guia metodologica evaluacion impacto ambiental

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 INSTITUTO NACIONAL GALÁPAGOS - INGALA PROYECTO ECU/00/G31 CONTROL DE ESPECIES INVASORAS GUÍA METODOLÓGICA PARA LA FORMULACIÓN Y  ACREDITACIÓN DE SISTEMAS DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL EN GALÁPAGOS Dirección de Planificación Unidad Técnica de Planificación Marzo 2005

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INSTITUTO NACIONAL GALPAGOS - INGALAPROYECTO ECU/00/G31 CONTROL DE ESPECIES INVASORAS

GUA METODOLGICA PARA LA FORMULACIN Y ACREDITACIN DE SISTEMAS DE EVALUACIN DE IMPACTO AMBIENTAL EN GALPAGOS

Direccin de Planificacin Unidad Tcnica de Planificacin Marzo 2005

Esta publicacin fue realizada gracias al apoyo del Proyecto ECU/00/G31 Control de las especies invasoras en el Archipilago de las Galpagos, suscrito por el Gobierno Ecuatoriano, representado por el Ministerio del Ambiente, con el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (GEF). El Proyecto es implementado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (UNDP), tiene como instituciones ejecutoras al Servicio Parque Nacional Galpagos (SPNG), Instituto Nacional Galpagos (INGALA), Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria-Galpagos (SESA-Galpagos), y Fundacin Charles Darwin (FCD). Las opiniones aqu expresadas pertenecen a los autores y no reflejan necesariamente las opiniones de GEF / UNDP.

This work was accomplished with the support of Project ECU/00/G31 Control of Invasive Species in the Galapagos Archipelago, a donation from the Global Environment Facility (GEF) to the Ecuadorian Government, represented by the Ministry of Environment. The Project is implemented by the United Nations Development Programme (UNDP) and is executed by the Galapagos National Park Service (GNPS), Charles Darwin Foundation (CDF), National Institute for Galapagos (INGALA) and Ecuadorian Service for Agriculture and Livestock Sanitation Galapagos (SESAGalapagos). The opinions expressed herein belong to the authors and do not necessarily reflect the opinions of GEF/UNDP.

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GUA METODOLGICA PARA LA FORMULACIN Y ACREDITACIN DE SISTEMAS DE EVALUACIN DE IMPACTO AMBIENTAL EN GALPAGOSMarzo 2005

CONTENIDOPresentacin ..... 3 1. Antecedentes .. 5 2. Objetivos de la Gua para EIA en Galpagos 5 3. Proceso de EIA 6 3.1. Marco Conceptual de la Evaluacin Ambiental 7 3.2. Objetivos de la evaluacin ambiental 9 3.3. Anlisis que contempla la evaluacin ambiental .. 9 3.4. Relevancia y limitaciones de EIA .. 17 4. El Contexto Ambiental de Galpagos 19 5. El Proceso de EIA en Galpagos 21 5.1. El Marco Legal y Reglamentario 21 5.2. Marco Institucional 30 5.3. Objetivo General de la evaluacin de impactos ambientales 32 5.4. Elementos principales del subsistema de evaluacin de impactos ambientales 33 6. Procedimientos de EIA en Galpagos .. 35 6.1. Anlisis institucional .. 35 6.2. Inicio y determinacin de la necesidad de una evaluacin de impactos ambientales ... 36 6.3. Alcance o trminos de referencia 38 6.4. Realizacin de un estudio de impacto ambiental 38 6.5. Revisin, aprobacin y licenciamiento ambiental 39 6.6. Seguimiento ambiental .. 39 6.7. Participacin ciudadana . 40 6.8. Revisin de Casos Seleccionados de EIA en Galpagos .................................. 40 7. EIA en el Ciclo de Proyectos .. 45 8. Anlisis econmico ambiental 47 9. Incertidumbre en EIA .. 51 10. Anlisis institucional para optimizar los procesos de EIA en Galpagos .. 53 10.1. Marco legal . 56 10.2. Gestin ambiental institucional .. 57 10.3. Voluntad poltica . 57 10.4. Aspectos generales complementarios al anlisis institucional 63 11. Anlisis de los mbitos territoriales . 66 12. Coordinacin interinstitucional y determinacin de la AAAr 82 13. Alternativas para establecer un sistema de EIA en Galpagos . 85 13.1. Escenarios .. 86 13.2. Anlisis de alternativas de sistemas de EIA para Galpagos . 91 13.3. Observaciones generales sobre el anlisis de alternativas 93 13.4. Recomendaciones sobre los Sistemas de EIA en Galpagos ........................ 94 14. Acreditacin de los subsistemas de EIA de Galpagos . 95

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15. Categoras de proyectos y requerimientos de evaluacin ambiental Anexos I. II. III. IV. V. VI. VII. VIII. Bibliografa

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Categoras Tpicas de Problemas Ambientales 118 Modelo de Ficha Ambiental . 119 Instrumentos para Identificacin de Impactos Ambientales ... 125 Valoracin de los Impactos Ambientales ... 135 Marco General de Trminos de Referencia para EIA 137 Glosario de Definiciones ..... 147 Instancias Participativas para Anlisis de Propuestas para Optimizar el Proceso de EIA en Galpagos 152 Organigrama del Ministerio del Ambiente ... 158 . 159

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GUA METODOLGICA PARA LA FORMULACIN Y ACREDITACIN DE SISTEMAS DE EVALUACIN DE IMPACTO AMBIENTAL EN GALPAGOSPRESENTACIN Siendo una de las atribuciones y responsabilidades generales del INGALA el asesoramiento a nivel regional en Estudios de Impacto Ambiental, y en concordancia con lo establecido en el Componente 6 - Planificacin Regional del Proyecto GEF-PNUD ECU/00/G31, se ha programado la elaboracin de una Gua Metodolgica para Evaluacin de Impacto Ambiental en Galpagos. La evaluacin de impacto ambiental es un tema que ha sido bastante desarrollado a nivel mundial, por lo que en la primera fase se dedic considerable atencin a la investigacin y revisin de literatura a nivel mundial sobre el estado de avance del conocimiento y prctica en la materia. Las ideas estn constantemente evolucionando sobre cmo hacerlo ms generalizado y ms efectivo. Existen profesiones especializadas, cursos acadmicos, institutos internacionales, departamentos gubernamentales, y una completa disciplina legal y cientfica dedicada nicamente a este tema. En este sentido, cabe el anlisis sobre el valor agregado a ese contexto que se requiere para Galpagos. El Texto Unificado de Legislacin Ambiental Secundaria, y dentro de ste, el Libro VI De la Calidad Ambiental, y el Ttulo I, Del Sistema nico de Manejo Ambiental, constituyen un importante instrumento y el principal marco legal e institucional para el anlisis del proceso de EIA en Galpagos. Este trabajo se inici oficialmente el 23 de abril del presente ao, y segn el cronograma correspondiente, un primer borrador estuvo listo el 31 de mayo y fue revisado en forma participativa con el objeto de definir la orientacin que deban seguir las iniciativas de optimizacin de los procesos de evaluacin de impacto ambiental en Galpagos. Se han mantenido reuniones individuales, con representantes de instituciones involucradas y especializadas, incluyendo la Direccin de Control y Prevencin de la Contaminacin del MAE, as como Reuniones-Talleres del 7 y el 9 de junio en San Cristbal y Santa Cruz, con representantes de los Municipios de San Cristbal y Santa Cruz, Consejo Provincial, Consorcio de Municipalidades de Galpagos, PNG e INGALA. En base al segundo Borrador de la Gua Metodolgica para Evaluacin de Impacto Ambiental en Galpagos, como documento de trabajo, se procedi a discutir los aspectos relevantes referidos a la optimizacin de los procesos de evaluacin de impacto ambiental en Galpagos, y particularmente las opciones para el establecimiento de un sistema o subsistemas de EIA a nivel local o regional.

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Reunin-taller en Santa Cruz (29/07/04) de presentacin y discusin del Segundo Borrador de la Gua de EIA, con representantes del Municipio, PNG, Consorcio de Municipalidades, INGALA y el Proyecto ECU/00/G31. Reuniones en Isabela (31/07/04 y 2/08/04) con el Alcalde, Sr. Pablo Gordillo, sobre las proyecciones institucionales para la creacin de una UGA, y anlisis del rol del Municipio en los procesos de EIA. Reunin-taller en Isabela (2/08/04) de presentacin y discusin del Segundo Borrador de la Gua de EIA, con representantes del Municipio, PNG, Fundacin Darwin e INGALA. Reunin en San Cristbal (4/08/04) de presentacin y discusin del Segundo Borrador de la Gua de EIA, con representantes del Municipio y el Consejo Provincial. Se ha mantenido comunicacin y coordinacin con el Director Ejecutivo del Consorcio de Municipalidades de Galpagos, el Jefe del Departamento de Higiene Ambiental del Municipio de Santa Cruz, el Director del Proyecto ARAUCARIA, la Coordinadora Interina del Proyecto ECU/00/G31 y el Director de Planificacin del INGALA A partir del Borrador Final de la Gua Metodolgica para la Formulacin y Acreditacin de Sistemas de Evaluacin de Impacto Ambiental en Galpagos, manteniendo el objetivo de contribuir a mejorar los procesos de evaluacin de impactos ambientales en la regin, se ha puesto especial nfasis en el anlisis institucional para optimizar los procesos de EIA en Galpagos (marco legal, gestin ambiental institucional, voluntad poltica) (Captulo 10). Luego se ha procedido a realizar el anlisis de los mbitos territoriales (Captulo 11) y de la coordinacin interinstitucional y determinacin de la AAAr (Captulo 12). Tambin se han planteado alternativas factibles para establecer sistemas de EIA en Galpagos. En la Reunin-taller, a nivel regional, efectuada en Santa Cruz (8/10/04), de presentacin y discusin del Borrador Final de la Gua de EIA, con representantes del Municipio, Subsecretara de Calidad Ambiental MAE - PNG, Consorcio de Municipalidades, CAPTURGAL, Proyecto ARAUCARIA, INGALA y el Proyecto ECU/00/G31, se analizaron alternativas de un sistema o subsistemas de EIA en Galpagos, llegando a consensos, que entre otros aspectos, incluyen la recomendacin de que todas las AAA regionales deberan iniciar procesos independientes, de acuerdo a sus capacidades, recursos y voluntad poltica, para la formulacin y acreditacin de sistemas de EIA institucionales (captulo 13). En el captulo 14 se describe en detalle la documentacin requerida para la acreditacin de sistemas de evaluacin de impacto ambiental, y en el captulo 15 se desarrollan los temas referidos a la sistematizacin de las categoras de proyectos y los requerimientos de evaluacin ambiental. En los procesos participativos de revisin de la documentacin referida se han identificado instrumentos de apoyo necesarios y de utilidad para las instituciones involucradas, de forma de facilitar la implementacin de la acreditacin ante el SUMA o los procesos que se decidan a nivel del Consejo del INGALA. Homero Castanier M. Consultor [email protected]

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1. ANTECEDENTES La Ley Especial de Galpagos1 designa al INGALA como la autoridad provincial para la planificacin del desarrollo; el Parque Nacional Galpagos es el responsable de las rea protegidas marina y terrestre, y las Municipalidades y el Consejo Provincial son los ejecutores el desarrollo regional, en respuesta a su mandato superior. El nuevo rol del INGALA ser la base para la formulacin de polticas apropiadas de desarrollo y conservacin para las instituciones pblicas, y como orientacin para las instituciones privadas y en general para el desarrollo productivo de la poblacin. En este contexto, el INGALA debe manejar varios instrumentos que permitan adecuadamente establecer criterios de sustentabilidad en la formulacin, evaluacin y monitoreo de las polticas y proyectos ejecutados en Galpagos, en particular, aquellos que tratan del control de las especies introducidas, tanto de fuera de la regin como entre las islas, permitiendo que las actividades de control se lleven a cabo en las zonas pobladas, de acuerdo a los principios de conservacin de las reas protegidas. Para lograr esto, el INGALA y los gobiernos seccionales requieren un proceso adecuado de evaluacin de impacto ambiental (EIA), que les permita realizar rpidas evaluaciones preliminares, preparar apropiados trminos de referencia, identificar impactos potenciales y proponer medidas de mitigacin y prevencin, as como incorporar la evaluacin de proyectos de impacto variable, particularmente en lo concerniente a especies introducidas. En el marco del Proyecto GEF-PNUD ECU/00/G31 Control de Especies Invasoras en el Archipilago de las Galpagos - Componente 6 Planificacin Regional a cargo del INGALA, se ha iniciado ya el trabajo de coordinacin interinstitucional para la implementacin de sistemas de EIA., con la elaboracin de esta Gua Metodolgica para la formulacin y Acreditacin de Sistemas de EIA en Galpagos, as como de los documentos complementarios Anlisis de Alternativas para la Implementacin de Sistemas de Evaluacin de Impacto Ambiental en Galpagos y Manual de Procedimientos para la Conduccin de Procesos de Evaluacin de Impacto Ambiental en Galpagos.

2. OBJETIVOS DE LA GUA PARA EIA EN GALPAGOS Objetivo General El objetivo general de esta gua es lograr transparencia y efectividad en el proceso de evaluacin de impactos ambientales durante las etapas de planificacin de posibles proyectos o actividades en Galpagos, as como uniformidad de enfoque para el cumplimiento de la normativa legal y reglamentacin institucional, mediante la internalizacin a nivel institucional y del sector privado del marco conceptual y prctica de la evaluacin ambiental, propiciando al mismo tiempo el mejoramiento continuo del proceso de EIA en la regin.

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Ecuador, Registro Oficial 278 18-03-98

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Objetivos Especficos Apoyar las actividades preliminares de evaluacin, seguimiento y monitoreo ambiental de polticas y proyectos, as como la formulacin de actividades y proyectos de inversin pblica y privada. Contribuir al desarrollo e implementacin de un sistema regional de evaluacin de impacto ambiental. Establecer y categorizar los impactos potenciales de las principales actividades productivas importantes de los diferentes sectores de Galpagos. Incrementar la capacidad tcnica de los gobiernos seccionales y el INGALA en temas relevantes de desarrollo sostenible e impacto ambiental y orientar procesos de evaluacin por otros actores. Apoyar a los proponentes de actividades en la elaboracin de EIA en Galpagos. Asistir en la determinacin del nivel apropiado del documento de EIA (de acuerdo a la normativa legal y reglamentacin institucional) a ser elaborado. Facilitar la cooperacin y coordinacin en el proceso de EIA para actividades interinstitucionales. Facilitar la comparacin de EIA para actividades similares y/o desarrolladas en condiciones ambientales comparables. Asistir en el anlisis retrospectivo de impactos acumulativos para sitios especficos. Iniciar un proceso de mejora continua de las EIA. Contribuir al ahorro de tiempo e inversin, tanto para el Estado como para los promotores de actuaciones productivas.

3. PROCESO DE EVALUACIN DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA) Es preciso distinguir tres conceptos generales que necesariamente deben tenerse en cuenta con relacin a los estudios y procesos de anlisis de los impactos ambientales2:

Espinoza, G. y Alzina, V.,Editores. 2001. Revisin de la Evaluacin de Impacto Ambiental en Pases de Amrica Latina y el Caribe - Metodologa, Resultados y Tendencias.. BID-CED. Santiago.

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a)

Proceso de Evaluacin de Impacto Ambiental (EIA), entendido como el conjunto de requisitos, pasos y etapas que deben cumplirse para que un anlisis ambiental preventivo sea suficiente y til de acuerdo a los estndares internacionales comnmente aceptados. Sistema de Evaluacin de Impacto Ambiental (SEIA), entendido como la forma de organizacin y administracin de un proceso segn la realidad y capacidad de cada pas que lo aplique. Estudio de Impacto Ambiental, entendido como el o los documento(s) que sustenta(n) el anlisis ambiental preventivo y que entrega(n) los elementos de juicio para tomar decisiones informadas en relacin a las implicancias ambientales de acciones humanas.

b)

c)

3.1. Marco Conceptual de la Evaluacin Ambiental La evaluacin ambiental es un instrumento de gestin que permite la aplicacin de las polticas ambientales, no solo desde el punto de vista de su cumplimiento durante la ejecucin de las obras y la operacin de los proyectos, sino ms importante an, de su inclusin en la planificacin y la toma de decisiones La evaluacin ambiental de proyectos se fundamenta metodolgicamente en los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), los cuales permiten identificar plenamente todos los aspectos inherentes a la interrelacin proyecto-medio ambiente. El nivel de Evaluacin de Impacto Ambiental se define como el proceso de prediccin y evaluacin de los efectos de una accin o serie de acciones en el medioambiente, y de utilizacin de sus conclusiones como un instrumento en la planificacin y la toma de decisiones3. EIA puede definirse como el proceso de prediccin y evaluacin de los impactos de una accin en el medio ambiente, cuyas conclusiones son utilizadas como una herramienta de planificacin y toma de decisiones. Apunta a prevenir la degradacin ambiental proporcionando a los planificadores y diseadores de acciones, as como a los decisores, mejor informacin sobre las consecuencias que acciones (de desarrollo) podran tener en el medio ambiente; aunque no puede por si misma lograr esa proteccin. El enfoque se caracteriza por su naturaleza multidisciplinaria, sistemtica y predictiva4. La EIA es un proceso que tiene como objetivo final brindar informacin a los decisores que les permita conocer las consecuencias ambientales de la actividad propuesta. El proceso de predecir los impactos ambientales de una actividad y evaluar su relevancia es el mismo independientemente de la aparente magnitud de la actividad. Algunas actividades necesitarn noMAG/UEP-PAT/BIRF. 2001(d). Proyecto de Asistencia Tcnica al Subsector Riego - Proyecto "Manejo Integrado de los Recursos Hdricos - Alcance de la Evaluacin Ambiental para los Estudios de Prefactibilidad". Quito. Pritchard, D. E., 1997. Environmental Impact Assessment and the Ramsar Convention."Environmental Impact Assessment: Towards Guidelines for Adoption under the Ramsar Convention". BirdLife International.4 3

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ms que un simple examen para determinar sus impactos asociados, aunque debe tenerse en cuenta que el nivel de evaluacin es relativo a la relevancia de los impactos y no a la escala o a la complejidad de la actividad. As, el panorama que surge en relacin con los impactos de la actividad determinar la extensin y complejidad del proceso de EIA5. La evaluacin ambiental (EA) es un proceso cuyo alcance, nivel de detalle y tipo de anlisis depende de la naturaleza, escala, e impacto ambiental potencial de la propuesta de polticas, reglamentacin, o proyecto. La evaluacin ambiental evala los riesgos e impactos ambientales potenciales implicados relacionados con los efectos espaciales, examina alternativas e identifica formas de mejorar la toma integrada de decisiones. EA toma en consideracin el ambiente natural (aire, agua y suelo), la salud y la seguridad, y los aspectos sociales6. La evaluacin ambiental es un proceso de recoleccin de informacin y anlisis que contribuye a evitar el desarrollo sin justificativos ambientales slidos. Se enfoca en externalidades ambientales: efectos adversos no intencionados de proyectos de desarrollo en el medioambiente. EA procura identificar y evaluar estos efectos ambientales en trminos cualitativos, y cuantificarlos en caso de ser factible7. El propsito ltimo de EIA no es solamente evaluar los impactos, es mejorar la calidad de las decisiones (Formby, 1990:193). EIA se sita en un contexto poltico; requerimientos de conducir EIAs pueden influenciar en las actitudes de altos oficiales, en las estrategias de oponentes al proyecto, y en la estructura organizacional y procedimientos operativos estndares de organizaciones proponentes de proyectos. El enfoque de EIA no es solamente en estudios cientficos, sino en mejorar las decisiones8. EISs deben incluir todos los impactos no monetarios (e.g.: impactos regularmente no incluidos en un anlisis costo-beneficio). Por lo que evaluaciones de impacto social, evaluaciones del riesgo, estudios del impacto visual, anlisis de impactos acumulativos, y otros, son todos elementos de una EIA. La EIA se enmarca en el proceso de planificacin a largo plazo, ya que provee los medios para identificar los efectos potenciales de actividades en el ambiente. Si bien el conocimiento inmediato de estos efectos es importante, los aspectos a largo plazo del impacto son5

Tratado Antrtico. Lineamientos para la Evaluacin de Impacto Ambiental en la Antrtica. XXIII Reunin Consultiva del Tratado Antrtico (RCTA). Resolucin N 1. 1999. Lima6

The World Bank. Environment Department. April 1998, Number 23. Environmental Assessment Sourcebook Update. Prepared by John Dixon and Stefano Pagiola. The World Bank. Environment Department. April 1998, Number 23. Environmental Assessment Sourcebook Update. Prepared by John Dixon and Stefano Pagiola.

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Ortolano, L. and Shepherd, A. 1995. Environmental Impact Assessment, in Environmental and Social Impact Assessment. Vanclay, F. and Bronstein, D.A., Editors. IAIA. John Wiley & Sons.

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probablemente ms importantes, porque solo en un mayor perodo de anlisis pueden identificarse alternativas adecuadas, efectivas y de bajo costo para reducir el impacto9. La esencia de los requerimientos para EIA consiste en la aplicacin de un enfoque sistemtico e interdisciplinario para evaluar las consecuencias ambientales de la accin propuesta, asignar una consideracin apropiada a servicios ambientales no cuantificables, e incorporar los resultados en el proceso de toma de decisiones. Estudios ambientales iniciales deben ser llevados a cabo simultneamente con los estudios iniciales tcnicos y econmicos del proyecto o actividad.

3.2. Objetivos de la evaluacin ambiental Los objetivos de la evaluacin ambiental son los siguientes10: Aportar informacin razonablemente detallada para decidir cules son las alternativas ambientalmente ms factibles Reducir el nmero de opciones que representen soluciones ambiental y econmicamente viables Asegurar que el proyecto sea ambientalmente sustentable y que se proteja la capacidad de los sistemas naturales para mantener sus funciones Promover un desarrollo que sea sustentable y que optimice el uso de los recursos Analizar los riesgos y beneficios ambientales asociados con la ejecucin del proyecto y asegurar que las consideraciones ambientales estn explcitamente tomadas en cuenta Mejorar el proceso de toma de decisiones.

3.3. Anlisis que contempla la evaluacin ambiental11 La evaluacin ambiental, debe enfocar los siguientes anlisis: Los riesgos e impactos ambientales en el rea de influencia del proyecto.

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Jain, R.K., Urban, L.V., Stacey, G. 1993. Environmental Impact Analysis. A New Dimension in Decision Making. Van Nostrand Reinhold Environmental Engineering Series. NY.

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MAG/UEP-PAT/BIRF. 2001(d). Proyecto de Asistencia Tcnica al Subsector Riego - Proyecto "Manejo Integrado de los Recursos Hdricos - Alcance de la Evaluacin Ambiental para los Estudios de Prefactibilidad". Quito. Esta Seccin se basa en captulo similar del documento Tratado Antrtico. Lineamientos para la Evaluacin de Impacto Ambiental en la Antrtica. XXIII Reunin Consultiva del Tratado Antrtico (RCTA). Resolucin N 1. 1999. Lima

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Las alternativas del proyecto, en sus fases de planificacin, diseo y ejecucin, para prevenir, minimizar, mitigar o compensar los impactos ambientales negativos, as como maximizar los impactos positivos. Las formas en que la ejecucin del proyecto manejar los impactos ambientales. 3.3.1. Definicin del proyecto o actividad Un proyecto o actividad es un evento o proceso que resulta o est asociado con la intervencin humana. Es toda obra o intervencin que pueda suponer ocasione impacto ambiental durante su ejecucin, operacin o abandono. El proyecto o actividad debe ser analizado considerando todas las fases involucradas (por ejemplo, construccin, operacin y eventual suspensin o desmantelamiento). El proyecto y las acciones individuales que lo componen deben ser definidos por medio de un proceso de planificacin en el que se consideren los aspectos tcnicos, biofsicos y econmicos tanto del proyecto propuesto como de sus alternativas. El resto del proceso de EIA se basa en esta descripcin inicial, la cual debe ser realizada durante la planificacin. Los siguientes aspectos de la actividad propuesta y de sus alternativas deberan ser claramente identificados:

el propsito y la necesidad de la actividad propuesta; las principales caractersticas de la actividad propuesta que puedan causar impacto sobre el medio ambiente; por ejemplo, caractersticas de. diseo, requerimientos de construccin, de transporte, tipo y volumen de residuos generados durante las distintas etapas de la actividad y su disposicin final, desmantelamiento de las construcciones temporarias, cesacin de la actividad, si fuera necesario, as como todos aquellos aspectos que puedan resultar de la fase operacional de la actividad; las relaciones entre la actividad propuesta y otras actividades relevantes (previas o actualmente en curso); una descripcin del lugar y el rea geogrfica donde se desarrollar la actividad cronograma de la actividad relacin entre el lugar para la actividad y la presencia de reas con requerimientos especiales de manejo medidas precautorias que formen parte integral del proyecto, incluso en sus etapas de construccin, operacin y desmantelamiento.

Se deben considerar cuidadosamente qu acciones en conjunto constituyen una actividad, de tal manera que los impactos de la actividad sean evaluados como un todo. Esto es necesario para evitar preparar EIA parciales que indiquen un impacto aparentemente bajo, cuando en realidad la actividad, considerada globalmente, puede producir impactos de mucha mayor relevancia. Esto es particularmente comn donde un nmero de actividades ocurren en el mismo sitio, ya sea espacial o temporalmente.

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Especialmente en el caso de reas protegidas, una vez definida una actividad, la consideracin de proyectos similares en regiones comparables dentro y fuera del rea puede representar una valiosa fuente adicional de informacin. Una vez que se define la actividad, cualquier modificacin debe ser claramente identificada, especificando cundo ellas ocurren dentro del proceso de EIA. En cualquier caso, es importante que la modificacin y sus implicaciones (en trminos de impacto) sean evaluadas de la misma manera en que fueron evaluados los impactos previamente identificados en el proceso de EIA. 3.3.2. Alternativas a la actividad La actividad propuesta y sus posibles alternativas deberan ser analizadas en forma conjunta, de modo que los decisores puedan comparar los impactos potenciales asociados a cada una de ellas con mayor facilidad. Tanto las consecuencias sobre el medio ambiente como sobre la ciencia deberan ser consideradas durante la evaluacin. Algunos ejemplos de consideracin de alternativas podran incluir:

eleccin de sitios diferentes para la actividad; uso de diferentes tecnologas, con el fin de reducir los productos de la actividad (o su intensidad). uso de instalaciones preexistentes, y consideracin de cronogramas diferentes para el desarrollo de la actividad.

La alternativa de no proceder con la actividad propuesta (es decir, la alternativa de "no accin") debera estar siempre incluida en cualquier anlisis de impactos ambientales de la actividad propuesta. 3.3.3. Identificacin de productos de la actividad Un producto es un cambio fsico (por ejemplo movimiento de sedimentos por el paso de vehculos, ruido) o una entidad (por ejemplo emisiones, una especie introducida) impuesta sobre el ambiente o liberada al mismo como resultado de una accin o una actividad. Los productos pueden estar dados por emisiones, polvo, accin mecnica sobre el sustrato, derrames, derrames de combustible, ruido, luz, radiacin electromagntica, residuos, calor, introduccin de especies no autctonas, etc. La intensidad de los productos juega un papel relevante, especialmente si varias actividades tienen lugar al, mismo tiempo. Por lo tanto, debe tenerse en cuenta la posibilidad de que ocurran interacciones aditivas, sinrgicas o antagnicas entre los diferentes productos (que resultarn en posibles impactos ambientales de relevancia). Confrontar productos y acciones en una matriz puede ser valioso en este proceso.

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Los productos pueden variar si existen diferentes alternativas a la actividad. Por ende, no existe un nico conjunto de productos a ser considerado, sino mltiples conjuntos si las alternativas son significativamente diferentes una de otra. La dispersin geogrfica de un producto debe ser estimada con precisin para as determinar hasta qu punto el ambiente est expuesto. 3.3.4. Consideracin del ambiente Considerar el ambiente requiera de la caracterizacin de todos los elementos o valores fsicos, biolgicos, qumicos y socioeconmicos de relevancia presentes en un rea dada en el momento en que la actividad es propuesta. En este caso, relevancia significa todos aquellos aspectos del ambiente sobre los que la actividad propuesta puede influir o aquellos aspectos del ambiente que pueden influir sobre la actividad. Esta informacin debera ser cuantitativa (por ejemplo, concentracin de metales pesados en organismos o en caudales de ros, el tamao de una poblacin de aves), donde sea apropiada o est disponible. En muchos casos, puede tambin utilizarse informacin cualitativa (por ejemplo el valor esttico de un paisaje). Los mapas, publicaciones, los resultados de investigaciones cientficas y la consulta con cientficos, constituyen diferentes y valiosas fuentes de informacin a ser identificadas y tenidas en cuenta. La consideracin del ambiente debera incluir:

los rasgos fsicos y biolgicos que pudieran resultar directa o indirectamente afectados, incluidos: los rasgos fsicos del rea (topografa, batimetra, geologa, geomorfologa, suelos, hidrologa, meteorologa, glaciologa, etc.); la biota (por ejemplo, inventarios de especies animales y vegetales, poblaciones y comunidades presentes y otros rasgos de inters tales como la presencia de reas de nidificacin), y cualquier poblacin dependiente o relacionada (por ejemplo, reas de nidificacin relacionadas a reas de alimentacin); variaciones naturales de las condiciones ambientales que pudieran ocurrir en escalas diarias, estacionales, anuales y/o interanuales; informacin concerniente a la variabilidad espacial y temporal de la sensibilidad del ambiente receptor (diferencias en los impactos segn temperaturas estacionales), tendencias actuales en procesos naturales tales como el crecimiento poblacional o el rea de distribucin espacial de alguna especie o los fenmenos geolgicos o hidrolgicos; el grado de confiabilidad de los datos (cientficos, histricos, anecdticos);

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Los estudios de lnea base de EIA deben ser conceptualizados de forma que puedan integrarse en el marco de las decisiones y decidores que representa el mundo real de la planificacin de proyectos (Beanlands, G.)12. Un impacto puede ser identificado por su naturaleza, extensin espacial, intensidad, duracin, reversibilidad y retardo. Naturaleza: tipo de cambio impuesto al ambiente debido a la actividad (por ejemplo, contaminacin, erosin, mortalidad, etc.). Extensin espacial: rea o volumen donde los cambios son probablemente detectables. Intensidad: medida del cambio ocasionado al ambiente debido a la actividad (puede medirse o estimarse por medio de, por ejemplo, nmero de especies o individuos afectados, concentracin de algn contaminante en un cuerpo de agua, ndices de erosin, tasas de mortalidad, etc.). Duracin: perodo durante el cual los cambios sern probablemente detectables en el ambiente. Reversibilidad: posibilidad del sistema para retornar a sus condiciones ambientales iniciales, una vez que el impacto se ha producido. Retardo: tiempo transcurrido entre el momento en que los productos son liberados o impuestos sobre el ambiente y el momento en que ocurre el impacto. Asimismo, una identificacin apropiada de impactos debera tambin permitir la distincin entre impactos directos, indirectos y acumulativos. Un impacto directo es un cambio en un componente ambiental que resulta de la interaccin directa causa-efecto entre el ambiente expuesto y un producto dado (por ejemplo, la disminucin de una poblacin de lapas debida a un derrama de petrleo). Un impacto Indirecto es un cambio en un componente ambiental que resulta de la interaccin entre el ambiente expuesto y otros impactos directos o indirectos (por ejemplo, la alteracin en una poblacin de gaviotas causada por la disminucin de la poblacin de lapas, la cual a su vez fue causada por el derrame de petrleo). Un Impacto acumulativo es el impacto combinado de actividades pasadas, presentes o razonablemente previsibles. Estas actividades pueden superponerse en tiempo y/o espacio, y pueden ser aditivas o interactivas y sinrgicas (por ejemplo, disminucin de una poblacin de lapas debido al efecto combinado de las descargas de combustible de una base y de buques), Los impactos acumulativos con frecuencia pueden ser una de las categoras de impactos ms difciles de ser identificadas adecuadamente en el proceso de EIA, Cuando se trata de identificar impactos acumulativos es importante considerar tanto los aspectos temporales como los espaciales e12

Wathern, P. 1988. Editor. Environmental Impact Assessment. Theory and Practice. Unwin Hyman. London.

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identificar otras actividades que han ocurrido o podran ocurrir en el mismo lugar o alrededor de la misma rea. Sinrgico-No sinrgico cuando se trata de vertidos qumicos, ya que hay compuestos que al ser liberados juntos al ambiente causan un dao mucho mayor a la suma de los efectos individuales de cada uno de ellos. Existen varios mtodos para identificar impactos, como la superposicin de mapas, listas de control, matrices, etc. La eleccin de la metodologa depender del carcter de la actividad as como el ambiente al cual eventualmente podr afectar. Anexo III. 3.3.5. Evaluacin de impactos El objeto de la evaluacin de impactos ambientales es asignar relevancia relativa a los impactos previstos asociados a una actividad (y para las distintas alternativas identificadas). Relevancia: Es un juicio de valor acerca de la severidad e importancia de un cambio en un ambiente o valor ambiental dado. Los impactos debern ser evaluados teniendo en cuenta diferentes niveles de relevancia, cuya definicin debera realizarse sobre la base de un anlisis especfico de cada caso. Sin embargo, puede resultar til considerar cmo se han evaluado impactos similares en procesos anteriores de EIA para reas similares y/o para actividades semejantes. Un elemento inherente al juicio de relevancia es que puede con llevar un componente subjetivo considerable y este hecho debo ser tenido en cuenta. Para actividades que, a priori, parezcan capaces de generar impactos relevantes, se deber consultar con distintos expertos para as lograr un panorama lo ms objetivo posible, Esto es particularmente importante tanto para el caso en que el anlisis est basado en datos incompletos como para el caso en que existan lagunas en el conocimiento. La asignacin de la relevancia de un impacto no debera basarse solamente en los impactos directos, sino tambin en los posibles impactos indirectos y acumulativos. La relevancia de los impactos inevitables (aquellos impactos para los cuales no es posible aplicar medidas de mitigacin) representa una consideracin importante para que los decisores evalen s, haciendo un balance, se. justifica llevar a cabo la actividad. Al evaluar impactos ambientales, pueden surgir algunos inconvenientes, Esto puede ocurrir por mala interpretacin o por desestimacin de algunos aspectos de la evaluacin de impactos, como por ejemplo:

confusin entre duracin del Impacto y duracin de la actividad; confusin entre productos de actividades o impactos;

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limitacin del anlisis a la consideracin de impactos directos, sin tener en cuenta impactos Indirectos y acumulativos.

3.3.6. Comparacin de Impactos Una vez que los impactos ambientales de un proyecto han sido evaluados, es necesario resumir y compilar de manera adecuada los impactos relevantes de las distintas alternativas para facilitar la comunicacin a los decisores. Es esencial que tal compilacin permita una sencilla comparacin entre las distintas alternativas. 3.3.7. Propuesta para medidas correctivas Las medidas correctivas estn compuestas por todos aquellos pasos que conduzcan a reducir, evitar o eliminar cualquiera de los componentes de un impacto. Puede ser considerado como un proceso de retroalimentacin, y debera estar presente durante todo el proceso de EIA, no slo como un paso final. Las medidas correctivas incluyen acciones de mitigacin y de remediacin. La mitigacin es el empleo de prcticas, procedimientos o tecnologas con el objeto de reducir al mnimo o prevenir impactos asociados a una actividad dada. La modificacin de algn aspecto de la actividad (y, por lo tanto, la consideracin de productos y de exposicin ambiental), as como el establecimiento de procedimientos de supervisin, representan formas efectivas de mitigacin. Las medidas de mitigacin variarn con las caractersticas de la actividad y del ambiente. Entre otras, pueden incluir:

desarrollo de procedimientos de control in situ (por ejemplo, recomendacin de mtodos de disposicin de residuos); establecimiento del cronograma ms adecuado para llevar a cabo la actividad (por ejemplo, para evitar la estacin reproductiva de especies); proveer programas de educacin y entrenamiento ambiental al personal o a los contratistas involucrados en la actividad; asegurar una adecuada supervisin in situ de la actividad por el personal involucrado en el proyecto o especialistas ambientales.

La remediacin abarca todos los pasos que puedan darse una vez que los impactos hayan ocurrido, con el fin de promover, tanto como sea posible, el regreso de las condiciones del medio ambiente a su estado original. La versin final de la actividad a ser evaluada deber incorporar todas las medidas correctivas, incluidas las medidas de mitigacin y remediacin. Evitar impactos, como una forma de mitigacin, puede contribuir a reducir al mnimo actividades de monitoreo, reducir costos de remediacin y mantener el estado inicial del ambiente. Al considerar medidas de mitigacin y remediacin, deberan tenerse en cuenta los siguientes aspectos:

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que se establezca una clara diferencia entre las medidas de mitigacin y las medidas de remediacin; que se defina claramente el estado del ambiente al cual se aplicarn las medidas correctivas; que surjan nuevos impactos no previstos como consecuencia de la aplicacin inadecuada de una medida de mitigacin; que el ambiente no siempre es capaz de retomar a su estado inicial, an cuando se apliquen medidas de remediacin; que una medida correctiva puede operar en forma antagnica o sinrgica con otras medidas correctivas.

Compensacin, especialmente cuando se trata de daos directos a la salud humana. 3.3.8. Propuesta para programas de monitoreo El monitoreo consiste en todas aquellas mediciones u observaciones estandarizadas de parmetros clave (productos y variables ambientales) con el transcurso del tiempo, su evaluacin estadstica y el informe sobre el estado del medio ambiente, con el objeto de definir calidad y tendencias, Dentro del proceso de EIA, el monitoreo debera tender a confirmar la precisin de las predicciones observadas acerca de los impactos ambientales resultantes de la actividad y a detectar impactos no previstos o impactos de mayor relevancia que la esperada. Teniendo esto en cuenta puede resultar til establecer umbrales o estndares para una actividad con los cuales puedan compararse los resultados del monitoreo. Si se excedieran estos umbrales, entonces se requerira una revisin de las presunciones hechas en relacin con los impactos ambientales o las pautas de manejo asociadas a la actividad. El monitoreo puede tambin incluir otros procedimientos que pueden ser usados para evaluar y verificar los impactos de la actividad. En aquellos usos donde la medicin de parmetros especficos no sea necesaria o apropiada, los procedimientos de evaluacin y verificacin podran incluir mantener un registro de la actividad que de hecho se est realizando, as como de cualquier cambio en la naturaleza de la actividad, cuando dichos cambios modifiquen sensiblemente lo descrito en la EIA. Esta informacin puede ser muy til para reducir al mnimo o mitigar impactos, o para modificar, suspender o hasta cancelar la actividad, o algn aspecto de ella, cuando resultara apropiado. Monitorear no significa medir absolutamente todo sin ningn orden establecido con el objeto de detectar cambios, sino medir slo algunas variables clave, procesos u otros indicadores especficos, cuidadosamente seleccionados sobre la base de criterios predeterminados cientficamente. El proceso de seleccin de indicadores clave debe realizarse, durante la etapa de planificacin de la actividad, una vez que se identifican los productos, se considera el ambiente y se evalan los impactos asociados, mientras que las actividades de monitoreo deberan comenzar, por lo general, antes del comienzo de la actividad, de no contarse con la informacin de base adecuada.

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Al planificar o llevar a cabo actividades de monitoreo, puede aparecer una serie de situaciones que tienda a complicarlas:

dejar la planificacin del programa de monitoreo para cuando la actividad ya est en progreso; las actividades de monitoreo pueden ser costosas, especialmente para proyectos o actividades que abarquen varios aos; algunas presunciones acerca de los impactos ambientales resultantes de la actividad tal vez no se puedan verificar; interrupcin de las actividades de monitoreo; dificultad para distinguir entre variabilidad natural y variabilidad inducida por el hombre en parmetros ambientales.

3.4. Relevancia y limitaciones de EIA Efectos de EIA en Proyectos-

Suspensin de proyectos sin justificativos ambientales slidos (inconsultos o injustificados) Legitimacin de proyectos con justificativos ambientales slidos Seleccin de mejores emplazamientos o ubicaciones de proyectos Reformulacin de planes Redefinicin de las metas y responsabilidades de los proponentes de proyectos Desalentar propuestas de proyectos ambientalmente perjudiciales

Problemas Permanentes en la Implementacin de EIA13-

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Requerimientos de conducir EIA son frecuentemente evitados EIA es con frecuencia no cuidadosamente integrada en la planificacin (debe iniciarse en las primeras fases de planificacin de los proyectos) EIA no asegura proyectos con justificativos ambientales slidos (se trata de utilizar la EIA para fomentar el desarrollo sustentable) EIA es realizada principalmente para proyectos, y no para programas o polticas Frecuentemente los impactos acumulativos no son evaluados La participacin pblica en EIA es con frecuencia inadecuada (Metas: Identificar las preocupaciones y valores del pblico; recolectar informacin econmica, ambiental y social del pblico; informar al pblico sobre acciones o alternativas potenciales y las consecuencias potenciales de estas acciones; desarrollar y mantener la credibilidad; y en definitiva, mejorar la toma de decisiones general de la institucin)14. Mitigaciones propuestas pueden no ser implementadas Monitoreo ex-post es raramente conducido

Ortolano, L. and Shepherd, A. 1995. Environmental Impact Assessment, in Environmental and Social Impact Assessment. Vanclay, F. and Bronstein, D.A., Editors. IAIA. John Wiley & Sons.14

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Fuente: Canadian Federal Environmental Assessment Review Office. 1988.

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Las evaluaciones de riesgos y de impactos sociales son con frecuencia omitidas en EIAs

La imposibilidad de prever todos los impactos tiene implicaciones en la estructura bsica del plan de desarrollo y en la investigacin sobre EIA. Si bien es cierto que cada situacin ambiental tiene algunas caractersticas nicas (e.g.: especies animales exticas, formaciones geolgicas, tendencias de asentamientos), el campo de la ecologa ha acumulado una abundante literatura descriptiva y funcional que hace a algunas clases de estudios redundantes, y a algunas predicciones posibles15. Aplicacin de Metodologas de EIA16 Las diferentes metodologas para el desarrollo de EIA, como mtodos ad hoc, capas de informacin digital superpuestas, listas de revisin, matrices, redes, combinacin de mtodos con ayuda de computadora, se aplican de acuerdo a consideraciones de la EIA especfica que pueden facilitar o limitar su utilizacin: Uso: Documento para toma de decisiones Documento de informacin Diferencia fundamental Diferencia incremental Preparacin sustantiva (tcnicas complejas, cuantificacin o ponderacin para incorporar valores pblicos) Anlisis cuantitativos requieren mayores recursos: Tiempo Destrezas Dinero Informacin Tecnologa Mayor familiaridad contribuye a la validez de juicios subjetivos.

Alternativas:

Participacin Pblica:

Recursos Disponibles:

Familiaridad:

Significancia del Problema: A mayor significancia necesidad de: Anlisis explcito y cuantitativo, e identificacin de aspectos clave. Supuestos arbitrarios son menos apropiados.

Holling, C. S., Editor. 1978. Adaptive Environmental Assessment and Management. UNEP/ IIASA. John Wiley & Sons. 16 Jain, R.K., Urban, L.V., Stacey, G. 1993. Environmental Impact Analysis. A New Dimension in Decision Making. Van Nostrand Reinhold Environmental Engineering Series. NY.

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Limitantes Administrativas: Requerimientos de procedimientos o de formatos Lineamientos o polticas: Instrumentos Rango de impactos Anlisis de intercambios Perodo del anlisis Dilemas en la eleccin de polticas ambientales17 Equilibrando costos, beneficios y riesgos Integracin de ambiente y economa? (reduccin del aparente conflicto entre valores econmicos y ambientales, mediante la aplicacin de indicadores o puntos de referencia benchmarks- ) Buscando justicia ambiental (toma de decisiones colaborativa) Descentralizacin de responsabilidades ambientales Evaluacin de programas ambientales Incertidumbre en EIA El proceso de manejar la incertidumbre, a lo largo de todas las fases del ciclo de proyectos (tcnicas socio-cientficas, enfoques tecno-cientficos y etapas orientadas a investigacin), depende del supuesto que los participantes tienen diferentes valores. Estas diferencias pueden traducirse en desacuerdos que son la base para el ejercicio de mediacin. Alternativamente, estas diferencias pueden expresarse como incertidumbre relacionada con valores, un elemento principal del enfoque de eleccin estratgica. (De Jongh, P.)18.

4. EL CONTEXTO AMBIENTAL DE GALPAGOS Las Islas Galpagos constituyen uno de los ms complejos, diversos e intactos ecosistemas que quedan en el mundo y un sobresaliente depsito mundial de biodiversidad y centro de endemismo, renombrado por el buen estado de conservacin de su biodiversidad nativa, en donde hasta un 95% de la biodiversidad pre-humana original todava existe. Adicionalmente a su flora y fauna nicas, Galpagos ha jugado, y continua hacindolo, un papel crtico en la investigacin de la evolucin biolgica, suministrando un escenario ideal como laboratorio natural que ha contribuido al estudio y conocimiento de los procesos evolutivos, con relevancia mundial para la ciencia, la educacin y el turismo de naturaleza.

Kraft, M., 1999. Making Decisions About Environmental Policy. Sexton, K., Marcus, A., Easter, K., and Burkhardt, T., Editors. 1998. Better Environmental Decisions. Island Press. Washington DC, Covelo, California. 18 Wathern, P. 1988. Editor. Environmental Impact Assessment. Theory and Practice. Unwin Hyman. London.

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Por estas caractersticas de formacin, su localizacin influenciada por varias corrientes marinas, la diversidad biolgica marina, el endemismo de su flora y fauna terrestre y por la presencia de procesos evolutivos no alterados, fue declarada Patrimonio Natural de la Humanidad, Reserva de la Biosfera y parte de los humedales de la Convencin Ramsar. El Gobierno del Ecuador ha demostrado un fuerte compromiso para la conservacin del archipilago habiendo destinado el 97% del rea terrestre como Parque Nacional, y creado una de las reservas marinas ms grandes del mundo, acciones ejemplares que han protegido al archipilago de severas presiones antropognicas. Aunque todava quedan amenazas, principalmente por las anteriores y futuras potenciales invasiones de especies forneas, las cuales son ya responsables de la degradacin del hbitat, competencia con especies nativas y como predadores de la vida silvestre nativa. El archipilago est conformado por 19 islas, 47 islotes y al menos 26 rocas o promontorios de origen volcnico situadas en el Ocano Pacfico a 960 kilmetros del Ecuador continental, con una superficie terrestre total de 788.200 has, de las cuales el 96.7% (761.844 has.) constituyen Parque Nacional y el 3.3% restante (26.356 has) zona colonizada formada por reas urbanas y agrcolas en las islas San Cristbal, Santa Cruz, Isabela y Santa Mara (Floreana). Por otro lado, Galpagos adems de un Parque Nacional, es tambin una ecoregin donde habita una comunidad humana que participa activamente de los procesos sociales y econmicos de la regin, donde la bsqueda de la integracin y convivencia de los diferentes actores sociales, con intereses diversos, as como la conviccin generalizada de las fortalezas y potencialidades del capital natural y humano, constituyen un escenario socio econmico en permanente evolucin a ser potenciado en una nueva visin de futuro. De variada ndole es la problemtica que enfrenta Galpagos en el desafo de la conservacin y el desarrollo sustentable. Son crticos los problemas relacionados con la introduccin de especies invasoras como principal amenaza a la biodiversidad de las islas; el crecimiento poblacional generado principalmente por la migracin; una dinmica econmica anrquica, frgil y sin orientaciones claras; crisis del sector agropecuario; crecimiento desordenado de la pesca artesanal; distorsiones severas del mercado; una calidad de servicios bsicos deficitaria; y un estilo de vida contradictorio con la particularidad de las Islas. El Instituto Nacional Galpagos (INGALA) como ente planificador y coordinador regional de Galpagos, segn lo estipula la Ley de Rgimen Especial para la Conservacin y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galpagos, promulgada en 199819, concluy la formulacin del Plan Regional para la Conservacin y Desarrollo Sustentable de Galpagos 2003-2012, el mismo que fue aprobado por el Consejo del INGALA en octubre del 2002 y promulgado mediante Decreto Ejecutivo en diciembre del mismo ao. El Plan Regional establece un conjunto de polticas, estrategias y programas con el fin de permitir de manera simultnea garantizar hacia el futuro, la conservacin de la biodiversidad de19

Ecuador, registro Oficial 278 18-03-98

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Galpagos y la construccin de una comunidad humana en armona con la fragilidad de las islas, puesto que garantizar la preservacin de los procesos ecolgicos vitales permitir mantener los servicios ambientales presentes y futuros de los que depende la sociedad20. Una condicin bsica del desarrollo sustentable radica en la participacin democrtica de las poblaciones locales en las decisiones sobre el uso de sus recursos, la superacin de la pobreza, el cubrimiento de las necesidades bsicas de reproduccin y el mantenimiento de los ecosistemas entre otros21, siendo el fortalecimiento de la organizacin de las comunidades un aspecto sustantivo para enfrentar los problemas socioeconmicos y ambientales de una manera integral. La Gestin Participativa22 es un mtodo eficaz y eficiente para la conservacin de los recursos naturales, as como para el acceso equitativo a sus beneficios, pues legitima la participacin de la comunidad en la gestin de reas protegidas.

5. EL PROCESO DE EIA EN GALPAGOS 5.1. El Marco Legal y Reglamentario Los instrumentos legales que norman el proceso de Evaluacin de Impacto Ambiental en Galpagos pueden clasificarse en dos grupos: i) La Constitucin, leyes y reglamentos principales, y ii) el Texto Unificado de Legislacin Ambiental Secundaria, Libro VI De la Calidad Ambiental. Este segundo grupo lo constituyen los reglamentos, normas, y planes regionales y de manejo. A continuacin se describen los aspectos relevantes de los citados instrumentos. i) La Constitucin, Leyes y Reglamentos Principales La Constitucin Poltica del Estado Ecuatoriano Se establece que el Estado garantizar el derecho de la poblacin a vivir en un medio ambiente sano y libre de contaminacin y asegurar la proteccin y el uso sustentable de los recursos naturales, y que toda decisin estatal que pueda afectar el medio ambiente deber contar previamente con los criterios de la comunidad, para lo cual sta ser debidamente informada (Art. 88).

La Ley de Rgimen Especial para la Conservacin y el Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galpagos

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Estrategias de Conservacin con Base Ecoregional. El caso de Galpagos. Fundacin Natura-WWF. Ambiente y desarrollo sostenible. CEC/UICN/FTP-FAO/PROBONA/ECOCIENCIA. 1999 22 Principales problemas de la conservacin en el decenio de 1990. Resultados de los seminarios del Congreso Mundial de la Naturaleza. UICN. 1998.

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Se establece que las zonas terrestres y marinas y los asentamientos humanos de la provincia de Galpagos estn interconectados, de tal forma que su conservacin y desarrollo sustentable depende del manejo ambiental de los tres componentes; y determina como atribucin del Consejo del INGALA la fijacin de los niveles mximos permisibles de contaminacin ambiental aplicables en la provincia de Galpagos (Art. 6. c). Entre las atribuciones generales del INGALA se establece el asesoramiento a los organismos de Estado en Estudios de Impacto Ambiental. Se determina que respecto a la construccin de nueva infraestructura turstica se debe garantizar que el impacto a los ecosistemas de la provincia de Galpagos sea mnimo, mediante el correspondiente estudio de impacto ambiental y plan de manejo (Art. 49. c). En el Art. 61 se estipula que de ser necesario conforme a las normas pertinentes, previamente a la celebracin del contrato pblico o a la autorizacin administrativa, para la ejecucin de obras pblicas, privadas o mixtas, se requerir de una evaluacin de impacto ambiental que incluir los requerimientos especficos para el desarrollo sustentable de la provincia de Galpagos.

Reglamento General de Aplicacin de la Ley de Rgimen Especial para la Conservacin y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galpagos Se establece, que en sus respectivos mbitos de competencia, el Consejo Provincial y los Municipios ejercern sus funciones, entre otros aspectos, asegurando la aplicacin correcta y eficaz del sistema de Evaluacin de Impacto Ambiental en las reas de su competencia (Art. 61). Se seala que el Reglamento de Evaluacin de Impacto Ambiental y Calificacin Ambiental para la Provincia de Galpagos (a ser) emitido por el Ministerio de Medio Ambiente tendr por objeto establecer un sistema de normas adicionales de proteccin del medio ambiente en Galpagos, en el marco de la legislacin bsica del Estado y particularmente de la Ley de Rgimen Especial para la Conservacin y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galpagos y este Reglamento (Art. 116). Conforme al artculo 71 de la Ley, en relacin a las infracciones administrativas, el Art. 120 establece que constituyen, entre otras acciones, la iniciacin o ejecucin de obras, proyectos y actividades sin licencia o autorizacin, o sin ajustarse a las condiciones ambientales impuestas como resultado de los procedimientos establecidos en el Reglamento de Evaluacin de Impacto Ambiental y Calificacin Ambiental. La Ley de Gestin Ambiental Esta Ley establece los principios y directrices de poltica ambiental; determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de participacin de los sectores pblico y privado en la gestin ambiental y seala los lmites permisibles, controles y sanciones en esta materia (Art. 1). Se determina que el aprovechamiento racional de los recursos naturales no renovables en funcin de los intereses nacionales dentro del patrimonio de reas naturales protegidas del

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Estado y en ecosistemas frgiles, tendrn lugar por excepcin previo un estudio de factibilidad econmico y de evaluacin de impactos ambientales (Art. 6). El Art. 19 estipula que las obras pblicas privadas o mixtas y los proyectos de inversin pblicos o privados que puedan causar impactos ambientales, sern calificados previamente a su ejecucin, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema Unico de Manejo Ambiental, cuyo principio rector ser el precautelatorio; y segn el Art. 20 se determina que para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deber contar con la licencia respectiva, otorgada por el Ministerio del ramo. Segn el Art. 23, la evaluacin del impacto ambiental comprender: a) La estimacin de los efectos causados a la poblacin humana, la biodiversidad, el suelo, el aire, el agua el paisaje y la estructura y funcin del los ecosistemas presentes en el rea previsiblemente afectada; Las condiciones de tranquilidad pblicas, tales como: ruido, vibraciones, olores, emisiones luminosas, cambios trmicos y cualquier otro perjuicio ambiental derivado de su ejecucin; y, La incidencia que el proyecto, obra o actividad tendr en los elementos que componen el patrimonio histrico, escnico y cultural.

b)

c)

Se establece que toda persona natural o jurdica tiene derecho a ser informada oportuna y suficientemente sobre cualquier actividad de las instituciones del Estado que conforme al Reglamento de la Ley, pueda producir impactos ambientales, para lo cual podr formular peticiones y deducir acciones de carcter individual o colectivo ante las autoridades competentes (Art. 29). Ley de Rgimen Municipal A la administracin municipal en coordinacin con la autoridad de salud, le compete entre otros aspectos, velar por el fiel cumplimiento de las normas legales sobre saneamiento ambiental y especialmente de las que tienen relacin con ruidos, olores desagradables, humo, gases txicos, polvo atmosfrico, emanaciones y dems factores que pueden afectar la salud y bienestar de la poblacin (Art. 164. j). Con relacin a la estructura administrativa bsica de los gobiernos municipales, se determina que las municipalidades de acuerdo a sus posibilidades financieras establecern unidades de gestin ambiental23, que actuarn temporal o permanentemente (Art. 186.1), y que la Asociacin de23

Gestin Ambiental se define como el conjunto de polticas, normas, actividades operativas y administrativas de planeamiento, financiamiento y control, estrechamente vinculadas, que deben ser ejecutadas por el Estado y la sociedad para garantizar el desarrollo sustentable y una ptima calidad de vida.

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Municipalidades del Ecuador, contar con un equipo tcnico de apoyo para las municipalidades que carezcan de unidades de gestin ambiental, para la prevencin de los impactos ambientales de sus actividades (Art. 186.2). El Art. 211 (k) estipula que el planeamiento fsico y urbanstico del territorio del cantn ser obligatorio para la municipalidades y comprender, entre otros aspectos, el anlisis de los impactos ambientales de las obras, y segn el Art. 213, se mantendr actualizada esta informacin, ms toda aqulla que fuere necesaria para la planeacin fsica; y los Municipios y Distritos Metropolitanos efectuarn su planificacin siguiendo los principios de conservacin, desarrollo y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales. Con relacin al presupuesto de gastos se determina que comprender, entre otras, la funcin de servicios comunales referida a las obras y servicios pblicos necesarios para la vida de la comunidad. Esta funcin se llevar a cabo mediante los programas de Planificacin Urbana y Rural, e Higiene Ambiental (Art. 518). Reglamento Especial de Turismo en reas Naturales Protegidas (RETANP) Segn este Reglamento se definen como polticas nacionales rectoras de las actividades tursticas en las reas del Sistema Nacional de reas Naturales Protegidas (SNAP), entre otras, la promocin de investigaciones que permitan establecer objetivamente los impactos ambientales de las diversas actividades tursticas desarrolladas en el Sistema Nacional de reas Naturales Protegidas, as como la minimizacin de impactos ambientales que resulten de la actividad turstica que se realice en las reas del SNAP (Art. 2). Tambin se establece que toda ejecucin de obra o establecimiento de infraestructura de naturaleza turstica en el SNAP se someter a un Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental, conforme a las normas de la Ley de Gestin Ambiental, su reglamento y Plan de Manejo del rea, para obtener la correspondiente autorizacin administrativa del Ministerio del Ambiente (Art. 4). El Art. 12 seala que las actividades tursticas en el SNAP priorizarn el desarrollo del turismo nacional; la planificacin, ejecucin y control, la investigacin y gestin de proyectos; la recuperacin de reas ecolgicamente afectadas; la capacitacin, educacin e interpretacin ambiental; el acceso a informacin veraz oportuna; la difusin; la participacin de las comunidades; el mejoramiento de las condiciones de vida de la poblacin dentro del SNAP. Estas acciones se pondrn en ejecucin a travs de los respectivos planes regionales, planes de manejo de las reas protegidas, planes especiales, planes de mitigacin, y de los estudios de impacto ambiental. En el Art. 15 se precisa que los planes de manejo de cada rea protegida, establecern un programa de monitoreo de los impactos ambientales derivados de la actividad turstica. En la Seccin 4, de los instrumentos de las actividades tursticas en el SNAP, y con relacin al Estudio de Impacto Ambiental, se determina el contenido de las evaluaciones de impacto

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ambiental que se deban realizar para la iniciacin de las actividades tursticas en el SNAP, y se establece que en Galpagos, adems, se aplicarn los requerimientos de evaluacin y auditora ambiental establecidos en la Ley de Rgimen Especial y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galpagos y sus reglamentos (Art. 17). Los estudios de impacto ambiental indicados, requeridos en caso de construccin de nueva infraestructura, debern estar sujetos al estudio actualizado de capacidad de carga de los sitios de visita, debiendo incluir el inventario de las especies vulnerables (Art. 18). Para el trmite del otorgamiento de nuevas patentes de operacin turstica en Galpagos, se establece el requerimiento de contar con los criterios tcnicos de la capacidad de carga de los sitios de visita, estudios de impacto ambiental y Plan de Manejo (Art. 48). De acuerdo a la Disposicin Transitoria Quinta, se estipula que el ingreso de cruceros nacionales o internacionales de hasta 500 pasajeros a bordo ser autorizado a entrar nicamente a Puerto Baquerizo Moreno en la Isla San Cristbal previo a la entrega del Estudio de Impacto Ambiental y de la autorizacin del Ministerio del Ambiente a travs del Parque Nacional Galpagos, y se determina que el Ministerio del Ambiente, a travs del Parque Nacional Galpagos, evaluar los impactos ambientales, econmicos y sociales de esta operacin, para tomar las acciones que correspondan.

Plan Regional para la Conservacin y el Desarrollo Sustentable de Galpagos Directrices para la planificacin En el mbito de la conservacin de los ecosistemas, y con relacin a la evaluacin y auditorias ambientales, se estipula que la ejecucin de planes, programas, proyectos y obras, sean pblicos, privados o mixtos, se sujetarn a los requisitos de evaluacin de impacto ambiental, auditoria ambiental e incluirn requerimientos especficos para el desarrollo sustentable de la provincia de Galpagos24. Se incluye tambin el principio precautelatorio cuando la informacin tcnica es insuficiente o existe un nivel significativo de duda en las conclusiones del anlisis tcnico, para lo cual se debe tomar la decisin que contenga el mnimo riesgo de causar directa o indirectamente daos al ecosistema25. El Consejo del INGALA tiene atribuciones especficas para la fijacin de los niveles mximos permisibles de contaminacin ambiental aplicables en la regin26. En el mbito de la sustentabilidad ecolgica terrestre, la conservacin de su biodiversidad y el control total de especies introducidas; y en referencia a las medidas preventivas, sanitarias, de inspeccin cuarentenaria y de control ambiental; se determina que se deben establecer y aplicar procedimientos de Evaluacin de Impacto Ambiental (EIA) y de Auditora Ambiental, con atencin especial a impactos relacionados con especies introducidas. Por otro lado, con respecto a24 25

LREG. Art. 61 y Reglamento General de Aplicacin de la Ley, Art. 90 LREG. Art. 73. Idem. 26 LREG. Art.6. N 4 Li t. c)

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los sistemas de monitoreo y reaccin rpida a nuevas introducciones, se seala que se debe garantizar y establecer regulaciones para que todos los proyectos cuenten con monitoreo y evaluacin ambiental previo a su ejecucin y con la aprobacin de las autoridades correspondientes. (quien contamina, paga). Programas, Proyectos y Actividades Se establece que los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) en general debern recomendar la conveniencia o no de los proyectos de infraestructura previa su aprobacin. En caso de recomendar su ejecucin, sus productos incluirn obligatoriamente un plan de mitigacin ambiental y un plan de monitoreo ecolgico permanente. Todos los costos que demande este requisito deben ser asumidos por los proponentes de proyectos de infraestructura y transporte, conforme a la Ley27. Los estudios de prefactibilidad de los proyectos que se propongan debern incorporar la EIA de manera simultnea. Se considera como actividad del proyecto de fortalecimiento institucional para garantizar el control ambiental, el establecimiento y aplicacin de procedimientos de Evaluacin de Impacto Ambiental y Auditoria Ambiental, estableciendo como resultados esperados, entre otros, las normas de la Evaluacin de Impacto Ambiental y Auditoria Ambiental; y el escenario en el que todos los programas y proyectos sin excepcin tienen EIA, incorporando los costos en su propio presupuesto. Como parte del proyecto referido al ordenamiento del transporte, se considera como una de las actividades, la construccin de infraestructura moderna de transporte areo, terrestre y martimo, de acuerdo a los planes respectivos, estableciendo instancias tcnicas para la evaluacin de impacto ambiental. ii) Legislacin Ambiental Secundaria En el Texto Unificado de Legislacin Ambiental Secundaria, el Libro VI De la Calidad Ambiental, y el Ttulo I, Del Sistema nico de Manejo Ambiental (SUMA), se refieren a la reglamentacin del Subsistema de Evaluacin de Impacto Ambiental a nivel nacional. Esta estructura legal se presenta en el diagrama de la Figura 1. El propsito y mbito del Sistema nico de Manejo Ambiental (sealado en los artculos 19 hasta 24 de la Ley de Gestin Ambiental) es la reglamentacin del marco institucional, mecanismos de coordinacin interinstitucional y los elementos del subsistema de evaluacin de impacto ambiental, el proceso de evaluacin de impacto ambiental, as como los procedimientos de impugnacin, suspensin revocatoria y registro de licencias ambientales (Art. 1). Se establecen y definen as, el conjunto de elementos mnimos que constituyen un subsistema de evaluacin de impactos ambientales a ser aplicados en las instituciones integrantes del Sistema Nacional Descentralizado de Gestin Ambiental (Art. 1), cuya estructura se presenta en el27

Ley Especial de Galpagos. Ttulo V. Art. 61.

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diagrama de la Figura 2. En este diagrama constan adems el Consejo Nacional de Desarrollo Sustentable como instancia superior de polticas ambientales, as como el instrumento tcnicolegal del Plan de Manejo Ambiental del Ecuador. Dentro del Sistema Nacional Descentralizado de Gestin Ambiental, como parte integrante de la estructura del Subsistema de Evaluacin de Impacto Ambiental, consta el Ministerio del Ambiente como Autoridad Ambiental Nacional, as como los ministerios de Estado, los municipios, consejos provinciales, y los organismos del ejecutivo con competencia ambiental, como Autoridades Ambientales de Aplicacin. Un subsistema de evaluacin de impactos ambientales comprende el proceso de presentacin, revisin, licenciamiento y seguimiento ambiental de una actividad o un proyecto propuesto (Art. 1). Los principios del Sistema nico de Manejo Ambiental son el mejoramiento, la transparencia, la agilidad, la eficacia y la eficiencia, as como la coordinacin interinstitucional de las decisiones relativas a actividades o proyectos propuestos con potencial impacto y/o riesgo ambiental, para impulsar el desarrollo sustentable del pas mediante la inclusin explcita de consideraciones ambientales y de la participacin ciudadana, desde las fases ms tempranas del ciclo de vida de toda actividad o proyecto propuesto (Art. 2). Sobre los procedimientos de EIA en el SUMA, aparte de lo establecido en la legislacin primaria, no se considera un rgimen especial para Galpagos. El Libro VI De La Calidad Ambiental, del Texto Unificado de Legislacin Ambiental Secundaria, lo integran como Anexos, una serie de normativas ambientales que pueden ser aplicadas en Galpagos, en tanto no se elaboren normas especficas para la regin:

Norma de Calidad Ambiental y de Descarga de Efluentes: Recurso Agua Norma de Calidad Ambiental del Recurso Suelo y Criterios de Remediacin para Suelos Contaminados Norma de Emisiones al Aire desde Fuentes Fijas de Combustin Norma de Calidad del Aire Ambiente Norma de Emisiones de Ruido y Transmisin de Vibraciones Norma de Calidad Ambiental para el Manejo y Disposicin Final de Desechos Slidos No Peligrosos Listados Nacionales de Productos Qumicos Prohibidos, Peligrosos y de Uso Severamente Restringido que se Utilicen en el Ecuador

De igual forma, en el Libro VII Del Rgimen Especial de Galpagos, constan los siguientes reglamentos especficos:

Reglamento de Control Total de Especies Introducidas de la Provincia de Galpagos Reglamento para la Gestin Integral de los Desechos y Residuos para las Islas Galpagos

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Fig. 1. DIAGRAMA DE LA ESTRUCTURA DEL TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIN AMBIENTALTTULO I DEL SISTEMA NICO DE MANEJO AMBIENTAL

LIBRO I DE LA AUTORIDAD AMBIENTAL

TTULO II POLITICAS NACIONALES DE RESIDUOS SLIDOS

LIBRO II. DE LA GESTIN AMBIENTAL

TTULO III DEL COMIT DE COORDINACIN Y COOPERACIN INTERINSTITUCIONAL PARA LA GESTIN DE RESIDUOS

LIBRO III. DEL RGIMEN FORESTAL

TTULO IV REGLAMENTO A LA LEY DE GESTION AMBIENTAL PARA LA PREVENCION Y CONTROL DE LA CONTAMINACION AMBIENTAL

LIBRO IV. DE LA BIODIVERSIDAD

TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIN AMBIENTAL SECUNDARIA

TTULO V REGLAMENTO PARA LA PREVENCION Y CONTROL DE LA CONTAMINACION POR DESECHOS PELIGROSOS

LIBRO V. DE LOS RECURSOS COSTEROS

TTULO VI REGIMEN NACIONAL PARA LA GESTIN DE PRODUCTOS QUMICOS PELIGROSOS

TTULO VII DEL CAMBIO CLIMTICO

LIBRO VI. DE LA CALIDAD AMBIENTAL

LIBRO VII. DEL RGIMEN ESPECIAL DE GALPAGOS

ANEXO 1. NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL Y DE DESCARGA DE EFLUENTES: RECURSO AGUA ANEXO 2. NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL DEL RECURSO SUELO Y CRITERIOS DE REMEDIACIN PARA SUELOS CONTAMINADOS ANEXO 3. NORMA DE EMISIONES AL AIRE DESDE FUENTES FIJAS DE COMBUSTION ANEXO 4. NORMA DE CALIDAD DEL AIRE AMBIENTE ANEXO 5. NORMA DE EMISIONES DE RUIDO Y TRANSMISIN DE VIBRACIONES ANEXO 6. NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL PARA EL MANEJO Y DISPOSICIN FINAL DE DESECHOS SLIDOS NO PELIGROSOS ANEXO 7. LISTADOS NACIONALES DE PRODUCTOS QUMICOS PROHIBIDOS, PELIGROSOS Y DE USO SEVERAMENTE RESTRINGIDO QUE SE UTILICEN EN EL ECUADOR

LIBRO VIII. ECORAE

TITULO I: TITULO II: TTULO III:

LIBRO IX. TASAS Elaboracin: Consultor

TITULO IV: TTULO V:

PLAN REGIONAL PARA LA CONSERVACION Y EL DESARROLLO SUSTENTABLE DE GALAPAGOS REGLAMENTO ESPECIAL DE TURISMO EN AREAS NATURALES PROTEGIDAS DE LA RESERVA MARINA (Reglamentos de Pesca Artesanal y de Transporte Martimo de Productos Txicos o de Alto Riesgo) REGLAMENTO DE CONTROL TOTAL DE ESPECIES INTRODUCIDAS DE LA PROVINCIA DE GALAPAGOS REGLAMENTO PARA LA GESTION INTEGRAL DE LOS DESECHOS Y RESIDUOS PARA LAS ISLAS GALPAGOS

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Fig. 2. ESTRUCTURA DEL SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE GESTIN AMBIENTAL

PRESIDENCIA DE LA REPBLICA

CONSEJO NACIONAL DE DESARROLLO SUSTENTABLE

MINISTERIO DEL AMBIENTE

PLAN AMBIENTAL DEL ECUADOR

SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE GESTIN AMBIENTAL -Comisin Nacional de CoordinacinSUBSISTEMA DE EIAAUTORIDAD AMBIENTAL NACIONAL

MINISTERIO DEL AMBIENTE

AUTORIDADES AMBIENTALES DE APLICACIN

MINISTERIOS DE ESTADO

GOBIERNOS MUNICIPALES

GOBIERNOS PROVINCIALES

ORGANISMOS DEL EJECUTIVO (con competencia ambiental)

Elaboracin: Consultor

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5.2. Marco Institucional Adems de lo referido en el captulo anterior sobre el Ministerio del Ambiente como Autoridad Ambiental Nacional; y los ministerios de Estado, los municipios, consejos provinciales, y organismos del ejecutivo con competencia ambiental, como Autoridades Ambientales de Aplicacin, en el Art. 3 del Sistema nico de Manejo Ambiental (SUMA) se definen las dems instancias participantes en los procesos del Subsistema de Evaluacin de Impacto Ambiental: Autoridad ambiental de aplicacin responsable (AAAr): Institucin cuyo sistema de evaluacin de impactos ambientales ha sido acreditado ante el Sistema nico de Manejo Ambiental y que por lo tanto lidera y coordina el proceso de evaluacin de impactos ambientales, su aprobacin y licenciamiento ambiental dentro del mbito de sus competencias. Autoridad ambiental de aplicacin cooperante (AAAc): Institucin que, sin necesidad de ser acreditada ante el Sistema nico de Manejo Ambiental, participa en el proceso de evaluacin de impactos ambientales, emitiendo a la AAAr su informe o pronunciamiento dentro del mbito de sus competencias. Sobre la acreditacin, se establece en el Art. 5, que las autoridades ambientales de aplicacin que cuentan con los elementos y cumplen con los requisitos mnimos de un sub-sistema de evaluacin de impactos ambientales, podrn solicitar la correspondiente acreditacin ante el SUMA a la autoridad ambiental nacional. Para la acreditacin ante el Sistema nico de Manejo Ambiental, la autoridad ambiental de aplicacin deber presentar ante la autoridad ambiental nacional (Art. 6): a) una solicitud expresa firmada por la autoridad mxima de la autoridad ambiental de aplicacin interesada en la acreditacin; b) las bases legales y reglamentarias en las que se encuentran determinadas y especificadas las competencias administrativas en materia ambiental de la autoridad ambiental de aplicacin solicitante; c) una declaracin corta de la poltica ambiental sectorial o seccional, segn el caso; d) la justificacin y documentacin que sustente que el sub-sistema de evaluacin de impactos ambientales de la autoridad ambiental de aplicacin cumple con los elementos y requisitos mnimos establecidos en el Captulo III de este Ttulo, incluyendo normas, especificaciones y guas ambientales aplicables tambin a aquellas actividades o proyectos que no requieren evaluacin de impactos ambientales; e) la documentacin que demuestre la capacidad institucional de la autoridad ambiental de aplicacin en lo que se refiere a:

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i. ii.

poseer una unidad de gestin, proteccin o manejo ambiental; disponer de recursos tcnicos, tecnolgicos y econmicos, propios y/o tercerizados, para cumplir con las tareas inherentes a un sub-sistema de evaluacin de impactos ambientales, incluyendo las respectivas actividades de control y seguimiento ambiental; y, disponer de un equipo multidisciplinario que est tcnicamente preparado para la revisin y licenciamiento de un estudio de impacto ambiental, cualquiera que sea la relacin contractual o laboral que tengan los profesionales con la autoridad ambiental de aplicacin interesada.

iii.

En la Figura 4 consta el diagrama del proceso de acreditacin de un subsistema de evaluacin de impactos ambientales sectorial o seccional ante el SUMA (Disposicin Final Cuarta).

Es importante resaltar que en la Provincia de Galpagos, no existe un subsistema de evaluacin de impactos ambientales sectorial o seccional de las autoridades ambientales de aplicacin, acreditado ante el SUMA, por lo que en este caso, la Autoridad Ambiental de Aplicacin Responsable es la Autoridad Ambiental Nacional, es decir el Ministerio del Ambiente.

En el Art. 11 del SUMA se establece que las dems autoridades ambientales de aplicacin involucradas en el proceso de evaluacin de impactos ambientales (ministerios de Estado, municipios, consejos provinciales, y organismos del ejecutivo con competencia ambiental) se convierten en instituciones cooperantes (AAAc) para el proceso, sin necesidad de ser acreditadas y con la obligacin de emitir su correspondiente informe o pronunciamiento previo, dentro del mbito de sus competencias, el mismo que ser incorporado en la revisin y el anlisis de la AAAr dentro del proceso. En el caso que la propia Autoridad Ambiental Nacional sea el promotor de una actividad o proyecto sujeto a licenciamiento ambiental, el Art. 12 del SUMA seala que ser el Consejo Nacional de Desarrollo Sustentable quien determine la AAAr del proceso de evaluacin de impactos ambientales mediante resolucin.

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5.3. Objetivo General de la evaluacin de impactos ambientales Se define como objetivo general de la evaluacin de impactos ambientales dentro del SUMA el garantizar el acceso de funcionarios pblicos y la sociedad en general a la informacin ambiental relevante de una actividad o proyecto propuesto28 previo a la decisin sobre la implementacin o ejecucin de la actividad o proyecto (Art. 13).28

SUMA, Art. 3. Actividad o proyecto propuesto: Toda obra, instalacin, construccin, inversin o cualquier otra intervencin que pueda suponer ocasione impacto ambiental durante su ejecucin o puesta en vigencia, o durante su operacin o aplicacin, mantenimiento o modificacin, y abandono o retiro y que por lo tanto requiere la correspondiente licencia ambiental conforme el artculo 20 de la Ley de Gestin Ambiental y las disposiciones del presente reglamento.

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Para tal efecto, en el proceso de evaluacin de impactos ambientales se determinan, describen y evalan los potenciales impactos de una actividad o proyecto propuesto con respecto a las variables ambientales relevantes de los medios a) b) c) d) fsico (agua, aire, suelo y clima); bitico (flora, fauna y sus hbitat); socio-cultural (arqueologa, organizacin socio-econmica, entre otros); y, salud pblica.

5.4. Elementos principales del subsistema de evaluacin de impactos ambientales Los elementos que debe contener un subsistema de evaluacin de impactos ambientales, para que una institucin integrante del Sistema Nacional Descentralizado de Gestin Ambiental pueda acreditarse ante el Sistema nico de Manejo Ambiental son (Art. 14): a) Metodologa y/o procedimiento para determinar la necesidad o no de un estudio de impacto ambiental para una actividad propuesta determinada, paso denominado tambin como tamizado; b) Procedimientos para la elaboracin de los trminos de referencia de un estudio de impacto ambiental que permita definir el alcance de dicho estudio; c) Definicin clara de los actores y responsables que intervienen en el proceso de elaboracin, revisin de un estudio de impacto ambiental y licenciamiento ambiental, incluyendo los mecanismos de coordinacin interinstitucional; d) Definicin clara de los tiempos relativos a la elaboracin y presentacin de un estudio de impacto ambiental as como los periodos del ciclo de vida de una actividad que debe cubrir dicho estudio; e) Definicin de los mecanismos de seguimiento ambiental para la(s) fase(s) de ejecucin o implementacin de la actividad o proyecto propuesto; y, f) Mecanismos de participacin ciudadana dentro del proceso de evaluacin de impactos ambientales en etapas previamente definidas y con objetivos claros.

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Fig. 4. Acreditacin de un sub-sistema de evaluacin de impactos ambientales sectorial o seccional ante el SUMA (Disposicin Final Cuarta)Autoridad Am biental de Aplicacin (AAA) Autoridad Ambiental Nacional (AAN)

SOLICITUD Bases legales y reglamentarias Poltica ambiental sectorial o seccional Documentacin del sistema de EIA Documentacin de capacidad institucional REVISIN (hasta dentro de 90 das) Rechazo fundamentado Decisin sobre la ACREDITACION ante el SUMA (para 3-6 aos)

Observaciones y recomendaciones

Licenciamiento Ambiental en su mbito de competencias

Aprobacin

Informes anuales de gestin

REVISIN

Auditora de gestin

Correcciones y mejoras del sistema acreditado Observaciones y recomendaciones Decisin sobre REGISTRO Aprobacin Informe de Auditora

Renovacin de acreditacin

Sistema Nacional de Informacin Ambiental

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6. PROCEDIMIENTOS VIGENTES DE EIA EN GALPAGOS DE ACUERDO AL SUMA La ausencia de un sistema de EIA y de una AAAr a nivel regional, conduce a que estas funciones las asuma el Ministerio del Ambiente, de acuerdo al Sistema Unificado de Manejo Ambiental (SUMA). La responsabilidad, el liderazgo y coordinacin de los procesos de EIA para Galpagos, as como para el resto del pas, el MAE los lleva a cabo a travs de la Direccin de Control y Prevencin de la Contaminacin, de la Subsecretara de Calidad Ambiental, segn consta en el diagrama del Anexo VIII. En los cuadros que se incluyen a continuacin, constan en forma sistematizada, los actores y las etapas de los procesos de EIA de acuerdo al SUMA:

ACTORES DE EIA Promotor de la actividad o proyecto AAA responsable AAA cooperante Comunidad / ciudadana

ETAPAS DE EIA 1. Anlisis Institucional 2. Necesidad de EIA (screening) 3. Alcance TdR (scoping) 4. Realizacin de EIA 5. Revisin de EIA 6. Licenciamiento Ambiental 7. Seguimiento Ambiental

RESPONSABLE Promotor Promotor Promotor Promotor AAAr / AAAc AAAr AAAr

6.1. Anlisis institucional Antes de iniciar el proceso de evaluacin de impactos ambientales, esto es previo a la elaboracin de la ficha ambiental o el borrador de los trminos de referencia, segn el caso, y en funcin de la descripcin de la actividad o proyecto propuesto, el promotor identificar el marco legal e institucional en el que se inscribe su actividad o proyecto propuesto. El anlisis institucional tiene

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como finalidad la identificacin de todas las autoridades ambientales de aplicacin que debern participar en el proceso de evaluacin de impactos ambientales, as como la autoridad ambiental de aplicacin responsable (AAAr) que liderar el proceso. Este anlisis formar parte integrante de la ficha ambiental o del borrador de los trminos de referencia para el estudio de impacto ambiental a ser presentado ante la AAAr para su revisin y aprobacin (Art. 21).

6.2. Inicio y determinacin de la necesidad de una evaluacin de impactos ambientales (tamizado) La institucin integrante del Sistema Nacional Descentralizado de Gestin Ambiental en su calidad de autoridad ambiental de aplicacin debe disponer de mtodos y procedimientos adecuados para determinar la necesidad o no de un proceso de evaluacin de impactos ambientales en funcin de las caractersticas de una actividad o un proyecto propuesto (Art. 15). En el diagrama de la Figura 4 se esquematiza el proceso de evaluacin de impacto ambiental de acuerdo al SUMA (Disposicin Final Tercera).

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Fig. 5. Proceso de evaluacin de impacto ambiental de acuerdo al SUMAAC TIVIDA D O PROYECTO (A/P) PR OPUESTO

ACTORE S ETAPAS

PR OMOTOR D E ACTIVIDAD O PROYEC TO

AUTORIDAD AMBIENTAL DE APLICACIN respons.

AAA cooperante

COMUNIDAD CIU DADANA

NE CESI DAD EI A (S CREENING)

Borrador de Ficha Ambiental (FA)

Revisin borrador FA

ANALISI S INSTI TUCIONA L

Observaciones a screening

Decisin s obre a) s creening y b) an. inst. Aprobacin

O bserv acin "AAAr no c ompetente" FIN

ALCANCE TDR (S COP ING)

Borrador de Trminos de R eferencia (TDR)

(coordinacin promotor/AAAr) Revisin borrador TDR Pronunciamiento(s) AAAc

C omentarios y preocupaciones sobre A/P

Observaciones

Decisin sobre TDR (15 das) Aprobacin

RE ALIZACIN EIA

Estudio de Impacto Ambiental EIA(c oordinac in promotor/AAAr)

RE VISIN EIA

Comentarios y preocupaciones sobre borrador EIA

Revisin EIA

Pronunciamiento(s) AAAc

LICENCI AMI ENTO AM BIENTAL

;;Observaciones

Licencia Ambiental (LA) (30 das)Rechaz o Apr obacin

Inicio de ejecucin o implantacin de A/P

Denegacin de LA

SEGUIMIENTO AM BIENTAL

Automonitoreo Reportes a AAAr

Control Ambiental Auditora Ambiental

Vigilancia Com unitaria

Incumplimiento subsanable Suspensin de LA Acciones correctivas Ejecucin o implantacin de A/P

Cumple condiciones de LA Incumplimiento no subsanable Cumplimiento Revocatoria de LA

AAAr: AAAc: A/P: EIA:

Autoridad Ambiental de Aplicacin responsable. Autoridad Ambiental de Aplicacin cooperante. Actividad o proyecto. Estudio de Impacto Ambiental.

FA: Ficha Ambiental LA: Licencia Ambiental TDR: Trminos de Referencia

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6.3. Alcance o trminos de referencia En el Art. 16 del SUMA se establece que los trminos de referencia para un estudio de impacto ambiental determinarn el alcance, la focalizacin y los mtodos y tcnicas a aplicarse en la elaboracin de dicho estudio. En el Capitulo 12 de esta Gua, sobre la acreditacin de los subsistemas de EIA de Galpagos, en el punto d.2, se describen los procedimientos para la elaboracin de TdR de EIAs, y en el Anexo V constan Trminos de Referencia Tipo para EIA.

6.4. Realizacin de un estudio de impacto ambiental Para garantizar una adecuada y fundada prediccin, identificacin e interpretacin de los impactos ambientales de la actividad o proyecto propuesto, as como la idoneidad tcnica de las medidas de control para la gestin de sus impactos ambientales y riesgos, el estudio de impacto ambiental debe ser realizado por un equipo multidisciplinario que responda tcnicamente al alcance y la profundidad del estudio en funcin de los trminos de referencia previamente aprobados. El promotor y/o el consultor que presenten los Estudios de Impacto Ambiental a los que hace referencia el SUMA son responsables por la veracidad y exactitud de sus contenidos. Un estudio de impacto ambiental deber contener como mnimo lo siguiente, sin perjuicio de que la autoridad ambiental de aplicacin establezca normas ms detalladas mediante guas u otros instrumentos (Art. 17): a) Resumen ejecutivo en un lenguaje sencillo y adecuado tanto para los funcionarios responsables de la toma de decisiones como para el pblico en general; b) Descripcin del entorno ambiental (lnea base o diagnstico ambiental) de la actividad o proyecto propuesto con nfasis en las variables ambientales priorizadas en los respectivos trminos de referencia (focalizacin); c) Descripcin detallada de la actividad o proyecto propuesto; d) Anlisis de alternativas para la actividad o proyecto propuesto; e) Identificacin y evaluacin de los impactos ambientales de la actividad o proyecto propuesto; f) Plan de manejo ambiental que contiene las medidas de mitigacin, control y compensacin de los impactos identificados, as como el monitoreo ambiental respectivo de acuerdo a las disposiciones del artculo 19 del SUMA; y, g) Lista de los profesionales que participaron en la elaboracin del estudio, incluyendo una breve descripcin de su especialidad y experiencia (mximo un prrafo por profesional).

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Tambin se deben adjuntar anexos, en los que puede incluirse informacin complementaria, como: Matrices de evaluacin de impactos ambientales globales y parciales, referencias bibliogrficas, registro de encuestas y consultas a la poblacin afectada, tablas en las que se presenten los datos de referencia y que han sido resumidos en el informe principal.

6.5. Revisin, aprobacin y licenciamiento ambiental Respecto a la revisin, aprobacin y licenciamiento ambiental, segn el Art. 18 del SUMA, el promotor de una actividad o proyecto presentar el estudio de impacto ambiental ante la autoridad ambiental de aplicacin responsable (AAAr) a fin de iniciar el procedimiento de revisin, aprobacin y licenciamiento por parte de la referida autoridad, luego de haber cumplido con los requisitos de participacin ciudadana sobre el borrador de dicho estudio de conformidad con lo establecido en el artculo 20, literal b). La AAAr a su vez, coordinar la participacin de las instituciones cooperantes (AAAc) en el proceso. La revisin del estudio se efectuar a travs de un equipo multidisciplinario que pueda responder tcnicamente y a travs de sus perfiles profesionales y/o experiencia a las exigencias mltiples que representan los estudios de impacto ambiental y aplicando un sistema de calificacin para garantizar la objetividad de la revisin. La revisin del estudio se documentar en el correspondiente informe tcnico. El licenciamiento ambiental comprender, entre otras condiciones, el establecimiento de una cobertura de riesgo ambiental, seguro de responsabilidad civil u otros instrumentos que establezca y/o califique la autoridad ambiental de aplicacin, como adecuado para enfrentar posibles incumplimientos del plan de manejo ambiental o contingencias, de conformidad con la gua tcnica especfica que expedir la autoridad ambiental nacional, luego de los respectivos estudios tcnicos. En el Capitulo 12 de esta Gua, sobre la acreditacin de los subsistemas de EIA de Galpagos, en el punto d.4 sobre los procedimientos de EIA, consta el detalle referido a la revisin, aprobacin y licenciamiento ambiental.

6.6. Seguimiento Ambiental Con el fin de asegurar que las variables ambientales relevantes y el cumplimiento de los planes de manejo evolucionen y se desarrollen segn lo establecido en el estudio de impacto ambiental y en la licenc