fundamentos legales del derecho al turno

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DERECHO DE TURNO

FUNDAMENTOS LEGALES DEL

DERECHO AL TURNO

• Ley 962 de 2005 Art 15. DERECHO AL TURNO

Los organismos y entidades de la Administración Pública

Nacional que conozcan de peticiones, quejas, o reclamos,

deberán respetar estrictamente el orden de su

presentación, dentro de los criterios señalados en el

reglamento del derecho de petición de que trata el artículo

32 del Código Contencioso Administrativo, sin

consideración de la naturaleza de la petición, queja o

reclamo, salvo que tengan prelación legal.

FUNDAMENTOS LEGALES DEL

DERECHO AL TURNO

En todas las entidades, dependencias y despachos

públicos, debe llevarse un registro de presentación de

documentos, en los cuales se dejará constancia de todos

los escritos, peticiones y recursos que se presenten por

los usuarios, de tal manera que estos puedan verificar el

estricto respeto al derecho de turno, dentro de los criterios

señalados en el reglamento mencionado en el inciso

anterior, el cual será público, lo mismo que el registro de

los asuntos radicados en la entidad u organismo.

FUNDAMENTOS LEGALES DEL

DERECHO AL TURNO

Los procedimientos

especiales regulados

por la ley se atenderán

conforme a la misma. Si

en la ley especial no se

consagra el derecho de

turno, se aplicará lo

dispuesto en la

presente ley.

FUNDAMENTOS LEGALES DEL

DERECHO AL TURNO

Tanto el reglamento

como el registro se

mantendrán a

disposición de los

usuarios en la

oficina o mecanismo

de atención al

usuario.

FUNDAMENTOS LEGALES DEL

DERECHO AL TURNO

• Ley 734 de 2002 Artículo 15. DEBERES, SON DEBERES DE TODO

SERVIDOR PÚBLICO

Resolver los asuntos en el orden en

que hayan ingresado al despacho,

salvo prelación legal o urgencia

manifiesta.

FUNDAMENTOS LEGALES DEL

DERECHO AL TURNO

• DECRETO 19 DE 2012 (Anti trámites) • Art 12. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES, QUEJAS

O RECLAMOS POR PARTE DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.

Los NIÑOS, NIÑAS y ADOLESCENTES

podrán presentar directamente

solicitudes, quejas o reclamos en asuntos

que se relacionen con su interés superior,

su bienestar personal y su protección

especial, las cuales tendrán prelación en

el turno sobre cualquier otra. (Anti trámites)

FUNDAMENTOS LEGALES DEL

DERECHO AL TURNO

• DECRETO 19 DE 2012 Art 37. SOBRE LAS INSTRUCCIONES DE LAS SUPERINTENDENCIAS A SUS VIGILADOS Y ENTRE ELLAS SE ENCUENTRA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE TURNOS.

(Anti trámites)

FUNDAMENTOS LEGALES DEL

DERECHO AL TURNO

• Jurisprudencia de la Corte Constitucional

• Sentencia T 293/09

De otra parte, esta Corporación ha tenido oportunidad de

pronunciarse sobre la importancia de establecer y respetar

turnos, para la administración y entrega de prestaciones

que materializan derechos constitucionales. La Corte

considera razonable el que la administración defina turnos

para asegurar el acceso efectivo a tales prestaciones en

condiciones de igualdad, eficiencia, eficacia y calidad.

FUNDAMENTOS LEGALES DEL

DERECHO AL TURNO

La posibilidad de que la administración fije turnos y

prioridades, implica que el usuario o beneficiario de la

prestación sepa con certeza, cuándo tendrá acceso

efectivo a la prestación, cómo se fijan las prioridades y

cuáles sujetos de especial protección constitucional y

cuáles derechos de ciertos grupos permiten alterar tales

turnos.

GRACIAS!!!

FerLuci