contrato w 2013

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CPC. MOISES CALLASACA CALLASACA LEGISLACIÓN LABORAL LEGISLACIÓN LABORAL TEMA: TEMA: CONTRATOS DE TRABAJO CONTRATOS DE TRABAJO CPCC. NILO SOTO ROJO CPCC. NILO SOTO ROJO

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Contrato w 2013

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  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACALEGISLACIN LABORAL

    TEMA:

    CONTRATOS DE TRABAJO CPCC. NILO SOTO ROJO

    CPC. MOISES CALLASACA CALLASACA

  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACASUJETOS QUE INTERVIENEN EN LA RELACION LABORALEL EMPLEADOR

    - El que recibe la prestacin del servicio- Puede ser una persona natural, jurdica u otro.- Su actividad puede tener o no fines lucrativos.EL TRABAJADOR

    - Persona que presta un servicio.1.- Necesariamente es una persona natural.2.- La prestacin del servicio es de carcter personal y no es delegable

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  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACABASE LEGALConstitucin Poltica del Per de 1993R. M. Nro. 136-2001-TR, Texto Oficial de la Sntesis de la Legislacin Laboral 2001.D. Leg 728, Ley de Fomento del EmpleoD.S. Nro. 003-97-TR Ley de Productividad y Competitividad Laboral.D. S. Nro. 001-96-TR, Reglamento del T.U.O. de la Ley del Fomento del Empleo.Ley Nro. 27626, Ley de la Actividad de las empresas especiales de servicios y las cooperativas de trabajadores.Ley Nro. 28806, Ley General de Inspeccin de Trabajo

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  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACAPRINCIPIOS DE LA RELACIN LABORALIgualdad de oportunidades sin discriminacin alguna.Carcter irrenunciable de los derechos reconocidos por Ley.Interpretacin favorable al trabajador en caso de duda insalvable.

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  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACAELEMENTOS ESENCIALES DE LA RELACIN LABORALPRESTACIN PERSONAL DE SERVICIOS, los cuales deben ser prestados en forma personal y directa, slo por el trabajador como persona naturalREMUNERACIN, es el ntegro de lo que el trabajador recibe por sus servicios, en dinero o en especieSUBORDINACIN, cuando el trabajador presta sus servicios bajo direccin de su empleador.

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  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACA

    CONTRATO DE TRABAJO

    EmpleadorTrabajadorORIGINNDOSE UNA RELACIN QUE GENERA UNA CONTRAPRESTACIN RECIPROCA ES EL ACUERDO O PACTO CONSENSUADO ENTRE DOS PERSONAS.Quien contrata los servicios personales de la otra. quien pone a disposicin del Primero su fuerza de trabajo.Puede ser verbal o escrito

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  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACAELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO1) La prestacin de un servicio2) El pago de una remuneracin3) La dependencia o subordinacin4) Exclusividad5) Profesionalidad

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  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACACONTRAPRESTACINEL EMPLEADOR se obliga a retribuir econmicamente al trabajador por sus servicios prestados (Remuneracin)

    El TRABAJADOR se obliga a poner a disposicin del empleador su fuerza de trabajo

    CPC. MOISES CALLASACA CALLASACA*

  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACATIPOS DE CONTRATOS DE TRABAJO

    A) DE DURACIN INDETERMINADA

    B) SUJETO A MODALIDAD

    C) TIEMPO PARCIAL

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  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACACONTRATOS A TIEMPO INDETERMINADOPueden ser verbales o escritosSon contratos a plazo indeterminadoEsta condicionado al periodo de pruebaEl trabajador alcanza el derecho al proteccin del despido arbitrario

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    Deben celebrarse por escruto y debe ser comunicados a la AAT.Jornada diaria menor de 4 horasPresentacin del contrato al MTPE dentro de los 15 das calendarios de celebrado (3 originales)

    CONTRATO A TIEMPO PARCIAL

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  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACACONTRATOS SUJETOS A MODALIDADSon contratos a plazo fijoPueden celebrar estos contratos las empresas o entidades privadas, empresas del estado, instituciones publicas que estn sujetos al rgimen laboral privada.Por escrito y triplicadoLa duracin es de acuerdo a las modalidades contractuales sealadas en cada modalidad.Gozan de los mismo beneficios que los trabajadores permanentesEstn sujetos al periodo de prueba

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  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACACLASES DE CONTRATOS SUJETOS A MODALIDADNATURALEZA TEMPORAL:- Inicio de nueva actividad- Necesidades de mercado- Reconversin empresarialNATURALEZA ACCIDENTAL:- Ocasional- Suplencia- EmergenciaDE OBRA O SERVICIO:- Especfico- Intermitente- De temporada

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  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACADERECHOS EMANADOS DE LOS CONTRATOSTrabajadores contratados tienen iguales beneficios que por Ley, pacto o costumbre que tienen los trabajadores vinculados a un contrato de duracin indeterminada en la actividad privada

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  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACAREQUISITOS PARA LA VALIDEZ DE LOS CONTRATOSDeben constar por escrito.Deben suscribirse por triplicado.Consignar en forma expresa la duracin, causas objetivas determinantes de la contratacin.Dems condiciones de la relacin laboral.Presentar copia dentro de los quince das de celebrado a la AAT.Pago de la tasa por presentacin.

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  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACAREMUNERACINArtculo 6. D.S. 003-97-TRConstituye remuneracin para todo efecto legal el ntegro de lo que el trabajador recibe por sus servicios, en dinero o en especie, cualesquiera sean la forma o denominacin que se le d, siempre que sea de su libre disposicin.

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  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACABENEFICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORESAsignacin Familiar:Ley N 25129Seguro de Vida:D. Leg N 688Participacin en las Utilidades: D. Leg N 892Vacaciones, descanso semanal, feriados:

    D. Leg N 713Gratificaciones Legales: Ley N 27735Compensacin por tiempo de servicios: N D. S.001-97-TR

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  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACAAsignacin Familiar Ley 25129Pago por tener un hijo menor de edad o que estudiante hasta los 24 aos.Pago mensualBase de clculo: 10% de la RMVRemuneraciones no reguladas porConvenio Colectivo

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  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACAPARTICIPACIN EN LAS UTILIDADESRenta de 3ra categoraEmpresa con ms de 20 trabajadoresHaber obtenido utilidad tributariaPorcentaje de distribucin en razn dela actividad principal de la empresaDos factores: Remuneracin percibida ydas laborados

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  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACAVACACIONESD. Leg 713Laborar ms de 4 horas diariasUn ao de trabajo efectivo, record vacacional30 das calendario de descanso fsicoLa oportunidad del descanso ser fijada de comn acuerdo y a falta de acuerdo lo sealar el empleador.Acumulacin de dos perodos con un descanso mnimo de 7 das.

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  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACAGRATIFICACIONES LEGALES Ley 27735Aguinaldo por Fiestas Patrias y NavidadUna remuneracin en julio y diciembre, por semestre o parte proporcionalBase de clculo : remuneracin percibida (promedio semestral)Oportunidad de pago :15 de julio y 15 de diciembre de cada ao.

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  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACACOMPENSACIN POR TIEMPO DE SERVICIOSD. S. 001-97-TRSeguro por CeseDepsito semestral :15 de mayo y 15 de noviembreLaborar ms de 4 horas diarias o ms de 20 horas a la semana.Base de clculo: Remuneracin percibida en abril y noviembre ms 1/6 de la gratificacinRemuneracin Computable (art 19 D. S.N 001-97-TR)Remuneracin No computable o Extrasalarial

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  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACARgimen Laboral Especial de la Microempresa

    Vacaciones: 15 das al aoDescanso semanalDescanso en Feriados

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  • CPC. MOISES CALLASACA CALLASACAMUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIN

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