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Las Constituciones Imperiales

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Page 1: Ficha resumen

‘Año del Centenario de Machu Picchu para el Mundo’

Facultad de Derecho y Ciencias Políticas

Ficha Resumen

Dr. Juan De Dios Huanes Tovar

Zafra Tejada, Francis Valentin

Derecho Romano

Ciclo I

2011

Page 2: Ficha resumen

LAS CONSTITUCIONES IMPRERIALES

LAS CONSTITUCIONES IMPERIALES CONSTITUTIO PRINCIPIS

En la evolución del Derecho Romano la potestad legislativa se transformó de Republicana en Imperial, desde la época de Augusto, por un proceso lento de adsorción de funciones y atribuciones gubernativas.

Enciclopedia Jurídica OMEBA TOMO III, Editorial Bibliográfica Argentina S.R.L, Buenos Aires – Argentina, P. 1070.

LAS CONSTITUCIONES IMPERIALES CLASES EDICTUM

Edictos(Edictum) Es una disposición especial que dictaba el emperador para todo el imperio o parte de él, tenía la peculiaridad de que se establecían para el futuro.

Universidad Los Ángeles de Chimbote – SUA, Instituciones del Derecho Romano, Chimbote Perú, Uladech, P. 187.

LAS CONSTITUCIONES IMPERIALES DEFINICION – HISTORICA

Los actos del emperador recibieron el nombre genérico de constituciones imperiales a partir del momento en que adquieren un carácter normativo y de eficacia consuetudinaria. El emperador origino las constituciones que fueron elaboradas por el consejo Imperial. Este nombre de constituciones Imperiales apareció al final de la Época clásica y se generalizó en la Posclásica para designar la Legislación Imperial.

Basadre A, Jorge, Historia del Derecho TOMO I, Lima – Perú, Editorial San Marcos, P. 336.

Page 3: Ficha resumen

LAS CONSTITUCIONES IMPERIALES TIPOS

Las normas adoptadas por los emperadores se designaban constituciones. Durante la época del Imperio absoluto constituían la fuente primaria y casi única del derecho. Hay varios tipos: Edicta. Al igual que los magistrados, el emperador goza del ius edicen-di, por lo que puede publicar edictos que establecen normas de derecho. Decreta. Estas son resoluciones emitidas por el emperador en apelaciones de procesos civiles o criminales. Rescripta. Estas son respuestas del emperador a consultas específicas que se le someten, ya bien por los magistrados (consultatio) o por particulares (libellus). Mandata. Son instrucciones que el emperador ofrece a sus funcionarios provinciales. German J, Brau, Historia del Derecho Romano, Puerto Rico, Revista Jurídica UPR, P. 245.

LAS CONSTITUCIONES IMPERIALES HISTORIA CONCEPTO

Desde la República existía la "lex imperri" por la cual el pueblo y el se4nado delegaban atribuciones legislativas al emperador. De ahí que se le reconoce potestad legislativa a las resoluciones del emperador, sea por medio de un edicto, de un decreto o de un rescripto.

Fessia M, Ricardo, Breve Síntesis Historia de Roma y su Derecho, Santa Fe – Argentina, Centro de Publicaciones U.N.L, P. 269.

LAS CONSTITUCIONES IMPERIALES CLASES EDICTOS

La forma de Edictos o epístolas, dirigidos al senado, al pueblo o a los altos dignatarios imperiales, fue, sin embargo, la preferida para dictar leges generales. Estas legen edictales eran preparadas en el consistorio o en el senado y firmadas por el emperador con una tinta de púrpura, cuyo uso estaba prohibido a los demás bajo pena de muerte.

Castillejo, José, P. (2004). Historia del Derecho Romano, Políticas, Doctrinas, Legislación y Administración, Madrid. DYKINSON, SL, P. 529.

Page 4: Ficha resumen

LAS CONSTITUCIONES IMPERIALES DEFINICIÓN

Los Emperadores dictan leges que se denominan por su procedencia constituciones imperiales, que terminarían por imponerse y darían lugar a un nuevo Derecho de aplicación en todo el Imperio (ius novum). Bernad M, Rafael, P. (2006). Curso de Derecho Privado Romano, Caracas Publicaciones UCAB, P. 671.

LAS CONSTITUCIONES IMPERIALES DEFINICIÓN

En un texto emblemático que casi abría sus Instituciones, Ulpiano se ocupo de las constituciones imperiales así llamadas vulgarmente, como producto de la general potestad legislativa del príncipe. Esta potestad, cuyos productos venían a incorporarse al “ius honorarium” durante los primeros decenios del Principado para, mas tarde, con la progresiva absolutización del régimen, convertirse en parte efectiva del “ius civile”, vino a configurar, realmente, un autentico “ius novum”. Su fuerza legal es indiscutible para Gayo.

Colección Jurídica TOBAR (2006). Compendio Histórico de Derecho Romano Editorial Tobar, Madrid, S.L, P. 628.

LAS CONSTITUCIONES IMPERIALES FORMAS

El termino leges se refería a las constituciones imperiales, es decir las normas emanadas del emperador. Las constituciones imperiales podían adoptar cuatro formas: edictum, mandatum, rescriptum y decretum. Estas divisiones desaparecen en el bajo imperio, pues esas constituciones adquieren carácter general dirigidas al senado y al pueblo.

Montemayor A, Martha, Comparación de Leyes Mosaicos y Romanas. Librería del IIFL, México P. 144.

Page 5: Ficha resumen

LAS CONSTITUCIONES IMPERIALES HISTORIA

En la última parte del siglo XI el uso del derecho romano en la iglesia se vuelve a darse en gran escala; y ello aún con ser el tiempo de más lucha con el emperador a causa de las investiduras eclesiásticas. Tal uso de nuevo frecuente se advierte por las colecciones del tiempo: italianas, como las Anselmi Lucensis, Deusdedit, Britannica, Polycarpus, como finalmente el decreto de Graciano. Bartholomew M, Kiely, Ius Populi Dei, Pontificia Universita Gregoriana, Roma – Italia, P. 569.