delito de abigeato

4
Delito de abigeato. Artculo 448 bis La ultima modificación fue el 4 de julio del 2012. En términos generales es el hurto y robo de animales? No es suficiente. El código define como el hurto o robo de uno o más caballos o bestias de silla o carga, o especies de ganado mayor o menor Bestias de sillas o carga? Burro, buey, camello, llama. Especie de ganado mayor o menor: vacas ver gravacion!!, el chanchito? Ahora no esta… lo elimino!! Sigue siendo objeto de sanción penal de acuerdo a las reglas generales. Se considera autor del delito de abigeato al que sin consentimiento del que puede disponer del ganado 1°. Altere o elimine marcas o señales en animales ajenos. 2°. Marque, señale, contramarque o contraseñale animales ajenos. 3°. Expida o porte certificados falsos para obtener guías o formularios o haga conducir animales ajenos sin estar debidamente autorizado. Es presunción de autoría de abigeato. Ej. Si el sujeto es protector de los animales… están bien que existan presunciones? En que quedo la presunción de inocencia? El debido proceso? En este caso me obligan a defenderme según este articulo… la particularidad que tiene el abigeato defindo en los términos señalados e que el castigo penal se aumenta por el legislador. Si el objeto material es alguna de las especies referidas de acuerdo al articulo 448 ter del código el tribunal debe aumentar la pena en un grado. Es mas drástico el legislador con el que hurta o roba esto Artículo 448 ter. Una vez determinada la pena que correspondería a los autores, cómplices y encubridores de abigeato sin el requisito de tratarse de la substracción de animales y considerando las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal concurrentes, el juez deberá aumentarla en un grado y aplicará, en todo caso, la pena de comiso en los términos del artículo 31 de este Código. Cual es el fundamento? Puede ser porque en zonas rurales es gran parte de las riquezas de las personas pero el código no distingue!! O sea si tengo alguno de estos animales de mascotas me van a sancionar igual!! Incluso el 448 ter dice en su inciso segundo Cuando las especies substraídas tengan un valor que exceda las cinco unidades tributarias mensuales, se aplicará, además, la accesoria de multa de setenta y cinco a cien unidades tributarias mensuales.

Upload: ver

Post on 27-Nov-2015

49 views

Category:

Documents


3 download

TRANSCRIPT

Page 1: Delito de Abigeato

Delito de abigeato. Artculo 448 bis

La ultima modificación fue el 4 de julio del 2012. En términos generales es el hurto y robo de animales? No es suficiente. El código define como el hurto o robo de uno o más caballos o bestias de silla o carga, o especies de ganado mayor o menorBestias de sillas o carga? Burro, buey, camello, llama. Especie de ganado mayor o menor: vacas ver gravacion!!, el chanchito? Ahora no esta… lo elimino!! Sigue siendo objeto de sanción penal de acuerdo a las reglas generales. Se considera autor del delito de abigeato al que sin consentimiento del que puede disponer del ganado 1°. Altere o elimine marcas o señales en animales ajenos.     2°. Marque, señale, contramarque o contraseñale animales ajenos.     3°. Expida o porte certificados falsos para obtener guías o formularios o haga conducir animales ajenos sin estar debidamente autorizado. Es presunción de autoría de abigeato. Ej. Si el sujeto es protector de los animales… están bien que existan presunciones? En que quedo la presunción de inocencia? El debido proceso? En este caso me obligan a defenderme según este articulo… la particularidad que tiene el abigeato defindo en los términos señalados e que el castigo penal se aumenta por el legislador. Si el objeto material es alguna de las especies referidas de acuerdo al articulo 448 ter del código el tribunal debe aumentar la pena en un grado. Es mas drástico el legislador con el que hurta o roba esto Artículo 448 ter. Una vez determinada la pena que correspondería a los autores, cómplices y encubridores de abigeato sin el requisito de tratarse de la substracción de animales y considerando las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal concurrentes, el juez deberá aumentarla en un grado y aplicará, en todo caso, la pena de comiso en los términos del artículo 31 de este Código.Cual es el fundamento? Puede ser porque en zonas rurales es gran parte de las riquezas de las personas pero el código no distingue!! O sea si tengo alguno de estos animales de mascotas me van a sancionar igual!! Incluso el 448 ter dice en su inciso segundo Cuando las especies substraídas tengan un valor que exceda las cinco unidades tributarias mensuales, se aplicará, además, la accesoria de multa de setenta y cinco a cien unidades tributarias mensuales. Aumenta la pena harto

Será castigado como autor de abigeato el que beneficie o destruya una especie para apropiarse de toda ella o de alguna de sus partes.Yo lo robe y lo faene ahí mismo! Se llaman cuatreros…

Hay otra presunción de autoria en el 448 quater Artículo 448 quáter. Se castigará como autor de abigeato a aquel en cuyo poder se encuentren animales o partes de los mismos referidos en este Párrafo, cuando no pueda justificar su adquisición o legítima tenencia y, del mismo modo, al que sea habido en predio ajeno, arreando, transportando, manteniendo cautivas, inmovilizadas o maniatadas dichas especies animales.Puede que este preparando para un rodeo… es raro que establezca presunciones. También puede ser que tenga problemas mentales y por eso esta amarrando a los animales.

Page 2: Delito de Abigeato

Las marcas registradas, señales conocidas, dispositivos de identificación individual oficial registrados ante el Servicio Agrícola y Ganadero u otras de carácter electrónico o tecnológico puestas sobre el animal, constituyen presunción de dominio a favor del dueño de la marca o señal.

Para los efectos previstos en el inciso primero, en los casos de traslado de animales o de partes de los mismos, realizado en vehículos de transporte de carga, Carabineros de Chile deberá exigir, además del formulario de movimiento animal, la boleta, factura o guía de despacho correspondiente, a efectos de acreditar el dominio, posesión o legítima tenencia de las especies. Ante la imposibilidad de acreditar dicho dominio, posesión o legítima tenencia, según corresponda, por carecer de los mencionados documentos o por negarse a su exhibición, los funcionarios policiales se incautarán de las especies, sus partes y del medio de transporte, dando aviso a la fiscalía correspondiente para el inicio de la investigación que proceda, al Servicio de Impuestos Internos ante un eventual delito tributario, a la autoridad sanitaria competente para que instruya sumario sanitario y al Servicio Agrícola y Ganadero para determinar la eventual existencia de infracciones a la normativa agropecuaria.

     Ante la sospecha o la comisión de los delitos a que se refiere este párrafo, el Ministerio Público podrá, en lo pertinente, autorizar la correspondiente investigación bajo la técnica de entrega vigilada o controlada, en los términos regulados en el Título II, Párrafo 1°, de la ley N° 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas

Esto de la entrega vigilada se establece para delitos de ley de drogas.. otra y de abigeato!!

Artículo 448 quinquies. El que se apropie de las plumas, pelos, crines, cerdas, lanas o cualquier elemento del pelaje de animales ajenos, por cualquier medio que ello se realice, será castigado con presidio menor en sus grados mínimo a medio. Si se apropia de plumas entonces se sanciona con de 61 a 541 dias si se roba una pluma xd

Saber lo que es el abigeato, saber que la pena es mayor y que juez esta obligado a aumentar la pena en 1 grado, que multa es mayor, que hay presunciones de autoria!! No cuales pero que hay.

RECEPTACION. 456 BIS A

Con el terremoto tubo su fama… tribunal les aplico prisión preventiva.El que conociendo su origen o no pudiendo menos que conocerlo… se refiere a dolo directo o eventual!! No es culpa… porque noo hay ninguna forma de las que se usan!! Ni imprudencia, impericia negligencia. Conociendo… no agrega nada porke todos los tipos penales son dolosos. Verbo rector compra, vende, transporta, comercializa Si no hubiera tipo penal lo que seria al aprovecharse seria encubridor.

Objeto material de la acción especies hurtadas o robadas o que fueron objeto de abigeato, objeto de receptación, objeto de apropiación indebida.De manera que si llega un sujeto y dice… vendo una tele!! Si dice que pago con un cheque sin fondos… no seria porque la estafa no forma parte de los tipos penales anteriores!! El porque?? Ni idea xd en este caso también seria encubridor de la estafa!! Ver grabación!!

Page 3: Delito de Abigeato

La pena es variable, presidio menor en cualquiera de sus grados y multa de 5 a 100 utm.Para gravedad de pena se considera: valor de las especies, gravedad del delito en que se obtuvieron si era conocido por el autor.

Si hay reiteración se aplica el máximo de la pena establecido. Hay norma especial aplicable a reiteración o concurso real o material del delito de receptación. Además hay aumento de penalidad cuando el objeto son cosas son parte de redes de servicios públicos o domiciliarios como electricidad, bla bla. Si se trata del delito de abigeato la pena tb se aumenta.

Importa: saber tipicidad objetiva y subjetiva.Verbo rector que son varios Objeto material con las limitaciones Tipicidad objetiva en que se hace referencia a ella Que hay aumento de penalidad en los casos.