ley 37/2007 sobre reutilización de información del sector público

13
1 Jordi Graells i Costa Dirección General de Atención Ciudadana Generalitat de Catalunya Centro de Documentación Judicial CENDOJ Donostia-San Sebastián, 21 de abril de 2009 Jornada sobre Reutilización de la Información Pública y Jurisprudencia La Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público Aviso legal Esta obra está sujeta a una licencia Reconocimiento 3.0 de Creative Commons. Se permite la reproducción, la distribución, la comunicación pública y la transformación para generar una obra derivada, sin ninguna restricción siempre y cuando se cite el autor (Jordi Graells Costa). La licencia completa se puede consultar en http://creativecommons.org/licenses/by/3.0/es/legalcode.es .

Upload: jordi-graells

Post on 05-Dec-2014

2.013 views

Category:

Business


2 download

DESCRIPTION

La Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público (SP) transpone la Directiva 2003/98/CE, de 17 de noviembre, relativa a la reutilización de la información del sector público y consagra el derecho al conocimiento como principio básico de la ciudadanía.

TRANSCRIPT

Page 1: Ley 37/2007 sobre reutilización de información del sector público

1

Jordi Graells i CostaDirección General de Atención Ciudadana

Generalitat de Catalunya

Centro de Documentación Judicial CENDOJDonostia-San Sebastián, 21 de abril de 2009Jornada sobre Reutilización de la Información Pública y Jurisprudencia

La Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información

del sector público

Aviso legalEsta obra está sujeta a una licencia Reconocimiento 3.0 de Creative Commons. Se permite la reproducción, la distribución, la comunicación pública y la transformación para generar una obra derivada, sin ninguna restricción siempre y cuando se cite el autor (Jordi Graells Costa).La licencia completa se puedeconsultar en http://creativecommons.org/licenses/by/3.0/es/legalcode.es.

Page 2: Ley 37/2007 sobre reutilización de información del sector público

2

Ley 37/2007 sobre reutilización

La Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público (SP) transpone la Directiva 2003/98/CE, de 17 de noviembre, relativa a la reutilización de la información del SP

- Se refiere a información digital como la social, económica, jurídica, geográfica, meteorológica, turística, sobre empresas, patentes y educación... Aplicable también a los documentos judiciales.

- Afecta toda la Administración y organismos participados financiados.

- Tiene la finalidad que ciudadanos y empresas ofrezcan productos y servicios de información de valor añadido.

- Persigue la publicidad de todos los documentos de libre disposición.

- Quiere promover el crecimiento del sector de contenidos digitales.

- Consagra el derecho al conocimiento como principio básico.

Page 3: Ley 37/2007 sobre reutilización de información del sector público

3

Límites de reutilización

Límites

- Art. 105 b) de la Constitución española, cuando se refiere al «... acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos»

- Y su desarrollo en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones públicas, art. 37 «Derecho de acceso a archivos y registros». En este sentido, el derecho de acceso que establece la Ley 37/2007 complementa la Ley 30/1992.

Page 4: Ley 37/2007 sobre reutilización de información del sector público

4

Qué es documento según la Ley 37/2007

La Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público entiende el término documentoen sentido actual, como recopilación y «representación de actos, hechos o información, y cualquier recopilación de éstos, independientemente del soporte»: papel o digital; grabación sonora, visual o audiovisual.

Page 5: Ley 37/2007 sobre reutilización de información del sector público

5

Documentos no objeto de la Ley 37/2007

La Ley no se aplica a los documentos con derechos de propiedad intelectual (derechos de autor y afines como el derecho sui generispara las bases de datos) o industrial (patentes, marcas).

Tampoco se aplica a documentos de:

- Radiodifusión y TV

- Instituciones educativas e investigación (escuelas, universidades, archivos, bibliotecas y centros de investigación)

- Instituciones culturales (museos, bibliotecas, archivos, teatros...)

Page 6: Ley 37/2007 sobre reutilización de información del sector público

6

Modalidades de documentos reutilizables

Documentos:

- Puestos a disposición del público sin sujeción a condiciones

- A disposición del público con condiciones establecidas en licencias tipo

- Que se soliciten previamente con el procedimiento establecido por esta Ley (art. 10) y, en su caso, la normativa autonómica (aquí se pueden incorporar condiciones establecidas en una licencia).

Page 7: Ley 37/2007 sobre reutilización de información del sector público

7

Compatibilidad licencias – reutilización

La Administración puede permitir la reutilización

Sin condiciones concretas

Mediante licencias, que deben:

- ser claras, justas y transparentes

- no restringir la reutilización

- no limitar de la competencia

- no ser discriminatorias para categorías comparables de reutilización

- atender al principio de libre competencia y de servicio público

Page 8: Ley 37/2007 sobre reutilización de información del sector público

8

Condiciones para la reutilización

Generales

- Proteger los datos personales (Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal)

- Evitar acuerdos exclusivos (excepto de un servicio público de interés general)

- Fijar contraprestación económica, cuando proceda, razonable, que los ingresos no superen el coste total de recogida, producción, reproducción y difusión de los documentos

Específicas de los documentos

- Uso correcto

- Garantía de no modificación

- Indicación de la fuente

- Contenido mínimo de las licencias (finalidad comercial o no, duración, obligaciones, responsabilidades, modalidades financieras, carácter gratuito o precio público en su caso)

Page 9: Ley 37/2007 sobre reutilización de información del sector público

9

Contraprestaciones económicas

Tasas y precios públicos idénticos para cubrir al menos los costes de servicio o actividad, que incluyan los costes relativos a recogida, producción, reproducción y difusión. Se deben publicar si es factible técnicamente.

«Se pueden aplicar tasas o precios públicos diferenciados según se trate de reutilización con fines comerciales o no comerciales» (art.7.4).

Page 10: Ley 37/2007 sobre reutilización de información del sector público

10

Procedimiento para la reutilización 1/2

La Ley 37/2007 establece cómo proceder con los documentos a reutilizar:

- Deben estar disponibles por medios electrónicos.

- Se deben difundir mediante sistemas de gestión documental (listas e índices) de los documentos (en los formatos y las lenguas previos).

- Se pueden solicitar siguiendo un procedimiento concreto (plazos de resolución, disposición inmediata para preservar su valor económico, actualización regular, vías de recurso, régimen sancionador).

- Las personas físicas o jurídicas interesadas solicitan al órgano competente la reutilización de documentos. La Administración tiene 20 días para resolver la petición (20 días más si son complejos). Hay 10 días para pedir compleción de información imprecisa al solicitante.

Page 11: Ley 37/2007 sobre reutilización de información del sector público

11

Procedimiento 2/2 y régimen sancionador

- Las resoluciones estimatorias comportan la puesta a disposición del solicitante de la documentación solicitada para la reutilización.

- Cuando el órgano remitente no dispone de la información requerida pero tiene conocimiento de la Administración u órgano que la tiene, debe remitirle lo antes posible la solicitud y dar cuenta al solicitante.

- Si la resolución es desestimatoria por la existencia de derechos de propiedad intelectual o industrial de terceros, se deben comunicar las referencias de la persona titular o la que haya cedido la documentación.

Las sanciones. La Administración general del Estado tipifica en infracciones (muy graves/graves/leves) según se desnaturalice el sentido de la información para reutilizar o se altere el contenido a reutilizar, mediante la concesión de una licencia.

Page 12: Ley 37/2007 sobre reutilización de información del sector público

12

Procedimiento 2/2 y régimen sancionador

Disposiciones adicionales y transitorias:

- El Gobierno central debe promover el crecimiento del sector de contenidos digitales y puede establecer con las administracionespúblicas restantes los mecanismos de colaboración pertinentes.

- Esta Ley es aplicable a las sentencias y resoluciones judiciales, sin perjuicio de lo que prevee el artículo 107.10 de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial y su desarrollo específico.

- El Gobierno central, en el ámbito de sus competencias debe dictar las disposiciones necesarias para la ejecución y desarrollo de lo que establece esta Ley.

Page 13: Ley 37/2007 sobre reutilización de información del sector público

13

¡Muchas gracias!

Jordi Graells i CostaDirección General de Atención CiudadanaGeneralitat de Catalunya

Centro de Documentación Judicial CENDOJDonostia-San Sebastián, 21 de abril de 2009Jornada sobre Reutilización de la Información Pública y Jurisprudencia

La Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información

del sector público

Aviso legalEsta obra está sujeta a una licencia Reconocimiento 3.0 de Creative Commons. Se permite la reproducción, la distribución, la comunicación pública y la transformación para generar una obra derivada, sin ninguna restricción siempre y cuando se cite el (Jordi Graells Costa).La licencia completa se puede consultar enconsultar en http://creativecommons.org/licenses/by/3.0/es/legalcode.es.