decreto de necesidad y urgencia

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PROYECTO DE DECLARACION VISTO: El decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 2010/2009 “Fondo del Bicentenario”, publicado en el Boletín Oficial el día 15/12/09; y, CONSIDERANDO: Que el Decreto de Necesidad y Urgencia 2010/09 –Fondo del Bicentenario- afecta y lesiona los derechos de la Provincia de San Luis y los de su Pueblo. Que dicho decreto resulta contradictorio y violatorio de la Constitución Nacional en los Arts. 4, 75, incs. 2, 3, 4, 6, 7, 8 y 19; Art. 99, inc. 3; y Art. 100, inc. 3. Que la ley de presupuesto nacional vigente para el año 2010 ya prevé recursos presupuestarios por un total de $ 26.575.553.000, con destino a la cancelación de deuda pública. Que a pesar de que el Congreso Nacional autorizó el gasto para afrontar los vencimientos de la deuda pública, dotándolo de los respectivos recursos, la Presidente de la Nación, en exceso de sus competencias constitucionales, dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia 2010/2009 por el cual intenta apropiarse de las reservas federales por un monto similar al autorizado por la ley de presupuesto y con idéntico objetivo. Que el Decreto de Necesidad y Urgencia 2010/09 fue dictado a pocos días de finalizado el periodo ordinario de sesiones del

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Page 1: Decreto De Necesidad Y Urgencia

PROYECTO DE DECLARACION

VISTO:

El decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 2010/2009 “Fondo del Bicentenario”,

publicado en el Boletín Oficial el día 15/12/09; y,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto de Necesidad y Urgencia 2010/09 –Fondo del Bicentenario- afecta y lesiona

los derechos de la Provincia de San Luis y los de su Pueblo.

Que dicho decreto resulta contradictorio y violatorio de la Constitución Nacional en los

Arts. 4, 75, incs. 2, 3, 4, 6, 7, 8 y 19; Art. 99, inc. 3; y Art. 100, inc. 3.

Que la ley de presupuesto nacional vigente para el año 2010 ya prevé recursos

presupuestarios por un total de $ 26.575.553.000, con destino a la cancelación de deuda pública.

Que a pesar de que el Congreso Nacional autorizó el gasto para afrontar los vencimientos de

la deuda pública, dotándolo de los respectivos recursos, la Presidente de la Nación, en exceso de sus

competencias constitucionales, dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia 2010/2009 por el cual

intenta apropiarse de las reservas federales por un monto similar al autorizado por la ley de

presupuesto y con idéntico objetivo.

Que el Decreto de Necesidad y Urgencia 2010/09 fue dictado a pocos días de finalizado el

periodo ordinario de sesiones del Congreso Nacional, y la Presidente de la Nación, llamativamente,

no convoca a sesiones extraordinarias.

Que no existen razones de necesidad y urgencia para que la Presidente se arrogue facultades

legislativas. En efecto, no hay necesidad porque el Poder Ejecutivo Nacional cuenta ya con la

previsión presupuestaria para afrontar la atención de las deudas que debe cancelar durante el año

2010. Tampoco hay urgencia por cuanto no hay razones que permitan suponer que los recursos

previstos en la ley de presupuesto no podrán percibirse, ni que se tenga que afrontar algún

acontecimiento inesperado que pudiese echar por tierra tales previsiones presupuestarias.

Asimismo, mediante este procedimiento se afecta la autonomía del BCRA y se elude

también la necesaria participación previa de dicha Institución por cuanto se trata de fondos de todos

argentinos reservados en el Banco Federal.

Que por otra parte, debemos recordar, que las Provincias de la República Argentina, han

delegado a la Nación la facultad de emitir moneda y fijar su valor, lo que tiene como contrapartida

Page 2: Decreto De Necesidad Y Urgencia

la prohibición de su ejercicio por parte de ellas. Pero esa delegación no es incondicionada, sino que

se corresponde con estrictas limitaciones constitucionales y legales, por las que se impide al

gobierno federal dejar indefensa a la moneda nacional, lo que implica que el gobierno nacional no

puede utilizar para sus gastos o deudas la emisión de moneda ni, lo que es lo mismo, las reservas

que la respaldan o que son la contrapartida de otros pasivos del Banco Central. La manipulación

monetaria que resulta del decreto 2010/09 violenta dicho sistema.

Que estamos observando, con asombro y preocupación, la presión ejercida por el Gobierno

Nacional sobre los Gobernadores de las Provincias endeudadas, para que estos se manifiesten a

favor de la creación del Fondo del Bicentenario a cambio de recursos económicos para sus

jurisdicciones, lo cual claramente refleja un desprecio por el federalismo.

En definitiva y en función de los fundamentos descriptos, resulta a las claras que el

Gobierno Nacional pretende con esta medida apropiarse de las reservas federales, asignar dos

recursos públicos para un mismo fin –presupuesto y reservas de BCRA-, arrogarse facultades

legislativas pasando por alto al Congreso de la Nación, provocar una probable escalada

inflacionaria, violar la autonomía del Banco Central y afectar el sistema federal de gobierno.

POR TODO ELLO,

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

D E C L A R A:

ARTICULO 1º: Rechazar y repudiar la decisión del Gobierno Nacional de apropiarse de reservas

federales, instrumentada por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2010/09 y sus

reglamentaciones – Fondo del Bicentenario-.

ARTICULO 2º: Comunicar con copia de la presente a Presidencia de la Nación, Jefatura de

Gabinete de Ministros de la Nación, Ministerio de Economía de la Nación, Honorable Cámara de

Diputados de la Nación, Honorable Cámara de Senadores de la Nación, Diputados y Senadores

Nacionales por la Provincia de San Luis, Cámara de Senadores de la Provincia de San Luis y Poder

Ejecutivo de la Provincia de San Luis.-

ARTICULO 3º: Archívese, de forma.-