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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo "Presupuestos 2012"

Í N D I C E Página

Índice ------------------------------------------------------------------------------------------------------------ 1

Sres. Miembros de la Corporación. ------------------------------------------------------------------- 3

1º. Memoria. ------------------------------------------------------------------------------------------------------- 4

2º. Resumen por Capítulos del Presupuesto Ej. 2012 / 2011. ---------------------------------- 10

Clasificación económica, por áreas y políticas de gasto.

3º. Ahorro Neto o Autofinanciación: -------------------------------------------------------------------- 13

� Resumen por Capítulos Corrientes del Estado de Ingresos.

� Resumen por Capítulos Corrientes del Estado de Gastos.

� Estudio del Ahorro Neto o Autofinanciación.

4º. Operaciones Corrientes Ej. 2012 y 2011.

A) Estado de Gastos Corrientes:

� Capítulo I. Gastos de Personal por Partidas. --------------------------------------------------- 15

� Plantilla Presupuestaria. ------------------------------------------------------------------------------ 16

� Capítulo II. Gastos en Bienes Corrientes y Servicios. ---------------------------------------- 21

� Capítulo III. Gastos financieros. -------------------------------------------------------------------- 23

- Detalle de las operaciones de crédito concertadas y capital pendiente a 31/12/2012. ----- 24

� Capítulo IV. Transferencias Corrientes. ---------------------------------------------------------- 25 B) Estado de Ingresos Corrientes:

� Capítulo I al IV. Ingresos por conceptos. -------------------------------------------------------- 27

� Capítulo V. Ingresos Patrimoniales. --------------------------------------------------------------- 32

5º. Operaciones de Capital Ej. 2012 y 2011. A) Estado de Gastos de Capital:

� Capítulo VI. Inversiones Reales. ------------------------------------------------------------------- 34

� Capítulo VII. Transferencias de Capital. --------------------------------------------------------- 35

� Capítulo VIII. Activo Financiero. -------------------------------------------------------------------- 36

� Capítulo IX. Pasivo Financiero. --------------------------------------------------------------------- 37

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B) Estado de Ingresos de Capital:

� Capítulo VI. Enajenación de inversiones reales. ----------------------------------------------- 39

� Capítulo VII. Transferencias de Capital. --------------------------------------------------------- 40

� Capítulo VIII. Activos Financieros. ----------------------------------------------------------------- 41

� Capítulo IX. Pasivos Financieros. ------------------------------------------------------------------ 42

6º. Informe Económico - Financiero. -------------------------------------------------------------------- 43

7º. Bases de Ejecución del Presupuesto. ------------------------------------------------------------- 48

8º. Documentación Complementaria.

� Certificado sobre Préstamos y Deuda Exigible a 31/12/2011. ------------------------------ 76

� Cerificado sobre detalle de las operaciones de crédito a realizar. ------------------------- 77

� Certificado de los Costes y Recursos de los Servicios Municipales. ---------------------- 78

� Liquidaciones años anteriores. ---------------------------------------------------------------------- 79

� Anexo de inversiones. --------------------------------------------------------------------------------- 80

� Asignaciones a grupos políticos. -------------------------------------------------------------------- 81

� Asignaciones por asistencia a plenos y comisiones. ------------------------------------------ 82

9º. Informes, Dictamen y Acuerdos.

� Providencia de la alcaldía. ---------------------------------------------------------------------------- 84

� Informe de Intervención. (Artículo 168.4 del texto refundido de la Ley de las

Haciendas Locales de 5/3/04). --------------------------------------------------------------------- 85

� Informe de estabilidad presupuestaria.------------------------------------------------------------ 89

� Dictamen de la Comisión Especial de Cuentas ( ). ------------------------------------

� Acuerdo Plenario de Aprobación del Presupuesto ( ). ---------------------------------

10º. Exposición Pública.

� Inicial - Boletín Oficial de la Provincia nº ____ de fecha ______________. ---------------

� Certificado del Sr. Secretario sobre Reclamaciones. --------------------------------------------

� Definitiva - BOP nº ____ de fecha _________________, con resumen a nivel de

Capítulo del Presupuesto y Plantilla de Personal. ------------------------------------------------

� Remisión del Presupuesto a la Administración del Estado y a la Junta de Andalucía. -

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo. “Presupuestos 2012”

Sres. Miembros de la Corporación

ALCALDE

D. Pedro José Romero Rubio. PSOE-A

TENIENTES DE ALCALDE

Dª. Ana Dolores Cortés Márquez. PSOE-A

D. Juan Manuel Fernández Gómez. PSOE-A

D. Manuel Rufo Romero PSOE-A

CONCEJALES Dª. Isabel Márquez González PSOE-A

D. Francisco Fernández Márquez PSOE-A

D. Ismael Pozo Mogedas. PP

D. Pedro Fernández Sánchez. PP

D. Javier Fernández Fernández PP

Dª. Dolores Fernández Moreno PP

D. Juan Luis Castilla Delgado IU

SECRETARIO-INTERVENTOR D. Andrés Moreno Rodríguez

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DOCUMENTO Nº 1

MEMORIA DE LA ALCALDÍA

El Presupuesto de este Ayuntamiento para el ejercicio económico de 2012, se eleva a 1.862.083,85 € en ingresos. Los gastos importan un total de 1.857.656,04 € lo que supone un superávit inicial de 4.427,81 €. Dado que el presupuesto del año anterior ascendió a 2.194.465,53 € en ingresos, el presente supone una disminución de 332.381,68 € (-15,15%). El presupuesto de gastos del año anterior fue de 1.835.338,14 €, por lo que este ejercicio se incrementa en 22.317,90 €, un 1,22%.

De conformidad con lo establecido en el artículo 168 a) del R. D. Legislativo 2/2.004, de 5 marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de las Haciendas Locales, pasamos a analizarlo:

Los INGRESOS CORRIENTES ascienden a la cantidad de 1.487.664,28 € y los GASTOS CORRIENTES ascienden a un total de 1.390.392,54 €, por lo que el AHORRO NETO o AUTOFINANCIACIÓN estimado a falta de liquidación del ejercicio 2.011 es de 97.271,74 euros.

Estudiamos por Capítulos este Presupuesto, distinguiendo entre Operaciones Corrientes y de Capital.

ESTADO ECONÓMICO DE GASTOS 1º. Operaciones Corrientes :

Capítulo I. Gastos de Personal.

Su montante es de 1.050.168,42 €, en el Presupuesto de 2011 fue de 782.814,90 €, lo que supone una aumento porcentual del 34,15 %.

Cabe destacar como causas principales de este aumento:

- Inclusión de salarios y cotizaciones de tres puestos que venián consignandose en el capitulo de inversiones:

* Un oficial de 2ª obras-servicios. * Dos peones de usos múltiples. - Salarios y cotizaciones del taller de empleo “La Carrasca”. - Inclusión o ajustes de otras subvenciones destinadas a contratación de personal. - El incremento en los salarios y cotizaciones de órganos de gobierno. También debemos señalar como destacables las disminuciones siguientes:

- Retribuciones del personal eventual.

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- Amortización de un puesto de la Policía Local. - Desaparición de la aplicación que recogía los atrasos salariales del convenio del personal laboral. - Desaparece la aplicación para la contratación de un peón de limpieza temporal. - A partir de julio se reducirá un nivel al personal laboral, también se reduciran las asignaciones a los peones de usos multiples que tienen asignadas las guardias en fin de semana y al personal que tiene asignado el mantenimiento de los sistemas informáticos municipales con la consiguiente reducción de salarios. - Se reducirá en un 66,67% la aplicación destinada a ayudas sociales al personal y en un 18,03% la consignación para la productividad. - Se reduce en 2.000 € la aplicación para contratar a personal temporal vario.

El NUMERO TOTAL DE PUESTOS DE TRABAJO relacionados en la Plantilla Presupuestaria es de 45, desglosados de la forma siguiente:

- Plantilla de funcionarios: 6 (ocupadas 3, excedencia 1, vacantes 2). - Plantilla de laborales fijos: 12 (ocupadas 4, contrat. 5, adscritos a Giasha 2,

vacante 1). - Personal laboral temporal: 23 (Guadalinfo 1, monit. Gimnasio 1, Piscina 7,

Guardería 3, otros 11) - Personal eventual: 2 - Órganos de gobierno: 2

Capítulo II. Gastos en Bienes Corrientes y de Servicios:

Su importe asciende a 287.638,00 €, supone una reducción del 7,41% respecto del ejercicio anterior. Este capítulo recoge los créditos presupuestarios consignados por operaciones corrientes y los gastos derivados del funcionamiento de los servicios existentes en el Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo, de los que pueden considerarse suficientes para atender las obligaciones exigibles a la Corporación.

Destacar la inclusión de los créditos referentes a compras de material para el Taller de empleo “La Carrasca”. Los incrementos más significativos, para adecuarlos al gasto real, se aplican para mantenimiento de edificios, instalaciones, premio de cobranza del Serv. de Gestión Tributaria y sobre todo combustibles, electricidad y telefónicas por el gran incremento que han sufrido sus precios durante los últimos meses.

Las reducciones más importantes para cumplir con el Plan de Ajuste Estatal se aplican en los créditos destinados a Festejos (-28,30%), Cultura (-35%), Deporte (-76,47%), Piscina (-21,43%), reducción de polizas de seguro del microbus mpal. para contratarlas solo el tiempo imprescindible ( aproximadamente un -85%) y Asistencia técnica por otras empresas (-84,36% por la desaparición de la asignación para actualización del padrón IBI por la empresa MAPAS SLL), aunque hay que aclarar que previsiblemente se incorporen durante el ejercicio los créditos de varias subvenciones de actividades y proyectos culturales y deportivos que normalmente se reciben de la Diputación Prov. y otras administraciones públicas.

El resto de aplicaciones de este capítulo se ha adecuado al gasto corriente que actualmente se mantiene para el desarrollo de los servicios municipales.

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Capítulo III y IX. Gastos Financieros y Pasivos Financieros. (Intereses y Amortizaciones de Préstamos).

El importe del Capítulo III es de 3.574,72 €, supone una reducción del 47,43%. Recoge fundamentalmente créditos para atender los intereses de la operación de endeudamiento relativa al Plan de ajuste a 10 años, también aclarar que se han cancelado los créditos para financiar los intereses de la poliza de crédito con Caja Rural.

En el Capítulo IX no existe consignación por no tener contratado actualmente, ni prevista la solicitud de préstamos. Al considerar la financiación del Plan de Ajuste como una operación de tesorería, la amortización del préstamo se consigna en aplicaciones no presupuestarias. Además esta operación tiene dos años de carencia, con lo que hasta el ejercicio 2014 no comienza la amortización del mismo.

Capítulo IV. Transferencias Corrientes.

Las transferencias corrientes comprenden los créditos por aportaciones del

Ayuntamiento sin contraprestación de los agentes receptores y con destino a operaciones corrientes. Su importe es de 49.011,40 €. Suponiendo una reducción del 13,30% respecto del ejercicio anterior.

Cabe destacar la desaparición de la aplicación destinada a sufragar cuotas anuales de la Mancomunidad Andévalo-Minero, aunque los créditos de ejercicios anteriores dedicados a cuotas de esta Mancomunidad y no ejecutados se incorporaran para atender la deuda de esta entidad con la Seguridad Social (expte. de deuda por responsab. solidaria aplazada a 5 años por un importe de 99.527,80 €) y con Hacienda Pública (inicio de expte. de derivación de responsabilidad solidaria pendiente de resolución en firme).

Así mismo disminuyen los créditos de atenciones benéficas, premios al estudio y asignaciones a grupos políticos.

2º. Operaciones de Capital.

Capítulo VI. Inversiones Reales.

Se han consignado en el Estado de Gastos del Presupuesto de 2012 inversiones reales por un importe de 456.263,50 €, financiadas con recursos afectados procedentes de subvenciones, enajenaciones y recursos propios.

Están previstas inicialmente inversiones para adquisición de terrenos para el patrimonio municipal del suelo, obras PFEA 2012, equipamiento Guardería Mpal. y adaptación-ampliación del Centro Social. También se consignan créditos para otras obras o aportaciones a inversiones que resulten necesarias durante el ejercicio.

Capítulo VII. Transferencias de Capital.

Este capítulo supone un total de 7.000 €.

Los créditos para el Canon de Vertidos de la Cuenca Hidrográfica del Guadiana,

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quedan compensadas por la transferencia que, a tal efecto, lleva a cabo la empresa MAS-GIAHSA encargada del servicio de agua y alcantarillado.

Capítulo VIII. Activo Financiero.

Los activos financieros están constituidos por anticipos de pagos al personal.

Capítulo IX. Pasivo Financiero.

Su consignación es cero por no tener actualmente ningún préstamo concertado ni estar prevista su contratación durante el ejercicio.

ESTADO ECONÓMICO DE INGRESOS

CAPÍTULO I. IMPUESTOS DIRECTOS.

Los impuestos directos comprenden el Impuesto de Bienes Inmuebles (hay que tener en cuenta la modificación de los tipos impositivos de la Ordenanza Fiscal de IBI Urbana, que entra en vigor este año aprobada por RDL 20/2011, de fecha 30/12/11 y publicada en BOE con fecha 31/12/11), el Impuesto de Actividades Económicas, el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica y el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Asciende a un total de: 296.000,00 € y supone un incremento del 8,82% respecto del ejercicio anterior.

CAPÍTULO II. IMPUESTOS INDIRECTOS.

Los ingresos que provienen de los impuestos indirectos provienen del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras e Impuestos Suntuarios y asciende a 38.600,00 €, un 15,35% menos con respecto al ej. 2011.

CAPÍTULO III. TASAS Y OTROS INGRESOS.

Los ingresos previstos por operaciones corrientes procedentes de tasas y otros ingresos, se han calculado teniendo en cuenta los derechos que se prevén liquidar en el ejercicio actual y las modificaciones aprobadas por el Pleno de esta Corporación, relativas a las cuotas e incremento de tarifas recogidas en las Ordenanzas fiscales y reguladoras de precios públicos, con un importe total de: 143.450,00 €. Ello supone un incremento del 3,28% respecto del anterior ejercicio. Destaca la nueva aplicación para recoger las tasas por alquileres de pistas deportivas y campo de futbol para sufragar los gastos corrientes derivados de la prestación de estos servicios.

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CAPÍTULO IV. TRANSFERENCIAS CORRIENTES.

El total de ingresos previstos en el Capítulo IV por transferencias es superior en 388.291,99 €. Sobre todo por el aumento de la participación en los impuestos de la Comunidad Autónoma y por la concesión de subvención del Taller de Empleo “La Carrasca”. También cabe destacar la previsible disminución de la participación en los tributos del Estado, de la subvención para Guardería Municipal y la desaparición del mantenimiento del juzgado de paz por parte de la Junta de Andalucía.

Destacar también las aplicaciónes que recogen créditos subvencionados para

sufragar en parte el coste del Técnico de Cultura, proyecto Gualdalinfo y varios proyectos de talleres y actividades culturales y deportivas.

CAPÍTULO V. INGRESOS PATRIMONIALES.

Los ingresos patrimoniales provienen de rentas de inmuebles, intereses bancarios y concesiones administrativas. En este ejercicio desaparece la aplicación que se consignó en en 2011 por la concesión administrativa de redes municipales de abastecimiento de agua y alcantarillado, por lo que desciende considerablemente el total del capítulo hasta los 32.598,00 euros y constituye un 96,34 % de disminución respecto al ejercicio anterior.

CAPÍTULO VI. ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES.

Las enajenaciones de inversiones reales comprenden los ingresos por venta de parcelas y de inmuebles patrimoniales de propiedad municipal. Se ha consignado la venta de una parcela del polígono industrial “La Carrasca” y las cuotas de amortización de las viviendas de autoconstrucción de C/ Huelva en el Cerro y las siete en Montes de S. Benito.

CAPÍTULO VII. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL.

El Capítulo VII de Transferencias de Capital del Presupuesto de Ingresos se han calculado en base a las subvenciones concedidas por las Entidades Públicas y que tienen su correspondencia en las partidas ya referenciadas de los capítulos VI y VII del presupuesto de Gastos con un total de: 338.581,91 €, con una diferencia al alza respecto del ejercicio 2011 de 332.033,74 € debido a que a fecha actual se han recibido notificaciones de subvenciones importantes como pueden ser la de PEA 2012 (SPEE y Diputación Prov.), el equipamiento para la nueva Guardería Infantil (Junta de Andalucía) o las obras de adaptación-ampliación de servicios del Centro Social Mpal. (A.D.R.A.O).

CAPÍTULO VIII. ACTIVOS FINANCIEROS.

Los activos financieros vienen reflejados por los ingresos provenientes de anticipos de pagas a personal, con su contrapartida en gastos con 4.000,00 €.

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CAPÍTULO IX. PÁSIVOS FINANCIEROS.

El pasivo financiero viene reflejado por los ingresos provenientes de operaciones de crédito concertadas por la Corporación. (00,00).

El Cerro de Andévalo, 2 de julio de 2012.

EL ALCALDE PRESIDENTE,

Fdo.: Pedro José Romero Rubio.

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo "Presupuestos 2012"

Cap CONCEPTO Año 2012 Año 2011 Diferencia %

I Impuestos Directos. 296.000,00 272.000,00 24.000,00 8,82

II Impuestos Indirectos. 38.600,00 45.600,00 -7.000,00 -15,35

III Tasas, precios públicos y otros ingresos. 143.450,00 138.900,00 4.550,00 3,28

IV Transfer. Corrientes. 977.016,28 588.724,29 388.291,99 65,95

V Ingresos Patrimoniales. 32.598,00 890.700,00 -858.102,00 -96,34

VI Enajenac. Invers.Reales 31.837,66 247.993,07 -216.155,41 -87,16

VII Transfer. de Capital. 338.581,91 6.548,17 332.033,74 5070,63

VIII Activos Financieros. 4.000,00 4.000,00 0,00 0,00

IX Pasivos Financieros. 0,00 0,00 0,00 0,00

Total Ingresos. 1.862.083,85 2.194.465,53 -332.381,68 -15,15

Cap CONCEPTO Año 2012 Año 2011 Diferencia %

I Gastos de Personal. 1.050.168,42 782.814,90 267.353,52 34,15

II

Gastos de Bienes Corrientes y

Servicios. 287.638,00 310.652,00 -23.014,00 -7,41

III Gastos Financieros. 3.574,72 6.800,00 -3.225,28 -47,43

IV Transfer. Corrientes. 49.011,40 56.530,00 -7.518,60 -13,30

VI Inversiones Reales. 456.263,50 669.641,24 -213.377,74 -31,86

VII Transfer. de Capital. 7.000,00 4.900,00 2.100,00 42,86

VIII Activos Financieros. 4.000,00 4.000,00 0,00 0,00

IX Pasivos Financieros. 0,00 0,00 0,00 0,00

Total Gastos. 1.857.656,04 1.835.338,14 22.317,90 1,22

DOCUMENTO Nº 2

Resumen por Capítulos del Presupuesto

Ingresos

Gastos

10

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo "Presupuestos 2012"

1.-Servicios públicos básicos

2.-Actuaciones de protecc. y

promoc. social

3.- Producc. de bienes públicos de carácter preferente

4.- Actuaciones de carácter económico.

9.- Actuaciones de carácter general.

0.- Deuda pública

1 214.680,66 217.786,75 104.784,82 0,00 512.916,19 0,00 1.050.168,42

2 65.640,00 20.736,00 90.142,00 0,00 111.120,00 0,00 287.638,00

3 0,00 0,00 0,00 0,00 500,00 3.074,72 3.574,72

4 18.905,00 6.056,40 2.000,00 1.550,00 20.500,00 0,00 49.011,40

6 309.549,13 0,00 146.714,37 0,00 0,00 0,00 456.263,50

7 0,00 0,00 0,00 0,00 7.000,00 0,00 7.000,00

8 0,00 0,00 0,00 0,00 4.000,00 0,00 4.000,00

9 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

TOTAL ÁREA DE GASTO

608.774,79 244.579,15 343.641,19 1.550,00 656.036,19 3.074,72 1.857.656,04

CAPÍTULOS DE

GASTOS(C.ECONÓMICA)

TOTALES POR ECONÓMICA

Cuadro de Clasificación por Áreas y Categorías Económicas del Presupuesto de Gastos

ÁREA DE GASTO

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1.-Servicios públicos básicos. Código

Seguridad y movilidad ciudadana 13Vivienda y urbanismo 15Bienestar comunitario 16Medio ambiente 17TOTAL GRUPO 1

2.- Actuaciones de protección y promoción social.

Pensiones 21Otras prestaciones económicas a favor de empleados 22Servicios sociales y promoción social 23Fomento de empleo 24TOTAL GRUPO 2

3.- Producción de bienes públicos de carácter preferente

Sanidad 31Educación 32Cultura 33Deporte 34TOTAL GRUPO 3

4.- Actuaciones de carácter económico

Agricultura, ganadería y pesca 41Industria y energía 42Comercio, turismo y pequeña y mediana empresa 43Transporte público 44Infraestructuras 45Investigación, desarrollo e innovación 46Otras actuaciones de carácter económico 49TOTAL GRUPO 4

9.- Actuaciones de carácter general.

Órganos de gobierno 91Servicios de carácter general 92Administración financiera y tributaria 93Transferencias a otras administraciones públicas 94TOTAL GRUPO 9

Otros Grupos de Funciones

0.- Deuda Pública. 01

TOTAL PRESUPUESTOS DE GASTOS

Importe en euros

61448,40

0,00

Clasificación por Políticas de Gasto

244.579,15

504686,3942640,00

608.774,79

0,00

74312,603032,00

0,00

343.641,19

1550,000,000,00

548317,1318500,007000,00

656.036,19

0,000,000,00

1.550,00

1.857.656,04

3.074,72

0,000,00

244579,15

222999,5643297,03

82219,06

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo "Presupuestos 2012"

Cap CONCEPTO Año 2012 Año 2011 Diferencia %

I Impuestos Directos. 296.000,00 272.000,00 24.000,00 8,82

II Impuestos Indirectos. 38.600,00 45.600,00 -7.000,00 -15,35

III Tasas y otros Ingresos. 143.450,00 138.900,00 4.550,00 3,28

IV Transfer. Corrientes. 977.016,28 588.724,29 388.291,99 65,95

V Ingresos Patrimoniales. 32.598,00 890.700,00 -858.102,00 -96,34

Total Ingresos Corrientes 1.487.664,28 1.935.924,29 -448.260,01 -23,15

Cap CONCEPTO Año 2012 Año 2011 Diferencia %

I Gastos de Personal. 1.050.168,42 782.814,90 267.353,52 34,15

II

Gastos de Bienes Corrientes y

Servicios. 287.638,00 310.652,00 -23.014,00 -7,41

III Gastos Financieros. 3.574,72 6.800,00 -3.225,28 -47,43

IV Transfer. Corrientes. 49.011,40 56.530,00 -7.518,60 -13,30

IX Pasivos Financieros. 0,00 0,00 0,00 0,00

Total Gastos Corrientes. 1.390.392,54 1.156.796,90 233.595,64 20,19

���� Estudio del Ahorro Neto o Autofinanciación.

Ingresos

Corrientes

Gastos

Corrientes

1.487.664,28 1.390.392,54 97.271,74

� Resumen por Capítulos Corrientes del Estado de Gastos, incluida amortizaciones de

préstamos.

� Resumen por Capítulos Corrientes del Estado de Ingresos.

Autofinanciación

DOCUMENTO Nº 3

Ahorro Neto o Autofinanciación

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo ”Presupuestos 2012”

DOCUMENTO Nº 4

OPERACIONES CORRIENTES AÑOS 2012 Y 2011.

A) ESTADO DE GASTOS CORRIENTES.

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo "Presupuestos 2012"

Capítulo I. Gastos de Personal.

DENOMINACIÓN Año 2012 Año 2011 Diferencia %

912 100-00Retrib. Organos de gobierno y personal

directivo.45.780,00 11.318,50 34.461,50 304,47

912 110-00Retr. Coord. Obras-Serv. y Adjunto

Alcaldía-Coord. Servicios Montes S.Bto.32.589,06 45.483,61 -12.894,55 -28,35

920 120-00Retribuciones Básicas Funcionarios

Admón. Local56.011,57 55.714,44 297,13 0,53

130 120-03 Retribuciones Básicas Policía Municipal. 23.704,92 35.122,70 -11.417,78 -32,51

130 121-00Retribuciones Complement. Policías

Municipales. 19.638,48 26.507,40 -6.868,92 -25,91

920 121-00Retribuciones Complement. Funcionarios

Admón. Local46.849,20 45.281,58 1.567,62 3,46

151 130-00

Personal Laboral Fijo:

Tec. Infraestr.; Of.2ª Electricista/desde sept

3 Peones U. Múltip.

84.846,25 127.097,65 -42.251,40 -33,24

920 130-00Retribuc. Personal Laboral:

Limpiadoras Depend. Municip.64.593,05 57.251,07 7.341,98 12,82

151 131-00Personal Laboral Temporal:

2 Of. 2ª Obras-Servic.; 3 Peones U.M.81.491,01 0,00 81.491,01

321 131-00Personal Laboral Temp:

Salario Aux. Guardería29.798,38 25.677,38 4.121,00 16,05

333 131-00Pnal. Laboral Temp: Técnico (incl. cso.

Guitarra) y Aux.cultura (Museo-Bibliot.) 24.774,56 22.569,41 2.205,15 9,77

920 131-00Personal Lab. Temp:

Adtvos. y conserje-prof.música.43.207,63 45.863,28 -2.655,65 -5,79

920 131-01Atrasos salariales pnal. laboral.

Ejercicio 20100,00 31.800,00 -31.800,00 -100,00

323 131-01Pnal. Lab. Temp.: Dinamizador proyecto

Guadalinfo y sust. vac.15.039,85 15.039,85 0,00 0,00

341 131-01

Pnal.Lab.Temp. Serv. deportes:

- Monit. Gimnasio

- Monit. esc. deport.

20.651,16 17.750,74 2.900,42 16,34

920 131-02Pers.Lab.Temp:

Limpiador/a dependencias.0,00 11.771,04 -11.771,04 -100,00

342 131-03

Pnal. Lab. Temp. Serv. piscina:- 4 Socorr-Monitores t/p

- 2 Mantenedores-taquilleros.

- 1 Peón limpieza t/p

9.645,87 12.516,25 -2.870,38 -22,93

151 131-04 Pnal. lab. temporal vario. 5.000,00 7.000,00 -2.000,00 -28,57

333 131-05Pnal.Lab.Temp.:

- Monit. talleres culturales Diputac.Prov.4.875,00 0,00 4.875,00

241 131-10Personal y alumnos Taller de Empleo

"La Carrasca".217.786,75 0,00 217.786,75

920 150-00Productividad personal funcionario y

laboral5.000,00 6.100,00 -1.100,00 -18,03

920 160-00 Cotizaciones Seguridad Social 215.435,68 174.500,00 40.935,68 23,46

920 162-04Ayudas Sociales: Personal Funcionario y

laboral. 2.500,00 7.500,00 -5.000,00 -66,67

912 162-05Seguro Accident.Colectivos de

Concejales.250,00 250,00 0,00 0,00

920 162-05 Seguros Personal Funcionario y laboral. 700,00 700,00 0,00 0,00

Total Capítulo I 1.050.168,42 782.814,90 267.353,52 34,15

APLICACIÓNProg - Económ

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo "Presupuestos 2012"

(1) (1) (1) (1) (1)

PERSONALSalario

Base

Pagas

Extras

Total

Básicas

Compl.

DestinoNivel

Complem

Específ.

Total

Complem

Compl.

Produc

Total

Retribución

Cotización

EmpresaCoste Total

I. Escala Habilitación Nac.

I. 2. Subescala Secretaría Intervención - Grupo A-1.

Vacante 13.308,60 3.716,74 0 0,00 17.025,34 6.995,04 24 7.093,08 14.088,12 0,00 31.113,46 7.840,59 38.954,05

II. Escala Admin. General.

II.1. Subescala Administrativo. Grupo C-1.

Andrés Moreno Rodríguez 8.640,24 3.643,70 8 2.323,92 14.607,86 5.007,00 19 7.325,52 12.332,52 0,00 26.940,38 6.788,98 33.729,36 (4)

Lorenzo Moreno Rico 8.640,24 3.120,97 4 1.052,40 12.813,61 4.737,48 18 5.611,56 10.349,04 0,00 23.162,65 5.836,99 28.999,64 (4)

Vacante(3)

8.640,24 2.924,52 0 0,00 11.564,76 4.467,96 17 5.611,56 10.079,52 0,00 21.644,28 5.454,36 27.098,64

III. Escala Admin. Especial.

III.3. SubEscala Servicios Especiales.

III.3.1. Clase Policía Local. Grupo C-1.

Pedro José Díaz Díaz 8.640,24 2.926,60 1 315,72 11.882,56 3.929,28 15 5.889,96 9.819,24 0,00 21.701,80 6.033,10 27.734,90

Antonio Bravo Sánchez(2)

8.640,24 2.919,02 1 263,10 11.822,36 3.929,28 15 5.889,96 9.819,24 0,00 21.641,60 6.016,36 27.657,96 (4)

TOTALES 56.509,80 19.251,55 3.955,14 79.716,49 29.066,04 37.421,64 66.487,68 0,00 146.204,17 37.970,38 184.174,55

(1) Retribuciones referidas a totales anuales, se abonan en 12 mensualidades de igual importe a excepción de la paga extra que se abona en dos.

(2) Trabajador en situación de comisión de servicio.

(3) Estos puestos vacantes estan actualmente ocupados con trabajadores contratados pendientes de regularizar su situación laboral.

Trienios

Nº | Importe

(4) Este personal cumple trienios durante el año, y/o tiene trienios de diferentes grupos y/o tiene parcialidad en los mismos.

PERSONAL FUNCIONARIO

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo _ "Presupuestos 2012"

(1) (1) (1) (1)

PERSONAL S. Base Pagas ExtrasTotal

Básicas

Complem.

DestinoNivel

Complem

Específ.

C.Product-

Otros

Total

Complem

TOTAL

Retribuciones

Servicio

Especial

S. Social

Empresa

Personal Laboral Fijo

Conductor

Felipe García Pavón (2)

7.191,00 2.597,90 6 1.288,80 11.077,70 3.525,24 14/13 3.660,12 7.185,36 18.263,06 6.684,28

Oficial 1ª Servicio de agua y electricidad.

Vacante (2) y (3)

7.191,00 2.668,82 8 1.718,40 11.578,22 3.525,24 14/13 3.660,12 7.185,36 18.763,58 6.867,47

Of. 2ª Electricista - Mantto. edif. e instalaciones.

Vacante (desde sep/12) 2.397,00 838,81 0 0,00 3.235,81 1.175,08 14/13 1.482,64 2.657,72 5.893,53 500,00 2.157,03

Limpiadoras Dependencias Municipales.

Inmaculada Reyes Rodríguez 6.581,64 1.880,61 1 161,64 8.623,89 2.986,14 12/11 1.554,24 4.540,38 13.164,27 100,00 4.410,03

Limpiadora Dependencias.(3)

6.581,64 1.969,95 4 699,72 9.251,31 2.986,14 12/11 1.554,24 4.540,38 13.791,69 100,00 4.620,22 (4)

Vacante 6.581,64 1.831,22 0 0,00 8.412,86 2.851,44 11 1.554,24 4.405,68 12.818,54 100,00 4.448,03

Limpiadora Depend.T/P (3)

4.701,27 1.458,77 7 808,22 6.968,25 2.132,96 12/11 1.110,17 3.243,13 10.211,38 100,00 3.420,81 (4)

Limpiadora Depend Montes SB(3)

6.581,64 2.015,31 6 969,84 9.566,79 2.986,14 12/11 1.554,24 4.540,38 14.107,17 100,00 4.725,90

Peones de Usos múltiples.

Juan Carlos Moreno Rodríguez 6.581,64 2.500,47 4 846,45 9.928,56 2.986,14 12/11 4.594,68 1.045,50 8.626,32 18.554,88 500,00 6.791,09 (4)

Juan Caro Moreno 6.581,64 2.285,21 4 752,88 9.619,73 2.986,14 12/11 3.394,68 350,00 6.730,82 16.350,55 700,00 5.984,30 (4)

Mariano Moreno Domínguez 6.581,64 2.189,60 2 175,11 8.946,35 2.986,14 12/11 3.394,68 6.380,82 15.327,17 700,00 5.609,74 (4)

Técnico medio en infraestructuras

Vacante(3)

11.507,76 3.298,84 1 417,24 15.223,84 5.276,40 20 5.819,88 11.096,28 26.320,12 8.396,12

TOTALES 64.677,51 20.268,79 29 4.831,10 89.777,39 29.352,72 26.013,69 1.395,50 56.761,91 146.539,30 2.900,00 50.563,27

(1) Retribuciones referidas a totales anuales, se abonan en 12 mensualidades de igual importe a excepción de la paga extra que se abona en dos.

(3) Estos puestos vacantes estan actualmente ocupados con trabajadores contratados pendientes de regularizar su situación laboral.

Trienios Nº

| Total

(2) Este personal adscrito al servicio de agua y recogida de residuos só lidos, presta sus servicios en la empresa GIAHSA, por delegación del mismo (no incluidos en la linea de totales).

PERSONAL LABORAL

(1)

(4) Este personal cumple trienios durante el año, y/o tiene trienios de diferentes grupos y/o tiene parcialidad en los mismos.

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PERSONALDuración

ContratoSalario Base P. Extra

TrienosAntigüed.

Total

BásicasNivel

Complem.

Destino

Complem.

Específico

Total

Complem.

Total

Retribuciones

Serv Extr;

Product; Finq

S. Social

Empresa

Coste

Total

Administrativo (+Mtto.Sist.Informát.) 12 meses 8.640,24 3.533,74 4 1.262,88 13.436,86 19/18 4.872,24 7.771,56 12.643,80 26.080,66 8.058,92 34.139,58 (2)

Administrativo 12 meses 8.640,24 3.082,82 2 631,44 12.354,50 19/18 4.872,24 5.611,56 10.483,80 22.838,30 7.057,03 29.895,33 (2)

Conserje-profesor música 12 meses 6.581,64 2.276,14 3 525,33 9.383,11 12/11 3.120,84 3.429,00 6.549,84 15.932,95 4.923,28 20.856,23 (3)

Aux. de Cultura Museo-biblioteca

T/P -13h/S- 12 meses 2.667,86 855,61 1 79,69 3.603,16 14/13 1.307,88 1.103,28 2.411,16 6.014,32 1.858,437.872,75

(3)

Técnico de Cultura 12 meses 8.640,24 2.369,66 11.009,90 14 3.660,12 3.090,22 6.750,34 17.760,24 1.000,00 6.209,64 24.969,88

Dinamiz. Pyto. Guadalinfo + sust. vacac. 13 meses 15.039,85 incluido 15.039,85 incluido 0,00 15.039,85 4.725,02 19.764,87

Monitor Gimnasio t/p -4 h/d- 10 meses 3.421,72 1.252,50 2 357,21 5.031,43 14/13 1.677,43 1.415,10 3.092,53 8.123,96 2.741,84 10.865,80 (3)

Dinamiz-Mtor. Esc.dep. t/p-4 h/d 12 meses 4.106,06 1.387,78 3 552,25 6.046,09 14/13 2.012,91 1.698,12 3.711,03 9.757,12 2.770,08 3.078,37 15.605,57 (3)

Socorrista-Mtor. piscina t/p 4h/d 2 ms + 18 d 966,03 161,01 1.127,04 11 incluido 0,00 1.127,04 670,00 402,35 2.199,39

Socorrista-Mtor. piscina t/p 4h/d 2 ms + 18 d 966,03 161,01 1.127,04 11 incluido 0,00 1.127,04 402,35 1.529,39

Socorrista-Mtor. piscina t/p 4h/d 2 meses 743,10 123,85 866,95 11 incluido 0,00 866,95 309,50 1.176,45

Socorrista-Mtor. piscina t/p 4h/d 2 meses 743,10 123,85 866,95 11 incluido 0,00 866,95 309,50 1.176,45

Mantenedor-taquillero piscina 3 meses 2.103,30 350,55 2.453,85 10 incluido 0,00 2.453,85 700,00 851,49 4.005,34

Mantenedor-taquillero pisc. t/p 2 meses 701,10 116,85 817,95 10 incluido 0,00 817,95 283,83 1.101,78

Limpiadora piscina T/P - 3,5h/d 3 meses 870,93 145,16 1.016,09 incluido 0,00 1.016,09 362,74 1.378,83

Aux. Guardería T/C + finiquito 11 meses 6.591,75 1.725,72 8.317,47 3.822,61 3.822,61 12.140,08 1.250,80 4.298,47 17.689,35

PERSONAL LABORAL TEMPORAL

Aux. Guardería T/C + finiquito 11 meses 6.591,75 1.725,72 8.317,47 3.822,61 3.822,61 12.140,08 1.250,80 4.298,47 17.689,35

Aux. Guardería T/C + finiquito 11 meses 6.591,75 1.725,72 8.317,47 3.822,61 3.822,61 12.140,08 1.250,80 4.298,47 17.689,35

Aux. Guardería T/P (hta31/7+ finq) 7 meses 2.996,25 784,42 3.780,67 1.737,55 1.737,55 5.518,22 551,82 1.948,48 8.018,52

Of. 2ª obras - Ayte. Encargado 12 meses 7.191,00 2.727,36 2 429,60 10.347,96 14/13 3.525,24 5.287,92 8.813,16 19.161,12 675,00 7.260,02 27.096,14 (3)

Oficial 2ª obras y servicios 12 meses 7.191,00 2.646,46 4 787,60 10.625,06 14/13 3.525,24 4.447,92 7.973,16 18.598,22 200,00 6.806,95 25.605,17 (3)

Peón obras - usos múltiples 12 meses 6.581,64 2.243,48 4 498,39 9.323,51 12/11 2.986,14 3.394,68 6.380,82 15.704,33 300,00 5.747,78 21.752,11 (3)

Peón obras - usos múltiples 12 meses 6.581,64 2.230,01 3 417,57 9.229,22 12/11 2.986,14 3.394,68 6.380,82 15.610,04 300,00 5.713,27 21.623,31 (3)

Peon U. Mult. Montes S. B. 12 meses 6.581,64 1.563,19 8.144,83 10 2.797,47 2.797,47 10.942,30 3.512,48 14.454,78

115.138,11 31.586,89 28 5.541,96 152.266,96 46.726,66 40.644,04 87.370,70 239.637,66 9.668,49 81.160,21 330.466,37

Peón Serv. Recog. Inertes 12 meses 6.581,64 1.972,18 2 323,28 8.877,10 12/11 2.986,14 1.942,00 4.928,14 13.805,24 5.052,72 18.857,96 (1)

TOTALES

(1) Este personal adscrito al servicio de recogida de basura se encuentra prestando sus servicios en la empresa GIAHSA, por delegación del mismo (no incluidos en la línea de totales).

(3) Este personal cumple trienios durante el año, y/o tiene trienios de diferentes grupos y/o tiene parcialidad en los mismos.

(2) Las retribuciones de este personal irán a cargo de la aplicación presupuestaria 920-131-00 vinculada con las partidas de funcionarios administrativos en la que consta una vacante.

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PERSONAL

Duración

del Contrato

Salario

BaseP. Extra Antigüed.

Total

Básicas

Complem.

Destino

Complem.

Específico

Total

Complem.

Total

Retribuciones

Servicio

Especial

S. Social

Empresa

Coste

Total

Coordinador Obras y Servicios

T. Compl.12 meses 7.191,00 3.089,14 0,00 10.280,14 4.737,48 6.671,88 11.409,36 21.689,50 8.198,63 29.888,13

Adjunto Alcaldía y Coordinador

Servicios en Montes de S. Benito12 meses 7.191,00 1.547,72 0,00 8.738,72 2.160,84 0,00 2.160,84 10.899,56 3.782,15 14.681,71

14.382,00 4.636,86 0,00 19.018,86 6.898,32 6.671,88 13.570,20 32.589,06 0,00 11.980,78 44.569,84TOTALES

PERSONAL EVENTUAL.

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Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo "Presupuestos 2012"

PERSONALDuración del

ContratoSalario Paga Extra

Total Retribuciones

S. Social Empresa

Coste Total

Alcalde con dedicación exclusiva - T. Compl. 12 meses 20.760,00 3.460,00 24.220,00 7.932,05 32.152,05

Concejal con dedicación exclusiva - T. Compl. 12 meses 18.480,00 3.080,00 21.560,00 7.060,90 28.620,90

39.240,00 6.540,00 45.780,00 14.992,95 60.772,95TOTALES

ÓRGANOS DE GOBIERNO

20

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Capítulo II. Gastos en bienes corrientes y servicios.

DENOMINACIÓN Año 2012 Año 2011 Diferencia %

920 206-00Arrendamiento equipos proceso de

información.0,00 3.000,00 -3.000,00 -100,00

338 209-00 Canon uso propiedad industr. e intelect. 1.500,00 2.000,00 -500,00 -25,00

151 210-00Reparaciones Mantenimiento, Conservación

Infraestruct.9.400,00 8.000,00 1.400,00 17,50

151 212-00Reparaciones, mantenimiento y conservación

de Edificios Municipales.9.400,00 7.500,00 1.900,00 25,33

163 213-00Reparaciones Mantenimiento y conserv.

Maquinaria limpieza y otros3.000,00 4.000,00 -1.000,00 -25,00

920 213-01 Mantto. copiadoras y otros equipos tec. 3.800,00 0,00 3.800,00

920 214-00Reparaciones, mantenimiento vehículos de

transporte y obras.6.500,00 9.000,00 -2.500,00 -27,78

920 215-00 Conserv., mantto. de mobiliario y enseres. 200,00 500,00 -300,00 -60,00

920 216-00Conservación, reparaciones Equipos para

Procesos de información.500,00 500,00 0,00 0,00

920 220-00 Material de oficina ordinario no inventariable 4.500,00 6.700,00 -2.200,00 -32,84

920 220-01 Suministro prensa, revista y libros. 1.000,00 2.000,00 -1.000,00 -50,00

920 220-02 Suministro material Informático fung. 1.000,00 400,00 600,00 150,00

165 221-00Suministro energía Eléctrica:

Edificios, alumbrado público e instalac.37.000,00 36.000,00 1.000,00 2,78

312 221-00Suministro energía Eléctrica:

Centro de Salud.0,00 400,00 -400,00 -100,00

320 221-00Suministro energía Eléctrica.

Colegios y guardería.8.000,00 8.700,00 -700,00 -8,05

330 221-00Suministro energía Eléctrica:

Centros culturales y deportivos.4.000,00 4.000,00 0,00 0,00

920 221-00Suministro energía Eléctrica.

Oficinas municipales4.000,00 2.700,00 1.300,00 48,15

151 221-01Suministro de agua potable:

Otros edificios, urbanismo y jardines1.000,00 1.000,00 0,00 0,00

320 221-01Suministro de agua potable:

Colegios y guardería.1.200,00 1.200,00 0,00 0,00

330 221-01Suministro de agua potable:

Edif. culturales y deportivos.3.350,00 3.350,00 0,00 0,00

920 221-01Suministro de agua potable:

Edificios Administración420,00 420,00 0,00 0,00

320 221-02 Suministro de combustible colegios. 10.000,00 10.000,00 0,00 0,00

920 221-03Suministro combustible vehículos y

maquinaria.10.500,00 7.500,00 3.000,00 40,00

920 221-04 Vestuario Personal 2.500,00 3.500,00 -1.000,00 -28,57

920 221-10 Suministro productos de limpieza y aseo. 10.000,00 10.800,00 -800,00 -7,41

APLICACIÓNProg - Económ

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo "Presupuestos 2012"

DENOMINACIÓN Año 2012 Año 2011 Diferencia %APLICACIÓN

Prog - Económ

241 221-11Siministro material y otros Taller Empleo

"La Carrasca".20.736,00 0,00 20.736,00

920 222-00 Comunicaciones telefónicas e internet. 16.000,00 14.200,00 1.800,00 12,68

920 222-01 Comunicaciones Postales. 1.500,00 2.050,00 -550,00 -26,83

151 224-01Seguro Resp. Civil accidentes - mal

funcionam: vías, obras, instalac, etc.4.000,00 3.500,00 500,00 14,29

920 224-03 Primas de seguros vehículos. 6.000,00 7.500,00 -1.500,00 -20,00

920 226-01Gastos atenciones protocolarias y

representación.2.100,00 1.700,00 400,00 23,53

920 226-02 Gastos publicidad y propaganda. 1.200,00 2.000,00 -800,00 -40,00

920 226-04 Gastos jurídicos. 1.500,00 3.000,00 -1.500,00 -50,00

330 226-09 Delegac. Cultura 6.500,00 10.000,00 -3.500,00 -35,00

338 226-09 Delegación de Festejos 38.000,00 53.000,00 -15.000,00 -28,30

341 226-09 Delegac. Deporte, Turismo y Comercio 2.000,00 8.500,00 -6.500,00 -76,47

323 226-99Otros Gastos Pyto. Guadalinfo:

Desplz. Dietas, Seguro RC., Difusión1.560,00 1.560,00 0,00 0,00

342 226-99Gastos diversos Piscina Municipal

(excepto fras. electric-prod limpieza)11.000,00 14.000,00 -3.000,00 -21,43

162 227-00 Recogida de basura. 1.840,00 1.840,00 0,00 0,00

313 227-06

- Diputación prov. Huelva:►Campaña desratización-desinfección y

animales vagabundos 2.232 €

- Colegio de veterinarios:►Cuota Registro animales compañía 800 €

3.032,00 3.032,00 0,00 0,00

920 227-06Asistencia técnica por otras empresas:►Prevenc. riesgos laborales (Previcor)

2.800,00 17.900,00 -15.100,00 -84,36

932 227-08Servicios de Recaudación a favor de la

Entidad (Serv.Gest Tributaria)18.000,00 16.800,00 1.200,00 7,14

920 227-99Servicios informáticos y consultoría técnica: ► Pag.web; ► Espúblico

5.000,00 4.300,00 700,00 16,28

912 230-00 Dietas cargos electivos. 600,00 600,00 0,00 0,00

920 230-20 Dietas personal. 500,00 500,00 0,00 0,00

912 231-00 Gastos locomoción Cargos electivos. 2.000,00 2.000,00 0,00 0,00

920 231-20 Gastos locomoción personal. 2.000,00 2.000,00 0,00 0,00

920 233-00

Otras indemnizaciones:

Asistencia a tribunales, órganos colegiados,

sesiones, etc.

7.000,00 7.500,00 -500,00 -6,67

Total Capítulo II 287.638,00 310.652,00 -23.014,00 -7,41

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo "Presupuestos 2012"

Capítulo III. Gastos financieros.

DENOMINACIÓN Año 2012 Año 2011 Diferencia %

011 310-00Intereses op. de crédito del Plan de Ajuste

a 10 años (desde 29/5/12)3.074,72 4.000,00 -925,28 -23,13

934 311-00Gastos formaliz., cancelac. préstamos

Apertura póliza de crédito.0,00 2.625,00 -2.625,00 -100,00

934 319-00 Otros gastos financieros. 500,00 175,00 325,00 185,71

Total Capítulo III 3.574,72 6.800,00 -3.225,28 -47,43

APLICACIÓNProg - Económ

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo. “Presupuestos 2012”

Capítulos III y IX, Intereses y amortización de Préstamos y Operaciones de Tesorería, con indicaciones de la Entidad Bancaria, fecha de escritura,

número de préstamos, tipo de interés, año, importe, finalidad, anualidad, intereses, amortización y capital pendiente de amortización a 31-12-12.

ENTIDAD Fecha

Escritura Número Préstamo

Tipo de Interés

Años Importe Finalidad Anualidad Intereses Amortización Comisión Capital Pendiente

a 31-12-12

BANCO MARE NOSTRUM SA 21/5/2012

Op. Endeud. Estatal:

Pago prov. RDL 4/2012

5,939% 10 101.293,06 OPER. TESORERÍA: PLAN AJUSTE -

PAGO PROVEEDORES 2012 3.074,72 0 0 101.293,06

Totales 101.293,06 2012 3.074,72 0 0 101.293,06

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Capítulo IV. Transferencias corrientes.

DENOMINACIÓN Año 2012 Año 2011 Diferencia %

162 463-00Transferencias Corrientes

Mancomunidad R.S.U.800,00 800,00 0,00 0,00

241 463-01 Mancomunidad Andévalo Minero. 0,00 3.900,00 -3.900,00 -100,00

135 467-00 Consorcio Provincial contra Incendios. 18.105,00 18.300,00 -195,00 -1,07

241 467-01Transf. corrtes. al consorcio UTE-DLT:

Un ALPE ej. 2012/20136.056,40 6.297,00 -240,60 -3,82

925 480-00

Otras Transfer.: Hdades. Religsas,

Instituc. sin fines lucro, Atenciones

benéficas y asistenciales.

6.000,00 7.400,00 -1.400,00 -18,92

323 481-00"Premios al estudio - Ayuntamiento de El

Cerro de Andévalo".2.000,00 2.800,00 -800,00 -28,57

912 489-00 Asignaciones a grupos Políticos 1.000,00 1.983,00 -983,00 -49,57

924 489-02

Otras Transferencias: Banda de Música,

C.D. Cerreño y otras asociaciones

culturales y deportivas.

13.500,00 13.500,00 0,00 0,00

414 489-03 Aportación ADRAO 1.550,00 1.550,00 0,00 0,00

Total Capítulo IV 49.011,40 56.530,00 -7.518,60 -13,30

APLICACIÓNProg - Económ

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo ”Presupuestos 2012”

DOCUMENTO Nº 4

OPERACIONES CORRIENTES AÑOS 2012 Y 2011.

B) ESTADO DE INGRESOS CORRIENTES.

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo "Presupuestos 2012"

Capítulo I. Impuestos directos.

APLICACIÓNClasif. Económ

DENOMINACIÓN Año 2012 Año 2011 Diferencia %

112-00Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza

Rústica.30.000,00 29.500,00 500,00 1,69

113-00Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza

Urbana.167.300,00 148.000,00 19.300,00 13,04

114-00Impuesto sobre bienes inmuebles de características

especiales.2.500,00 0,00 2.500,00

115-00 Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. 84.300,00 83.000,00 1.300,00 1,57

116-00Impto. sobre el incremento del valor de terrenos de

naturaleza Urbana.2.700,00 3.000,00 -300,00 -10,00

130-00 I.A.E. 9.200,00 8.500,00 700,00 8,24

Total Capítulo I. 296.000,00 272.000,00 24.000,00 8,82

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Capítulo II. Impuestos indirectos.

APLICACIÓNClasif. Económ

DENOMINACIÓN Año 2012 Año 2011 Diferencia %

290-00Impuestos sobre construcciones, instalaciones y

obras.37.000,00 44.000,00 -7.000,00 -15,91

291-00 Gastos suntuarios (cotos de caza). 1.600,00 1.600,00 0,00 0,00

Total Capítulo II. 38.600,00 45.600,00 -7.000,00 -15,35

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Capítulo III. Tasas y otros ingresos.

APLICACIÓNClasif. Económ

DENOMINACIÓN Año 2012 Año 2011 Diferencia %

309-01 Servicios generales: Cementerios. 20.000,00 18.000,00 2.000,00 11,11

321-00 Licencia apertura de establecimientos. 400,00 700,00 -300,00 -42,86

321-01 Licencias urbanísticas. 10.000,00 12.000,00 -2.000,00 -16,67

322-00 Licencias de primera ocupación. 1.000,00 1.500,00 -500,00 -33,33

325-00Servicios generales:

Expedición de documentos.5.000,00 5.000,00 0,00 0,00

331-00 Entrada y reservas de espacio para vehículos. 800,00 800,00 0,00 0,00

332-00Aprovechamiento especial del dominio público por

empresas serv. de suministros: Energia eléctrica, etc.12.000,00 10.600,00 1.400,00 13,21

333-00Aprovechamiento especial por empresas de serv. de

telecomunicaciones. 700,00 500,00 200,00 40,00

335-00 Ocupación de la vía pública con terrazas. 700,00 900,00 -200,00 -22,22

338-00 Compensación de Telefónica de España. 2.800,00 3.000,00 -200,00 -6,67

339-01Ocupación de la vía pública con escombros,

mercancías y materiales.3.000,00 6.000,00 -3.000,00 -50,00

339-02Ocupación de terrenos con cuadras, garajes y

perreras.1.100,00 2.100,00 -1.000,00 -47,62

339-03 Ocupación de terrenos con puestos y barracas. 8.500,00 7.000,00 1.500,00 21,43

339-04 Industrias callejeras y ambulantes. 3.300,00 2.300,00 1.000,00 43,48

342-00 Guardería infantil. (10 MESES) 6.850,00 5.200,00 1.650,00 31,73

343-00 Servicio municipal de gimnasio. 8.500,00 7.000,00 1.500,00 21,43

343-01Piscina municipal.

(Incluido concesión chiringuito)32.000,00 34.000,00 -2.000,00 -5,88

343-02 Otros servicios deportivos. 2.500,00 0,00 2.500,00

345-00 Servicio municipal de transporte. 6.000,00 4.000,00 2.000,00 50,00

349-01 Mercado. 8.700,00 9.900,00 -1.200,00 -12,12

360-00 Venta de efectos, impresos y otros bienes corrientes. 300,00 300,00 0,00 0,00

389-00 Otros reintegros por oper. corrientes. 1.500,00 0,00 1.500,00

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APLICACIÓNClasif. Económ

DENOMINACIÓN Año 2012 Año 2011 Diferencia %

391-20 Multas por infracc. Ordenanza circulación 1.600,00 1.500,00 100,00 6,67

391-90 Otras multas y sanciones 200,00 200,00 0,00 0,00

392-11 Recargo de apremio. 320,00 300,00 20,00 6,67

393-00 Intereses de demora 680,00 600,00 80,00 13,33

399-00 Otros ingresos diversos. 5.000,00 5.500,00 -500,00 -9,09

Total Capítulo III 143.450,00 138.900,00 4.550,00 3,28

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Capítulo IV. Transferencias corrientes.

APLICACIÓNClasif. Económ

Año 2012 Año 2011 Diferencia %

420-00 356.387,82 380.000,00 -23.612,18 -6,21

450-00 282.351,15 145.600,00 136.751,15 93,92

450-30 26.916,00 29.300,00 -2.384,00 -8,14

450-50J.Andalucía- C. Empleo (S.A.E.):

► Taller de empleo "La Carrasca"268.072,56 0,00 268.072,56

450-80 0,00 3.500,00 -3.500,00 -100,00

450-81 6.500,00 0,00 6.500,00

450-82 1.000,00 0,00 1.000,00

450-83 589,46 0,00 589,46

461-01 10.000,00 10.000,00 0,00 0,00

461-02 4.875,00 0,00 4.875,00

467-00 20.324,29 20.324,29 0,00 0,00

977.016,28 588.724,29 388.291,99 65,95

DENOMINACIÓN

J.Andalucía- C. Justicia:

► Mantenimiento Juzgado de Paz

J. Andalucía- C. Igualdad y Bienestar Social:

► Taller de guitarra.

J. Andalucía- C. Turismo, Comercio y Deporte:

► Escuelas Deportivas Municipales 2011/12

Total Capítulo IV

Participación en tributos del Estado 2012

- Incluye liquid. definitivas:

Ej. /08 y /09 = - 9,814,56 € (aplaz. corresp. a 2012)

Ej. 2010 = +35.345,58 €

J.Andalucía- C. Cultura:

► Fomento y promoc cultural /11: Festival danza

► Prom.Festival flamenco/12: Memorial Alberto

Vélez

Diputación Prov. Huelva:

► Técnico de cultura mar/12 a feb/13

Consorcio "Fernando de Los Ríos":

Convenio Centro Guadalinfo /2012

Participación Tributos de la Junta Andalucía

J. Andalucía - C. Educación:

► Guardería Municipal. (2243 x 12)

Diputación Prov. Huelva:

► Monit. talleres formativos 11/12 - Plan Cultural /12

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Capítulo V. Ingresos patrimoniales.

APLICACIÓNClasif. Económ

DENOMINACIÓN Año 2012 Año 2011 Diferencia %

520-00 Intereses de Depósitos, Bancos y Cajas de Ahorro. 500,00 600,00 -100,00 -16,67

541-00

- Arrendamiento fincas urbanas, locales y naves

industriales. 21.000 €

- Centro social y otros edifi. 4.500 €

25.500,00 28.300,00 -2.800,00 -9,89

542-00Arrendamiento fincas rústicas

(cercado Monturio).68,00 68,00 0,00 0,00

550-00Concesiónes Administrativas:

- Residencia de Ancianos /2012.6.180,00 6.180,00 0,00 0,00

550-01Concesiónes Administrativas:

- Redes suministro de agua y alcantarillado.0,00 855.200,00 -855.200,00

599-00Otros Ingresos Patrimoniales

- Alquiler mobiliario, útiles y otros.350,00 352,00 -2,00 -0,57

Total Capítulo V 32.598,00 890.700,00 -858.102,00 -96,34

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DOCUMENTO Nº 5

OPERACIONES DE CAPITAL AÑOS 2012 Y 2011.

A) ESTADO DE GASTOS DE CAPITAL.

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Capítulo VI. Inversiones Reales.

DENOMINACIÓN Año 2012 Año 2011 Diferencia %

151 600-01 Adquisición de terrenos. 31.837,66 235.105,07 -203.267,41 -86,46

151 609-00 Obras PFEA 2012 264.735,31 0,00 264.735,31

151 622-03 Otras obras e inversiones Municipales. 12.976,16 400.000,00 -387.023,84 -96,76

321 623-00 Equipamiento Guardería Municipal. 6.714,37 0,00 6.714,37

335 623-01Adaptación y ampliación de servicios del

Centro Social municipal.(incl. aport. Mpal.)140.000,00 0,00 140.000,00

132 624-01 Adquisición vehículo de policía. 0,00 20.000,00 -20.000,00 -100,00

332 625-01Inversión en fondos bibliográficos.

► Dotación bibliográf. extraord. /2010.0,00 1.648,17 -1.648,17 -100,00

152 682-00Excesos de gastos en construcción de

15 Viv. de autoconstr. en c/ Huelva.0,00 12.888,00 -12.888,00 -100,00

Total Capítulo VI 456.263,50 669.641,24 -213.377,74 -31,86

APLICACIÓNProg - Económ

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Capítulo VII. Transferencias de capital.

DENOMINACIÓN Año 2012 Año 2011 Diferencia %

941 751-00Canon de vertidos:

Agencia Andaluza del Agua7.000,00 4.900,00 2.100,00 42,86

Total Capítulo VII: 7.000,00 4.900,00 2.100,00 42,86

APLICACIÓNProg - Económ

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Capítulo VIII. Activos financieros.

DENOMINACIÓN Año 2012 Año 2011 Diferencia %

920 830-00 Anticipo de pagos al Personal. 4.000,00 4.000,00 0,00 0,00

Total Capítulo VIII: 4.000,00 4.000,00 0,00 0,00

APLICACIÓNProg - Económ

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Capítulo IX. Pasivo financiero.

DENOMINACIÓN Año 2012 Año 2011 Diferencia %

Total Capítulo IX 0,00 0,00 0,00

Observaciones: No está previsto inicialmente concertar operaciones de crédito a medio y largo plazo.

APLICACIÓN

Prog - Económ

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DOCUMENTO Nº 5

OPERACIONES DE CAPITAL AÑOS 2012 Y 2011.

B) ESTADO DE INGRESOS DE CAPITAL.

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Capítulo VI. AcEnajenación de inversiones reales.

APLICACIÓNClasif. Económ

DENOMINACIÓN Año 2012 Año 2011 Diferencia %

600-00Enajenación de parcelas:

►Parcela en Cjón. de las Galanas.0,00 142.593,07 -142.593,07

619-00

Cuotas 2012 enajenación de viviendas:

►15 viv. autoconstr. c/ Huelva 15.944,52 €

► 7 viv. autoconstr. Montes S. Benito 5.893,14 €

21.837,66 55.400,00 -298.007,17 -84,32

619-01Enajenaciones en el polígono industr. "La Carrasca"

► Una parcela.10.000,00 50.000,00 -40.000,00 -80,00

Total Capítulo VI 31.837,66 247.993,07 -216.155,41 -87,16

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Capítulo VII. Transferencias de capital.

APLICACIÓNClasif. Económ

DENOMINACIÓN Año 2012 Año 2011 Diferencia %

721-00Del Serv. Público de Empleo Estatal:

► Subv. mano de obra proyectos PFEA 2012.176.936,77 0,00

750-30J. Andalucía - C. de Educación:

► Equipamiento guardería municipal.6.714,37 0,00 6.714,37

755-60J. Andalucía - C. Cultura:

► Dotación bibliográf. extraord. /2010.0,00 1.648,17 -1.648,17 -100,00

761-10Diputación Prov. Huelva:

► Subv. materiales proyectos PFEA 201270.774,70 0,00

766-00

A.D.R.A.O.

► Adaptación y ampliación de servicios del Centro

Social municipal.

77.156,07 0,00 77.156,07

763-01MAS: Canon de Vertidos

El Cerro y Montes de S. Benito.7.000,00 4.900,00 2.100,00 42,86

Total Capítulo VII 338.581,91 6.548,17 332.033,74 5.070,63

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Capítulo VIII. Activos financieros.

APLICACIÓNClasif. Económ

DENOMINACIÓN Año 2012 Año 2011 Diferencia %

830-00Reintegro de préstamos:

Anticipos de pagos al personal.4.000,00 4.000,00 0,00 0,00

Total Capítulo VIII 4.000,00 4.000,00 0,00 0,00

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Capítulo IX. Pasivos financieros.

APLICACIÓNClasif. Económ

DENOMINACIÓN Año 2012 Año 2011 Diferencia %

Total Capítulo IX 0,00 0,00 0,00

Observaciones: No está previsto inicialmente concertar operaciones de crédito a medio y largo plazo.

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INFORME ECONÓMICO-FINANCIERO

Don Pedro José Romero Rubio, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de

El Cerro de Andévalo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 168.1.e) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en el artículo 18.1.e) del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI del la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación al expediente de aprobación del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2012, emito el siguiente

INFORME

PRIMERO. Evaluación de los Ingresos.

INGRESOS POR IMPUESTOS DIRECTOS, INDIRECTOS, TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS (CAPÍTULOS 1, 2 Y 3) Los ingresos previstos en los Capítulos 1 y 2, Impuestos directos e indirectos del

Estado de Ingresos del Presupuesto de 2012, se han calculado tomando como referencia la liquidación del ejercicio 2010, así como los padrones catastrales correspondientes al ejercicio 2011. También hay que tener en cuenta la modificación de los tipos impositivos de la Ordenanza Fiscal de IBI Urbana, que entra en vigor este año (aprobada por RDL 20/2011, de fecha 30/12/11 y publicada en BOE con fecha 31/12/11).

La aplicación que recoge los ingresos por I.A.E. incluye, además del padrón del

mismo, la compensación por cooperativas y la participación en cuotas nacionales y provinciales de este Impuesto.

IMPUESTO LIQUID. 2010 PADRONES

2011 PRESPTO. 2011 PRESPTO.

2012

IBI URBANA 174.978,91 138.268,90 148.000,00 167.300,00

IBI RÚSTICA 27.956,85 28.158,00 29.500,00 30.000,00

IBI CARACT. ESPECIALES __ 2782,23 __ 2.500,00

IVTM 85.590,88 85.010,00 83.000,00 84.300,00

PLUSVALÍAS 4.274,55 --- 3.000,00 2.700,00

IAE 6.754,58 2.013,75 8.500,00 9.200,00

I.C.I.O. 28.154,82 --- 44.000,00 37.000,00

Los ingresos previstos en el Capítulo 3, Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos

del Estado de Ingresos del Presupuesto de 2012, se han calculado, en su mayor parte, tomando como referencia los derechos reconocidos en la liquidación del Presupuesto Municipal del ejercicio 2010.

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A continuación reseñamos los datos más relevantes de este capítulo.

TASAS Y OTROS INGRESOS LIQUID. 2010 PRESPTO. 2011 PRESPTO. 2012

CEMENTERIOS 20.487,65 18.000,00 20.000,00

LICENCIAS URBANÍSTICAS 8.403,69 12.000,00 10.000,00

EXPEDICIÓN DE

DOCUMENTOS 3.769,93 5.000,00 5.000,00

APROVECHAM. DOMINIO PÚBL.- EMPRESAS SERV. SUMINISTROS 3.619,49 10.600,00 12.000,00

APROV. ESP. DOMINIO PUBL.

POR EMPRESAS TELECOM. 6.939,12 500,00 700,00

OCUPACIÓN TERRENOS CON ESCOMBROS, MATERIALES, ETC 4.100,05 6.000,00 3.000,00

GUARDERÍA INFANTIL 3.236,58 5.200,00 6.850,00

SERVICIO MPAL.

DE GIMNASIO 6.580,80 7.000,00 8.500,00

PISCINA MUNICIPAL 34.565,00 34.000,00 32.000,00

SERVICIO MUNICIPAL DE TRANSPORTE 4.413,51 4.000,00 6.000,00

OTROS SERV. DEPORTIVOS - - 2.500,00

MERCADO MUNICIPAL 9.419,08 9.900,00 8.700,00

INGRESOS POR TRANSFERENCIAS CORRIENTES (CAPÍTULO 4)

Las previsiones iniciales contenidas en el Capítulo 4 de Transferencias

Corrientes, se han calculado partiendo de la liquidación del ejercicio 2010, de participación en tributos estatales, y para los autómicos el compromiso firme por parte de la Junta de Andalucía de transferir las cantidades indicadas, además de subvenciones y otras transferencias externas concedidas hasta la fecha para proyectos y actividades a realizar durante el presente ejercicio.

DESCRIPCIÓN LIQUID. 2010 PRESPTO. 2011 PRESPTO. 2012

PARTICIP TRIBUTOS ESTADO 328.706,40 380.000,00 356.387,82

PARTICIP. TRIBUT. CDAD. AUTÓN. 173.633,08 145.600,00 282.351,15

CJ. EDUCACIÓN: GUARDERÍA MPAL. 30.785,81 29.300,00 26.916,00

J.A.-C. EMPLEO: TALLER DE EMPLEO "LA CARRASCA" --- --- 268.072,56

DIP. HUELVA: TÉCNICO CULTURA 10.000,00 10.000,00 10.000,00

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DESCRIPCIÓN LIQUID. 2010 PRESPTO. 2011 PRESPTO. 2012

CSCIO. FDO DE LOS RÍOS:

CENTRO GUADALINFO /2012 22.078,08 20.324,29 20.324,29

INGRESOS POR TRANSFERENCIAS DE CAPITAL (CAPÍTULO 7)

Los ingresos previstos en el Capítulo 7, Transferencias de Capital del Estado de Ingresos del Presupuesto de 2012, se han calculado sobre la base de las subvenciones previstas y/o concedidas a día de hoy.

DESCRIPCIÓN PRESPTO. 2012

DEL SERV. PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL: SUBV. MANO DE OBRA PROYTOS. PFEA 2012.

176.936,77

J. ANDALUCÍA - C. DE EDUCACIÓN: EQUIP. GUARDERÍA MUNICIPAL.

6.714,37

DIPUTAC. PROV. HUELVA: SUBV. MATERIALES PROYECTOS PFEA 2012

70.774,70

A.D.R.A.O: ADAPTACIÓN Y AMPLIACIÓN DE SERVICIOS DEL CENTRO SOCIAL MUNICIPAL

77.156,07

INGRESOS POR OPERACIONES DE CRÉDITO (CAPÍTULO 9) Actualmente no hay operaciones de crédito a medio y largo plazo, tampoco está

prevista formalizar ninguna para el nuevo ejercicio. SEGUNDO. Evaluación de Gastos

GASTOS DE PERSONAL (CAPÍTULO 1) Existe correlación entre los créditos del Capítulo 1 de Gastos de Personal,

incluidos en el Presupuesto y el Anexo de Personal de esta Entidad Local para este ejercicio económico, con la excepción de los créditos para salarios y cotizaciones del personal y alumnos del Taller de empleo “La Carrasca”, ya que estos créditos se financian por completo con la subvención que a tal efecto concede la Consej. de Empleo a traves del S.A.E.

Conforme al artículo 2.2 del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de

medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en el año 2012, las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar ningún incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2011, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo.

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En consecuencia, a partir del 1 de enero de 2012, no experimentarán ningún incremento las cuantías de las retribuciones y de la masa salarial, en su caso, establecidas en la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011.

GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS Y TRANSFERENCIAS CORRIENTES (CAPÍTULOS 2 Y 4)

El total de los créditos presupuestarios consignados por operaciones corrientes pueden considerarse suficientes para atender las obligaciones exigibles a la Corporación, y los gastos derivados del funcionamiento de los servicios existentes actualmente en este Ayuntamiento, según se indica por el Sr. Alcalde-Presidente en la Memoria explicativa de este documento presupuestario.

El incremento global del gasto en bienes, servicios y transferencias corrientes,

consignando en el Presupuesto de 2012, asciende a 336.649,40 euros, lo cual supone una disminución global del 8,31% con relación al Presupuesto Municipal de 2011.

Estado de Gastos Pto. Municipal

2011 Ppto. Municipal

2012 % Diferencia

CAPÍTULO II, GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERV.

310.652,00 287.638,00 -7,41

CAPÍTULO IV, TRANSFERENCIAS CORRIENTES

56.530,00 49.011,40 -13,30

TOTAL 367.182,00 336.649,40 -8,31

GASTOS FINANCIEROS (CAPÍTULO 3) Se prevé el devengo de 3.545,26 euros para este año derivados de gastos

financieros menores y de la operación de tesorería del Plan de Ajuste Estatal 2012/2022, quedando reflejado de la siguiente manera:

Operación de Tesorería Importe Operación de Tesorería

Coste Previsto para el Ejercicio 2012

Intereses préstamo Plan de ajuste en 2012

101.293,06 3.074,72

GASTOS POR OPERACIONES DE CAPITAL (CAPÍTULO 6)

Se han consignado en el Capítulo 6 de Inversiones Reales del Estado de Gastos del Presupuesto Municipal un importe de 456.263,50 euros, financiadas con recursos afectados procedentes de subvenciones o transferencias de capital por importe de

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338.581,91 euros, con enajenaciones un total de 31.837,66 euros y con recursos ordinarios por importe de 61.006,27 euros.

Las inversiones previstas en el documento presupuestario suponen un 24,56%

del total de los créditos presupuestarios del Estado de Gastos. La disponibilidad de los créditos presupuestarios para gastos con financiación

afectada del Capítulo 6 «Inversiones Reales», se debe condicionar a la existencia de documentos fehacientes que acrediten compromisos firmes de aportación, en el caso de las subvenciones tenidas en cuenta como previsiones iniciales en el Capítulo 7 del Presupuesto de Ingresos, y a la concesión de autorización del órgano competente de la Comunidad Autónoma, en el caso de las operaciones de crédito objeto de autorización, tenidas en cuenta como previsiones iniciales en el Capítulo 9 del Presupuesto de Ingresos.

TERCERO. No existe Capital vivo pendiente de amortizar a 31 de diciembre de

2011, ya que a esa fecha no hay préstamos concertados y vigentes. La carga financiera consignada en las aplicaciones presupuestarias intereses

préstamos concertados y amortización préstamos concertados, asciende a 3.074,72 euros, que supone un 0,20% sobre los ingresos previstos por recursos ordinarios en el Proyecto Presupuesto Municipal de 2012, y un 0,26% sobre los recursos ordinarios liquidados en la última liquidación practicada (ej. 2010).

CUARTO. Nivelación Presupuestaria. Habida cuenta de lo expuesto y, una vez

expuestas las bases utilizadas para la evaluación de los ingresos y la suficiencia de los créditos para atender el cumplimiento de las obligaciones previsibles, así como, las operaciones de crédito previstas se deduce la efectiva nivelación del presupuesto conforme a lo establecido en el párrafo último del apartado 4 del artículo 165 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y se presenta el Presupuesto sin déficit inicial.

QUINTO. Se acompaña la documentación prevenida legalmente.

En El Cerro de Andévalo, a 2 de julio de 2012.

El Presidente/Alcalde,

Fdo. : Pedro José Romero Rubio

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DOCUMENTO Nº 7

BASES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO

BASE 1ª. Contenido y Aprobación del Presupuesto Municipal

A tenor de lo previsto en los Artículos 162 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2.004 de 5 de marzo, por el que fue promulgado el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo aprueba el Presupuesto para el ejercicio de 2012, por un importe de 1.862.083,85 euros, en ingresos y 1.857.656,04 euros en gastos, por lo que se presenta con superávit inicial. Conjuntamente con el Presupuesto, se aprueba estas Bases de Ejecución que contiene la adaptación de las disposiciones legales en materia presupuestaria (Artículo 165 del citado texto legal) a la organización y circunstancias propias de esta Entidad, así como otras precisas para la acertada gestión de gastos e ingresos.

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BASE 2ª. Contenido y Cumplimiento

1º. Estas Bases de Ejecución, deberán ser conocidas y cumplidas por todos los Miembros de la Corporación y responsables técnicos de los servicios que de algún modo tomen parte en la ejecución de este Presupuesto. 2º. A cada una de las referidas personas, encargadas bajo algún aspecto de la ejecución del Presupuesto, se le facilitará un ejemplar del mismo, que contendrán estas Bases de Ejecución.

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BASE 3ª. Asignaciones y Dietas de Miembros de la Corporación

Los miembros de la Corporación percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las Comisiones Informativas, Plenos Corporativos y Juntas de Gobierno con arreglo al siguiente detalle: ALCALDE PRESIDENTE: Asistencia a Plenos y Juntas de Gobierno……………. 49,05 €. Asistencia a Comisiones Informativas .......................... 24,52 €. TTES. DE ALCALDE: Asistencia a Plenos y Juntas de Gobierno ...................... 49,05 €. Asistencia a Comisiones Informativas .......................... 24,52 €. RESTO DE CONCEJALES: Asistencia a Plenos ......................................................... 49,05 €. Asistencia a Comisiones Informativas .......................... 24,52 €. Los Miembros de la Corporación en el ejercicio de sus funciones, podrán utilizar vehículos propios o servicios públicos y percibirán las siguientes indemnizaciones por razón del servicio, de conformidad con lo dispuesto en la legislación sobre Haciendas Locales, el R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre y el R.D. 462/2002, de 24 de mayo, por el que se aprueba el reglamento sobre indemnizaciones por razón del servicio. Igualmente, será de aplicación las normas reglamentarias en desarrollo del IRPF por la que se regulan los gastos de locomoción y de las dietas: Dieta completa ................................................................ 48,08 €. Media dieta ..................................................................... 24,04 €.

Gastos de Viajes: Se abonará el importe de cualquier gasto de viaje, y en caso de utilizarse coche propio se percibirá la cantidad de 0,20 € por Km. debiendo en cualquier caso justificarse documentalmente.

Los gastos suplidos (alojamiento, etc.) con carácter excepcional motivados por

el ejercicio del cargo, serán abonados previa justificación con la correspondiente factura o recibo.

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BASE 4ª. Dietas y Gastos de Viaje Personal Funcionario y Laboral

Se aplicará lo establecido en la Base 3ª para los Miembros de la Corporación respecto de las indemnizaciones por dietas y gastos de locomoción.

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BASE 5ª. Servicios Extraordinarios y Productividad

Los servicios extraordinarios que debidamente autorizados se presten, serán gratificados. Alternativamente, y a voluntad del funcionario, y siempre que lo permitan necesidades del servicio, podrá compensar con disminución de la jornada habitual del trabajo, en tiempo igual al prestado fuera de la misma. Solamente podrían prestarse servicio fuera de la jornada habitual, cuando hayan sido autorizados por la Alcaldía. Se establecerán distintos programas de productividad que gratifiquen especiales circunstancias de esfuerzo y dedicación, que serán autorizados por la Alcaldía, en consonancia con lo dispuesto en el Reglamento de Funcionarios y Convenio del Personal Laboral.

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BASE 6ª. Ordenación de Gastos y Pagos

1º.-AUTORIZACION DE GASTOS.

Dentro del importe de los créditos autorizados en el Presupuesto y respetando el Orden de Prelación establecido en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la disposición de gastos corresponderá: a) Hasta el 10% de los recursos ordinarios al Alcalde. b) Los gastos que excedan del 10% de los recursos ordinarios del Presupuesto, o su plazo de ejecución sea superior a cuatro años o exija créditos superiores a los consignados en el Presupuesto anual de la Corporación, la atribución será del Pleno Corporativo. La Junta de Gobierno Local, a propuesta de la Alcaldía, designará las personas autorizadas para realizar Propuestas de Gastos. Todo ello sin perjuicio de los supuestos de alteración de competencias que los órganos pudieran disponer. 2º.- GASTOS MENORES: Todos los gastos menores de 10% de los recursos ordinarios podrán ser adquiridos por los servicios con el conforme de la Alcaldía. Los gastos superiores al 10% de los mismos deberán llevarse a cabo respetando las Bases de Ejecución del Gasto, a los efectos de control de los créditos. 3º.- APROBACIÓN DE GASTOS. a) La persona autorizada, propondrá el gasto en el impreso normalizado, poniendo como interesado el concepto de “Adjudicatario” y lo remitirá directamente a Intervención para que realice el Control Económico-Financiero y contablemente lleve a cabo el autorizado en la partida correspondiente. b) Si el gasto es superior al 10% de los recursos ordinarios, deberá ajustarse conforme La Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público modificada por la Ley 34/2010, de 5 de agosto, el R.D 817/2009, de 8 de mayo por el que se desarrolla parcialmente la LCSP y el R.D. 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.(artículos vigentes)

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4º. RECONOCIMIENTO Y LIQUIDACIÓN DE LAS OBLIGACIONES:

Las facturas serán entregadas directamente por el proveedor al servicio proponente, que la remitirá a Intervención con la siguiente diligencia: “Prestados los servicios o suministros detallados en la presente factura, conforme con cantidades y precios, fecha y firma del servicio Proponente”. Los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación deberán contener, como mínimo, los siguientes datos:

a) Nombre o razón social y N.I.F. b) Identificación del destinatario y N.I.F. c) Fecha y número de la factura. d) Descripción suficiente de obra, servicio, suministro y otros al que

corresponda el gasto. e) Precio unitario, IVA desglosado e importe total. f) Firma y en su caso, el sello de la empresa.

Cuando la comprobación de la inversión precise conocimientos técnicos, la misma se hará por medio de certificación expedida por el técnico competente. Todas las certificaciones tendrán el valor atribuido a la diligencia a que se refiere el apartado anterior y además significarán, que la obra, servicio o suministro se han verificado con arreglo a las condiciones técnicas que sirvieron de base para la adjudicación. Las facturas serán aprobadas mediante Decreto de la Alcaldía (Artículo 41.21 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales). 5º.ORDENACION DEL PAGO: Realizado el trámite anterior, la Intervención emitirá el correspondiente Mandamiento de Pago y resolverá el Alcalde. Serán nulos los Acuerdos Corporativos y Resoluciones de la Alcaldía que habiliten gastos sin Créditos suficientes, así como lo que creasen servicios sin previa dotación, o diesen extensión a los establecidos rebasando el Crédito correspondiente. La expedición de órdenes de pago contra la Tesorería solo podrá realizarse con referencia a las obligaciones reconocidas y liquidadas.

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BASE 7ª. Excepciones a las fases de Ejecución del Gasto

Quedan exentos del procedimiento, y podrán ser librados por el Sr. Alcalde sin otro trámite, aunque siempre procederá la fase de autorización y reconocimiento de la obligación (Factura) los siguientes gastos: a) Las retribuciones del personal activo, pasivo, pensiones y otros gastos de personal del Capítulo I. b) Los gastos de teléfono, luz, agua, seguros, impuestos, suscripciones y otros contratos del Capítulo II de los que se conocen la cuantía de la obligación. c) Los gastos de intereses y amortización de los Capítulos III y IX. d) Las cantidades presupuestarias nominalmente a favor de terceros en el Capítulo IV. e) Gastos inferiores al 10% de los recursos ordinarios, pero como todos los demás, deberán justificarse mediante los correspondientes documentos.

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BASE 8ª Verificación compras menores de Establecimiento

La verificación de compras menores en establecimientos de la localidad requerirá el correspondiente “Vale” firmado por la Alcaldía, Presidencia o Funcionario Municipal encargado del servicio, que en todo caso deberá unirse al mandamiento de pago y factura para justificar dicho gasto.

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BASE 9ª. Unidad de Caja

1º. Todos los fondos municipales deberán ingresarse en la Tesorería. 2º. Queda prohibida la existencia de Cajas Especiales no considerándose como tales, las cuenta de corrientes en entidades bancarias debidamente intervenidas. 3º. Los ingresos que se realicen diariamente como consecuencia de los diversos conceptos presupuestarios, tales como tasas, finanzas provisionales o definitivas motivadas por contrataciones, etc., serán ingresados en cualquiera de las entidades bancarias con las que mantiene cuenta este Ayuntamiento. 4º. No se podrá efectuar ninguna entrada de fondos sin la expedición correspondiente Mandamiento de Ingreso por la Intervención, con la aplicación contable correspondiente. Cada Mandamiento de Ingreso llevará su Carta de Pago que habrá de entregarse a la persona o entidad que realice el ingreso, firmando el Tesorero el Recibí de ambos documentos.

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BASE 10ª. Cobros

Queda prohibido a todo funcionario municipal que no sea el Tesorero de la Corporación o miembro de la Corporación u otro personal en quien él delegue, la recepción de cantidades que tengan relación con el Presupuesto de Ingresos.

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BASE 11ª. Pagos

1º. Los talones para retirar fondos de cuenta corriente o realizar pagos, serán firmados conjuntamente por el Ordenador, el Interventor y el Tesorero y diariamente se dará cuenta al Ordenador de Pagos de la situación de las cuentas corrientes respectivas y del Arqueo.

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BASE 12ª. Mandamiento de Pago a Justificar

Se librarán y considerarán como pago a “justificar”, las cantidades que deben satisfacerse para la ejecución de servicios cuyos comprobantes no se pueden obtener a tiempo de hacer los pagos, circunstancia que apreciarán en todo caso el Ordenador y el Interventor, y en tales supuestos se observarán las siguientes normas: a) Los mandamientos que se expidan en dichas condiciones se aplicarán a los capítulos, artículo, conceptos o partidas correspondientes y los perceptores quedarán obligados a justificar su inversión en el plazo que se hubiese señalado, sin que exceda de tres meses. b) Las cuentas acreditativas de la inversión de fondos “a justificar”, se rendirán por los perceptores ante la Intervención con las formalidades legales, “Recibí” de los proveedores o ejecutantes de los servicios y documentos acreditativos de los pagos, acompañados de relación detallada de estos y la liquidación final. c) El Ordenador y el Interventor cuidarán bajo su responsabilidad de que la justificación definitiva se realice dentro del plazo correspondiente, y de promover el oportuno expediente de reintegro, si una vez transcurrido, no se obtuviera aquella justificación. d) El funcionario o particular que habiendo recibido cantidad con obligación de justificar su inversión tuviese que reintegrar la totalidad o parte de ella y no lo hiciese dentro de los ocho días siguientes al que se le ordene, satisfará el interés legal anual sobre la misma, a contar desde la fecha en que debiere rendir la cuenta, hasta que se verifique el reintegro. e) Los perceptores de fondos a que se refiere esta regla, serán personalmente responsables de las deudas que contraigan por dar a los servicios mayor extensión de la que permitirán las sumas libradas. Antes de librarse otra suma en las mismas condiciones a igual perceptor, se exigirá la formalización del anterior libramiento. f) La Intervención llevará nota de los Mandamientos extendidos “a justificar”, a fin de poder exigir en el momento oportuno la justificación o responsabilidad que se deriven. g) Se podrá exigir a los responsables de los diferentes servicios la apertura de una cuenta corriente en entidad financiera, que reflejará el movimiento de estos fondos. La cuenta corriente se abrirá a nombre de la Entidad Local, con la expresión de “Mandamiento de pagos a justificar”.

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BASE 13ª. Operaciones de Tesorería

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, El Ayuntamiento podrá concertar Operaciones de Tesorería por plazo no superior a un año con cualquier Entidad financiera, para atender sus necesidades transitorias de Tesorería, siempre que en su conjunto no superen el 30% de los ingresos liquidados por operaciones corrientes en el ejercicio anterior, salvo que la operación haya de realizarse en el primer semestre del año sin que se haya producido la liquidación del presupuesto de tal ejercicio, en cuyo caso se tomará en consideración la liquidación del ejercicio anterior a este último.

La concertación de toda clase de Operaciones de Tesorería deberá ser informada por la Intervención municipal. En este informe se analizará la capacidad del Ayuntamiento para hacer frente, en el tiempo, a las obligaciones que de aquélla se deriven para la misma.

La competencia para la concertación de Operaciones de Tesorería corresponderá al Alcalde-Presidente o al Pleno de la Corporación, de acuerdo con la legislación vigente.

Las condiciones iniciales de las operaciones de crédito a corto plazo serán las siguientes:

— Importe máximo: 30 % de los ingresos liquidados por operaciones

corrientes en el último ejercicio liquidado.

— Plazo de amortización máximo: 1 año.

— Tipo de interés: EURIBOR [referencia trimestral] + CUOTA

DIFERENCIAL.

— Comisiones de estudio y apertura: Sin comisiones.

— Comisiones sobre saldo no dispuesto: Sin comisión.

— Liquidación de intereses: trimestral/semestral.

Conforme a lo dispuesto en el Artículo 46 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, se autoriza a los Señores Alcalde, Interventor y Tesorero, para que, si fuera necesario, a fin de salvar un déficit momentáneo de Tesorería, instrumentar durante el ejercicio, operaciones de

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Tesorería, cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento no superen el 15% de los ingresos corrientes liquidados, en el ejercicio anterior. Una vez superados dichos límites, la aprobación corresponderá al Pleno de la corporación local. Se dará cuenta al Pleno de estas operaciones en la primera Sesión que se celebre.

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BASE 14ª. Niveles de Vinculación Jurídica de los Créditos

Los Créditos autorizados tienen carácter limitativo y vinculante, no pudiendo adquirirse compromisos por cuantía superior a los mismos, siendo nulas de pleno derecho las resoluciones que infrinjan esta norma, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar. Los Créditos consignados para gastos se destinarán exclusivamente a la finalidad específica por el que hayan sido autorizados en el Presupuesto o por sus modificaciones debidamente aprobadas. La Vinculación de los Créditos para gastos queda fijada a nivel de Área de Gastos con respecto a la Clasificación por Programas, y a nivel de Capítulo respecto a la Clasificación Económica, con las siguientes excepciones:

*Capítulo Sexto: cuya vinculación se establece a nivel de concepto. En todo caso tendrán carácter vinculante, con el nivel de segregación con que

aparezcan en los estados de gastos, los créditos destinados a atenciones protocolarias y representativas y los declarados ampliables.

En los casos en que, existiendo dotación presupuestaria para uno o varios conceptos dentro del nivel de vinculación establecido, se pretenda imputar gastos a otros conceptos o subconceptos del mismo artículo, cuyas cuentas no figuren abiertas en la contabilidad de gastos públicos por no contar con dotación presupuestaria, no será precisa previa operación de transferencia de crédito, pero el primer documento contable que se tramite con cargo a tales conceptos ( A, AD o ADO ) habrá de hacer constar tal circunstancia mediante diligencia en lugar visible que indique: “ primera operación imputada al concepto”. En todo caso, habrá de respetarse la estructura económica vigente, aprobada por EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales.

EFECTOS DE LA VINCULACIÓN JURÍDICA.

Cuando se solicite autorización para la realización de un gasto que exceda de la consignación de la aplicación presupuestaria, sin superar el nivel de vinculación jurídica establecido en la Base anterior, deberá justificarse por el solicitante la insuficiencia de consignación y la necesidad del gasto, acerca de cuyos extremos, y sobre su posibilidad, informará el Órgano Interventor.

En el caso en que existan subdivisiones del Centro Gestor integrados en el mismo nivel de vinculación jurídica, habrán de ser informados de la aplicación de aquellos gastos que vayan a ser realizados con cargo a las partidas por ellos gestionadas.*

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BASE 15ª. Modificaciones Presupuestarias

1ª. Créditos extraordinarios y suplementos de Crédito. Cuando haya de realizarse algún gasto que no pueda demorarse hasta el próximo ejercicio y no exista en el Presupuesto crédito para ello, o sea insuficiente y no ampliable al consignado, el Alcalde ordenará la incoación del expediente de concesión de crédito extraordinario, en el primer caso, o de suplemento de crédito en el segundo. El expediente a que se refiere el párrafo anterior, se ajustará en su tramitación a lo previsto en el artículo 177 de R.D.L. 2/2.004, de 4 marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales. De acuerdo con lo establecido en el apartado 4 del precepto legal citado, para financiar el crédito extraordinario o el suplemento de crédito, podrán emplearse las siguientes fuentes: a) Remanente Líquido de Tesorería. b) Con nuevos o mayores ingresos recaudados sobre los totales previstos en el ejercicio corriente. En este caso deberá justificarse que el resto de los ingresos viene efectuándose con normalidad, por lo que es presumible se cumplan las previsiones presupuestarias. c) Mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones del Presupuesto vigente no comprometidas, cuyas dotaciones se estimen reducibles sin perturbación del respectivo servicio. d) Los créditos extraordinarios y los suplementos de créditos para gastos de inversión podrán financiarse también con operaciones de crédito. e) Excepcionalmente podrá recurrirse a operaciones de crédito para financiar nuevos o mayores gastos por operaciones corrientes, a tenor de lo previsto en el apartado 5 del artículo 177 antes citado, y de acuerdo con las formalidades que en dicho precepto se establecen. Las modificaciones del Presupuesto reguladas en esta Base requerirán acuerdo del Pleno de la Corporación, siguiendo las normas sobre información, reclamaciones, recursos y publicidad a que está sometida la aprobación del Presupuesto General.

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2º. Transferencias de Crédito.

De acuerdo con lo que se establece en el artículo 179 de la R.D.L. 2/2.004, 5 de marzo, se regula como sigue el régimen de modificaciones presupuestarias cuando se recurra a la transferencia de crédito como medio de financiación de las mismas. a) Si la transferencia se realiza entre conceptos presupuestarios pertenecientes a distintos Áreas de Gastos, la aprobación de las mismas y su tratamiento se acomodará a las formalidades previstas para la aprobación del Presupuesto General en los artículos 179 y 180 de la misma, antes citada. b) Cuando la transferencia se produzca entre conceptos presupuestarios que se encuentren dentro de la misma Área de Gastos y pertenezcan a distintos niveles de vinculación jurídica, será propuesta por el órgano gestor de los créditos presupuestarios, y autorizada por Decreto de la Presidencia, previo informe de Intervención. c) Si la transferencia de crédito que se propone afecta solo a créditos de personal, aun en el caso que pertenezcan a distinto Área de Gastos, seguirán la misma tramitación y formalización que las reguladas en el apartado anterior. d) No tendrán la consideración legal de transferencia las alteraciones de crédito entre aplicaciones presupuestarias pertenecientes a un mismo nivel de vinculación jurídica, según lo previsto en la base 13ª. e) Las transferencias de Crédito de cualquier clase estarán sujetas a las limitaciones que se determina en el artículo 180 del citado Texto Refundido, que serán las siguientes: 1.- No afectará a los créditos ampliables ni a los extraordinarios concedidos durante el ejercicio. 2.- No podrán minorarse los créditos que hayan sido incrementados con suplementos o transferencias, salvo cuando afecte a créditos de personal, ni los créditos incorporados como consecuencia de remanentes no comprometidos procedentes de presupuestos cerrados. 3.- No podrán incrementarse créditos que como consecuencia de otras transferencias hayan sido objeto de minoración, salvo cuando afecten a créditos de personal. Las anteriores limitaciones no afectarán a las transferencias de crédito que se produzcan como consecuencia inevitable de reorganizaciones administrativas aprobadas por el Pleno de la Corporación. En el acuerdo de referencia se hará mención expresa de las transferencias que será preciso llevar a cabo para poner en funcionamiento la reorganización prevista. 3º. Ampliaciones de Crédito.

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En cumplimiento de lo que se establece en el artículo 178 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, se consideran aplicaciones de crédito ampliable las siguientes: Las subvenciones o aportaciones de otros organismos y préstamos para financiar, en su caso, los distintos Planes Corrientes de Actividades o Inversiones cuyas partidas se encuentran recogidas en el Presupuesto. El expediente que regula la ampliación de crédito de acuerdo con lo que se establece en el párrafo anterior, deberá especificar el recurso que financiará el mayor gasto y la efectividad del mismo. Dicho recurso deberá estar afectado al gasto cuyo crédito se pretende ampliar. Bastará para proceder a la ampliación del crédito con el efectivo reconocimiento el derecho, aunque no se haya producido el ingreso del mismo. La Intervención deberá informar sobre los extremos que se establecen en los párrafos precedentes, y una vez autorizado el expediente por Decreto de la Alcaldía será ejecutivo sin más procediéndose a efectuar las modificaciones previstas.

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4º. Generación de Créditos por Ingresos.

Podrán generar crédito en el estado de gastos aquellos ingresos de naturaleza no tributaria que tengan las siguientes características: a) Aportaciones o compromisos firmes de aportación de personas físicas o jurídicas para financiar juntamente con el Ayuntamiento, gastos que por su naturaleza sea de la competencia local, tales como lo que provengan de convenios con otras administraciones públicas para actuaciones concretas, si las inversiones o gastos correspondientes han de llevarse a cabo por esta Corporación. b) Los procedentes de enajenación de bienes propiedad del Ayuntamiento. c) Ingresos procedentes de la prestación de servicios, cuando el producto de los mismos se destinen, exclusivamente, a su financiación y no estén previstos en el estado de ingresos del Presupuesto. d) Reembolso de préstamos concedidos. e) Generarán igualmente crédito en su correspondiente concepto (repondrán crédito), los reintegros de pagos indebidos con cargo el Presupuesto Corriente, y por su misma cuantía. En el supuesto a) bastará para generar el crédito el compromiso firme de aportación debidamente documentado, en los supuestos b), c) y d), será precisa la efectiva recaudación de los derechos, y en el caso e), la efectividad del cobro del reintegro. La Intervención deberá informar de los extremos que se establecen en los párrafos precedentes, y una vez autorizado el expediente por Decreto de la Alcaldía será efectivo sin más, procediéndose a efectuar las modificaciones previstas.

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5º. Incorporación de Remanentes de Créditos.

Se incorporarán a los correspondientes créditos del Presupuesto los remanentes de créditos no utilizados procedentes de: a) Los créditos extraordinarios y suplementos de créditos así como las transferencias de créditos que hayan sido concedidas o autorizadas en el último trimestre del ejercicio. b) Los créditos que amparan compromisos de gastos del ejercicio anterior debidamente adquiridos. c) Los créditos por operaciones de capital. d) Los créditos autorizados en función de la efectiva recaudación de los derechos afectados. No serán incorporables los créditos declarados no disponibles, ni los remanentes de crédito ya incorporados en el ejercicio precedente. No obstante, los remanentes de créditos que amparen proyectos financiados con ingresos afectados deberán incorporarse obligatoriamente, sin que le sean aplicables las reglas de limitación en el número de ejercicios, salvo que se desista total o parcialmente al iniciar la ejecución del gasto o que se haga imposible su realización. El expediente deberá se informado por Intervención y una vez autorizado por Decreto de la Presidencia será ejecutivo sin más.

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BASE 16ª Contratación

1- La materia de contratación se regirá por lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, modificada por la Ley 11/1999 de 21 de abril, el Texto Refundido aprobado por RDL 781/1986 de 18 de abril, así como La Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público modificada por la Ley 34/2010, de 5 de agosto, el R.D 817/2009, de 8 de mayo por el que se desarrolla parcialmente la LCSP y el R.D. 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.(artículos vigentes).

2- Se podrá utilizar el procedimiento negociado en los contratos de obras, de gestión de servicios públicos, de suministro, de servicios, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 153 y siguientes de la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

3- Igualmente, tendrán la consideración de contratos menores para cada tipo de contrato de los regulados en la ley 30/2007 de 30 de octubre, los previstos en los artículos 23, 95, 122.3. En estos casos, la tramitación del expediente sólo exigirá la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente, En el contrato menor de obras, deberá añadirse, además, el presupuesto de las obras, sin perjuicio de que deba existir el correspondiente proyecto cuando normas específicas así lo requieran.

4- La Mesa de Contratación del Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 2º párrafo 10º de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, estará integrada por los siguientes miembros:

- Presidente: el Alcalde o miembro corporativo en quien delegue.

- Vocales: un concejal de cada grupo político, y el Secretario Interventor del Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo.

- Un técnico designado por la Corporación atendiendo a la naturaleza del contrato a celebrar.

- Secretario: Un funcionario de la propia Corporación, con voz y sin voto

- Para la válida constitución de la mesa se requiere la presencia mínima de tres de sus miembros, y en las que necesariamente ha de figurar el Alcalde y el Secretario.

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BASE 17ª. Normas Generales.

1. Se incluye en el Presupuesto dotación para subvencionar la participación de las entidades ciudadanas, inscritas en Registro Municipal de Asociaciones Vecinales, de acuerdo con los criterios básicos que se especifican: a) Tendrán derecho a solicitar subvenciones para gastos corrientes y para la

realización de actividades complementarias de las municipales, las entidades ciudadanas que han sido declaradas de utilidad pública municipal.

b) Tales subvenciones, ya sean para gastos generales o para actividades, se

solicitarán a través del Concejal Delegado correspondiente.

c) Las solicitudes de subvenciones para gastos generales (art. 232.2ª ROF), deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

· Certificación expedida por los órganos representativos de la entidad en que se haga constar el número de socios al corriente de pago de sus cuotas y las efectivamente cobradas en el ejercicio corriente y en el anterior.

· Memoria detallada de las actuaciones de todo tipo que haya desarrollado la entidad en los cuatro años precedentes.

· Memoria justificativa de la necesidad de la subvención que se solicite.

2. Las solicitudes de subvención para actividades complementarias de las

que sean competencia municipal, deberán ir acompañadas de los mismos documentos señalados en el número anterior, y además, de una memoria detallada en la que se concreten las actividades que se pretenden subvencionar, y un presupuesto pormenorizado de los gastos a realizar.

3. . El otorgamiento de las subvenciones tiene carácter voluntario y

excepcional, y la Corporación podrá revocarlas o reducirlas en cualquier momento. No serán invocables como precedente.

4. Se valorará, para su concesión:

a) Que el objeto social y las actividades desarrolladas por las entidades ciudadanas sean complementarias de las competencias y actividades municipales.

b) La representatividad de las entidades ciudadanas.

c) La capacidad económica autónoma y las ayudas que reciban de otras

instituciones, públicas o privadas.

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d) La importancia para la Entidad Local de las actividades desarrolladas o que se pretenden desarrollar.

e) El fomento de la participación vecinal, promocionando la calidad de

vida, el bienestar social y los derechos de los vecinos.

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BASE 18ª: Justificación.

1. Las Entidades ciudadanas subvencionadas justificarán la utilización de los fondos recibidos en los plazos legalmente establecidos. La falta de justificación producirá la obligación de devolver las cantidades no justificadas y, en su caso, la inhabilitación para percibir nuevas subvenciones, sin perjuicio de satisfacer el interés legal, a partir de la fecha en que debió rendir la cuenta y hasta la fecha en que se verifique el reintegro.

2. En aquellos supuestos especiales en los que la realización de las actividades no

permitan la justificación de la subvención en los plazos legalmente establecidos, en el momento de su concesión podrán establecerse otros diferentes, si bien siempre con el límite de 31 de diciembre del ejercicio en que tal subvención fue concedida.

3. Las cuentas acreditativas de la inversión de las cantidades se rendirán por los

perceptores ante la Intervención de Fondos, con las formalidades legales, recibí de los proveedores o ejecutantes de los servicios y documentos acreditativos de los pagos, acompañados de relación detallada de éstos, haciendo constar los descuentos a que estén sujetos y la liquidación final. Asimismo, deberán acompañarse cartas de pago de los reintegros efectuados y del ingreso de los impuestos correspondientes (Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas)

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BASE 19º. Disposición Final.

Todas las dudas que pudieran suscitarse con la aplicación de estas Bases, serán resueltas por el Ayuntamiento previo informe de Intervención y dictamen de la Comisión Especial de Cuentas. El Cerro de Andévalo, a 3 de julio de 2012. El Alcalde Presidente, El Secretario – Interventor Acctal.,

Fdo.: D. Pedro José Romero Rubio. Fdo.: Don Andrés Moreno Rodríguez.

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo. “Presupuestos 2012”

DOCUMENTO 8.

DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA.

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo. “Presupuestos 2012”

Don Andrés Moreno Rodríguez, Secretario-Interventor Accidental del

Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo, CERTIFICO:

Primero.- Que este Ayuntamiento no tiene Deuda Pública exigible a

31 de diciembre de 2.011, ya que no existen préstamos concertados.

Segundo.- Que los gastos forzosos y el resto de las deudas que sean

exigibles figuran en las respectivas partidas del Estado de Gastos del

Presupuesto.

Y para que conste y en cumplimiento de la normativa vigente, expido

la presente de orden y con el visto bueno del Excmo. Sr. Alcalde presidente

en la Ciudad de El Cerro de Andévalo a 3 de Julio de 2012.

Vº.Bº.

El Alcalde-Presidente El Secretario - Interventor

Accidental

Fdo.: Pedro José Romero Rubio. Fdo.: Andrés Moreno Rodríguez.

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo. “Presupuestos 2012”

Don Andrés Moreno Rodríguez, Secretario-Interventor Accidental del

Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo, CERTIFICO:

Que en la documentación presupuestaria figura detalle de las

características de las operaciones de crédito que se prevén realizar durante

el ejercicio, así como la carga financiera resultante.

Y para que conste y en cumplimiento de la normativa vigente, expido

la presente de orden y con el visto bueno del Excmo. Sr. Alcalde-

Presidente en El Cerro de Andévalo a 3 de Julio de 2012.

Vº.Bº.

El Alcalde-Presidente El Secretario- Interventor

Accidental

Fdo.: Pedro José Romero Rubio. Fdo.: Andrés Moreno Rodríguez.

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo. “Presupuestos 2012”

Don Andrés Moreno Rodríguez, Secretario-Interventor Accidental, del

Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo, CERTIFICO:

Que los costes y recursos de los Servicios Municipales para el

ejercicio 2012, figuran recogidos dentro de los Expedientes de Ordenanzas

sobre Tasas y Precios Públicos.

Y para que conste y en cumplimiento de la normativa vigente, expido

la presente de orden y con el visto bueno del Excmo. Sr. Alcalde presidente

en El Cerro de Andévalo a 3 de Julio de 2012.

Vº.Bº.

El Alcalde-Presidente El Secretario - Interventor

Accidental

Fdo.: Pedro José Romero Rubio. Fdo.: Andrés Moreno Rodríguez.

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo. “Presupuestos 2012”

Don Andrés Moreno Rodríguez, Secretario-Interventor del Excmo.

Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo, CERTIFICO:

Que la Liquidación del ejercicio 2011 no se encuentra disponible,

aunque debido a su avanzado estado de confección, previsiblemente estará

liquidada en los próximos días.

Y para que conste y en cumplimiento de la normativa vigente, expido

la presente de orden y con el visto bueno del Excmo. Sr. Alcalde-

Presidente en El Cerro de Andévalo a 3 de Julio de 2012.

Vº.Bº.

El Alcalde-Presidente El Secretario-Interventor

Accidental,

Fdo.: Pedro José Romero Rubio. Fdo.: Andrés Moreno Rodríguez.

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo. “Presupuestos 2012”

ANEXO DE INVERSIONES

Aplicación

Presupuest.

Denominación

del Proyecto

Año

Inicio-

Año

Fin

Importe

Anualidad

Tipo Financiación

Total

Recursos

Propios Ingresos Afectados

Financ.

UE

Financ.

Estado

Financ.

CCAA

Financ.

Otras

Admon.

Local

Otras

financ.

151.600.01 Adquisición de

terrenos. 2012

2012 31.837,66 31.837,66 31.837,66

151.609.00 Obras PFEA

2012. 2012

2012 264.735,31 17.023,84 176.936,77 70.774,70 264.735,31

151.622.03

Otras obras e inversiones

Municipales.

2012

2012 12.976,16 12.976,16 12.976,16

321.623.00

Equipamiento Guardería Municipal.

2012

2012 6.714,37 6.714,37 6.714,37

335.623.01

Adaptación y ampliación de servicios del

Centro Social municipal.

2012

2012 140.000,00 62.843,93 77.156,07 140.000,00

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo “Presupuestos 2012”

# ASIGNACIONES A GRUPOS POLÍTICOS EN EL EJERCICIO 2012

La consignación presupuestaria para grupos políticos será:

* CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA = 1.000,00 € = CP

* Asig. Fija (20% CP) = 200,00 €

(La asig. fija para cada grupo se establece diviendo el total de asig. Fija entre el

número de grupos políticos)

* Asig.Variable (80% CP) = 800,00 €

(La asig. variable para cada grupo se establece proporcionalmente a su número

de concejales: asig. Variable / 11 x Nº concejales.)

P.S.O.E.-A P.P. I.U.

Nº Concej. 7 3 1

Asig.Fija = 66,67 € 66,67 € 66,67 €

Asig.Variable = 509,09 € 218,18 € 72,72 €

Total x Grupo= 575,76 € 284,85 € 139,39 €

El Alcalde,

���� REPARTO DE LA CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA

El Cerro de Andévalo a 3 de Julio de 2012.

Fdo.: Pedro José Romero Rubio

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo “Presupuestos 2012”

Miembros:Nº Miembros

por SesiónImporte Nº Convoc / año Total

* TTES. ALCALDES.

Asistencia a plenos: 2 49,05 10 981,00

Asistencia a Juntas de Gobierno 2 49,05 10 981,00

Asistencia a Comis. Informativas 1 24,52 6 147,12

Total Tenientes Alcaldes: 2.109,12

* RESTO DE CONCEJALES.Asistencia a plenos: 7 49,05 10 3.433,50

Asistencia a Comis. Informativas 1 24,52 6 147,12

Total resto de Concejales: 3.580,62

Total asistencia a sesiones y comisiones Sres. Miembros/2012: 5.689,74

PREVISIÓN DEL GASTO POR ASISTENCIA A SESIONES Y COMISIONES DE

LOS SRES. MIEMBROS DE LA CORPORACION DURANTE EL EJERCICIO 2012

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo. “Presupuestos 2012”

DOCUMENTO 9.

INFORMES, DICTÁMENES Y ACUERDOS.

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo. “Presupuestos 2012”

PROVIDENCIA DE ALCALDÍA

Vista la elaboración del Presupuesto General de la Entidad Local para el

Ejercicio 2012, según lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Texto

Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto

2/2004, de 5 de marzo,

DISPONGO

Someter a informe de Intervención y posteriormente a Dictamen de la

Comisión Informativa de Hacienda a los efectos establecidos en el artículo 169 del

Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real

Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

En El Cerro de Andévalo, a 28 de junio de 2012.

El Alcalde,

Fdo.: Pedro José Romero Rubio.

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INFORME DE INTERVENCIÓN

D. ANDRÉS MORENO RODRÍGUEZ, SECRETARIO-INTERVENTOR

ACCIDENTAL DEL AYUNTAMIENTO DE EL CERRO DE ANDÉVALO,

En virtud de lo dispuesto en el artículo 168.4 del Texto Refundido de la Ley

Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de

5 de marzo y en el artículo 18.4 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el

que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, en Materia

Presupuestaria.

Vista la Providencia de Alcaldía de fecha 28/06/2012, la Memoria y el

Informe Económico-financiero suscrito al efecto, emito el siguiente

INFORME

PRIMERO. La legislación aplicable es la siguiente:

— Los artículos 162 al 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las

Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

— Los artículos 22.2 e) y el artículo 47.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

Reguladora de las Bases de Régimen Local.

— Los artículos del 2 al 23 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el

que se desarrolla el Capítulo I del Título VI del la Ley Reguladora de las Haciendas

Locales.

_ La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la

Estructura de los Presupuestos de las Entidades Locales.

— La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y

Sostenibilidad Financiera.

— El artículo 16 del Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que

se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de

Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales.

— El artículo 4.1 h) del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por

el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de la Administración Local

con Habilitación de Carácter Nacional.

— Las Reglas 107 y siguientes de la Orden EHA/4041/2004, de 23 de

noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo. “Presupuestos 2012”

Local.

— El Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado

por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

— El Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en

materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.

SEGUNDO. El Proyecto del Presupuesto General para el ejercicio económico

de 2012, formado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, está integrado

por el Presupuesto único de la Entidad Local.

TERCERO. Asciende a la cantidad de 1.857.656,04 euros en el Estado de

Gastos del Presupuesto y de 1.862.083,85 euros en el Estado de Ingresos del

Presupuesto del ejercicio 2012, no presentando en consecuencia déficit inicial1.

CUARTO. Al Proyecto de Presupuesto General se incorpora la

documentación legalmente exigible2.

El presupuesto de la Entidad Local formado por el Sr. Alcalde-Presidente, al

que se une la siguiente documentación:

— Memoria suscrita por el Alcalde explicativa de su contenido y de las

principales modificaciones que presente en relación con el presupuesto

actualmente en vigor.

— Estado de gastos y estado de ingresos.

— Bases de ejecución del presupuesto.

— Anexo de personal de la Entidad Local, en el que se relacionen y valoren

los puestos de trabajo existentes en la misma, de forma que se dé la

oportuna correlación con los créditos para personal incluidos en el

presupuesto.

— Anexo del Estado de la Deuda.

— Anexo de inversiones a realizar en el ejercicio, suscrito por el Presidente y

debidamente codificado.

— Informe económico-financiero, en que se expongan las bases utilizadas

para la evaluación de los ingresos y de las operaciones de crédito

1 Conforme a los establecido en el artículo 165 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. 2 Conforme A los artículos 166 y 168 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 16 del Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales.

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo. “Presupuestos 2012”

previstas, la suficiencia de los créditos para atender el cumplimiento de las

obligaciones exigibles y los gastos de funcionamiento de los servicios y la

nivelación del Presupuesto.

— Informe de Evaluación del Cumplimiento del Objetivo de Estabilidad

Presupuestaria.

QUINTO. Además se ha determinado para gastos de personal una previsión

de Presupuesto que asciende a 1.050.168,42 euros.

SEXTO. En cuanto al Procedimiento a seguir será el siguiente:

A. Emitido Informe por la Intervención, se emitirá Dictamen de la Comisión

Informativa de Hacienda, que lo elevará el Pleno de la Corporación antes del 15 de

octubre (con los anexos y documentación complementaria exigida por la

legislación) para su aprobación.

En relación a la competencia el Pleno será el órgano competente para

aprobar el Presupuesto General, siendo el quórum necesario para la válida adopción

del Acuerdo de aprobación, el de mayoría simple, a tenor de lo dispuesto en los

artículos 22.2 e) y 47.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de

Régimen Local.

B. Aprobado inicialmente el Presupuesto General para el ejercicio económico

de 2012, se expondrá al público, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia

de HUELVA, por quince días hábiles, durante los cuales los interesados podrán

examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno.

C. El presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el

citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno

dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

D. El Presupuesto General deberá publicarse en el Boletín Oficial de la

Provincia de Huelva, resumido por capítulos, entrando en vigor en el ejercicio 2012,

una vez haya sido publicado en la forma prevista anteriormente.

E. Deberá remitirse una copia del Presupuesto General a la Administración

del Estado y al órgano competente de la Comunidad Autónoma, y dicha remisión se

deberá realizar simultáneamente al envío al Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

del anuncio descrito anteriormente.

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo. “Presupuestos 2012”

Una copia del Presupuesto deberá hallarse a disposición del público, a

efectos informativos, desde su aprobación definitiva hasta la finalización del

ejercicio.

F. Contra la aprobación definitiva del Presupuesto podrá interponerse

directamente recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos que

establezcan las normas de dicha Jurisdicción3.

El Tribunal de Cuentas deberá informar previamente a la resolución del

recurso cuando la impugnación afecte o se refiera a la nivelación presupuestaria.

La interposición de recursos no suspenderá por sí sola la aplicación del

presupuesto definitivamente aprobado por la Corporación.

CONCLUSIÓN

Visto el Proyecto de Presupuesto General para el ejercicio económico de

2012, presentado por el Alcalde-Presidente, comprobados los documentos que

contiene este Proyecto, y considerando que existe equilibrio presupuestario, esta

Intervención Municipal informa favorablemente el mismo, debiendo ajustarse en

cuanto al procedimiento de aprobación a lo indicado en este Informe.

En El Cerro de Andévalo, a 2 de julio de 2012.

El Secretario-Interventor,

Fdo. : Andrés Moreno Rodríguez.

3 En virtud del artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

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INFORME DE INTERVENCIÓN DE EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO

DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA4

Con motivo de la aprobación del presupuesto del ejercicio 2012 y en

cumplimiento de lo previsto en el artículo 16.2 del Real Decreto 1463/2007, de 2 de

noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001,

de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades

Locales, emito el siguiente

INFORME

PRIMERO. La elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y

demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de las Entidades Locales se

someterá a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera,

coherente con la normativa europea, y de conformidad con lo previsto en los

artículos 3, 4, 11, 12 y 13 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Se entenderá por estabilidad presupuestaria de las Administraciones Públicas

la situación de equilibrio o superávit estructural. Conforme establece el artículo

11.3 y 11.4 de la Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria

y Sostenibilidad Financiera, las Corporaciones Locales no podrán incurrir en déficit

estructural, definido como déficit ajustado del ciclo, neto de medidas excepcionales

y temporales, por lo que deberán mantener una posición de equilibrio o superávit

presupuestario.

Según establece el artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2012 de 27 de Abril, la

variación del gasto computable no podrá superar la tasa de referencia de

crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española. Se

entenderá por gasto computable los empleos no financieros en términos del

Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales, excluidos los intereses de la

deuda, la parte del gasto financiado con fondos finalistas de la Unión Europea o de

otras Administraciones y las transferencias vinculadas a los sistemas de 4 En virtud del artículo 16.2 del Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales la Intervención local elevará al Pleno un informe sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria de la propia entidad local y de sus organismos y entidades dependientes, que deberá emitirse con carácter independiente incorporándose a los documentos previstos en el artículo 168.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas locales.

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo. “Presupuestos 2012”

financiación. La tasa de referencia para el cálculo de la regla de gasto será

publicada por el Ministerio de Economía y Competitividad, conforme el artículo 12.3

de la Ley Orgánica 2/2012 de 27 de Abril.

Se deberá cumplir el principio de sostenibilidad financiera, entendido como

la capacidad para financiar compromisos de gastos presentes y futuros dentro de

los límites de déficit y deuda pública.

SEGUNDO. La Legislación aplicable viene determinada por:

— Los artículos 3, 4, 11, 12 y 13 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril,

de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

— Los artículos 16.2 del Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el

que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de

noviembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales.5

TERCERO. Tal y como dispone el artículo 16 apartado 1 in fine y apartado 2

del Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el

Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad

Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, la Intervención Local

elevará al Pleno un informe sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad de la

propia Entidad Local y de sus organismos y entidades dependientes.

Este informe se emitirá con carácter independiente y se incorporará a los

previstos en los artículos 168.4 [En el supuesto de Informe para la aprobación del

Presupuesto], 177.2 [En el supuesto de Informe para la aprobación de modificaciones

presupuestarias (Créditos extraordinarios y Suplementos de Crédito)] y 191.3 [En el

supuesto de Informe para la aprobación de la Liquidación del Presupuesto] del Real

Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto

refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, referidos

respectivamente, a la aprobación del presupuesto general, a sus modificaciones y

a su liquidación.

5 La Disposición Derogatoria Única de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF), no deroga expresamente el Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de noviembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, por lo que seguirá vigente en lo que no contradiga LOEPSF.

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo. “Presupuestos 2012”

El Interventor local deberá detallar en su informe los cálculos efectuados y

los ajustes practicados sobre la base de los datos de los capítulos de 1 a 9 de los

estados de gastos e ingresos presupuestarios, en términos de Contabilidad

Nacional, según el sistema Europeo de Cuentas Nacionales o Regionales.

El Interventor deberá comprobar que los empleos no financieros no superan

la tasa de referencia del producto interior bruto, una vez descontados los intereses

de la deuda, las transferencias finalistas de administraciones y las transferencias

vinculadas a los sistemas de financiación.

El Interventor deberá evaluar la capacidad para financiar los compromisos

presentes y futuros dentro de los límites de déficit y deuda pública, conforme a lo

establecido en la normativa europea y en la Ley Orgánica de Estabilidad

presupuestaria y sostenibilidad financiera.

CUARTO. El equilibrio presupuestario se desprende de la comparación de

los capítulos 1 a 7 del presupuesto de gastos y los capítulos 1 a 7 de ingresos. El

objetivo de estabilidad presupuestaria se identificará con una situación de

equilibrio o superávit.

El incumplimiento del principio de estabilidad conllevará la elaboración de

un Plan Económico-Financiero de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21

y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y

Sostenibilidad Financiera.

PRESUPUESTO DE INGRESOS

1.-Impuestos Directos. 296.000,00

2.-Impuestos Indirectos. 38.600,00

3.-Tasas, precios públicos y otros ingresos. 143.450,00

4.-Transfer. Corrientes. 977.016,28

5.-Ingresos Patrimoniales. 32.598,00

6.-Enajenac. Invers.Reales 31.837,66

7.-Transfer. de Capital. 338.581,91

TOTAL 1.858.083,85

PRESUPUESTO DE GASTOS

1.-Gastos de Personal. 1.050.168,42

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2.-Gastos de Bienes Corrientes y Servicios. 287.638,00

3.-Gastos Financieros. 3.574,72

4.-Transfer. Corrientes. 49.011,40

6.-Inversiones Reales. 456.263,50

7.-Transfer. de Capital. 7.000,00

TOTAL 1.853.656,04

Capítulos I-VII de ingresos >= Capítulo I-VII de gastos Superávit (+) / Déficit (-) no financiero 4.427,81

SEXTO. La regla de gasto se calculara comprobando que la variación del

gasto computable no supere la tasa de referencia del crecimiento del producto

interior bruto, publicada por el Ministerio de Economía y Competitividad.

El gasto computable se calculara computando los capítulos de:

+ Capítulo 1: Gastos de personal

+ Capítulo 2: Compra de bienes y servicios

+ Capitulo 3: Gastos financieros

- Intereses de la deuda computados en capítulo 3 de gastos financieros.

+ Capítulo 4: Transferencias corrientes

+ Capítulo 6: Inversiones

+ Capítulo 7: Transferencias de capital

- Gastos financiados con fondos finalistas

- Transferencias vinculadas a los sistemas de financiación.

Debiéndose cumplir con la siguiente ecuación:

TASA DE REFERENCIA DEL CRECIMIENTO DEL PIB (0,4) >= 100 X [(GASTO

COMPUTABLE AÑO N / GASTO COMPUTABLE AÑO N-1) – 1]

El incumplimiento en su caso de la regla de gasto implica la formulación de

un Plan Económico-Financiero, que permita alcanzar el cumplimiento en el plazo de

un año, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21 y 23 de la Ley Orgánica

2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Con independencia de la tasa de referencia el objetivo de estabilidad

presupuestaria para el Presupuesto actual, queda determinado por la ecuación de

que el sumatorio entre los ingresos de los capítulos 1 a 7 deben ser iguales o

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Excmo. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo. “Presupuestos 2012”

superiores a los capítulos 1 a 7 de gastos.

SÉPTIMO. El cumplimiento de la sostenibilidad financiera debe verificarse

comprobando que la capacidad de asumir los compromisos presentes y futuros, es

compatible con los objetivos de déficit y deuda pública.

OCTAVO. A este respecto cabe informar del siguiente resultado obtenido:

���� CUMPLIMIENTO

Con base en los cálculos detallados en el expediente motivo del informe se cumple el

objetivo de estabilidad presupuestaria de acuerdo con el artículo 16.2 del Real Decreto

1463/2007 de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley

18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria en su aplicación a las Entidades

Locales.

� INCUMPLIMIENTO

Con base en los cálculos detallados en el expediente motivo del informe NO se cumple el

objetivo de estabilidad presupuestaria, por lo que deberá darse traslado del mismo a [la

Dirección General de Coordinación Financiera con las Entidades Locales/al órgano

competente de la Comunidad Autónoma que ejerza la tutela financiera], en el plazo máximo

de 15 días hábiles, contados desde el conocimiento del Pleno y la elaboración de un Plan

Económico-financiero, todo ello conforme a lo establecido en el artículo 16.2 del Real

Decreto 1463/2007 de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo

de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria en su aplicación a las

Entidades Locales, y en el artículo 21 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de

Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera

NOVENO.- Conforme dispone el art. 18 de la Ley 2/2012, se establece la

necesidad del seguimiento de la evaluación de estabilidad presupuestaria, conforme

a los datos de ejecución del presupuesto y en virtud del cual debemos ajustar el

gasto para garantizar que al cierre del ejercicio no se incumple el objetivo de

estabilidad.

En El Cerro de Andévalo, a 3 de julio de 20 12

El Secretario-Interventor Acctal,

Fdo. : Andrés Moreno Rodríguez.

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