diseño incluirá todos los elementos (infraestructuras, instalaciones, equipos, etc.) necesarios para el correcto funcionamiento de la instalación. Se incluirá la memoria de cálculo, la memoria de especificaciones técnicas y constructivas de las obras, instalaciones, equipos y materiales y todos los planos que correspondan. El diseño se hará en un todo de acuerdo con las normas nacionales vigentes y las normas internacionales que el Consultor estime necesaria o la ANP así lo considere. El Consultor deberá tramitar la aprobación de la Dirección Nacional de Bomberos para el proyecto.
Artículo 23º Edificaciones a construir
El Consultor diseñará las edificaciones necesarias para las actividades que los
operadores pesqueros y las oficinas gubernamentales realizan actualmente en el
Puerto de Montevideo (ANP, DINARA, PNN, DGA, etc.).
Artículo 24º Proyecto vial y accesos
El Consultor elaborará un proyecto de ingeniería vial para los accesos a la terminal y
para todas las explanadas de maniobra dentro de la terminal, considerando los
vehículos característicos de la operación portuaria. El proyecto deberá incluir todos
los elementos necesarios para el correcto funcionamiento de la red vial
(planialtimetría, perfiles transversales, obras de arte, canalizaciones, pavimentos,
señalización, obras accesorias, etc.).
El alcance del proyecto deberá incluir las conexiones a la Avenida Capurro y a los
Accesos a Montevideo.
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En los acuerdos con la IM, se ha considerado la posibilidad de conectar el Puerto
Capurro, atravesando la ex Planta de Alcoholes de ANCAP, de forma tal que la
Avenida Capurro sea el acceso provisorio al Puerto.
Se incluirá la memoria de cálculo, la memoria de especificaciones técnicas y
constructivas de las obras, instalaciones, equipos y materiales y todos los planos que
correspondan.
El diseño se hará en un todo de acuerdo con las normas nacionales vigentes y las
normas internacionales que el Consultor estime necesaria o la ANP así lo considere.
El Consultor deberá tramitar la aprobación de la IM del proyecto.
Artículo 25º Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental
El Consultor elaborará el estudio de evaluación de impacto ambiental (EIA)
completo del proyecto integral y de cada una de las infraestructuras e instalaciones
que se diseñen en el mismo, de acuerdo a la normativa nacional vigente.
El Consultor deberá tramitar la aprobación de la DINAMA para el proyecto. El
plazo de aprobación de DINAMA no será computado dentro del plazo exigido al
consultor.
Artículo 26º Batimetrías, estudios topográficos y geotécnicos.
El Consultor podrá realizar relevamientos planialtimétricos y estudios de suelos
complementarios que considere necesarios para realizar en forma correcta y
sustentada los proyectos de ingeniería indicados en los puntos anteriores.
Se deberán realizar una batimetría de todo el recinto portuario marítimo y de la zona
de influencia del proyecto.
Todos los estudios deberán estar referenciados en los sistemas de coordenadas que la
ANP indique.
Artículo 27º Estudio de mareas, de oleaje y meteorológicos
A efectos de la elaboración de los proyectos indicados anteriormente, el Consultor
deberá recabar y analizar la información y los estudios existentes de mareas, oleaje y
meteorológicos. Esto permitirá al Consultor proyectar y adoptar valores adecuados
de los parámetros de diseño relacionados con esas variables para el período de vida
útil (75 años) del proyecto.
23
Artículo 28º Metodologías alternativas ambientalmente amigables
La ANP adhiere a todos los principios del Pacto Mundial y en particular a aquellos
concernientes al apoyo, a la adopción y a la difusión de tecnologías amigables con el
medio ambiente. Es por ello que los oferentes necesariamente deberán considerar
alternativas técnicas que reduzcan y/o eliminen los perjuicios ambientales inherentes
a las necesarias obras de relleno, de dragado de suelos con algún grado de
contaminación, emisiones de CO2, utilización de combustibles fósiles, etc.
La utilización de contenedores geotextiles para confinar lodos dragados que
habitualmente se descargan a cada vez mayores distancias, es un buen ejemplo de
metodología inofensiva con el medio ambiente a considerar.
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SECCIÓN IV. PROCESO LICITATORIO
Artículo 29º Adquisición, valor del pliego y domicilio
Las firmas interesadas podrán adquirir un juego completo del pliego de la presente
licitación en la Unidad Licitaciones, 3er. Piso del Edificio Sede de la ANP - Oficina
306, previo pago en la Unidad Tesorería de la suma $ 5.000 (Pesos Uruguayos cinco
mil). Cada oferente deberá constituir domicilio en la ciudad de Montevideo a los
efectos de la licitación y actos posteriores de la misma, debiendo comunicarlo
formalmente a la ANP en el momento de retirar este pliego.
Artículo 30º Aclaraciones a los documentos de la licitación
Cualquier posible licitante que haya adquirido el pliego puede solicitar aclaraciones
sobre los documentos de la licitación, mediante comunicación por carta a la ANP o
fax dirigido a la Unidad Licitaciones (Of. 306 fax 1901 2841) a más tardar 10 (diez)
días hábiles antes del vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas. Se
enviará copia escrita de las respuestas por carta o fax sin identificar su origen, a
cuantos hayan adquirido los documentos de la licitación.
Artículo 31º Modificación de los documentos de la licitación
La Administración podrá hasta 5 días antes de que venza el plazo de presentación de
ofertas, modificar los documentos de la licitación mediante enmiendas, ya sea por
iniciativa propia o en atención a aclaraciones solicitadas por los eventuales
oferentes. Todos los que adquieran pliegos serán notificados por nota o fax, de las
enmiendas que refieran a la modificación de los documentos de la licitación, las que
tendrán el mismo valor que los términos de esta licitación, y serán obligatorias para
todos los oferentes. Estas comunicaciones serán canalizadas únicamente a través de
la Unidad Licitaciones de la ANP.
La simple constancia de recepción o envío de las notas emitidas por fax, constituirá
plena prueba de la notificación.
Artículo 32º Garantía por pedido de prórroga
El /los interesados que hubiera/n adquirido el pliego podrá/n solicitar la prórroga de
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la fecha de apertura, por escrito dirigido a la ANP el que será presentado por lo
menos cinco días hábiles antes de la fecha fijada para la apertura, indicando los
fundamentos que motiva la referida petición.
Dicha nota deberá estar acompañada de la copia del recibo de compra del pliego más
el recibo expedido por la Unidad Tesorería que acredite haber efectuado un depósito
de garantía por la suma de U$S 2.000 (dos mil dólares estadounidenses), en efectivo,
cheque certificado, valores públicos o aval bancario con firma certificada
notarialmente, que garantice la presentación de la oferta.
Dicha garantía será ejecutada por ANP si el peticionante no formula oferta en
condiciones de aceptabilidad formal, de acuerdo al presente pliego.
Artículo 33º Garantía de mantenimiento de oferta
Los oferentes deberán garantizar el mantenimiento de su oferta si correspondiere,
mediante depósito en efectivo, valores públicos, fianza o aval bancario o póliza de
seguro de fianza por un monto de U$S 4.200 (dólares estadounidenses cuatro mil
doscientos).
Esta garantía deberá estar vigente hasta que se deposite la correspondiente al
cumplimiento de contrato, aun cuando hubiera vencido el plazo de mantenimiento,
salvo que el oferente desista de su oferta.
Ninguna de las formas de garantía que se indican a continuación podrá tener
limitaciones de responsabilidad.
El procedimiento de constitución de garantía será el siguiente:
33º.1 Garantía en efectivo
La garantía en efectivo se depositará en la Tesorería de ANP. El recibo que expida
Tesorería, deberá contener el nombre del/los oferente/s y el número y objeto de la
licitación.
33º.2 Garantía en valores públicos
La garantía en valores públicos se depositará en la Sección Custodia de Valores del
26
Banco de la República Oriental del Uruguay, a nombre del oferente y a la orden de
la ANP. El recibo en el que constará el nombre del/los oferente/s así como el
número de la licitación deberá ser depositado en la Unidad Tesorería de ANP, que
extenderá la respectiva constancia, antes de la hora de apertura de las ofertas.
33º.3 Póliza de seguro de fianza
• El documento en el caso ser expedido por el Banco de Seguros del
Estado será entregado directamente sin certificación notarial de firmas en
la Unidad Tesorería de ANP, que extenderá la respectiva constancia,
antes de la hora de apertura de las ofertas.
• Si se expidiera por Instituciones Aseguradoras privadas, el documento
deberá presentarse con certificación notarial de firmas con por lo menos
(2) dos días hábiles de antelación a la apertura de la licitación ante la
Escribanía de ANP, la que dispondrá de un (1) día hábil para su
aprobación o rechazo.
Una vez aprobado el documento por Escribanía, el oferente lo entregará
en la Unidad Tesorería de la ANP, la que le expedirá recibo antes de la
hora de apertura de las ofertas.
33º.4 Fianza o aval bancario
Si los oferentes optaran por esta modalidad, la garantía deberá establecer que
el avalista renuncia al beneficio de excusión.
� Si fuera expedida por instituciones bancarias estatales, se entregará el
documento directamente sin certificación notarial de firmas, en la Unidad Tesorería de la ANP, antes de la hora de apertura de las ofertas.
� Si se tratara de documentos expedidos por instituciones bancarias
privadas, se presentarán con certificación notarial de firmas, con por lo menos dos (2) días hábiles de antelación a la apertura de la licitación ante la Escribanía de ANP, la que dispondrá de un (1) día hábil para su aprobación o rechazo.
27
Una vez aprobado el documento por Escribanía, el oferente lo depositará en la Unidad Tesorería de la ANP, la que le expedirá recibo antes de la hora de apertura de las ofertas.
Una vez aprobado el documento por Escribanía, el oferente lo depositará en la
Unidad Tesorería de la ANP, la que le expedirá recibo antes de la hora de apertura
de las ofertas.
La garantía que se constituya mediante aval bancario, deberá remitirse de acuerdo al
modelo que se presenta en los Anexos.
Las garantías de mantenimiento de oferta para las ofertas no adjudicadas serán
devueltas, en todos los casos a solicitud del oferente, transcurrido el plazo de
mantenimiento o la adjudicación a otro oferente.
La garantía de mantenimiento de oferta podrá ser ejecutada, cuando:
- El oferente retire o desista de su oferta durante el plazo de mantenimiento.
- Cuando el Adjudicatario se niegue o no concurra a firmar el contrato
habiendo sido notificado para ello.
La garantía de mantenimiento de oferta correspondiente a la oferta que resulte
aceptada será cancelada una vez que el Adjudicatario haya depositado la garantía de
cumplimiento de contrato y firmado el contrato.
Si se hubiera vencido el plazo de mantenimiento de oferta y la ANP no hubiera
adoptado aún resolución respecto de la aceptación o rechazo de las ofertas
igualmente se devolverá la correspondiente garantía a aquellos oferentes que lo
soliciten, en cuyo caso estará desistiendo de su oferta.
Artículo 34º Presentación de las ofertas
Las ofertas serán recibidas por ANP en el lugar, día y hora establecidos en la
carátula de este Pliego. La ANP podrá prorrogarla, en cuyo caso comunicará la
nueva fecha y hora utilizando los mismos mecanismos detallados en el artículo
anterior a todos los adquirentes del pliego.
Artículo 35º Condiciones generales de la oferta
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35º.1 Idioma
La oferta y toda la correspondencia y documentos relativos a ella que se incluirán en
un solo sobre, deberán redactarse en idioma español.
35º.2 Formato y firma de la oferta
El oferente presentará CINCO (5) ejemplares de la oferta, marcando con
claridad UN (1) "original" y CUATRO (4) "copias" del documento en formato
A4 En caso de discrepancia, el texto del original prevalecerá sobre el de las
copias escritas o magnéticas.
El original y todas las copias de la oferta estarán escritos en tinta indeleble y
sus hojas estarán numeradas correlativamente.
La oferta no deberá contener textos entre líneas, raspaduras ni tachaduras,
salvo cuando fuere necesario para corregir errores del oferente, en cuyo caso,
las correcciones deberán salvarse con la firma del oferente o una o más
personas debidamente autorizadas para obligarlas.
Todas las páginas de la oferta, excepto las que contengan material impreso no
modificado, estarán firmadas por el oferente o una o más personas
debidamente autorizadas para obligarlas y por el representante técnico.
Todas las copias llevarán las iniciales del oferente o de una o más personas
debidamente autorizadas para obligarlas y por el representante técnico.
35º.3 Costo de la oferta
El oferente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación
de su oferta y la ANP no será responsable en caso alguno de dichos costos,
cualquiera sea el resultado de la licitación.
35º.4 Aceptación de las condiciones de estas Bases
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La mera presentación de la oferta significará la aceptación por parte del oferente de
la totalidad de los términos, cautelas, plazos y condiciones de la licitación.
Artículo 36º Contenido de la oferta
La oferta se integra con los siguientes elementos
36º.1 Comprobantes
Los comprobantes originales o en testimonio por exhibición que se enumera a
continuación, deben presentarse fuera del sobre de la oferta respectiva que integran
y dentro del mismo se agregará una fotocopia por cada ejemplar de la oferta:
1. Recibo expedido por la ANP que acredite la compra de las Bases de la
licitación, extendido a nombre del oferente o de alguno de sus integrantes,
en caso de que el mismo esté integrado por varias personas físicas o
jurídicas, el número y objeto de esta licitación.
2. Recibo expedido por ANP que acredite haber depositado la garantía de
mantenimiento de oferta extendida a nombre del oferente o de TODOS
sus integrantes en caso de que el mismo esté integrado por varias
personas físicas o jurídicas y el número y objeto de esta licitación.
36º.2 Del oferente
1. Carta de presentación de la oferta con los nombres, domicilio, fax y
teléfono del oferente en la ciudad de Montevideo, a los efectos de la
licitación y actos posteriores.
2. Compromiso manuscrito por todos los técnicos propuestos de trabajar
con el consultor en caso de que éste sea adjudicatario – Artículo 40º.2
3. La propuesta de acuerdo al modelo del ANEXO I MODELOS DE
PRESENTACIÓN.
4. Propuesta económica -Artículo 37º
Artículo 37º Propuesta económica
La Propuesta Económica deberá ser presentada de acuerdo a formulario (ver
ANEXO I MODELOS DE PRESENTACIÓN
, cotizándose el precio más el IVA en dólares estadounidenses). El precio más el
IVA será por todos los conceptos que implique y abarque la ejecución de la totalidad
de los trabajos a realizar por el Consultor.
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La Propuesta Económica incluirá un cuadro que contenga el desglose de todas las
tareas propuestas por el oferente o por lo menos todas las exigidas en la SECCIÓN
III, compatible a su vez con el cronograma exigido en el Artículo 40º.3.1 Enfoque
metodológico y Plan de Trabajo. La comisión asesora de adjudicaciones de la ANP
verificará que los precios incluidos en dicho cuadro reflejen los precios de mercado
y no estén configurados como forma de lograr algún tipo de avance financiero
(Artículo 13º Numeral 3).
La ANP no aceptará fórmula alguna de ajuste.
Artículo 38º Capacidad técnica
El Consultor debe presentar un resumen de trabajos de características similares a los
solicitados por las presentes bases, que hayan sido realizados en los últimos 20 años.
El detalle debe contemplar necesariamente los siguientes campos: año, contratante,
descripción del proyecto, nombre de los técnicos involucrados.
Artículo 39º Personal Técnico y Representante Técnico
El oferente deberá proponer personal profesional con la experiencia y antecedentes
suficientes que avalen su idoneidad técnica y su capacidad para los trabajos
solicitados de acuerdo a lo establecido en este Pliego
Los funcionarios o los colaboradores de la ANP por vía de contratos de
arrendamiento de servicios u obra, no podrán formar parte de la plantilla de personal
del oferente, de acuerdo con lo previsto por el Artículo Nº 46 del TOCAF/012.
El adjudicatario deberá hacer intervenir en los trabajos al personal comprometido en
su propuesta. En caso de que alguna de esas personas deba ser reemplazada, el
adjudicatario deberá justificar su reemplazo y nominar y calificar al reemplazante
ante la ANP.
El rechazo por parte de la ANP del reemplazante propuesto, obligará al Consultor al
reemplazo de la persona propuesta, por otra de méritos similares a los de la incluida
en la propuesta inicial aceptada.
El Consultor será responsable del pago de todos los honorarios, dietas, viáticos,
sueldos, beneficios laborales y en general de toda remuneración de cualquier
31
naturaleza que corresponda abonar a los profesionales, técnicos, empleados o a
cualquier miembro o integrante de su personal que participe o colabore de cualquier
forma en los trabajos encomendados.
El Consultor deberá contratar a su cargo y mantener vigente durante el contrato: a)
los seguros que correspondan para cubrir todos los riesgos de su personal y b) los
seguros que cubran su eventual responsabilidad frente a terceros, pudiendo la ANP
en cualquier momento, verificar que TODOS estén vigentes.
El oferente deberá designar un Ingeniero Civil como Representante Técnico que
asumirá la totalidad de la representación del Consultor ante ANP tanto en las etapas
de presentación de la oferta como en la eventual etapa posterior de ejecución del
contrato. En particular, este Representante tratará con el representante técnico de la
ANP los problemas que puedan suscitarse desde la aprobación de la consultoría
hasta seis meses posteriores a la culminación de la misma. Si el referido
representante integra el equipo profesional que se menciona en el Artículo 40º.1
Antecedentes y experiencia del personal comprometido, deberá entonces ser el Jefe
del Proyecto del citado equipo.
Artículo 40º Información a presentar
El oferente deberá presentar los antecedentes del personal asignado y horas
comprometidas al proyecto de acuerdo con los modelos de presentación
suministrados en las presentes Bases, sin perjuicio de lo cual deberá tener en cuenta
los siguientes elementos:
40º.1 Antecedentes y experiencia del personal comprometido
Se presentarán los Curriculum Vite del personal propuesto por el Consultor,
indicando nombre, apellido, perfil profesional, resumen de antecedentes y trabajos
realizados y toda otra información que facilite la evaluación de las ofertas por la
ANP.
El Consultor propondrá un organigrama integrado por profesionales que cubrirán al
menos las siguientes funciones clave:
1. Jefe de Proyecto.
Será el responsable del gerenciamiento de los trabajos, contará con
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capacitación y experiencia personal en tareas de similar naturaleza a la
que se propone. Deberá ser Ingeniero Civil experto en proyectos de
terminales portuarias con no menos de diez (10) años de experiencia.
Dedicación de tiempo completo, con responsabilidad en la conducta,
ética y trabajo profesional del personal del Consultor y en el
mantenimiento de una permanente coordinación con la contraparte de
ANP. Dedicación prevista: total durante el Proyecto.
2. Equipo de Profesionales con sólida experiencia profesional
Profesionales en las áreas de ingeniería y agrimensura. Dedicación
prevista: a especificar en la propuesta de acuerdo a los requerimientos
establecidos en el presente Pliego. La ANP verificará que la dedicación
propuesta de cada profesional sea compatible con el requerimiento del
proyecto.
40º.2 Presentación de cada profesional
Cada Curriculum Vitae irá acompañado de una breve carta de motivación
manuscrita (con una extensión máxima de dos carillas) y firmada por cada
profesional que resalte:
1. La formación específica que a su entender lo hace idóneo en la función clave
a cubrir.
2. Aquellos antecedentes laborales que a su entender lo hacen idóneo en la
función clave a cubrir.
3. Una breve descripción de las tareas que estarán a su cargo en el proyecto.
4. La dedicación que dará a su participación en el proyecto.
5. Cualquier otro aspecto que a su entender resulte relevante.
40º.3 Enfoque metodológico y Plan de Trabajo
El oferente deberá presentar un enfoque metodológico que contendrá los siguientes
elementos:
1. Una propuesta de trabajo que contenga la Metodología, con un detalle
sucinto del alcance del trabajo objeto de las presentes Bases -con carácter
enunciativo y no limitativo- y de la descripción del enfoque.
33
2. Un Plan de Trabajo con una propuesta de la programación de actividades
para la elaboración del proyecto, incluyendo el detalle de duración de las
diferentes tareas, relación de dependencia entre las mismas, la asignación de
personal y otros recursos y el costo de cada actividad (*); en acuerdo a lo
estipulado en el presente pliego. Dado que este plan debe permitir el
seguimiento y la evaluación del avance del trabajo, se deberá presentar esta
información mediante la técnica de “Program Evaluation and Review
Technique” (PERT).
(*) El costo de cada actividad será utilizado para certificar los avances físicos de la
consultoría.
Artículo 41º De la apertura
41º.1 Recepción y apertura
En el lugar, día y hora fijados, los funcionarios que ANP designe al efecto
procederán a la apertura de los sobres cerrados que contengan las ofertas, en
presencia de los oferentes o sus representantes que deseen asistir.
Previamente a la apertura se verificará la correcta presentación de los comprobantes
exigidos en el Artículo 36º.
Abierto el acto, no podrá introducirse modificación alguna en las ofertas, pudiendo
los representantes de los oferentes formular las manifestaciones, aclaraciones o
salvedades que deseen, previa presentación al funcionario actuante de la acreditación
correspondiente a dicha representación con facultades suficientes, ya sea en
documentos originales como en testimonio por exhibición.
En dicho acto se controlará si las ofertas contienen defectos o carencias formales, si
han adjuntado la documentación exigida en el presente, así como la constitución o
no de garantía de mantenimiento de oferta.
En el caso de haberse observado defectos formales en la presentación de la
documentación requerida por el pliego o en la legislación vigente, los oferentes
tendrán un plazo de dos (2) días hábiles contados a partir del siguiente al de la
apertura para subsanarlos y su aceptación o rechazo estará exclusivamente a cargo
34
de quien adjudique.
Finalizado el acto se labrará acta circunstanciada del mismo, la que será firmada por
los funcionarios que haya designado ANP y por los representantes de los oferentes
que lo deseen.
Si algún representante ha formulado observaciones deberá firmar el acta
obligatoriamente.
41º.2 Estudio de las ofertas
Luego del acto de apertura de ofertas, la Comisión Asesora de Adjudicaciones,
analizará en primer lugar el cumplimiento de la totalidad de los requisitos formales
exigidos en el Pliego.
Si se observaren defectos formales en la documentación presentada, cuyo análisis no
correspondía ser efectuado en el acto de apertura, o que fue controlado en dicha
instancia pero el defecto no fue advertido, se notificará a los oferentes de los mismos
y podrán subsanarlos dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes al acto de
notificación efectuada en forma fehaciente. Los demás oferentes podrán comprobar
que esos defectos han sido subsanados.
Luego de esta instancia no se brindará a los oferentes ni a persona alguna que no
esté vinculada con el proceso de estudio y evaluación, ninguna información
concerniente a dicho proceso. Se considerará que una oferta se ajusta esencialmente
a los documentos de la licitación cuando concuerde con las estipulaciones y
condiciones de dichos documentos. Si la ANP determina que la oferta no se ajusta
en lo esencial a los documentos de la licitación, la rechazará y el defecto no podrá
ser subsanado con posterioridad por el oferente.
41º.3 Solicitud de aclaraciones
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Durante el proceso de análisis de las ofertas, la Comisión Asesora de Adjudicaciones
podrá solicitar a los oferentes aclaraciones e información adicional a la presentada
en la oferta, a efectos de la evaluación de las mismas. Tales aclaraciones pasarán a
formar parte de las ofertas y en ningún caso se admitirá que aquéllas modifiquen la
oferta original en sus elementos sustanciales.
La Administración podrá aceptar nueva información aportada por los oferentes en
respuesta a su solicitud, en la medida en que se trate de información o
documentación preexistente a la fecha de apertura de las ofertas, o la misma no
modifique los términos de las respectivas propuestas.
En todo caso prevalecerá la interpretación de este pliego por parte de la ANP sobre
la que puedan hacer los oferentes durante el proceso, incluyendo el aporte de
información adicional a la presentada en la propuesta, así como ampliación del
contenido del certificado notarial a que se refiere el Artículo 36º.
41º.4 Discrepancias
Cuando exista discrepancia entre la cantidad escrita en números y en letras, valdrá la
escrita en letras. Toda cláusula imprecisa, ambigua y contradictoria, se interpretará
en el sentido más favorable para la ANP.
Artículo 42º Calificación Técnica
El Consultor para calificar técnicamente deberá cumplir con los siguientes
requisitos.
42º.1 Experiencia general y específica del Consultor
El Consultor deberá acreditar experiencia en al menos:
- 2 proyectos de diseño de obras de muelles.
- 2 proyectos de diseño de obras viales.
- 2 proyectos de diseño de obras de saneamiento de aguas servidas, y
tratamiento de efluentes.
- 2 proyectos de diseño de desagües de pluviales.
En caso de consorcio, el conjunto de empresas que lo integran deberán tener al
menos la experiencia citada precedentemente. Dichos antecedentes deberán
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detallarse claramente en un cuadro específico.
42º.2 Antecedentes y experiencia del equipo técnico.
El equipo técnico del Consultor deberá estar integrado como mínimo por los
profesionales indicados en la Integración mínima equipo técnico a que se refiere el
Artículo 10º.
El conjunto de todos los antecedentes de los profesionales que participarán en la
consultoría deberá verificar que cumple al menos con:
- 2 proyectos de diseño de obras de muelles.
- 1 proyecto de diseño de escolleras
- 2 estudios de evaluación impacto ambiental para proyectos de infraestructura
de transporte
- 2 proyectos de diseño de suministro y distribución de energía eléctrica en alta
y/o media tensión así como en subestaciones.
- 2 proyectos de diseño de redes de abastecimiento de agua potable.
- 1 proyecto de diseño de instalaciones de suministro de combustible
Dichos antecedentes deberán detallarse claramente en un cuadro específico
indicando a que profesional corresponde. Cada uno de estos antecedentes deberá ser
suficientemente documentado a exclusivo criterio de ANP:
Artículo 43º Metodología
El Consultor deberá presentar en la propuesta la metodología a seguir en la
Consultoría de acuerdo al Artículo 40º.2.
Artículo 44º Evaluación de las Ofertas
A los efectos de la adjudicación, la Comisión Asesora de Adjudicaciones analizará
las ofertas presentadas en función de los siguientes criterios:
1. Verificación de presentación de documentos.
- Integración mínima del equipo técnico –Artículo 10º SI/NO
- Comprobantes -Artículo 36º. SI/NO
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2. Verificación de la Calificación Técnica.
- Capacidad técnica -Artículo 38º y Artículo 42º SI/NO
3. Verificación de la Propuesta Económica.
- Propuesta económica -Artículo 37º SÍ/NO
Solo las ofertas que sean valoradas "SI" en todos los conceptos evaluados se
considerarán aptas para su adjudicación.
Las ofertas que no cumplan con todos los requisitos estipulados en la presente
Artículo 44º, serán descartadas sin más trámite. Aquellas que cumplan con todos los
requisitos serán calificadas técnicamente como aceptables.
Artículo 45º Documentación complementaria
Previo a emitir su dictamen, la Comisión Asesora de Adjudicaciones solicitará a la
Unidad Licitaciones que en un plazo de 10 días hábiles perentorios, contados a
partir de la notificación que la misma Unidad efectuará, que aquella empresa que a
su criterio reúne las condiciones para ser adjudicataria presente en dicha Unidad la
siguiente documentación original o en testimonio por exhibición:
1. Certificado Notarial que acredite la representación de la o las personas que
firman la oferta, que acredite que la sociedad oferente es persona jurídica
hábil y vigente, trámite de constitución, objeto, plazo y razón social, forma en
que se ejerce la representación, facultades de los representantes legales,
designación de los respectivos cargos y vigencia de los mismos, domicilio y
lugar de constitución. En caso de que el oferente sea persona física, el
certificado deberá contener sus datos identificatorios completos, domicilio,
nacionalidad y además inscripción en DGI y BPS en caso de ser empresa
unipersonal.
2. En caso de que el oferente esté integrado por varias personas físicas o
jurídicas, se deberá presentar una declaración jurada de intención de
constituir un consorcio, en cuyo caso responderán solidaria e ilimitadamente
por la totalidad de las obligaciones contraídas con la ANP la que contendrá
además: Identificación de las empresas que conformarán el consorcio.
� Porcentaje de participación de cada integrante.
� Áreas específicas del objeto licitado que serán desarrolladas bajo la
responsabilidad de cada integrante.
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� Compromiso de no modificar los términos del documento de
consorcio hasta la finalización del objeto de la licitación, en caso de
adjudicársele.
Este documento deberá estar formulado de acuerdo y conformidad a
las disposiciones legales vigentes en la República Oriental del
Uruguay, cualquiera sea la nacionalidad de las empresas. La
responsabilidad legal es solidaria e indivisible.
De ser adjudicatario, para la etapa contractual deberá constituir el
consorcio en cumplimiento de los artículos 501, 502, 503 y 17 de la
Ley 16.060 del 4/9/1989 (suscripción del contrato, inscripción del
mismo en el Registro Público de Comercio y publicación de un
extracto en el Diario Oficial).
Recibida la documentación indicada precedentemente, o vencido el plazo
perentorio citado, la Unidad Licitaciones devolverá las actuaciones a la Comisión
Asesora de Adjudicaciones la que se expedirá acerca de la validez o no de la
documentación presentada. y emitirá su informe proponiendo la adjudicación.
Si la Comisión Asesora de Adjudicaciones rechazara dicha documentación
procederá de la misma manera con la empresa que le siga.
Artículo 46º Criterio de Adjudicación. Reserva de Derecho
El contrato se adjudicará a una sola empresa que esté inscripta en el Registro de
Proveedores de ANP a la fecha de apertura de las ofertas.
El hecho de figurar suspendido en el Registro de Proveedores será causal suficiente
para rechazar la propuesta presentada por el incumplidor.
La ANP se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, si entiende que las
mismas son claramente inconvenientes para la Administración, o por cualquier otra
causa al amparo de resolución fundada que así lo establezca.
La Comisión Asesora de Adjudicaciones deberá indicar explícitamente en su
informe que las ofertas técnicas y económicamente de las empresas que no sean
descalificadas cumplen con los requisitos de admisibilidad.
La ANP podrá declarar frustrada la licitación en todo caso sin expresión de causa y
39
sin responsabilidad alguna por tal determinación.
Ningún oferente podrá participar directa o indirectamente en la oferta de otro. De
comprobarse estos hechos las ofertas involucradas serán rechazadas.
La ANP se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, si entiende que los
precios ofertados son claramente inconvenientes para la Administración o por
cualquier otra causa al amparo de resolución fundada que así lo establezca.
La adjudicación recaerá en la oferta que presente la propuesta económica de
menor valor y que cumpla con todos los requisitos que se exijan.
Artículo 47º Notificación
El acto administrativo que disponga la adjudicación o el rechazo de las ofertas, será
notificado personalmente a todos los oferentes.
Artículo 48º Plazo de mantenimiento de oferta
Los oferentes establecerán un plazo de mantenimiento de la oferta en todos sus
términos, que no podrá ser inferior a 180 (ciento ochenta) días calendario contados a
partir del inmediato siguiente al de la apertura de las ofertas.
De no establecerse expresamente, se entenderá que el oferente se compromete a
mantener su oferta durante el plazo mínimo exigido.
Dicho plazo se considerará tácitamente prorrogado mientras el oferente no solicite
por escrito el retiro de la oferta y la devolución de la garantía de mantenimiento.
40
SECCIÓN V. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Artículo 49º Garantía de cumplimiento de contrato
El adjudicatario deberá garantizar el fiel cumplimiento del contrato que se celebre
mediante la constitución de una garantía por un monto equivalente al 5% del valor
de la adjudicación en dólares estadounidenses, no aceptándose en una moneda
diferente.
Previo a la remisión del expediente licitatorio al Departamento Jurídico Notarial
para la instrumentación del contrato, la Unidad Licitaciones comunicará al
adjudicatario vía fax los montos de las garantías requeridas, disponiendo éste, de un
plazo de 10 días hábiles a contar de dicha comunicación para cumplir con el
depósito en la Tesorería de la ANP.
El depósito se efectuará en cualquiera de las modalidades y siguiendo los
procedimientos indicados para la garantía de mantenimiento de oferta Artículo 33º.
Si el oferente que resulte adjudicatario, no depositara la garantía de cumplimiento de
contrato dentro del término establecido, perderá la garantía de mantenimiento de
oferta, quedando la ANP en libertad de aceptar otra propuesta o disponer la
realización de un nuevo llamado a licitación.
Si la garantía se emitiera con fecha determinada de vencimiento previa a la
finalización de las obligaciones contractuales, el contratista deberá proceder a su
renovación o sustitución con una antelación mínima de treinta (30) días previos a su
vencimiento. El incumplimiento de la precitada obligación dará lugar a la ejecución
de la garantía vigente.
La garantía de cumplimiento del contrato, será devuelta al adjudicatario una vez
efectuada la recepción definitiva del informe final.
Artículo 50º Contrato
La ANP notificará al adjudicatario, el día y hora para suscribir el contrato a partir de
la constitución de la garantía.
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La no concurrencia será motivo suficiente para que se le considere incurso en mora
y pierda la garantía depositada, caducando todos sus derechos.
En caso de no suscribir el contrato la ANP podrá proponer la adjudicación en favor
del oferente que siguiera en el orden correlativo que haya resultado del estudio
previo, o disponer la realización de un nuevo llamado a licitación.
Artículo 51º Documentos contractuales
Serán documentos contractuales y normativos, todos los documentos de esta
licitación contenidos en el expediente administrativo licitatorio, entre los que se
destacan:
a) El Pliego de Condiciones con las aclaraciones y respuestas a las consultas, si
las hubiere.
b) La oferta y propuesta aceptada.
c) La Resolución de Adjudicación y el contrato.
d) Las comunicaciones escritas de la ANP.
Artículo 52º Cesión del Contrato
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 75° del TOCAF/012, celebrado el
contrato o encontrándose en ejecución, solo podrá aceptarse su cesión a otra firma a
solicitud fundada del adjudicatario y siempre que la ANP lo consienta en forma
escrita previa demostración de que el nuevo adjudicatario reúne o da las mismas
seguridades de cumplimiento, registrándose el hecho en el Registro Único de
Proveedores del Estado.
En todos los casos el cesionario deberá probar que tiene capacidad para contratar
con el Estado y que reúne los requisitos exigidos por ésta u otras leyes para contratar
con el mismo.
Artículo 53º Responsabilidad del Consultor y Confidencialidad
El Consultor como experto que es en trabajos de consultoría de la naturaleza en
cuestión, se responsabiliza integralmente de actuar con la pericia necesaria y
suficiente que permita a la ANP alcanzar todos los objetivos de la consultoría y que
no se originen para la Administración perjuicios de ninguna índole que pudieran ser
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evitados por un accionar correcto y eficaz de éste.
El Consultor siempre en el marco de lo estipulado por las leyes nacionales, deberá
en todo momento actuar y proceder de manera de defender los derechos e intereses
de la ANP y que la misma no se vea perjudicada ni enfrentada a situaciones que le
puedan traer perjuicios.
Toda la información escrita o informática obtenida o manejada por el Consultor, sin
importar la forma en que se obtuvo, que surja de la actividad objeto de este contrato,
se considerará confidencial.
A dichos efectos el Consultor deberá garantizar el secreto de esta información y su
no utilización en beneficio propio o de terceros así como su no publicación ni
difusión por cualquier medio, salvo que sea específicamente autorizado por el
Directorio de ANP.
Los oferentes aceptan, por la sola presentación a este procedimiento de contratación,
la responsabilidad en que pudieren incurrir por este punto, por sí o por sus
dependientes.
Será obligación del Consultor llevar un registro completo e integral de toda la
información y documentación que genere, estudie, gestione o administre relacionada
con la consultoría, las que estarán en todo momento a disposición del Representante
técnico de Consultoría de la ANP y una vez finalizado el contrato, serán entregadas
al mismo.
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SECCIÓN VI. FINAL DE LA CONTRATACIÓN, SANCIONES
Artículo 54º Extinción de la Contratación
La contratación se extinguirá por alguna de las causas siguientes:
1. El cumplimiento del objeto señalado.
2. Por rescisión por incumplimiento del contratista.
3. Liquidación judicial o disolución de la persona jurídica Adjudicataria.
4. Mutuo acuerdo entre la ANP y el contratista.
Artículo 55º Rescisión por incumplimiento
El contrato podrá ser rescindido por incumplimiento del adjudicatario en los
siguientes supuestos, sin que implique una enumeración taxativa:
(a) Si se produce un atraso, debidamente constatado, en la entrega de los
informes.
(b) Si el adjudicatario incumple alguna de las cláusulas contractuales.
(c) Si el adjudicatario modifica nominativamente el personal que propuso en
su oferta sin autorización previa dada por escrito por ANP
(d) Por cesión o transmisión de la licitación, sin haberse obtenido la
autorización previa y por escrito de ANP.
(e) Si el adjudicatario por sí o a través de alguno de sus empleados,
aprovechando el libre acceso a la zona portuaria se involucra en la
comisión de actividades ilícitas contrarias a la legislación aduanera y/o
tributaria.
(f) Por la realización de actividades dentro de alguno de los recintos
portuarios a los que se refiere el objeto de esta licitación sin el
consentimiento escrito de la ANP, así como por su ocupación o uso
contrarios a los términos del contrato.
(g) Si el adjudicatario cae en quiebra o estado de disolución societaria.
Artículo 56º Mora
La mora se operará de pleno derecho para el Contratista por no cumplir con las
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obligaciones a su cargo o por hacer algo contrario a lo estipulado o por no hacer algo
a lo que se esté obligado, luego que haya sido intimado por telegrama colacionado,
con plazo de tres (3) días.
Artículo 57º Multas por atraso
Por cada día de atraso imputable al Consultor, en el plazo contractual de seis meses
contados a partir de la fecha de inicio de los trabajos -Artículo 11º-, la ANP
comenzará a aplica la siguiente multa:
Multa = (Precio total del contrato * 0,20) / plazo en días calendario Artículo 11º
pudiendo alcanzar hasta el 5% del precio total del contrato, o el saldo del contrato, lo
que ocurra primero. A partir de ese momento, la ANP tramitará la ejecución de la
garantía de fiel cumplimiento.
.
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ANEXO I MODELOS DE PRESENTACIÓN
A Carta presentación
……… de ……… de 2……
Sr. Presidente de la
Administración Nacional de Puertos
Presente:
De mi consideración:
En mérito a la Convocatoria a presentar al llamado a Licitación ....... Nº .......... la(s)
firma(s) consultora(s) que represento tiene(n) el agrado de presentar a su
consideración la presente Oferta para la “CONTRATACIÓN DE UN
CONSULTOR PARA LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE
INGENIERÍA BÁSICA DEL MODULO NACIONAL DEL PUERTO
CAPURRO”.
El oferente declara conocer y aceptar todos los plazos y condiciones del presente
llamado, y que para todas las cuestiones relativas a este contrato se someterá a la
legislación y a la jurisdicción de los Tribunales de la República Oriental del
Uruguay con exclusión de todo otro procedimiento.
Atentamente:
------------------------------------------------------------------------
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
Aclaración _____________________________________________________
Domicilio ______________________________________________________
Teléfono _______________________________________________________
NOMBRE y SELLO DE LA EMPRESA (CONSORCIO) PROPONENTE
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B Formulario de identificación del oferente
LIC. ABREVIADA Nº…….
RAZÓN SOCIAL
DE LA EMPRESA
NOMBRE COMERCIAL
DE LA EMPRESA
RUC. Sólo para
Empresas
Que deben
Inscribirse
DOMICILIO A LOS EFECTOS DE LA PRESENTE LICITACIÓN
Calle: …………………………………………………………….…Nº……
Localidad: ………………………………………………………………….
Código Postal: ……………………………………………………………...
País: …………………………………………………………………………
Teléfono: ……………………………………………………………………
Fax: …………………………………………………………………………
Declaro estar en condiciones legales de contratar con el Estado
FIRMA/S: …………………………………………………………………..
Aclaración de firmas: ………………………………………………………
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C Declaración jurada referente al personal
El Representante legal del oferente declara bajo juramento que la(s) firma(s)
consultora(s) que presenta(n) esta propuesta no tienen ningún personal directivo o
socio o profesional que sea funcionario permanente, contratado o temporal de la
Administración Nacional de Puertos, a la fecha fijada para la presentación de esta
propuesta y hasta la finalización del contrato.
En la nómina del personal nacional asignado al proyecto, tampoco se incluye ningún
directivo, socio, profesional o ayudante dependiente, que sea funcionario
permanente, contratado, o temporal de la Administración Nacional de Puertos.
Además, asume el compromiso formal de no modificar ni cambiar la nómina del
personal propuesto en los formularios anteriores hasta el final de la contratación en
caso de ser adjudicatario.
En caso de comprobarse que se está vulnerando esta restricción, se acepta que será
causal suficiente para que la presente propuesta resulte descalificada, o se disponga
la rescisión del contrato –en su caso-.
____________________________________
Nombre y Firma del Representante Legal
____________________________________
Nombre y Sello del oferente
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D Modelo de fianza o aval bancario
Montevideo, ……… de …………….. de 2…….-
Señores
Administración Nacional de Puertos
De nuestra mayor consideración:
Por el presente documento, (1) …......................, se constituye fiador solidario por la
suma de US$ ...(…................. dólares estadounidenses), amparando las obligaciones
de (2) ….................. por concepto de (3) ….................... en la Licitación (4)
…....................., para (5) …..............., renunciando al beneficio de excusión.
La presente garantía tendrá vigencia hasta el día ….............. El fiador se
compromete a entregar a la Administración Nacional de Puertos el importe
garantizado sin necesidad de ningún trámite judicial, siendo suficiente la intimación
de entrega.
Dicho pago se efectuará en Rambla 25 de Agosto de 1825 número 160 de esta
ciudad.
El fiador constituye domicilio especial a todos los efectos que de lugar este
documento en la calle …...................... Nro. ….... de esta ciudad.
Se solicita al Escribano …...................... que certifique las firmas de este documento.
Saluda a ustedes atentamente,
------------------------------------------------------------------------------------------------------
(1) Razón social del fiador.
(2) Nombre (persona Física) o Razón Social (persona jurídica) del oferente.
(3) Opciones: a) Mantenimiento de Oferta; b) Cumplimiento de Contrato.
(4) Licitación Abreviada N° …..
(5) Objeto de la licitación.
____________________________________________________________________
La certificación notarial deberá ser hecha en papel notarial con sello, signo y firma
del Escribano interviniente y con los timbres correspondientes según el Arancel
Notarial y estar ligada al documento de fianza. En caso de tratarse de personas
jurídicas, el Escribano actuante deberá efectuar un control completo de la misma
(lugar y fecha de constitución, objeto, plazo, representación de los firmantes,
vigencia en los cargos, aprobación de los Estatutos, inscripción en el Registro de
Comercio, publicaciones). Si los firmantes actúan en calidad de apoderados, el
Escribano deberá certificar que el poder está vigente y que los firmantes tienen
facultades bastantes para el acto realizado.
49
E Modelo de propuesta económica
N.N. (o bien, para el caso que comparezca representando a un tercero: N.N., en
representación de Z.Z., según poder o carta poder debidamente legalizados que
adjunto), constituyendo domicilio a todos los efectos legales en la calle .....................,
Nº ....., de la ciudad de ............, en conocimiento de las condiciones que rigen el
presente llamado, para la “CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR PARA LA
ELABORACIÓN DE PROYECTO DE INGENIERÍA BÁSICA DEL
MÓDULO NACIONAL DEL PUERTO CAPURRO ”, por el precio de .........(en
números y letras).
El representante técnico será el señor ............... declara además que en todas las
cuestiones relativas a este contrato de consultoría se someterá a la legislación y a la
jurisdicción de los Tribunales de la República Oriental del Uruguay, con exclusión de
todo otro procedimiento.
Se adjunta la documentación exigida por el Artículo 36º del Pliego de Condiciones
Particulares.
En Montevideo, a los ........ días del mes de ....................... de 2……..
Firma del representante técnico Firma del proponente
Nombre ................... Nombre .....................
Domicilio ................. Domicilio ..................
Teléfono ................... Teléfono ....................
50
F Formulario de solicitud de contratación y/o renovación
51
G Modelo de declaración jurada
52
ANEXO II PLANOS