deontología

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PROFESOR: Dr. ROBERT FALCONI ALUMNO: CESAR BALLA ABRIL- SEPTIEMBRE 2014

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Page 1: Deontología

PROFESOR:

Dr. ROBERT FALCONI

ALUMNO:

CESAR BALLA

ABRIL- SEPTIEMBRE 2014

Page 2: Deontología

DEONTOLOGÍA

"Deontología o Ciencia de la moralidad" es la rama de la ética cuyo propósito es

establecer los deberes y obligaciones morales y éticas que tienen que asumir quienes

ejercen una determinada profesión.

Hace referencia a la rama de la ética cuyo objeto de estudio son los fundamentos

del deber y las normas morales.

Es conocida también bajo el nombre de “teoría del deber” y, al lado de la axiología, es

una de las dos ramas principales de la ética normativa. Trata del espacio de la libertad

del hombre sólo sujeto a la responsabilidad que le impone su conciencia. La deontología

aplicada al estudio de los derechos y deberes, particularmente enfocados al ejercicio de

una profesión, es el caso de la deontología profesional. Para su aplicación se elaboran

códigos deontológicos, los cuales reglamentan, de manera estricta o bien a modo de

orientación, las cuestiones relativas al "deber", de los miembros de una determinada

profesión. La deontología se nutre por un lado del marco jurídico, y por otro del marco

moral.

Es por eso que la Deontología está relacionada con otras muchas ciencias, pues hay que

saber aplicar la moral en varios ámbitos profesionales.

DEONTOLOGÍA INFORMÁTICA

En esta ciencia se regula el comportamiento ético y los principios morales de aquellas

personas que ejercen un trabajo en esta profesión, es decir, que aquel que labore en este

ámbito, el principio básico que debe tener es el de guardar y proteger lo más valioso que

tienen las empresas, su información.

Como bien sabemos, la informática ha llegado a englobar un gran número de ámbitos

profesionales, como pueden ser la medicina, la educación, el mundo de las finanzas, el

Derecho, etc.

La deontología se divide en 4 fases:

Universitaria

Gremial

Ética

Page 3: Deontología

Normativa

DEONTOLOGIA PROFESIONAL

Hace referencia al conjunto de principios y reglas éticas que regulan y guían una

actividad profesional. Estas normas determinan los deberes mínimamente exigibles a los

profesionales en el desempeño de su actividad. Por este motivo, suele ser el propio

colectivo profesional quién determina dichas normas y, a su vez, se encarga de

recogerlas por escrito en los códigos deontológicos. A día de hoy, prácticamente todas

las profesiones han desarrollado sus propios códigos.

La ética se dedica al estudio de los actos humanos, pero aquellos que se realizan por la

voluntad y libertad absoluta, de la persona.

El término deontología procede del griego: to deon (lo conveniente, lo debido)

y logia (conocimiento, estudio); lo que significa, en términos generales, el estudio o la

ciencia de lo debido.

La deontología surge como una disciplina que se ocupa de concretar normas en el

ámbito profesional para alcanzar unos fines.

Ética es la ciencia filosófico-normativo y teórico-práctica que estudia los aspectos

individuales y sociales de la persona a tenor de la moralidad de los actos humanos, bajo

el prisma de la razón humana, teniendo siempre como fin el bien honesto, la

honestidad”

Busca un equilibrio entre un determinado estilo de vida moral (lo que antes

denominábamos êthos o carácter moral) y un alto nivel de profesionalidad técnico-

científica. Esta doble dimensión ha de tratarse con armonía y equilibrio para una mayor

dignificación de cualquier actividad laboral.

Page 4: Deontología

Moral Ética

Nace en el seno de una sociedad y

por tanto, ejerce una influencia

muy poderosa en la conducta de

cada uno de sus integrantes

Surge en la interioridad de una persona, como

resultado de su propia reflexión y su propia

elección. Pueden coincidir o no con la moral

recibida.

Actúa en la conducta desde el

exterior o desde el inconsciente

Influye en la conducta de una persona de forma

consciente y voluntaria.

Ejerce presión externa y destaca

su aspecto coercitivo, impositivo

y punitivo

Destaca la presión del valor captado y apreciado

internamente como tal. El fundamento de la norma

ética es el valor, no el valor impuesto desde el

exterior, sino el descubierto internamente en la

reflexión de un sujeto

La moral hace referencia a todas aquellas normas de conducta que son impuestas por la

sociedad, se transmiten de generación en generación, evolucionan a lo largo del tiempo

y poseen fuertes diferencias con respecto a las normas de otra sociedad y de otra época

histórica. El fin último que persiguen estas reglas morales es orientar la conducta de los

integrantes de esa sociedad.

Por tanto, podemos afirmar que existen tres niveles de diferenciación:

1. El primer nivel reside en la Moral, es decir, en las normas de origen externo que

condicionan la mentalidad del individuo.

2. El segundo nivel en la ética conceptual, entendida como el conjunto de normas de

origen interno, personal y autónomo.

3. El tercer nivel es la Ética axiológica como conjunto de normas originadas en una

persona dada una reflexión previa sobre ciertos valores.

Page 5: Deontología

Estos dos términos suelen usarse como sinónimos, pero no lo son. Es importante

destacar las principales diferencias entre ellos:

Deontología Profesional Ética profesional

Orientada al deber Orientada al bien, a lo bueno

Recogida en normas y códigos

"deontológicos"

No se encuentra recogida en normas ni en

códigos deontológicos, está relacionada con lo

que piensa el propio individuo (conciencia

individual/profesional)

Esas normas y códigos son minimos y

aprobados por los profesionales de un

determinado colectivo profesional

(periodistas, médicos, abogados,...)

No es exigible a los profesionales de un

determinado colectivo (periodistas, médicos,

abogados,...)

Se ubica entre la moral y el derecho Parte de la ética aplicada

Una de las diferencias cuando hablamos de "ética" y "deontología" es que la primera

hace directamente referencia a la conciencia personal, mientras que la segunda adopta

una función de modelo de actuación en el área de una colectividad. Por ello, con la

concreción y diseño de códigos deontológicos, además de autorregular esta profesión, se

invita al seguimiento de un camino muy concreto y a la formación ética de los

comunicadores.

La deontología, por su parte, puede o no incluir sanciones, y siempre serán menos

graves que las relacionadas con el Derecho (surgidas de instituciones jurídicas).

Código deontológico es un documento que recoge un conjunto más o menos amplio de

criterios, apoyados en la deontología con normas y valores que formulan y asumen

quienes llevan a cabo correctamente una actividad profesional. Los códigos

deontológicos se ocupan de los aspectos éticos del ejercicio de la profesión que regulan.

Page 6: Deontología

CONCLUSIONES:

La deontología se fundamenta en el ámbito de la moral; es decir, a aquellas conductas

del hombre que no forman parte de las hipótesis normativas del derecho vigente,

aquellas acciones que no están sometidas al control de la legislación. Deontología se

basa en nuestros principios y en la moral que tenemos cada uno de los individuos.

La deontología profesional es el conjunto de normas vinculantes para un colectivo

profesional. La deontología es de sumo interés para el mundo profesional, y en

concreto, para profesiones que comportan una elevada responsabilidad social (médicos,

abogados, docentes, psicólogos, periodistas).

BIBLIOGRAFIA:

http://es.wikipedia.org/wiki/Deontolog%C3%ADa

http://www.buenastareas.com/ensayos/Relaci%C3%B3n-De-La-Deontolog%C3%ADa-

Con-Otras/51343454.html

Page 7: Deontología

Nunca antes la función de informar ha tenido mayor responsabilidad y, a su vez, se

encuentra con los mayores obstáculos. La responsabilidad se la asigna al informador

una sociedad democrática que hace valer su derecho fundamental a ser informada con

veracidad y sin ocultación premeditada (Vázquez, 1991). Nunca se había visto esto

porque jamás el modelo de la sociedad había universalizado este derecho a lo largo del

discurrir histórico. Pero, tenemos que tener en cuenta que hoy el informador está

acorralado por un sinfín de alternativas insuperables: está obligado a transmitir a la

sociedad un caudal completo de noticias, información, imágenes etc., pero a su vez se le

somete a todo tipo de prohibiciones convencionales, éticas, morales, jurídicas etc. –

secretos oficiales, de Estado, comerciales y empresariales, etc.-, que le prohíben las más

inspiradas fuentes de datos; debe ser fiel a su conciencia individual y profesional, pero

se le obliga a respetar los denominados “principios de interés público”, que son, en

definitiva, “intereses oficiales” de clase política y con una dimensión interesada,

exigidos por grupos de presión y de intereses muy concretos.

Palabras clave: ética, periodismo, información, internet, red, ciberespacio, deontología,

conducta, comunicación, medios de comunicación.

Content on the Web: journalistic ethics and information ethics, an inseparable pair for

the expansion of digital journalism

Summary

Never before has the role of information has increased accountability and, in turn, is the

greatest obstacles. Accountability is the reporter assigned to a democratic society, who

assert their fundamental right to be informed truthfully and without concealment

premeditated (Vázquez, 1991). He had never seen this model because they never had

universalized society that right along the historical discourse. But we must bear in mind

that the reporter is now cornered by a host of alternatives insurmountable is obliged to

send the company a full flow of news, information, images etc.., But in turn is subjected

to all kinds of prohibitions conventional, ethical, moral, legal etc. "State secrets of state,

business and trade, etc .-, that prohibit the most inspired data sources, should be faithful

Page 8: Deontología

to his personal and professional awareness, but was forced to respect the so-called"

principles of public interest " which are, in short, "governmental interests" of the

political class and a dimension concerned, required by pressure groups and specific

interests.

Key words: journalism, information, internet, conduct, network, cyberspace, ethics,

communication, media.

1. La mentalidad de aldea (R. Kapuscinski)

Durante miles de años la mente humana se fue conformando para resultar eficaz en

mundos chicos: vivíamos en comunidades y tribus muy pequeñas, de treinta o cincuenta

personas, según nos señalan los descubrimientos arqueológicos. Era un mundo de

pequeñas comunidades que se movían en búsqueda de comida, tratando de sobrevivir,

los vínculos se limitaban a la propia familia o la tribu y sus vecinos próximos. El

hombre creía conocer todo el mundo porque conocía su comunidad; ignoraba que

existían otras sociedades y moría con la convicción de que conocía a toda la gente.

Así se creó la estructura de nuestra imaginación. Y de pronto, en los últimos treinta años

una avalancha de información, de imágenes, de datos atacó a nuestra mentalidad, que no

pudo absorber y procesar tanto. Por eso nos resulta muy problemático abarcar los

pensamientos globales. Pero la mentalidad debe cambiar con la historia. Ya nadie

construye catedrales, por ejemplo, porque representaban una idea de la imaginación

como campo ilimitado, que tuvo una determinación histórica y ha perdido su vigencia;

tampoco se compone música como la del Medioevo porque hoy nuestra imaginación es

diferente a la que tenían los pueblos de ese momento.

Y hoy este fenómeno cambiante que es la imaginación tiene que cambiar de escala,

pasar del mundo chico al mundo grande, El gran esfuerzo que eso requiere no va a

cumplirse de un día al siguiente. He aquí el problema con que chocamos en la

actualidad: no somos capaces de pensar en esas escalas globales y planetarias, pero

vivimos en un mundo muy diversificado, complicado e inestable donde fácilmente

nuestras cosas pueden cambiar como consecuencia de hechos que no dependen de

nosotros.

Page 9: Deontología

El hombre sabe que no tiene influencia sobre las cosas grandes; se limita a las pequeñas

porque entiende que las puede dominar. Esa tendencia a limitar el pensamiento es un

símbolo de nuestra incapacidad para comprender el mundo en que vivimos, un mundo

globalizado. Pensamos que vivimos en una pequeña aldea, en una calle breve, en una

casa, En esos tamaños se mueve nuestra imaginación. Ésta es la principal de las

contradicciones de la mente humana.

2. De lo concreto a lo universal (R. Kapuscinski): De lo local a lo global en la

información

Como periodistas, la tensión entre lo local y lo global nos toca particularmente. Para

aquellos que trabajan en el centro del mundo, todo lo que allí sucede tiene

automáticamente calor central por sí mismo. Pero para los que trabajamos en la gran

periferia es muy importante entender que debemos buscar lo universal en cualquier

tema, aquello que revela el mundo entero en una gota de agua. Porque una gota de agua

contiene al mundo, pero hay que saber encontrar el mundo en una gota de agua.

Cada vez que nos proponemos escribir acerca de un tema, debemos preguntarnos qué

tiene de universal: cuál metáfora, símbolo o signo que nos permita pasar de lo pequeño

a lo grande. Debemos hacer una reflexión porque sólo si encontramos este vínculo, este

pasaje entre lo local y lo universal, nuestro texto tendrá peso y valor. Sólo así el lector

descubrirá en nuestro texto, junto a la historia concreta, un mensaje universal, una pista

que le ayude a descifrar las leyes del mundo.

¿Por qué algunos textos pueden vivir cien años y otros textos mueren al día siguiente de

su publicación? Por una diferencia capital: los textos que viven cien caños son aquellos

en los que el autor mostró, a través de un apequeño detalle, la dimensión universal, cuya

grandeza dura. Los textos que carecen de este vínculo desaparecen.

Conviene tener presente este requisito de universalidad también a la hora de recoger el

material, mientras investigamos nuestro tema. Es una cuestión de talento, de intuición,

pero también de amplitud de conciencia, de sabiduría. Y, sobre todo, se trata del secreto

para que unos textos perduren y otros se pierdan en el olvido.

3. El mundo real y el mundo virtual

Page 10: Deontología

R. Kapuscinski nos explica como el ser humano en su memoria genética primitiva sigue

viendo el mundo actual como una aldea, una tribu, un barrio, una calle, donde no cave

lo universal porque no tiene idea de tal cosa.

La realidad actual a puesto al individuo en un conflicto que no consigue comprender,

como puede el periodista conseguir entender y escribir una realidad que no vive que no

concibe por cultura moral o religión, pero debe de informar para cumplir así con su

misión, pues esto es lo que sucede cuando desde occidente se cubren noticias, que

ocurren allende los mares en lugares donde no existe un Dios como nosotros lo

concebimos, no existe una lengua como nosotros la hablamos no existe una moral como

nosotros vemos, es cuando llegamos a la conclusión de que somos una aldea, una tribu,

un barrio o una calle, pero también somos un universo, diverso amplio desigual, pero

que nos une una cosa, que la humanidad somos todos y nuestra naturaleza humana nos

iguala, nos guste o nos disguste.

Al mismo tiempo, la relevancia de los medios crece a medida que avanza el siglo. Los

jóvenes periodistas que hoy se desempeñan en el pequeño territorio de la prensa escrita

van a trabajar en una civilización donde nuestra tarea importará cada día más por dos

razones: la primera, porque es una profesión a través de la cual se puede manipular a la

opinión pública; la segunda, porque los mecanismos de los medios construyen un

mundo virtual que reemplaza al mundo real.

La manipulación de los modos en que piensa la gente, una práctica de enorme difusión,

se emplea en numerosos sentidos y medidas. Ya no existe la censura como tal, con

excepción de ciertos países; en su lugar se utilizan otros mecanismos –que definen qué

destacar, qué omitir, qué cambiar- para manipular de manera más sutil. Eso importa a

los poderosos de este mundo, siempre tan atentos a los medios, porque así dominan la

imagen que dan a conocer a la sociedad y operan sobre la mentalidad y la sensibilidad

de las sociedades que gobiernan.

Con respecto a la construcción del mundo virtual, es valioso recordar que hasta 30 ó 40

años atrás hombres y mujeres conocíamos la historia que nos enseñaban en las escuelas

y a través del relato de nuestras familias, dos vertientes que formaban parte de la

memoria colectiva de las sociedades a las que pertenecíamos. Hoy, en cambio, con el

desarrollo de los medios, vivimos en un mundo donde la historia se ha vuelto doble,

Page 11: Deontología

donde conviven dos historias simultáneas: aquella que aprendimos en la escuela y en la

familia, de manera personal, y la que nos inculcan los medios, que fijamos – a veces

subconscientemente- a través de la televisión, la radio, los métodos de distribución

electrónica. El gran problema se presenta cuando, con el tiempo, esta acumulación de

construcciones de los medios nos hace vivir cada vez menos en la historia real y cada

vez más en la ficticia. Es la primera vez que algo así ocurre a la humanidad.

Enfrentamos un fenómeno cultural del que no sabemos cuáles podrán ser sus

consecuencias.

La revolución de los medios ha planteado el problema fundamental de cómo entender el

mundo. Convertida en una nueva fuente de la historia, la pequeña pantalla del televisor

elabora y relata versiones incompetentes y erróneas, que se imponen sin ser contrastadas

con fuentes auténticas o documentos originales. Los medios se multiplican a un

velocidad mucho mayor que los libros con saberes concretos y sólidos.

Un ejemplo que nos da Kapuscinski, de cómo la información a nivel mundial a

trastocado la idea que tiene el hombre de su entorno, fue la guerra que aconteció en

Ruanda en 1994. Una de las masacres más grandes del siglo XX sucedió durante tres

meses en un país pequeño y desconocido, muy adentro del enorme continente de África,

de estructura sociológica muy complicada, con una historia cultural y étnica peculiar

que muy pocas personas conocían. También es muy poca la gente que sabe lo que

realmente pasó allí; algunos académicos, algunos especialistas en asuntos africanos: un

grupo muy reducido que quedó ciertamente asombrado de la falsedad con que se dio a

conocer el horror que vivió Ruanda cuando la noticia se difundió por el mundo.

Millones y millones de personas en todos los continentes aprendieron una historia irreal

de esos acontecimientos a través de las noticias que mostró la televisión. Esa

construcción ficticia fue la única historia que conocimos, la única que hubo y quedó,

porque las voces alternativas –los pocos libros que aparecieron sobre Ruanda de

antropólogos, sociólogos y otros especialistas- no pueden ofrecer la misma accesibilidad

que los medios masivos. La gente común conoce la historia del mundo a través de los

grandes medios.

Como ésa, cada vez más historias virtuales ocupan el lugar del mundo real en nuestro

imaginario. Esas manipulaciones nos alejan de las historias y problemas reales que

Page 12: Deontología

suceden en las diversas civilizaciones. Vivimos en un mundo de tantas culturas que

solamente un reducido grupo de especialistas es capaz de entender y aprender algo de lo

que está pasando. El resto accede al discurso fragmentado y superficial que los grandes

medios condensan en un minuto: se trata de un problema que seguiremos sufriendo

mientras las noticias muevan tanto dinero, estén influidas por el capital y compitan

como productos de los dueños de los medios.

4. Introducción a la mentalidad global del hombre: un claro ejemplo internet

Hemos pasado por varios siglos de evolución, tenemos cuenta de todo lo acontecido a

través de la historia, desde que el humano es capaz de plasmar de alguna manera lo que

le acontece en su entorno próximo, utilizando diferentes plataformas de comunicación

como la pintura rupestre, jeroglíficos, creación de alfabetos, arquitectura, arte y toda

forma de comunicación humana.

En pocos años, las nuevas tecnologías han revolucionado los métodos tradicionales con

los que contaba el hombre hasta el momento, para comunicarse, radio televisión y

prensa escrita.

Hoy en día en Internet nos es posible conseguir todo tipo de información que

necesitemos. Desde información de un personaje publico hasta información de cualquier

ciudadano anónimo, podemos hacernos con un artículo escrito y publicado hace días

incluso meses, información histórica literaria, científica etc. La inmensa cantidad de

datos que transitan por la “superautopistas de la información” nos hacen en muchas

ocasiones la vida más fácil para quienes necesitamos información al momento sin tener

que recurrir a las vías hasta hace unos años usadas (bibliotecas, centros de

documentación, museos, Hemerotecas etc.).

5. Contenidos en Internet: No todo lo que reluce es oro

En cuanto a parte de los contenidos de Internet es una constante la preocupación de los

gobiernos y de las autoridades ante un hecho que repercute directamente a la sociedad,

son los usuarios de Internet, las empresas del sector las primeras interesadas en limpiar

de escoria la Red.

Page 13: Deontología

Según Lucía Marín por lo general, la información que el usuario encuentra en Internet

es legítima y le reportará numerosos beneficios. Pero la realidad demuestra que un

porcentaje, reducido si cabe, de las informaciones que se puede encontrar en su

navegación son potencialmente ilícitas o nocivas.

Pero es necesario comenzar aclarando cual es la diferencia que existe entre ilícito y

nocivo, ya que ambos conceptos son relativos. Ni toda la información es considerada

ilícita por los mismos estados, ni toda es nociva o perjudicial para todas las personas.

Son contenidos ilícitos los merecedores de una respuesta penal: la utilización de Internet

para la difusión de pornografía infantil, la difusión de contenidos racistas o xenófobos,

la apología del terrorismo, las difamaciones o las violaciones de la propiedad

intelectual. Son nuevas formas de ataque a valores jurídicos protegidos: la libertad e

indemnidad (libre de daños o perjuicios) sexual, la dignidad humana, el derecho al

honor o el derecho de propiedad intelectual. Existe cierto consenso entre los estados

occidentales en calificar como delito este tipo de contenidos.

Por el contrario, no lo hay para los contenidos nocivos. Éstos, aunque dañinos para

determinadas personas en base a sus valores éticos, religiosos o políticos, no son

merecedores de respuesta penal.

Aunque los ejemplos que pueden encontrarse de contenidos ilícitos y nocivos en la Red

pueden ser numerosos, hay que destacar que las acciones que han despertado más

atención y reacciones más intensas han sido todas aquellas relacionadas con la

pornografía, y en especial con la pornografía infantil.

6. Contenidos ilícitos en internet

Son los proveedores de contenidos los responsables civil y penalmente por actos

propios, esto es un principio general del derecho, reconocido en todas las legislaciones.

El problema esta cuando el proveedor de contenidos ilícitos se ampara en el anonimato,

en estos casos la posible responsabilidad recae en los intermediarios técnicos a los que

difícilmente se les puede aplicar los criterios tradicionales de la prensa escrita, que no

sirven en las redes digitales dada la fugacidad de los contenidos y la dificultad de

localizar el origen o el destino de la información.

Page 14: Deontología

En una era en la que la tecnología aparece como condición esencial de posibilidad y

como característica de éxito para lo que se emprenda, quedan atrás otras posibilidades

que hasta el momento se han utilizado y que son inherentes a la condición humana.

Javier del Arco , nos precisa la relevancia de la ética para el análisis de la tecnología: La

necesidad de continuar pensando en nuestra condición humana para que al ser

reconocida como tal, pueda ser respetada, abre la oportunidad de un discurso ético sobre

los derechos humanos en una era en la que la tecnología aparece como condición

esencial de posibilidades y como característica definidora de nuestra sociedad. Como

afirma Graciano González en su introducción a Derechos humanos: la condición

humana en la sociedad tecnológica, una consideración filosófica de los valores de la

razón, dignidad, libertad, igualdad, solidaridad y paz, que expresan dicha condición,

debe realizarse a través de un discurso que considere los derechos humanos como

exigencias morales de realización tanto en el nivel personal como en el colectivo.

Introducir la tecnología en este contexto significa atender a la necesidad de traducir

dicho discurso en términos que puedan también a abarcar a la ciencia y a la tecnología

como elementos que modifican el concepto de espacio o ámbito en el que se

manifiestan, profundizan, y desarrollan los derechos humanos. Este nuevo ámbito está

abriendo nuevas perspectivas para entender, de una forma sustancialmente más amplia,

la declaración universal de los derechos humanos de 1948. Toda una serie de problemas

éticos y jurídicos que tienen que ver con dichos derechos, y que piden urgente respuesta,

están a la espera de ser reformulados. De dicha reformulación, que nos encamina hacia

una cuarta generación de los derechos humanos.

J. Del Arco habla de la necesidad de una cuarta generación de Derechos Humanos : El

desarrollo social y moral del ser humano no ha sido nunca opaco al desarrollo de las

realidades técnicas científicas. Dichas realidades se constituyen como condición de

posibilidad para el cambio social, la emergencia de nuevos valores, la aparición de

nuevos paradigmas éticos y, en definitiva, el advenimiento de nuevas formas de

organización social. Por esa razón resulta necesario reflexionar constantemente sobre el

sentido de la relación entre los desarrollos técnicos y el entorno humano. Resulta

evidente constatar que la tecnociencia está presente como uno de los hechos

configuradores de la realidad actual, y que el mundo ha cambiado de forma sustancial a

partir de ese impulso. Pero también debemos entenderlo como un fenómeno

Page 15: Deontología

multidimensional que proyecta su influencia de una manera directa sobre las realidades

morales, psicológicas y sociales. Es por esta razón por la que según el profesor Manuel

Maceiras es necesario considerar dos programas de acción distintos pero convergentes.

El primero, de carácter teórico, estudia la forma en que la tecnociencia está modelando

la identidad y la conciencia humanas. Los nuevos medios técnicos extienden el ámbito

de la expresión y la comunicación a otros espacios hasta ahora vedados a los individuos.

El segundo objetivo es de carácter político pragmático, y nos previene frente a la

necesidad de elaborar políticas coherentes que reconozcan las nuevas necesidades

humanas para aprovechar dichos medios, y los nuevos derechos que son inherentes al

suceso mismo del vivir en una sociedad tecnológica, son las llamadas exigencias

políticas de la tecnociencia.

Los derechos de segunda generación se incorporan a partir de una tradición de

pensamientos humanistas y socialdemócrata que a la postre, resulta válido para todos ya

que las ideas predominantes en la Europa moderna se articulan mayoritariamente en

torno a unas ideas políticas de centro, a la vez sociales y liberales, laicas, tolerantes y

defensoras de una economía social de mercado acompañada de importantes prestaciones

sociales públicas que inciden y remarcan la expresión de igualdad de los individuos.

Los derechos de primera generación defendían a los ciudadanos frente al poder del

Estado, pero ahora se exige cierta intervención del Estado para garantizar un acceso

igualitario a los derechos anteriormente citados, es decir, para compensar las

desigualdades naturales creadas por las ventajas y desventajas de clases, etnia y religión

que caracterizan las diferencias sociales de los individuos desde su propio nacimiento.

Se pide así que el Estado garantice el acceso a la educación, el trabajo, la salud, la

protección social, etc., al crear las condiciones sociales que posibiliten un ejercicio real

de las libertades en una sociedad donde no todos los hombres nacen iguales. La

universalización del sufragio y el reformismo social permitieron que las constituciones

liberales del siglo XIX pudieran encajar estos derechos. El movimiento obrero y las

ideologías de corte internacionalista impulsaron definitivamente la conciencia de la

necesidad de extender a todos los ciudadanos, y de forma progresiva, el derecho a la

educación, el trabajo, a una salud garantizada por el Estado, etc.

Los llamados derechos de la solidaridad constituyen una tercera generación que se

concreta en la segunda mitad del siglo XX. Esta vez, su motor impulsor será la acción

Page 16: Deontología

de determinados colectivos que reclaman legítimos derechos. Se comienzan a

configurar en forma de declaraciones sectoriales que protegen los derechos de

colectivos discriminados grupos de edad, minorías étnicas o religiosas, países del Tercer

Mundo, que estén afectados por alguna de las múltiples manifestaciones que cobra la

discriminación económica social. La globalización económica, así como la ideológica y

simbólica, la transición de la sociedad de información a la sociedad del conocimiento, la

integración del mundo a través de la extensión universal de los medios de comunicación

de masas, así como los fenómenos de multiculturalismo provocado por los flujos

migratorios, son claros síntomas de que algo sustancial está cambiando.

7. Derechos Humanos en el ciberespacio

El gran atractivo de Internet es su naturaleza abierta. Los intentos de restringir el libre

flujo de información en Internet, así como los intentos de restringir lo que puede decirse

por el teléfono, supondrían una limitación onerosa y nada razonable de los bien

establecidos principios de intimidad y libertad de expresión. La aparente inmaterialidad

de los ataques precisa otras formas de análisis. En el mundo real, los ataques a los

derechos humanos en forma de acciones políticas tienen una traducción casi inmediata

en términos de hambre, discriminación, flujos migratorios o de refugiados, recorte de

libertades civiles, etc. En el ciberespacio, dichas acciones cobran incierto carácter de

invisibilidad frente al escrutinio público. La contaminación del aire, de la tierra o del

agua puede ser mensurada de forma objetiva a través de dispositivos y aparatos

diseñados a tal efecto, y los datos así obtenidos pueden constituirse en infraestructura de

políticas de regeneración del medio ambiente. Por el contrario, no resulta tan sencillo

medir el grado de contaminación o intoxicación en una información, o detectar en un

producto audiovisual el modelo de sociedad o los valores que se transmiten de forma

soterrada. No resulta sencillo, por ejemplo, evaluar el impacto discriminatorio que

pueda subyacer en una política educativa que puede tener como efecto la laceración de

distintos niveles de capacidad de acceso y uso de los medios informáticos y telemáticos

por parte de estudiantes de diferentes clases sociales.

La influencia de la tecnología informática y el mundo de la cultura presentan diferentes

dimensiones, y puede además dotar de significado a un conjunto de principios que sin

esa influencia acabarían siendo poco más que una voluntariosa declaración de

intenciones. Si se ha defendido tradicionalmente que las ideas cambian el mundo,

Page 17: Deontología

también debemos tener en cuenta que los gobiernos y las empresas que definan los

estándares de comunicación de Internet, la telefonía móvil global y la televisión vía

satélite tendrán en su poder una de la claves fundamentales del poder futuro.

Por otro lado, los regímenes democráticos también han percibido que Internet aparece

como uno de los foros públicos donde los ciudadanos tienen una mayor capacidad de

organización horizontal, donde pueden quedar en entredicho los tradicionales intereses

de los actores sociales que han monopolizado habitualmente el acceso a los medios de

comunicación e intentan actuar en consecuencia para mantener su influencia social. En

este caso no nos encontramos con medidas empresariales o gubernamentales

abiertamente contrarias al derecho a la libre expresión de las ideas, pero sí con

campañas de sensibilización social sobre una serie de conductas delictivas llevadas a

cabo a través de Internet –pornografía infantil, propaganda racista, apología del

terrorismo y la violencia, etc.- que parecen pedir a gritos la censura previa y la

catalogación de los contenidos de las páginas Web en supuesta defensa de los valores

morales. Que quede claro: nos oponemos, por inmoral y represora de las libertades

básicas, a cualquier medida reaccionaria de corte ultraconservador o fundamentalista

tanto en su vertiente política (dictaduras, democracias puritanas y ultraconservadoras)

como religiosa (neocatólica, protestante-radical, musulmana o sionista) que propugne

restricciones a la libre circulación de la información y las personas por Internet, porque

es mucho peor el remedio que la posible enfermedad.

En conclusión, como nos refiere Jesús Mosterín en su libro La naturaleza humana, la

realidad es compleja, y diferentes puntos de vista son a veces requeridos para dar cuenta

de sus diferentes aspectos. Nuestra conciencia moral ha de tener en cuenta la diversidad

de nuestros problemas morales, y ha de ser lo suficientemente flexible como para

adoptar diferentes perspectivas para tratar de problemas distintos. Algunas de las teorías

éticas funcionan bien a ciertos niveles, pero son inútiles en otros. Por ejemplo, la ética

Kantiana enfatiza el efecto de nuestras acciones en los demás humanes, pero se olvida

de sus efectos en nosotros mismos o en la biosfera.

En general, los enfoques contractualistas de la ética sirven para realizar cuestiones como

el cumplimiento de las promesas o el pago de las deudas, pero fracasan cuando se

aplican a nuestras relaciones con los infantes o con los animales. El utilitarismo analiza

bien alguna de estas cuestiones, pero no proporciona una plataforma fiable para

Page 18: Deontología

asegurar las libertades individuales o para enfocar la problemática ecológica. Ninguna

teoría ética simple es la panacea de todos los problemas morales. El conflicto moral

entre perspectivas o intuiciones diferentes es a veces inevitable. A lo más que podemos

aspirar es a alcanzar un compromiso práctico, que tenga en cuenta todos los aspectos

relevantes de la cuestión.

La Física ha avanzado mucho más que la ética, pero ni siquiera en física hemos logrado

la teoría unificada; mucho menos en ética. No existe la teoría o esquema ético que

solucione todos nuestros problemas morales por aplicación uniforme del mismo

principio, regla o fórmula. En física aplicamos teorías distintas en campos diversos: en

cosmología usamos la teoría general de la relatividad, pero en física de partículas

preferimos la teoría cuántica de campos. El enjuiciar las actuaciones humanas no es más

sencillo que el describirlas. No hay teoría social ni fórmula simple que nos permita

resumir y predecir la conducta humana en todos sus detalles. Si la hubiera, no

necesitaríamos leer el diario para enterarnos de lo que pasa; nos bastaría con hacer

deducciones a partir de la fórmula. Tampoco (todavía menos) hay una fórmula simple

que resuma la ética. Las ofrecidas hasta ahora no funcionan más que en ciertos casos.

Ojalá hubiera tal fórmula mágica, tal máquina conceptual de justificar morales. Nos

ahorraría muchos dilemas y quebraderos de cabeza. Mientras no se encuentre,

tendremos que seguir reconstruyendo inacabablemente nuestra propia moral, como en la

metáfora del barco de Neurath, que se va reconstruyendo mientras navega; tendremos

que seguir avanzando a tientas en la oscuridad, por ensayo y error, echando mano en

nuestras deliberaciones de todos los heteróclitos recursos de los que disponemos, desde

nuestras inclinaciones congénitas hasta nuestras teorías filosóficas, desde los datos

científicos objetivos hasta nuestra subjetiva experiencia de la vida, desde el cálculo

hasta la compasión. Ojalá fuera todo más sencillo, pero no lo es.

Por lo precisado con anterioridad de lo difícil por no decir imposible, que le resulta al

ser humano el ponerse de acuerdo, y reflexionar sobre la ética o moral casualmente por

la visión diferente que cada uno tiene del otro, es esta una misión arto difícil, intentada

por el hombre desde que este puede comunicarse de alguna forma hasta hoy en día pero

sin mayor éxito.

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Page 19: Deontología

INFLUENCIA DE LA TECNOLOGÍA EN EL CAMPO JURÍDICO, SOCIAL Y

COMERCIAL

MARILIANA RICO CARRILLO

1. TECNOLOGÍA Y CAMBIO

La tecnología representa progreso, cambio y mejoras en las condiciones de vida.

La evolución tecnológica es fundamental en el desarrollo social, así lo ponen de

manifiesto ciertos hechos que de una manera u otra han cambiado la historia de la

humanidad, tal es el caso de la invención de la imprenta, el teléfono y el

computador. Estamos asistiendo a la era denominada “revolución informática”,

marcada por un avance radical en las tecnologías de la información y las

comunicaciones, que viene a representar un cambio en casi todos los ámbitos de la

vida tanto del ciudadano común como del gran y pequeño empresario. La

contribución de la tecnología en el desarrollo de la sociedad, se puede observar en

diversos aspectos, destacándose entre ellos la educación, los procesos productivos,

el desarrollo rural, la agilización de los procedimientos en las empresas y en las

Administraciones Públicas, facilitando la comunicación entre el Estado y el

ciudadano.

LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS

COMUNICACIONES (TIC)

El desarrollo de las tecnologías de la información, comienza a partir de los años 70

con el procesamiento de la información, el uso de la electrónica y el software. En

sentido técnico, el termino tecnologías de cálculo con el propósito de manejar y

tratar la información, incluyendo todo aquello que implique la creación y

procesamiento de señales digitales, el uso de hardware, y software, la cibernética,

los sistemas de información, las redes, la inteligencia artificial y la robótica.

Page 20: Deontología

Las tecnologías de la comunicación permiten el transporte de la información de un

sitio a otro, aumentando el volumen de información que podemos manejar y la

velocidad con que podemos obtenerla, lo cual facilita, entre otros, el progreso en la

tecnología de las empresas y la agilización de las relaciones comerciales con los

adquirentes de los bienes al mejorar el servicio, la calidad de los productos y la

atención al cliente.

La convergencia tecnológica de la electrónica, el software y las telecomunicaciones,

generalizó el uso de la expresión “Tecnologías de la Información y las

Comunicaciones” (TIC), simbiosis que ha producido notables cambios en todas las

áreas de la sociedad, provocando una verdadera revolución. Las TIC son

conceptuadas como el conjunto de tecnologías que permiten la adquisición,

producción, almacenamiento, tratamiento, comunicación, registro y presentación

de informaciones en forma de voz, imágenes y datos, contenidos en señales de

naturaleza acústica, óptica o electromagnética, englobando todo lo que incluye la

electrónica, la informática y las telecomunicaciones.

La importancia del uso de las TIC en Venezuela, se ha reflejado en la redacción de

la Constitución de 1999, específicamente en el artículo 108 que declara los servicios

de información de interés público, al considerarlos instrumentos fundamentales

para el desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad

y soberanía nacional, enfatizándose en la necesidad de incorporar al sistema

educativo, el manejo de las innovaciones tecnológicas y el desarrollo de servicios

públicos de radio, televisión, redes bibliotecarias e informáticas, con el objeto de

permitir el acceso universal a la información. En desarrollo de este precepto

constitucional, a finales de 2001 el Ministerio de Ciencia y Tecnología dictó el Plan

Nacional de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Plan TIC),

estableciéndose entre sus principales lineamientos: el fomento a la investigación y

desarrollo y la capacitación del talento humano, la modernización del Estado a

objeto de potenciar la calidad de los servicios públicos, la promoción en el uso de

las TIC en el sector productivo y su democratización a fin de establecer una

sociedad en línea.

Page 21: Deontología

EL IMPACTO SOCIAL DE LA TECNOLOGÍA.

LA NOCIÓN “SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN”.

La tecnología ha penetrado en todos los ambientes del desarrollo social. Los

avances tecnológicos producen notables modificaciones en la forma de proceder de

los individuos, hoy en día las computadoras están al acceso de la mayoría de las

personas, fomentándose el uso de Internet a todos los niveles. Esta situación

produce un cambio en los procesos de producción, distribución, organización del

trabajo y fundamentalmente un cambio en el sector servicio cuya base primordial

es la información, así suele hablarse del nacimiento de un nuevo orden social,

caracterizado por la importancia que tiene la información, dando origen a un

nuevo concepto, el de la “sociedad de la información”.

El termino “sociedad de la información” es utilizado para describir los cambios

sociales, económicos y de otra naturaleza derivados de la transición de una

economía industrial (basada en la fabricación o en la producción en masa) a una

basada en la información (especialmente información electrónica), se habla del

nacimiento de un nuevo orden social centrado en la tecnología y totalmente

distinto a lo que hoy se conoce como sociedad capitalista, donde la información

como actividad y como bien, constituye la principal fuente de riqueza y principio

de organización.

La sociedad de la información también se conoce como sociedad post industrial,

sociedad tecnotrónica, sociedad de consumo, sociedad del conocimiento, sociedad

global o globalizada, sociedad informatizada, sociedad interconectada, estado

telemático, aldea global, sociedad cibernética, sociedad digital o simplemente

cibersociedad.

Page 22: Deontología

Las dimensiones de este fenómeno son tales, que sus efectos se han llegado a

comparar con los de la Revolución Industrial (Inglaterra, 1760-1820), al afirmarse

que se trata de una revolución, caracterizada por profundas transformaciones

sociales, económicas y culturales, basadas principalmente en el tratamiento y la

importancia del manejo de la información, donde los sectores tradicionales

(primario, secundario y terciario) están dando paso a un nuevo sector, constituido

por la información. Entre los rasgos más significativos de la sociedad de la

información se destacan: la información como base de la economía, una vida

globalizada, un mundo digitalizado, la eliminación de fronteras y un aumento

significativo en el desarrollo del campo de los servicios.

La sociedad de la información constituye un área de preocupación en el ámbito

internacional. En 1994, del seno del grupo de los siete, surgió la idea de convocar

una reunión para fomentar el desarrollo de la “Sociedad Mundial de la

Información”, reunión que se celebró en 1995 en Bruselas con la presencia de los

miembros de la Unión Europea. Los aspectos más importantes de esa reunión,

denominada “Conferencia Ministerial sobre la Sociedad Mundial de la

Información”, se centraron en la elaboración de un conjunto de reglas y principios

comunes de aplicación a la sociedad de la información, bajo una política de

competencia y libre acceso al mercado, con el objeto de asegurar el acceso mundial

a las infraestructuras de la información.

La Comunidad Europea ha mostrado interés en el fomento de la sociedad de la

información desde comienzos de la década de los 90, así, en 1993 en el Libro blanco

sobre crecimiento, competitividad y empleo, se destaca la importancia de la puesta

en marcha de la sociedad de la información. Posteriormente, en 1994, se presenta

el Informe “Europa y la sociedad global de la información” como recomendación

al Consejo Europeo de Corfú (Informe Bangemann), donde se ofrece una visión

general de la sociedad de la información, sus beneficios, oportunidades, nuevos

mercados, sus efectos y consecuencias, destacando la urgencia de la implantación y

la elaboración de un plan de acción basado en la colaboración entre los sectores

público y privado a fin de conducir a Europa hacia la sociedad de la información.

Page 23: Deontología

A partir de este informe se dicta la Comunicación de la Comisión: Europa en

marcha a la Sociedad de la Información, así como otros documentos que reflejan la

importancia de la sociedad de la información en los diferentes ámbitos de la vida

del ciudadano.

En el ámbito de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), el Comité Andino de

Autoridades de Telecomunicaciones (CAATEL), aprobó en 1997 la elaboración de

la Iniciativa Andina para la Sociedad Global de la Información. En abril de 2000,

los Estados Andinos aprobaron el documento de Lima sobre la Sociedad Global de

la Información, donde se establecen una serie de lineamientos y políticas para el

desarrollo de la sociedad de la información en cada uno de los países miembros de

la CAN.

En Venezuela, la importancia de la sociedad de la información se pone de

manifiesto en el Plan Nacional de Telecomunicaciones, dictado por la Comisión

Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) en el año 2002, al señalar dentro de

sus objetivos la necesidad de insertar a la Nación dentro del concepto de la

sociedad del conocimiento. En el Plan TIC, también se menciona la importancia

del concepto de la sociedad del conocimiento al considerarlo un factor clave en los

procesos de producción y creación de riquezas, destacándose el papel de las TIC

como instrumento que promueve el progreso social de la Nación al permitir

incorporar en el proceso de producción a sectores excluidos de la sociedad.

INFLUENCIA DE LA TECNOLOGIA EN EL CAMPO JURIDICO.

El Derecho por definición es cambiante y debe adecuarse a la realidad social

imperante en una época y en un momento determinado. Los cambios

experimentados en la sociedad, el comercio y la economía como consecuencia del

desarrollo de la tecnología, tienen importantes implicaciones en el mundo del

Derecho y han dado origen a nuevos campos de investigación en el ámbito jurídico.

Page 24: Deontología

Distintos son los términos que tratan de explicar la relación entre el Derecho y la

Informática. A finales de los años 40, se comenzó a hablar de Jurimetría,

posteriormente, hacia los años 60 de Iuscibernética, hoy en día los vocablos más

empleados son Informática Jurídica y Derecho Informático; sin embargo, las

tendencias más modernas se inclinan por denominaciones como Derecho de las

Nuevas Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, veamos las

diferencias entre cada uno de estos términos.

JURIMETRIA.

El termino jurimetría fue empleado por primera vez por Lee Loevinger, en

Estados Unidos de América, para referirse a la aplicación de los computadores en

el campo del Derecho, específicamente en el pronunciamiento de sentencias por

parte de los jueces.

El planteamiento formulado por Loevinger, se basa en los principios del Common

Law que exigen a los jueces en el momento de tomar una decisión sobre un caso

concreto, seguir las decisiones previas que han resuelto casos similares. Con el

objeto de agilizar la toma de decisiones en los órganos jurisdiccionales, se procedía

al almacenamiento de las sentencias para su posterior aplicación de forma

automatizada, proponiéndose la sustitución total del juez por una computadora; al

estar automatizadas las sentencias, sólo era cuestión de introducir los datos para

llegar a una decisión. Este fue el punto más débil de la jurimetría, ya que no es

posible la sustitución del hombre por una máquina, hay factores humanos, sociales

y psicológicos que sólo el juez puede tomar en cuenta en el momento de dictar una

decisión.

Page 25: Deontología

La jurimetría tuvo un auge considerable durante los años 60, hoy en día no es de

aplicación por las razones expuestas; sin embargo, constituye el origen de un área

importante dentro de la Informática Jurídica, como es la Informática Jurídica

Decisoria, considerada una herramienta auxiliar al juez en la toma de decisiones,

pero sin llegar a su sustitución.

LA IUSCIBERNETICA.

Esta denominación parte de la base de la interacción entre la Cibernética y el

Derecho. Las deficiencias reportadas por la jurimetría motivaron nuevamente la

investigación de los juristas en su intento de explicar las aplicaciones de la

Informática en el ámbito jurídico. Es así como surge la denominación

“Iuscibernética”, adoptada por el jurista italiano Mario Losano, quien propone

abandonar la idea de la jurimetría y estudiar las formas en que se relacionan la

Cibernética y el Derecho.

El campo de la Iuscibernética se divide en dos áreas fundamentales: la modelística

y la informática jurídica. La modelística se concibe como un tipo de investigación

teórica, basada en la construcción de modelos adecuados para cada proceso, que

sirven de ayuda al juez en la aplicación de las normas. La informática jurídica es

entendida como la disciplina que facilita los medios auxiliares para el desempeño

de labores de tipo jurídico.

LA INFORMATICA JURIDICA.

El nacimiento y la difusión de la informática, facilitan la labor del jurista al

suministrarle una serie de herramientas que agilizan el desarrollo del Derecho,

permitiendo la automatización de la información legal y de los procesos de

administración de justicia. La informática jurídica como tal no es una ciencia

Page 26: Deontología

jurídica, su estudio corresponde al campo de la Informática, se trata de una

técnica que facilita la aplicación del Derecho que nada tiene que ver con problemas

de tipo legal. La informática jurídica, al ser considerada una ciencia en auxilio de

legisladores, jueces y abogados es objeto de distintas clasificaciones, encontrando

principalmente las siguientes categorías:

- Informática Jurídica Documental. Esta área permite la utilización de la

informática en los procesos de almacenamiento y recuperación de la información

en archivos de los usuarios. Se refiere a la automatización en los procesos de

redacción de documentos y administración de bases de datos que facilitan el

almacenamiento de información jurídica (leyes, decisiones, resoluciones,

reglamentos y sentencias).

- Informática Jurídica de Gestión. Se refiere a las posibilidades que la informática

ofrece en la agilización de procedimientos, organización y administración de la

información. En esta categoría se incluyen la informática registral, la informática

notarial y la informática de administración de los despachos jurídicos.

- Informática Jurídica Decisoria. Llamada también informática jurídica

metadocumental, se concibe como una herramienta de auxilio en la toma de

decisiones. Mediante el empleo de sistemas de inteligencia artificial, la informática

jurídica permite asistir a los jueces en la toma de decisiones.

EL DERECHO INFORMATICO.

El Derecho Informático trata la relación existente entre el Derecho y la

Informática desde una óptica jurídica, ocupándose de estudiar los problemas

legales que se derivan de esta interrelación. El campo del Derecho Informático

comprende el estudio y aplicación de las leyes que reglamentan el uso de la

informática, así como la doctrina jurídica y la jurisprudencia relacionada con estas

materias. Su contenido puede ser dividido principalmente en dos grandes campos:

el ámbito contractual y el ámbito penal.

Page 27: Deontología

Dentro del ámbito contractual, se estudian principalmente los contratos

informáticos y los contratos electrónicos donde se tratan temas relacionados con

las obligaciones y responsabilidades que asumen las partes; la creación,

distribución y explotación de hardware y software; los derechos y obligaciones de

los creadores, distribuidores y usuario de bases de datos jurídicas; la protección

jurídica de los derechos de propiedad intelectual sobre software; las transferencias

electrónicas de fondos y la protección de datos de carácter personal. En el ámbito

penal, se estudian los delitos informáticos, entendidos como aquellos que se

cometen contra los sistemas que utilicen tecnologías de la información o lo

cometidos mediante el uso de estas tecnologías.

Como bien puede observarse, entre el Derecho Informático y la Informática

Jurídica, existe una nítida separación; algunos autores erradamente tratan estos

términos como sinónimos sin aludir a las notables diferencias existentes entre uno

y otro; el Derecho Informático estudia los problemas provenientes de la aplicación

de la informática en las relaciones jurídicas mientras que el campo de la

informática jurídica es más instrumental, al poner a disposición de los

administradores de justicia y jurista, un medio que facilita el ejercicio y la práctica

del Derecho.

DERECHO DE LAS TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS

COMUNICACIONES.

Si tomamos en cuenta que las TIC incluyen la electrónica, la informática y las

telecomunicaciones, el término más adecuado para referirse al estudio de los

fenómenos tecnológicos y su influencia en el campo jurídico sería “Derecho de las

Tecnologías de la Información y las Comunicaciones”, ya que permite incluir no

sólo el estudio del Derecho Informático, sino también del Derecho de las

Telecomunicaciones, del Derecho del Comercio Electrónico y de la Biotecnología

Page 28: Deontología

aplicada al Derecho. Los puntos que se tratan en el desarrollo de esta obra están

directamente relacionados con el Derecho del Comercio Electrónico.

http://puntodevistajuridico.blogspot.com/2011/10/influencia-de-la-tecnologia-en-el-

campo.html

RIGEN Y EVOLUCIÓN

la Informática constituye un fenómeno-ciencia, que ha logrado penetrar en todos los

ámbitos o áreas del conocimiento humano, y siendo el Derecho una ciencia, por cuanto

constituye un área del humano saber, reflejándose en un conjunto de conocimientos,

pues, no cae en la excepción de ser tratada por la Informática, dando lugar en términos

instrumentales a la Informática jurídica, que consiste en una ciencia que forma parte de

la Informática, que al ser aplicada sobre el Derecho busca el tratamiento lógico y

automático de la información legal.

La Informática Jurídica ha sufrido una serie de variaciones a lo largo de la

evolución de la propia Informática, pero su nacimiento es demarcado en el año 1.959 en

los Estados Unidos.

Tuvo su comienzo cuando en los años cincuenta se desarrollan las primeras

investigaciones para buscar la recuperación de documentos jurídicos en forma

automatizada. De esta manera, se comienzan a utilizar las computadoras u ordenadores

ya no para trabajos matemáticos, sino también para los lingüísticos. Fue en la

Universidad de Pittsburg, Pennsylvania, a través del Health Law Center, donde el

director llamado John Horty concibió la idea de crear un mecanismo a través del cual se

pudiera tener acceso a la información legal de manera automatizada.

Para el año 1.959, el mencionado centro de la Universidad de Pennsylvania colocó

los ordenamientos jurídicos de Pennsylvania en cintas magnéticas. Este fue el Estado

donde nace la recopilación legal Informática, que fue demostrada al año siguiente, es

decir, en 1.960, ante la Asociación Americana de Abogados en su reunión anual en la

Capital de los Estados Unidos, Washington, D.C.

A raíz de esta gran inventiva, la Corporación de Sistemas Aspen rediseñó el

mencionado sistema legal automatizado y posteriormente lo explotó comercialmente.

Page 29: Deontología

Fue de esta forma, como la automatización de los ordenamientos legales de ese país

fueron tomando cabida. En 1.966, doce Estados de Estados Unidos tenían este sistema y

para 1.968, cincuenta Estados de ese mismo país lo acogieron.

Otro logro para el desarrollo de la Informática jurídica, se puede conseguir también en

el Health Law Center antes mencionado, a través de un sistema que se llamó Lite, hoy

llamado Flite, que consiste en la información legal Federal a través de computadoras,

desarrollado bajo contrato con la Fuerza Aérea Norteamericana en el año

1.969.

La década de los sesenta constituye el inicio del desarrollo de varios sistemas.

Además de los mencionados anteriormente como el sistema Aspen y el Lite (hoy Flite),

surgen otros sistemas como por ejemplo:

En 1.964 la Corporación Americana de Recuperación de Datos comenzó a

explotar comercialmente sistemas de procesamientos de datos legislativos.

En 1.967 aproximadamente, la Corporación de Investigación Automatizada de la

Barra de Ohio, desarrolló sistemas enfocados hacia los abogados litigantes, llamado

sistema OBAR. Sin embargo, los trabajos referidos a este sistema fueron continuados en

1.970 por Mead Data Central, que explotó comercialmente en 1.973 el sistema LEXIS

como sucesor de OBAR.

Por otro lado, la famosa IBM, fue expandiéndose en el área de recuperación de

documentos, al punto de que en Washington, D.C., se empezó a utilizar el sistema de

procesamientos de documentos de la IBM, llamado IBM- TEXTPAC. La IBM

desarrolló otro sistema llamado STAIRS, que fue acogido por otros Estados de Estados

Unidos.

CONCEPTO DE INFORMÁTICA JURÍDICA

Page 30: Deontología

La Informática jurídica consiste en una ciencia que forma parte de la Informática, es la

especie en el género, y se aplica sobre el Derecho; de manera que, se dé el tratamiento

lógico y automático de la información legal.

Es una ciencia que estudia la utilización de aparatos o elementos físicos

electrónicos, como la computadora, en el Derecho; es decir, la ayuda que este uso presta

al desarrollo y aplicación del Derecho. En otras palabras, es ver el aspecto instrumental

dado a raíz de la Informática en el Derecho. Descubriendo así las técnicas y

conocimientos para la investigación y desarrollo de los conocimientos de la Informática

para la expansión del Derecho, a través de la recuperación jurídica, como también la

elaboración de material lingüístico legal, instrumentos de análisis, y en general el

tratamiento de la información jurídica.

Es importante recordar, que la Informática jurídica como disciplina dentro de la

Iuscibernética -que constituye el marco mediato entre la relación Derecho e Informática,

y que la misma forma parte de la cibernética como ciencia general-, han hecho posible

el desarrollo de ciencias que al mezclarse posibilitan un mejor desarrollo y tratamiento

de la comunicación de las mismas, como se refleja en esta relación entre el Derecho e

Informática de las cuales se desprenden ciertas disciplinas como lo son la Informática

Jurídica, el Derecho Informático, la Jurimetría, Modelística Jurídica, entre otras.

CLASIFICACIÓN DE LA INFORMÁTICA JURÍDICA

La Informática Jurídica puede clasificarse en tres aspectos:

Informática Jurídica Documental o Documentaria, que consiste en la creación y

recuperación de información jurídica como leyes, doctrina y jurisprudencia.

Sin embargo, a medida que se desarrolla la Informática jurídica se empieza a

crear la idea de programas a través de los cuales se pudiesen obtener actos

Page 31: Deontología

jurídicos como contratos, certificaciones, mandatos judiciales. Fue en este

sentido como nace la Informática jurídica de gestión y control, para

posteriormente buscar el desarrollo de actividades jurídico adjetivas.

Informática Jurídica Metadocumental o Metadocumentaria, a través de la cual

se ayuda o apoya en la toma de decisiones, en la educación, investigación,

redacción y previsión del Derecho, a través de sistemas de inteligencia artificial.

LA INFORMÁTICA JURÍDICA DOCUMENTAL. NOCIONES GENERALES

La Informática Jurídica Documentaria constituye el área más antigua de la informática

jurídica; radicando sus orígenes en los trabajos de John Horty en la Universidad de

Pittsburg..

Esta parte de la informática jurídica se desarrolla con la finalidad de expandir los

sistemas de documentación automatizada, por cuanto es evidente en la actualidad que

los campos de conocimientos reflejados en textos; es decir, en volúmenes

documentarios, ha crecido y expandido tanto, que los métodos tradicionales de

búsqueda documentaria han quedado totalmente obsoletos.

Específicamente en el aspecto jurídico se ha dado un gran desarrollo y publicación

de textos referidos a leyes, los cuales han pasado a ser de carácter general para ser

desarrollados específicamente, aumentando su cantidad especialmente en los últimos

veinte años.

En estos sistemas de informática jurídica documentaria se busca la creación de

bancos de datos jurídicos o llamado también corpus jurídico documentario; que se

refiera a cualquier fuente del derecho con la finalidad de poder establecer una relación

entre el usuario y la computadora, la cual se torna interactiva, haciendo posible de que

el usuario interrogue o enfoque palabras para que la computadora realice la función de

búsqueda de las mismas.

Page 32: Deontología

Inicialmente, la función de la computadora a través de programas especiales

estuvo muy limitada, debido a que se comenzó utilizándolas como almacenamiento y

recuperación de la información. A medida de su evolución, se comenzó a instalar

programas de búsqueda de documentos pertinentes.

Los primeros sistemas de interrogación de bancos jurídicos fueron los sistemas

llamados Batch, los cuales permitían la búsqueda en los archivos de textos y palabras

ordenadas alfabéticamente, indicando como respuesta la dirección, archivo o archivos

específicos donde se pudiese obtener la información; posibilitando la consulta a través

de la combinación de palabras para hacer la búsqueda más determinada, e inclusive

excluir información específica de una general. A través de los sistemas Batch se puede

escribir por ejemplo: Informática, y de esta manera muestra todos los documentos que

traten este punto; pero si escribimos informática jurídica (combinación de dos palabras),

la búsqueda se hace más específica y entonces, ya mostrará sólo los documentos que

traten acerca de la informática jurídica. Pero, si resulta que el lector desea información

general de informática jurídica, pero no le interesa nada acerca de la jurimetría, pues

tipea: informática jurídica jurimetría (no), para que el programa de búsqueda excluya

toda la información referida a la jurimetría mas no a la informática jurídica en general.

De estos sistemas Batch se pasó a los on line, a través de los cuales con Internet, no sólo

se logran los propósitos de los sistemas Batch, sino que se extiende a espacios

interactivos, multimedia y programas especiales muy sofisticados como los de la

inteligencia artificial, específicamente los expertos artificiales y por consiguiente los

expertos legales artificiales.

Para concluir este punto, destaca el autor que la finalidad de la informatización en

un sistema documentario jurídico trata acerca del desenvolvimiento, búsqueda y

adquisición de manera rápida y pertinente la información que previamente ha sido

almacenada. Estas informaciones almacenadas son las que constituyen el banco de

datos, corpus o corpus jurídico.

Page 33: Deontología

BENEFICIOS GENERALES

Almacenamiento de la información legal.

Entrada de documentos legales tales como leyes, reglamentos, jurisprudencia,

doctrina, entre otros.

Búsqueda de documentos a través de combinación de palabras, como se explicó

en el primer punto de este tema.

MÉTODOS DE ALMACENAMIENTO DE DATOS DOCUMENTARIOS

Los métodos de datos documentarios surgen a raíz del estilo jurídico, en el sentido de

que en el aspecto legal las palabras que integran a los documentos jurídicos no pueden

ser consideradas como unidades fundamentales, con un sentido cada una de ellas, lo que

trae como consecuencia que cada documento esté caracterizado de manera única por las

palabras utilizadas.

* Método del Texto Integral o Full Text:

Consiste en la introducción en la memoria de la computadora, de textos íntegros, lo que

trae como consecuencia la onerosidad, resultado de la gran cantidad de memoria

utilizada. Además, es muy factible la adquisición de información distinta de la que es

requerida.

* Método de Indización o Key Word:

Page 34: Deontología

Este método implica el estudio o análisis previo del documento, con la finalidad de

extraer los conceptos, circunstancias y en sí las características fundamentales.

El mencionado método también se hace oneroso por la necesidad de tener un

personal calificado, pero trae como consecuencia positiva que la información requerida

por los usuarios evite la extensa información no requerida.

INCONVENIENTES A NIVEL GRAMATICAL

Como se mencionó anteriormente, los métodos de datos documentarios surgen a raíz del

estilo jurídico, ya que en el aspecto legal las palabras que integran a los documentos

jurídicos no pueden ser consideradas como unidades fundamentales con un sentido cada

una de ellas, lo que trae como consecuencia que cada documento esté caracterizado de

manera única por las palabras utilizadas.

Algunos de estos inconvenientes, se obtienen por ejemplo, a través de palabras

que se escriban diferente pero sean sinónimas; que se escriban igual y tengan

significados diferentes, porque para la búsqueda de la información, inclusive, se debe

tener en cuenta hasta el orden de términos para que se pueda obtener información

completa.

Por ejemplo, en el caso de palabras o frases que signifiquen lo mismo, como: no

constitucional e inconstitucional, se deberá buscar la información mediante estas dos

formas, debido a que si sólo la buscamos por no constitucional, entonces habrá mucha

información que será obviada por estar archivada como inconstitucional y así

sucesivamente.

Page 35: Deontología

INSTRUMENTOS LINGÜÍSTICOS

Como respuesta para dar solución a los problemas desarrollados en el punto anterior

existen dos mecanismos que contrarrestan esta problemática, que son el léxico y los

Tesaurios. El primero, consiste en la organización de todas aquellas palabras que tengan

contenido informativo en la computadora ; de forma que ayude a resolver problemas

inclinados especialmente a la sinonimia y polisemia u homografías. Mientras que el

segundo, sirve sobre todo de medio de apoyo al usuario para contrarrestar los problemas

surgidos a raíz de la analogía, antonimia, entre otros, al momento de la interrogación.

UTILIZACIÓN DE LA INFORMÁTICA JURÍDICA DE CONTROL Y

GESTIÓN

* En la Administración Pública en general, en los Órganos Jurisdiccionales, en

Despachos, Notarías, Registros...

En este caso, es necesario destacar que es indispensable desarrollar sistemas

informáticos de gestión y control que colaboren con la agilización de los trámites de

asuntos de carácter público. En Venezuela urgimos por este cambio, que es resultado de

la expansión poblacional y tecnológica, como factores para poder tener una

Administración Pública eficiente y eficaz, dándose entonces, los primeros pasos

esenciales hacia la reforma no sólo del Poder Judicial, sino de todos los Poderes

Nacionales. Así pues, de nada vale reformar al Poder Judicial, sin antes reformar a

aquellos otros Poderes Nacionales, que han impedido el desarrollo del Poder Judicial.

Como resultado de la poca importancia y valoración que en Venezuela se le ha

prestado al Poder Judicial, es importante destacar que generalmente los tribunales en

nuestro país carecen de computadoras u ordenadores, a no ser de que el propio juez,

secretario/a o asistentes den su colaboración al prestar algún ordenador o computador

Page 36: Deontología

con lo que se pueda trabajar en el Juzgado, para prestar una labor más eficaz y

eficientemente.

A pesar de esta situación, como se ha hecho mención anteriormente, es necesario

exaltar que la introducción de material informático, es decir, la informatización del

Poder Judicial, trae consecuencias muy gratas, por cuanto se permite impartir una

justicia rápida, expedita, además de la agilización de asuntos de carácter jurídico-

administrativos, dando nacimiento a lo que en la actualidad se llama Informática

Judiciaria; en otras palabras, la informática jurídica en los órganos jurisdiccionales.

Las computadoras u ordenadores le sirven de ayuda al juez, que constituye

ese órgano subjetivo jurisdiccional pro tempore ex necesse, representante del órgano

objetivo jurisdiccional; para que pueda agilizar el desempeño de su labor pública

jurisdiccional, con la finalidad de lograr la interrelación entre la paz y la justicia.

En el futuro, como resultado de la introducción de las nuevas tecnologías a los

Tribunales o Juzgados, se podrá permitir el conocimiento de los juicios a través de las

redes informáticas. Evitándose en ciertos aspectos la sobrepoblación en los tribunales y

procurándose un mejor alcance de intervención, en casos concretos, por parte de los

abogados, estudiantes y público en general.

Por estas razones, es indispensable en cualquier país la puesta en marcha del

alcance a esta tecnología, debido a que los haría no sólo países competitivos y

modernos, sino que a través de la informática jurídica y el derecho informático se puede

lograr una mayor eficacia en la vigencia y respeto a los derechos humanos.

Es necesario hacer la aclaración de que el término Ofimática significa la

utilización de las computadoras en las oficinas, para realizar trabajos administrativos de

la misma. La Ofimática Jurídica abarca las oficinas con fines jurídicos. dando como

resultado menús completos de las actividades que se desarrollan en la misma,

verificación de escritos, estado de asuntos..., organización y control de todo el material.

Destaca el autor que estas innovaciones corresponderían a ese aspecto que comprende el

inicio de una reforma y cambio en el Poder Judicial y en sí en todo el sistema legal de

un país.

Page 37: Deontología

Una vez establecidas estas pautas, se puede ahondar acerca de cómo influiría en sí la

informática de gestión y control en el sistema legal venezolano.

Para comenzar se puede partir de la idea de informatizar a los Órganos Legislativos.

Este punto de vista es muy interesante, simplemente porque se permitirían obtener,

entre muchas metas, las siguientes:

Información de proyectos de ley.

Control de los mencionados proyectos.

Gestión y seguimiento del trabajo de los legisladores.

Registro y administración de documentos creados en debates.

Administración del archivo documental (informática jurídica documental),

permitiéndose la facilidad en el almacenamiento y recuperación de la

información.

Administración y control de la información bibliográfica del Órgano

Legislativo.

Administración de los recursos necesarios para el control de actividades

legislativas.

Registro y control de las transacciones contables y financieras que resultan de

las funciones operativas del ente legislativo.

Page 38: Deontología

Control y administración de los recursos humanos.

Implantación del correo electrónico, con lo cual se permite el acceso a la

información de manera inmediata, haciendo posible la comunicación inmediata

entre órganos subjetivos legislativos, y también la comunicación entre los

ciudadanos y órganos subjetivos legislativos, pudiéndose enviar correspondencia

electrónica a cualquier congresista o asambleísta.

Otro aspecto muy importante, al establecer esta informatización de los órganos

legislativos y muy específicamente la de la Asamblea Nacional de la República

Bolivariana de Venezuela, es la posibilidad de que a través de Internet y con la

creación de páginas web, se tenga acceso a información referida a trámites de

labores de la Asamblea Nacional. De manera que, al existir este tipo de

comunicación electrónica, los medios de prensa, así como cualquier crítico o

individuo, ya sea de carácter nacional e inclusive extranjero, podrán estar al

tanto del procedimiento seguido por los asambleístas, buscándose un mejor

control de estas labores.

Desde otra perspectiva, cuando se habla acerca de la informatización judicial, se abren

también una serie de facilidades en el control y gestión de los asuntos judiciales, es así

como por ejemplo, el tratamiento automático de la información a nivel judicial podría

enfocarse desde muchos puntos de vistas, tales como: el registro de asuntos, tramitación

de expedientes, estadísticas, control de recursos humanos, pero se presenta también la

posibilidad de establecer sistemas de redes que unan a todo este cuerpo judicial, de

manera tal que cuando se hable de la informatización de un ente jurisdiccional , no se

tome a este en su singular sentido, sino el de estimular la creación de una estructura

judicial entendida como un todo. Por ejemplo, cuando se habla acerca de los recursos

judiciales, ya sean de apelación o de casación, pues éstos conllevan a tomar en cuenta

distancias y tiempo, los cuales se podrían sustituir por el flujo electrónico, en el sentido

de que esos procedimientos eviten el traslado por carro y/o avión, ya que quedarían las

posibilidades de transmitir esa información jurisdiccional de un juzgado a otro de

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manera inmediata, a través de redes de información, ofreciendo entonces el traslado

inmediato de la información de un juzgado a otro, ahorrando tiempo, dinero y recursos

humanos.

Otro factor importante, es la posibilidad de que los abogados, estudiantes y/o cualquier

persona interesada pueda comunicarse con los Órganos Jurisdiccionales, de manera que

podrían estar al tanto del estado y grado de un proceso determinado, así como la

consignación de escritos.

INFORMÁTICA JURÍDICA METADOCUMENTAL.

NOCIONES GENERALES

La Informática Jurídica Metadocumental constituye aquella rama de la informática

jurídica que tiene un mayor significado de complejidad, por cuanto no se agota en la

recopilación de textos documentarios, en la realización de documentos jurídicos, o

control de asuntos, sino que es aún más profunda en su aplicación de la informática,

extendiéndose por ejemplo: al campo decisional, educativo e investigativo.

Pero, ¿Cómo influye este tipo de informática en estos campos antes mencionados?

Simplemente, existe un factor determinante para la realización o puesta en marcha

de la Informática Jurídica Metadocumental. Ese factor está constituido por el

extraordinario invento de lo que se conoce como lainteligencia artificial, dando la

oportunidad de crear sistemas de expertos artificiales, que al entrar en el ámbito jurídico

se constituyen en sistemas de expertos legales artificiales.

La inteligencia artificial es una disciplina que estudia y desarrolla la capacidad de

los autómatas y robots, con el fin de resolver problemas por medio de procesos afines a

los del pensamiento humano. En otras palabras, la Inteligencia Artificial constituye una

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disciplina que estudia y desarrolla mecanismos de dotación a los computadores de

facultades propias de la inteligencia humana.

Consiste entonces, en la incorporación de mecanismos manipulables en la

computadora, que comprenden el conocimiento sobre algún tema, y los procedimientos

necesarios para dar solución o respuesta a los problemas planteados acerca del tema en

discusión.

En este orden de ideas, como parte de la inteligencia artificial, aparecen los

sistemas de expertos artificiales, que consisten en la incorporación de conocimientos de

expertos humanos sobre una determinada problemática o materia, para la solución de

cualquier tipo de problema, sobre todo aquellos no solucionables por los métodos

tradicionales de la informática.

INFLUENCIA DE LA INFORMÁTICA JURÍDICA METADOCUMENTAL EN EL

CAMPO DECISIONAL. INFORMÁTICA JURÍDICA METADOCUMENTAL

DECISIONAL.

Es relevante explicar que la influencia de la Inteligencia Artificial en el campo

decisional radica en sistemas de búsqueda basadas en la relación de caracteres por la

propia computadora, dando respuesta a la pregunta realizada por el usuario, pero de

manera pragmática y no filosófica, por cuanto la computadora u ordenador por

constituirse en simplemente una máquina, carece de la capacidad de razonar.

De esta forma, cuando se hace referencia al campo decisional, es necesario tomar

en cuenta la ayuda que estos sistemas pueden prestar no solamente al juez en su función

pública jurisdiccional, sino también al propio abogado, quien podrá tener una mejor

recopilación y actualización de la información jurídica a través de la respuesta

proporcionada por el computador u ordenador, obteniendo algo así como una posible

predicción de la decisión judicial.

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INFLUENCIA DE LA INFORMÁTICA JURÍDICA METADOCUMENTAL EN EL

CAMPO EDUCATIVO. INFORMÁTICA JURÍDICA METADOCUMENTAL

EDUCATIVA.

En este punto de vista, debe enfocarse la ayuda que el material informático presta al

campo educativo, en el sentido de que en estos tiempos de alta informatización de la

sociedad, se puede sacar provecho a la utilización de computadoras u ordenadores para

por ejemplo, lograr la enseñanza asistida por éstas.

INFLUENCIA DE LA INFORMÁTICA JURÍDICA METADOCUMENTARIA O

METADOCUMENTAL EN EL CAMPO DE INVESTIGACIÓN. INFORMÁTICA

JURÍDICA METADOCUMENTAL INVESTIGATIVA.

En este sector la Informática Jurídica Metadocumental tiene su importancia en el hecho

de que a través de sistemas de inteligencia artificial, se puede mediante las

computadoras u ordenadores, establecer ciertas teorías, acerca de alguna hipótesis

proporcionadas por el usuario.

La computadora u ordenador, utilizando el sistema de inteligencia artificial y

mediante la información que se le haya preconstruido en la memoria, podrá dar ciertas

teorías que pueden ayudar a obtener mejores y más variados puntos de vistas acerca de

una determinada hipótesis, haciendo que la investigación sea más completa.

INFLUENCIA DE LA INFORMÁTICA JURÍDICA METADOCUMENTAL EN LA

REDACCIÓN DE DOCUMENTOS O DEMANDAS.

En este caso hay que aclarar que no se trata de la redacción automática de actos

repetitivos, debido a que ese punto pertenecería a la Informática Jurídica de Gestión y

Control.

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De manera que, la Informática Jurídica Metadocumentaria va más al fondo,

porque resulta que trata acerca de las posibles correcciones en la redacción del

documento, referidas a redundancias, vacíos o errores legales, mal redacción, errores

ortográficos y/o gramaticales, entre otras cosas, con la finalidad de conseguir como fin

último la realización de un documento que llene todos los requisitos formales y

materiales.

http://www.cibersociedad.net/congreso/comms/g13penaranda2.htm