contraloria general de santander proceso de...

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Gobernación de Santander Calle 37 No. 10-30 Tel. 6339188 Fax (7) 6337578 Bucaramanga Colombia. www.contraloriasantander.gov.co CONTRALORIA GENERAL DE SANTANDER PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA POR VALOR INFERIOR AL 10% DE LA MENOR CUANTIA INVITACION Nº 03-2010 OBJETO: LA COMPRA DE PAPELERÍA Y ELEMENTOS DE OFICINA PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA CONTRALORIA GENERAL DE SANTANDER. BUCARAMANGA, FEBRERO DE 2010

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Gobernación de Santander – Calle 37 No. 10-30 Tel. 6339188 Fax (7) 6337578 Bucaramanga Colombia. www.contraloriasantander.gov.co

CONTRALORIA GENERAL DE SANTANDER

PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA POR VALOR INFERIOR AL 10% DE LA MENOR CUANTIA INVITACION Nº 03-2010

OBJETO: LA COMPRA DE PAPELERÍA Y ELEMENTOS DE OFICINA PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA CONTRALORIA GENERAL DE SANTANDER.

BUCARAMANGA, FEBRERO DE 2010

Gobernación de Santander – Calle 37 No. 10-30 Tel. 6339188 Fax (7) 6337578 Bucaramanga Colombia. www.contraloriasantander.gov.co

INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO 1.1. CONDICIONES GENERALES Los requisitos que rigen la presente convocatoria han sido elaborados siguiendo los postulados señalados por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 3576 de Septiembre de 2009, para lo cual se han realizado los estudios de conveniencia y oportunidad con base en los requerimientos de la Contraloría General de Santander, los cuales están contenidos en las condiciones de los mismos. 1.2 MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN En el presente proceso podrán participar: Personas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras que presenten propuestas a título individual. Ninguna persona natural o jurídica podrá participar en más de una propuesta, so pena de rechazo de la propuesta. 1.3 CRONOGRAMA Y TRÁMITE DEL PROCESO: Para llevar a cabo el presente proceso de contratación a través de Convocatoria, La Contraloría General de Santander ha fijado el siguiente cronograma:

ACTIVIDAD FECHA INICIO

FECHA FINAL LUGAR

Fijación aviso de convocatoria

Invitación

18 de Febrero de 2010

24 de Febrero de 2010

Secretaria General de la entidad www.contratos.gov.co

www.contraloriasantander.gov.co

Inscripción de Posibles

Oferentes

19 de Febrero de 2010

desde las 8:00 A.M

19 de Febrero de 2010 hasta las 6:00 p.m.

Secretaria General de la entidad Calle 37 No. 10-30 Oficina:304 Edificio de la Gobernación de

Santander Entrega de

Propuestas y Cierre del Proceso

22 de Febrero de 2010

22 de Febrero de 2010 hasta las 4:00 p.m.

Secretaria General de la entidad Calle 37 No. 10-30 Oficina:304 Edificio de la Gobernación de

Santander

Entrega Informe de Evaluación

23 de Febrero de 2010

----- Secretaria General de la entidad

www.contratos.gov.co www.contraloriasantander.gov.co

Traslado de la evaluación

24 de Febrero de 2010

----- Secretaria General de la entidad

www.contratos.gov.co www.contraloriasantander.gov.co

Adjudicación y firma del contrato

25 de Febrero de 2010 a las

4:00 p.m. -----

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Para efectos de obtener cualquier información respecto al presente proceso de selección, se atenderá únicamente a través de comunicación escrita o correo electrónico [email protected]; el nombre de la persona y ubicación con quien se puede establecer el contacto es: LA SECRETARIA GENERAL DE LA ENTIDAD TEL. 6302312. 1.4 PRESUPUESTO ESTIMADO. La Contraloría General de Santander, ha estimado un presupuesto oficial de DOCE MILLONES DE PESOS MCTE. ($12.000.000.oo) con cargo al Numeral ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS – MATERIALES Y SUMINISTRO, según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 00000102 del diecisiete (17) de Febrero de dos mil diez (2010), código 0.3.21.06 expedido por la Subdirección Financiera de la Contraloría General de Santander, para atender la inversión de que trata el presente proceso de Selección. Las actividades objeto de contratación, se especifican de la siguiente manera:

Nº DESCRIPCION MEDIDA CANTIDAD

1 PAPEL TAMAÑO CARTA RESMA 182

2 PAPEL TAMAÑO OFICIO RESMA 380

3 LAPICEROS NEGROS UNID. 48

4 LAPICEROS ROJOS UNID. 36

5 LAPICES NEGROS UNID. 142

6 LAPICES ROJOS UNID. 36

7 CARTULINAS (en Cartón) UNID. 4500

8 GANCHO LEGAJADOR CAJA 100

9 GANCHO MARIPOSA GRANDE CAJA 12

10 GANCHO MARIPOSA MEDIANO CAJA 20

11 GANCHOS CLIP PEQUEÑOS CAJA 60

12 COLBON UNID. 48

13 PEGASTICK UNID. 30

14 CARPETA LEGAJADORA UNID. 200

15 CAJA PORTAMINAS * 12 CAJA 8

16 EXPOGRAFOS UNID. 25

17 MARCADORES UNID. 70

18 RESALTADORES UNID. 62

19 PERFORADORA UNID. 20

20 COSEDORA UNID. 22

21 COSEDORA INDUSTRIAL UNID. 5

22 SACA GANCHOS UNID. 22

23 CORRECTOR LIQUIDO UNID. 10

24 BORRADORES DE NATA UNID. 30

25 SOBRES DE MANILA OFICIO UNID. 1000

26 SOBRES DE MANILA EXTRAOFICIO UNID. 550

27 SOBRES BLANCOS OFICIO UNID. 1000

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28 SOBRES DE MANILA CARTA UNID. 800

29 SOBRES DE MANILA 1/2 CARTA UNID. 50

30 PITA ROLLOS 24

31 CINTA PEGANTE ANCHA ROLLOS 24

32 CINTA PEGANTE DELGADA ROLLOS 22

33 ALCOHOL BOTELLAS 2

34 LIBRO 3 COLUMNAS UNID. 10

35 LIBROS RADICADORES 50 400 UNID. 20

36 REGLAS Y ESCUADRAS UNID. 30

37 GANCHOS PARA COSEDORA CAJA 30

38 CARPETAS A-Z UNID. 109

39 CD´S INID. 100

40 LIBRETAS DE APUNTES UNID. 34

41 SACAPUNTAS ELECTRICO UNID. 4

42 PAQUETES DE ETIQUETAS POST-IT UNID. 18

43 BISTURÍS GRANDES UNID. 20

44 RESPUESTOS CUCHILLAS PARA BISTURÍS UNID. 60

45 CHINCHES CAJA 24

46 PAPEL PARA FAX UNID. 30

47 SELLO FECHADOR UNID. 10

48 NUMERADORES UNID. 6

49 ALMAHADILLA UNID. 6

50 LEGAJO DE HOJAS CUADRICULADAS LEGAJO 10

51 HUELLERO UNID. 6

1.5 REQUISITOS HABILITANTES DE LA PROPUESTA. De acuerdo a lo establecido en el Decreto 3576 del 17 de Septiembre de 2009, se establecieron los siguientes requisitos habilitantes: 1.5.1. Carta de presentación de la propuesta 1.5.2. Fotocopia del documento de identificación. De la persona natural o del Representante Legal de la Persona jurídica proponente. 1.5.3. Certificado de existencia y representación legal. En caso de que el proponente sea persona jurídica, se deberá anexar el correspondiente certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio social. 1.5.4. Certificación de Antecedentes Fiscales de la Contraloría General de la República. El artículo 60 de la Ley 610 de 2000, por medio del cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías, exige como requisito indispensable para nombrar, dar posesión o celebrar

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cualquier tipo de contratos con el Estado, verificar que la correspondiente persona natural o jurídica según se trate, no se encuentre reportada en el boletín de responsables fiscales que publica la Contraloría General de la República con periodicidad trimestral. Con el fin de acreditar el cumplimiento de la anterior obligación, el proponente deberá presentar el correspondiente certificado de antecedentes fiscales expedido por la Contraloría General de la República, en el cual conste que no está incluido en el boletín de responsables fiscales. De comprobarse que el proponente o su representante legal figuran en el boletín de responsables fiscales, la propuesta será rechazada. 1.5.5. Certificado de Antecedentes Disciplinarios. Se deberá anexar certificado de antecedentes disciplinarios vigente, emitido por la Procuraduría General de la Nación de la persona natural o del representante legal de la persona jurídica proponente. 1.5.6. Certificado De Antecedentes Judiciales. Se deberá anexar el Certificado de Antecedentes Judiciales vigente expedido por el DAS de la persona natural o del representante legal de la persona jurídica proponente. 1.5.7. RUT Se deberá presentar el RUT del proponente. 1.5.8. Certificado de Aportes Parafiscales. De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y la Ley 828 de 2003, el proponente deberá anexar certificación expedida por el Revisor Fiscal, en la cual se indique que la empresa cumple y se encuentra a paz y salvo con el pago de las contribuciones al Sistema Integral de Seguridad Social –EPS, Pensiones y ARP-, y de los Aportes Parafiscales –SENA, ICBF, Cajas de Compensación Familiar-, a que haya lugar, de todos los empleados a su cargo. En el evento de no estar obligado de contar con Revisor Fiscal, esta certificación deberá ser expedida por el Representante Legal de la empresa, indicando expresamente la no obligatoriedad de contar con el mismo. 1.6 PROPUESTA ECONÓMICA. El proponente deberá cotizar todos y cada uno de los ítems establecidos en el Anexo No.2, so pena de evaluar la propuesta como NO CUMPLE ECONÓMICAMENTE. El valor de la propuesta deberá establecerse en pesos colombianos; no se aceptarán precios en otras monedas, salvo cuando se autorice expresamente lo contrario. Propuestas que cuyo valor estén por encima del Presupuesto Oficial, serán evaluadas como NO CUMPLE ECONOMICAMENTE.

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El proponente deberá contemplar e incluir en sus costos todo el personal profesional, auxiliar y técnico incluyendo el personal adicional al grupo mínimo de apoyo, que considere necesario para el desarrollo del objeto del contrato. Igualmente, deberá contemplar todos los costos de maquinaria, equipos y herramientas necesarios para la correcta y óptima ejecución del contrato. Las sumas cotizadas por el proponente, no estarán sujetas a ajustes; igualmente se entenderá que dichas sumas contemplan la totalidad de los costos en que incurrirá el contratista para la ejecución y cumplimiento del contrato, razón por la cual LA CONTRALORIA no reconocerá costo adicional alguno por este concepto. 1.7 CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN Y METODOLOGÍA DE LA EVALUACIÓN 1.7.1 PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN La Contraloría General de Santander en el plazo determinado en el cronograma realizará la evaluación de las ofertas, de acuerdo con los criterios de calificación establecidos en el presente Capitulo. Dentro del término antes señalado, podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones y explicaciones que estime indispensables. Este plazo podrá ser prorrogado antes de su vencimiento, hasta por un término igual al inicialmente fijado. Para efectos de la calificación económica se considerarán únicamente las propuestas hábiles, es decir aquellas que: 1) Cumplan la totalidad de los requisitos habilitantes de acuerdo al numeral 1.5. 2) Su valor total corregido no supere el presupuesto previsto para el presente proceso de contratación. 3) Haya cotizado el ítem del Anexo No.2 La evaluación de las ofertas se hará sobre la base de cien (100) puntos, que se aplicaran a los siguientes factores: CRITERIOS DE EVALUACIÓN PUNTAJE Cumplimiento de Requisitos Habilitantes: 10 puntos Precio: 90 Puntos TOTAL PUNTAJE 100 PUNTOS La evaluación se realizará en el orden establecido en el cuadro anterior. Una vez terminado de evaluar cada uno de estos aspectos, en su orden, el Comité Evaluador concluirá que propuestas se clasifican ó eliminan en el análisis de la respectiva etapa, señalando también cuales son viables para llevar a cabo la evaluación del aspecto siguiente. 1.7.2 CUMPLIMIENTO REQUISITOS HABILITANTES

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De acuerdo con la información solicitada en el numeral 1.5, se calificará así: Cumple con los Requisitos habilitantes: 10 Puntos No cumple con los Requisitos habilitantes: 0 Puntos 1.7.3. PRECIO. 90 PUNTOS Se verificara que el valor de la propuesta no sea artificialmente bajo, lo cual se verificaran que los precios se encuentren de acuerdo a los precios del mercado. El valor de la propuesta no podrá ser por un valor superior al presupuesto oficial. So pena de ser rechazada. Las propuestas inicialmente serán sometidas a una revisión aritmética, para efectos de determinar si el valor calculado o propuesto es el correcto, de no ser así se corregirá el valor para obtener el valor real. Para este aspecto, los precios unitarios estipulados en el análisis unitario priman sobre los consignados en el Anexo No.2 en caso de presentarse diferencia entre ellos. Teniendo en cuenta que los precios unitarios son aspectos esenciales para poder verificar y comparar las ofertas, las mismas no podrán tener más de cinco inconsistencias, pues serán rechazadas. La Contraloría General de Santander podrá pedir al proponente que aclare las inconsistencias presentadas cuando por la naturaleza de las mismas esto sea posible, pero dicha aclaración no podrá en ningún caso ser una modificación, complementación o mejoramiento de la propuesta. El valor verificado (ajustado al peso) será el utilizado para la comparación con los correspondientes a otras propuestas. El Valor Total de la Propuesta tendrá una asignación de 90 puntos como máximo, los cuales serán asignados a la propuesta que presente el menor precio y que cumpla a cabalidad con los requerimientos de los presentes requisitos. 1.8 COMITÉ DE SELECCIÓN Una vez abiertas las propuestas se calificarán por parte del Comité Evaluador designado por el SECRETARIO GENERAL para el efecto y se practicará la evaluación por parte del mismo Comité con base en el procedimiento para evaluación y la ponderación descrito en el numeral 1.6. Como resultado de lo anterior se conformará el orden de elegibilidad según el cual se hará la respectiva adjudicación. 1.9 ADJUDICACION Y FIRMA DEL CONTRATO La Contraloría General de Santander efectuará los estudios y evaluación de las propuestas, dentro de los términos establecidos en el respectivo cronograma del proceso de selección. La adjudicación se realizara de acuerdo al cronograma del presente proceso de selección.

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El presente proceso cumple a cabalidad con lo estipulado en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y Decreto 3576 de 2009, para los procesos de selección para contratos que no excedan el 10% de la menor cuantía.

ANEXO No. 1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

Fecha: ___________________________ Doctor: VICTOR JULIO TAMI JAIMES SECRETARIO GENERAL CONTRALORÍA GENERAL DE SANTANDER Calle 37 No. 10-30 Tercer Piso Oficina: 304 Edificio de la Gobernación de Santander Bucaramanga.

Referencia: “Contratar la compra de papelería y elementos de oficina para las dependencias de la Contraloría General de Santander”. El suscrito ____________________, actuando en (mi propio nombre –persona natural- o en representación de________ (persona jurídica o natural- consorcio o unión temporal, según sea el caso) de acuerdo con las reglas que contiene la convocatoria pública de la referencia presento ante la Contraloría General de Santander, la presente oferta contenida en ___ (número de folios) y en caso de adjudicación me comprometo a: Firmar, dentro del término establecido, el contrato correspondiente de conformidad con el texto incluido como minuta en el pliego de condiciones y cumplir con las obligaciones señaladas en los mismos, así como lo ofrecido en la presente propuesta. Declaro así mismo: • Que ninguna persona de la Entidad contratante, tiene interés comercial o personal en esta propuesta ni en el contrato que de ella se derive. • Que conozco y acepto lo enunciado en el pliego de condiciones y en sus respectivos anexos incluidos las adendas. • Que el suscrito, ni la firma que represento, se halla incurso en las causales de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en la Constitución y en la ley. • Que conozco las leyes de la República de Colombia que rigen este proceso de contratación. • Que garantizo y me obligo a cumplir a cabalidad el objeto a ejecutar durante el tiempo estipulado para ello en el contrato. • Que realizaré los trámites necesarios para el perfeccionamiento y legalización del contrato dentro del término establecido por la Contraloría General de Santander para ello. • Que cualquier error, omisión o defecto de la propuesta que someto a ustedes, en el contenido de la misma, por causa imputable al oferente o por simple interpretación errónea o desviada de alguno de los documentos del pliego de condiciones, son de mi exclusivo riesgo y responsabilidad. El suscrito, señala como dirección donde pueden remitir notificación relacionada con la propuesta la siguiente: Dirección Teléfono

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Fax Correo electrónico NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO (según el caso) Cédula de Ciudadanía No.

ANEXO No. 2

Nº DESCRIPCION MEDIDA CANTIDAD VALOR UNITARIO

VALOR TOTAL

1 PAPEL TAMAÑO CARTA RESMA 182

2 PAPEL TAMAÑO OFICIO RESMA 380

3 LAPICEROS NEGROS UNID. 48

4 LAPICEROS ROJOS UNID. 36

5 LAPICES NEGROS UNID. 142

6 LAPICES ROJOS UNID. 36

7 CARTULINAS (en Cartón) UNID. 4500

8 GANCHO LEGAJADOR CAJA 100

9 GANCHO MARIPOSA GRANDE

CAJA 12

10 GANCHO MARIPOSA MEDIANO

CAJA 20

11 GANCHOS CLIP PEQUEÑOS

CAJA 60

12 COLBON UNID. 48

13 PEGASTICK UNID. 30

14 CARPETA LEGAJADORA

UNID. 200

15 CAJA PORTAMINAS * 12 CAJA 8

16 EXPOGRAFOS UNID. 25

17 MARCADORES UNID. 70

18 RESALTADORES UNID. 62

19 PERFORADORA UNID. 20

20 COSEDORA UNID. 22

21 COSEDORA INDUSTRIAL

UNID. 5

22 SACA GANCHOS UNID. 22

23 CORRECTOR LIQUIDO UNID. 10

24 BORRADORES DE NATA

UNID. 30

25 SOBRES DE MANILA OFICIO

UNID. 1000

26 SOBRES DE MANILA EXTRAOFICIO

UNID. 550

27 SOBRES BLANCOS OFICIO

UNID. 1000

28 SOBRES DE MANILA CARTA

UNID. 800

29 SOBRES DE MANILA 1/2 CARTA

UNID. 50

30 PITA ROLLOS 24

31 CINTA PEGANTE ANCHA

ROLLOS 24

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32 CINTA PEGANTE DELGADA

ROLLOS 22

33 ALCOHOL BOTELLAS 2

34 LIBRO 3 COLUMNAS UNID. 10

35 LIBROS RADICADORES 50 400

UNID. 20

36 REGLAS Y ESCUADRAS UNID. 30

37 GANCHOS PARA COSEDORA

CAJA 30

38 CARPETAS A-Z UNID. 109

39 CD´S INID. 100

40 LIBRETAS DE APUNTES UNID. 34

41 SACAPUNTAS ELECTRICO

UNID. 4

42 PAQUETES DE ETIQUETAS POST-IT

UNID. 18

43 BISTURÍS GRANDES UNID. 20

44 RESPUESTOS CUCHILLAS PARA BISTURÍS

UNID. 60

45 CHINCHES CAJA 24

46 PAPEL PARA FAX UNID. 30

47 SELLO FECHADOR UNID. 10

48 NUMERADORES UNID. 6

49 ALMAHADILLA UNID. 6

50 LEGAJO DE HOJAS CUADRICULADAS

LEGAJO 10

51 HUELLERO UNID. 6

Producto garantizado manteniendo las características de calidad.

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ANEXO No. 3

Bucaramanga xxxxxxxxxxxxxxx de 2010 Señor XXXXXXXXXXXXXXXXXXX Estación de Servicio XXXXXXXXXX E.S.D REF: Invitación 03-2010 a Presentar Propuestas Por medio del presente escrito, me permito enviar invitación con el fin de que presente propuesta dentro de la Invitación No 01-2010 con el objeto de contratar “LA COMPRA DE PAPELERÍA Y ELEMENTOS DE OFICINAS PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA CONTRALORIA GENERAL DE SANTANDER”, de conformidad con los términos y requisitos establecidos en el Aviso que se anexa con el presente escrito. Agradezco la atención. VICTOR JULIO TAMI JAIMES Secretario General

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CONTRATO No.

CONTRATO DE COMPRA CELEBRADO ENTRE LA CONTRALORIA GENERAL DE SANTANDER Y XXXXXXXXXXX.

Entre los suscritos a saber VICTOR JULIO TAMI JAIMES, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 91.271.279 expedida en Bucaramanga, quien obra en nombre y representación de la CONTRALORIA GENERAL DE SANTANDER, en su condición de Secretario General de la Contraloría General de Santander, facultado por el Contralor General de Santander, mediante la Resolución No. 000006 del 12 de Enero de 2010, para celebrar el presente contrato, y quien en adelante y para efectos del presente contrato se denominará LA CONTRALORIA y por otra parte XXXXXXXXXX y quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA quien manifiesta bajo la gravedad de juramento no hallarse incurso en ninguna causal de inhabilidad e incompatibilidad para celebrar contratos de conformidad con el Artículo 8 de la Ley 80 de 1993, hemos convenido celebrar el presente contrato, previa las siguientes consideraciones: a) Que, de acuerdo con el estudio de conveniencia y oportunidad elaborado por la Secretaría General, LA CONTRALORIA requiere contratar la compra de papelería y elementos de oficina para ser distribuidos en las diferentes dependencias de la entidad. b) Que, para atender la necesidad descrita en el estudio de conveniencia y oportunidad LA CONTRALORIA, en cumplimiento de lo preceptuado en la Ley 1150 de 2007, el Decreto 2474 de 2008 y el Artículo 2 del Decreto 3576 de 2009, se dio inicio a un proceso de invitación pública bajo la modalidad de selección en cuantía inferior al 10% de la Menor Cuantía de la entidad, c) Que, según se desprende del Certificado de Disponibilidad Presupuestal expedido por la Subdirección Financiera, en el presupuesto de LA CONTRALORIA existen los recursos para celebrar el presente contrato. d) Que, en el plazo establecido para el cierre de la convocatoria presentaron propuesta XXXXXXXXXXXXXXXXXXX. e) Que, realizada la evaluación de las ofertas se publicó el resultado de la misma en la fecha establecida en el cronograma del proceso. f) Que, una vez realizado el traslado de la Evaluación, el Comité de Evaluación, recomendó adjudicar el contrato a XXXXXXXXXXX. g) Que, el Secretario General de LA CONTRALORIA mediante Resolución Ordinaria No. XXX del XX de XXXXX de 2009 adjudicó el contrato a la empresa XXXXXXXXXXXXX., acto administrativo que hace parte integral del presente contrato. k) Que, una vez cumplidos todos los requisitos legales que exige la contratación administrativa, ACORDAMOS celebrar el presente contrato, el cual se regirá por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 sus decretos reglamentarios, las disposiciones civiles y comerciales que por su naturaleza le sean aplicables, siempre y cuando no sean contrarias al Estatuto de Contratación de la Administración Pública, la propuesta presentada por LA CONTRATISTA, así como por las siguientes cláusulas: CLAUSULA PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.- Contratar la compra de papelería y elementos de oficina para ser distribuidos en las diferentes dependencias de la entidad, con las condiciones y especificaciones previstas en la oferta presentada por EL CONTRATISTA, documento que forma parte integral del contrato y que se encuentran discriminados así:

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Nº DESCRIPCION MEDIDA CANTIDAD VALOR UNITARIO

VALOR TOTAL

1 PAPEL TAMAÑO CARTA RESMA 182

2 PAPEL TAMAÑO OFICIO RESMA 380

3 LAPICEROS NEGROS UNID. 48

4 LAPICEROS ROJOS UNID. 36

5 LAPICES NEGROS UNID. 142

6 LAPICES ROJOS UNID. 36

7 CARTULINAS (en Cartón) UNID. 4500

8 GANCHO LEGAJADOR CAJA 100

9 GANCHO MARIPOSA GRANDE

CAJA 12

10 GANCHO MARIPOSA MEDIANO

CAJA 20

11 GANCHOS CLIP PEQUEÑOS

CAJA 60

12 COLBON UNID. 48

13 PEGASTICK UNID. 30

14 CARPETA LEGAJADORA

UNID. 200

15 CAJA PORTAMINAS * 12 CAJA 8

16 EXPOGRAFOS UNID. 25

17 MARCADORES UNID. 70

18 RESALTADORES UNID. 62

19 PERFORADORA UNID. 20

20 COSEDORA UNID. 22

21 COSEDORA INDUSTRIAL

UNID. 5

22 SACA GANCHOS UNID. 22

Gobernación de Santander – Calle 37 No. 10-30 Tel. 6339188 Fax (7) 6337578 Bucaramanga Colombia. www.contraloriasantander.gov.co

23 CORRECTOR LIQUIDO UNID. 10

24 BORRADORES DE NATA

UNID. 30

25 SOBRES DE MANILA OFICIO

UNID. 1000

26 SOBRES DE MANILA EXTRAOFICIO

UNID. 550

27 SOBRES BLANCOS OFICIO

UNID. 1000

28 SOBRES DE MANILA CARTA

UNID. 800

29 SOBRES DE MANILA 1/2 CARTA

UNID. 50

30 PITA ROLLOS 24

31 CINTA PEGANTE ANCHA

ROLLOS 24

32 CINTA PEGANTE DELGADA

ROLLOS 22

33 ALCOHOL BOTELLAS 2

34 LIBRO 3 COLUMNAS UNID. 10

35 LIBROS RADICADORES 50 400

UNID. 20

36 REGLAS Y ESCUADRAS UNID. 30

37 GANCHOS PARA COSEDORA

CAJA 30

38 CARPETAS A-Z UNID. 109

39 CD´S INID. 100

40 LIBRETAS DE APUNTES UNID. 34

41 SACAPUNTAS ELECTRICO

UNID. 4

42 PAQUETES DE ETIQUETAS POST-IT

UNID. 18

43 BISTURÍS GRANDES UNID. 20

44 RESPUESTOS CUCHILLAS PARA BISTURÍS

UNID. 60

45 CHINCHES CAJA 24

Gobernación de Santander – Calle 37 No. 10-30 Tel. 6339188 Fax (7) 6337578 Bucaramanga Colombia. www.contraloriasantander.gov.co

46 PAPEL PARA FAX UNID. 30

47 SELLO FECHADOR UNID. 10

48 NUMERADORES UNID. 6

49 ALMAHADILLA UNID. 6

50 LEGAJO DE HOJAS CUADRICULADAS

LEGAJO 10

51 HUELLERO UNID. 6

CLAUSULA SEGUNDA. VALOR.- El valor del presente contrato es la suma de DOCE MILLONES DE PESOS MCTE. ($12.000.000.oo) incluido IVA y los costos directos e indirectos en que incurra el CONTRATISTA para el perfeccionamiento, legalización y ejecución del contrato. CLAUSULA TERCERA. FORMA DE PAGO.- La CONTRALORÍA pagará a EL CONTRATISTA el valor estipulado en la cláusula anterior, inmediatamente contra-entrega, según Acta de entrega y recibido signada por el supervisor encargado de la Contraloría General de Santander, quien verificará que los elementos suministrados cumplan con las especificaciones contratadas, procediendo la Subdirección Financiera una vez compruebe la existencia de dicho documento, al pago. PARAGRAFO PRIMERO: EL CONTRATISTA autoriza a LA CONTRALORIA para que por conducto de la Subdirección Financiera efectúe a su favor las deducciones de Ley y Ordenanzas a que haya lugar. CLAUSULA CUARTA.- SUJECION DE LA CUANTIA Y PAGO DE LAS APROPIACIONES PRESUPUESTALES RESPECTIVAS.- El pago a que se obliga la Contraloría General de Santander, se ajustará a las apropiaciones presupuestales correspondientes al rubro ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS-MATERIALES Y SUMINISTROS, según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 00000102 del 17 de Febrero de 2010, código 0.3.21.06, expedido por la Subdirección Financiera de la Contraloría General de Santander. CLAUSULA QUINTA.- PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA GENERAL: Ocho (08) días, contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previa aprobación de la garantía única, una vez perfeccionado el contrato y expedido el Registro Presupuestal respectivo. CLÁUSULA SEXTA. OBLIGACIONES DE LAS PARTES.- 1.Obligaciones Especiales de LA CONTRALORIA: a) Cancelar el valor pactado en este contrato, de conformidad con lo estipulado en las Cláusulas Tercera y Cuarta del mismo. b) Coordinar, a través del supervisor, las acciones necesarias para el buen cumplimiento del objeto contractual. 2) Obligaciones Especiales de EL CONTRATISTA: Además de las inherentes al idóneo cumplimiento del objeto contractual y las que surgen de la propuesta presentada, EL CONTRATISTA se obliga especialmente a: a) Entregar la papelería y elementos de de oficina en el tiempo en que sea requerido el mismo. b) Presentar junto con la factura de cobro el certificado que acredite el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes parafiscales cuando a ello haya lugar, expedido por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los

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requerimientos de ley, o por el Representante Legal. c) Presentar la garantía única. d) Las demás que contribuyan a garantizar el cumplimiento del contrato y las que por su naturaleza le sean atribuibles conforme al objeto y alcance del mismo. CLÁUSULA SÉPTIMA: SUPERVISION La vigilancia de la ejecución del presente contrato estará a cargo de XXXXXXXXXX de la Oficina de Recursos Físicos o en su defecto, del funcionario que designe por escrito el Secretario General de LA CONTRALORIA. PARÁGRAFO PRIMERO: El supervisor examinará el desarrollo del objeto del presente contrato y podrá formular las observaciones que considere conducentes, siempre y cuando ellas no impliquen modificación a los términos del contrato, las cuales serán acogidas por EL CONTRATISTA en la medida en que tengan que ver directamente con el cabal cumplimiento del mismo. En el evento en que no sean acogidas, EL CONTRATISTA deberá sustentar, por escrito, las razones que lo justifiquen. PARÁGRAFO SEGUNDO: Las observaciones que formule el supervisor a EL CONTRATISTA, así como todas las demás actuaciones de aquél relacionadas con la ejecución de este contrato, deberán constar por escrito. CLAUSULA OCTAVA. GARANTIA UNICA.- EL CONTRATISTA se compromete a constituir a favor de LA CONTRALORIA la garantía única otorgada a través de una Entidad Bancaria o Compañía Aseguradora, cuya póliza matriz esté aprobada por la Superintendencia Bancaria, que ampare el siguiente riesgo: a) Cumplimiento del objeto contractual: por un valor equivalente al diez (10%) por ciento del valor total del contrato y con una vigencia igual a la de la duración del mismo y cuatro (04) meses más. b) Calidad y correcto funcionamiento de bienes y equipos suministrados: por un equivalente al diez (10%) por ciento del valor total del contrato y con una vigencia igual a la de la duración del mismo y cuatro (04) meses más. PARÁGRAFO: En caso de que haya necesidad de adicionar, prorrogar o suspender la ejecución del contrato resultante, o en cualquier otro evento, el contratista se obliga a modificar o prorrogar la garantía única de acuerdo con las normas legales vigentes. CLÁUSULA NOVENA: MULTAS.- En caso de mora o incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas por EL CONTRATISTA en cumplimiento del presente contrato, LA CONTRALORIA podrá imponer multas diarias y sucesivas equivalentes al uno por ciento (1%) del valor del mismo, sin sobrepasar el veinte por ciento (20%) de su valor, contados a partir del momento en que LA CONTRALORIA tenga conocimiento de la ocurrencia de los hechos de acuerdo con el informe presentado por el Supervisor, para lo cual EL CONTRATISTA autoriza expresamente a LA CONTRALORIA para realizar el descuento del valor de la sanción de los saldos pendientes. CLÁUSULA DÉCIMA: PENAL PECUNIARIA.- En caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones del presente contrato, la parte que incumpla pagará a la otra una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, independiente de la indemnización de perjuicios a que hubiere lugar, la cual podrá ser cancelada o descontada según el caso, al efectuarse el pago del contrato. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: PROHIBICIÓN DE CEDER EL CONTRATO.- Sin perjuicio de lo establecido en los parágrafos primero y segundo de la Cláusula Décimo Quinta, se prohíbe a EL CONTRATISTA subcontratar o ceder el contrato a cualquier título, sin previa autorización escrita de LA CONTRALORIA. CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: COMPROMISO.- En el evento de que surjan diferencias con ocasión de la ejecución, terminación o liquidación del presente contrato, las partes acuerdan adelantar los pasos

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tendientes a su solución de conformidad con las normas previstas en el Estatuto de Contratación de la Administración Pública. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: CADUCIDAD.- Salvo que se trate de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, LA CONTRALORIA podrá declarar administrativamente la caducidad del presente contrato por incumplimiento de EL CONTRATISTA de alguna de las obligaciones aquí previstas, que afecten de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización, en los términos contenidos en el Estatuto de Contratación de la Administración Pública. La declaratoria de caducidad se hará por medio de Resolución motivada expedida por LA CONTRALORIA. CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: CLÁUSULAS EXCEPCIONALES.- Las partes convienen incorporar al presente contrato las cláusulas excepcionales de terminación, interpretación y modificación unilaterales del contrato, de conformidad con los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. PARÁGRAFO: Para efectos de la modificación e interpretación unilateral, LA CONTRALORIA invitará por escrito a EL CONTRATISTA para lograr un acuerdo en la interpretación o modificación correspondiente. Si no ha habido acuerdo, se dejará constancia escrita de ello y LA CONTRALORIA procederá a interpretar o modificar unilateralmente mediante Acto Administrativo motivado. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES.- EL CONTRATISTA manifiesta, bajo la gravedad del juramento el cual se entiende prestado con la firma de este documento, que no se encuentra incurso en causal alguna de inhabilidad o incompatibilidad o dentro de las prohibiciones especiales para contratar, previstas en la Constitución Política, en la Ley 80 de 1993 y demás normas vigentes sobre esta materia. PARÁGRAFO PRIMERO: Si llegare a sobrevenir inhabilidad o incompatibilidad, EL CONTRATISTA cederá inmediatamente el contrato previa autorización escrita de LA CONTRALORIA y, si ello no fuere posible, EL CONTRATISTA renunciará a su ejecución. PARÁGRAFO SEGUNDO: Presentada la causal de inhabilidad o incompatibilidad, EL CONTRATISTA deberá informarla inmediatamente a LA CONTRALORIA y podrá proponer un candidato para la cesión del mismo, quien deberá manifestar por escrito que se encuentra dispuesto a continuar con la ejecución del contrato en las mismas condiciones pactadas. LA CONTRALORIA se reserva la facultad de aceptar al candidato propuesto por EL CONTRATISTA o, en su defecto, autorizar la cesión a favor de un tercero que reúna las condiciones requeridas para continuar con la ejecución contractual. CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: INDEMNIDAD.- EL CONTRATISTA mantendrá indemne a LA CONTRALORIA por razón de reclamos, demandas, acciones legales y costos que surjan o en que incurra como resultado del uso, por parte del CONTRATISTA, y con miras al cumplimiento del presente contrato, de patentes, diseños, marcas, enseñas, o derechos de autor que sean propiedad de terceros, o por el ejercicio de actividades sin las autorizaciones o licencias que exijan el ordenamiento jurídico. En caso de que se entable un reclamo, demanda o acción legal contra LA CONTRALORIA, por asuntos que, según este contrato sean de responsabilidad del CONTRATISTA, éste será notificado lo más pronto posible de ello por LA CONTRALORIA para que adopte oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne a LA CONTRALORIA y adelante las negociaciones que sean necesarias para llegar a un pronto arreglo del conflicto. Si, en cualesquiera de los eventos previstos en esta cláusula EL CONTRATISTA no asume debida y

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oportunamente la defensa de LA CONTRALORIA, ésta podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita al CONTRATISTA, quien pagará todos los gastos en que incurra LA CONTRALORIA por tal motivo; en este caso, LA CONTRALORIA tendrá derecho a descontar el valor de tales erogaciones, de cualquier suma que adeude al CONTRATISTA, por razón o con ocasión del presente contrato o a recurrir a las garantías otorgadas o a utilizar cualquier otro medio legal. En caso de que LA CONTRALORIA sea condenada judicial o administrativamente por las anteriores causas, EL CONTRATISTA deberá responder por la satisfacción y pago de la condena. CLAUSULA DECIMO SEPTIMA.- LIQUIDACIÓN.- El presente contrato se liquidará dentro de los cuatro (4) meses siguientes al vencimiento del plazo de ejecución, previa verificación de los pagos realizados por EL CONTRATISTA como aportes a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y parafiscales de acuerdo a la ley; o a la expedición del acto administrativo que declare su caducidad u ordene su terminación, se procederá a la liquidación del contrato, de conformidad con los artículos 60 y 61 de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: PERFECCIONAMIENTO, EJECUCIÓN Y PUBLICACIÓN.- Este contrato se considera perfeccionado una vez sea suscrito por las partes y expedido el registro presupuestal respectivo. Para su ejecución se requerirá de la aprobación, por parte de LA CONTRALORIA, de la Garantía Única de que trata la Cláusula Octava. De igual forma, EL CONTRATISTA deberá proceder a cancelar los impuestos a que haya lugar. Las partes aceptan todas y cada una de las condiciones aquí previstas y en constancia se firma en Bucaramanga a los ………..) días del mes de Febrero de Dos mil Diez (2010.) VICTOR JULIO TAMI JAIMES XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX Secretario General XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Proyectó: Njpt/ VJTJ Elaboró: Njpt/VJTJ Revisó: MAFA