invitación a deudores del sena por concepto de aportes parafiscales y contribución al fic

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Invitación

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Page 1: Invitación a Deudores Del SENA Por Concepto de Aportes Parafiscales y Contribución Al FIC

Alexander Garzón Ferrer Teléfono: (1)5461500 Ext. 13519 / 3008544552 Email: [email protected]

GC-F -002 V. 01

Invitación a deudores del SENA por concepto de aportes

parafiscales y contribución al FIC

Este viernes vence el plazo para ponerse al día. Hay descuentos en el valor de los intereses por

las deudas de los últimos cinco años.

Bogotá D.C, 21 de octubre de 2015.- Los deudores del SENA de aportes parafiscales y contribución

al Fondo de Formación Profesional de la Industria de la Construcción (FIC) que se encuentren en

mora por obligaciones correspondientes al periodo 2012 y anteriores, y cancelen la totalidad de su

obligación, antes de este viernes (23 de octubre), tendrán derecho a una reducción del 60 por

ciento en el valor de los intereses.

Para Manuel Monsalve, coordinador de normalización de cartera de la Entidad, “esto representa

una oportunidad para sanear las deudas de cartera de los diferentes aportantes y constructores”.

Esta medida se toma de conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley 1739 de 2014,

en la que además se establece que no pueden acceder a este beneficio los deudores que hayan

suscrito acuerdos de pago con entidades estatales y se encuentren en mora con el pago de las

cuotas.

Dando aplicación a lo establecido en el artículo 58 de la mencionada Ley, los municipios que se

encuentren en mora con el SENA por los conceptos mencionados, por periodos gravables

anteriores a 2012, y cancelen la totalidad de la obligación principal antes del 23 de octubre,

tendrán derecho a una reducción del 100 por ciento en el valor de los intereses.

Es de anotar que si los municipios solicitan acuerdo de pago sobre el total de la obligación principal

y los intereses, y esta es concedida por la Entidad antes del 23 de octubre, tendrán derecho a una

reducción del 90 por ciento en el valor de los intereses.

Lo anterior siempre y cuando el municipio se comprometa a pagar el valor del capital

correspondiente en un máximo de dos vigencias fiscales. Este plazo se puede ampliar hasta tres

vigencias fiscales si se trata de municipios ubicados en las categorías 4,5 y 6.

Los interesados en ser beneficiarios de esta medida pueden acercarse a las oficinas jurídicas de

cada regional del SENA en el país, o comunicarse con el contact center: 5461500, en Bogotá, y

018000 910270, línea gratuita para el resto del país.