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354 8 / Homenaje: Condecoración para Filiberto Tarazona MARÍA LUZ CREVOISIER 2 / 92 años de la Facultad de Derecho de la PUCP CÉSAR SALAS GUERRERO 3, 4, 5, 6 Y 7 FRANCISCO JOSÉ DEL SOLAR LOS WISCONSIN BOYS: LA TRASCENDENCIA (Y LA RESISTENCIA) DE LOS CAMBIOS FACULTAD DE DERECHO DE LA PUCP

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8 / Homenaje: Condecoración para Filiberto Tarazona MARÍA LUZ CREVOISIER

2 / 92 años de la Facultad de Derecho de la PUCP CÉSAR SALAS GUERRERO

3, 4, 5, 6 Y 7 FRANCISCO JOSÉ DEL SOLAR

LOS WISCONSIN BOYS: LA TRASCENDENCIA (Y LA RESISTENCIA) DE LOS CAMBIOS

FACULTAD DE DERECHO DE LA PUCP

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2 Suplemento de análisis legal MARTES 10 DE MAYO DE 2011

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RECUERDO

Los 92 años de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica

CésarSALAS GUERRERO

Investigador del Instituto Riva Agüero

Las opiniones vertidas son de exclusiva responsabilidad de los autores. Sugerencias y comentarios: [email protected]

Directora (e): Delfina Becerra González | Subdirector: Jorge Sandoval Córdova | Editor: Francisco José del Solar | Coeditora: María Ávalos Cisneros | Editor de diseño: Julio Rivadeneyra Usurin | Diseño: César Fernández Fernándezjurídica

Jurídica es una publicación de

2008 © Todos los derechos reservados

Aunque para muchos sea difícil de imaginar, los inicios de la Facul-tad de Derecho de la Pontificia

Universidad Católica del Perú fueron ex-tremadamente modestos. Una muestra de esta precariedad está en el hecho que la entonces denominada Facultad de Jurispru-dencia solo pudo funcionar en 1919, dos años después de su creación institucional, con pocos alumnos y con una mínima pla-na docente conseguida a último momento, luego que los profesores inicialmente desig-nados declinaran el encargo ante el escaso prestigio de la nueva institución. Como lo ha explicado Carlos Ramos Núñez, en su libro, Crónicas de claustro. Historia de la Facultad de Derecho de la PUCP, de donde recogemos la información, durante sus primeros años la matrícula del alumnado fue tan escasa que algunos ciclos no pudieron dictarse, lo que solo pudo regularizarse en la segunda mitad de la década del veinte. Sin embargo, la consolidación de la Facultad se logrará de manera fortuita a raíz de la clausura de la Universidad de San Marcos en 1932, que convirtió temporalmente a la Universidad Católica en la única institución de educación superior de la capital.

En 1936 la Facultad de Jurisprudencia cambia su nombre a Facultad de Derecho y Ciencias Políticas (que mantendría hasta la década de 1960, cuando la especialidad de Ciencia Política pasa a cargo de la Facultad de Ciencias Sociales). Por entonces, el deca-no de la Facultad era Raúl Noriega Ayarza, quien había reemplazado al primer decano Carlos Arenas y Loayza. A Noriega le suce-

dería el insigne intelectual arequipeño Víctor Andrés Belaunde, bajo cuyo decanato la Facultad se trasladó de la Plaza Francia a la casa Riva-Agüero, en la calle Lártiga. La lista de los siguientes decanos: Hugo Piaggio Ber-tora, Luis Echecopar García, Ismael Biélich Flórez, Domingo García Rada, Raúl Ferrero Rebagliati, a quienes se suman nombres de docentes, como: Rosendo Badani Chávez, Héctor Cornejo Chávez, Aníbal Corvetto Vargas, Andrés León Montalbán, José Pareja Paz Soldán, Ernesto Perla Velaochaga, Carlos Rodríguez Pastor, Jorge Vega García, Francis-co Velasco Gallo, entre otros, es una muestra del buen nivel que alcanza la Facultad de Derecho de la Católica, a lo que se suma una nueva generación de juristas, entre los que podemos mencionar a Jorge Avendaño Valdez, Enrique Elías Laroza, Humberto Me-drano Cornejo, Enrique Normand Sparks, Fe-lipe Osterling Parodi, Manuel de la Puente y Lavalle, Carlos Rodrigo Mazuré y varios más.

En 1964 asumió como decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Cató-lica el por entonces joven catedrático Jorge Avendaño Valdez, como preludio de los cam-

bios que se avecinaban. Por esas fechas, el rector Felipe Mac Gregor encargó al jurista sanmarquino Carlos Fernández Sessarego un informe en el cual se consideró que la Facultad de Derecho “no marchaba al ritmo de los tiempos”, y el remedio propuesto fue una renovación en el contenido de los cursos y el método de enseñanza, lo que se consi-guió a través de un proyecto financiado por la Fundación Ford (una de las instituciones donantes más importantes de la PUCP).

Producto de ese proyecto fue la suscrip-ción de un convenio con la Universidad de Wisconsin, que ocupaba un lugar destacado dentro del movimiento conocido como Law

in Action, para la formación de un grupo de jóvenes profesores que, luego de un año de capacitación, se incorporaran a la docencia universitaria. Estos jóvenes profesores, en-tre los que podemos mencionar a Lorenzo Zolezzi, Domingo García Belaunde, Baldo Kresalja, Jorge Santisteban de Noriega, Eduardo Ferrero Costa, Luis Pásara, Javier de Belaunde y Alfredo Ostoja, se hicieron cono-cidos con el mote de los Wisconsin Boys, y contribuyeron decisivamente a la innovación de los estudios jurídicos en nuestro país, con una novedosa perspectiva que veía al dere-cho como un eficaz instrumento de cambio social, que se oponía al formalismo jurídico hasta entonces predominante.

Los decanatos de Felipe Osterling Pa-rodi, Roberto Mac Lean Ugarteche y Carlos Rodríguez Pastor estuvieron marcados por la confrontación entre los partidarios de la reforma y los adversarios de la misma, aun-que al final primó la tolerancia y el respeto al pluralismo ideológico, que se ha venido constituyendo en una marca de la formación jurídica de la Universidad Católica.

Para 1976, la Facultad ya tenía dos años funcionando en el campus universitario de Pando, y había dejado de ser la escuela profe-sional de sus inicios, para convertirse también en un centro de investigación jurídica y reno-vación académica. En 1987 Jorge Avendaño regresa al decanato y logra hacer realidad la construcción del actual pabellón de Derecho, además de realizar un Claustro Pleno con la participación de profesores y alumnos. A Avendaño le sucedieron en el cargo Lorenzo Zolezzi Ibárcena, Armando Zolezzi Möller, Ja-vier Neves Mujica, y el actual decano Walter Albán Peralta, a quien le correspondió cele-brar en 2009 los noventa años de la Facultad de Derecho, y el pasado viernes 29 de abril, los 92 años, con una sencilla, pero significati-va ceremonia académica. ◆

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RECUERDO 3Suplemento de análisis legalMARTES 10 DE MAYO DE 2011

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Los “Wisconsin Boys”: la trascendencia (y la resistencia) de los cambios

Francisco JoséDEL SOLAR ROJAS

Abogado por la PUCP y la U. Central de Venezuela (UCV)Posgrados en derecho, historia y ciencias de la comunicación.Profesor universitario.

FACULTAD DE DERECHO DE LA PUCP

La presencia de los “Wisconsin Boys” en la Facultad de Dere-cho de la Pontificia Universidad

Católica del Perú (PUCP), hacia media-dos de los sesenta y setenta, dio lugar a profundos cambios en la enseñanza del derecho en esta conservadora casa supe-rior de estudios, hasta ese momento. La reforma fue planteada en términos de: ¿para qué enseñar, qué enseñar y cómo enseñar Derecho? El camino no fue sen-cillo, haciéndose evidente, desde un ini-cio, la reacción de un significativo grupo de docentes que se oponían al cambio. Éste, sin embargo, fue progresivamente avanzando, llegando a hacerse efectivo en las viejas aulas ubicadas en la históri-ca Casa Riva Agüero, en la calle Lártiga.

Todo ello ocurrió a partir del dina-mismo de un heterogéneo grupo de jó-venes que se integraron a la docencia complementando su formación en la Wisconsin University, gracias al convenio celebrado entre la PUCP y esta recono-cida universidad estadounidense. Este convenio, suscrito en 1964, fue promovi-do por el entonces joven decano de la Fa-cultad de Derecho, de 31 años de edad, Jorge Avendaño Valdez. Así se dio inicio a un programa que contó con el apoyo financiero de la Fundación Ford, con una donación de 196,000 dólares.

RECUERDOEl pasado jueves 24 de marzo (2011),

en el auditorio de la Facultad de Derecho de la PUCP, en el fundo Pando, desde las 12:00 hasta las 15.00 horas, algunos de los gestores y protagonistas de esa refor-ma compartieron e intercambiaron públi-camente opiniones y remembranzas sobre esa intensa experiencia que atravesó los gruesos muros de la Facultad de Derecho, convirtiéndose en un tema de debate pú-blico, a través de diferentes medios pe-

riodísticos en el ámbito nacional. Fueron los diarios El Comercio y La Prensa y la revista Caretas, principalmente, los que se ocuparon del asunto y aquél debate no estuvo exento de puyas y fuertes críticas contra los llamados “Wisconsin Boys”, por lo que, recordaba uno de ellos, tal denominación tenía en un principio cierta connotación peyorativa. En algunos ca-sos, se llegó a identificar a estos jóvenes docentes como neomarxistas, comunistas o seguidores de las reformas económico-

sociales del régimen de facto o septenato (1968-1975) del general EP Juan Velasco Alvarado, cuando, como lo recordaba otro de los actores, se trataba solamente de mejorar la enseñanza del Derecho en la facultad.

Varios de estos “Wisconsin Boys” de ayer participaron gustosamente en este acto, como panelistas o asistentes, en el marco de la Ceremonia de Apertura del Año Académico de la Facultad de Derecho 2011, invitados por el actual decano, Wal-

FOTO: PUCP / FRANZ KRAJNIK

Jorge Avendaño Valdez recordando los años setenta.

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ter Albán Peralta, quien como estudiante a inicios de los setenta fue parte de las primeras promociones formadas bajo el nuevo método de enseñanza. El saludo de bienvenida corrió a cargo de la profesora Elvira Victoria Méndez Chang, jefa del De-partamento Académico de Derecho.

La presentación la hicieron algunos de los otrora jóvenes profesores “Wiscon-sin Boys” que hoy peinan canas, y se sien-ten orgullosos de haber llevado a cabo esa profunda reforma en la enseñanza del Derecho, que, sin duda, ha resultado de-terminante para que esta facultad alcance el sólido prestigio que hoy ostenta y haya así contribuido significativamente al pro-greso y desarrollo nacionales, aportando mejores abogados, calificados y compro-metidos con el cambio social y el fortaleci-miento institucional y democrático. Estu-vieron en el panel Jorge Avendaño Valdez, Lorenzo Antonio Zolezzi Ibárcena, Javier de Belaunde López de Romaña y Luis Humberto Pásara Pazos. Asimismo, tanto en el auditorio como en reporte documen-tal proyectado al inicio de la ceremonia, se hicieron presente Jorge Santistevan de Noriega, Baldo Kresalja Rosselló y Eduar-do Ferrero Costa, también integrantes de este legendario grupo de docentes. Todos ellos estuvieron acompañados por desta-cados maestros universitarios, ex alumnos de la época y gran cantidad de estudian-tes de derecho, interesados en absolver muchas inquietudes y dudas sobre lo que realmente significó esta verdadera revolu-ción educativa en el campo jurídico.

LA REFORMA

Zolezzi, quien tuvo a cargo la ponen-cia inicial, insistió en que la reforma bus-có la calidad y excelencia en la enseñanza del derecho, objetivo que se trazó durante el primer decanato de Avendaño, pero que se encaminó recién en 1968, gracias al esfuerzo mancomunado de los propios profesores que regresaron de Wisconsin, donde habían asimilado una nueva idea del derecho. Esta nueva concepción iba más allá de los códigos y las leyes, pues-to que, en verdad, el derecho era y es, en su conjunto, un orden social por encima del mundo normativo, habida cuenta de que el derecho debe ser un instrumento de cambio que evoluciona con la realidad social y le corresponde cuestionar perma-nentemente el orden legal vigente, con-frontándose con la realidad, teniendo en cuenta un enfoque sociohistórico.

En este contexto, Zolezzi citó al reco-

nocido filósofo y abogado David Sobrevi-lla Alcázar, quien como analista, egresado de la PUCP y profesor sanmarquino apun-tó sobre la reforma, en 1980, como una previa evaluación de la misma: “En las universidades Católica y de San Marcos se puede apreciar en los últimos años el de-sarrollo de nuevas orientaciones en el es-tudio del derecho. La primera institución, contando con el apoyo de la Universidad de Wisconsin, buscó reformar la enseñan-za del derecho a través de un ambicioso programa; al mismo tiempo que fomentó una serie de investigaciones sobre la in-terrelación entre derecho y sociedad. En este marco se han producido textos valio-sos, como los de Jorge Avendaño Valdez y Lorenzo Zolezzi, entre otros. No obstante, el aporte más importante y constante den-tro de este grupo pertenece a Luis Pásara, que en sus últimos trabajos ha intentado realizar un planteamiento marxista sobre el rol social del derecho.”(1)

En honor a la verdad, esa misma tarde de recuerdos, añoranzas, reconocimientos, críticas y autocríticas, quedó claro que uno de los docentes más polémicos, por sus posturas controversiales en torno a la re-forma, fue Pásara. En tal sentido, entre los sectores conservadores de los estudiantes de entonces resultó ser también el profe-sor más discutido, por su reconocida agu-deza y producción académica, así como sus ideas políticas; percepción registrada también por Sobrevilla, a renglón seguido, empero, no mencionada por Zolezzi, y que dice así: “Entre sus investigaciones (de Pásara) hay que mencionar: La comunidad indígena y nuestro Derecho (1968), El rol del derecho en la época del guano (1970), Propiedad Social: la utopía y el proyecto (1973), Evolución del Derecho peruano desde 1968: el caso agrario (tesis docto-ral, 1974), Comunidad Industrial y sindi-cato (1977). En su última publicación, Re-forma Agraria: Derecho y conflicto (1978), sostiene Pásara que la forma jurídica no es simplemente reflejo, pero que tampoco es, a secas, causa de los fenómenos socia-les. Sirve a los intereses dominantes; pero para ello y en busca de consenso se ubica como expresión coactiva de la coyuntura política, incorporando elementos cultura-les prevalentes en esa sociedad determi-nada. Esta configura mecanismos abiertos a la lucha de clases, a diferencia de otras formas de dominación social basadas en la fuerza material o en la dictadura eco-nómica, piensa Pásara. Su investigación quiere determinar cómo surgió el derecho

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cionó también parte del artículo intitu-lado “Nuestra reforma de la enseñanza del derecho”, de tres de los profesores involucrados en ella: Fernando de Trazeg-nies Granda, Jorge Avendaño V. y Lorenzo Zolezzi I., publicado en la revista Derecho, Nº 29, Lima 1971, publicación entonces anual de esta Facultad de la PUCP. pp. 132-149. Entre otras cosas, citó: “La Re-forma se propuso remediar la situación a todos los niveles. No obstante, en los primeros momentos los objetivos se li-mitaron a un cambio en los métodos de la enseñanza, que produciría a su vez un cambio en el tipo de abogado. Pronto se comprendió que esto no bastaba, que no era suficiente cambiar la forma de ense-ñar el Derecho, o mejor, que ésta no cam-biaría verdaderamente, sino cuando tales métodos tradujeran a su vez una concep-ción nueva del Derecho. De esta manera, los objetivos se ampliaron a la enseñanza de un nuevo Derecho; lo que se convirtió en el tema central de la Reforma, que per-mite explicar todos los medios adoptados. En otras palabras, no habría sido posible un cambio en profundidad de los métodos de enseñanza del Derecho si no se replan-teaba la noción misma de Derecho.”

“Básicamente, y dejando a salvo la in-mensa variedad de matices representados por las concepciones individuales de cada uno de los profesores que participan en el movimiento de reforma, la nueva noción de Derecho se apoya en la idea de que el Derecho es ante todo una forma de estruc-turación social y no un mero ordenamien-to formal contenido en códigos y Leyes más o menos organizados lógicamente, más o menos concordados. El Derecho no puede ser entendido aisladamente de los demás aspectos de la vida social, vive entretejido en ellos y es, al mismo tiempo, causa y efecto de ellos. Antes que un or-den lógico, el Derecho es un orden social. Esto significa cuando menos tres cosas: (…) En resumen: a) “Por consiguiente, el Derecho no puede ser analizado in abs-tracto como un razonamiento matemáti-co, sino re-interpretado por los hombres que lo usan, dentro de un marco cultural y socio-histórico determinado”; b) “El Dere-cho no puede enclaustrarse en los textos legales, afirmando que las motivaciones y los resultados económicos y sociales de las normas legales son extrajurídicos”: y, c) “Que, si el Derecho es una práctica so-cial, no puede ser concebido como rígido e inmutable, sino que evoluciona con la sociedad misma” (…) “Por consiguiente,

no basta explicar el Derecho vigente: es preciso también cuestionarlo.”

¿EN QUÉ CONSISTIÓ LA REFORMA?

Entre los aspectos sustantivos de la reforma se encuentra, sin duda, haber introducido el método de casos (case me-thod) en el estudio del derecho y valorar los precedentes jurisdiccionales, cuando estos cuentan con suficiente sustento teórico y doctrinario. Dicho sea de paso, el case method se utiliza en el mundo anglo-sajón para el estudio de todas las ciencias en general.

De tal manera, la reforma tenía entre sus objetivos que los estudiantes de Dere-cho estuvieran en condiciones de analizar, comparar y formular planteamientos ori-ginarios, con base en una lectura crítica de los materiales de enseñanza, lo que implicaba leer más, buscar mayor infor-mación y no sujetarse o limitarse exclu-sivamente a lo establecido en las normas legales (códigos y leyes). Se trataba de desterrar la memorización de la doctrina y las leyes, para privilegiar el método de casos, un método activo, que supone al estudiante como protagonista de un pro-ceso en el que debe aportar permanen-temente, análisis crítico e interpretación. También era cambiar el currículo rígido a uno flexible, los cursos anuales a semes-trales e ir incorporando un amplio espec-tro de asignaturas electivas. En definitiva, se implantó un método totalmente diná-mico, de plena participación del estudian-te, aseveró en su oportunidad Avendaño Valdez, quien fue el decano de la reforma y posreforma, y, consecuentemente, el de la internacionalización de la Facultad de Derecho. Este ilustre y querido maestro, ha dirigido los destinos de esta Facultad desde 1964 a 1970; de 1987 a 1990, y, finalmente, de 1990 a 1993.

En sus palabras: “La reforma estaba encaminada a que los estudiantes co-miencen a pensar jurídicamente con una formación más completa y dejaran de lado la formación legalista o codiguera. Que estudien y analicen los hechos con relación a la norma y determinen la mejor aplicación de ésta, donde se debe tener en cuenta lo importante y descartar lo irrele-vante, ejercitando el método inductivo…” En frase seguida, agregó Avendaño: “Al abogado, el cliente le presenta hechos, no le pregunta definiciones ni clasificaciones. El abogado no necesita aprender el códi-go y la ley de memoria, de tal manera que era el fin de las pruebas memorísticas. El

to, se realizo la expulsión de los alumnos Fernando Berckemeyer Conroy (Lince, Lima, n. 1950) y Víctor René Mauro Porras Melgar (Pariñas, Talara, Piura, n. 1949), delegados estudiantiles ante la facultad, quienes habían actuado como soportes de la resistencia a los cambios y que, en tales circunstancias, asumieron actitudes que fueron entendidas por las autorida-des de la PUCP como vejatorias e inacep-tables. Ambos alumnos fueron expulsados por acuerdo del Consejo Ejecutivo de la universidad “por las graves faltas come-tidas en agravio de la universidad, de las autoridades, de los profesores, del Pro-grama Académico y del Departamento de Derecho”.

Empero, regresemos a Zolezzi, quien, para ampliar la fundamentación y hacer un balance positivo de la reforma, men-

agrario peruano del régimen velasquista y qué papel cumplió.” Hasta aquí la opinión del profesor Sobrevilla.

De cualquier manera, en aquellos años, la Facultad de Derecho de la PUCP se vio envuelta en un clima de debate que, en buena medida, reveló también gran-des fisuras. Algunos llegaron a identificar hasta tres grupos. Uno, conformado por profesores y alumnos conservadores que se oponían a la reforma. Otro, radicales y progresistas que apoyaban los cambios. Y, el tercero, el más numeroso, interesa-do en “simple y llanamente” estudiar. En virtud de ello, este último sector apoyó la reforma, una vez que Avendaño Valdez (decano saliente) y Osterling Parodi, en su condición de nuevo decano, difundieron los beneficios de la discutida reforma.

Precisamente, en esos años y contex-

Walter Albán Peralta.

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abogado debe tener una visión integral, de ahí la formación con cursos interdisci-plinarios y cursos transversales, ejemplo, el de personas jurídicas”, etcétera.

“Por eso, los exámenes eran con li-bros y códigos abiertos. Más que la me-moria, importaban el análisis, la inducción que realizaba el alumno. En suma, tenía que haber más investigación, lo que, en verdad, no les gustó a los estudiantes de entonces ni a los profesores tradicionales cuya cátedra magistral y repetitiva, donde el alumno no participaba, no cuestionaba ni interrogaba, quedaba obsoleta.”

De ahí que, los “Wisconsin Boys” –se-ñala el propio Zolezzi– promovieron la in-vestigación jurídica, publicando artículos, y otros documentos e informes, la Facultad creó el Instituto de Investigaciones Jurídi-cas a cargo del profesor Héctor Cornejo Chávez. El mismo Zolezzi recuerda que él hizo un trabajo de investigación empírica sobre “La profesión de abogado.”

Zolezzi, precisó que el gran reto fue adaptar este método a la realidad de los estudios de Derecho en el país. El Método de Casos en el Derecho se venía aplican-do en Estados Unidos de América, desde 1870, introducido por el abogado de Nue-va York Christopher Columbus Langdell (New Boston, 1826-1906), en su cátedra de “Derecho de los contratos”, en la Uni-

versidad de Harvard. Este connotado juris-ta estadounidense llegó a ser decano de la Escuela de Leyes de esa universidad por varios años. Según el profesor Fernando M. Toller ([email protected].), Langdell “creó este método como ins-trumento para enseñar los principios más importantes de la historia jurisprudencial, así como para enseñar a pensar jurídi-camente a los alumnos” (…) “Antes de Langdell, en los Estados Unidos el Dere-cho se aprendía, desde la época colonial, mediante clases teóricas a cargo de jueces retirados, quedando reservado el aprendi-

zaje práctico a trabajar de modo informal con abogados durante un cierto período, sin mayor organización institucional.”

De otro lado, como bien sabemos, el sistema anglosajón (common law) o “Derecho en movimiento”, consagró la revisión judicial (judicial revieuw) en el control difuso de las leyes y también los precedentes obligatorios, o doctrina del stare decisis, tan necesarios para contar con una tendencia uniforme en la juris-prudencia, la cual asegura una justicia transparente y cierta (predictibilidad), y, asimismo, la aplicación del certiorari en la

Suprema Corte, con el que se marcó una línea jurisprudencial en Estados Unidos de América. Recordemos que el common law se sustenta en la costumbre, en los casos judiciales, en la oralidad, donde hubo y hay cierto repudio a la actitud legiferante del sistema jurídico romano-germánico. He ahí el famoso aforismo latino del ilustre jurista, filósofo y científico inglés Francis Bacon (1561-1626) que dice: Quot leges, tot regular, que quiere decir: “Cuan-tas leyes, tantas reglas”, justamente, para rechazar el febril legalismo de todos los tiempos.

LOS “WISCONSIN BOYS”

La participación de los profesores peruanos en Wisconsin University tuvo lugar bajo dos modalidades de estudios o pasantías. Una extensa y la otra de corta duración. Veamos.

La extensa contó con cuatro grupos. El primero partió hacia Estados Unidos en 1968, y estuvo integrado por Zolezzi Ibárcena, Pásara Pazos y Francisco Oliart, prematuramente fallecido. El segundo grupo viajó en 1969, y estuvo conforma-do por Luis Carlos Rodrigo Mazuré, Do-mingo García Belaunde y Baldo Kresalja Rosselló. El tercero correspondió a 1970, y viajaron Jorge Vicente Santistevan y de Noriega, Mario Edgardo Roggero Villena y Miguel de Althaus Guarderas.

Finalmente, en 1971, participaron Javier de Belaunde López de Romaña, Eduardo José Ferrero Costa y Alfredo Ostoja López-Alfaro, cuya pronta des-aparición dejó hondo pesar en el claustro universitario.

En la modalidad de corta duración –de 15 días a dos meses– participaron, en el primer año del programa, Héctor Cornejo Chávez y Roberto Mac Lean Ugarteche. En el segundo, Carlos Fernán-dez Sessarego y Fernando de Trazegnies. En el tercer año, Felipe Osterling Parodi y Enrique Normand Sparks, también des-aparecido prontamente. En el último año, Juan Armando Lengua Balbi y Juan Arce Murúa, fallecido en un accidente de carre-tera.(3) Dicho sea de paso, la reforma tra-jo consigo, contratar a tiempo completo a los profesores Zolezzi y Pásara. Y, a tiempo parcial, a Lengua Balbi y Arce Murúa. En igual condición, sin ser “profesor wiscon-sin” al querido y recordado Fernando Vi-dal Ramírez, eximio civilista.

En su intervención, Javier de Belaunde López de Romaña, quien fuera además pre-

Profesor de la Facultad, Jorge Santistevan de Noriega, y los ex alumnos Jorge Miletich Moreno y Francisco José del Solar.

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RECUERDO 7Suplemento de análisis legalMARTES 10 DE MAYO DE 2011

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[1] SOBREVILLA, David. Las ideas en el Perú contemporáneo, en Historia del Perú, Tomo XI: Procesos e Instituciones. (1980). Editorial Juan Mejía Baca. Lima. pp. 353-354. [2] RAMOS NÚÑEZ, Carlos Augusto. Crónicas de claustro: Historia de la Facultad de Derecho de la PUCP. (2009). Fondo Editorial de la pontificia Universidad Católica del Perú. Lima. pp. 157-159 y 160 / DEL SOLAR ROJAS, Francisco José. “Breve y parcial historia: 90 años de Derecho en la Universidad Católica”, en Jurídica N° 278, de 24-11-2009. [3] RAMOS NÚÑEZ, Carlos Augusto. Op. Cit. p. 142. [4] DEL SOLAR ROJAS, Francisco José. Ciencia del Derecho: Del Iusnaturalismo al positivismo jurídico. Cuadernos del Rectorado Nº 17. Universidad Inca Garcilaso de la Vega. Lima. 2009. p. 56. En Jurídica Nºs 101, 102, 162, 280 y 345, de 4 y 11 de julio de 2006; de 4-09-2007, 8-12-2009 y 8-03-2011, respectivamente. Adicionalmente, en la edición diaria de El Peruano, de 9-09-2008. p. 13. Bajo los títulos, entre otros, de “Estudiamos Derecho para no ser “operadores del Derecho”; “Conciencia lingüística y jurídica contra el término “Operador del derecho.” / RAMOS NÚÑEZ, Carlos Augusto. Historia de la Facultad de Derecho de la PUCP. Crónicas de Claustro. 90 años. Fondo Editorial de la PUCP. Lima 2009. pp. 21-22. En Jurídica Nº 172, de 13-11-2007: “Antijurídicas para no repetir. Jerga legal e impropiedad lingüística”. / MONROY GÁLVEZ, Juan Federico. Para “mi otro corazón”. Sobre Derecho, Proceso y otras angustias. Tomo I. Segunda edición corregida. Comunitas. Lima. 2010. pp. 62-63: / COAGUILA VALDIVIA, Jaime Francisco, “El tiempo no perdona a los hombres de justicia”, en Jurídica Nª 276, de 20-11-2009. / FIGUEROA GUTARRA, Edwin. “Los jueces en el Estado constitucional”, en Jurídica Nº 317, de 24-08-2010. / GUERRA CERRÓN, J. María Elena. “Talleres, clínicas y círculos de estudio e investigación para el estudiante de Derecho”, en Jurídica Nº 348, de 29-03-2011.

sidente de la Federación de Estudiantes de la Pontificia Universidad Católica (FEPUC) de 1966 a 1970, fue un severo crítico de cómo se enseñaba derecho en esta Facultad, lo que motivó su respaldo a la reforma plan-teada por Avendaño. En este contexto, el hoy ilustre jurista y destacado maestro, recordó que durante su gestión como dirigente estu-diantil, su plataforma de lucha se había cen-trado en obtener las pensiones escalonadas, la implantación de cursos electivos en el plan de estudios y mejorar la plana docente. Se trataba, además, de acabar con ese obsole-tismo en que se había sumido la Facultad.

Por eso, De Belaunde había compren-dido rápidamente los beneficios de la re-forma, resumiendo las respuestas a las tres interrogantes: i) Para qué enseñar: para contribuir al cambio social; ii) Qué enseñar: nuevos contenidos (cursos) que vincularan el derecho a la sociedad; y iii) Cómo ense-

ñar: con el método, método de casos, etc. Con esta apreciación, se lucharía contra un perfil profesional que entendía al abogado como un mero aplicador del derecho.(4)

Recordó, también, que ante los recha-zos y problemas que generó la reforma, en 1973, se acordó constituir una Junta de In-vestigación para determinar la convenien-cia o no de continuar con ella. El presidente de dicha comisión fue el entonces joven profesor Mario Martín Pasco Cosmópolis, cuyo dictamen fue favorable, empero, hubo siempre intentos de mediatizar sus avances en los años siguientes, particularmente, en-tre 1973 y 1978. No obstante los problemas y/o dificultades, la Facultad de Derecho de la PUCP ganó mucho con esta reforma, que explica en buena medida su actual nivel y prestigio, subrayó De Belaunde.

A su turno, Pásara Pazos hizo hincapié en que enseñar el texto de la ley fue, es

y será absurdo. Por eso apostó decidida-mente por la reforma, que venía a cam-biar el viejo método de enseñanza del Derecho. También recordó que el grupo de los “Wisconsin Boys” era sumamente heterogéneo, y que fue la oposición y el ataque de los conservadores los que los unió. De cualquier manera, no cabía duda que había tenido lugar una gran fractura o división entre profesores tradicionales y profesores reformistas. Sin embargo, en el período de mediatización al que había aludido Javier de Belaunde, se llegó a una convivencia entre ambos grupos, inclu-yendo a los alumnos de igual tendencia, lo que motivó que, en lo personal, optara por alejarse del claustro.

Finalmente, el actual decano y pro-motor de esta actividad, Walter Albán Peralta, cerró este interesante, sincero y emotivo encuentro, destacando el am-

biente plural, de respeto a las ideas y capacidad para generar consensos con el que se desarrolló. Ésta, sostuvo, “fue también la enseñanza que nos dejó la ex-periencia de la reforma de aquellos años. Aprendimos a escucharnos y a valorar la persuasión como una virtud, fundada en la razón y la búsqueda de la excelencia académica. Todo ello, bajo el denomina-dor común de una clara identificación y compromiso con principios y valores éti-cos de profunda raíz cristiana y humanis-ta. Esa es la riqueza de la formación que hoy nos enorgullecemos de brindar a las nuevas generaciones de los profesionales del Derecho y será esa también nuestra mayor fortaleza para superar con éxito las sombras que hoy amenazan este modelo educativo, fraguado en décadas de tra-bajo y esfuerzo institucional a través de varias generaciones.” ◆

FOTO: PUCP / FRANZ KRAJNIK

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Un premio para Filiberto Tarazona: reconocimiento al empeño

María LuzCREVOISIER

Periodista

“El jurado, integrado por personalida-des del sector laboral y funcionarios del Ministerio de Trabajo y Promoción

del Empleo, ha resuelto conferirle el Premio Reconocimiento al Trabajo y al Emprendimien-to”, fue parte del tenor de la carta que recibió Filiberto Tarazona Flores, más conocido como “Don Fili” por muchas promociones de aboga-dos egresados de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). La misiva estaba firmada por la ministra de Tra-bajo, Manuela García Cochagne, y la recibió el pasado 25 de marzo. Interrumpiendo su labor en la Oficina de Entrega de Notas de la Facul-tad de Derecho, se puso a pensar y no pudo captar su sentido: ¿Un premio a mi labor?, se preguntó. Indagó, entonces. Busca en El Perua-no, le dijeron.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

En efecto, el 20 de marzo, en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano había salido publicada la R.M. 344-2009-TR., mediante la cual se reconoce la labor realizada por trabajadores y trabajadoras que destacan por su liderazgo, creatividad, sentido de res-ponsabilidad, entre otros méritos. Entonces, recién comprendió por qué le invitaban a la ceremonia de premiación. Esta se realizó el día 29 del mismo mes en el auditorio del Ministerio del Trabajo.

FELICIDAD Y RECUERDOS

Sin duda alguna, ese fue el día más feliz de “don Fili” y, asimismo, el único día que se au-sentó de su trabajo, que lo conserva desde hace 48 años. Le vino a la mente sus recuerdos y la historia que los antiguos profesores le habían contado cómo fue fundada la PUCP por el sacer-

dote Jorge Dentilhac, de la Congregación de Los Sagrados Corazones, el 24 de marzo de 1917.

A la par, comenzó a evocar su vida cam-pestre en un pintoresco paraje de la provincia ancashina de Pomabamba, donde nació el 20 de agosto de 1939. Si sus padres vivieran, Víctor Tarazona Sáenz y Alejandrina Flores Vergaray, qué dirían del premio que estaba recibiendo, consistente de un diploma y una medalla, de manos de la señora ministra. Qué dirían ahora de ese chiquillo inquieto y persistente que, junto a sus tres hermanos mayores, corría sin cesar al pie del cerro Jancupampa. Recordaba también con profunda melancolía las fiestas en honor a San Juan, el patrono de Pomabamba, la bella tie-rra de los conchucos que fuera devastada cpor el terremoto de 1970.

“DON FILI”

Lo cierto es que este señor de 73 años re-conocido en 2011 por su labor, se vino a Lima cuando frisaba los 18 años al concluir la secun-daria en el colegio Fidel Olivas Escudero, porque quería ser combatiente en el Ejército; pero no lo recibieron pues le faltaba un kilo para los 50, peso mínimo que exigía el reglamento.

Desilusionado pero no vencido, se juntó –como él mismo cuenta– con otros paisanos para dedicarse a la orfebrería, arte que le viene por herencia cultural desde los chapines, pero solamente por corto tiempo; pues, alguien le avisó que necesitaban personal en el Instituto Riva-Agüero (Camaná 459), donde también funcionaba la Facultad de Derecho. Ingresó a laborar en tareas de oficina a partir de 1963. Era rector por aquellos años monseñor Tubino, y su secretario era Javier Kinfer Marchant, mientras que el jurista Domingo García Rada ejercía el decanato de la Facultad. Allí, en la vieja casona Riva Agüero, de la calle Lártiga, funcionó hasta 1974, recuerda con tristeza y alegría. Luego se trasladó al antiguo fundo Pando, y hoy esta fa-cultad, el pasado viernes 29 de abril, celebró sus 92 años de su fundación, con su actual decano, Walter Albán Peralta, a quien conocí y estimé como alumno.

“Don Fili” vive en Independencia. Se le-vanta a las 6 a.m. y antes de las 8.00 a.m. ya está en su oficina, atendiendo a los cientos de alumnos que le preguntan por sus exámenes y notas. Es un hombre jovial de mediana estatura, delgado y que ya pinta canas y que no se reti-

ra hasta las 8 de la noche, cuando sus clientes, como denomina a los chicos de Derecho, han concluido las clases.

MÁS RECUERDOS

Don Filiberto ha sido reconocido anterior-mente por su empeño y el gran amor al trabajo, sentimientos que le impidieron formar un hogar en Lima, como la mayoría de sus paisanos. En 1973 fue nombrado padrino de la delegación de alumnos que fueron becados para seguir estu-dios de postgrado en la Universidad de Wisconsi (EE UU), entre los delegados se encontraban Pe-dro Kruber y Juan Manuel Álvarez. El rector era el padre Felipe Mc Gregor, quien, hallándose en Estados Unidos, se enteró de la designación por una nota que se editó en El Comercio y llegando a Lima le felicitó calurosamente. El decano era el jurista Roberto Mac Lean Ugarteche. Éste ordenó se le hiciera una homologación extraor-dinaria para sufragar los gastos de recepción y recordatorios. El 2003, los ex alumnos de aque-lla memorable promoción mandaron a elaborar un llavero en conmemoración por sus 30 años. “Don Fili” luce orgulloso ese adminículo en uno de los cajones de su archivo y lo muestra son-riente y feliz.

Son muchos los personajes que conoció este diligente ancashino en estos 48 años. En-tre muchos otros, a Alan García Pérez, actual mandatario del país, con quien sostenía largas conversaciones y posteriormente le presentó al fundador del PAP, Víctor Raúl Haya de la Torre. Al padre Felipe Mc Gregor, con el que creó lazos de gran amistad. A Lourdes Flores Nano, quien ya se perfilaba como política desde las aulas de Derecho. Al maestro Juan Vicente Ugarte del Pino, dicharachero y bromista como siempre, o al inquieto Francisco José del Solar, de quien nos descubre unas desconocidas dotes para el histrionismo. Y, obviamente, a tantos persona-jes más que su recargada labor no le permitió nombrar el día de la entrevista. La verdad es que “don Fili” no descansa un momento. ◆

“Don Fili” entre dos ministros, Manuela García y Juan Ossio.