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1 Excmo. Ayuntamiento de Soria MAAG/mrm Sesión ordinaria número 19 En la Sala de Juntas de la Casa Consistorial Los Doce Linajes, siendo las diez horas del día dieciocho de mayo de dos mil dieciocho, se reúne la Junta de Gobierno Local para celebrar sesión, en primera convocatoria, con la asistencia inicial de los siguientes miembros: ASISTENTES: Alcalde Presidente: __________ D. Carlos Martínez Mínguez. Primer Tte. Alcalde: __________D. Luis A. Rey de las Heras. Concejal: __________________ D. Fco. Javier Muñoz Expósito. Concejala: _________________ Dª. Ana Alegre Martínez. Concejal: __________________ D. Ángel Hernández Martínez. Concejala: _________________ Dª. Teresa Valdenebro Mateo. Concejala: _________________ Dª. Lourdes Andrés Corredor. Secretario Gral.: ____________D. Mariano A. Aranda Gracia. Interventor: ________________D. José L. López Navarro. Excusa su asistencia Dª Marta Cáceres Piñuel. 1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN DEL DÍA 11 DE MAYO DE 2018. Se da cuenta del Borrador del Acta de la sesión de 11 de mayo de 2018. Al no formularse observaciones por parte de los presentes, el Acta es aprobada por unanimidad. 2.- DISPOSICIONES Y COMUNICADOS. 2.1.-Se da cuenta de la Declaración Responsable para la ejecución de las obras relacionadas a continuación: INTERESADO SITUACIÓN OBRA OBRAS A REALIZAR TRAVESIA POZO ALBAR, 3, 3º F REFORMA DE BAÑO EN VIVIENDA

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1

Excmo. Ayuntamiento de Soria

MAAG/mrm

Sesión ordinaria número 19

En la Sala de Juntas de la Casa Consistorial Los Doce Linajes, siendo las diez horas del día dieciocho de mayo de dos mil dieciocho,

se reúne la Junta de Gobierno Local para celebrar sesión, en primera convocatoria, con la asistencia inicial de los siguientes miembros:

ASISTENTES: Alcalde Presidente: __________ D. Carlos Martínez Mínguez. Primer Tte. Alcalde: __________D. Luis A. Rey de las Heras.

Concejal: __________________ D. Fco. Javier Muñoz Expósito. Concejala: _________________ Dª. Ana Alegre Martínez.

Concejal: __________________ D. Ángel Hernández Martínez. Concejala: _________________ Dª. Teresa Valdenebro Mateo. Concejala: _________________ Dª. Lourdes Andrés Corredor.

Secretario Gral.: ____________D. Mariano A. Aranda Gracia.

Interventor: ________________D. José L. López Navarro. Excusa su asistencia Dª Marta Cáceres Piñuel.

1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN DEL DÍA 11 DE

MAYO DE 2018.

Se da cuenta del Borrador del Acta de la sesión de 11 de mayo

de 2018. Al no formularse observaciones por parte de los presentes,

el Acta es aprobada por unanimidad.

2.- DISPOSICIONES Y COMUNICADOS.

2.1.-Se da cuenta de la Declaración Responsable para la ejecución de

las obras relacionadas a continuación:

INTERESADO SITUACIÓN OBRA OBRAS A REALIZAR

TRAVESIA POZO

ALBAR, 3, 3º F

REFORMA DE BAÑO EN VIVIENDA

2

CDAD. PROP. BIENVENIDO

CALVO, 1

BIENVENIDO CALVO,

1

PINTURA Y REPARACIÓN DE

FACHADAS Y CAMBIO DE

VENTANAS, DEBIENDO SER DEL

MISMO DESPIECE Y TONALIDAD

EXISTENTES. APORTARA

PERMISO DE LA COMUNIDAD. La

utilización de medios auxiliares

será objeto de solicitud de

licencia.

AVDA. MARIANO

VICEN, 29, 4ºB

RESTAURACIÓN DE BAÑO, ASEO

Y COCINA

ZARAGOZA, 32, BAJO

C

INSUFLADO DE LANA MINERAL

EN FACHADAS EXTERIORES.

CDAD. PROP. PZA. CINCO

VILLAS, 1

PZA. CINCO VILLAS,

1

REPARACIONES VARIAS EN

FACHADA, La utilización de

medios auxiliares será objeto de

solicitud de licencia.

FERIAL, 4 COLOCACIÓN DE VINILOS EN

ESCAPARATE.

SAN HIPOLITO, 1 INSTALACIÓN DE CARTEL DE

METACRILATO, BANDEROLA Y

PINTADO INTERIOR DE VENTANA

CÁRITAS DIOCESANA OSMA-

SORIA

CONDES DE

GÓMARA, 5, 5º

ADECENTAMIENTO Y LIMPIEZA

DE LÍNEAS DE CORNISA Y

CANALONES. La utilización de

medios auxiliares será objeto de

solicitud de licencia.

CDAD. PROP. C/ EL COLLADO,

12

COLLADO, 12 REPARACIÓN DE FACHADA. La

utilización de medios auxiliares

será objeto de solicitud de

licencia.

ANTOLÍN DE SORIA,

5, 5ºD

REALIZACIÓN DE SOLADO DE

TERRAZA. La utilización de

medios auxiliares será objeto de

solicitud de licencia.

SAGUNTO, 8, 1ºD REALIZAR TRASDOSADO DE

PLADUR AISLANTE EN TODAS

LAS PAREDES EN CONTACTO CON

EL EXTERIOR, SUSTITUCIÓN DE

SOLADOS Y CAMBIO DE

CARPINTERÍAS Y VIDRIO EN

VIVIENDA La utilización de

3

medios auxiliares será objeto de

solicitud de licencia.

CDAD. PROP. COSTANILLA DEL

MATADERO, 2

COSTANILLA DEL

MATADERO, 2

REPARACIÓN DE FACHADAS. La

utilización de medios auxiliares

será objeto de solicitud de

licencia.

CABALLEROS, 1,

BAJO

SOLADO DE GRES Y

COLOCACIÓN DE PUERTA

SECCIONAL. PARA CUALQUIER

USO DEL LOCAL DEBERÁN

SOLICITAR LA LICENCIA DE

ACTIVIDAD Y EN SU CASO DE

GARAJE EL VADO

CORRESPONDIENTE.

MANUEL BLASCO, 8,

5ºD

CAMBIO DE VENTANAS,

DEBIENDO MANTENER LA MISMA

TONALIDAD EN LA CARPINTERÍA

QUE EL RESTO DE LA FACHADA.

VICENTE RUIZ, 5, 3º

I

CAMBIO DE VENTANAS, LACADO

EN BLANCO, Y MANTENIENDO EL

MISMO CRITERIO ESTÉTICO DE

LA FACHADA.

CS 24 SORIA, S.L. POSTAS, 30 SUSTITUCIÓN DE CODO DE

CANALÓN. La utilización de

medios auxiliares será objeto de

solicitud de licencia.

RÍO RAZÓN, 6, 2ºC SUSTITUCIÓN DE BAÑERA POR

PLATO DE DUCHA Y SANITARIOS

CDAD. PROP. JUAN ANTONIO

SIMÓN, 20

JUAN ANTONIO

SIMÓN, 20

PINTADO DE PORTAL, PUERTA DE

ASCENSOR Y ACCESO A PLANTA

BAJA

VENERABLE

CARABANTES, 1B,6ºF

REFORMA DE BAÑO

VENERABLE

PALAFOX, 11, BAJO

COLOCACIÓN DE BANDEROLA

CDAD. PROP. SANTA CLARA,

26-28

SANTA CLARA, 26-28 SUSTITUCIÓN DE MONTANTES

PARA 23 VIVIENDAS

CDAD. PROP. C/ MARMULLETE,

8

MARMULLETE, 8 SUBSANACIÓN DE HUMEDADES

EN GARAJE

4

ZARAGOZA, 32 AISLAMIENTO DE PAREDES EN

FACHADA

CONSTRUCCIONES LLORENTE

PROLLOGAR, S.L.U.

TARRASA, 1 CAMBIO DE CONDUCTOS DE

CALEFACCIÓN

MERINEROS, 38,

2ºINTERIOR

SUSTITUCIÓN DE BAÑERA POR

PLATO DE DUCHA

CORTES DE SORIA,

3, 4ºE

CERRAMIENTO DE TERRAZA,

INSTALACIÓN DE TOLDO,

CAMBIO DE DOS RADIADORES,

DESMONTAR TABIQUE Y CAMBIO

DE PUERTA DE MANO

2.2.- Se da cuenta del Decreto del Juzgado de lo Contencioso

Administrativo nº 1 de Soria, de fecha once de mayo de dos mil

dieciocho, dictado en el procedimiento abreviado nº 63/2018, por el

que se acuerda admitir a trámite el recurso contencioso-

administrativo interpuesto por D….contra la resolución de 5 de

febrero de 2018, por la que se desestimaba el recurso de reposición

interpuesto contra el acuerdo de 18 de noviembre de 2016 del

Ayuntamiento de Soria, en el que se desestimaba la solicitud de

exención de Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos

de Naturaleza Urbana, habiendo fijado la celebración de la vista el día

12 de julio de 2018.

Asimismo deberá notificar la resolución por la que se acuerda la

remisión del expediente a cuantos aparezcan como interesados,

emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el

plazo de nueve días.

La Junta de Gobierno Local propone a la Alcaldía la remisión del expediente, el emplazamiento a los interesados, la personación en el

recurso, y la contestación de la demanda en el plazo indicado, designando como Letrado en defensa de los intereses municipales a

D. José L. López Navarro.

2.3.-Se da cuenta de la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo nº 1 de Soria, de fecha 11 de mayo de 2018, dictada en el procedimiento abreviado nº 43/2018, interpuesto por Dª….

frente a las resoluciones del Concejal Delegado de Hacienda de fecha 16 de enero de 2018, cuyo fallo es el siguiente:

5

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador Sr.

Pérez Marco en nombre y representación de …, he de anular y anulo las liquidaciones del IIVTNU números 0000003386 y 0000003387 del

ejercicio 2016, condenando al Ayuntamiento de Soria a estar y pasar

por dicha declaración, así como a la devolución de lo indebidamente abonado más los intereses legales correspondientes.

No se hace especial pronunciamientos de costas.

La presente sentencia es susceptible de recurso de casación.

La Junta de Gobierno Local queda enterada y propone a la

Alcaldía el cumplimiento de la referida Sentencia.

2.4.- Se da cuenta del Auto de fecha 30 de abril de 2018, del

Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Soria, dictado en Ejecución Provisional 0000007/2018, procedimiento ordinario

175/2017, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Desestimar el recurso de reposición interpuesto por la

representación procesal de Dña…, contra el Auto de fecha 3 de abril de 2018, confirmando íntegramente su contenido en los términos

expuestos en los fundamentos jurídicos que anteceden.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de suplicación.

La Junta de Gobierno Local queda enterada.

3.-APROBACION DE AYUDAS ECONÓMICAS A ENTIDADES

DEPORTIVAS DEL EJERCICIO 2018.

Visto el dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa

de Participación y Desarrollo Ciudadano de fecha 11 de mayo del

actual, relativo a la propuesta de concesión de las Ayudas económicas

a entidades deportivas para el ejercicio 2018, la Junta de Gobierno

Local, órgano competente de conformidad con la delegación de

atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio

de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

1º.-Conceder a las Entidades Deportivas del Municipio de Soria

que se relacionan a continuación las cantidades que se expresan, en

concepto de Ayudas económicas para la realización de actividades

6

deportivas durante la temporada 2017/18 y/o el ejercicio 2017, por

importe total de 77.470 €.

ENTIDADES CANTIDAD

CLUB DEPORTIVO NUMANCIA 17560

CD CALASANZ 8565

CLUB DEPORTIVO SAN JOSÉ 7950

CLUB DEPORTIVO FUENTE DEL REY 4400

CLUB DEPORTIVO SORIA BALONCESTO 4050

CLUB ATLETISMO POLITÉCNICO SORIA 3600

CLUB ATLETISMO SORIA 3300

SANTO DOMINGO CLUB DE VOLEIBOL 2900

CLUB NATACIÓN SORIANO 2400

ASOCIACIÓN DEPORTIVA BILLAR CÍRCULO AMISTAD

NUMANCIA

2210

JUDO CLUB SAN JOSÉ 1800

LAGUNA NEGRA HOCKEY 1600

CLUB DEPORTIVO PUENTE DEL CANTO 1550

CLUB BALONMANO SORIA 1480

CLUB DEPORTIVO DE GOLF SORIA 1400

C.D. GIMNASIA SORIA 1300

CLUB TRIATLON SORIANO 1250

CLUB BADMINTON SORIA 1200

SPORTING DE VOLEIBOL 1200

CENTRO EXCURSIONISTA SORIANO 1200

7

ENTIDADES CANTIDAD

CLUB DEPORTIVO INGENIEROS DE SORIA CLUB DE RUGBY 1150

CLUB DEPORTIVO GIMNASIA DUERO 1000

CLUB AUTOMOTO SORIA 1000

CD PATÍN SORIA 850

CLUB VALONSADERO BADMINTON 550

CLUB KICKBOXING SORIA 300

DELEGACIÓN SORIANA BALONCESTO 250

DELEGACIÓN SORIANA BADMINTON 250

CLUB DE TENIS DE MESA SORIANO 180

CLUB DE TIRO ARCO REAL 150

CLUB DE TENIS PICOS DE URBIÓN DE SORIA 150

CLUB BOXEO SORIA 150

DELEGACIÓN SORIANA DE PESCA 150

CLUB CELTYKAYAK SORIA 150

ANTÁRTICA AGRUPACIÓN SORIANA DE MONTAÑA 150

DELEGACIÓN SORIANA DE JUDO 125

CLUB DEPORTIVO ESCOLAPIAS 0

CLUB DEPORTIVO VIRGEN DEL ESPINO 0

TOTAL ENTIDADES 77.470,00 €

Todos los beneficiarios deberán justificar la realización de los

gastos correspondientes a las actividades subvencionadas, por

importe menor de la cuantía de la ayuda concedida. La justificación

de la ayuda se realizará mediante la presentación, con anterioridad

8

al día 30 de noviembre de 2018, de la documentación requerida en

las bases.

4.-APROBACION DE AYUDAS ECONOMICAS PARA APOYAR LA

ORGANIZACION Y REALIZACION DE JUEGOS ESCOLARES DE

LA CAPITAL, CURSO 2017/18.

Visto el dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa

de Participación y Desarrollo Ciudadano de fecha 11 de mayo del

actual, relativo al informe técnico de valoración de los criterios

objetivos, para la concesión de las Ayudas económicas de los Juegos

Escolares del presente Curso Escolar.

Examinadas las cifras resultantes, la Junta de Gobierno Local,

órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones

efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil

quince, por unanimidad, acuerda:

Conceder, y aprobar el pago a las AMPAS de los Centros

Escolares relacionados a continuación, de las cantidades que se

expresan en concepto de ayuda económica para apoyar el desarrollo

y realización de los Juegos Escolares de la capital del curso 2017/18,

por importe total de 29.992,02 €.

CENTRO PTOS. EUROS €

I.E.S. CASTILLA 30 357,90 €

C.P. LAS PEDRIZAS 123 1.467,39 €

C.P. LOS DOCE LINAJES 291 3.471,63 €

I.E.S. ANTONIO MACHADO 125 1.491,25 €

ESCUELA TRILEMA 241 2.875,13 €

C.E.I.P. LA ARBOLEDA 110 1.312,30 €

C.E.I.P. FUENTE DEL REY 223 2.660,39 €

C.P. PRÁCTICAS NUMANCIA 180 2.147,40 €

I.E.S. VIRGEN DEL ESPINO 245 2.922,85 €

C.E.I.P. INFANTES DE LARA 218 2.600,74 €

C. NTRA. SRA. DEL PILAR 314 3.746,02 €

I.E.S. POLITÉCNICO 151 1.801,43 €

9

C.SANTA TERESA DE JESÚS 229 2.731,97 €

CIFP. PICO FRENTES 34 405,62 €

TOTAL AYUDAS CURSO 2017/18 2.514 29.992,02 €

5.-ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE ENAJENACIÓN DE APROVECHAMIENTO PARA LOS PASTOS DEL LOTE 3 DEL

MONTE VALONSADERO.

Visto el expediente para proceder a la adjudicación del contrato de Aprovechamiento de pastos en 221,15 has. en el M.U.P. nº 179,

Lote 3.

Vista asimismo la propuesta emitida por la Mesa de Contratación

de fecha 9 de mayo del año actual, una vez que se ha presentado por el licitador la documentación requerida por la normativa, la Junta de

Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de

julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Primero.- Adjudicar el contrato de aprovechamiento de pastos

en 221,15 Ha. en el M.U.P. 179 Lote 3, a favor de D. Román Rupérez

Andrés, en el precio de 33.333,00 euros/año, dando traslado a los

licitadores de la siguiente información:

D. Román Rupérez Andrés 33.333,00 euros/año

D. Evencio Rupérez Romera 33.000,00 euros/año

Sociedad Civil “Valonsadero 2018” 30.625,00 euros/año

D. Mariano Arribas García 21.322,00 euros/año

Segundo.- Citar al adjudicatario para la firma del contrato en

documento administrativo en la Sección de Contratación de este

Ayuntamiento dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde

la recepción del presente acuerdo.

Tercero.- Que por parte de esta Alcaldía se proceda a la firma

del contrato administrativo.

6.-APROBACIÓN DE PROYECTO DE EJECUCIÓN, CONCESIÓN DE

LICENCIA DE OBRAS Y AUTORIZACIÓN DEL INICIO DE LAS

10

MISMAS PARA REFORMA DE ESCALERA E INSTALACIÓN DE

ASCENSOR EN EDIFICIO DE VIVIENDAS SITO EN LA C/ SAN

MARTÍN DE LA CUESTA, Nº1 DE SORIA, SEGÚN PROYECTO

PROMOVIDO POR PROLLOGAR, S.L.U.

Visto el proyecto de ejecución para reforma de escalera e instalación de ascensor en edificio de viviendas sito en la C/ San

Martín de la Cuesta, nº1 de Soria, según proyecto promovido por Prollogar, S.L.U., y suscrito por los técnicos D. Miguel de Lózar de la

Viña y D. Alfonso Sánchez de Toca Redondo.

El expediente ha sido informado favorablemente por los Servicios Técnicos Municipales en fecha el día 9 de abril de 2018, así

como por la Técnico de Administración General en fecha 11 de abril

del año actual.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde

en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Aprobar el proyecto de ejecución, conceder la licencia de obras para reforma de escalera e instalación de ascensor en edificio de

viviendas sito en la C/ San Martín de la Cuesta, nº 1 de Soria, según proyecto promovido por Prollogar, S.L.U. y suscrito por los técnicos

D. Miguel de Lózar de la Viña y D. Alfonso Sánchez de Toca Redondo y autorizar el inicio de las mismas debiendo cumplir con las siguientes

prescripciones además de las especificadas en los informes emitidos al efecto:

De conformidad con lo establecido en el art. 300 del RUCyL,

deberá instalarse y mantenerse durante el tiempo que duren

las obras, un cartel informativo conforme a las siguientes reglas:

En el cartel informativo debe indicarse el objeto, número y fecha de la licencia, así como la

identidad del titular de la licencia, proyectista, del constructor y de los directores de obra y de

ejecución. Es responsabilidad del promotor que la información sea veraz y esté actualizada.

El cartel informativo debe ubicarse en el acceso a las obras, en lugar visible desde la vía pública, y

sin riesgo para la seguridad vial o para tercero.

11

Los plazos para la ejecución de las obras contempladas en

proyecto contados desde la notificación del otorgamiento de licencia serán:

Plazo de inicio: seis meses. Plazo de finalización: tres años

Plazo de interrupción máxima: doce meses.

Todo ello sin perjuicio de la concesión de las prórrogas que sean solicitadas de conformidad con lo previsto en el art. 303 del

Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (Decreto 22/04 de 29 de enero).

7.-APROBACIÓN DE PROYECTO BÁSICO Y PROYECTO DE

EJECUCIÓN, CONCESIÓN DE LICENCIA DE OBRAS Y AUTORIZACIÓN DEL INICIO DE LAS MISMAS DE LA 1ª FASE

PARA LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO DE 33 VIVIENDAS, 33 TRASTEROS (CADA UNO DE LOS CUALES ESTARÁ ASOCIADO A

UNA VIVIENDA CONCRETA) Y 50 APARCAMIENTOS EN C/ CRONISTA RIOJA CON C/ ARZOBISPO DON RODRIGO DE

SORIA, SEGÚN PROYECTO PROMOVIDO POR APLUS PROYECTO RESIDENCIAL, S.L

Examinado el proyecto básico y el proyecto de ejecución de la

1ª fase para la construcción de edificio de 33 viviendas, 33 trasteros (cada uno de los cuales estará asociado a una vivienda concreta) y 50

aparcamientos en C/ Cronista Rioja con C/ Arzobispo Don Rodrigo de

Soria, según proyecto promovido por Aplus Proyecto Residencial, S.L y suscrito por los técnicos D. Miguel Ángel Alonso del Val, D. Rufino J.

Hernández Minguillón, D. Marcos Escartín Miguel y D. Mikel Zabalza Zamarbide (responsable D. Anez Zabala Madinagoitia).

El expediente ha sido informado favorablemente por los

Servicios Técnicos Municipales en fecha 8 de mayo de 2018, así como

por la Técnico de Administración General en fecha 11 de mayo del

año actual.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde

en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Aprobar el proyecto básico y conceder la licencia de obras para la construcción de edificio de 33 viviendas, 33 trasteros (cada uno de

12

los cuales estará asociado a una vivienda concreta) y 50

aparcamientos en C/ Cronista Rioja con C/ Arzobispo Don Rodrigo de Soria, según proyecto promovido por Aplus Proyecto Residencial, S.L

y suscrito por los técnicos D. Miguel Ángel Alonso del Val, D. Rufino J.

Hernández Minguillón, D. Marcos Escartín Miguel y D. Mikel Zabalza Zamarbid (responsable D. Anez Zabala Madinagoitia), aprobar el

proyecto de ejecución de la 1ª fase y autorizar el inicio de las obras de dicha fase debiendo cumplir con las siguientes prescripciones

además de las especificadas en los informes emitidos al efecto:

Semisótano: 1 a 1,50 m. por debajo de terreno circundante. Computar como planta en proyecto de ejecución.

Alturas. Se indican torres de 7 plantas, sin contar P. Baja. Corregir en Proyecto de Ejecución.

Vuelos: Reduce parte a 1 m. Hacer entrantes el resto para su cumplimiento. Adecuar. No pueden existir delante de caja

de escaleras. Eliminar esos tramos Tendederos: no podrán invadir zonas de retranqueos

obligatorios. Corregir y adecuar sin lo tendederos no van

incorporados a viviendas, no pueden tener forjados De conformidad con lo establecido en el art. 300 del RUCyL,

deberá instalarse y mantenerse durante el tiempo que duren las obras, un cartel informativo conforme a las siguientes

reglas: En el cartel informativo debe indicarse el objeto,

número y fecha de la licencia, así como la identidad del titular de la licencia, proyectista,

del constructor y de los directores de obra y de ejecución. Es responsabilidad del promotor que

la información sea veraz y esté actualizada. El cartel informativo debe ubicarse en el acceso a

las obras, en lugar visible desde la vía pública, y sin riesgo para la seguridad vial o para tercero.

No podrán iniciarse las obras del resto de las fases hasta la presentación y aprobación de los correspondientes

proyectos de ejecución.

13

8.-MODIFICACIÓN DE PROYECTO BÁSICO Y PROYECTO DE

EJECUCIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA

UNIFAMILIAR EN LA C/ DOS DE MAYO, Nº 61-63 DE SORIA.

Con fecha 9 de mayo de 2018 se emite informe por los Servicios Técnicos Municipales en relación al escrito de alegaciones

presentado por el colindante, D… , informando favorablemente la concesión de la licencia y visto el informe emitido por la Oficina de

Urbanismo de fecha 9 de febrero de 2018 del que se desprende la existencia del adosamiento tácito al entenderse como una

modificación del proyecto básico aprobado por la Comisión de Gobierno de fecha 9 de agosto de 2001 y teniendo en cuenta que el

Plan General de Ordenación Urbana no requiere la tramitación de la agregación de las parcelas, la Junta de Gobierno Local, órgano

competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil

quince, por unanimidad, acuerda:

1º.- Desestimar las alegaciones presentadas por D… en base a

los informes emitidos al efecto cuya copia se adjunta al presente acuerdo.

2º.- Aprobar la modificación del proyecto básico, conceder la

licencia de obras y aprobar el proyecto de ejecución autorizando el

inicio de las mismas para la construcción de vivienda unifamiliar en la C/ Dos de Mayo, nº 61-63 de Soria para promovido por D… y suscrito

por el técnico D. Alejandro Cabrerizo de Marco debiendo cumplir con las siguientes prescripciones además de las especificadas en los

informes emitidos al efecto:

De conformidad con lo establecido en el art. 300 del RUCyL,

deberá instalarse y mantenerse durante el tiempo que duren las obras, un cartel informativo conforme a las siguientes

reglas:

En el cartel informativo debe indicarse el objeto, número y fecha de la licencia, así como la

identidad del titular de la licencia, proyectista, del constructor y de los directores de obra y de

ejecución. Es responsabilidad del promotor que la información sea veraz y esté actualizada.

14

El cartel informativo debe ubicarse en el acceso a

las obras, en lugar visible desde la vía pública, y sin riesgo para la seguridad vial o para tercero.

Los plazos para la ejecución de las obras contempladas en proyecto contados desde la notificación del otorgamiento de licencia

serán:

Plazo de inicio: seis meses. Plazo de finalización: tres años

Plazo de interrupción máxima: doce meses.

Todo ello sin perjuicio de la concesión de las prórrogas que sean solicitadas de conformidad con lo previsto en el art. 303 del

Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (Decreto 22/04 de 29 de

enero).

9.- CONCESIÓN DE LAS DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LAS INVERSIONES DE MEJORAS DE LAS INSTALACIONES

UBICADAS EN ESPACIOS PÚBLICOS RELACIONADOS CON EL SECTOR DEL TURISMO Y LA HOSTELERÍA DEL TÉRMINO

MUNICIPAL DE SORIA DURANTE EL AÑO 2015 AL AMPARO DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA ÚNICA.

Las Bases Reguladoras y la Convocatoria pública única para la concesión de subvenciones dirigidas a las inversiones de mejoras de

las instalaciones ubicadas en espacios públicos relacionados con el sector del Turismo y la Hostelería del término municipal de Soria

durante el año 2015 se publicaron en el B.O.P. de Soria, números 135 y nº 138, de fechas 25 de noviembre de 2015 y 2 de diciembre

de 2015.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el día 31 de

enero de 2016, revisadas las dos solicitudes presentadas, resuelto el recurso de reposición interpuesto y cumplido el trámite de

subsanación de deficiencias y valorados cada uno de los expedientes, de conformidad con el informe-propuesta emitido por el Sr.

Interventor el 7 de mayo de 2018, y de conformidad con la propuesta emitida por la Comisión Municipal Informativa de Desarrollo

Económico y Empleo de 7 de mayo del año actual, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación

de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de

15

julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

La concesión de las siguientes ayudas:

La concesión definitiva de cada subvención y el pago de la

misma quedará supeditado a la comprobación de que el interesado se

encuentre al corriente de pago con este Ayuntamiento y a la

correspondiente justificación de la misma.

10.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE REDACCIÓN DE UN PLAN DE MOVILIDAD

URBANA SOSTENIBLE PARA EL MUNICIPIO DE SORIA.

Visto el expediente de referencia, de conformidad con la

propuesta emitida por la Mesa de Contratación de fecha 15 de mayo

del año actual, una vez que se ha presentado por el licitador la

documentación requerida por la normativa, la Junta de Gobierno

Local, órgano competente de conformidad con la delegación de

atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio

de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Primero.- Adjudicar el contrato de prestación del servicio de

redacción de un Plan de Movilidad Urbana Sostenible para el municipio de Soria, a favor de la empresa THINK & MOVE, S.L.,

representada por D. Joaquín Juan-Dalac Fernández, en el precio de 28.500,00 euros más IVA, dando traslado a los licitadores de la

siguiente información:

THINK & MOVE, S.L. 28.500,00 euros más IVA

EXP. TITULAR CUANTÍA CONCEDIDA

ICT/ITH-01/2015 Restaurante Santo Domingo II S.L. 3.305,78 €

ICT/ITH-02/2015

Sergio Ruiz Romero

(R. El Portillo)

3.748,08 €

16

COLIN BUCHANAN CONSULTORES, S.A. 31.695,00 euros más IVA

EVERIS INGENIERÍA, S.L.U. 31.700,00 euros más IVA

MOVILIDAD Y TRANSPORTE ASESORES,

S.L. 32.235,00 euros más IVA

M&S CONSULTORES, S.L.U. 33.000,00 euros más IVA

COTA CERO SERVICIOS URBANOS Y TERRITORIALES, S.L.P. 34.500,00 euros más IVA

CONSULTRANS, S.A.U. 34.990,00 euros más IVA

D. Manuel Cañas Mayordomo 35.000,00 euros más IVA

TEMA INGENIERÍA, S.L. 36.814,05 euros más IVA

SUMA URBAN SUSTAINABILITY

CONSULTANTS, S.L. 40.000,00 euros más IVA

ATC-SIG, S.L. 40.128,09 euros más IVA

DESARROLLO, ORGANIZACIÓN Y MOVILIDAD, S.A. 40.289,25 euros más IVA

MCRIT, S.L. 40.289,25 euros más IVA

TOOL ALFA, S.L. 40.826,00 euros más IVA

IDOM CONSULTING, ENGINEERING, ARCHITECTURE, S.A.U. 42.707,00 euros más IVA

EPTISA SERVICIOS DE INGENIERÍA, S.L. 42.851,00 euros más IVA

INGENIERÍA Y SOLUCIONES INFORMÁTICAS, S.L. 42.900,00 euros más IVA

QUESADA & PASTOR CONSULTORES, S.L. 42.900,00 euros más IVA

EGUESAN ENERGY, S.L. 42.975,20 euros más IVA

HÉCATE INGENIERÍA, S.L. 45.000,00 euros más IVA

17

CINESI, S.L.U. 45.000,00 euros más IVA

COTESA, S.A.U. 45.440,00 euros más IVA

Este contrato está destinado a la estrategia DUSI SORIA

INTRAMUROS, en la Línea de Actuación 1, y está cofinanciado al

50% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en

el programa operativo de crecimiento sostenible del período de

programación 2014-2020, incluido en el Eje 12: Desarrollo Urbano y Sostenible Integrado.

Segundo.- Citar al adjudicatario para la firma del contrato en

documento administrativo en la Sección de Contratación de este

Ayuntamiento dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde

la recepción del presente acuerdo.

Tercero.- Que por parte de esta Alcaldía se proceda a la firma

del contrato administrativo.

11.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE CONSOLIDACIÓN DE LOS RESTOS DE LA IGLESIA

DE SAN MARTIN DE LA CUESTA.

Visto el expediente de referencia, y vista asimismo la propuesta

emitida por la Mesa de Contratación de fecha 15 de mayo del año

actual, una vez que se ha presentado por el licitador la

documentación requerida por la normativa, la Junta de Gobierno

Local, órgano competente de conformidad con la delegación de

atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio

de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Primero.- Adjudicar el contrato de Ejecución de las obras de

consolidación de los restos de la Iglesia de San Martín de la Cuesta, a favor de la empresa SALMER CANTERÍA Y RESTAURACIÓN, S.L.,

representada por D. Teodoro Campo Martínez, que realiza una oferta de baja del 26,94% sobre el cuadro de precios, dando traslado a los

licitadores de la siguiente información:

- SALMER CANTERÍA Y RESTAURACIÓN, S.L. 26,94%

18

Segundo.- Citar al adjudicatario para la firma del contrato en

documento administrativo en la Sección de Contratación de este

Ayuntamiento dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde

la recepción del presente acuerdo.

Tercero.- Que por parte de esta Alcaldía se proceda a la firma

del contrato administrativo.

12.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE EXPLOTACIÓN DE LA PLAZA DE TOROS Y LA REALIZACIÓN DE LOS FESTEJOS

TAURINOS TRADICIONALES DE LA CIUDAD DE SORIA.

Visto el expediente de referencia, vista así mismo la propuesta

emitida por la Mesa de Contratación de fecha 15 de mayo del año

actual, una vez que se ha presentado por el licitador la

documentación requerida por la normativa, la Junta de Gobierno

Local, órgano competente de conformidad con la delegación de

atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de

julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Primero.- Adjudicar el contrato de Explotación de la Plaza de

Toros y la realización de los Festejos Taurinos Tradicionales de la ciudad de Soria, a favor de la empresa TAUROEMOCIÓN, S.L.U.,

representada por D. Alberto García Buj, en el precio de 97.900 euros más IVA, dando traslado a los licitadores de la siguiente

información:

TAUROEMOCIÓN S.L.U 72,64 puntos.

- ARQUETIPO, S.C.L. 25,01%

- INDESFOR SORIA, S.L. 19,10%

- D. Rafael Martínez Porral 18,00%

- REHABISORIA, REHABILITACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE OBRAS Y

MONUMENTOS, S.L. 15,81%

- FRANCISCO RUIZ CANO, S.L. 11,00%

- ARKO 10 OBRAS Y SERVICIOS DE LEVANTE,

S.L. 1,86%

19

ACTOEVENTS UTE TOMÁS ENTERO MARTÍN 71,58 puntos.

TAURINA DE BUENDÍA S.L.U 71,42 puntos.

Segundo.- Citar al adjudicatario para la firma del contrato en

documento administrativo en la Sección de Contratación de este

Ayuntamiento dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde

la recepción del presente acuerdo.

Tercero.- Que por parte de esta Alcaldía se proceda a la firma

del contrato administrativo.

13.- ADJUDICACIÓN PARA EL CONTRATO DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA DE NAVES NIDO EN EL P.I. DE VALCORBA, FASE II.

Visto el expediente de referencia, y vista así mismo la

propuesta emitida por la Mesa de Contratación de fecha 15 de mayo

del año actual, una vez que se ha presentado por el licitador la

documentación requerida por la normativa, la Junta de Gobierno

Local, órgano competente de conformidad con la delegación de

atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio

de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Primero.- Adjudicar el contrato de Ejecución de la obra de Naves Nido en el P.I. de Valcorba, fase II, a favor de la UTE

INDESFOR SORIA, S.L. Y CONSTRUCCIONES BLASGON, S.A.,

representada por D. Jesús J. Angulo Lapeña y Dª Mª Isabel de Blas González, respectivamente, en el precio de 906.320,00 euros más

IVA, dando traslado a los licitadores de la siguiente información:

UTE INDESFOR SORIA, S.L. Y

CONSTRUCCIONES BLASGON, S.A. 906.320,00 euros más IVA

OTXANDIANO DEMOLICIONES,

S.L. 960.000,00 euros más IVA

HERMANOS RUBIO GRUPO CONSTRUCTOR HERCE, S.L.U. 990.527,58 euros más IVA

20

D. Alfredo Llorente Romera 991.735,54 euros más IVA

EUROPEA DE VIVIENDAS DUERO SORIA 1.007.000,00 euros más IVA

PROVISER IBÉRICA, S.L. 1.018.810,19 euros más IVA

ARPAPE, S.L. 1.023.870,82 euros más IVA

CONSTRUCCIONES ARANGA,

S.L. 1.051.267,49 euros más IVA

SECIN, S.L. 1.055.835,13 euros más IVA

Segundo.- Citar al adjudicatario para la firma del contrato en

documento administrativo en la Sección de Contratación de este

Ayuntamiento dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde

la recepción del presente acuerdo.

Tercero.- Que por parte de esta Alcaldía se proceda a la firma

del contrato administrativo.

14.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRAS

DE ASFALTADO DE CALZADAS DE VÍAS PÚBLICAS DE DIFERENTES CALLES DE LA CIUDAD DE SORIA.

Visto el expediente de referencia, y vista así mismo la propuesta emitida por la Mesa de Contratación de fecha 17 de mayo

del año actual, una vez que se ha presentado por el licitador la documentación requerida por la normativa, la Junta de Gobierno

Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de

julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Primero.- Adjudicar el contrato de Ejecución de las obras de

asfaltado de calzadas de vías públicas de diferentes calles de la

ciudad de Soria, a favor de la empresa ASFALGAL TÉCNICAS VIARIAS, S.L., representada por D. Jorge Cordero Torres, que realiza

una baja porcentual de 23,12% sobre el cuadro de precios, dando traslado a los licitadores de la siguiente información:

ASFALGAL TÉCNICAS VIARIAS, S.L.

23,12% de baja al

cuadro de precios

21

CONSTRUCCIONES BELTRAN MOÑUX,

S.L.U.

18,10% de baja al

cuadro de precios

COBO, S.A. 8,30% de baja al cuadro de precios

Segundo.- Citar al adjudicatario para la firma del contrato en

documento administrativo en la Sección de Contratación de este Ayuntamiento dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde

la recepción del presente acuerdo.

Tercero.- Que por parte de esta Alcaldía se proceda a la firma del contrato administrativo.

15.-ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRAS DE PAVIMENTACIÓN DE ACERAS Y ZONAS PEATONALES DE LA

CIUDAD DE SORIA

Visto el expediente de referencia, y vista así mismo la propuesta emitida por la Mesa de Contratación de fecha 17 de mayo

del año actual, una vez que se ha presentado por el licitador la documentación requerida por la normativa, la Junta de Gobierno

Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de

julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Primero.- Adjudicar el contrato de Ejecución de las obras de

pavimentación de aceras y zonas peatonales de la ciudad de Soria, a favor de la empresa ASFALGAL TÉCNICAS VIARIAS, S.L.,

representada por D. Jorge Cordero Torres, que realiza una baja porcentual de 23,05% sobre el cuadro de precios, dando traslado a

los licitadores de la siguiente información:

ASFALGAL TÉCNICAS VIARIAS, S.L.

23,05% de baja al

cuadro de precios

HIDROCON OBRAS, S.L. 22,13% de baja al cuadro de precios

CONSTRUCCIONES BELTRAN MOÑUX, S.L.U.

21,60% de baja al cuadro de precios

INDESFOR SORIA, S.L.

15,50% de baja al

cuadro de precios

PROMOCIONES BARAÑAIN, S.A.U.

5,10% de baja al

cuadro de precios

22

Segundo.- Citar al adjudicatario para la firma del contrato en

documento administrativo en la Sección de Contratación de este

Ayuntamiento dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde

la recepción del presente acuerdo.

Tercero.- Que por parte de esta Alcaldía se proceda a la firma

del contrato administrativo.

16.- REQUERIMIENTO DE LA DOCUMENTACIÓN DEL CONTRATO

DE SUMINISTRO Y MANTENIMIENTO DE CALDERA DE BIOMASA PARA INSTALACIONES MUNICIPALES.

Visto el expediente para la contratación del Suministro y

mantenimiento de caldera de Biomasa para instalaciones municipales,

Visto así mismo el informe emitido por el Ingeniero Municipal al

respecto de la valoración de las ofertas que han sido admitidas, dicho

informe establece textualmente: “… ambas empresas cumplen las

condiciones indicadas en los pliegos. No así la empresa Suministros

de Energía Natural S.L. ya que incumple lo indicado en la cláusula

tercera del Pliego de Prescripciones Técnicas. En dicha cláusula se

solicita un informe o análisis de las características técnicas del

combustible, así como los medios humanos y técnicos destinados al

contrato. Siendo tales requisitos condiciones excluyentes. La empresa

a valoración no indica ni características del combustible ni medios,

por lo que se recomienda su exclusión del procedimiento”.

De conformidad con la propuesta emitida por la Mesa de

contratación de fecha 26 de abril del año actual del siguiente tenor

literal: “esta propuesta técnica no es criterio de adjudicación, pero sí

es un requisito técnico indispensable que han de cumplir las

empresas licitadoras conforme se refleja en el Pliego de Condiciones

Administrativas.

A partir de la información suministrada y siguiendo todo lo

indicado en los pliegos que rigen la presente licitación, el ofertante

deberá de realizar una propuesta técnica que dé respuesta a las

necesidades planteadas.

23

En el caso de no cumplir dicha propuesta técnica las

condiciones mínimas exigidas en los pliegos, quedará excluida del

procedimiento de licitación.

La propuesta técnica deberá de incluir al menos la siguiente

información: Un informe/análisis indicando las características técnicas

del combustible que va a suministrar durante toda la vigencia del

contrato y que ha de cumplir como mínimo las especificaciones

técnicas recogidas en el punto nº 4.

Los medios humanos y técnicos que va a destinar a la ejecución

del contrato: trasporte y entrega del suministro, garantía de

suministro, análisis de calidad del producto suministrado y

mantenimiento de las calderas donde se suministrará el producto”.

A la vista de lo expuesto, la Junta de Gobierno Local, órgano

competente de conformidad con la delegación de atribuciones

efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil

quince, por unanimidad, acuerda:

Primero.- Rectificar el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de

fecha 6 de abril de 2018, y en consecuencia excluir a la empresa

SUMINISTRO DE ENERGÍA NATURAL, S.L. de la licitación por no haber

cumplido con lo establecido en la cláusula tercera del PPT, al no haber

aportado análisis o informe con las características técnicas del

combustible que va a suministrar durante la vigencia del contrato ni

los medios técnicos y humanos destinados al objeto del contrato,

siendo ambos requisitos necesarios para poder acceder a la

contratación.

Segundo.- Clasificar las proposiciones presentadas y admitidas

por orden decreciente de puntuación:

- Nº 1: Suscrita por D. Emilio Redondo Crespo, que actúa en

nombre propio, con una puntuación total de: 33,02 puntos.

- Nº 2: Suscrita por D. Ángel Revilla Ledesma, en representación de la empresa ENYA RENOVABLES, S.L., con una puntuación

total de: 32,95 puntos.

Tercero.- Notificar y requerir a D. Emilio Redondo Crespo para

que en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente a aquél en

24

que hubiera recibido el presente requerimiento, presente la

documentación justificativa de hallarse al corriente en el

cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

y Hacienda Municipal o autorice al órgano de contratación para

obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer

efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar

o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del

Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se

aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del Sector Público y

de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.

Asimismo deberá acreditar la concurrencia de los requisitos

exigidos en la cláusula séptima del pliego de cláusulas administrativas

particulares (cumplir los requisitos previos del apartado primero del

artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector

Público); los exigidos en la cláusula sexta del citado pliego; y los de

capacidad y solvencia para contratar con la Administración que serán

a la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones.

17.- DACIÓN DE CUENTA DE LA NO PRESENTACIÓN DE LA

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR LA EMPRESA ARPAPE, S.L.,

PARA EL CONTRATO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE MEJORA

DE LA MOVILIDAD Y ACCESIBILIDAD EN LA C/ CALIXTO

PEREDA DE SORIA, Y REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN

AL SIGUIENTE LICITADOR.

Visto el expediente para la contratación de la Ejecución de las

obras de mejora de la movilidad y accesibilidad en la C/ Calixto Pereda de Soria, y en concreto la propuesta emitida por la Mesa de

Contratación de fecha 17 de mayo del año actual, en la que se da cuenta de la no presentación de la documentación por la empresa

ARPAPE, S.L. para el contrato de referencia.

Asimismo de conformidad con la normativa preceptiva y demás

particularidades del expediente, la Junta de Gobierno Local, órgano

competente de conformidad con la delegación de atribuciones

efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil

quince, por unanimidad, acuerda:

Notificar y requerir a la empresa CONSTRUCCIONES BELTRÁN

MOÑUX, S.L.U., representada por Dª Susana Beltrán Latorre, que se

encuentra en segundo lugar en la lista ordenada de puntuación, para

25

que, en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a aquél en

que hubiera recibido el presente requerimiento, presente la

documentación justificativa de hallarse al corriente en el

cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

y Hacienda Municipal o autorice al órgano de contratación para

obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer

efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar

o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del

Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se

aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del Sector Público,

y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.

Asimismo deberá acreditar la concurrencia de los requisitos

exigidos en la cláusula séptima del pliego de cláusulas administrativas

particulares (cumplir los requisitos previos del apartado primero del

artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector

Público); los exigidos en la cláusula sexta del citado pliego; y los de

capacidad y solvencia para contratar con la Administración que serán

a la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones.

Este contrato está destinado a la estrategia DUSI SORIA

INTRAMUROS, en la Línea de Actuación 1, y está cofinanciado al

50% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en

el programa operativo de crecimiento sostenible del período de

programación 2014-2020, incluido en el Eje 12: Desarrollo Urbano y Sostenible Integrado.

FUERA DEL ORDEN DÍA

Discutidos los asuntos incluidos en el Orden del Día, la Junta de

Gobierno Local, previa declaración de urgencia aprobada de conformidad con lo dispuesto en el art. 83 del Reglamento de

Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, delibera sobre los asuntos que se indicarán y adopta los

siguientes acuerdos:

1.-EXPEDIENTE DISCIPLINARIO SEGUIDO CONTRA EMPLEADO

LABORAL FIJO.

26

Visto el expediente disciplinario tramitado al empleado laboral

fijo D… , peón de deportes especializado, con destino en el Pabellón

Polideportivo de San Andrés, por el incumplimiento de las

instrucciones recibidas negándose hacer uso del sistema de control de

accesos a la instalación mediante tarjeta, lo que afectó de forma

grave al funcionamiento del servicio.

De conformidad con la Propuesta de Resolución emitida por el

instructor del expediente de fecha 24 de abril del año actual, y a la

vista de que las alegaciones presentadas por el expedientado no

desvirtúan lo expresado en dicha propuesta, conforme al informe del

Instructor sobre las mismas, la Junta de Gobierno Local, órgano

competente de conformidad con la delegación de atribuciones

efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil

quince, por unanimidad, acuerda:

Imponer al empleado laboral fijo D…peón de Deportes

Especializado con destino en el Pabellón Polideportivo de San Andrés

una sanción de SIETE DÍAS DE SUSPENSIÓN DE FUNCIONES, con las

medidas accesorias que reglamentariamente le pudieran

corresponder, por la comisión de una falta grave prevista en el

artículo 82ª) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo de la Función Pública

de Castilla y León, por el incumplimiento de las instrucciones

recogidas, negándose hacer uso del sistema de control de accesos a

la instalación mediante tarjeta, lo que afectó de forma grave al

funcionamiento del servicio.

2.-APROBACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN A

SUSCRIBIR ENTRE ESTE AYUNTAMIENTO Y LA REAL

FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE CICLISMO.

Visto el Convenio de Colaboración a suscribir entre este

ayuntamiento y la Real Federación Española de Ciclismo, la Junta de

Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación

de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de

julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Prestar su conformidad al mismo, habilitando a la Alcaldía para su firma, cuyo contenido es el siguiente:

REUNIDOS

27

De una parte, Don José Luis López Cerrón, mayor de edad, con domicilio a los

efectos en …, provisto de DNI número … Interviene en nombre y representación de la

Real Federación Española de Ciclismo domiciliada en la C..., en calidad de Presidente

de la misma, cargo que asegura vigente.

En adelante, RFEC.

De otra parte, Don Carlos Martínez Mínguez, mayor de edad. Interviene en nombre y

representación de Excmo. Ayuntamiento de Soria, domiciliado en Plaza Mayor, 9 de

Soria, en calidad de Alcalde, cargo que asegura vigente.

En adelante, el Ayuntamiento.

Las partes se reconocen mutua y recíprocamente capacidad y legitimación suficientes

para suscribir este convenio de colaboración (en adelante “el convenio”), asegurando

cada parte que los poderes con que respectivamente actúan no han sido revocados ni

limitados, y que son bastantes para obligar a sus representados en este acto, y, en su

virtud

EXPONEN

I. Que la Real Federación Española de Ciclismo es la titular y propietaria exclusiva

conforme a lo establecido en sus Estatutos por aplicación de la Ley 10/1990, de 15 de

octubre y normas que la desarrollan, de los CAMPEONATOS DE ESPAÑA CICLISMO

EN CARRETERA JÚNIOR Y MÁSTER.

II. Que el Ayuntamiento desea colaborar en la realización de los fines de la RFEC,

mediante la participación en la organización de los Campeonatos de España citados

de acuerdo con el siguiente convenio de colaboración.

III. Que las partes convienen otorgar el presente CONVENIO DE COLABORACIÓN

EMPRESARIAL EN ACTIVIDADES DE INTERÉS GENERAL, de los previstos en el

artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades

sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, de acuerdo con las

siguientes:

ESTIPULACIONES

PRIMERA: Objeto del convenio.

Por medio del presente convenio, el Ayuntamiento de Soria colaborará en la

organización de las actividades, eventos y actos conmemorativos que se organizan

con motivo de los CAMPEONATOS DE ESPAÑA CICLISMO EN CARRETERA

JÚNIOR Y MÁSTER a celebrar del 7 al 9 de septiembre 2018, a desarrollar en Soria

capital y provincia, con el alcance y condiciones establecidos en el presente

documento.

28

A fin de alcanzar dicho objeto, el Ayuntamiento asume el compromiso de efectuar las

aportaciones (económicas/ en especie/logísticas) que se indican en el presente

documento, y Anexo I que se adjunta como parte inseparable del mismo.

Por su parte, la RFEC se compromete a difundir la participación del Ayuntamiento en

sus actividades en los términos que quedan indicados en el presente convenio.

SEGUNDA: Naturaleza.

Las partes declaran que el presente convenio de colaboración empresarial en

actividades de interés general tiene la naturaleza de los previstos en el artículo 25 de

la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal en las Entidades sin Fines

Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, y que en ningún caso debe

considerarse que persigue los fines de los contratos de patrocinio publicitario

recogidos en el artículo 24 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de

Publicidad.

A todos los efectos, la difusión de la participación del Ayuntamiento en la actividad de

la RFEC no constituirá una prestación de servicios.

TERCERA: Aportaciones.

El Ayuntamiento con las finalidades expresadas en las cláusulas anteriores y

manteniéndose las condiciones bajo las que suscribe el presente convenio, aportarán

la infraestructura y servicios establecidos en el Anexo I que se adjunta al presente

convenio, necesarios para la organización del evento deportivo, siendo de cuenta de la

RFEC el resto de prestaciones necesarias para dicha organización.

CUARTA: Difusión de la colaboración.

En tanto dure el presente convenio de colaboración, la difusión de la participación del

Ayuntamiento en las actividades del Campeonato que desarrolle la RFEC se llevará a

cabo de las siguientes maneras:

● La RFEC se compromete a difundir la participación y colaboración del Ayuntamiento mediante la inserción del logo del Ayuntamiento y de la candidatura de Soria, Ciudad Europea del Deporte en cuantos rótulos, impresos, catálogos, sellos, propaganda y en cualquier otra información que se publique o edite en relación con la actividad.

● La RFEC se compromete a que sea mencionada la colaboración del Ayuntamiento en todos los actos de difusión referidos a la actividad.

● El Ayuntamiento podrá hacer pública su participación en las actividades de la RFEC, bajo la denominación de CAMPEONATOS DE ESPAÑA CICLISMO EN CARRETERA JÚNIOR Y MÁSTER.

● La RFEC deberá aportar al Ayuntamiento en cualquier momento información

29

referente al desarrollo de las actuaciones llevadas a cabo con las aportaciones del Ayuntamiento.

En todo caso, la difusión de la participación del Ayuntamiento en las actividades de la

RFEC durante los Campeonatos se limitará al uso de sus logotipos o signos

distintivos, quedando expresamente excluida de este convenio la publicidad, o la

difusión de cualquier producto o servicio que pueda prestar el Ayuntamiento.

QUINTA: Propiedad intelectual.

Las cláusulas del presente convenio no suponen en ningún caso la cesión o

transmisión de cualesquiera derechos de propiedad intelectual o industrial titularidad

del Ayuntamiento o de la RFEC.

El uso no autorizado, o para un fin distinto al pactado en el presente convenio por

parte de la RFEC o del Ayuntamiento de cualquier signo distintivo protegido por los

derechos de propiedad intelectual o industrial o intelectual de la RFEC o del

Ayuntamiento, facultará a cualquiera de ellos para instar la resolución del presente

convenio, en cuyo caso, la entidad incumplidora se compromete a restituir a la otra

parte del convenio el importe de las aportaciones realizadas, sin perjuicio de la

correspondiente indemnización de daños y perjuicios a que hubiere lugar.

SEXTA: Resolución.

En el supuesto de que el objeto del convenio no pudiese llevarse a cabo por

incumplimiento de los compromisos de la RFEC o de las personas o entidades que

ésta hubiere designado para la realización de las actividades, el Ayuntamiento

quedarán relevados del compromiso de abonar cualquier cantidad a partir del

momento de dicho incumplimiento, si es el caso, quedando obligada la RFEC,

conforme a lo dispuesto en el artículo 647 del Código Civil, a restituir al Ayuntamiento

las cantidades percibidas, incrementadas en el interés legal del dinero.

Si la imposibilidad de cumplir el objeto del convenio se debiese a cualquier otra causa

ajena a la voluntad de la RFEC, se aplicará idéntica previsión en lo referido a las

cantidades pendientes de abono, si bien, por lo que se refiere a las ya percibidas, no

deberán ser restituidas.

SÉPTIMA. Tributos.

En la ejecución del contenido del presente convenio, cada parte soportará los tributos

que se puedan devengar y sean de su cargo según la Ley.

OCTAVA. Jurisdicción y competencia.

Las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles, se someten a

los juzgados y tribunales de Madrid para la resolución de cualesquiera divergencias

que pudieran surgir con motivo de la interpretación o ejecución del presente convenio.

30

Y en prueba de conformidad con lo que antecede, las partes firman por triplicado

ejemplar en lugar y fecha arriba indicados.

ANEXO I

POR PARTE DE LA RFEC

La Real Federación Española de Ciclismo facilitará los siguientes servicios, incluido

costes y responsabilidades:

- Elementos de señalización de salida y llegada, en especial vallas altas y bajas, podio control de firmas, reloj de meta, pancartas y banderolas, señalización de carrera y rampa de salida para las contrarrelojes, así como el personal necesario para la gestión de este trabajo (incluyendo transporte, alojamiento y manutención), y los vehículos necesarios para el correcto desarrollo.

- Control de carrera: Diseño, organización y gestión de los comisarios para todas las pruebas y categorías, incluidas tasas, gastos de alojamiento y manutención, así como los permisos necesarios para la celebración de los Campeonatos.

- Locución y Megafonía para todas las pruebas.

- Vehículos en carrera y servicios médicos en carrera, ambulancias y UVI móvil, coches, motos, conductores…, para el correcto desarrollo de los Campeonatos.

- Medallas y Maillots: La RFEC proporcionará los maillots para los campeones y las medallas de oro, plata y bronce a los tres primeros clasificados.

- Gabinete de Prensa y PR: Servicios de comunicación y fotógrafo oficial durante los días los Campeonatos. Asimismo, y de cara a la promoción de los Campeonatos, la RFEC editará el Cartel y el Libro de Ruta oficial con la información más relevante.

- Gestión de Resultados: La RFEC proporcionará los servicios de foto-finish, informática para las inscripciones y resultados, distribución de acreditaciones, distribución de resultados y comunicados.

- Radio Vuelta: Personal especializado, receptores y emisores para el funcionamiento de radio vuelta en todas las pruebas.

- Acreditaciones, dorsales y placas: La RFEC confeccionará las acreditaciones personales y distintivos de vehículos, así como dorsales, placas de bicicletas…

31

- Señalización de carrera e informativa y marcaje: La RFEC elaborará la señalización referida a carrera y a elementos auxiliares.

- Personal administrativo para el mantenimiento de la Oficina Permanente.

- Viajes, estancia y alojamiento del personal RFEC.

- Seguros: Pólizas de seguros de responsabilidad civil y accidentes en la carrera, en su preparación, montaje, disputa y desmontaje, sin que las mencionadas pólizas puedan ser objeto de contraprestación publicitaria.

- Resumen Televisivo de las pruebas.

- Elaboración de una memoria justificativa y de Impacto Económico del Campeonato.

POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO

- Realizar la aportación económica a la RFEC de 25.000 €, que deberá de

realizar el siguiente número de cuenta 0075 0349 43 0606 159596:

- 30% a fecha de firma del presente convenio. - Resto del pago una vez aprobada la memoria justificativa y de

Impacto Económico del Campeonato y tras la presentación de la siguiente documentación.

- Justificación de la ayuda: Será necesaria la presentación de la siguiente documentación para la correcta justificación del convenio:

- Dossier informativo de la actividad de promoción deportiva realizada, con el impacto económico del Campeonato.

- Justificación económica de los gastos realizados: facturas o copias de las mismas debidamente compulsadas que alcancen la cuantía de la ayuda otorgada, acompañadas del pertinente justificante o comprobante bancario acreditativo del pago de las mismas.

- Certificado del Secretario (o representante legal de la Entidad beneficiaria), en el que haga constar que se ha realizado en su totalidad la actividad subvencionada, habiendo sido destinada la subvención recibida a los fines para los que fue concedida y expresando que el

32

importe de la misma no supera el coste realmente soportado por la Entidad, considerando otras subvenciones que pudieran habérsele concedido con la misma finalidad.

- Certificados de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y al frente de la Seguridad Social.

- Balance final de ingresos y gastos derivados de la actividad, con indicación pormenorizada de cada uno de los conceptos incluidos en dicho balance, con especial atención a los ingresos obtenidos por las distintas ayudas públicas, así como los gastos derivados de la organización íntegra de la actividad.

A estos efectos, serán subvencionables en el presente convenio, los gastos derivados

de la actividad objeto de subvención desde el 1 de enero de 2018 hasta la fecha de

justificación del convenio.

- Zona de salida y meta: Se requieren las tomas de electricidad necesarias para alimentar todos los elementos allí ubicados, como camión podio, torre de cronometraje, megafonía…

Se compromete a despejar de vehículos los espacios requeridos por la Organización

para la instalación de todas las infraestructuras necesarias, desde las 08,00 horas del

día de la prueba, la línea de Meta deberá estar cerrada al tráfico para el montaje de

todas las infraestructuras necesarias, la Policía Local facilitará los efectivos necesarios

para la protección y vigilancia de dichos trabajos.

También se dispondrá de un servicio de voluntariado en los puntos conflictivos y en la

zona de salida y meta, y que podrá ser garantizado por los clubes locales o por otro

tipo de personal.

- Control antidopaje: El Ayuntamiento en el que se celebren competiciones pondrá a disposición de la AEPSAD, Agencia Antidopaje Española, que tiene la competencia en materia de realización de los controles del Campeonato, una sala y el material necesario para la realización de los mismos.

- Oficina permanente: Se deberá poner a disposición de la organización un local idóneo para acoger los servicios que se exponen a continuación y a la que sólo tendrá acceso las personas relacionadas con el Campeonato. La oficina se habilitará preferiblemente en la localidad que acoja la prueba reina, desde donde se centralizarán los servicios de acreditaciones, inscripciones, control de licencias y gestión de clasificaciones, así como zona delimitada para comisarios y control de pagos. Dicha oficina estará en servicio la víspera del Campeonato y dos horas después de terminar cada prueba o hasta que el jurado técnico haya terminado su trabajo y entregado las calificaciones. Además, se dispondrá de un salón de actos o sala de reuniones, con capacidad para 50 personas para la celebración de reuniones de directores, entre otros. También, una zona para la prensa próxima a la línea de llegada con una sala y capacidad para 30 personas.

33

- Entrega de premios: el Ayuntamiento aportará el servicio necesario para el protocolo de entrega de premios y 10 ramos de flores para los vencedores de cada una de las categorías disputadas en los Campeonatos.

- Libro de Ruta: el Ayuntamiento suministrará a la RFEC saluda de los máximos responsables institucionales (Presidente Comunidad Autónoma, Alcalde de la localidad, etc., así como información turística de la localidad y de la Comunidad Autónoma para la promoción de la misma en el Libro de Ruta que se entregará a los ciclistas y que se publicará en Internet).

Y en prueba de conformidad con lo que antecede, las partes firman por triplicado

ejemplar en lugar y fecha arriba indicados.

3.- CONTRATACIONES FIESTAS SAN SATURIO 2018.

Visto la propuesta emitida por la Comisión Municipal Informativa Permanente del Área de Servicios a la Ciudadanía de

fecha once de mayo de dos mil dieciocho, relativa a la oferta presentada por PANDORA PRODUCCIONES, S.L. para la contratación

del espectáculo musical denominado “LA PEGATINA” el próximo día 1 de octubre en la Plaza Mayor, a las 21,00 horas, en el precio de

28.000 € + IVA, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo.

Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

La aprobación de la referida contratación.

4.- APROBACIÓN DEL PLIEGO DE CLAÚSULAS

ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y PRESCRIPCIONES

TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL CONTRATO DE LAS

VERBENAS PARA LAS FIESTAS DE LA CIUDAD DE SORIA,

BARRIOS Y PEDANÍAS 2018.

Examinado el expediente para adjudicar la contratación de las

verbenas para las Fiestas de la ciudad de Soria barrios y pedanías

2018.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de

noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen

al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento

Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero

de 2014, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de

conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo.

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Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad,

acuerda:

1º.- Prestar su aprobación al Pliego de Cláusulas

Administrativas Particulares y al de Prescripciones Técnicas a los que habrá de ajustarse el presente contrato.

2º.- El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto simplificado sumario.

3º.- El valor estimado del presente contrato de conformidad con

lo dispuesto en el artículo 101 LCSP, asciende a la cuantía total de

74.380,00 más 15.620,00 € de IVA.

4º.- Cumplir los demás trámites preceptivos de impulso hasta la formalización del oportuno contrato.

5.- APROBACIÓN DE CERTIFICACIÓN Nº 19,

CORRESPONDIENTE A LAS OBRAS DE LA FASE II DOCUMENTO III “EDIFICIO MERCADO MUNICIPAL DE SORIA” A FAVOR DE

LA EMPRESA MARTINEZ ROMERA, S.A.

Examinada la certificación nº 19, correspondiente a las obras de

la FASE II Documento III "EDIFICIO MERCADO MUNICIPAL DE SORIA”, y habida cuenta de la existencia de la necesaria consignación

presupuestaria, de conformidad con la propuesta emitida por el Sr. Interventor municipal, la Junta de Gobierno Local, órgano competente

de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por

unanimidad, acuerda:

Aprobar la certificación nº 19, FASE II Documento III, y el

abono del 57,71 % de la misma, a favor de la empresa adjudicataria

MARTINEZ ROMERA, S.A, por un importe de cuarenta y tres mil quinientos ocho euros con treinta y dos céntimos de euro (43.508,32)

IVA incluido.

6.- APROBACIÓN DE PLIEGO DE CLÁUSULAS

ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO PRIVADO

DE ARTISTAS PARA EL FESTIVAL ENCLAVE DEL AGUA 2018.

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Examinado el expediente para adjudicar el contrato privado de

artistas para el festival Enclave del Agua 2018.

Visto el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares al que

habrá de ajustarse el objeto del presente contrato.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de

noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento

Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de

conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad,

acuerda:

1º.- Prestar su aprobación al Pliego de Cláusulas

Administrativas Particulares al que habrá de ajustarse el presente contrato.

2º.- El contrato se adjudicará mediante procedimiento negociado sin publicidad.

3º.- El presupuesto base de licitación es 76.835€, de los que 13.335 € son del IVA.

El valor estimado del contrato (art. 101 de la LCSP) asciende a

la cantidad de 63.500 €, al no admitirse prórrogas.

4º.- Cumplir los demás trámites preceptivos de impulso hasta la

formalización del oportuno contrato.

A las diez horas y treinta minutos finaliza la sesión, doy fe, el

Secretario General.

Vº Bº

EL ALCALDE,

Fdo. Carlos Martínez Mínguez