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~ 1 ~ Informe sobre políticas públicas de consumo problemático de sustancias psicoactivas en la CABA. Año 2010. Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Dirección de Políticas Públicas e Investigación

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Informe sobre políticas públicas de

consumo problemático de sustancias

psicoactivas en la CABA. Año 2010.

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Dirección de Políticas Públicas e Investigación

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Dirección: Lic. Cristina Erbaro

Coordinación: Lic. Mercedes Romera

Responsables del trabajo: Cecilia Laino y Luciana Pandullo

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INFORME SOBRE POLITICAS PÚBLICAS DE CONSUMO PROBLEMATICO DE SUSTANCIAS

PSICOCTIVAS EN LA CABA Introducción: propósitos y reseña del trabajo

El propósito del presente trabajo es dar cuenta del estado actual de implementación de las políticas públicas orientadas a dar respuesta a la problemática del consumo de sustancias psicoactivas en la Ciudad de Buenos Aires.

En primer lugar, se identifican los principales programas, dispositivos y recursos que el GCABA despliega, destinados a niñas, niños y adolescentes. Partiendo de la consideración de las políticas públicas, tanto en el nivel de la formulación como en el de la implementación, se describe: dependencia funcional, principales líneas de acción y responsabilidades primarias, objetivos, modo de funcionamiento, características y alcances de las prestaciones de estas políticas.

En segundo lugar, se analiza cada uno de estos programas en función de la normativa vigente y su adecuación al Enfoque de Derechos. Se incluye la valoración de la Ley 23181, de Prevención y Asistencia al consumo de sustancias psicoactivas y de otras prácticas de riesgo adictivo, se analiza su implicancia para la implementación de políticas acordes al encuadre de la protección integral de derechos y se examina la oferta actual de prestaciones con esta perspectiva.

En tercer lugar, se describen las distintas fuentes utilizadas para la obtención de la información y finalmente, el trabajo aporta algunas consideraciones a modo de cierre e incluye algunas recomendaciones para las políticas públicas.

1 Publicada el 11/06/2007 en el boletín oficial (BOCBA) N° 2702, promulgada por el Decreto N°

782 y sancionada: el 3 de mayo del mismo año. 2 También, se presentan, posteriormente, acciones realizadas por el Ministerio de Educación y

por el propio Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. 3 Documento “Perfil de pacientes en Centros de Tratamiento”, elaborado por la Coordinación de

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1. Las políticas públicas desplegadas en la Ciudad

A continuación se desagregan los principales programas, dispositivos y recursos del GCABA orientados a dar respuesta a la problemática del consumo problemático de sustancias psicoactivas. En tal sentido, se incluyen aquellos con dependencia del Ministerio de Desarrollo Social y seguidamente los que se encuentran bajo la órbita del Ministerio de Salud.2

a) Políticas Sociales en Adicciones, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social

→ Objetivos: Esta área inicia sus actividades en el mes de diciembre de 2007 con el objeto de dar respuesta a las necesidades individuales y sociales de personas con problemas relacionados con el consumo de sustancias psicoactivas. → Responsabilidades Primarias: Según el Decreto 1156/09 (publicado en el B.O. Nº 3.335 de fecha 07/01/2010), las responsabilidades primarias de la Dirección General son:

Planificar, coordinar y desarrollar programas dirigidos a la asistencia con especial énfasis en la prevención y la reinserción social de las personas con problemáticas de adicciones en el ámbito del GCBA en el marco de la Ley Nº 2318.

Coordinar acciones tendientes al cumplimiento del plan integral junto con las jurisdicciones competentes en el marco de la Ley Nº 2318.

Generar políticas tendientes a responder a la demanda por trastornos derivados de las adicciones en coordinación con el Estado Nacional, Provincial y Municipal y la sociedad civil.

Desarrollar un observatorio en materia de consumo de sustancias psicoactivas y de otras prácticas de riesgo adictivo.

→ Población objetivo: De acuerdo con los objetivos propuestos, esta Dirección General atiende a toda la población de la Ciudad que presente consumo problemático de sustancias psicoactivas. Sin embargo, si observamos el perfil de los pacientes atendidos3, vemos que en su mayoría se trata de varones menores de 18 años, de los cuales una tercera parte llega al tratamiento por indicación legal. Por el contrario, en el caso de los mayores de 19, prevalentemente, llegan en forma voluntaria. → Modalidad de abordaje: La Dirección General fundamenta su creación en la órbita del Ministerio de Desarrollo Social desde el supuesto de que “el comportamiento de consumo de sustancias psicoactivas es ante todo un comportamiento social”.4 Partiendo del marco normativo que establece la Ley 2318, reconoce la multiplicidad de dimensiones y la complejidad que presenta la problemática del consumo de sustancias psicoactivas, obligando a dar respuestas atravesadas por esa misma multiplicidad y complejidad, tanto en el análisis del fenómeno como en las acciones que se implementen.

2 También, se presentan, posteriormente, acciones realizadas por el Ministerio de Educación y

por el propio Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. 3 Documento “Perfil de pacientes en Centros de Tratamiento”, elaborado por la Coordinación de

Políticas Sociales en Adicciones, del Ministerio de Desarrollo Social. Año 2009. 4 Tal como se explicita en la página oficial de la Coordinación:

http://www.buenosaires.gov.ar/areas/des_social/adic/q_es.php?menu_id=23828

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Desde esta perspectiva, el problema del consumo de sustancias se afirma como “una problemática compleja y multicausal”, que incluye las distintas variables que dan cuenta del sujeto inmerso en un contexto y en una cultura, y que “intenta reconstituir una cuestión de valores, de hábitos y de situaciones que lo han llevado, en tal caso, al uso de lo que es la sustancia”. Se trata entonces, de “garantizar una política social sistemática que pueda dar respuesta a esta problemática en función de toda la información epidemiológica que pueda ir ofreciendo el terreno”.5 Por otra parte, este abordaje plantea la necesidad de contar con la participación de todos los sectores públicos y organizaciones sociales. → Modalidad de funcionamiento: Actualmente la Dirección General está organizada en tres áreas:

Asistencia Social en Adicciones

Prevención Social en Adicciones

Observatorio de las Adicciones Área Asistencia Social en Adicciones: Se orienta a la asistencia de aquellos ciudadanos de la C.A.B.A. que requieren atención para el tratamiento de problemas con el consumo de sustancias psicoactivas en todos sus niveles, con la reinserción social como eje transversal de la intervención. Según el Decreto 1156/10 sus acciones son:

Generar las instancias necesarias para asistir a los ciudadanos de la CABA, que demanden o requieran atención para el tratamiento de problemas de adicción a algún tipo de sustancia adictiva, garantizando la calidad y efectividad de cada intervención con la reinserción social como eje transversal de toda intervención.

Establecer y conducir las políticas de la CABA en materia de asistencia social en adicciones.

Definir un proceso de admisión ágil y preciso para la evaluación y posterior derivación al tratamiento adecuado, según las características de cada caso.

Definir los efectores necesarios y garantizar su disponibilidad, para atender a la problemática de las adicciones de acuerdo a sus dimensiones y características en la Ciudad de Buenos Aires.

Manejar y elaborar formas y sistemas de supervisión de cada una de las instancias de tratamiento previstas para cada persona atendida.

Crear y mantener el registro de Centros de Tratamiento de la Ciudad.

Coordinar la atención y correcto funcionamiento del servicio de atención telefónica 147 (línea de atención sobre servicios de la Ciudad).

Definir y efectivizar protocolos de articulación ágil con los efectores de primer nivel de salud, y con otros organismos de gobierno relacionados con la problemática.

De acuerdo a lo citado en el sitio web de esta Dirección, la asistencia incluye una amplia gama de líneas de acción que van desde la detección precoz, la asistencia de

5 Tal como plantea el funcionario a cargo del área en el Plenario CDNNYA 29/07/09: “pensar

esta política desde Desarrollo Social, implica que el proceso de rehabilitación no empieza cuando está dejando el consumo de sustancia sino desde el primer día cuando se hace una anamnesis y se decide un dispositivo terapéutico para ese chico, si es una comunidad terapéutica de internación, si es una casa de día donde pasa unas jornadas determinadas, obviamente los parámetros para tomar esa decisión tienen mucho que ver con el vínculo que todavía este chico pueda tener en lo social y lo cultural, si todavía tiene algún lazo con su escuela, con su familia, con un espacio sano, esto es lo que uno privilegia”.

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los trastornos, la desintoxicación, las medidas de apoyo necesarias durante el proceso de abandono del uso de drogas, la prevención de recaídas y la reinserción social.

En relación con la infraestructura, esta área cuenta con oficinas de admisión y recepción, ubicadas en la calle Piedras 1281. Los equipos profesionales que realizan las admisiones son los únicos que pueden autorizar el ingreso a los distintos dispositivos. La derivaciones pueden ser a tratamientos con modalidad de internación o ambulatoria. En aquellos casos en que el estado de deterioro es muy grande, desde el área de Admisión, se solicitan chequeos médicos básicos para garantizar el ingreso a la comunidad terapéutica. También se realiza una evaluación psicológica y clínica a fin de conocer si existe la necesidad de otro tipo de tratamiento de cuidado de su salud en alguna institución particular. En relación con la población atendida, el área de admisión trabaja con población que se acerca por demanda espontánea, vía judicial o por derivación de otra institución. A la fecha, la Dirección General cuenta con dos efectores propios, uno de modalidad cogestionada, 21 efectores tercerizados, y dispone de 5 Centros de Intervención Comunitaria. → Efectores propios: Casa Flores: centro de tratamiento para mayores de 18 años, con modalidad ambulatoria de medio día o día completo. Se encuentra ubicado en Bonorino 884.

Casa Puerto: destinado a niñas/os y adolescentes entre 8 y 18 años. Se encuentra ubicado en Curapaligüe 571 en Flores. Funciona como Comunidad Terapéutica con modalidad de internación. Además el centro ofrece: psicoterapia individual, familiar y grupal, integración a talleres socioculturales, sociolaborales, recreativos y de formación pedagógica, integración a subprogramas preventivo-comunitarios. También incluye un proyecto educativo, que incorpora la escuela y la formación dentro de la institución para los niños, niñas y adolescentes que se encuentran realizando tratamiento allí. → Efector cogestionado: Casa Faro: es cogestionado, el inmueble es propio, algunos recursos los pone el GCBA y lo administra una ONG. Funciona como Pre-Comunidad Terapéutica, con internación inmediata y derivación a otra institución, lo que permite contar con Casa Faro para situaciones de emergencia. En este centro se realizan las evaluaciones con los mismos criterios del área de admisión de la Dirección. Se encuentra ubicado en Pje. Magnaud 1434. → Efectores tercerizados: Se trata de ONG especializadas en la temática conveniadas para tratamientos con distintas modalidades (internaciones y ambulatoria).6

En relación con la población atendida, en el año 2008, el área disponía de 200 vacantes en comunidades terapéuticas tercerizadas mientras que a julio de 2009, este número ascendió a 600 vacantes, por medio de los convenios con ONG.

6 Al mes de enero de 2010, existían 15 convenios con ONG para tratamientos con modalidad

de internación y 6 para tratamientos ambulatorios.

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→ Centros de Intervención Asistencial Comunitaria (CIAC) Sus funciones son: prevención, asistencia, tratamientos ambulatorios, trabajos grupales, admisión para internaciones y seguimiento cuando alguna/o joven es externada/o. Brindan una respuesta inmediata ante una emergencia. Estos centros trabajan de manera territorial con la población de la comunidad en la que se encuentran insertos y articulan sus acciones con las organizaciones sociales. Los equipos están compuestos por un/a psicólogo, un/a psiquiatra, 2 operadoras/es sociales y un/a consejero (un referente del barrio que ha recibido alguna capacitación y en general, son personas que se han recuperado de su problemática de adicción). El objetivo del trabajo de los profesionales y técnicos es generar un vínculo de confianza con los jóvenes a fin de estimularlos en el inicio de un tratamiento terapéutico. Se trabaja con los NNYA y con sus familias, en las sedes, hogares o instituciones. Asimismo, cuando los jóvenes egresan de alguna Comunidad Terapéutica y regresan a sus domicilios familiares, desde estos centros se trabaja en el proceso de reinserción social en el ámbito comunitario y familiar con el objeto de garantizar un “control de recaídas en post tratamientos”.7 Actualmente los centros que se encuentran en funcionamiento son: CIAC Nº 1: CESAC 35, Barracas. CIAC Nº 2: CESAC 5, Ciudad Oculta. CIAC Nº 3: CESAC 6, Villa Soldati. CIAC Nº 4: Servicio Social Zonal Nº 4 del Ministerio de Desarrollo Social, Boca. CIAC Nº 5: Defensoría Zonal y la Casa del Niño, Lugano.

En relación con la población atendida, en julio de 2009, había alrededor de 45 chicos en todos los CIAC.8 Área Prevención social en adicciones Según el Decreto 1156/10 sus acciones son:

Fortalecer las redes comunitarias y disminuir los umbrales de vulnerabilidad de los habitantes de la CABA en general, y en particular de los grupos de niños, niñas y adolescentes, frente a situaciones relacionadas con el consumo de sustancias psicoactivas y de otras prácticas de riesgo adictivo.

Definir un plan estratégico de prevención integral que contemple especialmente la prevención primaria, la concientización respecto de los riesgos del consumo abusivo de alcohol, y el estímulo de hábitos saludables desde la primera infancia.

Fortalecer especialmente a la familia y a las organizaciones comunitarias tanto públicas como privadas, dotando a la comunidad de las herramientas necesarias para disminuir la demanda de sustancias psicoactivas.

Impulsar el desarrollo de Centros de Prevención Social en Adicciones a nivel local, que funcionen como centros de referencia, e integren a la comunidad educativa a los centros de salud, y a las diferentes organizaciones sociales.

Desarrollar estrategias de alcance específico a diferentes grupos de riesgo (ámbito laboral, niños y niñas en situación de calle, escolares, etc.).

7 Constituyen “una instancia intermedia entre lograr la voluntad y tomar una medida coactiva de

tratamiento” y asumen la prevención como la anticipación a la internación forzada, coactiva o sin voluntad de tratamiento (…) el trabajo implica acercarse a los chicos, convencerlos, acompañarlos, que se sientan con confianza para poder empezar un proceso de tratamiento”. Lic. Alberto Magnone en Plenario CDNNYA 29/07/09. 8 Plenario del CDNNYA 29/07/09.

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Organizar cursos de capacitación y actualización en la materia, destinados a profesionales y técnicos que actúan en la prevención de las adicciones, tanto en organismos gubernamentales como no gubernamentales.

En términos generales, el objetivo propuesto es disminuir la vulnerabilidad de los habitantes de la CABA en general, y en particular de los grupos de niños, niñas, adolescentes y jóvenes frente a situaciones relacionadas con el consumo de sustancias psicoactivas y de otras prácticas de riesgo adictivo; y sensibilizar especialmente a las familias en la comunidad y a las organizaciones comunitarias.9 Actualmente existen 7 Centros de Prevención Social en Adicciones ubicados en: La Boca, Palermo, Paternal, Pompeya, Lugano, San Cristóbal y San Telmo. Realizan trabajo comunitario, capacitación a la comunidad y organizaciones sociales; articulación con las escuelas. Los centros están integrados por profesionales y por personas pertenecientes a la propia comunidad. A continuación se detallan los datos publicados por el Ministerio de Desarrollo Social10, en relación con la población atendida por estas dos áreas (Área Asistencial y de Prevención):

Año 2007 220 personas

Año 2008 302 personas

Año 2009 1000 personas

Observatorio de las adicciones: Según el Decreto 1156/10 sus acciones son:

Desarrollar y poner en funcionamiento un sistema de información epidemiológica sobre el consumo de sustancias psicoactivas que procese, sistematice y elabore, información vinculada a la prevención y a la asistencia de la problemática, acorde a la complejidad y multidimensionalidad de la misma.

Definir las líneas estratégicas de investigación, los estudios a realizar y coordinar la ejecución de los mismos. Esto incluye estrategias de monitoreo epidemiológico, epidemiología comunitaria y estudios en población.

Sistematizar la información proveniente de las instituciones públicas sobre acciones y procedimientos vinculados con personas con trastornos por consumo de sustancias psicoactivas y de otras prácticas de riesgo adictivo.

Articular con organismos de la CABA y otros organismos gubernamentales que lo requieran, acciones relacionadas a la sistematización y utilización de la información relacionada con el consumo de sustancias adictivas.

Sistematizar la información referida al movimiento interno y a los consultantes de la Dirección Operativa de Asistencia Social en Adicciones.

Difundir y comunicar la información elaborada a los organismos que lo requieran.

9 http://www.buenosaires.gov.ar/areas/des_social/adic/prevencion.php?menu_id=23830.

10 “Las urgencias por el paco se triplican en los hospitales”. Diario Clarín. 17/04/2010.

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b) Coordinación de Atención de Conductas de Riesgo Adictivo, dependiente del Ministerio de Salud

Esta Coordinación fue creada en febrero del año 2009, bajo la órbita de la Dirección General Redes y Programas de Salud. Según el Decreto Nº 106/GCABA/2005, los objetivos de esta Coordinación:

Entender en la coordinación de las acciones dirigidas a la asistencia de la población cuyas patologías se caracterizan por las dependencias a las adicciones.

Identificar grupos con conductas de riesgo adictivo y desarrollar programas focalizados a resolver su problemática específica.

Programar, coordinar y supervisar la sectorización de actividades y controlar el cumplimiento de las normas específicas de admisión, tratamiento y externación de pacientes en centros asistenciales del sistema de salud.

Cooperar con el sistema de salud y otras áreas del Poder Ejecutivo de la CABA, en el abordaje multisectorial de la problemática generada por las adicciones.

El marco de referencia obligado para la Coordinación es la Ley 2318 y ésta fija un modo de funcionamiento en red. Articula acciones con el Programa de Prevención, Asistencia y Reinserción Social en Drogodependencia, la Subsecretaría de Deportes, con el Programa de Prevención de Adicciones del Ministerio de Educación, en la capacitación y coordinación de proyectos de trabajo sobre prevención desde las escuelas.11

c) Red Metropolitana de Servicios en Adicciones, dependiente del Ministerio de Salud

Esta Red depende de la Dirección General Adjunta de Salud Mental del Ministerio de Salud del GCABA. Se creó en diciembre del 2005 con el propósito de avanzar en el cumplimiento de la Ley 448. Su función es diseñar e implementar los ejes estratégicos de gestión del sector en el marco de un modelo de atención basado en el respeto a los derechos humanos y en la integración social. → Objetivos:

Desarrollar acciones de prevención, orientación, asistencia y reinserción comunitaria.

→ Población objetivo: Todos aquellas personas que se encuentren atravesando la problemática del consumo de sustancias psicoactivas y quieran consultar por ellas mismas o por alguna persona cercana.

11

Actualmente, esta Coordinación no cuenta con presupuesto propio y sus acciones están orientadas exclusivamente a la articulación de los recursos disponibles. Específicamente, en la relación con la Dirección General de Políticas Sociales en Adicciones dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, ésta Coordinación no tiene injerencia en la definición acerca del tipo de tratamiento más adecuado que debieran recibir la población atendida, ni en la fiscalización de las Comunidades Terapéuticas conveniadas.

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→ Modalidad de abordaje: La Red aborda la problemática del consumo desde una perspectiva interdisciplinaria y de intersectorialidad, trabajando en forma conjunta con sus instituciones, las organizaciones sociales, las familias y otros recursos existentes en la comunidad. Se trata de un enfoque de redes que incluye acciones de prevención, promoción, asistencia, rehabilitación y reinserción comunitaria. El abordaje de la problemática se enmarca en la protección y promoción de los derechos humanos, garantizando el derecho a la salud de manera integral y a la salud mental de todas las personas. Así, la preservación de la salud mental está vinculada a la protección de los derechos humanos (establecidos por la Constitución Nacional, la Convención de los Derechos del Niño y demás tratados internacionales, la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y la Ley Básica de Salud Nº 153 y Ley 448 de la CABA), tales como el trabajo, bienestar, vivienda, seguridad social, educación, cultura, capacitación, medio ambiente saludable. Desde esta concepción, la salud mental es inescindible de la salud integral, se reconoce a la persona en su integridad bio-psico-socio-cultural y en la necesidad del logro de las mejores condiciones posibles para su desarrollo físico, intelectual y afectivo12. En este sentido, las acciones que se implementan se orientan a evitar el control social y a priorizar tratamientos ambulatorios, siendo la internación exclusivamente aplicable cuando no sean posibles otros tipos de abordajes. Las actividades que realiza la Red son las siguientes:

Atención toxicológica las 24 horas.

Servicio de Ayuda telefónica en Drogas y Alcohol (SADA).

Grupos de participación comunitaria en organizaciones sociales.

Talleres en escuelas.

Asistencia en consultorios externos.

Grupos de adictos a las drogas y al alcohol.

Grupos para padres.

Asistencia en Centros de día.

Actividades para la reducción de daños. → Modalidad de funcionamiento: La forma de acceder a los servicios de la Red es: Concurriendo a cualquiera de los dispositivos que a continuación se detallan:

→ Atención telefónica: Servicio de Ayuda en Drogas y Alcoholismo Brinda orientación, asesoramiento y derivación, a través de la atención telefónica (4861-5586).

→ Centro de día “Carlos Gardel” (Agüero 301) Atiende a personas mayores de 18 años. Funciona con la modalidad de consultorios externos, atención ambulatoria y centro de día para pacientes adictos. Trabaja desde el paradigma de reducción de riesgos y daños. Realiza actividades con la comunidad e intervenciones preventivas desde un enfoque participativo. Cuenta con diferentes instancias de formación y capacitación. → CESAC Nº 10: Centro “Dr. Enrique Biedak” (Av. Amancio Alcorta 1402). Funciona como centro de día en adicciones y realiza diagnósticos.

12

Ley 448 de Salud Mental de la CABA.

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→ Centro de día “La otra Base del Encuentro” (Camilo Torres y Somellera, Bajo Flores)

Funciona como centro de día y realiza tratamiento ambulatorio. → Centro de Salud Mental Nº 1 “Hugo Rosarios” (Manuela Pedraza 1555) Hospital de día. Consultorios Externos. Acciones de promoción de la salud mental. Programa de Prevención, asistencia y reinserción en drogodependencia. → Centro de Salud Mental Nº 3 “Dr. Arturo Ameghino” (Av. Córdoba 3120) Sección Adicciones y sección Alcoholismo. Consultorios Externos. Hospital de día. Grupos. Niños, adolescentes, padres. Promoción y prevención de la salud mental. Programa de prevención, asistencia y reinserción social en drogodependencia. → Hospital de Niños Dr. Pedro de Elizalde (Av. Montes de Oca 40) Servicio de Toxicología. Urgencias las 24 horas. Camas para desintoxicación. Atención a personas de hasta 19 años de edad. → Hospital Interdisciplinario Psicoasistencial Dr. José T. Borda (Ramón Carrillo 375) Departamento de Toxicomanía y Alcoholismo. Asistencia, asesoramiento y orientación. → Hospital General de Agudos Dr. Juan A. Fernández (Cerviño 3356) Servicio Salud Mental. Unidad de Toxicología. Camas para desintoxicación. → Hospital General de Agudos Dr. Parmenio Piñero (Varela 1901) Servicio de Salud Mental. Asistencia en adicciones. → Hospital General de Agudos Dr. Teodoro Álvarez (Aranguren 2701) Servicio de Salud Mental. Asistencia en adicciones. Consultorios externos infanto juvenil. Hospital de día. Abordaje individual, grupal, familiar. Orientación y asesoramiento. Promoción, prevención y rehabilitación. Internación para personas mayores de 18 años. → Hospital de Niños Dr. Ricardo Gutiérrez (Sánchez de Bustamante 1399) Unidad de Salud Mental. Consultorios externos. Hospital de día. Atención a personas de hasta 19 años de edad. → CENARESO (Combate de los Pozos 2133) Centro especializado en adicciones. Asistencia. Consultorios externos. Hospital de día. Internación.

d) Dispositivos de protección integral dependientes del

Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes Dada su especificidad en materia de políticas de infancia en la Ciudad, el Consejo es el organismo garante de los derechos de niños, niñas y adolescentes. En tal sentido, y específicamente en la problemática que nos ocupa, este organismo interviene frente a situaciones de amenaza o vulneración de derechos, definiendo estrategias de reparación y habilitando el acceso a las políticas públicas más adecuadas, a través de los siguientes dispositivos: → Línea de atención telefónica 102 → Defensorías Zonales de Promoción y Protección de Derechos → Guardia de Defensa de Derechos

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→ Dpto. Intervenciones en la Emergencia → Dpto. de Fortalecimiento, Promoción y Protección integral de derechos de jóvenes

en conflicto con la ley → Registro y Fiscalización de ONG Por otra parte, de acuerdo con sus competencias, el organismo interviene también desde sus instancias centralizadas, llevando a cabo acciones de capacitación, difusión y visibilización de la problemática, y realizando análisis de la normativa vigente y monitoreo de las políticas públicas y de sus programas asociados.13

e) Equipo de Prevención de Problemáticas Actuales, dependiente del Programa de Salud Escolar, del Ministerio de Educación

Este Equipo depende del Programa de Salud Escolar y realiza acciones de asesoramiento y capacitación. Integrado por 5 profesionales (psicólogos) y está destinado a todos los niveles (inicial, primaria y medio) de las escuelas dependientes del GCABA. Actualmente, el consumo de sustancias psicoactivas, junto con el tema de violencia, constituyen las principales problemáticas abordadas por este dispositivo, en respuesta a la creciente demanda por parte de los establecimientos escolares. Se trabaja en forma directa con los equipos de conducción o plantel de docentes, de manera articulada con el equipo de Asistencia Socio Educativa (ASE) y Equipo de Orientación Escolar (EOE). 14

13

Nos referimos a las acciones llevadas a cabo por el Departamento de Capacitación y por la Dirección de Políticas e Investigación. 14

Con fecha 08/05/09 se publica en el BO Nº 3170 la Resolución Nº 227/GCABA/MEGC/09, que crea el Programa Retorno de Prevención de Adicciones y Violencia Social destinado a niños de 8 a18 años bajo la órbita del Ministerio de Educación. Sin embargo, hasta el momento, no ha sido implementado.

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2. Análisis de las políticas públicas en función de la normativa vigente y su adecuación al Enfoque de Derechos

A continuación se analizan los programas descriptos en el apartado anterior, en función de la normativa vigente y de su adecuación al Enfoque de Derechos. En primer lugar se destacan los principales aportes de la Ley 2318, de Prevención y Asistencia al consumo de sustancias psicoactivas y de otras prácticas de riesgo adictivo15; y se identifican los criterios que la misma establece para la implementación de las políticas públicas de la Ciudad, en función del encuadre de la protección integral de derechos.

a) Principales aportes de la Ley Nº 2318, de Prevención y Asistencia al consumo de sustancia psicoactivas y de otras prácticas de riesgo adictivo

Tal como se expresa en el “Informe sobre la Ley 2318. Contenidos y estado de aplicación”16, la norma se inserta en el marco de la Constitución de la Ciudad, la Ley Básica de Salud (Nº 153), la Ley de Salud Mental (Nº 448) y la Ley de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (Nº 114); y establece importantes lineamientos en materia de prevención y asistencia no sólo del consumo de sustancias sino de otras prácticas de riesgo adictivo. De acuerdo con lo definido por la ley, el propósito general es garantizar una política integral y sistemática sobre el consumo de sustancias psicoactivas y de otras prácticas de riesgo adictivo en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. Se trata de una Ley Marco de carácter general que contempla una multiplicidad de enfoques asociados a esta problemática y establece que, las acciones deben ser abordadas desde un enfoque pluralista, interdisciplinario e intersectorial. En este sentido, define al Jefe de Gobierno como autoridad de aplicación de un Plan Integral que contemple acciones de prevención, atención y reinserción social, observatorio y seguimiento de sustancias legales y menciona la participación interministerial en el plan de las siguientes áreas de gobierno: Educación, Derechos Humanos, Salud, Gestión, Participación y Descentralización, Gobierno, Producción y Consejo de los Derechos. En materia de legislación, la Ley constituye un avance y supone la obligación del GCABA de diseñar e implementar políticas orientadas a garantizar, entre otros, el derecho a la salud de la población, en general, y en particular de las personas afectadas por la problemática del consumo de sustancias psicoactivas y prácticas de riesgo (subrayando específicamente a la franja de niños, niñas y adolescentes como especialmente vulnerable a esta problemática) poniendo a su alcance estrategias eficaces de prevención, tratamiento, reducción de daños y rehabilitación.

Desde esta perspectiva, las políticas públicas de la Ciudad de Buenos Aires deben adecuar sus dispositivos y programas existentes según los previstos por el marco normativo, cumpliendo cabalmente con las pautas y principios definidos por la Ley que venimos de analizar.

15

Publicada el 11/06/2007 en el boletín oficial (BOCBA) N° 2702, promulgada por el Decreto N° 782 el 4 de junio de 2007 y sancionada el 3 de mayo de 2007. 16

Elaborado por la Dirección de Políticas e Investigación, del Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. Año 2009.

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b) Criterios para la implementación de las políticas públicas en la Ciudad, según la Ley 2318 y el enfoque de derechos

A continuación se proponen algunos criterios que debieran regir, de acuerdo con la normativa vigente, la implementación de las políticas orientadas a dar respuesta a la problemática del consumo de sustancias en la Ciudad de Buenos Aires, y a la luz de los cuales, analizaremos luego, los programas descriptos en el apartado anterior del presente trabajo. → Política integral y sistemática con una lógica interministerial y de abordaje plural Da cuenta de la participación interministerial en el plan de las siguientes áreas de gobierno: Educación, Derechos Humanos, Salud, Gestión, Participación y Descentralización, Gobierno, Producción y Consejo de los Derechos. → Modalidad de abordaje: enfoque pluralista, interdisciplinario e intersectorial Requiere intervenir desde la prevención precoz en la población en general y, en particular, en la de niños, niñas y adolescentes que se inician en esta problemática, además de atención y reinserción social, observatorio y seguimiento de sustancias legales. → Concepción y marco conceptual Se trata de una problemática socio sanitaria, condicionado por un grupo de factores de orden biológico, psicológico y del contexto social-cultural. → Perspectiva de derechos Implica la obligación del GCABA de diseñar políticas orientadas a garantizar, el derecho a la salud de las/os niñas, niños y adolescentes, renunciando al abordaje desde políticas represivas e incorporando la prevención y la asistencia del consumo de sustancias psicoactivas. → Garantías de procedimientos Resulta imprescindible cumplir con la excepcionalidad y transitoriedad de internación, garantizando las adecuadas estrategias de egreso y contemplando la necesidad de incluir la figura de abogado del niño, en aquellos casos en que fuera necesario. → Acceso, extensión y cobertura Implica analizar el principio de universalidad de las políticas y los criterios de focalización utilizados por los programas. → Calidad de las prestaciones, presupuesto y prioridad en la atención de niños, niñas

y adolescentes Se trata de garantizar las prestaciones más adecuadas destinadas a esta población y de dar cumplimiento a la prioridad en su protección, atención y asignación de recursos públicos. En términos presupuestarios, de acuerdo con la Ley 2318, las políticas orientadas a dar respuesta a la problemática del consumo de sustancias psicoactivas, requiere de una partida específica.

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c) Análisis de las políticas desplegadas en la Ciudad a partir de los criterios propuestos

→ Política integral y sistemática con una lógica interministerial y de abordaje plural Uno de los puntos principales para el análisis de esta política pública es la concepción desde la cual se define la problemática del consumo de sustancias. Tanto desde el Ministerio de Desarrollo Social como desde el Ministerio de Salud, se aborda la problemática como compleja y multicausal, por lo que sus acciones y respuestas se orientan en esa dirección. En este sentido, uno y otro ministerio despliegan gran variedad de acciones que incluyen: acciones de prevención, capacitación y sensibilización, atención en la urgencia, tratamiento (en sus diferentes modalidades: ambulatorio y de internación), terapias individuales o de grupo, trabajo familiar y comunitario, reinserción social, observatorio. Sin embargo, desde una mirada más general, se observa que estas acciones, tal como aparecen desplegadas, responden más a las lógicas ministeriales de las que dependen, que a una política que las integre de manera sistemática, a modo de un Plan Integral, tal como establece la Ley 2318. Por otra parte, las instancias de articulación entre una y otra dependencia son escasas, esporádicas y las relaciones interinstitucionales obedecen a las necesidades de derivación desde los niveles profesionales intermedios y no a las definiciones programáticas de los ministerios. → Modalidad de abordaje: enfoque pluralista, interdisciplinario e intersectorial → Concepción y marco conceptual En el caso de las políticas desplegadas desde el Ministerio de Desarrollo Social, el enfoque pluralista, interdisciplinario e intersectorial que establece la Ley 2.318 puede advertirse en algunos de los dispositivos de la DGPSA17, específicamente en las acciones realizadas por los CIAC y CPSA18, cuya orientación parte del trabajo en redes e incluye la articulación con otros efectores públicos (centros de salud, escuelas, entre otros) y la participación de los miembros de la comunidad y organizaciones sociales como instancias fundamentales del abordaje. En el caso del Ministerio de Salud, el enfoque de redes evidencia un abordaje integral e interdisciplinario, desde una perspectiva de Derechos Humanos, vinculando el derecho a la salud con el cumplimiento de otros derechos básicos. Sin embargo, tal como señalamos en el punto anterior, más allá de la presencia de dispositivos que realicen abordajes acordes al enfoque expuesto por la normativa vigente, no se visualiza una política marco que garantice integralmente en la Ciudad, programas y servicios orientados a dar respuesta a la problemática del consumo de sustancias con esta modalidad. Específicamente, nos referimos a la falta de articulación actual entre los dos ministerios que implementan estas políticas. Esta omisión no sólo se expresa en la ausencia de estructuras interinstitucionales que permitan la posibilidad de garantizar la integralidad de las políticas, sino también en los diseños que desde uno y otro ministerio se implementan. En tal sentido, resulta llamativo cómo, por ejemplo, desde el Ministerio de Desarrollo Social, el área de Asistencia Social en Adicciones (la de mayor presencia dentro de la Dirección General de Políticas Sociales en Adicciones)19, lleva a cabo una política de

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Dirección General de Políticas Sociales en Adicciones. 18

Centros de Intervención Social Comunitaria y Centros de Prevención Social en Adicciones, respectivamente. 19

En términos de infraestructura, presupuesto y cantidad de recursos humanos asignados.

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tratamiento que enfatiza el abandono y la deshabituación del uso de sustancias por parte del sujeto que ofrece la internación en comunidades y residencias terapéuticas como las alternativas principales y consideradas más eficaces20. Dicho de otro modo, el abordaje se orienta no a la reducción de daños, sino fundamentalmente a la internación. El Ministerio de Salud, por su parte, más allá de la diversa oferta programática de atención que presenta, propone desde sus lineamientos generales, un abordaje enmarcado en los principios de la Ley 448 de Salud Mental, que prioriza el tratamiento ambulatorio e incluye alternativas terapéuticas de diverso grado de complejidad y adaptados a las diferentes necesidades de los sujetos, que se aleja de las políticas, técnicas y prácticas orientadas al control social. Nos estamos refiriendo a los centros de día o a tratamientos con modalidad ambulatoria que incluyen políticas de reducción de daños, acciones para la reinserción socio laboral. → Perspectiva de derechos En relación con la garantía del derecho a la salud de niños, niñas y adolescentes, hemos visto de qué modo desde el Ministerio de Desarrollo Social y desde el Ministerio de Salud, se despliegan políticas que incluyen diversidad de prestaciones vinculadas a la problemática que nos ocupa. Sin embargo, corresponde aquí analizar la especificidad con que dichas políticas se orientan a esta población en particular. En este sentido, desde el comienzo de sus actividades, la DGPSA ofrece tratamientos que priorizan a los menores de 18 años, derivando a la Secretaría de Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR) la asistencia de los mayores de 18 años. De todos modos, en lo que a internación respecta, es importante destacar que hasta la fecha la única comunidad que atiende exclusivamente a población de niños, niñas y adolescentes, es Casa Puerto. Por el contrario, las comunidades conveniadas proponen este recorte de población sólo en términos funcionales, a partir de la organización en su interior de áreas específicas de funcionamiento destinado a población de niños, niñas y adolescentes. Por su parte, el Ministerio de Salud garantiza atención específica a niños, niñas y adolescentes en los Hospitales Generales de Niños, Hospital Dr. Pedro Elizalde y Hospital Dr. Ricardo Gutiérrez. El Centro de Salud “La Otra base del encuentro” y el CESAC Nº 10: Centro Dr. Enrique Biedak cuentan también con profesionales especializados y áreas específicas para niñas/os y adolescentes. El Hospital Fernández, el Centro de Salud Nº 3 Dr. Arturo Ameghino, el CESAC Nº 1 y otros efectores cuentan con áreas específicas destinadas a niñas/os y adolescentes a nivel general, pero no atienden la particularidad dentro de los servicios de adicciones, cuyos equipos técnicos trabajan articuladamente con aquellos de las áreas propias para niños. → Garantías de procedimientos De acuerdo con la normativa vigente en materia de derechos de niños, niñas y adolescentes, resulta imprescindible cumplir con la excepcionalidad y transitoriedad de internación, garantizando la diversidad de los dispositivos que permitan el acceso a la salud, apelando a la internación como última alternativa, priorizando la convivencia familiar y evitando toda institucionalización de la pobreza, y contemplando, para

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Esta política se sustenta en un enfoque que plantea la abstención en el consumo de sustancias, a partir de la eliminación y prohibición de las sustancias consideradas ilegales y que considera al consumidor como un trasgresor a la ley. Modelos de Prevención. Publicación de Fondo de Ayuda Toxicológica (FAT).

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aquellos casos en que la misma sea obligada, las adecuadas estrategias de egreso y la figura de abogado del niño, cuando fuera necesario. En este sentido, corresponde al Consejo de los Derechos intervenir en todos aquellos casos en que un niña/o o adolescente ingresa a una comunidad terapéutica, ya sea Casa Puerto o cualquier otra conveniada con la DGPSA, y solicitar en aquellos casos que así lo requieran, el debido patrocinio jurídico mediante la intervención del abogado del niño. Corresponde entonces a esta autoridad de aplicación, el cumplimiento del control de transitoriedad de la internación, garantizando tanto el cumplimiento de los derechos del niño, niña o adolescente durante la internación21, como la implementación de las estrategias de egreso más adecuadas. Finalmente, el Consejo está implicado también en la fiscalización y supervisión de las ONG’s que prestan servicios de internación. Sin embargo, más allá de las intervenciones que este Organismo garantiza (a través de sus correspondientes dispositivos) para los casos aquí citados, actualmente no cuenta con un procedimiento unificado y formal de actuación, ni con el correspondiente protocolo de articulación con aquellas áreas que prestan servicios orientados a dar respuesta a la problemática del consumo de sustancias. → Acceso, extensión y cobertura En relación con el acceso de la población destinataria a las políticas que estamos describiendo, desde el Ministerio Desarrollo Social y de acuerdo con sus competencias, la Dirección General de Políticas Sociales en Adicciones, focaliza su atención en personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad socio económica (fundamentalmente jóvenes que pertenecen a familias o a grupos excluidos y con gran parte de sus derechos vulnerados)22. En relación con la prevalencia de consumo de los pacientes, se destaca la fuerte impronta de la marihuana o de la pasta base23. Por su lado, el Ministerio de Salud amplía su población destinataria apelando al principio de universalidad de la política, pero para aquellos casos (excepcionales) que requieren internación, recurre a instituciones privadas (si el paciente cuenta con obra social o prepaga) o a las comunidades y residencias terapéuticas (si se ajusta al perfil establecido por la Coordinación de Políticas Sociales en Adicciones) dejando libradas a las instituciones privadas los criterios últimos de focalización de la población. Respecto a la accesibilidad, se puede afirmar que la DGPSA garantiza un proceso ágil de admisión y una posterior derivación para el tratamiento adecuado según la situación de cada joven.24 Sin embargo, en este punto es importante señalar que dicha

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Nos estamos refiriendo al cumplimiento de todos los derechos establecidos por la normativa vigente: el acceso a la educación, a la salud integral, a la identidad, a ser oído, al mantenimiento de los vínculos familiares, a la comunicación del niño con sus familiares y allegados, entre otros. 22

De acuerdo con lo señalado en el Informe Perfil de Pacientes en Centros de Tratamiento, “las personas que reciben tratamiento son prevalentemente jóvenes varones con bajo nivel de escolarización y bajos niveles de ocupación. Los datos indican que más de la mitad son menores de 18 años y poco más del 13% son mayores de 25 años. Las mujeres alcanzan un escaso 14%”. 23

“Alrededor de un 70% de los menores de 18 años comenzó consumiendo Marihuana o Pasta Base”. Informe Perfil de Pacientes en Centros de Tratamiento. 24

Según lo manifestado por las autoridades a cargo de esta Dirección en Plenario: “la adm isión y la derivación, en caso de ser necesaria, es en el momento. No hay múltiples entrevistas hasta encontrar la respuesta. El día que se recibe al chico o a la chica se hace la entrevista, se define

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agilidad se sostiene, fundamentalmente, a partir de las prestaciones que la propia DGPSA ofrece (ya sea mediante efectores propios o conveniados).25 Por su lado, los dispositivos del área de salud ofrecen acceso al tratamiento también mediante áreas de admisión y atención específicas, aunque de manera condicionada y limitada por la falta de personal y la insuficiencia de recursos e infraestructura adecuada. Asimismo, en aquellos casos en que se requiere un dispositivo con modalidad de internación para un niña/o o adolescente, en la medida en que el Ministerio de Salud no cuenta con espacios propios, realiza la derivación a efectores del subsistema privado o bien a la DGPSA. En cuanto a la extensión territorial de la política, puede observarse que la ubicación geográfica de los Centros de Intervención Asistencial Comunitaria y los Centros de Prevención Social en Adicciones de la DGPSA, no logra cubrir a la totalidad de las comunas de la CABA26. No existe ninguna institución de esta Dirección General que trabaje a nivel territorial en los barrios del centro y norte de la CABA, como Recoleta, Almagro, Boedo, Caballito, Mataderos, Parque Avellaneda, Floresta, Monte Castro, Villa Devoto, Villa del Parque, Villa Urquiza, Belgrano, Colegiales, entre otros. En este sentido, tampoco los Centros de Día y los otros efectores del área de salud garantizan la extensión de sus dispositivos en la totalidad de las comunas.27 → Calidad de las prestaciones, presupuesto y prioridad en la atención de niños, niñas

y adolescentes De acuerdo con los datos disponibles, a la fecha la DGPSA constituye la principal política orientada específicamente a dar respuesta a la problemática de referencia en la Ciudad. La misma ha sido jerarquizada en el último año (pasando de Coordinación General a conformarse en Dirección General) y ha aumentado la cantidad de convenios con ONG para brindar tratamientos.28 A pesar de esto y en cuanto a la infraestructura edilicia, hasta el momento, la mayoría de los CIAC y Centros de Prevención, no cuentan con espacio propio, ni han cubierto sus dotaciones de técnicos y profesionales con la totalidad de los recursos necesarios para aumentar las respuestas a la población destinataria.

un perfil y se hace en ese mismo momento la derivación y por ahora no hay lista de espera”. 29/07/09 25

Resta analizar si esta resolución ágil se cumplimenta también al momento de articular con prestaciones ofrecidas desde otro Ministerio (por ejemplo en el caso de Salud, en los chequeos médicos para admisión a tratamiento, en la disponibilidad de camas para desintoxicación, en la atención mediante consultorios externos y en el tratamiento ambulatorio en hospitales y centros de día) como las que presentamos en este trabajo). 26

Los CIAC se encuentran en las comunas: dos de ellos en la Comuna 4, otros dos en la Comuna 8 y uno, en la Comuna 9. Por su lado, existe un CPSA en cada una de las siguientes comunas: 1, 3, 8, 14, 15 y 4 y dos CPSA en la Comuna 4. De los otros efectores propios del GCABA, Casa Flores y Casa Puerto se encuentran ubicados en la Comuna 7 y Casa Faro, en la Comuna 4. 27

A la fecha, las comunas que no cuentan con ningún efector del área de salud que aborden de manera específica la problemática del consumo de sustancias psicoactivas en niñas, niños y adolescentes comprenden la mayor parte de la CABA (Comunas 1, 2, 3, 6, 8, 9, 10, 11, 12 y 15). 28

Resulta evidente que este proceso de jerarquización ha ido acompañado de un aumento presupuestario que, más allá de los escasos 2 millones de pesos que se desprenden de la lectura comparada del Presupuesto Jurisdiccional 2009 y 2010 correspondiente al área, disponibles en la web, se verifica tanto en el referido aumento de convenios con comunidades terapéuticas, como en el incremento de los recursos humanos e institucionales afectados.

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Esta jerarquización de la DGPSA se da al mismo tiempo que las partidas presupuestarias de los efectores del Ministerio de Salud que conforman la Red Metropolitana de Servicios en Adicciones, resultan insuficientes para abordar la problemática y cubrir las demandas de la población de toda la CABA. El personal de las áreas de Salud, es escaso para alcanzar el cumplimiento de las funciones de dichos efectores públicos. Los espacios físicos en los que funcionan la mayoría de estos servicios se encuentran en malas condiciones y no cuentan con los insumos necesarios. En algunos dispositivos hay listas de espera para obtener turnos y en muchos hospitales existe una falta de camas para internación y desintoxicación debido a esta problemática. Todo esto impacta de manera negativa, en la calidad de la prestación de los servicios. Por otro lado, la Red Metropolitana de Servicios en Adicciones no cuenta con partida presupuestaria propia para llevar adelante sus acciones.

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3. Fuentes utilizadas para la obtención de la información Para la realización del presente análisis, se han utilizado diversas fuentes de información. Fuentes primarias: Consultas a profesionales e integrantes de los distintos programas y servicios del

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes a fin de relevar información acerca de su intervención.

Entrevista al Director General de Políticas Sociales en Adicciones del Ministerio de Desarrollo Social, Lic. Claudio Parrilla, realizada en enero de 2010.

Entrevista a la Coordinadora de la Red Metropolitana de Servicios en Adicciones del Ministerio de Salud, Lic. Rosa Daniell, realizada en abril de este año.

Entrevista a la Coordinación de la Coord. Fuera de Nivel de Políticas de Conducta de Riesgo Adictivo del Ministerio de Salud, Dra. Verónica Mora. Las dos primeras, realizada en agosto de 2009.

Fuentes secundarias: Acta del Plenario de este Consejo del día 29/07/09. Decreto N° 1.156/09. Decreto 1681/07. Decreto 106/05 “Informe sobre la ley 2318 de prevención y asistencia al consumo de sustancia

psicoactivas y de otras prácticas de riesgo adictivo. Contenidos y estado de aplicación” realizado por esta Dirección de Políticas Públicas e Investigación.

Informes publicados por el Observatorio de la Coord. en Políticas Sociales en Adicciones (Perfil de pacientes en centro de tratamiento y Censo 2009 Centros de tratamiento).

Modelos de Prevención. Publicación de Fondo de Ayuda Toxicológica (FAT). Guía de Recursos y Derivaciones – Red de Servicios de Salud Mental 2007/2009,

del Ministerio de Salud. “Guía de orientación a la magistratura para la adecuada atención de personas

consumidoras de sustancias psicoactivas”. Documento de la Comisión Interdisciplinaria de Expertos en Adicciones.

Ley N° 2318 de prevención y asistencia al consumo de sustancia psicoactivas y de otras prácticas de riesgo adictivo.

Ley N° 448 de salud mental de la Ciudad de Buenos Aires. Ley N° 114 Protección y Promoción Integral de Derechos de Niñas, Niños y

Adolescentes. Ley Nacional N° 26.061 de Protección y Promoción Integral de Derechos de Niñas,

Niños y Adolescentes. Página web de la Dirección Gral. de Políticas Sociales en Adicciones GCBA

http://www.buenosaires.gov.ar/areas/des_social/adic/?menu_id=23826 Página web del Ministerio de Salud GCBA. http://www.buenosaires.gov.ar/areas/salud/s_mental/programas/smp_adicciones.p

hp Página web del Ministerio de Educación GCBA. Página web del Ministerio de Hacienda GCBA, de la cual se ha realizado la lectura

de los presupuestos de cada una de las áreas analizadas en el presente informe. Resolución Nº 227/GCABA/MEGC/09, creación del Programa Retorno de

Prevención de Adicciones y Violencia Social.

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4. A modo de cierre A continuación aportaremos algunas conclusiones y consideraciones a modo de cierre e incluiremos propuestas de recomendaciones para las políticas públicas orientadas a dar respuesta a la problemática que nos convoca.

a) Conclusiones

En el presente trabajo hemos vistos cómo, a través de los programas mencionados, el Gobierno de la Ciudad despliega diversos dispositivos, fundamentalmente a través del Ministerio de Desarrollo Social y del Ministerio de Salud, para dar respuesta a la problemática del consumo de sustancias psicoactivas. En este sentido, hemos revisado de qué modo dichas áreas realizan un abordaje de manera compleja y multicausal, desde un enfoque pluralista, desarrollando acciones de prevención, capacitación y sensibilización, atención en la urgencia, tratamiento (en sus diferentes modalidades: ambulatorio y de internación), terapias individuales o de grupo, reinserción social, observatorio. Por un lado, la DGPSA en su corto desarrollo,29 ha logrado ofrecer una estructura institucional, política y presupuestaria, que se encuentra en condiciones de dar respuesta a una problemática, que si bien no es nueva, ha entrado en agenda del Gobierno de la Ciudad en los últimos años. En este sentido, ha desplegado distintas áreas de intervención fortaleciendo la internación como forma de tratamiento, y focalizando la atención en la población más vulnerable de la CABA Por su parte, el Ministerio de Salud que históricamente ha venido ofreciendo respuestas sanitarias desde su estructura de servicios ha mantenido la atención, desarrollando áreas específicas de abordaje de la problemática que incluyen tratamientos ambulatorios y alternativas terapéuticas que proponen políticas de reducción de daños. En materia de derechos, se observa que desde ambos Ministerios se garantizan dispositivos específicos que permiten el acceso a la salud. En relación con la especificidad en la atención a niñas, niños y adolescentes, más allá de ciertas respuestas diferenciadas, una y otra estructura ministerial presentan una baja discriminación por franja etarea. En relación con la extensión territorial, también se verifica una falta de cobertura de estas políticas en la totalidad de las comunas de la CABA. En términos de calidad institucional, más allá del fortalecimiento de la DGPSA, las estructuras operativas de una y otra área, aún no resultan suficientes para cubrir a la totalidad de la población afectada por la problemática. Tanto en términos de recursos humanos como materiales, se verifica la necesidad de un importante incremento presupuestario para alcanzar la efectividad y mejorar la calidad de las políticas que se viene refiriendo. En relación con las garantías que la normativa de derechos establece para asegurar la excepcionalidad y transitoriedad de internación de niños, niñas y adolescentes, el crecimiento de la problemática y el consecuente desarrollo de los dispositivos que se han presentado, hacen que sea necesario revisar los circuitos y protocolos existentes. Por un lado, se requiere asegurar la existencia de alternativas reales y efectivas de atención y tratamiento ambulatorio, para que la internación constituya una excepción, y por el otro, establecer nuevos mecanismos de monitoreo, fiscalización y control de los efectores que prestan servicios de internación, con procedimientos formales y

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Recordemos que esta área inició sus acciones en el año 2007.

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específicos, y adecuando la normativa existente en materia de comunidades terapéuticas. 30 Finalmente, es necesario señalar, que tal como aquí se ha planteado, la implementación de los servicios y prestaciones actualmente desplegados en la Ciudad, remiten a lógicas ministeriales que no siempre logran integrarse en una política más general (acorde con el Plan Integral que la Ley 2318 prevé), que asegure el abordaje integral que la normativa de derechos establece.

b) Consideraciones finales Tal como se desarrolló a lo largo del presente informe y de acuerdo con la normativa vigente, la complejidad de esta problemática requiere que sea abordada desde una política integral con la participación de diversas áreas de gobierno (Desarrollo Social, Salud, Educación, Trabajo, Descentralización, Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, etc.), con una articulación real y sistemática entre los distintos ministerios. Por otra parte, dicho abordaje necesariamente debe partir de un enfoque pluralista, interdisciplinario e intersectorial que incluya el trabajo de redes comunitarias e institucionales y de los distintos actores involucrados en la temática. En cuanto a las modalidades de tratamiento, es necesario priorizar la atención en consultorios externos, centros de día, tratamientos con modalidad ambulatoria destinados a niñas, niños y adolescentes teniendo en cuenta su especificidad, así como también acciones para la reinserción socio educativa y laboral, el trabajo con sus familias y comunidades y de esta manera reservar para una última instancia, la internación. Por otro lado, resulta necesario orientar las políticas de la Ciudad hacia la prevención y promoción de la salud, brindando desde las distintas áreas, información y educación sobre los cuidados de la salud y promoviendo hábitos y conductas saludables así como también sobre aquellas cuestiones vinculadas al consumo de sustancias psicoactivas. Acompañando la diversidad en la oferta, es necesario también incluir políticas orientadas a la reducción de daños y riesgos. En este sentido, se propone la construcción de centros de día que funcionen de manera similar a la del “Centro de Día Carlos Gardel”, el cual actualmente atiende solamente a personas mayores de 18 años. De este, se destaca la modalidad de abordaje integral que incluye las distintas formas de tratamiento según la situación de cada individuo así como el trabajo familiar, comunitario y participativo para abordar la problemática. Finalmente, las distintas políticas y programas del GCABA que aborden la problemática, así como las instituciones que brindan tratamientos, deben garantizar la prioridad en el acceso y la especificidad en la atención a niños, niñas y adolescentes, adecuando tanto los equipos técnicos y profesionales, como la infraestructura, los recursos y la normativa vigente, para asegurar el cumplimiento efectivo de los principios establecidos en materia de protección integral de derechos.

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Es importante aclarar que a la fecha no existe ninguna normativa específica que regule específicamente el funcionamiento de las comunidades terapéuticas, conveniadas con la DGPSA.

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c) Recomendaciones

A continuación se proponen algunas recomendaciones de políticas públicas. Ampliación de la cobertura de los dispositivos y programas del Ministerio de Salud

y del Ministerio de Desarrollo Social a la totalidad de las comunas de la CABA, para fortalecer el abordaje territorial y comunitario de la problemática. Dicho abordaje debería realizarse considerando las particularidades de cada territorio, y a partir de la articulación entre los efectores del GCABA y con los actores locales. En este sentido, además de las cuestiones que refieren a la extensión geográfica, la desconcentración de los distintos dispositivos en cada comuna facilitaría el acceso de las niñas, niños y adolescentes a las políticas que dan respuesta a la problemática del consumo de sustancias psicoactivas, la prevención y atención.

Fortalecimiento y ampliación de los dispositivos de atención ambulatoria de niños,

niñas y adolescentes comprometidos por la problemática del consumo, con dependencia del Ministerio de Salud del GCABA: centros de día, hospitales de día o cualquier otro efector que se cree a tal fin.

Aumento de las unidades para la desintoxicación en los hospitales (Fernández,

Piñero, Penna, Gutiérrez, Elizalde, etc.) que contemplen áreas específicas para las niñas, niños y adolescentes.

Involucramiento del Ministerio de Salud en la firma de convenios con ONG que

brinden tratamientos terapéuticos (internaciones o ambulatorios); en la supervisión de esos tratamientos y en la auditoría a esas instituciones (ONG, comunidades terapéuticas, etc.).

Implementación de un circuito unificado, que incluya protocolos de intervención de

los distintos dispositivos de atención del Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes que abordan la problemática del consumo de sustancias psicoactivas que garanticen la adecuación de las intervenciones de efectores de las áreas de gobierno a la normativa de derechos vigente.