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Estatuto Orgánico de CIDOB Propuesta de Modificación del Estatuto en base a los Mandatos de la GANPI 2012

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Estatuto Orgánico de CIDOB

Propuesta de Modificación del Estatuto en base a los Mandatos de

la GANPI 2012

Ruta Crítica del Estatuto Orgánico

Mandatos de la GANPI 2012

Comisión Redactora:- Propuesta- Aportes- Revisión Final

Aprobación:- Directorio N- Trámite de Legalización del Estatuto y Reglamento

MANDATOS DE LA GANPI 2012

Sobre la naturaleza de la CIDOB se debe establecer que es el órgano de representación y gobierno plurinacional de los 34 pueblos indígenas del oriente, chaco y la amazonia boliviana. Modificar la estructura de la Dirección Nacional de CIDOB incorporando 5 nuevas secretarias como las siguientes:

• Secretaria de Economía, Desarrollo y Seguridad Alimentaria• Secretaria de Autonomías Indígenas• Secretaria de Cambio Climático y Medio Ambiente• Secretaria de Justicia, Participación y Control Social• Secretaria de Juventudes • Debiendo establecerse como atribuciones del Vicepresidente la

del fortalecimiento organizativo y las otras inherentes a este cargo.

MANDATOS DE LA GANPI 2012• Debe quedar claro en el estatuto cual es el nivel de relacionamiento y

coordinación de la CIDOB con la CNAMIB garantizando el respeto orgánico entre ambas organizaciones sin que se confundan atribuciones y roles y menos promover división o paralelismo orgánico

• Establecer que las organizaciones de mujeres de nivel regional o local debe afiliarse a la CNAMIB fortaleciendo a esta organización de mujeres de nivel nacional sin que esto implique la limitación del derecho de las mujeres a ser miembro de las organizaciones indígenas regionales afiliadas a la CIDOB

• Se debe establecer la sanción a los dirigentes electos que no cumplen su mandato y abandonan la dirigencia ya sea en las estructuras e instancias de decisión de la CIDOB como de las organizaciones regionales y de base los mismos serán sancionados con la prohibición de ocupar cargos en el movimiento indígena y en sus estructuras según lo establecerá el estatuto en el Capitulo de las Sanciones

MANDATOS DE LA GANPI 2012Se debe caracterizar el rol y las atribuciones para la toma de decisiones en la Dirección Nacional de la CIDOB estableciendo que la Dirección Nacional es una entidad colectiva y sus decisiones para firmar convenios, acuerdos, posicionamiento político y otras de importancia deben ser tomadas por mayoría absoluta de votos de los miembros de la Dirección Plurinacional. La CIDOB es una organización plurinacional y las organizaciones regionales serán reconocidas como organizaciones de nivel nacional, cambiándose la denominación de las instancias orgánicas de la CIDOB poniendo en vez de: “nacional” se pondrá “plurinacional” de la siguiente forma:

• Gran Asamblea Plurinacional de los Pueblos Indígenas• Comisión Plurinacional de Pueblos Indígenas• Dirección Plurinacional

MANDATOS DE LA GANPI 2012La composición de la nueva Dirección Plurinacional estará conformada por las carteras siguientes:a) Presidenteb) Vicepresidentec) Secretaría de Consulta y Participación d) Secretaría de Gestión Territorial Indígena y Recursos Naturalese) Secretaría de Autonomías f) Secretaría de Tierra y Territoriog) Secretaría de Comunicación h) Secretaría de Salud, Medicina Tradicional y Deporte i) Secretaría de Educación Intercultural, Intraculturalidad y Plurilingüej) Secretaría de Genero y Generacionalk) Secretaría de Economía, Desarrollo y Seguridad Alimentarial) Secretaría de Cambio Climático y Medio Ambientem) Secretaría de Justicia, Participación y Control Socialn) Secretaría de Juventudes

MANDATOS DE LA GANPI 2012• Sobre la propuesta de definir una Administración centralizada o

descentralizada de los proyectos, programas y manejo de recursos de la CIDOB, las organizaciones regionales deberán presentar por escrito propuestas de modificación de estatuto a la Comisión Politica y Técnica

• El CEAM debe estar bajo el control de la Secretaria de Educación y se debe ratificar en el estatuto que es un proyecto bajo la tuición y supervisión de la CIDOB y forma parte del equipo técnico de la CIDOB en temas de educación asimismo, se debe establecer un mecanismo de financiamiento equitativo de cada uno de los miembros de la Dirección Plurinacional.

• Otras modificaciones de forma o de fondo del estatuto serán consideradas por la Comisión Politica Técnica y aprobadas por la Comisión Nacional

De la Constitución, Denominación y Naturaleza

Artículo 1.- De la Constitución.-Se constituye la Central Indígena del Oriente Boliviano el 3 de octubre de 1.982 como una organización propia, con la misión de defender los derechos de sus afiliados, demandar la titulación de sus territorios y con Personalidad Jurídica para representar a los pueblos indígenas: Guaraní, Ayoreode, Guarayo y Chiquitano.

Artículo 2.- De su Denominación.-La Central Indígena del Oriente Boliviano modificó su razón social con la denominación actual: CONFEDERACIÓN DE PUEBLOS INDÍGENAS DE BOLIVIA conservando la Sigla: CIDOB con la cual ejerce la representación plurinacional de los pueblos indígenas del Oriente, Chaco y Amazonía boliviana.

Artículo 3.- De su Naturaleza.-La Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia es una organización privada de bien público y sin fines de lucro. Detenta su Personalidad Jurídica para representar a los treinta y cuatro pueblos indígenas del Oriente, Chaco y Amazonía boliviana. Establece para su funcionamiento la autonomía de gestión con patrimonio propio e independiente y legalizado mediante Acta de Aprobación del Estatuto y a través del registro público en el Ministerio competente.

Nombre, Sigla y Naturaleza

Central Indígena del Oriente Boliviano – CIDOB

Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia - CIDOB

Organización privada, de bien social y sin fines de lucro

Jerarquía, Marca y LogotipoArtículo 6.- De la Jerarquía del Estatuto Orgánico.-

Las disposiciones del presente Estatuto Orgánico de la CIDOB, concordantes a la legislación vigente, se aplicarán de manera preferente a éstas cuando las autoridades públicas conozcan y resuelvan asuntos que involucren a personas individuales y/o colectivas de los pueblos indígenas. Asimismo, las normas estatutarias se aplicarán de manera supletoria a los usos y costumbres cuando las autoridades indígenas resuelvan los asuntos locales al interior de sus comunidades.

Artículo 8.- Del Uso de la Marca y LogotipoSe institucionaliza el uso de los esquemas funcionales y los signos distintivos de CIDOB, como: el Organigrama, el Flujograma, la Marca y el Logotipo.Los diferentes afiliados podrán hacer uso de los esquemas funcionales y los signos distintivos de CIDOB respetando las disposiciones del Reglamento Interno y el Manual de Manejo de Marca y Logotipos.

• Preferente por Autoridades Públicas en casos que involucren a indígenas

• Supletoria, por Autoridades Comunales en resolución de conflictos

JERARQUIA ESTATUTARIA

• Se protege y regula el uso del Organigrama y Flujograma de CIDOB

• Se protege y regula el uso de la Marca y Logotipo de CIDOB

• Manual de Manejo de Marca y Logotipo de CIDOBMARCA

LOGOTIPO

Afiliados: Organización, Autoridad e Individuo

Artículo 11.- De los Afiliados Son miembros afiliados a la Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia las Organizaciones Nacionales, integradas y reconocidas formalmente por las Instancias Orgánicas y los Órganos de Representación que forman parte de la estructura organizativa de los pueblos indígenas.A través de las Organizaciones Nacionales se consideran afiliados a: Las Capitanías, los Concejos, las Centrales, las Sub Centrales, los Cabildos Indigenales y otras organizaciones legítimas tradicionales y/o sociales que se integran al presente Estatuto Orgánico por medio de su identidad cultural, formas organizativas y hábitat territorial. Asimismo, la calidad de afiliado están comprendidos los Asambleístas, Diputados y Senadores indígenas que han recibido el mandato popular por medio de usos y costumbres de la Organización Indígena. La afiliación alcanza a las personas individuales que expresan una plena identidad hacia un pueblo indígena y participan a favor de las demandas y luchas de una determinada organización indígena afiliada a la CIDOB

AFILIADOS COLECTIVOS DE CIDOB

Confederaciones Nacionales

Capitanías

ComunidadesCabildos

Centrales

AFILIADOS INDIVIDUALES DE CIDOB

Instancias Orgánicas

Órganos Ejecutivos

Unidades Técnicas

PERSONAS Y FAMILIAS SENADORES, DIPUTADOS, ASAMBLEISTAS

Conformación de la Estructura I. Las Instancias Orgánicas de la Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia la componen, en orden de jerarquía: La Gran Asamblea Plurinacional, la Asamblea Consultiva Plurinacional y la Comisión Plurinacional. II. Los Órganos Ejecutivos de la Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia, según su nivel de representación, es la siguiente: el Directorio Plurinacional, los doce Directorios de Organizaciones Nacionales, los Directorios de Organizaciones Territoriales o Zonales y los Directorios Comunales. III. Las Unidades Técnicas que forman parte de la estructura de la Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia, con la función de prestar asesoramiento especializado en temas de: salud, educación, recursos naturales, medio ambiente, gestión territorial y otros. IV. El Personal Administrativo de la Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia está conformado por el personal indígena y no indígena contratado para prestar servicios técnicos de asesoramiento de los Órganos Ejecutivos y en beneficio de las comunidades indígenas.

INSTANCIAS ORGÁNICAS

Gran Asamblea Plurinacional

Asamblea Consultiva Plurinacional

Comisión Plurinacional

ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN

Directorio Plurinacional

Directorio Nacional

Directorios Territoriales (TCO, Comunal)

Autoridad y Mandato Popular

Artículo 17.- De la Autoridad IndígenaLas autoridades indígenas que conforman los Órganos Ejecutivos, son comunarios y comunarias con plena identidad indígena, forman parte de la estructura de cargos de la CIDOB y ejercen la representación indígena en virtud del mandato popular recibido en las Instancias Orgánicas correspondientes, en estricto cumplimiento del Estatuto Orgánico y el Reglamento Interno. Los Asambleístas, Diputados y Senadores Indígenas, en virtud del mandato popular, se constituyen en autoridades indígenas de carácter plurinacional o departamental, con capacidad para ejercer su mandato y susceptible de ser sancionado con la revocatoria popular.

MANDATO Y AUTORIDAD INDIGENA

• Representación Indígena

• Revocatoria del CargoMANDATO INDIGENA

AUTORIDADES INDÍGENAS

Directorio Plurinacional

SenadoresDiputados

Asambleístas

Autoridades ComunalesAutoridades TCO

Directorio Nacional

Articulación de Senadores, Diputados y Asambleístas Indígenas

Gran Asamblea Plurinacional

Asamblea Consultiva Plurinacional

Comisión Plurinacional

SenadoresDiputados

Asambleístas

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

• Coordinación • Administración• Consultores

• CEAM• GTI• SALUD

• Directorio Plurinacional• Directorios Nacionales• Directorios Territoriales

• Gran Asamblea Plurin.• Asamblea Consult. Plur• Comisión Plurinacional

INSTANCIAS ORGÁNICASÓRGANOS

EJECUTIVOS

PERSONALUNIDADES TÉCNICAS

Paridad y Alternancia de GéneroLa Gran Asamblea revisara que las listas acreditadas de Delegados Titulares y Ex Dirigentes con derecho a voz y voto, respeten el principio de paridad y alternancia de género entre hombres y mujeres, de tal manera que exista un(a) delegado(a) y luego una(o) delegada(o) sucesivamente. Asimismo, la Gran Asamblea regulara que los candidatos y candidatas a la Dirección Plurinacional presentadas por las Organizaciones Nacionales respeten el principio de paridad y alternancia de género entre hombres y mujeres, de tal manera que exista un(a) candidato(a) titular y un(a) candidato(a) suplente. En caso que alguna lista de delegados y delegadas acreditados sea observada se abrirá un plazo improrrogable de 24 horas a objeto que la Organización Nacional subsane la omisión ante la Gran Asamblea. Caso contrario esta instancia deberá reclasificar a los delegados que por orden sucesivo no cumplen el principio de paridad y alternancia de género entre hombres y mujeres y los mantendrá en la Gran Asamblea como Delegados(as) Titulares solamente con DERECHO A VOZ. En caso que algún dirigente elegido y posesionado por la Gran Asamblea abandonare sus funciones cuando se encontrare en ejercicio, éste será sancionado en aplicación de las normas estatutarias y su cargo deberá ser asumido por su Candidato(a) Suplente. En caso de imposibilidad comprobada del Candidato(a) Suplente, la Organización Nacional deberá acreditar ante la instancia correspondiente un nuevo Candidato(a) respetando el principio de paridad y alternancia de género entre hombres y mujeres.

Paridad y Alternancia de Género

Delegado/Candidato Titular Hombre Delegada/Candidata Suplente Mujer

Delegada/Candidata Titular MujerDelegado/Candidato Suplente Hombre

Delegado/Candidato Titular HombreDelegada/Candidata Suplente Mujer

DIRECTORIO PLURINACIONAL• Presidente (a)• Vicepresidente (a)• Consulta y Participación• Gestión Territorial Indígena y RR.NN. • Autonomías • Tierra y Territorio• Comunicación• Salud, Medicina Tradicional, Deporte • Educación Inter, Intra y Plurilingüe• Género y Generacional• Economía, Desarrollo y Seguridad Al.• Cambio Climático y Medio Ambiente• Justicia, Participación y Control Social• Juventudes

Máximo Órgano

Ejecutivo

Secretaría Consulta y ParticipaciónSon atribuciones y funciones de la Secretaría de Consulta y Participación: • Representar a la CIDOB en eventos y actividades relacionadas a la Secretaría.• Promover y desarrollar la Consulta y Participación en los procesos de

formulación de políticas públicas y leyes relacionadas a pueblos indígenas, garantizando la participación activa de las organizaciones nacionales.

• Acompañar a las organizaciones nacionales y territoriales en los procesos de Consulta y Participación que se realizan en sus Tierras Comunitarias de Origen y Comunidades por la implementación de proyectos de extracción de recursos e infraestructura caminera y apoyar los reclamos de indemnización y compensación por impactos socio ambientales.

• Difundir en las Organizaciones Nacionales y las Tierras Comunitarias de Origen acerca de los alcances de la Ley de Consulta y Participación de los Pueblos Indígenas.

• Capacitar a las Secretarías correspondientes de las Organizaciones Nacionales en la aplicación temas de Consulta y Participación.

• Otras emanadas de las instancias orgánicas.

Secretaría de Autonomía• Representar a la CIDOB en eventos y actividades relacionadas a la Secretaría.• En coordinación con la Secretaría de Consulta y Participación, liderizar los procesos de

consulta y participación de las leyes relacionadas con los alcances de la Secretaría. • Promover y desarrollar las políticas plurinacionales relacionadas con la Autonomía

Indígena, garantizando la participación activa de las organizaciones nacionales.• Acompañar a las Confederaciones Nacionales en el apoyo de las Tierras Comunitarias

de Origen que forman parte de los procesos de Cartas Orgánicas y Autonomía Indígena.

• Apoyar a las Organizaciones Nacionales y las Tierras Comunitarias de Origen ante los ministerios, gobernaciones y municipios, en solicitudes de información pública sobre los planes, programas y proyectos, las contrataciones y reportes de ejecución sobre informes físicos y financieros relacionadas a la gestión pública.

• Difundir en las Organizaciones Nacionales y las Tierras Comunitarias de Origen acerca de los alcances de las Leyes relacionadas con la Autonomía Indígena.

• Capacitar a las Secretarías correspondientes de las Organizaciones Nacionales en la aplicación de temas de Autonomía Indígena.

• Otras emanadas de las Instancias Orgánicas.

NUEVAS SECRETARÍAS • Formulación de Políticas y Leyes• Apoyar a Afiliados en procesos de

consulta y participación• Difundir y capacitar en la Ley

Consulta y Participación

• Promover políticas autonómicas• Apoyar a TCO’s para aprobación de los

Estatutos Autonómicos• Apoyar en fiscalización municipalAutonomía

Secretaría Justicia, Part. y Control Social

• Son atribuciones y funciones de la Secretaría de Justicia, Participación y Control Social: • Representar a la CIDOB en eventos y actividades relacionadas a la Secretaría.• En coordinación con la Secretaría de Consulta y Participación, liderizar los procesos de consulta y participación

de las leyes relacionadas con los alcances de la Secretaría. • Promover y desarrollar las políticas plurinacionales relacionadas con la Justicia, la Participación y el Control

Social, garantizando la participación activa de las organizaciones nacionales.• Participar de los mecanismos de participación social creados por Ley para ejercer el control social al Estado y

las Empresas que administren recursos públicos. • Ejercer el control social sobre los órganos estatales para lograr la calidad de los servicios públicos, el manejo

transparente y la accesibilidad de la información pública.• Promover la participación activa de los Asambleístas Indígenas, Diputados Plurinominales y Senadores

indígenas en el desarrollo de las Instancias Orgánicas de la CIDOB, debiendo éstas pronunciarse anualmente sobre su desempeño político y orgánico y emitir resoluciones de aprobación o revocatoria de mandato.

• Realizar seguimiento a los informes de gestión de las entidades estatales, liderizando los procesos de control social, el manejo transparente, la accesibilidad de la información pública e informes para la solicitud de revocatoria de mandato.

• Difundir en las Organizaciones Nacionales y las Tierras Comunitarias de Origen acerca de los alcances de las Leyes relacionadas con la administración de justicia, la transparencia, el acceso de la información y el control social.

• Capacitar a las Secretarías correspondientes de las Organizaciones Nacionales en la aplicación de temas de Administración de Justicia, Participación y Control Social.

• Otras emanadas de las instancias orgánicas.

Secretaría de JuventudesSon atribuciones y funciones de la Secretaría de Juventudes: • Representar a la CIDOB en eventos y actividades relacionadas a la Secretaría.• En coordinación con la Secretaría de Consulta y Participación, liderizar los

procesos de consulta y participación de las leyes relacionadas con los alcances de la Secretaría.

• Promover, desarrollar y consolidar programas de becas completas con el sistema educativo boliviano a favor de la juventud indígena, tanto en colegios y universidades públicas y privadas.

• Promover la creación y consolidación de la Secretaría de Juventudes en las Organizaciones Nacionales.

• Difundir en las Organizaciones Nacionales y las Tierras Comunitarias de Origen acerca de los alcances de las Leyes relacionadas con la Juventud Indígena.

• Capacitar a las Secretarías correspondientes de las Organizaciones Nacionales en la aplicación de temas de Juventud Indígena.

• Otras emanadas de las Instancias Orgánicas.

NUEVAS SECRETARIAS • Aplicación de políticas plurinacionales• Control Social a Estado y Empresas• Control Social a Servicios Públicos• Control Social a Autoridades Indígenas

Justicia, Participación

y Control Social

• Aplicación de políticas plurinacionales• Promover una Ley de Juventudes • Becas Estudiantiles y Universitarias • Promover Secretarías de Juventudes Juventudes

De la Membresía y Alianzas Estratégicas

Artículo 67.- Socio Fundador de la Coordinadora de Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica.- La Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia detenta la calidad de miembro fundador de la Coordinadora de Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica denominada con la sigla COICA, por ser una de las nueve Confederaciones Nacionales suscribientes del Acta Constitutiva de creación y del Acta de Aprobación de su Estatuto y Reglamento Interno.

Artículo 68.- De la Participación de CIDOB en la COICAEn virtud de su membresía a la COICA, la CIDOB goza plenamente de los derechos, obligaciones y prerrogativas establecidos en el Estatuto y el Reglamento de la organización amazónica.En respeto al principio de Autonomía Organizativa, los delegados debidamente acreditados por CIDOB deberán a su vez ser acreditados por la COICA sin observaciones a objeto de facilitar la participación de éstos en los eventos y actividades programadas por la organización amazónica.

Artículo 69.- De la Plataforma Política a nivel AmazónicoEl Presidente del Directorio Plurinacional y la Secretaría correspondiente participarán en los diversos foros, seminarios y otros eventos promovidos por la COICA, y presentarán propuestas de estrategias, políticas y mecanismos de gestión con la finalidad de aportar a la plataforma indígena de derechos políticos, territoriales y sociales a nivel de la Amazonía. El Presidente del Directorio Plurinacional y la Secretaría correspondiente participarán directamente en los procesos de negociación internacional del Convenio Marco de Cambio Climático de las Naciones Unidas, la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica, la Organización Internacional del Trabajo y otros de similar naturaleza y relación con los derechos e intereses patrimoniales de CIDOB.

Asuntos Internos y COICAEn caso de presentarse algún caso de Abuso de Poder de parte del Coordinador General o de algún otro miembro de la COICA, el Directorio Plurinacional en defensa de su autonomía organizativa y los derechos de los pueblos indígenas elevará una denuncia fundamentada ante el Consejo de Coordinación de la COICA para su tratamiento oportuno y resolución estatutaria. En caso que el Consejo de Coordinación de la COICA no atendiera ni resolviera la denuncia interpuesta, la CIDOB convocará e informará ante la Asamblea Consultiva Plurinacional para que se adopten los recaudos necesarios con el fin de precautelar la integridad organizativa, la representación plurinacional y la dignidad de las Autoridades Indígenas.

Los casos de Abuso de Poder pueden expresarse a través de: • Comunicación, coordinación y apoyo irregular a Ex Autoridades Indígenas de CIDOB con la

finalidad de interferir en los asuntos internos del Directorio Plurinacional y promover la división organizativa.

• Declaraciones públicas que mellan la dignidad de la Autoridad Indígena. • Promoción de Seminarios, Foros y otras Actividades que generan desinformación sobre la

realidad y los asuntos internos de CIDOB.• Gestión ante la Cooperación Internacional para el financiamiento de actividades ilegales e

ilegítimas de Ex Autoridades Indígenas de CIDOB con la finalidad de debilitar la integridad organizativa y la representación legal del Directorio Plurinacional.

Coordinadora de Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica - COICA

COICA

CIDOB

AIDESEP

ORPIA

COIAB

FOAGAPA

OPIAC CONFENIAE

CONSTITUCIÓNPLATAFORMA

INDEPENDENCIA

ABUSO DE PODER

Convenios Interinstitucionales• Una vez que el Directorio Plurinacional haya acordado las bases del

acuerdo con los Organismos Gubernamentales de nivel nacional, la Cooperación Internacional, Organizaciones No Gubernamentales, Fundaciones y otros similares, se requerirá la realización de una reunión previa y autorización expresa del Directorio Plurinacional. Posteriormente, el Presidente(a) y la Secretaría correspondiente suscribirán el Convenio Interinstitucional con la entidad respectiva.

• El Convenio Interinstitucional formaliza la Alianza Estratégica con el actor público o privado y deberá contar como mínimo: Las Partes suscribientes, el Objeto, el Objetivo, los Resultados, el Mecanismo de Gestión Compartida, las Responsabilidades de las Partes y las Compartidas, la Duración, los Fondos Económicos comprometidos indicando la fuente financiera, las cláusulas de Salvaguarda, la Conformidad y la Aceptación de las Partes.

ALIANZAS ESTRATÉGICAS • Gobierno, Cooperación, ONG• Acta de Reunión del Directorio• Firmas autorizadas Convenio

Interinstitucional

• Las Partes, Objetivos, Resultados• Responsabilidades específicas• Gestión Compartida• Fuente de financiamiento

Contenido Principal

SANCIONES Con la finalidad de mantener el respeto a la estructura de cargos de la Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia y mantener la disciplina estatutaria de los afiliados, se determinan las siguientes sanciones para las Autoridades Indígenas de los Órganos Ejecutivos y asimismo, los Asambleístas, Diputados y Senadores Indígenas:a) Amonestación, expresado en llamada de atención verbal o escrita.b) Suspensión temporal transitoria de sus funciones.c) Suspensión definitiva de sus funciones.d) Revocatoria del Mandatoe) Expulsión de la Organización Indígena.f) Prohibición a ocupar cargos futuros en el Movimiento Indígena por causa de abandono del cargo y desobediencia al mandato.g) Resarcimiento por uso de marca y/o logotipo no autorizado

SANCIONES

Amonestación

Suspensión Definitiva

Prohibición a Cargos Futuros

Suspensión Temporal

Revocatoria del Mandato

Expulsión

Sanción por Actos Ilegítimos

• En caso de comprobarse la existencia de la suscripción de un Convenio, Contrato, Minuta, Resoluciones Políticas u otro tipo de acuerdos por parte de uno o algunos miembros del Directorio Plurinacional con entidades externas y/o personas particulares y que no se haya cumplido el inciso d), h), j) y k) del Artículo 27 del presente Estatuto, los dirigentes infractores serán pasibles a la suspensión inmediata y temporal de su cargo hasta la realización de la próxima Asamblea Consultiva Plurinacional donde se analizará el caso con base a un Informe y si fuera el caso una Auditoría para determinar las responsabilidades administrativas y legales correspondientes.

SANCION POR ACTOS ILEGITIMOS

• Suspensión Inmediata de autoridades firmantes

• Evaluación y Resolución de la próxima Asamblea Consultiva Plurinacional Firma de Convenio

Ilegítimo y/o Daño Patrimonial

Patrimonio de CIDOB

• El patrimonio de la Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia está constituido por los derechos, obligaciones, bienes inmuebles y bienes muebles sujetos a registro que se encuentran inscritos en el registro público a nombre de la Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia.

• El Directorio Plurinacional a través de la Administración General deberá actualizar periódicamente un Inventario de Bienes Muebles, Inmuebles y Derechos del patrimonio institucional.

• El patrimonio natural y cultural de cada uno de los treinta y cuatro pueblos indígenas del Oriente, Chaco y Amazonía boliviana serán regulados, protegidos y revalorizados por normas propias, usos y costumbres de los pueblos interesados y reconocidos por la Autoridad Pública competente.

PATRIMONIO DE CIDOB

• Inmuebles, Vehículos, Muebles, Activos y Deudas

• Registro Público e Inventario Anual

• Gracias

TAREAS DE LA COMISION POLITICA / TECNICA

Conformación de la ComisiónRevisión Estatuto y Reglamento

Sesión de la ComisiónRevisión final

Aprobación FinalLegalización del Estatuto y Reglamento

COMISION POLITICA / TECNICAORGANIZACIÓN

REGIONALDELEGADO REGIONAL TECNICO

CIPOAP

CIRABO

GCT

CPILAP

CPIB

CMIB

CPESC

COPNAG

CPITCO

APG

ORCAWETA

CIDOB

SESION DE LA COMISION POLITICA / TECNICA

• FECHA: