ilustre municipalidad de osorno mat.: reglamenta programa presupuestos...

8
Ilustre Municipalidad de Osorno Osorno: MAT.: REGLAMENTA PROGRAMA PRESUPUESTOS PARTICÍPATEOS ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE OSORNO _/ REGLAMENTO N°186 del 15 de Enero de 2013.- VISTOS: Lo dispuesto en la Ley N° 20.500, de 16-02-2011, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; Lo dispuesto en el artículo 93° de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; Las facultades que me confiere el inciso 3° del articulo 12 y la letra i) del artículo 63 de la precitada Ley 18.695; CONSIDERANDO: Lo estipulado en el inciso 3° del artículo 71° de la Ordenanza N°90 de 16.08.2011, sobre "ORDENANZA MUNICIPAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA I. MUNICIPALIDAD DE OSORNO", en cuanto a que la forma de implementación y modalidades de participación a través de los presupuestos participativos y todo lo que fuere necesario regular en detalle para el adecuado ejercicio y puesta en práctica de esta herramienta de democracia participativa local, será objeto de consideración en un reglamento municipal que se dictará especialmente para estos efectos por el alcalde, con acuerdo del Concejo. El Acuerdo de Concejo 377, adoptado en Sesión Ordinaria 43, de fecha 21 de Noviembre de 2012, por medio del cual dicho órgano colegiado prestó su aprobación al presente Reglamento Municipal, por la unanimidad de los concejales asistentes RESUELVO: APRUÉBASE EL SIGUIENTE REGLAMENTO SOBRE PROGRAMA PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS: TITULO I: GENERALIDADES Artículo 1°: Créase en la Municipalidad de Osorno el Programa de Presupuestos Participativos, de acuerdo a lo contemplado en el Articulo 71° de la Ordenanza Municipal N°90 de 16.08.2011, sobre 7

Upload: others

Post on 02-Aug-2020

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Ilustre Municipalidad de Osorno MAT.: REGLAMENTA PROGRAMA PRESUPUESTOS …transparencia.imo.cl/4086539279_reglamento_186_18123658.pdf · 2013-04-09 · Presupuestos Participativos

Ilustre Municipalidad de Osorno

Osorno:

MAT.: REGLAMENTA PROGRAMA PRESUPUESTOSPARTICÍPATEOS ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE OSORNO

_/

REGLAMENTO N°186 del 15 de Enero de 2013.-

VISTOS:

Lo dispuesto en la Ley N° 20.500, de 16-02-2011, sobreAsociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública;

Lo dispuesto en el artículo 93° de la Ley N° 18.695, OrgánicaConstitucional de Municipalidades;

Las facultades que me confiere el inciso 3° del articulo 12 y laletra i) del artículo 63 de la precitada Ley N° 18.695;

CONSIDERANDO:

Lo estipulado en el inciso 3° del artículo 71° de la OrdenanzaN°90 de 16.08.2011, sobre "ORDENANZA MUNICIPAL DEPARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA I. MUNICIPALIDAD DEOSORNO", en cuanto a que la forma de implementación ymodalidades de participación a través de los presupuestosparticipativos y todo lo que fuere necesario regular en detallepara el adecuado ejercicio y puesta en práctica de estaherramienta de democracia participativa local, será objeto deconsideración en un reglamento municipal que se dictaráespecialmente para estos efectos por el alcalde, con acuerdo delConcejo.

El Acuerdo de Concejo N° 377, adoptado en Sesión OrdinariaN° 43, de fecha 21 de Noviembre de 2012, por medio del cualdicho órgano colegiado prestó su aprobación al presenteReglamento Municipal, por la unanimidad de los concejalesasistentes

RESUELVO:

APRUÉBASE EL SIGUIENTE REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAPRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS:

TITULO I:GENERALIDADES

Artículo 1°: Créase en la Municipalidad de Osorno el Programa dePresupuestos Participativos, de acuerdo a lo contemplado en elArticulo 71° de la Ordenanza Municipal N°90 de 16.08.2011, sobre

7

Page 2: Ilustre Municipalidad de Osorno MAT.: REGLAMENTA PROGRAMA PRESUPUESTOS …transparencia.imo.cl/4086539279_reglamento_186_18123658.pdf · 2013-04-09 · Presupuestos Participativos

"Ordenanza Municipal de Participación Ciudadana" que regula lasmodalidades de participación local, adecuándolas a las nuevasnormas legales contenidas en la ley N° 20.500.-

El Programa de Presupuestos Participativos se normarápor el presente reglamento.

TITULO II:DEFINICIÓN Y OBJETIVOS DEL PROGRAMA PRESUPUESTOS

PARTICIPATIVOS:

Artículo 2°: Los Presupuestos Participativos son una herramienta dedemocracia participativa que permite a la ciudadanía incidir o tomardecisiones referentes a la forma de invertir algunos recursosmunicipales. Es una forma de gestión municipal que tiene comoobjetivo en lo principal, distribuir recursos de inversión territorial através de un proceso de participación ciudadana en forma normada ytransparente, en el que se incluye, la etapa de elección a través devotaciones públicas de los proyectos presentados por lasorganizaciones sociales, priorizados en territorios definidos según elpresente reglamento, donde las vecinas y los vecinos de uno o mássectores de la comuna, debaten y priorizan un conjunto de proyectoslocales, destinados a satisfacer necesidades de la población y suterritorio.

Artículo 3°: El monto destinado al Programa de PresupuestosParticipativos será fijado anualmente por el Alcalde y el ConcejoMunicipal, al momento de aprobar el Presupuesto Municipal Anual.Las inversiones municipales asignadas por la modalidad dePresupuestos Participativos se destinarán a la ejecución de proyectosrelacionados con:

1. Infraestructura Comunitaria: Mejoramiento y adecuación desedes sociales, centros comunitarios, multicanchas, canchasdeportivas, plazas y áreas verdes de propiedad regularizada oen proceso de regularización, o en comodato formal.

2. Equipamiento y mobiliario comunal: Intervenciones en BienesNacionales de Uso Público, como mobiliario para recuperación ymejoramiento de plazas, áreas verdes, multicanchas, canchas,calles y pasajes, entre otros.

3. Proyectos Sociales, culturales, ambientales, deportivos, entreotros que definan las respectivas bases, tales como:Contenerización de residuos domiciliarios, Cuidado del MedioAmbiente, Atención de Mascotas y Servicios como retiro deEscombros, Podas de Árboles y limpieza de sitios eriazos;Capacitación, Talleres de manualidades, PrevenciónComunitaria, Segundad Ciudadana, Actividades Artísticas,Actividades Recreativas, Campeonatos y Actividades Deportivas,Campañas de Sensibilización en temas de alto interés comunal,etc..

4. Otras áreas de inversión que se definan en las respectivas

Page 3: Ilustre Municipalidad de Osorno MAT.: REGLAMENTA PROGRAMA PRESUPUESTOS …transparencia.imo.cl/4086539279_reglamento_186_18123658.pdf · 2013-04-09 · Presupuestos Participativos

bases técnicas.

Artículo 4°: La Municipalidad podrá financiar hasta el 100% del valorde cada proyecto que sea elegido.

Artículo 5°: La Municipalidad, según el artículo 9° de este reglamento,definirá el o los sectores de inversión territorial, donde seimplementarán los presupuestos participativos para que cualquiervecino (según concepto de ley N° 19.418) pueda participarpresentando necesidades y demandas para desarrollar los perfiles deproyectos factibles de financiar bajo la modalidad de PresupuestosParticipativos.

TITULO III:DE LA ESTRUCTURA DEL PROCESO DE PRESUPUESTOS

PARTICIPATIVOS

Artículo 6°: Para los efectos del presente reglamento se establecenlos siguientes organismos e instancias de participación, COMITÉTÉCNICO MUNICIPAL, SECTOR DE INVERSIÓN TERRITORIAL,MESAS TERRITORIALES Y ASAMBLEAS LOCALES OTERRITORIALES.

La representación gráfica de esta estructura es lasiguiente:

Instancias de participación"Proceso Presupuestos Participativos"

Sector ó Área de Inversión Territorial (Puede existir más de una, las define

el Alcalde).

Alcalde

Comisión Técnica Municipal

Mesa Territorial, Asambleas Territoriales, son las que

finalmente por medio de votación popular, eligen sus proyectos

a financiar territorialmente.

Artículo 7°: El Comité Técnico será decretado por el Alcalde y serápresidido por el mismo, su conformación constituye el inicio anualdel proceso de Presupuestos Participativos y estará constituidopor: dos Concejales elegidos por el Concejo, los Directores deDIDECO, DAF, SECPLAN, DOM y Asesor Jurídico; o el funcionariomunicipal en que éstos directores deleguen dicha función.

El Director de DIDECO, mantendrá informado sobre el estado de

Page 4: Ilustre Municipalidad de Osorno MAT.: REGLAMENTA PROGRAMA PRESUPUESTOS …transparencia.imo.cl/4086539279_reglamento_186_18123658.pdf · 2013-04-09 · Presupuestos Participativos

avance de las localidades en relación al proceso de los PresupuestosParticipativos al Alcalde y al Concejo Municipal.

Actuará como Secretario del Comité Técnico un funcionario municipaldesignado por el Director de Desarrollo Comunitario.

Artículo 8°: Serán funciones del Comité Técnico Municipal lassiguientes:

1. Asesorar e informar técnicamente al Alcalde sobre la ejecución delPrograma de Presupuestos Participativos.

2. Proponer al Alcalde y al Concejo Municipal, los sectores oterritorios en que se divide la comuna para los efectos delprograma de Presupuestos Participativos.

3. Prestar el apoyo técnico y logístico a las Mesas y AsambleasTerritoriales para un fiel y adecuado cumplimiento de lasfunciones entregadas por la presente reglamentación.

4. Efectuar evaluación técnica y financiera de todas las necesidadesy demandas en perfiles de proyectos remitidos por las respectivasmesas territoriales y darles factibilidad técnica para su posteriorvotación.

5. Resolver las reclamaciones que las organizaciones presenten delprocedimiento participativo contemplado en el presenteReglamento.

6. Definir fechas de votaciones y realizar llamado a las mismas.7. Elaborar las Bases Técnicas que regirán el programa de

presupuestos participativos.

TITULO V:SECTOR DE INVERSIÓN TERRITORIAL

Artículo 9°: Es el o los polígonos geográficos de la comuna,claramente delimitados, donde se invertirá a través del Programa dePresupuestos Participativos, pueden abarcar total o parcialmente, unao más unidades vecinales. La Selección del o los sectores de inversiónterritorial se realizará de acuerdo a criterios técnicos, económicos ysociales. La distribución de recursos será propuesta por el ComitéTécnico al Alcalde, considerando los siguientes criterios: carencias omenor inversión municipal en años anteriores, condición socio-económica del territorio, número de organizaciones vigentesparticipando en el territorio, número de habitantes del territorio, mesasde trabajos territoriales constituidas.

Sobre la base de algunos o de todos esos criterios e incluso,además, de otros nuevos que el Comité Técnico pueda definiranualmente, se crearán indicadores de evaluación y su respectivaponderación.

A modo de meros ejemplos de evaluación, se mencionan lossiguientes:

N° de Organizaciones Territoriales Activas del sector (Juntas deVecinos) (a mayor número de activas aumenta el % de ponderación).

Page 5: Ilustre Municipalidad de Osorno MAT.: REGLAMENTA PROGRAMA PRESUPUESTOS …transparencia.imo.cl/4086539279_reglamento_186_18123658.pdf · 2013-04-09 · Presupuestos Participativos

N° de Organizaciones Funcionales Activas del Sector (Comitésde Mejoramiento Vivienda, Agrupaciones de mujeres, organizacionesindígenas, juveniles, entre otros). (A mayor número de activasaumenta el % de ponderación).

Inversión realizada desde el municipio en un período a definir(Informe Secplan, relación de inversión per cápita) (a mayor montode inversión decrece porcentaje de ponderación)

Déficit de instalaciones comunitarias (Informe Secplan y Dom).(a mayor déficit aumenta el % de ponderación).

La propuesta territorial será entregada por el Comité Técnico Municipalal Alcalde, para su respectiva revisión y visación.

TITULO VI:DE LAS MESAS TERRITORIALES

Artículo 10°: En cada sector de inversión territorial debe constituirseuna Mesa Territorial. Estas mesas territoriales no podrán obtenerpersonalidad jurídica, por la imposibilidad de asociar organizacionesde diferentes naturalezas y fines (territoriales y funcionales). Seráninstrumentos para la implementación del proceso de los PresupuestosParticipativos.

Artículo 11°: Se constituirán Mesas Territoriales en sectores dentro dela comuna, las que pueden abarcar total o parcialmente, una o másunidades vecinales

La delimitación de cada uno de estos territorios larealizará el Comité Técnico, según los criterios del presentereglamento.

Artículo 12°: Las Mesas Territoriales estarán integradas por losrepresentantes de las juntas de vecinos y demás organizacionesfuncionales del sector.

Artículo 13°: Al constituirse cada Mesa Territorial, ésta designaráentre sus miembros un representante ante el Comité TécnicoMunicipal. Las Mesas Territoriales deberán definir entre susintegrantes sus representantes, para los efectos del proceso de losPresupuestos Participativos.

Artículo 14°: Cada Mesa territorial planificará y ejecutará lassiguientes acciones:

1° Primera asamblea: Informativa y de Constitución: correspondea la primera asamblea territorial, y es convocada por el Alcalde y elComité Técnico Municipal, en ella se comunicará el proceso departicipación, metodología, áreas temáticas de inversión y ademásdeberán elegirse los delegados integrantes de la Mesa Territorial.

2° De Diagnóstico y determinación del monto de inversión: Siendo

i

Page 6: Ilustre Municipalidad de Osorno MAT.: REGLAMENTA PROGRAMA PRESUPUESTOS …transparencia.imo.cl/4086539279_reglamento_186_18123658.pdf · 2013-04-09 · Presupuestos Participativos

este proceso un estimulo a la participación del vecino en la definiciónde un presupuesto de desarrollo comunal en su sector, los vecinosanalizarán las principales problemáticas comunes que los afectan, losrecursos con que cuentan y las posibles soluciones y alternativas aseguir. Esta tarea recaerá en la Mesa territorial para lo cual convocaráa una asamblea territorial, donde cada vecino u organización podrápresentar una idea de proyecto, formalmente, con el patrocinio de a lomenos 25 vecinos, el que constituirá el diagnóstico de ideas deproyectos.

3° Etapa Resolutiva: De acuerdo al informe emanado del ComitéTécnico, se desarrollará el proceso por el cual los vecinos decidiránlos proyectos a ejecutar con los recursos existentes. Deberánrealizarse votaciones populares con la participación de losvecinos del territorio respectivo que se interesen por emitir suopinión. Requisitos: residir en el territorio de inversión; tener másde 14 años (son vecinos los mayores de 14 años, según ley19.418) inscrito en JJVV. Los resultados de este escrutinio debendarse a conocer inmediatamente a la comunidad.

4° Etapa de Ejecución de los Proyectos: Es la etapa de ejecución delos proyectos la que estará a cargo de los organismos técnicos de laMunicipalidad: Secplan, DOM, DIDECO, entre otros.

TITULO Vil:DE LAS ASAMBLEAS LOCALES O TERRITORIALES

Artículo 15°: Serán funciones de la Asamblea Local:1. Participar y construir el Diagnóstico de su localidad2. Incentivar la presentación de proyectos que permitan la

solución de las problemáticas diagnosticadas.3. Elegir, a través de votaciones populares, los proyectos a

ejecutarse con los recursos asignados al sector por elPrograma de Presupuestos Participativos.

Artículo 16°: Cada organización que participe apoyando un proyecto,podrá nombra a un apoderado de Mesa el día de la elección pública.

Artículo 17°: En el proceso eleccionario los vecinos podrán votar 1sola vez en cualquier Mesa de Votación que funcione en su respectivosector, y en cada Voto podrán elegir hasta 3 proyectos de los que éstecontenga.

Artículo 18°: El voto se anulará si presenta:

-Más de 3 preferencias,-Enmiendas o dificultades en su interpretación, o Inscripciones que norespondan a lo solicitado en la votación.

Artículo 19°: Las organizaciones sociales que estén apoyando laaprobación de proyectos, tendrán como plazo máximo para realizardifusión y campañas de sus proyectos, hasta 24 horas antes delcomienzo de la elección.

7

Page 7: Ilustre Municipalidad de Osorno MAT.: REGLAMENTA PROGRAMA PRESUPUESTOS …transparencia.imo.cl/4086539279_reglamento_186_18123658.pdf · 2013-04-09 · Presupuestos Participativos

Todas las demás reglas que regularán el procesoeleccionario a que se refiere este Título, serán determinadas por elComité Técnico Municipal en las Bases Técnicas que normarán elrespectivo proceso de presupuestos participativos.

TITULO VIII:DE LA EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS

Artículo 20°: El monto máximo para presentar iniciativas o perfiles deproyectos, estará dado por el marco presupuestario que aprobará elMunicipio en la determinación del respectivo Presupuesto Municipal ylas respectivas bases del proceso de Presupuestos Participativos.

Artículo 21°: La ejecución de los proyectos elegidos estará a cargodel Municipio. El plazo de ejecución estará dado de acuerdo a losantecedentes técnicos que informe el Comité Técnico Municipal.

TITULO IX:DE LA FISCALIZACIÓN

Artículo 22°: Una vez licitados y adjudicados los proyectos por laMunicipalidad, ésta asumirá el rol de Fiscalizadora del cumplimientode la ejecución de los proyectos.

Artículo 23°: El Comité Técnico Municipal se reserva el derecho deanular cualquiera de las etapas del proceso de PresupuestosParticipativos de llegar a ser detectado algún fraude o irregularidad enalguna de las etapas y actividades que rigen el actual Reglamento,para lo que se solicitará informe fundado de la Dirección de ControlMunicipal. Esta determinación se hará vía decreto de alcaldía,resolución municipal que deberá ser motivada y fundada, y quedeberá ser informada por documento formal a las Mesas Territoriales.

TÍTULO XDISPOSICIONES FINALES

Artículo 24°: El Alcalde recogerá las observaciones o propuestas demodificaciones al presente Reglamento, durante todo el proceso delprograma de Presupuestos Participativos, quien asignará al ComitéTécnico el estudio y factibilidad de implementación de estasmodificaciones. De estimarse procedente, el alcalde las someterá avotación del Concejo Municipal.

Artículo 25°: Cualquier dificultad o duda que surja respecto de lainterpretación o aplicación del presente reglamento o en laimplementación del Programa de Presupuestos Participativos, seráresuelta fundadamente por el Comité Técnico Municipal.

Todas las demás reglas de detalle o de desarrollo quesean necesarias establecer para la debida aplicación oimplementación del presente Reglamento, serán determinadas por elComité Técnico Municipal en las Bases Técnicas que normarán elrespectivo proceso de presupuestos participativos.

i

Page 8: Ilustre Municipalidad de Osorno MAT.: REGLAMENTA PROGRAMA PRESUPUESTOS …transparencia.imo.cl/4086539279_reglamento_186_18123658.pdf · 2013-04-09 · Presupuestos Participativos

Artículo 26°: El presente reglamento podrá ser modificado poriniciativa del Alcalde con aprobación del Concejo Municipal.

Artículo 27°: El presente reglamento comenzará a regir desde el díade su publicación en la web municipal, sin perjuicio de ser publicadaen extracto, además, en el diario local.

El día de publicación en la web será certificada por elencargado de la Unidad de Informática o administrador del sitio, comoconstancia de su inicio de vigencia y será anexado dicho certificado altexto en original del presente Reglamento.

Artículo 28°: La DIDECO hará amplia y diversificada difusión públicade este instrumento, por todos los medios materiales y electrónicosdisponibles, para lo cual deberá coordinarse con las unidadesmunicipales competentes.

ANÓTESE, PUBLIQUESE, CÚMPLASE, TRANSCRÍBASE YARCHÍVESE.

YAMIL J. UARAC ROJASSECRETARIO MUNICIP

ERT1N VALENZUELAALDE DE OSORNO

JABV/HAVG/KABH/YJUR/JLÍp.

*