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1 DEMOLICIÓN DEL PADRÓN 56.443 EX MONTELAN S.A., EN CAPURRO PUERTO DE MONTEVIDEO ANP

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DEMOLICIÓN DEL PADRÓN 56.443 EX MONTELAN S.A., EN CAPURRO

PUERTO DE MONTEVIDEO

ANP

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INDICE

SECCIÓN I. MARCO GENERAL............................................................................... 4

Artículo 1º Objeto ................................................................................................ 4 Artículo 2º Marco Jurídico de Referencia. Jurisdicción .................................. 4 Artículo 3º Cumplimiento de la normativa vigente .......................................... 4 Artículo 4º Recaudos y normas constructivas ................................................... 4 Artículo 5º Normas de seguridad........................................................................ 4

SECCIÓN II. CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS ............ 5

Artículo 6º Acceso al Puerto................................................................................ 5 Artículo 7º Responsabilidades del contratista ................................................... 5 Artículo 8º Plazo de ejecución de las obras........................................................ 5 Artículo 9º Trabajos adicionales......................................................................... 6 Artículo 10º Registro de la Obra .......................................................................... 6 Artículo 11º Pago de aportes al BPS..................................................................... 6 Artículo 12º Uso y conservación del equipamiento............................................. 7 Artículo 13º Obrador y consumos ........................................................................ 7 Artículo 14º Fuerza mayor .................................................................................... 7

SECCIÓN III. PROCESO LICITATORIO ................................................................... 8

Artículo 15º Adquisición, valor del pliego y domicilio........................................ 8 Artículo 16º Aclaraciones de los documentos de la licitación ............................ 8 Artículo 17º Modificación de los documentos de la licitación............................ 8 Artículo 18º Presentación de la oferta.................................................................. 8 Artículo 19º Condiciones generales de la oferta.................................................. 9 Artículo 20º Contenido de la oferta .................................................................... 10 Artículo 21º Experiencia en la actividad objeto del contrato .......................... 11 Artículo 22º Propuesta Técnica .......................................................................... 11 Artículo 23º Representante técnico .................................................................... 11 Artículo 24º Aportes al Banco de Previsión Social............................................ 11 Artículo 25º Precio ............................................................................................... 12 Artículo 26º Apertura y análisis de las ofertas .................................................. 12 Artículo 27º Plazo de mantenimiento de oferta................................................. 14 Artículo 28º Garantía por pedido de prórroga ................................................. 14 Artículo 29º Garantía de mantenimiento de oferta .......................................... 14 Artículo 30º Análisis de las ofertas ..................................................................... 17 Artículo 31º Reserva de derecho y criterio de adjudicación ............................ 17 Artículo 32º Notificación ..................................................................................... 18

SECCIÓN IV. FORMALIZACION DE LA CONTRATACIÓN .............................. 19

Artículo 33º Garantías cumplimiento contrato y obligaciones laborales ....... 19 Artículo 34º Seguros............................................................................................. 20 Artículo 35º Contratación ................................................................................... 20 Artículo 36º Documentos contractuales ............................................................. 21 Artículo 37º Cesión de la Orden de Compra ..................................................... 21

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Artículo 38º Cancelación de la Orden de Compra............................................ 21 Artículo 39º Mora................................................................................................. 21 Artículo 40º Multas por atraso ........................................................................... 21

SECCIÓN V. CONTROL DE EJECUCIÓN Y PAGO ............................................. 23

Artículo 41º Dirección de Obra........................................................................... 23 Artículo 42º Pago.................................................................................................. 23

ANEXO I MODELOS DE PRESENTACIÓN ..................................................... 24

Modelo de la propuesta del oferente .......................................................................... 24 Modelo del aval bancario o fianza .............................................................................. 25 Modelo de Curricula-Vitarum de personal técnico .................................................. 26

ANEXO II MEMORIA DE DEMOLICIÓN.......................................................... 27

ANEXO III PLANOS................................................................................................. 31

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SECCIÓN I. MARCO GENERAL

Artículo 1º Objeto El objeto del presente llamado, es la demolición de todas las instalaciones existentes en el Padrón 56.443 en la rambla Baltasar Brum, entre Santiago Labandera y Doroteo Enciso, en la bahía Capurro, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 4º.

Artículo 2º Marco Jurídico de Referencia. Jurisdicción Este llamado está regido por las Leyes y Normas vigentes, en particular por la Ley 17.957, el artículo 14 de la ley Nº 17.897 y su el Decreto Reglamentario 226/06, la ley Nº 19.196, el Decreto Nº 150/012 – TOCAF 2012, Adaptación Decreto Nº 500/991 de fecha 1/12/991, "Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales" (Parte III), "Pliego de Bases y Condiciones Particulares para Contratación de Suministros y Servicios no Personales de la Administración Nacional de Puertos" (Parte II), el presente Pliego de Condiciones Particulares. Para todas las cuestiones relativas al cumplimiento o interpretación del contrato será aplicable la legislación y jurisdicción de la República Oriental del Uruguay.

Artículo 3º Cumplimiento de la normativa vigente El contratista deberá cumplir con todas las normas legales y reglamentarias dictadas o a dictarse en materia portuaria, laboral, fiscal, aduanera, de seguridad en el trabajo, preservación del medio ambiente, de seguridad social y de policía.

Artículo 4º Recaudos y normas constructivas Las obras serán realizadas en un todo de acuerdo al ANEXO II MEMORIA DE DEMOLICIÓN. Regirán además las normas y decretos nacionales y departamentales en materia constructiva, sanitaria y eléctrica. Deberá aplicarse por lo tanto la Memoria constructiva del MTOP actualizada, la normativa sanitaria vigente y la normativa nacional de instalaciones eléctricas de la UTE. Todos los materiales a emplearse cumplirán con las Normas UNIT y deberán presentar las marcas y sellados que lo acrediten, de caso contrario serán rechazados.

Artículo 5º Normas de seguridad Se exigirá el estricto cumplimiento de todas las normas de seguridad vigentes, establecidas por la Ley y por las reglamentaciones del Banco de Seguros del Estado y del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. También al momento de inicio de la obra y durante toda su ejecución se deberá contar en el lugar con todos los elementos de seguridad requeridos para la utilización obligatoria del personal y de seguridad de obra así como uno o varios carteles indicadores de la Empresa actuante (con referencias del contrato).

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SECCIÓN II. CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS

Artículo 6º Acceso al Puerto Los técnicos y personas autorizadas debidamente por las empresas interesadas, deberán gestionar ante la División Mantenimiento (Tel. 1901 Int. 3012) de la Administración Nacional de Puertos (ANP), a más tardar diez (10) días hábiles antes del vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas, las autorizaciones pertinentes a efectos de realizar las visitas al lugar de la obra y tener acceso a las informaciones que correspondan a los fines de la propuesta.

Artículo 7º Responsabilidades del contratista 7º.1 Condiciones generales Una vez adjudicada la licitación, el contratista deberá tramitar las correspondientes autorizaciones para el personal que deba ingresar al predio. Ni el contratista ni la ANP serán responsables entre sí por ninguna falla, demora o interrupción en la ejecución de sus obligaciones individuales, debido a causas fuera de su control, incluyendo sin limitación, casos fortuitos o de fuerza mayor, acto o estado de guerra o emergencia pública. 7º.2 Cuidado de la obra Hasta la recepción provisoria, el contratista será responsable del cuidado de la obra y de todos los materiales y equipos destinados a la misma. Será también responsable por daños, pérdidas o averías a cualquier material o parte de la obra por cualquier causa. La suspensión de la obra por cualquier motivo no exime al contratista de la responsabilidad establecida en este artículo. 7º.3 Preservación de propiedades El contratista pondrá la mayor diligencia en no dañar la propiedad ajena durante los trabajos. Deberá asimismo mantener un nivel de limpieza adecuado compatible con el desarrollo de los trabajos. El contratista será responsable de los daños y perjuicios que, por sus actos, pudiera causar a personas o bienes de la ANP o de terceros, se encuentren en la zona de las obras o no. En el caso de dañar obras de infraestructura o superestructura de la ANP, el contratista estará obligado a su reparación total e inmediata a su entero cargo. De no subsanar el desperfecto causado tal como se lo indicare la Dirección de Obra, la ANP procederá a su reparación y el importe de las obras será descontado del primer certificado de obra realizada posterior a la reparación. La ANP en ningún caso será responsable de las obligaciones contraídas por el contratista, ni de los daños y perjuicios causados por éste a terceros.

Artículo 8º Plazo de ejecución de las obras El plazo de finalización de las obras será de noventa (90) días calendario, contados a partir del inicio de los trabajos. Se firmará Acta de Inicio de los trabajos en un plazo

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no mayor a 10 (diez) días calendarios, contados a partir de la fecha de entrega de la Orden de Compra por parte de Unidad Licitaciones. La empresa deberá tomar los recaudos correspondientes a efectos de cumplir con los trabajos de demolición, en el plazo estipulado precedentemente, pudiendo trabajar a estos efectos los siete días de la semana si así lo estima conveniente en doble y /o triple horario. Serán descontados del plazo aquellos días en que por razones climáticas, o por razones de fuerza mayor (Artículo 14º), o por decisiones de la ANP, u otras debidamente justificadas, al contratista le sea imposible trabajar, a juicio de la Dirección de la Obra.

Artículo 9º Trabajos adicionales El contratista estará obligado a realizar: a) A su cargo, todos los trabajos necesarios, que aunque no figuren

explícitamente en los recaudos, sean indispensables para la correcta ejecución de la obra.

b) Aquellas obras adicionales que no estén comprendidas en el literal a), pero que la Dirección de Obra entienda necesario ejecutar, serán consideradas como trabajos imprevistos y obligatoriamente deben ser realizadas por el contratista. Para establecer su precio se aplicarán los precios unitarios de la propuesta .Si se tratara de rubros no incluidos en la propuesta, se deberán establecer, previo al inicio de cualquier tarea, los precios de las obras adicionales, los que deberán ser aprobados previamente por la Dirección de Obra para su consideración por parte de la Gerencia General de ANP. De no entenderse razonables los precios cotizados, el contratista estará liberado de ejecutar dichos trabajos y la ANP estará en condiciones de contratar los trabajos por terceros.

Artículo 10º Registro de la Obra

Previamente al inicio de los trabajos y de las obras solicitadas, el contratista deberá realizar las gestiones necesarias para registrar la obra en Banco de Previsión Social, de acuerdo a la Ley 14.411, para lo cual presentará al Director de Obra, la Denuncia de Obras de acuerdo al Art. 1° del Decreto Nº 283/996 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Nº de Contribuyente y Nº de Empresa. Asimismo, previamente al inicio de los trabajos de ampliación de obras que eventualmente la ANP resuelva, el contratista deberá efectuar la declaración que corresponda ante el BPS.

Artículo 11º Pago de aportes al BPS Los aportes correspondientes a la mano de obra de acuerdo a la Ley N° 14.411, serán abonados al BPS por la ANP, hasta la suma que se derive de aplicar el porcentaje vigente por beneficios sociales al monto imponible establecido en la oferta, detallado por rubro. Todo exceso por encima de dicho valor será de cargo del contratista, a estos efectos la ANP descontará los importes resultantes del siguiente certificado de obra.

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El contratista deberá elaborar y proporcionar los formularios necesarios para el pago conjuntamente con las planillas de contralor de personal y actividad, en el plazo establecido por ley.

Artículo 12º Uso y conservación del equipamiento El contratista deberá utilizar el equipamiento propio o arrendado propuesto en su oferta, durante todo el plazo del contrato, salvo autorización expresa de ANP para su reposición o sustitución. En este caso, el equipo sustitutivo deberá ser de similares características y rendimiento igual o superior al equipo desafectado. El contratista estará obligado a conservar en buen estado los equipos propios o arrendados a terceros que disponga para el cumplimiento de los fines del contrato, así como velar porque los mismos se mantengan debidamente identificados, en adecuadas condiciones de higiene, seguridad operacional, seguridad ambiental. En caso de no hacerlo, la ANP, previa intimación, podrá ordenar la realización de cualesquiera acciones o tareas de prevención y conservación necesarias, con cargo al contratista.

Artículo 13º Obrador y consumos La ANP suministrará un área cercana a la obra como obrador, con espacio suficiente para las construcciones provisorias, acopio de materiales y herramientas. Serán de cargo del contratista los costos asociados a la vigilancia de esta área. Será responsabilidad del contratista el pago de los consumos de luz eléctrica y/o agua potable a suministrar por ANP de acuerdo con el régimen tarifario vigente. Los importes de dichos consumos serán facturados mensualmente disponiendo el contratista de un plazo de diez (10) días para su pago. La ANP tendrá la potestad de descontar los importes de los consumos que el contratista no abone en fecha, de los créditos que pudiere tener a su favor.

Artículo 14º Fuerza mayor Se entenderá por fuerza mayor causas tales como perturbaciones atmosféricas fuera de lo común o previsto, crecientes superiores a las máximas conocidas, terremotos, epidemias, guerras, revoluciones, bloqueos, u otros sucesos equivalentes a éstos fuera del control y voluntad de las partes y que no puedan ser previstos. El contratista no tendrá derecho a indemnización por pérdidas, averías y demás perjuicios ocasionados en las instalaciones, materiales y útiles de trabajo, sean cuales fueren esos perjuicios y las causas de los mismos, aún en el caso de ser producidos por fuerza mayor perfectamente justificada y aun cuando no resulten de imprevisión, de negligencia, de deficiencia en los medios empleados o de maniobras equivocadas.

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SECCIÓN III. PROCESO LICITATORIO

Artículo 15º Adquisición, valor del pliego y domicilio Las firmas interesadas podrán adquirir un juego completo del pliego de la presente licitación en la División Recursos Materiales y Servicios – Unidad Licitaciones de la ANP, Oficina 305, previo pago en la Unidad Tesorería de la suma de $ 3.000 (pesos uruguayos tres mil)más IVA. Cada oferente deberá constituir un domicilio en la ciudad de Montevideo a los efectos de la licitación y actos posteriores de la misma, debiendo comunicarlo formalmente a la ANP en el momento de retirar este pliego.

Artículo 16º Aclaraciones de los documentos de la licitación Cualquier posible licitante que haya adquirido el pliego puede solicitar aclaraciones sobre los documentos de la licitación, mediante comunicación por carta a la ANP o fax dirigido a la División Recursos Materiales y Servicios – Unidad Licitaciones (Of. 305 fax 1901 2841) a más tardar 10 (diez) días hábiles antes del vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas. Se enviará copia escrita de las respuestas por carta o fax (incluida la consulta pero sin identificar su origen) a todos los que hayan adquirido los documentos de licitación.

Artículo 17º Modificación de los documentos de la licitación La Administración podrá, hasta 5 días hábiles antes de que venza el plazo de presentación de ofertas, modificar los documentos de la licitación mediante enmiendas, ya sea por iniciativa propia o en atención a aclaraciones solicitadas por los eventuales oferentes. Todos los que adquieran pliegos serán notificados por nota o fax, de las enmiendas que refieran a la modificación de los documentos de la licitación, las que tendrán el mismo valor que los términos de esta licitación y serán obligatorias para todos los oferentes. Estas comunicaciones serán canalizadas únicamente a través de la División Recursos Materiales y Servicios – Unidad Licitaciones de la ANP. La simple constancia de recepción de la carta por parte del interesado o envío de las notas emitidas por fax por parte de la ANP, constituirá plena prueba de la notificación.

Artículo 18º Presentación de la oferta Las ofertas serán recibidas por ANP en el lugar, día y hora establecidos en la carátula de este Pliego. La ANP podrá prorrogarla, en cuyo caso comunicará la nueva fecha y hora

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utilizando los mismos mecanismos detallados en el artículo anterior a todos los adquirentes del pliego.

Artículo 19º Condiciones generales de la oferta

19º.1 Idioma La oferta y toda la correspondencia y documentos relativos a ella deberán redactarse en idioma español. Cualquier material impreso que refiera a información específica de la oferta podrá estar en otro idioma a condición de que vaya acompañado de una traducción en español firmada por el oferente, la cual prevalecerá a los efectos de la interpretación de la oferta. Los folletos u otro material preimpreso de información general de la empresa podrán presentarse en idioma inglés. 19º.2 Formato y firma de la oferta El oferente presentará CUATRO (4) ejemplares de la oferta, marcando con claridad UN (1) "original" y TRES (3) "copias" del documento. En caso de discrepancia, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias. El original y todas las copias de la oferta serán escritos en tinta indeleble y sus hojas estarán numeradas correlativamente. La oferta no deberá contener textos entre líneas, raspaduras ni tachaduras, salvo cuando fuere necesario para corregir errores del oferente, en cuyo caso, las correcciones deberán salvarse con la firma del oferente o una o más personas debidamente autorizadas para obligarlas. Todas las páginas de la oferta excepto las que contengan material impreso no modificado, estarán firmadas por el oferente o una o más personas debidamente autorizadas para obligarlas y por el representante técnico. Todas las copias llevarán las iniciales del oferente o de una o más personas debidamente autorizadas para obligarlas y por el representante técnico. 19º.3 Costo de la oferta El oferente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta y la ANP no será responsable en caso alguno de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la licitación. 19º.4 Aceptación de las condiciones de estas Bases La mera presentación de la oferta significará la aceptación por parte del oferente de

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la totalidad de los términos, cautelas, plazos y condiciones de la licitación.

Artículo 20º Contenido de la oferta 20º.1 Comprobantes Los comprobantes originales que se enumera a continuación, deben presentarse fuera del sobre de la oferta respectiva; dentro del mismo se agregará una copia por cada ejemplar de la oferta: 1. Recibo expedido por la Unidad Tesorería de la ANP que acredite haber

depositado la garantía de Mantenimiento de Oferta, si correspondiere, extendido a nombre del oferente o de TODOS sus integrantes en caso de que el mismo esté integrado por varias personas físicas o jurídicas y el número y objeto de esta licitación.

2. Constancia expedida por el Banco de Seguros del Estado respecto al Seguro de

Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de acuerdo a lo previsto en el artículo 61 de la Ley 16.074

20º.2 Del oferente 1. Carta de presentación de la oferta con los nombres y domicilio del oferente en

la ciudad de Montevideo, a los efectos de la licitación y actos posteriores de la misma.

2. Certificado notarial que acredite la representación de la o las personas que

firman la oferta. En caso de que el oferente esté integrado por una o más sociedades, el escribano certificará que cada sociedad: es persona jurídica, hábil y vigente, trámite de constitución, objeto, plazo y razón social, forma en que se ejerce la representación, facultades de los representantes legales, designación de los respectivos cargos y vigencia de los mismos, designación e identificación de los Directores y Administradores, domicilio, lugar de constitución, indicación de si la misma es filial o sucursal de otra sociedad o si constituye con otras sociedades un grupo de interés económico.

3. El oferente deberá designar un representante otorgándole poder especial, con

facultades para actuar, obligarse y asumir responsabilidades, durante todo el procedimiento de contratación hasta que terminen todas las obligaciones contractuales derivadas de las presentes bases. Este representante deberá firmar la propuesta conjuntamente con el oferente.

4. Listado de antecedentes según se indica en el Artículo 21º 5. Certificación vigente en calidad en la Norma ISO 9001:2000, si la poseyera.

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Artículo 21º Experiencia en la actividad objeto del contrato El oferente deberá presentar un listado en el cual indicará la nómina de trabajos análogos al licitado realizados por el Oferente en los últimos tres años especificando el nombre del cliente, fecha y monto de la contratación.

Artículo 22º Propuesta Técnica El oferente deberá presentar su Propuesta Técnica, incluyendo: 22º.1 Equipamiento Se detallará la nómina de los equipos, sean propios y/o arrendados de terceros, que el oferente prevé utilizar para el cumplimiento del contrato, indicando sus características. 22º.2 Cronograma El oferente establecerá los plazos, en días calendario, para la realización de las actividades de cada una de los rubros involucrados. El plazo total para la realización de las obras objeto del contrato no podrá exceder lo establecido en el Artículo 8º. 22º.3 Metodología de ejecución de la obra El Oferente deberá incluir una descripción del procedimiento que empleará para el cumplimiento de la presente contratación haciendo referencia a cada uno de los componentes que la misma involucra y dentro de los lineamientos especificados en estas bases.

Artículo 23º Representante técnico El oferente deberá ser representado por un Arquitecto o Ingeniero Civil con título expedido o revalidado por las Autoridades Competentes, con una experiencia mínima de DIEZ (10) años, para tratar con la Dirección de la Obra los problemas técnicos que puedan suscitarse desde la presentación de la oferta hasta la recepción final de la obra. Este representante deberá firmar la propuesta conjuntamente con el oferente, debiendo presentar su Curriculum Vitae actualizado. Los funcionarios o los colaboradores de la ANP por vía de contratos de arrendamiento de servicios u obra, no podrán ser representantes técnicos del oferente, ni contratar con la ANP de acuerdo a lo previsto por el Artículo 46 del TOCAF/12.

Artículo 24º Aportes al Banco de Previsión Social El monto de mano de obra imponible a efectos de los aportes al Banco de Previsión Social, que de acuerdo a la ley 14.411 estará a cargo de la ANP, deberá ser declarado explícitamente por el oferente en pesos uruguayos por cada rubro. La no presentación de esta declaración en las condiciones establecidas será causal de

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descalificación de la propuesta.

Artículo 25º Precio Las obras serán cotizadas, contratadas y pagadas en pesos uruguayos. El precio total de los trabajos estará integrado por todos los trabajos previos, demolición, retiro de escombros, etc., de acuerdo a lo solicitado en las bases del llamado y a lo estipulado en el Anexo II. Los precios ofertados deberán incluir todos los costos para la ejecución del contrato (trámites, materiales, equipos, medios auxiliares, mano de obra, combustibles y lubricantes, etc.). El Monto Comparativo de la Oferta comprende el precio cotizado, más el importe total de las leyes sociales correspondiente por la mano de obra según la ley 14.411, requeridos para la completa realización de la obra licitada, más el Impuesto al Valor Agregado.

Monto Comparativo = Precio + K. x MI + IVA,

Siendo

K: Alícuota vigente por concepto de aportes correspondientes a la Ley N° 14.411. MI: Monto Imponible declarado en la oferta No se aceptará fórmula alguna de ajuste o actualización de precios. La ANP reservará una asignación presupuestal del 15% (quince por ciento) del precio total ofertado y del monto imponible, que sólo será utilizado, para el caso de surgir trabajos imprevistos a que refiere el Artículo 9º-Literal b).

Artículo 26º Apertura y análisis de las ofertas 26º.1 Apertura En el lugar, día y hora fijados con los funcionarios actuantes que la ANP designe, se procederá a la apertura de los sobres cerrados que contengan las ofertas, en presencia de los oferentes o sus representantes que deseen asistir. Previamente a la apertura se verificará la correcta presentación de los comprobantes exigidos en el Artículo 20º. Abierto el acto, no podrá introducirse modificación alguna en las ofertas, pudiendo los representantes de los oferentes formular las manifestaciones, aclaraciones o salvedades que deseen, previa presentación al funcionario actuante, de carta poder con firma certificada notarialmente o primera copia de escritura de mandato, en

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ambos casos con facultades suficientes. Estos documentos pueden presentarse en testimonio por exhibición. En dicho acto se controlará si las ofertas contienen defectos o carencias formales, si han adjuntado la documentación exigida en el presente, así como la constitución o no de garantía de mantenimiento de oferta. Si algún representante ha formulado observaciones deberá firmar el acta obligatoriamente. En el caso de haberse observado defectos formales en la presentación de la documentación requerida por el pliego, los oferentes tendrán un plazo de dos (2) días para subsanarlos. Los demás oferentes podrán comprobar que estos defectos han sido subsanados. Finalizado el acto se labrará acta circunstanciada del mismo incluyendo en la misma el estado de cada oferente en el RUPE, el acta será firmada por los funcionarios que haya designado ANP y por los representantes de los oferentes que lo deseen. 26º.2 Estudio de las ofertas Luego del acto de apertura de las ofertas, la Comisión Asesora de Adjudicaciones analizará en primer lugar el cumplimiento de la totalidad de los requisitos formales exigidos en el pliego. Si se observaren defectos formales en la documentación presentada, cuyo análisis no correspondía ser efectuado en el acto de apertura, o que fue controlado en dicha instancia, pero el defecto no fue advertido, se notificará a los oferentes de los mismos y podrán subsanarlos dentro de los 2 (dos) días siguientes al acto de notificación. Los demás oferentes podrán comprobar que esos defectos han sido subsanados. Luego de esta instancia no se brindará a los oferentes ni a persona alguna que no esté vinculada con el proceso de estudio y valuación ninguna información concerniente a dicho proceso. Se considerará que una oferta se ajusta esencialmente a los documentos de la licitación, cuando concuerde con las estipulaciones y condiciones de las presentes bases. Si la ANP determina que la oferta no se ajusta en lo esencial a los documentos de la licitación, la rechazará y el defecto no podrá ser subsanado con posterioridad por el oferente. 26º.3 Solicitud de aclaraciones Durante el proceso de análisis de las ofertas, la Comisión Asesora de

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Adjudicaciones podrá solicitar a los oferentes aclaraciones e información adicional a la presentada en la oferta, a efectos de la evaluación de las mismas. Tales aclaraciones pasarán a formar parte de las ofertas y en ningún caso se admitirá que aquellas modifiquen la oferta original en sus elementos sustanciales, básicamente los precios ofertados. 26º.4 Discrepancias Cuando exista discrepancia entre la cantidad escrita en números y en letras, valdrá la escrita en letras. Toda cláusula imprecisa, ambigua, contradictoria u oscura, a criterio de la ANP, se interpretará en el sentido más favorable a ésta.

Artículo 27º Plazo de mantenimiento de oferta Los oferentes establecerán un plazo de mantenimiento de la oferta en todos sus términos, que no podrá ser inferior a 120 (ciento veinte días calendario), contados a partir del inmediato siguiente al de la apertura de las ofertas. De no establecerse expresamente, se entenderá que el oferente se compromete a mantener su oferta durante el plazo mínimo exigido. Dicho plazo se considerará tácitamente prorrogado mientras el oferente no solicite por escrito el retiro de la oferta y la devolución de la garantía de mantenimiento.

Artículo 28º Garantía por pedido de prórroga El/los interesados que hubiera/n adquirido el pliego podrá/n solicitar la prórroga de la fecha de apertura, por escrito dirigido a la ANP el que será presentado por lo menos cinco (5) días hábiles antes de la fecha fijada para la apertura, indicando los fundamentos que motiva la referida petición. Dicha nota deberá estar acompañada de la copia del recibo de compra del pliego, más el recibo expedido por la Unidad Tesorería que acredite haber efectuado un depósito de garantía por la suma de U$S 1.000 (un mil dólares estadounidenses), en efectivo o valores públicos, que garantice la presentación de la oferta. La constitución de esta garantía será incrementada en igual monto original por cada prórroga solicitada, siendo discrecional de la ANP acceder a dicho petitorio. Dicha garantía será ejecutada por ANP si el peticionante no formula oferta de acuerdo a lo requisitos establecidos en el Artículo 20º del presente pliego.

Artículo 29º Garantía de mantenimiento de oferta Los oferentes podrán garantizar el mantenimiento de su oferta si correspondiere, mediante depósito en efectivo, valores públicos, fianza o aval bancario o póliza de seguro de fianza por un monto de dólares estadounidenses tres mil (U$S 3.000). En caso de que no corresponda, el incumplimiento en el mantenimiento de su oferta se

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sancionará con una multa equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto máximo de su oferta. El acto administrativo o resolución que imponga la multa será título ejecutivo, sin perjuicio del resarcimiento de los eventuales daños y perjuicios que dicho incumplimiento pueda haber causado a la administración y la comunicación del hecho al Registro Único de Proveedores del Estado. Si el oferente optara por garantizar el mantenimiento de su oferta, esta garantía deberá estar vigente hasta que se deposite la correspondiente al cumplimiento de contrato, aun cuando hubiera vencido el plazo de mantenimiento, salvo que el oferente desista de su oferta. Ninguna de las formas de garantías que indican a continuación podrá tener limitaciones de responsabilidad. Se aceptará la garantía exclusivamente en dólares estadounidenses. El procedimiento de constitución de garantía será el siguiente: 29º.1 Garantía en efectivo La garantía en efectivo se depositará en la Unidad Tesorería de ANP, previa apertura de cuenta en el Departamento Financiero Contable – Unidad Control Contable. El recibo que expida la Unidad Tesorería, antes de la hora de apertura de las ofertas, deberá contener el nombre del/los oferente/s y el número y objeto de la licitación. 29º.2 Garantía en valores públicos La garantía en valores públicos se depositará en la Sección Custodia de Valores del Banco de la República Oriental del Uruguay, a nombre del oferente y a la orden de la ANP. El recibo en el que constará el nombre del/los oferente/s así como el número de la licitación deberá ser depositado en la Unidad Tesorería de la ANP, que extenderá la respectiva constancia antes de la hora de apertura de las ofertas. 29º.3 Póliza de seguro de fianza El documento, en el caso de ser expedido por el Banco de Seguros del Estado, será entregado directamente sin certificación notarial de firmas en la Unidad Tesorería de la ANP, la que extenderá la respectiva constancia, antes de la hora de apertura de las ofertas. Si se expidiera por Instituciones Aseguradoras Privadas, el documento deberá presentarse con certificación notarial de firmas con por lo menos (2) dos días hábiles de antelación a la apertura de la licitación ante la División Notarial, el que dispondrá de un (1) día hábil para su aprobación o rechazo.

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Una vez aprobado el documento por la División Notarial, el oferente lo depositará en la Unidad Tesorería de la ANP, la que le expedirá recibo antes de la hora de apertura de las ofertas. 29º.4 Fianza o aval bancario La garantía deberá establecer que el avalista renuncia al beneficio de excusión. Si fuera expedida por Instituciones Bancarias Estatales, se entregará el documento directamente sin certificación notarial de firmas, en la Unidad Tesorería de la ANP, que extenderá la respectiva constancia antes de la hora de apertura de las ofertas. Si se tratara de documentos expedidos por Instituciones Bancarias Privadas, se presentarán con certificación notarial de firmas, con por lo menos dos (2) días hábiles de antelación a la apertura de la licitación ante la División Notarial el que dispondrá de un (1) día hábil para su aprobación o rechazo. Una vez aprobado el documento por la División Notarial, el oferente lo depositará en la Unidad Tesorería de la ANP, la que expedirá recibo antes de la hora de apertura de las ofertas. La garantía que se constituya mediante aval bancario, deberá remitirse de acuerdo al modelo que se presenta en el ANEXO I – MODELOS DE PRESENTACIÓN – Modelo de aval bancario o fianza. Las garantías de mantenimiento de oferta para las ofertas no adjudicadas serán devueltas, en todos los casos a solicitud del oferente, transcurrido el plazo de mantenimiento o la adjudicación a otro oferente. La garantía de mantenimiento de oferta podrá ser ejecutada cuando:

1. El oferente retire o desista de su oferta durante el plazo de mantenimiento. 2. En caso de que la oferta sea aceptada, si el adjudicatario no constituye en

tiempo y forma la garantía de Fiel Cumplimiento de la Contratación de acuerdo a lo dispuesto en estas Bases.

3. Cuando el adjudicatario se niegue o no concurra a retirar la Orden de Compra, habiendo sido notificado para ello, y no fuera constituida la Garantía de Fiel Cumplimiento de la Contratación de acuerdo a lo dispuesto en estas Bases.

La garantía de mantenimiento de oferta correspondiente a la oferta que resulte aceptada será cancelada una vez que el adjudicatario haya depositado la garantía de cumplimiento de la contratación. Si se hubiera vencido el plazo de mantenimiento de oferta y la ANP no hubiera adoptado aún resolución respecto de la aceptación o rechazo de las ofertas, igualmente se devolverá la correspondiente garantía a aquellos oferentes que lo soliciten, en cuyo caso estará desistiendo de su oferta.

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Artículo 30º Análisis de las ofertas

La Comisión Asesora analizará las ofertas de aquellas empresas que hayan cumplido con:

A.- Verificación de la presentación de documentos.

Todo lo dispuesto en el Artículo 20º SI/NO B.- Evaluación del oferente y su propuesta.

Experiencia del oferente-(Artículo 21º) SI/NO Propuesta técnica- (Artículo 22º) SI/NO

Solamente las ofertas que hayan sido calificadas con “SI” en la totalidad de los ítems que anteriormente se detallan serán consideradas para su adjudicación.

Artículo 31º Reserva de derecho y criterio de adjudicación La ANP se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, si entiende que los precios ofertados son claramente inconvenientes para la Administración o por cualquier otra causa, al amparo de resolución fundada que así lo establezca. Los trabajos licitados se adjudicarán a una sola empresa. A efectos de comparar las ofertas desde el punto de vista económico, se considerará como el monto comparativo del Artículo 25º. La Comisión Asesora recomendará la adjudicación a la oferta de menor monto comparativo, que cumpla con lo dispuesto en el Artículo 30º. Si la oferta de una empresa que cuenta con la certificación de calidad ISO 9001 es la de menor monto comparativo, o si este precio no fuera 2 % mayor respecto la de menor monto comparativo que no posea certificación de calidad, la Comisión Asesora recomendará la adjudicación a la oferta de menor precio comparativo de entre aquéllas que posean la referida certificación. La referida certificación de Calidad deberá estar vigente al momento de la presentación de la oferta y a la entrega de la Orden de Compra, debiendo abarcar los servicios requeridos en la presente licitación y en el control de ejecución de obra. El oferente que resulte seleccionado, deberá haber adquirido el estado de “ACTIVO” en el RUPE. Si al momento de la adjudicación, el proveedor que resulte adjudicatario no hubiese adquirido el estado “ACTIVO” en RUPE, una vez dictado el acto, la Administración, otorgará un plazo de 10 días calendario a fin de que el mismo adquiera dicho estado, bajo apercibimiento de adjudicar el llamado al siguiente mejor oferente en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado.

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Artículo 32º Notificación El acto administrativo que disponga la adjudicación o el rechazo de las ofertas, será notificado personalmente a los oferentes.

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SECCIÓN IV. FORMALIZACION DE LA CONTRATACIÓN

Artículo 33º Garantías cumplimiento contrato y obligaciones laborales 33º.1 Garantía por Ley de Tercerizaciones N°18.099 El adjudicatario deberá garantizar las obligaciones emergentes de reclamos laborales, mediante la constitución de una garantía por el monto equivalente al 20% del monto total de mano de obra imponible declarado en la oferta. La vigencia de la garantía depositada deberá ser por el período de la contratación. Esta garantía se constituirá una vez que Unidad Licitaciones comunique dicho monto mediante nota enviada por fax o correo electrónico en un plazo de 10 días hábiles contados a partir de la comunicación. El depósito se efectuará en cualquiera de las modalidades y siguiendo los procedimientos indicados para la garantía de mantenimiento de oferta, en el Artículo 29º 33º.2 Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato El adjudicatario deberá garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato que se celebre mediante la constitución de una garantía por el 5% del monto total de la oferta, equivalente en dólares estadounidenses. Esta garantía se constituirá una vez que Unidad Licitaciones comunique dicho monto mediante nota enviada por fax o correo electrónico en un plazo de 10 días hábiles contados a partir de la comunicación. El depósito se efectuará en cualquiera de las modalidades y siguiendo los procedimientos indicados para la garantía de mantenimiento de oferta, Artículo 29º Si el oferente que resulte adjudicatario, no depositara las garantías de fiel cumplimiento de contrato y la establecida por Ley de Tercerizaciones N°18.099, dentro del término establecido, perderá la garantía de mantenimiento de oferta, quedando la ANP en libertad de aceptar otra propuesta o disponer la realización de un nuevo llamado a licitación. La garantía de fiel cumplimiento será devuelta al adjudicatario una vez realizados y aprobados la totalidad de los trabajos. Si las garantías se emitieran con fecha determinada de vencimiento, previa a la finalización de las obligaciones contractuales, el adjudicatario deberá proceder a su renovación o sustitución con una antelación mínima de treinta (30) días previos a su vencimiento. El incumplimiento de la precitada obligación dará lugar a la ejecución de la garantía vigente.

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Artículo 34º Seguros 34º.1 Seguro de Responsabilidad Civil Construcción El adjudicatario estará obligado a contratar, previo a la emisión de la Orden de Compra en la modalidad de previo pago, seguro que cubra daños y/o perjuicios que eventualmente se produjeran a la ANP o a terceras partes, en ocasión o como consecuencia de los trabajos y/o operaciones a realizar de conformidad con este llamado por un monto no inferior a los U$S 100.000 (dólares estadounidenses cien mil) El proponente del seguro será el adjudicatario. La póliza deberá incluir como asegurados a éste y a la ANP y su plazo deberá abarcar el período comprendido entre la entrega de la Orden de Compra y recibidos de conformidad los trabajos contratados por parte del Director de Obra. Si el adjudicatario poseyera la mencionada cobertura estará obligado a presentar un endoso por el cual se incluya la Responsabilidad Civil de la ANP, por el periodo que insuman los trabajos, como así también recibos de pago acreditando el estar al día con el pago del premio correspondiente. El adjudicatario deberá concurrir a la Unidad Asesoría Técnica de ANP – 4º piso Oficina 411, , donde deberá acreditar dicha contratación, entregando la solicitud de cobertura de los seguros solicitados, las pólizas contratadas, así como recibo de pago del premio, para su aprobación por parte de ANP. La no entrega de dicha documentación será motivo suficiente para que se le considere incurso en mora y pierda la garantía depositada, caducando todos sus derechos. La Unidad Asesoría Técnica comunicará a Unidad Licitaciones la presentación de la documentación correspondiente. 34º.2 Seguro de Accidentes de Trabajo Asimismo deberá asegurar a su personal contra accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, manteniéndolo vigente mientras haya personal empleado por él o sus subcontratistas para el cumplimiento del contrato.

Artículo 35º Contratación Una vez adjudicada la contratación, la ANP a través de la Unidad Licitaciones, con el asesoramiento del Departamento Jurídico Notarial solicitará al adjudicatario la documentación que estime pertinente a efectos de acreditar que está en condiciones de contratar con la ANP. Entre la documentación a presentar se exigirá el recibo de compra de pliego a la fecha de apertura. Cumplida esta instancia, Unidad Licitaciones se comunicará con el adjudicatario, quien deberá proceder al retiro de la Orden de Compra emitida a tales efectos en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles. El no retiro de la Orden de Compra, será motivo suficiente para que se le considere

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incurso en mora y pierda la garantía depositada, caducando todos sus derechos. En dicho caso, la ANP podrá proponer la adjudicación a favor del oferente que le siguiera, de acuerdo al orden correlativo que haya resultado del estudio previo de las ofertas presentadas o disponer la realización de un nuevo llamado a licitación. Si éste no mantuviera su oferta, seguirá el mismo procedimiento con los restantes oferentes o declarará frustrada la licitación.

Artículo 36º Documentos contractuales Serán documentos contractuales y normativos, todos los documentos de esta licitación contenidos en el expediente administrativo licitatorio, entre los que se destacan:

• El Pliego de Condiciones con las aclaraciones y respuestas a las consultas, si las hubiere.

• La oferta y propuesta aceptada. • La resolución de Adjudicación. • Las comunicaciones escritas de la ANP.

Artículo 37º Cesión de la Orden de Compra

El adjudicatario no podrá ceder la contratación, salvo que solicite y sea aceptado previamente por escrito, por parte de la ANP. El cesionario deberá reunir las mismas condiciones que el cedente (Artículo 75º del TOCAF).

Artículo 38º Cancelación de la Orden de Compra La Orden de Compra podrá ser cancelada en los siguientes supuestos: Si se produce un atraso, debidamente constatado, en los trabajos objeto de la presente licitación Si el adjudicatario incurre en actitudes negligentes, en la realización de los trabajos en tanto no se corresponda con lo estipulado en las bases y en la oferta presentada.

Artículo 39º Mora. La mora se operará de pleno derecho para el Contratista por no cumplir con las obligaciones a su cargo o por hacer algo contrario a lo estipulado o por no hacer algo a lo que se esté obligado, luego que haya sido intimado por telegrama colacionado, con plazo de 3 (tres) días.

Artículo 40º Multas por atraso

Si el Adjudicatario incumpliera con el plazo de entrega de los trabajos contratados, de acuerdo a lo estipulado en las diferentes etapas de los mismos en las presentes bases, la ANP podrá aplicar una multa, por cada día de atraso.

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La multa por atraso se calculará según la siguiente fórmula:

Multa diaria = Precio Global Adjudicado x 0,2/Plazo de ejecución de la obra

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SECCIÓN V. CONTROL DE EJECUCIÓN Y PAGO

Artículo 41º Dirección de Obra La Dirección de Obra será designada por la Administración y estará a cargo del control de la realización de los trabajos y de la documentación que se produzca como consecuencia del desarrollo de los trabajos, así como del cumplimiento de las cláusulas contenidas en los documentos contractuales Artículo 36º.

Artículo 42º Pago El pago se hará en pesos uruguayos a la finalización de la totalidad de los trabajos. Previo a la presentación de la factura, la ANP labrará acta de la finalización de obra, en cumplimiento de lo estipulado en las presentes bases que forman parte de los documentos contractuales, la que deberá ser firmada por la Dirección de Obra de ANP y el Contratista. La solicitud de pago será presentada por el Contratista ante la Dirección de la Obra, ésta dispondrá de diez (10) días calendario contados a partir de la presentación de la solicitud para la conformación de la factura, la factura deberá estar acompañada de una copia del acta de finalización de obra. El pago se realizará dentro de los treinta días calendario contados a partir de la fecha de la conformación de la factura.

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ANEXO I MODELOS DE PRESENTACIÓN Modelo de la propuesta del oferente La empresa ___________________ (o bien, para el caso que comparezca representando a un tercero: N.N., en representación de Z.Z., según poder o carta poder debidamente legalizados que adjunto), constituyendo domicilio a todos los efectos legales en la calle _____________ Nº _____, de la ciudad de Montevideo, en conocimiento de las condiciones que rigen el presente llamado, se compromete a realizar las obras de “_______________ “, por el precio global de $ ______________________________ (en números y letras), sin Imprevistos. Asimismo se compromete a realizar la obra en un plazo de _________ (en números y letras) días calendario. El monto total de mano de obra imponible a efectos de la Ley 14.411, que estará a cargo de la ANP será como máximo de $ ____________________________ (en números y letras), sin Imprevistos. El representante técnico será el señor _______________________. Declara además que en todas las cuestiones relativas a esta obra se someterá a la legislación y a la jurisdicción de los Tribunales de la República Oriental del Uruguay con exclusión de todo otro procedimiento. Se entrega la documentación exigida en la Parte I – Pliego de Condiciones Particulares en el Artículo 20º(Contenido de la oferta) y copia dentro del Sobre Artículo 22º (Propuesta Técnica) y Artículo 25º (Precio) En Montevideo, a los ________ días del mes de ______________ de 2016. Firma del representante técnico Firma del proponente Nombre ___________________ Nombre _____________________ Domicilio ___________________ Domicilio _____________________ Teléfono ___________________ Teléfono _____________________

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Modelo del aval bancario o fianza

Montevideo, _____ de __________ de 2….. Señores Administración Nacional de Puertos De nuestra mayor consideración: Por el presente documento, (1) ___________________, se constituye fiador solidario por la suma de $ ___________ ( _________________________ pesos uruguayos), amparando las obligaciones de (2) _____________________________ por concepto de (3)________________________________________________________ en la Licitación (4)__________________________, para (5) _______________________, renunciando al beneficio de excusión. La presente garantía tendrá vigencia hasta el día ____________________ . El fiador se compromete a entregar a la Administración Nacional de Puertos el importe garantizado sin necesidad de ningún trámite judicial, siendo suficiente la intimación de entrega. Dicho pago se efectuará en Rambla 25 de Agosto de 1825 número 160 de esta ciudad. El fiador constituye domicilio especial a todos los efectos que dé lugar este documento en la calle _____________________ N° ___________ de esta ciudad. Se solicita al Escribano _____________________ que certifique las firmas de este documento. Saluda a ustedes atentamente,

(1) Razón social del fiador. (2) Nombre (persona Física) o Razón Social (persona jurídica) del oferente. (3) Opciones: Mantenimiento de Oferta; Cumplimiento de Contrato. (4) Licitación Pública/ Pública Internacional/ Licitación Abreviada ___________. (5) Objeto de la licitación. La certificación notarial deberá ser hecha en papel notarial con sello, signo y firma del Escribano interviniente y con los timbres correspondientes según el Arancel Notarial y estar ligada al documento de fianza. En caso de tratarse de personas jurídicas, el Escribano actuante deberá efectuar un control completo de la misma (lugar y fecha de constitución, objeto, plazo, representación de los firmantes, vigencia en los cargos, aprobación de los Estatutos, inscripción en el Registro de Comercio, publicaciones). Si los firmantes actúan en calidad de apoderados, el Escribano deberá certificar que el poder está vigente y que los firmantes tienen facultades bastantes para el acto realizado.

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Modelo de Curricula-Vitarum de personal técnico

(Información abreviada en no más de 3 carillas formato A4, espaciado simple, letra tipo arial 11).

Nombres y Apellidos: Nacionalidad: Profesión: Adjuntar fotocopia de título. Especialidades: Adjuntar fotocopia de post grados y certificados de capacitación. Detalle de trabajos realizados: Descripción de los trabajos más destacados Comitente: Importe de la obra: Carta de conformidad

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ANEXO II MEMORIA DE DEMOLICIÓN 1. Alcance de los trabajos de demolición Consiste en la demolición de todas las instalaciones existentes (edificaciones, muros, fosas, contrapisos, fundaciones, etc.) en el padrón 56.443 (vértices 2, 5, 7 y 4 del Plano de Mensura adjunto) y en la calle (Cnel. Santiago Labandera - continuación de 17 metros) adyacente al padrón 56.444 (vértices 1, 2, 3 y 4 de dicho Plano). El predio fue objeto de un siniestro (incendio) de gran magnitud, que obligó en su momento a la demolición de la mayoría de sus depósitos. Esos depósitos correspondían a una ex Industria Frigorífica y Pescadería (ACER S.A.) y posteriormente a un depósito de lanas (MONTELAN S.A.). Se deberá tramitar el Permiso de Demolición Municipal correspondiente. Se deberán ejecutar todas las demoliciones manuales y/o mecanizadas que, aun sin estar indicadas, sean necesarias por razones de obra, motivo por el cual cualquier tipo de omisión respecto de la demolición y el espíritu del objeto del presente pliego no da derecho al contratista para el reclamo de pagos adicionales quedando expresamente indicado que en este rubro se encuentran comprendidas todas las demoliciones necesarias de acuerdo al objeto final de los trabajos. 2. Sobre los métodos y procedimientos de demolición Deberá presentar una memoria descriptiva y detallada del procedimiento, métodos y sistemas que utilizará en el proceso de demolición. Está absolutamente prohibido la demolición por pera de volteo, demoliciones químicas para fragmentación de las estructuras de hormigón armado resistentes y demoliciones e implosiones en base al uso de explosivos. El contratista deberá tomar todos los recaudos y cuidados para que el derribo se produzca por el empleo de herramientas y no por derrumbe. Los escombros provenientes de la demolición deberán volcarse hacia adentro, prohibiéndose arrojar piezas estructurales enteras o escombros grandes o medianos desde alturas superiores a los cinco metros, las que podrán ser descendidas por plumas o guinches. Se podrá utilizar conductos de descarga cuando sea necesario para el descenso de escombros pequeños, previamente aprobados por la Dirección de Obra. En ningún caso, se solaparán actividades de demolición manual y mecánica sin la autorización expresa del Director de la Ejecución de las Obras, aun cuando estas se realicen en módulos diferenciados. La demolición mecánica de las edificaciones se hará, cuando corresponda por franjas completas verticales, entre apoyos estructurales. Las fundaciones deberán ser removidas en su totalidad o por lo menos hasta dos metros por debajo del nivel del terreno. En particular la fosa de la balanza de camiones debe ser removida en su totalidad.

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3. Plan de demolición El plan a presentar deberá considerar la secuencia de tareas que se proponen. Antes de proceder a las demoliciones es obligatorio haber estudiado previamente y presentar a la Dirección de Obra:

• Cronograma y secuencia de demoliciones y retiro de instalaciones, veredas, acordonamientos, vegetación, y o cualquier objeto que obstaculice el normal desarrollo de las obras, considerando que debe ser aprobado por la Dirección de Obra.

• Estructura de los edificios a demoler (tipo de dispositivo y materiales) para definir plan.

• Servicios existentes (gas, agua, electricidad, etc.,). Dar de baja, cambiar de ubicación, hacer corrimientos de ser necesario, etc.

• Existencia de depósitos subterráneos o aéreos que pudieran contener gases tóxicos, productos inflamables, radiactivos, etc. (uso del edificio)

• Existencia de ratas, insectos, etc.

Una vez recopilada toda la información posible, se realizará el Plan de Demolición que constará de una Memoria en la que se definirá el procedimiento de demolición adoptado y la normativa aplicable. Evitar el acceso a espacios confinados o con falta de oxígeno (pozos, galerías sin ventilación, etc.).

Como los métodos de demolición son diferentes en función de la tipología estructural el contratista indicará en el Plan de Seguridad y Salud, el tipo de método de demolición que va a emplear: Manual, Mecánica controlada, Retroexcavadora, Brazo demoledor, Martillo picador u otros, así como los equipos de protección individual y colectiva que utilizará en dicho trabajo. Los escombros deberán conducirse hasta el lugar de carga mediante rampas, tolvas, sacos, etc. prohibiéndose arrojarlos desde lo alto y serán regados para evitar polvareda. Se tomarán las medidas necesarias para evitar la alteración de la estabilidad de edificaciones próximas.

4. Recomendaciones Las normas generales de actuación y prevención son:

• Desratizar y desinfectar. • Vaciar y segar cámaras sépticas y/o pozos negros. • Desmontar y dar disposición final adecuada en forma diferenciada a tubos

fluorescentes y elementos que contengan amianto, poliuretano y poliestireno. • Apuntalar, si fuera necesario, para evitar desplome de elementos estructurales

por sobrecargas de losas, por ejemplo, al desescombrar. • Montaje de andamios estabilizadores, previamente calculados, si fuera

necesario para conservar partes estructurales del edificio. Si se invaden aceras o parte de la calzada deberán colocarse balizas luminosas. Desvío de tráfico señalizados. Marquesinas de paso para personas. Señales de advertencia, riesgo y prohibición.

• Vallado exterior, accesos de personal y maquinaria. Señalización general en

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vallado. Carteles de empresa. Instalaciones provisionales para los trabajadores.

• Control de accesos a personas ajenas a la obra. • Primeros auxilios. Instrucciones para la asistencia a accidentados. Itinerarios

de evacuación. • Delimitar zonas de trabajo. Comunicación interior de obra. Señalizar y

proteger zonas de riesgo. • Por el frente del predio existen instalaciones de ANCAP (oleoductos,

cámaras, válculas, etc.). Se deberá recabar la información pertinente y adoptar las medidas que el ente petrolero entienda necesarias.

• Anulación de instalaciones existentes (excepto agua y alcantarillado). • Instalación eléctrica provisional de obra. • Indicaciones luminosas, señales, marcas, etc. • Medidas de protección contra incendios. • Anulación de cristales en ventanas, etc.

Antes de proceder a la demolición de las partes estructurales que puedan afectar la construcción, el contratista propondrá y ejecutará los apuntalamientos de seguridad necesarios. Deberá señalizarse la zona de demolición y la del sector de posible caída de objetos a fin de que no sea transpuesta por ninguna persona que circule por la obra.

Si se realizan trabajos en distintos planos o niveles de piso, se tomarán las medidas necesarias para proteger a los que trabajan en planos inferiores, donde el contratista colocará las pantallas y defensas horizontales de protección necesarias para evitar la caída de objetos, y riesgo de los operarios y de ser necesario y a solo juicio de la Dirección de obra se solicitará a la contratista defensas adicionales metálicas por pisos. No podrá permanecer ninguna persona en el plano inmediato inferior al que se está demoliendo. Cuando la demolición no se realice con maquinarias y deba trabajarse con operarios en forma manual, con desniveles superiores a 2 metros de altura, será obligatorio utilizar andamios separados de la construcción a demoler.

5. Depósito y tendido de materiales El contratista deberá depositar, tender y compactar todo el material producido por la demolición en la zona contigua al padrón indicada en el plano adjunto. El avance del tendido se efectuará de forma tal que no impida el escurrimiento de las aguas en ningún momento. Esta zona no puede extenderse más de 25 metros desde el fondo del padrón. No se permitirá el relleno con las aislaciones de pisos y muros (poliestireno y/o poliuretano). Todo elemento producido en la demolición que tenga más de un metro en alguna de sus medidas y no pueda ser reducido, será retirado de la obra y depositado fuera de la misma. En la oferta se indicará el lugar probable de depósito, así como su distancia. Los materiales cargados sobre camiones deberán cubrirse completamente con lonas o folios plásticos a fin de impedir la caída o desparramo de escombros y de polvo durante su transporte.

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6. Acondicionamiento final del predio a demoler Una vez que se realicen las demoliciones, se realizará un pavimento económico y transitorio. Para conformarlo, se retirarán los escombros que hubiera en el sitio, se rellenarán los pozos o zanjas que surjan del retiro de instalaciones y cimientos con material adecuado – no plástico- para obtener una superficie horizontal compactada. Sobre esta superficie se colocará una capa de base de tosca con CBR>60 de 20 cm. de espesor, la que deberá compactarse al 95% de su máxima densidad. Sobre la tosca se aplicará un riego con diluido asfáltico con gasto mínimo de 1,5 l/m2 y sellado con arena fina Dicho pavimento se hará en toda la superficie del padrón, en la calle Labandera y en la zona de depósito del escombro. 7. Limpieza del terreno La contratista deberá hacerse cargo de la limpieza del padrón y zonas aledañas, producto del polvo y los escombros de la demolición, debiendo realizar dicha tarea tantas veces como sea necesario, durante todo el plazo de ejecución de la obra hasta la Recepción Provisoria de Obra. Asimismo se encargará dentro de la obra a realizar el riego obligatorio, a fin de evitar el levantamiento y propagación del polvo en el ambiente de trabajo y a propiedades de terceros. Se proveerá al personal de las máscaras antipolvo que correspondan. Será responsable de retirar de las zonas vecinas los materiales que hayan caído durante el plazo de ejecución de la obra y al finalizar la misma, debiendo ejecutar la limpieza que corresponda, tantas veces como sea necesario. También será responsable de los arreglos y daños que pudiesen corresponder a las zonas, construcciones e instalaciones vecinas producto de la ejecución de cualquiera de las tareas.

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ANEXO III PLANOS

ZONA HABILITADA PARA RELLENAR CON ESCOMBRO

Aprox. 100 m X 25 m

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