jornada-conferencia como hacer una jubilacion en epoca de
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I N S T I T U T O D E D E R E C H O P R E V I S I O N A L
D I R E C T O R : D R . M A R T Í N B I L B I L I A N
A D J U N T O : D R A . M Ó N I C A A R U G E
S E C R E T A R I A : D R A . C I N T H Y A B I L B I L I A N
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C O L E G I O D E A B O G A D O S D E M O R Ó N
P R E S I D E N T E D R . J O R G E O M A R F R E G A
JORNADA-CONFERENCIA COMO HACER UNA JUBILACION EN
EPOCA DE PANDEMIA PLATAFORMA DE ATENCIÓN VIRTUAL Y PRESENCIAL
Normas durante el ASPO
11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD(OMS), declaró el brote del nuevo coronavirus COVID-19 como una pandemia
Decreto Presidencial 20/3 297/20 se dispuso el ASPO, cerrando ANSeS sus puertas.
Resolución ANSES N° 70/2020 estableció que, a partir del día 17 de marzo y hasta el día 15 de abril del año 2020, las áreas de atención al público de ANSES contarán con un esquema reducido de atención al público. 22 de abril de 2020, ANSES dicta la Resolución ANSES N° 94/2020 que establece que teniendo en cuenta la situación epidemiológica resulta necesaria la atención al público con un esquema de “Atención a distancia”: Crea la PLATAFORMA DE ATENCIÓN VIRTUAL ( SIEEL ). Comienza con el IFE – Ingreso Familiar de Emergencia ( modificación de datos personales ). Y que paulatinamente se irán agregando más tramites. ( conc. Con Circular DPAyT nro. 09/20
A R T . 1 ° . - L A R E C E P C I Ó N Y R E M I S I Ó N P O R M E D I O S E L E C T R Ó N I C O S D E :
- P R E S E N T A C I O N E S , S O L I C I T U D E S , E S C R I T O S ,
N O T I F I C A C I O N E S , Y C O M U N I C A C I O N E S - ” M I E N T R A S D U R E E L A I S L A M I E N T O S O C I A L , P R E V E N T I V O Y
O B L I G A T O R I O E S T A B L E C I D O P O R E L P O D E R E J E C U T I V O N A C I O N A L ”
A R T . 2 º . - D E C L Á R E S E A L S I S T E M A “ A T E N C I Ó N V I R T U A L ” C O M O S E R V I C I O E S E N C I A L E I N D I S P E N S A B L E P A R A L A
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A R T . 3 º . - D I S P Ó N E S E Q U E , M I E N T R A S D U R E E L A S P O , S E R E C E P C I O N A R Á N T R Á M I T E S D E L I N G R E S O F A M I L I A R D E
E M E R G E N C I A ( I F E ) P O R A T E N C I O N V I R T U A L .
RESOLUCION 94/20 (22/04/20)
PLATAFORMA DE ATENCIÓN VIRTUAL :
Anexo : Términos y condiciones que regulan el acceso y la utilización de la Plataforma ATENCIÓN VIRTUAL
1. Usuario: es la persona humana que accede a la Plataforma en carácter propio o de apoderado
2. El usuario accede a AV a través de Clave de la Seguridad Social
Al ingresar en la plataforma deberá constituir un domicilio especial electrónico, en el que se le
notificarán las comunicaciones oficiales del trámite iniciado.
3. Domicilio Especial Electrónico: el usuario no podrá alegar en ningún caso desconocimiento de las
comunicaciones o notificaciones oficiales que fueran efectuadas a su Dom. Esp. Elec.
4. Responsabilidades: El usuario de AV está obligado a no falsear su identidad ni sustituir la identidad de otra
persona existente o inexistente en la plataforma de AV.
5.- Apoderados: El Apoderamiento podrá ser general, para realizar las mismas acciones que el usuario
poderdante, o bien podrá ser limitado, para realizar algunos trámites en particular.
Cada vez que el apoderado inicie o intervenga en un trámite, se vincula al expediente electrónico una constancia
de apoderamiento.
La intervención en un trámite en ATENCIÓN VIRTUAL por un apoderado, implica la aceptación del
apoderamiento realizado.
El poder puede ser revocado en cualquier momento por el poderdante, o bien por la renuncia del apoderado.
Normativa de ANSES
° CIRC. DPA Nº 23/20 ( reemplazó Circ. DPA 21/20 ) 20/07/20
Actualización de Datos de ADP por Atención Virtual.
RESOLUCION 95/2020 ANSES y modif. 23/04/20
Suspensión de trámite de actualización de Fe de vida para cobro de beneficios previsionales.
CIRC. DPAyT N° 09/20
SIEEL - SISTEMA EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - ATENCIÓN VIRTUAL:
En la plataforma “Atención Virtual” se recepcionarán inicialmente los reclamos del IFE por cuestiones vinculadas a ADP y
paulatinamente se irán agregando más tramites.
La plataforma estará activa a partir del día 22 de abril de 2020 y el esquema de atención virtual será de 8hs a 16hs en
días hábiles.
RESOLUCION 201/2020 ANSES 30/04/20
Amplia los tramites a distancia. Asignación por maternidad, Rehabilitación y Repago de Haberes Previsionales.
Ampliación de Trámites de Atención Virtual
04-05-2020. Resolución 99/2020 ANSES
Directora Ejecutiva Lic. María Fernanda Raverta
DECLARACION DE ESENCIALIDAD DE ANSES
• Se tomen medidas extraordinarias en Procesos de gestión.
• Ampliación de tramites a través de plataforma de Atención Virtual.
• Modalidad presencial extraordinaria con un cronograma gradual y progresivo.
8-6-2020. Resolución 192/2020
Amplíense los trámites a distancia AV.
• Jubilaciones Ordinarias
• Pensiones Directas con servicios de carácter ordinario
• Pensiones Derivadas
• Prestación por Desempleo
• Otorgamiento de poderes con certificación de firma domiciliaria de ANSES
1-8-2020. Resolución 273/2020 Amplíense los trámites a distancia •Subsidio de Contención Familiar •Acreditación de Datos Personales •Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad
TURNOS
CIRCULAR DP Nº 20/20 reemplazada por CIRCULAR DP Nº 23/20 - 6 de julio de 2020
PAUTAS:
FECHA DE SOLICITUD DE PRESTACIONES - TURNOS SIN PRESENTACION DE TITULAR POR ASPO
Para los casos de :
• El ciudadano que tenía su turno asignado para concurrir para iniciar su prestación, no pudiendo materializar dicho
trámite en razón de la limitación de atención al público en las oficinas de la Administración.
• Turnos solicitados, cuya presentación debería haberse producido con posterioridad al 16/03/2020 , y no se
materializó por la reducción de la Atención al público en las UDAI
Con o sin turno reprogramado o con solicitud por AV.
Se debe tomar como fecha de inicio del trámite la de la solicitud del primer turno.
Sin turno anterior y con solicitud de AV asesoramiento.
Se debe tomar como fecha de inicio del trámite, la de la aceptación del inicio por parte del titular.
Teniendo en cuenta la apertura de ciertas UDAI/Oficinas, a partir del 06/07/2020, ante la presentación de un beneficiario con nuevo turno, debe verificarse si cuenta con un turno anterior reprogramado:
De contar con turno anterior, se debe tomar como fecha de inicio del trámite, la de la solicitud del primer turno. De NO contar con turno anterior reprogramado, la fecha de inicio del trámite será la del nuevo turno.
Turnos
En todos los casos se debe tener en cuenta las distintas
particularidades del trámite, respecto a la determinación de
la Fecha Inicial de Pago, aplicando en cada caso las
pautas que correspondan en base a la normativa
vigente en la materia.
Esquema de AV- Fecha de Inicio
8 de junio de 2020
CIRCULAR DPAyT N° 27/20 modificada por Circulares 34/20 y 40/20
• ATENCIÓN VIRTUAL: el esquema es de 00.00 hs. a 20.00hs.. Todos los días.
• En consonancia con la CIRCULAR DP Nº 20/20 aquellos titulares que tenían un turno asignado de solicitud de
prestación con posterioridad al 19 de marzo de 2020 y que no hayan podido realizar la presentación
correspondiente por la vigencia del ASPO, se les respetará, como fecha de inicio de trámite, la que corresponda de
acuerdo a la fecha de solicitud del turno original.
Se deberá tener en cuenta a su vez el análisis de la fecha de inicio de trámite para
cada tramite especifico, cuando la misma deba modificarse en virtud de la
normativa vigente para cada prestación (Ejemplo fecha de Liquidación SICAM
para las Jubilaciones y Pensiones).
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D O M I C I L I A R I A P A R A T R A M I T A R L A S P R E S T A C I O N E S P R E V I S I O N A L E S Q U E O T O R G A A N S E S M E D I A N T E
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I I . L A R E L A C I Ó N D E P O D E R D A N T E Y E L A P O D E R A D O , D E B E R Á S E R V A L I D A D A P O R E L A G E N T E D E
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A C T U A C I Ó N D E A P O D E R A D O S Y G E S T O R E S ” .
2 de julio de 2020 CIRCULAR DPAyT N° 47/20
REGISTRACIÓN DE ABOGADOS APODERADOS PARA INICIO Y GESTIÓN DE
UNA PRESTACIÓN
Procedimiento de Registración de P0der
• El Ciudadano solicita mediante Atención Virtual la Registración del Poder de Abogado con Certificación de
firma Domiciliaria:
Ingresa mediante su Clave de Seguridad Social
debe consignar obligatoriamente un correo electrónico de contacto y
optativamente un número de teléfono celular
adjuntando la siguiente documentación:
-Frente y dorso del DNI del ciudadano (obligatorio).
-Frente y dorso del DNI del Abogado Apoderado (opcional).
-Frente y dorso de la matrícula del Abogado Apoderado (opcional).
-Domicilio donde se encuentra el ciudadano para ser visitado por el agente. (obligatorio)
• AV asigna un Operador, según disponibilidad de atención y Código Postal del domicilio del ciudadano. • El operador procede a: Verificar que el Abogado Apoderado esté en “Gestión de Abogados y Gestores - Registración de domicilios electrónicos” En caso que ya se encuentre, procede a certificar el poder y registrarlo.
Para este tipo de poderes (Tramitación Abogados) para Atención Virtual solo se certifica la firma del ciudadano. No se requiere que la firma del Abogado sea certificada.
Procedimiento Inicio de Prestación
• El sistema solicita que elija del listado de Poderdantes, el CUIL del ciudadano
por el cual desea realizar una Atención Virtual.
• El Apoderado continúa con la Atención Virtual en nombre del Ciudadano.
• El Apoderado envía la Atención Virtual y es notificado vía mail junto
con el ciudadano.
• La Atención Virtual se deriva a la UDAI del código postal del
ciudadano para continuar con la resolución de la Atención según normas
vigentes para cada tramite implementado.
El apoderado ingresa a Atención Virtual con su CUIL y su clave de la Seguridad
Social.
El sistema solicita seleccionar el tipo de atención realizar:
- Atención Propia
- Atención por un representado.
CIRCULAR DPAyT N° 43/20 reemplazada por CIRCULAR DPAyT N° 57/20 –
20 de julio de 2020 ASESORAMIENTO
•Procedimiento
El Ciudadano solicita mediante Atención Virtual el Asesoramiento: ingresando mediante su Clave de Seguridad Social, debiendo consignar obligatoriamente un correo electrónico de contacto valido y optativamente un número de teléfono celular
Seleccionando el tipo de asesoramiento de acuerdo a: Jubilación Pensión Reajustes Pensión Universal Adulto Mayor Asignación Universal por Hijo Asignación Familiar por Hijo Asignación Familiar por Nacimiento y Adopción Pensión no Contributiva para Madre de 7 hijos Régimen de reparación económica para las niñas, niños y adolescentes - Ley 27.452 Certificado de Vivienda Familiar RENABAP Desempleo Subsidio de Contención Familiar Web Poderes Actualización de Datos Personales / Grupo Familiar
Asesoramiento
•El Ciudadano detalla la consulta o pedido de asesoramiento y adjunta la siguiente
documentación:
Frente y Dorso del DNI del Beneficiario.
• De ser necesaria documentación específica, el operador podrá solicitarla
• Atención Virtual, asigna la consulta a UDAI según código postal del solicitante.
• El operador procede a realizar el asesoramiento solicitado y cierra la AV en “Finaliza sin Expediente”. Fin del proceso de Atención Virtual. •Si la consulta esta relacionada con la gestión de alguna Prestación que se puede tramitar a través de AV, evalúa la Solicitud de la Prestación, según las normativas vigentes para AV y aplica la normativa
JO
8 de junio de 2020
CIRCULAR DPAyT N° 31/20 - Reemplazada por la CIRCULAR DPAyT N° 41/20
ASISTENCIA PARA EL INICIO DE JUBILACIÓN ORDINARIA- con ANEXO SICAM
Procedimiento General
• Adjunta la siguiente documentación: Frente Y Dorso del DNI del Beneficiario
• SIEEL – AV : controla la edad del ciudadano (Mujeres mayores e iguales de 60 años y hombres
mayores e iguales a 65 años)
Si no se cumpla con esa edad , informa dicha situación. Cierra la AV.
• Si cumple el requisito releva expediente en SICA de Asistencia para inicio de Jubilación, con los
servicios que tiene cargado en SIPA y la última liquidación de SICAM, si cuenta con ella .
Si posee solo información de servicios en relación de dependencia y cumple con el derecho
continúa el procedimiento general
JO
•Carga expediente TTR Asistencia para inicio de prestación previsional (TTR115)
•Envía el expediente a Supervisión de Inicio, indicando a que prestación tiene derecho en los comentarios.
• El Supervisor le informa resultado al ciudadano por AV.
•Si tiene derecho a la prestación, solicita que confirme la solicitud de la prestación, considerando el cómputo
de servicios y que NO TIENE más Información que agregar al expediente: Solicita el formulario PS 6.284.
Si se utiliza moratoria por Ley N° 24.476 se indica que debe pagar primera cuota y enviar comprobante.
•Inicia Expediente TTR SIEEL TRAMITE . Cambia de estado del expediente 115 a 40 en ANME.
Si no posee derecho solo con los servicios en relación de dependencia y/o posee información de
servicios autónomos.
Si cuenta con liquidación SICAM conforme normativa, continúa el procedimiento general.
Si no cumple con el derecho con los datos cargados en SICA (AUT1 y SICAM) analiza si puede acceder a
alguna de las moratorias vigentes. ANEXO SICAM
Si no cuenta con liquidación SICAM conforme normativa pero tiene alta/s registradas al régimen de Autônomos
o Monotributista (AUT1 y SICAM), analiza el operador si puede acceder a alguna de las moratorias
vigentes - ANEXO SICAM
JO
•Si del análisis de la Asistencia surge que el ciudadano no tiene derecho a la prestación, le informa el resultado al
ciudadano y le pregunta si tiene períodos o documentación para agregar :
Solo Certificados y Certificación de Servicios Para otra documentación: solo indicar Período, empresa y tipo de documentación con la que cuenta el ciudadano Se solicita los documentos para el inicio, como, por ejemplo, el formulario PS 6.284.
•Si no recibe respuesta del ciudadano en el plazo de 30 días se finaliza Atención Virtual sin expediente.
•Si el ciudadano confirma que no tiene más nada para agregar, el operador finaliza en “RESUELTO
DESFAVORABLEMENTE” el TTR SIEEL 115 cambia a 41, y finaliza AV sin expediente
• Si el ciudadano confirma y agrega más periodos y pruebas para considerar y luego aclara expresamente que,
“no tiene mas nada para agregar al expediente”, el operador agrega en el SICA los servicios y las pruebas
•Verifica fecha de inicio según Circular DP N° 23/20.
•En lugar de la solicitud de prestación previsional se deberá subir resumen de AV, donde conste que le titular está
de acuerdo con el inicio de prestación.
•En caso de corresponder envía Cuota número 1 de moratoria
•Finaliza atención “Con Expediente” indicando el N° de expediente generado de jubilación, e informando por mail al
ciudadano que lo siga por MI ANSES.
ANEXO SICAM
Análisis de derecho con SICAM- Procedimiento
Titular reúne los años de servicios requeridos para la PBU, con servicios en relación de dependencia o
con servicios en relación de dependencia y autónomos
•pero además, registra
servicios autónomos con deuda o
liquidación SICAM no realizada o
mal confeccionada
• El operador envía AV al titular indicando que tiene derecho con los servicios que posee y que, para continuar, deberá: regularizar situación de deuda o liquidación en SICAM-AFIP • Detalla las acciones que debe realizar según corresponda •Se envía Expediente a Citación •Se espera 30 días para cumplimiento • Si transcurren más de 30 días se finaliza atención por incumplimiento • Si responde que cumplió con SICAM continua en proceso general
JO
Titular NO TIENE DERECHO a la PBU con los servicios que posee, se evalúa que puede alcanzarlo
con aplicación de alguna de las moratorias vigentes
•El operador evalúa con cuál de las moratorias tiene derecho el titular.
•Informa por AV que puede cumplir con los requisitos indicando la moratoria pero es necesario realizar evaluación
Socioeconómica.
• Cambia el estado de expediente de Asesoramiento a estado 15 en ANME.
• Envía el expediente electrónico de Asesoramiento a Citación.
• Se espera 30 días para respuesta
Dependiendo de la moratoria…
Si es moratoria Ley 24.476
Se envía al titular AV indicando que puede
cumplir con la moratoria él, y solicitar código de
socioeconómica, o
puede autorizar a operador de ANSES a que la realice,
como así también autorizar a realizar evaluación
socioeconómica.
Se espera 30 días la respuesta:
El Ciudadano indica que cumplirá él con el SICAM: Operador
Realiza socioeconómico según moratoria.
Devuelve atención al ciudadano con código socioeconómico.
Si autoriza al ANSES a que realice el SICAM continúa con el
procedimiento general
• Si no autoriza o transcurre más de 30 días, se finaliza
atención sin expediente.
Si es moratoria Ley 26.970
Se envía AV al titular indicando que para continuar debe
autorizar a realizar evaluación socioeconómica
• Se espera 30 días la respuesta.
Si autoriza,
el operador realiza el SICAM
Realiza socioeconómico según moratoria
Continua en Procedimiento general.
Si no autoriza o transcurres más de 30 días se finaliza
atención sin expediente.
JUBILACION ORDINARIA REQUISITOS
Edad: 65 años hombre - 60 años mujeres
Servicios: 30 años
Moratorias vigentes: Ley 24.476 ambos sexos hasta 09/1993
Ley 26.970 solo mujeres hasta 12/2003
Opción si no reúnen requisitos para jubilación - PUAM ( 65 años ambos sexos )
En todos los casos deben pasar socioeconómico.
INICIO DE JUBILACION ORDINARIA CASO CONCRETO
Solicitante: Enrique Smith
Fecha de nacimiento: 11/08/1955
Edad: 65 años
Nacionalidad argentina
Servicios: Relación de dependencia tareas comunes
Reconocimiento de servicios.
SICAM: Si por ley 24.476
Tiene alta de monotributo ( deuda )
RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS
Cómputo Resolución Reconocimiento de Servicios: 10 años – 7 meses
Continuación relación laboral 2 años ( 07/2018 hasta 06/2020 )
Detalle:
SISZ SA: 01/10/1988 - 31/12/1988
LOURDES: 01/02/1998 - 30/09/2002
WORLD SA: 01/01/2007 - 31/05/2007
EZEIZA: 01/01/2013 - 31/08/2013
KONER: 01/09/2013 - 31/12/2013
C & R: 01/01/2014 - 30/06/2018
C & R: 01/07/2018 - 30/06/2020 ( cont. )
Total cómputo Relación Dependencia: 12 años y 8 meses
SICAM LEY 24.476
Importante: Se debe comprar servicios en cada corte intercalado con la relación de dependencia. Opción desde el mes posterior a fecha de 18 años.
Nac.: 11/08/1955 - 18 años - 11/08/1973
Cómputo Situación de Revista:
09/1973 - 09/1988
01/1989 - 09/1993
02/2011 - 03/2012 ( monotributo )
( solo tenía pago meses 03/2011 y 04/2011 )
( se aplica a meses con deuda art.1 ley 25.321 )
Total cómputo SICAM --- 20 años
Se cancela en 1 pago por percibir Pensión deriv.
( Res 884/2006 )
Computo para derecho
Liquidación de SICAM 20 años
Relación de Dependencia total 12 años y 8 meses
Total cómputo 32 años y 8 meses
Inicio de expediente jubilatorio
A través de plataforma a distancia Atención Virtual
( excepto Regímenes especiales, insalubres, SDM )
Inicio con turno presencial ( se recomienda gestionar Poder para tramitar previamente de manera presencial).
Turnos excepcionales- Poderes.
Digitalización DNI, Certificación firma formularios, Huella, ADP.
Formularios:
1- Solicitud de prestaciones previsionales ( ps.6.18 )
2- Carta Poder ( ps 6.4 o ps. 6.300 )
3- DDJJ fuerzas armadas ( ps. 6.284 )
4- Anexo I, II, IV ( según corresponda )
5- Resolución de Reconocimiento de servicios.
MUCHAS GRACIASSSSS !!!