demanda del colegio de abogados de bahia blanca, por juicio politico contra salvatori reviriego

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  • 8/18/2019 Demanda del Colegio de Abogados de Bahia Blanca, por Juicio Politico Contra Salvatori Reviriego

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    FORMULA ACUSACIÓN.

    Señor Presidente de la

    Excma. Surema Corte de !usticia

    de la Pro"incia de #uenos Aires

    $octor Eduardo N%stor de L&''ari.

    (ERAR$O RAFAEL SALAS) a*o+ado) ,- I F- /0 CA##1

    CPAP#A) le+a2o N- /3.456) CUI, /7847597/798:1 ; CECILIO

    LEONAR$O #E$ER) a*o+ado1 ,- III F- 40/ CA##1 CPAP#A)

    le+a2o N- //.66648>) CUI, /7870363:93841

    constitu;endo domicilio ad litem en la sede del Conse2o

    Suerior del Cole+io de A*o+ados de la Pro"incia de

    #uenos Aires) sita en calle 43 N- >3> ?es@uina calle 3>

    de La Plata) a .E. nos resentamos ; decimosB

    4. PERSONALI$A$.

    Cumlimos la unciDn de residente ; secretario

    resecti"amente) del COLE(IO $E A#O(A$OS $EL $EPAR,AMEN,O

    !U$ICIAL $E #AA #LANCA) con domicilio le+al en Moreno

    5/ iso /- de #aGHa #lanca. Ad2untamos coias

    certiicadas del acta ?olios 777/50

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    reresentaciDn de la InstituciDn de menciDn) con el

    ele"ado roDsito de cumlir el insosla;a*le de*er le+alimuesto or el artHculo 49 incisos 9) 47 ; 44 de la Le;

    0.4>>) ,.O. $ecreto /.::0

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    Por Ga*er incurrido en tales causales)

    solicitamos al !urado de En2uiciamiento @ue ordene ormarcausa al acusado) dison+a la inmediata SUSPENSIÓN en el

    e2ercicio de la unciDn ;) inalmente) la $ES,I,UCION)

    con las costas del 2uicio.

    6. RECAU$OS $E A$MISI#ILI$A$.

    6.4.ResoluciDn del Conse2o $irecti"o.

    El Conse2o $irecti"o del Cole+io de A*o+ados del

    $eartamento !udicial de #aGHa #lanca) en la reuniDn del

    / de diciem*re de /.773) decidiD or unanimidad de los

    miem*ros inte+rantes ormular esta acusaciDn) conorme

    resulta de la coia certiicada @ue es acomañada del

    acta N- 449> otor+ada a los olios 77//::>) ,.O. $ecreto /.::0

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    A mediados del mes de diciem*re de /776 el

    Cole+io de A*o+ados de #aGHa #lanca tomD conocimiento de@ue un uncionario 2udicial inte+rante de una terna ara

    cu*rir la "acante existente en un !u'+ado Ci"il ;

    Comercial de #aGHa #lanca) el $r. Ru*%n Moiola) Ga*Ha

    sido "isitado or una a*o+ada del oro local) $ra. $elia

    Rosa Laiua) ara orecerle sus inluencias ara @ue sea

    el ele+ido de esa terna) Gaciendo alusiDn a @ue de*Ha

    inte+rarse al +ruo @ue ellos orma*an con su marido) el

    $r. (usta"o !or+e Sal"atori Re"irie+o) otros a*o+ados ;

    olHticos de inluencia) ara lo cual lo in"ita*a a

    concurrir a un estudio 2urHdico local ara entre"istarse

    con inte+rantes de ese +ruo.

    El $r. Moiola recGa'D el orecimiento

    maniestando @ue sDlo acetarHa ser desi+nado en "irtud

    de su idoneidad ; @ue Ga*Ha cumlido con todo cuanto

    de*Ha ara ser desi+nado ma+istrado. La resuesta molestDa la letrada @uien entonces) como reresalia) amena'D al

    uncionario señal&ndole @ue sin su ao;o nunca lle+arHa a

    ascender en su carrera 2udicial.

    Ni *ien se enterD de lo acontecido ; ante la

    +ra"edad del GecGo) el Cole+io de A*o+ados emitiD un

    comunicado de rensa @ue se u*licD en los medios orales

    ; escritos de la ciudad ; con"ocD a los tres inte+rantes

    de la terna a eectos de conirmar la "ersiDn.

    Ante la trascendencia del GecGo) el Fiscal

    (eneral del $eartamento !udicial ordenD la ormaciDn de

    la IPP n- >4.4/0?se+n numeraciDn ori+inaria de tr&mite

    or ante la UFI N- 4 a car+o del A+ente Fiscal CGristian

    Fernando Lon+ ara @ue se in"esti+ara el GecGo) denuncia

    @ue lue+o de su tr&mite ue recGa'ada or no Ga*erse

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    ro*ado @ue @uien roiriD las amena'as ?$ra. Laiua

    tu"iera +o*erna*ilidad en el daño rometido ara Gacercumlir las amena'as ?“nunca serás Juez sin nuestro

    apoyo . ,u"o sH or ro*ados) los GecGos tal como los

    Ga*Ha relatado el $r. Moiola.

    Este GecGo) +ra"e ; reocuante) tu"o eecto

    disarador en el oro del deartamento ; moti"D a @ue

    "arios a*o+ados de la matrHcula) concurrieran al Cole+io

    de A*o+ados reocuados or) a 2uicio de ellos) las

    +ra"es irre+ularidades cometidas or el $r. (usta"o !or+e

    Sal"atori Re"irie+o.

    El Cole+io de A*o+ados de #aGHa #lanca ormD una

    comisiDn esecial inte+rada or reresentantes del mismo

    Cole+io) los conse2eros Raul Josco ; Al*erto E. (Kr+1

    un reresentante de la FederaciDn Ar+entina de Cole+ios

    de A*o+ados ?FACA) $r. %ctor $ie+o Furlon+1 un

    reresentante del Cole+io de A*o+ados de la Pro"incia de#uenos Aires) $r. !or+e SeraHn (roa1 ; un a*o+ado de

    la matrHcula) $r. I"&n F. #udassi) @uienes inmediatamente

    comen'aron a tra*a2ar reci*iendo denuncias ; reuniendo

    toda las uentes conirmatorias de las "ersiones

    denunciadas. Las conclusiones de la tarea de la ComisiDn)

    son las @ue sir"ieron de *ase ara la ormulaciDn de esta

    demanda ; ser&n o*2eto de extenso tratamiento m&s

    adelante.

    A su "e' ; moti"ados or los acontecimientos @ue

    o*"iamente conmocionaron a todo el oro) el $r. Sal"atori

    Re"irie+o 2unto a su cole+a de Sala $r. Mi+uel n+el

    $ie') concurrieron a la Surema Corte de la Pro"incia de

    #uenos Aires ; como resultado de esa entre"ista) se

    iniciD un sumario administrati"o @ue lle"a el nmero uno

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    ?4 del año /773. Acta como instructora la $ra. Susana

    Sisto de la Secretaria de Control de la Surema Corte ;allH se a+re+aron coias de toda la inormaciDn colectada

    or la ComisiDn del Cole+io de A*o+ados de #aGHa #lanca

    reuni%ndose tam*i%n numerosa inormaciDn roducto del

    tra*a2o de los insectores actuantes.

    Lue+o de la la*or desarrollada or la ComisiDn

    ormada al eecto) reali'ada con toda la rudencia ;

    resonsa*ilidad @ue las circunstancias del caso exi+Han)

    el Conse2o $irecti"o resol"iD romo"er la acusaciDn

    contra el ma+istrado) con *ase en las causales @ue

    se+uidamente asamos a exoner.

    3.4. ENRIUECIMIEN,O ILCI,O.

    Como di2imos) a raH' de la "isita del $r.

    Sal"atori Re"irie+o a la Surema Corte Pro"incial) se

    ormD un exediente administrati"o ?sumario N- 477 Gect&reas de camo

    u*icadas en las cercanHas de la ciudad de #aGHa #lanca)

    inmue*les en la ciudad ; tres automotores. El Cole+io de

    A*o+ados Ga rouesto una serie de medidas ara

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    in"esti+ar la comosiciDn del atrimonio de am*os

    cDn;u+es ?Sal"atori Re"irie+o ; Laiua ; Ga edido @uese in"esti+ue tam*i%n si el ma+istrado Ga ad@uirido

    *ienes a nom*re de terceras ersonas @ue con sus in+resos

    no odrHan nunca Ga*er ad@uirido ara sH. Se trata en un

    caso) del cuñado de Sal"atori) el $r. !uan Laiua)

    m%dico radicado en esta ciudad.

    A oco de @ue se ad"iertan las irre+ulares

    conductas del ma+istrado @ue se descri*ir&n) se odr&

    concluir @ue su atrimonio se Ga incrementado

    directamente como roducto de su conducta indi+na como

    uncionario 2udicial) m&xime cuando los *ienes ueron

    ad@uiridos a artir del año 4996.

    3./. E2ercicio clandestino de la a*o+acHa.

    El $r. (usta"o !or+e Sal"atori Re"irie+o est&

    casado con $elia Rosa Laiua) @uien es a*o+ada ; e2erce

    Ga*itualmente la roesiDn en el &m*ito del $eartamento.Su condiciDn rente al imuesto al "alor a+re+ado ue la

    de resonsa*le no inscrita Gasta @ue se eliminD esa

    cate+orHa.

    El $r. Sal"atori Re"irie+o Ga e2ercido

    clandestinamente la roesiDn de a*o+ado) ocultando esta

    acti"idad mediante la resentaciDn de escritos con la

    irma de su cDn;u+e ; de otros a*o+ados.

    La "i"ienda articular del matrimonio Sal"atori

    Re"irie+o Laiua se encuentra u*icada en la calle

    ie;tes N- 005 de #aGHa #lanca. En ese mismo lu+ar

    tam*i%n unciona el estudio 2urHdico de la a*o+ada e

    i+ualmente un desacGo ri"ado del ma+istrado) conti+uo a

    la oicina de la a*o+ada.

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    Al+unos de los escritos resentados en leitos en

    los @ue Ga inter"enido $elia Laiua) ueronconeccionados or Sal"atori Re"irie+o.

    En otras oortunidades) resentaciones de

    clientes de $elia Laiua ueron irmadas or otros

    a*o+ados a esar de @ue la direcciDn del exediente se

    encontra*a a car+o de la a*o+ada. $e esa orma) se

    e"ita*a @ue el !ue' de*iera excusarse or la inter"enciDn

    de su cDn;u+e.

    $e acuerdo al testimonio de #eatri' Liliana

    Castillo) @uien ue emleada de Laiua durante die'

    años) el estudio “!# estaba compuesto por tres

    oficinas y una sala de espera $ue una oficina la

    ocupaba la %ra &aiuppa' la oficina del medio

    correspondía a la secretaria y la tercer oficina era

    ocupada por el %r (alvatori )eviriego  ?"er acta de

    declaraciDn le"antada el /> de enero de /773 en la causaN- >4.4/0) de tr&mite or ante UFI N- 4.

    ale decir @ue) en el mismo &m*ito Hsico)

    tra*a2a*a simult&neamente el matrimonio. Relata Castillo

    @ue “ los escritos de mero trámite' tal como pedir 

    que se libren oficios o c*dulas o notificar alg+n

    traslado' los efectuaba la deponente en su computadora o

    en una máquina de escribir, pero los escritos más

    complejos eran hechos en la computadora del %r

    (alvatori )eviriego y a mí me los alcanzaba para que yo

    los hiciera firmar y posteriormente los presente en

    secretaría' la %ra &aiuppa $ue le consta que los

    escritos se confeccionaban en la computadora que se

    hallaba en la oficina del %r (alvatori y no en la

    computadora que habitualmente usaba la %ra &aiuppa

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     porque tanto la computadora que usaba la %ra &aiuppa

    como la que usaba la declarante eran de un modelo viejo'con monitor blanco y negro' con impresoras tambi*n

    viejas, en tanto la computadora y la impresora del %r

    (alvatori )eviriego eran nuevas   ?,estimonio de

    Castillo1 i*Hdem.

    En t%rminos similares se exidiD la testi+o al

    deoner ante la ComisiDn desi+nada or el Conse2o

    $irecti"o de este Cole+ioB “$ue aclara que los escritos

    a los que se refirió antes' y que salían de la máquina

    que manejaba el %r (alvatori se referían a diferentes

    e-pedientes' generalmente los escritos complicados $ue

    el %r estaba todos los días a la tarde en su despacho

    $ue veía a la %ra ingresar a ese despacho y salir con

    los escritos en algunas oportunidades y tambi*n pasar 

    con e-pedientes que eran aquellos e-pedientes en los que

    trabajaba la dicente y que retiraba de tribunales parael .studio &a %ra ponderaba a su marido y evacuaba las

    consultas en las que tenía dudas  ?,estimonio de la

    Castillo ante la ComisiDn Esecial.

    Una simle an%cdota *asta ara esclarecer la

    cuestiDn ; conirmar las sosecGasB “desea manifestar 

    que en una oportunidad' no pudiendo precisar en qu*

    e-pediente' tratándose de una contestación de un

    traslado que vencía con cargo y siendo una tarde de

    atención al p+blico' cuando la deponente llegó al

    .studio pudo ver que dicha contestación no estaba hecha

    y la %ra &aiuppa estuvo toda la tarde atendiendo gente'

    hasta que en un determinado momento' casi en la hora de

    cierre del .studio' la %ra &aiuppa ingresó en la

    oficina del %r (alvatori )eviriego y salió con el

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    e-pediente y la contestación escrita y luego la firmó y 

    se la dio a la dicente en mano para que la presentara aldía siguiente en las dos primeras horas /or lo e-puesto

    la dicente podría asegurar que la %ra &aiuppa no pudo

    haber hecho esa contestación ya que estuvo' reitera'

    toda la tarde atendiendo clientes   ?,estimonio de

    Castillo en la causa enal >4.4/0.

    Ello se "incula con lo @ue señalaremos en el

    caHtulo a desarrollar m&s adelante resecto del tema

    llamado “Corporación cuando se exlicite la relaciDn

    ideolD+ica ; temoral entre la imu+naciDn de $elia

    Laiua al acuerdo arri*ado entre la CororaciDn del

    Comercio ; de la Industria de #aGHa #lanca ; sus

    acreedores) ; el dictado de la sentencia de la C&mara de

    Aelaciones en los autos “0ugo 1uti*rrez ()& s2 

    $uiebra !0oy Concurso preventivo# . decimos "inculaciDn

    ideolD+ica ; temoral or@ue al+unas de las ideas delescrito ueron reroducidas casi ielmente dHas desu%s

    en el allo comentado) cu;o dictado adem&s) ue es+rimido

    or la $ra. Laiua ara or'ar un a+o ile+Htimo.

    Las similitudes de las ie'as 2urHdicas) nos

    ersuaden de su nica autorHa. La secuencia cronolD+ica

    es decir el escrito rimero ; la sentencia desu%s nos

    ermiten ad"ertir de @u% orma ueron or+ani'ados ara

    ser utili'ados en con2unto) tra*a2ando am*os esosos

    coordinadamente a a"or de un me2or resultado econDmico

    del asunto.

    Esta acti"idad ilHcita del !ue' resulta de

    conocimiento *lico se+n lo reiere la testi+o Miriam

    Larrea @uien le ad2udica el comentario a otros a*o+ados ;

    al $r. Lon+as @ue) cuando era residente del ,ri*unal de

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    Familia) “ en oportunidad de hablar sobre los mejores

    abogados en derecho de familia' comentó que una de ellasera la %ra &aiuppa, pero que tenía quien le diera

    letra' aludiendo a que los escritos se los hacía el

    marido' es decir el %r (alvatori )eviriego   ?"er

    declaraciDn de Miriam Larrea ante la ComisiDn 3d hoc.

    Lo Gasta a@uH exuesto no uede de2ar de

    "incularse con el sin+ular eisodio @ue tu"o como

    rota+onista a la sociedad “3morosi y Cia (3 ; a sus

    dos socios) Eduardo !or+e ; oracio Amorosi) ; @ue Ga

    lle+ado a nuestro conocimiento a tra"%s de las

    comro*aciones @ue eectuara la comisiDn esecial.

    Se+n el inorme ela*orado or uno de los

    miem*ros de la ComisiDn) la cuestiDn) en rieta sHntesis)

    Ga*rHa sido la si+uienteB

    El $r. Carlos Rui') a*o+ado de la matrHcula) ue

    asesor letrado ; aoderado de la sociedad mencionada ; desus socios. Se+n lo inormado or el Sr. Amorosi) el $r.

    Rui' tra*a2a*a con la $ra. $elia Laiua ; sus escritos)

    en "erdad) ertenecHan a “!# la pluma del %r

    (alvatori )eviriego' el más brillante de los juristas

    locales .

    Rui') lue+o de inter"enir en el 2uicio de

    di"orcio or mutuo acuerdo de !or+e Amorosi) declinD

    Gacerlo en una incidencia contro"ertida suscitada con

    osterioridad ; deri"D el asunto a otro cole+a del oro

    localB el $r. $a"id (erardo Nudelman cu;os escritos

    tam*i%n ueron redactados or el camarista.

    Con osterioridad a estos a"atares) se

    romo"ieron dos 2uicios la*orales contra la emresa cu;a

    atenciDn ue deri"ada a la $ra. Laiua or conse2o del

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    $r. Carlos Rui'. Las demandas la*orales resultaron

    recGa'adas ; los Amorosi) o*li+ados al a+o de losGonorarios de sus a*o+ados) Rui' ; Laiua. ,ales

    estiendios) @ue ascendieron a 67.777) ueron a+ados

    con cGe@ues @ue oracio Amorosi entre+D al $r. Rui'. Uno

    de estos cGe@ues) @ue lle"a el nmero 4:90500 or

    0.777.8 li*rado el //

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    quiebra !0oy concurso preventivo#  con el escrito @ue)

    *a2o la irma de la $ra. $elia Laiua) Ga*Ha sidoresentado en los autos caratuladosB “Corporación del

    Comercio y de la 4ndustria de 5ahía 5lanca ) de tr&mite

    or ante el !u'+ado de Primera Instancia en lo Ci"il ;

    Comercial nmero siete) secretarHa seis) del $eartamento

    !udicial de #aGHa #lanca.

    Lue+o de anali'ar la comosiciDn literaria de

    am*as ie'as) la exerta Ga concluido en @ueB “/or lo

    analizado' argumentado y demostrado t*cnicamente en el

    /lan de la pericia se concluye y afirma que hay 

    elementos de prueba suficientes que certifican que ambos

    te-tos pertenecen al mismo autor .

    ale decir @ue) siendo @ue am*as ie'as tienen la

    misma autorHa) ca*e suoner @ue los dos tra*a2os Gan sido

    coneccionados or uno de los dos irmantes. eremos

    se+uidamente cDmo la ma;orHa de ellos es de ertenenciade (usta"o Sal"atori Re"irie+o.

    En el se+undo reorte de la licenciada Straccali)

    lo uesto en o*ser"aciDn Ga sidoB el mismo escrito de la

    $ra. Laiua reci%n mencionado ?,.E.41 el escrito de la

    a*o+ada) denominado QContesta traslado) @ue uera

    resentado en los autos caratuladosB “1alván' 6irta

    (usana c2 (chamun' Carlos 6anuel y otros s2 %a7os y 

     perjuicios ?ex. 90.773 ?,.E./) la trascriciDn de las

    actas de las audiencias reali'adas en los autos

    caratuladosB “&aiuppa' Juan 3lberto c2 3sociación 6*dica

    de 5ahía 5lanca  ?ex. 9:.0:0 ; en “Cifuentes' Jos* %

    y otra c2 6unicipalidad de 5ahía 5lanca y otros  ?ex.

    :9./6:?,.O.4. ; la des+ra*aciDn de la entre"ista

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    eriodHstica emitida en el ro+rama de radio QPanorama)

    @ue conduce el eriodista %ctor (a; ?,.O./.Lue+o del an&lisis de las ie'as señaladas) la

    exerta conclu;e en @ue) a esar de @ue los escritos

    ,.E.4 ; ,.E./ Gan sido irmados or la $ra. Laiua ; @ue

    a ella ertenecen tam*i%n los discursos denominados ,.O.4

    ; ,.O./) en el rimero de ellos no se re+istraron errores

    sint&cticos ni a+ramaticalidades @ue sH se Gan resentado

    en los restantes.

    AsH diceB “.l sujeto que enuncia y escribe en el

    te-to 8.9 recurre a otro tipo de relacionantes' los

    utiliza en forma rica' variada y adecuadamente' es

    decir' de acuerdo a la normativa morfosintáctica

    6anifiesta !a diferencia del hablante del te-to 8:9 y 

    8:;3# que su escritura responde a mecanismos que

    generan las frases correctamente' teniendo en cuenta los

    condicionamientos individuales !rol institucional# y sociales !ambiente de letrados y juristas# *ste no

     presenta errores sintácticos de ese tipo (e reconoce

    una alta y proba competencia no sólo de la gramática

    ordinaria de la lengua' sino tambi*n del idiolecto

    específico de su comunidad profesional .

    Ello le ermite concluir @ue los textos

    denominados ,.E.4 ; ,.E./ “no responden al mismo

    sujeto hablante' por lo tanto tampoco e-iste

    coincidencia entre el sujeto te-tual y el sujeto

    escriturario .

    En otras ala*rasB Si *ien a simle "ista el

    texto escrito imide conocer de modo eGaciente si el

    irmante es "erdaderamente el autor intelectual del

    tra*a2o) la exresiDn oral ermite conocer

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    cientHicamente si este su2eto arlante es caa' de

    er+eñar una ie'a como lo uesta en duda.Sostiene la exerta @ue en el caso) la $ra.

    Laiua carece de la idoneidad suiciente como ara ser

    la autora de la imu+naciDn imetrada en el exediente de

    la CororaciDn del Comercio ; de la Industria) denominado

    en el tra*a2o como ,.E.4.

    Ello asH or@ue en los dem&s tra*a2os ?,.E./ ;

    en las transcriciones de las audiencias ; de la

    entre"ista radial) la a*o+ada “presenta una

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    or la $ra. $elia Rosa Laiua. La serie III est&

    inte+rada or una serie de escritos irmados or el $r.(usta"o MatHas ScGumacGer.

    Lue+o de anali'ar de modo minucioso los tres

    +ruos de tra*a2os) Ga concluido en @ueB

    Qa En la undamentaciDn de al menos ocGo textos

    irmados or la $ra. $elia R. Laiua ?Serie II se

    ad"ierte con claridad la inter"enciDn directa del emisor

    de los nue"e textos irmados or el $r. (usta"o !or+e

    Sal"atori Re"irie+o ?Serie I.  b) Esto indica

    indudablemente que, en lo esencial, el autor de los

    textos de la Serie I es el mismo autor de, al menos, ocho

    de los textos se la Serie II. c En la undamentaciDn de

    al menos seis textos irmados or el $r. (usta"o MatHas

    ScGumacGer ?Serie III) se ad"ierte con claridad la

    inter"enciDn directa del mismo emisor de los textos de la

    Serie I ; de la Serie II antes señalado ?el $r. (usta"o!or+e Sal"atori Re"irie+o. d) Esto indica indudablemente

    que, en lo esencial, el autor de los textos de la Serie I

    es el mismo autor de, al menos, los primeros seis textos

    de la Serie III” ?la ne+rita es del ori+inal.

    La autorHa del ma+istrado en los escritos

    irmados or su cDn;u+e ; or el $r. (usta"o MatHas

    ScGumacGer sur+e de las conclusiones de am*os tra*a2os

    ericiales.

    Pero adem&sB

    Los "otos o*2eto del erita2e como todos los @ue

    conocemos del camarista denunciado) exGi*en un aroiado

    conocimiento 2urHdico ; se corresonden con la

    ersonalidad de %steB un 2urista reconocido ; docente

    destacado.

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    ,ales calidades resultan coincidentes con su

    destre'a en el uso del len+ua2e. AsH lo sostu"o elroesor MonteleoneB “la competencia ling=ística del

    emisor de los te-tos de la (erie 4' firmados por 

    (alvatori )eviriego' es' desde el punto de vista

    gramatical y e-presivo' muy alta

    Por el contrario) ;a Gemos "isto @ue) se+n la

    licenciada Straccali) la a*o+ada carece de la atitud

    ara ela*orar escritos de la calidad de los examinados.

    En ello tam*i%n concuerda el roesor MonteleoneB

    “.l emisor de este te-to parece ser otro en

    cuanto a la competencia sintáctica' pero el mismo que se

    reconoce en las series anteriores en cuanto al

    repertorio l*-ico y al modo de argumentar .n el uso de

    la sinta-is se hallan deslizamientos de la oralidad' que

    no se hallan en los otros te-tos !# .l emisor en este

    caso genera enunciados por escrito que parecentributarios de las leyes que utiliza el hablante en la

    lengua oral> nos referimos a las leyes de la economía

    verbal !simplificaciones' acortamientos' inacabamientos#

    y la de e-presividad !recursos para reforzar sus

    e-presiones' repetir' cometer redundancias# .

    Id%ntica es la conclusiDn resecto de los

    escritos irmados or ScGumacGer.

    ale decir @ue) en ra'Dn de las inconundi*les

    Guellas @ue Ga de2ado su autor en cada una de sus o*ras ;

    or la notoria incaacidad de los a*o+ados irmantes ara

    roducirlas) se encuentra cientHicamente demostrado @ue

    el camarista denunciado Ga articiado ilHcitamente en la

    acciDn de escritos 2udiciales.

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  • 8/18/2019 Demanda del Colegio de Abogados de Bahia Blanca, por Juicio Politico Contra Salvatori Reviriego

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    ,al acti"idad se encuentra "edada a los

    ma+istrados or imerio de las normas @ue ri+en ele2ercicio de la ma+istratura) or un lado) ; or las @ue

    re+ulan la roesiDn de a*o+ado) or el otro.

    Señala el inciso d de la le; 0.4>> @ue no odr&n

    e2ercer la roesiDn de a*o+ado or incomati*ilidad

    a*soluta “los magistrados' funcionarios y empleados

    judiciales .

    Se encuentra asH acreditado @ue el $r. Sal"atori

    Re"irie+o Ga e2ercido clandestinamente la roesiDn de

    a*o+ado) en la+rante "iolaciDn a las normas en

    comentario) enmascarando esta acti"idad mediante la

    resentaciDn de los escritos resecti"os con la irma de

    su cDn;u+e ; del $r. (usta"o MatHas ScGumacGer.

    Se trata de una causal de mal desemeño de la

    ma+istratura en los t%rminos del artHculo /4 inciso m de

    la Le; :.7:0) or "iolaciDn de la incomati*ilidada*soluta de los ma+istrados 2udiciales ara e2ercer la

    roesiDn de a*o+ado) conorme lo disone el artHculo 6-

    inciso d de la Le; 0.4>>. ,.O. $ecreto /.::0

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    intentado o*tener la adGesiDn de la a*o+ada) @uien se

    ne+D con el undamento de @ue la rouesta era lesi"aara sus intereses.

    E2erciendo la acultad @ue le coniere a los

    acreedores el artHculo 07 de la Le; /3.0//) el /6 de

    octu*re de /77/ la $ra. Laiua imu+nD el acuerdo con

    *ase en di"ersos ar+umentos. Entre ellos) ara los ines

    erse+uidos con esta exosiciDn) se destacan dosB

    a $enuncia*a @ue tres de las conormidades

    restadas a la rouesta) carecHan de la certiicaciDn en

    las condiciones de*idas como ara cumlir con la

    exi+encia imuesta or el ArtHculo 30 de la LC. Con *ase

    en ese GecGo concluHaB Q.... /or lo tanto' frente a la

    inobservancia de un recaudo sustancial' se imponía tener 

     por no presentados esos escritos ?sin darle un nuevo

     plazo para subsanar la deficiencia' puesto que si se lo

    hiciera se estaría alongando un t*rmino que es perentorio e improrrogable @ corresponde así declarar 

    la quiebra de la Corporación' por no haber reunido las

    mayorías necesarias .n definitiva' no hubo acuerdo' por 

    lo que el anunciado por A( queda impugnado tambi*n por 

    esta causa 

    * $enuncia*a @ue entre las "oluntades reunidas

    ara lo+rar las ma;orHas le+ales) se conta*a la de AlTin

    S.A. @ue era una sociedad creada al solo in de ad@uirir

    un cr%dito licitado or el #.C.R.A. ; @ue le otor+a*a a

    a@uella un "oto +ra"itante dentro del elenco de

    acreedores de la CCIS#A. Airma*a @ue esa sociedad) desde

    la constituciDn ?47

  • 8/18/2019 Demanda del Colegio de Abogados de Bahia Blanca, por Juicio Politico Contra Salvatori Reviriego

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    Ga*Ha sido otor+ada con el acta de directorio N- /. “&o

    que es definitorio y prueba cabal de una situación defraude que e-ige hasta la remisión de los antecedentes a

    la Justicia /enal' es que esta sociedad comercial' que

    aparece adquiriendo un cr*dito contra la concursada por 

    el que pagó BDE99F pero que le ha sido verificado

     por BGH;EEH;'H' se conforme con cobrar centavos a

    diez a7os y suscriba un acuerdo remisorioI  

    Entre la ecGa de resentaciDn ; el 67 de octu*re

    de /77/) la roesional mantu"o una nue"a reuniDn con el

    Contador Lon+oni) en la @ue le ad"irtiD @ue Ga*Ha

    imu+nado la rouesta ; @ue i*a a resentar escritos

    id%nticos en nom*re de otros dos a*o+ados acreedores or

    los @ue Ga*Ha actuado en el concurso como aoderada) los

    $res. Ariel ,russo ; !uan Fernando (aiter. ue ara

    neutrali'ar todo ello tenHan @ue a+arle or su cr%dito)

    US 40.777. Se+n el Contador Lon+oni) la a*o+ada ase+urD@ue "la quiebra iba a ser decretada por la Cámara Estas

    airmaciones se undan en lo exuesto or el roesional

    en el acta N- : corresondiente a la reuniDn del

    directorio de AlTin cele*rada el 64 de octu*re de /77/.

    Esa "ersiDn @ueda corro*orada en lo exuesto or el mismo

    roesional en el acta N- /40: de la reuniDn de CCIS#A.

    El 2ue"es 64 de octu*re de /77/) la Sala I

    reunida en acuerdo) dictD sentencia deiniti"a en los

    autos “0ugo . 1uti*rrez ()& ? su quiebra con rimer

    "oto del $r. (usta"o Sal"atori Re"irie+o) en la @ue se

    resol"iD decretar la @uie*ra de la reerida sociedad. Lo

    su+esti"o de ese allo radica en los undamentos or los

    @ue se decretD la @uie*ra. En ese roceso se Ga*Han

    resentado conormidades en las @ue la irma de los

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    acreedores ueron certiicadas or @uienes no re"estHan

    cometencia ara ello ?el +erente de una entidad*ancaria) la autoridad olicial. En ese sentido) decHa

    el cDn;u+e de la $ra. Laiua) como "ocal en rimer

    t%rminoB “3 mi criterio' no procede acordar un plazo

    suplementario para cumplir con los recaudos

    desatendidos' puesto que ello conduciría a una indebida

    e-tensión del período de e-clusividad' más allá de lo

     permitido por el 3rtículo G &C$ o le bastaba a la

    concursada con lograr las conformidades en el plazo

    legalmente prescripto por el 3rtículo G' sino que debía

    tambi*n acreditarlo en debida forma y en el mismo

    t*rmino .sto +ltimo no lo hizo @ no vale en el caso

    invocar la proscripción del e-ceso ritual' puesto que

    tratándose de la aplicación de normas rígidas “como las

    que establecen plazos' no cabe sino atenerse a ellas'

     puesto que toda e-tensión “por peque7a que sea' haría procedente otra subsiguiente y similar' alongando los

     plazos indefinidamente @ frente a un plazo perentorio

    !3rtículo 9HH C/roc#' tampoco es posible restablecerlo

    luego de fenecido' y su mero vencimiento determina el

    decaimiento del derecho a proponer acuerdo preventivo 

    Adem&s de esa coincidencia ar+umentati"a) el

    texto del "oto del $r. Sal"atori Re"irie+o resenta una

    llamati"a similitud en la redacciDn) +ram&tica) sintaxis

    e incluso "oca*ulario. $e acuerdo a los inormes t%cnicos

    ela*orados or los roesores !or+e Monteleone ; MarHa

    Eu+enia Straccali) ;a reseñados) resulta undado airmar

    @ue ro"ienen de un mismo autor.

    !or+e #onacorsi ; Oscar Mar*ella) residente ;

    "iceresidente resecti"amente de la CCIS#A) concurrieron

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  • 8/18/2019 Demanda del Colegio de Abogados de Bahia Blanca, por Juicio Politico Contra Salvatori Reviriego

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    lue+o del 64 de octu*re de /77/ al estudio de la $ra.

    Laiua con la exectati"a de Gacerla reconsiderar susexi+encias adem&s de maniestarle la necesidad de contar

    con la'o ara el a+o. Sin em*ar+o) la roesional

    reaccionD con ma;or dure'a ; ele"D la retensiDn a US

    4:.777) aun@ue de2D a*ierta la osi*ilidad de dar

    inanciaciDn. El di&lo+o no ue cordial e incluso)

    Mar*ella esta*a decidido en oner in al di&lo+o ;

    atenerse al de"enir de los GecGos se+n el curso 2udicial

    del tr&mite. Mas “el temor de la mayoría de los

    directivos de la institución “ante las amenazas de la

    letrada por sus dichos y seguridades de que se iba a

    decretar la quiebra' pudo más y terminó

    condicionándolos  ?textual de los dicGos del Sr. Oscar

    Mar*ella en el acta de la reuniDn del directorio N- /.40:

    de la CCIS#A) del 4/ de e*rero de /77/

    Encomendados a una nue"a +estiDn) "isitaron una"e' m&s a la a*o+ada) el contador !or+e #onacorsi ; el

    $r. Francisco !os% Costa arri*ando a un acuerdo or el

    cual la acreedora cedHa el cr%dito a AlTin S.A. or un

    recio de US //.777) del cual sDlo acetarHa dar reci*o

    or 60.777.8 @ue en ese entonces) reresenta*an US

    9.>09.8 considerando la coti'aciDn del 43

  • 8/18/2019 Demanda del Colegio de Abogados de Bahia Blanca, por Juicio Politico Contra Salvatori Reviriego

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    Laiua cediD el cr%dito de su roiedad a AlTin S.A.

    @uien a+D en ese acto en conceto de recio la cantidadde 60.777 si nos atenemos a lo consi+nado en la

    escritura. El $r. Sal"atori Re"irie+o concurriD a restar

    el asentimiento con;u+al del ArtHculo 4/>> del C.C.

    Sin em*ar+o) como ;a di2imos) el a+o ue or una

    cira suerior. Una "e' reunidos todos los

    comarecientes) uno de los resentes le solicitD al

    escri*ano una sala ri"ada a la @ue se retiraron el

    Contador #onacorsi ; el $r. Sal"atori Re"irie+o. En ese

    recinto a@u%l entre+D al ma+istrado la cantidad de US

    4/.344. Lue+o de contarlo) "ol"ieron a la sala ;

    rosi+uiD el acto con la irma de la cesiDn del cr%dito.

    Al dHa si+uiente la $ra. Laiua resentD en el

    concurso de CCIS#A el escrito desistiendo de la

    imu+naciDn al acuerdo.

    3.6./. $el relato de lo acontecido) resultanrele"antes las si+uientes conclusionesB

    a En la rimera entre"ista con el contador

    Lon+oni) la $ra. Laiua le maniestD @ue Ga*Ha romo"ido

    la imu+naciDn del acuerdo concursal ante el !ue' de

    Primera Instancia) ; @ue en la C&mara lo+rarHa @ue se

    decretara la @uie*ra de la CororaciDn. Para e"itar ello

    tenHan @ue a*onarle la suma de US 40.777.8

    * Los dicGos de la $ra. Laiua resecto de la

    se+ura o*tenciDn de la declaraciDn de @uie*ra or arte

    de la C&mara Ci"il resultaron creH*les ara el Contador

    Lon+oni) @uien asH lo Gi'o sa*er al $irectorio de la

    CororaciDn. En eecto) Lon+oni declarD Ga*er transmitido

    la noticia al $irectorio) junto con su convencimiento de

    que en efecto la %ra &aiuppa lograría en la Cámara que

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  • 8/18/2019 Demanda del Colegio de Abogados de Bahia Blanca, por Juicio Politico Contra Salvatori Reviriego

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    se le decretara la quiebra a la Corporación  Esta

    creencia esta*a 2ustiicada en el GecGo de @ue el cDn;u+ede la $ra. Laiua era Camarista) circunstancia @ue)

    se+n los dicGos de Lon+oni) era una preocupación de

    todos los integrantes de la Corporación y que se tuvo

    muy en cuenta al momento de decidir continuar con las

    negociaciones

    c $el acta N /40: resulta @ue con osterioridad

    a la reuniDn mantenida or Lon+oni con Laiua) los Sres.

    !or+e #onacorsi ; Oscar Mar*ella se entre"istaron con la

    $ra. Laiua ; le solicitaron una reconsideraciDn de sus

    retensiones) adem&s de la'o ara el a+o ?en caso de

    @ue arri*aran a un acuerdo so*re el monto. La $ra.

    Laiua recGa'D el edido de reconsideraciDn ; aumentD su

    retensiDn en USS 6.777 m&s) al edir US 4:.777.

    d Se+n la misma acta) el Sr. Mar*ella se ouso

    a la continuaciDn del di&lo+o con Laiua) ero reconociD@ue “el temor de la mayoría de los directivos de la

    institución' ante las amenazas de la letrada por sus

    dichos y seguridades de que iba a decretar la quiebra'

     pudo más y terminó condicionándolosI

    e Finalmente) siemre se+n esa acta) Gu*o una

    tercera entre"ista con Laiua) en la @ue acetD ceder su

    cr%dito a AlTin S.A.) aumentD la cira en US 3.777

    ?reclamD US //.777 e indicD @ue solo otor+arHa reci*o

    or 60.777 ?como ;a di2imos) aroximadamente US

    9.>05.8 se+n coti'aciDn a esa ecGa. Al resecto

    declara #onacorsi @ue no o*stante su sorresa or la

    exi+encia de no otor+ar reci*o or el total @ue i*a a

    erci*ir “cerramos en las condiciones impuestas por la

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    %ra &aiuppa para terminar con la incertidumbre y la

    amenaza de quiebra  El a+o de una arte del recio) 60.777.8)

    @ueda indu*ita*lemente acreditado con la escritura

    *lica de cesiDn. La orciDn sin documentar) se rue*a

    con la declaraciDn de #onacorsi de Ga*erlo eectuado en

    dDlares *illetes al $r. Sal"atori Re"irie+o) en una

    oicina conti+ua a la @ue esta*a desarroll&ndose el acto

    notarial. Este dicGo del Sr. #onacorsi resulta

    ro*ustecido or la declaraciDn del escri*ano M%nde')

    @uien maniestD @ue previo a la instrumentación y firma

    del acta notarial) se le solicitó una oficina adjunta a

    efectos de mantener una conversación privada' a la que

    accedieron el (r 5onacorsi' el %r (alvatori )eviriego'

    cree sin poder precisar' que tambi*n lo hicieron su

    cónyuge y el %r Costa

    GG A artir de esos GecGos se extraen lassi+uientes conclusionesB

    a El $r. Sal"atori Re"irie+o redactD el escrito

    de imu+naciDn del acuerdo concursal.

    * La $ra. Laiua se encar+D de e2ercer la

    resiDn sicolD+ica so*re el Contador Lon+oni) al Sr.

    Mar*ella ; el Contador #onacorsi ; or intermedio de

    %stos al directorio de CCIS#A) amena'&ndolos con la

    declaraciDn de la @uie*ra. Ca*e destacar la inusitada

    se+uridad @ue *landHa la cole+a e incluso la

    circunstancia de @ue Giciera menciDn se+n las reeridas

    ersonas @ue la @uie*ra i*a a ser decretada or “la

    Cámara .

    c Esa intimidaciDn causD el eecto *uscado) ;a

    @ue tanto Lon+oni) #onacorsi) como el +rueso de los

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    directi"os de la Entidad a exceciDn de Mar*ella

    reconocen Ga*er actuado *a2o coacciDn moral) ante eltemor de @ue se rodu'ca la @uie*ra de CCIS#A.

    La entidad intimidatoria de la amena'a estu"o

    dada) undamentalmente) or la relaciDn existente entre

    la $ra. Laiua ; el !ue' de C&mara $r. Sal"atori

    Re"irie+o) lo @ue torna*a a*solutamente "erosHmiles a los

    dicGos de Laiua. La roia $ra. Laiua enati'D en

    ello imlHcitamente al Gacer reerencia a su se+uridad

    de @ue en la Cámara tendrHa %xito con su retensiDn de

    nulidad del acuerdo ; lo+rarHa el decreto de @uie*ra. La

    $ra. Laiua resentD un cuadro de situaciDn en el cual

    el decreto de @uie*ra aarecHa como al+o @ue

    necesariamente ocurrirHa) ; @ue la nica orma de e"itar

    esa consecuencia era mediante el desistimiento de su

    acciDn de imu+naciDn del acuerdo) a cam*io de lo cual

    exi+iD el a+o de una suma de dinero. Los directi"os dela CororaciDn dieron cr%dito a esa amena'a ; la relaciDn

    existente entre Laiua ; Sal"atori tu"o ara ello una

    imortancia undamental.

    d El $r. Sal"atori Re"irie+o uso en 2a@ue a

    CCIS#A emitiendo el rimer "oto) @ue lue+o lo+rD ma;orHa)

    ara decretar la @uie*ra de u+o (uti%rre' S.R.L. con

    *ase en una de las circunstancias exuestas en el escrito

    de imu+naciDn irmado or su cDn;u+e. Un indicio +ra"e

    de la +ra"itaciDn de ese allo ara los "ictimarios) se

    iniere en el aumento de la retensiDn de la letrada) a

    artir de esa sentencia. ,am*i%n se iniere @ue) del lado

    de la "Hctima) ese allo incidiD ara @ue la decisiDn de

    a+ar sea deiniti"a acetando las exi+encias de la $ra.

    Laiua. ale resaltar @ue la rocedencia de uno solo de

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    imro*a*le. A eso de*e sumarse @ue su relaciDn con la

    $ra. Laiua ue determinante ara la idoneidad ; %xitode los actos de intimidaciDn) ; @ue Ga*ida cuenta de su

    relaciDn con;u+al con la autora resultD tam*i%n

    *eneiciado or los rutos econDmicos deri"ados de la

    ne+ociaciDn de los @ue) una arte imortante incluso)

    co*rD ersonalmente.

    La conducta del $r. Sal"atori Re"irie+o en los

    GecGos relatados no resulta tolera*le dada la condiciDn

    de ma+istrado. En eecto) en "irtud de la trascendencia

    de la unciDn 2udicial) @uienes e2ercen la misma se

    encuentran sometidos a est&ndares de conducta de*ida m&s

    ri+urosos @ue el resto de la ciudadanHa. Por@ue se les

    est& coniando el e2ercicio de la autoridad @ue no es m&s

    @ue la otestad de tomar decisiones @ue onen en 2ue+o la

    "ida ; Gacienda de los dem&s ciudadanos.

    Sin em*ar+o) no es menester en este caso adotaruna ersecti"a "alorati"a tan exi+ente. En rimer lu+ar)

    de acuerdo a los inormes ericiales resulta prima facie

    ro*ado ; en condiciones suicientes ara ale+arlo en

    este &m*ito) @ue el $r. Sal"atori Re"irie+o e2erciD la

    roesiDn de a*o+ado al coneccionar el escrito de

    imu+naciDn irmado ; resentado or su cDn;u+e en el

    concurso de CCIS#A.

    En se+undo lu+ar) ; sin necesidad de anali'ar

    2urHdicamente el allo dictado con su rimer "oto en la

    @uie*ra de u+o (uti%rre' S.R.L.) los undamentos ; el

    modo con @ue ueron exuestos) a*ren la sosecGa de @ue

    en la moti"aciDn del ma+istrado ara el dictado del allo

    Ga;a re"alecido el roDsito de ortalecer la osiciDn

    ne+ociadora @ue esta*a desle+ando la cDn;u+e. Esa

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    GiDtesis se "e reor'ada al tomarse en cuenta las

    ma;ores exi+encias @ue a artir de esa sentencia)comunicD la a*o+ada.

    Finalmente) resulta una alta +ra"e al decoro)

    @ue Ga;a articiado en la ormali'aciDn de la cesiDn del

    cr%dito) oeraciDn an&lo+a a la @ue en el escrito de

    imu+naciDn Ga*Ha denostado como ilHcita) al unto de

    Ga*erle exi+ido al !ue' del concurso @ue remitiera los

    antecedentes a la !usticia Penal. ,odo ello sin

    considerar @ue ue @uien erci*iD ; contD los dDlares sin

    dar reci*o ; como condiciDn re"ia a oner irma en la

    escritura *lica.

    El ma+istrado no uede ale+ar inad"ertencia)

    cuando el acto de cesiDn entre Laiua ; AlTin ue con la

    concurrencia de las autoridades ; ersoneros de CCIS#A

    @uienes incluso entre+aron al $r. Sal"atori Re"irie+o

    arte de la a+a.El artHculo /4 de la Le; :.7:0 ?texto se+n Le;

    44.95> descri*e como una de las causales de destituciDn

    “la realización de hechos o desarrollo de actividades

    incompatibles con la dignidad y austeridad que el cargo

    judicial impone ?inciso +. No ca*en dudas de @ue los

    tres suuestos exuestos @uedan su*sumidos en esta

    causal.

    3.6.3. Ca*e anotar adem&s @ue el acusado de*iD

    Ga*erse aartado de inter"enir en el caso (uti%rre' al

    ser un asunto extremadamente similar a otro en @ue

    inter"enHa como arte la cDn;u+e. Como @uedD exuesto

    supra) estamos ersuadidos de @ue en el caso

    Corporación21uti*rrez ?supra 0.6 el acusado no sDlo

    incurriD en un acto de maniiesta arcialidad al

    29

  • 8/18/2019 Demanda del Colegio de Abogados de Bahia Blanca, por Juicio Politico Contra Salvatori Reviriego

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    sentenciar cuando de*iD excusarse) sino @ue adem&s

    ue coautor de la intimidaciDn e2ercida so*re laconcursada ; AlTin S.A.. Puso en e"idencia adem&s) el

    e2ercicio clandestino de la roesiDn de a*o+ado.

    La semejanza  entre los leitos en cuestiDn es

    inne+a*le. En am*os concursos se de*atHa si corresondHa

    atenuar o no el ri+or de dos normas rocesales re"istas

    or la le; concursal) a sa*erB los recaudos ormales @ue

    de*en cumlir las conormidades de los acreedores a la

    rouesta de acuerdo re"enti"o ?artHculo 30 LC ; el

    la'o ara @ue el concursado resente las conormidades

    necesarias ara lo+rar el acuerdo ?artHculo 36 LC.

    En el concurso de la "Corporación"'  la $ra.

    Laiua airma*a @ue las conormidades resentadas or

    a*o+ados no esta*an rele"adas de la certiicaciDn de

    irmas ; @ue la del secretario del 2u'+ado uesta al lado

    de a@uellas sin aclaraciDn al+una) no constituHa unacertiicaciDn. En el concurso "1uti*rrez") la sentencia

    @ue Gi'o lu+ar a la imu+naciDn declarD @ue la

    certiicaciDn de irma or un uncionario olicial no era

    suiciente al in retendido or la le; concursal. En

    am*os leitos el nudo de la cuestiDn era si la

    certiicaciDn de irmas re"ista or el artHculo 30 de la

    LC ?"por ante escribano p+blico' autoridad judicial' o

    administrativa en caso de entes p+blicos nacionales'

     provinciales o municipales" de*Ha exi+irse ri+urosamente

    o odHan lexi*ili'arse sus recaudos ?or e2emlo) no

    exi+iendo la certiicaciDn al a*o+ado) considerando

    suiciente la irma del secretario sin aclaraciDn al+una)

    o ermitiendo la certiicaciDn or un uncionario

    olicial.

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  • 8/18/2019 Demanda del Colegio de Abogados de Bahia Blanca, por Juicio Politico Contra Salvatori Reviriego

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    En las dos causas se de*atHa si odHa admitirse

    la amliaciDn del la'o ara reunir las conormidades?llamado erHodo de exclusi"idad a in de ur+ar

    e"entuales deiciencias ormales en el otor+amiento de

    las conormidades.

    3.3.INCUMPLIMIEN,O $EL $E#ER $E EVCUSARSE.

    3.3.4.CONSI$ERACIONES (ENERALESB El !ue' del

    roceso en tanto @ue est& llamado a diri+ir el de*ate ;)

    al t%rmino del mismo) dirimir las contro"ersias mediante

    el dictado de la sentencia) de*e ser neutral. Aun@ue todo

    ronunciamiento irme es o*li+atorio ara los

    2usticia*les) si el 2ue' no uera del todo a2eno al

    de*ate) carecerHa de la necesaria uer'a moral ara

    imonerse) so*re todo a a@uel al @ue le ue ne+ada la

    ra'Dn. ,al ausencia rustrarHa los dos "alores m&s

    eminados @ue ersi+ue el $erecGoB la 2usticia ?or@ue el

    @ue ierde en esas condiciones estarHa ersuadido de @ueno le ue dado lo su;o ; la a' social ?or@ue su &nimo

    no estarHa @uieto ; no odrHa sa*erse en @u% desem*ocarHa

    tan intenso ; le+Htimo malestar.

    Para res+uardar esa imrescindi*le neutralidad)

    la autoridad siemre de*e serB 4- impartial) es decir)

    no de*e ser arte al+una) or@ue si lo uera se+uramente

    allarHa el liti+io a su a"or1 /-  independiente) es

    decir) no de*e ser inerior 2er&r@uico de arte al+una)

    or@ue si lo uera es mu; osi*le @ue dicte sentencia

    como lo retende su suerior 2er&r@uico1 ; 8inalmente8

    6-  imparcial) es decir) de*e carecer de inter%s en

    resol"er de una u otra orma) or@ue si lo tu"iera

    resol"erHa conorme ese inter%s. La neutralidad ase+ura)

    entonces) @ue la autoridad roceda de manera a2ustada a

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  • 8/18/2019 Demanda del Colegio de Abogados de Bahia Blanca, por Juicio Politico Contra Salvatori Reviriego

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    $erecGo antes @ue en *eneicio de sH mismo) o del

    suerior o del roio inter%s.La independencia  e imparcialidad   del 2ue')

    constitu;en ilares *&sicos del derecGo de deensa en

    2uicio ; est&n or so*re cual@uier otra consideraciDn a

    la Gora de de2ar esta*lecido @ui%n ser& el @ue decide)

    or@ue de nada "aldrHan las me2ores le;es) si no son

    discernidas or 2ueces ro*os. Para serlo de*en ser del

    todo a2enos a las artes ; a lo @ue se de*ate) es decir)

    a*solutamente neutrales. Nada de*e aectar el &nimo del

    2ue' ; la ra'ona*le sosecGa @ue al*er+ue la arte a su

    resecto) imone aartarse o) en su deecto) aartarlo de

    la causa.

    .-cusación  ; recusación de los 2ueces) en tanto

    constitu;en mecanismos ara ase+urar la indeendencia e

    imarcialidad de ellos) merecen reerente atenciDn de

    las le;es rocesales. Sin er2uicio de ello) cual@uierasea la ra'Dn or la cual un 2ue' no sea neutral ara

    resol"er en un roceso) de*e aartarse esont&neamente de

    %l.

    ,an +ra"e es esta materia) @ue constitu;e causal

    de remociDn del ma+istrado si "se probare que estaba

    impedido de entender en el asunto y a sabiendas haya

    dictado en *l resolución que no sea de mero trámite"

    ?artHculo 6/ CPCC.

    En reiteradas oortunidades el ma+istrado acusado

    reali'D actos de parcialidad manifiesta) al omitir

    excusarse ; no admitir recusaciones correctamente

    lanteadas) las m&s de las "eces) con intenciDn

    deli*erada de a"orecer sus intereses) conorme asamos a

    enumerar.

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    3.3./.$EU$OR $EMAN$A$O POR EL MA(IS,RA$O.

    3.3./.4.LOS ECOSB Alredo arriot en"iD notas@ue ueron u*licadas el 4: de octu*re de /.774 en la

    secciDn cartas de lectores de los $iarios WLa Nue"a

    Pro"inciaW de #aGHa #lanca ; WLa NaciDnW de #uenos Aires.

    En ellas "ertiD consideraciones so*re la sentencia

    dictada or la Sala I de la C&mara de AelaciDn Ci"il ;

    Comercial de #aGHa #lanca en los autosB "Kisco de la

    /rovincia de 5uenos 3ires c2 0arriot' 3lfredo s2 

    3premio" ?Exte. 443.4:0. El /4 de octu*re de /774) el

    acusado 2unto con sus cole+as de sala) u*licD sendas

    notas de descar+o en los mismos diarios. Esto moti"D una

    nue"a carta de lector de arriot) u*licada el /: de

    octu*re de /.774 en WLa Nue"a Pro"inciaW.

    A ines de /776) el $r. Sal"atori Re"irie+o

    demandD a arriot el a+o de una indemni'aciDn de /5.777

    or considerarse a+ra"iado moralmente or a@u%l) dandoori+en a los autosB "(alvatori )eviriego' 1ustavo Jorge

    c2 0arriot' 3lfredo s2 %a7os y perjuicios"  ?Exte.

    99./50) @ue tramitan ante el !u'+ado de Primera

    Instancia en lo Ci"il ; Comercial N- 4.

    Si *ien la demanda la romo"iD al ilo del

    t%rmino de rescriciDn) la con"icciDn ara el acusado de

    @ue conta*a con derecGo a co*rar la indemni'aciDn de*e

    tenerse or nacida desde @ue @uedD anoticiado del tenor

    de las cartas a+ra"iantes. Pese a ello) desu%s de

    roducidos los GecGos @ue considerD in2uriosos) el

    ma+istrado no se excusD de inter"enir en tres sentencias

    interlocutorias dictadas en el reerido 2uicio. Las tres

    .Se trata de los fallos pronunciados los días 19 de marzo de 2.002, 8 de octubrede 2.002 y 19 de junio de 2.003, a fs. 339, fs. 429 y fs. 49 de dic!os autos, yre"istrados como e#pte. 114.18$ %& de orden 192, e#pte. 11.$4 %& de orden

    9$$ y e#pte.119.10$ %& de orden $12, respecti'amente.

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  • 8/18/2019 Demanda del Colegio de Abogados de Bahia Blanca, por Juicio Politico Contra Salvatori Reviriego

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    decisiones) in"aria*lemente) tu"ieron resultado

    desa"ora*le ara los intereses del Sr. arriot) autor delas in2urias.

    En oortunidad de a*sol"er osiciones en el

    2uicio "(alvatori c2 0arriot"' el acusado reconociD @ue

    Ga*Ha se+uido inter"iniendo en la causa "Kisco c2 

    0arriot" desu%s de los dicGos in2uriantes del demandado)

    ; aclarD @ue lo Gi'o "porque el artículo 9L inciso 9E

    +ltima parte del Código /rocesal determina que no

     procede el apartamiento de los magistrados por ofensas

    inferidas con posterioridad al momento en que comenzó su

    intervención en la causa"

    ;;CONSI$ERACIONES !UR$ICASB El ar+umento

    del ma+istrado no se sostiene. El inciso 47 del ArtHculo

    47) descarta la recusaciDn romo"ida or el oensor

    or@ue de lo contrario se a*rirHa la osi*ilidad de @ue

    deli*eradamente se ro"o@ue la situaciDn ara @ue elma+istrado sea searado de la causa. El ma+istrado de*iD

    seararse ?ArtHculo 67 or@ue al sentirse a+ra"iado ;

    con derecGo a romo"er un reclamo ci"il indemni'atorio)

    @uedD incurso en las causales descritas or los incisos

    6 ; 3 del CDdi+o rocesal. ue la demanda uera

    romo"ida en "Hseras de enecer el la'o de rescriciDn

    @uedando encerradas en el laso corrido entre las

    in2urias ; la acciDn) las tres resoluciones mencionadas)

    constitu;en un indicio ara concluir @ue el ma+istrado de

    al+n modo sa*Ha @ue odHa @uedar incurso en las

    reeridas causales ; or ello demorD la romociDn del

    2uicio. Si asH uese) entonces m&s +ra"e de*e ser el

    " 'er respuesta a la primera y (nica posici)n reformulada por el abo"ado del

    demandado, en la audiencia pertinente del 29 de abril de 2.004.

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  • 8/18/2019 Demanda del Colegio de Abogados de Bahia Blanca, por Juicio Politico Contra Salvatori Reviriego

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    rerocGe) or@ue desnuda una acciDn intencional ara

    er2udicar a la arte en el e2ercicio de la autoridad.3.3.6.ENEMIS,A$ CON EL MA(IS,RA$O.

    El acusado ; su cDn;u+e se encuentran enemistados

    con Enri@ue Mariano de Lasa) a*o+ado del oro de una

    dilatada tra;ectoria.

    En declaraciDn restada el 44 de e*rero de /.773

    ; escrito resentado el : de mar'o de /.773 ante la

    ComisiDn ?se ad2untan ori+inales) el $r. de Lasa

    atesti+uD @ue Gu*o un GecGo @ue dio notoriedad a esa

    enemistad) consistente en un entredicGo @ue mantu"o en

    diciem*re de 4.999 con la $ra. Laiua) en el @uinto iso

    del Palacio de ,ri*unales de #aGHa #lanca.

    Leandro Ser+io Picado) a*o+ado @ue comarte el

    estudio con de Lasa) ; !os% Luis CenturiDn) otro a*o+ado

    del $eartamento) tam*i%n declararon ante la reerida

    ComisiDn adFhoc  con relaciDn a la enemistad entre elmatrimonio Sal"atori Laiua ; de Lasa . Am*os ueron

    contestes en atesti+uar @ue el /9 de 2unio de /.774

    ?CenturiDn recuerda @ue ue en 2unio) Picado recisa @ue

    ue el /9) en ocasiDn de articiar en un acto

    eleccionario @ue se desarrollD en el $eartamento de

    $erecGo de la Uni"ersidad del Sur) el acusado ; su esosa

    ormularon uertes ; airadas recriminaciones a Picado or

    ser socio de Enri@ue de Lasa. El testimonio de uno ; otro

    a*o+ado ue mu; reciso en el sentido @ue) en a@uella

    oortunidad) Laiua caliicD de "delincuente" a de Lasa

    ; le imutD Ga*er e+ado "papelitos" en los ascensores

    del Palacio de !usticia de #aGHa #lanca con exresiones

    @ue descaliica*an a ella ; a su esoso.

    .*eclaraciones del 13 y el 19 de febrero de 2.004+ se adjuntan las actas

    respecti'as.

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  • 8/18/2019 Demanda del Colegio de Abogados de Bahia Blanca, por Juicio Politico Contra Salvatori Reviriego

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    En nota @ue entre+D al $iario WLa Nue"a

    Pro"inciaW de #aGHa #lanca con edido de u*licaciDn ;@ue uera transcrita en la &+ina 46 de la ediciDn del

    "iernes 45 de enero de /.773) el encartado reconociD @ue

    su esosa es enemi+a del $r. de Lasa ; @ue tal

    circunstancia es de *lico conocimiento en el oro.

    Una nota con similar inormaciDn aun@ue redactada

    en orma imersonal) como si no ro"iniera del acusado

    @uien ue en realidad el autor) ue entre+ada or %ste)

    a manera de descar+o de noticias u*licadas or WLa Nue"a

    Pro"inciaW) al Presidente del Cole+io de Ma+istrados de

    #aGHa #lanca) Ale2andro O. Aisuro) @uien a su "e' la

    entre+D al Presidente del Cole+io de A*o+ados de #aGHa

    #lanca) !or+e R. Pe''utti) en el encuentro @ue

    mantu"ieron am*as instituciones en la sede de esta ltima

    el 43 de enero de /.773. Acomañamos el ori+inal de esa

    nota) con constancia manuscrita ; irmada so*re suentre+a en la oortunidad indicada. En la rimera Go2a

    nue"amente reconoce la enemistad entre su cDn;u+e ; de

    Lasa.

    El acusado no udo ser a2eno a la enemistad @ue

    %l mismo reconoce @ue su esosa roesa resecto de

    Enri@ue de Lasa. No es ra'ona*le suoner @ue entre

    cDn;u+es @ue "i"en a"enidos) no se conta+ie una de las

    emociones m&s uertes ; "iscerales como lo es la @ue

    deara el odio. Por otro lado) el eisodio @ue ocurriD en

    la Uni"ersidad Nacional del Sur) atenti'D @ue el acusado

    Ga*Ha tomado artido en a"or de su esosa) como es

    lD+ico suoner @ue ocurriera) ; en contra de Enri@ue de

    Lasa ; Gasta de Leandro Picado.

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    La animad"ersiDn @ue el matrimonio

    Sal"atori de #aGHa #lanca.

    El acusado dictD "arias sentencias)

    interlocutorias ; deiniti"as) en 2uicios en @ue de Lasa

    era arte) cuando ;a no odHa sosecGarse de @ue esta*a

    enemistado con %l ?artHculo 4> inciso 47- CPCC.

    En estos casos la enemistad es con la arte ; no

    con el a*o+ado de la arte. Los casos sonB

    a "Cabrera' Jos* .usebio c2 (coccia' Carlos3lberto y otro s2 )edargución de falsedad y nulidad de

    escritura" ?exte.99.374) radicado ante el !u'+ado Ci"il

    ; Comercial N- / SecretarHa N- 6 de #aGHa #lanca. Enri@ue

    Mariano de Lasa es arte) conorme sur+e del certiicado

    de rue*a exedido el // de no"iem*re de /.774 a s. 44/

    @ue en coia es acomañado. Ouso una exceciDn @ue ue

    admitida en rimera instancia. Aelada la sentencia)

    @uedD en estado de resol"er en la Sala I de la Al'ada

    *aGiense) comuesta or el acusado ;) or inte+raciDn)

    or A*elardo n+el Pilotti ; Os"aldo (arcHa Festa) 2ueces

    de la Sala II. El acusado emitiD el rimer "oto) al @ue

    adGirieron los restantes camaristas) en sentido

    desa"ora*le a su enemi+o) recGa'ando la exceciDn.

    A+re+amos coia de la sentencia) @ue ue re+istrada como

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    exediente 479.403) N- de orden //6) li*ro de sentencia

    9:) ; dictada el /: de setiem*re de /.777. Para esaecGa ;a se Ga*Ha roducido el incidente ocurrido en

    diciem*re de 4.999 en el 0- iso del ,ri*unal ; era

    reciente la iniciaciDn de la e2ecuciDn de Gonorarios del

    erito @ue data del 46 de setiem*re de /.777.

    * "/*rez' .duardo Jos* c2 (auze' 6artín K y 

    otros s2 /osesión veinte7al"  ?exte. :>.4:7) radicado

    ante el !u'+ado Ci"il ; Comercial N- 5 SecretarHa N- 3 de

    #aGHa #lanca. Enri@ue Mariano de Lasa es arte) conorme

    sur+e de la contestaciDn de demanda @ue o*ra a s.

    454

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    Ci"il ; Comercial N- 5 SecretarHa N- 3 de #aGHa #lanca.

    Enri@ue Mariano de Lasa es arte conorme sur+e de lacontestaciDn de demanda @ue o*ra a s. 430

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    estudio ueron rearados los escritos ; ella o la

    emleada de su estudio reali'aron las tareas derocuraciDn so*re los mismos.

    La inter"enciDn simulada del $r. ScGumacGer tu"o

    or inalidad e"itar @ue el acusado tu"iera @ue excusarse

    si Gu*iera inter"enido su cDn;u+e.

    a "3ldalur' *lida 5eatriz c2 de la Cereza'

    &aureano y otros s2 .jecución de honorarios" ?exte.

    /0.906

  • 8/18/2019 Demanda del Colegio de Abogados de Bahia Blanca, por Juicio Politico Contra Salvatori Reviriego

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    /75 ; /05. La aclaraciDn en el escrito de s. 43>

    ertenece a Liliana Castillo.El /6 de mar'o de /.777) a s. /44 del exediente

    al @ue nos "enimos reiriendo) se dictD sentencia en el

    @ue se re+ularon los Gonorarios. El $r. Sal"atori

    Re"irie+o ue uno de los 2ueces autores del allo.

    * "3ldalur' *lida 5eatriz c2 de &asa' .nrique

    6ariano s2 .jecución de honorarios" ?exte. 9/.9/3.

    ,ramitD ante el !u'+ado Ci"il ; Comercial N- / SecretarHa

    N- 6 de #aGHa #lanca) ; actualmente est& arcGi"ado en el

    le+a2o /./40 del ArcGi"o $eartamental.

    Enri@ue Mariano de Lasa) en nota resentada el :

    de mar'o de /.773 a la ComisiDn) airma @ue ersonalmente

    concurriD al estudio Laiua ; a+D los Gonorarios @ue se

    le reclama*a en esa e2ecuciDn) reci*iendo a cam*io un

    escrito irmado or Aldalur ; ScGumacGer.

    La ComisiDn esecial comulsD este exediente enel ArcGi"o !udicial de #aGHa #lanca ; ad"irtiD @ue en uno

    de los ocos escritos concretamente) el @ue luce a s.

    0> en @ue la irma de ScGumacGer tenHa sello

    aclaratorio) de*a2o del mismo Ga*Ha una caa de lH@uido

    corrector *lanco de secado r&ido ?del estilo "liquid 

     paper" o similar) @ue cu*rHa otro sello @ue se Ga*Ha

    @uerido ocultar con ese rocedimiento.

    $e acuerdo a un inorme t%cnico re@uerido a la

    erito calH+rao Andrea Polo) @ueda corro*orado @ue en

    ese escrito se Ga*Ha estamado un sello @ue lue+o se

    cu*riD con una caa de corrector *lanco ; so*re esa caa)

    el sello aclaratorio de ScGumacGer. $el rimer sello

    resulta osi*le leerB W,- 04 F- 044 C...##W @ue

    corresonde a la matrHcula ederal de $elia Rosa Laiua.

    41

  • 8/18/2019 Demanda del Colegio de Abogados de Bahia Blanca, por Juicio Politico Contra Salvatori Reviriego

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    $os de las sentencias interlocutorias en las @ue

    inter"ino el acusado ueron enteramente a"ora*les arala eritoB el 47 de ma;o de 4.993 a s. 6/ ; el 5 de

    2unio de 4.990 a s. >4.

    La Hntima relaciDn entre la $ra. Laiua ;

    ScGumacGer @ueda corro*orada con lo acontecido en los

    autos “Nlvarez' 3ntonio &uis c2 6attano' Kernando s2 

    Cobro ejecutivo @ue tramitD en el !u'+ado de Primera

    Instancia en lo Ci"il ; Comercial N- 4) secretarHa 4 del

    $eartamento !udicial de #aGHa #lanca. En ese exediente

    era inminente el remate de un *ien inmue*le @ue el

    e2cutado Ga*Ha ena2enado a la Sra. #lanca Alcira Arias.

    Cuando reci*iD una c%dula de ScGumacGer notiic&ndole el

    auto de su*asta) se entre"istD con %l @uien le maniestD

    @ue %l no atendHa ese tr&mite) @uien lo lle"a*a era la

    $ra. $elia Laiua. Entre"istada %sta ltima) le

    maniiesta @ue el instrumento @ue exGi*Ha como *oleto noser"Ha ; rente a la insistencia de la Sra. Arias) lue+o

    de "arios dHas acetD @ue le cancelara la deuda)

    a*on&ndole /.977.8 or caital ; 077.8 or Gonorarios.

    Una "e' a+ados) Laiua le extendiD reci*o nicamente

    or los Gonorarios) no asH or el caital. Reiere Alcira

    Arias @ue de*iD iniciar 2uicio or escrituraciDn ; @ue en

    el tr&mite sucesorio de Mattano como asH tam*i%n en el

    2uicio or escrituraciDn) la a*o+ada @ue atendiD a la

    amilia Mattano ue $elia Laiua.

    3.3.0. RECUSAN,ES $ENUNCIA$OS PENALMEN,E.

    Como ;a uera exuesto ?supra 6 el acusado

    radicD una denuncia enal or coacciDn a+ra"ada en la @ue

    in"olucrD entre otros a los miem*ros del Conce2o

    $irecti"o del Cole+io de A*o+ados de #aGHa #lanca1 a los

    42

  • 8/18/2019 Demanda del Colegio de Abogados de Bahia Blanca, por Juicio Politico Contra Salvatori Reviriego

    43/121

    de la ComisiDn 3dFhoc,  a los cientos de a*o+ados @ue

    concurrieron al acto reali'ado el 67 de diciem*re de/.776 en el Gall del Palacio de ,ri*unales sito en

    Estom*a 6/ de #aGHa #lanca1 a conce2eros del $eartamento

    de $erecGo de la Uni"ersidad Nacional del Sur) $res.

    Arrui') CenturiDn ; Esandi ?G1 al nico orador de ese

    acto) el $r. %ctor $ie+o Furlon+1 a los directi"os ;

    roesionales de la CCIS#A1 a la AsociaciDn M%dica de

    #aGHa #lanca1 al diario La Nue"a Pro"incia1 al eriodista

    Luis Cano. $icGa denuncia dio lu+ar a la ormaciDn de la

    in"esti+aciDn enal reeliminar N- >5.>9: caratuladaB

    "Juez de Cámara s2 Coacción"' radicada ante la Unidad

    Fiscal de In"esti+aciDn N- / de #aGHa #lanca) a car+o del

    $r. (uillermo Federico Petersen.

    arios de los denunciados recusaron al ma+istrado

    in"ocando la causal de enemistad ?artHculo 4> inciso 47-

    CPCC. En todas ellas) el acusado se resistiD con tesDndi+no de me2or causa. ,amoco se excusD or ra'ones de

    decoro ; delicade'a. eamos cada una de las recusacionesB

    3.3.0.4.AL#ER,O EAL$O (XR(B Fue conse2ero

    titular en el anterior erHodo) en las elecciones de ma;o

    asado resultD reelecto) desde entonces es "iceresidente

    /-) e inte+ra la ComisiDn 3dFhoc. Acta como a*o+ado de

    la e2ecutada en los autosB "/ellegrini' 6aría del Carmen

    c2 8ete (3 s2 .jecución hipotecaria"  ?exte. N

    474.3/0 @ue tramitan ante el !u'+ado Ci"il ; Comercial

    N- / SecretarHa N- 6 de #aGHa #lanca. El /5 de a*ril de

    /.773 recusD al encartado undado en la enemistad @ue

    resulta de Ga*er sido imlicado en la denuncia enal. La

    e2ecutada adGiriD a la recusaciDn de su a*o+ado. En el

    inorme del artHculo // del CDdi+o Procesal del 67 de

    43

  • 8/18/2019 Demanda del Colegio de Abogados de Bahia Blanca, por Juicio Politico Contra Salvatori Reviriego

    44/121

    a*ril de /.773 ; en una amliaciDn roducida el /3 de

    ma;o de /.773) el acusado reconociD Ga*er ormulado ladenuncia asH como @ue odrHa estar in"olucrado el a*o+ado

    recusante) ero sostu"o @ue la recusaciDn or enemistad

    sDlo rocede resecto de la arte ; no con relaciDn a su

    a*o+ado. No se excusD or nin+una de las causales del

    artHculo 4> del ordenamiento del rito) ni tamoco lo Gi'o

    or ra'ones de decoro ; delicade'a en los t%rminos del

    artHculo 67 del mismo cuero. PretextD @ue la situaciDn

    suscitada no comrometHa su indeendencia ; @ue) dada la

    extensiDn del conlicto) aartarse de la causa aectarHa

    el uncionamiento del Dr+ano 2urisdiccional @ue inte+ra.

    El 4/ de a+osto de /.773) el ,ri*unal recGa'D la

    recusaciDn or entender @ue la enemistad @ue la autori'a

    es sDlo a@uella @ue acontece con la arte ; no con su

    a*o+ado. El 67 de a+osto de /.773) contra esa decisiDn la

    e2ecutada ; su a*o+ado or derecGo roio interusieronrecursos extraordinarios de nulidad ; de inalica*ilidad

    de le;. El / de setiem*re de /.773 la Sala dene+D los

    recursos con el undamento @ue el allo cuestionado no

    re"estHa el car&cter de sentencia deiniti"a. Los

    interesados acudieron en @ue2a a la Surema Corte

    Pro"incial) la @ue idiD la remisiDn del exediente

    rincial ; de la denuncia enal. Estos exedientes ;a se

    encuentran a consideraciDn del M&s Alto ,ri*unal

    #onaerense @ue .E. reside.

    3.3.0./.YC,OR $IE(O SAN,IA(O MI(UEL FURLON(B

    El rimero) adem&s de Ga*er sido residente or dos

    erHodos de nuestra InstituciDn) ue el nico orador en

    el acto del 67 de diciem*re de /.776) ; reside la

    ComisiDn 3dFhoc Santia+o Mi+uel Furlon+ es conse2ero

    44

  • 8/18/2019 Demanda del Colegio de Abogados de Bahia Blanca, por Juicio Politico Contra Salvatori Reviriego

    45/121

    titular del Cole+io desde /.777. %ctor es adre de

    Santia+o) inte+ran el mismo estudio ; ueronesecHicamente mencionados en la denuncia or coacciDn

    a+ra"ada.

    %ctor $ie+o Furlon+ inter"iene como a*o+ado de

    la demandada en autosB "Chimondeguy' Juan Carlos c2 

    /ucará (3 s2 ulidad de asamblea" ?exte. />.590) @ue

    tramitan ante el !u'+ado Ci"il ; Comercial N- :

    SecretarHa N- > de #aGHa #lanca. Por su roio derecGo

    recusD al encartado ?s.:97

  • 8/18/2019 Demanda del Colegio de Abogados de Bahia Blanca, por Juicio Politico Contra Salvatori Reviriego

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    Padre e Gi2o inter"ienen en autosB "/innel' Jos*

    .steban s2 (ucesión ab intestato" ?exte. 6/.:03) @uetramitan ante el !u'+ado Ci"il ; Comercial N- :

    SecretarHa N- > de #aGHa #lanca) en los @ue lle+D a la

    Sala I una serie de aelaciones relati"as a la

    caliicaciDn ; clasiicaciDn de los tra*a2os de los

    roesionales. Los $res. Furlon+ recusaron al $r.

    Sal"atori Re"irie+o @uien en su inorme ar+u;D @ue los

    recusantes no tienen inter%s en la cuestiDn a resol"er)

    la @ue se reduce a determinar @u% arte de*er& a+ar la

    remuneraciDn de la tarea @ue reali'D cada a*o+ado. Los

    recusantes no actan en la incidencia or derecGo roio)

    lo @ue @ueda demostrado en @ue) cual@uiera uere el

    resultado) no odrHan ser condenados en costas.

    La 2ustiicaciDn no es cierta. No sDlo de*e

    determinarse @ui%n a+a ; @u% tarea) sino tam*i%n @u%

    etaas del sucesorio desarrollD cada roesional) asectoen el cual tiene inter%s ersonal ; directo cada a*o+ado.

    No es "erdad @ue los recusantes no Ga;an inter"enido or

    derecGo roio en la incidencia) lo @ue se constata en el

    exordio del escrito en @ue se interuso la aelaciDn

    undada ; en el @ue se contestD la aelaciDn de la

    contraria ?resentados los dHas 64

  • 8/18/2019 Demanda del Colegio de Abogados de Bahia Blanca, por Juicio Politico Contra Salvatori Reviriego

    47/121

    enemistado or Ga*erlos denunciado enalmente. El caso

    descrito demuestra el incumlimiento de ese comromiso.

    3.3.0.6. (UILLERMO AN$RYS MARCOSB Fue miem*ro del

    ,ri*unal de Ytica ; en las elecciones de ma;o ue

    reelecto como residente del mismo. Patrocinando al actor

    en autosB ")ambado' 6anuel Krancisco c2 5esozzi' 6arta

    6atilde s2 Cobro de pesos" ?exte. 6>.>97) @ue tramitan

    ante el !u'+ado Ci"il ; Comercial N- : SecretarHa N- > de

    #aGHa #lanca) recusD al ma+istrado ?76::) ese a @ue se trata*a de una

    incidencia de caliicaciDn ; clasiicaciDn de los

    tra*a2os roesionales) entre otros) de Oscar Nor*erto

    Freda) @uien como es de *lico ; notorio conocimiento

    es una de las ersonas alcan'adas or su denuncia enal

    dado @ue inte+ra desde Gace tiemo el Conse2o $irecti"o

    del Cole+io de A*o+ados. El $r. Freda interuso

    aclaratoria contra dicGo ronunciamiento) oortunidad en

    @ue el acusado se excusD de inter"enir en la incidencia

    so*re caliicaciDn ; clasiicaciDn de los tra*a2os

    roesionales. PretextD @ue reci%n entonces tomD

    conocimiento de la inter"enciDn del $r. Freda en los

    GecGos @ue lo aectan) lo @ue no uede ser cierto.

    ?Contrasta la excusaciDn en este caso ; el recGa'o de la

    47

  • 8/18/2019 Demanda del Colegio de Abogados de Bahia Blanca, por Juicio Politico Contra Salvatori Reviriego

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    recusaciDn en QPinnel cuando se tratan de situaciones

    id%nticas.En otro caso osterior a Q#oxler el ma+istrado

    no se excusD ese a @ue se resol"Ha una cuestiDn @ue

    aecta*a en orma ersonal ; directa al roesional. En

    los autosB “6ochen' 0erminia y otros c2 &a /revisión

    Cooperativa de (eguros &imitada s2 &iquidación forzosa

    4ncidente de revisión  ?Exte. 4/4.9:51 N. O. //6) el 47

    de a+osto de /.773 la Sala I dictD sentencia deiniti"a ;

    re+ulD Gonorarios del $r. Freda) sin @ue el $r. Sal"atori

    Re"irie+o se excusara.

    3.3.0.0.CARLOS AL#ER,O (IRAU$OBActualmente no

    ocua car+o cole+ial al+uno) sH lo Gi'o con anterioridad.

    Adem&s u*licD una carta al lector en el diario local)

    ao;ando decididamente el roceder del Cole+io en esta

    emer+encia. Con moti"o de esa carta de lector) la a*o+ada

    Laiua intimD rimero a @ue rectii@ue o ratii@ue losdicGos ; romo"iD lue+o @uerella @ue se encuentra en

    leno tr&mite. RecusD al acusado con resultado ne+ati"o

    en autosB "6artínez Kalcón' *stor c2 55A3 5anco Kranc*s

    (3 s2 %iligencias preliminares") Sala I) exte.

    449.>6/.

    3.3.0.5. (ERAR$O RAFAEL SALASB Es una de las

    ersonas @ue irma esta actuaciDn. Fue residente del

    ,ri*unal de $iscilina Gasta las ltimas elecciones) en

    las @ue ue electo residente del Cole+io. Fue @uerellado

    or el acusado ; tam*i%n lo recusD. ,amoco el acusado se

    excusD. An no le ue notiicada la @uerella) ero de

    acuerdo a lo @ue resulta de la resoluciDn en @ue se

    disuso una excusaciDn) @ue sH Ga sido notiicada) el

    a+ra"io ro"endrHa de exresiones *licas del @uerellado

    48

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    en calidad de Presidente del Cole+io de A*o+ados de #aGHa

    #lanca.Ori+inariamente tramitD como causa N- 4.499

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    POSICIÓN ASUMI$A POR EL MA(IS,RA$OB En recuentes

    entre"istas @ue el acusado concediD a los medios dediusiDn locales) ; en los inormes resentados en la

    oortunidad i2ada or el artHculo // del CDdi+o

    Procesal) el ma+istrado exuso las ra'ones @ue lo

    lle"aron a decidir no aartarse del conocimiento de las

    causas en cuestiDn.

    Acomañamos una casete con "ideo+ra*aciones de

    al+unas de las numerosas entre"istas concedidas or el

    acusado a distintos medios de diusiDn de nuestra ciudad)

    ; la des+ra*aciDn escrita de su contenido.

    3.3.5.CONSI$ERACIONES !UR$ICAS.

    $e este material ; de las ie'as rocesales de

    los 2uicios antes reeridos sur+e @ue el ma+istrado se

    excusa or ra'ones de decoro ; delicade'a en los 2uicios

    en @ue al+uno de los in"olucrados en su denuncia enal

    inter"iene como arte. Pero no en cam*io) cuandointer"ienen como a*o+ado de la arte. Las ra'ones @ue Ga

    dado ara roceder de esta orma son tres) a sa*erB 4- a

    su 2uicio) la causal de enemistad re"ista or el

    artHculo 4> del CPCC alcan'a sDlo a la arte ; no es

    extensi"a a sus letrados1 /- el conlicto @ue reconoce

    mantener con al+unos a*o+ados) no comromete su

    imarcialidad ni lo coloca en situaciDn de "iolencia

    moral al tener @ue decidir en causas en @ue ellos no son

    arte1 6- dada la extensiDn @ue le asi+na al conlicto)

    si se excusara en esos casos) se "erHa aectado el

    uncionamiento del ,ri*unal @ue inte+ra. Por lo dem&s)

    considera @ue la osi*ilidad de excusarse or las ra'ones

    re"istas or el artHculo 67 del CPCC) constitu;e una

    Wrerro+ati"aW li*rada al solo ar*itrio del ma+istrado.

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    Nin+una de tales ra'ones es suiciente ara

    2ustiicar lo in2ustiica*le) como se+uidamenteexlicamos.

    3.3.5.4. LA CAUSAL $E ENEMIS,A$) EN CASOS (RAES)

    ALCAN=A A LOS A#O(A$OSB La e-cusación ; recusación de los

    2ueces) en tanto constitu;en mecanismos @ue ase+uran la

    indeendencia e imarcialidad de ellos) merecen

    reerente atenciDn en las le;es rocesales. Sin

    er2uicio de ello) cual@uiera sea el moti"o or el cual

    un 2ue' no sea neutral ara resol"er en un roceso) de*e

    esont&neamente aartarse del mismo. Si no lo Gace) la

    arte uede reclamarlo) con indeendencia de @ue el caso

    ueda su*sumirse o no en al+una de las causales re"istas

    or el ordenamiento rocesal. En eecto) la enunciaciDn

    sDlo uede e2emliicar ero no es limitati"a) dada la

    esecial imortancia @ue cuenta la imarcialidad del

    ma+istrado como re@uisito ara el e2ercicio de la unciDn2udicial.

    El artHculo 4> del CDdi+o Procesal Ci"il ;

    Comercial *onaerense) alude a doce causales de recusaciDn

    ; o*li+an al ma+istrado a seararse con indeendencia de)

    en caso de no a*stenerse) cometer re"aricato. Por ello)

    las cualidades del !ue' en el caso concreto) son

    irrele"antes ara 2u'+ar si rocede o no la searaciDn.

    El 2ue' @ue se excusa est& con ello airmando @ue

    cometerHa re"aricaciDn.

    Las causales ueden seararse en dos +ruosB ,res

    de ellas son o*2eti"as) es decir) se reieren a la

    relaciDn del ma+istrado con el leito en sH mismo. $e*e

    aartarse el 2ue' si emitiD oiniDn so*re el leito

    ?inciso >- aartado /- o inter"ino como a*o+ado en el

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    mismo ?inciso >- aartado 4- o si %l o ciertos arientes

    su;os tienen inter%s en la cuestiDn a decidir ?inciso /-aartado 4-.

    Las restantes nue"e son su*2eti"as) es decir)

    tratan so*re la relaciDn del ma+istrado con las ersonas

    @ue inter"ienen en el leito. Estas se di"iden en tres

    +ruos. El rimer +ruo se inte+ra con dos de ellas)

    resecto de las cuales) de la letra exresa de la norma

    rocesal) sur+e @ue la "inculaciDn @ue imone la

    declinaciDn de la cometencia lo es tanto con la  parte

    cuanto con su abogado. ,ener cierto arentesco ?inciso

    4- o mantener cierta comunidad ?inciso /- aartado /-

    con la arte o con el a*o+ado de ella.

    El se+undo +ruo se comone con otras tres

    causales) con relaciDn a las cuales la le; indica con

    recisiDn @ue de*en "eriicarse exclusi"amente con

    relaciDn a la parte. Mantener cierto "Hnculo como deudoro acreedor ?inciso 3- o amistad ?inciso 9- o Ga*er

    reci*ido *eneicios de imortancia ?inciso :- de la

    arte.

    El tercer +ruo se comone de cuatro causales en

    las @ue la le; reiere ciertas circunstancias @ue

    acontecen con el "recusante") sin aclarar si se trata de

    la arte solamente o tam*i%n su a*o+ado. En los cuatro

    casos se trata de dierentes GiDtesis de enrentamiento

    o conlicto entre el 2ue' ; el recusante. Ellas son

    mantener leito endiente ?inciso 6-1 ser o Ga*er sido

    denunciador o acusador ?inciso 0- aartado 4- o Ga*er

    sido denunciado o acusado antes de iniciarse el 2uicio

    ante cual@uier tri*unal ?inciso 0- aartado /-1 o

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    mantener enemistad ?inciso 47-1 todo ello) resecto del

    recusante.No existe conormidad en la doctrina resecto si

    la le; reiere como recusante sDlo a la arte o tam*i%n

    al a*o+ado. Sin desconocer criterios en contrario)

    estamos ersuadidos de @ue estas causales) so*re todo en

    casos "erdaderamente +ra"es) tam*i%n alcan'an al a*o+ado.

    MarHa Fa*iani Comiani ?WRecusaciDn con exresiDn de

    causa de enemistad) odio o resentimientoW) LL 49938$ &+.

    4) citando a CGiaini ?WLa recusaciDn con causaW) Ed.

    La Rocca) #s.As.) 4.993) &+. 474 ; 479) sostiene @ue

    "la multivocidad del sustantivo ZrecusanteZ que utiliza

    el inciso 9E' inspira su e-tensión' ya que recusante

     puede ser tanto la parte como su letrado"

    Es interesante notar @ue en cinco causales

    su*2eti"as) la %rdida de la neutralidad del 2ue'

    alcan'ado or ellas) de"iene or la osi*ilidad de @uetienda a *eneiciar a la ersona cara a sus aectos o

    intereses1 concretamenteB a su ariente) a a@uel con el

    @ue tiene comunidad) a su deudor) acreedor o aian'ado) a

    su mecenas o a su ami+o.

    En tanto @ue en otras cuatro causales su*2eti"as)

    la sosecGa radica en @ue odrHa @uerer er2udicar al

    recusante con el cual est& enrentado1 o*"iamenteB la

    contraarte de su leito endiente) su denunciado o

    acusado) su denunciador o acusador) el @ue le idiD el

    2ur; o su enemi+o declarado.

    AGora *ien) si se entendiera @ue la causales de

    recusaciDn undadas en GiDtesis de conlicto con el

    2ue') sDlo alcan'a a la arte ; no al a*o+ado) de todas

    ormas) el $r. Sal"atori Re"irie+o de*iD aartarse de los

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    2uicios en los @ue los a*o+ados @ue %l denunciD

    enalmente inter"ienen como tales) or@ue el artHculo 67no reen"Ha al artHculo 4>) ; si se entendiera @ue el

    reen"Ho es imlHcito) en %l conlu;en todas las

    alternati"as) or@ue menciona suuestos @ue alcan'an sDlo

    a las artes) otros @ue tam*i%n lo Gacen a sus a*o+ados ;

    un tercer +ruo @ue como di2imos menciona

    indeinidamente al recusante.

    En el caso @ue nos ocua la cuestiDn es crucial.

    El enrentamiento entre el ma+istrado ; el

    a*o+ado de la arte constitu;e un GecGo *lico ; notorio

    @ue aecta se"eramente el ser"icio de 2usticia. En

    eecto) la indeendencia de los 2ueces constitu;e

    undamentalmente un de*er ara @uienes e2ercen esa

    unciDn ; tiene como correlato el derecGo de los

    ciudadanos a ser 2u'+ados desde el $erecGo) no desde las

    relaciones de oder) 2ue+os de intereses o sistemas de"alores extraños al $erecGo. Pues *ien) el conlicto

    alimentado or el mismo ma+istrado con la señalada

    denuncia ; dem&s actos *licos) aecta se"eramente su

    imarcialidad en todas a@uellas causas en @ue inter"en+an

    los letrados resecto de los cuales el denunciado Ga

    exteriori'ado un resentimiento. En eecto) el

    resentimiento no es un sentimiento natural) sino un

    sentimiento moral) @ue se caracteri'a or el GecGo de @ue

    @ui%n lo exerimenta tiene la creencia de Ga*er

    sido in2ustamente tratado o in2ustamente er2udicado or

    el destinatario del sentimiento. ?con.) RaTls) !oGn)

    W8eoría de la JusticiaW) Fondo de Cultura EconDmica) &+.

    0:9) #s.AS. 4996. El encartado Ga rota+oni'ado

    distintos GecGos ; acciones *licas en los @ue maniestD

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    su resentimiento contra los mencionados a*o+ados) a

    sa*erBa Los reeridos a*o+ados asistieron al acto del

    67 de diciem*re en el Palacio de ,ri*unales ; ese GecGo

    es erectamente conocido or el ma+istrado) ;a @ue %l

    con su cDn;u+e se tomaron el tra*a2o de encomendar a un

    tercero @ue ilmara el acto) ilmaciDn @ue ue a+re+ada a

    una causa discilinaria resecto de la $ra. Laiua @ue

    tramita en el Cole+io.

    * El ma+istrado maniestD en los medios de

    diusiDn @ue la comisiDn creada or el Cole+io de

    A*o+ados es totalmente ile+al ; carece de acultades ara

    in"esti+ar1 @ue est& inte+rada or ersonas arciales

    @ue insti+an a otros a ormular denuncias) etc. Entre los

    a*o+ados @ue exi+ieron @ue se searara) Ga; miem*ros

    inte+rantes de esa comisiDn.

    c La $ra. Laiua) cDn;u+e del encartadomaniestD *licamente en un ro+rama radial ?LU/ AM :37

    @ue considera*a como sus enemi+os a todos los a*o+ados

    @ue asistieron al acto de ,ri*unales. i'o esa

    maniestaciDn estando acomañada del ma+istrado.

    ,odos estos GecGos conocidos en toda la

    comunidad) constitu;en indicios suicientes ara

    desertar la sosecGa en todos del odio o resentimiento

    @ue el ma+istrado tiene con todos esos a*o+ados. Con ello

    @ueda instalada la causal) siendo una cuestiDn

    irrele"ante si eecti"amente en la ersonalidad del

    ma+istrado se den esas sensaciones.

    Al no a*stenerse de inter"enir el ma+istrado

    ro"oca en los articulares la con"icciDn de @ue no ser&

    resetado el derecGo @ue tienen a ser 2u'+ados desde el

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    $erecGo ;) a la "e') aecta la credi*ilidad de las

    decisiones @ue adote asH como de las ra'ones ; mD"iles@ue incidieron en la misma) las @ue sDlo de*en ser

    2urHdicas. Yl mismo alimentD esa crisis al maniestar en

    un reorta2e lo si+uienteB “los abogados dan testimonio

    contra sí mismos' porque le dicen a sus clientes que con

    ellos van a perder los juicios' porque el magistrado que

    resuelve está enfrentado con ellos' con lo que le están

    diciendo a sus clientes que vayan a ver otros abogados 

    Conorme a lo exuesto) ca*e de2ar sentado @ue la

    excusaciDn or decoro ; delicade'a no Ga sido diseñada en

    *eneicio del excusado sino) como toda recusaciDn ;

    excusaciDn) en res+uardo de la imarcialidad 2udicial. El

    2uicio re"io @ue de*e Gacer el ma+istrado entonces) no

    asa or si en el caso articular 2u'+ar imortarHa

    someterlo a una situaciDn moralmente "iolenta) sino ;

    undamentalmente si al 2u'+ar en el caso @uedarHasosecGado or arcialidad porque así las circunstancias

    del caso lo indican  El recurso del artHculo 67) or

    ende) imone un de*er m&s @ue una acultad @ue el

    ma+istrado uede e2ercer discrecionalmente. El in tenido

    en mira or el le+islador) restrin+e se"eramente el

    &m*ito de li*ertad en la decisiDn. el &m*ito aroiado

    ara 2u'+ar si Ga se Ga actuado conorme a ese de*er es

    el resente 2uicio.

    3.3.5./. LA EV,ENSIÓN $EL CONFLIC,OB La

    excusaciDn or ra'ones de decoro o delicade'a no es

    e-cepcional) sino @ue de*e roducirse cuantas "eces sea

    necesario1 no tiene lHmite al+uno) m&s @ue el cuidadoso

    an&lisis del 2ue' @ue de*e anali'arla. ,amoco de*e

    2u'+arse desde la Dtica de la Giot%tica aectaciDn de

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    la re+ularidad de la administraciDn de la 2usticia @ue

    ueda roducir. El roceder de los 2ueces de*e estar+uiado or las re+las @ue de*en resetar) antes @ue or

    la e"aluaciDn me'@uina de lo @ue uede darles m&s o menos

    tra*a2o) a ellos o a sus cole+as. Con ma;or ra'Dn ello es

    asH en materia de recusaciones ; excusaciones) or@ue

    est& en 2ue+o la neutralidad del 2u'+ador) sin la cual

    desaarece toda idea de roceso 2usto) ara reemla'arla

    or la ar*itrariedad del @ue decide en a"or del ami+o o

    en er2uicio del enemi+o.

    3.3.5.6 $ELICA$O %.5.)'  EL $E EVCUSARSE

    KM%3%36.8. /:) 6:84A:( 1)3A.( %. %.C:): @ %.&4C3%.Q3 B

    Aun@ue la doctrina rocesal no se Ga uesto de acuerdo

    cDmo denominar ; clasiicar las atri*uciones de los

    2ueces) es cl&sica la distinciDn entre sus de*eres ;

    acultades) @ue or otra arte mencionan la ma;orHa de

    los ordenamientos rocesales) entre ellos el ci"il ;comercial *onaerense. A artir de reconocerle a los

    ma+istrados acultades se a*re la osi*ilidad del

    e2ercicio discrecional de la unciDn sometida nicamente

    a la Hntima con"icciDn del ma+istrado. Nada m&s errado.

    SDlo Ga; dos modos distintos de estar o*li+ados o

    sometido a una conducta de*ida. En el caso de los

    de*eres) la norma est& indicando esecHicamente la

    conducta @ue de*e adotarse1 resecto de las conductas

    alcan'adas or el conceto facultades) el in @ue el

    le+islador tiene en mira al concederla es la @ue de*e

    +o*ernar el curso de acciDn de*ido.

    En tal sentido) cuando el art 67 de nuestro

    ordenamiento rocesal ro"incial exresa @ue) de Gallarse

    comrendido en las causales re"istas en el artHculo 4>

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    de dicGo cDdi+o) el 2ue' Qde*er& excusarse) ; @ue de

    existir undados moti"os de decoro ; delicade'a Qodr&Gacerlo) de nin+n modo otor+a una mera Qrerro+ati"a en

    *eneicio del ma+istrado. Es induda*le @ue la correcta

    inteli+encia de tal norma) es desautori'ar la recusaciDn

    or moti"os +ra"es de decoro ; delicade'a) diiriendo al

    criterio undado del 2ue' la e"aluaciDn de la existencia

    o no de tal causal) ero sin de2ar li*rada tal decisiDn a

    su sola ;