la empresa como concepto economico

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1 La empresa mercant il La empresa como concepto económico Morena Guadalupe Montoya P.

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La empresa mercantil

Gua de Derecho Mercantil II.La empresa

La empresa mercantil

La empresa como concepto econmico

Morena Guadalupe Montoya P.

La empresaLa empresa como concepto econmico. Econmicamente la empresa es organizacin de los factores de produccin (capita, trabajo) con el fin de obtener ganancia ilimitada.Otro concepto: la empresa podra ser definida como un organismo que se propone producir para el mercado determinado de bienes o servicios con independencia financiera de todo otro organismo. (James).

Concepto Jurdico de la empresa. Se analiza las diferentes teoras importantes que pueden explicar la naturaleza jurdica de la empresa. Estas son: a) Teora personalista de la empresa. La empresa no es un simple conjunto de medios de produccin inertes: a la fusin de los elementos aislados correspondera una completa independencia jurdica y el nacimiento de un sujeto nuevo con vida propia. Esta doctrina, que atribuye personalidad jurdica a la empresa renace modernamente a causa de la confusin para ciertos autores, entre empresa con la sociedad, la personalidad jurdica atribuida a esta se extiende a la empresa misma. Se olvida as que la sociedad, como empresario, que es, no puede ser confundida con la empresa.La teora no prospero, ninguna legislacin la ha admitido y cada vez tuvo menos defensores.

b) Teora atomista de la empresa. Para muchos autores no cabe una consideracin unitaria de la empresa de manera que esta se descomponga en sus diversos elementos, sin que quepan operaciones jurdicas unitarias sobre la misma.Mantener la individualidad de los distintos elementos de la empresa, considerando a la misma como un conjunto; pero sin unidad patrimonial, esta teora no prospero porque niega el concepto moderno de la empresa, manteniendo nicamente el nombre, en forma similar a como aparece en algunas legislaciones.

c) La empresa como universalidad. En el hecho de estar integrada la empresa de una variedad de cosas no ligadas entre s, materialmente, las cuales aspiran un tratamiento jurdico unitario. Modernamente se vuelve a considerar la empresa como una universalidad de cosas entendiendo por tal la reunin fsica o econmica de elementos que el ordenamiento jurdico considera al menos en ciertos aspectos, como entidad nica, sometida a una disciplina nueva y diversa de aquella que es propia de los elementos aislados.d) La empresa como actividad, concepto jurdico de empresa que se separa de su concepto econmico.

Para ella, desde un punto de vista jurdico, en el fenmeno econmico de la empresa existen dos aspectos distintos: la empresa o actividad econmica del empresario y la haciendo o establecimiento que se integra por el conjunto de medios instrumentales con los que aquel realiza su actividad econmica

e) La empresa como organizacin. La empresa mercantil, es una cosas distinta de los edificios en que se asienta, de las maquinas que utiliza de las mercancas que fabrica o vende y en general de todos los dems bienes patrimoniales puestos al servicios de la explotacin. Estas cosas pueden ser destruidas y sin embargo, continuar la vida de la empresa; al contrario pueden subsistir estos elementos materiales cuando la empresa, al contrario pueden subsistir estos elementos materiales cuando la empresa mercantil, como tal ha dejado de existir. La enajenacin de una empresa mercantil el precio que paga el adquirente sobrepasa, sin duda la suma del valor de todos los elementos patrimoniales que se transmiten (edificios, mercancas, crditos, derechos etc). Es necesario destacar el lado espiritual o inmaterial de la empresa como negocio. La empresa no es ninguna cosa corporal; pero mediante su organizacin penetra en el mundo de las manifestaciones visibles.f) Teora patrimonial-unitaria de la empresa. Los distintos elementos de la empresa son cosas: en consecuencia cada una es capaz de subsistir por si, salvo excepciones; pero ello no es obstculo para que puedan entrar a formar parte de una cosa universal, patrimonio; la empresa es pues, una pluralidad de cosas que integran una cosa universal. La empresa funciona como sola unidad; el traspaso de la empresa implica el traspaso de todos sus elementos, salvo excepciones; si se persigue al titular por el pago de alguna obligacin. No pueden embargarse aisladamente los elementos de la empresa; sino que habr que embargarse aisladamente la empresa en su conjunto; desde luego se exceptan aquellos casos en que se han constituido gravmenes reales sobre determinados elementos de la empresa. La razn de este tratamiento especial que se da a la empresa, se encuentra en la funcin que ella desempea dentro de la economa de una pas. Al proteger legalmente la unidad de la empresa, se est protegiendo su permanencia, desde luego que su subsistencia como conjunto es necesaria para que contine siendo empresa; la empresa es la universalidad, la cual no podra permanecer, como tal, si sus elementos se disgregaran. En el momento en que la empresa deja de prestar sus servicios al pblico, pierde su carcter de cosa universal; ya no hay razn para proteger su unidad, porque ya ha dejado de ser empresa; todas las legislaciones sealan un plazo y de inactividad, en nuestro Cdigo de Comercio el plazo es de 6 meses (Art. 562 Com), al final del cual la empresa pierde su calidad.Elementos integrantes de la empresa.I. Elementos materiales. Forman parte de la empresa las mercancas, es decir, las cosas que se ofrecen a la venta al pblico, las existencias de materias primas destinadas al proceso de elaboracin si es empresa industrial, el llamado activo fijo, tambin maquinarias, las estanteras, los escritorios y dems equipo necesario para el trabajo tambin el establecimiento si es parte de la empresa, si es alquilado no.II. Elementos inmateriales. Organizacin, la direccin, aviamiento, el crdito mercantil o derecho de llave, el derecho a la clientela o a la fama mercantil, las patentes y distintivos comerciales, el nombre comercial.

III. Trabajo. Los servicios prestados por el personal subalterno de la empresa, sino tambin el trabajo de direccin realizado por el empresario. La relacin de trabajo que es ampara y protegida por el Cdigo de Trabajo.El establecimiento mercantil:

La empresa es un modo de actividad econmica; el establecimiento es el instrumento al servicio de esa actividad; la primera entra en la categora de los actos jurdicos y el segundo en la de los bienes instrumentales de valor econmico.

Lo que caracteriza al establecimiento es la existencia de una organizacin de medios o factores de produccin, materiales y humanos, como bien o creacin inmaterial o intelectual resultando del esfuerzo del empresario(o profesional) en el ejercicio de la actividad de competencia.Los establecimientos pueden clasificarse en principal y secundarios y estos en la de mera actividad de produccin y los que desarrollan la actividad comercial, llamados generalmente sucursales (agencias, delegaciones etc).

Tarea investigar otro concepto de establecimiento y la diferencia con la empresa

Es la circunstancia de que la empresa posea todo lo necesario para estar en marcha; es una palabra italiana que tiene la misma raz que la palabra avo, el aviamiento no es solo la organizacin ni solo la direccin de la empresa, sino que comprende todo el conjunto de circunstancias inmateriales necesarias para que la empresa pueda funcionar; comprende por lo tanto, la organizacin direccin, contabilidad y dems.

Crdito mercantil o derecho de llave: es el sobreprecio que se paga para adquirirla, por encima de los elementos materiales de la empresa, por el simple hecho de ser una empresa en marcha. Se adquiere una clientela establecida.

Rodrigo Ura

1PAGE 5Licda. Morena Guadalupe Montoya