derecho_romano_-_resumen_-_2do_parcia[1][1]

36
 DERECHO ROMANO - CAPITULO 7 NEGOCIO JURÍDICO: Palabra Negocio (Formado por la partícula negativa: NEC y la palabra OTIUM) - Para los romanos, el negocio era darle un valor comercial a las operaciones que tenían ent re ell os; dis tin to de Otium que hace referencia al va lor esp iritual de las cosas. (Deslinde de lo jurídico y religioso) Laicización. HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS: HECHO: es un mero acontecimiento que va a importar al derecho siempre y cuando produzca consecuencias jurídicas. - Cuando se producen naturalmente (no interviene la voluntad del hombre), se llaman INVOLUNTARIOS. (Por Ej. Nacimiento, muerte, el transcurso del tiempo  –que ocasiona jurídicamente el cumplimiento de los plazos-, fenómenos naturales Se cae un árbol sobre un auto, y la persona puede demandar al municipio por los daños ocasionados). - Cuando se producen por la voluntad del hombre, se llaman VOLUNTARIOS. (Por ej. Matrimonio, la aceptación de una herencia, la destrucción de una cosa por daño intencional y en forma culpable, etc.). Los hechos voluntarios a su vez pueden tener como finalidad: · La ejecución de un acto prohibido por el derecho y que éste sanciona de un modo determinado: actos ilícitos (Por ej. delitos; o un acto doloso sancionado con la anulación del acto o negocio Por medio de una acción (actio doli mali) o de una excepción (exceptio doli mali). · Procurar una determinada consecuencia dentro del marco del derecho, ya sea de nacimiento, modificación o extinción de una situación: actos lícitos. Estos últimos (actos lícito s) se denominan actos jurídicos (es decir, únicamente se llaman así a los actos voluntarios lícitos). · Según el artículo 896 del Código Civil los actos jurídicos son todos los acontecimientos susceptibles de producir alguna adquisición, transferencia, modificación o extinción de los derechos u obligaciones. · Según el art ículo 897 del Cód igo Civil, los hechos humanos son voluntarios o involuntarios. Los hechos se juzgan voluntarios, si son ejecutados con discernimiento, intención y libertad. · Según el artículo 944 del Código Civil, son actos jurídicos los actos voluntarios lícitos, que tengan por fin inmediato, establecer entre las personas relaciones jurídicas, crear, modificar, transferir, conservar o aniquilar derechos. ACTOS Y NEGOCIOS JURÍDICOS: Para alg unos autores, la pal abr a neg ocio jur ídico resulta sinónimo de acto jurídico. Para otros hay diferencias entre ambos conceptos. El criterio diferenciativo en este caso estaría dado por el mayor o menor poder de la voluntad: · En ambos interviene la voluntad; pero la diferencia está en que en el acto jurídico el derecho establece los elementos, modos y consecuencias; en cambio en el negocio  jurídico la voluntad juega más libremente. Por ej. El pago sería un acto jurídico por cuanto el que lo efectúa manifiesta su voluntad, pero ocurre que el derecho previamente le ha fijado con precisión que debe pagar, a 1

Upload: mabel-recio

Post on 08-Jul-2015

131 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 1/36

DERECHO ROMANO - CAPITULO 7

NEGOCIO JURÍDICO:Palabra Negocio (Formado por la partícula negativa: NEC y la palabra OTIUM)- Para los romanos, el negocio era darle un valor comercial a las operaciones que teníanentre ellos; distinto de Otium que hace referencia al valor espiritual de las cosas.

(Deslinde de lo jurídico y religioso) Laicización.

HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS:HECHO: es un mero acontecimiento que va a importar al derecho siempre y cuandoproduzca consecuencias jurídicas.

- Cuando se producen naturalmente (no interviene la voluntad del hombre), sellaman INVOLUNTARIOS. (Por Ej. Nacimiento, muerte, el transcurso del tiempo –que ocasiona jurídicamente el cumplimiento de los plazos-, fenómenos naturales Se cae un árbol sobre un auto, y la persona puede demandar al municipio por los daños ocasionados).

- Cuando se producen por la voluntad del hombre, se llaman VOLUNTARIOS. (Por ej. Matrimonio, la aceptación de una herencia, la destrucción de una cosa por dañointencional y en forma culpable, etc.).

Los hechos voluntarios a su vez pueden tener como finalidad:· La ejecución de un acto prohibido por el derecho y que éste sanciona de un mododeterminado: actos ilícitos (Por ej. delitos; o un acto doloso sancionado con la anulacióndel acto o negocio Por medio de una acción (actio doli mali) o de una excepción(exceptio doli mali).· Procurar una determinada consecuencia dentro del marco del derecho, ya sea denacimiento, modificación o extinción de una situación: actos lícitos.

Estos últimos (actos lícitos) se denominan actos jurídicos (es decir, únicamente sellaman así a los actos voluntarios lícitos).

· Según el artículo 896 del Código Civil los actos jurídicos son todos los acontecimientossusceptibles de producir alguna adquisición, transferencia, modificación o extinción de losderechos u obligaciones.

· Según el artículo 897 del Código Civil, los hechos humanos son voluntarios oinvoluntarios. Los hechos se juzgan voluntarios, si son ejecutados con discernimiento,intención y libertad.

· Según el artículo 944 del Código Civil, son actos jurídicos los actos voluntarios lícitos,que tengan por fin inmediato, establecer entre las personas relaciones jurídicas, crear,modificar, transferir, conservar o aniquilar derechos.

ACTOS Y NEGOCIOS JURÍDICOS: Para algunos autores, la palabra negocio jurídicoresulta sinónimo de acto jurídico. Para otros hay diferencias entre ambos conceptos. Elcriterio diferenciativo en este caso estaría dado por el mayor o menor poder de lavoluntad:· En ambos interviene la voluntad; pero la diferencia está en que en el acto jurídico elderecho establece los elementos, modos y consecuencias; en cambio en el negocio jurídico la voluntad juega más libremente.Por ej. El pago sería un acto jurídico por cuanto el que lo efectúa manifiesta su voluntad,pero ocurre que el derecho previamente le ha fijado con precisión que debe pagar, a

1

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 2/36

quien debe pagar, como debe pagar, etc. En cambio el testamento sería un negocio jurídico, ya que si bien existen ciertas solemnidades obligatorias, el testador puedelibremente instituir los herederos que quiera.

CLASIFICACIÓN DE LOS ACTOS O NEGOCIOS JURÍDICOS:

UNILATERALES BILATERALESONEROSOS GRATUITOSSOLEMNES NO SOLEMNES

INTER VIVOS MORTIS CAUSACAUSALES ABSTRACTOS

- Unilaterales : Depende de una sola de las partes (Por ej. el testamento, dependedel testador; la aceptación de la herencia).

- Bilaterales : Depende de la voluntad de ambas partes. Por ej. Contrato decompraventa; matrimonio depende de la aceptación de las dos partes; lastipulatio; etc.

- Oneroso : Trae aparejado un desprendimiento económico (Por ej. Compraventa)- Gratuitos : Acto de liberalidad (no se produce ningún desprendimiento económico).

Por ej. donación.

- Solemne : Cumplir con formalidades, en forma estricta (Por ej. mancipatio,stipulatio, in iure cessio, etc.) Ius Civile

- No Solemne : libre de formalidades (Por ej. Contratos consensuales: compraventa,mandato, locación, etc.) Ius Gentium e Ius Naturale.

- Inter-vivos : requiere de la existencia de las partes (por ej. matrimonio)- Mortis causa : efectos post-mortem; requiere de la muerte de la persona (Por ej. el

testamento).

- Causales : la existencia de la causa aparece ineludiblemente unida a la existenciadel acto o negocio. Por ej. La compraventa, en la cual el fin tenido en vista esinseparable de la realización del acto. (Es decir que se especifica y se analiza lacausa ya que si es ilícita el acto será nulo).

- Abstractos : Puede que exista una causa, pero queda en segundo plano designificación; interesa la realización de las solemnidades, sin tener en cuenta el fintenido en vista. Por ej. la stipulatio, la sponsio y la mancipatio. Aunque el acto onegocio contenga dolo va a ser valido, ya que no se analiza las causas delnegocio.

SPONSIO: forma de fianza= manera de obligarse bajo juramento frente al deudor y sieran varios los deudores los mismos eran solidarios de su prestación.

STIPULATIO: Contrato formal o solemne por que debían pronunciarse las palabras de unmodo solemne (oralidad) y eran obligatorias por el mismo hecho de su pronunciamiento.Era un contrato unilateral.

MANCIPATIO: Forma de transmitir la propiedad de las cosas mancipables –Res Mancipi-.Era privado.

2

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 3/36

IN IURE CESSIO: Modo de transmisión de las cosas mancipi y nec mancipi, usadotambién en traspasos hereditarios, de servidumbres, y en varios casos de relaciones defamilia. Era público.

ELEMENTOS DEL NEGOCIO JURÍDICO:- ESENCIALES

· MANIFESTACIÓN DE LA VOLUNTADDebe ser libreDebe ser con discernimientoDebe tener la voluntad de realizarlo

Tres formas de expresarlo: - Expresa- Tacita- Silencio

· OBJETODebe ser lícitoDebe ser posibleDebe ser determinado

· CAUSACausa fuenteCausa fin

· FORMA

- NATURALES· VICIOS REDHIBITORIOS· GARANTÍA DE EVICCIÓN

- ACCIDENTALES· CONDICIÓN

-suspensiva o resolutoria-positivas o negativas-posibles o imposibles-lícitas o ilícitas-casuales, potestativas o mixtas.

· PLAZO· CARGO O MODO

- ESENCIALES: Hacen a esencia misma de ese negocio (a la razón de ser). Sialguno de ellos falta, el negocio nunca existió.

Manifestación de la voluntad: Tiene que ser  libre – con discernimiento – voluntad derealizarlo. (No tiene que estar viciado, porque sino el acto no es valido).

• Expresa : Por  escrito o verbal (también signos inequívocos, por ej.inclinación de cabeza -SI o NO-).

• Tácita: es así cuando sin haber signos expresos de la actitud asumida por laparte, cabe reconocer con certeza la existencia de la voluntad. Un futuroheredero sin haber aceptado la sucesión, realiza actos de gestión yadministración de esa herencia (Por ej. Habita la vivienda, cuida el campo,etc.; pero no renuncia a la misma).

• Silencio : Nunca puede ser tomado como una manifestación de la voluntad;

pero hay excepciones cuando la parte tiene la obligación de expresarse y nolo hace: Por ej. Si un hijo, le dice a su pater que va a contraer matrimonio yéste no se opone, se entiende que esta aceptando ese casamiento; o si una

3

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 4/36

mujer embarazada que ya no vive con su marido (separada), le anuncia aéste su embarazo, el silencio de su marido es una confesión de supaternidad.

Objeto:· Debe ser lícito: es decir, ni contrario al derecho ni a las buenas costumbres. Así, por 

ejemplo, no podría ser objeto de un negocio la sucesión de una persona viva. Tambiénsería ilícito el negocio que tratare sobre la libertad de una persona, por ejemplo si alguienpretendiese vender a un hombre libre como si fuera un esclavo.

· Debe ser posible: es decir, debe resultar factible. Así, por ejemplo, no sería valido elnegocio que tratara sobre un objeto físicamente inexistente (un esclavo después de sumuerte).

· Debe ser determinado: puede ocurrir una cierta indeterminación, cuando el negociotrata de 500 medidas de trigo por ejemplo, ya que aquí lo que constituye el objeto no esuna especie, sino un género. En estos casos, los negocios son validos; pero no lo serían

cuando nos obligaran a entregar aceite o trigo (describiéndonos el genero), pero nodeterminando que cantidad.

Causa:· Causa fuente: aquel negocio que sirve de antecedente.· Causa fin: es el fin inmediato de las partes para realizar el acto.

Forma: (rige para el caso de actos o negocios que sean solemnes). Solo son esencialescuando lo requiere determinada formalidad. Por ej. La mancipatio que se realizaba con lamano mediante una varita, en presencia de cinco testigos y un pontífice, etc.; es decir querequería de ciertas formalidades.

VICIOS DE LA MANIFESTACIÓN DE LA VOLUNTAD: Acarrean la nulidad del acto.- Error : Es el falso conocimiento sobre una cosa, persona o negocio, etc.; de saberlo

no hubiera realizado el acto.

· In-negatio: en el negocio (por ej. recibo dinero pensando que es una donación y enrealidad es un mutuo, es decir que debía devolverlo).

· In-persona: en la persona (por ej. quería realizarlo con alguien y lo realizo con otro; hayun error en el sujeto de la persona).

· In-sustantia: en la sustancia (por ej. creí que compraba vino y me vendieron aceite;falso conocimiento).

· In-corpore: en el cuerpo (por ej. creo que he comprado el campo A y me vendieron el B;realizo el negocio sobre un objeto distinto del que creía celebrarlo)

· In-quantitate: en cantidad (por ej. creo comprar 10 caballos y en realidad la otra partesolamente me ha vendido cinco)

- Dolo: Astucia, falacia o maquinación empleada para defraudar o engañar a otro (es

decir, obtener una ventaja económica). Es decir que no es un error involuntario,sino es un error provocado. El dolo debe provocar un daño importante.

4

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 5/36

En caso de haber sido victima de un fraude o engaño se le podía pedir elimporte daño sufrido al pretor, mediante la actio doli mali (acción penal).También se admitió la exceptio doli mali, que era otorgada para aquellos

demandados por la realización de un acto doloso, y servía para evitar el progreso de laacción.

Dolo Bueno: De saberlo, hubiese realizado igual el acto jurídico. (Por ej. estaba unpoco manchada la pared del baño).Dolo Malo: De saberlo, no hubiera realizado el acto. (Por ej. mala instalacióneléctrica).

- Violencia: se distingue la violencia física y la violencia moral. Es una amenaza desufrir un mal grave (contra mi persona o un familiar íntimo) o inminente (que melleva a la realización del acto jurídico). Debe haber una amenaza injusta.Mediante la actio quod metus causa se pretendía restituir lo entregado por miedo

o el cuadruplo de su valor.A su vez para poder desechar una acción que se pretendía intentar en base a un

acto realizado con violencia, se otorgaba la exceptio quod metus causa.

· Según el artículo 923 del Código Civil, la ignorancia de las leyes, o el error dederecho en ningún caso impedirá los efectos legales de los actos lícitos, ni excusará laresponsabilidad por los actos ilícitos.

· Según el artículo 931 del Código Civil, a cción dolosa para conseguir la ejecuciónde un acto, es toda aserción de lo que es falso o disimulación de lo verdadero,cualquier artificio, astucia o maquinación que se emplee con ese fin.

· Según el artículo 932 del Código Civil, para que el dolo pueda ser medio de nulidadde un acto es preciso la reunión de las circunstancias siguientes:• 1 - Que haya sido grave;• 2 - Que haya sido la causa determinante de la acción;• 3 - Que haya ocasionado un daño importante;• 4 - Que no haya habido dolo por ambas partes.

INTERPRETACIÓN DE LA MANIFESTACIÓN DE LA VOLUNTAD: Se va a empezar a buscar la voluntad real de las partes. Por ej. En el testamento cuando hay cláusulascontradictorias, se debe buscar la verdadera voluntad del testador. Se destacan dos

aspectos:- la voluntad como hecho interno: tendiente a responder la pregunta ¿Qué es lo que

realmente quiso decir el que celebro el acto?- la voluntad como un hecho manifiesto y externo: tendiente a responder la pregunta

¿Qué es lo que realmente dijo el que celebró el acto?De estos dos aspectos se originaron dos teorías:· Voluntarista: trata de establecer la claridad y voluntad más amplia de lo escrito por el testador, para saber que es lo que quiso decir.· Declaratista: va a tomar lo escrito, es decir lo que esta plasmado en el testamento.

- NATURALES: Hacen a la naturaleza del negocio o acto jurídico (están

naturalmente).· Vicios redhibitorios (ocultos): A simple vista no se pueden ver, deben ser inspeccionados por un profesional. Por ej. Si se compra una casa y tiene humedad, el

5

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 6/36

vendedor va a tener que responder por ese vicio oculto: o se disuelve el contrato opaga por los daños y perjuicios ocasionados.· Garantía de evicción: El vendedor vende una casa, aparece un tercero y dice quees titular de la cosa. El vendedor tendrá que responder al que le vendió la casa enprimer término por los daños y perjuicios ocasionados.

- ACCIDENTALES: Aquellas que las partes de común acuerdo pueden incorporarlosal negocio, es decir que queda a voluntad de ellos.

• Condición: es un acontecimiento futuro e incierto de cuya realización depende laeficacia del negocio jurídico.

· Suspensiva: cuando determina el nacimiento del negocio. Por ej. Te doy 100$ si llegala nave de Asia.· Resolutoria: cuando produce la extinción del negocio. Por ej. Te doy todos los meses100$ hasta que llegue la nave de Asia.

· Positivas: la eficacia del negocio se subordina a la realización del acontecimiento. Por 

ej. Si viene la nave de Asia te doy 100$· Negativas: la subordinación es la no realización de ese acontecimiento. Por ej. Si noviene la nave de Asia te doy 100$.

· Imposible: Cuando el acontecimiento no se puede realizar a causa de un obstáculoya sea físico o jurídico. Por ej. Te doy 100$ si tocas el cielo con las manos.· Posible: Cuando el acontecimiento es factible de realización. Por ej. te doy 100$ sime arreglas la sombrilla.· Lícito: son aquellas aprobadas o permitidas por el derecho y las buenas costumbres.Por ej. Te doy 100$ si no matas al Rey.· Ilícito: Son aquellas reprobadas por el derecho y las buenas costumbres. Por ej. Tedoy 100$ si matas al Rey.

· Casuales: Dependen de un evento de la naturaleza o de la acción de un tercero. Por ej. Te daré 100$ si viniera una nave del Asia.· Potestativas: Depende del querer o actividad de la parte interesada. Por ej. Te daré100$ si fueras a Alejandría.· Mixtas: Depende en parte de un evento natural o un tercero; o de la actividad queridapor la parte. Por ej. Te daré 100$ si te casas.

• Plazo o término: Acontecimiento futuro y cierto del cual se hace depender el

nacimiento o la extinción del negocio jurídico.- Es la certidumbre de que necesariamente el acontecimiento sucederá. Pero sepueden admitir ciertas incertidumbres en el plazo:· Cuando se sabe con certeza que sucederá y se sabe que sucederá (Por ej. Tedaré 100$ para las calendas –primer día- del mes de marzo).· Cuando se sabe con certeza que ocurrirá, pero no se sabe cuando (Por ej. Tedare 100$ el día de la muerte del Rey).· Cuando no se tiene certeza si ocurrirá; pero de ocurrir, se sabe cuando ocurrirá(Por ej. Te daré 100$ cuando cumplas 20 años).· Cuando no se tiene certeza si ocurrirá y tampoco la hay sobre cuando ocurrirá(Por ej. Te dare 100$ el día que se case el Rey).

• Cargo o modo: Es una carga que se impone a un acto o negocio jurídico. Sirvepara designar una cláusula agregada a los actos de liberalidad (donación, legados,

6

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 7/36

institución de herederos, etc.) Por ej. Te dono el auto, con el cargo de que todos losdías busques a mi mamá por el geriátrico y la traigas a mi casa por la tarde.

ACTOS NULOS:- Nulidad Absoluta: Afecta al interés de todos y no son susceptibles de ser 

confirmados (altera el orden público).

- Nulidad Relativa: Afecta al interés de los particulares (susceptibles de ser confirmados por las partes, quienes pueden subsanar ese error).

Según el artículo 956 del Código Civil, la simulación es absoluta cuando se celebra unacto jurídico que nada tiene de real, y relativa cuando se emplea para dar a un acto jurídico una apariencia que oculta su verdadero carácter.

REPRESENTACIÓN EN LOS ACTOS JURÍDICOS:

En Roma se hablaba de una Representación Indirecta: Los efectos recaen sobre las

personas que realizan los actos

Indirecta

Le encarga Que le compreA a B una casa a C

Debe Transferirlo Efectos (B y C)

Posteriormente se incorpora la Representación propiamente dicha o Directa: Actúapor cuenta y nombre de otro.

Los efectos recaen sobre A y C

Le encarga Que le compreA una casa a B a C

Entre A y B hay un contrato de mandato.

7

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 8/36

DERECHO ROMANO - CAPITULO 5

LAS PERSONAS: En Roma no era igual al concepto actual.

- Actualmente: con la palabra persona se designa hoy al sujeto de derecho, es decir al

individuo humano (persona física) o ente abstracto (persona jurídica) al que elordenamiento legal reconoce la actitud de ser titular de derechos y obligaciones. - En Roma: Persona se diferenciaba de Homo  porque nunca hubo un término técnicopara designar a un titular de la capacidad jurídica.

· Homo: es la mera unidad psicofísica (todo ente con una mente racional en un cuerpohumano) + Status

· Persona: es ese mismo hombre considerado con sus circunstancias constituidas éstaspor la situación que ocupa ésta en la sociedad, en el Estado y en la familia: esta situación

o posición jurídica se conoce con el nombre de Status.

Persona en su significada primitivo, deriva de  personare  mascara utilizada enrepresentaciones teatrales y luego paso a desempeñarse como el rol de un personaje.

Dos clases de requisitos de personas físicas:• Referidos a la existencia humana (comienzo y fin)• Referidos a su posición (status social, ciudadano y familiar)

Pater : era libre, era un ciudadano romano, se lo denominaba Sui Iuris.

Capacidad del pater: plena único con capacidad de derecho y de hecho.· Capacidad de derecho: aptitud de una persona para ser titular de relaciones jurídicas.· Capacidad de hecho: aptitud de una persona para ejercer por si mismo sus derechos.

Relaciones inter-pater :- Poder del pater  se le va a ir otorgando mayor individualismo a las relaciones

 jurídicas de los alienados.Capacidad de derecho exclusiva del pater.Capacidad de hecho delegaba funciones a los alienados (posterior mandato).

COMIENZO Y FIN DE LA EXISTENCIA:

Actualmente…· Según el artículo 51 del Código Civil: Son todos los entes que presentasen signoscaracterísticos de humanidad, sin distinción de cualidades o accidentes, son personas deexistencia visible.

· Según el artículo 70 del Código Civil: Desde la concepción en el seno maternocomienza la existencia de las personas; y antes de su nacimiento pueden adquirir algunosderechos, como si ya hubiesen nacido. Esos derechos quedan irrevocablementeadquiridos si los concebidos en el seno materno nacieren con vida, aunque fuera por 

instantes después de estar separados de su madre.

· Según el artículo 74 del Código Civil: Si muriesen antes de estar completamenteseparados del seno materno, serán considerados como si no hubieran existido.

8

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 9/36

· Según el artículo 75 del Código Civil: En caso de duda de si hubieran nacido o no convida, se presume que nacieron vivos, incumbiendo la prueba al que alegare lo contrario.Nacimiento: La aparición del hombre en la escena jurídica comienza con el nacimiento.Para considerar nacido un hombre son necesarias las siguientes condiciones:a.- La efectividad del nacimiento, es decir, el total desprendimiento del seno materno.

Mientras la persona por nacer (nascituris) este en el vientre de la madre se lo consideracomo una parte de la mujer , no como una persona o una individualidad.b.- Que haya nacido con vida, pues a quien nace muerto no se lo tiene ni por nacido niprocreado. Aquí hubo una controversia entre las escuelas:- Proculeyanos: era necesario escuchar el llanto o quejido del recien nacido paraconsiderar que hay vida.- Sabinianos: bastaba con cualquier signo vital. Justiniano se inclino por esta tesis.c.- Que el nacido presente forma humana, pues que si la mujer ha dado luz a algomonstruoso, es decir, en contra de la forma normal de la figura humana, ello no tieneninguna significación jurídica.

Muerte: La muerte extingue al homo, y en consecuencia deja este de ser persona.- Había dos tipos de muerte:

· Muerte civil: Era la peor pena que podía haber, debajo de la pena capital (fusilamiento).Perdía todos los derechos civiles y políticos. Se lo consideraba como que había fallecido;diciéndole “tu quedas fuera de la ley ”; “tu mujer queda viuda”.

· Muerte comprobada: Cuando aparece el cadáver de la persona.

Se planteaba el problema de determinar el orden de quienes morían primeros que otrosen un mismo accidente. Por ej. Incendio, naufragio, etc. Esto podía tener importancia enel caso del orden sucesorio.

- El derecho clásico llamaban conmoriencia al caso en que dos o más personas moríanen un mismo accidente o por cualquier causa, y para el cual no se podía comprobar quienmurió antes o después; por lo tanto se consideraba que todos eran tenidos como muertosal mismo tiempo.

- Justiniano posteriormente establece un sistema de mayor o menor resistencia. Por ej.La presunción de que el padre moría con su hijo impúber en un mismo accidente (el hijomurió primero) o el padre moría con su hijo púber en un mismo accidente (el padre murióprimero).

- Los Glosadores crearon el sistema de las presunciones:En el caso de ausencia o desaparición, se presume muerto:1º - Primero, cumplidos 100 años de edad.2º - Después, se modifico a cumplidos 89 años de edad.3º - Finalmente, cumplidos 70 años de edad. Tomado por Justiniano

STATUS: posición jurídica que una persona ocupa. Está compuesto por 3 elementos:- Status libertatis: posición jurídica que una persona ocupa dentro de su libertad

(libre o esclavo).- Status civitatis: posición de acuerdo a la ubicación en la civitas (ciudadano o

peregrino).- Status familiae: posición de acuerdo a la ubicación en la familia (sui iuris o alieni

iuris).

9

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 10/36

Cambio en el Status de la Persona:

Capitis deminutio (disminución de derecho)Capitis deminutio máximo (perder la libertad)Capitis deminutio medio (perder la ciudanía)

Capitis mínimo (pérdida del estado familiar, dejar de ser Sui Iuri;o cambiaba de familia).

Status Libertatis: Esclavo (puede pasar a ser ciudadano)

Hombre Libre IngenuoLiberto Ciudadano romano

Latino junianoDediticios

Status Civitatis: Ciudadanos Romanos

Latinos VeteresColoniariiJunianos

Peregrinos Simples peregrinosperegrinos dediticios

Status Familiae:  Sui Iuris 

Alieni Iuris

Status Libertatis: del Esclavo:

Esclavos: aquel hombre que por una Iusta causa está privado de su libertad y debe servir a un hombre libre.

Esclavitud: es una institución del Ius Gentium por el cual un hombre se encuentrasometido al dominio ajeno.Decir que el esclavo = cosa era un concepto erróneo; no es una cosa, el esclavo es unhomo, no tenía Status. Se lo asimilaba a la cosa porque era considerado dentro delpatrimonio, podía venderse y reivindicarse.El esclavo formaba parte de la familia (vínculo civil) era equivalente a lo que hoy llamamoshogar, personas con las que yo convivía. Servían a las personas, formaban parte de lafamilia porque era con quien se convivía.Formaban parte de la sacra gentilicia, ya que el juramento del esclavo era valido.Los esclavos podían unirse (Contubernium).Para destacar decimos que cuando fallecía un esclavo, el lecho donde era enterrado era

una cosa sagrada (un caballo al fallecer no era una cosa sagrada).

10

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 11/36

Derechos de los esclavos: adquirir para su dominus, pero siempre para acrecentarlo,nunca para disminuir su patrimonio. Los esclavos tenían capacidad de hecho solamente,el pater podía encomendarle al esclavo que realice negocios en su nombre (los que lepermitían aumentar el patrimonio).Los esclavos celebraban obligaciones naturales, que no daban garantía de efectividad;éstas pueden ser cumplidas (pero no eran exigibles judicialmente).

- Compensación (compensando las deudas)- Novación: Extingue una obligación natural y nace una nueva. Requiere una deudaanterior. La obligación natural se convierte en obligación civil.

¿Cómo se llega a ser esclavo?

• Por el nacimiento: Nacen esclavos los hijos de una madre esclava. Poco importaque el padre sea libre o esclavo, pues fuera del matrimonio legítimo (iusta nupcial),único supuesto en el cual el pater es certus, la regla es que el hijo sigue lacondición de la madre. Como los esclavos no pueden celebrar matrimonio IustaNupcial, se explica la solución dada.

1) En el caso de no estar casada la madre, el hijo sigue el status de la madre. Laúnica manera de transmitir el status del padre era estando casado con la madre.2) Indubio prolibertatis: en caso que la madre hubiera sido libre en algún momentode la vida de su embarazo, el hijo iba a nacer libre.

 • Por el Ius Gentium: Una guerra formalmente declarada contra aquellos pueblos

conocidos con los cuales Roma mantiene vínculos económicos regulares (paraque sus prisioneros fueran esclavos) o también una guerra sin declaración formalcon aquellos pueblos desconocidos para roma (Los Bárbaros).* En principio, los cautivos extranjeros pasan a ser esclavos del pueblo romano, elcual puede utilizarlos para trabajos públicos o también subastarlos a losparticulares.* Postliminium: era un beneficio que se le concedía a los romanos que habíancaído en la esclavitud. Consistía en que el esclavo se escape de su cautiverio,traspase los límites del terreno romano, y se hacia de cuenta que recobraba sulibertad y también su ingenuitas (se lo reintegraba a la misma situación jurídica quegozaba antes de caer prisionero).* Legis Fictio Corneliae: Era otra ventaja hacia el prisionero romano. Un romanopodía hacer testamento, pero para que este fuera valido debía contar con lacapacidad activa de hacerlo (Testamenti Factio Activa), tanto en el momento desu confección como en el de su muerte. En el caso que nos ocupa si moría

prisionero del enemigo, el testamento se tornaba inválido. Para salvar la validez delacto la lex corneliae estableció la ficción de que al romano muerto en cautiverio selo considerara muerto en el mismo momento en que había caído prisionero.

• Por el Ius Civile:* Caían en la esclavitud los que no se inscribían en el censo, o aquellos que no sealistasen en el ejército, por las mismas eran una obligación.* Los condenados por delitos infamantes, o aquellos que habían sufrido la tacha deinfamia.* Mujer libre que mantuviese relaciones ilícitas (relaciones sexuales) con unesclavo ajeno.

Luego estas 3 formas fueron derogadas y en la época de Justiniano quedaron solo 2:

11

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 12/36

* Hombre libre mayor de 20 años que en conveniencia (acuerdo) con otro se hacevender por este como esclavo, para después anunciar su verdadero status ydefraudar al comprador en el precio pagado.* Ingratitud del Liberto: respecto de su patrono. Si su patrón consideraba que elliberto le era ingrato, este ultimo caía en la esclavitud.

Condición del esclavo:

El trato del esclavo se fue modificando a lo largo de la historia romana.-En principio el esclavo no tiene capacidad de derecho, es decir, que no puede celebrar por si actos jurídicos. Los esclavos hablaban latín, eran politeístas (creían en muchosdioses) y tenían una identidad cultural.En el Siglo III, Roma se expande hacia fuera de la península conquistando brutalmente aCartago, y tomando a los habitantes que sobrevivieron a las batallas como esclavos. Loscartagineses no tenían pater, no hablaban el mismo idioma que los romanos, no tenían elmismo Dios, tenían otras culturas, etc. Los romanos institucionalizan el azote por lasublevación de estos.-

El Esclavo le decía Dominus al Amo y señor.-El esclavo era un elemento caro porque venía de otros pueblos vecinos; pero alexpandirse Roma el esclavo empieza a ser barato.

En cuanto a su situación el esclavo, dependía mucho del trato particular de cada dominus.Se distinguen varias etapas:

1- En un principio los esclavos eran de la misma condición étnica y aunreligiosa de sus amos, convivían con ellos, araban la tierra, servían a suamo, trabajando con sus hijos y participando del culto. Incluso mas adelante,muchos esclavos helénicos estarán encargados como pedagogos de lainstrucción y cuidado de los niños.

2- Hacia fines de la Republica, la situación cambia. Aumente el numero deesclavos siendo en su mayoría extranjeros cautivos y se los manteníaalejados de la casa familiar, haciéndolos trabajar en los campos de susdueños.

3- Sin embargo, la rudeza de ciertos amos se fue suavizando, por efectos delcristianismo (en la época de Constantino).Limitaciones:

a.- Augusto mediante la Lex Petronia (Año 19 d.C.) Prohíbe condenar a losesclavos a las bestias (animales).

b.- Por edicto del Princeps Claudio, se prohibió al dominus abandonar a suesclavo anciano o enfermo, bajo pena de perder el dominium del mismo.c.- Constantino califico de homicidio la muerte intencional del esclavo.Asimismo si yo abandonaba a un esclavo recién nacido, el mismo adquiría sulibertad. Ya en la época de Justiniano se redujeron las causas de esclavitud yse proveyeron diversas medidas para evitar actos de crueldad respecto de losesclavos.

Hasta aquí existieron cambios pero luego en 1500 años no hubo ningún tipo de cambiomás.

¿Cómo se deja de ser esclavo?

12

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 13/36

1. Por voluntad de la Ley  Por Ej.: Habiendo prestado un servicio importante alpopulus. También el citado edicto de Claudio queotorgaba la libertad al esclavo abandonado por su dueño

2. Por voluntad del Amo Que manumite (dar libertad al esclavo)Existen 2 métodos que transfiere al esclavo en Hombre libre:

* Por Medios Formales:• La Vindicatio• La Vindicatio ante la iglesia• Por testamento• Por Inscripción al censo

* Por Medios No Formales

* Por medios formales:

La Vindicatio: Era un procedimiento por el cual el dominus (amo) concurría con elesclavo delante del magistrado debiendo estar presente un tercero que actuaba enrepresentación del esclavo.El tercero, solamente afirmaba que el esclavo era un hombre libre, y ante el silencioguardado por el dominus ante el magistrado, el pretor declaraba al esclavo como hombrelibre.-

Por Inscripción en el censo: (se realiza cada 5 años) existen 2 formas:• Si el amo no se inscribía en el censo caía en la esclavitud.-• Si el esclavo se inscribía en el censo adquiría la libertad.-

Por testamento: Tenia efectos post-mortem. El amo podía acordar en su testamento lalibertad a su esclavo, ya sea directamente, por una cláusula inserta al mismo, oindirectamente, por medio de un legado que debía cumplir el heredero.

La Vindicatio ante la iglesia: Es una especie de perdón por parte del esclavo ante laiglesia, que dejaba libre al mismo. Este era un acto solemne. Se realizaba en las iglesiasen presencia del obispo. Generalmente era utilizado el día de pascua. Consistía en que eldominus tomaba como testigo al obispo para darle libertad al esclavo. Luego de ladeclaración del dominus se escribía una carta, firmada por los presentes (que actuabande testigos) y se leía públicamente.

¿Qué es la forma? Es el conjunto de solemnidades prescriptas por la ley.-

* Por medios no formales:Eran aquellos que la ley no había prescipto una solemnidad al respecto.

• Per Mensam: Dejando compartir al esclavo la mesa.• Inter Amicos: Presentar al esclavo frente a mi amigos como un hombre libre.• Per Epistolam: Haciéndoselo saber al esclavo mediante una carta.

El dominus arrepentido de que había manumitido a un esclavo, podía reclamarlo por medio de una reivindicatio. Sin embargo el pretor le otorgaba al esclavo una exceptio

frente a la reivindicación del amo, dejando sin efecto dicha reivindicación.

13

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 14/36

Si se liberaba a un esclavo por no tener comida para darle de comer, se convertía enLiberto (esto era un acto de humanidad).

Limitación de las manumisiones por medio de la Lex Aelia Sentia

Requisitos para la limitación

• que el dominus sea mayor a 20 años• que el esclavo sea mayor a 30 años• que el esclavo no haya sido objeto de la tacha de infamia• que la manumisión no sea en perjuicio de los acreedores

Status libertatis: del Hombre Libre: dos formas- Ingenuo (cuando se nace libre y se lo continua siendo)- Liberto (esclavos manumitidos).

3 de tipos de libertos:•

Liberto Ciudadanos Romano: Eran los manumitidos por formas solemnes yrespetando las normas de la lex Aelia Sentia.Iba a ser casi un ciudadano romano: Tenían el Ius Commercii (podíacomercializar), el Ius Connubii (casarse), el Ius Suffragii (votar), pero no tenía elIus Honorarium (por lo cual no podía postularse para el magistrado).

• Liberto Latino Juniano : Eran aquellos esclavos que habían sido manumitidospor formas no solemnes, los que no contaran con la edad de 30 años o los quefueran manumitidos por un amo que tenia sobre el ellos el dominio bonitario(dominio imperfecto).No tenían el Ius Honorarium, tenían el Ius Commercii (podían ejercer actos de

comercio). Podían ascender de jerarquía.

Formas para ascender de categoría y convertirse en liberto ciudadano romano

a) Casarse con una liberta latina juniana o con una liberta ciudadana romana.Tenían un hijo y al año de su nacimiento podían ir ante el magistrado y pedirleal gobernador la ciudadanía romana.

b) Militar en el ejército por un período de 6 años (luego se redujo a 3 años).c) Comercializar hacia Roma en una nave con 10.000 medidas de trigo (nave de

caudal importante) por 6 años.d) Tener un patrimonio mayor a 200.000 sestercios y edificar una propiedad con la

mitad de este.e) Aquel latino que hubiese ejercido en Roma durante 3 años el oficio de molinero

o panadero, y hubiese molido no menos de 100 medidas de trigo diarias

• Libertos Dediticios: Aquellos que habían sido esclavos por delitos que llevenla sanción de infame. Requería la tacha censoria.A estos esclavos se los denominaba Péssima Libertas (la peor de laslibertades).No podían llegar a hacer ni Latinos Junianos ni Ciudadanos Romanos. Nopodían vivir en Roma, ni en un radio de 100 millas (en caso de incumplimiento,

sus bienes eran confiscados).Situaciones afines de la esclavitud: Ciertos hombres que a pesar de no ser esclavosestaban sometidos a una situación similar a la esclavitud.

14

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 15/36

1º caso: Personas in causa mancipii: El pater transmitía a una persona in causa mancipia otro pater; esta persona queda in loco servi (ocupando el lugar de esclavo) y quedabasometido al nuevo pater (que lo adopta).

2º caso: Los colonos: eran hombres libres que podían casarse, contraer obligaciones,

etc.; Pero se hallaban adscriptos a la tierra (eran siervos de la tierra), se encargaban decultivarla y darle una parte al terrateniente. No podían abandonar la tierra, si lo hacíaneran tratados como esclavos fugitivos o huidos (cualquiera lo podía asesinar si huía).Además, cuando se vendía la tierra, el colono y su familia eran vendidos como accesoriosde la misma.

3º caso: Los addicti y los nexi: deudores que no habían cumplido con sus obligaciones.Habían sufrido los efectos de la manus inectio (echarle la mano a alguien) y de la lexactionis (era encadenarlo a mi persona). Podían llegar a tenerlos presos durante 60 días,al cabo de los cuales podían ser vendidos o atribuidos en propiedad.

4º caso: Los gladiadores: hombres libres pero tratados como esclavos.

5º caso: Redemptus ab hostibus: consiste en saldar la deuda por la cual una personapor un principio moral había pagado en mi favor sometiéndome a un estado de esclavitud.

El Patronato: Era un vínculo jurídico que subsiste entre el liberto y su antiguo amo. Elliberto tenía el deber de respeto y gratitud hacia su amo y sus descendientes. El liberto nopodía realizar ninguna acción infamante hacia su amo. Si para el amo, el liberto le eraingrato o irrespetuoso, se convertía en esclavo.

Había un nivel de alimentos:En caso de indigencia del liberto debía alimentarlo el antiguo amo.En caso de indigencia del amo debía alimentarlo el antiguo liberto.

Status civitatis: 

• Ciudadanos romanos: La ciudadanía se adquiere naciendo de matrimonioIusta Nupcial ; o por hechos posteriores al nacimiento: por la manumisión, por concesión especial expresa por el populus, por senado-consulto o por constitucionesimperiales.

Condición jurídica de los ciudadanos romanosEl ciudadano romano tenía Pleno Iura (Ius Publicum – Ius Privatium) pero tenía 3 cargas(obligaciones):- Census: Obligación de Anotarse en el Censo - Militia: Alistarse en el ejército- Tributum: Obligación hasta el 167 a.C. de pagar los impuestos

Perdida de la ciudadaníaa.- Por sufrir un capitis deminutio máxima que ocasionaba la perdida de la libertas yarrastraba la perdida de la calidad de civis.

b.- Por sufrir una condena política.

c.- Abandonar motu proprio la ciudadanía romana y convertirse en ciudadano extranjero.

15

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 16/36

• Peregrinos : son los extranjeros

Simples peregrinos (eran los pueblos pacíficos) Roma les permitía utilizar sus leyes e instituciones locales (cum civitate): subsidiariamente se regían por el Ius Gentium.

Peregrinos dediticios (eran los pueblos hostiles). Roma les prohibía tener instituciones propias (sine civitate): forzosamente se regían por el Ius Gentium,y no podían ser nunca ciudadanos.

• Latinos : En un punto intermedio, es decir por debajo de la categoría deciudadanos romanos pero mejor posesionados que los peregrinos, se encuentran loslatinos. Existen 3 clases

Latinos Veteres: Eran los pertenecientes a la Liga Latina. De acuerdo

con la política romana, se los admitió por su similitud de costumbres y religiónen una categoría muy cercana a la de los ciudadanos romanos. Lo único que nopodían ejercer era el Ius Honorarium (no podían postularse a cargos públicos).

Latinos Coloniarii: Ejercían el Ius Commercium (Podían comercializar).También tenían el Ius Suffragium (podían votar). No tenían el Ius Honorarium(no podían postularse para cargos públicos), ni el Ius Connubium (no podíancasarse) a menos que les fuera concedido especialmente.

Latinos Junianos : Son los latinos junios. Se los trataba igual que a loslibertos latinos junianos (solo contaban con el Ius Commercii).

Status Familiae: Se dividen en:

- Sui Iuris: Aquel que no esta bajo la dependencia de otro. Tiene patrimonio, del quees responsable y puede obligarse por si mismo. Es el caso del pater familias, lamujer que no estaba sometida a la potestas del pater familia y la que estabacasada por matrimonio sine manu. A la mujer se le designaba un curador.

- Alieni Iuris: Son quienes no pueden actuar por si mismos ya que están sometidosa la dependencia de otro (pater). Por Ej.: gentiles, clientes, etc.

Causas que modifican el Status dentro de la familia:• EDAD• SEXO• LA INFAMIA• LA ENFERMEDAD MENTAL

· La edad:1.- Los infantes: (0 a 7 años) son los niños que no pueden expresarse jurídicamente; Nopueden celebrar por si ningún acto o negocio jurídico.2.- Los Impúberes: Aquellos que no el desarrollo físico para engendrar (no tienen el Ius

Generandi ). Se estableció que las niñas alcanzaban la pubertad a los 12 años, perorespecto de los hombres hubo una discusión entre las escuelas:- Proculeyanos: Los hombres adquieren el carácter de púber a los 14 años.-

16

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 17/36

- Sabinianos: Había que considerar cada caso en particular mediante un examenrealizado en el ámbito familiar.

Justiniano se inclino por la solución proculeyana.

Clasificación de los impúberes:a.- Impúberes Infatiae Proximi: Aquellos asimilados a los infantes.

b.- Impúberes Pubertati Proximi: Aquellos mayores de 10 años y ½ aproximadamente, ylas niñas de mas de 9 años y ½.

La importancia de esta distinción esta en que los pubertati proximi iban a empezar a tener responsabilidad por actos ilícitos y la posibilidad de actuar con el auctoritas del tutor (permiso del tutor).

3.- Los Púberes: Eran capaces para toda clase de actos y negocios jurídicos

· El Sexo: En principio, el papel de la mujer en Roma quedaba recluido al ámbito de lacasa, no participaba de la vida política. Desde que nacía siempre estaba subordinada a lapotestas, ya que si su pater no vivía quedaba bajo tutela perpetua (por el contrario, latutela de los varones cesaba a los 14 años). La única manera de que las mujeres cesenesa tutela era contrayendo matrimonio iusta nupcial y sometiéndose a la manus de sumarido.

· La infamia: era la forma de hacer perder a un ciudadano su honor civil, de tal modo quese le modificaba gravemente su capacidad, ya que le impedía el acceso a lasmagistraturas, a poder votar en los comicios, etc.

· La Enfermedad Mental: Furiosus: aquella persona que tiene alterada sus facultades mentales, pero tiene

intervalos lúcidos en los cuales sus actos realizados son válidos. Mente Captus : es el insuficiente mental, aquella persona que tiene afectada sus

facultades mentales en forma permanente.

.

17

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 18/36

DERECHO ROMANO - CAPITULO 8

DEFENSA PROCESAL DE LOS DERECHOS:

Se llama proceso al conjunto orgánico y reglado de actos que deben desenvolverse antelos órganos específicos del estado para que éstos constaten la titularidad de los derechossubjetivos y la violación del derecho objetivo e impongan la reparación o sancióncorrespondiente.

Lo que posibilita el proceso es la acción no es sino el poder jurídico de perseguir en juiciolo que es debido.

Durante la existencia de la comunidad romana, los pleitos privados se tramitaron a través

de tres sistemas procesales que se fueron sucediendo en el tiempo, pero con largosperíodos de coexistencia. El sistema de las legis actiones (acciones de ley) rige hasta elsiglo II a.C., en que comienza a estructurarse el segundo sistema, el formulario. Luegoaquél languidece, hasta ser oficialmente abolido por la lex iudiciorum privatorum delaño 17 a.C. El sistema formulario se consagra en coexistencia con el de las legisacciones, por la lex aebutia de 130 a.C. y lo sustituye de acuerdo con la aludida lex Iulia. Estos dos sistemas tienen en común la división del proceso en dos etapas: la iniure (ante el tribunal), en la que el magistrado encuadra o plantea jurídicamente lacontroversia (iuris dictio) y establece la relación procesal; y la apud iudicem (ante el  juez), en la que un particular, designado específicamente para esa ocasión, lecorresponde emitir la sentencia que resuelve el caso. Con el Principado se generaliza unsistema que unifico las dos etapas (in iure y apud iudicem) y fue llamado extra ordinem oextraordinario. Después de coexistir con el sistema formulario durante el Principado, seráel sistema típico y exclusivo del Dominado.

Proceso de las Legis Actio – Procedimiento Judicial.-

Derecho Actual ≠ Derecho Romano

Derecho Privado Derecho Procesal

Derecho de Fondo Derecho de Forma (Es el que se va aLlevar adelante elProceso)

Instituciones

EL SISTEMA DE LAS LEGIS ACTIONES:Es un proceso ordinario que se caracteriza por ser:

-  Riguroso- Arcaico- Sumamente Rígido (porque del error de una palabra podía perder el juicio).

- Formal 

18

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 19/36

En la expresión legis actiones, la palabra actio significa modo de actuar y alude a losgestos y declaraciones rituales o solemnes que debían ser rigurosamente efectuadossegún prescribía la lex . De allí el nombre de acciones de ley.De las acciones de la ley, tres son declarativas, es decir, tienden al esclarecimiento deuna controversia, y son dos ejecutivas, es decir, tendientes a una ejecución que sancioneuna relación jurídica no controvertible pero no cumplimentada, por ej. una deuda

declarada judicialmente pero no pagada todavía.

No es lo mismo hablar de Actio que de Legis Actio ya que una Actio es el amparo judicial (el actuar de las partes) que tramita por un proceso llamado Legis Actio y nos daun derecho subjetivo que nos permite reclamar. Es decir que Legis Actio es el proceso ensí.

PROCEDIMIENTO:LAS PARTES: Solo excepcionalmente era permitido participar en el proceso en lugar deotro (representación): para hacer valer un derecho del pueblo romano contra un particular,para sostener el status libertatis de una persona reivindicada como esclavo.

IN IUS VOCATIO: Es la intimación verbal del actor a su contraparte para que éstacomparezca con él ante el tribunal. Ante la negativa podrá emplear la fuerza, que nopodía ser rechazada por el demandado, salvo por la intervención de un vindex quegarantizara la oportuna presencia del demandado.

ETAPA IN IURE: Se llevaba a cabo ante el magistrado. El demandante debía recitar sureclamo necesariamente con las palabras sacramentales que figuraban en la ley y a suvez, el demandado respondía con palabras del mismo carácter.El magistrado se aseguraba con su presencia el correcto accionar de las partes. Si elderecho del actor no había sido cuestionado por el demandado, el magistrado loconsagraba. Pero si había controversia, las partes llamaban a terceros como testigos (litiscontestatio; actualmente traba de litis) y obtenían del magistrado el nombramiento de un juez o arbitro elegido de una lista de ciudadanos particulares.

ETAPA APUD IUDICEM: El lugar era elegido por las partes, o era en los comicios o en elforo. Comenzaba con una sintética exposición del pleito, la que debía estar cumplidaantes del mediodía. Si una de las partes no se había hecho presente hasta entonces,perdía la causa.La faz apud iudicem no presentaba las rígidas formalidades de la anterior: El juez,recibida la producción de la prueba y los alegatos de las partes, daba una sententia

(sentencia). Podía devolver el asunto al magistrado si no había llegado a verlo conclaridad.

LA SENTENCIA: Era impugnable e inapelable. Una vez que se resolvía la controversia,esta no podía replantearse.

Inicialmente la sentencia era dada por el Colegio de los Pontífices, quienes escuchabany hacían lugar o no a la actio. Mediante la In Ius Vocatio anoticiaban al demandado,quien debía presentarse sí o sí en juicio (ya que si no venía se lo buscaba por la fuerzapública). El demandado podía oponerse. Además de las partes, debía estar la cosaobjeto de litigio. Del carácter sagrado–religioso se pasa, a través de la laicización del 

derecho, a que los fallos los de un arbitro (que no necesariamente tenía que saber dederecho, debía actuar sin ningún interés al respecto y dar la solución que a él le parezcamás justa) o un iudex (juez privado designado en común acuerdo por las partes).

19

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 20/36

EJECUCION: Ante la falta de cumplimiento por la parte perdedora no quedaba otrorecurso que otro proceso, el de las legis actio per manus inectionem.

TIPOS DE ACCIONES DE LEY:

• DECLARATIVAS

- Sacramentum: Era la mas general, por que se adaptaba a cualquier controversia parala cual no se había prescripto un diverso modo de actuar. Hay algunos que dicen que elorigen es de carácter religioso; hay otros que en tiempos posteriores y al compás de lalaicización del derecho afirmaban que era una apuesta de los dioses que diferenciaban elsacramento justo del injusto.

- Judicis Postulatio: Era solo utilizada para obligaciones de sponsio (contrato verbalentre romanos) y stipulatio (contrato verbal utilizado entre romanos y extranjeros).

- Condictio: Introducida a mediados del siglo III a.C. por una lex Silia para el reclamo deuna suma de dinero determinada, y ampliada por una lex Calpurnia para el reclamo deuna cosa determinado

• EJECUTIVAS

- Manus Inectio: Significa poner las manos sobre el deudor. Consiste en ejecutar lasentencia declarativa para exigir el cumplimiento. Va de la mano con el nexum (es unmodo de obligación).Un particular tenía derecho, luego de haber llevado a su deudor ante el tribunal y de haber 

sido este declarado addictus por el magistrado, a apoderarse de su deudor y retenerloencadenado en su casa. Si no cumplía con lo debido ante de los 60 días, debía ser llevado 3 días consecutivos de mercado a la plaza publica frente al magistrado y su deudadebía ser anunciada públicamente, tanto para ver si alguien lo ayudaba, como para queotros acreedores pudieran hacer valer sus créditos. No satisfecha la deuda transcurridoslos 60 días, el deudor podía ser vendido como esclavo fuera del territorio romano, omuerto, y su cuerpo repartido entre los acreedores.

- Pignoris Capio: Era la única que se llevaba a cabo un día nefasto (las demás serealizaban en días fastos). Consistía en el pago a un soldado de un dinero asignado quelo cobraba directamente. (No era necesario que la persona estuviera presente). Se

discutía si esta era una acción de ley.

CLASIFICACIÓN DE LAS ACTIONES:1) In Rem: Hace referencia a las obligaciones sobre el objeto o la cosa

misma. Por ej. Servidumbre.2) In Personae: Hace referencia a la persona misma (al sujeto).3) Reipersecutorias: Obtención de la cosa.4) Acción Penal: Busca la sanción.5) Mixtas: Busca la persecución de la cosa más la sanción.6) Perpetuas: Reconocidas por el Derecho Civil.7) Temporales: Provienen del Preator por 1 año.

EL PROCEDIMIENTO FORMULARIO: Es un proceso ordinario y se caracteriza por ser más flexible que el de las legis actiones.

20

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 21/36

HISTORIA:Se vincula su origen con la actividad jurisdiccional del pretor peregrino creado en el 242a.C. Este pretor fue con toda libertad, desarrollando un tipo de proceso que, en general,seguía el esquema de arbitraje obligatorio de las legis actiones, con sus dos etapas: la iniure y la apud iudicem. El pretor peregrino acostumbró a plasmar por escrito, previa

información, consulta, discusión y asentimiento con las partes, la imposición de lacontroversia en base a la norma correspondiente. En contraposición con las certa verba(palabras determinadas) que se utilizaban en las legis actiones, se empieza a actuar  per concepta verba, es decir  con palabras adaptadas en cada caso a la concretacontroversia.Cuando el pretor urbano fue incorporando en su iuris dictio las nuevas instituciones ycriterios del ius gentium, también fue imitando esas formas más libres, más funcionales,con que el pretor peregrino organizaba el proceso.Alrededor de 130 a.C. la lex Aebutia autorizó al pretor urbano a utilizar ese procedimiento,a pedido de las partes, también en todas las controversias sobre instituciones del iuscivile. Las legis actiones cayeron rápidamente en desuso.

El pretor en posesión de todos los recursos procesales y extraprocesales, se lanza a unalabor de profunda renovación, creación y desarrollo de instituciones jurídicas:- Con la denegatio actionis y la inserción de exceptiones paralizaba pretensiones basadasen principios del antiguo ius.- Con acciones ficticias iba a poder extender a situaciones antes no previstas, laaplicación de normas ya existentes.- Con las formulae in factum conceptae podrá dar lugar a la tutela de situaciones orelaciones antes no consideradas en el ordenamiento existente.La decadencia de las legis actiones (dejadas de lado por su formalismo y poca flexibilidadde adaptación a las características propias de cada controversia) se patentizará con la lexIulia iudiciorum privatorum de Augusto, que las suprime casi totalmente y las sustituyecon el sistema de las fórmulas, al que legaliza en el sentido de que, de ahí en adelante,todo juicio será considerado iudicium legitimum, siempre que se den tres condiciones:

1. que las partes sean ciudadanos romanos2. que se celebre en Roma3. que el arbitraje se someta a un único juez.

DESARROLLO DEL PROCESO:CITACIÓN: La citación a comparecer en justicia, con previa exposición verbal del reclamo,podía ser, igual que antes, con una in ius vocatio de efecto inmediato, pero a su vez sehizo más frecuente el vadimonium que era un compromiso de comparecer en

determinada fecha ante el tribunal.

LAS PARTES: En el procedimiento formulario se admitió un tipo de representación distintade la actual, pues quien sustituía a cualquiera de las partes experimentaba en su personalos efectos del proceso. El acreedor o el deudor podían ser sustituidos por:- Un Cognitor que debía ser instituido en términos solemnes en presencia de la otraparte.- Un Procurator , que generalmente era un intendente o gerente de los bienes y negociosde su representado, o el procurator ad litem, específicamente designado para el juicio encuestión, podían tomar su papel sin solemnidades y aun sin conocimiento de la partecontraria.

- También se llamaba Defensor , a quien espontáneamente y de buena fe tomaba larepresentación de un demandado sin mandato de este. Debía dar caución de que eldemandado ratificara todo lo actuado por él.

21

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 22/36

ETAPA IN IURE: Presentadas las partes ante el magistrado (también se anunciaba aldemandado mediante la in ius vocatio), planteaban un día y daban toda clase de mediosprobatorios. El demandado podía reclamar la inserción de una excepción (exceptio). Elmagistrado establecía en que términos daría el iudicim y llevaba a las partes a un acuerdoen la redacción de la fórmula y en la elección del juez.

Se tiene, entonces, la litis contestatio, concretada en una formal aceptación dedemandante y demandado respectivamente, de someterse al juicio en los términos en quese hallaba redactada la formula, la que incluía la orden del magistrado al juez para quecondenara o absolviera al demandado.Las obligaciones civiles se extinguían con la litis contestatio, de modo que si eldemandado resultaba absuelto, el demandante no podía volver a replantear la mismaobligación extinguida en otro juicio; si el demandado resultaba condenado, el actor tampoco iba a poder volver a accionar en baseEn cambio la litis contestatio no producía la extinción de otros derechos litigiososdeducidos en juicio, pero sí daba una excepción de litis pendentia en cualquier otra causaen que se los planteara nuevamente.

ETAPA APUD IUDICEM: El juez, asistido de un consilium de amigos, recibe en lugar público la producción de pruebas y eventuales alegatos de oradores de una y otra parte.Con la plena libertad para valorar la prueba, llega a la formulación de su parecer (sententia) ante las partes.Si el juez no llega al convencimiento o decisión, jura que el caso no es claro para él, y elmagistrado lo libera del cargo. Conjuntamente las partes con el magistrado, concretaran elnombramiento de otro juez.

LA EJECUCIÓN: El demandante victorioso para conseguir la ejecución debe introducir una nueva acción: la actio iudicati (acción de lo ya juzgado). Si en la etapa in iure eldemandado admite la responsabilidad, queda abierta la ejecución; mientras si quierecontrovertir alguna invalidez de forma, o sostener que ya ha pagado, habrá entonces unanueva litis contestatio y posterior etapa apud iudicem, en la cual la condena para estecaso será ejecutiva por el doble de lo establecido en el primer juicio.

LA FORMULA: Se denomino así al programa o planteo en juicio. La formula coordina yda unidad a las dos etapas del proceso. Comprende las siguientes partes o cláusulasextraordinarias:- Nombramiento del juez.- Praescripto: es lo escrito al principio. Servía para aclarar una situación importante al

magistrado.- Demostratio: Suele resultar necesario para enunciar los hechos en que se basa elderecho que se alega.- Intentio: es la pretensión del actor.- Exceptio: impide al juez condenar. Se dividen en:

· Perentorias: Extingue la acción (pone fin).· Dilatorias: Suspenden el cumplimiento por un determinado tiempo.

Ambas son el remedio procesal del pretor que le otorgaba a la otra parte en búsqueda dela equidad.- Audicatio: (se discute si es extraordinario o no; porque solo era utilizada cuando así serequería, por ej. con el condominio). Es una cláusula que autoriza al juez en acciones de

división de bienes, a adjudicar el dominio a la persona que resulte que le corresponda.- Condemnatio: Se da al juez el poder de condenar (siempre pecuniaria) o de absolver.

22

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 23/36

CLASIFICACIÓN DE LAS ACTIONES: El proceso formulario gira alrededor de unrepertorio de acciones típicas, que aparecía clasificado por los juristas según distintoscriterios:

- Actiones Civiles: fundadas en el ius civile preexistente.- Actiones Honorariae: dispuestas por el magistrado en el ejercicio de su cargo paratutelar una relación no contemplada en el ius.

- Actiones In Rem: también se las conoce como vindicaciones, cuando son dadas entutela de un derecho real y reclaman al demandado una determinada conductanegativa.- Actiones In Personam: también se las conoce como condictiones, protegían underecho subjetivo obligacional.- Actiones Mixtae: son aquellas con las que se pretenden atribuciones de derechosreales y de derechos obligacionales.

- Actiones Stricti Iuris: el juez debe restringirse a lo indicado en la intentio oeventualmente en la demostratio.

- Actiones Bonae Fidei: la expresión ex bona fide, autoriza al juez una ampliación ensu poder de interpretación y sentencia al indicarle que tenga en cuenta conceptos deequidad y buena fe.

- Actiones Reipersecutoriae: Buscan la reparación de la pérdida o daño sufrido.- Actiones Poenales: persiguen el pago de una pena pecuniaria.- Actiones Mixtae: tienen ambos objetivos.

- Actiones Arbitrariae: condena pecuniaria, sin la restitución o exhibición de la cosa.

- Actiones Perpetuae: No hay límite temporal para el ejercicio de las acciones.- Actiones Temporales: Las consideradas extinguibles si no se deducían en undeterminado plazo a partir del momento en que nació la posibilidad de ejercitarlas.

Medios Extraprocesales: Basados en el imperium del magistrado.a) STIPULATIONES PRAETORIANAE : El pretor obliga a una parte por medio de una

stipulatio, a que asegure a la otra un derecho o una compensación. b) IN INTEGRUM RESTITUTIO: El pretor anula las consecuencias que han resultado

inequitativas de un acto válido según el ius civile.c) MISSIONES IN POSSESSIONEM : Autorizaciones del pretor para que alguien entre

en posesión de un bien, o del patrimonio de una persona.

d) INTERDICTA: Ordenes condicionales que da el pretor a una determinada personapara que restituya o exhiba algo, o se abstenga de un proceder.

EL EDICTO: Las soluciones que se iban plasmando en las concretas fórmulas, seconsignaban en el edicto que cada pretor publicaba al asumir su cargo anual.Cada nuevo pretor podía trasladar a su propio edicto el contenido de los anteriores, eincorporaba elementos nuevos.El edicto es un catálogo de fórmulas en el que se puede seleccionar la que corresponda,en el caso de que el pretor estuviese de acuerdo.

EL SISTEMA EXTRA ORDINEM: Se caracteriza por su carácter público: no interviene un

 juez privado sino uno funcionario.

23

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 24/36

HISTORIA: En una reclamación contra el estado, debía dirigir su reclamación almagistrado correspondiente para que éste decidiera la cuestión. Esta modalidad deacción se extendió durante el Principado por que:- El emperador encarga a magistrados la tutela de ciertas situaciones que antesalcanzaban solo una obligación moral, y que a partir de ahí se quería hacer coactivo sucumplimiento.

- La extensión en el ámbito de competencia de los funcionarios que hizo que tengan queresolver numerosas cuestiones.

Desarrollo del proceso:CITACIÓN: Consistía en una orden de comparición por parte del oficial público, para queel demandado se presente en juicio, ya que de no hacerlo se lo declaraba contumaz yseguía el juicio en rebeldía.No existía más la posibilidad de que las partes se pongan de acuerdo bajo la dirección delpretor y la elección de un juez privado.A partir de 322 a.C. era obligatoria la litis denuntiato: en un libellus denuntiationis, elactor presentaba su pretensión. Si el juez consideraba seria la denuntiatio, la comunicaba

mediante un agente del tribunal al demandado que debía en un plazo máximo de cuatromeses depositar en el tribunal su libellus contradictorius. Si no lo hacía, el procesocontinuaba en contumacia.

ACTUACIÓN JUDICIAL: Comparecida las partes o sus representantes en el día fijado, seplanteaban en la audiencia las distintas postura, que llevaban a la formulación o definiciónde la controversia; eso iba a constituir la litis contestatio. En audiencias sucesivas seproducía la prueba con juramentos, testimonios, documentos, etc. El juez funcionariorecibía personalmente la prueba, y podía delegar funciones a algunos juecessubordinados.Una de las características del proceso: es el deber del juez de sujetarse a criteriosdeterminados para la valorización de las pruebas. Se incorporan las presunciones quesignificaban la obligación de deducir de un hecho cierto, la existencia otro no probado, alcual se le va a atribuir consecuencias jurídicas. Las presunciones son:- iuris et de iure: en las cuales no se admite la prueba contraria a la existencia del hechodeducido.- iuris tantum: en las cuales se admite dicha prueba.

SENTENCIA: Terminados los alegatos, el juez emitía su sentencia leyéndola a las partes.Si la sentencia no era absolutoria, consistía en la condena de la precisa prestación debidamás las expensas procesales.

APELACIÓN: Contra toda sentencia que no fuera en contumacia, se podía apelar a unanueva autoridad superior, que volvía a examinar la causa.

EJECUCIÓN: El magistrado o funcionario podía hacer ejecutar su decisión por directacoacción de la fuerza pública. Es posible la prisión por deudas, y se acostumbra a unsistema más ágil y conveniente de ejecución sobre los bienes: un personal del tribunalpuede ser autorizado a tomar una parte suficiente del patrimonio del deudor y luego dedos meses venderlo para satisfacer al acreedor.

24

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 25/36

DERECHO ROMANO - CAPITULO 6

LAS COSAS

Concepto:  La cosa es un objeto. En un sentido jurídico, cosa es todo ente o porciónlimitada del mundo externo al sujeto, al que el pensamiento social, por sus condiciones de

utilidad, accesibilidad, apropiabilidad y relativa escasez, ha reglado las condiciones deaprovechamiento para evitar o solucionar los eventuales conflictos de intereses entre lossujetos.

El vocablo latino Res, que en español significa Cosa, aparece fundamentalmente usadoen derecho romano en 2 sentidos:

• Un sentido Amplio : Es la naturaleza no viva (por ej.: sol, estrellas, mar, luna,etc.) es decir que no tienen relevancia jurídica.

• Un sentido Restringido : Es todo objeto susceptible de apreciación pecuniaria, esdecir, de ser valuado en dinero. Gayo mejora y clasifica en:

1. Res Corporales: Son los únicos que pueden ser objeto dederechos reales, es decir, que pueden verse y tocarse.2. Res Incorporales: Se las define por exclusión: Son elpatrimonio de la persona, donde no solo abarca lo que puedeverse y tocarse, si no también los créditos (son los derechospersonales).

Los romanos se basaban en la casuística procesal, que eran soluciones concretas frentea los casos que les eran consultados a ellos.

Cuando se hablaba de Res, se hablaba de Patrimonio.

Se distinguían diferentes nociones de patrimonio:• Época Arcaica: Se consideraba al conjunto de res corporales + res incorporales de

una persona• Época Pre-Clásica: Se perfecciona el concepto; Ya que se incluyen los créditos,

pero no las deudas. El pretor comienza a dar acciones para el cobro de créditos,que había asumido el deudor. A causas de innovaciones del pretor se empieza aconsiderar el conjunto de bienes de una persona (patrimonio) como prenda comúna sus acreedores.

• También aparece el criterio contable, se considera el patrimonio una vez reducidaslas deudas (activo – pasivo). Una persona al fallecer, ya no solo iba a transmitir sus

bienes, sino también sus deudas.• Época Clásica: Se unifica el Ius Gentium y el Ius Honorarium con Ius Civile,

porque ocurre un universalismo, se toma el concepto preclásico (cosas y derechos)+ las deudas. Este tipo de patrimonio era impensable en el derecho arcaico, porquelos contratos eran personales, había una rigidez característica; el deudor era el quehabía contraído la obligación, no existía la representación.

CONCEPTO ACTUAL: se considera patrimonio al complejo de derecho (reales ypersonales) y obligaciones de una persona, apreciable en el común denominador deldinero y constituyendo una universalidad jurídica distinta de los elementos que lacomponen.

CLASIFICACIÓN DE LAS COSAS:

25

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 26/36

Según su condición jurídica fundamentalRES IN COMMERCIO RES EXTRA COMMERCIORES IN PATRIMONIO RES EXTRA PATRIMONIO

RES DIVINI IURIS RES HUMANU IURISSegún concepciones o estructuras de la primitiva sociedad romana

RES MANCIPI RES NEC MANCIPICOSAS INMUEBLES COSAS MUEBLES

Según determinadas características o particularidadesCOSAS CONSUMIBLES COSAS NO CONSUMIBLES

COSAS FUNGIBLES COSAS NO FUNGIBLESCOSAS DIVISIBLES COSAS INDIVISIBLES

COSAS SIMPLES COSAS COMPUESTAS UNIVERSALIDAD DECOSAS

PARTES DE COSAS COSA ACCESORIA

Según su condición jurídica fundamental:- RES IN COMMERCIO: Son las susceptibles de ser objeto de negocios jurídicospatrimoniales.- RES EXTRA COMMERCIO: No podían ser objeto de negocios jurídicos.

· Absolutas: aquellas que son física y jurídicamente imposibles. Por ej. Tocar el cielo con las manos.· Relativas: cuando se transmitía una cosa con la cláusula deinenajenabilidad.

- RES IN PATRIMONIO: Son las que podían estar dentro del patrimonio.

- RES EXTRA PATRIMONIO: No podían estar dentro del patrimonio.

- RES DIVINI IURIS: Aquellas cosas que están consagradas a los dioses, y no pueden ser objeto de relaciones patrimoniales. Se dividen en:

· Sacrae: Son las cosas destinadas al culto de los dioses superiores. Por ej.Templos, altares, etc.

· Religiosae: Son las cosas dedicadas al culto de los dioses inferiores. Por Ej.: El lecho donde la persona descansaba (al estar muerto) se considerabacosa sagrada; salvo que fueran esclavos enemigos.

· Sanctae: Son las cosas puestas bajo la protección de los dioses mediantela ceremonia de la sanctio. Por ej.: Los muros y las puertas de Roma.

- RES HUMANU IURIS: Aquellas que estaban al servicio de las personas. Gayo lasdividía en:

· Privadas: estaban en el negocio jurídico· Publicas: No podían ser objeto de negocios jurídicos. En las Institucionesde Justiniano se subdividían:

• Res Communes Omnium: Por el Ius Naturale corresponden atodos los seres humanos. Por ej.: El aire, el mar, el aguacorriente, etc.

Res Publicae: Son aquellas sobre las cuales el populusromanus tiene no solo soberanía sino también propiedad.• Res Universitatis: Son las pertenecientes a las civitates del

Imperio.

26

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 27/36

Según concepciones o estructuras de la primitiva sociedad romana:

RES MANCIPI: Son las que iban a poder ser objeto de la manus del pater. Estabancompuestos por los fundos (inmuebles) romanos; luego en el año 90 a.C. se extiende elcarácter a casi toda Italia (fundos itálicos). No podían disponer libremente de los esclavos,

de los animales domados por el lomo o espalda y servidumbres rusticas (de paso). Teníanen común que hacían a la vida familiar, ya que todas estas cosas pertenecían a la familiay el pater solo debía administrarlas. Para utilizarlas el pater debía recurrir a mediossolemnes y mediante el principio de publicidad, por ej.: La In Iure CessioRES NEC MANCIPI: Formaban parte del patrimonio del pater, este podía disponer libremente y se transmitían por medios no formales, y no importaba el valor de las cosas.

COSAS INMUEBLES: Son las que no pueden ser movidas, es decir que no pueden ser trasladadas de un lugar a otro.COSAS MUEBLES: Son las que pueden ser movidas, las trasladadas.

Según determinadas características o particularidades:

COSAS CONSUMIBLES: Son las que perecen con el primer uso normal, por ej.Alimentos, el dinero, combustible, etc.COSAS NO CONSUMIBLES: Son aquellas cuyo uso normal no implica su destrucciónaunque produzca un cierto deterioro, por ej. Una estatua, una casa, una vestimenta, etc.

COSAS FUNGIBLES: Son aquellas cuyo valor es dado por su calidad, cantidad yespecie. Por ej. Vino, granos, el dinero, etc.COSAS NO FUNGIBLES: Son aquellas cuyo valor es dado por una individualidad propia,que no puede ser reemplazada en su apreciación socioeconómica por otra cosa de unmismo genero, por ej. Una obra de arte, un esclavo, la ropa, etc.

COSAS DIVISIBLES: Son aquellas que pueden ser fraccionadas, y sus partes conservanlas misma función económico-social que el todo, por ej. Una suma de dinero, una cantidadde vino, de cereal, etc.COSAS INDIVISIBLES: Son aquellas que no pueden ser fraccionadas sin que sufrancierto deterioro o pierdan su valor o función, por ej. Una estatua, una carreta, un edificio,un libro, etc.

COSAS SIMPLES: aquellas que los usos socioeconómicos no tienen en cuenta la

inevitable pluralidad de elementos constitutivos, por ej. Un animal, una piedra, una viga,etc.COSAS COMPUESTAS: aquellas que resultan de la unión de varias o simples, yadquieren una entidad jurídica inmutable aunque aquellas partes integrantes sean parcialo totalmente sustituidas, por ej. Una casa, un barco, etc.UNIVERSALIDAD DE COSAS: Son así los agrupamientos de cosas no conectadasmaterialmente y que conservan su individualidad, pero consideradas en su conjunto y enrazón de una función económico-social. Por ej. Una biblioteca, una colección deestampillas, etc.

PARTES DE COSAS: Parte de una cosa es todo elemento que tiene función necesaria y

perpetua en la constitución o perfección de la cosa, por ej. Tejas, clavos y puertas de unacasa, etc.

27

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 28/36

COSA ACCESORIA: Es la que tiene una mera función instrumental con respecto a lacosa principal, es decir, que es un medio para permitirle a ésta cumplir cabalmente sudestino económico-social: los esclavos, animales, etc.

FRUTOS *** VER SI LO TOMA O NO, O DE QUE SE TRATA ***

28

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 29/36

DERECHO ROMANO – CAPITULO 9

DERECHOS REALES: Al derecho real, se lo suele caracterizar como un señoríoinmediato de una cosa, es decir, sin la intermediación de otra persona. También se unadirecta relación entre el  sujeto y la cosa, en contraposición con el derecho personal queconsiste en una relación entre dos personas determinadas (un sujeto activo y un sujeto

pasivo).

· RELACIÓN CON LA NATURALEZA LIBRE: Las personas (Derechos Personales).· RELACIÓN CON LA NATURALEZA NO LIBRE: Las cosas (Derechos Reales).

Diferencias entre Derechos Reales y Derechos Personales:

DERECHOS REALESDERECHOS

PERSONALES

LA RELACIÓN JURÍDICAEntre el titular y todos los

otros miembros de la

comunidad.

Entre el sujeto activo y

pasivo de una obligación.

CONTRA QUIEN SEPUEDE ACCIONAR

Contra quien interfiera elejercicio del señorío, es

decir, contra eldesconocedor o violador del

derecho real.

Contra el deudor que nocumple en su oportunidad la

prestación.

OBJETOSCosas necesariamente

determinadas y deexistencia actual.

Pueden ser indeterminados.Se trata de actos ajenos

que tienen interéspatrimonial. (El objeto

inmediato es la prestación).

COMO ES LA RELACIÓNCON EL OBJETO

Inmediata, sin necesidad decolaboración activa de

ningún sujeto.

Mediata, a través de:- un dare: se entrega una

cosa transmitiendo lapropiedad.

- un prestare: se entrega lacosa transmitiendo un

derecho el cual no puedeser la propiedad.

- un facere: consiste enuna realización. Por ej.

Pintar una pared.- un non facere: cuando laobligación consiste en una

abstención (no hacer).

OPONIBILIDADAbsoluta y prioritaria contraquienes adquieran derechosreales sobre la misma cosa.

Relativa sólo al deudor y asus herederos y concurrente

con los otros créditos queobliguen al mismo deudor.

ESTRUCTURA YCONTENIDO

Debidos al ordenamientovigente, y no modificables

por la voluntad de las

partes.

Según las libresconvenciones de las partes

TIPOS Sólo los que estánparticularmente previstos

Variados, todo aquello queuno puedo imaginar,

29

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 30/36

por el derecho objetivo.siempre dentro de los

límites de la licitud jurídica ymoral.

EXTINCIÓNPor acto unilateral

(abandono).Según los modos queexplica el capítulo 12.

VENTAJA ECONÓMICA No se agota por el ejerciciodel derecho.

Es un derecho de

expectativa: se concreta laventaja económica en el

momento de la prestación.

FUNCIÓN ECONÓMICAApropiación y disfrute de los

bienes.Organización jurídica de los

servicios.

DEFINICIÓN DE DERECHO REAL: Son derechos absolutos de contenido patrimonial,cuyas normas, sustancialmente de orden público, establecen una relación directa oinmediata que previa publicidad obliga a la sociedad a abstenerse de realizar cualquier acto cambiario al mismo, naciendo para el caso de su violación una acción real y queotorga a sus titulares las ventajas inherentes al Ius Persecuendi y al Ius Preferendi.

Análisis de la definición:- Derechos absolutos: Porque son oponibles erga omnes (frente a todos) Se puedenhacer valer frente a cualquier persona que atente esos derechos.- Contenido patrimonial : No son los únicos de contenido patrimonial, los derechospersonales también son susceptibles de aplicación económica.- Sustancialmente de orden público: En su gran mayoría son normas de orden público,pero le dejan una pequeña porción a la autonomía de la voluntad.- Relación directa: entre una persona y la cosa.- Inmediata: porque nadie se interpone entre el derecho y la cosa; en cambio los derechos

personales dependen de la prestación de alguien.- Previa publicidad : porque nadie puede respetar lo que no conoce y de este modo se dana conocer los derechos.

DERECHOS REALES ABSOLUTOS

LA PROPIEDAD: Se presenta como el potencialmente más pleno y absoluto señorío jurídico sobre una cosa corporal.- Señorío: porque hay un poder directo e inmediato sobre la cosa.- Jurídico: por su carácter ideal.- Potencialmente más pleno y absoluto: por la plenitud de facultades.

- Sobre cosa corporal: no podía ser sobre inmaterialidades o imaginaciones.

Caracteres del dominio o propiedad romana:Absoluta: Porque todas las facultades del titular que no están particularmente prohibidas olimitadas, quedan indeterminadas e infinitas.Perpetua: No se extingue por el no ejercicio, ni puede ser constituida por un plazodeterminado.Exclusiva: No se concibe la simultanea titularidad de dos o más sujetos sobre la mismacosa (para superar esta imposibilidad existe el condominio).

Contenido: Los glosadores medievales intentaron definir a la propiedad como: el derecho

de usar y disponer plenamente de la cosa propia, a la que le añadieron también elderecho de gozar. Se paso de un régimen de absoluta libertad a otro en que se regulanlimitaciones:

30

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 31/36

- ALGUNAS LIMITACIONES DE DERECHO PÚBLICO:• Prohibición de enterrar o cremar cadáveres en fincas urbanas.• Restricciones en cuanto a la altura, distancia y estética de las construcciones

edilicias.• Excavar en búsqueda de un mineral en fundo ajeno, siempre que se pague un

décimo de lo encontrado al propietario y otro al fisco.

- ALGUNAS LIMITACIONES DE DERECHO PRIVADO:• Se puede exigir al vecino el corte de hasta 15 pies de altura de las ramas de un

árbol extendido más allá del límite.• Contra el propietario que construyendo o destruyendo obras, altere el fluir de las

aguas en detrimento del vecino.

Condominio: Es la coexistencia de dos o más titulares del derecho de propiedad sobreuna cosa.I) Primitivamente la única forma de condominio que existía era entre los descendientes delpater (aquellos que estaban bajo su patria potestad), cuando éste moría. Cada miembro

tenía la plenitud del dominium, pero con un ius prohibendi (derecho de veto).II) Luego surgió un nuevo tipo de condominio que se basaba en la idea de que el derechode cada uno a la totalidad de la cosa, estaba limitado por el concurrente derecho de otrosa una porción o cuota ideal.III) Cada condominio ejercita sus facultades por la cuota que le corresponde (puedetransferir, dar en usufructo o en prenda, reivindicar, adquirir los frutos, etc.).En los actos de utilización de la cosa, cada condominio se cumple sin previoconsentimiento de los otros; en los actos que signifiquen innovación, va a subsistir, para elcondómino no consentidor, el ius prohibendi en la forma de un derecho a obtener unretorno a la situación anterior al acto no consentido.En el derecho Justiniano, se tendió a considerar al ius prohibendi como defensa previa a

la concreción del acto no querido y a organizar un régimen de decisión por mayoría decuotas.IV) No se admitía un pacto de perpetuidad en el condominio.

Modos de adquisición de la propiedad:

MODOS DE ADQUISICIÓNIUS GENTIUM Y

NATURALEIUS CIVILE

ORIGINARIOS

OCUPACIÓN

USUCAPIO

ACCESIÓNESPECIFICACIÓN

CONFUSIO-COMMIXTIOADQUISICIÓN DE LOS

FRUTOS

DERIVATIVOS TRADICIÓN

MANCIPATIOIN IURE CESSIO

ADIUDICATIOLITIS AESTIMATIO

OCUPACIÓN: Consiste en la toma de posesión de una cosa que no tiene dueño (resnullius), con la voluntad de tenerla como propia.

Objeto de ocupación: son las cosas encontradas en el litoral marítimo, los animalessalvajes, las cosas pertenecientes a los enemigos, etc.

31

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 32/36

Según los sabinianos, resultan res nullius desde el instante del abandono, y suadquisición se opera por ocupación. Según los  proculeyanos, la perdida de la propiedadsolo tiene lugar en el momento del apoderamiento por otra persona.La adquisición del animal era por haberle imposibilitado la fuga o por una efectiva captura;los animales salvajes si una vez domesticados, se escapan pueden ser nuevamenteobjeto de ocupación si han perdido la consuetudo revertendi (el hábito de retornar).

Del régimen general de la occupatio se destaca la adquisición del tesoro. Tesoro escualquier antiguo depósito de dinero o cosas preciosas del que no queda recuerdo, e talmanera que ya no tiene dueño. Si era encontrado:- En fundo propio o, por azar, en lugar sacro o religioso, correspondía plenamente aldescubridor - Si también por azar en fundo ajeno o público, el tesoro correspondía por mitades aldescubridor y al dueño del fundo o al fisco.. Si era encontrado en fundo ajeno como resultado de una búsqueda, no le correspondíanada al descubridor y sí la totalidad al dueño del fundo.

ACCESIÓN: Se agrupan varias hipótesis de unión entre cosas de distintos dueños, de las

que una se considera principal y atrae para su dueño la propiedad de la otra u otras,consideradas accesorias.- 1º grupo: lo constituye las accesiones de inmueble a inmueble, debidas a losincrementos fluviales. Por ej. Hay una adquisición irrevocable cuando florece una porciónde tierra en medio del río, etc.- 2º grupo: se refiere a la accesión de muebles a inmuebles. Por ej. Hay adquisiciónirrevocable de las semillas germinadas o plantas arraigadas.- 3º grupo: concierne a la accesión de muebles a muebles. Por ej. La adquisiciónrevocable de los hilos por parte del dueño de la tela bordada.

ESPECIFICACIÓN: Para saber si existe o no especificación se requiere:- La transformación en una especie nueva- Que sea efectuada por quien no es dueño de la especie original- Que sea sin consentimiento del dueño.- Con el ánimo de tenerla para sí.

CONFUSIO Y COMMIXTIO: La confusio es la mezcla de cosas liquidas o en fusión; lacommixtio es la mezcla de cosas sólidas. Los propietarios de las cosas mezcladas, sifuera impracticable la separación, iban a ser considerados condóminos en formaproporcional. Por lo tanto, no había adquisición en la mezcla; con excepción de la mezclaen las monedas.

ADQUISICIÓN DE LOS FRUTOS NATURALES: son adquiridos por el dueño de la cosafructífera, pero a veces por terceros que tienen sobre ella algún derecho real, o procesal,o la poseen de buena fe.

USUCAPIO: Es el modo de adquisición mediante la posesión por un cierto tiempo y conconcurso de otros requisitos.

32

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 33/36

DERECHO ROMANO – CAPITULO 10

OBLIGACIONES: Los romanos construyeron una noción muy robusta y clara deobligación, la cual fue capaz de dotar a los negocios que se realizaban de una seguridadadmirable.La noción de obligatio da la idea de un vínculo de constreñimiento jurídico de una persona

respecto de otra. La obligación romana tenía un fuerte carácter de personalización.

Concepto de obligación: La obligatio es un vínculo jurídico en virtud del cual una personadenominada deudor (debitor) se encuentra constreñida a tener que cumplir unadeterminada prestación a otra persona denomina acreedor (creditor).

Lo importante de la obligación es la situación de constreñimiento. Dicha situación constade dos elementos: el débito y la responsabilidad.- Por débito: se entiende el aspecto de la prestación debida, por ej. El deber de entregar 100 sestercios.- La responsabilidad es la situación de sujeción jurídica en la cual se encuentra el

deudor. Por ej. En el caso de la celebración de un nexum; los juristas romanosdistinguieron entre, por ej., el deber de entregar el buey (debitum) y el vínculo de sujeciónnacido del mismo nexum. Si el deudor hubiera pagado el buey, habría cumplido lo debido,pero continuaría la responsabilidad, la cual solo se extinguiría con un rito exactamentecontrario al nexum, como lo era la solutio per aes et libram (liberación por medio delcobre y la balanza).En cuanto a la prestación, ésta puede consistir en un dare, en un praestare o en unfacere.- Dare: Se refiere al traspaso al acreedor de la propiedad u otro derecho real sobre lacosa. Por ej. Mutuo (traspaso del dominio de la cosa fungible prestada).- Praestare: Indica el hecho de tener que entregar una cosa, pero sin necesidad detraspasar su dominio. Por ej. Comodato (préstamo de uso).- Facere: Se refiere a toda prestación que significa la realización de un acto positivo. Por ej. Locación de obra.

Evolución de la obligación romana: Las obligaciones mas antiguas son aquellas quetienen su fuente en hechos ilícitos, es decir que resultan de haber cometido un delito privado, no así un delito publico.

Reparación de los delitos:En una primera etapa, el perjudicado por un delito podía ejercer su venganza privada con

la detención del cuerpo mismo del agresor, incluso ejecutándolo. Posteriormente seempieza a aplicar la ley del talión, por la cual se podía tomar represalias contra el agresor con un daño equivalente al que había recibido el agredido. Mas adelante, el propioagresor o sus agnados iban a ofrecerle al perjudicado la entrega de un bien para borrar laresponsabilidad.

También en el derecho antiguo se conocieron algunos ritos jurídicos capaces de crear situaciones obligatorias:- Nexum: Es un acto per aes et libram, es decir, utilizando el rito del cobre y la balanza.Debía suceder en presencia de no menos 5 testigos. El deudor era el que hablaba,comprometiéndose a la autoemanicipación de su propio cuerpo; y si no pagaba, el

acreedor iba a ejercitar contra él la manus inectio.- Sponsio: Era un rito contractual verbal. Consistía en una pregunta: ¿Spondes? (tecomprometes), seguida de una respuesta: Spondeo (me comprometo). Debía utilizarse

33

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 34/36

necesariamente el verbo Spondere, que solo podía ser pronunciado validamente por losciudadanos romanos.- Stipulatio: Se autorizo para extender la práctica entre extranjeros entre si o entre unromano con un extranjero, consistía en una pregunta y una respuesta: ¿Promittis?(prometes); Promitto (prometo) en esta caso, se podía utilizar cualquier verbo.- Se admite que estas primeras formas de contraer obligaciones tenían vinculaciones con

la religión. Según Cicerón era muy importante el juramento por el cual alguien secomprometía por su buena fe en presencia de los dioses; esta no fue una forma deobligarse sino mas bien un acto de solía preceder a los contratos.

El nexum sufre una alteración hacia el 326 a.C. cuando se aprueba la Lex PoeteliaPapiria, según la cual se atenúa la responsabilidad del cuerpo del deudor, para permitirsela ejecución del patrimonio.

CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES:

POR EL VÍNCULO:

Obligaciones Civiles y Naturales: Las obligaciones naturales se entienden como lasopuestas a las obligaciones civiles; ya que las civiles están protegidas por una actio, demodo que si no se cumple la prestación, se puede demandar su cumplimiento, mientrastanto las naturales carecían de actio, pero se admitían por razones de equidad. Es decir,naturales (real) ≠ civiles (jurídico).Las Obligaciones naturales se pueden encontrar en los créditos y en las deudas de lossometidos a las potestas (esclavos).Si bien las obligaciones no son jurídicamente exigibles, se pueden admitir ciertos efectosbasados en razones de equidad, entre los que se destacan:

• Una obligación natural podía compensarse con una obligación civil.• Se podía novar (cambiar) una obligación natural convirtiéndola en una obligación

civil.• Se afianzan por medio de una prenda o hipoteca.• Eran tenidos en cuenta en el cómputo de la herencia.

Obligaciones Civiles y Honorarias: Las obligaciones civiles son las que reconocen sufuente en el ius civile y están protegidas por una actio.Eran las mas importantes en el derecho antiguo se distinguían en la redacción de laformula ya que se debía incluir la palabra “Oportere dare, facere aut praestare” (esnecesario dar, hacer, o poner a disposición). Luego en la época clásica, se incluye la actio

bonae fidei .Las obligaciones honorarias eran las dotadas de una actio por el pretor.

Obligaciones de Derecho Estricto y de Buena Fe: Se relaciona con la división de lasactiones stricti iuris y actiones bonae fidei:- En las obligaciones stricti iuris (como ser un stipulatio), solo puede reclamarse aquelloque fue convenido.- En las obligaciones bonae fidei, el arbitro tiene mas juego para su interpretación, con elfin de establecer la equidad.

POR LOS SUJETOS: Se prevé la existencia de varios acreedores (activo) o variosdeudores (pasivo); e incluso ambas situaciones al mismo tiempo.

34

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 35/36

Obligaciones Parciarias: Significa que si hay pluralidad de acreedores, cada uno va apoder exigir la parte que le corresponde en la obligación; mientras que si hay pluralidad dedeudores cada uno se va a encontrar obligado a pagar su parte también. Es decir, que laobligación unitaria, se va a fraccionar en obligaciones autónomas como partes existiera.

Obligaciones Cumulativas: Se da cuando existen un acreedor y varios deudores; o varios

acreedores y un deudor. En este supuesto la obligación se multiplica, ya que cadaacreedor debe recibir la totalidad de la prestación y cada deudor debe satisfacerlastambién en su totalidad. Por ej. En la época clásica en el caso de que se reconozcanvarios autores en un delito, se obligaba a cada uno a cumplir la pena en forma integra.

Obligaciones Solidarias: En el caso de que existe un solo acreedor y varios deudores queestén obligados solidariamente, el acreedor puede exigir el pago total de la prestación acualquier de ellos; pero una vez pagado se extingue para todos.Si existen varios acreedores y un solo deudor, los acreedores pueden exigirle el pago totalde una prestación a cualquiera de ellos, pero pagado en su totalidad a uno, se extingue elderecho para los demás.

En las obligaciones solidarias se admitía que entre los deudores o acreedores podíaexistir una relación interna que permitía el ejercicio de una actio para reclamarse entre si,por Ej. Si los deudores habían formado una sociedad, el que había pagado la totalidad,podía exigir que se compartiera ese pago mediante la actio pro socio.

Obligaciones Ambulatorias: Son aquellas en las que el sujeto activo o el pasivo, o ambos,no están determinados en el momento de celebrarse la obligación; es el caso por Ej.: deque un animal dañe la cosa de un vecino y la obligación va a existir en la cabeza de quienfuere el dueño del animal en el momento de intentarse la actio.

POR EL OBJETO: 

Obligaciones Genéricas y Específicas: Es genérica cuando la prestación de vida consisteen objetos determinados únicamente por su género por Ej.: Un caballo. La obligación nose extingue nunca a menos que se de un género muy estrecho.Es específica cuando la prestación consiste en un objeto claramente determinados Ej.:Un caballo blanco. Si la especie se extingue por caso fortuito la obligación también seextingue.

Obligaciones Divisibles e Indivisibles: Son divisibles las obligaciones cuando lasprestaciones de vida pueden ser fraccionadas (sin importar su naturaleza o valor) para su

cumplimiento. De lo contrario, son indivisibles. Por Ej.: Las prestaciones de dare sondivisibles ya que la transmisión del dominio se puede constituir pro parte; En cambio, lasprestaciones de facere son indivisibles por la imposibilidad de su incumplimiento enpartes.

Obligaciones Alternativas y Facultativas: En la alternativa, la prestación es única, pero eldeudor se le deba la opción de elegir entre dos o más objetos establecido para satisfacer su cumplimiento. Por Ej.: ¿Prometes darme 100 o al esclavo Sticho?En la facultativa la prestación recae sobre un objeto determinado, pero el deudor va atener la facultad de entregar otro objeto en el momento del pago que no estabadeterminado. Por Ej.: El pater que se encuentre obligado por el daño ocasionado por un

esclavo; en principio, lo que debe es la indemnización de ese daño, pero finalmente,puede liberase entregando al esclavo.

35

5/9/2018 DERECHO_ROMANO_-_RESUMEN_-_2DO_PARCIA[1][1] - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/derechoromano-resumen-2doparcia11 36/36

FUENTES DE LAS OBLIGACIONES:

Obligaciones Nacidas de Delitos: Por delito se entiende todo acto ilícito que estesancionado por una pena. Los romanos reconocían dos clases de delitos (los públicos ylos privados), aunque aquí solo se consideran los privados.Los romanos configuraron figuras delictuales concretas tales como: El furtum, la rapina,

el damnum, iniuria datum, iniuria.

El Furtum:  Es el apoderamiento de una cosa ajena para considerarla como propia encontra de la voluntad de su dueño. Es lo que hoy en día se conoce por hurto. El furtum seintegra por el dolo (dolos malus), o mas específicamente por la voluntad y el animo derobar. Clases de Furtum:

• Furtum Manifestum y Nec Manifestum : El manifestum se da cuando el ladrón essorprendido in flagranti delicto; es decir, en el momento mismo de la comisión odentro del lugar que se cometió el delito. En el caso de nec manifestum es cuandose ve al ladrón que se lleva las cosas en público o en privado.

• Furtum Conceptum y Oblatum : En el conceptum, es cuando se descubre la cosarobada en la casa de alguien, mediante una pesquisa solemne. En el caso delOblatum, si la cosa robada era encontrada en la casa de alguien porque otro se lahabía entregado, aquel no quedaba libre de responsabilidad, pero tenia contraaquella persona que le entrego la cosa una actio furti oblati.

Acciones que puede ejercitar la victima del Furtum: Aparte de las actionis furtimencionadas, si la victima era propietaria podía ejercitar tambien la condictic furtiva, queestaba dirigida contra el ladrón y sus respectivos herederos y tendía a lograr la restituciónde la cosa si estos ya hubieran aprovechado de ella.Igualmente, el propietario victima del robo podía ejercer la reivindicación ya que podía

dirigirse contra cualquiera que este en posesión de la cosa robada.La Rapina:

36