informe investigación especial 35-14 gobierno regional del maule - diciembre 2014

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DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA TRABAJO, AGRICULTURA Y DESARROLLO SOCIAL INFORME ESTIGACION ESPECIAL Gobierno Regional del Maule Numero de Informe INVE: 35/2014 31 de diciembre de 2014 www.contraloria.c1

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El trabajo efectuado tuvo por finalidad investigar la denuncia del recurrente, quien señala que en abril de 2011 el Consejo Regional del Maule aprob6 un proyecto para que la JNCB procediera a la adquisición de 11 carros bomba, para lo cual el Gobierno Regional respectivo transfirió a esa junta la suma de $ 1.000.000,000, provenientes del FNDR.

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  • DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA TRABAJO, AGRICULTURA Y DESARROLLO SOCIAL

    INFORME ESTIGACION ESPECIAL

    Gobierno Regional del Maule

    Numero de Informe INVE: 35/2014 31 de diciembre de 2014

    www.contraloria.c1

  • CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA

    AREA TRABAJO, AGRICULTURA Y DESARROLLO SOCIAL

    REF.: N 248.544/2014 DAA N 5.320/2014

    REMITE INFORME DE INVESTIGACION ESPECIAL QUE INDICA.

    SANTIAGO, 31 DiC14*102101

    Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe de Investigacion Especial N 35, de 2014, debidamente aprobado, que contiene los resultados de la investigaciOn efectuada en el Gobierno Regional del Maule y en Is Subsecretaria del Interior.

    Saluda atentamente a Ud.,

    ' RAMIRO MENDQZ9ZAIGA CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA

    AL SENOR RODRIGO PENAILILLO BRICENO MINISTRO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA PRESENTE

    RTE ANTECED

  • Saluda atentapaeAte a Ud., 4.

    POR ARM DE =Rag met PRISC1LA ARA FUENTa ABOOADO

    Jefe Divisf6n de Atatria Adtrkkiraiiip

    CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA

    AREA TRABAJO, AGRICULTURA Y DESARROLLO SOCIAL

    REF.: N 248.544/2014 DAA N 5.322/2014

    REMITE INFORME DE INVESTIGACION ESPECIAL QUE INDICA.

    49---VP-Ct c05-9 1"

    SANTIAGO, 31.01C14*102102

    Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe de Investigacion Especial N 35, de 2014, debidamente aprobado, que contiene los resultados de la investigacion efectuada en el Gobierno Regional del Maule y en la Subsecretaria del Interior.

    Sobre el particular, corresponde que esa autoridad adopte as medidas pertinentes, e implemente las acciones que en cada caso se serialan, tendientes a subsanar las situaciones observadas. Aspectos que se verificaran en una proxima visita que practique en esa entidad este Organismo de Control.

    AL SENOR SUBSECRETARIO DEL INTERIOR PRESENTE

    RTE ANTECED

  • Saluda at amen e a Ud.,

    CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA

    AREA TRABAJO, AGRICULTURA Y DESARROLLO SOCIAL

    REF.: N 248.544/2014 DAA N 5.324/2014

    REMITE INFORME DE INVESTIGACION ESPECIAL QUE INDICA.

    I icy

    SANTIAGO, 31.01C14 11 10210 3

    Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe de Investigacion Especial N 35, de 2014, debidamente aprobado, que contiene los resultados de la investigacion efectuada en el Gobierno Regional del Maule y en la Subsecretaria del Interior.

    Sobre el particular, corresponde que esa autoridad adopte las medidas pertinentes, e implemente las acciones que en cada caso se sefialan, tendientes a subsanar las situaciones observadas. Aspectos que se verificaran en una proxima visita que practique en esa entidad este Organismo de Control,

    , , tkitrA

    f..;"CILA JARA FUENTE ABOGADO c:e Auditala AdralistEtiv:

    AL SENOR INTENDENTE GOBIERNO REGIONAL DEL MAULE TALCA

    ANTECED ANTECED

  • CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA

    AREA TRABAJO, AGRICULTURA Y DESARROLLO SOCIAL

    REF.: N 248.544/2014 DAA N 5.321/2014

    REMITE INFORME DE INVESTIGACION ESPECIAL QUE INDICA.

    SANTIAGO, 3 1. PC 1 4'1 10210i

    Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe de Investigacion Especial N 35, de 2014, debidamente aprobado, que contiene los resultados de la investigacion efectuada en el Gobierno Regional del Maule y en la Subsecretaria del Interior.

    Saluda atenta to a Ud.,

    Oka PUMA jARA FUENTE:

    ABOGADO Jefe Division de Auditoria Adrnin?:'.-.-,1,-;.".

    AL SENOR AUDITOR MINISTERIAL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD POBLICA PRESENTE

    RTE ANTECED

  • CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA

    AREA TRABAJO, AGRICULTURA Y DESARROLLO SOCIAL

    REF.: N 248.544/2014 DAA N 5.323/2014

    REMITE INFORME DE INVESTIGACION ESPECIAL QUE INDICA.

    SANTIAGO, 3 1. BIC 1 4 *1 0 210 5

    Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe'de Investigacion Especial N 35, de 2014, debidamente aprobado, que contiene los resultados de la investigacion efectuada en el Gobierno Regional del Maule y en la Subsecretaria del Interior.

    Saluda atentamente a Ud.,

    ORaEri col'aekLOR tiNERv

    PRISCILA ARA PUENTE:: ABOGADO

    Jefe DivisiOn tia Audilorte Adroinialtzt,M

    AL SENOR AUDITOR INTERNO SUBSECRETARIA DEL INTERIOR PRESENTE

    RTE ANTECED

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    AREA TRABAJO, AGRICULTURA Y DESARROLLO SOCIAL

    REF.: N 248.544/2014 DAA N 5.325/2014

    REMITE INFORME DE INVESTIGACION ESPECIAL QUE INDICA.

    SANTIAGO, 3 1.DEC 14*102106

    Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe de Investigacion Especial N 35, de 2014, debidamente aprobado, que contiene los resultados de la investigacion efectuada en el Gobierno Regional del Maule y en la Subsecretaria del Interior.

    Saluda atenta ente a Ud.,

    OriitN, VittriNat

    PRISCEA JARA FUENTEE ABOGADO

    Jefe DivisiO. de Audbria Administatill

    AL SENOR VICTOR FRITIS IGLESIAS CONTRALOR REGIONAL DEL MAULE TALCA

    10e.e,d73 opy, 8 - -

    r--- RTE ANTECED ContralorRegional (S)

    CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA REGION DEL MAULE

  • I

    CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA

    AREA TRABAJO. AGRICULTURA Y DESARROLLO SOCIAL

    REF N 248.544/2014 DAA N 5.328/2014

    REMITE INFORME DE INVESTIGACION ESPECIAL QUE INDICA.

    SANTIAGO, 3 1.DIC 14*i 0 2 1 0 7

    Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe de Investigacion Especial N 35, de 2014, debidamente aprobado, que contiene los resultados de la investigacion efectuada en el Gobierno Regional del Maule y en la Subsecretaria del Interior.

    0 7 ENE 2r,

    Saluda atentamen ,a Ud..

    /

    ...,11,"Rt:;:iN DE. PRISCILA JARA FUENTE:

    ABOGADO fete Eivisidn de Auditoria AdmirA;,..F:....

    REaSIDO EN LINIDAD DE SEGUIMIENTO

    A LA SENORA JEFA DE LA UNIDAD DE SEGUIMIENTO F.

    CA - A FISCALIA L'PL ,SticA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

    PRESENTE

    RTE ANTECED

  • CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA

    AREA TRABAJO, AGRICULTURA Y DESARROLLO SOCIAL

    REF.: N 248.544/2014 DAA N 5.326/2014

    REMITE INFORME DE INVESTIGACION ESPECIAL QUE INDICA.

    SANTIAGO, 3 1,BIC14*102108

    Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe de Investigacion Especial N 35, de 2014, debidamente aprobado, que contiene los resultados de la investigacion efectuada en el Gobierno Regional del Maule y en la Subsecretaria del Interior.

    Saluda atentamente a Ud.,

    SERGIO JIMENEZ MERINO Jefe Unidad Monica de Control Extern

    DivisiOn de Auditoria Administrative

    8 EiVil 2015

    JARA FUENTEi ABOGADO

    71,+5it':n de Auditoria Administrative

    AL SENOR JEFE DE LA UNIDAD TECNICA DE CONTROL EXTERNO DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA PRESENTE

    RTE ANTECED

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    REF.: N 248.544/2014 DAA N 5.327/2014

    REMITE INFORME DE INVESTIGACION ESPECIAL QUE INDICA.

    SANTIAGO, 3 1.131C 1 4*102109

    Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe de Investigacion Especial N 35, de 2014, debidamente aprobado, que contiene los resultados de la investigaciOn efectuada en el Gobierno Regional del Maule y en la Subsecretaria del Interior.

    Saluda atenta rite a Ud.,

    Sets Sxibcogailtb

    tfoldad de SecOrt*Of

    8 ENE, 2015

    PRiSC1UA jARA FUENTE.: ABOGADO

    Jefe mvisiOn de Auditoria AftnistrativE

    A LA SENORA JEFA DE LA UNIDAD DE SEGUIMIENTO DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA PRESENTE

    RTE ANTECED

  • UCE N 5

    CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA

    AREA TRABAJO, AGRICULTURA Y DESARROLLO SOCIAL

    INFORME DE INVESTIGACION ESPECIAL N 35, DE 2014, SOBRE EVENTUALES IRREGULARIDADES EN LA INVERSION DE LOS RECURSOS TRANSFERIDOS POR EL GOBIERNO REGIONAL DEL MAULE A LA JUNTA NACIONAL DE CUERPOS DE BOMBEROS.

    SANTIAGO, 3 1 DIC. 2014

    Se ha dirigido a esta Contraloria General una persona que, solicitando reserva de su identidad, denuncia determinadas irregularidades en que habria incurrido la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos, en adelante e indistintamente JNCB, en Ia administracian y ejecucion de los caudales pUblicos que le fueron transferidos por el Gobierno Regional del Maule, al que tambien se aludira como GORE del Maule, con cargo a los caudales del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, en adelante FNDR, lo que dio origen a una investigacion especial, cuyos resultados constan en el presente documento.

    ANTECEDENTES

    El trabajo efectuado tuvo por finalidad investigar la denuncia del recurrente, quien senala que en abril de 2011 el Consejo Regional del Maule aprob6 un proyecto para que la JNCB procediera a Ia adquisicion de 11 carros bomba, para lo cual el Gobierno Regional respectivo transfirio a esa junta la suma de $ 1.000.000,000, provenientes del FNDR.

    Indica que, con cargo a los citados caudales, la JNCB compro directamente 7 carros de emergencia a la sociedad "ETS Normandie", recurriendo para ello al convenio marco para el suministro de carros bomba C1 CAMIVA, en circunstancias que dicho pacto se referia al suministro de carros bomba y no de vehiculos especiales, indicando que los vehiculos adquiridos no habrian cumplido con las exigencies tecnicas de las bases.

    Asimismo, consigna que, para adquirir los aludidos carros de emergencia, Ia JNCB debio haber recurrido a los convenios marco

    (1n,. que habia celebrado con las empresas "Ferexpo" e "Iturri S.A.", cuyo objeto era, szi (tr

    .4.) 47.)

    (29 AL SENOR RAMIRO MENDOZA ZONIGA CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA PRESENTE

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    precisamente, el suministro exclusivo de los citados vehiculos especiales, acuerdo que regia desde 2009 y hasta marzo de 2012.

    En tal contexto, expone que la JNCB habria favorecido al anotado proveedor "ETS Normandie", representante en Chile de las marcas Camiva e Iveco Magirus, adjudicandole licitaciones y compras directas de manera ininterrumpida desde 1969.

    Finalmente, hace presente que los citados vehiculos de rescate fueron pagados y entregados a los cuerpos de bomberos respectivos.

    METODOLOGIA

    El trabajo se efectuo de conformidad con las disposiciones contenidas en los articulos 131 y 132 de Ia ley N 10.336, de Organizacion y Atribuciones de Ia Contraloria General, e incluya la solicitud de datos, informes, documentos y otros antecedentes que se estima necesarios.

    El equipo que ejecuto el trabajo fue integrado por los senores Luis Valenzuela Riquelme y Wilson Gallardo Navarro.

    MARCO NORMATIVO

    Entre las normas que se relacionan con el asunto estudiado en este informe, corresponde citar las siguientes:

    a) Ley N 19.175, Organica Constitucional sobre Gobierno y Administracion Regional.

    b) Ley N 20.481, de Presupuestos del Sector Public del ano 2011. c) Decreto ley N 1.263, de 1975, Organico de Administracion Financiera del Estado. d) Resolucion N 759, de 2003, de esta Contraloria General, que Fija Normas de Procedimiento sobre RendiciOn de Cuentas. e) Resolucion N 180, de 2011, del Gobierno Regional del Maule.

    f) Resolucion N 241, de 2011, de esa entidad publica que aprobo el convenio de transferencia de recursos delebrado entre ese organismo public y Ia JNCB para Ia ejecuciOn del proyecto de adquisiciOn de 11 carros bomba para esa regi6n.

    ANALISIS

    1. Aspectos generales.

    Sobre Ia materia, es necesario senalar que de conformidad con la letra b) del articulo 16 de la citada ley N 19.175, son funciones generales del Gobierno Regional, entre otras, resolver Ia inversion de los recursos que a la region correspondan en Ia distribucion del FNDR, y de aquellos que procedan de

    . acuerdo al articulo 74 de esa ley, en conformidad con la normativa aplicable.

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    Enseguida, conviene indicar que el N 5 de la glosa 02, comun para los recursos consignados en los programas de inversion de los gobiernos regionales -que comprenden los del FNDR- de la mencionada Ley de Presupuestos del Sector Public arlo 2011, N 20.481, prescribio que con cargo a los recursos incluidos en el subtitulo 33, transferencias de capital, se podran financiar, entre otras, las transferencias previstas en su numeral 5.2, esto es, a instituciones cuyos presupuestos se aprueben en esa ley y a Ia JNCB, para la adquisicion de activos no financieros.

    Por su parte, el articulo 17 de la ley N 18.959 -aplicable antes de la entrada en vigor de la Ley Marco de los Bomberos de Chile, N 20.564, publicada en el Diario Oficial el 3 de febrero de 2012- establecia que la JNCB y los cuerpos de bomberos son servicios de utilidad pUblica que se rigen por las disposiciones sobre las personas juridicas a que se refiere el Titulo XXXIII del Libro I del Codigo Civil en lo que fuere compatible con sus fines, naturaleza y organizacion, de modo que, tal como fuera precisado en el dictamen N 34.594, de 2012, de esta Contraloria General su naturaleza juridica corresponde al de una persona juridica de derecho privado, sin fines de lucro.

    2. Alcance de la fiscalizacion.

    Acerca de Ia competencia de este Organismo de Control para conocer de los procedimientos concursales efectuados por la JNCB, es necesario serialar que el dictamen N 78.540, de 2013, de este origen, preciso, en sintesis, que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 98 de la Constitucion Politica de la Republica, "el control que ejerce este Organismo Contralor, por regla general, ha de desemperiarse sobre arganos que integran la Administracion del Estado, caracter que no reviste Ia Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, por cuanto constituye una entidad de derecho privado".

    Made ese pronunciamiento que excepcionalmente, esta facultada para fiscalizar lo obrado por instituciones privadas, como acontece en el supuesto que contempla el articulo 25 de Ia aludida ley N 10.336, el cual ordena que esta Entidad de Control "fiscalizara la correcta inversion de los fondos publicos que cualesquiera persona o instituciones de caracter privado perciban por (eyes permanentes a titulo de subvencion o aporte del Estado para una finalidad especifica y determinada. Esta fiscalizacion tendra solamente por objeto establecer si se ha dado cumplimiento a dicha finalidad".

    En consecuencia, no corresponde a este Ente de Control pronunciarse sobre las adquisiciones que realice un ente privado como Ia JNCB en las adquisiciones de la especie, las que por lo dernas- han obtenido su financiamiento de una ley que no tiene caracter permanente, como lo es la respectiva Ley de Presupuestos.

    En razon de lo expuesto, Ia fiscalizacion se oriento a examinar la correcta ejecucion de los convenios de transferencia de recursos suscritos entre el GORE del Maule y la JNCB, aprobados mediante las resoluciones Nos 241, y 180, ambas de 2011, del citado Gobierno Regional, incluyendo la revision del cumplimiento de la resolucion N 759, de 2003, de este origen, que Fija Normas de

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    AREA TRABAJO, AGRICULTURA Y DESARROLLO SOCIAL

    Procedimientos sobre Rendicion de Cuentas, respecto de los montos transferidos mediante los aludidos acuerdos. Todo ello en relacion con la participacion del citado ente pUblico, que esta sujeto a Ia plenitud de las facultades de esta Contraloria General.

    3. Resolucion N 241, de 2011, del Gobierno Regional del Maule.

    Mediante Ia citada resolucion, el GORE del Maule aprob6 el convenio de transferencia suscrito con la JNCB para la ejecucion del proyecto "Adquisicion de Carros Bomba para Ia Regi6n del Maule", destinado a la compra de 11 vehiculos para los cuerpos de bomberos de esa zona, y en cuya virtud, el primero contribuiria con $ 1.000.000.000 a tal iniciativa, y la entidad privada con $ 618.458.000.

    La clausula segunda de ese acuerdo de voluntades preve que la transferencia tiene por objeto "la adquisicion de 11 carros de bomberos especificados en el numeral 5 de este convenio", el cual corresponde a los considerandos de ese acto administrativo y que contiene, a su vez, una tabla que detalla los respectivos suministros, esto es, 4 carros forestales, 6 bombas de ataque rapido y 1 bomba urbano estandar.

    A su vez, la clausula tercera de ese pacto establece que Ia institucion receptora, "en su calidad de entidad experta en la adquisicion de material bomberil, se obliga a realizar todos los actos y celebrar los contratos que sean pertinentes para la adquisiciOn de los carros especificos", actuando "de acuerdo a su propia normativa y procedimientos".

    Ademas, en el parrafo cuarto de dicha estipulacion, Ia JNCB se compromete a cursar las correspondientes ordenes de compra con cargo al contrato marco que mantiene vigente con la empresa Iveco Magirus Camiva.

    Al respecto, se verifico que la JNCB dio cuenta periodica de la ejecucion del convenio y que su rendiciOn final ingres6 al GORE del Maule el 24 de julio de 2013; asi como que los bienes adquiridos fueron recibidos conforme por las 11 companias de bomberos que, de acuerdo al mencionado convenio, eran beneficiarias de esos vehiculos, como se detalla en anexo N 1. Las rendiciones de cuentas referidas a la resolucion N 241 ya citada, se encuentran aprobadas.

    4. Resolucion N 180, de 2011, del Gobierno Regional del Maule.

    A traves del mencionado acto administrativo, el GORE del Maule aprob6 el convenio de transferencia suscrito con la JNCB para la ejecucion del proyecto para la adquisicion de un carro Hazmat, para materiales peligrosos, destinado a la 2a Compania de Bomberos de Talca. li

    La clausula primera de ese acuerdo establece que el GORE del Maule se obliga a transferir Ia suma de $ 249.548.000, precisando el parrafo final de su clausula segunda que aquel organismo public asumira cualquier

    4

  • CONTRALORiA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA

    AREA TRABAJO, AGRICULTURA Y DESARROLLO SOCIAL

    diferencia "que pudiere resultar entre el monto considerado en el proyecto y el costo final internado del referido vehiculo".

    A su vez, los incisos primero y segundo de la citada clausula segunda establecen que dicha entidad privada, en su calidad de experta, se obliga a "realizar todos los actos y celebrar los contratos que sean pertinentes para Ia adquisicion del carro de bomberos especialidad HAZMAT", actuando, tambien en este caso, "de acuerdo a su propia normativa y procedimientos".

    La JNCB entrego el vehiculo adquirido al cuerpo de bomberos al cual estaba destinado, de conformidad con el convenio de transferencia, tal como consta en el acta de entrega de 7 de junio de 2013.

    Por ultimo, se constat6 que la rendiciOn final de cuentas de la instituci6n receptora fue efectuada el 11 de noviembre de 2013, informando un saldo a favor del GORE del Maule por $ 3.940.910, monto que fue restituido a ese organismo public el 8 de noviembre de 2013, mediante dep6sito bancario. Las correspondientes rendiciones de cuentas referidas a la anotada resolucion N 180 se encuentran aprobadas.

    Cabe precisar que mediante los oficios NOS 91.726 y 91.713, ambos de 26 de noviembre de 2014, de este origen, fue puesto en conocimiento del Gobierno Regional del Maule y de la Subsecretaria del Interior, respectivamente, con caracter reservado, el preinforme de observaciones de Ia presente investigacion especial, con la finalidad de que formularan los alcances y precisiones que a su juicio procedieran, sin que la aludida Subsecretaria de Estado diera respuesta dentro del termino conferido al efecto, de modo que, a su respecto, las observaciones contenidas en el citado documento han adquirido caracter definitivo (aplica criterio contenido en dictamen N 58.415, de 2013, de este origen).

    Por su parte, mediante el oficio ordinario N 2.643, de 10 de diciembre de 2014, el Intendente Regional del Maule dio respuesta al citado preinforme, cuyos terminos han sido considerados en el presente informe.

    5. Resultado de la indagatoria.

    Ahora bien, de las indagaciones realizadas se determine lo siguiente:

    5.1 Omision de participaciOn en Ia comision administrativa y tecnica para el proceso de evaluaciOn aprobado mediante la resoluciOn N 180, de 2011, del GORE del Maule.

    El parrafo tercero de Ia clausula segunda del convenio aprobado por la referida resolucion preve que durante el respectivo concurso y hasta la adjudicaci6n, un funcionario del GORE del Maule, designado por

    1.)

    este, participara "como integrante de la Comision Administrativa y Tecnica del proceso de licitacion y hasta la evaluacion de las ofertas, suscribiendo las actas respectivas en conjunto con los miembros e Bomberos de Chile", anadiendo que, una vez concluida

    \ la etapa de calificacion, "Bomberos de Chile propondra Ia adjudicacion o el rechazo de c),

    5

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    AREA TRABAJO, AGRICULTURA Y DESARROLLO SOCIAL

    las ofertas al senor Intendente Regional quien debera comunicar su aceptacion o rechazo".

    Al respecto, se comprob6 que mediante la resolucion exenta N 2.590, de 10 de agosto de 2011, el Jefe de la Division de Analisis y Control de Gestion del referido organismo public() nomin6 al senor Mauricio Carrasco Farias para los efectos recien anotados, sin embargo, la comisiOn que califico administrativa y tecnicamente las ofertas estuvo integrada exclusivamente por personal de bomberos, incumpliendose, en este aspecto, la referida clausula segunda del convenio de traspaso de fondos en estudio, tal como aparece del acta de evaluacion de 26 de diciembre de 2011, emitida por ese comite de selecciOn.

    En su respuesta, el GORE del Maule indica que el mencionado funcionario participa en una reunion de trabajo celebrada entre las partes, de 14 de septiembre de 2011, cuyo objeto fue fijar los plazos para la adquisicion del carro Hazmat y ariade que el 23 de noviembre de ese ano concurri6 a Ia sesiOn del Comite Administrativo, destinada a la apertura y revision de los antecedentes de las ofertas presentadas a Ia licitacion, acompanando Ia lista de asistencia de la primera y las actos e informe emanados de la segunda, documentos de los cuales se desprende la presencia de aquel servidor en ambas ocasiones.

    Enseguida, expresa que el empleado de ese organismo pUblico no particip6 en Ia evaluacion de las propuestas por cuanto la clausula novena de las bases concursales respectivas dispone que tal calificacion se efectuaria por una Comision Tecnica designada al efecto, para cuya integracion ese servidor no fue nominado.

    Sobre Ia materia, es necesario precisar que del tenor del aludido parrafo tercero de Ia clausula segunda del acuerdo aprobado por la resolucion N 180, de 2011, antes transcrito, se concluye que la intervencion del funcionario de ese organismo public en la evaluaciOn de las ofertas y hasta su adjudicaci6n resultaba imperativa, de modo que Ia omision de su participaci6n en Ia comision calificadora y actos posteriores significo el incumplimiento de los terminos del convenio de transferencia.

    Lo anterior no se opone a lo previsto en el punto 2 de la citada clausula novena de las bases respectivas, puesto que la actuacion del anotado empleado en Ia calificacion de las propuestas se encontraba prevista en Ia regulacion ya enunciada, lo que debi6 tenerse en consideracion al efectuarse Ia designacion de los miembros de Ia apuntada Comision Tecnica.

    Por lo tanto y atendido que se trata de una situaci6n ya consumada, cuyo acaecimiento no puede ser objeto de regularizacion, corresponde mantener la observaciOn de este punto.

    5.2 El GORE del Maule no entregO el disefio comprometido para los convenios aprobados mediante las resoluciones NOS 180 y 241, ambas de 2011.

    Las clausulas quinta y sexta, respectivamente, de los convenios aprobados por los enunciados actos administrativos contemplan que

    6

  • CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA

    AREA TRABAJO, AGRICULTURA Y DESARROLLO SOCIAL

    el GORE del Maule enviara a Bomberos de Chile el disefio de su escudo institucional, para que se elaboren adhesivos que, puestos en los costados de los carros de bomberos, indicaran que han sido financiados con aportes de ese organismo public.

    En la visita inspectiva a los cuerpos de bomberos de Talca se constato que los carros no exhibian el adhesivo correspondiente, informandose a esta Entidad de Control que el mismo no habia sido entregado por la autoridad, lo que infringe lo pactado en las aludidas clausulas contractuales.

    Al responder acerca de esta objecion, el GORE del Maule manifiesta que mediante su oficio ordinario N 1.755, de 25 de agosto de 2014, dirigido al presidente de la JNCB, requiriO la colocacion de los logos y leyendas ya aludidas en los carros adquiridos y que el 10 de diciembre del mismo an, esa entidad informo haberlos instalado, adjuntando fotografias que lo acreditan.

    En consecuencia y atendida la regularizacion de la situaciOn referida, se subsana lo observado en este apartado.

    5.3 Rendicion sin documentacion autentificada respecto de los convenios aprobados por las resoluciones NOS 180 y 241, ambas de 2011.

    El Gobierno Regional del Maule aprobo las rendiciones de cuentas enviadas por Ia JNCB, en el marco de la ejecucion de ambos proyectos, pese a que las facturas que respaldaban los gastos eran fotocopias, contraviniendose con ello lo dispuesto el numeral 3.1, letra b), de la citada resoluciOn N 759, de 2003, y el articulo N 55 del decreto ley 1.263, de 1975. Por lo tanto, se mantiene lo observado.

    5.4 Documentaci6n original de las rendiciones de cuentas no disponible en la unidad operativa correspondiente.

    Esta Entidad de Control reviso la documentacion original directamente en la JNCB, toda vez que esta se encontraba en esas dependencias y no en el Gobierno Regional del Maule, lo que no guarda armonia con lo dispuesto en la citada resolucian N 759, de 2003, de esta Entidad Fiscalizadora, en el numeral 3, Rendicion de Cuentas, que dispone que esta debera permanecer en la sede de la unidad operativa correspondiente, a disposiciOn de esta Contraloria General para su ulterior examen y juzgamiento.

    Acerca de lo observado en los puntos 5.3 y 5.4 de este capitulo, el GORE del Maule expresa que las facturas emitidas por los proveedores internacionales no estan sujetas a las mismas normas que las emitidas en Chile, sino que se trata de documentos electronicos que pueden ser impresos cuantas veces sea necesario, sin que sea posible identificar el original, afiadiendo que desconocia que los antecedentes acompanados por la JNCB a su rendicion de cuentas no eran los originales.

    Al respecto, debe hacerse presente que, conforme el numeral 3.2.2 de Ia resolucion N 759, de 2003, sobre documentacion autentica de cuentas en soporte electronic, sefiala en su inciso primero, que los

    7

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    AREA TRABAJO, AGRICULTURA Y DESARROLLO SOCIAL

    servicios publicos que esten obligados a rendir cuenta a esta Contraloria General, "podran hacerlo, previa autorizacion de este Organismo, con documentacion electronica en formato digital, en cuyo caso deberan asegurar el acceso a sistemas automatizados de tratamiento de informacion", sin que en la especie conste que se haya requerido y obtenido Ia precitada autorizacion.

    Adernas, el inciso final de la misma disposici6n preve que "Cuando se trate de representaciones impresas de documentos electronicos, estas deberan contener un mecanismo que permits verificar su integridad y autenticidad", elemento o dispositivo que no consta haber sido incorporado al documento a que aluden las observaciones ya enunciadas.

    Por consiguiente, se mantiene la observacion.

    5.5 Ausencia de inutilizacion de respaldos.

    Se constato que el GORE del Maule no inutilizo los documentos presentados por el ejecutor, lo que evidencia deficiencias en la supervision que dicho organismo debe ejercer, toda vez que esta situacion representa el riesgo de una doble presentacion del gasto en distintas rendiciones de cuentas, lo que transgrede el principio de control contemplado en el articulo 3 de la ley N 18.575, Organica Constitucional de Bases Generales de la Administracion del Estado, y por otra parte, no se cine a lo consignado en el numeral 39 de la resolucion exenta N 1.485, de 1996, de este Organismo Fiscalizador, sobre Normas de Control Interne.

    En su respuesta, el servicio expresa que ha encomendado a una funcionaria del Departamento de Finanzas recabar las facturas que se encuentran en poder de la JNCB e incorporarlas al expediente de rendici6n de cuentas, anadiendo que inutilizara todos los documentos que se encuentran en su poder con un timbre diseriado al efecto.

    No obstante, tratandose de medidas cuyo cumplimiento no ha sido acreditado, se mantiene lo observado.

    5.6 Facturas presentadas a dos entidades publicas.

    Como se dijera, el Gobierno Regional del Maule aprob6 las rendiciones de cuenta enviadas por la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos, en el marco de la ejecuci6n de los proyectos antes citados.

    Al respecto, se determine que la JNCB, de forma paralela y utilizando los mismos documentos rendidos al Gobierno Regional del Maule, rindio cuentas ademas a la Subsecretaria del Interior, por los fondos que le son transferidos anualmente a traves de la Ley de Presupuestos desde el ario 2012, lo que resulto improcedente, ya que dichos documentos decian relacion con el aporte entregado por el Gobierno Regional senalado.

    En efecto, la doble rendici6n alcanza a la suma de $ 840.421.448, compuesta por $ 351.068.143 rendidos y aprobados por Ia I Subsecretaria del Interior; y $ 489.353.305 rendidos y pendientes de aprobacion por la

    8 ,

  • c,,t,ERAL CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

    DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA 2641. , 927

    AREA TRABAJO, AGRICULTURA Y DESARROLLO SOCIAL CHILE

    misma, segun se indica en el anexo N 2. Ello evidencia Ia efectividad del riesgo planteado en el numeral 5.5, con el consiguiente perjuicio al erario pOblico.

    Ademas, del examen practicado se evidenci6 que la JNCB rindi6 a la Subsecretaria del Interior Ia suma de $ 6.170.698.249, contabilizando mediante ID N 299.612, de 2013 un gasto por $ 4.271.243.000, lo que implico un monto rendido en exceso, por $ 1.602.950.113, sin que Ia subsecretaria haya formulado a la JNCB alguna objecion.

    Resumen de la rendicion presentada por la JNCB a Ia Subsecretaria del Interior.

    Monto $

    Total rendido 6.170.698.249 Monto rendido y aprobado 4.271.243.000 Recursos por subsanar para aprobar 296.505.136 Saldo 1.602.950.113 Fuente: Detalle de la rendici6n de cuentas

    Las situaciones precedentemente descritas evidencian, asimismo, una falta de coordinacian entre el GORE de la Region del Maule y otras entidades que transfieren fondos a la JNCB, debido a que no existe un ordenamiento que permita determinar con exactitud la regularidad de la inversion de los caudales otorgados por cads uno.

    Lo antes expuesto afecta el principio de coordinaci6n a que deben propender los organismos publicos que transfieren fondos a la JNCB, de conformidad con lo establecido en el articulo 3 de la mencionada ley N 18.575.

    Respondiendo sobre lo objetado, el GORE del Maule expone que, atendidas las caracteristicas de las facturas internacionales -que mencion6 a proposito de las situaciones expresadas en los numerates 5.3 y 5.4-, no tendria medios para evitar que la entidad beneficiaria proceda del modo descrito, dependiendo ello de la probidad de las actuaciones de sus empleados y directivos.

    Asimismo, manifiesta que de no encontrar la documentacian original de que se trata, efectuara Ia denuncia al Consejo de Defensa del Estado.

    No obstante, corresponde mantener Ia observacion formulada, por cuanto el servicio no expone las providencias de control y coordinacion que implementara a fin de verificar que Ia rendicion de cuentas sea efectuada de acuerdo con la normativa vigente, evitando las duplicaciones antes descritas.

    CONCLUSIONES

    Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, el Gobierno Regional del Maule ha aportado antecedentes y ha iniciado acciones que han permitido salvar parte de las situaciones

    9

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    planteadas, debiendo hacerse presente que la Subsecretaria del Interior no ha respondido las objeciones que le conciernen, las que se mantienen integramente.

    En efecto, la observacion contemplada en el capitulo 5, resultado de la indagatoria, numeral 5.2, relativa a que el GORE del Maule no entrego el diseno de su escudo institucional comprometido en los convenios aprobados mediante las resoluciones NOS 180 y 241, ambas de 2011, se da por subsanada, atendidos los antecedentes aportados.

    En cuanto se refiere a las objeciones que se mantienen, las entidades involucradas deberan adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, de acuerdo al siguiente detalle.

    1. En relacion con Ia observacion contenida en el capitulo 5, resultado de la indagatoria, numeral 5.1, omision de participaciOn en la cornision administrativa y tecnica para el proceso de evaluacion aprobado mediante Ia resoluciOn N 180, de 2011, del GORE del Maule, este debera disponer las providencias necesarias para que no se repitan omisiones como Ia anotada, lo que sera materia de proximas auditorias.

    2. Acerca de lo observado en los numerales 5.3 y 5.4, rendicion sin documentacion autentificada respecto de los convenios aprobados por las resoluciones NOS 180 y 241, ambas de 2011, y documentacion original de las rendiciones de cuentas no disponible en la unidad operativa, el GORE del Maule debera, en lo sucesivo, ajustarse a los precisos terminos de la resoluciOn N 759, de 2003, ya mencionada, con el objeto de asegurar que la revision de las rendiciones que recibe se practique respecto de documentacion autentica, conforme lo que dicho instrumento considera como tal, segun se trata de soporte papel o electronic, lo cual sera comprobado en futuras auditorias.

    3. Sobre lo impugnado en el numeral 5.5, ausencia de inutilizacion de respaldos, el referido Gobierno Regional debera, en lo sucesivo, inutilizar los antecedentes que sustenten las rendiciones que se le presenten, lo cual sera igualmente examinado en una prOxima fiscalizacion a la entidad.

    4. En lo tocante al numeral 5.6, facturas presentadas a dos entidades pbblicas, el Gobierno Regional del Maule debera establecer las coordinaciones necesarias con otras reparticiones que entregan recursos a Ia JNCB, especialmente la Subsecretaria del Interior, con el objeto de evitar el riesgo de eventuales duplicaciones en las rendiciones, arbitrando un procedimiento que permits ejercer un control de los caudales pUblicos involucrados. Ambas instituciones publicas deberan informar a esta Contraloria General acerca de los grados de avance de las medidas que implementen con la finalidad indicada en el plazo de 60 dias habiles contados desde la recepcion del presente informe.

    A su turno, corresponde que la Subsecretaria del Interior rechace de Ia rendicion mencionada el monto solventado con los recursos del GORE que aim no ha sido aprobados y solicite el reintegro de los recursos

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  • Saluda atent ente

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    rendidos erroneamente por parte de la JNCB, por un monto de $ 351.068.143, lo que debera acreditar en el plazo de 60 dias habiles, vencido el cual, si ello no ocurriere, se arbitraran las medidas pertinentes para hacer efectivas las responsabilidades civiles comprometidas.

    Asimismo Ia Subsecretaria del Interior debera instruir a su Unidad de Auditoria Interna para que efectue un examen de las rendiciones de cuentas presentadas por la JNCB en el aria 2014, precisando si existen otros casos de similares caracteristicas, comunicando a esta Entidad de Control acerca de sus conclusiones y o avances en el termino 60 dias habiles contados desde la recepci6n del presente informe.

    Por ultimo, dicha subsecretaria debera instruir un sumario administrativo, con el objeto de determinar las eventuales responsabilidades administrativas involucradas en Ia circunstancia anotada en el punto 5.6, en cuanto a Ia inadvertencia respecto de las sumas rendidas en exceso por Ia JNCB, remitiendo a esta Contraloria General copia de la resolucion que ordene dicho procedimiento y designe al fiscal, en el plazo de 15 dias habiles contados desde Ia recepcion del presente documento.

    Transcribase al Ministro del Interior y Seguridad POblica y al Auditor Ministerial de la misma cartera, al Subsecretario del Interior y al auditor interno; al Intendente de la Regi6n del Maule; a la Contraloria Regional del Maule, a las unidades Tecnica de Control Externo y de Seguimiento, ambas de la Division de Auditoria Administrativa, y a la Unidad de Seguimiento de Fiscalia, todas de este Organismo de Control.

    PR Ott bEt tbrttAt.tit k'NEPA PRISCLA JARA

    . A 43 CA0 Jefe DivIsirm de AuditoriaAdrninistratiik

    11

  • ESPECIFICAMENTE CONSTRUIDO PARA

    2 CO,MPA&IA DE BOMBEROS

    DE TALC,A,

    2. 2a Compania Talca

    r ';

    ania Cau uenes MAGIRUS Carr011ta

    5. 3a Compania Villa Alegre 6. 3a Compania Villa Alegre

    rtiloibt ts5stin4

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    ANEXO N1

    Cuerpos de Bomberos de la Regi6n del Maule visitados el 19-08-2014

    12

  • 13

    16. Cuartel de Romeral 15. Cuartel de Romeral

    14. Cuartel de Curio() 13. Cuartel de Curic6

    9. Cuartel de Yerbas Buenas 10. Cuartel de Yerbas Buenas

    11. Cuartel de San Clemente 12. Cuartel de San Clemente

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  • 20. Cuartel de Curepto . Cuartel de Curepto

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    7. Cuartel de Hualane 18. Cuartel de Hualane

    14

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    ANEXO N 2

    JUNTA NACIONAL DE CUERPOS DE BOMBEROS GOBIERNO REGIONAL SUBSECRETARIA DEL INTERIOR Y SEGURIDAD POBLICA

    ORDEN DE IMPORTACION

    N

    FECHA DE LA

    ORDEN INVOICE

    N INVOICE FECHA

    MONTO $

    COMPROBAN TE ID N

    FECHA CONTABILIZA

    LION VALOR

    ($) MONTO

    RENDIDO $

    FORMA RENDICION

    FECHA RENDICION

    ESTADO RENDICION

    COMPROBANTE ID N

    FECHA CONTABILIZACION

    652 23.03.20 12 4.286 18.12.2012 244.859.432 105.037 14.08.2013 245.607.090 244.859.432

    Oficio s/n de Jefe

    .. Administracion y Finanzas

    10 09 2013 " *

    RENDIDO

    697.789 307.675

    Oficio s/n de Jefe..

    Administracion y Finanzas

    24 03 2014 " "

    RENDIDO

    495 26.03.20 11 15.036 21.12.2013 125.807.862 94023 11.02.2013 126.986.172 125.807.862

    Oficio s/n de Jefe

    .. Administracion y Finanzas

    10 09 2013 " "

    RENDIDO

    483 09.08.20 11 14.793 12.06.2013 110.738.393 94023 11.02.2013 110.738.393 110.738.393

    Oficio s/n de Jefe

    .. Administracion y Finanzas

    15 04 2013 "

    APROBADO (a) 299612 30.06.2013

    478 09.08.20 11 14.720 02.04.2012 117.988.222 92139 31.12.2012 109.951.892 117.988.222

    Oficio s/n de Jefe

    .. Administracion y Finanzas

    15 04 2013 ' '

    RECHAZAD 0

    484 09.08.20 11 14.840 07.08.2012 120.164.875 94023 11.02.2013 120.164.875 120.164.875

    Oficio s/n de Jefe

    . . Administracion y Finanzas

    15 04 2013 * *

    APROBADO (b) 299612 30.06.2013

    485 09.08.20 11 14.817 06.07.2012 120.164.875 94023 11.02.2013 120.164.875 120.164.875 Oficio s/n de

    Jefe 15.04.2013 APROBADO 299612 30.06.2013

    15

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    19 192 AREA TRABAJO, AGRICULTURA Y DESARROLLO SOCIAL

    JUNTA NACIONAL DE CUERPOS DE BOMBEROS GOBIERNO REGIONAL SUBSECRETARIA DEL INTERIOR Y SEGURIDAD POBLICA

    ORDEN DE IMPORTACION

    N

    FECHA DE LA

    ORDEN INVOICE

    N INVOICE FECHA

    MONTO $

    COMPROBAN TE ID N

    FECHA CONTABILIZA

    CION

    VALOR ($)

    MONTO RENDIDO

    $ FORMA

    RENDICION FECHA

    RENDICION ESTADO

    RENDICION COMPROBANTE

    ID N FECHA

    CONTABILIZACION

    485 09.08.20 11 14.817 06.07.2012 120.164.875 94023 11.02.2013 120.164.875 120.164.875

    Oficio s/n de Jefe

    . , Administracion y Finanzas

    15 04 2013 "

    APROBADO O 299612 30.06.2013

    351.068.143 (a+b+c) Sub total aprobado 489.353.305 Sub total pendiente de aprobaci6n 840.421.448 Total general

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    ANEXO N 3

    Estado de Observaciones del Informe en Investigacion Especial N 35, de 2014

    N DE OBSERVACION

    MATERIA DE LA OBSERVACION

    REQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA OBSERVACION SOLICITADA POR CONTRALORIA GENERAL EN INFORME FINAL

    MEDIDA IMPLEMENTADA Y SU DOCUMENTACION DE

    RESPALDO

    FOLIO 0 NUMERACION

    DOCUMENTO DE RESPALDO

    OBSERVACION Y/O COMENTARIO DE LA

    ENTIDAD

    El Gobierno Regional del Maule debera establecer las coordinaciones necesarias con otras reparticiones que entregan recursos a la JNCB, especialmente Ia Subsecretaria del Interior, con el objeto de evitar el riesgo de eventuales duplicaciones en as rendiciones, arbitrando un procedimiento que permits ejercer un control de los caudales pUblicos involucrados. Ambas instituciones publicas deberan informar a esta Contraloria General acerca de los grados de avance de las medidas que implementen con Ia finalidad indicada en el plazo de 60 dias habiles contados desde Ia recepci6n del presente informe.

    5. Resultado de Ia Facturas indagatoria, numeral 5.6.

    presentadas a dos entidades pUblicas A su turno, corresponde que la Subsecretaria del Interior rechace de

    Ia rendicion mencionada el monto solventado con los recursos del GORE que aim no ha sido aprobados y solicite el reintegro de los recursos rendidos erroneamente por parte de la JNCB, por un monto de $ 351.068.143, lo que debera acreditar en el plazo de 60 dias habiles, vencido el cual, si ello no ocurriere, se arbitraran las medidas pertinentes para hacer efectivas las responsabilidades civiles comprometidas.

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    N DE OBSERVACION

    MATERIA DE LA OBSERVACION

    REQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA OBSERVACION SOLICITADA POR CONTRALORIA GENERAL EN INFORME FINAL

    MEDIDA IMPLEMENTADA Y SU DOCUMENTACION DE

    RESPALDO

    FOLIO 0 NUMERACION

    DOCUMENTO DE RESPALDO

    OBSERVACION Y/0 COMENTARIO DE LA

    ENTIDAD

    Asimismo la Subsecretaria del Interior debera instruir a su Unidad de Auditoria Interna para que efectOe un examen de las rendiciones de cuentas presentadas por Ia JNCB en el afio 2014, precisando si existen otros casos de similares caracteristicas, comunicando a esta Entidad de Control acerca de sus conclusiones y o avances en el termino 60 dias habiles contados desde la recepciOn del presente informe.

    Por Ultimo, dicha subsecretaria debera instruir un sumario administrativo, con el objeto de determinar las eventuates responsabilidades administrativas involucradas en Ia circunstancia anotada en el punto 5.6, en cuanto a Ia inadvertencia respecto de las sumas rendidas en exceso por Ia JNCB, remitiendo a esta Contraloria General copia de Ia resolucion que ordene dicho procedimiento y designe al fiscal, en el plazo de 15 dias habiles contados desde la recepci6n del presente documento.

    18

  • www.contraloria.c1

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