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Consultor: Ing. HERBERT FRITAS YAYA Celular: 940330997 DIAGNÓTICO DEL SISTEMA DE INFRACCIONES DE TRANSITO Página 1

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Consultor: Ing. HERBERT FRITAS YAYA Celular: 940330997

DIAGNÓTICO DEL SISTEMA DE INFRACCIONES DE TRANSITO

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Page 2: Diagnostico del sistema de infracciones de transito

Consultor: Ing. HERBERT FRITAS YAYA Celular: 940330997

INDICE

Pagina

1. Introducción 03

2. Objetivos y alcance 04

3. Consideraciones previas 05

4. Diagnóstico

4.1. Procesos y Procedimientos 06

4.2. Sistemas de Información y Base de Datos 07

4.3. Plataforma tecnológica 08

4.4. Personal de la UTI 09

5. Solución tecnológica propuesta

5.1. Reingeniería del proceso 09

5.2. Propuesta de Base de datos 11

5.3. Esquema base del Sistema propuesto 11

5.4. Plataforma tecnológica requerida 18

6. Estrategias de Implementación 19

7. Plan de Acción y Presupuesto estimado 20

ANEXOS

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1. INTRODUCCION

La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías SUTRAN se

crea por Ley N° 29380, reglamentada por el Decreto Supremo N° 033-2009-MTC,

aprobándose su Reglamento de Organización y Funciones por el Decreto Supremo N° 021-

2010-MTC. Mediante dicha ley se crea la SUTRAN como la entidad encargada de normar,

supervisar, fiscalizar y sancionar las actividades del transporte terrestre de personas, carga y

mercancías en los ámbitos nacional e internacional.

El Estado peruano en materia de transporte y tránsito terrestre, a través de SUTRAN, se

orienta la satisfacción de las necesidades de los usuarios y el resguardo de sus condiciones de

seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto

(Artículo 3° - Ley de transporte y Tránsito – Ley N° 27181.

La problemática del transporte terrestre es tan compleja y de gran envergadura que para su

atención el Estado peruano involucra la participación de varias instituciones como son el

Ministerio de Transporte y Comunicaciones, La Policía Nacional del Perú, INDECOPI,

SUTRAN y los gobiernos distritales, gobiernos provinciales y regiones del país. El alcance de

las funciones de cada una de ellas se representa en el GRAFICO N° 1.

Página 3

MTCNorma el transporte y tránsito nacionalGestiona el transporte terrestre de ámbito nacionalSUTRANFiscaliza el transporte terrestre de ámbito nacionalFiscaliza el transito terrestre en la red vialFiscaliza los servicios complementarios de transporte y transitoREGIONEmite normatividad complementaria aplicable en la región.Gestiona y fiscaliza el transporte terrestre de ámbito regional Conduce la emisión de licencias de conducir en la regiónMUNIC.PROVINCIALEmite normatividad complementaria aplicable en la provincia.Gestiona y fiscaliza el transporte terrestre de ámbito provincialEmite licencias de conducir para vehículos menoresSeñalizaciónMUNIC.DISTRITALEmite normatividad complementaria a las normas provinciales en materia de vehículos menores.Gestiona y fiscaliza el transporte terrestre especial de personas en vehículos menores.PO

LIC

ÍA N

AC

ION

AL

DEL

PE

IND

EC

OPI

AUTORIDADES COMPETENTES

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Como puede observarse del grafico, a SUTRAN le corresponde la Fiscalización del transporte

terrestre en el ámbito nacional, la Fiscalización en el tránsito terrestre en la red vial y la

Fiscalización de los servicios complementarios de transporte y transito.

Por ello, la función principal de SUTRAN correspondiente a la “Fiscalización del servicio de

transporte terrestre”, contribuye a la promoción de la formalización del sector de transporte

terrestre, para que se convierta en impulsor del desarrollo y progreso, propiciando la inclusión

social, dentro de una cultura de paz y seguridad nacional, en salvaguarda de la vida de los

usuarios de las vías.

2. OBJETIVO Y ALCANCE

El objetivo del presente trabajo es realizar un diagnóstico del Sistema de Infracciones de

transporte, que corresponde al rol de fiscalización de la Superintendencia de Transporte

Terrestre de Personas, Carga y Mercancías –SUTRAN– para que la Unidad de Tecnología de

Información disponga de una propuesta de solución tecnológica que permita ser llevado a cabo

como un nuevo proyecto.

Esta propuesta de solución tecnológica comprenderá el manejo de la información del entorno

de SUTRAN y la definición de los equipos móviles para el proceso de intervención que realizan

los supervisores de transporte, así como la definición de una plataforma tecnológica que

soporte dicha solución.

El uso de los dispositivos móviles en el proceso de intervención durante la supervisión,

fiscalización y sanción del transporte terrestre de pasajeros, deberá permitir el cumplimiento de

las siguientes metas:

1. Disminuir el tiempo del proceso de intervención que realiza el personal de supervisión de

la SUTRAN en las unidades de transporte terrestre de pasajero.

2. Mejorar el proceso de intervenciones de transporte terrestre de pasajeros, eliminando

actividades manuales reemplazadas por lógicas y criterios de automatización.

3. Establecer un mejor control al personal de supervisión de la gerencia de Fiscalización.

4. Brindar información on-line a las unidades correspondientes de la SUTRAN para disminuir

el tiempo de proceso para la cobranza de las infracciones interpuestas.

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3. CONSIDERACIONES PREVIAS

En la actualidad existe en SUTRAN un conjunto de decretos de Superintendencia las cuales

establecen el desarrollo de sus actividades diarias. De este conjunto de procesos, considero el

conjunto de actividades relacionadas al proceso de supervisión del transporte terrestre. Por tal

razón, presento el GRAFICO N° 2, para detallar el alcance de la supervisión y fiscalización del

transporte terrestre a cargo de la SUTRAN.

En el grafico presentado se identifica los lugares donde se realizan las actividades de

supervisión y fiscalización durante la circulación de vehículos en la red vial bajo su

competencia, velando por el cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento Nacional de

Tránsito y el Reglamento Nacional de Vehículos y ante su incumplimiento se efectúa la sanción

respectiva.

Para comprender las actividades desarrolladas por la SUTRAN, cabe precisar el alcance de

sus funciones:

SUPERVISIÓN, es la acción y efecto de supervisar, un verbo que supone ejercer la inspección

de un trabajo realizado por otra persona. Quien supervisa se encuentra en una situación de

superioridad jerárquica, ya que tiene la capacidad o la facultad de determinar si la acción

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ORIGEN

CIUDAD

REGIÓN

CIUDAD

REGIÓN

DESTINO

VÍA NACIONAL

VÍA REGIONAL

VÍA REGIONAL

VÍA URBA

NA

VÍA URBA

NA

SUTRANTERMINA

LES TERRESTR

ES

MUNICIPALIDADES

DISTRITALES Y PROVINCIAL

PNP TRÁNSITO

GOBIERNO REGIONAL

PNP

SUTRANPNP

CARRETERASMINISTERIO

PÚBLICO

SUTRANTERMINA

LES TERRESTR

ES

GOBIERNO

REGIONAL

PNP

SUTRAN

GARITAS DE CONTROL

MINISTERIO DE SALUD

MINISTERIO DE LA MUJERMINCETUR

RENIECINDECOPI

MINISTERIO DE SALUD

MINISTERIO DE LA MUJERMINCETUR

RENIECINDECOPI

ENTIDADES CON FUNCIONES

RELACIONADAS A LA ACTIVIDAD DEL

TRANSPORTE

ALIADOS ESTRATÉGICOS

MUNICIPALIDADES

DISTRITALES Y PROVINCIAL

PNP TRÁNSITO

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supervisada es correcta o no. Por lo tanto, la supervisión es el acto de vigilar ciertas

actividades de tal manera que se realicen en forma satisfactoria.

FISCALIZACIÓN, es la acción y efecto de fiscalizar. Este verbo indica el control y la crítica de

las acciones u obras de alguien. La fiscalización consiste en examinar una actividad para

comprobar si cumple con las normativas vigentes.

LA SANCIÓN, es la aplicación de algún tipo de pena o castigo a un individuo o un ser

plenamente identificado (medio de transporte), ante determinado comportamiento considerado

inapropiado y/o peligroso.

4. DIAGNOSTICO

El diagnostico se realizo sobre la base de los conocimientos y buenas prácticas del enfoque de

“Arquitectura Empresarial”, la cual establece tres niveles de evaluación: 1).Procesos y

Procedimientos, 2).Sistemas de Información y Base de Datos y 3).Plataforma Tecnológica. El

diagnostico realizado a la UTI se efectuó durante los días 29 de Octubre hasta el 9 de

Noviembre del presente año. Para mayores detalles sobre el enfoque de “Arquitectura

Empresarial” sírvase revisar el ANEXO N°1.

4.1. Procesos y Procedimientos

El enfoque de Arquitectura empresarial establece que es una buena práctica en la

gestión de las TIC, “alinear los sistemas de información con los procesos primarios y

secundarios que se establecen en la cadena de valor de una institución”. Por tal razón,

es necesario determinar a través de la cadena de valor de SUTRAN la identificación de

dichos procesos.

En la actualidad la SUTRAN no dispone de manera formal, ni oficial la cadena de valor

de sus procesos, pero en el mes de octubre se ha contratado a un especialista para

elaborar la cadena de valor respectiva.

Mientras tanto, la SUNTRAN utiliza como herramienta de Alineamiento del Plan

Operativo de TI los proyectos solicitados por los responsables de las áreas usuarias

con la aprobación de la alta dirección.

Para el alcance del proceso de intervención a las unidades de trasporte terrestre de

uso público, se toma como base legal el DECRETO SUPREMO Nº 017-2009-MTC, la

cual aprueba el Reglamento Nacional de Administración de Transporte (21.04.2009).

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Considerando la norma anteriormente mencionada, la UTI ha elaborado, en el mes de

octubre del presente año, el diagrama del flujo de actividades correspondientes al

proceso de intervención lo cual la consideramos como un diagrama útil para

representar la situación actual del respectivo proceso.

En el ANEXO N° 2 del presente documento, se presenta el flujo actual del proceso de

intervención de las unidades de transporte terrestre.

4.2. Sistemas de Información y Base de datos

Para el proceso de intervención de las unidades de transporte terrestre de uso público,

no existe aplicación automatizada alguna por parte de SUTRAN. Esta información es

recabada de manera manual y se registra, almacena y custodia en la Oficina de

Sanciones de SUTRAN.

Para el mes de Octubre la Oficina de Sanciones, envió la base de datos

correspondiente a las actas de control registradas a esa fecha. Esta información se

encontraba en formato Excel y ha sido llevado a una base relacional SQL Server y será

utilizada conjuntamente con un aplicativo denominado SIGO Sistema de Gestión de

Operaciones, desarrollado por la Oficina de Tecnologías de Información (UTI).

La UTI ha elaborado un modelo de base de datos para atender el proceso de

supervisión, fiscalización y sanciones, el cual deberá ser validada con las áreas

usuarias para su aprobación final. Del mismo modo el UTI tiene propuesto el desarrollo

de un aplicativo Web para la automatización de este proceso mencionado, el cual sería

el esquema de automatización base para la propuesta de solución con el uso de los

dispositivos móviles.

Se presenta en el ANEXO N° 3, la propuesta de modelo de base de datos del proceso

de supervisión, fiscalización y sanciones elaborado por la UTI, la cual será empleada

(solo algunas tablas) para la propuesta de solución del uso de dispositivos móviles.

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4.3. Plataforma tecnológica

La plataforma tecnológica que dispone la SUTRAN está constituida por la

infraestructura de su Data Center, ubicada en el quinto piso de su local de la Av.

Arequipa 1593, en el distrito de Lince.

Para la realización del diagnostico respectivo, el administrador de la red de la UTI

entrego un esquema de la actual arquitectura tecnología del Data Center de la

SUTRAN. En dicha arquitectura se detalla los componentes de servidores, base de

datos, equipos de seguridad y equipos de comunicaciones que se dispone en el Data

Center, la cual se presenta en el GRAFICO N° 3.

La arquitectura tecnológica, no se encuentra estandarizada a las normas vigentes

establecidas por el ONGEI. Además, la UTI no tiene establecido políticas de seguridad,

ni de nivel de servicio a ofrecer a los usuarios finales. Mientras la red no se estandarice

y se determine las políticas de seguridad y nivel de servicios apropiada no es

recomendable implementar una solución con el uso de dispositivos móviles a través del

internet.

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Los servicios propios de la SUTRAN cuentan con una zona desmilitarizada (común

mente llamada DMZ) donde se ubican los servicios de acceso público sin que ello

pueda tener contacto con red LAN de la organización. Con una DMZ, la red LAN de la

institución no se encuentra vulnerable.

La infraestructura tecnológica de SUNTRAN no considera el empleo de un servidor

PROXY, el cual permita controlar las navegaciones y establecer políticas y reglas de

seguridad para el cerco perimetral en el uso del internet.

4.4. Personal Profesional y Técnico de la UTI

Del análisis de las funciones y actividades que realiza el personal técnico y profesional

de la UTI, se evidencia que más del 50% de las actividades que atiende son de soporte

técnico y soporte al usuario final, lo cual es muy elevado para una área de tecnología

que tiene otras funciones y actividades que cumplir.

Debe reforzarse las competencias en el personal orientándolo más a las buenas

prácticas de ITIL, PMI, CMI y la ISO 27000. Adicionalmente, es necesario disponer de

personal de mayor calificación para las funciones principales de administración de

datos, seguridad informática y administración de redes y comunicaciones.

La administración podrá considerar entre mejorar las competencias del actual personal

de la UTI o de contratar nuevo personal. La primera opción tomaría un tiempo de

espera al proceso de capacitación y adiestramiento y la segunda opción tendría una

respuesta más inmediata en vista que el nuevo personal vendría con las competencias

solicitadas para la atención de estas funciones.

5. PROPUESTA DE SOLUCION

5.1. REINGENIERÍA DEL PROCESO DE INTERVENCIÓN

Durante el acto de intervención, el supervisor de SUTRAN, solicita al chofer de la

unidad de transporte, un conjunto de documentos como la licencia de conducir del

chofer, la tarjeta de propiedad del vehículo, el SOAT del vehículo, el certificado de

inspección técnica del vehículo, la tarjeta única de circulación del vehículo, así como la

hoja de ruta y relación de pasajeros.

Ante alguna necesidad del supervisor de verificar o corroborar algún dato de los

documentos solicitados y empleando su teléfono celular hace una consulta a un

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aplicativo del MTC, y complementariamente solicita al personal de base de SUTRAN

determinada información a través de una llamada vía celular. Esta situación genera una

espera o demora en el tiempo del proceso de intervención, mas aun cuando el número

de personas para atender a la vez todas las consultas de los supervisores a nivel

regional/nacional es limitado, siendo esto un factor relevante en este proceso.

La propuesta de solución establece no hacer consulta alguna al personal de

base, sino recabar toda la información posible de todos los documentos

mencionados a través de las consultas a las bases de datos de las instituciones

correspondientes mediante una aplicación desarrollada en una Tablet, la cual

accede a dicha información a través de internet.

Continuando con el procedimiento, si se encontrase alguna irregularidad por falta de

documentos o por datos incorrectos o no actualizados, le corresponde al supervisor de

SUTRAN establecer una Acta de control en la cual se establezca la conformidad, no

conformidad o constancia de ocurrencia. Para el caso de una no conformidad se puede

determinar cómo documentos incompletos lo cual no genera una sanción o puede

corresponderle alguna infracción, la cual está sujeta a una sanción. De ser así le

corresponde establecer un código de infracción y monto de pago respectivo. Todo ello

se hace manualmente a cargo del Supervisor.

La propuesta de solución propone que la determinación de la infracción, la

designación y monto de sanción sea realizada de manera automatizada (Tablet), a

través de una lógica de programación determinada de manera previa a través de

reglamento de sanciones que se dispone.

Determinado el hecho, conformidad, no conformidad o constancia de ocurrencia, el

supervisor de la SUTRAN deberá elaborar el documento respectivo, empleando los

formatos respectivos. Esta actividad conlleva a un tiempo razonable y depende de la

experiencia y rapidez manual de la persona.

La propuesta de solución propone el uso de una impresora portátil, de pequeño

tamaño, remoto e inalámbrico comunicada a la Tablet a través de la frecuencia de

Bluetooth, quienes se encargaran de elaborar e imprimir automáticamente el Acta

respectiva.

Como segundo acto del proceso de intervención el supervisor revisa personalmente el

vehículo de transporte en su parte externa como su interior, para verificar que se

cumpla con las disposiciones de fiscalización establecidas. Ante una evidencia visual

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de incumplimiento de la norma establecida, el supervisor deberá dejar constancia del

hecho registrándolo manualmente.

La propuesta de solución considera el registro de las evidencias a través de dos

campos opcionales adicionales como son una foto, capturada directamente por

la Tablet, y/o la grabación de voz del supervisor y la del chofer para registrar la

falta y el respectivo descargo.

Finalmente, para concluir el acto de intervención, el supervisor y el chofer deberán

firmar de manera manual en el formulario respectivo, empleado en dicho acto.

La propuesta de solución considera el uso de las firmas de ambos (supervisor y

chofer), imprimiendo un formulario de manera automática al termino del proceso

entregando un documento para el supervisor y otro para el chofer.

Hay que considerar que actualmente, la demora del proceso de intervención, hace que

los pasajeros del vehículo de transporte expresan su descontento y reclaman por la

demora de su viaje. Por tal razón, esta propuesta de solución busca que se disminuya

el tiempo de la intervención de manera significativa y que no se perjudique a los

pasajeros durante su transporte respectivo.

5.2. PROPUESTA DE BASE DE DATOS

Considerando la base de datos presentado en el ANEXO N°3, se ha seleccionado un

conjunto de datos a emplearse en el desarrollo del aplicativo para los dispositivos

móviles. Esta relación de datos se presenta en el ANEXO N° 4 de este documento.

5.3. ESQUEMA BASE DEL SISTEMA AUTOMATIZADO PROPUESTO

ACCESO DE DATOS

La propuesta de solución para el aplicativo de “INTERVENCIÓNES Y REGISTRO DE

ACTAS”, se basa en un esquema soportado mediante el uso del Internet para el acceso

de la información de las siguientes instituciones: Superintendencia Nacional de

Registros Públicos, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Ministerio de

Transporte y Comunicaciones, Superintendencia Nacional de Tributación, Asociación

Peruana de Seguros y la Superintendencia de Transporte Terrestre.

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El Acceso de datos a las cinco instituciones en mención, se puede realizar de dos

maneras distintas. La primera es a través de un acceso de datos descentralizado, en

las cual hay que tener presente que cada una de estas instituciones tiene sus propias

plataformas tecnológicas con diversos niveles de seguridad de la información y distintos

horarios de atención. Para que el acceso de datos se realice de manera satisfactoria y

estable es conveniente establecer un convenio con cada institución para asegurar el

acceso de datos de manera oportuna, integra y fidedigna a través de un nivel se

servicio previamente establecido con cada uno de ellos. En el GRAFICO N° 4, se

presenta el esquema propuesto.

La segunda opción a considerar es el acceso de datos centralizado, en la cual las cinco

instituciones: SUNARP, RENIEC, MTC, SUNAT y APESEG, transfieran sus datos a la

SUTRAN, mediante el envió de una Base de datos de referencia y una transferencia de

las actualizaciones de manera diaria. Para que la transferencia de datos se realice de

manera satisfactoria y estable es conveniente establecer un convenio con cada

institución para asegurar el envió de datos de manera oportuna y actualizada. Para este

caso, el nivel de servicio será establecido por SUTRAN.

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El esquema de esta segunda propuesta se representa en el GRAFICO N° 5, la cual se

presenta a continuación.

La propuesta de solución requiere que se asegure un nivel de servicio adecuado del

99.999% de disponibilidad, el cual solo permita un periodo de 8 horas y 38 minutos de

discontinuidad del servicio. Para la opción de acceso de datos descentralizados exige a

que cada una de las instituciones disponga del hardware, software, personal y

mecanismos de seguridad que permitan que se cumpla del nivel de servicio propuesto.

Establecer el nivel de servicio del 99.999% de disponibilidad conllevaría a inversiones

en infraestructura, personal y seguridad por parte de cada institución. Para el caso del

acceso de datos centralizado, estos costos de inversión le corresponderían a la

SUTRAN.

PROCESAMIENTO DE DATOS

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El procesamiento de datos de esta propuesta de solución, le corresponde a la

capacidad de procesamiento de la TABLET. El cual, es un dispositivo electrónico con

características técnicas similares a la de una computadora personal ya que dispone de

un teclado, una unidad de procesamiento y una pantalla. La diferencia radica en que

dichos recursos son de menores capacidades.

La característica principal de la “TABLET” es su movilidad y la no dependencia de

cableado alguno, lo cual facilita el desplazamiento de las personas. El tiempo de

procesamiento y actividad funcional depende de la capacidad de su batería. Además,

para el acceso de información y registro de transacciones on-line vía internet requiere

de un adecuado ancho de banda a emplearse, lo cual se constituye como un factor de

mucha importancia.

Luego de evaluar las TABLET de 10, 9, 8 y 7 pulgadas que existe en el mercado

peruano, se ha establecido como tamaño recomendable para el desarrollo de aplicativo,

una TABLET de 7 pulgadas, cuyas características técnicas se indica en el ANEXO Nº 5.

A nivel de las grandes corporaciones americanas, europeas y chinas, se ha impulsado

en los últimos años el desarrollo de TABLET de 7 pulgadas para el uso de aplicaciones

de carácter personal y empresarial. En el GRAFICO N° 6 se presenta uno de estos

modelos.

Cabe mencionar que el acceso de datos vía internet es más rápido que grabar datos a

través del internet, la razón entre ambos casos es como de 10 a 1. Por tal razón, es

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aconsejable bajar la mayor cantidad de datos a través de Internet, pero se recomienda

grabar la menor cantidad de datos por la misma vía. Por ello, es adecuado trabajar con

una TABLET considerando dos conceptos diferenciados: on-line, para el acceso de

datos y registros de datos principales; y el off-line para almacenar los datos

complementarios de una transacción que se debe registrar en la Base de Datos

(SQLite) y que se encuentra definida en la memoria SD de la TABLET.

La propuesta de solución, considera el uso de una TABLET de 7 pulgadas y su

acceso a Internet. Por esta razón es adecuado, considerar dos opciones: La primera

es el acceso a internet independiente, a través del uso de un chip y del servicio de

transferencia de datos que brinda una operadora móvil como OLO, Claro o Movistart.

La segunda opción es acceso a internet compartido, a través de una wireless

establecida mediante un Router 3G inalámbrico y modem Internet que brinda la

operadora móvil OLO, Claro o Movistart. A través del GRAFICO N° 7, presentamos el

esquema del acceso a internet compartido.

La implementación de estas dos alternativas requiere del uso de los siguientes

dispositivos tecnológicos:

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USB Modem INTERNET (GRAFICO N° 8)

ROUTER 3 G (GRAFICO N° 9)

TABLET DE 7 PULGADAS (GRAFICO N° 10)

Como esquema base, para la programación del aplicativo, considero el uso del Sistema

Operativo ANDROID versión 4, con lenguaje de programación JAVA y librerías

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correspondientes, en un entorno de desarrollo denominado ECLIPSE y utilizando la

base datos relacional SQLite. Toda la propuesta de desarrollo se basa en software libre

y se puede descargar de la paginas oficiales del Internet.

RESULTADOS E IMPRESIÓN DE ACTAS

Como propuesta de solución, para la emisión de resultados a través de un formato

impreso, proponemos el uso de impresoras móviles y pequeñas que permitan imprimir

documentos de manera fácil y practica.

Como se ha establecido en el proceso de intervención diagramado en el ANEXO N° 2,

al término de un proceso de intervención, se realiza una impresión del Acta

correspondiente. Para ello se utilizara estos dispositivos móviles de impresión.

Se propone dos alternativas de solución, la primera el uso de una impresora personal

para cada supervisor, y la segunda opción, considera el uso de una impresora de

manera colectiva para un grupo determinado de supervisores (4 ó 5). Las

características de dichos dispositivos se detallado en el ANEXO N 6.

Los formatos de las Actas a imprimirse, deberán ser reformulados considerando las

especificaciones físicas del nuevo equipo de impresión. Así también, se recomienda el

diseño de un chaleco que permita trasladar al Supervisor, la Tablet y la impresora móvil.

Como ejemplos de impresoras móviles, se presenta el siguiente GRAFICO N° 11.

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Impresora móvil para grupo

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Impresora móvil personal

5.4. PLATAFORMA TECNOLÓGICA REQUERIDA

La propuesta de solución que proponemos para la plataforma tecnológica, tiene un

énfasis en la seguridad de los datos. Por tal razón, se propone que los servicios de

internet de la SUTRAN dispongan de una zona desmilitarizada (común mente llamada

DMZ) donde se ubiquen los servicios de acceso público sin que ello pueda tener

contacto con la red LAN de la institución. En el GRAFICO N° 12, se presenta un

esquema general de la DMZ propuesta.

Consideramos importante la implementación de este esquema de seguridad y

solicitamos que el personal del área de redes y comunicaciones de la UTI establezca

cuales son los requerimientos de hardware y software que deben adquirirse e

implementarse antes de la puesta en operación del aplicativo con dispositivos móviles

para el registro de actas de los procesos de intervención a cargo del personal de

supervisión de la SUTRAN.

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