guía práctica deudas tengas ¡y las pagues! para negociar...

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ADICAE Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros Créditos Rápidos Guía práctica para negociar, contratar y defender sus derechos DEUDAS TENGAS ... ¡Y LAS PAGUES! ADICAE, ante las dificultades que la subida de tipos de interés viene generando a los consumidores, ha desarrollado durante 2007, con el patrocinio del Instituto Nacional del Consumo, el proyecto “Hipotecas, créditos rápidos y reunificación de deudas”, que a través de iniciativas, como este folleto, ofrece a los usuarios información, advertencias y herramientas para poder contratar estos productos con garantías.

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ADICAEAsociación de Usuarios deBancos, Cajas y Seguros

Créditos Rápidos

Guía práctica para negociar,

contratar y defender

sus derechos

DEUDAS TENGAS ... ¡Y LAS PAGUES!

ADICAE, ante las dificultades que la subida detipos de interés viene generando a losconsumidores, ha desarrollado durante 2007, conel patrocinio del Instituto Nacional del Consumo,el proyecto “Hipotecas, créditos rápidos yreunificación de deudas”, que a través deiniciativas, como este folleto, ofrece a los usuariosinformación, advertencias y herramientas parapoder contratar estos productos con garantías.

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El consumo responsable de crédito

y los riesgos del endeudamiento

ESTE CUADERNILLO HA SIDO SUBVENCIONA-DO POR EL MINISTERIO DE SANIDAD YCONSUMO. SU CONTENIDO ES DE RESPONSA-BILIDAD EXCLUSIVA DE LA ASOCIACIÓN

Panorama del crédito al consumo en

España pág. 3¿Me interesa pedir un crédito rápido?

pág. 4¿Que le supone a mi bolsillo el contra-

tar un crédito rápido? pág. 5En qué debe fijarse si contrata un cré-

dito rápido pág. 6Publicidad agresiva e información

inaccesible pág. 7Calcule bien sus créditos y evite la

soga del endeudamiento pág. 8-9No acepte productos vinculados al

crédito pág. 10Frente a los créditos rápidos, conozca

sus derechos pág. 11Sus datos personales en juego: cuida-

do con los “registros de morosos”

pág. 14Alternativas a los “créditos rápidos”

pág. 15

ADICAEAsociación de Usuarios de Bancos,Cajas y Seguros

El consumo responsable de crédito puede servir para vivir mejor, pero elabuso del crédito, la falta de un cálculo eficaz del mismo o la ignoranciade los derechos que amparan a los consumidores en estos servicios ban-carios y financieros pueden conducir a un endeudamiento pernicioso yhasta conducirnos a una espiral que nos complique la vida hasta extre-mos insoportables. Incluso en determinadas situaciones económicas ysociales que pueden sobrevenir por determinadas circunstancias de lavida o simplemente por subidas de tipos de interés, como está suce-diendo en estos momentos, el crédito puede conducirnos a lo que sellama “sobreendeudamiento”, a no poder hacer frente al pago de los cré-ditos y en consecuencia a embargos de nóminas, automóviles, fondosque tengamos previstos para otras cosas, y sobre todo de la vivienda.

Bancos y Cajas de Ahorro, financieras dependientes de ellos y, en losúltimos años, entidades y bancos multinacionales especialistas en el“crédito rápido” que usan nuevas tecnologías y sobretodo a los gran-des medios de comunicación machaconamente, no quieren ni oirhablar de “sobreendeudamiento”, ni de “crisis de crédito”, “descensodel consumo” y, es lógico, porque en ello está su negocio ó superne-gocio, piensan muchos.

Un instrumento tan útil como las tarjetas de pago electrónico se publicitay difunde como fuente de crédito fácil diferido, pese a sus gravosas con-diciones y sin que se corresponda con una educación financiera mínimaque evitara el uso peligroso y dañino que causa a muchas personas elabuso de la tarjeta. ¡El negocio es el negocio!.

En todo esto no se puede olvidar, además a los grupos más indefen-sos y particularmente susceptibles de abusos como jóvenes, perso-nas y familias de bajo nivel de rentas y cultural, emigrantes, etc... a losque se dirige la mayor parte de la publicidad y campañas de las nue-vas formas de crédito y endeudamiento.

La legislación española y europea tratan de proteger a los usuariosde crédito, pero su aplicación práctica deja mucho que desear, algu-nas veces por culpa de los propios consumidores. Y también falta enEspaña una normativa del sobreendeudamiento de las familias quehiciera posible la prevención del mismo y una declaración de sus-pensión de pagos o quiebra de las familias que pusiera coto a algu-nos desmanes de las entidades financieras por su incitación al con-sumo irresponsable del crédito y por los abusos de todo tipo que lle-van a cabo. Igualmente que la aplicación de la ley de publicidad,pudiera atajar la innumerable publicidad engañosa en que tienenque navegar los consumidores.

No queríamos dramatizar y por ello esperamos que folletos y cam-pañas como la que está realizando ADICAE con el crédito contribuyanal consumo responsable que defendemos y a reforzar el poder de losconsumidores en este y otros campos como el mejor medio de defen-sa y de cambiar las cosas.

Manuel [email protected]

Guía práctica paranegociar, contratar y

defender sus derechos

Créditos RápidosDEUDAS TENGAS ...

¡Y LAS PAGUES!

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Mediante el crédito, el consumidor puedeadquirir bienes y servicios en unmomento en el que no poseerecursos económicos propiospara un pago al contado.

El crédito puede ser unaopción que mejora nuestrobienestar. Sin embargo, a losproblemas tradicionales delos créditos hay que añadirlos que están ocasionandolas nuevas modalidades yofertas de contratación.Acudir a una sucursalbancaria, utilizar la tarje-ta de crédito o la financiación através del comercio (la financiera de unaestablecimiento de vehículos, por ejemplo)siguen siendo fórmulas habituales, pero lasnuevas circunstancias económicas han desarro-llado nuevos mecanismos de contratación decréditos, en la mayoría de los casos complejosy caros, a pesar de su aparente facilidad.

El crédito crece y se multiplicaEntre esas nuevas modalidades de contrata-

ción destacan por su difusión los llamados“créditos rápidos”, aunque existen otrasmuchas formas de concesión fácil de créditocomo los llamados “preconcedidos”, “a travésdel cajero”, etc.

Los créditos “rápidos”, difundidos hasta lasaciedad por televisión, han sido ofertados en ini-cio por determinadas entidades financieras

(Cofidis, Imagine, Mediatis, etc) que cen-tran su negocio en la concesiónde créditos de reducido importe.

Las carácteristicas de estos “cré-ditos rápidos” son:

■ oferta de concesión rápida porlas entidades,

■ un control del riesgo menos estric-to que los procedimientos habituales,

■ el recurso a las nuevas tecnologíascomo canales prioritarios de contrata-

ción ■ y unos costes para el consumidor

notablemente superiores a los tipos nor-males de mercado (TAEs de más del 20%).

Dado el éxito obtenido por estas entidades,bancos y cajas han imitado estas fórmulas.De este modo Santander (a través de Crediagil),BBVA (a través de Dinero express) o el BancoPopular (Optiline) etc., se han lanzado igual-mente a ofertar “créditos rápidos” con las carac-terísticas ya señaladas de acceso fácil pero deelevados costes y condiciones peligrosas.

Leyes buenas... si se cumplieranLa protección al consumidor que adquiereun préstamo al consumo se rige por la ley deCrédito al Consumo 7/1995, que garantiza losderechos del consumidor... si las entidades lacumplieran. El recurso al crédito a través deInternet o vía telefónica supone un debilita-miento de estas garantías. La ley 22/2007 deServicios Financieros a Distancia podría contri-buir a mejorar los derechos de los usuarios,aunque en la práctica estos derechos se vencomprometidos tanto por la inmediatez yagresividad con que se publicitan los “créditosrápidos”, como por la urgencia que en ocasio-nes se ve compelido el consumidor, precisa-mente por una situación económica difícil.

Panorama del crédito al consumo en España

Tome Nota:hay un dicho popular que

dice “deudas tengas... ylas pagues” Acceder al cré-

dito está muy bien, pero hay

que saber usarlo...y poder

pagarlo. De lo contrariopuede acabar en una espi-

ral de endeudamiento que

le lleve a un verdaderoinfierno personal.

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Antes de pedir un crédito rápido tenemos que valorar objetivamente para qué lovamos a destinar (gastos de primera necesidad, para pagar algo de lo que podemosprescindir, vacaciones, gastos en las compras navideñas o rebajas, etc). Las entida-des financieras sólo nos hacen ver lo fácil que es pedirlo, pero tenemos que sopesarque luego tendremos que hacer frente a la devolución de la cantidad prestada mássus altos intereses.

¿Me interesa pedir un crédito rápido?

¿Qué es un crédito rápido?Los créditos rápidos al consumo son prés-tamos personales que se solicitan porimportes bajos, desde 500 hasta 12.000euros. Los plazos de devolución o amorti-zación de estos créditos son más cortos,de 1 a 3 años.

¿Cómo se contratan?Se conceden normalmente a distancia (inter-net o por teléfono) aunque también bancosy cajas los han introducido en los cajeros(previa concesión de cada entidad). Esteproducto se contrata prácticamente sinpapeleos, exigen menos trámites que en lospréstamos personales y las entidades nopiden explicaciones sobre su uso.

¿Me lo conceden sin mirarnada?

Para la concesión del crédito las entidadesevalúan cuál es la solvencia del posible cliente

■ la entidad recoge todos los datos posi-bles del cliente (profesión, estado civil,edad, antigüedad laboral, cuantía delpréstamo, etc), a los que se da una pun-tuación determinada que determinará laaprobación o no de la operación.

■ la entidad fija la anualidad máxima delpréstamo como un tercio de los ingresosanuales que tiene el peticionario. Estudiatambién los riesgos reales en base a la situa-ción patrimonial y económica del cliente.

■ No obstante muchas entidades utilizanun método mucho más simple, comprobaren las bases de datos de registros demorosos al que están adscritas (ASNEF,etc) si usted figura en ellas como conse-cuencia del impago de otras deudas pen-diente. Para ello solo necesitarán susdatos personales (número de DNI entreellos) para realizar esa comprobación.

Tome Nota:Antes de la concesión del

crédito, las entidadesevalúan su capacidad de

pago. Para ello exigen una

serie de datos personales.

Sea precavido y no losfaciliten sin las necesarias

garantías deconfidencialidad, etc.

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¿Cuánto cuesta?Para saber los costes de un crédito, es fun-damental fijarse en la conocida TAE (TasaAnual Equivalente) que representa el por-centaje de interés efectivo que se va a apli-car a la operación, incluye el interésnominal del préstamo y losgastos y comisionesaplicables.

La TAE de estos crédi-tos rebasa en todoslos casos el 20%, mien-tras que en un créditopersonal o al consumonormal de bancos y cajasse sitúa alrededor del 8%.

Hay que tener cuidado, puesen la publicidad de algunosanuncios de créditos rápidosse presenta el tipo de interésmensual, y no el anual, que esel que verdaderamente nos interesa, con loque tendríamos que multiplicar por 12 elinterés mensual. (Por ejemplo: 1,97% de TAEmensual, daría el abusivo 23,94% de TAEanual).

Tenga cuidado con los “cómo-dos” plazos de devolución

Uno de los anzuelos de estos productosson los amplios periodos deamortización que ofrecen(hasta 40 meses o más). Altratarse de préstamos depequeño importe a lasentidades les interesaofrecer largos periodosde amortización que lespermitirán cobrar másintereses. Nos losenmascararán en lapublicidad como“cómodos plazos”.

¿Que le supone a mi bolsillo el contratarun crédito rápido?

Tome Nota:

No se deje embaucar por

“cómodos plazos”, si

puede pagar antes con

cuotas más altas hágalo.

Cuanto más tiempo tenga

el crédito más intereses

pagará.

Ante un crédito no sólo tenemos que tener en cuenta el capital que vamos a devol-ver más sus intereses sino que hay otros gastos como las comisiones, el pago deseguro, la comisión del intermediario financiero (si lo hay) que nos deben hacermeditar si verdaderamente nos conviene contratarlo.

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Por ejemplo: para un crédito de 3.000 euros adevolver en 48 mensualidades a base de cuotas de90 euros con una TAE del 23% y un interés nominaldel 16,67%, el coste en intereses es de 1.320 euros,devolvemos un 44% más en concepto de intereses.Esto no puede denominarse como un crédito fácil.

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Conocer las comisionesLos créditos rápidos traen asociados variosgastos, como comisiones: comisión deapertura, que ronda el 1,5%; comisión decancelación anticipada, que no puedesuperar el 3% si nos aplican un tipo fijo;comisión por aplazamiento, etc.

Solicitud de aplazamientode pagos

En el caso de que no podamos hacer frentey lo comuniquemos a la financiera, éstanos aplicará una comisión por impago dealrededor del 4%.

Intereses de demoraSe aplican intereses sobre las cuotas venci-das y no pagadas. El resultado es un incre-mento de 4,5 puntos sobre el tipo que nosestán aplicando, ya de por sí carísimo.

¿Qué pasa si no pago?Ante los impagos las entidades recurren avarias medidas de presión. Entre ellas sonhabituales las llamadas telefónicas o envíode cartas presionando al cliente para quepague las cuotas pendientes. Otra medidaes amenazarnos con incluirnos en un “regis-tro de morosos”. Pero para que ello seaposible, deben cumplirse una serie de requi-sitos: que se trate de deudas ciertas y venci-das, etc.

En qué debe fijarse si contrata uncrédito rápido

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Enfrentarse a la lectura de uno de estos contratos requiere altas dosis de paciencia yun alto nivel de conocimientos bancarios. Un ejemplo de ello, es el galimatías del apar-tado que alude al aplazamiento de las cuotas; se alude a unos intereses que no sedetallan, donde el suscriptor parece que no le queda más remedio que dejarse llevar yesperar que no sean muy graves las consecuencias, pero hay que leerlo y acudir a unaasociación de consumidores como ADICAE.

Tome Nota:¿Quiere contratar un “crédito rápi-do”? Tenga claro lo siguiente:- Tipo de interés que cobran (TAE)

- Comisiones y gastos (por impago oaplazamiento de cuota, cancelacióndel crédito...)- Qué productos obligan a contratar(tarjeta, seguros, etc) y sus costes- Qué ocurre si no pago

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Las entidades que publicitan este tipo de pro-ductos basan la captación de clientes enagresivas campañas publicitarias, sobre todoen televisión y en franjas horarias matinales. Elmarco de población al que se dirige la publici-dad de estos créditos va fundamentalmentedirigido a amas de casa, inmigrantes, perso-nas en precariedad laboral, pensionistas, etc.

¡Todo son ventajas menos el precio ycondiciones!

La publicidad desviará la atención del consu-midor hacia las cuotas “cómodas” que sepagarán, la rapidez, facilidad a la hora depedirlo y su confidencialidad y no hacia el tipode interés que se aplica al crédito. Por ejem-plo: Consiga 3000 euros en 48 horas, desde155 euros/mes. ¡La TAE (precio real) es de 24%!.

Rápidos, pero no tanto comoanuncian

En realidad el cliente no dispone de la canti-dad solicitada transcurridas 48 horas desde laprimera llamada, sino 48 horas desde que leconceden el crédito. Es decir, el plazo queanuncian comienza a contar desde que el cré-dito es aceptado.

Lo verdaderamente difícil es la accesibilidadque tiene el consumidor a información detalla-da. Resulta complicado, muchas veces imposi-ble, obtener datos sobre intereses, comisiones,gastos,... en definitiva, los elementos funda-mentales de dicho crédito. La consecuencia esque al consumidor se le hace muy dificil com-parar ofertas, y si queremos información nosexigen un formulario exhaustivo. Esto es unapremeditada estrategia que aboca al cliente acontratar directamente.

Publicidad agresiva e informacióninaccesible

Que no le líe la publicidad

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Calcule bien sus créditos y evite la so

Abróchese el cinturón con los créditos rápidos . . .

. . . . . . . . .

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EXTRACTOS DE CUENTA NADA CLAROS

Información financiera■ Gastos por retraso: El cliente de este contrato devolvió el recibo del

mes anterior, y le han cobrado 18 euros por el retraso, un 12% de lacuota mensual.

■ Prima de seguro: Se paga por el seguro casi un 12% de la cuota. Enocasiones es el seguro que la compañía impone, impidiendo al clien-te buscar otro con condiciones más favorables. O ninguno.

■ Intereses mensuales: Resultado de aplicar un mensual (1,74%) al saldo.Total; 1,74 por 12 meses= 20, 88% de interés.

1

Incitación a endeudarse■ Importe disponible: Al tratarse de una línea de crédito, cuando se han pagado

unas cuotas puede volver a disponerse de dinero de nuevo. La publicidad quehay debajo se encarga de incitar al cliente a que siga consumiendo y endeu-dándose, haciendo uso de ese importe disponible.

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Facilidades que se pagan■ Promoción: Se ofrece la posibilidad de aplazar el pago de recibos, pero

no se advierte de que más adelante habrá que pagarlo, incrementán-dose las cuotas.

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oga del endeudamiento

¿Qué pensaría si un amigo le presta 600 eurosy al cabo de dos años le exige que le devuelva1.000 euros? Piense en esto cuando recurra aun crédito rápido

■ Comisión por "envío de docu-mentación adicional": Se cobrapor enviar información adicio-nal a la remitida mensualmente(copias de extractos, de docu-mentos…).

■ Gastos por apertura express:se cobrarán si se solicita elenvío y la recogida por partede un mensajero de la docu-mentación solicitada para tra-mitar el préstamo.

■ Trabas para elegir compañíaaseguradora: Como se ha indi-cado antes, en la mayoría delos casos habrá que indicarexpresamente, y antes de reci-bir la copia del contrato firmadapor la empresa, que no quere-mos concertar el seguro deamortización con la asegurado-ra que se nos imponga, sinocon una de nuestra elección.

■ Datos personales: la empresaconsidera que el cliente da suconsentimiento para que suinformación privada pase aotras empresas no relaciona-das con el sector financiero(ocio, gran consumo, automo-ción…). Además, la empresase reserva el derecho de guar-dar y seguir utilizando esainformación una vez finalizadoel contrato. Sólo es posibleejercer derechos de acceso,cancelación o rectificación através de carta.

* T.I.N.: Tipo de interés nominal anual. Normalmente se evalúa de formamensual y podría ser distinto en diversos periodos en un crédito.

* T.A.E.: Tasa Anual Equivalente del crédito, es decir , tanto por cientototal de interés anual que comprende intereses, comisiones y gastos.

Cuidado conestascláusulas ...

Créditos “rápidos”... y abusivos

EntidadCantidad crédito

Cuotaal mes T.I.N. * T.A.E. * Coste efectivo

créditoSobreprecio crédito (%)

COFIDIS 3.000 € 92,64 € No lo indica 22,95% 4.447 € +48%

MEDIATIS 3.000 € 95,17 € 22,40% 24,85% 4.568 € +52%

Eurocrédito 3.000 € 93,57 € 21,36% 23,65% 4.491 € +50%

Dineroexpress(BBVA)

3.000 € 91,37 € No lo indica 22,00% 4.386 € +46%

Crediágil(SCH)

3.000 € 91,93 € 20,40% 22,42% 4.413 € +47%

IMAGINE(ABN-AMRO)

3.000 € 91,79 € 20,28% 22,31% 4.406 € +47%

datos correspondientes a diciembre 2007

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Nos imponen tarjetas decrédito: cuidado con ellas

Muchas entidades nos imponen, sin quenosotros la hayamos pedido, una tarjetaasociada a la cuenta corriente que se abre asu titular. Esta tarjeta se convierte en funda-mental para operar y disponer del créditoconcedido, pero en la publicidad nada sealude sobre ésta y sus condiciones. Antecualquier problema la financiera se exonerade responsabilidad. Además, conlleva unascomisiones (gastos) escalofriantes por emi-sión, mantenimiento, duplicación y renova-ción de 5 euros; por disposición de efectivoen cajeros del 2 al 4%, con un mínimo de 3euros; por impago mensual 22 euros.

¿Me obligan a contrataralgún seguro?

Los seguros que obligan a contratar buscangarantizar el cobro del crédito. Así, en casode fallecimiento del titular del crédito (segu-ro de amortización) o seguros que preven lacobertura para caso de impago de cuotasen caso de desempleo del consumidor. Hayque tener cuidado con éstos porque tienen

periodos de franquicia (porejemplo, si estamos 3 meses en el paro,sólo cubriría 2 ya que el primero sería fran-quicia y lo pagaría el consumidor); o bien,tienen una duración limitada en el tiempo(por ejemplo 36 meses, lo que significa quesólo durante ese plazo abonará las cuotasde nuestro préstamo).

En realidad no existe obligación de contra-tarlo y mucho menos con la aseguradoraque impone la financiera.

No acepte productos vinculados al crédito

Tome Nota:En muchos cuestionarios desolicitud de un “crédito rápi-do” el consumidor contrataun seguro sin ser conscientede ello. Lea bien las condicio-nes y si no le interesa no loacepte.

Las tarjetas de créditos son otra forma fácil de endeudarse.Nos hemos acostumbrado al “dinero de plástico” comoforma habitual de pago, pero su comodidad se puede con-vertir en un peligro para el bolsillo... sobre todo si la utiliza-mos para sacar dinero o comprar a crédito. La facilidad conque recurrimos a la tarjeta puede hacernos olvidar los cos-tes que suponen pagar a crédito con tarjeta. Los intereseselevados (rondan el 12%) y las comisiones (las de manteni-miento rondan los 28 euros anuales, además de las que secobran por disponer de dinero en un cajero de otra red dis-tinta) exigen que lo pensemos dos veces antes de usarla. Ala hora de solicitar y usar una tarjeta de crédito debe valorar,por ejemplo cuánto acostumbra a gastar, qué capacidad deingresos tiene así como otras opciones de pago.

Tarjetas de crédito: otra forma rápida de endeudarse

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Frente a los créditos rápidos, conozca susderechos

Publicidad de los créditosEn la publicidad y ofertas exhibidas en loca-les comerciales de un “crédito rápido”, siem-pre que indiquen el tipo de interés o cuales-quiera cifras relacionadas con el coste delcrédito, deberán mencionar también la tasaanual equivalente (TAE) mediante un ejemplorepresentativo.

Forma y contenidode los contratos

Los contratos se harán por escrito, y seentregará un ejemplar debidamente firma-do al consumidor. El contrato contendrá necesariamente: ■ La indicación de la TAE anual y las condi-ciones en las que ese porcentaje podrá, ensu caso, modificarse. Cuando no sea posi-ble indicar dicha tasa, deberá hacerse cons-tar, como mínimo, el tipo de interés nominalanual, los gastos aplicables a partir delmomento en que se celebre el contrato y lascondiciones en las que podrán modificarse. ■ Una relación del importe, número yperiodicidad de las fechas de los pagosque deba realizar el consumidor y el pagode los intereses y los demás gastos, asícomo su importe total.

■ La relación de elementos que compo-nen el coste total del crédito, con excep-ción de los relativos al incumplimiento de lasobligaciones contractuales, especificandocuáles se integran en el cálculo de la TAE. ■ La necesidad de constitución, en sucaso, de un seguro de amortización delcrédito por fallecimiento, invalidez, enferme-dad o desempleo del titular.

¿Y si en el contratofalta algo?

Caso de no figurar en dicho contrato lascuestiones anteriores la ley prevé unaserie de cláusulas sustitutivas que operande manera automática.■ Para el caso de incumplimiento de estaobligación de reflejar la TAE, el consumidordebe abonar únicamente el interés legal enlos plazos convenidos.■ Para el caso de que en el contrato seomitieran los plazos, el crédito no podrá serexigido al consumidor hasta en tanto nofinalice el contrato. Si en éste no figurase elimporte del préstamo,la sanción consistiríaen la obligación dedevolver única-mente el nominal

Son tres las leyes que en la actualidad intentan dar regulación a los créditos personales yal consumo: La Ley de crédito al consumo, la Ley de Servicios Financieros a Distancia, dereciente instauración, y la Ley de Protección de Datos.

Conoce másPara ampliar la información sobre prés-tamos al consumo a través de cajeros,consulte el número 73 de la RevistaUSUARIOS, de ADICAE.

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4 números anuales, en www.adicae.net

o por tfno 976 390060

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en los plazos convenidos o, en su caso, alcontado.■ Los gastos que no figurasen en contratono podrían ser exigidos.■ Si no se trata de omisiones sino deinexactitudes, a la hora de reflejar en con-trato estas menciones, ha de ser el propioconsumidor quien lo denuncie ante losTribunales.

Información quedeben darme

Durante el periodo en elque el consumidor vayapagando el crédito, deberárecibir un extracto que almenos contenga: el importede la cuota, de los interesesque resulten, de la amortiza-ción; el período a que corres-ponde la liquidación, el tipo deinterés aplicado, el saldo deudor, el nuevosaldo pendiente y los impuestos liquidados.No obstante, cuando las cuotas estén pre-fijadas se pueden sustituir todos estosdatos por la inclusión en el contrato deuna tabla con los pagos y amortizacionescorrespondientes y entregará, únicamente,los justificantes de los cargos.

Pago anticipado del créditoEl consumidor puede pagar anticipada-mente, de forma total o parcial y encualquier momento de vigencia delcontrato, el préstamo concedido. Sólopodrá quedar obligado a pagar una

comisión que en ningúncaso podrá exceder del 3%.

Comparar ofertasvinculantes

Por todo lo expuestoanteriormente, es acon-sejable solicitar a laentidad una ofertavinculante por escritoen la que consten lascondiciones del pro-

ducto, y que tendrá una validezde diez días durante los cuales el con-sumidor puede meditar su decisión.Además, cuando se estudian variasofertas conviene solicitar una simulaciónque contemple el cuadro de amortiza-ción completo del préstamo. De estaforma sí que podremos comparar obje-tivamente entre las diversas ofertas.

Tome Nota:

Si usted reembolsa

anticipadamente capi-

tal pendiente en nin-

gún caso podrán exi-

girle el pago intere-

ses no devengados

por el préstamo.

Conoce másPara ampliar la información sobre créditosrápidos consulte el número 40 del PeriódicoLa Economía de los Consumidores.Conozca cómo son las ofertas cuáles sonlos riesgos que entrañan

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Más derechos para el con-sumidor si contrata a dis-

tanciaEs innegable que la incorporación de lasnuevas tecnologías a la vida económicay social tiene innumerables ventajas,pero también suelen causar incertidum-bre jurídica que han de ser compensa-das. La Ley 22/2007 sobre comercializa-ción a distancia de servicios financierosdestinados a los consumidores protegea los consumidores que realizan contra-taciones de servicios financieros, entrelos que se incluyen los de créditos rápi-dos a distancia (cualquier técnica decomunicación sin presencia física ysimultánea de la entidad de ”créditorápido“ y el consumidor, ya sea porInternet, teléfono, fax o similares).

■ La información que debe recibir elconsumidor -en soporte papel u otrosoporte duradero- antes de la celebra-ción del contrato debe ser suministradacon tiempo suficiente y antes de queéste asuma cualquier obligación deriva-da de la oferta o del contrato a distancia. ■ Ésta información abarca los datosde la entidad que nos ofrece el cré-dito, el servicio financiero (en este

caso los costes financieros ycondiciones del crédito, su duración,etc), requisitos del contrato a distan-cia (en el que deben figurar de formaexpresa cómo deben ser las comunica-ciones antre ambas partes) y mediosde reclamación. ■ Es especialmente beneficioso para elconsumidor el derecho de desistimien-to de 14 días, que permite a éste res-cindir el contrato de crédito sin necesi-dad de causa justificada y sin penaliza-ción alguna. Aunque si ha dispuesto deldinero o una parte deberá devolverlo.

Tome Nota:Si contrata su “crédito rápido”

a distancia (teléfono, internet,

etc.) debe conocer sus dere-

chos y exigirlos. Uno de los

más importantes para elconsumidor es el derecho a

renunciar al “crédito rápido”

en un plazo de 14 días des-

pues de contratado, sinpenalización

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Son muchas las entidades de crédito queante un impago rápidamente incluyen aldeudor en un Registro de Morosos, pero nose toman tanto interés en eliminarlos una vezpagadas las deudas. Así, son muchos losconsumidores que no saben que están en unregistro de morosos hasta que vuelven apedir un préstamo o crédito y se les deniegapor esa circunstancia. Para no verse en esasituación conozca varios derechos que leconcede la Ley de Protección de Datos:■ Derecho de acceso: Se le reconoce underecho a conocer qué datos poseen lasentidades. Dicha consulta se podrá efec-tuar por escrito, y la respuesta del respon-sable del fichero debe darse de formaclara, inteligible y sin claves extrañas quedificulten su comprensión.■ Derecho de rectificación y cancelación:Conocidos los datos que poseen de nosotros,existe un derecho a solicitar al responsabledel fichero que se rectifiquen o cancelenlos datos erróneos, lo que deberá cumplir-se con lo solicitado en el plazo de 10 días.

■ Derecho de consulta al Registro de laAgencia de Protección de datos: A travésdel Registro de la Agencia de Protección dedatos se puede conocer la existencia dedatos informatizados en posesión de unresponsable del fichero. La consulta espública y gratuita. Además, se puede diri-gir a esta Agencia una reclamación contraaquellas entidades que incumplieran losderechos antes citados de acceso, rectifi-cación y cancelación.

¡Me amenazan con incluirmeen un registro de morosos!

Ante los impagos las entidades recurren avarias medidas de presión. Una de ellas esla amenaza con incluirnos en un “registro demorosos”. Sólo podrán hacerlo por deudas“vencidas, exigibles y ciertas” y si existe unrequerimiento previo de pago. Esto significaque si hemos reclamado por disconformidadla cantidad que nos exigen (por ejemplo alBanco de España) no nos pueden incluir.

Sus datos personales en juego: cuidado conlos “registros de morosos”Es posible que los datos personales de un ciudadano se informaticen sin su consentimien-to, sean erróneos o accedan a ellos personas no autorizadas, con lo que se estaría vulne-rando un derecho fundamental como es el de la intimidad. Además, de utilizarlos para“bombardear” al cliente con otras ofertas, el riesgo real es que nos amenacen con incluir-nos en un “registros de morosos”, una artimaña peligrosa e ilegal en muchas ocasiones.

Conoce másPara ampliar la información sobre crédi-tos rápidos consulte el número 39 delPeriódico La Economía de losConsumidores. Sobre todo le interesaconocer los costes y cláusulas abusivasque aparecen en los contratos

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Alternativas a los “créditos rápidos”

Ahorro:Sin lugar a dudas es la mejor opción, aunque la situación actualde las economías familiares no es la más próspera para poderahorrar. Sin embargo, un estudio exhaustivo de nuestros ingresosy gastos del hogar, nos puede permitir elaborar un presupuestofamiliar en el que seamos capaces de prescindir de aquellosgastos innecesarios en un plazo de tiempo determinado.

Préstamos entre familiares:Las partes pueden fijar libremente los tipos de interés y acordarcondiciones más flexibles que las entidades de crédito. Las posi-bles desavenencias pueden resolverse mediante la plasmaciónpor escrito del contrato registrándolo ante la administración, enconcreto a través del modelo del Impuesto de Transmisiones yActos Jurídicos Documentados. Documentar esta operación noexige pagar este impuesto; sólo se hace a efectos de prueba.

Anticipo en nómina:Existe una modalidad de anticipo de parte de la nómina recogi-da en el Estatuto de los Trabajadores como “anticipos a cuentadel trabajo ya realizado”. Lo que se anticipa es la fecha del pagode la nómina, en cuanto el pago lo es de un trabajo ya realiza-do. Su solicitud no puede hacerse de forma habitual, pues supo-ne una excepción. Infórmese.

Pago aplazado por tarjeta de fidelización:Algunas tarjetas de fidelización de establecimientos comercialesprevén como fórmula de fidelización, el aplazamiento del pagodurante una serie de plazos durante los cuales no se cobranintereses. Infórmese en su entidad o establecimiento habitual.

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Si tiene necesidad de dinero, los “créditos rápidos” deberían quedar como última opción.Su coste elevado no es interesante para el consumidor, que debería agotar algunas posi-bilidades antes de decidirse a contratar un “crédito rápido”. Le damos algunas ideas

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